Guía Académica - Universidad Católica de Ávila

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Guía Académica - Universidad Católica de Ávila
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UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA
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UNIVERSIDAD
CATÓLICA DE
ÁVILA ucavila.es
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MATRÍCULA Y NORMATIVA ACADÉMICA
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Grados y Titulaciones en Extinción
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Modalidad de Estudios Presencial
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Máster Universitario
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Modalidad de Estudios Presencial
y Semipresencialcial
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Curso Académico 2013/2014
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Estudios Presenciales y Semipresenciales. Matrícula y Normativa Académica
Curso 2013/2014
Aprobada en Consejo de Gobierno de 22/05/2013
Actualización de Consejo de Gobierno de 11/11/2013
Fecha edición: 11/11/2013
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA
Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
CURSO 2013/2014: Titulaciones y Modalidades de Estudio
ESTUDIOS DE GRADO
Modalidad de estudio presencial
Se imparten en la modalidad de estudio presencial los estudios oficiales de Grado siguientes:

Grado en Derecho

Grado en Administración y Dirección de Empresas

Grado en Economía
Grado en Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural



Grado en Ingeniería Forestal
Grado en Ciencias Ambientales

Grado en Ingeniería Mecánica
Grado en Enfermería

Grado en Fisioterapia

Modalidad de estudio semipresencial
Se imparten en la modalidad de estudio semipresencial los estudios oficiales de Grado siguientes:

Grado en Ingeniería Forestal

Grado en Ingneiería Agropecuaria y del Medio Rural
Modalidad de estudio a distancia
Se imparten en la modalidad de estudio a distancia los estudios oficiales de Grado siguientes:

Grado en Derecho

Grado en Administración y Dirección de Empresas

Grado en Economía

Grado en Ciencias Ambientales

Grado en Ingeniería de Sistemas de Información
Se imparten en la modalidad de estudio a distancia los Cursos siguientes:

Curso de Complementos de Formación de Adaptación al Grado en Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural

Curso de Complementos de Formación de Adaptación al Grado en Ingeniería Forestal


Curso de Complementos de Formación de Adaptación al Grado en Ingeniería Mecánica
Curso de Complementos de Formación de Adaptación al Grado en Ingeniería de Sistemas de Información

Curso de Complementos de Formación de Adaptación al Grado en Administración y Dirección de Empresas
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
ESTUDIOS DE MÁSTER UNIVERSITARIO
Modalidad de estudio presencial
Se imparten en la modalidad de estudio presencial los estudios oficiales de Máster Universitario siguientes:

Máster Universitario en Profesorado de E.S.O. y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de idiomas

Máster Universitario en Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible

Máster Universitario en Acceso a la Profesión de Abogado
Modalidad de estudio semipresencial
Se imparten en la modalidad de estudio semipresencial los estudios oficiales de Máster Universitario siguientes:

Máster Universitario en Bioética y Formación

Máster Universitario en Ingeniería de Montes

Máster Universitario en Ingeniería Agronómica

Máster Universitario en Internacionalización de Empresas y Comercio Exterior

Máster Universitario en Criminología Aplicada e Investigación Policial
ESTUDIOS EN EXTINCIÓN
Modalidad de estudio presencial
Se imparten en la modalidad de estudio presencial los cursos siguientes:


5º Curso Ingeniero de Montes
5º Curso de Ingeniero Agrónomo
Modalidad de estudio a distancia
Se imparten en la modalidad de estudio a distancia los cursos siguientes:


5º Curso Ingeniero de Montes
5º Curso de Ingeniero Agrónomo
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Alumnos de la Universidad Católica de Ávila
Los alumnos que se matriculan en cualquiera de los estudios que se imparten en la Universidad Católica de Ávila,
reconocen, por el mismo hecho de hacerlo, que aceptan la Declaración de Identidad de la Universidad, sus Normas de
Organización y Funcionamiento (en adelante NOF) y Reglamentos, las normas establecidas en esta Guía Académica y
las que pudieren dimanar del Consejo de Gobierno.
Condición de Alumno
Son alumnos de la Universidad Católica de Ávila quienes estén matriculados en cualquiera de los estudios
oficiales o propios que imparten sus Facultades, Escuelas, Centros e Institutos Universitarios, art. 68 NOF.
Derecho y Deberes de los Alumnos
Además de los derechos y deberes reconocidos por el Estatuto del Estudiante Universitario, publicado en el Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre (B.O.E. de 31 de diciembre), las Normas de Organización y
funcionamiento recogen:
Derechos de los alumnos, art. 70 NOF:
a)
Recibir una enseñanza cualificada y actualizada y una formación humana integral conforme al Ideario de la
Universidad.
b)
Recibir las enseñanzas correspondientes a las asignaturas en que estén matriculados.
c)
La igualdad de oportunidades y no discriminación, por circunstancias personales y sociales, tanto en el
acceso como en la permanencia en la Universidad, así como en el ejercicio de sus derechos académicos.
La Universidad prestará especial atención a los estudiantes que sufran algún tipo de discapacidad,
colaborando con las organizaciones especializadas, públicas o privadas, que tengan por finalidad la mejor
integración de estas personas.
d)
Ser asistidos y orientados en sus estudios académicos por los profesores y, especialmente, por los tutores.
e)
Participar en los órganos de gobierno y representación de la Universidad en la forma que
reglamentariamente se determine.
f)
Disfrutar de las becas y ayudas al estudio que les sean otorgadas por la propia Universidad, por cualquier
administración pública o por empresas e instituciones privadas.
g)
Ser valorados en su rendimiento académico, conforme a criterios y procedimientos objetivos que serán
conocidos previamente. En todo caso, será criterio inspirador la evaluación continua del alumno.
h)
Solicitar y obtener de los profesores justificación de las calificaciones recibidas y, en su caso, solicitar la
revisión de las mismas en los términos que reglamentariamente se establezcan.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
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Acudir ante las autoridades universitarias y, en su caso, ante el defensor universitario, cuando entiendan
que sus derechos han sido lesionados.
j) Participar en las actividades complementarias que organice la Universidad.
i)
k)
Ser informados de los posibles cambios que puedan afectar sustancialmente a las enseñanzas que cursen.
l)
Promover y participar en asociaciones de alumnos y de antiguos alumnos en los términos que establezca el
Reglamento del Alumnado.
m)
Contar con los servicios académicos, psicopedagógicos y de atención, orientación e información que la
Universidad promueva para conseguir una formación integral, que les permita convertirse en profesionales
preparados científica, técnica y éticamente, y desarrollarse como personas, de forma que faciliten su
acceso al mundo laboral.
n)
Demás derechos reconocidos por la normativa vigente y de acuerdo con las presentes Normas de
Organización y Funcionamiento.
Deberes de los alumnos, art. 71 NOF:
a)
Desarrollar el trabajo académico propio de su condición universitaria con aprovechamiento suficiente.
b)
Respetar el Ideario de la Universidad, sus instalaciones y su patrimonio, así como hacer un adecuado uso
de sus bienes y recursos.
c)
Ejercer responsablemente los cargos para los que hayan sido elegidos o designados.
d)
Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en el buen funcionamiento de la Universidad y en la
mejora de sus servicios.
e)
El trato considerado y respetuoso hacia todo el personal de la Universidad, sus compañeros y cuantas
personas la visiten.
f)
Participar en la evaluación del profesorado y de los servicios universitarios, por medio de las encuestas y
sondeos de opinión que aplique la Universidad Católica de Ávila, para la mejora continua de la calidad de
todas sus prestaciones al alumnado.
Pérdida de la condición de Alumno
Se perderá la condición de alumno, art. 69 NOF:
a)
Por baja voluntaria.
b)
Por observar una conducta que lesione gravemente el orden académico, en aplicación de las normas reglamentarias
que regulen la disciplina universitaria, tras la apertura, instrucción y resolución del oportuno expediente.
c)
Por incumplimiento de las normas administrativas y de matriculación o por incumplimiento de sus obligaciones
económicas para con la Universidad.
d)
Por otras causas previstas en las presentes Normas de Organización y Funcionamiento y demás normas y acuerdos
que regulen el régimen de permanencia del alumnado.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Requisitos de Acceso en la UCAV
A. ACCESO A TITULACIONES DE GRADO
1. Acceso de alumnos procedentes de Bachillerato:
a)
Requisitos de acceso: La obtención de la calificación de APTO en las Pruebas de Aptitud para el Acceso a la
Universidad (PPAU/Selectividad). La calificación de éstas, así como la opción cursada en bachillerato y el distrito de
procedencia no afectan a la admisión en la Universidad Católica de Ávila.
b)
Documentación académica a presentar:



Tarjeta de PPAU/Selectividad.
Título de Bachiller o resguardo acreditativo de su solicitud.
Traslado de expediente y si el alumno ya ha iniciado estudios universitarios debe aportar, además, certificación
académica personal (C.A.P.) de dichos estudios.
2. Acceso de alumnos procedentes de Formación Profesional:
a)
Requisitos de acceso: estar en posesión del título de Técnico Superior de Formación Profesional o Técnico Superior
de Artes Plásticas y Diseño.
b)
Documentación académica a presentar:



Certificado académico de los estudios de Formación Profesional.
Título de Técnico Superior de la Formación Profesional, equivalentes (Técnicos Especialistas) o título de Técnico
Superior de Artes Plásticas y Diseño y equivalentes, o resguardo acreditativo de su solicitud.
Si el alumno ya ha iniciado estudios universitarios: Traslado de Expediente y Certificación Académica Personal
(C.A.P.) de dichos estudios, con las asignaturas cursadas y las calificaciones obtenidas.
3. Acceso de alumnos poseedores de títulos del antiguo Catálogo oficial de títulos españoles
Tienen acceso a Grados los alumnos que estén en posesión de alguno de los siguientes títulos oficiales:
-
Título de Doctor
-
Título de Arquitecto Técnico
-
Título de Licenciado
Título de Arquitecto
-
Título de Ingeniero Técnico
Título de Perito
Título de Ingeniero
Título de Diplomado
-
-
-
-
Título de Grado
Título de Máster Universitario
Documentación académica a presentar:

Título acreditativo de los estudios anteriores o certificación supletoria provisional del mismo.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014

Si se desea solicitar reconocimiento de créditos en la titulación a cursar en la UCAV, debe aportarse, además,
Certificación Académica Personal (C.A.P.) de dichos estudios, con las asignaturas cursadas y las calificaciones
obtenidas.
4. Acceso de alumnos poseedores de otros títulos académicos españoles
Relación de títulos que dan acceso a todos los Grados:



















Maestros de Primera Enseñanza.
Profesor Mercantil.
Intendente Mercantil.
Graduado Social Diplomado.
Graduado Social expedido conforme el Real Decreto 921/80.
Graduado Social anterior al Real Decreto 921/80 con equiparación académica al Graduado Social Diplomado.
Título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y sus homologados en el Real Decreto
490/94 y O. M. de 05/04/99.
Título de Técnico en Empresas y Actividades Turísticas.
Título Superior de Cerámica conforme al Real Decreto 2398/98.
Título de Diseño en sus especialidades.
Título Superior de Diseño en sus especialidades.
Título Superior de Artes Plásticas en sus diversas especialidades.
Títulos de Ciencias Eclesiásticas reseñados en el anexo del Real Decreto 3/95 con la diligencia de
reconocimiento de efectos civiles.
Título de Profesor de Música conforme al Decreto de 15/07/42.
Título Profesional de Profesor de Música conforme al Decreto de 15/06/42.
Título de Profesor Superior de Música conforme al Decreto 2618/1966.
Título Superior de Música. LOGSE art. 42.3.
Título Superior de Arte Dramático y sus equivalentes Real Decreto 770/97 y Orden Ministerial de 5/04/99.
Título Superior de Danza y sus homologados conforme al Real Decreto 169/2004 de 30 de enero.
Documentación académica a presentar:


Título acreditativo de los estudios cursados.
Si el alumno ya ha iniciado estudios universitarios: Traslado de Expediente y Certificación Académica Personal
(C.A.P.) de dichos estudios, con las asignaturas cursadas y las calificaciones obtenidas.
5. Acceso de alumnos poseedores de otros títulos profesionales españoles
Relación de títulos profesionales que dan acceso a todos los Grados:














Título obtención 1er empleo en Escala Superior de Oficiales, Escala de Oficiales o Escala Técnica de Oficiales.
Título obtención 1er empleo en Escala Superior de Oficiales, Escala de Oficiales, Facultativa Superior y Facultativa
Técnica de la Guardia Civil.
Nombramiento de Oficial de Policía con el título de Bachiller o equivalente.
Título de Piloto de 1ª clase de la Marina Mercante.
Título de Capitán de la Marina Mercante.
Título de Maquinista Naval Jefe.
Título de Oficial Radioeléctrico de la Marina Mercante de 1ª clase.
Título de Piloto de 2ª de la Marina Mercante.
Título de Oficial de Máquinas de 2ª de la Marina Mercante.
Título de Oficial Radioeléctrico de la Marina Mercante de 2ª clase.
Título de Oficial de Máquinas de 1ª clase de la Marina Mercante.
Título de Oficial Radiotelegrafista de la Marina Mercante de 1ª clase.
Título de Oficial Radiotelegrafista de la Marina Mercante de 2ª clase.
Título de Jefe de Máquinas de la Marina Mercante.
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014





Título de Piloto de la Marina Mercante de 1ª clase.
Título de Piloto de la Marina Mercante de 2ª clase.
Título de Oficial de Máquinas de la Marina Mercante de 1ª clase.
Título de Oficial de Máquinas de la Marina Mercante de 2ª clase.
Título de Piloto de Transporte de línea aérea (avión y helicóptero).
Documentación académica a presentar:


Título acreditativo de los estudios cursados.
Si el alumno ya ha iniciado estudios universitarios: Traslado de Expediente y Certificación Académica Personal
(C.A.P.) de dichos estudios, con las asignaturas cursadas y las calificaciones obtenidas.
6. Acceso de alumnos extranjeros
Los estudiantes procedentes de estudios extranjeros, podrán acceder a los Grados que se imparten en la UCAV, siguiendo,
según los casos, las siguientes indicaciones:
a) Estudiantes que no han iniciado estudios universitarios y procedentes de países de la Unión Europea, Suiza, Islandia,
Noruega, Liechtenstein o China:
Los estudiantes que tengan la enseñanza secundaria en alguno de los países de la UE, Suiza, Islandia, Noruega,
Liechtenstein, China, no necesitan realizar la prueba de selectividad en España. Solo tienen que cumplir el requisito
exigido en su país de origen para acceder a los estudios universitarios (selectividad en los países que exista o
Bachillerato, en los que no) así como solicitar y obtener la Credencial de Acceso a Universidades Españolas expedida
por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
Procedimiento a seguir:

La verificación de los requisitos de acceso a la Universidad se llevará a cabo por la UNED, para lo cual los
alumnos deberán solicitar a ésta una credencial acreditativa del cumplimiento de los requisitos de acceso a
universidades españolas.

Recibida y verificada la solicitud, la UNED expedirá una credencial en la que se hará constar: el cumplimiento
por el solicitante de los requisitos de acceso a la universidad, los datos relativos a las vías de acceso en relación
con las materias cursadas y la calificación definitiva a efectos de acceso a la universidad española.

Una vez obtenida la credencial de la UNED el alumno puede de realizar la solicitud de preinscripción en la
UCAV.
b) Estudiantes que no han iniciado estudios universitarios y procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea, o
que aún perteneciendo a ésta no cumplen los requisitos académicos exigidos de acceso a la Universidad.
Los estudiantes que han superado la enseñanza secundaria en un país no perteneciente a la UE, Suiza, Islandia,
Noruega, Liechtenstein, o que aún perteneciendo a la UE no cumplen los requisitos académicos para acceder a la
Universidad deben ponerse en contacto con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a fin de homologar
previamente sus estudios al sistema español y superar las pruebas de acceso a la universidad (PPAU). Así pues,

La homologación se realiza a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

La prueba de acceso a la universidad para estudiantes de sistemas educativos extranjeros será organizada por
la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).

Una vez obtenido el documento que acredita la superación de las PPAU en la UNED el alumno podrá de realizar
la solicitud de preinscripción en la UCAV.
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
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c) Estudiantes que han iniciado estudios universitarios y han concluido con la obtención de un título extranjero.
Cuando los estudios universitarios hayan concluido con la obtención de un título extranjero el interesado podrá optar
entre solicitar la homologación a un título universitario oficial español ante el Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte o solicitar la convalidación por estudios parciales ante la UCAV. Ambas posibilidades no pueden solicitarse
simultáneamente.
Si el alumno opta por la solicitud de homologación de título, debe saber que:

El órgano competente para la Instrucción y tramitación de este procedimiento es la Subdirección General de
Títulos, Convalidaciones y Homologaciones, dependiente de la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.

