CONAIF 60670 INFOCAL

Transcripción

CONAIF 60670 INFOCAL
INSTALACIONES
RECEPTORAS DE GAS
MOP ≤ 5BAR
MODIFICACIÓN NORMA
UNE 60670: 2014
Ana María García Gascó
INFOCAL, 10 de noviembre 2015
ARTÍCULO 12. NORMAS. (RD 919/2006 REGLAMENTO DE GAS)
2. Cuando una o varias normas sean objeto de revisión, deberán ser objeto de
actualización en el listado de normas, mediante resolución del órgano directivo
competente en materia de seguridad industrial del Ministerio de Industria,
Turismo y Comercio, en la que deberá hacerse constar la fecha a partir de la cual
la utilización de la nueva edición de la norma será válida y la fecha a partir de la
cual la utilización de la antigua edición de la norma dejará de serlo, a efectos
reglamentarios. Para ello, el citado órgano directivo deberá examinar
anualmente las normas que hayan sido publicadas durante el último año y
modificar, si procede, la ITC-ICG 11.
A falta de la resolución expresa anterior, se entenderá que cumple las condiciones
reglamentarias la edición de la norma posterior a la que figure en el listado de
normas, siempre que la misma no modifique criterios básicos y se limite a
actualizar ensayos o incremente la seguridad intrínseca del material
correspondiente.
ACTUALIZACIÓN ITC-ICG 11
Ya ha salido publicada la resolución que actualiza la ITCICG 11 en el BOE (16 de julio de 2015)
Entrada en vigor de la UNE 60670:2014 el 2 de julio de 2015
En la publicación de la ITC-ICG 11 se permite un periodo de
coexistencia de las dos versiones de la Norma de 6 meses.
Hasta 2 de enero
de 2016
3. TUBERÍAS, ELEMENTOS,
ACCESORIOS Y SUS UNIONES
3. MATERIAL DE TUBERÍAS Y
ACCESORIOS
Todos los materiales han de cumplir con el Reglamento de Productos de la construcción
(MARCADO CE).
3.2 COBRE
Posibilidad utilizar cobre pre-aislado y cobre en estado duro o recocido.
Eliminación del requisito de diámetro exterior máximo de 22 mm para tubería de cobre
enterrada. Se puede utilizar tubo en estado duro o recocido en rollo con un espesor de 1mm
para tuberías vistas, alojadas en vainas, empotradas o para la conexión de aparatos, y con un
espesor mínimo de 1,5 mm para tuberías enterradas.
Cambios de dirección tubería estado duro: Máquina curvadora, manual o eléctrica. No utilizar
mandril interno.
No se puede curvar
Curvado tubos cobre estado recocido: Muelle cortatubos por ejemplo.
en caliente
Aparte de las uniones por compresión radial (press-fitting), ahora también se permiten por
compresión axial (anillo corredizo)
3.3 ACERO
Los cambios de dirección de tuberías se pueden hacer mediante curvado en frío con curvadora
manual o eléctrica, (no se debe utilizar mandril interno) utilizado tubo de acero hasta 2” de
diámetro nominal.
3. MATERIAL DE TUBERÍAS Y
ACCESORIOS
3.4 ACERO INOXIDABLE
Para los cambios de dirección de tuberías se permite el curvado del tubo en frío mediante
curvadora, manual o eléctrica. No se debe utilizar mandril interno.
Los accesorios de presión en acero inoxidable se deben utilizar con tubería de la serie 2.
NUEVOS APARTADOS
3.5 SISTEMAS DE TUBO MULTICAPA
Han de ser del tipo Pe-Al-Pe. Han de cumplir la UNE 53008-1, tanto los tubos como los
accesorios.
3.6 TUBOS DE ACERO INOXIDABLE CORRUGADO
Deben tener 2 capas: una de acero inoxidable corrugado con función estructural y otra
exterior de protección. Han de cumplir la UNE-EN 15266, tanto los tubos como los
accesorios.
5. ELEMENTOS DE LAS INSTALACIONES DE
GAS Y DE LA CONEXIÓN DE LOS APARATOS
DE GAS
Tabla 1: Tramos presión para diseño instalaciones receptoras
PRESIÓN TRAMO
(bar)
DENOMINACIÓN
REG. Y SEGURIDAD
2<MOP≤5
MOP 5
REG. y VS. Max. IRC
0,4<MOP≤2
MOP 2
REG. y VS. Max. IRC
0,15<MOP≤0,4
MOP 0,4
REG. y VS. Max. y
Min.
0,05<MOP≤0,15
MOP 0,15
REG. y VS. Min.
MOP≤0,05
MOP 0,05
Tallos de polietileno: Permiten realizar la transición entre tramos vistos y enterrados de las
instalaciones receptoras, y la conexión con la acometida, en su caso.
Se añade la opción de tallos de PE-acero inoxidable. (antes PE-Cu y PE-Acero)
5. ELEMENTOS DE LAS INSTALACIONES DE
GAS Y DE LA CONEXIÓN DE LOS APARATOS
DE GAS
SEGUNDA FAMILIA
REGULADORES
ESTACIONES DE REGULACIÓN CON Y SIN
MEDIDA
MOPe>5bar => UNE 60620-3
CONJUNTO DE REGULACIÓN CON O SIN
MEDIDA PARA INSTALACIONES
RECEPTORAS SUMINISTRADAS DESDE
REDES DE DISTRIBUCIÓN
Pe
Ps
Elementos
incorporados
Norma
0,4
0,15
0,05
VISmin
Caudal
equiv≤4,8m3(n)/h
UNE
60402-1
0,4
0,05
VISmin
VIS max
Caudal
equiv≤4,8m3(n)/h
UNE
60402-2
0,4
0,15
Elem. Filtrante
VIS min (si no existe
en la IRI)
VIS max (si no existe
en ls IRI)
Caudal equiv >
4,8m3(n)/h
Instalación regulador
entre las 2 válvulas
5
0,4
0,15
0,05
VISmin (con o sin)
VIS max
Caudal
equiv≤250m3(n)/h
Clasificación en función presión tramo de
entrada:
MOPe5
MOPs 0,4 UNE 60404-1
MOPs 0,15
UNE 60404-2
UNE 60404-3
MOPe0,4 o MOPe0,15
MOPs 0,05
UNE 60410
UNE 60411
5. ELEMENTOS DE LAS INSTALACIONES DE
GAS Y DE LA CONEXIÓN DE LOS APARATOS
DE GAS
TERCERA FAMILIA
Conjunto de regulación con o sin medida para instalaciones receptoras suministradas desde
redes de distribución, depósitos fijos o envases de capacidad superior a 15 kg
MOPe5
MOPs 0,4
MOPs 0,15
MOPs 0 05
UNE 60404-1
Reguladores de presión (IR, envases GLP> 15 kg y depósitos fijos)
• UNE -EN 13785
• UNE-EN 13786
Los reguladores para acoplar a envases de GLP de capacidad ≤ 15 kg y MOPs ≤200mbar
UNE-EN 12864
Los adaptadores de salida libre para acoplar a envases GLP de capacidad ≤ 15 kg
UNE 60408
5. ELEMENTOS DE LAS INSTALACIONES DE
GAS Y DE LA CONEXIÓN DE LOS APARATOS
DE GAS
5.6 SOPORTES DE CONTADOR
Para interior
Para exterior
UNE 60495-1
UNE 60495-2
5.8.1 LLAVES NO ENTERRABLES
Las llaves de conexión a aparatos de cocción a gas de uso doméstico deben incorporar un
limitador de flujo y cumplir la UNE 60719
A modo de ejemplo:
GN a una presión de 20 mbar, el caudal de corte será de 1,5 m3/h gas aprox. (1,2 ±10%)
GLP a una presión de 37 mbar el caudal de corte será de 1 m3/h gas aprox. (0,8 ±10%)
6. TIPOS DE UNIONES PARA TUBERÍAS,
ELEMENTOS Y ACCESORIOS
6.1 UNIONES MEDIANTE SOLDADURA
MOP ≤ 0,05: Se extiende la posibilidad de usar soldadura blanda a locales de uso colectivo,
comercial o industrial en los que la suma de la potencia de los aparatos de cocción de
tipo A no sea superior a 30 Kw. En la versión anterior se permitía a locales de usos
domésticos.
