PLIEGO DE CONDICIONES PROCESO DE CONCURSO DE

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PLIEGO DE CONDICIONES PROCESO DE CONCURSO DE
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ALCALDiA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
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PLIEGO DE CONDICIONES
PROCESO DE CONCURSO DE MÉRITOS ABIERTO CON PROPUESTA TÉCNICA
SIMPLIFICADA No. 06 de 2013
OBJETO: Contratar el diseño, desarrollo e implementación, pruebas y puesta en marcha
del sistema de asignación de turnos para las sedes de atención presencial al ciudadano
de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Bogotá D.C.
La Secretaría General informa que todos los documentos que expida durante el desarrollo
del presente proceso de selección serán publicados y podrán consultarse por cualquier
interesado en el Portal Único de Contratación - SECOP cuya dirección electrónica es
www.colombiacompra.gov.co
Los interesados podrán hacer las observaciones que consideren pertinentes. Las
observaciones al pliego de condiciones y/o al trámite del proceso de selección se recibirán
a
través
del
correo
electrónico:
[email protected]
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en cumplimiento de lo
señalado en el artículo 2.2.5° del Decreto 734 de 2012, ley 1150 de 2007 y la ley 527 de
1999, ha puesto a disposición de la dirección electrónica www.contratacionbogota.gov.co
los actos del proceso dando publicidad a los mismos.
NOTA. El presente pliego de condiciones es de carácter preliminar y no obliga a la
Entidad a iniciar la apertura del presente Proceso de Selección. Los interesados podrán
hacer las observaciones que consideren dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a
partir del día de su publicación. Las observaciones al pliego de condiciones se recibirán a
través de la dirección electrónica WY\LW,.9_º-lQJ1Jbi,ªº9_t"IJREª-.:99V.CQ
- Portal Único de
Contratación - SECOP, o dirigidas a la Subdirección de Contratación, radicadas a través
de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C., ubicada en la Carrera 8 No. 10-65 primer piso del Palacio Liévano,
indicando el motivo de la observación, nombre, dirección, teléfono y correo electrónico del
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GENERAL
interesado, y si es del caso, se introducirán las modificaciones
pliego de condiciones.
en el texto definitivo del
INTRODUCCiÓN
Este pliego de condiciones ha sido elaborado de acuerdo con los postulados señalados
por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto Reglamentario 734 de 2012 y
demás normas complementarias;
para tal efecto, se han elaborado los estudios y
documentos previos, con base en los requerimientos formulados por la Dirección Distrital
de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.,
los cuales cumplen con los requisitos establecidos en la Ley y en sus decretos
reglamentarios.
En caso que usted necesite mayor información, aclaración o explicación acerca de uno o
más de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, deberá dirigirse a la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., Subdirección de Contratación,
carrera 8 No. 10-65, segundo piso del Edificio Bicentenario de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., Te!. 381 3000, Extensiones 1530-1558.
Se solicita seguir la metodología de elaboración de la propuesta señalada en este
documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole que
permitan una escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta del proceso de
Concurso de Méritos.
Se recuerda a los proponentes que de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el particular que
contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo en el logro de sus
fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones, sin perjuicio de
los derechos que la misma Ley le otorga.
Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, se consideran particulares que
cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y
liquidación del contrato, por lo tanto están sujetos a la responsabilidad que en esta
materia señala la Ley a los servidores públicos.
Las expresiones proponente u oferente usadas en el presente documento tienen el mismo
significado.
Se recomienda a los proponentes
tengan en cuenta lo siguiente:
que antes de elaborar y presentar sus propuestas,
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1. Verificar que no se encuentren dentro de las causales de inhabilidad
e incompatibilidad
o prohibiciones para contratar.
2. Examinar rigurosamente el contenido del pliego de condiciones, los documentos que
hacen parte del mismo y las normas que regulan la contratación administrativa con el
Estado.
3. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que
se deben allegar con las propuestas y verificar que contiene la información completa que
acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley y en el presente pliego de
condiciones.
4. Examinar que las fechas de expedición de los documentos que se presenten son las
exigidas por la entidad, los cuales deberán entregarse en los plazos determinados en este
pliego de condiciones, de acuerdo con el cronograma del proceso de selección.
5. Suministrar toda la información requerida en el presente pliego de condiciones.
6. Diligenciar totalmente los anexos contenidos en este pliego de condiciones.
POR LO EXPUESTO, SE REITERA LA CONVENIENCIA DE LEER DETENIDAMENTE
EL PRESENTE DOCUMENTO Y AJUSTARSE A LOS REQUERIMIENTOS Y TERMINO S
PREVISTOS.
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GENERAL
TABLA DE CONTENIDO
PLIEGO DE CONDICIONES
PROCESO
DE CONCURSO DE MÉRITOS ABIERTO CON PROPUESTA
SIMPLIFICADA No. 06 de 2013
TÉCNICA
íNDICE
CAPíTULO I - CONDICIONES GENERALES
1.1 Fundamentos del proceso de Concurso de Méritos.
1.2 Descripción de la necesidad que la Secretaría General
D.C., pretende satisfacer con la presente contratación.
1.3 Cronograma
1.4 Idioma.
1.5 Documentos
1.6 Acciones Anticorrupción
1.7 Derechos y Deberes del Proponente
1.8 Régimen Legal
1.9 Responsabilidad
social de las empresas
1.10 Trabajo Digno
CAPíTULO U-INSTRUCCIONES
de la Alcaldía
Mayor de Bogotá,
PARA LOS PROPONENTES
2.1
2.2
2.3
2.4
2.5
2.6
Objeto del proceso de selección.
Presupuesto Oficial.
Consulta del pliego de condiciones.
Requisitos para participar en el presente proceso de selección.
Presentación de propuestas.
Comunicación Interactiva.
2.7 Aclaraciones y/o modificaciones al proceso de selección.
2.8 Plazo para presentar propuestas.
2.9. Prórroga de la fecha de cierre del Concurso de Méritos.
2. 1 OVerificación de requisitos habilitantes del proponente y evaluación
2.11 Casos de empate y criterios de desempate.
2.12 Suscripción del contrato.
2.14 Distribución de riesgos en la presente contratación.
2.15 Participación ciudadana.
CAPíTULO
CAPíTULO
CAPíTULO
CAPíTULO
de las propuestas.
111.REQUISITOS HABILlTANTES y CRITERIOS DE CALIFICACiÓN.
IV. CAUSALES DE RECHAZO
V. ADJUDICACiÓN
VI - ANEXOS
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Anexo
Anexo
Anexo
Anexo
Anexo
Anexo
Anexo
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No.
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Carta de presentación de la propuesta
Propuesta Económica
3 Formación Académica del Talento Humano
4 Experiencia Específica Adicional del Talento Humano
5 Protección a la Industria Nacional
6 Compromiso de Integridad
7 Resumen de la oferta
8 Minuta del Contrato
9 Cumplimiento de Requerimientos Técnicos Mínimos.
10 Experiencia Especifica del Proponente
11 Matriz de riesgos de la contratación
12 Formato sobre la forma de vinculación del Talento Humano
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CAPITULO I
CONDICIONES GENERALES
1.1.
FUNDAMENTOS DEL PROCESO DE CONCURSO DE MÉRITOS.
La selección de una empresa consultora para contratar el diseño, desarrollo e
implementación, pruebas y puesta en marcha del sistema de asignación de turnos para las
sedes de atención presencial al ciudadano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá., se realizará de acuerdo con los requerimientos técnicos descritos en el presente
pliego de condiciones y a través del procedimiento de Concurso de Méritos Abierto, en
atención al tipo de propuesta (P.T.S.), al objeto del proceso de selección y teniendo en cuenta
que la metodología para la ejecución de la consultoría, así como el plan y cargas de trabajo
están descritas en el presente pliego de condiciones.
El presente proceso se adelantará aplicando la ponderación de los siguientes factores:
Técnico de la Oferta o del Proyecto, Dignificación del Trabajo, y Protección a la Industria
Nacional; cuya valoración se hará de acuerdo con los puntajes y las fórmulas señaladas en
este pliego de condiciones, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 2°,
el numeral 4 del artículo 5° de la ley 1150 de 2007, el artículo 3.3.1.2. del Decreto 734 de
2012. La propuesta económica no se tendrá en cuenta como factor de escogencia dentro del
presente proceso de selección.
1.2. DESCRIPCiÓN DE LA NECESIDAD QUE LA SECRETARíA GENERAL DE LA
ALCALDíA MAYOR DE BOGOTÁ D.C., PRETENDE SATISFACER CON LA PRESENTE
CONTRATACiÓN.
El Plan de Desarrollo 2012 - 2016 "Bogotá Humana", dentro de su Programa
"FORTALECIMIENTO
DE
lA
FUNCiÓN
ADMINISTRATIVA
Y
DESARROllO
INSTITUCIONAL Y del Proyecto Prioritario: "BOGOTÁ HUMANA Al SERVICIO DE lA
CIUDADANíA" del Plan de Desarrollo Distrital, "Bogotá Humana", la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá adelanta el proyecto de inversión denominado "SERVICIOS A LA
CIUDADANíA CON CALIDAD HUMANA" numero 1122 cuyo objetivo es "Aumentar la cantidad
y la calidad de los servicios prestados a la ciudadanía, aplicando las tecnologías de la
información y las comunicaciones y optimizando las condiciones físicas de los puntos de
atención, con el fin de mejorar la calidad de vida de los habitantes del Distrito", "Ofrecer
nuevos canales de interacción para desarrollar los Sistemas de Atención Virtual en el Distrito"
y, "Cualificar servidores y servidoras distritales en mejoramiento continuo".
El propósito de la actual administración, en uno de sus ejes estratégicos denominado "Una Bogotá Humana en defensa y fortalecimiento de lo público", es la lucha contra la corrupción, la
participación y el control ciudadano, así como un fuerte compromiso de las entidades distritales, promoviendo el acceso a una información oportuna, clara y completa para la ciudadanía
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SECRETARiA
GENERAL
La Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá DC, cuenta con los Sistemas de Asignación de Turnos en sus sedes presenciales;
"INFOTURNOS para el SuperCADE CAD, y Qmatic para las demás sedes, Sistemas que
fueron instalados y puestos en funcionamiento en el año 2004 y 2005 respectivamente, con el
fin de prestar un mejor servicio a los ciudadanos y fomentar la implantación de la
infraestructura necesaria, para aumentar la eficiencia y eficacia, permitiendo el mejoramiento
continuo de los procesos de atención a la ciudadanía, manejando en forma inteligente las filas
y generando información estadística del proceso, la cual sirve como apoyo en la toma de
decisiones.
