condado de sacramento - Sacramento Housing Alliance

Transcripción

condado de sacramento - Sacramento Housing Alliance
2014-2015
La Guía Popular
ASISTENCIA SOCIAL, SERVICIOS DE SALUD, Y OTROS SERVICIOS
CONDADO DE SACR AMENTO
$
?
Introducción
La Guía Popular es una guía y un
directorio con información práctica
que le ayudará a que usted mismo
busque alimentos, ingresos, trabajos y
capacitación, vivienda, atención médica,
asesoría legal, y cualquier tipo de ayuda
importante que pueda obtener por
medio de programas locales, estatales
y federales, al igual que servicios comunitarios del Condado de Sacramento.
Está de más decirle que estamos
pasando por momentos difíciles. Los
embargos hipotecarios, el alto índice
de desempleo, y la cantidad de personas sin hogar son cada vez mayores;
mientras que la ciudad, el condado, el
estado y el gobierno federal eliminan o
recortan una gran cantidad de servicios
de la mayoría de los programas que
mencionamos en esta guía.
Estos recortes significan menos ayuda
y oportunidad para que las personas de
bajos recursos, las familias, las personas
de la tercera edad, y las personas sin
hogar recurran a estos programas de
importancia vital para la vida. Significa
menos beneficios, menos trabajadores,
reglas más estrictas respecto a los
requisitos exigidos, largas filas y más
tiempo de espera.
También significa que correrán rumores
e información falsa que desanimará a
personas que tienen derecho de solicitar
los programas que tanto necesitan, y
la gente tampoco sabrá dónde o cómo
solicitarlos.
La Alianza de Vivienda de Sacramento [SHA] y la Coalición para
Combatir el Hambre de Sacramento
La Guía Popular se origina de una
publicación que se ha estado publicando desde hace mucho tiempo: Guía
Popular de Asistencia Social, Servicios
de Salud y Otros Servicios
©2011 Coalición de Los Ángeles para Combatir el Hambre y La Indigencia.
Editor: Jessica Merrill
Comité de editores y contribuyentes
principales: Kevin Aslanian, Colin Bailey,
Jessica Bartholow, Kendra Bridges, Dawn
Dunlap, Bob Erlenbusch, Patty Gainer,
Stephen Goldberg, Sandra Hamameh, Anson Houghton,Marty Keale, John Kraintz,
Alan Lange, Patti Lomazzi, Betty Low,
Danny Márquez, Edith Martínez, Tracie Rice
Bailey,Mary Steinert, Frank Tamborello, Ei-
2
[SHC] creen que cada persona tiene
el derecho de alimentarse con comida
saludable, a vivir en una vivienda segura,
decente y económica y a tener seguro
médico. Ayuda en Momentos Difíciles
no solamente es una guía para abogar
por sí mismo y utilizar estos programas,
sino que también ofrece consejos de lo
que puede hacer en caso de haber sido
tratado injustamente, o si no recibe lo
que a usted le corresponde por ley. Esta
guía tiene como objetivo ayudar a que
las personas venzan los obstáculos que
encuentran cuando están tratando de
obtener ayuda.
No necesita leer todo el libro; solamente
busque el tema que le interesa en el
índice del contenido. Pero, recuerde
que, si usted tiene derecho a un tipo de
ayuda, a menudo también tiene derecho
a otros programas.
¡Usted también puede ayudar!
1.Comparta la información con
otras personas que necesitan
ayuda
2.Exprese su opinión: los funcionarios
electos de la Ciudad de Sacramento,
del Condado, del Capitolio Estatal y de
Washington, DC siempre están debatiendo con respecto a los programas y
servicios descritos en esta guía. Especialmente durante momentos difíciles,
hay conflicto acerca del dinero que se
dedica a estos servicios. A menudo,
los programas descritos en esta guía
se eliminan o se recortan severamente.
¡Es necesario que usted exprese su
opinión en estos debates! Usted es
un experto en lo que pasa en la vida
de la gente que no puede obtener
comida, dinero, vivienda o atención
médica. Los funcionarios del gobierno
necesitan escuchar una voz auténtica
que les recuerde lo mucho o lo poco
que ayudan estos programas, cuáles
son los problemas y las soluciones. A
menudo los políticos usan el dinero para
otras cosas en lugar de invertirlo en la
educación, en la salud, en el bienestar
y en los servicios sociales. Pero cuando
los ricos se vuelven más ricos y los pobres más pobres, la diferencia tiene un
mal efecto en toda la sociedad. Usted
puede ayudar a evitarlo…
3.Obtenga los nombres y direcciones de los funcionarios electos de
la ciudad, del estado y del gobierno
federal.
Llame al (916) 875-6451 (En California
servicio de mensajes en inglés 1-888877-5379)
o visite: http://www.sacwiki.org/Local_Representatives
4.Regístrese para votar: Sacramento
County Registrars of Voters:
http://www.elections.saccounty.net
SHA y SHC se dedican a ayudar a las personas que están pasando por momentos
difíciles, abogan por las personas sin
hogar y de bajos ingresos a fin de que
se haga justicia.
Alianza de Vivienda de Sacramento
(916) 455-4900
Coalición de Sacramento para
Combatir el Hambre (916) 455-4900
leen Thomas, Ashley Tolle, Jaci White, Amy
Williams, Ivette Vivanco.
Contribuyentes y donadores: Sacramento Bank of Commerce, Kaiser Permanente,
Liberty Hill Foundation, Teichert Foundation
DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: la
Coalición de Sacramento para Combatir el
Hambre y otros que han contribuido para la
creación de esta guía no son responsables
por las acciones, conducta o tratamiento
que usted reciba, y/o la calidad de servicios
que ofrezca cualquier entidad privada y su
personal (que no sea del gobierno) que
figure en esta guía. Las entidades gubernamentales tienen su propio procedimiento de
quejas (véa pág. 62). También los números
de teléfono y otros cambios de información
importante: la información que se ofrece aquí
está al día hasta marzo de 2014.
La Guía Popular
211 Sacramento
211 es una línea telefónica en la cual se
puede obtener información y remisiones
las 24 horas del día, los 7 días de la
semana. Hay operadores que atienden
en muchos idiomas y le pueden ayudar
a encontrar alimentos y albergues de
emergencia, ayuda legal y económica,
orientación y muchos recursos más.
Marque el 211
Línea TTY para personas con impedimentos auditivos (800) 660-4026
Indice de materias
Cuidado de la
salud:
Vivienda y Albergue:
Personas sin hogar
.....................pág. 4
Cómo sobrevivir sin techo y lugares
para albergarse
Viviendas a bajo costo
.....................pág. 8
Asistencia médica....pág. 24
Asistencia médica para familias, personas
de la tercera edad, los discapacitados,
incluyendo Medi-Cal
Asistencia médica para niños..........................pág. 31
Asistencia médica gratuita
y a bajo costo.........pág. 33
Derechos de inquilinos
y propietarios.......pág. 9
Cuidado de la salud si no tiene derecho a
Medi-Cal
Ayuda en caso de embargo hipotecario, para resolver problemas
si renta apartamento o casa, sus
derechos para protegerse del
desalojo
Servicios de salud mental y
del desarrollo
................................pág. 35
Servicios públicos y
telefónicos.......pág. 11
Ayuda para pagar las cuentas
de servicios públicos y conseguir
equipo especial de comunicaciones
para discapacitados
Asistencia personal a domicilio y cuidados a largo
plazo.......................pág. 36
Tratamientos para el alcoholismo y drogadicción ................................pág. 38
Ayuda monetaria y otra ayuda para familias
con niños menores de 19 años de edad
Cuidado y educación infantil
..............................pág. 58
Ayuda para padres que trabajan
Crianza temporal supervisada ...........................pág. 60
Programas de seguro social
..................................pág. 63
Para los discapacitados, invidentes, mayores
de 65 años de edad
Servicios para veteranos de
guerra.......................pág. 67
Ayuda general...........pág. 68
Ayuda monetaria para adultos solos
Transporte.................pág. 70
Pases para autobús; seguro de carro a
precio asequible
Alimentos:
Medicare..................pág. 39 Ropa..........................pág. 72
CalFresh (Estampillas para alimentos)
......................... pág. 12
Ingresos, empleo
y capacitación:
Ayuda para comprar alimentos
adicionales
Alimentos gratuitos y a
bajo costo..........pág. 16
Capacitación profesional y
laboral...................pág. 40
Puntos de distribución de alimentos
gratis, comidas para personas de la
tercera edad, mercados de agricultores, huertas comunitarias
farmers markets, community gardens
Derechos laborales y beneficios para desempleados
...............................pág. 44
WIC..................pág. 22
Beneficios para desempleados, derechos
laborales y ayuda para los quedan discapacitados temporalmente
Asistencia nutricional para madres,
bebés y niños
Nutrición infantil
.........................pág. 23
Comidas gratuitas para niños
Créditos tributarios
..........................pág. 47
Más consejos:
Guía para personas no ciudadanas...................pág. 74
Audiencias y quejas .................................pág. 76
Oficinas del Departamento
de Asistencia Social
................................pág. 77
Buenos consejos......pág. 80
Ayuda legal y recursos en momentos críticos
Dinero adicional para trabajadores e
inquilinos
CalWorks............pág. 49
La Guía Popular
3
Personas sin hogar
Muchas personas estan sin hogar en un variedad de maneras—a
veces en un tienda, otros tiempos en el hogar de un amigo o
miembro de su familia. En Sacramento, al igual que la mayoría
de las ciudades, no hay suficiente lugar en los albergues de
emergencia para todas las personas que carecen de vivienda
cualquier noche de la semana. En el pasado, las personas se
quedaban sin vivienda por temporadas de una semana hasta
varios meses, pero es posible que esta situación esté cambiando debido a los problemas presupuestarios del condado de
Sacramento. Si se queda sin vivienda sin hacer preparativos,
esta sección contiene información que le ayudará a sobrevivir
hasta que pueda conseguir alojamiento o vivienda.
hidratarse. Evitar las bebidas alcohólicas ya que contribuyen
a la deshidratación.
Recuerde que muchos de los que se quedan sin vivienda son
personas muy similares a usted, así que el apoyo y consejo
de los que comparten su situación son un gran recurso.
Las ortigas son plantas nativas de la zona de Sacramento
y si llega a tener contacto con ellas le arderá la piel intensamente por un rato.
Víboras – es raro encontrarse con serpientes de cascabel
pero pueden ser peligrosas. Se han visto más de ellas río
arriba desde la autopista Business 80 a lo largo de American
River Parkway.
Zumaque – No cometa el error de quemar esta planta porque
el humo puede causar reacciones graves.
Si vive fuera
No se congele – el cartón sirve muy bien para aislarlo
del suelo frío y sirve de colchón cuando se duerme sobre
el cemento. Si no tiene una tienda de campaña, una lona
impermeabilizada es esencial para acampar, al igual que una
buena bolsa de dormir.
A veces se puede conseguir una bolsa de dormir en Loaves &
Fishes’ Friendship Park a la 1 PM junto al centro de servicios. A veces se pueden conseguir abrigos y ropa impermeable
en dicho centro que se encuentra en el 1321 North C Street.
Protéjase de la humedad – Si tiene una tienda de acampar,
asegúrese de que tenga un toldo impermeable contra la lluvia; tape la tienda con una lona impermeable y coloque otra
debajo de la tienda. Si no tiene una tienda de acampar, es
muy importante tener una lona impermeable cuando vive al
aire libre. A veces es difícil encontrar un lugar bajo cubierta,
pero muchos se juntan para dormir bajo las autopistas cuando
llueve. El dormir en las entradas de los negocios clausurados
es un buen lugar para dormir sin mojarse. Puede utilizar
bolsas de plástico para protegerse de la lluvia cortando hoyos
para la cabeza y brazos. Aléjese de los sistemas de riego.
SafeGround Sacramento es un buen recurso si duerme
al aire libre y desea acampar entre otros en un ambiente
libre de drogas, alcohol y violencia. Los miembros de esta
organización se están organizando para adquirir terrenos y
casitas sencillas, pero mientras tanto los miembros acampan
juntos y se apoyan. A veces consiguen que una iglesia les
permita dormir bajo techo cuando se pone frío por la noche.
A menudo ofrecen equipo para acampar y otros útiles a los
que se quedan con ellos. La oficina se encuentra en Loaves
& Fishes Friendship Park en el 1321 North C Street. (916)
448-2448.
Para no sobrecalentarse – llevar una toalla o algo mojado
en el cuello o sobre la cabeza. Tomar bastante agua para
4
Flora y fauna natural—Los zorillos, mapaches, tacuaches
y ratas son algunos de los animales que se encontrará. Ni
siquiera los zorillos son peligrosos pero a veces son molestos.
Evite tener alimentos al alcance de los animales y cuélguelos
en bolsas amarradas de las ramas de los árboles.
Mosquitos – Evite exponer su piel por la tarde y la noche
usando ropa de manga larga.
Para protegerse cuando no tiene
vivienda
Fogatas – Es mejor no hacer fogatas, especialmente en las
franjas a lo largo de las calles. Como alternativa, se pueden
comprar calentadores de propano o estufa de acampar para
cocinar y no pasar frío. Si duerme en una tienda de acampar,
una vela dentro de un frasco sin tapa dará suficiente calor
dentro de la tienda y el frasco impedirá que la vela se caiga
y cause incendios. Si no tiene alternativa y debe prender
una fogata para no pasar frío, cave un poso pequeño y evite
destapar las raíces de los árboles en el pozo. Si necesita una
fogata para cocinar, queme unas cuantas ramitas a la vez en
lugar de un tronco. En el verano, los incendios representan
un gran peligro.
Para protegerse de los depredadores – Guarde sus
pertenencias de valor en su mochila o bolso y úselo de almohada o enrédese la correa en el brazo. Si duerme en un
sitio remoto, asegúrese de que ningún extraño lo vea entrar
o salir de su campamento.
Evite las situaciones violentas.
Pies saludables “Pies felices” – Las mangas de los suéteres
se pueden cortar para hacer calcetines. Después de cortar
la manga, utilice la parte más larga para sus pies, y doble las
orillas y acomódeselas alrededor de sus pies para que queden
lisas. También puede cubrirse los pies con bolsas de plástico.
Procure que la piel entre los dedos de los pies se mantenga
seca. Úntese vaselina en los pies si le duelen o están resecas.
Sanitarios – A menudo es difícil hallar baños públicos. Los
restaurantes cada vez más prohiben que las personas usen
sus baños si no consumen alimentos. Los edificios públicos
La Guía Popular
como los de gobierno o las bibliotecas, oficinas de correo, de
administración del condado, de la alcaldía y otros similares son
buenos para ir al baño. En algunos edificios tendrá que pedir
que los guardias de seguridad le admitan. Las agencias de
servicios para personas sin vivienda usualmente tienen baños.
Los baños en los parques públicos son pocos y por lo general
están cerrados desde las primeras horas de la noche hasta
la mañana. Si no hay baños disponibles, orine en la tierra
o sobre la vegetación, nunca en superficies impermeables.
Buenos modales en los campamentos y tipos de sitios
para dormir – A veces verá un petate enrollado y otras pertenencias que parecen abandonadas. No asuma que han sido
abandonados. El dueño probablemente volverá por ellas esa
misma noche o incluso a la siguiente semana. No toque las
pertenencias de los demás. Así ayuda a difundir esta costumbre
para que usted puede dejar con confianza sus pertenencias
en algún lugar cuando tenga una cita o por algún otro motivo.
No asuma sin embargo que sus pertenencias las encontrará
donde las dejó, ya que no todos siguen esa costumbre y a
veces la policía o los guardabosques se llevan las cosas (se
requiere que avisen a los dueños antes de llevarse las cosas
y dejarles un aviso para que sepa dónde recoger sus cosas,
pero no siempre cumplen esta norma.)
Buceo en los contenedores de basura – Puede ser peligro
y es ilegal hurgar en los recipientes de basura residenciales.
Algunos negocios dejan cosas útiles en sus contenedores de
basura, que puede rescatar sin correr peligro usando una vara
con un gancho en la punta sin meterse en el contenedor. Los
contenedores detrás de las lavanderías a veces contienen ropa
y colchas. Si alguien más está hurgando en un contenedor,
deje que terminen primero antes de que usted empiece a
pepenar. Tenga cuidado con los alimentos; revise las fechas
de vencimiento, la frescura y la posibilidad de decontaminarlos.
(como las verduras y frutas que están enteras).
Conozca sus derechos como
campista que carece de vivienda
Tanto las ordenanzas municipales como las del condado establecen que es un delito menor acampar en los sitios públicos, incluso en American River Parkway. A las personas
que se les descubra acampando en Sacramento se les puede
dar un citatorio, lo cual requiere una comparecencia en el
tribunal y/o pago de una multa. Tiene el derecho de tener
un juicio ante un jurado si se le cita por un delito menor
y a tener un juicio solo ante un juez si se le cita por una
infracción. Si se le cita por un delito menor tiene derecho
de ser representado por un defensor público. Es poco probable que si se declara no culpable y solicita que se le nombre un defensor público que insistan en procesar su caso.
Antes de que se lleven sus pertenencias y equipo de acampar,
tiene derecho de recibir un “aviso con 48 horas de anticipación”
para exigirle que se lleve sus pertenencias y así evitar que
sean confiscados y guardados. Si son confiscados, se le tiene
que dar un segundo aviso informándole el lugar en donde
se encuentran sus pertenencias y cómo puede recuperarlas.
Si se llevan sus pertenencias y las guardan dentro del Condado
sin darle el aviso obligatorio, usted podrá reclamar una indemnización por violación de un convenio judicial. Si son confiscadas y destruidas sus pertenencias, tiene el derecho de presentar una demanda federal o estatal por daños y perjuicios por
la confiscación de bienes sin el debido procedimiento de ley.
Sección 12.52.030 del Código Municipal de Sacramento respecto a los campamentos ilegales – esta
ordenanza también establece que es ilegal acampar en la
propiedad privada por más de 24 horas, y de “guardar”
equipo de campamento en los sitios públicos (lo cual quiere
decir que no puede dejar su equipo de acampar en el suelo).
Sección 9.36.066.6 del Código del Condado de Sacramento que prohibe carritos de mercado en los
parques establece que “Dentro de los límites de American
River Parkway ninguna persona podrá utilizar ninguna carreta o canasto montado sobre ruedas o aparato similar que se
usa principalmente para transportar bienes de cualquier tipo.”
¿Qué tal si no tengo vivienda y estoy en el hospital?
Es ilegal que el hospital lo deje en la calle después de darlo
de alta si no tiene vivienda. El personal del hospital debe
ayudarlo a buscar un lugar seguro para alojarse. Pida hablar
con un trabajador social antes de ser dado de alta.
Ayuda económica
Familias: Si no tiene vivienda y recibe o tiene derecho de recibir ayuda de CalWORKs, es posible que pueda obtener Asistencia Monetaria para Personas sin Vivienda para ayudarlo
a mudarse a una vivienda (véase la página 56 – CalWORKs)
Solteros: Puede solicitar la Ayuda General (GA, por sus siglas
en inglés). GA es una ayuda monetaria a corto plazo y servicios
limitados para que el beneficiario consiga un empleo o ayuda
económica de otra fuente (véase la página 68.)
Albergue emergencia
Desafortunadamente, si no tiene vivienda en Sacramento
no existe una garantía de que pueda conseguir vivienda o
albergue, y los albergues existentes suelen estar llenos. A
continuación se provee una lista de los recursos como guía para
los que tratan de conseguir ayuda. Obtener vivienda rápida
debe ser su meta. Cuando acuda a un albergue, pregunte si
hay alguien que le pueda ayudar a conseguir una vivienda
permanente, ya que algunos programas ofrecen ese servicio.
Aunque los programas de viviendas transitorias tienen listas
de espera largo, le ayuda encontrar una lugar de vivir que
es permanente.
La Guía Popular
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Entrega de bebés en lugar seguro, disponible las 24 horas:
(866) 856-2229
Albergues de emergencia:
Las familias
Un albergue emergencia proporciona albergue temporal o
transitorio para las personas sin hogar en general o para
poblaciones especificas de las personas sin hogar.
Un albergue provisional es un proyecto que tiene como su
propósito facilitar la transición de familias e individuos sin
vivienda a vivienda permanente dentro de un plazo razonable
(en 24 meses). Los siguientes son algunos de los albergues
provisionales en Sacramento:
Children’s Receiving Home of Sacramento
(916) 482-2370
www.crhkids.org
Abierto 24-horas.
Localización Norte: 4533 Pasadena Ave.
Sacramento, CA. 95821 (916) 679-3600
Localización Sur: 6699 South Land Park Drive
Sacramento, CA. 95831 (916) 394-2000
www.crisisnurseries.org
24 horas de refugio de emergencia para los niños hasta 6
años. Servicios de referencia preescolar y adicionales para los
residentes y sus familias. Localización norte: pueden albergar
hasta 15 niños durante el día y 12 por la noche. Ubicación
del sur: pueden albergar hasta 12 niños durante el día y 8
por la noche
Albergues de Emergencia para
Solteros
My Sister’s House
(916)428-3271
www.my-sisters-house.org
Volunteers of America
North A Street Shelter sólo para hombres solteros.
Francis House. Ofrece servicios a las familias con niños.
(916) 448-5507
1400 North A St.
(916) 443-2646 www.francishouse.info
Maryhouse. Un albergue disponible durante el día para
mujeres y niños sin vivienda
(916) 446-4961
www.sacloaves.org
St. John’s Shelter for Women and Children
(916) 453-1482
www.stjohnsshelter.org
Estancias de hasta 90 días sólo para mujeres y niños. Deberá comunicarse con el albergue a diario para permanecer
en la lista de espera.
Family Promise es una red de congregaciones locales
que ofrecen alojamiento en la que pueden pasar la noche
las familias que carecen de vivienda.
(916) 443-3107
www.sacfamilypromise.org
Next Move (una albergue para las familias)
(916) 455-2160
www.saehc.org
Volunteers of America
(916) 922-9335
445 Jefferson Ave., Sacramento 95833
Jefferson OTLX ofrecen servicios a familias que reciben
CalWORKs. Para Mujeres que Huyen de la Violencia en el Hogar
Albergues en momentos críticos
WEAVE (Mujeres que Rehuyen los Ambientes Violentos)
Open Arms
(916) 451-1765
Albergue de emergencia y vivienda permanente para personas que padecen SIDA/VIH
Next Move- Women’s Refuge (sólo para mujeres)
(916) 455-0415 www.saehc.org
Salvation Army – Emergency Shelter (hombres y mujeres solteros mayores de 18 años)
(916) 442-0331 12th and North B St. www.tsatoday.org
Sister Nora’s Place
(916) 669-7000 www.sacloaves.org
Albergue residencial de largo plazo que ofrece servicios a
mujeres que padecen enfermedades mentales y constantemente carecen de vivienda
Union Gospel Mission (sólo para hombres)
(916) 447-3268 www.ugmsac.com
Loaves & Fishes Wash House
(916) 443-7378
(sólo para hombres) Ducha, artículos de afeitado y artículos
de aseo y un lavado cambio de ropa disponible todos los
días de la semana.
Refugios de emergencia y de transición: Jovenes
Children’s Receiving Home of Sacramento
(916) 482-2370 -24-hours w w w. c r h k i d s . o rg 3555 Auburn Blvd., Sacramento, CA. 95821
Puede ofrecer albergue temporal de emergencia y cuidado
My Sister’s House
de niños en situaciones críticas de 1 a 17 años de edad.
(916)428-3271
www.my-sisters-house.org
(916) 920-2952 www.weaveinc.org
(866) 920-2952 linea de crisis de 24-horas
Wind Youth Services
(800) 339-7177 – 24-hour hotline; TTY
Ofrece un lugar alternativo para padres cuando necesitan dejar www.windyouth.org
a sus hijos en un ambiente hogareño mientras resuelven sus 1534 Howe Ave., Suite 92
problemas.
Sacramento, CA 95825
Línea informativa (877) 543-7752 24-hours
(800) 339-7177 – Albergue
Línea de apoyo para padres (888) 281-3000 24-hours
Sacramento Crisis Nurseries
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La Guía Popular
(916) 369-5447 – Oficina
comidas y bolsas de dormir. Para información llamar al 211.
Servicios de emergencia para jovenes entre 12 y 17. Sacramento
www.sacramentostepsforward.com
Refugios de transición
Albergue: Llame la línea directa: (800) 339-7177.
Centro de día: 701 Dixieanne Avenue, Sacramento CA.
95815. (916) 561-4900. M – F: 8:30 – 4p.m., Sat. 8:30
a.m. - 1 p.m., Sunday: closed. Centro de día ofrece comida,
una ducha, lecciones y manejo de casos. Clínica provee
vacunas y la vacunación los martes y el jueves.
Los siguientes refugios en Sacramento facilitan el movimiento
de individuos y familias sin hogar a viviendas permanentes en
un periodo razonable de tiempo (generalmente 24 meses).
Bannon Street Shelter
Para dormir—sólo para hombres.
Casa de recuperación: 9 meses sólo para hombres
Sacramento Children’s Home
400 Bannon St.
(916) 447-3268
(916) 456-4417 www.kidshome.org
Diogenes Counseling Center: 9719 Lincoln Village Drive
Friendship Housing
1322 North C Street, Sacramento 95814
(916) 341-0593www.sacselfhelp.org
Lutheran Social Services Youth Programs
Havens Transitional Housing Program (para familias sin
-“THPY Program” (Proyecto de Vivienda Provisional vivienda) 333 Third Avenue, Sacramento 95817
para Jóvenes): vivienda provisional por hasta 2 años para (916) 456-1980
jóvenes sin vivienda de 16 a 24 años de edad. Para tener
derecho al programa, todos los jóvenes deberán tener la Independent Living Readiness Program—VOA . Para
autonomía legal, tener una diploma de preparatoria o título hombres y mujeres solteros sin vivienda
equivalente o estar en vías de conseguirlo, y tener un ingreso 530 Bercut Drive, Suite L. Sacramento, CA 95814
(916) 442-1003 www.voa-sac.org
o empleo dentro de 60 días.
National Runaway Switchboard
(800) 621-4000 www.nrscrisisline.org
-“Youth Moving On” Program: Proyecto de Vivienda
Provisional más un programa patrocinado por el Estado para
proveer vivienda provisional hasta por 2 años para jóvenes
sin vivienda de 18 a 24 años de edad. Para tener derecho
al programa todos los jóvenes deberán tener la autonomía
legal, tener una diploma de preparatoria o título equivalente
o estar en vías de conseguirlo, y tener un ingreso o empleo.
-“Connections” Program: Connections provee vivienda
provisional hasta por 2 años para jóvenes sin vivienda de 16
a 24 años de edad. Para tener derecho al programa todos
los jóvenes deberán tener la autonomía legal, tener una diploma de preparatoria o título equivalente o estar en vías de
conseguirlo, y tener un ingreso o empleo dentro de 60 días.
Programa de Vivienda Provisional para Jóvenes Previamente Acogidos por Familias de Crianza—VOA
Un programa de vivienda provisional con duración de dos años
(24 meses como máximo) para jóvenes que anteriormente
fueron acogidos por familias de crianza que ahora tienen 18 a
23 años de edad que ya no tienen derecho a recibir el apoyo
del sistema de crianza.
Entre otros se proveen los siguientes servicios: capacitación
para la vida, servicios educativos y laborales; servicio de
mentores y consejeros en un ambiente semi-independiente.
Coordinador de admisiones: (916) 879-1784
Next Move
Para familias sin hogar. 4516 Parker Ave, Sacramento
95817 (916) 455-2160 www.saehc.org
TLCS- Carol’s Place es un albergue para adultos
sin vivienda que padecen discapacidades psiquiátricas. Son remitidos por medio de Guest House Homeless Clinic en el 1400 North A Street.
Guest House
(916) 916-440-1500
Volunteers of America-Jefferson OTLX
Sirve familias en CalWORKs.
445 Jefferson Avenue, Sacramento 95833
9335
(916) 922-
Volunteers of America - Transitional Housing for
Women with Children
Para las mujeres con niños. Debe ser referida por el Condado de servicios de Alcohol y Drogas.
(916) 929-1951
Lutheran Social Services & Next Move - Transitional
Housing Program for Families (THPF)
Sirve familias sin vivienda
(916) 453-2900
www.nextmovesacramento.org
Next Move - Wilma’s Place
Las mujeres pueden aplicar después de completar 14 días
en el Women’s Refuge.
(916) 455-2160
www.nextmovesacramento.org
Resguardo invernal
“Winter Sanctuary” (Resguardo Invernal) es un programa
administrado por un grupo de congregaciones que ofrecen
alojamiento a las personas sin vivienda. Los huéspedes son
transportados en autobús todas las noches de ida y vuela
de Loaves and Fishes a los albergues. También se proveen
Next Move, VOA and Crossroads Diversified Services
Mather Community Campus (MCC)
(916) 228-3100
www.nextmovesacramento.org
La Guía Popular
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Sacramento Veterans Resource Center (SVRC)
Drug & Alcohol Program
Men’s Supportive Housing Program
Women’s Supportive Housing Program
7270 East Southgate Drive Sacramento 95823
(916) 393-8387
www.vietvets.org/svrc.htm
¿Dónde puedo conseguir una vivienda a precios accesibles?
Housing Support Services for Veterans (no proporciona vivienda actual)
Para ser evaluados por este programa, llame a (916) 2283153.
La mayoría de las familias con bajos ingresos reúnen los
requisitos para una vivienda del gobierno con un alquiler que
les costará el 30% de sus ingresos, pero las listas de espera
son muy largas.
El Departamento de Vivienda es propietario y administrador
de la vivienda pública. En Sacramento, es conocido como el
Agencia de Vivienda y Reurbanización de Sacramento. Hay una
Vivienda permanente de apoyo
larga lista de espera para la vivienda pública en Sacramento.
La mayoría de las veces, la lista de espera está cerrada. Esté
atento a los anuncios que le informan si la lista de espera de
Vivienda permanente de apoyo provee viviendas para las per- vivienda pública está abierta.
sonas sin hogar y discapacitadas. Muchos de estos programas Algunos de estos proyectos de vivienda anuncian si tiene
requieren una referencia de un albergue.
unidades disponibles y usted puede solicitar una vivienda directamente en el edificio o en la oficina de arrendamiento. La
Lutheran Social Services’ Saybrook
mayoría de las veces, la mejor manera de conseguir este tipo
El Programa de Vivienda Permanente con Servicios de Apoyo
de vivienda es por medio de programas especiales ofrecidos
de Saybrook ofrece un sistema de apoyo compasivo, integral
y completo para familias que padecen alcoholismo y adicción por entidades de la comunidad que le ayudarán a conseguir
una vivienda cuando usted termine el programa.
a las drogas, al igual que discapacidades psiquiátricas.
2980 35th Street, Sacramento 95817
Estos programas priorizan la vivienda para personas que:
(916)-453-2900
• tienen una discapacidad, inclusive una enfermedad menBishop Francis A. Quinn Cottages
tal y/o VIH/SIDA
1500 North A. Street, Sacramento 95814
• tienen un problema de abuso de sustancias adictivas y
(916)-492-9065 www.cottagehousing.org
quieren conseguir tratamiento para ello
Cottage Housing’s Serna Village tiene 83 apartamentos • tienen hijos menores de 18 años con ellos
para familias que tienen niños pero carecen de vivienda. Se • tienen más de 60 años de edad
requiere mantenerse sobrio por seis meses antes de ingresar • son veteranos de guerras
al programa, y cuando menos un adulto deberá estar discapacitado. Deberá ser remitido por otra agencia comunitaria. No hay muchas viviendas disponibles actualmente que son
conjuntos habitacionales del gobierno, y hay listas de espera
en la mayoría de los edificios. Puede tomarle meses o aún
Asistencia para Pagar el Alquiler y
más conseguir la vivienda que necesita, pero vale la pena
Conseguir Cupones de Motel
intentarlo: www.sacwaitlist.com
Sacramento Self-Housing
(916) 341-0593
www.sacselfhelp.org
Francis House
Las parejas o familias deberán llamar los martes a las 9
a.m.: (916)443-2646
Agencia de Vivienda y Reurbanización de SacramenSólo cupones de motel para estancias cortas (no se provee to (SHRA)
ayuda para pagar el alquiler)
(916) 440-1390
www.shra.org
1422 C Street
Sus derechos: Si vive en una vivienda pública y tiene un
Next Move
desacuerdo con su gerente, inclusive si lo desalojan, puede
Cupones para moteles, ayuda para pagar los servicios públicos, presentar una queja para impugnar lo que está sucediendo.
el transporte y el alquiler
(916) 228-3157
Busque la información sobre la manera de presentar una
queja y cuánto tiempo tiene para presentar la queja en las
notificaciones que le han entregado. También puede apelar
Animales domésticos
si se le niega el acceso a una vivienda pública. Puede comunicarse con los Servicios Legales del Norte de California para
solicitar ayuda.
Loaves & Fishes Animal Emergency Services
(916) 456-0874
sacloaves.org
Una perrera disponible para alojar y alimentar animales domésticos mientras sus dueños participan en otros servicios.
8
La Guía Popular
Viviendas a bajo
costo
¿Qué son los vales para la elección
de una vivienda?
Los vales para la Elección de una Vivienda (anteriormente
conocidos como la Sección 8) son ofrecidos por el gobierno
local (el Departamento de la Vivienda.) Le permiten alojarse
en cualquier apartamento o casa en la que el propietario
los acepte, y usted paga una cantidad limitada a su alcance
para el alquiler (generalmente el 30% de sus ingresos). Los
beneficiarios de vales para la elección de una vivienda también están protegidos por las leyes de control de alquileres
y las leyes estatales. El dueño también debe entregarle una
notificación con por lo menos 90 días de antelación si ya no
va a aceptar vales de la Sección 8. Si su apartamento está
protegido por las leyes de control de alquileres, el propietario
también debe cumplir con esos requisitos.
Cuando usted recibe un vale para la elección de una vivienda
tendrá 60 días para encontrar un propietario que lo acepte,
de lo contrario tendrá que devolver el vale. En este momento
no hay muchos propietarios que están aceptando estos vales.
Hay una larga lista de espera en Sacramento para los vales
para la elección de una vivienda. La lista de espera casi siempre está cerrada. Esté atento a los anuncios que indican si la
lista de espera de los vales para la elección de una vivienda
está abierta.
El Departamento de la Vivienda puede cancelarle los vales
para la elección de una vivienda si usted no cumple con los
requisitos del programa. Si el Departamento de la Vivienda
le notifica que le cancelarán los vales, usted puede apelar.
También puede apelar si no está de acuerdo con la cantidad
de su vale o si le niegan un vale. Busque la información sobre
la manera de presentar una queja y cuánto tiempo tiene para
presentar la queja en las notificaciones que le han entregado.
Puede comunicarse con los Servicios Legales del Norte de
California para solicitar ayuda.
Departamento de la Vivienda del Condado de Sacramento (SHRA)
Vales para la elección de una vivienda
Dirección de correos electrónicos para contactar:
Si desea presentar una solicitud: [email protected]
Para los participantes y propietarios actuales: operations@
shra.org
Solicitudes: (916) 492-2244
Número principal: (916) 440-1390
Otras ciudades:
Busque en las páginas del Gobierno de esa ciudad en la guía
telefónica.
Derechos de
inquilinos y
propietarios
¿Puedo conseguir ayuda para detener el embargo de mi hipoteca?
Si usted corre peligro de perder su hogar debido al embargo
de su hipoteca llame a Neighborworks (916) 452-5356 (oprima el 6), Centro de Orientación sobre Hipotecas al (916)
646-2005 o si tiene más de 60 años de edad, llame a la
Línea Directa de Ayuda Legal para Ancianos (916) 551-2140.
Estos grupos están autorizados por el gobierno para ofrecer
consejos. Tenga cuidado al firmar papeles a instancias de
grupos de los que no está seguro.
¿Qué derechos tienen
los inquilinos?
1. Ayuda para resolver problemas de inquilinato
Servicios Legales del Norte de California (916) 551-2150
Línea Directa para asuntos de inquilinato de la
Comisión de Derechos Humanos e Igualdad en la
Vivienda (916) 444-0178
Inquilinos Unidos (415) 495-8100
El Centro de Mediación de Pacific McGeorge en
Asuntos de Vivienda (Pacific McGeorge Housing Mediation Center)
HMC ofrece servicios de mediación gratuita para ayudar a
una amplia gama de viviendas las disputas en el Condado
de Sacramento. La mediación es un proceso voluntario y
confidencial que reúne a los grupos contendientes en un
entorno seguro y neutral para resolver los conflictos con
soluciones flexibles y creativas que trabajan para todas
las grupos involucrados. Servicios de mediación gratuita
con HMC están disponibles donde al menos un partido
califica como bajos ingresos basan en las pautas federales
de pobreza (no debe superar el 200%), y la propiedad en
disputa se encuentra en el Condado de Sacramento.
20 Bicentennial Circle, suite 200
Sacramento, CA 95826
(916) 383-1861
Email: [email protected]
www.housingmediationcenter.org
2. Malas condiciones
Si su vivienda está en malas condiciones deberá avisárselo a
su casero, por escrito, para que arregle los problemas. Si su
La Guía Popular
9
casero no arregla el problema y usted vive en el Condado de
Sacramento, llame a la Oficina de Cumplimiento del Código
de Vivienda al (916) 874-6444. En la ciudad de Sacramento
llame al (916) 264-5011 o al 3-1-1.
Conforme al Programa de Inspección de Viviendas de Alquiler de la Ciudad de Sacramento, todas las viviendas de alquiler en la ciudad deberán ser inspeccionadas cuando menos
una vez cada cinco años. Usted tiene el derecho de vivir
en un lugar que no tenga hoyos en las paredes, que tenga
inodoros y fregaderos funcionales, electricidad, calefacción,
no esté plagado de ratas, cucarachas u otros insectos y esté
limpia. El casero deberá arreglar todas las descomposturas
que usted no haya causado.
Si usted vive en la ciudad de Sacramento y la Oficina de
Cumplimiento del Código de Vivienda le avisa que tiene que
desalojar la vivienda (porque queda clausurada), es posible
que usted tenga derecho a la ayuda que proporciona la Ciudad para reestablecerse, que es el equivalente a dos veces
su alquiler mensual más la cantidad del último depósito de
seguridad que usted pagó. (Sección 8.100.920 et. seq. del
Código Municipal de Sacramento)
Si su casero no quiere arreglar los problemas, deberá avisarle por escrito del problema (acuérdese de guardar una copia
de todo los relacionado con el problema), espere 30 días y
reúna la pruebas del problema.
Si usted quiere arreglar el problema por su propia cuenta, y
deducir el costo de su alquiler, deberá ser un problema que
afecta sus salud y seguridad, no sólo un cambio que le quiere hacer al apartamento. Generalmente, la mejor manera
de abordar el asunto es pagar el alquiler completo bajo protesta y demandar al casero por separado en el tribunal de
reclamo de cantidades menores.
3. Control de rentas
El régimen de control de rentas o alquileres sirve para regular el porcentaje que los caseros pueden aumentar el alquiler de sus inquilinos. También establece que los inquilinos
sólo pueden ser desalojados por motivos justificables. La
Ciudad y Condado de Sacramento no tienen ninguna ley de
control de rentas.
Si usted tiene un contrato de arrendamiento que se renueva
cada mes, podrá ser desalojado sin motivo, pero se le tiene
que dar un aviso por escrito con 30 días de anticipación, o si
ha vivido en la vivienda por un año o más, se le deberá dar
un aviso por escrito con 60 días de anticipación.
Póngase en contacto con la Junta de Supervisores del Condado al (916) 874-5411 para abogar por el control de rentas
como un medida de protección para inquilinos.
4. Proceso de desalojo
a. Aviso por escrito- Deberá recibir un aviso por escrito,
generalmente uno con 3 días de anticipación para que pague
el alquiler o desaloje el lugar, o un aviso de 30 o 60 días para
desalojar la vivienda. También se le puede dar un aviso
con 3 días de anticipación para que cumpla el contrato de
10
arrendamiento o desaloje la vivienda para que corrija la violación de dicho contrato o aviso con 3 días de anticipación
para que desista de tirar basura, crear estorbos, desista de
actividades ilegales en la vivienda o corrija una violación que
no puede arreglar. Si vive en vivienda pública o subsidiada,
no se le puede desalojar sin motivo justificable.
b. Citatorio y demanda- Esta es la demanda judicial. Se
le dará 5 días para contestar la demanda. Si sus ingresos
son bajos y es ciudadano de E.U. o residente permanente,
puede llamar a Servicios Legales del Norte de California al
(916) 551-2150 para una contestación gratuita o para que lo
remitan a otros recursos. También puede acudir al taller de
Juicios de Desalojo en el Juzgado Carol Miller para conseguir
ayuda.
c. Aviso de 5 días del Jefe de Policía del Condado para
desalojar la vivienda – Si no presenta una contestación
al citatorio y demanda o pierde su caso en el tribunal, se le
dará un aviso de desalojo con 5 días de anticipación. Si no se
sale de la vivienda, el Jefe de Policía del Condado cerrará la
vivienda con llave el quinto día o después del mismo.
Si se le está desalojando, Servicios Legales del Norte de
California puede ayudarle para que se defienda del desalojo
(916) 551-2150. Se encuentran en el 515 12th Street, Sacramento, CA 95814. También le pueden ayudar a preparar
una contestación sin costo o a costo reducido, dependiendo
de sus ingresos. También se ofrece el servicio en español.
También puede conseguir ayuda para contestar al Citatorio del Juicio de Desalojo en el taller que se ofrece en el
Juzgado Carol Miller.