6.1.1. UNIÓN POLIETILENO-POLIETILENO
PREFERENTEMENTE, por electrofusión, o
DN≥ 110 a tope que sean compatibles con los tubos y accesorios a unir.
6.1.3 UNIÓN ACERO-ACERO
Las uniones se deben realizar mediante soldadura a tope.
6. TIPOS DE UNIONES PARA TUBERÍAS,
ELEMENTOS Y ACCESORIOS
6.2 UNIONES MECÁNICAS DESMONTABLES
6.2.3 Uniones metal-metal: Su uso queda limitado a las conexiones en conjuntos de
regulación(Antes también accesorios baja presión). Deben ser del tipo:
• Esfera-cono por compresión
• Anillos cortantes o similar
6.2.4 Se añaden los enlaces desmontables de transición PE-metal. (UNE 60405 Partes 1 y 3)
6.3 UNIONES MECÁNICAS NO DESMONTABLES
Uniones de tubos multicapa: Accesorios por compresión radial (press-fitting), x compresión
axial (anillo corredizo) (UNE 53008-1). También se permite push-Fitting, siempre y
cuando se realice de acuerdo con una norma de reconocido prestigio o según indique el
fabricante.
6.4 Otros tipos de uniones: Ya no se limita el uso de los accesorios de unión por compresión a
las instalaciones exteriores.
4. DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN
4. MODALIDADES DE UBICACIÓN DE
TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.1 CLASIFICACIÓN
Vistas Trayecto visible en todo su recorrido y aquellas que discurran cubiertas por
registros practicables en todo su recorrido y ventilados.
Alojadas en vainas o conductos Cuando discurren por el interior de una vaina o
conducto.
Enterradas Cuando están alojadas directamente en el subsuelo y discurren por el
exterior de la edificación.
Empotradas Alojadas directamente en el interior de un muro o pared.
4.2 GENERALIDADES
Se aclara el siguiente aspecto:
El paso de tuberías no debe transcurrir por el interior de conductos o bocas de aireación o
ventilación, a excepción de aquellos que sirvan para la ventilación de locales con
instalaciones y/o equipos que utilicen el propio gas suministrado y que no discurran por
el interior de la edificación.
4. MODALIDADES DE UBICACIÓN
DE TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.3 TUBERÍAS VISTAS
Respecto a las tuberías vistas se añaden los siguientes aspectos:
Los elementos de sujeción situados en el exterior deben estar protegidos contra la acción de
la corrosión y los rayos ultravioletas.
Distancia mínima en cruce entre tuberías de gas y conducciones de otros servicios visto:
• En paralelo : 3 cm
• En cruce: 3 cm (ANTES ERA 1 CM)
• Al suelo: 3 cm
4. MODALIDADES DE UBICACIÓN
DE TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.3 TUBERÍAS VISTAS
Las instalaciones que constructivamente discurran por el exterior de un edificio deben
ajustar al mínimo posible su distancia de separación respecto a la estructura exterior de
éste, siempre que técnicamente sea factible.
4. MODALIDADES DE UBICACIÓN
DE TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.4.1 TUBERÍAS ALOJADAS EN VAINAS O CONDUCTOS
Las vainas o conductos deben estar protegidos contra la posible entrada de agua en su
interior.
También se especifica que:
Las tuberías de gas no precisan instalarse en el interior de una vaina o conducto en los
locales en los que estén ubicados los aparatos de consumo a los que suministran dichas
tuberías, siempre que cumplan los requisitos de ventilación de la UNE 60670-6.
Se debe utilizar en los casos siguientes:
Para protección mecánica de tuberías
Para ventilación de tuberías
Para tuberías que suministran a armarios empotrados de regulación y/o de contadores
Para tuberías situadas en el suelo o subsuelo
4. MODALIDADES DE UBICACIÓN
DE TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.4.1.1. PARA PROTECCIÓN MECÁNICA DE TUBERÍAS
Cuando las tuberías no sean de acero y discurran por fachadas exteriores a la propiedad
(que no sean de acceso exclusivo para el titular o usuario de la instalación), se deben
proteger mecánicamente con vainas o conductos hasta una altura mínima de 1,80 m respecto
al nivel del suelo.
Los sistemas utilizados para la protección mecánica de tuberías no precisan ser estancos.
4.4.1.3. PARA TUBERÍAS QUE SUMINISTRAN A ARMARIOS EMPOTRADOS DE
REGULACIÓN Y/O DE CONTADORES
Cuando los armarios que contienen los reguladores o conjuntos de regulación y/o los
contadores de gas se instalen empotrados en muros de fachadas o límites de propiedad y la
tubería de entrada al armarios se instale empotrada y se realice en polietileno. En este caso,
la longitud máxima de empotramiento de la tubería envainada es de 2,50 m.
4. MODALIDADES DE UBICACIÓN
DE TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.4.2. MATERIALES DE LAS VAINAS Y CONDUCTOS SEGÚN SU FUNCIÓN
Antes
plásticos
rígidos
MODALIDADES DE UBICACIÓN DE
TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.4.3. REQUISITOS DE LAS VAINAS
Ya no es obligatorio que sean continuas, solo deberán serlo en ciertos casos (los indicados
con un * en la tabla anterior)
4.4.4. REQUISITOS DE LOS CONDUCTOS
Ya no es obligatorio que sean continuas, solo deberán serlo en ciertos casos (los indicados
con un * en la tabla anterior)
4.5 TUBERÍAS ENTERRADAS
Los tramos enterrados de las instalaciones receptoras que discurran por el exterior de las
edificaciones se deben llevar a cabo según los métodos constructivos y de protección de
tuberías establecidos en la Norma UNE 60311.
UNE 60311: Canalizaciones de combustibles gaseosos con presión máxima de operación
inferior o igual a 5 bar
4. MODALIDADES DE UBICACIÓN
DE TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.6 TUBERÍAS EMPOTRADAS
Esta modalidad de ubicación está limitada al interior de un muro o pared y tan sólo se puede
utilizar en los casos en que se deban rodear obstáculos o conectar dispositivos alojados
en armarios o cajetines. Si el espacio alrededor del tubo contiene huecos de construcción,
éstos se deben obturar.
El tipo de tubo empleado puede ser de Ac, Ac Inox, Cu, multicapa o Ac Inox corrugado, con
una longitud máxima de empotramiento de 0,40m, no debiendo existir ninguna unión
mecánica en los tramos empotrados.
Las uniones para la conexión de llaves o para la realización de derivaciones se deben ubicar
en un registro accesible y ventilado.
Excepcionalmente, en el caso de tuberías que suministren a un conjunto de regulación y/o de
contadores, la longitud empotrada entre 0,40 m y 2,50 m.
Cuando una tubería de Ac o Cu se instale empotrada, de forma previa a su instalación, se
debe limpiar de todo óxido o suciedad, aplicar una capa de imprimación y protegerla
mediante la aplicación de una doble capa de cinta de protección adecuada contra la
corrosión (al 50% de solape).
Antes del tapado final de la tubería debe comprobarse la estanquidad de ésta en la zona
empotrada.