Dichos sistemas fueron intervenidos en diferentes ocasiones con el objeto de mejorar sus
funcionalidades para facilitar la gestión dinámica del servicio en torno a la observación en
línea de la operación; a su vez se procuró garantizar su funcionamiento a través de
actualizaciones de software acompañado por los procesos de mantenimiento necesarios y
pertinentes
La plataforma adquirida en su momento y presente en todas los puntos de
atención excepto el SuperCADE CAD fue construida en lenguajes y protocolos propietarios, lo
cual dificulta la interacción del sistema con otras fuentes de información incluyendo en el
particular, la interacción con sistemas con el mismo objeto como el Instalado en el
SuperCADE CAD, del mismo modo evita que la administración distrital posea un conocimiento
experto y profundo en dicha plataforma, obligando a la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C. a incurrir y recurrir a costos adicionales que buscaban en su momento,
integrar dichas fuentes en un solo sistema de trazabilidad ciudadana para observar la
operación y servicio a través de todos sus canales de contacto.
Teniendo en cuenta que a través de la Ley 1341 de 2009, se adopta el marco regulatorio
general de la Sociedad de la Información y la organización de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones - TIC -, disponiendo que la provisión de redes y servicios
de telecomunicaciones es un servicio público bajo la titularidad del Estado.
El artículo 3 de la Ley 1341 de 2009 establece el reconocimiento del Estado al acceso y uso
de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como el despliegue y uso
eficiente de la infraestructura, como pilares para la consolidación de las sociedades de la
información y del conocimiento.
Por su parte, el artículo 5 de la Ley 1341 de 2009 indica que las entidades de orden nacional y
territorial promoverán, coordinarán y ejecutarán planes, programas y proyectos tendientes a
garantizar el acceso y uso de la población, las empresas y las entidades públicas a las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Así mismo, y para tal efecto, dichas
autoridades incentivarán el desarrollo de infraestructura, contenidos y aplicaciones, así como
la ubicación estratégica de terminales y equipos que permitan realmente a los ciudadanos
acceder a las aplicaciones tecnológicas que beneficien a los ciudadanos, en especial a los
que tienen condición de vulnerabilidad y de zonas marginadas del país.
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Dirección Distrital
de Servicio al Ciudadano, como objetivo transversal en el Distrito Capital, propende por la
reducción de los costos, procesos y procedimientos para la Administración Distrital y sus
administrados,
contribuyendo
al fortalecimiento
institucional, la gobernabilidad,
la
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SECRETARIA
GENERAL
competitividad y el desarrollo social; por tal razón, desde el año 2011 se diseñó y estructuró
un nuevo sistema de Asignación de Turnos y durante los años 2012 y 2013, se proyectó y
viabilizo presupuestalmente el desarrollo de dicho sistema llamado Sistema de Asignación de
Turnos (SAT), con el objetivo principal de optimizar los procesos de atención minimizando los
tiempos de espera y de atención a través de la integración, comunicación e interacción de
todos los actores y sistemas de información que permitan emitir una estructura única y
definida de trámites y servicios hacia todas las sedes de atención con las que cuenta la
Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, lo anterior fundamentado e implementado
en una plataforma abierta, centralizada-distribuida y de fácil integración técnica y tecnológica.
El sistema a desarrollar e implementar requiere el consumo de servicios transversales, tales
como datos básicos de ciudadanos con el SuperCADE Virtual, Diseño e importación de la
Estructura (esqueleto) o esquema básico de servicio y operación de las entidades desde el
Sistema de información "Guía de Trámites y Servicios", a su vez debe integrarse con
cualquier software, aplicación o herramienta de Inteligencia de Negocios, lo anterior sin omitir
las reglas de negocio mínimas con las que el sistema cuente.
Los anteriores procesos de atención a ciudadanos deben ser apoyados acompañados y
supervisados por herramientas tecnológicas integrales que otorguen los argumentos
necesarios para mejorar constantemente dicho proceso, en ese orden de conceptos es
importante que dichos sistemas o herramientas evolucionen desde su estructura actual, a un
sistema robusto confiable,
interactivo abierto y multidisciplinar, el cual a través de la
interacción entre todos los actores permitirán la creación de flujos de trabajo definidos que irán
en procura de la optimización del servicio.
Por tal motivo, es necesario contar con este sistema de gestión de servicio, para el cual es
fundamental contratar los servicios especializados para el diseño, desarrollo e implementación
pruebas y puesta en marcha del sistema de asignación de turnos para las sedes de atención
presencial al ciudadano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, con el fin de
construir e implementar un esquema único de atención para la administración distrital que sea
implementado bajo la metodología BPM, que permitan integrar técnicamente en el Sistema de
Asignación de turnos a diferentes sistemas de información sobre los cuales se soporta la
estructura de trámites de las diferentes entidades nacionales y distritales que forman parte de
los puntos de atención presencial y los datos de identificación ciudadana ante los recursos de
TI que ofrecen soporte a la operación a través de cualquier canal o medio de contacto
implementado por la Secretaria General
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DE BOGOTÁ o.C.
SECRETARiA
GENERAL
ACTIVIDAD
Acto Administrativo
Publicidad
de apertura
DESDE
del proceso
en el SECOP del pliego de condiciones
18/09/13
definitivo
Audiencia de Aclaración
la Contratación
de Pliegos y Riesgos
de
20/09/2013
Plazo del proceso
18/09/13
Recepción
de Observaciones
18/09/13
respuesta
a las observaciones
Plazo para expedir
adendas
Plazo
04/10/13
la evaluación
del informe de evaluación
para
evaluación
formular
preliminar
24/09/13
07/10/2013
preliminar
07/10/13
10/10/13
11/10/13
17/10/13
preliminar
observaciones
y plazo
a las 02:00 p.m.
por
parte de la Entidad.
Publicación
07/10/13
30/09/13
Cierre del proceso
Plazo para adelantar
a las 02:00 p.m.
para subsanar
a
la
por
parte de los proponentes.
Respuesta
Adjudicación
a las observaciones
o declaratoria
del informe
de desierto.
22/10/13
24/10/13
1.4 IDIOMA
Las propuestas, comunicaciones, aclaraciones, modificaciones y todo lo referente al desarrollo
del presente proceso de selección, se harán en idioma castellano.
1.5 DOCUMENTOS
Forman parte integral del presente proceso de Concurso de Méritos:
Estudios y documentos previos
El Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 755 de fecha 10 de Julio de 2013.
El pliego de condiciones.
Las adendas y comunicaciones que expida la Secretaría General en desarrollo del
presente proceso de selección.
Las propuestas con todos sus anexos.
Los informes de verificación y evaluación.
Los demás documentos que se alleguen y se expidan dentro del proceso.
El contrato.
1.6. ACCIONES ANTICORRUPCIÓN
En el evento que las veedurías ciudadanas, la SECRETARíA GENERAL, los proponentes o un
ciudadano adviertan hechos constitutivos de corrupción, los pondrán inmediatamente en
conocimiento de las autoridades competentes, sin perjuicio de las acciones legales a que
hubiere lugar, a través de las direcciones electrónicas de la Veeduría Distrital:
www.veeduriadistrital.gov.co, de la Presidencia de la República: www.presidencia.gov.co, y
del Portal de Contratación del Distrito Capital: ~.bQgQlª'-9.ov.º-Q.
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www.bogots.gov.co
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GENERAL
Igualmente podrán informar a la Veeduría Distrital, a través de los números telefónicos 3 40 76
66 ó 2 684856 o a la Presidencia de la República, Programa Lucha Contra la Corrupción.
1.7. DERECHOS Y DEBERES DEL PROPONENTE
1.7.1.
Los establecidos en el artículo 5° de la Ley 80 de 1993.
1.7.2. La oportunidad de conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se
rindan o adopten, para lo cual se han señalado en este pliego de condiciones, etapas que
permiten el conocimiento de dichas actuaciones y la posibilidad de expresar sus
observaciones.
El desarrollo del presente proceso de concurso de méritos es de carácter público, respetando
la reserva de que gocen legalmente las patentes, procedimientos y privilegios.
Los proponentes deberán indicar cuáles de los documentos aportados son de carácter
reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva, para así dar cumplimiento a lo
establecido en el numeral 4 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993. Si el proponente no hace
pronunciamiento expreso amparado en la Ley, se entenderá que toda la oferta es pública.
1.7.3. El oferente que formule propuestas en las que se fijen condiciones económicas y de
contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato,
responderá conforme a las leyes vigentes e igualmente responderá por haber ocultado al
contratar, inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado
información falsa o por sus acciones u omisiones en la actuación contractual.
1.7.4. Cuando sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad dentro del presente proceso, se
entenderá que el proponente renuncia a la participación en el proceso de selección y a los
derechos surgidos del mismo, para lo cual, deberá informar tal hecho oportunamente. Si la
inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un Consorcio o Unión
Temporal éste cederá su participación a un tercero, previa autorización de la Secretaría
General de la Alcaldia Mayor de Bogotá, D.C. Así mismo, deberá tenerse en cuenta lo
dispuesto en el artículo 1 de la Ley 1296 de 2009.
1.7.5. No incurrir en la conducta descrita en el artículo 16 de la Ley 1474 de 2011 sobre
"CORRUPCiÓN PRIVADA".
1.7.6 El proponente seleccionado dará aplicación a lo dispuesto por la Directiva No. 1 de
2011 del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., sobre la democratización de las oportunidades
económicas en el Distrito Capital y promoción de estrategias para la participación real y
efectiva de las personas naturales vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica
productiva de la ciudad, si a ello hubiere lugar.
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1.8.
RÉGIMEN LEGAL
El procedimiento que rige para el presente proceso de Concurso de Méritos se regula
íntegramente por lo establecido para el efecto por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el
Decreto Reglamentario 734 de 2012 y sus normas concordantes.
El contrato que resulte en virtud de este proceso se regulará por las normas contenidas en la
Ley 80 de 1993, el Código de Comercio, el Código Civil y demás disposiciones concordantes.
Igualmente, aplica al presente proceso el conjunto de reglas previstas en este pliego de
condiciones, en las adendas, resoluciones y demás documentos que se expidan con ocasión
del mismo.