5. Cierre ilegal
Si su casero le cierra la vivienda con llave sin recurrir al
proceso de desalojo, llame inmediatamente a la policía
de Sacramento o a la policía del Condado de Sacramento
(“Sheriff”). Cuando la policía responda a la llamada presente
alguna prueba de que es inquilino (recibos del alquiler o
servicios, documento de identidad, etc.) y pídales que le
diga al casero que lo deje entrar de nuevo. Si la policía no
responde, llame al número para casos no urgentes del Jefe
de Policía del Condado (“Sheriff”) al (916) 874-5115 al Departamento de Policía al (916) 264-5471 y pida hablar con
el comandante de turno. Si no le ayudan llame a Servicios
Legales del Norte de California para solicitar ayuda.
6. El baile de 28 días
Si ha vivido en un hotel residencial por más de 30 días se
le considera entonces inquilino y no se le puede desalojar
sin un proceso legal. No se le debe pedir que se traslade
a otra habitación o se vaya por unos cuantos días. Si esto
ocurre, deberá ponerse en contacto con Servicios Legales
del Norte de California o la Comisión de Derechos Humanos
e Igualdad en la Vivienda. Si le cierran la vivienda con llave
deberá llamar a la policía y mostrarle sus recibos. Si se sale
de la habitación voluntariamente, por ejemplo, por no tener
suficiente dinero para pagar el alquiler, esto no es ilegal.
La Guía Popular
7. Discriminación en la vivienda
Si se le discrimina por su raza, color, religión, sexo (incluso se
le hostiga sexualmente), nacionalidad, discapacidad, estado
civil, estado familiar (si tiene hijos), por el tipo de ingresos
aunque provengan de una fuente legal (por ejemplo, porque
recibe asistencia social) o por su orientación sexual, cuando
trata de comprar propiedad, alquilar vivienda o usar los servicios que se proveen a los otros inquilinos, llame a: Servicios
Legales del Norte de California: (916) 551-2150
Ayuda telefónica para los discapacitados
El Proyecto de Asistencia Telefónica de California le puede
proveer equipo especial si tiene dificultades para oír o alguna
otra discapacidad que le impide usar del teléfono.
Línea TTD en inglés Voz:
Departamento de Igualdad en el Empleo y Vivienda
(DFEH, por sus siglas en inglés)
(916) 478-7230Llamada gratuita: (800) 884-1684
FAX: (916) 478-7338 TTY: (800) 700-2320
Comisión Regional de Derechos Humanos e Igualdad
de Vivienda de Sacramento (916) 444-0178
Violencia en el hogar: Un inquilino de la vivienda pública o
subsidiada no puede ser desalojado por el hecho de que sea
víctima de la violencia en el hogar. Dichas víctimas en vivienda particular también pueden protegerse de los desalojos
ya que el desalojo constituye discriminación sexual. Póngase
en contacto con Servicios Legales del Norte de California
para solicitar ayuda o con el DFEH o HUD para presentar una
queja.
Asistencia de servicios
publicos y telefónico
Ayuda para pagar las cuentas del
gas y electricidad
Si está solicitando CalWORKs, es posible que pueda conseguir
dinero “para necesidades inmediatas” para pagar sus cuentas
de servicios públicos atrasadas (Véase CalWORKs “Necesidad
Inmediata” pág. 50)
El Distrito Municipal de Servicios Públicos de Sacramento
(SMUD) ofrece la Tarifa del Programa de Ayuda con los Energéticos (EAPR, por sus siglas en inglés) el cual reduce la tarifa
en un 30% para clientes de bajos ingresos.
Para averiguar si su hogar califica bajo los lineamientos de
ingreso EAPR, llame a SMUD al 1-888-742-SMUD (7683) o
visite https://www.smud.org/en/residential/customer-service/
rate-information/low-income-assistance.htm.
Es posible que también tenga derecho a los programas especiales de ayuda para pagar las cuentas de servicios públicos
(según la disponibilidad de fondos) por medio de las siguientes
agencias:
•Proyecto de Recursos Comunitarios
(916-567-5200)
•El Ejército de Salvación (916-678-4040)
(800) 806-4474 o
(800) 806-1191
California LifeLine
Servicio Telefónico California Lifeline ofrece servsio telefonico
a bajo costo dependiendo en su ingreso.
Para solicitar el programa California LifeLine debe llamar a su
compañía telefónica e indicarle que usted reúne los requisitos
para el programa según el Método 1 basado en el programa,
O según el Método 2, basado en los ingresos.
Método 1 programa basado- Puede calificar si usted u otra
persona de su grupo familiar se encuentre inscrito en uno o
más de los programas elegibles de asistencia pública:
• Medicaid/Medi-Cal
• Hogares de Bajos Ingresos Programa de Asistencia Energética (LIHEAP)
• Asistencia federal de vivienda pública o Sección 8
• Cupones de alimentos o Supplemental Nutrition Assistance Program (SNAP)
• Programa para Mujeres, Bebés y Niños (WIC)
• Familias Saludables
• Programa Nacional de Almuerzos ( NSLP)
• Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF)
1. California oportunidad de trabajo y responsabilidad de los Niños (CalWORKs)
2. Oportunidades de Trabajo y Responsabilidad para Niños del condado de Stanislaus (StanWORKs)
3. Welfare al trabajo (WTW)
4. Greater Avenues for Independence (GAIN)
• TANF Tribal
• Oficina de Asuntos Indígenas de asistencia general
• Ingresos elegibles de Head Start (solamente tribal)
Método 2 Basado en los Ingresos- Tambien puede calificar si
los ingresos totales anuales de su grupo familiar se encuentran
en el límite o por debajo de los ingresos límite. Comuniquese
al 1-877-777-1914 o visite https://www.californialifeline.com
para más informacion.
La Guía Popular
11
CalFresh
CalFresh (anteriormente conocido como Estampillas de
Comida o de Alimentos) es un programa del gobierno que
le brinda alimentos para que usted y su familia no pasen
hambre. Si tiene derecho a este beneficio, se le da una tarjeta de Transferencia Electrónica de Beneficios (EBT, por sus
siglas en inglés) que puede usarse para comprar alimentos
en la mayoría de las tiendas. Los beneficios de CalFresh
son gratuitos pero debe solicitarlos.
Muchas personas no saben que tienen derecho a los beneficios
o no saben como solicitarlos. Si usted necesita alimentos,
debe solicitar este beneficio. Todos tienen el derecho de
solicitarlo y merecen tener suficientes alimentos.
CalFresh porque ya va incluido un complemento para alimentos
en el pago de SSI/SSP.
• Algunas personas que no son ciudadanos que tienen permiso
para estar en el país también pueden conseguir CalFresh (véase
la página 66 – Guía para personas no ciudadanas Aunque no
tenga derecho a estos beneficios por esta razón, otros adultos
o niños que viven en su hogar posiblemente tengan derecho
a CalFresh y deben solicitarlo. Su estado migratorio no será
afectado si otros miembros de la familia aprovechan los programas de alimentos como CalFresh.
•Muchos Mercados de Agricultores
• Si se le condena de un delito mayor por venta o manufactura
de drogas después del 22 de agosto de 1996 perderá permanentemente el derecho a CalFresh. Si se le condenó por
tenencia o uso de drogas, puede recibir CalFresh si muestra que
participa en un programa de rehabilitación de drogadictos, o ha
terminado uno o está inscrito en una lista de espera para uno,
o firma una declaración en la que jura que ya no usa drogas.
•Algunos programas de comidas preparadas con entrega a
domicilio
• Se le puede descalificar permanentemente del programa si se
le descubre vendiendo más de $500 en beneficios de CalFresh.
•Se permite que los clientes de algunos albergues paguen
por los servicios con CalFresh
• Los huelguistas y sus familias por lo general se les excluye
del programa, a menos que tuvieran derecho a los beneficios
debido a que sus ingresos antes de la huelga no excedían los
límites establecidos.
Puede usar su tarjeta CalFresh en los siguentes locaciones
(para encontrar un distribuidar cerca de usted, visite http://
www.snapretailerlocator.com):
•Casi todas las tiendas de comestibles
Puede usar la tarjeta para comprar:
• Cualquier alimento salvo alimentos recién preparados que
deben consumirse inmediatamente
• Semillas para que cultive sus propios alimentos
• CalFresh no puede usarse para comprar productos no
comestibles, como jabón o pañales.
¿Cuáles son los beneficios?
2. Reglas especiales para estudiantes
Los estudiantes de 18 a 49 años de edad que estén inscritos
cuando menos medio tiempo en un programa de educación
superior puede recibir CalFresh si reúnen CUALQUIERA de los
siguientes requisitos:
• Están inscritos en CalWORKs
Cada mes se le deposita una cantidad de dinero en su tarjeta
EBT para que pueda comprar alimentos. A continuación se
expone la cantidad máxima de dinero que puede recibir
según el número de miembros de su unidad familiar y otros
factores.
¿Puedo recibir los beneficios
de CalFresh?
• Trabajan y se les paga por un mínimo de 20 horas por semana
o un promedio de 80 horas en el mes
• Trabajan (o está elegible para trabajar) como parte de una
beca para pagar los estudios universitarios
• Están inscritos a tiempo completo en la universidad y tienen
hijos menores de 12 años de edad
• Están inscritos a tiempo parcial en la universidad y tienen hijos
menores de 6 años o entre 6 y 12 años de edad y carecen de
cuidado de niños adecuado
1. Requisitos exigidos en general
• En un programa de entrenamiento de trabajo que es aprobado por el gobierno
Sus ingresos no deben ser mayores que los ingresos límites
que el programa establece. Para ver si usted califica, visite
www.calfresh.ca.gov/ PG841.htm y ver “Cómo solicito los
beneficios de CalFresh?” en la página 13. No es obligatorio
tener un hogar, o lugar para cocinar los alimentos o una
dirección permanente para recibir los beneficios de CalFresh.
También puede tener derecho a CalFresh aunque tenga una
casa y/o carro propio.
• No planea inscribirse en el próximo periodo escolar normal
Algunas personas no reúnen los requisitos:
• Los que reciben SSI/SSP en California no pueden recibir
12
La Guía Popular
3. “Unidad familiar”
La palabra “unidad familiar” tiene un significado especial para
el programa CalFresh. No significa que tenga un hogar. Una
unidad familiar puede ser una persona que vive sola, o puede
ser un grupo de personas, sean parientes o no, que viven en
el mismo lugar. Puede haber varias “unidades familiares” en
una misma casa, y no hay un límite. Una “unidad familiar”
incluye a los que compran y preparan juntos sus alimentos.
Algunos parientes que viven juntos deben incluirse en la misma
unidad familiar, aunque NO compren o preparen juntos sus
comidas. Esto son:
•Pagos de indemnización a los lesionados por “Agent Orange”
(defoliante químico utilizado por EE.UU durante la guerra de
Viet Nam)
•Dinero que usted paga por orden judicial para la manutención de sus hijos
¿Cómo solicito los beneficios de
CalFresh?
•Su familia inmediata – usted, su esposo(a), sus hijos de
21 años de edad o menos El Departamento de Asistencia Social procesa todas las solicitudes de CalFresh en el condado de Sacramento. Para solicitarlas puede acudir a la oficina más cercana del Departamento
de Asistencia Social u otros sitios aprobados por el condado.
•Sus padres y usted (a menos que tenga usted más de 21
años de edad)
Puede solicitar CalFresh por computadora en el sitio web:
www.mybenefitscalwin.org
•Los que hacen de padres para menores de 18 años de edad,
a menos que el menor sea colocado temporalmente con una
familia de crianza
Las personas que viven en el condado de Sacramento deben
llamar a uno de los siguientes números para averiguar el
sitio más cercano para presentar la solicitud
Entre los parientes que SÍ pueden calificarse como una unidad familiar por separado aunque vivan en el mismo lugar
se incluyen:
•Los padres que viven con sus hijos adultos (mayores de 21
años de edad)
•Hermanos y hermanas adultas
5. Ingresos máximos
Sacramento: (916) 874-2072
Galt:
Elk Grove: (916) 745-3484
(916) 685-9273
Si no puede acudir a ninguna oficina, alguien que esté informado de sus circunstancias puede solicitar los beneficios y
ser entrevistado en su lugar, siempre que usted lo autorice.
Límite de ingresos brutos: Puede recibir un ingreso y
también los beneficios de CalFresh si el “ingreso bruto” de
la unidad familiar o el ingreso total antes de descontarse los
impuestos es inferior ciertas niveles. Si alguien en su hogar
está discapacitado o tiene más de 60 años de edad, estos
límites no aplican en su caso y debe considerar la posibilidad
de solicitar CalFresh si no tiene suficiente dinero para comprar
alimentos o no recibe SSI/SSP.
* No incluya en la unidad familiar ni tome en cuenta sus ingresos si esa persona recibe SSI o no tiene derecho a estos
beneficios por alguna otra razón.
Los ingresos que no se toman en cuentan incluyen:
•Dinero ganado por menores de 18 años de edad mientras
asisten a la escuela cuando menos medio tiempo
•Dinero que sea pagado a un tercero por alguien que legalmente no está obligado a pagarle (por ejemplo, si su abuelo
le paga la renta directamente al casero)
•La mayoría de los préstamos
•Pagos del gobierno federal para cubrir los costos de los
servicios públicos
•Crédito Tributario por Ingresos Salariales por un año después
de haberlo recibido
•Asistencia monetaria de CalWORKs para personas sin hogar
•Pagos a las familias de crianza (cuando no se solicitan estampillas de alimentos para los niños de crianza)
La Guía Popular
13
Si está discapacitado y no puede conseguir a nadie que
solicite los beneficios por usted, puede entregar un impreso
de solicitud por correo. Para más información llame al (916)
874-2072 o visite www.mybenefitscalwin.org.
usted. Aún así alguien tendrá que entrevistarlo por teléfono
o en persona en la oficina dependiendo de su situación personal. Las entrevistas por teléfono se pueden programar con
anticipación para que le sea más fácil completar la solicitud.
Para los que tienen dificultades para oír o hablar, pueden
llamar al (916) 874-2599 o al 711 (California Relay Service)
luego pueden marcar uno de los números antes mencionados.
Entrevista: Podrá llevar a alguien consigo para que le ayude.
Es posible que se le pida que firme un formulario para autorizar
a esa persona como su representante, pero no es obligatorio
que lo haga. Repasarán con usted la solicitud que llenó y se
le pedirá información adicional.
El Condado ha autorizado el siguente sitio para prestar asistencia a los solicitantes de CalFresh:
River City Food Bank:
(916) 233-4075
1. Beneficios de CalFresh en casos de emergencia
Es posible que tenga derecho a recibir los beneficios de CalFresh el mismo día que los solicite o cuando menos dentro
de 3 días de la fecha en que los solicita si aplica en su caso
uno de los siguientes:
•El costo de su alquiler o el pago de su hipoteca o sus servicios
públicos es mayor que sus ingresos mensuales y el dinero en
efectivo que tiene a la mano
•Sus ingresos líquidos están menos de los requisitos de ingresos brutos.
Para solicitar los beneficios de CalFresh para emergencias,
deberá llenar la solicitud y marcar la casilla que dice que usted
quiere CalFresh lo antes posible. El asistente social le pedirá
una prueba de su identidad, de su domicilio, sus ingresos y
recursos pero no se le pueden negar los beneficios por el
hecho de no llevar estos documentos consigo.
Hay muchas maneras de comprobar su identidad, incluso
con una licencia de manejar, declaración jurada, llamada
telefónica a alguien que lo conozca, tarjeta de la biblioteca o
carta dirigida a usted.
Si se aprueba su solicitud, se le dará una tarjeta EBT y
número de identidad personal (PIN) a más tardar el tercer día
calendario después de la fecha en que presente la solicitud
para que pueda tener acceso a los beneficios. Si el tercer
día cae en fin de semana o en día festivo, tiene el derecho
de recibir los beneficios de CalFresh ese viernes. Si solicita
los beneficios después del día 15, recibirá CalFresh para ese
mes y para el siguiente.
2. Beneficios para casos no urgentes
Solicitud: Tiene el derecho de solicitar los beneficios en su
propio idioma y de presentar la solicitud por escrito el mismo
día que acuda en persona para hacerlo. Si alguien le dice que
vuelva otro día para presentar la solicitud, podrá insistir en
presentar la solicitud el mismo día.
Se le deberá dar una lista de documentos que deberá presentar para completar la solicitud. Es posible que le den 10
días para que presente los documentos. Si no tiene todos
los documentos que se requieren, usted o alguien que usted
conozca podrá firmar una declaración explicando por qué no
los tiene.
Es posible que pueda seguir recibiendo los beneficios mientras reúne la información exigida. La asistente social deberá
ayudarle a conseguir algunos de los documentos que le faltan.
Si todos los miembros de su unidad familiar están discapacitados o tienen más de 60 años de edad, podrá solicitar que
un asistente social sea despachado a su casa a una hora que
usted acuerde con ellos, o que se le entreviste por teléfono.
Un asistente también podrá pasar a su casa o llamarle por
teléfono si ninguno de los adultos en su hogar pueden presentarse en la oficina por motivos justificables, tales como
por enfermedad o discapacidad.
Los siguientes pasos a seguir: Si se le pide que envíe
documentos adicionales por correo a la oficina del Condado,
pida al asistente social un sobre predirigido y con el franqueo
prepagado. Si presenta los documentos en persona, obtenga
un recibo.
Mantenga una copia de los papeles para sí mismo. Si necesita
ayuda y no está disponible su asistente social, el empleado
de turno o el supervisor le puede ayudar.
Dentro de 30 días de solicitar los beneficios, la oficina del
Condado deberá enviarle por correo una tarjeta EBT y PIN y
un aviso de aprobación o informarle por escrito que no reúne
los requisitos y las razones por las que no los reúne.
Si se le niegan los beneficios de CalFresh y cree que tiene
derecho a ellos, solicite una audiencia o llame a una organización de ayuda legal lo antes posible. (Véase la página
80 – “Buenos Consejos”)
Es mejor llenar la solicitud tan completamente como le sea
posible, pero sólo se requiere su nombre, domicilio y firma
para presentar la solicitud. Cuando entregue su solicitud se
le dará una entrevista con un trabajador de elegibilidad.
Puede llamar a un número gratuito—(916) 874-2072—para
que se le envíe una solicitud por correo, que podrá llenar y
devolver por correo o hacer que alguien más la entregue por
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La Guía Popular
dividida por el salario mínimo. A veces cuando el índice de
desempleo del condado es alto no se requiere que los beneficiados trabajen a cambio de los beneficios.
¿Cuáles son los requisitos?
Derecho a juicio imparcial
1. Informes
A partir del agosto de 2013, deberá llenar un formulario cada
seis meses. Este forma se llama SAR-7. ¡ESTO ES EXTREMADAMENTE IMPORTANTE! En dicho formulario, deberá informar
de sus ingresos, su propiedad y los miembros de su unidad
familiar, y cualquier cambio en estos que usted prevea en los
siguientes tres meses. Deberá llenarlo para seguir teniendo
derecho a los beneficios. En ciertas circunstancias, deberá
informar de los cambios antes del mes en que le corresponde
presente este formulario.
Si tiene un buen motivo que le impidió hacerlo, como por
ejemplo porque se enfermó o no recibió el formulario por
correo, es posible que su trabajador le levante la suspensión
por “motivo justificable” y sean reinstituidos sus beneficios.
Tiene hasta 30 días después de la fecha límite para presentar
el informe para que se le reinstituyan sus beneficios, ya sea
que tenga o no un “motivo justificable” para no presentar a
tiempo el informe.
2. Recertificación
Cada año se le deberá habilitar de nuevo para los beneficios
antes de vencerse su período de certificación; de lo contrario
quedarán suspendidos sus beneficios de CalFresh. Recibirá
una carta avisándole de la fecha límite para presentar la solicitud para esta revisión. Asegúrese de llenar esta a tiempo
para que pueda seguir recibiendo los beneficios de CalFresh
sin interrupción.
3. Inscripción para trabajo
Todos los miembros de la unidad familiar que reciben CalFresh
de 16 a 59 años de edad que no tengan hijos en su hogar
deberán ser revisados para ver si se han inscrito para conseguir empleo. Actualmente (noviembre de 2011) no se exige
este requisito debido al alto índice de desempleo en el estado.
Todos tienen derecho a un “juicio imparcial” si consideran que
se les ha negado injustamente los beneficios o para corregir
cualquier error (véase la página 76). Si se presenta una
apelación dentro de 10 días o incluso hasta el día en que la
medida entre en efecto (según el plazo que sea más largo),
los beneficios de costumbre continuarán hasta que el asunto
se resuelva.
Tarjetas EBT perdidas, robadas o
estropeadas
Deberá dar parte inmediatamente si se pierde, es robada o
se desactiva la cinta magnética de su tarjeta EBT. Llame al
número de servicio al cliente lo antes posible al (877) 328-9677.
Espere que se le pida dos veces el número de su tarjeta EBT
sin dar tal número; después escuchará la instrucción para
reportar la pérdida o robo de su tarjeta. Una vez que presente
el reporte, se desactivará la tarjeta EBT y se le informará cómo
obtener una tarjeta nueva. Llame al servicio al cliente tan
pronto como sea posible. Si alguien usa su tarjeta o número
PIN para obtener los beneficios antes de que usted reporte
la pérdida o robo de la tarjeta, no se le reestablecerán estos
beneficios. Se le expedirá una nueva tarjeta inmediatamente
para que la reciba en tres días hábiles.
También puede resolver asuntos relacionados con su cuenta
EBT en el sitio web para beneficiarios: www.ebt.ca.gov
Para encontrar un distribuidor cercano que le da la bienvenida
SNAP EBT clientes: http://www.snapretailerlocator.com
A menos que se le exima de cumplir este requisito, usted
deberá estar de acuerdo en:
• Presentar información adicional respecto a su estado laboral
o disponibilidad para el empleo
•Presentarse a solicitar un empleo apropiado si se le remite
a uno
• Aceptar una oferta de empleo apropiado
•No reducir voluntariamente las horas de trabajo a menos de
30 horas por semana
•Cumplir los requisitos de cualquier programa al que sea
asignado con el fin de pasar de la asistencia social al empleo,
incluso “workfare” de CalFresh
Cuando se le requiere trabajar a cambio de los beneficios de
CalFresh (“workfare”), el número de horas que deberá trabajar dependerá de la cantidad de los beneficios de CalFresh
La Guía Popular
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Alimentos gratis y a bajo costo
¿Dónde puedo conseguir alimentos
gratis?
1. Centros de distribución de alimentos y comidas
gratuitas
Los centros de distribución de alimentos son lugares en que
se reparten alimentos a las personas necesitadas. La mayoría
de estos son organizaciones particulares de voluntarios que
pueden decidir a quiénes ayudarán según los criterios que ellos
mismos establecen. La mayoría se limita a servir a personas
de ciertas zonas y de una a cuatro veces por mes. Es posible
que requieran que usted presente algún documento de identidad y prueba de que tiene bajos ingresos. Generalmente,
los centros de distribución de alimentos no dan abasto con lo
que se necesita. Los alimentos que se distribuyen incluyen
los enlatados, arroz, frijoles, pan, cereales y a veces también
hortalizas.
Las comidas gratuitas calientes se ofrecen en muchas iglesias
y agencias particulares de voluntarios. La frecuencia con que
se ofrecen las comidas varía desde a diario en algunos lugares
hasta una vez al mes.
Las siguientes son algunas organizaciones que ofrecen alimentos o referencias para conseguir alimentos:
211 (línea de referencia telefónica del condado)
http://www.healthycity.org/region/sac
Banco de Alimentos y Servicios Familiares de Sacramento – Distribuciones del Programa de Alimentos: Por favor
tenga en cuenta que en todos los siguientes sitios se requiere presentar la siguiente información: Prueba del domicilio
con alguna correspondencia fechada en los últimos 30 días
que lleve su nombre, fecha y dirección y algún documento
de identidad, tal como la licencia de manejar o tarjeta de
identidad, tarjeta de seguro médico, del seguro social, pase
de autobús, tarjeta de crédito, tarjeta de identidad escolar.
El Banco de Alimentos y Servicios Familiares de Sacramento ofrece los siguientes 10 sitios:
• Del Paso Church of God - 4039 Balsam St., Sacramento
95838; El primer martes de 5-7 p.m. Para residentes de las
zonas postales: 95815, 95817, 95818, 95820, 95833, 95834,
95835, 95836, 95837, 95838.
• North Metro Church of Christ - 4191 Norwood Avenue.,
Sacramento 95838; El primer martes de 11 a.m.-1 p.m. Para
residentes de las zonas postales: 95815, 95817, 95818, 95820,
95833, 95834, 95835, 95836, 95837, 95838.
• Oak Park Community Center - 3425 Martin Luther King
Blvd., Sacramento 95817; El segundo martes de 5-7 p.m. y
el cuarto miércoles de 11 a.m.-1 p.m. Para residentes de las
zonas postales: 95815, 95817, 95818, 95820, 95833, 95834,
95835, 95836, 95837, 95838.
Sacramento, 95817. El segundo martes de 5-7 p.m. y el
cuarto miércoles de 11 a.m.-1 p.m. Para residentes de las
zonas postales: 95815, 95817, 95818, 95820, 95833, 95834,
95835, 95836, 95837, 95838.
• Shiloh Baptist Church-3565 9th Ave. Sacramento 95817;
el segundo miercoles, 11 a.m.-1 p.m. Para residentes de las
zonas postales: 95815, 95817, 95818, 95820, 95833, 95834,
95835, 95836, 95837, 95838.
• Peace Lutheran Church - 924 San Juan Rd., Sacramento,
CA 95834 Segundo jueves de 5 a 7 pm Para residentes de las
zonas postales: 95815, 95817, 95818, 95820, 95833, 95834,
95835, 95836, 95837, 95838.
• St. Joseph’s Catholic Church - 1717 El Monte Ave.,
Sacramento 95815; Tercer martes de 5-7 p.m. Para residentes
de las zonas postales: 95815, 95817, 95818, 95820, 95833,
95834, 95835, 95836, 95837, 95838.
• St. Paul’s Church of God in Christ - 2771 Grove Ave.,
Sacramento 95815; Tercer martes de 11 a.m.-1 p.m. Para
residentes de las zonas postales: 95815, 95817, 95818, 95820,
95833, 95834, 95835, 95836, 95837, 95838.
• St. Matthew Christian Church-4809 Roosevelt Ave.
Sacramento 95820; Tercer jueves de 5-7 p.m. Para residentes
de las zonas postales: 95815, 95817, 95818, 95820, 95833,
95834, 95835, 95836, 95837, 95838.
• Del Paso Union Baptist Church - 1335 Los Robles Blvd.,
Sacramento 95838; Cuarto jueves de 5-7 p.m. Para residentes
de la zona postal: 95838.
Las siguientes organizaciones ofrecen bancos de alimentos
y despensas a los que necesitan alimentos urgentemente.
Para residentes de todo el condado
Capital Christian Center 9470 Micron Ave., Sacramento
95827; (916) 856-5683; De lunes a viernes, 8 a.m.-5 p.m.
Para residentes del condado de Sacramento.
River City Food Bank 1800 28th Street, Sacramento, CA.
95816; (916) 446-2627; Se requiere presentar un documento
de identidad y el de los niños deberá contener la fecha de
nacimiento. Para residentes del condado de Sacramento,
pero no para los de Yolo.
Salvation Army 1200 North B Street, Sacramento 95814;
(916) 442-0303; Días: martes, miércoles y jueves. 9:0011:30 y 1:00-3:00 p.m. (Se cierra a la hora del almuerzo). Se
requiere presentar prueba del domicilio y algún documento
de identidad.
Antelope
Antelope Hills 7th Day Adventist 4219 Antelope Road,
Antelope 95843; (916) 721-3121; Segundo, tercero y cuarto
lunes, 10-11:30 a.m. Para residentes de las zonas postales:
95626, 95660, 95842, 95843.
• Oak Park United Methodist Church - 3600 Broadway,
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La Guía Popular
Arden-Arcade
Arden Church of the Nazarene 3337 Arden Way, Sacramento 95825; (916) 482-6064; Segundo y cuarto viernes,
Mediodía-1:30 p.m.
Sierra Arden Food Closet 890 Morse Ave, Sacramento
95864; (916) 483-1942; Martes a viernes, 10-11:45 a.m.
Para residentes de las zonas postales: 95825,95864.
Sierra Arden Neighborhood Food Closet 890 Morse Ave.,
Sacramento 95864; (916) 483-1942; Martes a viernes 10:0011:45 a.m. Para residentes de las zonas postales: 95825 y
95864.
Carmichael
Carmichael Adventist Community Services 4600 Winding
Way, Sacramento 95841-4540; (916) 487-8684; Comprobante
del domicilio y documento de identidad para las zonas postales
95608, 95609, 95610, 95621, 95821, 95840, y 95841. Miércoles 9-12 p.m. Puede conseguir alimentos una vez al mes.
Carmichael Community Building 5750 Grant Ave. Sacramento 95608; (916) 485-5322; Primer martes. Para residentes
de las zonas postales: 95608, 95609, 95841, y 95842.
Carmichael Presbyterian Church 5645 Marconi Ave.,
Carmichael 95608; Despensa: (916) 483-9232; Oficina: (916)
486-9081; Debe llamar de lunes a viernes de 10-12 p.m. para
solicitar el canasto de alimentos. Se entregan los alimentos
de 2-3:30 p.m. Para residentes de las zonas postales: 95608,
95610, 95621, 95660, 95821, 95825, 95841, 95842, y 95843.
Our Lady of Assumption 5057 Cottage Way, Carmichael
95608; (916) 481-6352; martes y jueves, 9-10:50 a.m. Para
residentes de las zonas postales: 95608, 95864.
St. Vincent de Paul Food Locker 5751 Locust Avenue,
Carmichael 95608; (916) 483-2161; Distribución semanal los
miércoles 9 a.m.-12. Se requiere comprobante de domicilio
para la zona postal 95608.
Citrus Heights
Sunrise Christian Food Ministry 5901 San Juan Ave., Citrus
Heights 95610; (916) 965-5431; Se requiere comprobante de
domicilio y documento de identidad. Lunes a viernes, 11:30
-3:00. Para residentes de las zonas postales: 95610, 95621
and 95628.
Centro y periferia del centro de Sacramento
Central Downtown Food Basket 1701 L Street , Sacramento
95811; (916) 761-5624; Todos los jueves por la mañana 9
a.m.-mediodía.
Food Not Bombs Cesar Chavez Plaza, 9th and J Street Sacramento 95814; Comidas calientes los domingos, 1:30 p.m.
Elk Grove
Elk Grove Food Bank 9820 Dino Dr. Ste 140 Elk Grove
95624; (916) 685 8453; Distribución de alimentos de lunes
a viernes, 10 a.m.-1:30 p.m. Surtido de alimentos para 3 días
una vez al mes. Para residentes de la zonas postales: 95624,
95757, 95758, 95683, 95693, 95759, y personas sin hogar.
Si no es persona sin hogar, deberá presentar un documento
de identidad y comprobante de domicilio.
Folsom
Powerhouse Ministries 311 Market Street, Folsom 95636;
(916) 983-0658; jueves, 10 a.m.-mediodía. Para residentes
de las zonas postales: 95630 y 95662.
Twin Lakes Food Bank 327 Montrose Drive, Folsom 95630;
(916) 985-6232; Martes, 9 a.m.-12:30 p.m. y 4:30-7 p.m.
Miércoles y jueves, 9 a.m.-12:30 p.m. Para residentes de las
zonas postales: 95630, 95662, 95746.
Galt
South County Services 539 N. Lincoln Way, Galt 95632; (209)
745-9174; Lunes a jueves, 8 a.m.-5 p.m.; Viernes 10 a.m.-5
p.m. Llame para informarse de las zonas a las que se beneficia.
North Highlands
North Highlands Christian Food Ministry 6125 Watt
Avenue, North Highlands 95660; (916) 331-1510; Para residentes de las zonas postales: 95660, 95842, 95843. Horario/
días de la semana: Lunes, martes y miércoles 9:30-12. Se
requiere presentar documento de identidad y comprobante
de domicilio. Posiblemente esté cerrado en julio y agosto.
North Sacramento
El Camino Baptist Church 2805 El Camino Avenue (Fulton & El Comino); (916) 488-1522; Lunes y martes 8 a.m.-5
p.m. para familias que presenten un documento de identidad
y comprobante del domicilio en las zonas postales 95821,
95825, 95815.
Northminster Presbyterian 3235 Pope Ave., Sacramento,
95821; (916) 487-5192; Segundo miércoles. Con cita para
residentes de la zona postal: 95821.
Our Lady of Lourdes
1951 North Ave., Sacramento
95838; (916) 925-5313; Inscribirse los martes a las 10:30
a.m. para recoger los alimentos de 11a.m.-12p.m. Las personas discapacitadas podrán entrar por la puerta de atrás para
no esperar en la fila. Se requiere presentar comprobante del
domicilio y/o documento de identidad. Para residentes de las
zonas postales: 95673, 95626, 95838.
Stanford Settlement 450 West El Camino Ave. Sacramento
95833; (916) 927-1303; Para residentes de las zonas postales:
95815, 95833, 95834, 95835.
St. Mathews 2300 Edison Ave., Sacramento 95821; (916)
927-0115 x3; Martes y jueves 10-11:30. Una vez por mes. Se
requiere presentar documento de identidad y comprobante
de domicilio en la zona postal 95821.
Orangevale
Orangevale 7th Day Adventist Church 5810 Pecan
Ave., Orangevale 95662; (916) 967-2838; Martes 9-12 p.m.
Canasto de alimentos una vez por mes. Se requiere presentar comprobante de domicilio y referencia por escrito. Para
residentes de las zonas postales: 95630, 95662.
Rancho Cordova
La Guía Popular
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Atonement Lutheran Church 9242 Kiefer Blvd., Rosemont;
Cada cuarto martes 10 a.m.-12 p.m.
Cordova Community Food Locker 10497 Coloma Rd
Rancho Cordova 95670; (916) 364-8973; Lunes, miércoles
y viernes 9:30-1:30. Se requiere presentar documento de
identidad con foto; se acepta tarjeta del seguro social o del
seguro médico.
South Sacramento
All Nations Church of God 3939 Broadway, Sacramento
95817; (916) 456-3963; Sábado 2-5 p.m.
Antioch Progressive Baptist Church 7650 Amherst St.,
Sacramento 95632; (916) 665-2600; Martes, 11 a.m.-mediodía.
Para residentes de las zonas postales: 95632.
ket Blvd., Sacramento 95834; (916) 920-0285 o 564-4053;
Se provee un cupón para conseguir alimentos gratuitos en
casos de emergencia. Se requiere presentar prueba de la
raza, domicilio e ingresos.
Cultive sus propios alimentos
Puede ahorrar dinero y tener alimentos nutritivos al cultivar
algunas verduras por sí mismo. Puede sembrarlas en su yarda,
en recipientes, en los huertos escolares y comunitarios. Para
averiguar la disponibilidad de espacio en un huerto comunitario, o para conseguir materiales, semillas y consejos sobre
el cultivo de alimentos comuníquese con:
Capital City Adventist Community Services 6701 Lemon
Hill Ave. Sacramento 95824; (916) 381-5353; Segundo, tercero y cuarto lunes, 9:30-11:30 a.m. Para residentes de las
zonas postales: 95820, 95822, 95823, 95824, 95828, 95829.
The Sacramento Area Community Garden Coalition
3611 Del Paso Blvd. Sacramento, CA 95838
(916) 508-6025
[email protected]
Cathedral of Praise 2875 Meadowview Rd., Sacramento
95832; (916) 568-7606; Se requiere presentar documento de
identidad con foto. Se atiende sin cita. Martes, 11-1:00 p.m.
Daughters of Zion 6489 47th Street, Sacramento 95823;
(916) 422-3875; Segundo y cuarto sábado, 2-4 p.m. y cuarto
martes 12-1:30 p.m. Se requiere presentar documento de
identidad.
Genesis Baptist Church 2801 Meadowview Road, Sacramento 95832; (916) 422-8772 .
New Covenant Church of the Nazarene 7128 Florin
Perkins Rd, Sacramento 95828; (916) 912-9182; Miércoles,
viernes, y sábado 8:30-10:30 a.m. Para residentes del condado de Sacramento.
Davis Community Gardens:
(530)757-5626
[email protected]
Programa de Huertos Comunitarios de la Ciudad de
Sacramento
(916) 808-4943
www.cityofsacramento.org/parksandrecreation
Banco de Alimentos y Servicios Familiares de Sacramento
3333 3rd Ave. Sacramento 95817
(916) 456-1980
www.sacramentofoodbank.org
New Hope Food Closet New Hope Community Church of
Sacramento 1821 Meadowview Road, Sacramento 95832;
(916) 422-3370; Todos los jueves a las 2 p.m. Inscripciones
empiezan a las 12 p.m.
South Sacramento Christian Center 7710 Stockton Blvd.
Sacramento, 95823; (916) 504-3370; Segundo y cuarto
sábado, 9 a.m.-mediodía. Para residentes del condado de
Sacramento.
South Sacramento Interfaith Partnership 5625 24th
Street, Sacramento 95822; (916) 428-5290; Lunes, viernes
9-11:30. Incluso verduras y otros productos empaquetados
Para residentes de Sacramento de las siguientes zonas
postales: 95822, 95823, 95824, 95826, 95828, 95831, y
95832. Se requiere presentar documento de identidad para
el número de niños.
Southpoint Christian Center 7520 Stockton Blvd., Sacramento 95823; (916) 383-3028; Lunes 8-10 a.m. Para residentes
de las zonas postales: 95820, 95828, 95829.
Traveler’s Aid 2251 Florin Road, Suite 130. Sacramento,
95822; (916) 399-9646; Con cita.
California Indian Manpower Consortium 738 North Mar-
18
La Guía Popular
Mercados de agricultores
En los mercados de agricultores, puede ahorrarse hasta un
30% al comprar verduras y frutas frescas directamente de
los dueños de granjas familiares. A continuación se identifican con un [*] los mercados que aceptan las tarjetas EBT
(estampillas para alimentos) y WIC O Cupones de Mercados
de Agricultores para Personas de la Tercera Edad.
MERCADOS QUE ACEPTAN LAS TARJETAS EBT
* Alchemist Community Development Corp. Urban
Farm Stand
Lunes, 4 p.m.-7 p.m.; 6311 Sampson Blvd., Sacramento
Martes, 4 p.m.-7 p.m.; J. Neely Johnson Park, 516 11th Street,
Sacramento
Jueves, 4 p.m. -7 p.m.; 2201 Northview Drive, Sacramento
Sábado, 10 a.m. -2 p.m.; Elkhorn Park, 830 Cummins Way,
West Sacramento
* Andy’s Produce Galt Flea Market, Caroline & Chabolla
Ave., Galt; Miercoles 8 a.m. – 2 p.m.
* Del Paso Heights Certified Farmers Market Robertson
Community Center, 3525 Norwood Ave., Sacramento; Sábado
7 a.m. – 12 p.m.
* Sacramento Central 8th y Calle W, debajo de Highway
80; Domingo, 8 a.m.-mediodía, disponible todo el año
* Elkhorn Farmers Market Elkhorn Town Center, esquina
NE de Watt Ave. & Elkhorn Blvd, North Highlands; Sabado,
8 am – 12 pm
*Florin Mall 65th y Florin Road: Sears; Jueves, 8 a.m. a
mediodía, disponible todo el año
*Inderkum High School 2500 New Market Drive detrás
de Inderkum High School; Mayo a octubre, Sábado 9 a.m.
a mediodía
* McClatchy Park 35th & 5th Ave., Sacramento; Sábado,
9 am – 1 pm
*Mutual Assistance Network – Produce
Avenue, Sacramento
810 Grand
*Oak Park Farmers Market 3245 Broadway, Sacramento;
Sábado, 9 a.m.–1 p.m.
*Soil Born American River Ranch Farm Stand: 2140 Chase
Dr. Rancho Cordova, Sábado, 8:00am- 1:00pm, 25 de Mayo
25-16 de Noviembre
*Oak Park Farmers’ Market: McClatchy Park 35th street and
5th ave Sacramento, Saturdays 9 a.m.-1 p.m., Mayo-Octubre.
*The Promenade Farmers’ Market: 3637 N. Freeway Dr. (off
of Gateway Blvd. in N. Natomas), Sabados 8 a.m.-12 p.m.,
Mayo-Octubre.
*Laguna Gateway Farmers’ Market: Laguna & Big Horn Blvd.
(Parking lot) Elk Grove, Sabados 8 a.m.-mediodía.
* Sunrise Mall 6041 Sunrise Mall, en la esquina de Sunrise
Boulevard y Greenback Lane en Citrus Heights - detrás del
Sears Departamento de Auto. Sabado, 8 a.m.-12 p.m. Disponible todo el año.
OTROS MERCADOS
Consumnes River College 8401 Center Parkway, Sacramento, Parking Lot D Domingo, 8 a.m.-12 p.m., 6 de Mayo-28
de octubre, Roosevelt Park Entre 9th & 10th y Calle P, Martes,
10 a.m.-2 p.m., 1 de Mayo-30 de octubre.
Fremont Park 16th & Calle P; Martes, 10 a.m.-2 p.m., 1
de Mayo-30 de Octubre.
Casear Chavez 10th and J streets, en frente de City Hall;
Miercoles, 10 a.m.-2 p.m., 2 de Mayo through 31 de octubre
Elk Grove Regional Park 9950 Elk Grove-Florin Rd, aparcamiento de Elk Grove Pavilion; Miercoles, 4 p.m. to 8 p.m.,
16 de Mayo-29 de Agosto.
Downtown Plaza 4th and Calle K pasaje entre Macy’s and
el Holiday Inn en el Downtown Plaza; Jueves, 10 a.m.-2 p.m.,
3 de Mayo 3- 24 de octubre.