Para iniciar este procedimiento debe de enviar una Solicitud de Homologación (anexo Orden ECI/3686/2004 de 3
de noviembre).

Una vez obtenida, bien la Credencial de homologación a Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, bien la Credencial
de homologación a Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, o bien la Credencial de homologación a
Grado Académico, según los casos, el alumno podrá de realizar la solicitud de preinscripción en la UCAV.
Si el alumno opta por la solicitud de convalidaciones parciales, debe ajustarse a las disposiciones de los párrafos
siguientes.
d)
Estudiantes que han iniciado estudios universitarios y no han concluido con la obtención de un título extranjero y
estudiantes con títulos finalizados que optan por la solicitd de convalidaciones parciales.
Cuando el estudiante no haya concluido los estudios universitarios en el extranjero, y quiera continuar los mismos o
similares en España, o habiéndolos finalizado, no desee solicitar la homologación de título, debera solicitar la
convalidación parcial de estudios.
La convalidación parcial de estudios extranjeros por estudios universitarios españoles parciales corresponde a la
Universidad española en la que el interesado desee proseguir estudios, de acuerdo con los criterios que fije el
Consejo de Coordinación Universitaria.
Documentación que debe aportar el alumno:
1.
Solicitud de convalidación indicando los datos personales, estudios cursados y superados desglosados por
asignaturas y detalle de las asignaturas que desea convalidar.
2.
Certificado oficial de estudios de las asignaturas aprobadas, con sello original de la Universidad.
3.
Programa de cada una de las asignaturas objeto de convalidación, con sello original de la Universidad.
4.
Plan de estudios de la carrera iniciada por el solicitante en el que conste la duración en años académicos y las
asignaturas que lo integran, con sello original de la Universidad.
5.
Fotocopia del DNI o pasaporte, vigente en el momento de formalizar la solicitud.
Los documentos expedidos en el extranjero y aportados por el alumno deberán ser oficiales y estar debidamente
legalizados por vía diplomática o por la apostilla de la Haya (excepto los estudios cursados en la UE). Igualmente
deberán ir acompañados de su correspondiente traducción oficial al castellano.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Los estudiantes que no obtengan la convalidación parcial de los créditos mínimos exigidos (Grados: mínimo 30
créditos ECTS, R.D. 1892/2008) deberán superar la prueba de acceso a las universidades españolas, salvo que los
estudios preuniversitarios que les hubiesen sido homologados den acceso directo a la universidad sin necesidad de
superar la prueba de acceso.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
B. ACCESO A TITULACIONES DE MÁSTER UNIVERSITARIO: Normas Generales
Requisitos de acceso:
1.
Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior
perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte, en el país expedidor
del título, para el acceso a enseñanzas de Máster.
2.
Estar en posesión de un título expedido por una universidad de un país no perteneciente al Espacio Europeo de
Educación Superior, que haya sido homologado por un título del Estado español que de acceso a un máster
universitario.
3.
Estar en posesión de un título expedido por una universidad de un país no perteneciente al Espacio Europeo de
Educación Superior, que no haya sido homologado por un título del Estado español. En este caso, la UCAV ha de
comprobar previamente que estos estudios corresponden a un nivel de formación equivalente a los títulos
universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor para acceder a estudios de Máster. El acceso
por esta vía no implica en ningún caso la homologación del título previo ni su reconocimiento a ningún otro efecto que
el de cursar las enseñanzas de máster. Si se superan los estudios, el título de máster obtenido sí tiene plena validez
oficial.
4.
Además de estos requisitos de acceso generales para todos los estudios de máster, cada programa puede determinar
unas condiciones específicas de admisión.
5.
La UCAV y en el ámbito de su autonomía, podrá exigir formación adicional necesaria (complementos formativos y/o
asignaturas sustitutivas) teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos derivados de
las enseñanzas cursadas en los planes de estudio de origen y los previstos en el plan de estudios de las enseñanzas
de Máster a cursar, de ahí que las Facultades puedan exigir que los alumnos cursen complementos formativos y/o
asignaturas sustitutivas, en función de la formación previa acreditada por el estudiante.
6.
Los estudiantes podrán acceder a cualquier Máster Universitario relacionado o no científicamente con su currículo
universitario, previa admisión efectuada por el órgano responsable del indicado programa, conforme a los requisitos
de admisión específicos y criterios de valoración de méritos que, en su caso, establezca la Comisión Académica de
cada Máster. La admisión no implicará, en ningún caso, modificación alguna de los efectos académicos y, en su caso,
profesionales que correspondan al título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros
efectos que el de cursar enseñanzas de Máster.
Documentación académica a presentar:
 Alumnos procedentes de Universidades españolas: Título expedido por Universidad española.
 Alumnos procedentes de Universidades extranjeras: Título acreditativo de los estudios cursados y traducción
oficial del mismo y en caso de:
–
Títulos homologados: Credencial expedida por el Ministerio de Educación español de homologación del
Título.
–
Títulos no homologados: Justificación de que el título aportado faculta, en el país expedidor del mismo, para
el acceso a enseñanzas de posgrado y traducción oficial del mismo
 Alumnos procedentes de Centros Superiores de Ciencias Eclesiásticas de la Iglesia Católica, en España
o en el extranjero con títulos de Ciencias Eclesiásticas de nivel Universitario (Baccalaureatus, Licenciatus,
Doctor): Título acreditativo de los estudios cursados con el oportuno reconocimiento del mismo a efectos civiles
Real Decreto 1619/2011, de 14 de noviembre (B.O.E de 16 de noviembre) y Real Decreto 477/2013, de 21 de
junio (B.O.E. de 13 de julio).
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
C. ACCESO A MÁSTER UNIVERSITARIO EN INGENIERÍA DE MONTES E INGENIERÍA AGRONÓMICA
Los alumnos de acceso a estas titulaciones, no podrán formalizar matrícula hasta que les sea comunicado, desde el
Decanato de la Facultad de Ciencias y Artes, el Informe Oficial de Acceso a Máster.
Solicitud de Acceso a Máster Universitario en Ingeniería de Montes e Ingeniería Agronómica:
Documentación a aportar:
1. Copia compulsada (del anverso y del reverso) del título universitario que le faculta para el acceso a los estudios de
Máster Universitario en Ingeniería de Montes o en Ingeniería Agronómica.
2. Copia compulsada de la Certificación Académica Personal correspondiente al título de acceso y en la que conste la
calificación media del expediente.
3. Copia del Informe Oficial de Acceso a Máster (véase apartado siguiente).
Informe de Acceso a Máster Universitario en Ingeniería de Montes e Ingeniería Agronómica:
Una vez solicitado el acceso a uno de estos estudios, el alumno recibirá un Informe Previo de Acceso a Máster (modelo
IP-AM) que se emitirá con carácter provisional hasta la efectiva aportación de la documentación necesaria para el
examen de las competencias adquiridas (formación y experiencia). Una vez sean estas acreditadas por el alumno, el
Decanato de la Facultad de Ciencias y Artes emitirá el Informe Oficial de Acceso a Máster (Modelo IO-AM) en el que se
especificarán y definirán, los créditos y asignaturas a cursar, definiendo el plan personalizado de estudios a seguir por el
alumno en cada caso concreto. Este informe es vinculante para el alumno solicitante.
Dado que cada Informe Oficial de Acceso a Máster es estrictamente personalizado, el alumno no podrá formalizar
matrícula hasta no le sea comunicado formalmente y tenga conocimiento de los requistos exiguidos para la obtención del
título de Máster.
Si, recibido el Informe Oficial de Acceso a Máster, el alumno formaliza una matrícula que no se ajusta al mismo, debe
tener en cuenta las siguientes consecuencias:
1. No se modificacrán los contenidos de los Informe de Acceso.
2. No habrá devolución de cantidades correspondientes a matrículas erróneas.
3. Las materias matriculadas y superadas que no se ajusten al Informe Oficial emitido por la Facultad podrán ser
certificadas de pero no formarán parte del expediente académico y por tanto no computarán a efectos de
obtención del título.
4. No se expedirán, desde la Secretaría General, certificaciones académicas finales ni títulos, hasta que el alumno
adecúe su expediente al Informe Oficial de Acceso a Máster
Reconocimiento de créditos en Máster Universitario en Ingeniería de Montes e Ingeniería Agronómica:
En caso de que el alumno desee solicitar reconocimiento de créditos para el Máster Universitario se ajustará a la
normativa general de Reconocimiento de Créditos.
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
D. ACCESO A TITULACIONES EN PROCESO DE EXTINCIÓN
En el curso 2013/2014 no se admiten alumnos de nuevo ingreso en titulaciones
extinguidas o en proceso de extinción (Ingenierías, Licenciaturas, Ingenierías Técnica o Diplomaturas)
A tenor de lo dispuesto en el R.D. 1393/2007 de 29 de octubre por el que se establece la Ordenación de las Enseñanzas
Universitarias Oficiales, disposición adicional 1ª sobre implantación de nuevas enseñanzas y según los cronogramas de
extinción de titulaciones de la UCAV:
En el curso académico 2013/2014:

Ingenierías Técnicas y Diplomaturas: Se han extinguido totalmente. No se admiten alumnos de nuevo ingreso en
estas titulaciones, ni alumnos con traslado de expediente.

Licenciaturas: Se han extinguido totalmente. No se admiten alumnos de nuevo ingreso en estas titulaciones, ni
alumnos con traslado de expediente.

Ingenierías: Se han extinguido los 1º, 2º, 3º y 4º cursos de las Ingenierías. No se admitirán alumnos de nuevo
ingreso, ni alumnos con traslado de expediente y solo habrá docencia presencial para los alumnos de 5º curso.
En el curso académico 2014/2015:

Ingenierías: Se habrán extinguido totalmente. No se admitirán alumnos de nuevo ingreso, ni alumnos con traslado
de expediente.
Véase Anexo I: Cronogramas de Extinción Planes de Estudio
ADAPTACIÓN DE PLANES
Los alumnos de la UCAV matriculados en titulaciones de Ingeniero, Licenciado, Ingeniero Técnico o Diplomado de la UCAV y
deseen la adaptación de sus estudios a las nuevas titulaciones de Grado o Máster Universitario, podrán soliciarlo.
1.
Órgano competente para la resolución de informes de adaptación de estudios:
Oficina Técnica de Reconocimiento y Transferencia de Créditos. El alumno presentará instancia de Reconocimiento
de créditos (R-C), adjuntando informe académico personal.
2.
Plazos de solicitud:
Primer Plazo: del 1 de abril al 18 de octubre de 2013 (excluido agosto).
Segundo Plazo: del 27 de febrero al 7 de marzo de 2014.
3.
Tasas por Adaptación al Grado:
La adaptación de estudios estará exenta del pago de tasas para los alumnos de la UCAV.
Los alumnos pueden consultar las tablas de adaptaciones de asignaturas en la página web de la UCAV.
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Solicitud de Admisión o Preinscripción
El primer paso para el ingreso en la Universidad Católica de Ávila es la presentación del impreso de Solicitud de Admisión o
Preinscripción, debidamente cumplimentado y adjuntando los documentos que en ella se exigen.
Secretarías de Alumnos:
Secretaría de Grado:
Secretaría de Máster Universitario:
1ª Planta, Edificio Principal, Campus de los Canteros.
C/ Los Canteros, s/n – 05005 Ávila
Teléfono: 920 251 020 – Extensión: 112
Email: [email protected]
Planta Baja, Edificio Campus de la Inmaculada.
Avda. de la Inmaculada, 1-A - 05005 Ávila
Teléfono: 920 352 067
Email: [email protected]
Plazo de presentación de solicitud de admisión:
DEL 1 DE ABRIL A 18 DE OCTUBRE DE 2013 (excluido el mes de agosto)
Documentación a presentar con la solicitud de admisión o preinscripción:
La documentación que debe acompañar a la preinscripción es:
a)
Solicitud de admisión o preinscripción debidamente cumplimentada, fechada y firmada.
b)
Acreditación de los requisitos legales de acceso a los estudios universitarios, debidamente compulsados.
c)
Fotocopia del DNI (españoles) o NIE/Pasaporte (extranjeros), estos documentos deben estar vigentes a la fecha de
formalización de la solicitud.
d)
Dos fotografías tamaño carné, con el nombre del solicitante en el reverso
e)
Justificante del abono de las siguientes cantidades y por los siguientes conceptos:

Derechos de tramitación de la Solicitud de Admisión en titulaciones de Grado: 190 €. Los alumnos que soliciten
admisión en las titulaciones de Grado de Enfermería y Fisioterapia deben abonar, además, los derechos de
Reserva de Plaza: 600 €.

Derechos de tramitación de la Solicitud de Admisión en titulaciones de Máster Universitario: 260 €
Estas cantidades pueden abonarse por cualquiera de los siguientes medios:

Cheque nominativo y cruzado a nombre de la Universidad Católica de Ávila.

Giro postal dirigido a Secretaría General, especificando “en concepto de Admisión”.

Tarjeta de crédito o débito en las oficinas de la Universidad.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014

Ingreso bancario a favor de la Universidad Católica de Ávila, especificando el nombre del interesado y la
titulación en la que se preinscribe, en cualquiera de las siguientes cuentas corrientes:
Entidad Bancaria
Número de Cuenta
BANKIA
2038.7725.29.6800021282
Banco Popular
0075.5703.10.0600581449
BBVA
0182.7858.31.0015579931
Banco de Santander
0049.4630.14.2610355545
La Caixa
2100.1264.71.0200119098
Caixa Galicia
2080.0260.80.3040001787
Estos derechos de admisión y reservas de plaza no serán reembolsables, salvo en el caso de que el solicitante
acredite no haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad en el curso en que formuló la solicitud. Estos
derechos y reservas no serán aplicables a posteriores cursos académicos pero, si definitivamente el alumno formaliza
matrícula, estas cantidades serán deducidas del importe total de la misma.
Solicitud de Admisión on-line
Las solicitudes de admisión se podrán realizar a través de internet, rellenando el formulario on-line que se encuentra
en la página web de la Universidad www.ucavila.es.
Para cualquier consulta respecto a la preinscipción, puede ponerse en contacto con la UCAV a través de la siguiente
dirección electrónica: [email protected]
Estas solicitudes de admisión sólo serán efectivas una vez que se haya recibido en la Secretaría de la Universidad la
documentación que se exige en el apartado anterior.
Comunicación de la Admisión en la UCAV
La admisión en la UCAV se comunicará por escrito a cada uno de los solicitantes. Esta comunicación será remitida a
la dirección postal que conste en la Solicitud de Admisión.
Las notificaciones de admisión quedan condicionadas a la veracidad de los datos aportados, así como al
cumplimiento por el interesado de los requisitos académicos de admisión.
La carta de admisión en la UCAV deberá conservarse, ya que será exigida por la Universidad donde el interesado se
haya examinado de PPAU/Selectividad, o donde haya cursado estudios universitarios previos, para poder realizar el
traslado de expediente a la UCAV.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Matrícula en la UCAV
Una vez comunicada al interesado la admisión en cualquiera de las titulaciones que se imparten en la Universidad Católica
de Ávila, éste tiene derecho a formalizar su matrícula en la forma y en los plazos establecidos. Formalizada la matrícula, el
interesado pasa a ser alumno y, por lo tanto, miembro de la Comunidad Universitaria.
Antes de formalizar la matrícula se deben conocer las normas generales de la Guía Académica y las que regulan
el acceso al plan de estudios que se pretenda cursar. El desconocimiento de tales normas no exime de la
obligación de cumplirlas, y por tanto no dan derecho a reclamación alguna.
IMPORTANTE:
Los alumnos de titulaciones extinguidas o en proceso de extinción deben conocer los siguientes Anexos:
1.
2.
3.
4.
Anexo I: Cronogramas de Extinción de Planes de Estudio
Anexo II: Matrícula en Titulaciones en Extinción
Anexo III: Tasas Académicas de Titulaciones en Extinción
Anexo IV: Convocatorias en Planes de Estudio en Extinción
EN EL CURSO 2013/2014 NO SE ADMITEN ALUMNOS DE NUEVO INGRESO EN
TITULACIONES EN EXTINCIÓN
Los datos solicitados en los impresos de matrícula y datos estadísticos serán tratados informáticamente e incorporados al
Fichero Automatizado de Alumnos, cuyo responsable es la Universidad Católica de Ávila, con destino y uso exclusivamente
interno, administrativo y docente de la Universidad, con domicilio en C/ Los Canteros, s/n – 05005 ÁVILA.
De acuerdo con la Ley 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, la información que facilita el alumno formará
parte del fichero informatizado de alumnos para gestionar su expediente académico y enviarle información relacionada con la
Universidad. El alumno tiene derecho a acceder a ésta información, rectificarla o cancelarla, dirigiéndose a nuestro domicilio
en la C/ Los Canteros, s/n. 05005 Ávila, siempre que las rectificaciones o cancelaciones sean compatibles con su relación
con la Universidad.
A los efectos de que los padres y tutores de los alumnos de la Universidad puedan tener acceso y recibir información relativa
al expediente académico y situación de pagos de tasas y matrícula del estudiante, constará en el impreso de matrícula la
oportuna autorización, conforme a lo dispuesto en la citada Ley 15/1999.
La Universidad Católica de Ávila garantiza el tratamiento confidencial de todos los datos.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
ESCOLARIDAD EN LA UCAV Y DISPENSA DE ESCOLARIDAD
Para los alumnos matriculados en la modalidad de estudios presencial, la escolaridad es obligatoria y faltar a más de un
tercio de las clases y actos del calendario académico conlleva la pérdida del derecho a las convocatorias de exámenes del
curso.
En casos excepcionales los Decanos de Facultad pueden dispensar, total o parcialmente y por anticipado, la escolaridad.
Para ello los alumnos han de formalizar solicitud de Dispensa de Escolaridad mediante instancia (modelo D-E) dentro de los
siguientes plazos:


