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• • • • Antecedentes de la Contabilidad electrónica. Aspel-COI 7.0 alcances versión original. Siguientes pasos. Capacitación relacionada. Contabilidad electrónica: Antecedentes Reforma Fiscal 2014. Art. 28 del CFF Artículo 28. Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, estarán a lo siguiente: I. La contabilidad, para efectos fiscales, se integra por los libros, sistemas y registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta,…, control de inventarios y método de valuación,… en el Reglamento de este Código se establecerá la documentación e información con la que se deberá dar cumplimiento a esta fracción, y los elementos adicionales que integran la contabilidad. II. Los registros o asientos contables a que se refiere la fracción anterior deberán cumplir con los requisitos que establezca el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria. III. Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme lo establezcan el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria. La documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente. IV. Ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto. • Fuente: Diario Oficial de la Federación del 9 de diciembre de 2013 Resolución miscelánea 2014 • Se deberá cumplir a partir del 1º de julio de 2014 con el reporte de la información contable en las páginas del SAT. • Artículo Cuadragésimo Tercero Transitorio de la RMF2014 Cambios Fiscales • Publicación en el Diario Oficial de la Federación del 2 de abril de 2014 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación 2014. ¿Cuáles son los cambios? • Especificaciones a la forma en que se realiza el registro contable. Por ejemplo: – Realizar el registro de los asientos contables a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad (Art. 33B Inciso I) – Los registros o asientos contables deberán establecer por centro de costos, identificando las operaciones, actos o actividades de cada sucursal o establecimiento, incluyendo aquéllos que se localicen en el extranjero;” (Art. 33B Inciso XII) – Los contribuyentes deberán remitir al SAT o al PAC, el CFDI a más tardar dentro de las veinticuatro horas siguientes a que haya tenido lugar la operación, acto o actividad de la que derivó la obligación de expedirlo (Art. 39) • Art. 33-B Los registros o asientos contables deberán: Permitir la identificación de cada operación, acto o actividad y sus características, relacionándolas con los folios asignados a los comprobantes fiscales o con la documentación comprobatoria, de tal forma que pueda identificarse la forma de pago, las distintas contribuciones, tasas y cuotas, incluyendo aquellas operaciones, actos o actividades por las que no se deban pagar contribuciones, de acuerdo a la operación, acto o actividad de que se trate;” (Fracción III ) Por lo que: • Los contribuyentes tienen nuevas obligaciones. • Estos son los temas definidos por la Autoridad al día de hoy. • Sin embargo, la Autoridad no ha terminado de realizar las especificaciones técnicas de la información que se va a enviar, tanto de su estructura como de la periodicidad de la misma. La solución: Aspel-COI 7.0 ¿Qué ofrece Aspel-COI? • Registro contable electrónico. • Asociación de comprobantes. • Asociación de un CFDI a una póliza, almacenándolo automáticamente en el “Depósito de documentos digitales”. • Se puede leer fácilmente el detalle de un CFDI a través de la herramienta Aspel-Visor. • Administra fácilmente los CFDI asociados al sistema, valida la estructura, datos fiscales, contenido, operaciones aritméticas y timbrado de los comprobantes y genera un reporte de validación por cada uno de los archivos revisados. Aspel-COI 7.0: Alcances versión original • Nueva serie: CKSNX-123456 • Pólizas modelo inteligentes. • Asociación de comprobantes: Validación de estructura. • Visualización en la consulta de pólizas: Documento asociado Si o NO. Nueva serie • Permite actualizar rápidamente a los usuarios. • Dado que la Autoridad se encuentra en la definición de los lineamientos, se espera una gran cantidad de cambios, mismos que serán integrados en Re-instalables. • Importante: Se está entregando el manual del COI 6.0 con una adenda. Pólizas inteligentes • Las pólizas modelo el sistema determina el % de aplicación en cada partida para que en las pólizas creadas con ese modelo la determinación se realice de manera automática. Pólizas recurrentes= pólizas modelo En la lectura se indica el monto base Edición del xml Depósito de documentos: • El depósito de documentos se actualiza para mejorar la administración de la información digital: – – – – Depósito de documentos local y externo Asociación automática de documentos Consulta de documentos asociados Validador de XML (CFDI) • El acceso a “Configuración y Consulta de documentos asociados” se encuentra en el menú “Archivos”, Aspel-COI 7.0: Siguientes pasos • En re-instalables se agregará la funcionalidad • Estar al pendiente de las notificaciones de la Autoridad y de Aspel. • En presentaciones virtuales se difundirán los alcances finales, así como el tiempo y la forma en que se realizará el envío de la información a la Autoridad. Además, nuevas funciones y características • Al asociar un CFDI a una póliza, se propondrá el asiento contable correspondiente de acuerdo a los datos del comprobante asociado, inclusive el sistema es capaz de proponer la cuenta contable correspondiente de un Cliente o Proveedor. (**) • Cuando un CFDI queda asociado a una póliza, se podrá consultar su Folio Fiscal como parte de la información de la póliza. (**) • Desde el catálogo de pólizas se podrá identificar qué pólizas tienen documentos asociados. (**) Aspel-COI 7.0: Capacitación relacionada Capacitación • Clases virtuales de nuevas características Aspel-COI 7.0 a partir del 23 de mayo. • Clases gratuitas para usuarios: Aspel-COI y la Contabilidad electrónica. • En cursos de COI 7.0 a partir de junio, se manejarán adendas por el dinamismo de la información. ¡Gracias!