Florin Road Light Rail Florin Road & 29th Street; Jueves,
7 a.m. to 11 a.m. durante todo el año.
Dollar Tree Florin Road and Stockton Boulevard – Dollar
Tree Store Thursday, 8 a.m.-mediodía disponible todo el año.
Country Club Plaza Watt y El Camino – mercado en el
aparcamiento en Butano Drive; 8 a.m.-mediodía, disponible
todo el año.
Del Paso Heights 3525 Norwood Ave. – Robertson Community Center; 8 a.m.-mediodía.
*Pauline’s Produce Galt Flea Market, Caroline & Chabolla
Ave., Galt; Miercoles 8 a.m.–2 p.m.
*Soil Born Farms American River Ranch Farm Stand
2140 Chase Drive, Rancho Cordova Sabados 8 a.m.–1 p.m.
*Yolo County-Davis: Central Park, Calle 4th y C. Sábado, 8
a.m.-1 p.m. Disponible todo el año. Miércoles, 2 p.m.-6 p.m.,
Noviembre a marzo.
La Guía Popular
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Alimentos para personas de la tercera edad
Senior Citizens Services 8175 Signal Court, Suite M, Sacramento, CA 95824 (Cerca de Power Inn & Elder Creek)
(916) 381-7794
Distribución de alimentos lunes a viernes 9:00 a 11:30am
Sábado 9:00 a 11:00am Ofrece ayuda para conseguir alimentos en casos de emergencia a los que no sean miembros, los
cuales deberán ser remitidos por una iglesia u organización
de servicios sociales.
*La inscripción sólo cuesta $20.00 por mes y a cambio puede
recibir una caja de alimentos cada semana el día que más
le convenga.
*TODOS TIENEN DERECHO DE SER MIEMBRO SIEMPRE
QUE TENGAN 18 AÑOS DE EDAD O MÁS. TAMBIÉN PUEDE
DESIGNAR A OTRA PERSONA PARA QUE RECOJA LOS ALIMENTOS POR USTED.
Programas de Comidas en Grupo para Personas de la
Tercera Edad (se solicita una pequeña donación pero
es voluntaria)
Comstock Building (916) 442-1257 1725; Calle K, Sacramento 95814; Almuerzo a las 11:45 a.m. Horario: 9:30 a.m.
-1:30 p.m.
Cordova Senior Center (916) 361-1262; 3480 Routier Road,
Sacramento 95827; Almuerzo a las 11:45 a.m.Horario: 9:45
a.m.-1:45 p.m.
Creekside Village (916) 391-2854; 6465 Village Center
Drive, Sacramento, 95823; Almuerzo a las 12 p.m. Horario:
10 a.m.-2 p.m.
Delta Cove (916) 422-1980; 6800 Woodbine Avenue,
Sacramento 95822; Almuerzo a las 11:30 a.m. Horario: 9:30
a.m.-1:30 p.m.
Greenfair Tower II (916) 455-3668; 702 Fairgrounds
Drive, Sacramento 95817; Almuerzo a las 12 p.m. Horario:
10 a.m.-2 p.m.
Hart Senior Center (916) 264-5462; Senior Center: 915
27th St., Sacramento 95816; Almuerzo a las 11:30 a.m.
Horario: 9:30 a.m.-1:30 p.m.
Comidas a domicilio para personas
de la tercera edad y los confinados
al hogar
Sierra Arden (916) 444-9533; 890 Morse Avenue Sacramento 95825
Stanford Settlement (916) 927-1818; 450 West El Camino
Ave., Sacramento 95825; Almuerzo a las 11:30 a.m. Horario:
9:30 a.m.-1:30 p.m.
Fruitridge Community Center (916) 422-7610;
4000 Fruitridge Road, Sacramento 95820;
Almuerzo a las 11:30 a.m. Horario: 9:30 a.m. - 1:30 p.m.
Hagginwood Community Center (916) 9224770; 3271 Marysville Blvd., Sacramento 95815;
Almuerzo a las 11:45 a.m. Horario: 9:30 a.m.-1:30 p.m.
Pannell Community Center (916) 433-6680;
2450 Meadowview Road, Sacramento 95832;
Almuerzo a las 12 p.m. Horario: 9:30 a.m.-1:30 p.m.
Japanese Methodist Church (916) 421-1017;
6929 Franklin Blvd., Sacramento 95823; Almuerzo los miércoles a las 12 p.m. Horario: 10 a.m.-2 p.m.
Sacramento Buddhist Church (916) 446-0121;
2401 Riverside Blvd., Sacramento 95818;
Almuerzo los viernes a las 12 p.m. Horario: 10 a.m.-2 p.m.
Johnston Park Community Center (916) 566-6442;
231 Eleanor Avenue, Sacramento 95815;
Almuerzo los jueves a las 12 p.m., Horario: 10 a.m.-1 p.m.
North Highlands Comunity Center (916) 334-6249;
6040 Watt Avenue, North Highlands 95660;
Almuerzo a las 11:30 a.m. Horario: 9:30 a.m.-1:30 p.m.
Orangevale Community Center (916) 988-2452 6745;
Hazel Avenue, Orangevale 95662; Almuerzo a las 12 p.m.
Horario: 9:30 a.m.-1:30 p.m.
Rusch Park Community Center (916) 838-2943; 7801
Auburn Blvd., Citrus Heights 95610; Almuerzo a las 11:45
a.m. Horario: 9:30 a.m.-1 p.m.
Women’s Civic Imp. Center (916) 452-9167;
3555 Third Avenue, Sacramento 95817;
Almuerzo a las 12 p.m. Horario: 9:30 a.m.-1:30 p.m.
Mission Oaks (916) 972-0336, x226; 4701 Gibbons Drive
Carmichael 95608; Almuerzo a las 12 p.m. Horario: 10 a.m.2 p.m.
Rio Linda (916) 991-3405; 810 Oak Lane, Rio Linda 95673;
Almuerzo a las 11:45 a.m. Horario: 9 a.m.-1 p.m.
Riverview Plaza (916) 448-3191; 600 I Street, 15th
Floor, Sacramento 95814; Almuerzo a las 12 p.m. Horario:
10 a.m.-2 p.m.
Rizal Community Center (916) 395-0601; 7320 Florin Mall
Drive, Sacramento 95823; Almuerzo a las 12 p.m. Horario:
10 a.m.-2 p.m.
20
La Guía Popular
La Guía Popular
21
es a los que puede acudir localmente para conseguir ayuda
*Esta no es una lista completa pero le da idea de los lugar-
Ayuda para conseguir alimentos
en Sacramento*
WIC
¿Qué es el programa WIC?
• Información acerca de la nutrición y salud para alentarlo a
usted y a su familia a tener una dieta sana y cuidar su salud
El Programa para Mujeres, Bebés y Niños, llamado WIC (por
sus siglas en inglés), ofrece cupones para la compra de ciertos alimentos y clases de nutrición para mujeres embarazadas, parturientas, las que dan el pecho a sus hijos y niños
hasta los 5 años de edad (incluso niños acogidos por una
familia de crianza y niños creados por su padre, al igual que
otros niños).
Usted tiene derecho a WIC si su unidad familiar recibe estampillas para alimentos, CalWORKs o el Medi-Cal completo,
o si su “ingreso bruto” (ingresos antes de la deducción de
impuestos y otras deducciones) es inferior a una cierta nivel
de impuestos. Vea “¿Cómo solicito los beneficios de WIC?”
en este página para más información. Si está embarazada, agregue uno más al número de miembros de su unidad familiar.
Si está embarazada, presente la verificación del embarazo
cuando solicite los beneficios. Además, deberá certificarse
médicamente que usted o su hijo requiere de una mejor
nutrición. Es útil pero no obligatorio que usted presente
información médica actual.
Si se le trata injustamente puede quejarse con el supervisor en el centro de WIC o puede presentar una nota o carta
solicitando una audiencia. Incluya la fecha, su nombre y
dirección y una explicación de su queja. Guarde una copia
de su carta.
¿Cuáles son los beneficios?
•Cheques especiales para la compra de alimentos saludables, tales como leche, jugo, huevos, queso, cereal, frijoles y chícharos secos y crema de cacahuate.
• Vales para la compra de frutas y verduras.
• WIC también ofrece un número limitado de cupones o
vales para hacer compras de frutas y verduras en los mercados de agricultores
22
• Apoyo e información para que dé el pecho a su bebé
• Los vales para la fórmula (si usted no exclusivamente está
dando el pecho a sus hijos) y cereales para bebés están
disponibles.
• Ayuda para conseguir servicios médicos y otros servicios
comunitarios
• Vales adicionales: las madres que dan solo pecho a sus
hijos reciben vales adicionales para la compra de alimentos
adicionales, incluso el atún y zanahorias frescas.
• Orientación personal: A los participantes de WIC se les
cita con regularidad a reuniones y para la orientación individual. Entre otros se tratan temas como el uso de asientos
de seguridad en los carros, las caries dentales, alimentos y
nutrición, y la lactancia.
Usted puede compartir sus inquietudes acerca de la lactancia, los hábitos alimenticios de sus hijos con un consejero
y otras madres que participan en el programa. En algunos
programas de WIC, las mujeres que dan el pecho a sus hijos
pueden llegar a la clínica de WIC en cualquier momento que
tengan una pregunta, problema o necesiten apoyo.
¿Cómo solicito los beneficios de
WIC?
Para informarse de cómo solicitar los beneficios de WIC en
Sacramento, llame al (916) 876-5000. La oficina principal
se encuentra en:
Sacramento County WIC Program
Oficina Principal
2251 Florin Road, Suite 100
Sacramento, CA 95822
(916) 876-5000
Hay siete clínicas de WIC en Sacramento. Llame para pedir
información.
La Guía Popular
Nutrición Infantil
¿Tiene derecho mi hijo a los desayunos
y almuerzos gratuitos en la escuela?
Todos los niños de familias de bajos ingresos califican
para las comidas gratuitas o a precio reducido, sea cual sea
su estado migratorio. Los niños que se alimentan regularmente aprenden mejor y por lo general se enferman menos.
Todas las escuelas públicas y algunas de las privadas y religiosas ofrecen programas de desayunos y almuerzos.
Si sus ingresos familiares por mes (antes de restarse los impuestos y otras deducciones) son inferiores a los siguientes,
sus hijos tienen derecho a las comidas gratuitas o a precio
reducido:
Al principio del año escolar o cuando inscriba a sus hijos en
la escuela deberá llenar una solicitud en su idioma para el
programa de comidas. También puede pedir una solicitud
en cualquier momento en la administración de la escuela,
porque es posible que sus hijos reúnan las condiciones para
este programa si sus ingresos bajan durante el año escolar.
Si recibe CalWORKs, estampillas para alimentos, o el Programa de Distribución de Alimentos en las Reservaciones
Indígenas, el único dato que se requiere es su número de
caso para que sus hijos tengan derecho automáticamente a
las comidas.
Si no recibe CalWORKs o estampillas para alimentos, deberá
informar el total de ingresos de su unidad familiar, los nombres de los miembros de su unidad familiar y el número del
seguro social del adulto que firma la solicitud. Si no tiene un
número, simplemente escriba “ninguno” en la solicitud. No
se requiere que solicite un número de seguro social ni que
explique por qué no tiene uno.
En algunos caos deberá presentar a la escuela una prueba
de sus ingresos (mostrando los talonarios de sus cheques a
la secretaria escolar, por ejemplo). Todos los datos que sean
recopilados se mantendrán en confianza y no serán compartidos con otros organismos del gobierno.
Si la información que usted dé en la solicitud le habilita para
este beneficio, sus hijos podrán recibir inmediatamente las
comidas gratuitas o a precio reducido.
está embarazada o lactando de un doctor, enfermera, partera, clínica, WIC o programa de Cal-Learn.
Almuerzos durante el verano
Todos los niños de 18 años de edad o menores sean cuales
sean sus ingresos pueden recibir comidas gratuitas y nutritivas por medio del Programa Veraniego de Alimentos durante
el verano o en cualquier momento durante las vacaciones
escolares que duren más de 15 días. Si el menor tiene discapacidades físicas, puede recibir este beneficio hasta los
21 años de edad. No se requiere presentar una solicitud ni
ningún otro papeleo. Las comidas y refrigerios se sirven en
las escuelas, los parques, centros comunitarios y de recreación.
Para informarse de los lugares en que sus hijos pueden comer gratis durante las vacaciones escolares, llame a la Ciudad
de Sacramento al (916) 447-7063 o a CA Departamento de
Educación para sitios de comidas durante el verano: 800952-5609. Si quiere saber cómo establecer un Programa Veraniego de Almuerzos en su zona, llame a California Food
Policy Advocates (Promotores de Políticas Alimenticias de
California) al (213) 482-8200. Para más información, visite
http://www.cde.ca.gov/ls/nu/sf/.
¿Qué derechos tienen mis hijos?
• La ley dice que los niños que reciben comidas gratuitas o
a precio reducido no se les puede tratar de manera distinta
a aquellos que pagan el precio completo por la comida. No
se permite hacerlos que se formen en líneas por separado,
servirles comidas o darles boletos de comida distintos, exigirles que trabajen o discriminarlos de ninguna otra manera.
• Solicite una audiencia imparcial a la escuela, proveedor
del cuidado de niños o programa veraniego de recreación
que patrocina el programa de comidas si se le niega injustamente este beneficio. También solicite la audiencia si recibe
un aviso de suspensión de beneficios. Si lo hace dentro de
10 días, sus hijos continuarán recibiendo los beneficios hasta
que se realice la audiencia.
Los niños acogidos por una familia de crianza a menudo
tienen derecho a las comidas gratuitas, sean cuales sean los
ingresos de la familia de crianza.
Alimentos adicionales para estudiantes embarazadas
En muchas escuelas, las alumnas embarazadas y lactantes
pueden recibir alimentos adicionales en el desayuno o almuerzo, o un refrigerio adicional. Para tener derecho a ellos, la alumna deberá proveer verificación por escrito de que
La Guía Popular
23
Asistencia Médica
En marzo de 2010, el Patient Protection and Affordable Care
Act (ACA) se firmó la ley. El objetivo de la reforma de la salud
es asegurarte de que más estadounidenses tienen seguro,
ya sea pública o privada. Medi-Cal, un subsidio del estado
de la salud, se expandirá para cubrir los ingresos más altos.
Más información sobre Medi-Cal, elegibilidad y el proceso de
aplicación está por debajo.
A partir de enero de 2014, si usted no califica para Medi-Cal
o cualquier otro programa de cuidado de la salud pública, se
le requerirá para tener otro medio de seguro de salud. Incluso si usted no califica para Medi-Cal, usted puede ser elegible para el programa de asistencia Premium. Esto puede
ayudar a reducir el costo de su prima de seguro de salud,
que es la cantidad de dinero que usted paga para comprar
cobertura de seguro médico cada mes. Dependiendo de sus
ingresos, costo compartir asistencia puede reducir la cantidad de gastos médicos que un individuo tiene que pagar al
recibir atención. Estos gastos incluyen los copagos y otras
cuentas de atención médica.
El Mercado de Intercambio de Beneficios de Salud de California Covered puede ayudarle a encontrar los planes de salud
accesibles y responder a cualquier pregunta que tenga.
Visite www.coveredca.com o llame al 888-975-1142. Para
calcular el coste de un estimatead de la salud, visite www.
coveredca.com/ cálculo de la cost.html. También puede contactar Sacramento Covered al 1-866-850-4321 para asistencia en la búsqueda de un plan de salud.
A partir de 1 de enero de 2014, no puede negarse la cobertura debido a una condición preexistente (esto ya ha comenzado para los niños menores de 19 años). Si usted es
un adulto joven bajo edad de 26 años, puede permanecer
en la cobertura de salud privada de tus padres. (Ver www.
health.lsnc.net/ healthreform.) Visite www.coveredca.com
para obtener más información sobre los cambios al seguro
de salud privado.
¿Puedo recibir Medi-Cal?
1. Grupos que tienen derecho a los beneficios
Usted puede recibir Medi-Cal si:
• Reúne los requisitos de ingresos y recursos, y
• Es residente de California y piensa quedarse a vivir en
California y
• Encaja en uno de los grupos que tiene derecho a los beneficios
Los grupos principales que pueden recibir Medi-Cal son:
• Las personas que reciben SSI, CalWORKs, hogares de crianza, ayuda para adopción, y ciertos inmigrantes que reciben ayuda monetaria como refugiados. Estos grupos reciben Medi-Cal y no tienen que pagar “parte del costo.”
• Mujeres embarazadas
24
• Niños menores de 21 años
• Adultos de 65 años o más
• Las personas de cualquier edad que sean discapacitadas o
invidentes, conforme a las pautas de SSI (ya sea que usted
reciba o no SSI)
• Las familias en las cuales por lo menos uno de los padres
esté ausente, haya fallecido, esté discapacitado o no pueda
trabajar, esté desempleado o subempleado. “Desempleado”
significa que el padre que ha ganado más en los últimos dos
años trabaja menos de 100 horas al mes. “Subempleo” significa que el ingreso de la familia es inferior al nivel federal
de ingresos de pobreza.
• Las personas que cuidan a un pariente menor de 21 años
• Refugiados
• Personas que viven en un establecimiento de cuidados a
largo plazo
• Personas que reciben diálisis por insuficiencia renal
• Personas infectadas con tuberculosis (a menos que sean
indocumentados)
• Mujeres (y algunos hombres) diagnosticados con cáncer
de mama o cáncer de cuello uterino.
Además de encajar en una de las categorías indicadas anteriormente, usted también debe cumplir con ciertos límites de
ingresos y recursos. Si sus niños son de bajos recursos pero
el ingreso es demasiado alto para tener derecho a Medi-Cal,
ellos peuden calificar para un seguro privado con créditos fiscales o subsidios de gastos. Contacta Sacramento Covered al
1-866-850-4321 o California Covered en 888-975-1142 para
obtener más información. Si usted no tiene seguro médico
por medio de su empleo y encaja en una de las categorías
anteriores, usted debería de solicitar estos beneficios.
2. Estado migratorio
Si usted es residente de California y reúne otros requisitos
de Medi-Cal, usted puede solicitar una tarjeta restringida de
Medi-Cal, aunque usted sea indocumentado. Esto servirá
para pagará por servicios de emergencia, atención médica
en caso de embarazo, y el cuidado a largo plazo.
La mayoría de los inmigrantes legales de bajos ingresos
pueden obtener Medi-Cal regular (también conocido como
cobertura completa) para cubrir la mayoría de los servicios
médicos que necesitan.
Muchos inmigrantes pueden obtener cobertura médica completa, aunque no tengan una tarjeta de residencia permanente (tarjeta verde). Por ejemplo, aquellas personas que
han sido víctimas de la violencia en el hogar, o las personas
que están regularizando su estado migratorio (es decir, que
están solicitando la residencia legal permanente).
Si usted recibe CalWORKs, SSI, ayuda para la crianza de
niños ajenos, o ciertos beneficios para refugiados, usted recibe Medi-Cal automáticamente y no necesita solicitarlo por
separado.
La Guía Popular
tud que haya declarado un estado migratorio aceptable. Si
usted es un padre de familia y solamente solicita beneficios
para sus niños, no tiene que presentar una prueba de su
estado migratorio.
¿Cómo solicito Medi-Cal?
1. Obtenga un formulario de solicitud
Usted puede recibir una solicitud por correo si llama al DHA
al número gratuito al (888)747-1222 para que se la envíe
por correo o puede recoger una en la oficina de DHA. (véase la página 79). También puede obtener una solicitud en
muchos hospitales y clínicas, sean privadas o del condado.
2. Niños menores de 19 años
Puede aplicar a Medi-Cal para sus hijos. A los niños que
reciben una visita de CHDP se les evalúa para ver si tienen
derecho a Medi-Cal provisionalmente. Si el niño reúne los
requisitos exigidos, se le inscribe por adelantado en el programa de cobertura completa de Medi-Cal en forma temporal, sin costo alguno durante un plazo de 60 días (para el
mes de la visita y el siguiente).
•Matrícula de vehículo si se ha declarado ser dueño de más
de un vehículo.
•La verificación del cuidado de niños o de persona a su cargo, de los gastos educativos de su hijo y/o prima de seguro
médico u orden judicial de los pagos de manutención del
menor se pueden utilizar como deducciones, pero no se requieren para determinar si reúne los requisitos exigidos.
Los infantes de las mujeres que tengan Medi-Cal al momento del nacimiento podrán seguir recibiendo Medi-Cal hasta
que cumplan un año.
5. Cooperación con los Servicios de Manutención de
Menores
Si uno de los padres está ausente, la mayoría de las personas tendrán que cooperar con DHA y con una agencia del
condado llamada Departamento de Servicios de Manutención de Menores (DCSS). Usted debe de proporcionar la
información que tenga del padre ausente, tal como el domicilio o número de seguro social, para establecer quién es
el padre o la madre ausente del niño, y si le puede brindar
seguro médico al niño.
3. Para llenar una solicitud
Usted puede llamar al (916) 874-3100 para que lo ayuden
a llenar una solicitud. Un trabajador de Medi-Cal revisará
la solicitud que usted ha llenado. Si se le pide más información, le darán una lista de lo necesario y se le dará una
fecha específica para que usted envíe la información que se
le pide a la oficina de Medi-Cal. No necesita hacer una “cita
para regresar”.
6. Espere para la aprobación
Generalmente, la oficina de Medi-Cal aprueba o niega la solicitud dentro de 45 días de haberla recibido, salvo que se
haga de manera más rápida para los niños descritos anteriormente. Si el Estado tiene que evaluar una discapacidad, la
aprobación o negación se puede retrasarse hasta 90 días. Si
Medi-Cal le niega los beneficios, usted puede apelar (véase
la pág. 76: “Audiencias y Quejas”).
4. Entregue los papeles necesarios
• Un documento de identidad con su nombre y domicilio
actual. Por ejemplo: una acta de nacimiento, una licencia
de conducir, o una tarjeta de identidad (ID) de California. Si
no tiene una ID puede llenar un formulario llamado “PA 853”
y declarar bajo juramento que usted es la persona que dice
ser. Un documento de verificación de ingreso o discapacidad
también le puede servir como prueba de identidad.
7. Tarjeta de Medi-Cal
Media vez le hayan “aprobado”, usted puede pedirle al trabajador que le dé una verificación por escrito que se puede
obtener del Sistema de Datos de Personas Habilitadas para
Medi-Cal (MEDS); el proveedor de servicios médicos puede
utilizar su número de seguro social para verificar su habilitación para Medi-Cal por medio del sistema de datos de los
proveedores.
•Número o tarjeta de seguro social (o prueba de solicitud de
la tarjeta) solamente para las personas que solicitan beneficios “para la cobertura completa”.
Se le enviará a su domicilio una tarjeta permanente blanca
de plástico de Medi-Cal llamada “Tarjeta de Identificación de
Beneficios” o BIC. Cada persona que figure en la solicitud
recibirá una tarjeta, aunque no tengan derecho a Medi-Cal,
ya que si la familia tiene que pagar mensualmente parte
del costo, los gastos médicos de cada persona que figura en
la solicitud se pueden utilizar para cumplir con el pago que
les corresponde. Si usted no recibe la tarjeta de plástico a
finales del mes, o si la pierde, comuníquese con el asistente
encargado de su caso. Guarde su tarjeta BIC aunque le
dejen de dar Medi-Cal. Si necesita Medi-Cal de nuevo, usted
puede utilizar la misma tarjeta.
•Prueba de ingresos (como talones de cheque, una copia
de la declaración de impuestos, una auto declaración jurada
por escrito o declaración de ingresos si le pagan en efectivo,
o no tiene ninguna otra forma de comprobar sus ingresos).
•Prueba de que usted vive en el condado de Sacramento (un
documento que tenga su nombre y domicilio, tal como una
ID, una cuenta que le envíen por correo a su casa, registros
de asistencia a una escuela, talones de cheque, etc.) para
cada adulto que figure en la solicitud.
•Prueba de ciudadanía de los EEUU e identidad o estado migratorio aceptable para cada persona nombrada en la solici-
8. Autorización para recibir servicios médicos del
proveedor que usted escoja
Antes de que le puedan brindar ciertos servicios médicos, el
Estado o su plan de salud tiene que dar la autorización para
La Guía Popular
25
darle los servicios. A esto se le llama Solicitud de Autorización para Tratamiento (TAR).
o discapacitados. Información sobre el programa de trabajo
discapacitados está en la página 27.
Esto NO aplica en caso de emergencia, visitas al consultorio
médico, y para la mayoría de las medicinas. El médico, el
farmacéutico, o cualquier otro proveedor de servicios tiene
la obligación de obtener la autorización del Estado, no es
responsabilidad del paciente.
11. Mujeres (y hombres) con cáncer de mama o cáncer de cuello uterino
Si usted tiene menos de 65 años y no tiene seguro médico o
su cobertura es limitada (si tiene que pagar una prima o deducible alto, tiene que pagar un cuota fija por cada consulta
o servicio médico o pagar por parte del costo), y a usted se
le ha hecho un examen y se le ha diagnosticado con cáncer
de mama o cáncer del cuello uterino, usted puede recibir
Medi-Cal inmediatamente y durante todo el tiempo que reciba tratamiento para el cáncer, dependiendo de su ingreso.
No hay límite de recursos para este programa.
Sin embargo, si el Estado o el plan de salud niega o cambia
la autorización, el Estado le avisará a usted y a su médico.
Usted puede apelar cualquier retraso, negación, reducción o
terminación de servicios de salud que sea arbitrario (véase
la pág. 67 “Audiencias y Quejas”).
9. Si usted está embarazada
Si usted no tiene más de 30 semanas de embarazo y su
ingreso es demasiado alto para tener derecho a Medi-Cal,
usted puede tener derecho a un programa llamado Acceso
para Infantes y Madres (AIM). Llame a AIM al (800) 4332611. Usted también puede recibir AIM, aunque tenga seguro médico, si su seguro médico no cubre el embarazo, o si
usted tiene un “deducible” de $500.
Muchas mujeres embarazadas pueden obtener inmediatamente una tarjeta de Medi-Cal temporal llamada “presunta
habilitación” sin mostrar prueba de embarazo o sin dar información de propiedades, carro, o recursos. Esto le ayudará a
recibir cuidado prenatal, hacerse exámenes de laboratorio y
recibir medicina a tiempo. Aún tiene que entregar una solicitud regular de Medi-Cal y presentar prueba de sus ingresos a
finales del siguiente mes, si todavía necesita Medi-Cal.
En cuanto nazca el bebé llame al asistente encargado de su
caso para darle el nombre y la fecha del nacimiento del bebé
para que lo agregue al expediente del caso de la familia. El
bebé necesita su propia tarjeta para finales del mes después
de su nacimiento. Pero usted no tiene que llenar una nueva
solicitud de Medi-Cal para su bebé. Si usted tiene dificultad
para comunicarse con el encargado de su caso para informarle del nacimiento de su bebé, algunas oficinas y clínicas
de WIC tienen “formularios de remisión de recién nacidos”
que usted puede enviar por correo a DHA. O también puede
obtener un formulario en el Internet en: http://www.dhcs.
ca.gov/formsandpubs/forms/Forms/mc330.pdf.
10. Si usted está discapacitado
Si usted tiene ciertos problemas graves, físicos o mentales
(tales como retraso mental o no puede caminar), o si tiene
SIDA, usted también puede recibir Medi-Cal debido a su discapacidad incluso antes de que el estado determine si usted
es discapacitado. A esto se le llama “presunta habilitación”.
Lleve los informes médicos que demuestran su discapacidad
cuando usted solicite el Medi-Cal. Tanto los niños como los
adultos pueden recibir Medi-Cal por discapacidad.
El programa de Medi-Cal por discapacidad y ancianos proporciona servicios de Medi-Cal en no costo compartido si no
esta capaz de trabajo y es de 65 años de edad o mayores,
26
Si usted no reúne los requisitos para el programa indicado
anteriormente, debido a su edad o estado migratorio, aún
puede obtener Medi-Cal por tiempo limitado para recibir atención médica únicamente para lo que tenga que ver con
el cáncer bajo un programa más limitado “solamente del
Estado”. Bajo este programa, el tratamiento para el cáncer
de mama para hombres y mujeres se limita a 18 meses (que
incluye hombres que han sido examinados y diagnosticados
con cáncer de mama), y el tratamiento de cáncer del cuello
uterino para mujeres se limita a 24 meses.
12. Beneficios retroactivos
Si usted recibió servicios médicos o de farmacia de un proveedor de Medi-Cal en los 3 meses antes de que solicitara
Medi-Cal, pídale al asistente encargado de su caso un formulario para solicitar “beneficios retroactivos”. En la solicitud
que le mandan por correo también le preguntan si usted
desea dicho formulario. Si usted tenía derecho a Medi-Cal
durante esos 3 meses, Medi-Cal puede pagar la cuenta. Si
usted ya ha pagado las cuentas y Medi-Cal cubre los servicios, su clínica, su médico, su dentista, o farmacéutico le
debería de dar un reembolso. Si tiene problemas para que
le den un reembolso, acuda a las organizaciones de ayuda
legal.
¿Cuál es el límite de ingreso?
Su ingreso contable determina si usted puede o no recibir
Medi-Cal gratis o si usted tiene que pagar “parte del costo”
(usted solamente paga “parte del costo” en los meses que
de hecho recibe los servicios). Cierto tipo de ingresos no
cuentan, o se pueden restar. Los diferentes programas de
Medi-Cal cuentan el límite de ingresos en forma diferente.
Es importante que cuando usted solicite Medi-Cal reporte
sus ingresos y los gastos, incluso:
• Hasta $175 para cuidado de niños por cada niño de 2
años de edad o mayor (puede estar sujeto a cambio)
• $200 para el cuidado de niños por cada niño menor de
dos años de edad (puede estar sujeto a cambio)
• Manutención de menores y pensión alimenticia que se
recibe por orden judicial
• Manutención de menores que reciba
• Gastos educativos
La Guía Popular
• Gastos de negocios cuando los padres que tienen su propio negocio
Media vez la familia reúne los requisitos para Medi-Cal, es
posible que no se tomen en cuenta varios cientos de dólares
de sus ingresos para determinar si tienen derecho o no al
Medi-Cal (estas cantidades pueden estar sujetos a cambios).
Personas de la tercera edad (65 años o más), personas invidentes o discapacitadas pueden deducir:
• $20
• $65 del ingreso salarial
• La mitad de cualquier remanente de los ingresos salariales
• Cualquier prima de seguro médico que usted haya pagado
Algunas personas de la tercera edad, aunque no reciban
SSI, pueden recibir Medi-Cal gratis si el ingreso mensual
contable es menos que una cierta nivel. A esto se conoce
como el Programa de Medi-Cal en base al “nivel federal de
ingresos de pobreza para personas discapacitadas y de la
tercera edad”. Si usted sobrepasa los límites, aún puede
recibir Medi-Cal, pero tendrá que pagar parte del costo.
Medi-Cal especial de bajo costo para personas discapacitadas que aún trabajan:
Si usted está discapacitado y trabaja o si en un matrimonio
en el que ambos están discapacitados y trabajan, puede recibir Medi-Cal por un costo más bajo, si sus ingresos son menos de una cierta nivel. Si usted reúne los requisitos, tendrá
que pagar una prima mensual que sube a medida que sube
sus ingresos. Las deducciones de los ingresos y exenciones
aplican. Si piensa que su ingreso es demasiado alto, igual
solicite y recurra al Legal Sservices of Northern California al
(916) 551-2150 si le niegan su petición.
¿Cuál es el límite de recursos?
El límite de recursos no aplica para las mujeres embarazadas
que reciben atención médica por su embarazo, ni tampoco
aplica para los niños menores a 19 años en ciertos programas de Medi-Cal. Para todos los demás, los recursos de la
familia deben ser inferiores al siguiente límite para poder
recibir Medi-Cal.
¿Qué es “costo compartido”?
1. ¿Quién paga el costo compartido?
Algunas personas deben pagar, o estar de acuerdo en pagar
“parte del costo” por cada mes que hayan tenido un gasto
médico. Medi-Cal pagará el resto de la cuenta por los servicios incurridos en ese mes que Medi-Cal cubre. Usted NO
tiene que pagar parte del costo si:
• Usted está en la categoría de uno de los grupos que recibe Medi-Cal gratis (tal como los que reciben CalWORKs,
SSI, hogares de crianza, ayuda para adopción, Medi-Cal
1931(b) o programas para personas de la tercera edad y
discapacitados).
• Su ingreso contable es inferior al límite que figura en el
cuadro de la página 24.
Si usted tiene Medi-Cal y tiene que pagar parte del costo,
cada mes empieza con la cantidad límite que le corresponde
pagar. Usted no tiene que pagar nada en los meses que no
tenga gastos médicos. Puede utilizar las cuentas médicas
anteriores y la cuentas médicas de cualquier miembro de la
familia que figure en la solicitud para cumplir con la parte
que le corresponde pagar, incluso cuentas pendientes que
le están cobrando. Usted no puede contar la misma cuenta por gastos o servicios dos veces, pero puede traspasar
el balance de una cuenta que haya tenido pendiente a los
siguientes meses, si la cuenta es más alta que el costo compartido que usted debe pagar. Si su ingreso baja, avísele
al asistente encargado de su caso para que le rebajen la
cantidad de lo que le toca pagar.
2. Costo compartido: niños
Par los niños cuyo ingreso sea demasiado alto para recibir
Medi-Cal gratis pueden recibir Medi-Cal pagando parte del
costo (véase el capítulo de atención médica para niños en
la pág. 31). Se puede encontrar los premios al 1-800-8805305. Aunque los padres del niño empiecen a ganar más
dinero y tengan que empezar a pagar inmediatamente parte
del costo a consecuencia de esto, el niño sigue recibiendo
Medi-Cal gratis hasta que se realice la “revisión anual”.
Algunos bienes no cuentan. La casa donde usted vive, los
muebles, los artículos personales, y algunas pólizas de seguro de vida sin plazo fijo no cuentan. Otros bienes inmuebles no cuentan si usted no es el único dueño, o si no
puede venderlos. Para algunos programas de Medi-Cal, un
carro no cuenta, y para otros programas un carro no cuenta
si vale menos de un nivel específico.
La Guía Popular
27
tienen derecho a recibir Medi-Cal gratis, sin importar cuales
sean su ingresos.
¿Cuáles son los requisitos?
1. Formulario para cumplir los requisitos exigidos
una vez al año
Cada 12 meses se debe determinar si las personas que reciben Medi-Cal aún reúnen los requisitos (revisión de los requisitos exigidos). Usted recibirá por correo un “paquete de
revisión” que usted deberá de llenar y devolver. No tiene
que enviar copias de documentos con el formulario de revisión.
2. Informe para adultos a mediados de año
Algunos adultos que reciben Medi-Cal deben de llenar un
informe (MSR) sobre su situación a mediados de año para
poder seguir recibiendo Medi-Cal. Algunos grupos de personas no tienen que llenar el MSR: un niño menor de 21 años;
el padre o tutor legal de un niño que reciba CalWORKs;
mujeres embarazadas que han reportado el embarazo al
Condado, personas discapacitadas o mayores de 65 años,
o alguien que esté en el programa de cáncer de mama o
del cuello uterino. El formulario para presentar el informe
lo debe recibir aproximadamente 5 meses después de que
haya empezado a recibir Medi-Cal y deberá devolverlo a la
oficina de Medi-Cal en la fecha que se indique en el formulario.
3. Informe de cambios para adultos
Los adultos deben de informarle al DHA de cualquier cambio
importante que pueda afectar su derecho a los beneficios
10 días después de haber sucedido el cambio. Usted debe
de informarle rápidamente al trabajador encargado de su
caso si usted cambia de domicilio, empieza a ganar más (o
menos) dinero, alguien se pasa a vivir con usted, si alguien
se va de su casa, o si usted está embarazada. Aunque usted
informe de algo que afecte su derecho a los beneficios, tiene
derechos importantes antes de que el DHA le suspenda el
Medi-Cal.
4. Si a usted le quitan la asistencia social no significa
que también le quiten el Medi-Cal
Si le quitan el programa CalWORKs (debido a una sanción,
límite de tiempo, o por incumplimiento con las reglas del
programa de transición al trabajo, por ejemplo), no significa
que vaya a dejar de recibir Medi-Cal gratis. Si a usted le
quitan el programa Medi-Cal después de haberle quitado la
asistencia social, consulte con una organización de ayuda
legal para que lo asesoren y lo aconsejen.
5. Medi-Cal de transición
Usted podría tener derecho a Medi-Cal durante 1 año (sin
pagar parte del costo) a lo cual se le llama (Medi-Cal de transición o TMC) si usted recibe CalWORKs o “Medi-Cal Sección
1931(b)”, durante por lo menos 3 de los últimos 6 meses, y
usted dejó de recibir CalWORKs o Medi-Cal 1931(b), debido
a que empezó a ganar más dinero.
Durante los primeros seis meses de TMC, usted y su familia
28
Después de ese tiempo, usted sigue teniendo derecho a
TMC si recibió TMC durante todos los seis meses; si usted
sigue viviendo en California, sigue trabajando; tiene un niño
menor de 18 años de edad en casa; y sus ingresos no exceden el límite indicado en el cuadro a continuación.
Las familias que reúnen los requisitos exigidos pueden recibir TMC hasta por un año. No hay límite de tiempo en vida
para el TMC. Si sus ingresos bajan, usted posiblemente tenga derecho de volver a recibir Medi-Cal regular. Si vuelven
a subir sus ingresos, puede volver a recibir TMC con nuevos
límites de tiempo.
No hay límites de “recursos” o bienes inmuebles para obtener TMC. TMC requiere de informes regulares como el SAR-7
para ayuda monetaria, pero en un formulario diferente.
6. Medi-Cal de continuación durante cuatro meses
Si a usted le quitan el programa CalWORKs o la Sección
1931(b) debido a que empezó a recibir más dinero para
la manutención de sus hijos o pensión conyugal, la familia
puede recibir Medi-Cal gratis de continuación, sin importar
sus ingresos, pero solamente por 4 meses. Es importante
que presente el formulario SAR-7 ó cualquier otro formulario
para reportar cambios para explicar la razón por la cual ya
no recibe CalWORKs, o la Sección 1931(b), para asegurarse
que usted reciba Medi-Cal de transición o de continuación.
Los niños siguen recibiendo Medi-Cal gratis hasta la fecha en
que se haga la próxima revisión anual.
7. Niños que vivieron en hogares de crianza
Si usted estaba en un hogar de crianza cuando cumplió los
18 años o después, y luego se “independizó”, automáticamente tiene derecho a Medi-Cal gratis hasta que cumpla los
21 años aunque suban sus ingresos. Los niños que abandonan el hogar de crianza antes de cumplir los 18 años de
edad no tienen derecho a este programa.
8. Si usted recibe un aviso para informarle que le quitarán el Medi-Cal
DHA le debe enviar un aviso por escrito por lo menos 10
días antes de que le suspendan, le nieguen, haya algún retraso, o le reduzcan los beneficios de Medi-Cal. En el aviso
se explican las razones por dicha decisión, al igual que su
derecho a solicitar una audiencia imparcial. (Véase la pág.
67, Audiencias y Quejas.)
Cuando ocurre un cambio que afecta su derecho a MediCal, DHA debe determinar si usted tiene derecho a cualquier
otro tipo de Medi-Cal, antes de avisarle por correo de la decisión de suspenderle sus beneficios. Tienen que revisar los
registros suyos que tengan a la mano, incluso CalWORKs,
CalFresh y otros registros para buscar cualquier información
necesaria que haga falta. DHA le puede enviar un formulario donde solamente le piden la información que necesitan; no le pueden pedir información que ya tienen o que no
La Guía Popular
necesitan para determinar si usted todavía tiene derecho a
Medi-Cal.
legalmente mandarle la cuenta por los servicios que usted
reciba.
DHA debe darle por lo menos 30 días para llenar el formulario. Si usted no envía el formulario lleno con la información necesaria, DHA le enviará un aviso por escrito para
informarle que le suspenderán los beneficios de Medi-Cal. Si
su formulario está incompleto, DHA primero debe de tratar
de comunicarse con usted por teléfono o por escrito para
obtener la información que hace falta antes de cortarle los
beneficios. Si usted envía su informe dentro de 30 días de
la fecha que le suspenden el Medi-Cal, y esa información
muestra que usted tiene derecho a Medi-Cal, DHA le debe
reinstituirle los beneficios de Medi-Cal sin que le pidan que
vuelva a solicitarlos.
2. Red de Servicios Médicos Coordinados
En el Condado de Sacramento, todos, salvo las personas
que se encuentran en asilos de ancianos y convalecientes o
personas que solicitan y se les da permiso especial, deben
optar por el “Plan de la Red de Servicios Médicos Coordinados” (GMC) para las cuestiones de salud física.
Cuando usted se une al plan GMC, debe ver a los médicos
y a los farmacéuticos que son parte del plan. Usted debe
seleccionar un plan de GMC. A menos que usted tenga una
emergencia, debe de obtener la aprobación para recibir toda
la atención médica del proveedor de GMC. GMC recibirá
dinero cada mes, aunque usted no tenga necesidad de recibir atención médica. GMC será responsable de darle los
servicios o de hacer arreglos para que usted reciba todos los
servicios que cubre Medi-Cal.
9. Si usted se cambia de domicilio
Usted debe de reportarle inmediatamente al trabajador encargado de su caso si usted cambia de domicilio. No deberían de interrumpir los servicios si usted cambia de domicilio en California. Si usted cambia su domicilio a otro
condado, infórmele al DHA y a la oficina de asistencia social
del condado de su nuevo domicilio, y los condados se encargarán de trasladar su caso.