1.9.
RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., incluye el tema de la
responsabilidad social a título informativo, con el fin de crear conciencia para el mejoramiento
de nuestra ciudad y nuestro país para resaltar la importancia de que todos los colombianos
podamos tener inclusión en el mejoramiento de la calidad de vida, y las oportunidades en una
sociedad que tiene una gran cantidad de personas en línea de pobreza, y donde el sector
empresarial es corresponsable con el gobierno distrital en el mejoramiento de vida de los
colombianos.
La Responsabilidad Social Empresarial se deriva de una visión integral de la sociedad y del
desarrollo, que busca que el crecimiento económico y la productividad, se asocien a la calidad
de vida de la gente y por lo tanto el fin general de la economía, que debe ser proporcionar
bienestar a la sociedad, lo que implica un compromiso más profundo de los actores
económicos con ésta.
Se enmarca dentro del buen ejercicio de la gestión empresarial, que atraviesa los diferentes
escenarios de actuación de las empresas, como son: (i) Normativo: Hace referencia al
conjunto de leyes y normas generales que las diferentes instancias del Estado dictan para
regular el funcionamiento de las empresas, los mercados y la competencia.(ii) Operacional:
Se relaciona con los factores que permiten que las empresas produzcan bienes de acuerdo a
sus objetivos corporativos; (iii) Económico: Los recursos relacionados con la creación de
valor y rentabilidad, capital e inversiones, costos, precios, tarifas y prácticas de mercado. (iv)
Social: Tiene relación con los aspectos que vinculan el quehacer de la organización con el
contexto social en el que actúa, de modo que le permita contribuir a la calidad de vida y el
bienestar social. (v) Laboral: En pro de mantener y mejorar el nivel de vida de los
trabajadores, las empresas que contraten con la Secretaría General, deben velar por el
cumplimiento de los principios y mandatos de que trata la Constitución Política de Colombia, y
las normas que regulan las relaciones laborales, así como del cumplimiento de los pagos al
Sistema Integral de Seguridad Social en Salud y Pensiones. (vi) Ambiental: la identificación
del impacto ambiental, protección del medio ambiente y desarrollo sostenible.
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ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
La responsabilidad Empresarial se fundamenta en el compromiso, la participación y la
construcción de una cultura de autorregulación.
Dentro del contexto anterior toda empresa tiene: (i) Una responsabilidad indelegable; (ii)
Alinea los procesos productivos y comerciales con un fin social; (iii) Promueve el desarrollo
humano sostenible; (iv) Protege los derechos humanos; (v) Se fundamenta en la congruencia
que incluye la coherencia con los principios y valores, consistencia con las prácticas
empresariales y consecuencia en la toma de decisiones.
1.10. TRABAJO DIGNO
En este sentido, el concepto Trabajo Digno y Decente se alinea con los objetivos y propósitos
fundacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que procura mayores
oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos dignos, buena
cobertura de la seguridad social, respeto a sus derechos fundamentales del trabajo, como el
derecho de asociación y el dialogo social, entendido éste como la interacción constructiva de
empleados
(sindicatos),
Estado
y
empresarios
(agremiaciones).
Así mismo, el concepto Trabajo Decente se asienta en el reconocimiento de que el trabajo es
fuente de dignidad personal, estabilidad familiar, paz en la comunidad, democracia en
beneficio de todos y crecimiento económico; y refleja las prioridades de la agenda social,
económica y política de los países y del sistema internacional, como un elemento fundamental
para alcanzar una sociedad justa, reducir la pobreza y obtener un desarrollo equitativo,
incluyente y sostenible para todos, aspectos estos que deben ser atendidos por los
contratistas de la Secretaria General.
Para ello, la Secretaria General ha impartido directrices para orientar la construcción de un
"Pacto Distrital por el Trabajo Decente" que facilite la materialización de los derechos laborales
de quienes integran el equipo de Bogotá Humana, así:
1. El contratista se compromete a vincular el personal requerido para la ejecución del
contrato, sin intermediación alguna.
2. El contratista velará por el respeto de los derechos constitucionales y laborales de los
trabajadores que utilice para la ejecución del contrato, para lo cual, eliminará formas de
contratación lesiva para los derechos laborales de los trabajadores.
3. El contratista deberá velar por el respeto de la legislación laboral vigente e incentivar la
mejor oferta laboral y prestacional que garantice el acceso a mejores oportunidades de
trabajo.
4. El incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas, en estas las relacionadas
con el campo laboral, ocasionaran el inicio de procesos sancionatorios, conforme a la
normatividad vigente, esto es, la imposición de multas o la declaratoria de incumplimiento
haciendo efectiva la cláusula penal pecuniaria, si es del caso.
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
CAPíTULO
INSTRUCCIONES
2.1.
OBJETO
DEL PROCESO
11
PARA LOS PROPONENTES
DE SELECCiÓN.
Contratar el diseño, desarrollo e implementación, pruebas y puesta en marcha del sistema de
asignación de turnos para las sedes de atención presencial al ciudadano de la Secretaria
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
ALCANCE
DEL OBJETO:
Establecer los procesos técnicos, logísticos y operativos que faciliten la interacción de la
administración Distrital a través de la DDSC, con las entidades participantes en nuestra red de
servicios, apoyados de manera transversal por un sistema de asignación de turnos que
permita agilizar la toma de decisiones, mejorando ostensiblemente la imagen de la
administración Distrital a través de un esquema de servicio ágil eficiente y amable.
El sistema permitirá apoyar misionalmente la gestión de la DDSC, garantizando un estándar
único de servicio para todas nuestras sedes, permitiendo y facilitando la toma de decisiones
en torno a la operación, minimizando contingencias y tiempos inoficiosos.
El sistema trabajara bajo topología Centralizada-Distribuida, la cual facultara a las sedes para
trabajar de manera independiente y/o estar en constante conexión (La itinerantica puede ser
programada) con el servidor central para replicar datos estadísticos y tomar del mismo
parametrizaciones y configuraciones. Esta topología facilitara la comunicación de las sedes en
tiempo real para establecer los métodos de supervisión y seguimiento para posteriormente
entregar dicha información a través de la web a todas las entidades que lo requieran y
procurara garantizar la operación constante y continua de todas y cada una de las sedes de
atención.
El sistema a desarrollar e implementar requiere el consumo de servicios transversales, tales
como datos básicos de los ciudadanos con el SuperCADE Virtual, Diseño e importación de la
Estructura (esqueleto) o esquema básico de servicio y operación de las entidades desde el
Sistema de información "Guía de Trámites y Servicios"; a su vez debe integrarse con
cualquier software, aplicación o herramienta de Inteligencia de Negocios, lo anterior sin omitir
las reglas de negocio mínimas con las que el sistema cuente y las cuales trabajan en procura
de la intercomunicación de todos los actores y de la minimización y optimización de los
tiempos de servicio, atención y espera.
Los SLA o niveles de servicio definidos previamente por la entidad como experto en su
esquema de atención, deben ser implementados y soportados por la plataforma a adquirir,
garantizando que los mismos se aplicaran de manera independiente a los tipos de servicio
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GENERAL
que estén sujetos a los mismos, esta funcionalidad permitirá al sistema generar alarmas en
torno al incumplimiento de los dichos niveles.
El desarrollo del sistema en su aparte "integración con la Guía de Trámites y Servicios"
permitirá integrar los servicios prestados de manera presencial a una descripción funcional del
trámite y a los requisitos para poder realizar el mismo, lo anterior con el objeto de minimizar la
entrega errónea de turnos y establecer una gran base de conocimiento de los Tramites y
servicios que sean prestados en los puntos de atención presencial.
Aplicar la metodología estándar para el desarrollo y mantenimiento de sistemas de
información utilizada en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la cual se
encuentra enmarcada dentro del ciclo de vida RUP (Rational Unified Process) Proceso
Unificado Racional y presentar un documento con la comprensión y compatibilidad de la
metodología de la entidad con el desarrollo e implementación de la solución.
Permitir interactuar los diferentes sistemas de información a través de la compartición de
información mediante un único bus transaccional de servicios en los diferentes procesos,
actividades y procedimientos de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano y todos
aquellos sistemas de información que hagan parte de un trámite, servicio o cadena de trámite
que se encuentre parametrizada en la aplicación SuperCADE Virtual.
Desarrollar y entregar un manual de operación y un dossier de las fases de diseño, desarrollo,
pruebas y puesta en funcionamiento, de las diferentes etapas según el cronograma de
implementación de cada uno de los módulos producto para el Sistema de Información
SuperCADE Virtual de este contrato.
Prestar 4 meses de acompañamiento en sitio, posteriores a la instalación, garantizar un
período de soporte técnico y mantenimiento de fallas al desarrollo de la aplicación mínimo de
8 meses y dictar capacitación tanto técnica como funcional.
2.2. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO.
El valor del contrato que resulte del presente proceso de Concurso de Méritos se pagará con
recursos del presupuesto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.,
hasta por un valor total de NOVECIENTOS VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS
OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS ($926.784.277.00)
MICTE, incluido el IVA, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal
No. 755 del 10 de Julio del 2013, por valor de NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE
MILLONES
SEISCIENTOS
CUATRO
MIL
SETECIENTOS
SESENTA
Y SEIS
($949.604.766.00) MICTE, con cargo al rubro presupuestal No. 3-3-1-14-03-31-1122-238
"238-Servicios a la ciudadanía con calidad humana"; expedido por el responsable del
presupuesto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
El presupuesto oficial asignado es el siguiente:
Presupuesto Oficial Incluido WA
$926.784.277
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Nota 1: Conforme con lo previsto en el Capítulo IV, numeral 4.15. de este pliego de
condiciones, cuando el valor total de la oferta sea superior al presupuesto oficial asignado en
el numeral 2.2. del presente pliego de condiciones, la misma será rechazada.
Nota 2: Cuando el proponente no diligencia de forma completa el Anexo No. 2 Propuesta
Económica del presente pliego de condiciones, estará incurso en la causal de rechazo 4.7.
Nota 3: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.1. del Decreto No. 734 de 2012
sobre "la promoción al desarrollo de las Mipymes y de la industria nacional en la contratación
pública", no será objeto de limitación de la Convocatoria Pública del Concurso de Méritos No.