4. MODALIDADES DE UBICACIÓN
DE TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.7 PRESCRIPCIONES ESPECÍFICAS PARA TUBERÍAS CON MOP SUPERIOR A 2
(ANTES ERA 0,4) BAR E INFERIOR O IGUAL A 5 BAR
Su recorrido debe discurrir por el exterior de las edificaciones, por zonas al aire libre, por
fachadas ventiladas, por conducto ventilado en muro exterior o por los patios de
ventilación, salvo en los casos siguientes:
Cuando por las características del edificio sea inevitable instalar el conjunto de
regulación en su interior. En este caso, las tuberías que discurran por el interior del
edificio se deben alojar en vainas o conductos, de acuerdo con el apartado 4.4.
Cuando su recorrido deba discurrir inevitablemente:
–
–
Por el interior de armarios o locales técnicos de centralización de contadores o por el interior de salas de
máquinas, cuando el conjunto de regulación que las suministre se instale en su interior.
Por el interior de locales de uso no doméstico en los que estén ubicados los aparatos de consumo a los que
alimenta, precisen o no de conjunto o grupo de regulación.
En estos dos últimos casos, las tuberías no precisarán estar alojadas en vainas o conductos.
4. MODALIDADES DE UBICACIÓN
DE TUBERÍAS QUE CONDUCEN GAS
4.8 PRESCRIPCIONES ESPECÍFICAS PARA TUBERÍAS DE ENTRADA Y SALIDA DE ARMARIOS
O NICHOS EMPOTRADOS O DE RECINTOS INTERIORES A LA EDIFICACIÓN QUE ALOJEN
CONJUNTOS DE REGULACIÓN, REGULADORES O CONTADORES
En armarios o nichos o empotrados o en recintos situados en el interior de la edificación que contengan
conjuntos de regulación, reguladores o contadores, las tuberías de entrada y salida deben estar
convenientemente selladas con el fin de evitar que las posibles fugas se canalicen a través de su
trazado. En los armarios o nichos semi-empotrados, se debe sellar sólo aquella tubería, de entrada o
de salida, que esté empotrada.
En aquellos armarios adosados en los que la o las tuberías de salida penetren directamente en el interior
de la edificación también deben sellarse éstas.
Si la tubería de entrada o salida está alojada en una vaina o pasamuros deben sellarse tanto la vaina o
pasamuros con respecto al recinto como la tubería respecto de la vaina o pasamuros.
El sellado debe realizarse con juntas de elastómero específicas para esta función o mediante pastas
sellantes (por ejemplo silicona o similares) que mantengan sus características de estanquidad con el
tiempo.
5. ELEMENTOS DE REGULACIÓN DE
PRESIÓN
5.1.3 TOMAS DE PRESIÓN
En toda instalación receptora se deben instalar, al menos, las siguientes tomas de presión:
A la entrada y salida de los reguladores de instalaciones suministradas desde redes de
distribución.
En la entrada de la centralización de contadores.
A la salida del contador. Si éste está centralizado o situado en el exterior de la vivienda o
local no doméstico, debe existir otra toma de presión en el tramo de la instalación
interior de la vivienda o local de uso no doméstico.
6. DISPOSITIVOS DE CORTE
6.4 LLAVE DE USUARIO
Se considera la posibilidad de que la empresa distribuidora pueda exigir la instalación de un obturador de
cierre, siempre que no tenga accesibilidad grado 2.
Se indica también que en el caso de centralización de contadores, la llave de contador puede asumir las
funciones de llave de usuario.
Accesibilidad grado 2: protegido por un armario,
6.5.2 LLAVE DE VIVIENDA O DE LOCAL PRIVADO
registro practicable o puerta, provistos de cerradura
con llave normalizada, permitiéndose la
manipulación sin escaleras convencionales o
medios mecánicos especiales
Se añade lo siguiente:
La llave de usuario sólo puede realizar las funciones de llave de vivienda si es fácilmente accesible desde
el exterior de la vivienda desde zona comunitaria y previa autorización expresa de la empresa
distribuidora.
6.5.3 LLAVE DE CONEXIÓN DE APARATO
Se añade lo siguiente:
En el caso de aparatos de cocción para uso doméstico, se debe disponer de un limitador de exceso de flujo
de acuerdo con la norma UNE 60719. Si la llave de conexión de aparato no incorpora tal dispositivo
se debe instalar uno externo sellado a la salida de la llave mediante una pasta de estanquidad
endurecible de acuerdo a la norma UNE-EN 751-2.
5. RECINTOS DESTINADOS A LA
INSTALACIÓN DE CONTADORES DE
GAS
3. GENERALIDADES
La altura máxima a la que hay que ubicar el totalizador del contador es a 2 m, en lugar de
2,20.
En el caso de módulos esta altura puede ser de 2,4 m, siendo accesible su lectura.
4. REQUISITOS DE UBICACIÓN DE
LOS CONTADORES DE GAS
4.2 INSTALACIÓN DE LOS CONTADORES DE GAS EN UN EDIFICIO YA
CONSTRUÍDO.
Si la instalación de contadores en edificios ya construidos no se puede realizar de acuerdo
con el apartado 4.1 (Instalación de contadores en edificios de nueva construcción), se
pueden instalar en el interior de las viviendas o locales privados. No obstante, las llaves de
usuario de las instalaciones individuales se deben situar de modo que sean fácilmente
accesibles para la empresa distribuidora desde zona comunitaria, con accesibilidad de
grado 2. En el supuesto de que ello tampoco sea posible, entonces es necesario recabar la
autorización expresa de la empresa distribuidora, en cuyo caso ésta puede exigir la
instalación de un obturador de cierre.
5. INSTALACIÓN CENTRALIZADA DE
CONTADORES
5.1 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS RECINTOS DE CENTRALIZACIÓN
DE CONTADORES.
La instalación eléctrica en el interior del recinto de centralización, caso de que sea necesaria,
se debe ajustar a la reglamentación vigentes (REBT), teniendo en cuenta que se trata de un
local con eventual presencia de gas combustible en condiciones normales de explotación. Tal
es el caso de conversores, electroválvulas, etc.
5.2 CENTRALIZACIÓN EN LOCAL TÉCNICO O ARMARIO
Se añade el siguiente requisito:
En los locales técnicos se debe disponer de una toma de corriente eléctrica.
5.3 CENTRALIZACIÓN EN CONDUCTO TÉCNICO
Al atravesar el forjado de cada planta, se debe prever una superficie libre mínima de 100
cm2 para asegurar el tiro de aire para la ventilación del mencionado conducto técnico.
Cuando dicha superficie libre sea superior a 400 cm2 debe estar protegida por una reja
desmontable capaz de soportar, como mínimo, el peso del personal previsto para
mantenimiento y operación.
5. INSTALACIÓN CENTRALIZADA DE
CONTADORES
5.4 VENTILACIÓN DE LOS RECINTOS DE CENTRALIZACIÓN DE
CONTADORES
6. INSTALACIÓN DE UN SOLO
CONTADOR
6.2 INSTALACIÓN DEL CONTADOR EN EL INTERIOR DE UNA VIVIENDA O LOCAL
Se añade la prohibición de ubicar el contador por debajo de la proyección vertical de
fregaderos o pilas de lavar.
6.3 INSTALACIÓN DEL CONTADOR EN INTEMPERIE
En los casos de la instalación del contador en el exterior de la vivienda o local, el contador se
puede instalar en intemperie utilizando un soporte que debe ser conforme con las
características mecánicas y dimensionales que se indican en la norma UNE 60495-2.
Deben estar protegidos adecuadamente. Los contadores deben colocarse en lugares secos y
ventilados, al abrigo de cualquier causa de deterioro.
7. SISTEMAS DE MEDICIÓN INCORPORADOS A
ESTACIONES DE REGULACIÓN CON MEDIDA
(ERM) EN INSTALACIONES RECEPTORAS
Se redefine la organización de los requisitos que han de cumplir:
Sistemas de medición para las ERM en instalaciones de potencia de diseño ≤ 70 kW
de cumplir con el nuevo Anexo A.