10. Si le mandan a cobrar dos veces
El médico o el proveedor de servicios médicos no le puede
cobrar a usted y a Medi-cal por el mismo servicio. Si usted
piensa que el médico le ha cobrado injustamente, deberá
recurrir a Legal Services of Northern California al (916) 5512150.
11. Tarjetas perdidas o robadas
Avísele al trabajador encargado de su caso y le enviarán
una nueva tarjeta. En caso de que tenga una emergencia
médica, puede obtener una confirmación por escrito de su
habilitación para el Medi-Cal en la oficina de asistencia social
que le corresponde.
Planes de salud de Medi-Cal
Hay dos formas de recibir atención médica bajo Medi-Cal en
el Condado de Sacramento:
 ”Opción de Proveedor Personal” (Medi-Cal regular), o Red
de Servicios Médicos Coordinados (GMC) que ofrece servicios
por medio de planes de salud privados. Los participantes de
Medi-Cal, salvo las personas que reciben SSI y personas que
necesiten cuidados a largo plazo, deben utilizar GMC.
1.  Opción de Proveedor Personal (Medi-Cal regular)
Con el plan Opción de Proveedor Personal de Medi-Cal usted
puede ver a cualquier médico, ir a cualquier clínica, hospital, farmacia u otro proveedor que esté dispuesto a aceptar
Medi-Cal. Usted debe de decirle al médico o al personal
de la clínica que tiene Medi-Cal antes de que reciba atención médica. De no hacerlo, el proveedor de servicios puede
3.Cuidado dental
Debido a los recortes presupuestarios radicales del Estado,
solamente los niños, mujeres embarazadas, y personas que
reciben cuidados a largo plazo pueden recibir la cobertura de
Medi-Cal para los servicios dentales.
4. Cómo elegir un Plan GMC
Al principio cuando usted se inscribe en Medi-Cal, recibirá
un paquete por correo, el cual contiene un formulario para
que escoja un plan GMC. Usted podrá escoger uno de los
cinco planes de GMC: Kaiser, HealthNet, Molina, Blue Cross
y Western Health Advantage. Llene el “formulario de opción” y devuélvalo. Conviene enviarlo por correo certificado.
Si usted no llena el formulario y lo devuelve antes de que
transcurran 30 días, el estado escogerá un plan de GMC para
usted.
5. Audiencias, agravios, y para salirse de un plan de
GMC
Si su HMO le niega los servicios o si usted no está satisfecho
con los mismos, tiene muchas opciones. Puede presentar
una queja formal con su plan de GMC. Su HMO debe de
decirle cómo puede presentar tal queja. El Plan GMC debe
de resolver la queja antes de que transcurran 30 días, o
menos, si usted tiene una emergencia. Si aún no está satisfecho, presente una queja por escrito al Department of
Managed Health Care HMO Help Center, IMR Unit, 980 Ninth
Street, Suite 500, Sacramento, CA 95814-2725. El número
de teléfono es (888) HMO-2219, TDD para personas con
problemas auditivos (877) 688-9891. O puede ver el sitio
web en: www.hmohelp.ca.gov.
Usted tiene el derecho de solicitar una audiencia imparcial
para cualquier disputa que tenga con el plan de GMC. (Véase la página 67, “Audiencias y Quejas”). Mientras espera
la fecha de la audiencia estatal, el Plan de GMC debe de
continuar dándole atención médica.
6. Red de servicios médicos coordinados para la salud
mental
Los servicios de salud mental para personas con Medi-Cal
La Guía Popular
29
también se ofrecen por medio del sistema de la red de servicios médicos coordinados mediante “planes locales de salud
mental” en cada condado. Para obtener más información
sobre estos servicios véase la página 35 “Servicios de Salud
Mental”.
Medi-Cal para adolescentes
Si usted tiene entre 12 a 21 años de edad, y es ciudadano
o residente legal, puede solicitar los “Servicios con Consentimiento de Menores” para recibir tratamiento gratis y confidencial sin el consentimiento de los padres en cuestiones
relacionadas a:
•  Tratamiento o terapia por consumo de drogas o bebidas
alcohólicas (salvo por tratamiento de metadona)
• Enfermedades transmitidas sexualmente
• Embarazo o aborto
• Planificación familiar
• Servicios de salud mental como paciente ambulante (no
cuando esté hospitalizado)
• Abuso sexual.
No se les requerirá a los padres que den información de
ingresos o recursos o que paguen por los servicios médicos,
a menos que usted desee servicios de Medi-Cal además a los
que se han indicado anteriormente.
Para solicitar estos beneficios, llene la solicitud regular de
Medi-Cal y otro formulario breve para servicios con el consentimiento de menores en DHA o con el asistente social
de DHA en el lugar donde usted recibe atención médica.
Tendrá que llenar un formulario breve cada vez que usted
necesite tratamiento, salvo los servicios de salud mental.
Para eso, usted necesita una carta de un profesional de
salud mental, en la cual se explique que usted reúne ciertas
condiciones para recibir los servicios de salud mental y por
cuanto tiempo necesita estar en tratamiento. Tendrá que llevar el formulario breve cada mes para actualizar su derecho
a los beneficios.
Si usted ya tiene Medi-Cal por medio de sus padres, ya tiene
una tarjeta plástica de Medi-Cal. No utilice la tarjeta de
plástico para los servicios con consentimiento de menores.
Le enviarán una tarjeta temporal para que la use en lugar
de la que ya tiene.
DHA no les avisará a los padres ni enviará correo de MediCal a casa sin el consentimiento de los adolescentes. Los
menores de edad pueden recurrir a estos servicios aunque
ya tengan Medi-Cal o cualquier otro programa de salud.
evar el formulario breve cada mes para actualizar su derecho
a los beneficios.
Si usted ya tiene Medi-Cal por medio de sus padres, ya tiene
una tarjeta plástica de Medi-Cal. No utilice la tarjeta de
plástico para los servicios con consentimiento de menores.
Le enviarán una tarjeta temporal para que la use en lugar
de la que ya tiene.
30
La Guía Popular
Atención médica para niños
Targeted Low Income Children’s
Program
1.  ¿Reúno los requisitos?
El programa Healthy Families ha sido eliminado y reemplazado con el Targeted Low-Income Children’s Program (TLICP).
Para ser elegibles, los solicitantes deben ser asegurados
California residentes niños edades de 0 a 19 años que no
han ningún otro seguro de salud. Las familias deben cumplir
ciertos requisitos de ingresos.
El niño no debe haber tenido un seguro medico privado o
proporcionado por un empleador como mínimo tres meses
antes de haber llenado la solicitud, con algunas excepciones.
El niño puede obtener tres meses de Medi-Cal retroactivo
antes de comenzar a reunir los requisitos para recibir TLICP,
o puede tener Medi-Cal pagando parte del costo. Las personas de dieciocho años de edad pueden solicitarlo por su
cuenta. El niño continúa reuniendo los requisitos por 12 meses seguidos, a partir de la fecha en que se decide que él o
ella reúne los requisitos, aún cuando hay un cambio en los
ingresos. El costo de sus posesiones (“recursos”) no cuentan
en su contra.
2. Requisitos de Residencia
Debe firmar una declaración que indica que cada persona
que solicita TLICP tiene la intención de quedarse en California y que no tiene planes de irse. Los niños que son ciudadanos de los EE.UU. deberán proporcionar una copia de su
acta de nacimiento. Los niños inmigrantes pueden reunir los
requisitos si son inmigrantes “habilitados” (véase la página
65 “Guía para las personas no ciudadanas.”)
3. ¿Cuánto cuesta?
Dependiendo de sus ingresos y del plan que elija, tendrá
que pagar una prima de $0 a 13 dólares para cada niño
(no más que $39 per month). One child=$13/month, two
children=$26/month, three children=$39/month (these
amounts are subject to change dependiendo de la clasificación en la que se encuentra debido a sus ingresos sea cual
fuere la cantidad de niños que están cubiertos. Si su clasificación corresponde al grupo con mayores ingresos, recibirá
un informe a mitad de año para determinar si sus ingresos
han bajado, lo que significaría que usted pagaría menos.
Cuando sea que sus ingresos bajan debe informarle sobre
esto al Programa Healthy Families al llamar al (800) 8805305 para ver si puede pagar menos. Además, si usted
paga tres meses de las primas por adelantado, recibirá un
cuarto mes de cobertura gratuita. Si paga 9 meses por adelantado, obtienen 12 meses de cobertura. Con la excepción
del primer mes, puede pagar sus primas en algunos localidades de Pagos Convenientes de Western Union.
También hay un co-pago para la mayoría de los servicios
ambulatorios, tal como las visitas al consultorio médico, pero
no para los servicios preventivos como vacunas y chequeos
dentales. Las familias de bajos ingresos tienen co-pagos de
5 dólares y las familias con ingresos más altos tienen co-pagos de 10 dólares para las visitas al consultorio, y co-pagos
de 15 dólares para las visitas a la sala de emergencias. Sin
embargo, existe un “tope” o límite máximo para estos co-pagos de 250 dólares por familia por año, por lo tanto guarde
los recibos. Nadie controla el total de sus co-pagos, por lo
tanto usted es responsable de determinar si han sido de más
de 250 dólares y de informarle sobre esto a Healthy Families.
4. ¿Cuáles son los ingresos límite?
Sus niños reúnen los requisitos para TLICP si su ingreso
mensual es demasiado alto para Medi-Cal (véase la tabla en
la página 24) pero está por debajo de ciertas límites.
5. ¿Cuáles son los beneficios?
El programa ofrece atención médica y dental, servicios de
salud mental y cuidado de la vista. Healthy Families no ofrece la misma cantidad o tipos de servicios que Medi-Cal, especialmente para el tratamiento de salud mental y abuso de
sustancias adictivas. Si su familia reúne los requisitos para
recibir Medi-Cal con el pago de parte del costo pueden tener
este Medi-Cal y Healthy Families al mismo tiempo.
6. ¿Cómo se solicita?
Puede obtener una solicitud en cualquier oficina del DHA,
en muchas clínicas de atención médica o al llamar al (800)
880-5305 para recibir un paquete.
Si se determina que su hijo no reúne los requisitos para
TLICP cuando se realiza la re-determinación anual (por
ejemplo, debido a que los ingresos de su familia han bajado), se le debe proporcionar a su hijo Medi-Cal temporal
completo mientras que la información se le envía al condado
(con su permiso) para determinar si su hijo reúne los requisitos para recibir el Medi-Cal regular libre de cargo. Esto
se conoce como el “Programa de Habilitación Presunta”. No
se le debe exigir que solicite Medi-Cal por separado o que
proporcione cierta información nuevamente, a menos que el
condado necesite más información de parte de usted para
determinar si se reúnen los requisitos.
Programa CHDP
CHDP les ofrece exámenes de salud gratuitos regulares y a
una edad temprana a muchos niños de bajos ingresos hasta
los 19 años de edad; a los niños que reúnen los requisitos
para Medi-Cal hasta los 21 años de edad, y a los niños en
edad preescolar que participan en el programa Head Start o
en programas preescolares estatales. No hay requisitos migratorios, sin embargo, las visitas se permiten sobre la base
La Guía Popular
31
de un “programa de visitas periódicas”, con algunas excepciones para los exámenes físicos necesarios para la escuela,
para los niños en hogares de crianza y para los problemas
que puedan surgir entre uno y otro examen.
Los niños en Atención Médica Administrada de Medi-Cal se
pueden hacer más exámenes de lo que el programa estatal
permite. CHDP ofrece exámenes físicos, vacunas, pruebas
de visión y audición, pruebas para determinar el envenenamiento por plomo, consultas de nutrición, examen de los
dientes y las encías, y algunos análisis de laboratorio, inclusive el de las células falciformes. Para más información llame
al (800) 993-2437.
El programa “ Oportunidad de Seguro Médico CHDP “ (CHDP
Gateway to Health Insurance) permite que los niños que
acuden a un suministrador de CHDP para un examen de
salud o un chequeo regular, se puedan inscribir con antelación en Medi-Cal gratuito temporalmente si están de acuerdo en llenar una solicitud sencilla confidencial (electrónica)
en la oficina del proveedor de servicios. Si su hijo reúne los
requisitos para Medi-Cal gratuito después de llenar la solicitud sencilla, recibirá Medi-Cal gratuito temporal a partir del
primer día del mes en que se presenta la solicitud sencilla y
se vencerá el último día del mes siguiente.
Además, si usted lo pide en la solicitud, se le enviará por
correo automáticamente una solicitud de Medi-Cal para
las Familias. Si usted solicita Medi-Cal para su hijo durante
el periodo de pre-inscripción de Medi-Cal, la cobertura de
Medi-Cal continuará hasta que se tome una determinación
definitiva.
Programa de servicios médicos
para niños
Los Servicios Médicos para Niños (o los Servicios para Niños
de California) gestiona los casos y les presta servicios médicos a niños de hasta 21 años de edad con afecciones de
salud graves que fueron causadas por accidentes, enfermedades y discapacidades congénitas, ya sea que también reciban Medi-Cal o no. Los niños indocumentados pueden reunir
los requisitos. Para información sobre los requisitos que se
deben reunir, llame al (800-288-4584). Hay proveedores de
estos servicios en todo el condado.
El ingreso familiar debe ser inferior a los 40,000 dólares al
año, o puede ser mayor si se espera que los gastos médicos
relacionados con los CCS excederán al 20% de los ingresos
de la familia. Los niños inscritos en Healthy Families reúnen
los requisitos independientemente de sus ingresos, pero deben ser remitidos y evaluados para que se los acepte.
No hay un límite de ingresos para las familias de los niños
que necesitan servicios para confirmar si una afección de
salud reúne los requisitos para los CCS; o si se los adoptó
sabiendo que padecían de una afección que reunía los requisitos para los CCS, o si tan sólo están solicitando servicios
a través del Programa de Tratamiento Médico, o son beneficiarios de Medi-Cal con cobertura completa sin tener que
compartir los costos o son suscriptores de TLICP.
Los infantes menores de un año de edad cuyas madres los
dieron a luz cuando estaban recibiendo Medi-Cal tienen
derecho a “a que se considere que reúnen los requisitos” y
a recibir Medi-Cal completo hasta que cumplen un año de
edad sin la necesidad de llenar la solicitud conjunta adicional
de Medi- Cal. Asegúrese de incluir el nombre y apellido de la
madre y el número de Medi-Cal en la solicitud de Oportunidad de CHDP (Gateway CHDP).
32
La Guía Popular
Seguro medico gratuito o a un bajo costo
¿Puedo obtener un seguro médico si
mis ingresos son bajos pero no puedo recibir Medi-Cal?
El condado les ofrece servicios de atención médica gratuitos
o de bajo costo a las personas que pueden demostrar que
residen en el condado de Sacramento, inclusive a las personas
de bajos ingresos que no reúnen los requisitos para recibir
Medi-Cal o que tienen gastos médicos que Medi-Cal, Medicare
y los seguros privados no cubren totalmente. Este programa
se llama el County Medically Indigent Services Program
(CMISP). Puede aplicar en el centro de atención primaria en
4600 Broadway o llamar al (916) 874-9670.
El Low-Income Health Program (LIHP) es un programa de
atención médica diseñado para los solicitantes CMISP de
transición para Medi-Cal en enero de 2014. Individuos calificados proporcionan cobertura de salud a los adultos sin seguro
19-64 sin hijos. Los solicitantes CMISP automáticamente se
proyectarán para LIHP, así que no hay que llenar una solicitud
por separado. Si usted califica para LIHP, Molina Healthcare
le enviará información sobre tu primare cuidado médico en
el hogar.
Barrio gratuito de Molina Healthcare ofrece transporte a consultorios médicos, centros comerciales y el Departamento de
Asistencia Humana. Para obtener más información, llame al
(877) 665-4623.
Servicios en clínicas: Todos los beneficiarios de la Asistencia
General (GA, por sus siglas en ingles) reúnen automáticamente
los requisitos necesarios para recibir servicios en la Clínica
del Programa de Atención Médica a Personas Indigentes del
Condado de Sacramento (CMISP, por sus siglas en ingles)
por un año.
Otras personas que necesitan solicitar el CMISP pueden
hacerlo en el momento de solicitar la atención médica en las
siguientes clínicas:
Primary Care Center
4600 Broadway
Sacramento, CA (916) 874-9670
Sólo para hacer una cita: 4600 Broadway, Suite 2100, Sacramento
Emergencias: Pregúntele a la recepcionista si los servicios
que usted está solicitando pueden ser proporcionados a través
de un contrato entre el hospital y el Programa de Atención
Médica a Personas Indigentes del Condado de Sacramento
(CMISP).
Si lo atienden en una sala de emergencia que tiene un contrato para ofrecer servicios ambulatorios por medio del CMISP,
usted tiene el derecho de solicitar que se determine si usted
reúne los requisitos para este programa. El hospital le dará
un formulario de remisión que le indica cómo solicitar CMISP.
Un consultor médico del CMISP analizará el motivo por el que
usted fue a la sala de emergencias. Solamente se aprobará
el pago por el tratamiento de afecciones que causarían una
discapacidad o la muerte si no son tratadas inmediatamente.
Información: La información está disponible las 24 horas
del día por teléfono en los siguientes números:
Línea de Información de la clínica:
(916) 874-8912
Línea de información dental:
(916) 874-8300
Debe cumplir con las siguientes reglas para calificar para CMISP:
Residencia: Debe comprobar que ha establecido su residencia
en el Condado de Sacramento mediante la presencia física y
la intención de quedarse.
Recursos: Se deben utilizar todos los recursos disponibles.
Un solicitante de CMISP debe solicitar todos los recursos financieros que puedan estar disponibles. Hay límites máximos.
Los recursos que se tienen en cuenta incluyen al dinero en
efectivo, las cuentas corrientes o de ahorros, bonos, certificados de depósito (CD, por sus siglas en ingles) y otros tipos
de valores negociables.
El vehículo que la persona utiliza para el transporte está exento.
Para que el seguro de vida esté exento su valor nominal no
debe exceder un cierto nivel.
Servicios dentales: La Clínica Dental ofrece servicios dentales
de emergencia. Los beneficiarios de GA reúnen automáticamente los requisitos para recibir servicios dentales por medio
del CMISP. Todos los demás solicitantes pueden llenar una
solicitud para recibir servicios dentales por medio del CMISP
en el momento de solicitar servicios dentales en la siguiente
clínica o al llamar al (916) 874-8300:
Sala de emergencias y consulta médica sin cita previa: 4600
Broadway Suite 1400, Sacramento
Los siguientes recursos no se tienen en cuenta: equipo básico
para el hogar, mobiliario, enseres personales y herramientas,
materiales y equipo necesario para continuar la rehabilitación
y para mantenerse a uno mismo. La propiedad que es el hogar
de la persona está exenta.
Cuando sus ingresos superan el límite, antes de que CMISP
cubra los gastos, se exigirá que usted cubra sus gastos médicos
al solicitar que pague o se comprometa a pagar la cantidad
que excede al límite.
La Guía Popular
33
Si necesita ayuda para determinar los requisitos que reúne
para CMISP, llame al Departamento de Asistencia Social al
(916) 874-9238.
Si no está recibiendo GA, el Condado de Sacramento ha establecido que usted debe tener una necesidad médica para
solicitar el CMISP. Si tiene dificultades al llenar la solicitud y
necesita servicios, diga que necesita una “certificación médica”.
Hospitales y clínicas de bajo costo
1. Hospitales y Clínicas del Condado
Primary Care Center
4600 Broadway
Sacramento, CA 95820
(916) 874-9670
(877) 222-8387 para obtener información sobre una amplia
gama de prestaciones médicas para los veteranos, independientemente de sus ingresos.
3. Clínicas gratuitas o de bajo costo de Sacramento
The Birthing Project (Proyecto Dar a Luz)
1900 T Street
Sacramento, CA 95814
(916) 558-480
Clínica Médica CORE (Rehabilitación para Adictos a
los Opiáceos)
2100 Capitol Avenue
Sacramento, CA 95816
(916) 442-4985
Health for All (Salud para todos):
V Street Clinic
923 V Street
Sacramento, CA 95818
(916) 448-6553
WellSpace:
Centro Comunitario de Atención de la Salud J Street
1820 J Street
Sacramento, CA 95811 (916) 737-5555
Centro Comunitario de Atención de la Salud Oak Park
3415 Martin Luther King Jr. Blvd..
Sacramento, CA 95817 (916) 737-5555
Centro Comunitario de Atención de la Salud South
Valley
8233 E. Stockton Blvd.., Suite D
Sacramento, CA 95828 (916) 737-5555
Centro Multi- Servicios North Highlands
6015 Walt Ave., Suite 2
North Highlands, CA 95660 (916) 737-5555
2. Veteranos de guerras
Guest House Homeless Clinic
(Casa clínica para personas sin hogar)
1400 North A Street, Bldg.. A
Sacramento, CA 95814
(916) 440-1500
Sacramento, CA 95832
(916) 427-0368
Centro Comunitario de Atención del Rancho Cordova
10423 Old Placerville Road
Rancho Cordova, 95827
(916) 569-8600
Clínicas Dignity:
Clínica Mercy Norwood
3911 Norwood Avenue
Sacramento, CA 95838
(916) 929-8575
North Highlands Mercy
6060 Watt Avenue
North Highlands, CA 95660
(916) 349-1568
Clínica Familiar Folsom
105 Dean Way
Folsom, CA 95630
(916) 983-3658
Clínica Familiar White Rock
10495 White Rock Road
Rancho Cordova, CA 95670
(916) 364-0724
Centro Médico Midtown:
Midtown Sacramento
3701 J Street # 201
Sacramento, CA 95816
(916) 454-2345
Clínica Las Palmas
577 Las Palmas
Sacramento, CA 95815
(916) 924-6703
Oeste de Sacramento
155 15th Street
W. Sacramento, CA 95691
(916) 375-8981
Clínica Meadowview
2118 Meadowview Road
Planned Parenthood Mar Monte:
Centro de Atención Médica B Street
34
La Guía Popular
Centro Capitol Plaza
1125 10th Street
Sacramento, 95814
(916) 444-7966
WellSpace Health Centro Dental de North Highlands
6015 Watt Ave., Suite 2
North Highlands, 95660
(916) 737-5555
Centro Fruitridge
5385 Franklin, Suite A-D
Sacramento, 95820
(916) 454-2345
WellSpace Health Centro Dental de South Valley
8233 E. Stockton Blvd., Suite D
Sacramento, 95823
(916) 737-5555
Centro North Highlands
5700 Watt Ave.
North Highlands, 95660
(916) 454-2345
Clínica Comunitaria de Sacramento - Southgate
7275 E. Southgate Drive, Suites 204 & 206
Sacramento, 95823
(916) 924-7988
Clínica Comunitaria de Sacramento
Clínica Comunitaria de Sacramento - Del Paso
2200 Del Paso Blvd.
Sacramento, 95815
(916) 924-7988
Sur de Sacramento
7275 E. Southgate Drive
Sacramento, CA 95823
(916) 428-3788
Clínica Comunitaria de Sacramento - Assembly Court
5524 Assembly Court
Sacramento, 95823
(916) 642-1867
Norte de Sacramento
2200 Del Paso Blvd
Sacramento, CA 95815
(916) 924-7988
Centro de Atención de la Salud de Sacramento para
Indígenas Norteamericanos
2020 J Street
Sacramento, CA 95814
(916) 341-0575
Especialistas en Salud de la Mujer
1750 Wright Street
Sacramento, CA 95825
(916) 451-0621
Cuidado de la vista y la audición:
Clínica Comunitaria de Sacramento - Norte de Sacramento
2200 Del Paso Blvd
Sacramento, CA 95815
(916) 924-7988
Clínica Comunitaria de Sacramento - Sur de Sacramento
7275 E. Southgate Drive
Sacramento, CA 95823
(916) 428-3788
Dental:
Clínica Comunitaria de Sacramento - Assembly Court
5524 Assembly Court
Sacramento, 95823
(916) 642-1867
Clínica Dental Primary Care Center
4600 Broadway, Room 2100
Sacramento, CA 95820
(916) 874-8300
Centro de Atención de la Salud de Sacramento para
Indígenas Norteamericanos
2020 J Street
Sacramento, CA 95814
(916) 341-0575
WellSpace Health Centro Dental de Oak Park
3415 Martin Luther King, Jr. Blvd
Sacramento, 95822
(916) 737-5555
WellSpace Health Centro Dental de Rancho Cordova
10423 Old Placerville Road
Rancho Cordova, 95827
(916) 569-8600
Salud mental y servicios de desarrollo
Servicios de Salud Mental
PARA SERVICIOS URGENTES DE SALUD MENTAL,
llame al (916) 875-1000; Servicios de Mensajes de California para personas que tienen problemas auditivos, llame al
711, o vaya directamente al Centro de Tratamiento de Salud
Mental del Condado de Sacramento en 2150 Stockton Blvd.,
Sacramento, CA
Intervención en Caso de Crisis las 24 horas del día, Salud
La Guía Popular
35
Mental del Condado de Sacramento: (916) 732-3637
Equipo de Acceso para Adultos: (916) 875-1055
Dispositivos de Telecomunicación para Sordos (TDD, por sus
siglas en ingles) / Texto Telefónico (TYY, por sus siglas en
ingles): (916) 874-8070
Equipo de Acceso para Niños: (916) 875-9980
TTY / TDD: (916) 876-8892
WellSpace Health:
(916) 737-5555
Línea directa en caso de crisis y prevención del suicidio:
(916) 368-3111 o (800) 273-8255
Servicios de Desarrollo
El Departamento de Servicios de Desarrollo es el organismo
a través del cual el Estado de California les ofrece servicios
y apoyos a las personas con discapacidades del desarrollo.
Estas discapacidades incluyen retraso mental, parálisis
cerebral, epilepsia, autismo y condiciones relacionadas.
Servicios son proporcionados a través de contratos con 21
centros regionales sin fines de lucro, centros del desarrollo
de estado que funciona y centros comunitarios. Los centros
regionales sirven como un recurso local para ayudar a encontrar y acceder a los servicios y apoyos disponibles para
las personas con discapacidades y sus familias.
Centro Regional Alta California
135 Butano Drive
Sacramento, CA 95815
(916) 978-6400
TDD: (916) 489-4241 (916) 978-6286
Asistencia Personal a
Domicilio y Cuidados
a Largo Plazo
Asistencia personal a domicilio
Para poder obtener los servicios de IHSS, la persona debe
recibir SSI, o cumplir con los requisitos de ingreso y de recursos. Además, la persona debe:
•
Tener 65 años o más
•
Ser invidente
•
Tener una discapacidad permanente, o
•
Ser un niño discapacitado que necesite de cuidados
especiales
Si alguien piensa que una persona necesita ayuda a domicilio
puede remitirla a IHSS. Media vez se le remita, un trabajador social asignado al caso llevará a cabo una evaluación
para determinar si dicha persona necesita los servicios. La
determinación tomará en cuenta el estado médico, situación
de vivienda y recursos que tenga a su disposición.
Media vez se haya establecido que tenga derecho a este
servicio, IHSS puede ayudarle al cliente a buscar a alguien
que lo cuide. Lo puede cuidar un amigo o pariente, o se
puede seleccionar a una persona de la lista que tiene IHSS.
Media vez se seleccione a la persona, el cliente se convierte
en el empleador y será responsable de supervisar y de firmar
las hojas con la hora de entrada y de salida. IHSS hará los
arreglos para el pago.
Al trabajar juntos, IHSS y la persona que cuida del cliente
se asegurarán de que el cliente permanezca en un ambiente familiar – en forma segura y cómoda y con toda la
independencia que sea posible. Comuníquese con el Departamento de Salud y Recursos Humanos, Sección de
Personas Adultas y de la Tercera Edad del Condado
de Sacramento al (916) 874-9471, si desea obtener
más información. Insista en entregar una solicitud aunque le
digan que usted no reúne los requisitos.
Cuidado a Largo Plazo
Si el médico ha recomendado que la persona que usted cuida necesita de los servicios de una enfermera capacitada las
24 horas del día a largo plazo, usted puede comunicarse con
el Registro Central Estatal para obtener una lista de establecimientos de cuidado a largo plazo.
(800) 777-7575
Los servicios de asistencia personal a domicilio (IHSS, por
sus siglas en inglés), ofrece apoyo a las personas que no
pueden desempeñar las actividades de la vida cotidiana y
que no pueden permanecer en casa solos sin correr peligro.
Por medio de IHSS las personas que reúnen los requisitos
pueden recibir ayuda con las labores cotidianas tales como:
• bañarse
• vestirse
• cocinar
• limpieza del hogar
• arreglo personal
• alimentarse
36
http://www.calregistry.com/
Hay una diferencia entre los hogares con supervisión y alimentos y los asilos de ancianos y convalecientes con atención médica. Medi-Cal pagará por el cuidado a largo plazo
en los asilos con atención médica pero no en los hogares sin
atención médica.
Antes de que usted lleve a alguien a un establecimiento de
cuidado a largo plazo, debería de visitar los lugares e inspeccionarlos plenamente. Si usted no está satisfecho con la
lista de establecimientos que le han dado, puede llamar para
que le den más.
La Guía Popular
Establecimientos de Salud Mental en el Área de Sacramento
TP Pathways
El Hogar Residential
Support Team
El Hogar Guest House Clinic
CA Dep’t of Rehabilitation
HRC
Catholic Social Services
Mental Health Counseling Center
El Hogar Sierra Elder Wellness Program
Adult Psychiatric Support
Turning Point Crisis Residental Program
Tratamiento de salud mental
Carreteras principales
Caminos principales
Wellspace
Canales
Cuidades
Adult Psychiatric Support Services
4875 Broadway, Sacramento
(916) 875-0599
Human Resources Consultants
2220 Watt Ave # B, Sacramento
(916) 485-6500
Catholic Social Service
5890 Newman Court, Sacramento
(916) 452-1218
Rehabilitation Department
721 Capitol Mall, Sacramento
(916) 324-1313
County of Sacramento - Mental Health
Service
2150 Stockton Boulevard, Sacramento
(916) 875-1000
Wellspace Centro Comunitario de Atención - South
Valley
8233 E Stockton Blvd # D, Sacramento
(916) 368-3080
El Hogar Mental Health Clinic
608 10th Street, Sacramento
(916) 441-3819
Turning Point Pathways
1400 A Street, Sacramento, CA
(916) 440-1500
El Hogar Sierra Elder Wellness
9261 Folsom Blvd # 500, Sacramento
(916) 363-1553
Turning Point Crisis Residential
4801 34th Street, Sacramento, CA
(916) 737-9202
Loaves & Fishes - Programa Genesis
3121 N. C Street, Sacramento 95811
(916) 669-1536
La Guía Popular
37
Tratamiento de Drogas y Alcohol
Alpha Oaks Residence Women’s
8400 Fair Oaks Blvd, Carmichael | (916) 944-3920
Options for Recovery V.O.A. Residential Treatment
1001 Grand Avenue, Sacramento | (916) 929-1951
Alternative House Residential Treatment
1550 Juliesse Ave., Sacramento | (916) 921-6598
Bi-Valley Medical Clinics Inc.
#1. 310 Harris Ave., Suite A, Sacramento | (916) 6496793
#2. Bi-Valley medical Clinic (C.O.R.E.‎)
2100 Capitol Ave., Sacramento | (916) 442-4985
Clean & Sober Detox
8946 Madison Avenue, Fair Oaks | (916) 965-3386
Sacramento County Health Center
4600 Broadway # 1100, Sacramento | (916) 875-5701
Sacramento Veterans Resource
7270 East Southgate Drive, Sacramento | (916) 393-8387
Salvation Army:
315 16th Street, Sacramento | (916) 441-5267
Wellspace Centro Comunitario de Atención - South
Valley
8233 E Stockton Blvd # D, Sacramento | (916) 368-3080
Hope Clinic @Emergency Housing Center
4516 Parker Avenue, Sacramento | (916) 455-2160
VOA Inebriate Center
7586 Stockton Boulevard, Sacramento | (916) 405-4600
John H Jones Community Clinic
500 Jefferson Blvd., #B195, West Sacramento | (916)
403-2970
MedMark Treatment Center
7240 E Southgate Dr., Ste. G, Sacramento | (916) 3914293
Mercy Clinic Loaves & Fishes
1321 N C St # 22, Sacramento | (916) 446-3345
Strategies for Change
#1. 4441 Auburn Blvd., Suite E, Sacramento | (916) 4735764
#2. 4343 Williamsbourgh Drive, Sacramento | (916) 3953683
Bridges, Inc.
3600 Power Inn Rd., Suite C, Sacramento | (916) 450-0700
Mi Casa Recovery Home
2515 48th Avenue, Sacramento | (916) 394-2328
John Jones Community Clinic
Bi-Valley Methadone Clinic
Options for Recovery V.O.A. Residential Treatment
Alternative House Residential Treatment
Clean
and
Sober Detox
Detox
Clean
& Sober
Alpha Oaks Rehabilitation for Women
Bi-Valley Methadone Clinic
VOA Inebriate Center
John Jones Community Clinic
Salvation Army Rehab Center
Residential Recovery
Mercy Clinic at Loaves & Fishes
Bi-Valley Methadone Clinic
The Hope Clinic & Next Move
Mi Casa Recovery
Sacramento County Health Center
Tratamiento de drogas y alcohol
Sacramento Veterans Resource Center MedMark
Residential Reccovery
Wellspace
Carreteras principales
Caminos principales
Canales
Cuidades
38
La Guía Popular
Medicare
Medicare es un programa federal de seguro medico. Este
programa consta de tres partes: “Parte A” (seguro para hospital), “Parte B” (seguro medico), y “Parte D” (seguro para
recetas de medicamentos”). El número de información general es (800) 633 4227.
1. Parte A : seguro para hospital
Usted automáticamente tiene derecho a la Parte A de Medicare gratis si:
•
Tiene 65 años o más y tienen derecho de jubilarse con
beneficios de seguro social, en base a su trabajo o al de su
esposa(o)
•
Usted es un empleado federal que se jubiló después de
1982 y tiene suficientes trimestres de cobertura
• Usted ha estado recibiendo ingresos por discapacidad del
seguro social durante 24 meses consecutivos
•
Usted tiene 50 años o más y es viuda o viudo discapacitado que ha recibido seguro social por medio de su
esposa(o) durante por lo menos 2 años
•
Usted tiene insuficiencia renal avanzada, o si tiene la
enfermedad Lou Gehrig’s (aún así en cualquiera de los dos
casos, debe de haber trabajado suficientes trimestres, pero
no necesita tener 65 años de edad).
Las personas que no tienen derecho automáticamente a la
Parte A de Medicare pueden inscribirse voluntariamente si
reúnen los tres requisitos siguientes:
•
Usted tiene 65 años de edad o más y
•
Usted es ciudadano de los EEUU, o es residente legal
que ha vivido continuamente en los EEUU cuado menos por
cinco años, y
•
Usted compra ambas partes A y B de Medicare, o compra solamente la Parte B. Usted no puede comprar solamente la Parte A.
Si usted reúne estos tres requisitos para la Parte A voluntaria, su prima mensual depende de su historial de trabajo.
2. Parte B : Seguro de Medical
Usted pagará un deducible durante los primeros 60 días que
esté internado en un hospital. Si usted permanece en el
hospital de 61 a 90 días, usted paga $296 al día y Medicare
paga el resto. Si necesita permanecer en el hospital más de
90 días, usted paga $592 al día y Medicare paga el resto,
hasta 60 días adicionales. Estas cantidades están sujetas a
cambios.
4 Centro de servicios profesionales paliativos
Después de una hospitalización previa de tres días, Medicare
paga por los servicios diarios (cinco a siete días a la semana)
de profesionales y de terapia en un centro de cuidados paliativos debidamente acreditado para personas que padecen
enfermedades terminales. Medicare paga por los primeros
20 días en su totalidad, y a partir del día 21 hasta 100, Medicare paga un copago.
Medicare paga por el cuidado de convalecientes y servicios
de terapia en el hogar si usted no puede salir de casa y
reúne otros requisitos. No hay copagos para los servicios de
salud a domicilio.
5. Cobertura de la Parte B
La Parte B paga 80% de cargos “permitidos” para una variedad de servicios ambulatorios, equipo medico, y servicios
de ambulancia. Usted paga el 20% restante, un deducible
anual. Pregúntele a su proveedor si acepta la asignación.
6. Cobertura de la Parte D
La Parte D paga por la cobertura de medicamentos de pacientes ambulatorios. Para obtener cobertura de parte D,
usted debe inscribirse en un plan de medicamentos Parte D
de Medicare. No todos los planes de la Parte D son iguales.
Cada plan tiene su propio formulario de medicamentos, requisitos para compartir el costo y restricciones de cobertura.
Si usted tiene preguntas, llame al (916) 551-2150.
Si usted reúne los requisitos establecidos para la Parte A,
también tendrá derecho a la Parte B. Si usted es una persona de bajos ingresos y recursos, el estado puede pagar las
primas de Medicare por medio de Medi-Cal o el Programa de
Ahorros de Medicare.
Medicare no cubre todo tipo de servicios médicos, ni tampoco es gratis. NO cubre el cuidado de personas de la tercera
edad en un hogar de convalecencia o en casa, cuidado dental, lentes para la vista y aparatos auditivos. Para recibir los
servicios que cubre Medicare usted tiene que dar un copago.
3. Cobertura de la Parte A
Medicare pagará por el hospital si el médico ha decido que
usted necesita ser internado para darle atención médica y si
el hospital participa en el programa de Medicare.
La Guía Popular
39
7. Medicare Advantage mediante una HMO
Medicare Advantage HMO es un plan de salud que inscribe
a personas que tienen las partes A y B de Medicare. Las
personas que padecen de insuficiencia renal avanzada no
pueden inscribirse en un Plan HMO de Medicare. Si usted se
inscribe en una HMO de Medicare, usted debe de recurrir a
la HMO para todas sus necesidades médicas, salvo los servicios de emergencia cuando está fuera del área de servicio
de la HMO.
que pagar la prima mensual de Medicare, deducibles ni copagos. Si usted tiene ambos programas, solamente acuda
a proveedores de salud que aceptan Medicare y Medi-Cal.
Muéstreles su tarjeta de seguro antes de recibir los servicios.
•
Siempre lleve consigo su tarjeta de Medicare
•
Comuníquese con la oficina de seguro social inmediatamente si pierde su tarjeta o no la ha recibido
•
Apele cualquier decisión incorrecta o injusta acerca de
sus beneficios de Medicare
•
Para obtener ayuda con Medicare llame al (800) 4340222.
8. Más información
Muchas personas reciben Medicare y Medi-Cal. Las personas que tienen ambos programas por lo general no tienen
Empleos y Capacitación
¿Qué es “Job Talk”?
Miércoles
9:30 P.M. 5747 Watt Avenue
Si usted recibe CalWORKs o General Relef (Ayuda General), en
los Servicios de Empleo “Job Talk” de DHA lo pueden ayudar
a obtener más ingresos (a conseguir un empleo).
Los Coordinadores de “Workforce” estarán a su disposición
para darle listas de lugares con vacantes de trabajo, información para buscar trabajo, acceso a E.D.D. CalJOBS, acceso
a recursos para obtener un empleo y ayuda individual para
buscar trabajo. Además, los empleadores que tienen vacantes
de trabajo llegan a hacer presentaciones en las sesiones de
“Job Talk”.
Usted debería de asistir si está listo para trabajar y puede hacer
arreglos para que le cuiden a los niños y para el transporte
de ida y vuelta al trabajo. Lleve consigo su solicitud general
o su currículum vitae (si lo tiene) a una de las sesiones de
“Job Talk” en Sacramento.
**Debido a que el espacio es limitado, no se aceptan niños**
Lunes
1:00 P.M. 4990 Stockton Blvd.
1:30 P.M. 2700 Fulton Avenue
Martes
10:00 A.M. 2450 Florin Rd.
1:00 P.M. 3960 Research Dr.
Jueves
10:00 A.M. 5655 Hillsdale Blvd.
Para saber más acerca de los Servicios de Empleo DHA-“Job
Talk”, véase:
http://dhaweb.saccounty.net/businessServices/jobTalkSessions.htm
¿Dónde puedo recibir capacitación?
En el Condado de Sacramento hay muchas organizaciones que
ofrecen capacitación laboral. Tenga cuidado con las agencias
privadas que le cobran por buscarle trabajo. Muchas de estas
agencias le dan una capacitación de baja calidad, le cobran
demasiado y le animan a que soliciten préstamos caros para
estudiantes que le podrían arruinar su crédito. En lugar de
acudir a estas agencias, mejor recurra a las agencias que
ofrecen servicios gratis o de bajo costo.
10:00 A.M. 10013 Folsom Blvd., #1
2:00 P.M. 4433 Florin Rd., #160
40
La Guía Popular
SOUTH COUNTY*
8401-A Gerber Road. Sacramento 95828
En diferentes lugares de toda la ciudad y del condado se (916) 525-4717
encuentran Centros de Carrera Todo en Uno, en los cuales se
tienen computadoras, faxes, copiadoras, y listas de trabajo Agencia de Empleo y Capacitación de Sacramento
que le pueden ser útiles para buscar empleo. La ley requiere (oficina administrativa, no se ofrecen servicios en este
que también le brinden orientación de carreras, dinero para lugar)
transporte y cuidado de niños, y posiblemente también puedan 925 Del Paso Blvd., Sacramento 95815
pagarle una capacitación laboral de calidad que lo lleve a en- (916) 263-3800 | www.seta.net
contrar un empleo. Llame a una organización de ayuda legal Centro de Capacitación Laboral
(véase “Buenos Consejos”, pág. 80) si tiene algún problema 6853 65th St., Sacramento 95828
para obtener estos servicios.