06 de 2013 exclusivamente a Mipes o Mipymes, tal y como lo señala el artículo 4.1.3 del
Decreto No. 734 de 2012, teniendo en cuenta que el presupuesto oficial estimado es superior
a setenta y cinco mil un dólar americano (US$ 75.001) Y ciento veinticinco mil dólares
americanos (US$ 125.000), según lo señalado en el aviso de convocatoria.
2.3
CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES.
El pliego de condiciones definitivo no tiene valor alguno y podrá ser consultado a partir de la
fecha de apertura del Concurso de Méritos, en la Subdirección de Contratación de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., situada en la Carrera 8 No. 10-65,
segundo piso del Edificio Bicentenario de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., sede de la
Secretaría
General, y/o en la página Web www.colombiacompra.gov.co
y/o
www.contratacionbogota.gov.co.
Las copias del pliego definitivo y demás documentos, se adquirirán de conformidad con lo
dispuesto en la Resolución No. 340 del 5 de junio de 2002, expedida por la Secretaría General
de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
2.4. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PRESENTE SELECCiÓN.
Podrán participar en el presente proceso de concurso de méritos toda persona natural o
jurídica, nacional o extranjera, ya sea en forma individual o en Consorcio o Unión Temporal,
que dentro de su objeto social pueda desarrollar las actividades que la Secretaría General
requiere contratar y que reúnan los requisitos que se enuncian en el presente numeral:
2.4.1. Tener capacidad para contratar conforme a las normas legales (art. 6 de la Ley 80 de
1993, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012).
2.4.2. No encontrarse incurso en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad para
contratar, previstas en la Constitución Política, los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, en el
artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, Ley 1296 de 2009, los artículos 1, 2 y 90 de la Ley 1474
de 2011, y demás normas pertinentes, ni encontrarse en conflicto de intereses con la
Secretaría General. Dicha situación se entenderá declarada por el proponente bajo juramento
con la firma de la propuesta o del contrato, según el caso.
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GENERAL
2.4.3. Cuando el proponente sea una persona jurídica nacional o extranjera, su duración no
deberá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y hasta su liquidación, y un (1) año más,
contado a partir de la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de concurso de
méritos.
2.4.4. El Representante Legal de la persona jurídica debe estar debidamente facultado o
autorizado mediante documento para presentar la oferta y celebrar contrato.
Cuando el proponente obre por conducto de un representante o apoderado, allegará con su
propuesta, copia del documento legalmente otorgado en el que conste tal circunstancia y las
facultades conferidas.
Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer
obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa
del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y
firmar el contrato hasta por el valor de la oferta presentada y valor total adjudicado por parte
de la Secretaría General.
2.4.5. Las personas naturales o jurídicas extranjeras deberán acreditar la constitución de un
apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta,
celebrar y suscribir el contrato y para representarla administrativa,
judicial y
extrajudicialmente.
Los documentos que acrediten su existencia y representación legal y demás documentos
otorgados en el exterior, deberán presentarse de conformidad con lo dispuesto en los artículos
259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 480 del Código de Comercio. Si se
tratare de documentos expedidos por autoridades de países miembros del Convenio de La
Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostille.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, se someterán a los
mismos requisitos exigidos a las personas colombianas.
En el evento de resultar favorecido un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en
Colombia, para poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en
Colombia.
2.4.6. Estar debidamente inscritos y clasificados en el Registro Único de Proponentes de la
Cámara de Comercio, según lo determinado en el Decreto 734 de 2012.
2.4.7. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales se deberá acreditar los siguientes
requisitos:
2.4.7.1. Cumplir individualmente cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal
con todos y cada uno de los requisitos exigidos en los numerales 2.4.1 al 2.4.6. del presente
pliego de condiciones.
2.4.7.2. Haber sido conformados antes de presentar la propuesta y que el término de su
duración no sea inferior al plazo de ejecución del contrato y hasta su liquidación, y un (1) año
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más, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas. Así mismo, cada uno de sus
integrantes deberá tener una duración no inferior al plazo de ejecución del contrato y hasta su
liquidación, y un (1) año más, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas del
presente proceso de concurso de méritos.
2.4.7.3. En el documento de constitución los proponentes indicarán si su participación es a
título de Consorcio o de Unión Temporal y las reglas básicas que regulen las relaciones y
responsabilidad de sus integrantes. En el caso de Uniones Temporales se deberá indicar
además los términos y extensión de su participación en la propuesta y en su ejecución.
Si en el documento de conformación de la Unión Temporal, no se expresa el porcentaje de
participación o la extensión de la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión
Temporal, se le dará el tratamiento de un Consorcio y si llegare el caso de aplicación de
sanciones por parte de la Secretaría General, esta las impondrá por igual a cada uno de los
integrantes.
2.4.7.4. Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán designar mediante
documento autorizado con la firma de cada una de las partes, la persona que para todos los
efectos los representa y su suplente.
2.4.7.5. Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación entre los
integrantes que conforman el Consorcio o la Unión Temporal. Cuando se trate de cesión a un
tercero, se requerirá previa autorización de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., en este evento el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que
el cedente.
Las calidades y demás requisitos exigidos a los proponentes en el pliego de condiciones,
deberán acreditarse mediante los documentos expedidos por la entidad y/o autoridad que
fuere competente conforme a la Ley colombiana y a lo previsto en el pliego de condiciones.
2.4.7.6. En el evento que el proponente favorecido sea un consorcio o una unión temporal, el
contratista previo a la suscripción del contrato, deberá allegar el formulario del Registro Único
Tributario, en el cual conste el NIT del consorcio o de la unión temporal, de conformidad con lo
ordenado en la ley tributaria.
2.5.1. La propuesta debe sujetarse a las condiciones, plazos y demás aspectos contemplados
en este pliego de condiciones. Su presentación implica que el proponente ha analizado a
cabalidad los diferentes aspectos y requisitos de este documento y las actividades que le
corresponde desarrollar en el evento que sea seleccionado y que acepta todas las
condiciones y obligaciones establecidas en las normas vigentes y en este documento.
2.5.2. Las propuestas deberán estar escritas en medio mecánico e idioma castellano,
legajadas y foliadas tanto el original como las copias y deben sujetarse a cada uno de los
puntos del pliego de condiciones. Las propuestas (1- Técnica y documentación para la
acreditación de requisitos habilitantes, y 2- Económica) deben presentarse en dos (2) sobres
separados en original y dos (2) copias, de cada una, y en medio magnético, las cuales
contendrán la misma información y copia de los documentos que contenga el original. La
información y documentos deben ser relacionados en el mismo orden en que aparecen en
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GENERAL
este documento deberán entregarse las propuestas en la Subdirección de Contratación de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ubicada en la carrera 8 No. 10-65,
segundo piso del Edificio Bicentenario de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en la fecha y hora
señalada para el cierre del presente Concurso de Méritos.
Igualmente, se aceptarán las propuestas que se hayan radicado antes de la fecha y hora
señalada para el cierre del presente proceso de selección en la Subdirección de Gestión
Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, ubicado en la
carrera 8 W 10 - 65 del Edificio Liévano de la sede de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
No se aceptarán propuestas que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y
hora señalada para el cierre del presente proceso de selección.
No se tendrán en cuenta las modificaciones realizadas sobre el (los) documento(s) con
posterioridad a la fecha de entrega de propuestas y que se relacionen con requisitos mínimos
para participar y/o requisitos para la comparación de las ofertas.
Nota: Cuando exista alguna discrepancia entre el original de la propuesta y las copias,
prevalecerá el texto original. Igualmente en caso que existan diferencias entre el texto impreso
de la propuesta y el medio magnético de la misma se tomará en cuenta lo señalado en el texto
impreso.
2.5.3. No se aceptarán propuestas que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la
fecha y hora señalada en el presente proceso de Concurso de Méritos para su entrega, así
como aquellas propuestas que sean enviadas a través de correo, fax, correo electrónico,
Internet o cualquier otro medio telemático, o radicadas en sitios diferentes al señalado para su
entrega.
2.5.4. La carta de presentación de la propuesta (Anexo No.1) deberá llevar la firma autógrafa
del proponente, representante legal o del apoderado debidamente constituido o del
representante del Consorcio o Unión Temporal, cuando de estos se trate.
2.5.5. Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberá presentar, según
sea el caso, los documentos solicitados a los oferentes individuales, sin perjuicio del
documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
2.5.6.
El proponente deberá diligenciar los anexos del presente proceso de selección.
2.5.7. El proponente podrá solicitar el retiro de su oferta mediante escrito dirigido a la
Subdirección de Contratación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
con antelación no inferior a dos (2) días hábiles al vencimiento del plazo previsto para el cierre
del presente Concurso de Méritos. En tal caso, en la diligencia de entrega de propuestas no
se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la propuesta retirada, de lo cual
se dejará constancia en el acta de la citada diligencia.
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GENERAL
2.5.8. Estarán a cargo del proponente, todos los costos asociados a la preparación,
elaboración y presentación de la propuesta. Por lo tanto, la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C. no reconocerá ningún rembolso por este concepto.
2.5.9. Las modificaciones, aclaraciones, tachaduras, interlineados o enmiendas de las
propuestas, deberán ser convalidadas con la firma al pie o margen de la misma, de quien
suscribe la carta de presentación de la propuesta. Sin este requisito las modificaciones o
enmiendas no serán consideradas como válidas.
2.5.10. La Secretaría General no aceptará propuestas complementarias o modificatorias, ni
observaciones, ni solicitudes de aclaraciones, presentadas con posterioridad a la fecha y hora
de entrega de propuestas del presente proceso de selección.
2.5.11. En caso de presentarse diferencias en los valores expresados en letras yen números,
se tomará el valor expresado en letras.
2.5.12. En la propuesta debe indicarse los precios expresados en pesos colombianos, los
impuestos, tarifas y descuentos correspondientes y demás gastos directos e indirectos a que
hubiere lugar.
2.5.13. Las propuestas deberán tener una validez mínima de noventa (90) días calendario,
contados a partir de la fecha de entrega de las propuestas o del vencimiento de su prórroga, si
la hubiere. Por solicitud de la Secretaría General, el proponente prorrogará el término de
validez de su propuesta.