Primer plazo: Plazo de matrícula Oficial: del 1 de abril al 18 de octubre de 2013 (excluido el mes de agosto).
Segundo plazo: Plazo de Ampliación de Matrícula: del 27 de febrero al 7 de marzo de 2014.
En ningún caso la no asistencia del alumno a clases o a convocatorias de exámenes, ordinarias o extraordinarias, otorga
derecho alguno a la anulación de matrícula en las asignaturas o cursos de libre elección afectados.
MATRÍCULA A TIEMPO COMPLETO Y A TIEMPO PARCIAL (Grado y Máster Universitario)
Régimen de Matrícula a Tiempo Completo:
1. Los alumnos, durante el curso en que inician los estudios y se matriculan por primera vez, deben formalizar matrícula
en 60 ECTS.
2. En los cursos restantes, deben formalizar matrícula en un mínimo de 30 ECTS, salvo que les quede un número
inferior de créditos para finalizar los estudios.
3. Los alumnos, en cursos distintos de primero, podrán formalizar matrícula en un máximo de 72 ECTS. En estos
créditos no computarán las asignaturas matriculadas y no superadas en los cursos anteriores.
4. A efectos de esta norma, no se tendrán en cuenta los créditos obtenidos por reconocimiento.
5. En titulaciones simultáneas el número máximo de créditos en matrícula será de 75 ECTS.
Régimen de Matrícula a Tiempo Parcial:
1. Los alumnos, durante el curso en que inician los estudios y se matriculan por primera vez, deben formalizar matrícula
en un mínimo de 9 ECTS y un máximo de 48 ECTS.
2. En los cursos restantes, deben formalizar matrícula en un mínimo de 9 ECTS, salvo que les quede un número inferior
de créditos para finalizar los estudios.
3. Los alumnos, en cursos distintos de primero, podrán formalizar matrícula en un máximo de 48 ECTS. En estos
créditos no computarán las asignaturas matriculadas y no superadas en los cursos anteriores.
4. A efectos de esta norma, no se tendrán en cuenta los créditos obtenidos por reconocimiento.
5. En titulaciones simultáneas el número máximo de créditos en matrícula será de 75 ECTS.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Matrícula para estudiantes con necesidades educativas especiales
Los estudiantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, podrán solicitar una reducción del número
mínimo de créditos de matrícula. Estas circunstancias personales deberán ser justificadas.
Cambio de modalidad de matrícula:
Las matrículas formalizadas en más de 48 ECTS y menos de 60 ECTS tendrán la consideración de matrículas a tiempo
completo.
Se podrá solicitar el cambio de modalidad mediante instancia dirigida a la Secretaría General (Modelo M-M, modificación de
matrícula). Los cambios podrán ser:
a)
De matrícula a tiempo completo a matrícula a tiempo parcial: La matrícula a tiempo parcial deberá ser de un mínimo
9 ECTS y máximo 48 ECTS. El alumno deberá acreditar los motivos de la solicitud. El ajuste de la matrícula se
regirá por la normativa de anulación parcial de matrícula regulado en la Guía Académica.
b)
De matrícula a tiempo parcial a matrícula a tiempo completo: La matrícula a tiempo completo deberá ser de 60
ECTS en primer curso y de 30 ECTS mínimos en segundo y posteriores cursos.
CRÉDITOS MÁXIMOS Y MINIMOS EN MATRICULA (Titulaciones en extinción)
Los alumnos haciéndose responsables de su ritmo académico así como de su diseño curricular podrán formalizar matrícula
en un mínimo de 36 créditos (excepto alumnos de último curso) y en un máximo de 105 (siempre que pueda cubrir la
escolaridad exigida).
TIPOS DE ASIGNATURAS (Grado y Máster Universitario)
Asignaturas de Formación Básica
Son asignaturas cuyos contenidos se consideran básicos dentro de una de las ramas de conocimiento a las que se
adscriben los títulos de Grado (Arte y Humanidades, Ciencias, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura y
Salud), son de matriculación obligatoria.
Asignaturas Obligatorias
Son asignaturas de contenido especifico de la titulación y corresponden a las competencias específicas del título. Han de
ser cursadas obligatoriamente por todos los estudiantes.
Asignaturas Optativas
Son asignaturas propuestas por la Universidad para ser cursadas en una titulación. El alumno se matriculará de aquellas
asignaturas de su interés de entre las ofertadas anualmente.
En las asignaturas optativas en que sea necesario limitar el número de alumnos, tendrán preferencia aquellos que se
hayan matriculado con anterioridad (el impreso de liquidación reflejará la fecha en que se formaliza la matrícula). La oferta
de asignaturas optativas puede variar cada año académico. En el expediente académico del estudiante no figurarán más
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Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
créditos optativos que los estipulados en su plan de estudios. No obstante, en casos excepcionales se podrá permitir un
exceso de hasta un 3 % por encima de lo estipulado en el plan de estudios.
Los excesos de asignaturas excluidas del expediente académico, podrán ser objeto de certificación adicional.
Prácticas Externas y Trabajo Fin de Grado/Fin de Máster
Las Prácticas en Empresas, pueden tener consideración de asignatura obligatoria u optativa dependiendo del plan de
estudios.
El Trabajo Fin de Grado/Fin de Máster es de matrícula obligatoria y consiste en un trabajo final orientado a la evaluación
global de las competencias específicas del título, tiene consideración de asignatura obligatoria. Para poder matricularse
en él, el alumno ha de reunir unos requisitos previos, haber superado un porcentaje de los créditos de la titulación para su
inscripción y un número de créditos para presentarlo y defenderlo.
TIPOS DE MATRÍCULA EN ASIGNATURAS
1. Matrícula Ordinaria en Grado y Máster Universitario
La matrícula ordinaria es la que se realiza por primera vez en cada asignatura. Esta matrícula concede los siguientes
derechos al alumno:
a)
Derecho a docencia (estudios en modalidad presencial y semipresencial).
b)
Derecho a evaluaciones parciales (si las hubiere).
c)
Derecho a tutorías académicas y personales.
d)
Derecho a dos convocatorias de exámenes (convocatoria ordinaria y 1ª convocatoria extraordinaria) a lo largo
del curso en que se hizo la matrícula y en las fechas establecidas en el calendario académico, salvo que
expresamente se establezca otra cosa.
Los alumnos que no aprueben una asignatura en las convocatorias de exámenes a que les da derecho la matrícula
ordinaria, no tienen otro modo de aprobarla que someterse al régimen de matrícula extraordinaria.
2. Matrícula Extraordinaria en Grado y Máster Universitario
La matrícula extraordinaria es la que se realiza en asignaturas pendientes de cursos anteriores, concede los mismos
derechos que la matrícula ordinaria, con la única salvedad de que las dos convocatorias a que da derecho son de
carácter extraordinario.
3. Matrícula Ordinaria y Extraordinaria en titulaciones en extinción (Véase Anexo II)
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
PLAZOS DE MATRÍCULA
Plazos de Matrícula:
PLAZO OFICIAL DE MATRÍCULA: del 1 de abril al 18 de octubre de 2013 (excluido el mes de agosto)
PLAZO DE AMPLIACIÓN DE MATRÍCULA (2º Semestre): del 27 de febrero al 7 de marzo de 2014
MATRÍCULAS FUERA DE PLAZO
Las solicitudes de matrícula fuera de plazo, serán dirigidas a la Secretaría General y se presentaran, mediante instancia
(modelo S-G) en la Secretaría de Alumnos correspondiente:

En el caso de alumnos presenciales se presentarán en la Secretaría de Alumnos de Grado (1ª Planta de edificio
principal de la UCAV).

En el caso de alumnos de Máster Universitario se presentarán en la Secretaría de Alumnos del Campus de la
Inmaculada.
La matrícula formalizada fuera de los plazos establecidos conllevará un recargo de 310 €, con la única excepción de que la
matrícula no se haya podido formalizar en plazo por causas imputables a la Universidad.
IMPRESOS Y CITA PARA FORMALIZAR MATRÍCULA
Alumnos de Grados y titulaciones en extinción
Los alumnos pueden retirar el sobre de matrícula en la Secretaría de Alumnos Presenciales (1ª Planta, Edificio Principal,
Campus de los Canteros) o solicitar que le sea enviada por correo postal.
Teléfono: 920 251 020 – Extensión: 112
Email: [email protected]
Para regular ordenadamente el ritmo de matrículas, la UCAV dispone de un servicio en el que el alumno podrá reservar el
día y la hora en que desea hacer su matrícula. Sólo podrá hacerse una reserva por persona, y por ello es necesario que
el alumno se identifique con nombre, apellidos y número de expediente en el momento de solicitar la reserva.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Reserva de citas de matrícula de Grado y titulaciones en extinción:
La cita para matrícula se reservará telefónicamente en horario de 10:00 a 14:00 h.
Teléfono: 920 251 020 - Extensiones: 110 y 114
Si el alumno no solicita reserva y no puede formalizar la matrícula dentro del plazo oficial, se verá obligado a hacer la
matrícula fuera de plazo y, por tanto a abonar los recargos pertinentes.
Alumnos de Máster Universitario
Los alumnos pueden retirar el sobre de matrícula en la Secretaría de Máster Universitario (Planta Baja del Edificio del
Campus de la Inmaculada) o solicitar que le sea enviada por correo postal.
Teléfono: 920 352 067
Email: [email protected]
Para regular ordenadamente el ritmo de matrículas, la Universidad dispone de un servicio en el que el alumno podrá
reservar el día y la hora en que desea hacer su matrícula. Sólo podrá hacerse una reserva por persona, y por ello es
necesario que el alumno se identifique con nombre, apellidos y número de expediente en el momento de solicitar la
reserva.
Reserva de citas de matrícula de Másters Universitarios:
La cita para matrícula se reservará telefónicamente en horario de 10:00 a 14:00 h.
Teléfono: 920 352 067
Si el alumno no solicita reserva y no puede formalizar la matrícula dentro del plazo oficial, se verá obligado a hacer la
matrícula fuera de plazo y, por tanto a abonar los recargos pertinentes.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
ALUMNOS DE NUEVO INGRESO EN LA UCAV
A. Estudios de Grado: Alumnos de nuevo ingreso en la UCAV
Una vez comunicada la admisión en la UCAV, los alumnos de nuevo ingreso en Grados deben presentar en la Secretaría de
Alumnos de Grado el sobre de matrícula y los siguientes documentos:
1. Impreso oficial de matrícula con una fotografía tamaño carné pegada en la casilla correspondiente y
debidamente cumplimentado, fechado y firmado (siempre firma autógrafa).
IMPORTANTE:
 El alumno debe saber que la presentación del impreso de matrícula, aún sin firma autógrafa, produce
efectos económicos y académicos en tanto no solicite formalmente anulación de la matrícula.
 La falta de firma autógrafa supone un defecto de matrícula subsanable pero no la anulación de oficio de la
matrícula remitida.
2. Documento de Identificación personal:
a) Alumnos españoles:
Deben presentar copia del Documento Nacional de Identidad, vigente en el momento de formalizar la matrícula.
b) Alumnos extranjeros:
Deben presentar copia del Pasaporte, Número de Identificación de Extranjeros, Tarjeta de Residencia, Cédula o
Carta de Identidad o Número Identificativo de la U.E. Estos documentos deberán estar vigentes en el momento
de formalizar la matrícula.
3. Título de acceso a los estudios universitarios:
a) Alumnos procedentes de PPAU/Selectividad:
Original y copia del Título de Bachillerato y de la Tarjeta de PPAU/Selectividad.
b) Alumnos poseedores de Títulos de Formación Profesional:
Original y copia del Título de Técnico Superior o de Técnico Especialista o resguardo acreditativo de su solicitud
y una Certificación Académica Personal (C.A.P.) expedida por el centro de procedencia y en la que se haga
constar la calificación media del expediente.
c) Alumnos poseedores de títulos universitarios oficiales:
Original y copia del título universitario o Certificación Supletoria Provisional y una Certificación Académica
Personal (C.A.P.) expedida por la Universidad de procedencia y en la que se haga constar la calificación
media del expediente.
d) Alumnos poseedores de otros títulos españoles, académicos o profesionales:
Original y copia del título acreditativo de los estudios cursados y y una Certificación Académica Personal (C.A.P.)
expedida por el centro de procedencia y en la que se haga constar la calificación media del expediente.
.
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Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
4. Traslado de Expediente:
a)
Alumnos que inician estudios universitarios por primera vez:
Han de aportar el justificante de haber solicitado el Traslado de su Expediente Académico. Este trámite se
realiza en la Universidad donde ha realizado la Prueba de Selectividad, en la que deberá presentar la carta de
admisión en la Universidad Católica de Ávila y abonar las tasas correspondientes. Para los alumnos procedentes
de Formación Profesional, la Certificación Académica Personal aportada surtirá efectos de traslado de
expediente.
b)
Alumnos que han iniciado estudios universitarios en otra Universidad pero no los han finalizado:
Han de aportar el justificante de haber solicitado el Traslado de su Expediente Académico. Este trámite se
realiza en la Universidad donde han realizado los estudios universitarios, en la que deberá presentar la carta de
admisión en la Universidad Católica de Ávila y abonar las tasas correspondientes. Para los alumnos procedentes
de Formación Profesional, la Certificación Académica Personal surtirá efectos de traslado de expediente.
c)
Alumnos que han iniciado estudios universitarios y los han finalizado:
No han de aportar traslado de expediente sino copia compulsada (del anverso y del reverso) del título
universitario obtenido y de acceso a los nuevos estudios.
5. Impreso de Perfil Estadístico cumplientado, fechado y firmado (Impreso modelo P-E).
6. Justificante acreditativo del abono del primer pago de la matrícula:
Este pago será de al menos 350 €. Dicho abono se realizará mediante ingreso bancario a favor de la Universidad
Católica de Ávila, especificando el nombre del alumno y titulación,
7. Solicitud de Reconocimiento de Créditos (Impreso modelo R-C):
En caso de que el alumno desee solicitar reconocimiento de créditos en los estudios a cursar, deberá realizarlo al
formalizar la 1ª matrícula en la UCAV y en la matrícula inicial, acompañando la siguiente documentación:
a)
Certificación académica personal (C.A.P.) de la Universidad en la que superaron las asignaturas. No se
admitirán a trámite solicitudes en las que se alegue como certificación, a estos efectos, el traslado de expediente
ya que dichas certificaciones son expedidas por las Universidades de procedencia a lo largo de todo el curso
académico, con destino único a la Secretaría General de la UCAV y de usos diferentes a la evaluación y examen
de posibles reconocimientos.
b)
Programas de las asignaturas debidamente sellados por la Universidad en la que se superaron las asignaturas.
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ALUMNOS DE NUEVO INGRESO EN LA UCAV
B. Estudios de Máster Universitario: Alumnos de nuevo ingreso en la UCAV
Una vez comunicada la admisión en la UCAV, los alumnos de nuevo ingreso en Máster Universitario deben presentar en la
Secretaría de Alumnos de Máster el sobre de matrícula y los siguientes documentos:
1. Impreso oficial de matrícula (Modelo MI-M), con una fotografía tamaño carné pegada en la casilla
correspondiente y debidamente cumplimentado, fechado y firmado (siempre firma autógrafa).
IMPORTANTE:
 El alumno debe saber que la presentación del impreso de matrícula, aún sin firma autógrafa, produce
efectos económicos y académicos en tanto no solicite formalmente anulación de la matrícula.
 La falta de firma autógrafa supone un defecto de matrícula subsanable pero no la anulación de oficio de la
matrícula remitida.
 En los Accesos a Máster Universitario en Ingeniería de Montes e Ingeniería Agronómica no se podrá
formalizar matrícula hasta obtener el Informe de Acceso de la Facultad de Ciencias y Artes.
2. Documento de Identificación personal:
a) Alumnos españoles:
Deben presentar copia del Documento Nacional de Identidad, vigente en el momento de formalizar la matrícula.
b) Alumnos extranjeros:
Deben presentar copia del Pasaporte, Número de Identificación de Extranjeros, Tarjeta de Residencia, Cédula o
Carta de Identidad o Número Identificativo de la U.E. Estos documentos deberán estar vigentes en el momento
de formalizar la matrícula.
3. Título de acceso a los estudios universitarios:
a) Títulos españoles:
b)
c)

Original y copia del Título Universitario de acceso al Máster o certificación supletoria provisional del título.