Han
7. SISTEMAS DE MEDICIÓN INCORPORADOS A
ESTACIONES DE REGULACIÓN CON MEDIDA
(ERM) EN INSTALACIONES RECEPTORAS
Sistemas de medición para las ERM en instalaciones de potencia de diseño > superior a
70 kW suministradas con gas natural
Han de cumplir con el Protocolo de Detalle PD01 “Medición” de las NGTS.
Sistemas de medición para las ERM en instalaciones de potencia de diseño > 70 kW
suministradas con GLP
Han de cumplir con el nuevo Anexo B.
7. SISTEMAS DE MEDICIÓN INCORPORADOS A
ESTACIONES DE REGULACIÓN CON MEDIDA
(ERM) EN INSTALACIONES RECEPTORAS
Se añaden los siguientes nuevos requisitos:
- En el caso de conjuntos de regulación y medida de los tipos A-6, A-10-B y A-10-U según
Norma UNE 60404-1, el sistema de medición debe cumplir lo establecido en dicha
norma, no siendo de aplicación los requisitos establecidos en este capítulo. De igual
modo, en los conjuntos de regulación y medida según Norma UNE 60410 el sistema de
medición debe cumplir lo establecido en dicha norma, no siendo de aplicación los
requisitos establecidos en este capítulo.
- Por otro lado, cuando el sistema de medición esté instalado aguas abajo de un regulador
que cumpla lo dispuesto en la Norma UNE 60402, el manómetro y la válvula de
contrastación exigidos pueden ser sustituidos por una toma de presión tipo Peterson a la
salida del regulador.
- Asimismo, cuando el sistema de medición esté conectado directamente a una red de
distribución con MOP ≤ 0,025 bar, el manómetro y la válvula de contrastación pueden
ser sustituidos por una toma de presión de débil calibre.
- En las instalaciones de medida que dispongan de un by-pass, éste debe disponer de un disco
ciego instalado.
7. SISTEMAS DE MEDICIÓN INCORPORADOS A
ESTACIONES DE REGULACIÓN CON MEDIDA
(ERM) EN INSTALACIONES RECEPTORAS
7.1 CONTADORES
Se añaden los siguientes nuevos requisitos:
En todos los casos deben estar dimensionados de manera que el caudal máximo en
condiciones de línea (no de referencia) esté en torno al 60% del caudal nominal del contador.
Los contadores deben ser conformes con los requisitos indicados en las siguientes normas:
oNormas UNE-EN 1359 y UNE 60510, si son de paredes deformables
oNorma UNE-EN 12261, para los contadores de turbina
oNorma UNE-EN 12480, si son de pistones rotativos, o en la
oNorma UNE-EN 14236, si son domésticos ultrasónicos y están metrológicamente aceptados. Aquellos otros
contadores de ultrasonidos u otro tipo (masa, etc.) que se hallen metrológicamente aceptados deben ser conformes a
normas de reconocido prestigio internacional.
En el caso de los contadores de turbinas y pistones es necesario que dispongan de un doble
emisor de impulsos.
6. REQUISITOS DE
CONFIGURACIÓN, VENTILACIÓN,
EVACUACIÓN DE LOS
PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN
EN LOS LOCALES DESTINADOS A
CONTENER LOS APARATOS A GAS
3. APARATOS DE GAS
Se aclara que los aparatos de gas tipo C pueden ser de tiro natural o forzado.
3.2.1 REQUISITOS GENERALES
No se deben instalar aparatos de gas en los locales que estén situados a un
nivel inferior a un primer sótano.
Para gases más densos que el aire, no se deben instalar nunca en un primer
sótano.
Estos dos aspectos no son de aplicación a las salas de máquinas.
3. APARATOS DE GAS
Primer sótano o semisótano: Planta del edificio cuyo suelo se encuentra, en todo
su contorno, por debajo del suelo exterior del edificio o del de un patio de
ventilación contiguo en más de 60 cm.
3. APARATOS DE GAS
3.2 REQUISITOS ESPECÍFICOS DE INSTALACIÓN Y USO DE LOS APARATOS.
3.2.3.2 APARATOS DE GAS TIPO B CON BS
Se permite instalar este tipo de aparatos en las siguientes ubicaciones:
Zona exterior
Local independiente que cumpla los requisitos de ventilación de la norma UNE 60601
(Salas de máquinas).
Recintos o locales exclusivos para los aparatos
Tipo B3x
Locales uso restringido (lavaderos, garajes, …)
CALDERA
Tiro forzado
CALENTADOR
Cocinas
Tiro natural: Incluir dispositivo para impedir de forma
automática la interacción entre extractor cocina y
sistema de evacuación de los P.D.C.. El tiempo de
arranque ≤ a 2 min.
Aparato tipo B3X: Aparato que toma
directamente el aire del local, sin
cortatiros antirretorno, diseñados
para conectarse a un sistema de
evacuación colectivo.
Aire entra conducto concéntrico
conducto evacuación
4. REQUISITOS DE LOS LOCALES DONDE SE
UBICAN APARATOS DE GAS
Zona exterior : Local (galería, terraza o balcón) si dispone de una abertura
permanentemente abierta que dé directamente al exterior o a un patio de
ventilación cuya superficie libre sea igual o superior a 1,5 m2 y cuyo borde
superior esté situado a una distancia inferior o igual a 0,50 m (antes este valor era
0,40 m) del techo de dicho local.
≥
4. REQUISITOS DE LOS LOCALES DONDE SE
UBICAN APARATOS DE GAS
4.2 VOLUMEN MÍNIMO DE LOS LOCALES
4.2.1 APARATOS DE TIPO A NO CALEFACCIÓN >30KW
Disponer de un sistema de extracción mecánica. El caudal de aire extraído debe
ser superior al obtenido mediante la siguiente expresión:
q = 10 x A + 2 x ∑Qn
NO NECESARIO CUANDO RELACIÓN ENTRE VOLUMEN LOCAL Y
CONSUMO CALORÍFICO >10
Disponer de un sistema de corte de gas por fallo del sistema de extracción, que
interrumpa el suministro al conjunto de dichos aparatos.
Consumo calorífico total de los
aparatos de tipo A (en kW)
Volumen bruto mínimo (Vmin)
(en m3)
∑Qn ≤ 16 kW
8
∑Qn >16 kW
│∑ Qn │-8
∑Qn Consumo calorífico total (en kW) , resultado de sumar los consumos caloríficos de todos los
aparatos de gas tipo A que no sean de calefacción instalados en el local
│∑ Qn │ Valor numérico de ∑ Qn (m3) a efectos del calculo del volumen bruto mínimo
4. REQUISITOS DE LOS LOCALES DONDE SE
UBICAN APARATOS DE GAS
4.2 VOLUMEN MÍNIMO DE LOS LOCALES
4.2.1 APARATOS DE TIPO A NO CALEFACCIÓN >30KW
EDIFICIOS YA CONSTRUÍDOS
Locales de volumen bruto 75% -100% volumen resultante de aplicar la tabla
1, se incrementa en un 50% la superficie libre de ventilación resultante de
aplicar el dimensionado correspondiente.
Locales con volumen bruto 50%-75% del volumen necesario, si se incrementa
un 50% la superficie de ventilación necesaria y se dispone en el local de un
sistema de detección de CO, que accione un stma automático de corte de gas
(electroválvula de rearme manual, normalmente cerrada)
En ningún caso el volumen ha de ser inferior a 6 m3.
4. REQUISITOS DE LOS LOCALES DONDE SE
UBICAN APARATOS DE GAS
4.2 VOLUMEN MÍNIMO DE LOS LOCALES
4.2.2 LOCALES QUE CONTIENEN APARATOS DE CALEFACCIÓN DE TIPO A
Se ha modificado la fórmula, aunque el resultado que se obtiene es muy similar.