Nota 1: De acuerdo con lo previsto en el parágrafo 5 del artículo 2.2.5. del Decreto 734 de
2012, La entidad no proporcionará información a terceros sobre el contenido de las
propuestas recibidas antes del cierre del proceso contractual. Para tal efecto, las propuestas y
todos los documentos que las acompañen deben entregarse en sobres cerrados a la entidad y
sólo hasta cuando se venza el término para su entrega se pueden abrir en acto público, de lo
cual se dejará constancia en el acta de cierre para examinar de manera general su contenido.
La entidad dejará constancia en el acta de cierre de las propuestas que no se entreguen en
las condiciones indicadas en el párrafo anterior, así como, si alguna de ellas hubiera sido
abierta con anterioridad al cierre. En este último evento, la entidad deberá declarar desierto el
proceso contractual.
Nota 2: De conformidad con lo previsto en el artículo 8.1.3. "De las personas inhabilitadas por
razón de la presentación de otras ofertas" del Decreto 734 de 2012, para efectos de
establecer cuando el oferente es inhábil en virtud de los ordinales g) y b) del numeral 1 del
artículo 8° de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra
propuesta por las personas a que hacen referencia dichos ordinales, se dejará constancia
escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera
clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o
por cuenta de este ha efectuado materialmente el acto de presentación.
Si de acuerdo con los pliegos la propuesta hubiere sido enviada por correo, se entenderá por
fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por
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GENERAL
el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que
se haya fijado en los pliegos.
2.6.
COMUNICACiÓN INTERACTIVA.
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en cumplimiento de lo señalado
en el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, Y la Ley 527 de 1999, y con el fin de facilitar y agilizar
la comunicación interactiva con los proponentes durante el proceso de selección, ha puesto a
disposición la dirección electrónica [email protected].
A través de esta dirección, los proponentes podrán formular consultas, aclaraciones,
sugerencias, observaciones, etc. al pliego de condiciones. Igualmente, en esta dirección
electrónica se podrán realizar consultar los documentos y demás actuaciones que se generen
durante el presente proceso de selección.
2.7.
ACLARACIONES YIO MODIFICACIONES AL PROCESO DE SELECCiÓN
Los interesados podrán solicitar las aclaraciones y las modificaciones que estimen pertinentes
hasta el tercer (3) día hábil anterior a la fecha de cierre del proceso de selección, mediante
escrito dirigido a la Subdirección de Contratación de la Secretaría General, radicado a través
de la Subdirección de Gestión Documental ubicada en la carrera 8 # 10-65, primer piso del
Edificio Liévano, sede de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., o a través del fax: 3821266 o de
la dirección electrónica contratossgen€[email protected] y obtener por escrito
respuesta a sus inquietudes, la cual se publicará en la dirección electrónica señalada.
De igual forma, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. en cumplimiento de
lo dispuesto en el numeral 3, del artículo 3.3.4.1. del Decreto 734 de 2012, llevará a cabo la
audiencia de aclaración de pliegos de condiciones y de asignación de riesgos, en la fecha y
hora establecidos en el cronograma del proceso de selección.
Se entiende que los proponentes que participan en el presente proceso, conocen los plazos y
trámites y demás condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
Asimismo, se entiende que tienen conocimiento de los diferentes documentos que han sido
publicados durante el presente proceso de selección a través de los diferentes medios de
comunicación que utilice para el efecto la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá
D.C.
Por lo anterior la entidad no será responsable, por las posibles reclamaciones u omisiones que
en este sentido le formulen los proponentes.
Nota: La consulta y respuesta a las observaciones formuladas por los proponentes, no
producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las propuestas.
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., expedirá ADENDAS hasta un (1)
día antes del cierre del proceso de selección, en aquellos casos en que se requiera modificar,
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aclarar y/o adicionar el pliego de condiciones y/o prorrogar y/o modificar cualquiera de los
plazos del presente proceso de selección. En el caso en que se requiera de la expedición de
Adendas se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 2.2.4 del Decreto 734 de 2012.
Las aclaraciones
y/o adendas
serán publicadas
en la dirección
www.colombiacompra.gov.co y en la página www.contratacionbogota.gov.co
electrónica
Las respuestas a las preguntas, aclaraciones y adendas suministradas por la Subdirección de
Contratación antes de la fecha prevista para la entrega de propuestas, deberán ser tenidas en
cuenta por los proponentes para la presentación de las propuestas y harán parte integral de
los documentos de la contratación.
2.8.
PLAZO PARA PRESENTAR PROPUESTAS.
En la fecha y hora señalada para el cierre del plazo del presente proceso de selección, en
acto público y en la Subdirección de Contratación de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., se procederá a la apertura de las propuestas presentadas, del sobre
que contiene la oferta técnica con la documentación para la acreditación de requisitos
habilitantes. De igual forma, se dejarán cerrados los sobres recibidos con las propuestas
económicas, pues únicamente se abrirá el presentado por el proponente ubicado en el primer
lugar, en el orden de calificación de la evaluación de los factores de escogencia (Técnico de la
Oferta o del Proyecto y Protección a la Industria Nacional), en la fecha señalada en el
cronograma del proceso de selección. De esta diligencia se levantará un acta, se suscribirá
por los funcionarios competentes y por los proponentes presentes, que así lo deseen.
En la diligencia de cierre también se abrirán las propuestas que se hayan radicado antes de la
fecha y hora señalada para el cierre del plazo del presente proceso de selección en la
Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., ubicada en la carrera 8 # 10-65 primer piso del Edificio Liévano de la sede de la
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Para efectos de verificar la hora señalada para la diligencia de cierre del plazo del presente
proceso de selección, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Circular 013 de 2005, expedida
por la Procuraduría General de la Nación, en lo relacionado con la hora legal colombiana,
señalada por la Superintendencia de Industria y Comercio, de acuerdo con lo dispuesto en el
Decreto 2153 de 1992.
2.9. PRÓRROGA DE LA FECHA DE CIERRE DEL CONCURSO DE MÉRITOS.
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., podrá prorrogar la fecha de cierre
del Concurso de Méritos, cuando así lo estime conveniente.
NOTA: La prórroga de la fecha de cierre del Concurso de Méritos se dará a conocer a los
interesados
mediante
oficio
y/o
a través
de
las
direcciones
electrónicas
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2.10. VERIFICACiÓN
DE REQUISITOS
EVALUACiÓN DE LAS PROPUESTAS.
GENERAL
HABILlT ANTES
DEL
PROPONENTE
Y
Ver capítulo 111"Requisitos Habilitantes y Criterios de Calificación" del presente pliego de
condiciones.
2.11.
CASOS DE EMPATE Y CRITERIOS DE DESEMPATE.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 734 de 2012, en caso de presentarse empate
entre varias ofertas respecto del puntaje total obtenido en la evaluación de las mismas, se
aplicarán como criterios de desempate las siguientes reglas sucesivas y excluyentes:
1. En caso de que se presente igualdad en el puntaje total de las ofertas evaluadas, se
desempatarán las mismas, adjudicando el contrato al proponente que haya obtenido el mayor
puntaje en el factor Técnico de la Oferta o del Proyecto dentro del presente proceso de
selección. Si después de aplicar esta regla persiste el empate, se procederá así:
En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servrcros
nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2.
Si se presenta empate o este persiste y entre los empatados se encuentren Mipymes, se
preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, o unión temporal,
conformada únicamente por Mipymes nacionales.
3.
4.
Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se
encuentran consorcios o uniones temporales o promesas de sociedad en los que tenga
participación al menos una Mipyme, este se preferirá.
5.
Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado
laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de
discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997,
debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido
contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que
mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
6.
En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren
proponentes singulares o plurales conformados por consorcios o uniones temporales
conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la
Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás.
Si luego de aplicar las reglas descritas en los numerales anteriores continúa el empate, se
adjudicará el contrato al proponente del sector cooperativo (Artículo 147 de la Ley 79 de 1988
y demás normatividad concordante).
7.
8. Si el empate se mantiene, la adjudicación se realizará por sorteo mediante el mecanismo
de balotas, así:
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARíA
GENERAl
El sorteo por balotas se realizará en la audiencia de adjudicación con la participación de los
Representantes Legales de los oferentes, o sus delegados, escogiendo cada uno de ellos una
balota, con la finalidad de efectuar un primer sorteo, para establecer el orden en que cada uno
de los mismos escogerá la balota que permitirá determinar a cuál entre los proponentes se le
adjudicará el proceso de selección. El sorteo definitivo iniciará por la balota con el número
mayor y terminará con la de número menor, en serie descendente.
Una vez efectuado ese primer sorteo y determinado el orden en que cada proponente
escogerá la balota que determinará el adjudicatario del proceso de selección, la Secretaría
General procederá a efectuar el sorteo definitivo. El adjudicatario del presente proceso de
selección será el proponente que saque la balota con el número mayor. Este resultado es
aceptado de antemano por los interesados involucrados en el empate sin lugar a reclamación
alguna.
Nota: En cualquier caso los factores de desempate contenidos en los numerales precedentes
1 al 6 se aplicarán de conformidad con el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003,
disposición que señala: "Se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos
bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional
en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y
servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios
nacionales. Este último caso se demostrará con informe de la respectiva Misión Diplomática
Colombiana, que se acompañará a la documentación que se presente." Para efectos de lo
anterior, los bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga
compromisos comerciales internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras
estatales, o de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos
se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán
ser tratados en el marco de los criterios de desempate como si fueren bienes o servicios
nacionales colombianos.
0
2.11.1. Definiciones:
2.11.1.1.
Nacionales
Para efectos del numeral 2.12. del presente pliego, se entiende por nacionales, los siguientes:
a) Las empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional colombiana, así como
las personas naturales colombianas o los residentes en Colombia;
b) Las sociedades constituidas en el exterior o las personas naturales extranjeras no
residentes en Colombia, si las mismas presentan lo indicado en el artículo 4.2.6. del Decreto
734 de 2012.
c) Los consorcios o uniones temporales, cuya totalidad de integrantes sean "nacionales"
según los criterios establecidos en este subnumeral.
2.11.1.2 Extranjeros
Para efectos del numeral 2.12 del presente pliego se entiende por extranjeros, los siguientes:
a) Las empresas constituidas en el exterior o las personas naturales extranjeras no
residentes en Colombia, que no cumplan lo referente al informe de la Misión Diplomática
Colombiana, según el literal b) del subnumeral 2.11.1.1 del presente pliego de condiciones; o,
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
b) Los consorcios o uniones temporales, en el que por lo menos uno de sus integrantes sea
"extranjero" según los criterios establecidos en este subnumeral.