(916) 393-7401
1.  Centros de Carreras Todo en Uno
Condado de Sacramento: la Agencia de Empleo y Capacit- Galt Joint Union Escuela Segundaria
ación de Sacramento administra los Centros de Carreras Todo District 150 Camellia Way, Galt 95632
en Uno. Para buscar el centro más cercano a usted:
(209) 744 5455 | www.ghsd.k12.ca.us
• Llame al (916) 263-3800
Sacramento City USD
• Localizador de servicios: http://www.servicelocator.org/
• http://seta.net/jobseeker/one-stop-career-centers/findnearest-career-center/ y busque los Centros de Carreras Todo
en Uno que se encuentran en su código postal de la lista a
continuación: Los servicios se tienen a la disposición en varios
idiomas y tienen como objetivo ayudar a personas sin vivienda
(puede llevar una tarjeta de identidad (ID), o puede usar
el albergue como su domicilio (si no tiene donde vivir). La
mayoría requiere que usted asista a una clase de orientación
451 Lemon Hill Ave., Sacramento 95824
(916) 433-2630 | www.scusd.edu
Goodwill Industries
6648 Franklin Blvd., Sacramento 95823 (916) 395-9000 | www.goodwillsacto.org
Golden Sierra Workforce Investment Board (otros
condados: Alpine, El Dorado, Placer)
1919 Grass Valley Hwy Ste. 100 Auburn, CA 95603
(530) 823-4635 | w
ww.goldensierra.com
Los que se han marcado con un [*] participan en
el Programa CA New Start, que es un programa de RANCHO CORDOVA 10381 Old Placerville Road, Suite 150,
(916) 255-3255
preparación para el empleo para las personas bajo el Sacramento
régimen estatal de libertad condicional.
Broadway* 915 Broadway Sacramento, CA 95818
(916) 324-6202
Citrus Heights 7011 Sylvan Rd, Suite A ,Citrus Heights
95610
(916) 676-2540
FRANKLIN 7000 Franklin Blvd, Suite 540, Sacramento
95823
(916) 262-3200
GALT 1000 C Street, Suite 100, Galt 95632
(209) 744-7702
Colegios comunitarios y escuelas de
adultos
En los colegios comunitarios y en las escuelas de adultos
también puede recibir capacitación laboral y de carreras
profesionales, al igual que educación básica necesaria para
ayudarle a encontrar un empleo. Usted puede encontrar
información acerca de colegios comunitarios en el área de
Sacramento en este sitio web:
http://www.losrios.edu/lrc/lrc_addresses.php
GREATER SACRAMENTO URBAN LEAGUE *
3725 Marysville Blvd. Sacramento 95838
(916) 286-8623
Usted puede obtener información de colegios en toda California en:
HILLSDALE 5655 Hillsdale Blvd., Suite 8, Sacramento
95842
(916) 263-4100
Para obtener información acerca de escuelas de adultos: http://www.scusd.edu/
LA FAMILIA 5523 34th Street, Sacramento 95820
(916) 452-3601
LEMON HILL*
5451 Lemon Hill Ave Sacramento, CA 95824
(916) 433-2620
MARK SANDERS*
2901 50th Street, Sacramento 95817 (916) 227-0301
http://californiacommunitycolleges.cccco.edu/
A continuación se encuentran algunas escuelas de adultos en
el área de Sacramento. Llame a cada escuela para obtener
información de la inscripción.
Centro de Capacitación Técnica y Comercial Charles
A. Jones 5451 Lemon Hill Avenue, Sacramento, CA 95824 (916) 433-2600 ext 1000
La Guía Popular
41
Centro de Educación Tecnológica Florin
2401 Florin Road, Sacramento 95822
(916) 433-2844
Centro de Carreras Lemon Hill
5451 Lemon Hill Ave., Sacramento, 95824 (916) 433-2600 | www.caj.edu
Escuela para Adultos Fremont
2420 N Street, Sacramento 95816
(916) 277-6620
¿Me pueden ayudar a buscar trabajo si tengo una discapacidad?
Centro Aero Haven
5440 George Drive, North Highlands 95660
(916) 566-2735
Centro para Adultos A. Warren McClaskey
5241 J Street, Sacramento, 95819
(916) 277-6625
Escuela de Adultos Old Marshall en la Escuela Preparatoria Sacramento
2315 34th Street Sacramento
(916) 277-6211
Escuela de Adultos Orange Grove
4640 Orange Grove Ave., Sacramento, 95841
(916) 971-7399
Centro Técnico Sunrise
7322 Sunrise Blvd., Citrus Heights, 95610
(916) 971-7654
Escuelas de Adultos Twin Rivers: Winona Center
3222 Winona WayNorth Highlands, CA 95660 (916)286-3837 http://www.tras.edu/
Centro Las Palmas
577 Las Palmas Ave., Sacramento 95815
(916)286-7526
Centro Grand Avenue
1333 Grand Avenue, Sacramento 95838
(916) 286-3836
• Se ofrecen servicios antes de salir en libertad. Adelántese
y empiece a aprender un oficio y a obtener la documentación necesaria para empezar a buscar trabajo antes de que
salga en libertad.
• Preparación básica para el empleo. Aprenda las “aptitudes
sociales” que lo ayudarán a tener éxito en el trabajo, incluso
en las entrevistas y para comunicarse en el trabajo.
Escuela de Educación Preparatoria Rio Linda
6309 Dry Creek Road, Rio Linda 95673
(916) 286 3836
Escuela de Adultos y Educación Comunitaria Elk
Grove
8401-B Gerber Road Sacramento, CA 95828 (916) 686-7717 | http://www.egusd.net/adulted/
[email protected]
42
Centro de Recursos Community Connection
1217 Del Paso Blvd., Sacramento 95815
(916) 568-5980
• Desarrollo de aptitudes básicas. Lo prepara para que reciba su diploma de educación general (GED), y ofrece clases
de inglés como segundo idioma (ESL) o clases de educación
básica.
Allied Health
5201 Arnold Ave., McClellan 95652
(916) 286-5181
Educación para Adultos Folsom Cordova
10850 Gadsten Way Rancho Cordova 95670 (916) 638-7630 | [email protected]
Llame a la oficina del Departamento de Rehabilitación de
Sacramento al (916) 558-5300 y pregunte cuál es la oficina
que le queda más cerca.
¿Qué tipo de ayuda se ofrece para
ex delincuentes?
Centro de Adultos Winterstein
900 Morse Ave., Sacramento, CA 95864
(916) 971-7414
Centro de Carreras del Sur del Condado
8401-A Gerber Road, Sacramento 95828
(916) 525-471
El Departamento de Rehabilitación ofrece muchos servicios gratis para ayudar a personas con discapacidades que
desean trabajar y vivir independientemente. Incluso, se ofrece
orientación vocacional y capacitación; bolsa de trabajo, tratamiento médico, ayuda para la matrícula escolar y los libros;
herramientas necesarias; modificaciones de carro; dinero para
transporte; servicios de lectura e intérpretes para los miembros
de la familia (tal como lecciones de manejo u orientación).
• Capacitación para aprender un oficio. Aprenda un oficio o
una profesión para que pueda reintegrarse a la fuerza laboral, o para conseguir un mejor trabajo.
• Ayuda para colocarse en un empleo. Le abre las puertas
a oportunidades de empleo con la ayuda de especialista de
empleo de Goodwill.
• Aptitudes necesarias para la vida cotidiana. Aprenda habilidades nuevas que le ayudarán a tener una vida plena, tal
como la crianza de niños, habilidades para tener relaciones
positivas y para comunicarse.
La Guía Popular
Urban League
Greater Sacramento
Asian Resources, Inc.
Mark Sanders One-Stop
and Training Agency
Sacramento Employment
Broadway One-Stop
La Familia
Counseling Center
Center for Employment Training
Sacramento City USD
Goodwill Industries
Franklin One-Stop
Hillsdale One-Stop
South County One-Stop
Rancho Cordova One-Stop
Employment Centers
Major Highways
Major Roads
Bodies of Water
Cities
Lugares donde se ofrece capacitación
laboral en Sacramento*
*Esta no es una lista completa, pero le dará una idea de los lugares en la
zona donde puede obtener ayuda.
43
La Guía Popular
Derechos laborales y beneficios para desempleados
¿Puedo conseguir los beneficios del seguro de desempleo?
1. Para solicitar el seguro de desempleo
Cuando esté desempleado, o trabaje menos de tiempo completo
y está listo, dispuesto y capaz de trabajar, es posible que
tengan derecho a los beneficios del seguro de desempleo.
Puede solicitarlos en línea en:
https://eapply4ui.edd.ca.gov
(800) 300-5616
Antes de que se le pueda pagar los beneficios del seguro de
desempleo, usted deberá:
• Haber ganado un salario suficiente durante el período base
para poder presentar una reclamación
• Estar total o parcialmente desempleado por razones ajenas
a su control (cesado, no despedido del trabajo por “mala
conducta” o no haber renunciado por motivo injustificable)
• Tener la condición física para trabajar y andar en busca de
trabajo en el momento
• Si asiste a un programa de capacitación aprobado no se
requiere que busque trabajo, esté disponible para trabajar o
acepte ningún trabajo mientras asiste a la capacitación
El beneficio semanal mínimo es de $40 y el máximo es de
$450. El período máximo normal en que se pagan beneficios
es de 26 meses. Puede solicitar extensiones hasta por un
total de 99 semanas.
Después de solicitar los beneficios, deberá llenar un formulario
de Certificación de Reclamación Continua, DE 4581, y enviarlo
por correo a EDD cada dos semanas. Si reúne los requisitos
empezará a recibir los pagos.
Se le envía con el cheque un formulario para las siguientes dos
semanas. Si el Estado considera que no reúne los requisitos
exigidos, programarán una entrevista telefónica. Pueden
reducir o negarle el cheque. Si no está de acuerdo con esta
decisión podrá solicitar una audiencia. En algunos casos su
empleador previo también tiene el derecho de negar que
usted tenga derecho a los beneficios y de pedir una audiencia
para oponerse.
En la audiencia, un juez administrativo imparcial escuchará
las pruebas y decidirá si debe recibir o no los beneficios.
Aproximadamente la mitad de las personas que se presentan
en las audiencias consiguen los beneficios.
2. Apele la negación de los beneficios
Sólo por el hecho de que sea despedido, aunque sea por
motivo justificable, no significa que usted no debe recibir los
beneficios del seguro de desempleo. Si EDD dice que no tiene
44
derecho a estos beneficios, deberá apelar la negación. Para
mostrar que no se le despidió por mala conducta, puede alegar
que usted cometió un error, simplemente no podía hacer el
trabajo, o lo que llevó a su despido fue un incidente aislado.
Además, si muestra que tenía motivo justificable para renunciar
al puesto de trabajo puede conseguir los beneficios. Llame
a una organización de ayuda de legal para solicitar ayuda.
¡Si presenta una apelación siga presentando sus formularios
a EDD todas las semanas!
Además de los beneficios de desempleo, el Departamento
Estatal de Promoción del Empleo (EDD) ofrece lo siguiente:
Beneficios de California para la Capacitación (CTB)
permite que las personas que reúnen las condiciones reciban
beneficios del seguro de desempleo mientras asisten a una
capacitación aprobada.
Beneficios del programa de Asistencia de Adaptación
Comercial si los trabajadores y los empresarios de su sector comercial demuestran daños económicos debido a las
importaciones y tratados comerciales
Permiso de ausencia para el cuidado de familiares para
que el trabajador reciba beneficios hasta por 6 semanas al
ausentarse para cuidar un hijo recién nacido, hijos, esposo(a),
padres o pareja cohabitante que tenga una enfermedad grave.
¿Dónde puedo conseguir ayuda si
tengo problemas en el trabajo?
Si tiene un problema en el trabajo y es miembro de un sindicato, comuníquese con su representante sindical, para que
éste le aconseje cómo tratar el problema con su empleador
o comunicarse con el organismo de gobierno más indicado.
Reclamaciones salariales: Puede presentar ante la Comisión
Laboral una reclamación salarial por la cantidad que sea (o
presentarla en la Corte de Reclamo de Cantidades Menores
hasta por $7,500) si su empleador hace cualquiera de los
siguientes:
•   Paga menos del salario mínimo corriente. Hay excepciones
a esta regla, incluso para menores de edad.
•   No paga el trabajo en horas extras. Las horas extras se
pagan a razón de una y media veces el salario normal por
hora si trabaja más de 40 horas por semana O más de 8 horas
por día O trabaja 7 días consecutivos. Las horas extras se
pagan al doble si trabaja más de 12 horas por día O más de
8 horas, el séptimo día consecutivo.
•   Le descuenta cantidades indebidas de su salario
•   No le da su último cheque en cuanto lo despida o dentro
de 72 horas si usted renuncia al trabajo sin avisar con 3 días
La Guía Popular
de anticipación
ejemplo, si recibe asistencia social).
•   Después de que pierda su trabajo, no le paga las vacaciones
que se le habían prometido y que había acumulado.
Se requiere que los empleadores mantengan condiciones seguras y saludables en el trabajo. Si se le pide que
trabaje en condiciones insalubres o peligrosas, una agencia
estatal investigará su queja, y es posible que su empleador
sea multado por violar la ley. Comuníquese con la oficina de
la Administración de Salud y Seguridad Laboral de California
(Cal/OSHA) más cercana a su lugar de trabajo. Las oficinas
locales de esta entidad figuran en la primera parte de las
páginas blancas de la guía telefónica o en el sitio web: www.
dir.ca.gov/dosh/DistrictOffices.htm.
•   No le paga el salario que se le debe o le paga con un
cheque sin fondos.
•   No le da un descanso de cuando menos 10 minutos por
cada 4 horas que trabajo y/o un descanso de cuando menos
media hora, que puede ser sin goce de salario, si trabaja un
turno mínimo de 5 horas. Es posible que pueda conseguir
que se le indemnice por el hecho de que no se le dieron los
descansos.
La ley también establece que se le indemnice por el
tiempo de espera. Estas indemnizaciones pueden sumar
hasta 30 días de pago por cada día que tenga que esperar que
se le pague el salario que se le debe. Los salarios incluyen
el pago regular, las horas extras, el pago vacacional y la indemnización por la falta de descansos que establece la ley.
Para comunicarse con la Comisión Laboral póngase en
contacto con el Departamento Estatal de Relaciones Industriales, a la oficina de Cumplimiento de Normas Laborales,
2031 Howe Ave, Suite 100, Sacramento, CA 95825, (916) 620-6330.
El Departamento Federal del Trabajo tiene una oficina
que también ayuda a las personas que tienen problemas
similares. Sus servicios son más limitados. Sin embargo,
puede presentar una queja anónima con ellos para evitar las
represalias de su empleador.
Póngase en contacto con el Departamento del Trabajo en el
800 Capitol Mall, Sacramento, (916) 654-8178. Este también es el número de teléfono y dirección del departamento
de Empleo y Capacitación para Veteranos de Guerras en el
Departamento del Trabajo.
Es ilegal discriminar a los trabajadores debido a su raza, sexo,
religión, nacionalidad de origen, ciudadanía, edad, discapacidad, afiliación política u orientación sexual. También es
ilegal requerir favores sexuales a un empleado (hostigamiento
sexual). Si usted piensa que se le ha discriminado, puede presentar una reclamación ante la Comisión de
Igualdad de Oportunidades en el Empleo en persona o
por correo en la sucursal de San Francisco, 350 The Embarcadero, Suite 500, San Francisco, CA 94105, (800) 669-4000.
Información en línea en el: http://www.eeoc.gov/employees/
charge.cfm.
Ellos investigarán su queja y posiblemente puedan ayudarle
a resolver el problema. Si su caso requiere una resolución
judicial, se le dará una carta que le autoriza presentar la
demanda judicial.
También puede llamar al Departamento de Igualdad
en el Empleo y la Vivienda de California al (800) 8841684 para presentar reclamaciones por discriminación y
hostigamiento sexual. DFEH acepta quejas por las mismas
razones que el EEOC. El DFEH también acepta quejas de
discriminación con base en la orientación sexual, el hecho
de tener hijos, su estado civil y su fuente de ingresos (por
¿Qué puedo hacer si me lastimo y
no puedo trabajar?
1. Seguro Estatal de Discapacidad
Si no puede trabajar temporalmente debido a una enfermedad
o lesión no laboral, o por embarazo, es posible que tenga
derecho a los beneficios del seguro estatal de discapacidad
(SDI). Estos beneficios varían de $50 a $882 por semana y
pueden durar hasta por un año (39 semanas para empleadores
y personas que trabajan por su propio cuenta que deciden
pagar por la cobertura de SDI).
Este beneficio aplica si no puede realizar su trabajo regular o de
costumbre por un mínimo de ocho días consecutivos. Deberá
haber perdido de ganar su salario, o si queda desempleado,
haber dejado de buscar empleo debido a su discapacidad.
Tendrá que recibir el cuidado y tratamiento de un médico
durante los primeros ocho días de su discapacidad y para
seguir recibiendo los beneficios.
Deberá llenar y enviar por correo una “Reclamación del Empleado” dentro de 49 días de la fecha que quedó discapacitado.
Si su discapacidad le impide llenar el formulario, o los solicita
a nombre de un reclamante discapacitado o fallecido, llame al
(800) 480-3287 para recibir los formularios correspondientes
y para pedir ayuda.
También deberá preguntar si su médico debe llenar y firmar
el “Certificado Médico”. Si su doctor piensa llenar y enviar
el formulario a SDI, déle un sobre dirigido a la oficina de
SDI indicada a continuación. Envíe su reclamación cuando
mucho 9 días y cuando menos 49 días después del primer
día que quedó discapacitado. Llene y firme la Reclamación
del Empleado junto con el Certificado Médico por correo a:
State Disability Insurance, P.O. Box 201006, Stockton,
CA 95201-9006. Puede conseguir el formulario para la reclamación en línea:
http://www.edd.ca.gov/disability/Disability_Request_a_
Claim_Form.htm or call (800) 480-3287.
Es posible que no tenga derecho a los beneficios de SDI si
usted:
•    Está solicitando o recibiendo los beneficios del seguro
de desempleo.
La Guía Popular
45
•   Está recibiendo los beneficios del seguro de indemnización
por lesiones laborales que sean equivalentes o superiores a
la cantidad de SDI a la que tendría derecho
•   Está en la cárcel, la prisión o centro de rehabilitación debido
a que se le declaró culpable de un delito.
•   No se somete a un examen médico independiente cuando
se le pide que lo haga.
Tiene el derecho de apelar todas las negaciones, descalificaciones, pagos excesivos o castigos. Se incluyen las instrucciones
específicas para presentar la apelación en los formularios
estatales que recibe. Si presenta una apelación y sigue estando discapacitado deberá seguir llenando y devolviendo las
certificaciones de la reclamación.
Para aquellos que están internados en un centro de rehabilitación de alcohólicos o drogadictos aprobado por el Estado, se
proveen los pagos por un período máximo de 90 días. (Sin
embargo, puede recibir los beneficios de SDI si su discapacidad está relacionada con o es causada por el alcoholismo o
drogadicción aguda o crónica para la cual recibe tratamiento
médico).
Cuando se reciba su reclamación, la oficina de SDI le notificará la cantidad semanal del beneficio que se paga y le
solicitará cualquier información adicional que se necesite para
determinar si tiene derecho al beneficio. Si cumple todos los
requisitos, se le enviará un cheque de un centro de pagos.
Si tiene derecho a beneficios adicionales, se le enviarán automáticamente dichos pagos o una formulario de certificación
de reclamación continua para las siguientes dos semanas
junto con el cheque. Deberá reportar los ingresos que reciba,
aunque a veces resulte en la reducción de su cheque de SDI.
Coordinación con el Seguro de Indemnización por
Lesiones Laborales
Si también ha presentado una reclamación por lesiones laborales y la compañía de seguros retrasa o niega los pagos, SDI
posiblemente le pague los beneficios mientras se resuelve su
caso. Sin embargo, SDI pagará beneficios sólo por el período
que esté discapacitado y presentará un embargo para recuperar los beneficios que se le pagaron.
estar discapacitado a largo plazo o permanentemente por
más de un año, solicite el SSDI y/o SSI del Seguro Social
mucho antes de que se venza el año en que puede recibir
los beneficios de SDI (véase la página 57 – Programas de
Seguro Social).
2. Indemnización por Lesiones Laborales
Si queda discapacitado por una lesión laboral o como resultado de condiciones insalubres, peligrosas o estresantes
en el trabajo, deberá solicitar la indemnización por lesiones
laborales. Este sistema de indemnización no asigna culpa,
lo cual significa que los empleados lesionados no tienen que
comprobar que la lesión ocurrió por culpa de otra. Hay seis
tipos básicos de beneficios por lesiones laborales:
a. Beneficios médicos: El empleador paga por el cuidado
médico que se requiera debido a la lesión laboral.
b. Beneficios de discapacidad temporal: Estos se pagan
cada dos semanas si no puede volver al trabajo dentro de
tres días o pasa la noche en el hospital. El propósito de los
beneficios es el de reemplazar parcialmente dos tercios del
salario perdido como resultado de la lesión, hasta un máximo
de $840 por semana. En la mayoría de los casos, los beneficios
se pagarán por un máximo de 104 semanas.
c. Discapacidad total permanente: Si tiene una discapacidad total permanente recibirá hasta $840 por semana de
por vida.
d. Discapacidad parcial permanente: El “porcentaje de
discapacidad” se basa en la evaluación médica. Se le pagan
beneficios semanales por un período que aumentará según el
porcentaje de la discapacidad, de 4 semanas si la discapacidad
permanente es del 1% hasta 694 semanas si la discapacidad
es del 99%. Aquellos que tengan una discapacidad parcial
permanente de 70% o más también reciben una pensión
de vida reducida después de que reciba el pago final de los
beneficios.
SDI y el Seguro de Indemnización por Lesiones Laborales
son dos programas por separado. La ley no permite que se
le paguen beneficios completos de ambos programas por el
mismo período.
Sin embargo, si la Indemnización por Lesiones Laborales es
menos que la cantidad del beneficio de SDI, es posible que
SDI le pague la diferencia entre las dos cantidades.
Discapacidad de largo plazo o permanente: Si espera
46
La Guía Popular
e. Servicios de rehabilitación vocacional: Estos servicios se ofrecen cuando no puede volver a hacer el mismo
tipo de trabajo que hacía después de sufrir la lesión laboral.
Tiene derecho a estos servicios si es razonable esperar que le
ayudará a volver a un empleo remunerado adecuado. Puede
recibir hasta $246 por semana – menos que los beneficios
por discapacidad temporal.
f. Beneficio por fallecimiento: Si el trabajador muere por
causa de una lesión laboral, el empleador pagará los costos
de entierro hasta una cantidad de $5,000 y los pagos de
manutención para los familiares que sobreviven al trabajador
fallecido.
Para presentar una reclamación por lesión laboral:
Si necesita ayuda para presentar una reclamación o si su
empleador no tiene este seguro, comuníquese a:
(916) 928-3101 o al (800) 736-7401.
Unidad de Evaluación de las Discapacidades
(916) 928-3150
Unidad de Información y Asistencia (916) 928-3158
Unidad de Readiestramiento y Vuelta al Trabajo
(510) 286-6990
Taller para trabajadores lesionados: se celebra el primer
martes de cada mes a las 10:30 a.m.
Es posible que también quiera contratar un abogado particular
para ayudarle con su reclamación. Muchos abogados llevan
estos tipos de caso si no puede pagarles por adelantado
porque la ley establece que sus honorarios serán pagados
por la compañía de seguros. Si está discapacitado permanentemente y no espera volver al trabajo, es posible que
tambiéntenga derecho al Seguro Social o SSI.
Para problemas con las reclamaciones al seguro de indemnización por lesiones laborales:
160 Promenade Circle, Suite 300
Sacramento, CA 95834
Créditos tributarios
1. Crédito por Ingresos Salariales (EIC, por sus siglas
en ingles)
“El Crédito por Ingresos Salariales” (EIC, por sus siglas en
inglés) es un cheque que los trabajadores de bajos ingresos
pueden recibir de parte del gobierno al presentar una declaración federal de impuestos o llenar un formulario W-5
durante el año, aún si no deben impuestos federales debido
a que sus ingresos son tan bajos. Es necesario tener un
número de seguro social válido para recibir este dinero.
Calificaciones de ingresos anuales para el créditos tributarios se puede encontrar en http://www.irs.gov/Individuals/Preview-of-2012-EITC-Income-Limits,-Maximum-Credit-Amounts-and-Tax-Law-Updates. Tenga en cuenta que los
límites con respecto a los ingresos son más altos para las
personas casadas.
Si usted recibe CalWORKs, la oficina de asistencia social no
puede hacer que este pago figure como parte de sus ingresos si usted gasta el dinero el mes en que lo recibe o al
mes siguiente. Este dinero sí figura como un ingreso si usted
participa en el programa de Asistencia General.
También puede solicitar pagos “retroactivos” por los últimos
tres años. Si usted no debe impuestos, no se impone ninguna penalización si uno solicita este crédito tarde (después
del 15 de abril).
Puede reclamar el EIC en el formulario de impuestos (1040 o
1040A) o bien puede llenar tan sólo la primera hoja del “For-
mulario EIC” y el IRS le calculará el monto. Sin embargo, no
puede utilizar el formulario 1040EZ (el formulario más corto)
para reclamar su EIC.
Si necesita ayuda para obtener este crédito puede llamar a
la línea directa de EIC al (800) 601- 5552. Para obtener un
formulario 1040 o 1040A para este año y los años anteriores, y para recibir ayuda gratuita para preparar sus declaraciones de impuestos llame al IRS al (800) 829-3676 y solicite
hablar con los Voluntarios VITA que ofrecen Asistencia con
la Declaración de Impuestos. Los formularios también están
disponibles en las bibliotecas, oficinas de correos y otros
sitios públicos.
Si lo desea, se le puede distribuir este pago durante el transcurso del año con deducciones de impuestos más bajas en
su cheque de pago, en lugar de recibir el monto total al final
del año. Si esto es lo que desea, solicite que su empleador
llene un formulario W-5.
2. Crédito tributario por cuidado de niños y de personas dependientes
Las familias que pagan por cuidado de niños o de personas
dependientes para poder trabajar o buscar trabajo posiblemente reúnan los requisitos para recibir dinero o una reducción en el pago de impuestos al gobierno federal y estatal.
El dependiente puede ser un niño menor de 13 años o un
dependiente de cualquier edad que es incapaz de cuidarse a
sí mismo, incluyendo un cónyuge discapacitado.
La Guía Popular
47
Los padres recibirán hasta 35% de los gastos de cuidado solicitar al hacer la declaración de impuestos estatales. Los
infantil. La cantidad que se obtiene es generalmente más alta inquilinos que no deben impuestos no recibirán ningún
si sus gastos son más altos.
descuento. Se peude acceder a crédito tributario para inquilinos actual en https://www.ftb.ca.gov/individuals/faq/
Para recibir estos créditos federales y estatales debe tener ivr/203.shtml.
un número de Seguro Social o un Código Único de Identificación Tributaria (ITIN, por sus siglas en ingles). Debe tener
ingresos de un empleo y proporcionar el número de seguro
social del niño o del dependiente que está recibiendo el cuidado, como también el nombre, domicilio, código de identificación tributaria o número de seguro social de la persona o
agencia que proporciona los cuidados.
El crédito otorgado por el Estado se limita a las familias que
cumplir los calificaciones de ingresos. Se puede encontrarlos
en https://www.ftb.ca.gov/individuals/faq/ivr/103.shtml. No
hay un límite de ingresos para recibir el crédito federal.
3. Crédito Tributario para Inquilinos
El Crédito Tributario para Inquilinos no es un pago que uno
puede recibir, sino una deducción que los inquilinos pueden
48
La Guía Popular
CalWorks
CalWORKs provee dinero para niños menores de 19 años de
edad y para los parientes que se encargan de ellos. Se requiere que la mayoría de los adultos trabajen y se capaciten.
La mayoría de los adultos sólo podrán conseguir la ayuda
monetaria de CalWORKs por 48 meses durante su vida. Si
reúne los requisitos para recibir la ayuda monetaria, también
tendrá derecho a Medi-Cal para recibir servicios médicos y
CalFresh (estampillas para alimentos). En el condado de
Sacramento, el organismo que administra CalWORKs se llama
DHA, el Departamento de Asistencia Social.
Tanto las familias de padres solteros como las que cuentan
con ambos padres pueden recibir ayuda monetaria. En el
caso de las familias que tengan ambos padres, uno de ellos
deberá estar discapacitado o el que haya ganado más dinero
en los últimos dos años deberá haber trabajado menos de
100 horas en las últimas cuatro semanas antes de solicitar
la ayuda monetaria.
Los niños deberán vivir con un pariente de 18 años de edad
o mayor. Algunas personas de 18 años pueden recibir ayuda
monetaria hasta que cumplan los 19 años si se graduarán de
la escuela a los 19 o tienen una discapacidad que les impidió
que se graduaran. Para más información sobre CalWORKs,
vea la hoja informativa en el sitio de web DHA: www.dha.
saccounty.net
¿Quiénes tienen derecho a CalWORKs?
1. Ingresos máximos
Puede tener derecho a la ayuda si sus ingresos son inferiores a
ciertos límites. Una vez que empiece a recibir la ayuda puede
también recibir mayores ingresos, pero aún así se establecen
límites. (Se calculan sus ingresos de manera distinta si tiene un
negocio propio o trabaja por su propia cuenta). Debe aplicar
si no está seguro si usted califica. Para más información sobre
CalWORKs, vea la hoja informativa en el sitio de web DHA:
www.dha.saccounty.net
das, intereses (como de cuentas bancarias) o beneficios de
desempleo. Ingreso del trabajo, salarios de trabajo o ingresos
basados en una discapacidad no es contado dólar por dólar,
aunque la primera $225 de desempleo o ingreso no contará.
La mitad de los restantes ingresos ganados después de que
esta cantidad no contará.
Si el padre o la madre está discapacitada, la familia tiene
derecho a la cantidad mayor que corresponde a familias
“exentas”. Vea la hoja informativa en el sitio de web DHA:
www.dha.saccounty.net
3.Considere los plazos límites antes de aceptar la
ayuda monetaria
Es posible que no le convenga recibir la ayuda monetaria si
recibe otros ingresos. Cada mes que reciba ayuda monetaria
de CalWORKs se descuenta del plazo límite de 48 meses,
aunque sólo reciba unos cuantos dólares por mes. Puede
recibir Medi-Cal, Estampillas para Alimentos y ayuda para pagar
el cuidado de niños aún cuando no reciba ayuda monetaria
de CalWORKs. ¿Acaso le conviene recibir ayuda monetaria si
esto implica “agotar” un mes de beneficios”? ¿Le convendrá
mejor “reservar” el mes en caso de que lo requiera más en el
futuro? Consulte con una organización de ayuda legal acerca
de sus opciones.
4. Subvenciones máximas para la familia (“MFG”, por
sus siglas en inglés)
No aumentará la cantidad de la ayuda monetaria si nacen niños
adicionales mientras esté recibiendo CalWORKs su familia.
Aplican ciertas excepciones. Pregúntele al asistencia social
o consulte con una organización de ayuda legal.
2. Propiedad y recursos máximos
Hay límites de propiedad (“recursos límite”) para las familias,
includyendo límites específicas para miembros de la familia
que recibenque tienen 60 anos de edad o más. Visite http://
www.dha.saccounty.net/benefits/Documents/CalWORKsFactSheet.pdf tener acceder los límites de la propiedad corrientes.
• Si solicita CalWORKs, se toma en cuenta el valor de vehículo
hasta una cantidad máxima. Aplican ciertas excepciones a
vehículos, como por ejemplo si los beneficiarios viven en el
vehículo, lo usan para su negocio o lo usan para transportar
a una persona discapacitada.
Esta subvención máxima será reducida de acuerdo con los
ingresos no salariales que usted reciba, tales como beneficios
del seguro social pagaderos a familiares de personas falleci-
La Guía Popular
49
los detalles con su asistente social. Si le dicen que el condado
de Sacramento no ofrece este tipo de pagos, consulte a una
organización de ayuda legal (véase la pág. 80).
¿Cuáles son los beneficios?
1. Beneficios básicos
•Medi-Cal para pagar los servicios médicos (pág. 24: MediCal)
• CalFresh (Estampillas para Alimeentos) en la mayoría
de los casos (pág. 12: CalFresh)
• Necesidades inmediatas: un delante de hasta $200 en
el momento de presentar la solicitud, o un cheque por la
cantidad entera dentro de 3 días si ha recibido un aviso de
desalojo (avísele al asistente social cuando presente inicialmente la solicitud)
• Ayuda para personas sin hogar y para conservar la
vivienda incluso para prevenir el desalojo, para pagar el
albergue temporal, costos para ocupar otra vivienda, subsidio
de alquiler y ayuda para pagar los costos de mudanza. Salvo
algunas excepciones, sólo podrá recibir esta ayuda una vez
en su vida.
3. Necesidad inmediata
Puede conseguir ayuda monetaria de $200 o la cantidad total
de su cheque en caso de emergencia. Deberá tener menos
de $100 y tener “necesidades inmediatas” cuando solicite esta
ayuda o antes de que sea aprobada. Asegúrese de informarle
al asistente social de todas sus necesidades, incluso dinero
para pañales, medicinas, transporte, lavado de ropa, o aviso
de interrupción de servicios públicos.
4. Crianza de Menores Ajenos
Si usted se ha hecho cargo de los hijos de otros, es posible que
tenga derecho a pagos por el hecho de que los acogido en su
hogar sin adoptarlos, aunque sean parientes suyos. Si viven
con usted los hijos de algún pariente pero no recibe pagos
del gobierno por su crianza, deberá recibir ayuda monetaria
de CalWORKs para ellos
• Necesidades especiales no recurrentes: Puede recibir
hasta $600 cada vez si tiene que reponer su ropa o contenido
de la casa debido a un incendio, desastre natural, robo u otro
suceso ajeno a su control. También puede recibir dinero para
albergarse si su hogar queda tan dañado o inservible que
no puede quedarse allí. Deberá tener menos de $100 para
poder recibir esta ayuda.
• Necesidades especiales: Puede conseguir $9 a $15 adicionales si tiene necesidades especiales, como por ejemplo
costos alimenticios mayores debido a que tiene que mantener
una dieta especial, o mayores costos de transporte o servicios
públicos debido a una condición médica. Las madres que
amamantan a sus hijos pueden recibir $15 más para ayudarles
a cubrir los costos alimenticios. Avísele a su asistente social
si tiene estas necesidades especiales.
• Servicios de transición al empleo tales como orientación
personal, capacitación para el empleo, ayuda para colocarse
en un empleo, asistencia educativa, dinero para herramientas, uniformes, cuidado de niños, transporte y mudarse a
otra vivienda.
• Dinero para mujeres embarazadas: Después de 6 meses
de embarazo podrá recibir $47 adicionales hasta que nazca el
bebé, siempre que no esté recibiendo beneficios de CalWORKs
para otros hijos. (Aplican algunas reglas especiales.)
• Manutención de menores: Puede recibir $50 adicionales
cada mes si el padre o la madre paga cuando menos $50 para
la manutención de sus hijos al Departamento de Servicios
de Manutención de Menores. Dicho Departamento le dará
una relación de los pagos que haga el padre o la madre (un
recuento).
2. Pagos alternativos
En lugar de recibir ayuda monetaria puede solicitar que se le
dé una gran cantidad de dinero llamado “pago alternativo”
para ayudarle a conseguir o mantener un empleo. Investigue
50
La Guía Popular
¿Cómo solicito los beneficios de CalWORKs?
Se solicitan los beneficios de CalWORKs en la oficina de DHA
más cercana. (Véa la pág. 68 – Oficinas de DHA.)
Cuando los solicite, tendrá el derecho de que se le trate
con cortesía y sin discriminación de ningúna clase. Los trabajadores del DHA deberán hacer lo posible por ayudarle a
conseguir todos los beneficios a los que tiene derecho.
A menudo las personas que tienen derecho a los beneficios y
los necesitan urgentemente no reciben información precisa,
o no entienden o se desaniman. Si esto le sucede a usted,
no se dé por vencido, insista en hablar con un supervisor o
el gerente del supervisor, busque la ayuda de un defensor,
o llame a una organización de ayuda legal (véase la página
67 – Audiencias y Quejas.)
1. Violencia en el hogar
Si usted es víctima de la violencia en el hogar, o sufre los
efectos de la violencia previa, avísele inmediatamente al
asistente social, puesto que hay trabajadores disponibles
que han recibido capacitación especial para ayudarle. También es posible que no se le obligue a cumplir los requisitos
del programa de transición al empleo o que apliquen excepciones a las reglas en su caso, como la referente a la
Subvención Máxima para la Familia.
2. Ayuda especial para los discapacitados
Si padece una discapacidad física o mental le impide solicitar
los beneficios siguiendo el proceso normal, el DHA deberá
proporcionarle ayuda especial. Esto podría incluir el asistirle
en su casa para llenar la solicitud, y leerle todos los formularios. Pídale a su asistente social esta ayuda. Si no se la
dan, comuníquese con el Enlace de Derechos Civiles en la
oficina de DHA o consulte con una organización de ayuda
legal.
3. Documentos para llevar consigo cuando presente
la solicitud
Cuando solicite CalWORKs, lleve consigo los siguientes documentos. Se le faltan algunos, siga adelante con la solicitud
y consiga una lista de documentos para llevarlos posteriormente. Pídale al asistente social que le ayude a conseguir
los documentos faltantes.
•
Documento de identidad con su nombre y su actual
domicilio. Esto puede incluir un acta de nacimiento, licencia
de manejar, tarjeta de identidad de California.
•
Números o tarjetas de seguro social (o prueba de
haber solicitado las tarjetas)
•
Comprobante de sus ingresos (como talonarios de
cheques, un formulario W2, o copia de su declaración de
impuestos)
•
Comprobante de que vive en el condado (un documento que contenga su nombre y una dirección) para cada
persona para quien se solicita la asistencia
•
Si no tiene documento de identidad, también puede
llenar un formulario jurando que es quien dice ser. El DHA
utilizará esto provisionalmente hasta que consiga un comprobante de su identidad.
•
Prueba de ciudadanía, estado migratorio o de extranjero de cada persona para quien se solicita la asistencia
•
Prueba de su situación de vivienda (recibos del
alquiler, contrato de arrendamiento, etc)
•
Papeles referentes al pago de su vehiculo y la
matrícula del mismo
•
Cartas de un médico si algún miembro de la unidad
familiar está embarazada, discapacitado, tiene necesidades
médicas especiales o necesita llevar una dieta especial
•
Cualquier papel referente al matrimonio, divorcio,
manutención de los hijos u otras circunstancias que aplican
a su familia
4. Requisito referente a las huellas dactilares
Todos los adultos (de 18 años de edad o mayores) y los adolescentes que tienen hijos deberán dar las huellas dactilares
para solicitar y recibir los beneficios de CalWORKs. Si se
niega a dar las huellas, se le negará la ayuda monetaria o se
le suspenderá si ya la está recibiendo, pero sus hijos pueden
obtener tal ayuda. Si se le ha citado para dar las huellas en
una fecha que no le conviene, pida otra cita.
5. Los siguientes pasos a tomar
Manténgase en contacto con la asistente social de DHA que
se encarga de su caso y apunto su nombre, número de teléfono. Si se le pide que envíe papeles adicionales a la oficina de asistencia social, pídale a la asistente social un sobre
predirigido a él o ella y con el porte prepagado.
Si presenta papeles en persona, pida un recibo. Guarde
para sí mismo una copia de todo el papeleo. Si necesita
ayuda pero su asistente social no está disponible, el trabajador de turno debe ayudarle.
Dentro de 45 días de la fecha en que presente la solicitud,
recibirá ya sea su primer cheque o un aviso de que se ha
negado la ayuda. Si el DHA le niega la ayuda, deberá enviarle una carta explicando el motivo. No firme un “retiro” de
su solicitud a menos que entienda y esté de acuerdo con el
motivo que se le ha dado.
Si se le aprueba la ayuda monetaria para usted, se le requerirá participar en las actividades del programa de transición al empleo, a menos que reúna los requisitos que se
le exente de esta obligación (también llamado “exención”
o “motivo justificable”). Al poco tiempo de que se aprueba
la ayuda monetaria se le citará para ayudarle a pasar de la
asistencia social al empleo.
6. Tarjeta EBT
El DHA le dará una “tarjeta de beneficios electrónicos” EBT
(Golden State ADVANTAGE) para usarse en los bancos, cajeros automáticos y tiendas. Tendrá acceso a la ayuda monetaria y las estampillas para alimentos (“CalFresh”) por medio
de la tarjeta EBT. Pídale a la asistente social una lista de los
bancos y cajeros automáticos más cercanos a usted que no
cobran cuotas. Llame al (877) 328-9677 inmediatamente si
La Guía Popular
51
¿Cuáles son los requisitos exigidos?
¿Cuáles son las reglas referente al empleo?
1. Informe en los formularios “SAR-7”
1. Horas de participación semanal
El Informe Trimestsral (QR-7) se ha sustituido con el Informe
semestral. Cada seis meses, deberá informar de cambios que
haya en sus ingresos, propiedad o el número de miembros
de su unidad familiar. El DHA le enviará por correo un formulario SAR-7 para haga esto. En dicho formulario también
se requerirá que informe cualquier cambio, incluso cambios
que usted espera que ocurran en los siguientes tres meses.
Las siguientes reglas se aplican a la mayoría de las familias.
A partir de enero de 2013, si usted es un padre soltero con
un niño menor de 6, tienes que trabajar o participar en “asistencia social al trabajo” actividades de 20 horas a la semana,
a menos que a menos que se perdone.
