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Antecedentes de la Contabilidad electrónica.
Aspel-COI 7.0 alcances versión original.
Siguientes pasos.
Capacitación relacionada.
Contabilidad electrónica:
Antecedentes
Reforma Fiscal 2014. Art. 28 del
CFF
Artículo 28. Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad,
estarán a lo siguiente:
I.
La contabilidad, para efectos fiscales, se integra por los libros, sistemas y registros contables, papeles de
trabajo, estados de cuenta,…, control de inventarios y método de valuación,… en el Reglamento de este Código
se establecerá la documentación e información con la que se deberá dar cumplimiento a esta fracción, y los
elementos adicionales que integran la contabilidad.
II.
Los registros o asientos contables a que se refiere la fracción anterior deberán cumplir con los requisitos
que establezca el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de
Administración Tributaria.
III.
Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme lo
establezcan el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de
Administración Tributaria. La documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar
disponible en el domicilio fiscal del contribuyente.
IV.
Ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de
Administración Tributaria, de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.
•
Fuente: Diario Oficial de la Federación del 9 de diciembre de 2013
Resolución miscelánea 2014
• Se deberá cumplir a partir del 1º de julio de
2014 con el reporte de la información
contable en las páginas del SAT.
• Artículo Cuadragésimo Tercero Transitorio de la RMF2014
Cambios Fiscales
• Publicación en el Diario Oficial de la
Federación del 2 de abril de 2014 del
Reglamento del Código Fiscal de la Federación
2014.
¿Cuáles son los cambios?
• Especificaciones a la forma en que se realiza el registro
contable. Por ejemplo:
– Realizar el registro de los asientos contables a más tardar
dentro de los cinco días siguientes a la realización de la
operación, acto o actividad (Art. 33B Inciso I)
– Los registros o asientos contables deberán establecer por
centro de costos, identificando las operaciones, actos o
actividades de cada sucursal o establecimiento, incluyendo
aquéllos que se localicen en el extranjero;” (Art. 33B Inciso
XII)
– Los contribuyentes deberán remitir al SAT o al PAC, el CFDI
a más tardar dentro de las veinticuatro horas siguientes a
que haya tenido lugar la operación, acto o actividad de la
que derivó la obligación de expedirlo (Art. 39)
• Art. 33-B Los registros o asientos contables deberán:
Permitir la identificación de cada operación, acto o
actividad y sus características, relacionándolas con los
folios asignados a los comprobantes fiscales o con la
documentación comprobatoria, de tal forma que pueda
identificarse la forma de pago, las distintas
contribuciones, tasas y cuotas, incluyendo aquellas
operaciones, actos o actividades por las que no se deban
pagar contribuciones, de acuerdo a la operación, acto o
actividad de que se trate;” (Fracción III )
Por lo que:
• Los contribuyentes tienen nuevas
obligaciones.
• Estos son los temas definidos por la Autoridad
al día de hoy.
• Sin embargo, la Autoridad no ha terminado de
realizar las especificaciones técnicas de la
información que se va a enviar, tanto de su
estructura como de la periodicidad de la
misma.
La solución:
Aspel-COI 7.0
¿Qué ofrece Aspel-COI?
• Registro contable electrónico.
• Asociación de comprobantes.
• Asociación de un CFDI a una póliza, almacenándolo
automáticamente en el “Depósito de documentos
digitales”.
• Se puede leer fácilmente el detalle de un CFDI a través
de la herramienta Aspel-Visor.
• Administra fácilmente los CFDI asociados al sistema,
valida la estructura, datos fiscales, contenido,
operaciones aritméticas y timbrado de los
comprobantes y genera un reporte de validación por
cada uno de los archivos revisados.
Aspel-COI 7.0:
Alcances versión original
• Nueva serie: CKSNX-123456
• Pólizas modelo inteligentes.
• Asociación de comprobantes: Validación de
estructura.
• Visualización en la consulta de pólizas:
Documento asociado Si o NO.
Nueva serie
• Permite actualizar rápidamente a los usuarios.
• Dado que la Autoridad se encuentra en la
definición de los lineamientos, se espera una
gran cantidad de cambios, mismos que serán
integrados en Re-instalables.
• Importante: Se está entregando el manual del
COI 6.0 con una adenda.
Pólizas inteligentes
• Las pólizas modelo el sistema determina el %
de aplicación en cada partida para que en las
pólizas creadas con ese modelo la
determinación se realice de manera
automática.
Pólizas recurrentes= pólizas
modelo
En la lectura se indica el monto
base
Edición del xml
Depósito de documentos:
• El depósito de documentos se actualiza para mejorar
la administración de la información digital:
–
–
–
–
Depósito de documentos local y externo
Asociación automática de documentos
Consulta de documentos asociados
Validador de XML (CFDI)
• El acceso a “Configuración y Consulta de documentos
asociados” se encuentra en el menú “Archivos”,
Aspel-COI 7.0:
Siguientes pasos
• En re-instalables se agregará la funcionalidad
• Estar al pendiente de las notificaciones de la
Autoridad y de Aspel.
• En presentaciones virtuales se difundirán los
alcances finales, así como el tiempo y la forma
en que se realizará el envío de la información
a la Autoridad.
Además, nuevas funciones y
características
• Al asociar un CFDI a una póliza, se propondrá el
asiento contable correspondiente de acuerdo a
los datos del comprobante asociado, inclusive el
sistema es capaz de proponer la cuenta contable
correspondiente de un Cliente o Proveedor. (**)
• Cuando un CFDI queda asociado a una póliza, se
podrá consultar su Folio Fiscal como parte de la
información de la póliza. (**)
• Desde el catálogo de pólizas se podrá identificar
qué pólizas tienen documentos asociados. (**)
Aspel-COI 7.0:
Capacitación relacionada
Capacitación
• Clases virtuales de nuevas características
Aspel-COI 7.0 a partir del 23 de mayo.
• Clases gratuitas para usuarios: Aspel-COI y la
Contabilidad electrónica.
• En cursos de COI 7.0 a partir de junio, se
manejarán adendas por el dinamismo de la
información.
¡Gracias!