2.11.1.3 Mipymes
Para efectos del numeral 2.12 del presente pliego, se entiende por oferta de Mipymes, las
siguientes:
1. Las presentadas por consorcios o uniones temporales integradas en su totalidad por
miembros que tienen el carácter de Mipymes conforme al siguiente literal.
Si uno o varios de los integrantes del consorcio o unión temporal proponente, no es (son)
Mipyme(s), el proponente NO se entiende como Mipyme.
2. Las presentadas por toda unidad de explotación económica (micro incluidas las Famiempresas, pequeña y mediana empresa), realizada por persona natural o jurídica, en
actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o
urbana, que responda a dos (2) de los siguientes parámetros:
1. Mediana empresa:
Planta de personal entre cincuenta y uno (51) Y doscientos (200) trabajadores, o
Activos totales por valor entre cinco mil uno (5.001) a treinta mil (30.000) salarios mínimos
mensuales legales vigentes.
2.
a)
b)
Pequeña empresa:
Planta de personal entre once (11) Y cincuenta (50) trabajadores, o
Activos totales por valor entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil (5.000) salarios
mínimos mensuales legales vigentes o,
3. Microempresa:
a) Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores o,
b) Activos totales excluida la vivienda por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos
mensuales legales vigentes o,
El valor de la UVT (Unidad de Valor Tributario) será de $26.841, valor año base 2013.
Nota: En relación con los bienes y servicios de origen extranjero y el tratamiento que debe
dárseles en este proceso de selección, se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 4.2.6.
del Decreto 734 de 2012.
2.12.
SUSCRIPCiÓN DEL CONTRATO.
El proponente seleccionado debe suscribir el contrato que resulte en la fecha indicada en el
cronograma del proceso de selección.
NOTA: En el evento en que el proponente favorecido sea un Consorcio o una Unión
Temporal, el contratista previo a la suscripción del contrato, deberá allegar el formulario del
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SECRET!lRIAGENER/\L
Registro Único Tributario, en el cual conste el Nit. del Consorcio o de la Unión Temporal, de
conformidad con lo ordenado en la Ley Tributaria.
2.13.
DISTRIBUCiÓN DE RIESGOS EN LA PRESENTE CONTRATACiÓN
De conformidad con lo establecido en el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007, durante la etapa
de publicación de los estudios previos y pliego de condiciones los interesados podrán formular
observaciones sobre la estimación, tipificación, asignación de riesgos previsibles, con el fin de
ser revisados por la Secretaría General.
En consecuencia, se establece su distribución definitiva en el presente pliego de condiciones,
tal y como se relacionan en el ANEXO 11 RIESGO DE LA CONTRATACiÓN.
Nota 1: En el evento en que se materialice el riesgo, el contratista asume el 100% de la
materialización del riesgo a valores presentes.
Nota 2: La elaboración de la matriz de riesgos se elaboró con la metodología de riesgos para
la contratación estatal con que cuenta la entidad utilizando el método semicuantitativo.
2.14.
PARTICIPACiÓN CIUDADANA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, se convoca a las
diferentes veedurías ciudadanas, asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales,
benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de
investigación, para que realicen control social al presente proceso de Concurso de Méritos.
El pliego de condiciones definitivo podrá ser consultado a partir de la fecha y hora establecida
para la apertura del presente proceso, en la Subdirección de Contratación de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., ubicada en la carrera 8 No. 10-65, segundo
piso del Edificio Bicentenario de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y/o través de las
direcciones electrónicas: www.coIQmbiac0lJJ.lliJ3c9gv.CQ
y www.contratacionbogota.gov.co
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SECRETARIA
GENERAL
CAPITULO 111
REQUISITOS HABILlTANTES y CRITERIOS DE CALIFICACiÓN
La SECRETARíA GENERAL, por medio del comité evaluador, conformado para tal efecto,
hará los estudios del caso y el análisis comparativo de las propuestas, teniendo en cuenta
para ello los criterios de selección objetiva establecidos en este pliego de condiciones.
El estudio jurídica, financiera, capacidad de organización técnica, experiencia probable y
experiencia acreditada, de verificación de requisitos habilitantes acreditados ante el Registro
Único de Proponentes, como de aquellos verificados directamente por la entidad, tienen por
objeto determinar si se encuentra habilitado o no el oferente dentro del presente proceso de
selección.
La verificación de los anteriores aspectos se adelantará dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes a la fecha de cierre del Concurso de Méritos, término dentro del cual también se
evaluarán las ofertas, en los factores (Técnico de la Oferta o del Proyecto, dignificación laboral
y Protección a la Industria Nacional) y se podrán solicitar las aclaraciones y explicaciones que
se estimen pertinentes y subsanar los requisitos o documentos que verifiquen las condiciones
del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de
escogencia establecidos en el presente pliego de condiciones, de conformidad con lo previsto
en el artículo 2.2.8 del Decreto 734 de 2012.
La Secretaría General podrá solicitar hasta el momento de la adjudicación, por escrito o vía
fax o mediante correo electrónico, dirigido al proponente, o al representante legal de éste, las
aclaraciones y explicaciones a que hubiere lugar, y si es del caso, que se alleguen los
documentos necesarios para tal fin, sin que por ello los proponentes puedan completar,
adicionar, modificar o mejorar las propuestas.
El plazo de verificación y evaluación de las propuestas podrá ser prorrogado por la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de acuerdo con las necesidades de la entidad.
Los informes de verificación y evaluación de las propuestas permanecerán a disposición de
los proponentes en la Subdirección de Contratación o en las direcciones electrónicas
www.colombiacompra.gov.co y www.contratacionbogota,gov,co durante tres (3) días hábiles
siguientes al vencimiento del plazo de verificación y evaluación, para que los proponentes
presenten las observaciones que estimen pertinentes a los informes respectivos. En ejercicio
de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus
propuestas,
REQUISITOS HABILlTANTES ACREDITACiÓN
PROPONENTES:
MEDIANTE EL REGISTRO ÚNICO DE
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., de conformidad con lo establecido
en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado mediante el artículo 221 del Decreto Ley
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
019 de 2012, verificará los siguientes requisitos habilitantes acreditados por parte de los
proponentes ante el Registro Único de Proponentes en la clasificación exigida en el presente
pliego de condiciones, de acuerdo con el respectivo certificado de la Cámara de Comercio allegado
con cada oferta, así:
a)
b)
e)
d)
e)
Capacidad Jurídica.
Capacidad Financiera.
Experiencia Acreditada.
Experiencia probable del proponente.
Capacidad de Organización.
REQUISITOS HABILlTANTES ADICIONALES QUE VERIFICARÁ DIRECTAMENTE
SECRETARíA GENERAL:
LA
La Ley 1150 de 2007 en el artículo 6, establece: "sólo en aquellos casos en que por las
características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del proponente
adicionales a los contenidos en el Registro, la entidad podrá hacer tal verificación en forma
directa."
En virtud de lo dispuesto en la norma precitada y de conformidad con lo previsto en el numeral
9 del artículo 6.1.1.2 del Decreto 734 de 2012 y demás normas que los modifiquen o
adicionen, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., realizará la verificación
directa de los siguientes requisitos, así:
Documentos Jurídicos
Experiencia Especifica del Proponente
Formación y Experiencia Mínima del personal
Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas - Metodología - Calidad
DE LOS REQUISITOS HABILlT ANTES DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
3.1. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - RUP - ACREDITACiÓN DE REQUISITOS
HABILlTANTES:
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., de conformidad con lo establecido
en los artículos 5 y 6 de la Ley 1150 de 2007, éste último modificado por el artículo 221 del
Decreto 019 de 2012, realizará la verificación de los siguientes requisitos habilitantes, en la
clasificación exigida en el presente documento, de acuerdo con el Registro Único de Proponentes allegado con la oferta, expedido por la Cámara de Comercio, así:
a)
b)
e)
d)
e)
Capacidad Jurídica
Capacidad Financiera
Experiencia probable del proponente
Experiencia Acreditada
Capacidad de Organización
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
Para los efectos descritos anteriormente, el proponente deberá allegar el Registro Único de
Proponentes (RUP), expedido por la Cámara de Comercio con fecha no mayor a treinta (30)
días calendario anteriores a la fecha prevista para la entrega de propuestas del presente
proceso, con el fin de acreditar su inscripción, calificación y clasificación vigente en el Registro
Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.
En el presente proceso de selección, podrán participar independientemente o en Consorcio o
en Unión Temporal, las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, que a la fecha de
presentación de la propuesta se encuentren debidamente inscritas y clasificadas en el
Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, según el Decreto 1464 de 2010,
en la actividad de consultor, y en cualquiera de las especialidades y grupos que se relacionan
a continuación:
2 Consultores.
10 Otros.
02 Manejo de sistemas de información
Estudios Estratégicos de automatización
Formulación de propuestas para hardware/software.
Actividad:
Especialidad:
Grupo:
Así mismo, podrá El proponente presentar el Registro Único de Proponentes de la Cámara de
Comercio expedido de conformidad con la sección 111del capítulo 11del título VI del Decreto
734 de 2012, por medio del cual se realizará la verificación en el RUP de la clasificación
industrial internacional uniforme de todas las actividades económicas (CIIU) de acuerdo con la
revisión 3.1 A.C. Y Rev 4 A.C. en la que debe encontrarse registrado, así:
e) CIIU Rev. 4 A.C.
Grupo
Clase
Descripción
Desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis,
diseño, programación, pruebas), consultoría informática y actividades relacionadas
División
62
Grupo
620
Desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis,
diseño, programación, pruebas), consultoría informática y actividades relacionadas.
Clase
6201
Actividades de desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis, diseño, programación, pruebas)
Grupo
Clase
División
62
Grupo
620
Descripción
Desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis,
diseño, programación, pruebas), consultoría informática y actividades relacionadas
Desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis,
diseño, programación, pruebas), consultoría informática y acPágina 28 de 79
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETIIRíllGENERI\L
tividades
relacionadas.
Otras actividades de tecnologías
des de servicios informáticos
de información
y activida-
Clase
6209
Grupo
Clase
Descripción
División
62
Desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis,
diseño, programación, pruebas), consultoría informática y actividades relacionadas
Grupo
620
Desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis,
diseño, programación, pruebas), consultoría informática y actividades relacionadas.
Clase
6202
Actividades de consultoría
nistración de instalaciones
informática y actividades
informáticas
de admi-
d) CIIU Rev. 3.1 A.C.