Certificación Académica Personal (C.A.P.) expedida por la Universidad de Procedencia y en la que se haga
constar la calificación media del expediente.
Títulos extranjeros homologados:

Original y copia del título universitario extranjero.

Original y copia de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación español.
Títulos extranjeros no homologados:

Original y copia, para cotejo y compulsa, del título universitario extranjero.

Certificado, traducido oficialmente al español, expedido por la Universidad de procedencia en el que se haga
constar que los estudios que han dado origen al título aportado permiten el acceso a los estudios de
posgrado en el país de procedencia.
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
d)
Certificado Académico Personal, traducido oficialmente al español, expedido por la Universidad de
procedencia en el que se hagan constar las asignaturas o materias cursadas en la titulación de acceso.
Títulos de Ciencias Eclesiásticas de nivel Universitario (Baccalaureatus, Licenciatus, Doctor):

Original y copia del Título acreditativo de los estudios cursados con el oportuno reconocimiento del mismo a
efectos civiles (Real Decreto 1619/2011, de 14 de noviembre, B.O.E de 16 de noviembre).
4. Traslado de Expediente:
Únicamente los alumnos que hayan iniciado, en otra Universidad, estudios de Máster Universitario habilitante para el
ejercicio de profesiones reguladas (Máster Universitario en Ingeniería de Montes, Ingeniería Agronómica y Profesorado
de Secundaria) y deseen continuar sus estudios en la UCAV, han de aportar el justificante de haber solicitado el
Traslado de su Expediente Académico a la UCAV.
5. Impreso de Perfil Estadístico cumplientado, fechado y firmado (Impreso modelo P-E).
6. Justificante acreditativo del abono del primer pago de la matrícula:
Este pago será de al menos 350 €. Dicho abono se realizará mediante ingreso bancario a favor de la Universidad
Católica de Ávila, especificando el nombre del alumno y titulación,
7. Solicitud de Reconocimiento de Créditos (Impreso modelo R-C):
En caso de que el alumno desee solicitar reconocimiento de créditos en los estudios a cursar, deberá realizarlo al
formalizar la 1ª matrícula en la UCAV y en la matrícula inicial, acompañando la siguiente documentación:
a)
Certificación académica personal (C.A.P.) de la Universidad en la que superaron las asignaturas. No se
admitirán a trámite solicitudes en las que se alegue como certificación, a estos efectos, el traslado de expediente
ya que dichas certificaciones son expedidas por las Universidades de procedencia a lo largo de todo el curso
académico, con destino único a la Secretaría General de la UCAV y de usos diferentes a la evaluación y examen
de posibles reconocimientos.
b)
Programas de las asignaturas debidamente sellados por la Universidad en la que se superaron las asignaturas.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
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ALUMNOS QUE CONTINÚAN ESTUDIOS EN LA UCAV (Renovaciones de Matrículas)
Estudios de Grado y Titulaciones en extinción: (2ª y posteriores matrículas)
Los alumnos que continúan estudios deben presentar, en la Secretaría de Alumnos de Grado cumplimentado, el sobre
de matrícula y los documentos que en él se contienen. Deben, además, aportar la siguiente documentación:
Justificante acreditativo del abono del primer pago de la matrícula:
Este pago será de al menos 350 €. Dicho abono se realizará mediante ingreso bancario a favor de la Universidad
Católica de Ávila, especificando el nombre del alumno y titulación.
En caso de que el importe de matrícula sea menor a 350 €, el alumno deberá aportar, al formalizar la matrícula,
justificante acreditativo de ingreso del total de la matrícula.
Máster Universitario: (2ª y posteriores matrículas)
Los alumnos que continúan estudios deben presentar, en la Secretaría de Alumnos de Máster cumplimentado, el
sobre de matrícula y los documentos que en él se contienen. Deben, además, aportar la siguiente documentación:
Justificante acreditativo del abono del primer pago de la matrícula:
Este pago será de al menos 350 €. Dicho abono se realizará mediante ingreso bancario a favor de la Universidad
Católica de Ávila, especificando el nombre del alumno y titulación.
En caso de que el importe de matrícula sea menor a 350 €, el alumno deberá aportar, al formalizar la matrícula,
justificante acreditativo de ingreso del total de la matrícula.
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
TASAS ACADÉMICAS: ESTUDIOS DE GRADO Y MÁSTER UNIVERSITARIO
* Tasas Académicas, Modalidad de Estudio presencial de titulaciones en extinción: Véase Anexo III
ECTS
1º Curso
€/crédito
Total
1º Curso
Grado en Ciencias Ambientales
60
125 €
7.500 €
Grado en Ingeniería Mecánica
60
125 €
7.500 €
Grado en Ingeniería Agropecuaria y del Medio Rural
60
125 €
7.500 €
Grado en Ingeniería Forestal
60
125 €
7.500 €
Grado en Enfermería
60
125 €
7.500 €
Grado en Fisioterapia
60
125 €
7.500 €
Grado en Administración y Dirección de Empresas
60
115 €
6.900 €
Grado en Economía
60
115 €
6.900 €
Grado en Derecho
60
115 €
6.900 €
ECTS
1º Curso
€/crédito
Total
1º Curso
Máster Universitario en Profesorado de E.S.O. y Bachillerato, Formación Profesional
y Enseñanza de idiomas
60
83 €
4.980 €
Máster Universitario en Bioética y Formación
60
83 €
4.980 €
Máster Universitario en Ingeniería de Montes (1)
60
83 €
4.980 €
Máster Universitario en Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible
60
83 €
4.980 €
Máster Universitario en Ingeniería Agronómica (1)
60
83 €
4.980 €
Máster Universitario en Acceso a la Profesión de Abogado
60
83 €
4.980 €
Máster Universitario en Internacionalización de Empresas y Comercio Exterior
60
83 €
4.980 €
Máster Universitario en Criminología Aplicada e Investigación Policial
60
83 €
4.980 €
ESTUDIOS DE GRADO
ESTUDIOS DE MÁSTER UNIVERSITARIO
(1) COMPLEMENTOS DE FORMACIÓN PARA ACCESO A MÁSTER
ECTS en matrícula
€/crédito
Matrícula en menos de 18 ECTS
93 €
Matrícula en 18 ECTS o más
y menos de 60 ECTS
79 €
Matrícula en más de 60 ECTS
67 €
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Entidades donde pueden efectuarse los ingresos:
Entidad Financiera
Número de Cuenta
Número de Cuenta
Entidad Financiera
BANKIA
2038.7725.29.6800021282
Banco de Santander
0049.4630.14.2610355545
Banco Popular
0075.5703.10.0600581449
La Caixa
2100.1264.71.0200119098
BBVA
0182.7858.31.0015579931
Caixa Galicia
2080.0260.80.3040001787
Cajamar
3058.5301.97.2720007924
TASAS ADMINISTRATIVAS (Estudios de Grado/Máster Universitario y Titulaciones en extinción)
Tasas de Gestión de Matrícula
Solicitud de Admisión o Preinscripción Grados (deducible del importe de matrícula)
190 €
Solicitud de Admisión o Preinscripción Másters (deducible del importe de matrícula)
260 €
Apertura de Expediente en la UCAV (Sólo alumnos de nuevo ingreso)
142 €
Sobre de matrícula (todos los alumnos presenciales y semipresenciales)
9€
Importe de seguro escolar (obligatorio menores de 28 años) (1)
1,12 €
Importe de seguro de alumnado (Mayores de 28 años) (1)
8,50 €
Recargo Matrícula fuera de plazo
310 €
Cambio de cita para la formalización de matrícula (imputable al alumno)
52 €
Pago de matrícula fuera de plazo (hasta 10 días después del límite)
52 €
Pago de matrícula fuera de plazo (a partir de 10 días después del límite)
110 €
Recargo por modificación de asignaturas en matrícula (recargo por cada asignatura)
100 €
(1) Importe de las primas del curso 2012/2013. Pendientes de actualización para el curso 2013/2014.
Tasas de Gestión de Expedientes
Solicitud de cambio de titulación. Solicitud de simultaneidad de estudios
77 €
Apertura Expediente de Reconocimiento o Transferencia de Créditos
17 €
Reconocimiento de Crédito por Actividades Solidarias y de Cooperación autorizadas por la
Junta de Gobierno de la UCAV. Tasas por crédito reconocido.
Precio del crédito según
titulación
Reconocimiento de Créditos procedentes de otras Universidades y Centros Educativos o por
Experiencia Profesional en estudios de Grado de la UCAV. Tasas por crédito reconocido (1)
6€
Reconocimiento de Créditos procedentes de otras Universidades y Centros Educativos o por
Experiencia Profesional en estudios de Máster de la UCAV.Tasas por crédito reconocido (2)
35 €
Recargo por otras gestiones administrativas
46 €
1. Una vez emitida la resolución de la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos, el alumno deberá abonar 6 € por cada
crédito reconocido, con un importe mínimo de 40 € y un máximo de 500 €.
2. Una vez emitida la resolución de la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos, el alumno deberá abonar 35 € por cada
crédito reconocido.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Tasas por expedición de Títulos, Certificaciones y Compulsas
(Periodo de Vigencia: de 1 de noviembre de 2013 a 31 de octubre de 2014)
Las tasas económicas aplicables serán las vigentes a la fecha de la solicitud de título, certificado o compulsa.
Expedición de título Máster Universitario
310 €
Certificación Académica Personal
22 €
Expedición de título de Grado
260 €
Traslado de Expediente
33 €
Expedición de título de Ingeniero
310 €
Certificado de Matrícula
13 €
Expedición de título de Licenciado
260 €
Certificados de Cursos de Libre Elección
22 €
Expedición de título de Ingeniero Técnico
206 €
Otros Certificados
22 €
Expedición de título de Diplomado
206 €
Compulsa documentos (a efectos de 3º)
12 €
Expedición de títulos propios
260 €
Expedición de Diplomas
22 €
Expedición de duplicado de títulos
150 €
Expedición de duplicados de Diplomas
15 €
Entidades donde pueden efectuarse los ingresos:
Entidad Financiera
Número de Cuenta
Entidad Financiera
Número de Cuenta
BANKIA
2038.7725.29.6800021282
Banco de Santander
0049.4630.14.2610355545
Banco Popular
0075.5703.10.0600581449
La Caixa
2100.1264.71.0200119098
BBVA
0182.7858.31.0015579931
Caixa Galicia
2080.0260.80.3040001787
Cajamar
3058.5301.97.2720007924
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FORMAS DE PAGO
Cuando el alumno formalice su matrícula deberá presentar el justificante del primer abono de, al menos, 350 €.
Este primer abono y el importe de la Preinscripción (190 € en Grado y 260 € en Máster), serán deducidos del
importe total de la matrícula y serán las únicas cantidades que podrán ser abonadas en nuestras oficinas
mediante tarjeta de crédito.
El resto del importe de matrícula deberá ser abonado de cualquiera de las siguientes formas:
Modalidad de Pago al contado
Los alumnos que utilicen esta forma de pago deberán satisfacer el resto de la matrícula antes del 9 de noviembre de
2013. Pueden hacerlo mediante cheque nominativo y cruzado (a nombre de la Universidad Católica de Ávila),
transferencia bancaria, ingreso en efectivo en cualquiera de las cuentas de la Universidad Católica de Ávila. La entidad
bancaria sellará todos los ejemplares de la liquidación, archivará el propio como justificante del ingreso, enviará por
correo el de la Universidad y entregará el correspondiente al alumno. No se admitirá el pago con tarjeta de crédito para el
abono del resto de la matrícula, salvo las condiciones especiales de financiación que puedan ofertar las entidades
bancarias y que se especifican en la documentación de matrícula.
Modalidad de Pago financiado
Las entidades bancarias con las que tiene relación la Universidad, ofrecen a los alumnos la posibilidad de financiar su
matrícula. Una vez formalizado el préstamo, se realizará una transferencia por el importe correspondiente a la cuenta de
la Universidad, se sellarán todos los ejemplares de la liquidación, archivará el propio como justificante del ingreso, se
enviará por correo el de la Universidad y entregará el correspondiente al alumno. La fecha límite para abonar el resto de
la matrícula en esta modalidad será el 9 de noviembre de 2013.
Modalidad de Pago fraccionado en 3 plazos
En el curso académico 2013/2014, la UCAV ofrece la posibilidad de pagar el resto de la matrícula, mediante domiciliación
bancaria en tres plazos. La elección de esta forma de pago implica el recargo en la matrícula de 190 €. En caso de que
los recibos sean devueltos por causas no imputables a la Universidad, el alumno deberá abonar las comisiones que se
deriven de dicha devolución. Si se elige esta alternativa, será necesario completar el apartado de matrícula en el que se
recoge la cuenta de domiciliación de los pagos. Los plazos serían los siguientes:



La mitad de la matrícula pendiente................ 8 de noviembre de 2013
Un 25 % de la matrícula pendiente................ 13 de enero de 2014
El 25 % restante............................................. 7 de marzo de 2014
Modalidad de Pago aplazado
Esta opción está disponible únicamente para los alumnos matriculados anteriormente al curso 1999/2000 en la
Universidad Católica de Ávila o con hermanos que ya cursan estudios en ella desde antes de 1999/2000. El impreso de
liquidación constará únicamente de dos ejemplares, uno para el alumno, de carácter informativo, y otro para la propia
Universidad. Si se elige esta alternativa, será necesario completar el apartado en el que se recoge la cuenta de
domiciliación de los pagos.
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Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Recargos por pagos fuera de plazo
La Universidad Católica “Santa Teresa de Jesús” de Ávila aplicará los siguientes recargos a los alumnos que abonen la
matrícula fuera del plazo fijado (a partir del 8 de noviembre de 2013) y serán los siguientes:


52 €, si el pago se realiza hasta 10 días naturales después de la fecha límite fijada.
110 €, si el pago se realiza con más de 10 días naturales de retraso de la fecha límite fijada.
Circunstancias especiales en el pago de matrícula

El incumplimiento reiterado e injustificado por los alumnos de las obligaciones económicas, facultará a la
Universidad a denegar el derecho a examen en las convocatorias del año en curso.

En el supuesto de que el importe de la matrícula fuera inferior a 350 €, el alumno deberá abonar dicho importe al
contado, el mismo día de formalización de la matrícula.

El abono de las ampliaciones de matrícula deberá realizarse al contado y en los cinco días siguientes a la fecha de
la liquidación.

El pago de la matrícula extraordinaria de septiembre se abonará al contado y en los cinco días siguientes a la fecha
de la liquidación.
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Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
DESCUENTOS EN LA MATRÍCULA INICIAL
Todos los descuentos a matrícula deberán solicitarse antes de formalizar la misma.
En las titulaciones dobles los descuentos por circunstancias personales y los establecidos en virtud de
convenio se aplicarán únicamente sobre la titulación con mayor número de créditos en matricula.
Los descuentos se aplicarán siempre a tasas académicas, nunca a tasas administrativas.
Negociado de Becas y Ayudas al Estudio:
3ª Planta, Edificio Campus de Los Canteros
Teléfono: 920 251 020 – Extensión 115
Email: [email protected]
Descuentos por Matrícula de Honor
El alumno que obtenga alguna matrícula de honor tendrá opción a la concesión de una ayuda de estudios equivalente al
coste del 50% del total de créditos correspondientes a la asignatura. Esta ayuda se deducirá en la liquidación de la matrícula
en la misma titulación y correspondiente al curso académico siguiente a aquél en que el alumno hubiera obtenido dicha
calificación.
*
Compatibilidad con otras ayudas y descuentos: El descuento por matrícula de honor es compatible con los demás
descuentos.
Descuentos por circunstancias personales
a)
Descuentos por más de un miembro de la unidad familiar estudiando en la UCAV:
Las familias con varios miembros estudiando en la Universidad Católica de Ávila realizan un gran esfuerzo humano y
económico. Para recompensar este esfuerzo, se ha establecido un descuento de un 30 % en la matrícula inicial del de
menor importe, siempre y cuando la matrícula de uno de los ellos sea de curso completo o equivalente.
b)
Descuentos por familia numerosa:

Familia numerosa de categoría general: El 50% de las tasas públicas aplicables a la titulación (véase la normativa
autonómica correspondiente al curso 2013/2014 por la que se fijan los precios públicos por estudios universitarios
conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial en las Universidades Públicas de Castilla y León).