2. Informe de todos sus ingresos y regalos recibidos
Deberá tener cuidado de informar de todos los ingresos que
reciba o cambios sucedidos en su familia. El departamento
de asistencia social verificará con su banco, empleador y los
expedientes de impuestos sus ingresos, y recibe denuncias
del público de supuestos “fraudes” contra el sistema de asistencia social.
3. Coopere con la cobranza de los pagos para la manutención de los hijos
A menos que corra peligro al hacerlo o corran peligro sus hijos,
los padres que estén recibiendo ayuda monetaria deberán
cooperar con el Departmento de Servicios de Manutención
de Menores (DCSS) para cobrar la manutención al padre o
madre ausente. Deberá proveer información acerca del padre
o madre de sus hijos. Recibirá la subvención de CalWORKs
más $50 adicionales cada mes que el padre o madre pague
la manutención a tiempo.
Si no coopera y no tiene un motivo justificable para negarse
(como por ejemplo, el temor al padre o madre de sus hijos),
se le reducirá la ayuda monetaria en un 25%.
4. Vacunas para sus hijos
Cuando usted solicite los beneficios de CalWORKs o cuando
se le haga la revisión anual de su caso, deberá presentar
constancia de que sus hijos menores de 6 años de edad han
recibido las vacunas que requieren.
5. Asegurar que asistan a la escuela los hijos que
están en edad escolar
Si sus hijos tienen menos de 16 años de edad y no asisten
a la escuela con regularidad sin motivo justificable, la ayuda
monetaria para los adultos será suspendida. Si sus hijos son
mayores de 16 años de edad y no asisten a la escuela, o no
se están preparando pasar de la asistencia social al empleo,
sin motivo justificable, sólo será suspendida la ayuda monetaria para ese menor de edad. En todo caso, la subvención
monetaria será concedida de nuevo cuando compruebe al
DHA que el menor está asistiendo a la escuela o faltó por
motivos justificables.
Si usted es padre o madre soltera, deberá trabajar o participar 32 horas por semana en actividades del programa de
transición al empleo, a menos que se le exima de participar
en estas actividades.
Si viven juntos el padre y la madre, se requiere que participen
35 horas por semana a menos que uno de los dos quede
exento. Las 35 horas podrán ser compartidas por el padre
y la madre, pero uno de ellos deberá cumplir cuando menos
20 horas por semana.
Si necesita servicios de salud mental, de rehabilitación para
adictos o debido a la violencia en el hogar, estos servicios
cuentan para cumplir las 32 horas (o es posible que se le
exima o tenga que cumplir menos horas).
El DHA deberá eximirla del programa de transición al empleo,
lo cual significa que participar en estas actividades si usted:
• Cuida a su primer hijo que tiene menos de 12 meses de
edad, u otros hijos que tengan menos de 6 meses de edad
• Está embarazada y el DHA acepta el certificado del médico que
indica que su participación o su empleo afectará su embarazo
• Tiene menos de 16 años de edad
• Trabaja de voluntario de tiempo completo en el Programa
de Servicios Voluntarios de América (VISTA).
• Tiene entre 16 y 18 años, no está embarazada ni está
criando hijos
• Queda discapacitado por 30 días o más – puede ser una
discapacidad física o mental que le impide participar las 20/30
horas por semana en el programa o tener empleo, con verificación del médico
• Tiene 60 años de edad o más
Todos los meses que quede exento de participar por las
siguientes razones no se cuentan como parte de los 48 meses
que tiene derecho de recibir beneficios de CalWORKs:
Si no tiene derecho a un exención, es posible que tenga un
buen motivo que le exima de algunas de las actividades que
se le exigen para pasar de la asistencia al empleo. El límite de
48 meses sigue aplicando aunque tenga motivos justificables
(véase a continuación referente a la violencia en el hogar).
Motivos justificables incluye:
• No obtener los servicios de apoyo que necesita (tales como
cuidado de niños y transporte) para trabajar o asistir a la
actividad asignada
• Hijos que faltan a la escuela porque se enferman
52
La Guía Popular
• Falta de transporte (por ejemplo, se le descompone el carro)
• No tiene vivienda
2. Exención debido a la violencia en el hogar:
El DHA podrá dejar de aplicar algunas de las reglas de CalWORKS en el caso de víctimas de la violencia en el hogar,
tales como parar el vencimiento de los 48 meses que tiene
derecho de recibir beneficios, no exigir que participe en las
actividades para pasar de la asistencia pública al empleo, parar
la cobranza de la manutención de menores, o no aplicar la
regla referente a la subvención máxima para la familia. La
violencia puede haber ocurrido anteriormente o estar ocurriendo en la actualidad.
parte de los requisitos del programa de transición al empleo
mientras recibe la ayuda monetaria.
Puede asistir a un programa de rehabilitación de adictos
para cumplir con las actividades del programa de transición
al empleo. Tiene el derecho de rechazar el programa de
rehabilitación de adictos para cumplir dichas actividades;
sin embargo si no asiste a una programa de tratamiento, no
podrá valerse de las adicciones como motivo para no trabajar
o no participar en las actividades del programa de transición
al empleo.
Programa de transición al empleo
3. Discapacidades de aprendizaje
1. Orientación y evaluación
A todos los participantes que participan en el programa de
transición al empleo se les deberá ofrecer una evaluación de
discapacidades de aprendizaje.
Al poco tiempo de recibir la ayuda monetaria, se le citará por
carta para que asista a la orientación del programa de transición al empleo. Durante la orientación, se le explicarán las
reglas, plazos límites y requisitos de trabajo de dicho programa.
Puede decir que no quiere que se le haga tal evaluación, pero
si cambia de opinión puede pedirla en cualquier momento.
Si la evaluación muestra que usted tiene discapacidades de
aprendizaje, se deben incluir actividades para abordar dichas
discapacidades en el plan de transición al empleo, como por
ejemplo la instrucción particular o tiempo adicional para estudiar. El DHA deberá decidir si la búsqueda de empleo aplica
a usted, o si se deben extender los plazos límites para usted.
Servicios para padres que trabajan
Cuidado de niños (véa la pág. 58)
Dinero para cubrir los costos de transporte: dinero para
el pasaje de autobús, costos de estacionamiento, pago de
millaje o fondos para arreglar un vehículo (si están disponibles
los fondos)
Dinero para herramientas, libros, cuotas y uniformes
si se requieren para el empleo o la capacitación. El DHA no
paga los costos de matrícula.
Servicios de salud mental: Se le deberá hacer una evaluación inicial de salud mental durante la orientación. Además,
un trabajador del DHA puede sugerir que usted acuda a
una evaluación de salud mental si consideran que tiene obstáculos psicológicos que le impedirá conseguir un empleo
y permanecer en el mismo. También podrá pedir que se le
haga una evaluación de salud mental en cualquier momento
al llamarle a su asistente social o asistente del programa de
transición al empleo.
Servicios de rehabilitación de adictos: Podrá solicitar
ayuda para conseguir tratamiento de las adicciones en cualquier momento al llamarle a su asistente social o asistente del
programa de transición al empleo. Si se le dificulta conseguir
empleo o mantenerse empleado debido a problemas con el
alcohol o las drogas, el trabajador del programa lo puede
remitir a una evaluación clínica de adictos. Es posible que se
le ofrezca ayuda por medio de una variedad de servicios de
rehabilitación. Podrá seguir recibiendo estos servicios como
Después de la orientación, se reunirá con la asistente del
programa de transición al empleo para una reunión individual
que se llama una evaluación. Hablará con tal asistente acerca
de su historial de trabajo y de estudios, los tipos de servicios
que necesita (tales como la rehabilitación, servicios de salud
mental, o servicios para víctimas de violencia en el hogar), y
cualquier otra cosa que le ayudará a conseguir los servicios
que necesita para la transición al empleo.
Si ya está inscrito en un programa educativo o capacitación
que podría reunir los requisitos de un Programa Seleccionado
por Iniciativa Propia, necesita avisárselo a su asistente social
cuando le haga la evaluación. Esto le permitirá cursar ese
programa educativo y capacitación en lugar de las actividades
del programa de transición al empleo, incluso el Club de Empleo (véase la columna adjunta) y el resto del proceso que
implica este programa de transición.
2. Club de empleo
A menos que usted ya esté participando en un programa
educativo o capacitación, es probable que el Club de Empleo
sea la prima actividad del programa de transición al empleo.
El Club de Empleo es una actividad que dura cuatro semanas.
El trabajador del programa de transición al empleo puede
acortar la búsqueda de empleo si considera que no le ayudará
a conseguir un empleo.
No tendrá que realizar la búsqueda de empleo si:
• Interferirá con el trabajo de tiempo completo que ya tiene
• Usted está inscrito en un Programa Seleccionado por Iniciativa Propia para hacer estudios universitarios o la capacitación
vocacional
• Usted participa en el programa Cal-LEARN
• La búsqueda de empleo no le ayudaría (por ejemplo, necesita
aprender inglés básico o la lectura y escritura primero)
• Usted necesita ayuda adicional para la violencia en el hogar,
la salud mental o la rehabilitación.
La Guía Popular
53
3. Evaluación y plan de transición al empleo
Si no encuentra un empleo en las primeras tres semanas que
participa en el club de empleo, al final de la semana, se le
hará una evaluación vocacional para determinar las siguientes
actividades para la transición al empleo.
La asistente social entonces creará un plan para la transición
al empleo basándose en sus metas y necesidades individuales. No firme el plan de transición al empleo a menos que
lo entienda y esté de acuerdo con el mismo. Obtenga una
copia del mismo. El plan deberá basarse en la evaluación
de sus necesidades y habilidades. Pida una audiencia, una
evaluación por un tercero, o consulte con una organización
de ayuda legal, si no es ese el plan que usted quiere.
4. Programas Seleccionados por Iniciativa Propia
Si en la fecha en que se le haga la evaluación para el programa
de transición al empleo usted ya está asistiendo a la escuela
o participa en la capacitación, o se ha inscrito para empezar
un programa educativo, dicho programa o capacitación podrá
tomar el lugar de las actividades del programa de transición al
empleo. Esto se llama Programas Seleccionados por Iniciativa
Propia (SIP, por sus siglas en inglés) porque usted lo seleccionó para sí mismo. Podría ser un programa universitario o
vocacional. Si usted ya tiene un título universitario, no puede
hacer un SIP a menos que sea para obtener una credencial
de maestro.
Si tiene un SIP, no tendrá que realizar las actividades fundamentales y no fundamentales.
¿Cuáles son los plazos límites?
En enero de 2013, un nuevo reloj de tiempo de 24 meses
para Welfare-to-Work (WTW) se estableció en el plazo de 48
meses de CalWORKs. Su propio límite de tiempo se basará
en una evaluación. La ayuda no tiene que usarse 24 meses
seguidos. No tiene que recibir la ayuda por 48 meses seguidos.
Después de que los adultos reciben ayuda por 24 meses, se
suspende la subvención para ellos, pero sus hijos aún pueden
seguir recibiendo la ayuda.
Personas ya en CalWORKs antes de 01/01/2013 tendrán
hasta 24 meses, o el tiempo quedo su reloj de 48 meses,
para acabar sus actividades educativas en su plan de WTW.
Si acabar sus actividades educativas y queda tiempo en el
límite de 48 meses, tienes que hacer las actividades federales
(generalmente trabajo) con el fin de seguir recibiendo ayuda
(véase www.lsnc.net/fact_sheets/2013_CW_changes.pdf).
Algunos meses no cuentan en contra de los 24 meses de
actividades. Sin embargo, puede contar contra el límite de 48
meses. Estas son 1). Si está desarrollando su plan de trabajo;
2.) tiene buena causa para no participando; 3.) está en sanción;
o 4). cumple con las normas federales para la participación
de trabajo (para familias solas para adultos, esto es 20 horas
de trabajo o los primeros 12 meses de educación vocacional)
(véase www.lsnc.net/fact_sheets/2013_CW_changes.pdf).
54
El límite de 24 meses podrá extenderse si los adultos que son
los padres de los niños o los parientes que se encargan de
ellos que viven en el hogar de los niños beneficiarios reúnen
cualquiera de las siguientes condiciones:
• 60 años de edad o mayor
• Discapacitados, reciben el Seguro Estatal de Discapacidad,
Indemnización Provisional por Lesiones de Trabajo, Servicios
de Asistencia a Domicilio o SSI y no pueden trabajar ni participar en las actividades del programa de transición al empleo
• No puede asistir al programa de transición al empleo ni
tampoco trabajar debido a un “impedimento”, por ejemplo una discapacidad de aprendizaje o enfermedad mental
crónica. Deberá haber cooperado plenamente en el programa
de transición al empleo por un período continuo. La plena
cooperación significa que no se le sancionó y su asistencia
fue satisfactoria.
Sin embargo, aún cuando se le sancione se le puede conceder
esta exención si alguna vez participó en el programa de transición al empleo por 6 meses continuos, o por dos períodos
dentro de un plazo de dos años que hayan sido equivalentes
a seis meses o más
• No hay empleos localmente que sean apropiados para personas que tienen discapacidades como las suyas
• Un pariente que cuida a un niño “que corre el riesgo de ser
colocado con una familia de crianza” y eso limita su capacidad
de participar en el programa de transición al empleo o de tener
un empleo. Por ejemplo, si usted es abuelo o abuela menor
de 60 años de edad que no puede tener un empleo regular
y al mismo tiempo cuidar al menor, el DHA podrá continuar
los beneficios de CalWORKs en lugar de que el menor sea
colocado con una familia de crianza
• Una sobreviviente de la violencia en el hogar que no puede
participar en el programa de transición al empleo debido a
los maltratos sufridos. No es necesario que esté sujeta a la
violencia en el hogar en la actualidad. También reunirá las
condiciones si está sufriendo los efectos de la violencia anterior
y estos limitan su capacidad de participar en el programa o
de tener un empleo.
Sólo basta con que le diga a su asistente social que es víctima
de la violencia en el hogar; no se requiere presentar ningún
prueba, ni siquiera denuncia ante la policía. Se le extenderá
el plazo mientras siga sufriendo los efectos del maltrato o
corra peligro de seguir siendo víctima de la violencia.
• Cuida a un miembro de la unidad familiar que está enfermo
o discapacitado, si el DHA está de acuerdo en que esto limita
su capacidad de participar o de trabajar.
Exenciones o “sucesos que paran el reloj”
Solicite una exención para “parar el reloj” durante los meses
que no deberían haberse contado para su límite de tiempo. Su
petición debe presentarse por escrito, pero puede ser verbal.
El DHA deberá enviarle una decisión por escrito dentro de 15
días de la fecha que presente la petición (a menos que suceda
algo ajeno al control del DHA). Si no está de acuerdo con tal
La Guía Popular
• Pago de la manutención de los hijos — Todos los pagos
al Condado por el padre o madre ausente para la manutención
de sus hijos reduce el número de meses que recibe ayuda
monetaria de CalWORKs. Pida al Departamento de Servicios
de Manutención de Menores que le rinda cuentas de la cantidad de tal manutención que han cobrado a nombre suyo
durante el período de 48 meses. Luego pida a su asistente
del programa de transición al empleo una exención o llene y
presente un formulario solicitando la exención para averiguar
cuántos meses más puede recibir ayuda por la manutención
que se pagó.
• Padres adolescentes—Cualquier mes que sea padre
adolescente o esté embarazada antes de cumplir los 19 años
de edad, que aún no obtenga una diploma de preparatoria o
título equivalente y participe o esté exento de participar en
CaL Learn u otro programa para padres adolescentes que
sea aprobados por el DHA. Se le puede eximir de participar
en Cal Learn en cualquier mes en que pueda demostrar al
DHA que carece del cuidado de niños o transporte necesario,
estuvo enfermo o discapacitado, se le expulsó de la escuela
sin tener acceso a un programa escolar alternativo. No podrá
usar a Cal Learn para parar el reloj después de obtener la
diploma o título equivalente. Cuando no existen los fondos,
no se ofrece el programa Cal Learn.
• Indígena norteamericano— Si usted es un indígena
norteamericano que vive en territorios indígenas o en una
reservación si el 50% o más de los adultos allí están desempleados. Cuando la familia cuenta con el padre y la madre,
ambos adultos deberán reunir una de las anteriores condiciones
para que no cuente el mes como parte del límite de 48 meses.
¿Cuáles son los castigos?
Si no sigue las reglas, es posible que sea suspendida la ayuda.
La ayuda que se proporciona a sus hijos deberá continuar.
En algunos casos es posible que la ayuda para ambos padres
sea suspendida.
El DHA podrá suspender parte de la subvención si pueden
demostrar que usted:
• No participó o se negó a participar en la actividad que se
le había asignado
• No avanzó lo suficiente en la actividad que se le había asignado
• No aceptó un empleo que se le ofreció
• No continuó en el empleo
• No mantuvo el mismo nivel de ingresos
El DHA deberá tratar de comunicarse con usted primero y
darle una oportunidad de cumplir. Si no cumple, el DHA le
enviará un “Aviso de Acción” 30 días antes de que se suspenda
la ayuda. Le darán una cita dentro de 20 días para tratar el
problema con su asistente social.
Es muy importante que asista a la cita o llame a su asistente
para dar una explicación. También tiene el derecho de pedir
una audiencia imparcial si considera que no puede llegar a
un arreglo con su asistente social.
La parte de la subvención que se le da a usted será suspendida hasta que el DHA considere que usted está cumpliendo
las reglas.
Su ayuda monetaria no podrá suspenderse si tiene motivos
justificables para negarse a cumplir.
Entre los “motivos justificables” están los siguientes:
• Usted es víctima de la violencia en el hogar
• Usted estuvo enfermo, o cuidó un familiar enfermo
• Su enfermedad mental le impidió hacer lo que se le pidió
que hiciera
• Requiere de cuidado para un niño de 12 años de edad o
menor, pero no está disponible el cuidado
• No está disponible el transporte para llegar al trabajo o
cumplir las actividades del programa de transición al empleo
• Se le discriminó en el empleo o capacitación debido a su
edad, sexo, raza, religión, nacionalidad de origen o discapacidad física o mental
• El empleo u oferta de empleo requería trabajar más horas
por semana que las normales para ese tipo de empleo
• El traslado de ida y vuelta al trabajo o actividad excede las dos
horas en transporte público, no tomando en cuenta el tiempo
que requiere para llevar a sus hijos a la escuela o guardería
• Para participar en la actividad deberá caminar de ida y vuelta
más de dos millas, sin tomar en cuenta la distancia que debe
La Guía Popular
55
recorrer para llevar a sus hijos a la escuela o guardería
• El trabajo o actividad viola las normas de salud y seguridad o no se cuenta con seguro de indemnización en caso de
lesiones laborales
• El aceptar el empleo o actividad laboral interrumpiría un
programa de capacitación ya aprobado en el que usted ya
está participando
• El empleo o servicio comunitario resultaría en el despido,
cesantía o reducción de horas o pago de los empleados actuales
• Cualquier otro motivo justificable que el DHA considere
que impedirá temporal o significativamente su capacidad
de trabajar o participar con regularidad en el programa de
transición al empleo
Mientras dure el castigo continuará recibiendo ayuda para el
cuidado de niños durante las horas que trabaje. Su Medi-Cal
debe continuar también.
¿Pueden recibir ayuda los padres adolescentes?
Las adolescentes menores de 18 años que están embarazadas o que ya tienen hijos, nunca se han casado y solicitan
CalWORKs, deberán vivir con su padre o madre o ambos, con
un tutor, otro pariente adulto o en una situación supervisada
por adultos para tener derecho a los beneficios.
Si el padre o madre adolescente, o adolescente embarazada
no tiene una diploma de preparatoria o título equivalente y
recibie ayuda monetaria de CalWORKs, deberá participar en
un programa llamado CAL-Learn. Cal-Learn les ofrece servicios de apoyo como el cuidado de niños, transporte y útiles
escolares mientras asisten a la escuela.
Ayuda para familias sin vivienda
Si su familia no tiene donde vivir, o ha recibido una aviso para
pagar el alquiler vencido o desalojar la vivienda, el DHA le
puede dar dinero para albergarse temporalmente y ayudarle
con los costos para conseguir un hogar permanente.
Esta suma se da por separado, no como parte de la ayuda
monetaria que normalmente proporciona CalWORKs y no se
requiere que lo reembolse.
Para solicitar esta ayuda deberá carecer de vivienda o haber
recibido un aviso de desalojo, tener derecho a CalWORKs y
tener menos de $100.
Es posible que se le pida que compruebe que no tiene hogar,
pero no se le puede negar el dinero ni retrasar el desembolso
de los fondos si no tiene pruebas.
Es ilegal que cualquier organismo gubernamental le quite los
hijos a los padres por el hecho de no tener vivienda, a menos
que se tengan pruebas de maltrato o negligencia. El hecho
de no tener vivienda por sí solo no se considera maltrato o
negligencia de menores.
Normalmente se le puede dar la ayuda para personas sin
hogar sólo una vez en la vida. Sin embargo, las familias pueden obtener ayuda más de una vez si la requieren debido a:
• Violencia en el hogar perpetrado por el esposo(a), pareja
o cohabitante.
• Una enfermedad física o mental (no incluyendo la drogadicción o alcoholismo) y tiene una carta de un médico que
lo compruebe.
• Un incendio o desastre natural o su vivienda fue declarada
inhabitable o sucedió algo fuera de su control.
1. Dinero para albergarse temporalmente
Puede recibir dinero para hospedarse hasta por 16 días en un
hotel o albergue si se cobra alquiler en este. No podrá usar
estos fondos para pagarle el hospedaje a un amigo. Recibirá
$65 a $125 por día para pagar el costo del hospedaje, dependiendo del número de personas en la familia. Si encuentra
un lugar para hospedarse que cueste menos que la cantidad
que se le da, puede quedarse con el dinero restante.
Muestre los recibos para comprobar que ha pagado los costos
de hospedaje. Si no puede presentar recibos, aún puede
recibir ayuda para personas sin vivienda pero será pagada
directamente al hotel o albergue. También deberá llenar un
formulario mostrando que buscó un lugar permanente para
vivir todos los días que estuvo hospedado.
Si reúne los requisitos, el DHA deberá ayudarle el mismo
día que solicita la ayuda, ya sea enviándolo a un albergue
específico que tenga lugar para usted o dándole el dinero en
efectivo ese día. Si lo envían a un albergue, deberán darle el
dinero para albergarse temporalmente para el siguiente día.
Aunque decida no quedarse en el albergue, pida el dinero
para cuantas noches requiera hospedarse durante un mismo
56
La Guía Popular
período de 16 días. (Por ejemplo, no podrá pedir dinero para
una semana ahora o otra semana dos meses después.) Si
necesita dinero para hospedarse los 16 días pero no recibe
la ayuda completa, solicite una audiencia para recibirla retroactivamente. Después de vencerse el período de 16 días,
asegúrese de darle a su trabajador una dirección postal (aunque
sea temporal) dentro de 10 días.
Para recibir ayuda por 14 días adicionales: Puede conseguir
ayuda para 14 días adicionales (a menos que se agoten los
fondos del Condado para este programa). Es posible que
tenga derecho a esta ayuda si se inscribe y cumple con las
reglas del Proyecto de Familias sin Vivienda de CalWORKs y
aplica una o más de las siguientes condiciones:
• Está recibiendo los beneficios de CalWORKs
• Agotó los beneficios de CalWORKs
• Está trabajando mientras participa en el programa de
translción al empleo o está recibiendo servicios después de
agotarse los 48 meses
• Es víctima de la violencia en el hogar
2. Dinero para vivienda permanente
También puede conseguir dinero para cubrir los costos del
depósito de seguridad, el alquiler del último mes y los depósitos
para el gas, electricidad y agua. El DHA no pagará el alquiler
del primer mes, sin embargo, o cuentas impagas de servicios
públicos porque usted deberá pagar esas cuentas con la ayuda
monetaria de CalWORKs.
El DHA no proveerá los fondos a menos que encuentre un
lugar en el que su parte del alquiler mensual sea menos del
80% del ingreso mensual de la familia.
Si piensa compartir vivienda, el casero deberá estar de acuerdo
con el plan para compartir el alquiler. El DHA cuestionará
el arreglo si usted no está nombrado en el contrato de arrendamiento.
Si participa ahora en CalWORKs se le tiene que dar esta
ayuda para conseguir vivienda permanente dentro un día
hábil de que usted muestre que ha encontrado un lugar para
vivir. Si aún no está recibiendo los beneficios de CalWORKs,
deberá primero presentar los documentos que necesita para
mostrar que tiene derecho a CalWORKs, y pruebas de que ha
encontrado un lugar para vivir (como por ejemplo una carta
del casero o una muestra del contrato de arrendamiento).
Cuando le pague el alquiler a su casero, consiga un recibo
para darle a su asistente social dentro de 30 días. Si después
se muda, el casero y/o las compañías de servicios públicos
deberán devolverle el depósito de seguridad a usted, no al
Condado, para que pueda conseguir otra vivienda.
También podrá conseguir la Ayuda para Vivienda Permanente
equivalente al alquiler atrasado de 2 meses para evitar el
desalojo. Cada mes de ese alquiler atrasado no podrá ser
mayor que el 80% de los ingresos familiares. Consulte con
una organización de ayuda legal para mayores detalles (véase
la pág. 80).
La Guía Popular
57
Cuidado y Educación Infantil
El Estado de California requiere que los menores de 6 a 18
años de edad asistan a la escuela.
El Departamento de Educación del Condado de Sacramento
y los distritos escolares respectivos dentro del condado de
Sacramento ofrecen numerosos programas para todos los
miembros de la familia, incluso:
•Capacitación de la fuerza laboral y preparación para el
empleo
•Programas para el desarrollo de los jóvenes
•Programas para el desarrollo de bebés y niños de hasta 36
meses de edad que tienen retrasos en su desarrollo
•Servicios de apoyo para el bienestar infantil y para la asistencia escolar
Early Head Start (“Head Start” Adelantado)
• Programas de alfabetización para que los estudiantes y
sus padres aprendan a leer, y de capacitación de los padres
para que ayuden a sus hijos a aprender
• Capacitación en el uso de computadoras y preparación
para el empleo para los padres
• Programas “Early Advantage” para niños menores de
3 años de edad
• “Head Start” y programas Preescolares Estatales para
niños
• preescolares y ludotecas financiados por First 5
Llame a su distrito escolar local o al (916)228-2500,
número para información de todo el condado, para informarse de estos y otros programas preescolares y de alfabetización para la familia.
1. Programas de refuerzo después de la jornada escolar
Si participa en CalWORKs es especialmente recomendable
que llame a la escuela primaria de su vecindad para informarse de programas de refuerzo después de la jornada
escolar. Estos programas ofrecen diversión supervisada,
refrigerios, actividades para el desenvolvimiento y aprendizaje de los niños del primero al sexto grado. Para participar en dichos programas los niños deberán asistir a la
escuela en que se ofrecen.
Si sus hijos asisten a una escuela del Distrito Escolar
Unificado de la Ciudad de Sacramento, llame al (916)
643-9430 para informarse acerca de la inscripción en
los programas después de la jornada escolar. Si sus hijos
asisten a una escuela en otro distrito escolar, llame a ese
distrito local.
2. Derechos de los menores sin vivienda
Los niños sin vivienda:
• No necesitan una dirección permanente para inscribirse
en la escuela
• Muchos permanecen en la misma escuela a la que estaban asistiendo antes de quedarse sin vivienda, o se inscriben en la escuela más cercana al lugar en que están
58
viviendo temporalmente
• No se les puede negar la inscripción por el hecho de que
no tengan los documentos necesarios en ese momento
• Tienen el derecho de recibir los alimentos escolares, la
educación especial, los beneficios del programa del Título I y
todos los demás programas educativos federales, estatales
o locales a los que tengan derecho
• Se les debe provee transporte si se ofrece ese servicio a
los otros niños
• No se les puede aislar o separar del ambiente escolar
principal sólo porque carecen de vivienda
Estos derechos especiales establecidos por la ley McKinnneyVento aplican a todos los niños y adolescentes que no tengan
un domicilio fijo adecuado, incluso si ellos están quedándose
con amigos o parientes porque perdieron su vivienda, están
esperando ser acogidos por una familia de crianza, o están
viviendo en un albergue, carro, motel, campamento, edificio
abandonado, garage o lugar similar.
¿Puedo conseguir dinero para el
cuidado de niños?
CalWORKs pagará por el cuidado de niños de hasta 12 años
de edad, y hasta de 21 años de edad si el menor está dispacitado y necesita cuidados especiales. Es posible que tenga
derecho a la ayuda para el cuidado de niños aunque CalWORKs le haya impuesto un castigo, y después de dejar
de participar en CalWORKs hasta por dos años. Si sus ingresos son bajos, está trabajando pero nunca recibió ayuda
monetaria de CalWORKs, es posible que aún tenga derecho
al subsidio para el cuidado de niños. Para más información
llame al (916) 369-0191.
1. ¿Cómo puedo conseguir el cuidado de niños?
Si está recibiendo ayuda monetaria y participando en el
programa de transición al empleo con el Departamento de
Servicios Sociales (DHA), pídale a su asistente social que le
enviar una recomendación de la etapa 1 para el cuidado de
niños. Al principio el DHA se encargará de proveerle el cuidado de niños. Posteriormente cuando el DHA considere que
su situación se ha estabilizado y aprueba su caso, remitirá
su caso a Child Action para cuidado de niños de la etapa 2.
Si recibió la ayuda monetaria dentro de los últimos 24 meses
pero ya no recibe tal ayuda, es posible que tenga derecho
a participar en la segunda etapa del programa de CAI. Si
piensa que reúne los requisitos, llame al (916) 361-0511
para solicitarlo.
2. Para escoger un cuidado de niños de calidad
Como padre de familia usted tiene el derecho de escoger el
cuidado de niños que crea que más convenga a sus hijos. La
agencia le recomendará niñeras o guarderías y le dará información de lo que debe investigar al escoger un proveedor.
Si decide que las recomendaciones no son las adecuadas,
pida más recomendaciones. Escoja el cuidado de niños que
La Guía Popular
sea el mejor para usted:
• Guarderías, programas preescolares, o particulares que
cuidan niños en su hogar están acreditados.
• Los amigos, parientes o vecinos que cuidan niños están exentos de la acreditación. Si recurre a tales personas, deberá
declarar por escrito que la persona que provee el cuidado
cumple los requisitos mínimos de salud y seguridad. Es posible que dicha persona tenga que inscribirse por medio de
Trustline (investigación de antecedentes penales y toma de
huellas dactilares). La agencia de cuidado de niños no le reembolsará el cuidado de niños por alguién que recibe ayuda
de CalWORKs como parte de su unidad familiar.
• Si la persona cuida niños de otra familia (aparte de la
suya) es posible que necesiten conseguir la licencia para el
cuidado de niños.
La mayoría de los que se dedican a cuidar niños deberán
inscribirse por medio de Trustline, lo cual significa que se
les tomará las huellas digitales y se les investigará sus antecedentes penales antes de que se les pueda pagar por
el cuidado. Si el proveedor es tía, tío, abuelo o abuela del
menor, se les exime de inscribirse por medio de Trustline.
3. ¿Qué es el subsidio para el cuidado de niños?
El subsidio para el cuidado de niños es ayuda que se da a
familias de bajos ingresos para cubrir todo o parte del costo
del cuidado de los niños.
Si está trabajando, está inscrito en la escuela o participa en
una capacitación aprobada por el programa de transición al
empleo, es posible que tenga derecho a la ayuda económica
para cubrir los costos del cuidado de niños. Hay varios programas que ofrecen servicios subsidiados para el cuidado de
los niños para las familias que reúnen las condiciones.
Los programas subsidiados ofrecen el cuidado de niños desde recién nacidos hasta niños de doce años de edad. Algunos ofrecen cuidado todo el día además de programas de
desarrollo infantil; algunos ofrecen programas de refuerzo
educativo por parte del día y algunos pagan el cuidado proporcionado por familiares, amigos o vecinos.
Usted tiene derecho al subsidio para cuidado de niños si:
•Tiene hijos menores de 13 años de edad
•Está trabajando
•Participa en un programa de capacitación
•Está asistiendo a la escuela
•Tiene un motivo por el cual no puede cuidar a sus propios
hijos
•Sus ingresos familiares los habilitan para el subsidio
•Desea que sus hijos de 3 a 5 años de edad asistan a un
programa preescolar estatal
4. ¿Cómo me inscribo en la lista de espera para el
cuidado de niños?
Child Action, Inc. mantiene una lista de familias que tienen
derecho a los programas subsidiados de cuidado de niños
en el condado de Sacramento. Esta lista se llama la “Lista
Centralizada de Personas Habilitadas para el Subsidio” (o
CEL, por sus siglas en inglés). Al anotarse en la CEL, los
programas que satisfacen sus necesidades específicas pueden acceder a su información cuando tengan una vacante.
Hay dos maneras de solicitar la inscripción en dicha lista
(CEL):
En línea: Si tiene acceso a una computadora, puede presentar una solicitud por medio del sitio web: http://sacramento.
thecel.net.
Siga la instrucciones para iniciar el proceso de solicitud. Si
llena la solicitud en línea, podrá actualizar sus datos al entrar
en el sitio y usar su contraseña.
Por teléfono: Llame al (916) 369-0191 para comunicarse con
un especialista de información de Child Action, Inc. que le
asistirá para determinar si reúne los requisitos exigidos y
llenar la solicitud para la CEL. Puede enviársela por correo o
fax, o pueden ayudarle a llenarla en línea dándole instrucciones por teléfono.
5. ¿Cuánto tiempo tendré que esperar para recibir la
ayuda?
Hay miles de familias que tienen derecho a la ayuda y están inscritas en la Lista Centralizada de Personas Habilitadas
para el Subsidio”, asi que no hay garantía de que recibirá
usted la ayuda económica.
Sin embargo, el primer paso para recibir la ayuda para pagar
el cuidado de niños es presentar la solicitud.
Después de presentar su solicitud es importante que mantenga sus datos al día. Si cambia su dirección, número de
teléfono, ingresos o número de miembros de su familia, esto
podría afectar su derecho al subsidio. Puede actualizar sus
datos por medio del sitio web http://sacramento.thecel.net,
puede enviar una solicitud actualizada para la CEL (que está
disponible en el sitio web), o puede llamar al especialista
de información de Child Action, Inc. al (916) 3690191 para actualizar sus datos por teléfono.
6. En defensa del cuidado de niños
La mejor manera de garantizar que las familias tengan suficiente ayuda para el cuidado de niños es comunicando sus
necesidades a sus oficiales electos. Parent Voices, un grupo
encabezado por padres, les ayuda a manifestar sus inquietudes sobre los problemas relacionados con el cuidado de
niños.
Para informarse acerca de Parent Voices o para recibir un
ejemplar del boletín que aboga por esta ayuda, llame a
Child Action, Inc. (CAI) al (916) 369-0191 y pida el folletín #9: “Speaking Up For Children”. También puede solicitar un formulario para presentar una queja formal si no está
de acuerdo con la forma en que Child Action ha manejado su
caso. Si no está de acuerdo con la contestación a la queja,
puede apelarla ante el Departamento Estatal de Educación.
La Guía Popular
59
7. Programas de cuidado y desarrollo infantil
Están disponibles los programas de día completo y medio
día en el condado de Sacramento para niños de familias de
bajos ingresos que necesitan el cuidado de niños para poder
trabajar, asistir a la escuela o participar en programas de
capacitación laboral.
• Programas de desarrollo infantil ofrecen cuidado de
niños de todo el día a los niños cuyos padres están trabajando, están inscritos en la escuela o asisten a programas de
capacitación.
• Programas Preescolares Estatales ofrecen a las familias de bajos ingresos programas preescolares una parte del
día y clases para padres.
• Programas de “Head Start” ofrecen a familias de bajos
ingresos programas preescolares de todo el día y medio día
y clases para padres.
• Programa de pagos alternativos proveen pagos para
el cuidado de niños a familias de bajos ingresos que están
inscritos en la escuela o asisten a programas de capacitación
o necesitan servicios de protección.
• Cuidado de niños en el plantel universitario se ofrece en
los planteles del Distrito de Colegios Comunitarios Los Ríos
para hijos de alumnos inscritos.
8. Becoming a Child Care Provider
Si usted, o alguien que usted conoce le gustaría ofrecerse
para cuidar niños, llame a Child Action, Inc. (CAI) al
(916) 369-0191 para conseguir una licencia, capacitación
y otra información.
Crianza temporal supervisada
¿Cuáles son los beneficios para la crianza
temporal supervisada?
Los Servicios de Protección Infantil (CPS, por sus siglas en
ingles) del Condado de Sacramento pueden presentar una
petición en el Tribunal de Tutela de Menores para quitarle la
custodia del niño al padre de familia y asignarlo con un pariente o a un hogar de crianza autorizado. Hogares de crianza
con licencia reciben pagos mensuales por cada niño de crianza colocado en el hogar. Si usted está interesado en convertirse en licenciados por el Condado de Sacramento como
un proveedor de cuidado sustituto, llame aFoster Home Licensing del Condado Sacramento al (916) 875-5543.
El niño puede ser elegible solamente si:
• El niño fue asignado a la persona a cargo de cuidarlo a
consecuencia de una orden dictada en un Tribunal de Tutela
de Menores
• CPS es responsable de la asignación y el cuidado del niño.
• CPS inspeccionó y aprobó la casa.
• Los padres del niño cumplieron con los requisitos de pobreza el mes en que CPS acudió por primera vez a los tribunales o seis meses antes.
Si la persona a cargo del cuidado del niño no reúne los requisitos para recibir los beneficios por ser pariente del niño, es
probable que califique para recibir beneficios de CalWORKs.
Independientemente de sus ingresos, las personas a cargo
del cuidado de un niño pueden recibir beneficios de CalPreguntas sobre acogimiento los pagos deben ser dirigidas WORKs para los “no necesitados”. Si las personas a cargo del
al Department of Human Assistance, Foster Care Bureau al cuidado del niño tienen bajos ingresos, pueden solicitar los
(916) 875-5770.
beneficios de CalWORKs para la persona a cargo del cuidado
del niño y para el niño, o pueden agregar al niño al caso
Si desea convertirse en un guardián legal para un niño colo- actual de CalWORKs que ya tienen.
cado en su hogar por servicios de protección infantil del Condado Sacramento, póngase en contacto con el trabajador Los beneficios para la crianza temporal supervisada son la
social del niño. Tutela testamentaria está disponible para los ayuda monetaria mensual pagada por el CPS del Condado
cuidadores con colocación informal de los niños de sus famil- de Sacramento para el niño (no para los adultos). El niño
iares (aunque no sin pagos vinculados a este tipo de tutela). también recibe un subsidio para la ropa una sola vez, cuSi usted está cuidando a un familiar que es dependiente de
la corte juvenil, usted puede ser elegible para los pagos de
cuidado de crianza temporal. El condado se refiere a esto
como “Cuidado de parentesco”. Para calificar para el cuidado
de parentesco, los cuidadores relativos deben cumplir licencias estándares, incluyendo una revisión de antecedentes
penales de todos los adultos en el hogar.
60
ando el niño es asignado a vivir con usted y luego recibirá
un subsidio para la ropa cada año cuando comienza el año
escolar.
En la mayoría de los condados de California, hay una “tasa
especializada” más alta para niños con necesidades médicas y/o psicológicas graves. Si considera que el niño que
usted está criando reúne los requisitos para esta taza especializada, solicite que la trabajadora social haga los arreglos
necesarios para una evaluación. Si el niño también es un
La Guía Popular
cliente del Centro Regional, él/ella reúne los requisitos para
una tasa aún más alta por el hecho de que las dos entidades
atienden al niño.
Todos los niños que son criados por una familia sustituta
reciben Medi-Cal.
2. ¿Cuáles son mis derechos?
Si usted piensa que debería estar recibiendo algunos de estos beneficios y no los está recibiendo, puede solicitar una
audiencia estatal, o llamar a Servicios Legales del Norte
de California al (916) 551-2150, aún si no recibió un
aviso negándole los beneficios.
Todos los niños supervisados por CPS tienen un abogado.
Sepa quién es el abogado del niño y llámelo con cualquier
pregunta o inquietud acerca de las necesidades del niño.
Para averiguar quién es el abogado del niño, llame al Children’s Law Center al (916) 520-2010 o al (916) 520-2050.
Pregunte a la trabajadora social o al abogado para saber cuando está programada una audiencia en la corte. Los padres
adoptivos pueden asistir a todas las audiencias del Tribunal,
pero no pueden hablar si no fue aprobado por el juez.
1. Kin-GAP
Un pariente no debe necesariamente pasar a ser el tutor. Si
él o ella decide serlo, por lo general se cierra la causa en el
Tribunal de Tutela de Menores y los beneficios para la crianza temporal supervisada se cancelan. Si CPS recomienda
que usted pase a ser el tutor del niño, pregunte cómo esto
afectará a los beneficios y pregunte acerca de Kin-GAP (Programa de Asistencia Económica para Parientes Tutores).
Para obtener Kin-GAP, el niño debe haber vivido con el pariente por lo menos durante 6 meses consecutivos y el pariente debe pasar a ser el tutor del niño. Además el hogar
del pariente debe haber sido aprobado recientemente por
CPS. La causa en el Tribunal de Tutela de Menores se cierra
y CPS ya no está involucrado. Kin-GAP está disponible tan
sólo para personas que asumen la tutela de un niño que el
Tribunal de Tutela de Menores les ha asignado.
Kin-GAP paga la misma cantidad que correspondía al niño
por la crianza temporal supervisada. Si el niño no estaba
recibiendo beneficios de crianza, Kin-GAP se paga según la
tasa de crianza básica. Kin-GAP también paga un subsidio
anual para la ropa y el niño reúne los requisitos para recibir
los servicios del Programa para la Vida Independiente (ILP,
por sus siglas en ingles).