Grupo
Clase
División
72
Informática
Grupo
722
Consultores en programas de informática,
elaboración y suministro de programas de
informática
Clase
7220
Consultores en programas de informática,
elaboración y suministro de programas de
informática
Grupo
Clase
División
Clase
72
723
7230
Grupo
Clase
División
72
Grupo
724
Grupo
Descripción
y Actividades
conexas
Descripción
Informática
y Actividades
Procesamiento
de datos
Procesamiento
de datos
conexas
Descripción
Informática
y Actividades conexas
Actividades relacionadas con bases de datos y
distribución en línea de contenidos
electrónicos.
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
Clase
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Grupo
Clase
División
72
729
7290
Grupo
Clase
GENERAL
Actividades relacionadas con bases de datos y
distribución en línea de contenidos
electrónicos.
Descripción
Informática y Actividades conexas
Otras actividades de informática
Otras actividades de informática
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se debe presentar el Certificado del
Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros integrantes.
En caso de prórroga del plazo del presente proceso, el certificado del Registro Único de
Proponentes, tendrá validez con la primera fecha prevista para la entrega de propuestas.
No se tendrán en cuenta las modificaciones realizadas sobre el (los) documento (s) con
posterioridad a la fecha de entrega de propuestas y que se relacionen con requisitos mínimos
para participar y/o requisitos para la comparación de las ofertas.
El proponente debe tener en cuenta lo siguiente:
-El proponente, ya sea de manera individual o cada uno de los miembros de un Consorcio o
Unión Temporal, al momento de presentarse al proceso deben tener la inscripción en el registro vigente.
-El proponente que actualice o haga la renovación del RUP debe tener en cuenta que la información que se modifica o renueva, sólo queda en firme cuando han transcurrido diez (10) días
hábiles siguientes a la publicación de la inscripción, renovación y/o actualización o hasta tanto
se decida el recurso de reposición interpuesto, según el caso. No obstante, la información contenida en el RUP que ha sido objeto de modificación continuará vigente hasta que el acto de
inscripción correspondiente de la nueva información quede en firme.
-El proponente que se inscribe por primera vez debe tener en cuenta que su información sólo
queda en firme cuando han transcurrido diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la
inscripción o hasta tanto se decida el recurso de reposición interpuesto, según el caso; por lo
tanto, la Secretaría General no podrá verificar la información contenida en el RUP que no se
encuentre en firme hasta antes de la adjudicación del proceso de selección.
-Si el proponente no solicita la renovación del Registro Único de Proponentes dentro del término establecido, cesarán sus efectos hasta tanto vuelva a inscribirse.
-En caso de que el proponente o alguno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal no estén inscritos en la actividad, especialidad y grupo exigidos en este pliego a la fecha
de cierre del presente proceso, su propuesta será RECHAZADA.
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIAGENER1IL
NOTAS:
1) En el evento en que el proponente sea un consorcio o unión temporal, todos sus
miembros deberán estar inscritos en por lo menos una de las clasificaciones exigidas.
2) En el caso de las personas jurídicas privadas extranjeras que tengan establecida
sucursal en Colombia, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes para
poder participar en este proceso de selección.
3) Las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en
Colombia, no requieren inscripción en el Registro Único de Proponentes. Sus condiciones,
junto con las de los proponentes que de acuerdo con la Ley 1150 de 2007 no requieren
inscripción, serán verificadas por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
de conformidad con lo señalado en el artículo 6.4.5 del Decreto 734 de 2012.
3.1.1. VERIFICACiÓN
PROPONENTES.
DE LA CAPACIDAD
JURíDICA EN EL REGISTRO ÚNICO DE
El proponente persona natural, (Nacional o Extranjera domiciliadas o con sucursal en Colombia)
deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro Único de Proponentes, mediante el
certificado expedido por la Cámara de Comercio con fecha no superior a treinta (30) días
calendario anteriores a la fecha prevista para la entrega de propuestas del presente proceso.
El proponente persona jurídica, (Nacional o Extranjera domiciliadas o con sucursal en
Colombia), deberá acreditar su existencia, representación legal, facultades del representante y
duración de la sociedad, mediante el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara
de Comercio, con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista
para la entrega de propuestas del presente proceso.
En caso de prórroga del plazo del proceso de selección, el certificado del Registro Único de
Proponentes, tendrá validez con la primera fecha prevista para la entrega de propuestas.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se debe presentar el Certificado del Registro
Único de Proponentes de cada uno de los miembros integrantes.
No se tendrán en cuenta las modificaciones realizadas sobre el (los) documento (s) con
posterioridad a la fecha de entrega de propuestas y que se relacionen con requisitos mínimos
para participar y/o requisitos para la comparación de las ofertas.
3.2. VERIFICACiÓN CAPACIDAD
ÚNICO DE PROPONENTES.
FINANCIERA
ACREDITADA
ANTE
EL REGISTRO
Para efectos de la verificación financiera el proponente debe acreditar mediante el Registro
Único de Proponentes la información financiera a 31 de diciembre de 2012, que a
continuación se señala, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 19 de 2012, los
artículos 6.2.2.4, 6.1.3.4 Y 6.4.6. del Decreto 734 de 2012, para lo cual deberá cumplir con los
siguientes índicadores:
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
CAPITAL REAL EN S.M.M.L.V.: Para efectos del presente proceso de concurso de méritos, el
proponente quedará habilitado cuando su Capital Real en SMMLV sea igualo mayor a 285
SMMLV.
Capital Real entiéndase como el capital social efectivamente pagado más las reservas
constituidas, más las utilidades retenidas, más las utilidades del ejercicio.
=
LIQUIDEZ activo corriente / pasivo corriente: Para efectos del presente proceso de concurso
de méritos, el proponente quedará habilitado si su índice de liquidez es igualo superior a 1,0.
=
ENDEUDAMIENTO
pasivo total/activo
total: Para efectos del presente proceso de
concurso de méritos, el proponente quedará habilitado cuando acredite como máximo 60% de
endeudamiento inclusive.
CAPITAL DE TRABAJO = activo corriente - pasivo corriente: Para efectos del presente
proceso de concurso de méritos, el proponente quedará habilitado cuando su Capital de
Trabajo sea igualo superior 285 SMMLV.
INDICADOR CRECIMIENTO EBITDA: EBITDA del último año sobre el EBITDA del año
inmediatamente anterior. (No aplica para los que tienen menos de un año fiscal.). Se
considerará el proponente como habilitado para efectos del presente indicador, cuando su
medición sea mayor a cero(O) reflejada en el RUP.
Para el caso de los Consorcios o Uniones Temporales la verificación financiera se realizará
así:
CAPITAL REAL EN S.M.M.L.V.: El índice de Capital Real obtenido en SMMLV por cada uno
de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, se sumarán y su resultado deberá ser
igualo superior a 285 SMMLV.
Capital Real entiéndase como el capital social efectivamente pagado más las reservas
constituidas, más las utilidades retenidas, más las utilidades del ejercicio
LIQUIDEZ = activo corriente / pasivo corriente: Se calculará con base en la suma aritmética de
las partidas contables que certifique la Cámara de Comercio en el RUP de cada uno de los
miembros del Consorcio o de la Unión Temporal. El resultado será el indicador de Liquidez de
la Unión Temporal o Consorcio. Esta medición deberá ser igualo superior a 1.00 para quedar
como proponente Habilitado.
ENDEUDAMIENTO = pasivo total/activo total: Se calculará con base en la suma aritmética
de las partidas contables que certifique la Cámara de Comercio en el RUP de cada uno de los
miembros del Consorcio o de la Unión Temporal. El resultado obtenido será el índice de
endeudamiento de la Unión Temporal o Consorcio y para efectos de quedar habilitado, el
índice de endeudamiento no deberá superar el 60%.
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SFCRf:TIIRII\GENERl\l
CAPITAL DE TRABAJO = activo corriente - pasivo corriente: Se calculará con base en la
suma aritmética de las partidas contables que certifique la Cámara de Comercio en el RUP de
cada uno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal y su resultado deberá ser
igualo superior 285 SMMLV.
INDICADOR CRECIMIENTO EBITDA: Se calculará con base en la suma aritmética de las
partidas contables que certifique la Cámara de Comercio en el RUP de cada uno de los
miembros del Consorcio o de la Unión Temporal. El resultado obtenido será el indicador de
crecimiento Ebitda de la Unión Temporal o Consorcio y para efectos de quedar habilitado el
indicador deberá ser positivo.
NOTA 1: Para el caso de los Consorcios o Uniones Temporales la verificación financiera se
realizará con base en la suma aritmética de las partidas contables que certifique la Cámara de
Comercio en el RUP de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal.
NOTA 2: Para que un proponente quede habilitado en el aspecto financiero, deberá cumplir
con la totalidad de los indicadores requeridos anteriormente, en caso contrario estará NO
HABILITADO Y en consecuencia incurrirá en la causal de rechazo.
NOTA 3: Para efectos de la calificación CUMPLE en el indicador de Crecimiento EBITDA, la
medición deberá arrojar una cifra positiva, de lo contrario se tomará como NO CUMPLE el
indicador.
NOTA 4: Cuando la capacidad financiera certificada por la Cámara de Comercio en el RUP
presente fecha de corte distinta a 31 de diciembre de 2012, el proponente incurrirá en causal
de rechazo 4.20.
3.3.
VERIFICACiÓN CAPACIDAD TÉCNICA ACREDITADA ANTE EL REGISTRO ÚNICO
DE PROPONENTES.
3.3.1. EXPERIENCIA PROBABLE DEL PROPONENTE.
La verificación de la experiencia probable y acreditada del proponente lo habilita o no para la
evaluación de su propuesta.
Teniendo en cuenta que la experiencia probable, es entendida como aquella del proponente
derivada del tiempo en que ha podido ejercer la actividad, la Secretaría requiere para efectos
de la calificación, que el proponente de acuerdo con el certificado de inscripción, calificación y
clasificación expedido por la Cámara de Comercio, acredite que cuenta con experiencia
probable de mínimo cinco (5) años como CONSULTOR.
Si se trata de un proponente que se presenta bajo la modalidad de Consorcio o Unión
temporal, para efectos de la verificación de la experiencia probable, se procederá a sumar los
años como proveedor de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal y su
sumatoria debe ser igualo superior al puntaje mínimo exigido.