Familia numerosa de categoría especial: El 100% de las tasas públicas aplicables a la titulación (véase la normativa
autonómica correspondiente al curso 2013/2014 por la que se fijan los precios públicos por estudios universitarios
conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial en las Universidades Públicas de Castilla y León).
Los alumnos que deseen acogerse a este tipo de ayuda deberán, en todo caso, presentar copia compulsada del carnet
de familia numerosa en vigor.
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Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
c)
Descuentos para alumnos con minusvalías
Los alumnos con minusvalía legalmente reconocida podrán solicitar descuentos en la matrícula inicial atendiendo a los
siguientes porcentajes:

Alumnos afectados de discapacidad, legalmente calificada, de grado igual o superior al 33% podrán solicitar
descuento del 50 % de las tasas públicas aplicables a la titulación (véase la normativa autonómica correspondiente
al curso 2013/2014 por la que se fijan los precios públicos por estudios universitarios conducentes a la obtención de
títulos de carácter oficial en las Universidades Públicas de Castilla y León).

Alumnos afectados de discapacidad, legalmente calificada, de grado igual o superior al 65 % podrán solicitar
descuento del 100 % de las tasas públicas aplicables a la titulación (véase la normativa autonómica correspondiente
al curso 2013/2014 por la que se fijan los precios públicos por estudios universitarios conducentes a la obtención de
títulos de carácter oficial en las Universidades Públicas de Castilla y León).
Los alumnos que deseen acogerse a este tipo de ayuda deberán, en todo caso, presentar copia compulsada de la
resolución en la que se declare el grado de minusvalía del alumno.
*
Compatibilidad con otras ayudas y descuentos: Los descuentos en matrícula derivados de circunstancias personales
son incompatibles entre sí, será el alumno el que opte por el descuento aplicable a matrícula.
Descuentos en virtud de convenios suscritos con entidades culturales y deportivas
La Universidad Católica de Ávila ha firmado convenios con distintas Instituciones Culturales y Deportivas de Ávila, en
virtud de los cuales se conceden a los alumnos, descuentos en matrícula según las estipulaciones acordadas en cada
uno de ellos.
Las Instituciones con las que la Universidad ha firmado convenios en este sentido son:

Casa Social Católica

Colegio Diocesano “Asunción de Nuestra Señora”

Club Deportivo Balonmano Ávila-7 metros

Complejo Asistencial de Ávila

Óbila Club de Basket

Asociación Casino Abulense

Fundación Provincial Deportiva “Víctor Sastre”

Club de Tenis Ávila

Asociación de Amigos de la UCAV

Real Ávila Club de Fútbol

Club Puente Romanillos-Caja Ávila

ASISA

Grupo Almanzor

Club de Natación Abulense

Fundación Guardia Civil
* Compatibilidad con otras ayudas y descuentos:
Estos descuentos son incompatibles entre sí y con los descuentos por circunstancias personales, salvo que en el convenio
específico se establezca lo contrario.
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ANULACIÓN TOTAL DE MATRÍCULA EN LA UCAV
1. Anulación total de matrícula a instancia del alumno
Una vez realizada la matrícula para el curso 2013/2014, el alumno podrá anular su matrícula en los plazos y forma
siguientes:
Primer Plazo:
La anulación total de la matrícula podrá solicitarse en el plazo de 30 días naturales a contar desde la fecha de
formalización de la misma. A tal efecto, la fecha de formalización de la matrícula será la fecha que conste en la liquidación
entregada al alumno. En este supuesto, la UCAV devolverá al alumno las cantidades que, en concepto de matrícula, el
alumno haya abonado salvo el importe de la preinscripción e importe de reserva de plaza en las titulaciones que proceda.
Segundo Plazo:
Transcurrido el plazo anterior (un mes desde la fecha de formalización de la matrícula), el alumno dispondrá de un plazo
adicional de un mes para solicitar la anulación de la matrícula.
Las solicitudes de anulación que se presenten durante el segundo mes a contar desde la fecha de formalización de la
matrícula tendrán los siguientes efectos:
a) Si el alumno ha abonado el 50 % del importe de la matrícula cuya anulación solicite, no procederá la devolución
de cantidad alguna al alumno.
b)
Si el alumno ha abonado el 100 % del importe de la matrícula cuya anulación solicita, la UCAV procederá a
reintegrarle, en la cuenta designada por el alumno, el 50 % de lo abonado.
c)
Si el alumno no ha abonado el 50 % de la matrícula cuya anulación solicita, deberá aportar, en el mismo plazo
(durante el segundo mes a contar desde la fecha de formalización de la matrícula), el justificante de ingreso de
haber abonado el 50 % de la matrícula. Transcurrido el segundo mes sin que se haya pagado el 50 % de la
matrícula y se haya presentado el documento acreditativo de tal pago, no se admitirá a trámite la solicitud de
matrícula con las siguientes consecuencias:
-
El cierre de expediente académico operará al finalizar el curso académico.
No se autorizarán traslados de expediente hasta la finalización del curso académico
Transcurridos dos meses desde la formalización de la matrícula, el alumno sólo podrá solicitar la anulación de la
matrícula acompañando a su solicitud el justificante de haber abonado el 100% de la misma. Si no se aporta el justificante
de pago del 100% de la matrícula, no se admitirá a trámite la solicitud de anulación de la misma, con las siguientes
consecuencias:
-
El cierre de expediente académico operará al finalizar el curso académico.
No se autorizarán traslados de expediente hasta la finalización del curso académico.
Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha11 de noviembre de 2013: “La solicitud de matrícula posterior
a una solicitud de anulación total de matrícula, devengará una tasa equivalente al importe de la tasa de
modificación de matrícula de cada caso concreto que se haya pretendido eludir. Esta tasa se aplicará de
forma retroactiva cuando se compruebe que se ha intentado manifiestamente evadir el cumplimiento de la
normativa vigente”.
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Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Procedimiento:
Las solicitudes de anulación de matrícula en los plazos establecidos en los párrafos anteriores se tramitarán a través de
instancia (modelo A-Mt) dirigida a la Secretaría General.
La instancia A-Mt podrá presentarse personalmente en el Registro General de la Universidad o remitirse por burofax a la
Secretaría General de la Universidad. No será válida y por tanto no se admitirá a trámite, la solicitud remitida por correo
postal ordinario y/o certificado, por fax, por correo electrónico o presentada a través del campus virtual ni en secretarías o
registros distintos del Registro General de la Universidad.
Efectos Académicos:
Las anulaciones de matrícula a instancia del alumno realizadas en tiempo y forma y autorizadas expresamente por la
Universidad tendrán como efecto el cierre del expediente académico (no podrán incorporarse nuevas anotaciones en el
expediente).
2. Anulación total de matrícula de oficio por falta de documentación
La matrícula podrá ser anulada de oficio por falta de la documentación exigida para su correcta formalización.
Antes de proceder a hacer efectiva la anulación de la matrícula, se enviará al alumno un requerimiento por correo postal
certificado y con acuse de recibo en el que se solicitará al alumno que aporte la documentación necesaria en un plazo de
15 días naturales desde la recepción del escrito, bajo apercibimiento de que, de no aportarlo, se procederá a la anulación
de oficio de su matrícula.
Efectos Académicos y Económicos:
a)
Cierre del expediente académico (no podrán incorporarse nuevas anotaciones en el expediente).
b)
No devolución de las cantidades abonadas hasta la fecha en el que el alumno pudo completar la
documentación para formalizar correctamente su matrícula, incluido el plazo de que disponga tras la
recepción del requerimiento mencionado en el anterior párrafo.
MODIFICACIÓN DE MATRÍCULA (cambios y/o anulación de asignaturas)
Una vez realizada la matrícula para el curso 2013/2014, el alumno podrá modificar su matrícula, en el plazo y forma
siguientes:
Plazo para modificación de matrícula:
El alumno podrá solicitar el cambio o anulación de asignatura/s de la matrícula en el plazo de 30 días naturales a contar
desde la fecha de la formalización de matrícula de la/s misma/s. A tal efecto, la fecha de formalización de la matrícula
será la fecha que conste en la liquidación entregada al alumno. Transcurrido este plazo, no se admitirá a trámite ninguna
solicitud.
Procedimiento para modificación de matrícula:
Las solicitudes se tramitarán a través de instancia (modelo M-M) y se y se presentarán, bien personalmente, bien por
correo postal certificado, en la Secretaría de Alumnos que proceda, Secretaría de Alumnos de Grado o Secretaría de
Alumnos de Máster Universitario. No será válida la solicitud por fax, ni por correo electrónico.
Efectos Económicos:
 La modificación de matrícula devengará tasas de 100 € por cada asignatura modificada (cambio de una asignatura
por otra) o anulada.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
 Si la modificación de matrícula está motivada por causas imputables a la UCAV, la modificación de matrícula no
devengará tasas.
La modificación de matrícula en ningún caso podrá comprender su totalidad.
Los reajustes de matrícula por reconocimiento de créditos, presentados fuera de los plazos establecidos,
serán considerados modificaciones de matrícula, únicamente a efectos de tasas administrativas.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
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Normativa Académica
RÉGIMEN DE PERMANENCIA
Normativa Aplicable: Normativa de Progreso y Permanencia en titulaciones de Grado y Máster Universitario aprobada en
Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2013.
Régimen de permanencia en la primera matrícula:
a)
Alumnos en modalidad de estudios presencial: Los estudiantes de nuevo ingreso a tiempo completo que, entre la
convocatoria ordinaria y la primera extraordinaria, no logren aprobar 12 créditos ECTS no podrán continuar en el plan
de estudios en que se encuentren matriculados.
b)
No obstante, la Rectora, a petición del interesado y en casos debidamente justificados y documentados de
incomparecencia a examen, podrá autorizar de nuevo la matrícula en la misma titulación.
Régimen de permanencia en una titulación:
Los alumnos que agoten todas las convocatorias de exámenes a la que tienen derecho para superar una asignatura no
podrán continuar en el plan de estudios en que se encuentren matriculados.
Efectos de Anulación de matrícula:
La anulación de matrícula tendrá, a efectos de permanencia, la misma consideración que si el alumno no se hubiera
matriculado. Deberá solicitarla de conformidad con las normas establecidas en la UCAV y no implicará la devolución de
las cantidades abonadas en concepto de tasas académicas y/o administrativas correspondientes a la matrícula.
RÉGIMEN DE PROGRESO
Normativa Aplicable: Normativa de Progreso y Permanencia en titulaciones de Grado y Máster Universitario aprobada en
Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2013.
A. Régimen general de convocatorias

Las convocatorias de exámenes pueden ser ordinarias y extraordinarias. La convocatoria ordinaria es la primera
convocatoria de una asignatura en la que el alumno se ha matriculado por primera vez. Todas las demás
convocatorias de esa misma asignatura son convocatorias extraordinarias.

Los alumnos disponen de una convocatoria ordinaria y cinco extraordinarias para superar una asignatura en una
titulación.

Los alumnos, como norma general, tienen derecho a 2 convocatorias por curso académico para superar una
asignatura.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
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
La no presentación a examen en la convocatoria ordinaria agota dicha convocatoria. La no presentación a examen en
las convocatorias extraordinarias no agota estas convocatorias.

Agotadas la convocatoria ordinaria y las cinco extraordinarias en una asignatura, de forma excepcional, los alumnos
podrán solicitar una convocatoria de Gracia al Rectorado (véase normativa específica).
También de forma excepcional, y siempre que se cumplan los requisitos establecidos, el alumno podrá solicitar al
Rectorado una tercera convocatoria dentro del curso académico.

Las actas de exámenes no podrán ser modificadas después de 90 días de haber sido entregadas en Secretaría
General. Superado ese plazo, únicamente la Rectora tiene potestad para permitir cualquier cambio si existe causa
justificada y acreditada.

1. Régimen General de convocatorias: Estudios de Grado y Máster Universitario
Convocatorias de matrícula Ordinaria (Convocatoria Ordinaria y 1ª Extraordinaria):
a)
La matrícula ordinaria es la primera matrícula en una asignatura y permite al alumno presentarse a dos convocatorias
de examen de la misma asignatura dentro del curso académico: la convocatoria ordinaria y la 1ª extraordinaria.
Los exámenes de estas convocatorias se celebrarán siguiendo el siguiente calendario:


Asignaturas anuales: exámenes en junio y septiembre.
Asignaturas semestrales:
– Asignaturas impartidas durante el 1º semestre: exámenes en febrero y septiembre.
– Asignaturas impartidas durante el 2º semestre: exámenes en junio y septiembre.
Convocatorias de matícula Extraordinaria:
b)
La segunda y siguientes matrículas en una asignatura permiten al alumno presentarse a dos convocatorias de
examen de la misma asignatura dentro del curso académico. Los exámenes se celebrarán siguiendo el calendario
establecido en el apartado anterior.
2. Régimen de convocatorias: Titulaciones en extinción: Véanse Anexos I a IV
B. Convocatorias especiales
1. Convocatorias fin de carrera:
Las convocatorias fin de carrera de febrero y junio se activan para facilitar a los alumnos la terminación de sus estudios
en las convocatorias anteriores a las que oficialmente le corresponden.
Una vez solicitado y concedido el adelanto de convocatoria no será admisible renuncia a la solicitud presentada, salvo en
casos excepcionales que deberán ser siempre justificados y documentados. En caso de que el alumno no se presente a
examen en la convocatoria adelantada deberá volver a formalizar matrícula para concurrir a la siguiente convocatoria.
a)
Convocatoria fin de carrera de febrero:

Esta convocatoria supone adelantar a febrero la convocatoria de junio. En caso de que el alumno no se presente o
no supere la asignatura en la convocatoria de febrero, podrá solicitar el adelanto de la convocatoria de septiembre a
junio, teniendo en cuenta lo dispuesto para la convocatoria fin de carrera de junio.

Sólo podrán solicitar esta convocatoria los alumnos a los que no les falten más de 4 asignaturas. En el cómputo de
asignaturas pendientes, el alumno habrá que tener en cuenta que:
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►
Para los alumnos de titulaciones extinguidas o en extinción se excluye de dicho cómputo el PFC y que, cada 6
créditos de libre elección pendientes, computan como una asignatura.
►
Para los alumnos de Grado se incluye en dicho cómputo el TFG y que cada 6 créditos ECTS optativos
pendientes, computan como una asignatura.

El alumno ha de tener formalizada matrícula en las asignaturas objeto de adelanto de convocatoria y tener cubierta
la escolaridad en las mismas.

Para hacer uso de esta convocatoria, el alumno debe presentar en la Secretaría de Alumnos (1ª Planta) la
correspondiente solicitud (modelo FC-F) antes del 12 de noviembre de 2013.

En las solicitudes de adelanto de convocatoria de Trabajos Fin de Grado o Máster y de Proyectos Fin de Carrera el
alumno ha de presentar junto con la solicitud copia del Visto Bueno del Director. En caso de no presentar dicho
documento, no se autorizará el adelanto de convocatoria.
b)
Convocatoria fin de carrera de junio:

Esta convocatoria supone adelantar a junio la convocatoria de septiembre. En caso de que el alumno no se presente
o no supere la asignatura en la convocatoria de junio, y siempre que cumpla los requisitos exigidos, podrá acceder a
la tercera convocatoria en curso académico.

Sólo podrán solicitar esta convocatoria los alumnos a los que no les falten más de 4 asignaturas. En el cómputo de
asignaturas pendientes, el alumno habrá que tener en cuenta que:
–
Para los alumnos de titulaciones extinguidas o en extinción se excluye de dicho cómputo el PFC y que,
cada 6 créditos de libre elección pendientes, computan como una asignatura.
–
Para los alumnos de Grado se incluye en dicho cómputo el TFG y que cada 6 créditos ECTS optativos
pendientes, computan como una asignatura.