(800) KIN-0047 le ayudará a encontrar los servicios de
apoyo para los parientes en cualquier condado de California.
Si un familiar obtiene la tutela en un juzgado testamentario, el pariente reúne los requisitos para recibir CalWorks en
lugar de Kin-Gap.
Informe sobre el abuso infantil al llamar al
(916) 875-5437
(916) (875-KIDS)
La Guía Popular
61
¿Qué otros programas están disponibles?
2. Ayuda para la adopción
El Programa de Asistencia para la Adopción proporciona
beneficios para ayudar a las familias a adoptar niños. Los
beneficios son por lo general la misma cantidad que se recibe por la crianza de una familia sustituta, y esto incluye a
la “taza especializada” más alta. Los beneficios deben ser
renegociados por lo menos cada dos años. Usted también
puede obtener ayuda con los costos del proceso de adopción. La familia adoptiva se hace legalmente responsable de
la manutención del niño.
Para más información o ayuda sobre un tema específico,
hay un Mediador del Estado de California para la Crianza Sustitutiva.
(916) 651-6560
(877) 846-1602
[email protected]
www.fosteryouthhelp.ca.gov
En el Condado de Sacramento, la siguiente es la información del Ombudsman para el Bienestar en la Infancia:
(916) 875-2000
[email protected]
3. Crianza por una familia sustituta a largo plazo
Si usted es pariente del niño y no desea adoptarlo ni ser su
tutor, nadie puede obligarlo a hacerlo. El plan permanente
del niño puede ser la crianza a largo plazo por usted, pero
usted tendrá que abogar por esto ante el CPS y el Tribunal
de Tutela de Menores.
62
La Guía Popular
Programas del Seguro Social
¿Quiénes tienen derecho a los beneficios del Seguro Social?
Los trabajadores cubiertos por el Seguro Social (también conocido con las siglas FICA) pagan impuestos sobre lo que ganan,
y sus empleadores deberán pagar una cantidad equivalente.
El Seguro Social cubre tanto a los que son empleados por
otros como a los que trabajan por su propia cuenta.
La cantidad de Seguro Social que usted recibe depende de
cuánto dinero ganó y por cuántos trimestres trabajó en un
empleo cubierto por el Seguro Social. Desde 2014, se le
acredita un trimestre a su cuenta por cada $1,200 que gane.
No se le puede acreditar más de 4 trimestres en un año.
Visite http://www.ssa.gov/oact/cola/QC.html para los datos
más recientes de la cobertura.
1. Beneficios de jubilación
Se hacen pagos mensuales a los trabajadores y a las personas a su cargo que tengan derecho a los mismos, los cuales
incluyen:
• niños menores de 18 años de edad
• jóvenes de 18 a 19 años de edad que estudian a tiempo
completo
• jóvenes de 18 años de edad o más que tienen una discapacidad que se manifestó antes de que cumpliera los 22 años
• esposos(as) y ex-esposos(as) que no se han vuelto a casar
que tengan 62 años de edad o más
• esposos(as) y ex-esposos(as) que no se han vuelto a casar,
para los hijos del trabajador menores de 16 años, o para niños
que están discapacitados y tiene derecho a los beneficios de
la cuenta del trabajador
Para recibir los beneficios completos de jubilación, deberá
tener cuando menos 65 años de edad. (Esto aumentará
gradualmente hasta los 67 años para el año 2022). Para
recibir beneficios reducidos, deberá tener cuando menos 62
años de edad. Las personas mayores de 65 años recibirán
beneficios de jubilación y también los de Medicare.
Las leyes actuales impiden que las personas que no sean
ciudadanos reciban los beneficios del Seguro Social si no
viven legalmente en los E.U. (véase la página 65 – Guía para
Inmigrantes).
Puede seguir ganando un salario mientras recibe los beneficios
de jubilación. Si tiene más de 65 años de edad, no se limitan
los ingresos salariales que puede recibir. Si tiene entre 62 y
65 años de edad, el límite es de $12,000 por año o $1,000 por
mes. El límite aumenta cada año. Si sus ingresos salariales
exceden el límite, se le reducirán sus beneficios de jubilación
($1 reducido por cada $2 que gane por encima del límite).
Estos límites aplican sólo a al salario que gana, no al dinero
que reciba de sus inversiones, pensiones y otros ingresos no
salariales.
2. Beneficios para familiares que sobreviven una persona fallecida
Cuando un trabajador cubierto muere, sus beneficios se pagan
a los familiares que tienen derecho a ellos:
•     Un esposo(a) mayor de 60 años de edad o discapacitado
mayor de 50 años de edad o que cuida al hijo del trabajador
que tenga menos de 16 año de edad o hijo discapacitado
•     El esposo(a) antes mencionado puede haberse divorciado
del trabajador y aún así tener derecho a los beneficios sólo
si el matrimonio duró cuando menos 10 años
•      Hijos adultos solteros y discapacitados
Los padres del trabajador mayores de 62 años de edad si
dependían económicamente del trabajador cuando menos
en un 50%
¿Quienes pueden recibir los beneficios del Seguro Social?
Si no puede trabajar debido a una enfermedad grave, que sea
certificada por un médico, que haya durado cuando menos
12 meses o se espera que dure cuando menos 12 meses o
resulte en el fallecimiento, deberá recibir los pagos del Seguro Mensual de Discapacidad del Seguro Social (SSDI, por
sus siglas en inglés) para usted y sus familiares que tengan
derecho a estos (tales como su esposo(a), ex-esposo(a) no
casado, hijo o hijos adultos discapacitados).
Para estos familiares adicionales, la cantidad que se paga es
adicional al beneficio que se le paga a usted, el trabajador;
existe una cantidad límite que puede recibir la familia.
Si queda discapacitado, tiene varias opciones.
Es posible que tenga derecho al Seguro Estatal de Discapacidad (véase la pág. 45 – Derechos Laborales y Desempleo
bajo la sección titulada “Lo que puedo hacer si me lastimo y
no puedo trabajar”.)
Sin embargo, debe también solicitar inmediatamente los
beneficios de discapacidad del Seguro Social.
También puede solicitar el SSI (página 56 “SSI” y pág. 66
“CAPI”).
SSDI no requiere que la familia tenga bajos ingresos, pero SSI
sí lo requiere. Al tener derecho a SSDI también se le habilita
para Medicare; el tener derecho a SSI le habilita para MediCal. SSDI requiere que el solicitante tenga en su historial de
trabajo haber ganado cuando menos algún salario durante
cada uno de 20 trimestres (períodos de tres meses) en un
empleo cubierto por el Seguro Social en los últimos 10 años
antes de quedar discapacitado.
La Guía Popular
63
SSI no requiere que el solicitante tenga un historial de trabajo.
Como la aprobación de la solicitud para SSI y SSDI puede
tardar varios meses, puede también solicitar “sólo para MediCal” mientras tanto en la oficina de Asistencia Social. Es
importante no esperar hasta que se agoten sus beneficios
estatales de discapacidad para solicitar los beneficios federales Si aún no ha recibido los beneficios de SSI o SSDI y se
han agotado los beneficios estatales, podrá solicitar la Ayuda
General (véase la pág. 60).
¿Qué es SSI?
SSI (“Ingresos Suplementarios de Seguridad”) es un programa
de beneficios monetarios para personas de bajos ingresos
que tengan 65 años de edad o más y para personas ciegas y
discapacitadas de cualquier edad, incluso bebés y menores
de edad. Algunos inmigrantes no pueden solicitar el SSI
pero pueden tener derecho a otro programa llamado CAPI
(Programa de Ayuda Monetaria para Inmigrantes).
1. Requisitos básicos
Si tiene un historial de trabajo adecuado puede tener derecho
a SSDI (Seguro de Discapacidad del Seguro Social). Si no
trabajó suficiente tiempo, es posible que reúna los requisitos
para el SSI. Muchas personas reciben ambos: Si la cantidad
del SSDI es inferior a la cantidad máxima de SSI que se puede
conceder, se agregará una cantidad a su cheque para que
sume la cantidad máxima que establece SSI.
Es posible que el SSI sea el único ingreso que tiene, o podría
agregarse a otros ingresos que ya recibe siempre que el total de
sus ingresos no suman $20 por encima del beneficios máximo
de SSI. Deberá ser ciudadano de los E.U. o inmigrante que
vive legalmente en el país para recibir el SSI.
Para recibir SSI, debe aplicar cuando menos uno de los
siguientes:
onlineservices/#a0=3 o llame al (800) 772-1213 tpara ver
si califica.
Hay muchos otros tipos de ingresos que se pueden restar,
incluso los pagos por acoger niños de crianza y todos los gastos
laborales si es ciego. Para ver la lista completa, conéctese a
http://www.ssa.gov/notices/supplemental-security-income/
index.htm
2. Recursos o bienes
No podrá tener más que una cierta cantidad de recursos contables (aunque sólo un miembro de la pareja tenga derecho
a los beneficios). Algunos recursos no se toman en cuenta,
incluso la casa en la que vive y un carro si lo usa para el trabajo o transportarse a citas médicas cuando menos cuatro
veces por año o si es un vehículo con adaptaciones especiales
para personas discapacitadas. También aplican reglas especiales si la propiedad se usa para generar ingresos, y si tiene
cuentas de retiro.
Si tiene demasiados recursos, puede gastarlos hasta que sean
iguales o menos que los recursos límites establecidos. Puede
comprar cosas que necesita (siempre que lo que compre no
represente un recurso adicional que aumente sus recursos
más allá del límite establecido), o puede pagar sus deudas. Si
regala sus recursos o los vende a un precio inferior al precio
justo de mercado, es posible que pierda el derecho de recibir
SSI por 36 meses.
Si un hijo que tiene derecho a SSI vive con la madre o padre
o ambos, que no tienen derecho a SSI, una parte de los
ingresos y recursos de los padres podrán tomarse en cuenta
para calcular la ayuda monetaria de SSI para el hijo. Si una
persona que tiene derecho a SSI vive con su esposo(a) que
no tiene derecho a este beneficio, se tomará en cuenta una
parte de sus ingresos y recursos para calcular la ayuda monetaria de SSI. La Administración del Seguro Social puede
explicarle las reglas complicadas y calcular el beneficio. Para
más información, visite www.ssa.gov/onlineservices/#a0=3
or llame al (800) 772-1213.
•     Tiene 65 años de edad o más
•     Es ciego; la visión en el ojo con el ve mejor deberá medir cuando mucho 20/200 con lentes o su visión de túnel es
20% o menos
•     Sus registros médicos y/o revisiones por un médico seleccionado por el Estado muestran que su discapacidad física
o mental se espera que le impida o la ha impedido trabajar
por 12 meses continuamente o se prevé que resultará en el
fallecimiento
•     Es niño menor de 18 años de edad que tiene una capacidad física o mental “marcada y grave” comprobada que le
impediría trabajar si fuera un adulto o interferiría significativamente con sus actividades cotidianas.
No puede recibir el SSI en cualquier mes en que esté encarcelado, haya violado la libertad condicional o esté prófugo.
1.  Ingresos
Sus “ingresos contables” no podrán ser superiores al
nivel máximo de beneficios. Visite Visit www.ssa.gov/
64
La Guía Popular
Alimentos: Si recibe SSI en California, no podrá recibir
CalFresh (estampillas de comida). Sin embargo, si vive en
un lugar en que no se pueden preparar las comidas puede
recibir hasta $84 adicionales por mes (pida el Subsidio para
Comidas en Restaurantes).
sea su representante, pida por teléfono que se le envíe por
correo el formulario SSA-1696. Sólo los padres o tutores legales pueden presentar la solicitud para los menores de 18
años de edad que están ciegos o tienen una discapacidad.
Servicios médicos: Si recibe SSI, automáticamente tiene
derecho a Medi-Cal sin tener que pagar una parte del costo.
Es posible que tenga derecho a Servicios de Apoyo a Domicilio
(véase la página 35).
•     una tarjeta de Seguro Social o registro del número
Equipo telefónico especial: Si tiene problemas para usar
el teléfono debido a su discapacidad, es posible que tenga
derecho a recibir equipo especial para facilitar la comunicación.
Llame al (800) 806-1191 (para los que oyen) o al (800) 8064474 (línea TTY para los que tienen problemas para oír).
•     talonarios de los cheques de pago, estados de las cuentas
bancarias, pólizas de seguros, matrícula del carro, registros
sobre fondos de entierro
Alquiler y gastos del hogar: Se rebajarán los beneficios
si vive con alguien más y usted no paga todos los gastos del
hogar. Las personas sin vivienda reciben la misma ayuda
monetaria que las que viven en un hogar, excepto que sólo
pueden recibir SSI por 6 meses de cada 9 si viven en un “albergue público.” Si recibían casa y alimentos gratuitos cuando
solicitaron el SSI y después empezaron a pagar una parte de
los costos del hogar y los alimentos, avísele a su asistente
social para que le aumenten sus beneficios.
Una persona soltera puede recibir $649 para casa y alimentos,
lo cual se llama “Cuidados No Médicos No Residenciales”, si
no recibe Servicios de Apoyo a Domicilio, no vive en su propio
hogar, y un pariente que no recibe SSI le está brindando el
alojamiento, alimentos y cuidados personales. El Condado
deberá verificar que vive en casa de un particular.
Es posible que pueda recibir un pago inmediato de $400 de
la Administración del Seguro Social si llega tarde su cheque
de SSI o de Seguro Social y necesita dinero inmediatamente.
¿Cómo puedo solicitar SSI?
Véa la página 66 – Oficinas del Seguro Social. Acuda en
persona o llame al (800) 772-1213 para hacer una cita.
Aunque se tarde varios meses el proceso desde el momento
que presenta la solicitud hasta que reciba el primer cheque,
cuando se le concedan los beneficios estos serán pagados
desde la fecha en que presentó la solicitud. No acepte un
rechazo verbal. Insista en presentar cuando menos una solicitud parcial. Si no tiene todos los datos necesarios, puede
proveer la información adicional o correcta posteriormente.
Número TTY para personas que tienen problemas para oír
(800) 325-0778.
Si se le dificulta comunicarse en inglés o tiene problemas
para oír, la Administración del Seguro Social le proveerá un
interprete gratuitamente. Puede llevar un amigo, familiar o
defensor a cualquier cita. Si se le dificulta llegar a la oficina
del Seguro Social debido a su condición física o mental, puede
pedir una entrevista por teléfono.
Deberá presentar:
•     acta de nacimiento o otra prueba de la edad
•   información sobre el alquiler o hipoteca
•     nombres, direcciones y números de teléfono de los doctores, hospitales y clínicas que les han atendido (si solicita el
SSI para personas discapacidades o ciegas)
•     prueba de ciudadanía de los EE.UU. o estado migratorio
que lo habilita para este beneficio
Deberá presentar la solicitud aunque no se tengan todos los
documentos o datos indicados. La Administración del Seguro
Social le ayudará a conseguir lo que se requiera.
Su caso será remitido a una agencia estatal que ha sido
contratada por la Administración del Seguro Social para obtener
sus registros médicos y decidir si usted reúne los requisitos
médicos para tener derecho a los beneficios. En general, las
personas que están ciegas o tienen discapacidades muy obvias
consiguen la aprobación más rápidamente que los que requieren una verificación más minuciosa de sus discapacidades.
Si el estado decide que su discapacidad no es lo suficientemente grave para recibir SSI, puede presentar una apelación.
Si fuera necesario, puede solicitar la Ayuda General mientras
espera que se apruebe su solicitud de SSI. Pregunte si el
Condado le ayudará a conseguir el SSI mientras recibe la
Ayuda General.
Si recibe un aviso de un pago excesivo, pero usted considera
que no es su culpa, insista en presentar inmediatamente un
“Petición de Dispensación de Pago Excesivo”.
Si usted cree que su cheque de SSI o cualquier aviso que
reciba es incorrecto, insista en presentar inmediatamente una
“Petición de Reconsideración”. Organizaciones de ayuda legal
(véase la pág. 80) y de defensores pueden ayudarle mejor
después de que usted insista en presentar estos formularios
para defender sus derechos. También los abogados particulares pueden ayudarle con los casos de discapacidad.
Además, algunos congresistas tienen entre su personal expertos en cuestiones de Seguro Social. Llame a su congresista
y pida ayuda con las audiencias y quejas.
Si quiere firmar un formulario para permitir que otra persona
La Guía Popular
65
¿Cómo puedo resolver problemas de beneficios del Seguro Social, SSDI o SSI?
La Administración del Seguro Social deberá enviarle por correo
avisos de cualesquier cambios en sus beneficios. Si no está
de acuerdo con la medida que proponen tomar, solicite una
“Reconsideración” inmediatamente acudiendo a la oficina del
Seguro Social y llenando un formulario de “Petición de Reconsideración”. Asegúrese de sacar una copia del formulario
que sea estampado por el Seguro Social con la fecha en que
la presentó. El formulario también se puede obtener en línea
en el sitio: www.ssa.gov.
Si usted solicita una Reconsideración dentro del plazo establecido en el aviso (normalmente dentro de 10 días), seguirá
recibiendo sus beneficios sin cambios hasta que reciba una
decisión. Si le pagaron demasiado, y quieren descontarle la
cantidad de su cheque, puede solicitar una dispensación si no
fue su culpa y si a usted se le dificultaría reembolsar el dinero.
Pida el formulario para la dispensación al Seguro Social.
En los casos de SSDI, deberá llenar un formulario por separado
para solicitar que se le siga dando la ayuda. Esto se llama
“continuación de los pagos”. Si no presenta tal formulario
dentro del plazo establecido en el aviso, será reducida o suspendida la ayuda, pero aún tendrá 60 días a partir de la fecha
en que recibió el aviso para solicitar una “Reconsideración”.
Después de 60 días, si tiene un “Motivo Justificable” para no
hacerlo dentro del plazo límite, se le debe permitir presentar
una petición de reconsideración. Si logra la “Reconsideración”
se le reintegrarán los beneficios que se le negaron.
Hay tres tipos de “Reconsideración”: revisión del caso, consulta
extraoficial u oficial. Sin embargo, si se niega su solicitud de
SSDI o SSI por razones médicas, generalmente sólo podrá
conseguir una revisión del caso.
Si se niega su reconsideración o dispensación, puede solicitar
una audiencia ante un Juez en Materia Administrativa mediante la Oficina de Resolución y Revisión Judicial en Materia
de Discapacidades (ODAR, por sus siglas en inglés). En la
audiencia puede presentarse en persona, presentar pruebas
adicionales, examinar las pruebas que se usaron para tomar
la decisión o determinación al hacerse la revisión del caso,
y presentar e interrogar a testigos. El juez que preside la
audiencia puede hacerle preguntas. Dicho juez escribirá una
decisión con base en los autos de la audiencia. Si renuncia
a su derecho de presentarse en la audiencia, el juez podrá
tomar una decisión basándose en las pruebas que ya se encuentran en el expediente.
Si usted recibe beneficios de SSI o SSDI y luego empieza
a trabajar, es posible que sus beneficios sean suspendidos
si tiene ingresos salariales demasiado altos. (Esto se llama
“Actividad Remunerada Substancial” o “SGA” por sus siglas en
inglés). Diez días después de que reciba un aviso tentativo,
se le enviará un aviso notificándole que ya no se le enviarán
los pagos. Solicite una reconsideración inmediatamente. Para
protegerse, es mejor presentar una nueva solicitud al mismo
tiempo que solicite la “Reconsideración”.
66
Si piensa volver a trabajar, infórmese de sus derechos. Llame
a Protection and Advocacy Services al (800) 776-5746
y solicite el folleto titulado “Disability and Work” (Las Discapacidades y el Empleo).
¿Qué es CAPI?
Ayuda Monetaria para Inmigrantes (“CAPI”, por sus siglas en
inglés) es un programa que ofrece dinero en efectivo a personas de bajos ingresos que tengan 65 años de edad o más,
estén ciegos o tengan alguna discapacidad que reúnan los
requisitos generales exigidos por SSI pero no tienen derecho
a SSI debido a su estado migratorio. (Véase la página 65 –
Beneficios Disponibles para Inmigrantes)
La cantidad de los beneficios de CAPI es parecida a la de SSI
($10 menos por una persona, $20 menos por matrimonio). Al
igual que SSI, los beneficios son menores si comparte vivienda
con otros o no paga todos los gastos del hogar.
Si tiene derecho a CAPI es posible que tenga derecho a
Medi-Cal, estampillas para alimentos y Servicios de Apoyo a
Domicilio pero deberá solicitar esos beneficios por separado.
Para recibir CAPI, deberá primero tratar de conseguir SSI
(véase la lista de oficinas del Seguro Social a continuación).
Si se le niega el SSI sólo debido a su estado migratorio, es
posible que tenga derecho a CAPI.
Puede recibir información grabada acerca de CAPI en varios
idiomas llamando al número gratuito del centro de servicios
de CAPI que está disponible las 24 horas del día: (800)
929-8118.
Si desea información adicional acerca de cómo se solicitan
los beneficios de CAPI, puede dejar un mensaje en el número
gratuito, y se le devolverá la llamada lo antes posible. Todas
las llamadas son confidenciales.
Los residentes del condado de Sacramento podrán presentar
una solicitud en:
Departmento de Asistencia Social
1725 28th Street, Sacramento, CA 95816
Oficinas del Departamento de Asistencia Social en la
zona de Sacramento
Presente solicitudes para beneficios del Seguro Social en estas
oficinas, para Seguro de Discapacidad del Seguro Social, y
Medicare
Solicite los beneficios primero en estas oficinas aunque no sea
ciudadano de los EE.UU, para poder reúnir los requisitos para
los beneficios de CAPI
Sacramento:
40 MASSIE CIRCLE 95823
(916)689-5293
2444 MARCONI AVE 95821 (916) 979-2019
8581 FOLSOM BLVD., STE A 95826
(916) 381-9410
West Sacramento:
825 RIVERSIDE PARKWAY, STE 1000 95605
(916) 373-3850
La Guía Popular
Servicios para Veteranos de Guerras
Puedo conseguir los servicios de los
veteranos de guerra?
La Oficina de Servicios para Veteranos de Guerras se encarga de hacer las determinaciones sobre el derecho a los beneficios, de la elaboración y presentación de reclamaciones,
la promoción y coordinación de casos para los veteranos de
guerra que viven en el condado de Sacramento.
Puede tener derecho a los servicios si usted es:
• Veterano o esposo(a) que sobrevive a un veterano de la
• Segunda Guerra Mundial o de Corea
• Veterano de la guerra de Viet Nam
• Veterano de la campaña “Enduring Freedom” y de la guerra de Iraq
• Veteranos de las fuerzas armadas en períodos de paz
• Veteranos sin vivienda
Los beneficios disponibles provienen principalmente del Departamento Federal de Asuntos de Veteranos (VA), pero Servicios para Veteranos de Guerras también sirve para que los
veteranos obtengan beneficios del Estado de California y las
entidades gubernamentales locales.
La Oficina de Servicios para Veteranos de Guerras también
se encarga de administrar el Programa de Dispensación de la
Matrícula Universitaria para Familiares a Cargo de Veteranos.
Este programa se ofrece a esposos(as) actuales, esposos(as)
no casadas que sobreviven el veterano fallecido, y los hijos
de veteranos fallecidos o discapacitados como consecuencia
del servicio militar. Los familiares a cargo que reúnen las
condiciones no están obligados a pagar la matrícula y cuotas
“obligatorias que aplican en todo el sistema” al asistir a un
colegio comunitario de California, a la Universidad Estatal de
California (Cal State), o a la Universidad de California (UC).
Este programa no sólo ofrece incentivos a los familiares a
cargo de los veteranos que reúnen las condiciones, sino que
también les ofrece la oportunidad de luchar por sus metas.
La Oficina de Servicios para Veteranos de Guerra de DHA
puede ayudar con:
• Indemnización de discapacidades relacionadas con el servicio militar
• Beneficios de jubilación para discapacidades no relacionadas con el servicio militar
• Beneficios de indemnización para familiares a cargo
• Beneficios de jubilación para familiares que sobreviven al
veterano fallecido
• Derecho a la ayuda y asistencia
• Derecho y acceso a los servicios médicos de la VA
• Beneficios para la rehabilitación vocacional
• Programa de dispensación de la matrícula universitaria de
California
• Seguro de vida de la VA
• Hogares estatales para veteranos de guerras
• Solicitud de registros militares
• Información de reclasificaciones al separarse del servicio
• Beneficios para entierros
• Otros programas y beneficios secundarios
Para comunicarse con la Oficina de Servicios para
Veteranos de Guerra
Por favor comuníquese con un representante de reclamaciones de veteranos para que se le haga una entrevista para
determinar si tiene derecho a los beneficios.
Acuda en persona o comuníquese con Servicios para Veteranos de Guerra en el:
Sacramento County, Veterans Service Office
2007 19th Street (between T and U Streets)
Sacramento, CA 95818
(916) 874-6811
FAX: (916) 874-8868
Las siguientes son las horas hábiles:
Lunes a viernes (salvo los días festivos del Condado)
8:00am - 4:00pm (Clientes sin cita)
8:00am - 5:00pm (Averiguaciones por teléfono)
La Guía Popular
67
Ayuda general
¿Puedo obtener ayuda general?
La Ayuda General (GA) es un programa para personas que
prácticamente no tienen dinero y que no califican para beneficios de desempleo, CalWORKs o Programas de Seguridad
Social. GA tiene muchas reglas y no otorga mucho dinero.
1. Residencia
Para calificar para la GA, debe residir en el Condado de Sacramento durante un mínimo de 15 días y tener la intención
de permanecer aquí.
2. Dinero en efectivo y los límites con respecto a los
recursos
No puede tener más que una cierta cantidad de dinero en
efectivo o en una cuenta bancaria si está solicitando GA. Sin
embargo, puede ser dueño de los siguientes recursos, siempre
que no exceden los límites máximos. Para límites corrientes,
visita: http://www.dha.saccounty.net/benefits/Pages/default.
aspx#ga o llame al (916) 874-2063.
• Vehículo(s)
• Efectos personales.
• El mobiliario del hogar, las herramientas y suministros necesarios para la rehabilitación y la autosuficiencia.
• La casa en la que vive.
Si vive con su cónyuge, los ingresos de su cónyuge se contabilizarán para decidir si usted reúne los requisitos, a menos
que su cónyuge recibe SSI.
3. Límite de tiempo:
Si puede trabajar, DHA lo clasifica como “empleable”. Si es
“empleable”, tan sólo puede recibir GA durante 3 meses en
cualquier plazo de 12 meses.
Si usted no puede trabajar, DHA lo clasifica como “no empleable” y no habrá un límite de tiempo.
¿Cuáles son los beneficios de GA?
1. Beneficios Básicos
La ayuda mensual en efectivo máxima en el Condado de Sacramento es de 221 dólares. Además de la ayuda en efectivo,
obtendrá un pase de autobús.
Una vez que ha sido aprobado, puede ganar hasta 200 dólares
por mes sin perder ninguno de los beneficios.
Vaya a la oficina del Departamento de Asistencia Social (DHA,
por sus siglas en ingles) para solicitar GA. No todas las oficinas
de DHA reciben solicitudes GA. (Vea la pág.68 - Oficinas DHA).
68
Esté preparado para esperar todo el día, pero recuerde que
tiene el derecho de solicitar esta ayuda. Dígale al empleado
de DHA que necesita GA. Tendrá que llenar una solicitud.
Lleve su tarjeta de identificación y los documentos que
comprueben sus ingresos, sus recursos y su ciudadanía (el
acta de nacimiento es lo mejor, pero hay otros documentos
aceptables). Si usted es inmigrante traiga los documentos
que indican su situación migratoria.
Todo solicitante de GA tiene el derecho de solicitar CalFesh
“urgente” (cupones para alimentos) (vea la pág. 13 Beneficios
de CalFresh en casos de emergencia).
Si reúne los requisitos, DHA debe darle cupones para alimentos
a los tres días de haber recibido su solicitud, si es que reúne
los requisitos para recibir beneficios de CalFresh en casos de
emergencia.
Asegúrese de que el empleado tenga su dirección actual, de lo
contrario, podría no recibir los avisos importantes de DHA. Su
domicilio y la dirección postal no tienen que ser las mismas.
Si usted no tiene hogar, puede utilizar la dirección de DHA
para recoger su correo, pero si lo hace, debe buscar su correo
una vez por semana. Algunas organizaciones comunitarias y
albergues ofrecen servicios de correo gratuitos.
Si usted llega a la oficina antes de que cierre lo tienen que
atender. Si necesita ayuda de inmediato, debería recibirla. Si
alguien no le permite solicitar la ayuda o le dice que regrese
al día siguiente, insista en hablar con un empleado, luego con
un supervisor, y luego con el subdirector, si fuera necesario.
El condado tiene 30 días calendario para aprobar su caso y
otorgarle los beneficios de GA. Sus beneficios serán emitidos
a su nombre en una tarjeta de Transferencia Electrónica de
Beneficios (“EBT”, por sus siglas en ingles). Cuando su tarjeta
EBT es emitida a su nombre, usted también selecciona un
número de identificación personal (“PIN”, por sus siglas en
ingles). Con su tarjeta EBT y su PIN, puede tener acceso a
sus beneficios en cualquier cajero automático (ATM, por sus
siglas en ingles). Su trabajador DHA debe proporcionarle una
lista de los ATM de la zona. Esta lista le hará saber cuáles
ATM son gratuitos y cuáles cobran una tarifa.
2. Si considera que no puede trabajar
Si está discapacitado es posible que desee solicitar SSI en
primer lugar. (Vea la pág. 26 - SSI). Puede solicitar GA mientras espera el SSI. Puede pedir que el condado le ayude a
solicitar beneficios de SSI. Si usted recibe GA porque no es
empleable debe solicitar SSI.
Si está discapacitado, solicite GA como una persona “no
empleable”. Debería traer todos los medicamentos, recetas
médicas, declaraciones del médico particular, o cualquier otro
comprobante que pueda tener sobre su discapacidad.
Si DHA determina que usted puede trabajar, lo puede apelar.
La Guía Popular
Asegúrese de ir a todas las citas porque se le puede negar la
Ayuda General si no lo hace.
¿Cuáles son mis derechos?
3. Si necesita ayuda especial
DHA lo debe ayudar si usted necesita ayuda. Si no sabe leer
ni escribir, tienen que ayudarlo con sus formularios. Si tiene
una discapacidad mental, deben remitirlo a un trabajador
de salud mental para una evaluación. La evaluación puede
determinar que usted es una persona que Necesita Asistencia
Especial (“NSA”, por sus siglas en ingles). La Ayuda General
para las personas que reúnen los requisitos como personas
NSA se aprueba con prontitud. Además, los participantes
en “NSA” están protegidos de algunas sanciones, exigencias
de trabajo y otros requisitos del programa, y de que se les
niegue la ayuda.
Si solicita una evaluación de parte de un profesional de salud
mental, pero no se la otorgan, puede exigir que se lo clasifique
como una persona que es “no empleable por razones médicas”
por un plazo de 30 días. Estará exento de los requisitos de
trabajo hasta obtener una evaluación de salud mental.
4. Dinero de emergencia
Si tiene una emergencia es posible que pueda conseguir algo
de dinero de inmediato. Esto se denomina “necesidad inmediata”. Pregúntele acerca de esto a DHA. Si no lo ayudan,
consulte a una organización de ayuda legal (pág. 80).
¿Cuáles son los requisitos?
Asegúrese de obtener un recibo que muestre la hora y la fecha
en que usted presentó el formulario. Si su QR-7 se pierde, o
si no lo entrega, su caso se cerrará al final del mes.
1. Audiencias
Si se va a cerrar su caso o se reducen sus beneficios, tiene
derecho a una audiencia de GA. Debe solicitar la audiencia
en un plazo máximo de 10 días de la acción. El condado debe
enviarle por mano una “Notificación de la Acción” siete (7)
días antes de una audiencia, o ocho (8) días antes si enviado
por correo. La fecha y hora de la audiencia estará indicada en
la notificación. Sus beneficios no pueden ser suspendidos o
reducidos sin una audiencia a menos que usted no vaya a la
audiencia. (Vea la pág. 70 “Audiencias y Quejas”).
2. Sanciones
Si no asiste a la audiencia de GA, o no deciden en su favor
en la audiencia de GA, su caso se cerrará (con o sin una
sanción) o sus beneficios serán reducidos. Si le imponen
una sanción y no ha sido sancionado en los últimos 365 días
puede volver a solicitar la ayuda de inmediato. Si esta es la
segunda sanción en un año, puede volver a solicitar la ayuda
en 30 días. Luego de la tercera sanción en un año, tiene que
esperar 60 días para volver a solicitar la ayuda.
3. Si comienza a recibir SSI
1. Si tiene la capacidad de trabajar
Si usted puede trabajar, se requerirá que asista a capacitación
laboral.
2. Si se lo clasifica como “no empleable”
Si DHA determina que usted está discapacitado, no tendrá
que ir a la capacitación laboral. Una vez que usted ya no esté
discapacitado, tendrá que ir a la capacitación laboral y el GA
se limitará a 3 meses en cada período de 12 meses.
3. Informes
Debe reportar cambios dentro de cinco (5) días. Además,
necessita enllenar un informe QR-7 cada tres meses. ¡ESTO
ES EXTREMADAMENTE IMPORTANTE! En el informe trimestral,
se le pedirá que declare sus ingresos, propiedad y cantidad de
personas en su familia. También estará obligado a informarles
sobre cualquier cambio en sus ingresos, propiedad o cantidad
de personas en su familia.
GA es un “préstamo” del condado. Si comienza a recibir SSI,
la cantidad que recibió de GA se deducirá automáticamente
de su primer cheque de SSI.
4. Luego del vencimiento de los plazos
Si dejan de otorgarle su Ayuda General debido a los plazos
limitados:
• Puede continuar recibiendo cupones para alimentos,
• Continuará recibiendo atención médica gratuita o a un bajo
costo proporcionada por el condado bajo la Ley ACA.
Si pasa a ser una persona “no empleable” durante el plazo
en que no se le permite recibir la GA, vuelva a solicitar GA e
proporcione la verificación a su trabajador que usted es una
persona “no empleable”. Si determinan que usted no puede
trabajar, reunirá los requisitos nuevamente para recibir GA y
no estará sujeto a los plazos limitados.
Si recibe el formulario por correo, debe llenarlo y enviarlo a
la oficina del DHA dentro del día 5 del mes. Debería recibir
un formulario en el primer día del tercer mes que usted debe
llenar con su información. Si no lo recibe por correo, debe
llamar la sistema automática del teléfono en (916) 874-3100
para pedir un formulario por correo, o ir a la oficina del DHA
para llenar el formulario.
La Guía Popular
69
Transporte
¿Cómo puedo conseguir ayuda para
pagar el pasaje del autobús?
Los residentes de bajos ingresos de Sacramento pueden
conseguir ayuda para pagar los pasajes de autobús de la
siguiente manera:
están disponibles para cualquier grupos de 10 estudiantes o
más que cursen estudios para obtener una diploma de preparatoria. El costo de dicho pase es de $2.50 por estudiante
y $5 para cada adulto que los acompañe.
Los representantes de Atención al Cliente de RT están disponibles
para responder a preguntas acerca del viaje en grupo.
1) Departamento de Asistencia Social (DHA) – DHA
proveerá un pase mensual de RT a los que reciben Ayuda
General. Los que reciben CalWORKS pueden recibir dinero
para el traslado de ida y vuelta a las actividades necesarias
para hacer la transición al trabajo.
Llame a RT al 321-BUSS (2877) cuando menos 10 días laborales
antes de la fecha del viaje. Las tarjetas de identidad de RT con
foto sólo se pueden obtener en el Centro de Identificación con
Foto de RT ubicado en el 1225 R Street, Sacramento 95811, en
el Centro de Ventas y Servicio al Cliente.
2) Francis House – Francis House da fichas para el autobús,
vales para la compra de gasolina, ayuda para obtener actas
de nacimiento, tarjeta de identidad y licencia de manejar de
California que sean necesarios para poder obtener un empleo.
1422 C Street Sacramento, CA 95814-0916. Teléfono (916)
443-2646
¿Puedo conseguir ayuda para pagar
el seguro del carro o la revisión
contra el esmog?
3)
Volunteers of America – compra boletos y los distribuye de conformidad con sus propios criterios. Véase la
pág. 6 para informarse de los diferentes sitios en que atienden
a las familias y a personas solteras.
Están disponibles los pasajes a precio reducido para viajar en
las líneas de autobús de RT.
Ancianos (de 62 años de edad o mayores) Personas con
discapacidades y beneficiarios de Medicare –Se requiere una
prueba de identidad al abordar, que puede ser una tarjeta
de identidad con foto de anciano o discapacitado expedido
por RT u otra agencia de transporte público, una licencia de
manejar, una tarjeta de identidad del Estado de California, un
pasaporte o tarjeta de identidad emitida por cualquier entidad
de gobierno que contenga una foto del dueño de la tarjeta (y
también verifique la edad – para ancianos solamente). Los
que asisten a los discapacitados podrán viajar pagando un
pasaje reducido si poseen una tarjeta de identidad con foto
de discapacitados de RT que lleve una anotación habilitándolo
como asistente.
Personas de la cuarta edad (más de 75 años de edad)
– Se requiere un documento con el que se pueda verificar la
edad para comprar una calcomanía mensual para personas
de la cuarta edad. Dicha calcomanía sólo se puede comprar
en los Centros de Ventas y Atención al Cliente de RT ubicado
en el 1225 R Street.
Estudiantes (de 5 a 18 años de edad) – Deberá cursar
estudios para obtener un diploma de preparatoria; tener
derecho de comprar calcomanías estudiantiles mensuales
de RT y tener runa tarjeta de identidad de RT con foto. Las
calcomanías para estudiantes deberán pegarse en tal tarjeta
de identidad, no en la escolar.
1. Seguro de carro a bajo costo
Los conductores de bajos ingresos del condado de Sacramento
pueden comprar un seguro de carro especial que cuesta $350
por año. Llame al (800) 622-0954 para localizar al agente
más cercano del Plan de Riesgo Automovilístico Asignado de
California (CAARP, por sus siglas en inglés). Deberá presentar
las declaraciones de impuestos para demostrar sus ingresos y
también presentar una licencia de manejar vigente, la matrícula
actual del vehículo y prueba de que es el dueño del vehículo.
Para tener derecho a este beneficio deberá vivir en el condado
de Sacramento; deberá tener cuando menos 19 años de edad
y haber manejado por un mínimo de 3 años antes de perder
su licencia. Un agente determinará si reúne los requisitos de
ingreso y coche para calificar para el CARP.
Además, en los últimos 3 años no deberá:
• Haber sido el responsable de ningún accidente con lesiones
corporales o muerte
• Haber sido el responsable de más de un accidente con
daños a la propiedad
• Tener más de un punto en el historial de manejo por violaciones de tránsito cuando su vehículo iba en marcha
Tampoco podrá ser un estudiante universitario que otra persona
nombra como familiar a cargo en su declaración de impuestos
2. Ayuda para la revisión contra el smog
El Programa Estatal de Asistencia al Consumidor (CAP, por sus
siglas en inglés) ofrece asistencia económica a consumidores
de bajos ingresos cuyos vehículos no pueden pasar la revisión
contra el esmog. Si satisface las condiciones, pueden ayudarle
Pases durante el horario escolar - RT ofrece los pases
para usarse ilimitadamente durante las horas de clases para
grupos que viajan entre 9 a.m. y 3:30 p.m. Dichos pases
70
La Guía Popular
a pagar las reparaciones que se requieran para que su carro pase
la revisión. Se requerirá que pague un pago compartido. El programa se limita a los fondos disponibles. Llame al Departamento
de Asuntos del Consumidor (800) 952-5210 para información y
para presentar la solicitud. No haga ninguna reparación hasta
que se le notifique de la aprobación.
4. ¿Cuáles son los días de la semana y el horario que
se presta el servicio?
Los viajes de Paratransit están disponibles los siete días de
la semana, incluso los días festivos de las 6 a.m. hasta las
12:30 a.m. (poco después de la medianoche). Los viajes
limitados están disponibles antes de las 6 a.m. y después de
las 12:30 a.m. dentro de ¾ de milla del servicio de un auto¿Puedo conseguir ayuda para el
bús de RT y de tren. Se le recogerá dentro de 30 minutos de
la hora previamente acordada en que está listo para viajar.
transporte si estoy discapacitado?
Deberá abordar el autobús dentro de cinco minutos de que
este llegue al sitio en que se le recogerá. Si no está listo, el
chofer deberá irse sin recogerlo y el estado de su viaje será
1. ¿Tengo derecho al transporte para discapacitados registrado como “no se presentó”.
(Paratransit)?
5. ¿Cuánto cuesta?
Es posible que tenga derecho al servicio de transporte para Se requiere que tenga la cantidad exacta del pasaje cada vez
discapacitados conforme a la ADA si como resultado de su que aborde el vehículo de Paratransit. Cada viaje de ida o de
discapacidad específica o condición de salud:
vuelta cuesta $5.00. No se requiere pagar el pasaje de un
asistente personal. Todos los demás acompañantes deberán
• No puede trasladarse de ida o vuelta a las paradas o esta- pagar el pasaje que aplica. Los conductores (incluso taxisciones dentro de la zona de servicio; o
tas) deberán cobrar el pasaje cuando el pasajero aborda el
• No puede abordar, viajar en o bajarse solo de un vehículo vehículo, así que por favor tenga listo la cantidad exacta del
accesible que tiene una ruta fija (autobús o tren); o
pasaje, puesto que no pueden hacer cambio. Para comprar
• No puede usar eficazmente el sistema de transporte aunque cupones para los viajes o un pase mensual, llame al (916)
pueda llegar a la parada y subirse y bajarse del vehículo (por 429-2009. Por favor tenga en cuenta que los pasajes están
ejemplo, una persona que no puede andar en el autobús por sujetos a cambio.
sí solo, reconocer las paradas, entender cómo completar el
viaje en autobús, determinar el costo del pasaje, etc.)