V(m3) = 11 x ∑Qn (kW) (min 15 m3)
4. REQUISITOS DE LOS LOCALES DONDE SE
UBICAN APARATOS DE GAS
4.3 VENTILACIÓN RÁPIDA DE LOS LOCALES
(Obligatorio cuando el local albergue aparatos de tipo A sin dispositivo de seguridad por
extinción o detección de llama)
En caso de no disponer de ventilación rápida, se debe instalar en su interior equipos
detectores de gas:
•
Uso doméstico: De tipo A
•
Uso colectivo, comercial o industrial: Que emitan una señal de alarma e inicien una
acción de corte automático (salas de máquinas 60601)
El sistema de corte asociado ha de estar ubicado en el exterior, lo más cerca posible del punto
de penetración de la instalación de gas en el local. Mantenimiento de detectores según
indicaciones del fabricante.
5. PATIOS DE VENTILACIÓN
5.1 REQUISITOS GENERALES
S min 3m2 (uno de los lados de 1 m mínimo) y, en caso de estar techada,
superficie permanente de comunicación con el exterior de 2m2.
EN EDIFICIOS YA CONSTRUÍDOS
Se acepta S<3m2,si:
• Dispone en su parte inferior de una abertura para entrada directa de aire del
exterior, o bien si
• Se aporta aire mediante un conducto que comunique el patio directamente
del exterior (superficie libre mínima del conducto de 300 cm2).
5. PATIOS DE VENTILACIÓN
5.2 REQUISITOS ADICIONALES PARA EVACUACIÓN DE PDC DE APARATOS TIPOS
B Y C EN EDIFICIOS YA CONSTRUIDOS
•
•
•
•
Superficie≥0,5 x Nt, con un mínimo de 4 m2, o
Si disponen de aporte de aire exterior, han de tener una superficie en planta mínima de 3
m2,
Nt el número total de locales que pueden contener aparatos B y C que desembocan en el
patio.
Si el patio está techado, se ha de dejar libre una superficie permanente de comunicación
del 25% de su sección en planta, con un mínimo de 4 m2.
6. REQUISITOS DE VENTILACIÓN DE LOS
LOCALES QUE CONTIENEN APARATOS DE
GAS DE TIPO A Y B
6.1.1.VENTILACIÓN DIRECTA
6.1.1.2 MEDIANTE UN CONDUCTO INDIVIDUAL
Se añade que en el caso de que exista un ventilador mecánico debe asegurarse el
corte de gas ante una interrupción de su funcionamiento.
6.2. DIMENSIONADO DE LOS SISTEMAS DE VENTILACIÓN
Aberturas, 5cm2/ kW, mínimo de 125 cm2
Conducto individual, o colectivo horizontal:
> 3 m de longitud, la sección libre mínima se debe incrementar en un 50%.
> 10m de longitud, debe incrementarse como mínimo un 150%.
El total de los tramos horizontales no ha de ser superior a 20 m.
En el caso de existir 2 ventilaciones, ninguna debe ser < 50cm2
6. REQUISITOS DE VENTILACIÓN DE LOS
LOCALES QUE CONTIENEN APARATOS DE
GAS DE TIPO A Y B
8. CONDUCTOS DE EVACUACIÓN DE LOS
PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN
8.1 APARATOS TIPO B Y TIPO C DE TIRO NATURAL
8.1.1 CARACTERÍSTICAS CONEXIÓN A CHIMENEA, SHUNT O SIMILAR
•
Material incombustible de tipo A1 o A2-s1, d0.
•
El conducto debe disponer de un orificio accesible de diámetro mínimo de 11mm para la
toma de muestras. Este orificio debe disponer de un sistema de cierre
•
Aparatos instalados en cascada, el ramal auxiliar, antes de su conexión al conducto
común, debe tener un tramo vertical ascendente de altura igual o superior a 0,2 m.
8.1.2 CARACTERÍSTICAS DEL CONDUCTO CON SALIDA DIRECTA AL EXTERIOR O
A PATIO DE VENTILACIÓN
•
•
Los mismos que en el caso anterior (incombustible y conducto).
Respecto al extremo del conducto (sin contar el deflector), se ha de guardar la distancia
de 220 cm en relación con el nivel del suelo exterior de la finca, con excepción de aquellos
casos en los que los PDC salgan a una zona privada de la finca.
8. CONDUCTOS DE EVACUACIÓN DE LOS
PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN
8.1.2.1 CARACTERÍSTICAS DEL CONDUCTO DE EVACUACIÓN CON
SALIDA DIRECTA AL EXTERIOR O A PATIO DE VENTILACIÓN AL QUE
SE INCORPORA UN DISPOSITIVO DE AYUDA A LA EVACUACIÓN DE LOS
PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN
En el caso de que se incorpore un dispositivo de ayuda a la evacuación de los
PDC, en el caso de que el aparato no sea de condensación, debe modificarse la
instalación del conducto de evacuación de los productos de la combustión para
dotarle de una ligera pendiente descendente que impida la caída de eventuales
condensados hacia el interior del aparato.
8. CONDUCTOS DE EVACUACIÓN DE LOS
PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN
8.3.2 SALIDA DIRECTA AL EXTERIOR O A PATIO DE
VENTILACIÓN
DE
LOS
PRODUCTOS
DE
LA
COMBUSTIÓN DE APARATOS DE TIPO B DE TIRO
FORZADO O DE TIPO C DE TIRO FORZADO
Edificación construida
• Se pueden utilizar desviadores laterales de los PDC cuando no pueda
respetarse la distancia mínima de 40 cm, o
• Cualquier otro método que utilizando los medios suministrados por el
fabricante garantice que la salida diverge respecto al flujo que resultaría si
no se efectuara una actuación de estas características.
•
En cualquiera de estos casos la distancia mínima nunca puede ser de menos
de 20 cm.
•
Se ha aumentado la distancia máxima que el tubo de evacuación de los
productos de la combustión puede sobresalir del muro o celosía, de 3 a 10 cm.
8. CONDUCTOS DE EVACUACIÓN DE LOS
PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN
APARATOS TIPO B Y TIPO C TIRO FORZADO
A través de fachada, celosía o similar:
A través de superficie de la fachada perteneciente al ámbito de una terraza,
balcón o galería techados y abiertos al exterior.
8. CONDUCTOS DE EVACUACIÓN DE LOS
PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN
APARATOS TIPO B Y TIPO C TIRO FORZADO
A través de fachada, celosía o similar, existiendo una cornisa o alero
Aparato situado en el exterior, en una terraza, balcón o galería abiertos y
techados.
8. CONDUCTOS DE EVACUACIÓN DE LOS
PRODUCTOS DE LA COMBUSTIÓN
APARATOS TIPO B Y TIPO C TIRO FORZADO
Distancia a la pared lateral
Distancia a la pared frontal
7. REQUISITOS DE INSTALACIÓN Y
CONEXIÓN DE LOS APARATOS DE
GAS
3. GENERALIDADES
A la hora de instalar un aparato de gas hay que tener en cuenta 3 aspectos:
- Seguir la reglamentación vigente y las indicaciones del fabricante.
- Los aparatos de tipo B y tipo C deben ser fijos.
- La proyección del extremo más próximo de cualquier aparato de gas de circuito abierto
situado a mayor altura que un aparato de cocción (sea de gas o no), debe guardar una
distancia horizontal de 0,40 m con el quemador más cercano del aparato de cocción, a no
ser que entre ambos se encuentre intercalada algún tipo de protección como una
pantalla, el propio armario contenedor del aparato de gas, en su caso, etc.
- Para el caso de aparatos tipo C, el valor de tal distancia debe ser igual o superior a
0,10m.