El alumno ha de tener formalizada matrícula en las asignaturas objeto de adelanto de convocatoria y tener cubierta
la escolaridad en las mismas.

Para hacer uso de esta convocatoria, el alumno debe presentar en la Secretaría de Alumnos (1ª Planta) la
correspondiente solicitud (modelo FC-J) antes del 29 de abril de 2014.

En las solicitudes de adelanto de convocatoria de Trabajos Fin de Grado o Máster y de Proyectos Fin de Carrera el
alumno ha de presentar junto con la solicitud copia del Visto Bueno del Director. En caso de no presentar dicho
documento, no se autorizará el adelanto de convocatoria.
2. Convocatorias de Gracia:
Si el alumno agota la convocatoria ordinaria y las 5 extraordinarias en alguna asignatura, puede solicitar al Rectorado, y
siempre mediante instancia (modelo C-G) una convocatoria de Gracia.
La convocatoria de Gracia únicamente podrá ser solicitada en los siguientes plazos:

Si el alumno desea presentarse en convocatoria de Gracia en el periodo de exámenes de febrero, deberá solicitarla
del 1 al 15 de diciembre del curso académico.

Si el alumno desea presentarse en convocatoria de Gracia en el periodo de exámenes de junio, deberá solicitarla
del 1 al 15 de mayo del curso académico.
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
Si el alumno desea presentarse en convocatoria de Gracia en el periodo de exámenes de septiembre, deberá
solicitarla del 1 al 15 de julio del curso académico.
Cualquier solicitud de convocatoria de Gracia presentada fuera de estos plazos devengará tasas por solicitud fuera de
plazo (véase tabla de tasas administrativas).
El alumno debe formalizar matrícula en el plazo de 20 días lectivos a contar desde la fecha de la concesión de la
Convocatoria de Gracia, salvo que la resolución del Rectorado amplíe el plazo de matrícula. Si transcurre el plazo
previsto sin que el alumno formalice matrícula, se entenderá que éste renuncia a la convocatoria de Gracia.
Los exámenes correspondientes a ésta convocatoria se celebrarán de forma individual, ante un tribunal compuesto por al
menos dos profesores, nombrados a tal efecto por el Decanato de la Facultad.
Si el alumno, concedida la convocatoria de Gracia, no supera la asignatura en cuestión, no podrá seguir cursando
estudios en la misma titulación, al haber superado el régimen de permanencia en dicha titulación.
3. Tercera convocatoria en curso académico:
Cuando al alumno sólo le quede pendiente para la finalización de los estudios que viniera cursando la superación de una
única asignatura, podrá solicitar al Rectorado una tercera convocatoria dentro del curso académico. Esta convocatoria se
celebrará en septiembre del mismo curso académico.
En el cómputo de asignaturas pendientes, el alumno habrá que tener en cuenta que:
►
Para los alumnos de titulaciones extinguidas o en extinción se excluye de dicho cómputo el PFC y que, cada 6
créditos de libre elección pendientes, computan como una asignatura.
►
Para los alumnos de Grado se incluye, en dicho cómputo el TFG y que cada 6 créditos ECTS optativos
pendientes, computan como una asignatura.
Es requisito previo para solicitar esta tercera convocatoria que el alumno haya solicitado en el curso académico, el
adelanto de las convocatorias de febrero y/o junio, con independencia de que se haya presentado o no a examen y, en el
caso de alumnos matriculados en la modalidad de estudios presencial tener, además, cubierta la escolaridad en la
asignatura objeto de solicitud.
El plazo para la solicitud de esta convocatoria será del 21 al 28 de julio de 2014.
Si la resolución del Rectorado es favorable, el alumno deberá formalizar matrícula de la asignatura en los 5 días
lectivos siguientes a la fecha de la resolución en la Secretaría de Alumnos (1ª Planta). Si transcurre el plazo previsto sin
que el alumno formalice matrícula, se entenderá que éste renuncia a la convocatoria.
Las tasas académicas de ésta matrícula serán del 50% de las correspondientes a la matrícula de la asignatura del curso
académico.
1. Supuesto de tercera convocatoria en curso y titulaciones dobles: En los casos en que la solicitud de tercera
convocatoria en curso afecte a asignaturas comunes a dos titulaciones oficiales, el alumno tendrá dos posibilidades:

Solicitar la tercera convocatoria en las dos asignaturas, siempre y cuando se cumplan los requisitos generales en
las dos titulaciones que viene cursando.

Solicitar la tercera convocatoria en la asignatura y en la titulación en la que cumple los requisitos generales. En
este caso se procederá a considerar cada asignatura de forma independiente y en el supuesto de que la
asignatura sea superada en esta tercera convocatoria del curso, el alumno podrá solicitar el reconocimiento de la
misma en la otra titulación, siguiendo el régimen y la normativa vigente.
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2. Supuesto de tercera convocatoria en curso y evaluación por compensación: El alumno que haya agotado las
convocatorias de febrero y junio en un curso académico y reúna los requisitos exigidos para acceder a la evaluación
por compensación, podrá solicitar simultáneamente la evaluación por compensación y la tercera convocatoria en
curso académico, accediendo, de este modo, a la convocatoria de septiembre del curso.
3. Supuesto de tercera convocatoria en curso y convocatoria de Gracia: El alumno que cumpliendo los requisitos
generales para acceder a esta convocatoria, hayan agotado la 4ª convocatoria extraordinaria en febrero y la 5ª en
junio, podrá solicitar convocatoria de Gracia para examinarse en septiembre.
4.
Evaluación por compensación:
El alumno al que le quede una única asignatura, podrá solicitar la evaluación por compensación siempre y cuando reuna
todos los requisitos siguientes:
a)
Que haya cursado en la UCAV más del 50 % de la titulación.
b)
Que se haya presentado a examen al menos en cuatro convocatorias.
c)
Que haya tenido en la última convocatoria una calificación de 3,0 o de nota media (en las cuatro convocatorias
a las que se ha presentado) una calificación de 2,0.
En el computo de asignaturas pendientes habrá que tener en cuenta que:
►
Para los alumnos de titulaciones extinguidas o en extinción se excluye de dicho cómputo el PFC y que cada 6
créditos de libre elección pendientes computan como una asignatura.
►
Para los alumnos de Grado se incluye en dicho cómputo el TFG y que cada 6 créditos ECTS optativos
pendientes computan como una asignatura.
Importante:
1. El alumno ha de ser consciente de que la solicitud de una evaluación por compensación implica matrícula
automática para evaluación por compensación en la asignatura y por tanto devengo de tasas académicas
(ésta matrícula es excepcional e independiente de la matrícula del curso académico). Si se deniega la solicitud de
evaluación por compensación, se anulará de oficio la matrícula en la asignatura pero no sus efectos económicos.
La liquidación económica generada tendrá plenos efectos y por tanto, si ya se ha pagado no habrá devolución, y si
aún no se ha pagado se generára una deuda.
2. Las tasas de la evaluación por compensación serán del 50% del importe de la asignatura cuya compensación
se solicita. El precio aplicable al crédito será el vigente a la fecha de la solicitud de evaluación por compensación.
3. La calificación de la evaluación por compensación se incorporará a las actas correspondientes a la
convocatoria inmediatamente siguiente a la solicitud de la evaluación por compensación.
4. La evaluación por compensación en ningún caso será aplicable a los PFC o TFG.
Si la asignatura afectada es común a dos titulaciones, deberá cumplir los requisitos citados anteriormente en ambas
titulaciones. El estudiante al que se le haya concedido la evaluación por compensación de una asignatura común a dos
titulaciones no podrá solicitar de nuevo evaluación por compensación en esas titulaciones para finalizar ninguna otra
titulación.
Aquellos estudiantes procedentes de otras Universidades a los que se les haya concedido la evaluación por
compensación en la Universidad de procedencia, no podrán solicitarla nuevamente en la Universidad Católica de Ávila.
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La evaluación por compensación se solicitará mediante instancia que se presentará dentro de los cinco días lectivos
siguientes a la fecha límite de entrega de actas de cada convocatoria en Secretaría General. La solicitud será resuelta por
la Comisión de Evaluación por Compensación (en adelante CEC).
No será admitida a trámite por la CEC ninguna solicitud en la que la calificación de la materia sea consecuencia directa
del incumplimiento de los requisitos establecidos para su superación, ni resultado de acciones ilegales, sanciones
académicas, o de exámenes o pruebas claramente deficientes.
La CEC, será presidida por el Decano de Facultad y contará, además, con un número de profesores, entre 4 y 6, elegidos
por la Junta de Facultad respectiva y un Vicedecano que actuará como Secretario.
En caso de que la resolución de la CEC fuese desfavorable, el estudiante podrá volver a realizar la solicitud siempre que
se haya presentado a todas las convocatorias de examen entre la resolución desfavorable y la siguiente petición.
Contra la resolución desfavorable de la CEC cabe recurso ante el Rectorado, mediante instancia debidamente motivada y
que deberá presentarse dentro de los diez días lectivos siguientes a la comunicación oficial de la resolución.
Si la resolución es favorable tendrá los siguientes efectos:

Respecto a la baremación del expediente académico, el “Aprobado por Compensación” computará como 5,0 Aprobado.

Respecto al cómputo de convocatorias utilizadas, el "5,0 - Aprobado por Compensación" incrementará en una
las que figuren en el expediente académico hasta la fecha.

Las asignaturas compensadas no podrán ser objeto de reconocimiento.
CALIFICACIONES
Los resultados obtenidos por el alumno en cada una de las materias del plan de estudios se calificarán, de acuerdo con el
Real Decreto 1125/2003, en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, al que deberá
añadirse su correspondiente calificación cualitativa:
0 – 4,9: SUSPENSO (SS)
5,0 – 6,9: APROBADO (AP)
7,0 – 8,9: NOTABLE (NT)
9,0 – 10: SOBRESALIENTE (SB)
La mención de “Matrícula de Honor” podrá ser otorgada a alumnos que hayan obtenido una calificación igual o superior a
9,0. Su número no podrá exceder del 5% de los alumnos matriculados en una materia en el correspondiente curso
académico, salvo que el número de alumnos matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola
“Matrícula de Honor”.
A los cursos o seminarios de libre elección que formen parte de la matrícula oficial del alumno se les aplicará la anterior
escala numérica, pero en ningún caso les será de aplicación la concesión de la mención de “Matrícula de Honor”.
Los créditos de libre elección obtenidos por reconocimiento de créditos correspondientes a actividades formativas no
integradas en el plan de estudios, no serán calificados numéricamente ni computarán a efectos del cómputo de la media del
expediente académico. En estos casos deberá hacerse constar, según corresponda, la calificación de “apto” o “no apto”.
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REVISIÓN DE EXÁMENES
Corresponde al profesor de la asignatura la calificación de cada alumno en la misma, así como proceder a la revisión del
examen cuya calificación sea objeto de disconformidad por parte del alumno. Si verificada la revisión por el profesor,
persistiera la disconformidad, el alumno podrá recurrir al Decano de la Facultad correspondiente, quien juzgará únicamente
acerca del procedimiento. Contra la resolución del Decano cabe recurso ante la Comisión de Reclamación de Exámenes; y
en el caso de que existan nuevas razones cabe recurso ante el Consejo de Gobierno.
El Decano de Facultad puede conceder un tribunal examinador especial al alumno que, habiendo suspendido una misma
asignatura tres veces, lo solicita en cuarta convocatoria, alegando causas justificadas.
TRASLADO DE EXPEDIENTES
El alumno que desee continuar estudios en otra Universidad deberá solicitar a la UCAV el traslado de su expediente.
El traslado de expediente se podrá solicitar antes de formalizar nueva matrícula en la UCAV, en estos casos, los traslados se
autorizarán siempre que los alumnos:


No tengan pendiente pagos correspondientes a tasas académicas o administrativas.
No tengan pendiente entrega de libros o penalizaciones pecuniarias en Biblioteca.
En el caso de que el alumno desee trasladar su expediente durante el curso académico, deberá solicitar primero la anulación
de su matrícula (véase la normativa de anulación total de matrícula) y una vez concedida la anulación de matrícula, el alumno
podrá solicitar el traslado de expediente.
Para la solicitud de traslado de expediente el alumno debe remitir a la Secretaría General:
El original de la carta acreditativa de la admisión en la Universidad a la que el alumno solicita trasladar su
expediente.
b) El resguardo de haber abonado las tasas establecidas por traslado de expediente (véase tabla de tasas
administrativas).
a)
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ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS
No se expedirán certificaciones académicas o títulos a los alumnos que tengan pendientes pagos en conceptos de
tasas académicas, administrativas o penalizaciones pecuniarias de Biblioteca. La no devolución de textos a
Biblioteca producirá los mismos efectos. Una vez regularicen su situación en la Universidad se procederá a la
expedición del documento solicitado.
Las tasas económicas aplicables serán las vigentes a la fecha de la solicitud de título, certificado o
compulsa.
En el supuesto de alumnos que tengan cualquier gasto adeudado, por cualquier concepto, a la UCAV mediante
domiciliación bancaria, no se les podrá hacer entrega de certificados o títulos, hasta pasadas 8 semanas desde que
le sea girado el último recibo correspondiente al pago de la matrícula y/o ampliación y/o reconocimiento de créditos
del presente curso académico.
Para cualquier consulta, a este respecto, puede ponerse en contacto con:
Administración General y Gerencia:
Teléfono: 920 251 020 – Extensión 120
Email: [email protected]
Certificaciones
La expedición de Certificaciones Académicas Personales (C.A.P.) se iniciará a instancia del alumno a través de la
Secretaría de Alumnos adjuntando la acreditación del pago de los derechos de expedición.
Secretaría General expedirá: Traslados de Expedientes (Certificaciones Académicas Oficiales, C.A.O.) y Certificaciones
Académicas Personales (C.A.P.). También podrán expedirse, a petición del interesado, certificaciones parciales de
materias concretas.
El certificado será expedido siempre que el alumno esté al corriente de pago en el momento de la solicitud y será
remitido por correo postal a la dirección que indique el solicitante.
Títulos Oficiales
Solicitud de Expedición de Título Oficial:
Una vez superados los estudios universitarios conducentes a la obtención de una determinada titulación oficial, el
interesado podrá solicitar la expedición del correspondiente título.
La expedición de título oficial se iniciará siempre a instancia del alumno.
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Para el inicio de los trámites de expedición de título, el alumno debe enviar por correo postal certificado la siguiente
documentación:
a)
Instancia de solicitud de Título (modelo T-1). Recuerde, el e-mail del solicitante es obligatorio.
b)
Acreditación de los datos de identidad del solicitante (Españoles: Fotocopia del DNI en vigor. Extranjeros
Pasaporte en vigor).
c)
Acreditación del pago de la tasa por expedición del correspondiente título.
Dirección postal para el envío de las solicitudes:
Universidad Católica de Ávila
Secretaría de Alumnos de Estudios a Distancia
1ª Planta, Edificio Principal, Campus de los Canteros
C/ Los Canteros, s/n - 05005 ÁVILA
Certificación Supletoria Provisional del Título:
Hasta que sea editado el título oficial, la UCAV expedirá una certificación supletoria provisional que sustituirá al título y
gozará de idéntico valor a efectos del ejercicio de los derechos a él inherentes.
No se expedirán certificados supletorios provisionales hasta agotados los plazos de revisión de examen y
cierre de actas oficiales correspondientes a la convocatoria en la que el alumno finaliza los estudios.
Para la expedición de la certificación supletoria provisional, la Oficina Técnica de Títulos recabará, de los órganos
competentes, los siguientes informes respecto del solicitante:
1.
De la Dirección de Biblioteca: Informe de situación del alumno respecto a su utilización y préstamos bibliotecarios.
2. De Administración General y Gerencia: Informe de situación del alumno respecto del abono de las tasas académicas
y administrativas correspondientes a los estudios cursados y al título cuya expedición se solicita.
Los alumnos con pagos diferidos, si bien, pueden solicitar el título cuando hayan acabado los estudios, no
podrán obtener la Certificación Supletoria Provisional del Título hasta vencidos los dos meses siguientes (8
semanas) a la fecha del último recibo.
3. Del Centro de Proceso de Datos: Informe de situación del alumno respecto de las asignaturas y créditos superados,
su comprobación y cotejo con el Plan de Estudios cuya superación otorga el derecho a la expedición del título.
La Oficina Técnica de Títulos, retendrá aquellas certificaciones supletorias, cuyo expediente esté a falta de alguno de los
informes anteriores o conste alguna irregularidad que impida la continuación de la expedición del título oficial.
Retirada de Título Oficial: Orden de 8 de Julio de 1988 (B.O.E. de 13/7/1988):
Previos los trámites pertinentes, ante el Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte e impresos los títulos y remitidos a la Oficina Técnica de Títulos, ésta comunicará al alumno, mediante
correo postal y/o correo electrónico, la posibilidad de retirar su título oficial.
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
El título, una vez expedido, deberá ser retirado personalmente por el interesado en la Universidad donde terminó
sus estudios. En el supuesto de que no le fuera posible hacerlo personalmente, el interesado podrá autorizar a otra
persona, siempre mediante poder notarial, para que lo retire en su nombre.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, y en el supuesto de que el interesado resida en localidad distinta de
aquella donde radique la Universidad, podrá solicitar por escrito, del Rectorado correspondiente, la remisión del
título a la Dirección Provincial de Educación y Ciencia, oficina de Educación u Oficina Consular más próxima a su
lugar de residencia (modelo R-T).