Los viajes al aeropuerto cuestan $50.00 de ida y también de
vuela debido a que quedan fuera de la zona de servicio.
2. ¿Cómo me inscribo para los servicios de Paratransit, Inc.?
6. ¿Cómo puedo cancelar el viaje?
Comuníquese con Transporte Regional (RT) para conseguir
una solicitud y hacer la cita para una entrevista. Para recibir
la solicitud, llame a RT al (916) 557-4685 o a la línea TDD al
(916) 557-4686.
La Línea de Cancelaciones está disponible las 24 horas del
día. Se requiere dar el aviso de cancelación de los viajes
dos (2) horas antes de la hora en que se le debe recoger. Si
cambian sus planes o no estará listo para abordar a la hora
fijada, por favor llame al (916) 429-2009 y escuche las in3. ¿Cómo hago la reservación?
strucciones después de comunicarse con la unidad correcta.
Los avisos con menos anticipación sin motivos convincentes
Una vez que le aprueben el servicio de Paratransit puede lla- pueden resultar in la interrupción del servicio.
marles para concertar el servicio de transporte. Debe so- Cancelaciones (916) 429-2744
licitarlo con 1 ó 2 días de anticipación. No hay servicio de
emergencia para el mismo día. Las personas encargadas de 7. ¿Qué tal si llega tarde el transporte o me retraso?
las reservaciones trabajan todos los días de 8:00 a.m. a 5:00
p.m. (incluso los días festivos) para programar y confirmar Si se retrasa el autobús (916) 429-2009 extensión 3
sus planes para viajar y “Hora en que esta listo”. Llame al Si usted se retrasa (916) 429-2009 extensión 3
número de reservaciones al
(916) 429-2744 o al (800) 956-6776
8. ¿Cuál es la zona de servicio?
o al TDD (para los que tienen problemas de audición) (916)
429-2568.
Paratransit no presta el servicio de transporte actualmente
Deberá dar su nombre y su número de identidad de Paratransit, su dirección, su número de teléfono, la dirección de su
destino y número de teléfono, la hora que usted prefiere que
lo recojan. Por favor espere que el vehículo llegue por usted
dentro de media hora de la “Hora en que esta listo”.
a Roseville o West Sacramento. Se provee el servicio en la
mayoría de las demás comunidades urbanas que cuentan
con el servicio de transporte del Distrito Regional de Transporte Público de Sacramento.
• Sacramento
• Carmichael
• Fair Oaks
La Guía Popular
71
• Folsom (sólo de ida y vuelta a las estaciones del tren)
Rancho Cordova Citrus Heights
• Rio Linda
• Elverta
• Orangevale
• North Highlands
*Los residentes de Elk Grove reciben el servicio de dos proveedores: eVan o Paratransit, Inc., dependiendo del lugar
en que se recogerá al cliente o su destino. Por favor comuníquese con eVan para mayores detalles al (916) 6838726 o en línea en: www.e-tran.org/paratransit.asp.
Aventón para Llegar al Trabajo: Ayuda
para personas sin vivienda y otros
Aventón para Llegar al Trabajo ofrece consejeros y computadoras con acceso a Internet que permite que las personas
sin vivienda y otros que normalmente no tienen este acceso
localicen los servicios de transporte u otros servicios afines
para conseguir empleo. Las vagonetas de Aventón para Llegar al Trabajo son manejadas por especialistas de empleo
de varias organizaciones locales. Para más información, por
favor llame a Paratransit Mobility Management Center
RideQuest: (916) 429-2009 x 7229
Ropa
Union Gospel Mission
• 400 North Bannon Street, Sacramento, CA. 95814 (916) 447-3268 Ropa para damas en casos de emergencia,
incluso zapatos, vestidos y posiblemente ropa de maternidad
• 4151 Don Julio Blvd, North Highlands, 95660
(916) 332-7749 El tercer viernes de cada mes se regalan
alimentos y ropa de las 2:00 a las 5:00 p.m. Se requiere
presentar un documento de identidad con fotografía.
Sacramento Clothes Closet
3333 Third Avenue, Sacramento, CA. 95817 (916) 456-1980
Ropa gratuita en casos de emergencia para hombres, mujeres y bebés y zapatos para bebés y niños pequeños.
• Horario: Lunes, martes, jueves, viernes de 10 a.m. a 1:30
p.m. y miércoles de 4pm-7pm
• Ayuda a los residentes del condado de Sacramento y a las
personas sin vivienda
• Los residentes adultos deberán presentar un documento
de identidad con fotografía y cualquier tipo de documento
de identidad para los niños que vivan en su hogar, además
de una prueba de su domicilio tal como un contrato de
alquiler o arrendamiento o alguna correspondencia (que no
sea propaganda postal). Las personas sin vivienda deberán
tener un documento de identidad y avisarle al voluntario o
gerente que no tienen dirección fija.
• Provee hasta 15 prendas de vestir y accesorios a cada
miembro de la familia. Los clientes pueden acudir una vez
en cada mes calendario.
St Vincent De Paul
7580 Center Parkway, Sacramento, CA 95823,
(916) 733-2010.
Para familias que viven en la zona postal 95823.
Dress for Career Advancement Clothes Closet
4990 Stockton Blvd., Sacramento, CA.
(916) 875-3330
Provee ropa usada en buen estado para profesionales y ropa
informal pero elegante para hombres y mujeres de bajos
ingresos que ingresan al mercado de trabajo.
Daughters of Zion
6489 47th Street, Sacramento 95823
(916) 422-3875
Ofrece ropa casi nueva para familias necesitadas el segundo
y cuarto sábado del mes, de 2 a 4 p.m. y los martes de 12:00
a 1:30 p.m.
72
La Guía Popular
First Baptist Church of North Sacramento
2601 Del Paso Blvd, Sacramento 95815
(916) 922-9365
Provee ropa para personas necesitadas los lunes y miércoles
de 9 a 11:30 a.m.
Programa TANF para Indigenas Norteamericanos
3831 North Freeway Blvd, Suite 100, Sacramento, CA 95834:
(916) 920-3150. Ofrece ropa a índigenas norteamericanos
que reúnan los requisitos exigidos.
Orangevale 7th Day Adventist
5810 Pecan Ave, Orangevale 95662
(916) 967-0405
Horario: de 9 - 12:00p.m. los martes.
Los clientes pueden acudir a la distribución de ropa una vez
al mes. Sólo para residentes de la zona postal 95662.
S. A. C. A. Center
2469 Rio Linda Blvd., Sacramento 95815
(916) 648-8729
Ofrece pañales, comida, fórmula, ropa para bebés si asiste a
un taller por mes. Ofrece alimentos, ropa, pañales, fórmula
y artículos de higiene personal en casos de emergencia y
artículos varios para bebés y de maternidad (posiblemente
tenga muebles para bebés y niños pequeños). Se requiere
asistir a clases para padres después de la primera visita Los
clientes pueden acudir una vez por mes calendario para recibir servicios.
Freemont Presbyterian Church Clothes Closet
5570 Carlson, Sacramento, CA.
(916) 453-7132
Se atiende sólo con cita y a personas remitidas. De lunes
a viernes, de 8 a 5:00 p.m. Ofrece ropa gratuita para niños
inscritos en el Distrito Escolar de la Ciudad de Sacramento.
Elk Grove Food Bank Clothes Closet
9820 Dino Drive, Ste. 140, Elk Grove 95624
(916) 685-8453
Se requiere presentar documento de identidad y prueba de
los ingresos (no se requiere documento de identidad si carece de vivienda). Ofrece servicios a residentes de las zonas postales 95624, 95757, 95758, 95823, 95828, 95829,
95830, 95683, 95793, 95759, y a personas sin vivienda.
San Juan Unified School District Clothes Closet
7200 Fair Oaks Blvd., Suite 100, Carmichael, CA. 95608
(916) 971-7643. Se atienda sólo a personas que sean remitidas y con cita, de lunes a viernes de 8 a 5:00 p.m. Se
ofrece ropa gratuita a niños del distrito escolar.
Para donar ropa y otros artículos del hogar, incluso muebles,
juguetes y libros:
1.Visite el sitio web: www.donationtown.org
2.Entre su código postal
3.Programe la cita para que pasen a recoger su donación
Capitol City Adventist Community Services
6701 Lemon Hill Ave., Sacramento 95824
(916) 381-5353
Ofrece servicios a los residentes de las zonas postales
95820, 95822, 95823, 95824, 95828, 95829. Abre un lunes
por mes; llame para verificar.
Carmichael Adventist Community Services
4600 Winding Way, Sacramento 95841
(916) 487-8684
Ofrece ropa a residentes de las zonas postales 95608, 95609,
95610, 95621, 95821, 95840 y 95841.
La Guía Popular
73
Guía para Personas No Ciudadanas
Los inmigrantes pueden recibir muchos tipos de ayuda del
gobierno aunque no tengan una tarjeta verde (“green card”).
Para obtener ayuda con otros asuntos de inmigración y ciudadanía, véase la lista de organizaciones al final del capítulo
en la página 75.
¿De qué beneficios disponen los
inmigrantes?
1. Beneficios a la disposición de todos los inmigrantes
Todos los inmigrantes, incluso los que no tienen documentos, pueden tener derecho de recibir el siguiente tipo
de ayuda:
Atención médica: cuidado prenatal; Medi-Cal de emergencia; Medi-Cal con consentimiento de menores; centros regionales; Servicios Infantiles de California; CHDP; y vacunas
para niños.
Programas de alimentos: WIC, desayuno y almuerzo escolar, distribución de alimentos gratis.
Otros tipos de ayuda: albergues; educación pública; servicios de muchas otras organizaciones sin fines de lucro.
Estos programas no tienen requisitos migratorios y, si usted
es indocumentado, es posible que tenga derecho a los beneficios. No necesita decirle a nadie que usted o alguien más
que vive con usted es indocumentado. Los asistentes sociales no están obligados a preguntarle sobre su estado migratorio si usted no está solicitando los beneficios para usted
mismo. Si le preguntan, simplemente dígales que usted no
es inmigrante “elegible” (lo cual no significa lo mismo que
ser indocumentado). Esto es lo único que necesitan saber.
Si la escuela o una guardería le pide su número de seguro
social en un formulario, usted puede escribir “ninguno” en
el formulario, o déjelo en blanco. Ellos no le pueden compartir la información del formulario con otras entidades del
gobierno.
2. Víctimas del tráfico de personas, violencia en el
hogar y otros delitos graves
La ley de California dispone que las personas que no son
ciudadanas que han sido víctimas de trata de personas, violencia en el hogar y otros delitos graves pueden recibir los
mismos beneficios que se ofrecen a los refugiados.
-Las victimas del tráfico de personas pueden tener derecho a
los beneficios antes de que el gobierno federal las certifique
como víctimas.
-Las víctimas de la violencia en el hogar y otros delitos
graves pueden tener derecho a los beneficios una vez que
hayan solicitado la visa U/ayuda provisional.
-Usted no necesita un número de seguro social para solicitar
estos beneficios.
migratorio legal
La mayoría de los inmigrantes que están en el país legalmente, tal como los residentes permanentes, refugiados, asilados, y personas que han logrado que se cancele su deportación, pueden recibir beneficios de CalFresh (alimentos),
CalWORKs, ayuda general, atención médica del condado,
ayuda para vivienda, y Medi-Cal. Si tienen un patrocinador,
el ingreso de dicha persona puede contar como parte de su
ingreso durante cinco años.
Los refugiados que han estado en el país menos de 8 meses
y las personas que obtuvieron el asilo menos de 8 meses
antes, también puede tener derecho de recibir ayuda monetaria para refugiados (generalmente esto es para personas
sin discapacidades y sin niños). Las víctimas de trata de
personas también pueden tener derecho de recibir ayuda
monetaria para refugiados media vez hayan recibido la certificación. Llame a la oficina local de DHA indicada en la
página 78.
Seguro social: si usted no es ciudadano pero ha contribuido al sistema de seguro social por medio de su trabajo,
o le han deducido dinero de su cheque de pago para este
programa, usted posiblemente tenga derecho de recibir beneficios por discapacidad, jubilación, o beneficios del seguro
social para supervivientes de un trabajador fallecido. (Véase
Seguro Social en la pág. 64)
SSI: si usted no es ciudadano de los EEUU pero es una
persona de bajos recursos y tiene una discapacidad, es invidente, o es mayor de 65 años de edad, puede recibir SSI si:
• Usted vivía legalmente en los EEUU el 22 de agosto de
1996 y es invidente o discapacitado.
• Usted es refugiado, asilado, se canceló su deportación/
expulsión del país, pero solamente durante los siete años
después de haber obtenido esta categoría.
• Usted está en el ejército o es veterano de los EEUU
• Usted es residente legal permanente con un crédito de 40
trimestres (aproximadamente 10 años) de haber trabajado
en los EEUU. Hay reglas especiales por medio de las cuales
los trimestres que haya trabajado su esposa(o) o padres pueden contar: pregúntele al asistente social que lo atienda.
CAPI: si usted es inmigrante y es discapacitado, invidente
o tiene 65 años o más, y no tiene derecho de recibir SSI debido a su estado migratorio, puede recibir ayuda monetaria
del programa para inmigrantes (CAPI). Véase la pág. 66.
Traducción: si usted habla poco inglés y necesita solicitar
beneficios del gobierno, el Departamento de Asistencia Social y la Administración del Seguro Social debe de brindarle
un intérprete o conectarlo con un servicio de interpretación
por teléfono sin cobrarle.
3. Beneficios a la disposición de personas con estado
74
La Guía Popular
¿Cuáles son los derechos de los trabajadores inmigrantes?
Sin importar cual sea su estado migratorio, usted tiene el
derecho de recibir el salario mínimo, el pago de tiempo extra
de trabajo y condiciones de trabajo seguras. Usted también
tiene el derecho de estar libre de acoso y discriminación. Si
han violado sus derechos como trabajador, comuníquese con
la Oficina de la Comisión Laboral al (916) 263-1811
para quejarse. Si usted tiene un permiso legal para trabajar,
es ilegal que los empleadores lo discriminen en el trabajo, o
que le nieguen empleo debido a que usted es de otro país.
Usted también puede recibir ayuda de la Consulta sobre
Derecho Laboral del Programa de Servicios Legales Voluntarios. Llame al (916) 551-2102 para obtener más
información.
¿Puede ser afectado mi estado migratorio si recibo beneficios públicos?
1. ¿A quiénes se les considera una carga pública?
Si usted está solicitando la residencia legal permanente (una
“green card”) y usted recibe atención médica (tal como MediCal, servicios de asistencia personal a domicilio, o el plan de
salud Familias Saludables (“Healthy Families”), o CalFresh,
no le afectará su oportunidad de obtener la tarjeta verde, ya
que esto no lo convierte en una “carga pública”. Lo que sí
podría ser un problema para obtener la residencia permanente (“Green Card”) es si usted ha recibido ayuda monetaria
del Departamento de Asistencia Social o atención a largo
plazo (en un centro de convalecientes), dependiendo de su
situación. El recibir ayuda monetaria para sus niños u otros
miembros de la familia no perjudicará su estado migratorio,
a menos que sea la única fuente de ingresos de su familia.
Las personas encargadas de resolver su caso tomarán en
cuenta muchos factores, incluso su edad, su salud, los ingresos de toda su familia (o de su patrocinador) para determinar si existe la probabilidad que en el futuro usted dependa de la ayuda monetaria (“welfare”) para vivir. Si usted
ha recibido ayuda monetaria anteriormente no pesará en
su contra, por ejemplo, si fue hace varios años que usted
recibió dichos beneficios, o si solamente los recibió durante
poco tiempo.
No tiene que preocuparse de ser una carga pública si usted
ya tiene la tarjeta verde ( a menos que salga de EEUU durante más de 6 meses a la vez y trate de volver a entrar),
o si usted está solicitando la ciudadanía, como refugiado o
como asilado, o está solicitando la “green card” por el hecho
de que usted ha vivido en EEUU desde antes de 1972.
Las víctimas de violencia en el hogar que presentan una
petición por si mismas bajo la Ley En Contra de Violencia
hacia Mujeres (VAWA), están sujetas a una prueba para ver
si representan una “carga pública”. Sin embargo, ellas pueden recibir todos los beneficios, incluso ayuda monetaria de
“welfare”, sin que esto afecte esta decisión.
El gobierno no debería de exigirle que devuelva la ayuda del
gobierno que usted recibió legítimamente, como condición
de concederle su estado legal. Si esto sucede, llame a una
de las organizaciones que abogan por los derechos de los
inmigrantes.
2. Patrocinadores
A la mayoría de los nuevos inmigrantes que llegan a vivir en
los EEUU por el hecho de que miembros de su familia residen
legalmente aquí, se les pide que tengan un patrocinador que
firme un formulario de “declaración jurada de apoyo”. Este
formulario es una promesa que le hace el patrocinador al
gobierno, por medio de la cual se compromete a brindarle
apoyo económico a las personas inmigrantes que patrocine.
Si usted es inmigrante con patrocinador y quiere solicitar
ciertos beneficios del gobierno, el ingreso y recursos de su
patrocinador se agregarán al suyo para determinar si usted
reúne los requisitos para los beneficios (a esto se le llama
“determinación”). Esta regla hace que el ingreso de muchos
inmigrantes sea demasiado alto para recibir los beneficios.
No aplica la regla de determinación cuando usted solicita los
programas de atención médica, solamente para CalFresh y
los programas de ayuda monetaria.
La determinación no se aplica para algunos inmigrantes, incluyendo a: refugiados, asilados, personas con residencia
condicional, víctimas de violencia en el hogar que han presentado “su propia solicitud” para una visa de inmigrante,
y algunos otros inmigrantes a quienes no se les requiere
tener un patrocinador. Además, algunos programas tienen
excepciones para personas de muy bajos recursos, llamadas
“excepciones en casos de indigencia”. Cada programa tiene
diferentes reglas. Pregunte cuáles son cuando usted solicite
los beneficios.
Si usted tiene preguntas o algún problema con la “determinación con base en los ingresos del patrocinador” comuníquese con una de las organizaciones que figuran al final
de esta página.
¿Qué pasa si me detiene ICE?
Si a usted lo arresta el Departamento de Inmigración y Aduanas (ICE):
• Debe de guardar silencio, o dígale al agente de ICE que
usted quiere guardar silencio.
• Pida hablar con un abogado. No firme ningún documento
sin hablar primero con un abogado.
• No porte documentos falsos.
• Busque el nombre y número de teléfono de un abogado
de inmigración que sea de fiar y lleve esta información con
usted todo el tiempo.
• Sepa su número “A” (número de registro de inmigrante)
si es que lo tiene, escríbalo en algún lugar en casa donde
alguien de su familia sepa donde encontrarlo.
La Guía Popular
75
• Prepare un formulario o documento que autorice a otro
adulto a cuidar de sus niños menores de edad.
• Aconséjeles a los miembros de su familia que no quieren
ser interrogados por ICE que no se acerquen al lugar donde
usted está detenido.
Grupos que ayudan con asuntos de
inmigración y ciudadanía
California Hispanic Resource Council (916) 451-7151. Ayuda con el proceso de inmigración, ciudadanía y otros asuntos de inmigración. Ayuda para las
mujeres que solicitan por sí mismas una visa como esposas
maltratadas por esposos que son ciudadanos de los Estados
Unidos o que son residentes legales permanentes.
Catholic Charities Immigration Program (916) 443-5367/ Asesoría en asuntos de inmigración y servicios de ciudadanía.
Sacramento Chinese Community Service Center (916) 442-2523
(916) 485-6410
Servicios Federales de Inmigración y Ciudadanía
(800) 375-5283. Organismo del gobierno federal que administra las leyes de inmigración y ciudadanía. Incluye
exámenes para personas no inmigrantes, inmigrantes y solicitudes de ciudadanía.
Inmigración – Reubicación
Opening Doors - Good Neighbors of Sacramento (916) 492-2591. Reubicación de nuevos refugiados por medio del programa de Servicios para Inmigrantes y Refugiados
de la Iglesia Universal y de la iglesia Luterana.
Asistencia médica
Si su hijo es indocumentada, Sacramento Covered le puede
referir a un programa de atención de salud de Kaiser Permanente. Llame al 1-866-850-4321 para obtener más información.
Slavic Community Center of Sacramento
Audiencias y Quejas
Si la Oficina de Asistencia Social reduce o deja de proporcionarle CalFresh, CalWORKs, Medi-Cal, Servicios de Asistencia
Personal a Domicilio o beneficios de CAPI y usted no está
de acuerdo, debería solicitar una audiencia imparcial ante el
Departamento de Servicios Sociales de California.
una audiencia después de esto, si tiene una buena razón por
la que la presentó en forma tardía.
En una audiencia imparcial, tendrá la oportunidad de explicar
lo que le pasó y un árbitro imparcial, luego de oír su versión
y la versión de la oficina de asistencia social, decidirá a favor
de uno o de otro. Si alguien lo llama y le dice que no vale la
pena presentar su caso, siga insistiendo que quiere una audiencia hasta que le ofrezcan asesoramiento legal adecuado.
También puede solicitar una audiencia al llamar al número
de teléfono gratuito creado con este fin (800) 952-5253.
Debería llamar temprano: abren a las 7:30 a.m. La línea
frecuentemente está ocupada, por lo tanto siga intentando.
Recuerde de anotar el nombre de la persona con quien habló.
Se le debe enviar una notificación por escrito 10 días antes de
que se toma cualquier tipo de medida que reducirá o suspenderá sus beneficios. La notificación debe explicar claramente
los motivos que llevaron a esta acción. Si no está de acuerdo
con esta decisión y solicita formalmente una audiencia imparcial antes de la fecha en que la decisión entre en vigor, en la
mayoría de las circunstancias no se le suspenderá su ayuda
hasta que se lleve a cabo la audiencia (a menos que se la
dejan de dar por otra razón, como por ejemplo si se terminó
su período de certificación).
Para solicitar una audiencia imparcial, puede llenar y enviar la
parte posterior del formulario de notificación o escribir una
carta solicitándola en sus propias palabras.
No puede solicitar esta audiencia a su trabajador o a cualquier otro personal del Condado. Debe llamar al número 800
o enviar una solicitud por escrito a la Oficina de la Sala de
Apelaciones y Audiencias del Estado.
El Estado le enviará una notificación con la fecha, hora y lugar
de su audiencia. Por lo general, esto ocurre a las 3 ó 4 semanas. En la actualidad, si recibe ayuda por medio del programa
CalFresh puede solicitar una postergación (aplazamiento)
de la audiencia a fin de tener más tiempo para prepararse o
para conseguir un abogado o defensor en cualquier momento
antes de la audiencia. Con respecto a otros programas que
Si no pide una audiencia imparcial antes de la fecha en que la proporcionan, o para obtener un segundo aplazamiento deacción entra en vigor, su ayuda puede ser reducida o eliminada, berá tener un motivo muy convincente (motivo justificable).
pero todavía puede disputar la acción si solicita una audiencia
en un plazo de 90 días de la fecha del envío de la notificación.
Guarde el sobre en el que le llegó la notificación y la copia de
su solicitud de una audiencia imparcial para tener una prueba
de que ha cumplido con el plazo requerido. Puede solicitar
76
La Guía Popular
Es posible que reciba una llamada o una carta del representante de las audiencias del condado asignado a su caso. El
representante de las audiencias presentará la posición del
Condado en la audiencia. El representante de las audiencias
también redactará la versión del Condado por lo menos 2
días antes de la audiencia. Tiene derecho de obtener una
copia de la declaración sobre la posición del Condado. Si el
representante de las audiencias no la tiene lista para que
usted la pueda ver antes de la audiencia, puede solicitar que
la audiencia se posponga para darle la oportunidad de leer
la declaración. Este aplazamiento no cuenta en su contra.
El representante de audiencias puede ofrecerle que lleguen a
una resolución en su caso. Esto es conocido como un desistimiento condicional. Considere esto cuidadosamente. Si está
de acuerdo con lo que el Condado está ofreciéndole, puede
aceptar el desistimiento condicional. Si no está de acuerdo,
puede rechazarlo y asistir a la audiencia. También puede
tratar de negociar un acuerdo que le gusta.
Si está discapacitado, o confinado en casa, las audiencias se
pueden llevar a cabo por teléfono, en la oficina de asistencia
social o en su hogar, pero debe pedir esto cuando solicita la
audiencia.
También le tienen que proporcionar un intérprete para la
audiencia gratuitamente si el inglés no es su idioma materno.
Después de la audiencia, llame al número telefónico gratuito
y quéjese si es que el Estado tarda más de 60 días para tomar
una decisión sobre los cupones de alimentos, o más de 90 días
si la audiencia fue sobre CalWORKs o Medi-Cal. Estos suelen
ser los límites máximos de tiempo que pueden tomarse para
decidir estos casos (a partir de la fecha en que usted solicitó
la audiencia). Si tardan más de 90 días en tomar la decisión
y usted nunca ha aplazado la audiencia, le deben dar dinero
extra por la demora, si es que la decisión es en su favor.
Si en la audiencia no deciden en su favor y todavía está
convencido de que tiene razón, puede solicitar una nueva
audiencia en un plazo de 30 días o presentar una apelación
ante un tribunal en un plazo de 1 año.
Más consejos:
Para las audiencias de Ayuda General o de atención médica
del condado en el Condado de Sacramento, tiene tan solo 10
días para solicitar una audiencia con el Condado. El reverso
de la Notificación de Acción debería indicarle cómo solicitar
una audiencia.
Solicite asesoramiento y asistencia. Hable sobre su
situación con un asesor en temas legales o con un amigo o
miembro de la comunidad bien informado.
Mantenga un registro adecuado y guarde todos los
documentos que la agencia le entrega o le envía por
correo. Anote el nombre de la persona con la que habla en
persona o por teléfono y la hora en que les habló.
Tiene derecho de ver su expediente y de fotocopiar lo que
sea que necesite. Tiene derecho de ver todas las normas o
instrucciones que son pertinentes a su situación.
asistencia social lo debe ayudar, por lo tanto solicite la ayuda
que necesita cuando solicita una audiencia. Si se le trata
injustamente a causa de una discapacidad o afección de
salud, envíe una queja por escrito a: Civil Rights Division, U.S.
Dept. of Justice, PO Box 66118, Washington, DC 20035-6118.
Oficinas de DHA
Pat Wright Building
1725 28th Street, Sacramento 95816
(916) 874-2256
Horario de la recepción: Lunes a viernes 8:00 a.m.-4:00
p.m.
Programas: CalWORKs (En curso):
CAPI (Evaluación inicial y En curso) CalFresh.
Centro de Cuidados Primarios
4600 Broadway, Suite 2600, Sacramento 95820
(916) 874-9238
Horas hábiles: Lunes a viernes de 8:00am a 4:00pm
Programas: Programa de Servicios Médicos a Indigentes
del Condado (CMISP); SIDA Programa de Asistencia de
Medicamentos (ADAP)
Investigaciones
3960 Research Drive, Sacramento 95838
(916) 648-0894
Horario de la recepción: Lunes a viernes de 8:00am a
4:00pm
Oficina de Fulton
2700 Fulton Avenue, Sacramento, 95821
(916) 874-3800
Horario de la recepción: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-4:00
p.m.
Programas: CalWORKs (Evaluación inicial y En curso),
Medi-Cal (Evaluación inicial), Sesión sobre el Empleo (todos los lunes la 1:30 p.m.)
North Highlands
5747 Watt Avenue, Sacramento 95660
(916) 876-8000
Horario de lobby: Lunes a viernes de 8:00am a 4:00pm Programas: CalWORKs (Evaluación inicial y En curso)
Sesión sobre el Empleo (todos los miércoles a las 9:30
a.m.
Audiencias Imparciales
2007 19th Street, Sacramento 95818
(916) 874-6811
Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-5:00 p.m.
Programas: Control de calidad de audiencias del condado
y del estado
Cuidado de Niños
2001 19th Street, Sacramento CA 95818
(916) 874-6000
Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m-5:00 p.m.
Programas: Unidad de pagos para el cuidado de niños
Si está discapacitado, la ley dispone que la oficina de
La Guía Popular
77
Oficinas de DHA
UCD Med Center (Davis II)
Servicios para veteranos de guerras
2007 19th Street, Sacramento, CA 95818 | (916) 874-6811
Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-4:00 p.m. (clientes
sin cita); Lunes a viernes de 8:00 a.m.-5:00 p.m. (información por teléfono)
Servicios de empleo y administrativos
4990 Stockton Boulevard, Sacramento 95820
(916) 875-3330
Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-5:00 p.m.
Programas: Sesión sobre el Empleo (todos los lunes a
la 1:00pm); Club de Empleo/Programas de búsqueda de
empleo
2420 Stockton Boulevard, Sacramento 95817
(916) 734-1600
Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-12:00 p.m.
Programas: Medi-cal Programa de Servicios Médicos para
Indigentes del Condado (CMISP); Medi-cal. Los clientes son
remitidos por el Centro Médico de UCD.
Franklin One Stop
7000 Franklin Boulevard, Sacramento 95822
(916) 262-3200
Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-4:30 p.m.
Programas: CalWORKs (En curso)
Complejo de Servicios Sociales
Arena
2101 Arena Boulevard, Sacramento 95834
(916) 876-8440
Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-4:00 p.m.
Programas: Medi-Cal (En curso) sólo Centro de Servicios.
Los documentos se pueden depositar en un buzón en el
estacionamiento.
Rancho Cordova
10013 Folsom, Suite 1, Sacramento, CA 95827 (916) 875-8600
Horas hábiles: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-4:00 p.m.
Programas: CalWORKs (Evaluación inicial y en curso)
Sesión sobre el empleo
1590 North A Street, Sacramento 95814
(916) 874-4301
Horario: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-5:00 p.m.
Programas: Ayuda en especie solamente (Evaluación
inicial: por referencia solamente ); Shelter Care Plus (Por
referencia solamente); Pathways (AOD: Disponible para
la comunidad); ADOLFO (Anteriormente el Programa de
Crianza): Sala de Recursos
Sacramento Works One Stop
5655 Hillsdale Boulevard, Sacramento 95842
(916) 263-4100
Bowling Green
4433 Florin Road, Suite 160, Sacramento 95823 (916) 875-3800
Horas hábiles: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-4:00 p.m.
Programas: CalWORKs (En curso) Sesión sobre el Empleo
(todos los martes a las 2:00pm) ...
Galt
257 South Lincoln Way, Galt 95632 | (209) 745-3484
Número gratuito para llamadas de Sacramento: 875-5046 •
875-5067 • 875-5068
Horas hábiles: Lunes a viernes 8:00am a 4:00pm Programas: CalWORKs (Evaluación inicial y en curso);
CalFresh (En curso)
Susie Gaines-Mitchell
2450 Florin Road, Sacramento 95822
(916) 875-8100
Horas hábiles: Lunes a viernes de 8:00 a.m.-4:00 p.m.
Programas: CalWORKs (Evaluación inicial); Medi-cal (Evaluación inicial); Sesión sobre el Empleo (todos los miércoles
a las 9:00 a.m.)
78
La Guía Popular
Servicios de apoyo para obtener
ingresos en Sacramento
La Guía Popular
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Buenos Consejos
Organizaciones de ayuda legal
Custodia y manutención de
menores
Referencias generales
Para solicitar ayuda, llame al 2-1-1 Sacramento marcando
el 2-1-1 o el (916) 498—1000. Los especialistas en información y referencias están disponibles para ayudarle las
24 horas al día, los 7 días de la semana.
www.211sacramento.org
Servicio de información y referencias de abogados
(916) 564-6707
Un servicio para las personas que requieren los servicios
de un abogado. Dan citas para consultas de media hora
con un abogado a cualquier miembro del público que las
soliciten. Patrocinado por la Asociación de Abogados del
Condado de Sacramento.
www.sacbar.org
Servicios Legales del Norte de California
517 12th Street, Sacramento 95814
(916) 551-2195
www.lsnc.net
Servicios legales gratuitos para clientes de bajos ingresos
que reúnen los requisitos en asuntos de derecho civil,
tales como vivienda, salud, asistencia social, Seguro Social, desempleo, discriminación y educación.
Consultas legales en grupo del Tribunal Superior
de California (916) 972-1188
Servicios en derecho de familia para usuarios de ingresos
bajos y medios incluso, entre otros, asuntos de: divorcio
(orientación sobre el divorcio), anulaciones, separación
legal, custodia, bancarrota, testamentos, órdenes de restricción.
Disability Rights California (Derechos para Discapacitados de California)
100 Howe Ave Suite 185-N, Sacramento 95825
(916) 488-9950
Toll Free 800.776.5746 / TTY 800.719.5798
www.disabiltyrightsca.org
Esta organización tiene como cometido promover los
derechos de los habitantes discapacitados de California.
California Indian Legal Services (Servicios Legales
para Índigenas de California)
3814 Auburn Blvd, Ste 72, Sacramento 95821
(916) 978-9600
(800) 820-0284
www.calindian.org
Representación legal especializada para indigenas
norteamericanos, incluso representación gratuita y a bajo
costo para ciertos asuntos.
80
Tribunal Superior de California – Asistente en derecho
de lo familiar (916) 875-3400
Asistencia con formularios, instrucciones procesales, diligencia de entrega de documentos y referencias para los litigantes que se representan a sí mismos en asuntos de derecho
de lo familiar y de testamentarías. Se prestan servicios para
tratar asuntos de divorcio, separación legal, anulaciones, establecimiento de la paternidad, custodia y visitas de menores, manutención y tutoría de menores y pensión conyugal.
Los servicios se prestan en talleres, consultas en grupo e
individualmente.
Tribunal Superior de California – Tutoría legal
(916) 875-6357
Servicios a individuos y familias que desean convertirse en
tutores de menores que son pupilos del tribunal.
Departamento de Manutención de Menores del Condado de Sacramento (866) 901-3212
Impone y hace cumplir la manutención de menores; el servicio se presta tanto a padres como menores.
Procurador del Condado de Sacramento – Unidad de
Secuestro de Menores por los Padres (916) 875-8750
Hace cumplir las órdenes de custodia y los derechos de
personas que residen en el condado de Sacramento en el
momento de violarse tales órdenes o derechos. Los asistentes de investigador y abogados se dedican a localizar a
los menores que son secuestrados y ocultados ilegalmente
por el padre, pariente o amigo de la familia que no tiene la
custodia legal de ellos para reunirlos con el padre o madre
que tenía la custodia de los mismos.
Sacramento Child Advocates (Defensores de Menores
de Sacramento) (916) 364-5686
Representa a los menores en procedimientos de tutela de
menores y otros procedimientos jurídicos para el cuidado,
custodia o control del menor.
Ayuda con problemas de asistencia
social
Coalición de Organizaciones Defensoras de Derechos
de Asistencia Social de California (916) 736-0616
Centro de servicios legales de refuerzo en asuntos de CalWORKs, asistencia para refugiados, estampillas para alimentos, ayuda general, Medi-Cal, programa de empleo como
parte de la asistencia social, litigios referentes a estos programas y promoción de leyes y reglas administrativas.
La Guía Popular
Superior California Legal Clinics
Senior Legal Hotline
Legal Services of Northern California
Sacramento County Public Defender
Coalition of California Welfare
Rights Organizations
McGeorge School of Law Clinic
Guardianship
SCDHHS
Small Claims Unit
Family Law Facilitator
Servicios de
asistencia legal
Carreteras principales
Caminos principales
Canales
Ciudades
Asistencia legal en Sacramento
Servicios legales
Línea directa de servicios legales para ancianos
Número gratuito: (800) 222-1753
Condado de Sacramento: (916) 551-2140
Fax: (916) 551-2197
Servicios HICAP del Norte de California (HSNC)
Condado de Sacramento: (916) 376-8915
Ofrece información y recursos profesionales, precisos, de
calidad a beneficiarios de Medicare y a personas interesadas mediante la orientación individual, educación de la
comunidad y servicios de promoción.
California Health Advocates (Defensores de la Salud
de California)
(916) 376-8915
Proyecto de Derecho a la Salud (HRP) – ofrece asistencia e
información gratuita acerca de sus derechos a la asistencia
médica.
Voz: (916) 551-2100 | Fax: (916) 551-2158
Num. gratuito: (888) 354-4474 | TTY/TDD: (916) 551-2180
Ombudsman Services of Northern California (OSNC)
(Servicios del Defensor de los Habitantes del Norte
de California)
Condado de Sacramento: (916) 376-8910
Ofrece servicios para defensa de personas que están internadas en centros de cuidados de largo plazo.
El Centro de Mediación de Pacific McGeorge en
Asuntos de Vivienda (Pacific McGeorge Housing Mediation Center - HMC)
(916) 383-1861
20 Bicentennial Circle, Suite 200, Sacramento 95826
HMC ofrece servicios de mediación gratuita para ayudar a
una amplia gama de viviendas las disputas en el Condado de
Sacramento. La mediación es un proceso voluntario y confidencial que reúne a los grupos contendientes en un entorno
seguro y neutral para resolver los conflictos con soluciones
flexibles y creativas que trabajan para todas las grupos involucrados. Servicios de mediación gratuita con HMC están
disponibles donde al menos un partido califica como bajos
ingresos basan en las pautas federales de pobreza (no debe
superar el 200%), y la propiedad en disputa se encuentra en
el Condado de Sacramento.
Visitación de la cárcel
Loaves & Fishes Jail Visitation
1321 N. C Street, Sacramento, 95811
(916) 447-9472
Personal y los voluntarios visitan a presos en la cárcel del
Condado de Sacramento y los defienden en su nombre.
Ofrece pases de autobús, vales de ropa, kits de aseo, mochilas y referencias según sea necesario tras su liberación
de la cárcel. Defensores interactúan con el personal de la
cárcel, abogados, personal de la corte o los investigadores.
El personal también se encarga de negocios menores sobre
servicios de rehabilitación.
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2014-2015
La Guía Popular
ASISTENCIA SOCIAL, SERVICIOS DE SALUD, Y OTROS SERVICIOS
Formulario de pedidos
Idioma:
Inglés 
Español 
Devolver A:
Núm. de ejemplares_______
$1.00 por ejemplar = ___________
= ___________
Subtotal = ___________
Impuesto sobre las
ventas de 7,750% = ___________
Costo fijo de envíos por correo = ______
($2 por 5 ejemplares o menos. Le enviaremos
una factura cobrándole el costo exacto de los
pedidos de 6 o más que le sean enviados.)
Volver Al:
Peoples Guide
Sacramento Housing Alliance
1800 21st Street, Suite 100
Sacramento, CA 95811
FAX: 916-455-4917
Email:
[email protected]
Cantidad total de la factura = ________
Nombre:___________________________________________________
Organización:_______________________________________________
Dirección para recibir facturas:________________________________
__________________________________________________________
Ciudad y zona postal:________________________________________
Dirección para recibir envíos:__________________________________
Si es distinta a la dirección para recibir facturas
Ciudad y zona postal:________________________________________
Teléfono y correo electrónico:_________________________________
www.SacHousingAlliance.org
La Guía Popular
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2014-2015 / CONDADO DE SACRAMENTO
La Guía Popular
ASISTENCIA SOCIAL, SERVICIOS DE SALUD, Y OTROS SERVICIOS
La Guía Popular no es un directorio, sino un recurso
para que las personas sin techo y de bajos ingresos
aboguen por sí mismas y marquen la diferencia en
sus propias vidas. La Guía tiene como met mejorar la
informacion para las personas sin hogar hy de bajos
ingresos para que les sea más fácil obtener asistencia
médica, vivienda, alimentos, ingresos, consejos legales y empleo mediante los programas locales, estatales
y federales, al igual que servicios comunitarios en el
condado de Sacramento.
Todos sabemos que estamos atravesando por momentos dificiles. Los salarios no están manteniendo
para arriba con el aumento de los alquileres, llevando
al hacinamiento y la falta de vivienda. Se están
eliminado o recortando dramáticamente los fondos
públicos para los servicios humanos mencionados en
esta Guía. Ahora más que nunca, necesitamos unq
guia para que la gente de Sacramento se defienda y
exija los programas que le pueda ayudar a sobrellevar
estos momentos dificiles.
LA FALTA DE VIVIENDA, LA POBREZA Y EL HAMBRE EN EL CONDADO DE SACRAMENTO
• Pobreza: En 2011, la cantidad de personas que vi-
ven en la pobreza en el Condado de Sacramento fue
17.7%--más que el promedio del estado del 16,6% y
la tasa nacional de 15,9%.
• Vivienda: Según La Cuenta Sin Hogar de 2013, 4.998
personas están sin hogar en el Condado de Sacramento durante el año, con 2.538 sin hogar durante
cualquier noche de la semana--31% de los cuales no
tienen ningún refugio.
• Desempleo: Al final del año 2013, la tasa de des-
empleo del Condado de Sacramento fue 7,7%. Esto
supera la tasa de desempleo nacional del 6,7%.
• Falta de vivienda asequible: 33.218 de hogares de
bajos ingresos alquiler del Condado pasar en 50% o
más de sus ingresos en vivienda. Además, los inquilinos en el Condado necesitan que ganen más de $20
por hora, trabajando 56 horas para pagar un alquiler
a precio mercado de dos recámaras.
• Alumnos sin hogar: El número de los estudiantes sin
hogar del grado K-12 en el Condado de Sacramento
han aumentado de 4.774 en 2006 a casi 11.962 en
2013.
• Hambre: En 2012, había 218.510 personas inse-
guridad alimentaria en el Condado de Sacramento.

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