3. GENERALIDADES
Distancia entre el aparato de gas de
circuito abierto situado a más
altura y el aparato de cocción (sea
de gas o no)
Pantalla-Es válido el propio armario
contenedor del aparato a gas
4. CLASIFICACIÓN APARATOS GAS
Fijos:
• Cocción encastrables (por ejemplo, encimeras)
• Calefacción fijos (radiadores murales por convección, aparatos suspendidos de
calefacción por radiación, tipo tubo radiante o de radiación luminosa, chimeneas de
hogar abierto, etc.). Antes solo se especificaba aparatos de calefacción por radiación
infrarroja.
• Calentadores, calderas de calefacción y generadores de aire caliente
• Refrigeración.
Móviles:
• Cocción (cocinas, planchas, etc)
• Calefacción (radiadores de infrarrojos, etc)
• Lavadoras, secadoras
• Lavavajillas
• Frigoríficos
• Sopletes, mecheros tipo Bunsen o similares
5. CONEXIÓN DE APARATOS DE GAS A LA
INSTALACIÓN RECEPTORA O A UN ENVASE
DE GLP
Conexiones a:
• Instalación receptora
• Envases de GLP que tengan un contenido igual o inferior a 15 kg
A través de la llave de conexión de aparato o al tramo de tubería rígida que pueda salir de
ésta.
5. CONEXIÓN DE APARATOS DE GAS A LA
INSTALACIÓN RECEPTORA O A UN ENVASE
DE GLP
Conexiones permitidas para aparatos fijos:
• Rígida
• Flexible de acero inoxidable
• Flexible espirometálica con enchufe de seguridad (Antes NO)
• Flexible de acero inoxidable con enchufe de seguridad (Antes NO)
• Flexible metálica corrugada (antes se especificaba … “SOLO PARA APARATOS
SUMINISTRADOS CON GLP”)
No se permiten las siguientes conexiones (ESTO NO HA CAMBIADO RESPECTO A LA
VERSIÓN ANTERIOR):
• Conexión flexible de elastómero con armadura interna o externa
• Conexión flexible de elastómero
5. CONEXIÓN DE APARATOS DE GAS A LA
INSTALACIÓN RECEPTORA O A UN ENVASE
DE GLP
Conexiones permitidas para aparatos móviles:
• Flexible espirometálica con enchufe de seguridad
• Flexible de acero inoxidable con enchufe de seguridad
• Flexible de elastómero con armadura interna o externa: Si, pero sólo para aparatos de
uso colectivo, comercial o industrial
• Flexible de elastómero: Sólo para aparatos conectados a instalaciones suministradas
desde envases de GLP
• Conexión flexible metálica corrugada: Sólo para aparatos conectados a instalaciones
suministradas desde envases de GLP y mediante accesorios conformes a la Norma UNE
60719
No se permiten las siguientes conexiones (ESTO NO HA CAMBIADO RESPECTO A LA
VERSIÓN ANTERIOR):
• Conexión rígida
• Conexión flexible de acero inoxidable
5. CONEXIÓN DE APARATOS DE GAS A LA
INSTALACIÓN RECEPTORA O A UN ENVASE
DE GLP
Conexiones permitidas para mecheros y sopletes:
• Flexible espirometálica con enchufe de seguridad
• Flexible de acero inoxidable con enchufe de seguridad
• Flexible de elastómero con armadura interna o externa
• Flexible de elastómero
• Conexión flexible metálica corrugada: Sólo para mecheros
No se permiten las siguientes conexiones (ESTO NO HA CAMBIADO RESPECTO A LA
VERSIÓN ANTERIOR):
• Conexión rígida
• Conexión flexible de acero inoxidable
5. CONEXIONES DE APARATOS DE GAS A LA
INSTALACIÓN RECEPTORA O A UN ENVASE
DE GLP
CONEXIÓN RÍGIDA
• Material: Tubo de cobre, acero o acero inoxidable s/UNE 60670-3
• Uniones mecánicas mediante enlaces por junta plana s/ UNE 60719
CONEXIÓN FLEXIBLE DE ACERO INOXIDABLE
• Mínima longitud posible y siempre ≤ 2 m
• Uniones mecánicas mediante enlaces por junta plana s/ UNE 60719, aunque una de ellas
se puede realizar por unión roscada conforme a la UNE-EN 10226-1 (antes UNE 190091)
5. CONEXIÓN DE APARATOS DE GAS A LA
INSTALACIÓN RECEPTORA O A UN ENVASE
DE GLP
CONEXIÓN FLEXIBLE ESPIROMETÁLICA CON ENCHUFE DE SEGURIDAD
• El tubo flexible nunca puede quedar bajo la acción de las llamas.
• La longitud no ha de ser superior a 1,5 m. En la unión de aparatos de calefacción
móviles, su longitud no debe ser superior a 0,6 m.
• Uniones mecánicas por unión roscada conforme a la norma UNE-EN 10226-1, no
admitiéndose enlaces por racor de dos piezas.
CONEXIÓN FLEXIBLE DE ACERO INOXIDABLE CON ENCHUFE DE SEGURIDAD
• El tubo flexible nunca puede quedar bajo la acción de las llamas.
• La longitud no ha de ser superior a 2 m (antes era 1,5 m) . En la unión de aparatos de
calefacción móviles, su longitud no debe ser superior a 0,6 m.
• Uniones mecánicas por unión roscada conforme a la norma UNE-EN 10226-1, no
admitiéndose enlaces por racor de dos piezas.
5. CONEXIÓN DE APARATOS DE GAS A LA
INSTALACIÓN RECEPTORA O A UN ENVASE
DE GLP
CONEXIÓN FLEXIBLE DE ELASTÓMERO CON ARMADURA INTERNA O EXTERNA
• El tubo flexible nunca puede quedar bajo la acción de las llamas.
• La longitud no ha de ser superior a 1,5 m. En la unión de aparatos de calefacción
móviles de uso no industrial (NUEVO), su longitud no debe ser superior a 0,6 m.
• NUEVO En instalaciones de uso industrial con aparatos móviles suspendidos de
calefacción por radiación, la conexión de éstos debe realizarse de acuerdo a las
instrucciones del fabricante.
• NUEVO Las uniones mecánicas de estas conexiones se deben efectuar mediante enlaces
por junta plana conforme a la norma UNE 60719, si bien una de ellas se puede realizar
por unión roscada conforme a la norma UNE-EN 10226-1.
5. CONEXIÓN DE APARATOS DE GAS A LA
INSTALACIÓN RECEPTORA O A UN ENVASE
DE GLP
CONEXIÓN FLEXIBLE DE ELASTÓMERO
La longitud debe ser la mínima posible, compatible con el desplazamiento necesario del
aparato, y nunca superior a 1,5 m. En la unión de aparatos de calefacción móviles, su
longitud no debe ser superior a 0,6 m.
Unión del tubo flexible con los extremos de la instalación se debe realizar mediante boquillas
de conexión s/norma UNE 60714, ambas del mismo diámetro nominal que el tubo
flexible y sujetos los extremos a las boquillas mediante abrazaderas metálicas.
CONEXIÓN FLEXIBLE METÁLICA CORRUGADA
El tubo flexible nunca puede quedar bajo la acción de las llamas.
La longitud no ha de ser superior a 2 m (antes era 1,5 m) .
NUEVO Uniones mecánicas mediante enlaces por junta plana o mediante enlaces de
conexión a tetina, conformes a la UNE 60719. En el caso de que los dos enlaces sean por
junta plana, uno de ellos se puede realizar por unión roscada s/UNE-EN 10266-1.
5. CONEXIÓN DE APARATOS DE GAS A LA
INSTALACIÓN RECEPTORA O A UN ENVASE
DE GLP
ASPECTO A TENER EN CUENTA EN:
• Conexión flexible espirometálica con enchufe de seguridad
• Conexión flexible de elastómero con armadura interna o externa
• Conexión flexible de elastómero
“Los tubos no han de entrar en contacto con las partes calientes del horno ni pasar por la
parte trasera de los aparatos que dispongan de horno, salvo que éste tenga aislamiento
térmico en su parte posterior y se haya verificado en los ensayos de calentamiento del
aparato que no se superan los 30ºC de sobrecalentamiento (esta circunstancia ha de
constar en el manual de instalación/instrucciones de funcionamiento)”.