La instancia de Remisión de Título (modelo R-T) únicamente deberá cumplimentarse y remitirse a la Secretaría de
Alumnos cuando al interesado se le haya comunicado, desde la Oficina Técnica de Títulos, que su título oficial ya ha
sido editado y obra materialmente en la Secretaría General.
Dirección postal para el envío de las solicitudes:
Universidad Católica de Ávila
Secretaría de Alumnos de Estudios a Distancia
1ª Planta, Edificio Principal, Campus de los Canteros
C/ Los Canteros, s/n - 05005 ÁVILA
* Plazo para la retirada y destrucción del Título:
Transcurridos 5 años contados desde la fecha de su expedición sin que un título haya sido retirado por el interesado, la
Rectora, mediante resolución que deberá publicarse en el B.O.E., otorgará un plazo de un mes para su retirada, con la
advertencia de que el título será anulado y destruido si no se recoge en dicho plazo. De esta destrucción se levantará
acta que será remitida al Registro Nacional y al Universitario de Títulos para que hagan constar este hecho en sus
respectivas bases de datos.
Títulos Propios y Diplomas:
La Universidad, en uso de la autonomía reconocida en la normativa vigente, establece enseñanzas conducentes a la
obtención de diplomas y títulos propios, así como enseñanzas de formación a lo largo de toda la vida. Estos diplomas y
títulos carecen de los efectos que las disposiciones legales otorgan a los títulos de carácter oficial y validez en todo el
territorio nacional.
Las condiciones para la obtención de tales titulaciones, así como el formato y contenido de las mismas, serán aprobadas por
el Consejo de Gobierno de la Universidad, a propuesta de los Centros encargados de impartir las enseñanzas
correspondientes.
Cualquier solicitud de expedición de título propio o diploma ha de ir acompañada del documento de identificación personal:

Alumnos españoles: deben presentar copia del Documento Nacional de Identidad, vigente en el momento de
solicitar la expedición del título.

Alumnos extranjeros: deben presentar copia del Pasaporte, Número de Identificación de Extranjeros, Tarjeta de
Residencia, Cédula o Carta de Identidad o Número Identificativo de la U.E. Estos documentos deberán estar
vigentes en el momento de solicitar la expedición del título.
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RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS
Reconocimiento y Transferencia de créditos (Grado y Máster Universitario)
a)
Normativa Aplicable:
Normativa aprobada en Consejo de Gobierno de fecha 10 de marzo de 2011: Esta normativa será de aplicación a las
enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado reguladas en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, con la modificación introducida
por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio.
b)
Definiciones:

La transferencia de créditos implica que, en los documentos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas
por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con
anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

El reconocimiento de créditos implica la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido
obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a
efectos de la obtención de un título oficial. Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados
en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros
títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser reconocida en forma de créditos que computarán a efectos de la
obtención de un título oficial, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho
título.
No podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a los trabajos fin de Grado y Máster.
c)
Transferencia de créditos:
Los créditos obtenidos en anteriores estudios universitarios oficiales que no hayan conducido a la obtención de un título,
se reflejarán en el expediente del alumno, en las certificaciones académicas de las enseñanzas de Grado, Máster y
Doctorado, así como en el correspondiente Suplemento Europeo al Título.
En cuanto sea informáticamente posible, la Secretaría de la Universidad introducirá en la aplicación informática los datos
de los estudios cursados en otras Universidades, a partir de la información contenida en las certificaciones académicas
oficiales de los traslados de expediente y de otras certificaciones académicas aportadas por el estudiante para la
admisión a las enseñanzas de Grado, Máster y Doctorado. La transferencia se realizará consignando el literal, el número
de créditos y la calificación original de las unidades evaluables y certificables que aporte el alumno.
d)
Reconocimiento de créditos:
El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas
universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el
plan de estudios. El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán
a efectos de baremación del expediente.
No obstante lo anterior, los créditos procedentes de títulos propios podrán, excepcionalmente, ser objeto de
reconocimiento en un porcentaje superior al señalado anteriormente o, en su caso, ser objeto de reconocimiento en su
totalidad siempre que el correspondiente título propio haya sido extinguido y sustituido por un título oficial.
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En el caso de títulos oficiales que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas para los que las autoridades
educativas hayan establecido las condiciones a las que han de adecuarse los planes de estudios, se reconocerán los
créditos de los módulos, materias o asignaturas definidos en la correspondiente norma reguladora.
En caso de no haberse superado íntegramente un determinado módulo, el reconocimiento se llevará a cabo por materias
o asignaturas en función de las competencias y conocimientos asociados a las mismas.
e)
Criterios de reconocimiento en enseñanzas de Grado:
Se reconocerán automáticamente:

Los créditos correspondientes a materias de formación básica (al menos 36 créditos) siempre que la titulación de
destino de esta Universidad pertenezca a la misma rama de conocimiento que la de origen.

Los créditos correspondientes a aquellas otras materias de formación básica cursadas pertenecientes a la rama
de conocimiento de la titulación de destino.
El resto de los créditos no pertenecientes a materias de formación básica podrán ser reconocidos por la Comisión de
Reconocimiento y Transferencia de Créditos teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos
adquiridos, bien en otras materias o enseñanzas cursadas por el estudiante o bien asociados a una previa experiencia
profesional y los previstos en el plan de estudios o que tengan carácter transversal.
Al objeto de facilitar el trabajo de reconocimiento, la Comisión Reconocimiento y Transferencia de Créditos adoptará y
mantendrá actualizadas tablas de reconocimiento para las materias previamente cursadas en determinadas titulaciones y
universidades que más frecuentemente lo solicitan.
f)
Reconocimiento desde estudios no universitarios:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica
4/2007, de 12 de abril, y de acuerdo con los criterios y directrices que fije el Gobierno, la Universidad Católica podrá
reconocer validez académica a las enseñanzas artísticas superiores, a la formación profesional de grado superior, a las
enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y a las enseñanzas deportivas de grado superior.
g)
Reconocimiento de créditos por actividades universitarias:
Los estudiantes podrán obtener el reconocimiento de al menos 6 créditos sobre el total del plan de estudios por la
participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de
cooperación.
h)
Reconocimiento de créditos por planes de estudio anteriores:
En el supuesto de estudios previos realizados en la Universidad Católica de Ávila, en una titulación equivalente, la
adaptación de créditos se ajustará a una tabla de equivalencias que realizará la Comisión de Reconocimiento y
Transferencia de Créditos, conforme a la “tabla de adaptación de asignaturas de plan de estudios actual al plan de
estudios nuevo” contenida el punto 10 de las memorias de solicitud de verificación de los títulos, regulada en el Anexo I
del Real Decreto 1393/2007, con la modificación introducida por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio.
En el caso de estudios previos realizados en otras universidades o sin equivalencia en las nuevas titulaciones de la
Universidad Católica de Ávila, la adaptación de créditos se realizará, a petición del estudiante, por parte de la Comisión
Reconocimiento y Transferencia de Créditos atendiendo en lo posible a los conocimientos asociados a las materias
cursadas y su valor en créditos.
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i)
Criterios de reconocimiento en enseñanzas de Máster:
Quienes estando en posesión de un título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, accedan a las enseñanzas
conducentes a la obtención de un título oficial de Máster podrán obtener reconocimiento de créditos teniendo en cuenta la
adecuación entre las competencias y los conocimientos derivados de las enseñanzas cursadas y los previstos en el plan
de estudios de las enseñanzas del Máster solicitadas.
Podrán ser reconocidos los créditos obtenidos en el periodo de docencia de los actuales programas de doctorado (RD
778/1993), con el mismo criterio de adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las enseñanzas
superadas y los previstos en el plan de estudios del título de Máster Universitario que quiera cursar.
j)
Reconocimiento de créditos en programas de movilidad:
Los estudiantes que, por programas o convenios internacionales o nacionales, están bajo el ámbito de movilidad se
regirán, aparte de lo establecido en esta normativa, por lo regulado en su propia normativa y con arreglo a los acuerdos
de estudios suscritos.
Solicitudes y Tramitación de expedientes de Reconocimiento de Créditos
a)
Informes Previos de la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos:
Los alumnos solicitantes de informes previos a la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de créditos (CRTC) han de
saber que:
1. Los informes provisionales previos a la matrícula son vinculantes para el alumno: El alumno deberá ajustar su
matrícula al informe provisional recibido. En caso de que la resolución definitiva modifique algún término o concepto
del informe provisional, se facilitará al alumno la modificación de matrícula mediante el procedimiento de reajuste de
matrícula. Si el alumno formaliza una matrícula que no se ajusta al informe, matriculándose en asignaturas
contenidas en el mismo, por error imputable al alumno, debe saber que dichos errores no implicarán la modificación
de la Resolución oficial de la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos, ni la devolución de
cantidades correspondientes a matrículas erróneas.
2. Hasta que la Comisión de Reconocimiento de Créditos pueda realizar un examen exahustivo de la documentación
del alumno (certificaciones académicas y programas de asignaturas), no podrá emitir resolución definitiva y
vinculante para la misma. Los informes previos, por tanto, no vinculan a la Comisión.
b)
Presentación de solicitudes (modelo R-C):
La solicitud de reconocimiento de créditos (modelo R-C) únicamente será admitida al formalizar la 1ª matrícula en la
UCAV y en matrícula inicial. Excepcionalmente se admitirán solicitudes de reconocimiento de créditos en posteriores
cursos y sólo una vez por curso académico, si el alumno dispone de méritos adquiridos con fecha posterior a la fecha de
la primera matrícula en la UCAV. Solo se admitirá una solicitud por curso académico por lo que, en ningún caso se
admitirán solicitudes de reconocimientos de créditos en ampliaciones de matriculas.
a)
Plazos de Presentación de solicitudes:
Para la presentación de solicitudes se establecen 2 plazos:
Primer Plazo: Plazo de matrícula oficial.
Segundo Plazo: Plazo de matrícula en segundo semestre y sólo para los siguientes supuestos:


Alumnos procedentes de otras universidades y de acceso a la UCAV en el segundo semestre.
Alumnos de la Universidad Católica que soliciten simultaneidad de estudios en el segundo semestre.
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
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
d)
Alumnos de la Universidad Católica de Ávila que finalicen sus estudios.
Documentación adjunta a la solicitud:
Únicamente se dará trámite a las solicitudes de reconocimiento de créditos si se aporta, completa y junto con la instancia
de solicitud (modelo R-C) la siguiente documentación:


Certificación académica personal (C.A.P.) de la Universidad en la que superaron las asignaturas.
Programas de las asignaturas debidamente sellados por la Universidad en la que superaron las asignaturas.
A efectos de reconocimiento de créditos no se admitirán las certificaciones de traslado de expediente o Certificaciones
Académicas Oficiales (C.A.O.), ya que dichas certificaciones son expedidas por las Universidades de procedencia a lo
largo de todo el curso académico, con destino único a la Secretaría General de la UCAV y de usos diferentes a la
evaluación y examen de posibles reconocimientos.
e)
Resoluciones de la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos:
Examinada la documentación aportada por el alumno, la Comisión emitirá resolución, comunicando los reconocimientos
así como el plazo para recurrir en caso de disconformidad con los mismos. La resolución se entregará a los alumnos en la
Secretaría de Alumnos de Grados de la 1ª Planta del edificio principal de la Universidad, C/ Canteros, s/n – 05005 Ávila.
f)
Recursos:
Los alumnos que no estuvieran conformes con la resolución de la CRTC podrán, en un plazo de 3 días lectivos,
contados a partir del siguiente al de la comunicación de la resolución, solicitar revisión del expediente al Vicerrectorado de
Ordenación Académica. Contra la resolución del Vicerrectorado, cabe recurso ante el Rectorado en un plazo de 5 días
lectivos, contados a partir del siguiente al de la comunicación de la resolución. Los recursos se tamitarán mediante
instancia (modelo S-G) presentada en la Secretaría de Alumnos correspondiente.
g)
Reajuste de matrícula:
Se entiende por reajuste de matrícula, la posibilidad de que el alumno, que ha solicitado reconocimiento de créditos,
modifique su matrícula a resultas de la resolución de la Comisión Reconocimiento de Créditos. Dicha modificación
consistirá únicamente en la solicitud de anulación de matrícula de asignaturas o créditos reconocidos y el alta en nuevas
asignaturas. No será admisible la anulación de matrícula en asignaturas no afectadas por la resolución.
h)
Plazos para el reajuste de matrícula y devoluciones:
1. Alumnos que no presenten recurso contra la resolución de Reconocimiento de Créditos:
Estos alumnos disponen de 5 días lectivos contados a partir del siguiente al de la comunicación de la resolución para
formalizar el reajuste de matrícula. Si el alumno, en este plazo, presenta solicitud de reajuste de matrícula se
entenderá que desiste de cualquier tipo de recurso y que asume como definitiva la resolución emitida en primera
instancia.
2. Alumnos que presenten recurso contra la resolución de Reconocimiento de Créditos:
 Los alumnos que presenten recurso contra la resolución no pueden reajustar matrícula hasta que éste no sea
resuelto.
 Una vez resuelto el recurso, los alumnos disponen de 5 días lectivos contados a partir del siguiente al de la
comunicación de la resolución para formalizar el reajuste de matrícula.
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Los reajustes de matrícula presentados fuera de los plazos previstos devengarán las mismas tasas que se
establecen para la modificación de matrícula.
A los alumnos a los que le sean reconocidas asignaturas o créditos de los que esté matriculado y no soliciten
reajuste de matrícula, se les reajustará de oficio, con los correspondientes recargos que por modificación
de matrícula correspondan.
A partir del día 14 de mayo de 2014 no se admitirán a trámite ninguna solicitud de reajuste de matrícula.
i)
Solicitud de reajuste de matrícula y devolución de cantidades:
Las instancias de Reajuste de matrícula (modelo R-M) se presentarán en la Secretaría de Alumnos de Grado o en la
Secretaría de Alumnos de Máster Universitario dependiendo de los estudios cursados.
El alumno deberá indicar en dicha instancia el número de cuenta en la que desea que se realice la devolución de
cantidades.
No procederá devolución de cantidades, ni rectificación de actas oficiales de examen en los siguientes supuestos:
1. Supuestos en que, por causas imputables al alumno, éste se presente a exámen de asignaturas que hayan
sido objeto de reconocimiento de créditos. En estos casos, prevalecerá la calificación obtenida en la
Universidad de procedencia.
2. Supuestos en que, por causas imputables al alumno, éste haya superado una asignatura en la UCAV y con
posterioridad (bien por simultaneidad de estudios o por realización de actividades universitarias) solicite
reconocimiento de créditos. En estos casos prevalecerá la calificación obtenida en la UCAV.
j)
Tasas por reconocimiento de créditos:
Las solicitudes de reconocimiento de créditos devengan tasas administrativas, véase apartado correspondiente.
Las tasas por reconocimientos de créditos deben abonarse en el mismo curso académico en que se presenta la solicitud,
en caso contrario, se aplicarán los recargos que correspondan.
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INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS
El Seguro Escolar
El seguro escolar obligatorio se crea por la Ley de 17 de julio de 1953 (B.O.E. de 18 de agosto). Protege a los
estudiantes de nacionalidad española, a los estudiantes de los países miembros de la Unión Europea que cursan
enseñanzas postobligatorias en España, a los estudiantes de otras nacionalidades, a quienes se haya extendido esta
cobertura mediante disposición específica, y a los extranjeros residentes.
Es obligatorio para todos los alumnos que no hayan cumplido los 28 años.
Para una mayor información, consultar en Administración General al realizar la matrícula.
Los estudiantes, sin necesidad de tramitar instancias de solicitud, quedan automáticamente asegurados al formalizar
la matrícula con el abono de la cuota a su cargo. El coste de la cuota es de 1,12 €, que se abonará en el momento de
formalizar la matrícula.
Hospital de referencia: Hospital “Nuestra Señora de Sonsoles”
Carretera de Madrid, km. 109. Ávila.
Tfno.: 920 358 000
El seguro para mayores de 28 años
Los alumnos mayores de 28 años pueden suscribir un seguro. La prima de este seguro ascendió, en el curso
2012/2013, a 8,50 €. Para el curso 2013/2014 la prima será actualizada por la compañía aseguradora y comunicada al
alumnado.
Hospital de referencia: “Clínica Santa Teresa”
C/ Santa Cruz de Tenerife, 11. Ávila.
Tfno.: 920 221 450
Colegios Mayores y Residencias
COLEGIO MAYOR MASCULINO
“MAGISTRAL ANTONIO DE HONCALA ”
Avda. de la Inmaculada, 9
Teléfono: 920 - 35 21 16
RESIDENCIA FEMENINA “TELLAMAR”
C/ San Segundo, 42-44
Teléfono: 920 -21 28 70
RESIDENCIA MIXTA“SANTO TOMÁS”
Avda. de la Juventud, s/n
Teléfono: 920 22 10 06
RESIDENCIA FEMENINA “MIRAVALLE”
Plaza del Ejército, 9
Teléfono: 920 - 22 25 76
[email protected]
RESIDENCIA MIXTA “ARTURO DUPERIER”
Avda. de la Juventud, s/n
Teléfono: 920 22 17 16
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
Transportes
La ciudad de Ávila está perfectamente comunicada con las ciudades más próximas gracias a su red de carreteras, así
como a la autovía y a la autopista que la comunican con Valladolid y con Madrid. Asimismo, existe un buen servicio
público de viajeros, por tren y autobús, con las poblaciones más importantes de la zona.
RENFE
Paseo de la Estación, s/n. 05001 ÁVILA
Tfno.: 902 24 02 02
http://www.renfe.es
ESTACIÓN DE AUTOBUSES
Avda. de Madrid, 2. 05001 ÁVILA
Tfno.: 920 22 01 54
AVILABUS Línea 2 Centro Universitario
Tfno: 900 502 751
http://www.avilabus.com
RADIO TAXI
Tfno: 920 35 35 45
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Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
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ANEXO I: CRONOGRAMAS DE EXTINCIÓN DE PLANES DE ESTUDIO
INGENIERÍAS TÉCNICAS Y DIPLOMATURAS: Estado de Extinción
1. Titulaciones Extinguidas.
2. No se imparte docencia en 1º, 2º y 3º curso.
3. No hay asignaturas activadas en régimen de tutorías.
4. En el curso 2013/2014 no se pueden formalizar matrículas ordinarias en créditos o asignaturas del plan de
estudios.
5. Serán posibles matrículas extraordinarias hasta el curso 2014/2015, según plan de extinción de la UCAV.
6. Alumnos con asignaturas pendientes de cursos anteriores: pueden formalizar matrícula extraordinaria,
INGENIERÍAS TÉCNICAS Y DIPLOMATURAS
Curso Académico
2013/2014
1º Curso
2º Curso
3º Curso
TITULACIONES EXTINGUIDAS
Solo serán admisibles matrículas para convocatorias extraordinarias
(segundas o posteriores matrículas)
A tenor de lo dispuesto en la Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, la última convocatoria de todas las
asignaturas de planes de estudio extinguidas o en proceso de extinción será la de septiembre de
2017.
TABLAS DE ADAPTACIÓN A LOS GRADOS
Puede Consultar las tablas de adaptación de planes en extinción a los Grados en la siguiente dirección web:
https://www.ucavila.es/index.php?option=com_content&view=article&id=1847&Itemid=414&lang=es
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LICENCIATURAS: Estado de Extinción
1. Titulaciones Extinguidas.
2. No se imparte docencia en 1º, 2º, 3º y 4º curso.
3. Asignaturas de 4º curso y optativas de 2º ciclo: únicamente activadas en régimen de tutorías.
4. En el curso 2014/2015 no se podrán formalizar matrículas ordinarias en créditos o asignaturas del plan de estudios
de Licenciaturas. Serán posibles matrículas extraordinarias hasta el curso 2015/2016, según plan de extinción de la
UCAV.
5. Alumnos con asignaturas pendientes de cursos anteriores: pueden formalizar matrícula extraordinaria.
6. El alumno que no supere los estudios dentro del plazo del plan de extinción podrá solicitar la adaptación a Grado .
LICENCIATURAS
Curso Académico
1º Curso
2009/2010
Ultimo año que se
impartió 1º curso
2010/2011
1º curso
sin docencia
Ultimo año que se
impartió 2º curso
2011/2012
1º curso
sin docencia
2º curso
sin docencia
Ultimo año que se
impartió 3º curso
2012/2013
1º curso
sin docencia
2º curso
sin docencia
3º curso
sin docencia
2013/2014
2º Curso
3º Curso
4º Curso
Ultimo año que
se impartió 4º curso
Solo serán admisibles matrículas para convocatorias extraordinarias (1).
(1) A los alumnos de la UCAV de forma excepcional y previa justificación, se les podrá autorizar matrícula ordinaria en el curso 2013/2014 en las asignaturas que le
queden pendientes para finalizar la titulación. Dichas asignaturas serán cursadas en régimen de tutorías.
A tenor de lo dispuesto en la Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, la última convocatoria de todas las
asignaturas de planes de estudio extinguidas o en proceso de extinción será la de septiembre de
2017.
TABLAS DE ADAPTACIÓN A LOS GRADOS
Puede Consultar las tablas de adaptación de planes en extinción a los Grados en la siguiente dirección web:
https://www.ucavila.es/index.php?option=com_content&view=article&id=1847&Itemid=414&lang=es
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
INGENIERÍAS: Estado de Extinción
1. Titulación en proceso de extinción.
2. No se imparte docencia en 1º, 2º, 3º y 4º curso.
3. Asignaturas de 4º curso y optativas de 2º ciclo: únicamente activadas en régimen de tutorías.
4. Se imparte docencia únicamente en asignaturas de 5º curso.
5. En el curso 2015/2016 no se podrán formalizar matrículas ordinarias en créditos o asignaturas del plan de estudios
de Ingeniero Agrónomo. Serán posibles matrículas extraordinarias hasta el curso 2016/2017, según plan de
extinción de la UCAV.
6. Alumnos con asignaturas pendientes de cursos anteriores: pueden formalizar matrícula extraordinaria.
7. El alumno que no supere los estudios dentro del plazo del plan de extinción podrá solicitar la adaptación a Máster
Universitario.
INGENIERÍAS DE AGRÓNOMOS Y MONTES
Curso Académico
1º Curso
2009/2010
Ultimo año que se
impartió 1º curso
2010/2011
1º curso sin
docencia
Ultimo año que se
impartió 2º curso
2011/2012
1º curso sin
docencia
2º curso sin
docencia
Ultimo año que se
impartIió 3º curso
2012/2013
1º curso sin
docencia
2º curso sin
docencia
3º curso sin
docencia
Ultimo año que
se impartió 4º curso
2013/2014
1º curso sin
docencia
2º curso sin
docencia
3º curso sin
docencia
4º curso
sin docencia
2014/2015
2º Curso
3º Curso
4º Curso
5º Curso
Ultimo año que
se imparte 5º
curso
Solo serán admisibles matrículas para convocatorias extraordinarias.
A tenor de lo dispuesto en la Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, la última convocatoria de todas las
asignaturas de planes de estudio extinguidas o en proceso de extinción será la de septiembre de
2017.
TABLAS DE ADAPTACIÓN A LOS GRADOS
Puede Consultar las tablas de adaptación de planes en extinción a los Grados en la siguiente dirección web:
https://www.ucavila.es/index.php?option=com_content&view=article&id=1847&Itemid=414&lang=es
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
ANEXO II: MATRÍCULA EN TITULACIONES EN EXTINCIÓN
MATRÍCULA ORDINARIA: La matrícula ordinaria es la que se realiza por primera vez en cada asignatura. Esta matrícula concede al
alumno derecho a docencia, a evaluaciones parciales (si las hubiere), a tutorías académicas y personales y a dos convocatorias de
exámenes a lo largo del curso en que se hizo la matrícula y en las fechas establecidas en el calendario académico, salvo que
expresamente se establezca otra cosa.
Los alumnos que no aprueben una asignatura en las convocatorias de exámenes a que les da derecho la matrícula ordinaria, no tienen
otro modo de aprobarla que someterse al régimen de matrícula extraordinaria, salvo que el alumno no haya cubierto escolaridad en
cuyo caso, deberá volver a formalizar matrícula ordinaria en dicha asignatura.
MATRÍCULA EXTRAORDINARIA: La matrícula extraordinaria es la que se realiza en asignaturas pendientes de cursos anteriores y, en
los casos de modalidad de estudios presencial, cuya escolaridad ya ha sido cubierta.
MATRÍCULA EN PRACTICUM (Licenciado en Derecho): Esta matrícula sólo podrá formalizarse al inicio de cada curso académico y
dentro de los plazos oficiales de matrícula establecidos.
MATRÍCULA EN PROYECTO FIN DE CARRERA (Ingenierías e Ingenierías Técnicas): Esta matrícula sólo podrá formalizarse en los
periodos ordinarios de matrícula de cada curso académico y da derecho a dos convocatorias, junio y septiembre del curso académico.
Modalidad 1: Matrícula Extraordinaria SIN DOCENCIA con 2 convocatorias
Los alumnos de titulaciones extinguidas o en extinción que tengan asignaturas pendientes y deseen formalizar matrícula
extraordinaria sin docencia pero con acceso a dos convocatorias se regirán en lo referente al precio de créditos y convocatorias
a las tasas establecidas en la tabla de tasas Nº 1 del Anexo III.
Las convocatorias a las que el alumno puede acceder con esta modalidad de matrícula son las siguientes:
Asignaturas asignadas al 1º semestre: Convocatorias de febrero y septiembre de 2014.
Asignaturas asignadas al 2º semestre: Convocatorias de junio y septiembre de 2014.
 Asignaturas anuales: Convocatorias de junio y septiembre de 2014.


Modalidad 2: Matrícula Extraordinaria SIN DOCENCIA con 1 convocatoria
Los alumnos de titulaciones extinguidas o en extinción que tengan asignaturas pendientes y deseen formalizar matrícula
extraordinaria sin docencia con acceso a una única convocatoria, se regirán en lo referente al precio de créditos y
convocatorias a las tasas establecidas en la tabla de tasas Nº 2 del Anexo III.
La convocatoria a la que el alumno puede acceder con esta modalidad de matrícula, será una de las siguientes:
 Asignaturas asignadas al 1º semestre: Convocatoria de febrero de 2014.
 Asignaturas asignadas al 2º semestre: Convocatorias de junio de 2014.
 Asignaturas anuales: Convocatoria de junio de 2014.
En el caso de que el alumno no supere las asignaturas pendientes, podrá volver a formalizar matrícula para la convocatoria de
septiembre de 2014 (segunda convocatoria en curso académico).
La no presentación a examen, en febrero y/o junio, se entenderá como renuncia de matrícula y convocatoria, sin que en ningún
caso los derechos de matrícula y convocatoria sean trasladables a la convocatoria de septiembre.
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Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
ANEXO III: TASAS ACADÉMICAS Y ADMINISTRATIVAS
1.- TASAS ACADÉMICAS DE TITULACIONES EN EXTINCIÓN
Tabla de Tasas Nº1: Precios del crédito en el curso 2013/2014 para Matrícula en Asignaturas CON DOCENCIA(1) (2 Convocatorias)
Tasas de créditos
por Facultad
Con derecho a
Con derecho a
convocatorias:
convocatorias: Ordinaria (2)
y 1ª Extraordinaria
1ª y 2ª Extraordinarias
Con derecho a
convocatorias:
Con derecho a
convocatorias:
Con derecho a
convocatorias:
Con derecho a
convocatoria:
Convocatoria
2ª y 3ª Extraordinarias
3ª y 4ª Extraordinarias
4ª y 5ª Extraordinarias
5ª Extraordinaria
Gracia
de
Facultad de
Ciencias y Artes
107 €
111 €
116 €
120 €
125 €
95 €
109 €
Facultad de Ciencias
Sociales y Jurídicas
89 €
94 €
98 €
102 €
107 €
77 €
93 €
(1)
Los alumnos de titulaciones extinguidas que deseen formalizar matrícula extraordinaria sin docencia pero con acceso a dos convocatorias anuales se ajustarán a los
precios establecidos por Facultad y convocatorias en la tabla anterior.
(2)
A los alumnos de la UCAV de forma excepcional y previa justificación, se les podrá autorizar matrícula ordinaria en el curso 2013/2014 en las asignaturas que le
queden pendientes para finalizar la titulación. Dichas asignaturas serán cursadas en régimen de tutorías.
Tabla de Tasas Nº 2: Precios del crédito en el curso 2013/2014 para Matrículas SIN DOCENCIA (1 convocatoria)
Tasas de créditos
Con derecho a
convocatoria:
Con derecho a
convocatoria:
Con derecho a
convocatoria:
Con derecho a
convocatoria:
Con derecho a
convocatoria:
por Facultad
1ª Extraordinaria
2ª Extraordinaria
3ª Extraordinaria
4ª Extraordinaria
5ª Extraordinaria
Facultad de
Ciencias y Artes
63 €
66 €
69 €
72 €
75 €
89 €
Facultad de Ciencias
Sociales y Jurídicas
56 €
59 €
62 €
64 €
67 €
82 €
Convocatoria
de Gracia
Entidades Bancarias donde pueden efectuarse los ingresos:
Entidad Financiera
Número de Cuenta
Entidad Financiera
Número de Cuenta
BANKIA
2038.7725.29.6800021282
Banco de Santander
0049.4630.14.2610355545
Banco Popular
0075.5703.10.0600581449
La Caixa
2100.1264.71.0200119098
BBVA
0182.7858.31.0015579931
Caixa Galicia
2080.0260.80.3040001787
Cajamar
3058.5301.97.2720007924
2.- TASAS ADMINISTRATI VAS DE TITULACIONES EN EXTINCIÓN
Véanse páginas 27 y 28 de la presente Guía Académica.
58
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA
Estudios de Grado y Titulaciones en Extinción: Modalidad de Estudios Presencial
Máster Universitario: Modalidad de Estudios Presencial y Semipresencial
Matrícula y Normativa Académica - Curso 2013-2014
ANEXO IV: CONVOCATORIAS EN TITULACIONES EN EXTINCIÓN
Convocatorias de matrícula Ordinaria (Convocatoria Ordinaria y 1ª Extraordinaria):
La primera matrícula en una asignatura permite al alumno presentarse a dos convocatorias de examen de la misma asignatura
dentro del curso académico: la convocatoria ordinaria y la 1ª extraordinaria.
Los exámenes de estas convocatorias se celebrarán siguiendo el siguiente calendario:
 Asignaturas anuales: exámenes en junio y septiembre.
 Asignaturas semestrales:
-
Asignaturas impartidas durante el 1º semestre: exámenes en febrero y septiembre.
Asignaturas impartidas durante el 2º semestre: exámenes en junio y septiembre.
Convocatorias de matícula Extraordinarias sin docencia con 2 Convocatorias (véase anexo II. Modalidad 1):
Los exámenes de estas convocatorias se celebrarán siguiendo el siguiente calendario:
 Asignaturas anuales: exámenes en junio y septiembre.
 Asignaturas semestrales:
-
Asignaturas asignadas al 1º semestre: exámenes en febrero y septiembre.
Asignaturas asignadas al 2º semestre: exámenes en junio y septiembre.
Convocatorias de matícula Extraordinaria sin docencia con 1 Convocatoria (véase anexo II. Modalidad 2):

Asignaturas anuales: exámenes en junio y septiembre. El alumno deberá formalizar matrícula extraordinaria
independiente para cada una de estas convocatorias.

Asignaturas semestrales asignadas al 1º semestre: exámenes en febrero y septiembre. El alumno deberá formalizar
matrícula extraordinaria independiente para cada una de estas convocatorias.

Asignaturas semestrales asignadas al 2º semestre: exámenes en junio y septiembre. El alumno deberá formalizar
matrícula extraordinaria independiente para cada una de estas convocatorias.
Convocatorias de cursos o seminarios de libre elección:
Los alumnos disponen de una única convocatoria de examen durante el curso en que el alumno esté matriculado, por lo que
estos cursos o seminarios quedan excluidos del régimen de convocatorias extraordinarias.
Convocatorias de asignaturas cursadas como libre elección:
En estas asignaturas los alumnos disponen de dos convocatorias de examen durante el curso en que el alumno esté
matriculado. Se regirán por el régimen general de convocatorias.
59

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