8. PRUEBA DE ESTANQUIDAD PARA
LA ENTREGA DE LA INSTALACIÓN
RECEPTORA
PRUEBAS DE ESTANQUEIDAD A LA
ENTREGA DE LA INSTALACIÓN
Prueba de estanqueidad con resultado satisfactorio antes de las pruebas
previas y puesta en servicio según indicado en el punto 3.
(Documentado según legislación vigente, antes asegurarse de las llaves
cerradas, y abiertas las intermedias).
En conjuntos de regulación y contadores/ reguladores(uniones de entrada
y salida) únicamente se debe efectuar la prueba de estanqueidad según
punto 4 (detector de gas, agua jabonosa u otro método similar).
PRUEBAS DE ESTANQUEIDAD A LA
ENTREGA DE LA INSTALACIÓN
Antes eran 3
tramos
Tiempo de
prueba
dependiente del
caudal
9. PRUEBAS PREVIAS AL SUMINISTRO
Y PUESTA EN SERVICIO
PRUEBAS PREVIAS AL SUMINISTRO Y
PUESTA EN SERVICIO
Pruebas previas
Comprobar que la documentación esté completa
Comprobar partes visibles y accesibles de la IR cumplen con la norma
Comprobar, en partes visibles y accesibles, la adecuación de la norma a
locales donde hayan aparatos a gas, conductos de PdC...
Comprobar maniobrabilidad de las válvulas
Si tiene estación de regulación:
Comprobar funcionamiento de los sistemas de regulación
Comprobar funcionamiento de los dispositivos de seguridad
PRUEBAS PREVIAS AL SUMINISTRO Y
PUESTA EN SERVICIO
Puesta en servicio
Precintar equipos de medida
Comprobar que quedan cerradas, bloqueadas y precintadas llaves de usuario no objeto
de la puesta en servicio
Además de taponadas en la que la instalación esté pendiente
Comprobar que quedan cerradas, bloqueadas y precintadas llaves de aparatos
pendiente de instalación o pendientes de poner en marcha.
Además de taponadas en la que el aparato esté pendiente de instalación
Operación de purgado, asegurándose que no hay mezcla aire gas
Verificar instalación a la PO
Dejar instalación en servicio, si el resultado es favorable
Extender el certificado correspondiente
Depósitos fijos de GLP--- puesta en servicio tras el primer llenado de la instalación de
almacenamiento
10. VERIFICACIÓN DEL
MANTENIMIENTO DE LAS
CONDICIONES DE SEGURIDAD DE
LOS APARATOS EN SU INSTALACIÓN
MANTENIMIENTO APARATOS A GAS
MANTENIMIENTO APARATOS A GAS
Montaje de aparato
Según legislación vigente y siguiendo instrucciones del fabricante
Estanqueidad
Con la llave de conexión abierta y los mandos cerrados, comprobar estanqueidad, según 6.1
parte 11
En ningún caso, dejar puesto un aparato si la estanqueidad no es correcta
Análisis de combustión
Vitrocerámicas de fuegos cubiertos
Generadores de aire caliente de calefacción directa
por convección forzada
ANEXO A
Aparatos tipo B y C
En ningún caso dejar aparato en marcha si el valor es superior a 500 ppm
MANTENIMIENTO APARATOS A GAS
Medición de CO ambiente
Aparatos suspendidos de calefacción por radiación tipo A -ANEXO B
Vitrocerámicas de fuegos cubiertos
Generadores de aire caliente de calefacción directa
por convección forzada
Aparatos tipo B y C
Todos los aparatos a régimen estacionario y los aparatos tipo B y C a máxima potencia,
trascurridos 5 min se mide, sonda a 1 m de los aparatos y a 1,8 m altura (sonda en
posición de medida al menos 2 min)
Medir CO en otros locales, si conducto pasa por otros locales
Determinar cual aparato es el que produce exceso CO, y no dejarlo en marcha si > 15 ppm
Comprobación del tiro
Aparato tipo B tiro natural ubicado en local no considerado zona exterior
Si hay extractor mecánico (a máx potencia con puertas y ventanas cerradas)
Si se realiza por CO2 ambiente (prueba hacerla con CO ambiente), no dejar en marcha si >
2500 ppm
MANTENIMIENTO APARATOS A GAS
MANTENIMIENTO APARATOS A GAS
MANTENIMIENTO APARATOS A GAS
ANEXO B (APARATOS SUSPENDIDOS DE CALEFACCION POR RADICAIÓN DE
TIPO A)
CO ambiente en locales con aparatos
suspendidos de calefacción radiante tipo A
Todos los aparatos en régimen estacionario y a máxima potencia, y tras 15 min se puede
realizar
La sonda debe estar en la posición de medida al menos 5 min (1,8 m de altura y cada 25m2)
Equipo de medida calibrado en laboratorio que cumpla UNE-EN ISO/IEC 17025.
Periodicidad de la calibración 18 meses
Registro de las comprobaciones la empresa instaladora lo debe guardar durante 5 años
Incertidumbre de la calibración ± 5%
11. OPERACIONES EN
INSTALACIONES RECEPTORAS EN
SERVICIO
OPERACIONES EN INSTALACIONES EN
SERVICIO
Se indica en todos los apartados que la prueba de estanqueidad se realizará según 6.1.
Modificación de la instalación receptora
• Cambios de materiales
• Trazados de longitud > 1m
• Ampliación de consumo
• Sustitución de aparatos de diferentes características técnicas
Para restablecer el suministro es preciso una prueba de estanqueidad
Cambio de contador
Una vez sustituido se debe proceder al precinto del equipo de medida
OPERACIONES EN INSTALACIONES EN
SERVICIO
REAPERTURA DE INSTALACIONES DESPUÉS DE RESOLUCIÓN DE
CONTRATO
> 1 año proceder como una instalación nueva
≤1 año prueba de estanqueidad a la presión de operación según 6.1. y comprobar
que no existe ninguna anomalía principal
COMPROBACIÓN ESTANQUEIDAD (6.1.)
Detector de gas portátil, en las partes visibles y accesibles de la IRI, conexiones y
aparatos
Contador esfera 1.6 y escala adecuada, la presión a medir debe estar entre el 35 %
y el 75 % del fondo de escala, con manómetro digital o columna de agua
Giro de métrica de contador, cuando su resolución < 1 l.
Primero cerrar las llaves de conexión aparatos, luego cerrar llave de entrada
contador, dejar transcurrir min 5 min, abrir llave contador de forma rápida y
observar si registra o no consumo
12. CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS
PARA EL CONTROL PERIÓDICO DE
LAS INSTALACIONES RECEPTORAS
EN SERVICIO
CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS PARA
EL CONTROL PERIÓDICO DE LAS
INSTALACIONES RECEPTORAS
INSTALACIONES P ≤ 70 KW
Anomalías principales
•
•
•
•
•
•
•
•
Fuga de gas siempre, excepto tramos aéreos exteriores
Aparato de gas tipo A o B instalado en dormitorios, o local de baño o ducha
Tubo flexible visiblemente dañado
Tubo flexible de elastómero en contacto con las pares calientes de un horno u otros
aparatos de cocción
Deficiencias apreciables en los conductos de evacuación
Extractor mecánico, campana extractora de cocina o aparato de gas que dispone de
un dispositivo de ayuda a la evacuación de los PdC, conectado a la misma chimenea
donde también tienen salida los PdC de aparatos tipo B de tiro natural
Aparato de gas tipo B que carece de conducto de evacuación de los PdC o que
disponiendo del mismo, está ubicado en un local V≤8 m3 que carece de ventilación
suficiente
Llaves de aparatos sin conectar que no estén cerradas, bloqueadas, precintadas y
taponadas.
CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS PARA EL
CONTROL PERIÓDICO DE LAS
INSTALACIONES RECEPTORAS
INSTALACIONES P ≤ 70 KW
Anomalías secundarias
•
•
•
Aparato de gas de tipo B que está ubicado en un local de V> 8m3 que
carece de ventilación suficiente
Estado de conservación de la instalación defectuosa, o utilización de
materiales o técnicas de unión inadecuadas
Tubo de flexible inadecuado, conexión defectuosa del mismo o en contacto
con paredes calientes
– Añadido un tubo flexible sin enchufe de seguridad en el caso de gases de la segunda
familia
•
Incumplimiento, apreciable a través de las partes visibles según 4.4. UNE
60670-4:32014 por discurrir estas por cavidades, altillos, falsos techos,
cámaras y sótanos
CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS PARA
EL CONTROL PERIÓDICO DE LAS
INSTALACIONES RECEPTORAS
•
•
•
•
Local de ventilación inadecuada
– No se considera anomalía si Ǝ extractor mecánico que comunique con el
exterior o patio de ventilación o con conducto de evacuación vertical
individual o colectivo, de sección libre de paso cuando el extractor esté
parado
• S ≥80 cm2 si ∑ Qn ≤ 16 kW
• S ≥100 cm2 si ∑ Qn > 16 kW
El extremo inferior del extractor debe estar situado altura ≥1,8 m con
relación del suelo < 0,4 m con relación del techo (a excepción que esté
situado en el interior de la campana que no tiene este límite de altura)
Local con volumen insuficiente cuando el consumo calorífico total de los
aparatos de cocción instalador> 16 kW
Falta del sistema de detección y corte de gas según UNE 60670-6
Conducciones de otros servicios, de acuerdo con lo indicado en 4.3. UNE
60670-4:2014 en contacto con conducciones de gas
CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS PARA EL
CONTROL PERIÓDICO DE LAS
INSTALACIONES RECEPTORAS
INSTALACIONES P > 70 KW
Anomalías principales
•
Fuga de gas
Anomalías secundarias
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Fuga de gas secundaria
Estado de conservación de la instalación defectuosa, o utilización de materiales o
técnicas de unión inadecuadas
Incumplimiento, apreciable a través de las partes visibles según 4.4. UNE 60670-4:32014
por discurrir estas por cavidades, altillos, falsos techos, cámaras y sótanos
Inaccesibilidad o difícil accesibilidad de la llave general del usuario
Estado de regulación con o sin medida sin toma de tierra y/o juntas dieléctricas
Ventilación del recinto de ERM insuficiente o incorrecta
Ubicación del recinto de la ERM y/o distancias mínimas de seguridad incorrectas
Inexistencia, deterioro o caducidad de la revisión del extintor de polvo seco
Instalación eléctrica de la ERM no cumple con la normativa vigente
Inexistencia de la señalización correspondiente
CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS PARA
EL CONTROL PERIÓDICO DE LAS
INSTALACIONES RECEPTORAS
INSTALACIONES COMUNES
Anomalías principales
Se mantienen las mismas.
Anomalías secundarias
•
Se añade la existencia de grietas, apreciables, visiblemente, en las paredes interiores
del recinto de contadores, reguladores o colectores de llave, que posibiliten
canalizar potenciales fugas e la estructura del edificio.
13. CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS
PARA EL CONTROL PERIÓDICO DE
LOS APARATOS A GAS DE LAS
INSTALACIONES RECEPTORAS EN
SERVICIO
CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS
CONTROL PERIÓDICO APARATOS A GAS
Anomalías principales
• Revoco continuado (CO2amb >5000 ppm) o concentración de CO ambiente en
local > 50 ppm
•
•
Combustión no higiénica de aparatos a gas (CO > 1000 ppm)
Inexistencia AS en los aparatos de reglamentariamente lo requieran
•
Interferencia grave de extractor mecánico o campana extractora con el
funcionamiento de un aparato (CO amb > 50 ppm o CO2 amb > 5000 ppm)
Anomalías secundarias
• Revoco moderado (CO2amb entre 2500 y 5000 ppm) o concentración de Co
ambiente en local entre 15-50 ppm
•
Funcionamiento incorrecto de los dispositivos de seguridad por extinción o detección de
llama
•
Imposibilidad de comprobación de los PdC en aparatos B o C
• Falta de libro de mantenimiento o no acreditar realización del mismo
en salas de máquinas > 70 kW
•
•
•
Combustión deficiente de aparatos a gas (entre 500-1000 ppm)
Incorrecta regulación de mínimos en quemadores superiores de cocinas, encimeras
encastrables o otros aparatos de cocción
Incorrecto funcionamiento de quemadores de aparatos de cocción
CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS CONTROL
PERIÓDICO APARATOS A GAS
CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS CONTROL
PERIÓDICO APARATOS A GAS
CRITERIOS TÉCNICOS BÁSICOS CONTROL
PERIÓDICO APARATOS A GAS
ANEXO B
CO AMBIENTE EN LOCALES CON APARATOS SUSPENDIDOS DE CALEFACCIÓN
RADIANTE TIPO A
•
•
•
•
Poner todos los aparatos del local en régimen estacionario y a máxima potencia, y tras
15 min (ANTES ERA 1 HORA) de funcionamiento, determinar la concentración de CO
Ambiente.
La sonda debe estar en la posición al menos 5 min
Equipo de medida calibrado en laboratorio que cumpla UNE-EN ISO/IEC 17025.
Periodicidad de la calibración 18 meses (ANTES ERAN 12 MESES) Registro de las
comprobaciones la empresa instaladora lo debe guardar durante 5 años
Incertidumbre de la calibración ± 5%
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE
HIDROCARBUROS
ART. 74 OBLIGACIONES DE LOS DISTRIBUDORES DE GAS
NATURAL, se añade:
p) Comunicar a los usuarios conectados a su red, con la periodicidad y en las
condiciones definidas reglamentariamente, la necesidad de realizar la inspección de
las instalaciones receptoras.
En dicha comunicación se informará a los usuarios de la posibilidad de realizar dicha
inspección con cualquier empresa instaladora de gas natural habilitada.
Si en el plazo y en la forma en que se determine, no existe una comunicación a la
empresa distribuidora relativa a la realización de la inspección por una empresa
instaladora de gas natural habilitada, la empresa distribuidora estará obligada a
realizar la inspección.
Reglamentariamente se establecerán los procedimientos y efectos de no haber
remitido el correspondiente certificado a la empresa distribuidora.
NECESARIA UNA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE GAS
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE
HIDROCARBUROS
Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre, por el que se regula
el mercado organizado de gas y el acceso de terceros a las
instalaciones del sistema de gas natural (BOE 31/10/2015)
Entrada en vigor 1 de noviembre de 2015
LIBERALIZADO INSPECCIONES PARA GAS NATURAL Y
GLP
MODIFICACIÓN DE LA LEY DE
HIDROCARBUROS
Disposición adicional primera- Inspecciones periódicas por
canalización (comunicado de las distribuidoras al cliente y el
circuito de pago de la actividad)
Disposición transitoria séptima- Medios telemáticos para la
carga de certificados de inspección periódica ( 1 de febrero de
2016)
Disposición transitoria octava-Tarifas de inspección de gas
natural (gastos de gestión de empresa distribuidora 12,8 €)
Disposición final tercera- Modificación del reglamento de
gas (procedimiento, certificados de inspección, etc)
Precio Socio
53,60 € +IVA+
Gastos de envío
Solicítelo a su
asociación
provincial o
bibliotecaconaif
@conaif.es
MUCHAS GRACIAS POR
VUESTRA ATENCIÓN
Ana María García Gascó
Directora General CONAIF
[email protected]

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