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SECRETARIA
GENERAL
3.3.2. EXPERIENCIA ACREDITADA:
Por experiencia acreditada se entiende, aquella "experiencia del proponente que se relaciona
directamente con el objeto contractual en un proceso de selección determinado, la cual será
verificada documentalmente por las Cámaras de Comercio, con base en la información
aportada por el proponente en el momento de la inscripción, actualización o renovación. Las
entidades estatales solamente podrán verificar la experiencia acreditada que no se encuentre
certificada por el RUP y que se requiera de acuerdo al objeto a contratar" (numeral 5 del
artículo 6.1.1.2 del Decreto 734 de 2012).
El proponente que haya ejecutado los contratos como miembro de un consorcio, unión
temporal, sociedad de objeto único, empresa unipersonal o sociedades en general, debe
tomar para estos efectos, solo el porcentaje del valor del contrato que él ejecutó.
En el caso de que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisron
empresarial, debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de
los mismos, que le hayan asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión; para ello
debe aportar el certificado del contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene
revisor fiscal) que así lo acredite.
La verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos aplicables a la Consultoría no tiene
ponderación alguna pero es requisito habilitante dentro del presente proceso de selección;
tiene por objeto determinar si los servicios ofrecidos cumplen con los requerimientos mínimos
exigidos en el presente documento.
Para la verificación del presente requisito la entidad tendrá en cuenta del RUP los cinco (5)
mejores contratos cuya sumatoria sea igual o superior al noventa por ciento (80%) del
presupuesto oficial, y cuyo objeto se relacione con alguno de los siguientes:
•
Desarrollo e implementación de software para sistemas de administración de turnos,
que involucre módulos de auditoría y gestión, así como la generación de informes y la
integración con sistemas CRM a través de Servicios WEB; las soluciones
suministradas certificadas en este ítem deben garantizar y especificar que mínimo se
suministró en dicha solución la creación de más de 900 servicios y el acceso
recurrente de más de 600 usuarios funcionales, para diferentes entidades dentro de
una sola instalación física.
3.3.2. VERIFICACiÓN DE LA CAPACIDAD DE ORGANIZACiÓN.
3.3.2.1. CAPACIDAD DE ORGANIZACiÓN TÉCNICA (Decreto 734 de 2012)
Se determinará teniendo en cuenta a los socios o asociados, personal profesional
universitario, personal administrativo, tecnólogo y operativo, vinculado mediante una relación
contractual en la cual desarrollen actividades referentes estrictamente con la consultoría.
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ALCALDiA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARiAGENERi\l
Para el caso de las personas naturales que desarrollen por sí mismas las actividades en que
se inscriben podrán tenerse en cuenta a sí mismas; en este caso el interesado deberá
adjuntar certificación donde indique tal situación.
El soporte documental para acreditar esta información es la certificación suscrita por el
representante legal de la persona jurídica o por el proponente, persona natural que se
entenderá formulada bajo la gravedad del juramento.
Los proponentes que se clasifiquen en más de una actividad, determinarán el personal que
utilizan en cada actividad".
Profesionales: 5
Tecnólogo: 2
Operativos: 1
Requisito que será verificado con la información que consta en el Certificado de RUP.
Tratándose de estructuras plurales el mínimo se predicará de la sumatoria de personas
vinculadas por cada uno de sus integrantes.
En caso de no cumplir con la Capacidad de Organización Técnica, el proponente será NO HABIL.
3.4. DE LOS REQUISITOS HABILlT ANTES ADICIONALES DEL PROPONENTE
3.4.1. CARTA DE PRESENTACiÓN DE LA PROPUESTA.
La carta de presentación de la propuesta deberá ser diligenciada por el proponente en forma
completa y siguiendo el modelo que se presenta en este pliego de condiciones (Anexo No. 1),
la cual debe venir firmada por el proponente o su representante legal o por el apoderado
debidamente facultado. En el evento que la propuesta sea presentada y suscrita por un
apoderado se deberá adjuntar el poder que así lo faculte.
En caso de presentación de la propuesta en Consorcio o Unión Temporal, la carta de
presentación debe estar firmada por el representante del Consorcio o de la Unión Temporal,
designado conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, y deberá allegar de
igual forma la copia de la cédula de ciudadanía del mismo.
3.4.2.
GARANTíA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
El proponente debe constituir una póliza de seriedad de la oferta expedida por una compañía
de seguros legalmente autorizada en Colombia o una garantía bancaria a favor del DISTRITO
CAPITAL - SECRETARíA GENERAL DE LA ALCALDíA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., por un
valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial asignado, con
una vigencia de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de entrega de
propuestas y sus prórrogas, si las hubiere.
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
La póliza a suscribir deberá ser de aquellas existentes a favor de entidades estatales.
Nota: El objeto de la garantía deberá indicar: "Garantizar la seriedad de la oferta
presentada en el proceso de Concurso de Méritos Abierto No. 06 de 2013, correspondiente a
Contratar el diseño, desarrollo e implementación, pruebas y puesta en marcha del sistema de
asignación de turnos para las sedes de atención presencial al ciudadano de la Secretaria
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Esta garantía la hará efectiva la Secretaría General en los casos señalados en el numeral
"5.1.4.1. Riesgos derivados del incumplimiento del ofrecimiento", del artículo 5.1.4 del Decreto
734 del 2012, que dice:
"5.1.4.1 Riesgos derivados del incumplimiento
del ofrecimiento:
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del
ofrecimiento, en los siguientes eventos:
5.1.4.1.1 La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
5.1.4.1.2 La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el
término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el
término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas
no excedan un término de tres meses.
5.1.4.1.3 La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de
cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del
contrato.
5.1.4.1.4 El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las
propuestas.
5.1.4.1.5 El haber manifestado ser Mipyme para limitar la convocatoria de un proceso
contractual sin cumplirlos requisitos establecidos en la normativa para tener esta condición."
La garantía debe ser tomada a nombre del proponente, tal como aparece en el documento que
acredita su existencia y representación legal. Cuando la propuesta sea presentada por un
Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre de todos los integrantes, tal
como aparecen en el documento que acredita la existencia y representación legal o el Registro
Mercantil de cada uno de ellos, así:
"El Consorcio o Unión Temporal (según sea el caso), conformado por" '" y por."
3.4.3. CERTIFICADO
MERCANTIL.
DE
EXISTENCIA
REPRESENTACiÓN
LEGAL
O
REGISTRO
El proponente persona natural, deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro
Mercantil, mediante el certificado de Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio
con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista para la
entrega de propuestas, en el que consten actividades o servicios que correspondan al objeto
del presente proceso de Concurso de Méritos.
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BO
O
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SFCRET/lRIAGEN1':RAL
El proponente persona jurídica, (Nacional o Extranjera), deberá acreditar su existencia, objeto
social, representación legal, facultades del representante y duración de la sociedad, mediante
el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio o la
autoridad competente, con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la
fecha prevista para la entrega de propuestas del presente proceso, en el cual se indique que
su objeto social contiene las actividades o servicios que correspondan al objeto del presente
proceso de Concurso de Méritos.
En caso de prórroga del plazo del proceso de Concurso de Méritos, el certificado de
Existencia y Representación Legal o el Registro Mercantil, tendrán validez con la primera
fecha prevista para la entrega de propuestas,
Las personas jurídicas (nacionales y extranjeras) deberán acreditar que su duración no es
inferior al término de ejecución del contrato y hasta su liquidación, y un (1) año más, contado a
partir de la fecha de cierre del proceso de selección. En el caso de Consorcios o Uniones
Temporales, todos sus integrantes en forma individual deberán cumplir con este requisito.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se debe presentar el Certificado de
Existencia y Representación Legal o el Certificado de Registro Mercantil de cada uno de los
integrantes,
Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas
jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán
acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la
propuesta, para la celebración del contrato y para representarla judicial y extrajudicialmente.
Todos los documentos otorgados en el exterior para acreditar lo dispuesto en este numeral,
deberán presentarse legalizados en la forma prevista en los Artículos 259 y 260 del Código de
Procedimiento Civil y el Artículo 480 del Código de Comercio. Si se tratare de documentos
expedidos por autoridades de países miembros del Convenio de La Haya de 1961, se
requerirá únicamente de la Apostille.
3.4.4. AUTORIZACIÓN.
Si el representante legal del oferente o de algunos de los integrantes de un Consorcio o Unión
Temporal requiere de autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y/o para
suscribir el contrato en caso de ser adjudicado, deberá anexar los documentos que acrediten
la existencia de dicha autorización, de conformidad con lo establecido por los estatutos de
constitución de la respectiva persona jurídica. La autorización debe tener una fecha anterior a
la de la presentación de la propuesta.
Si se trata de apoderado, el proponente deberá anexar el poder respectivo en el cual cuente
con amplias facultades para presentar oferta y suscribir el contrato.
En el caso de las personas jurídicas extranjeras, los representantes legales con limitaciones
deben presentar el documento que conforme a la Ley de su país de origen sea idóneo para
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
presentar la propuesta y el cual debe ser allegado de acuerdo con lo establecido en la Ley
colombiana.
En caso de representación conjunta, cada uno de los miembros del Consorcio o Unión
Temporal deberá estar expresamente autorizado para conformar dicha asociación.
3.4.5. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA CONFORMACiÓN DEL CONSORCIO O UNiÓN
TEMPORAL.
En el evento que la propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal deberá
adjuntar con su propuesta debidamente diligenciado, para cada caso en particular, el
documento de conformación del Consorcio o la Unión Temporal, de conformidad con lo
establecido en el artículo T" de la Ley 80 de 1993.
En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, el representante legal de cada una de
las personas jurídicas que los integren, deberá contar con autorización para presentar oferta y
suscribir el contrato hasta por el valor de la propuesta, teniendo en cuenta que la
responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1.568, 1.569 Y 1.571 del Código Civil.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 80 de 1993 en ningún caso podrá
haber cesión de la participación entre quienes conforman el Consorcio o la Unión Temporal.
3.4.6. CERTIFICACION DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD
SOCIAL Y PARAFISCALES.
El proponente debe adjuntar con su propuesta, una certificación en la cual acredite el pago de
los aportes realizados durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de entrega de
propuestas del presente proceso de selección, a los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos
Profesionales, Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Dicha certificación debe venir suscrita por el Revisor Fiscal de la sociedad, si el proponente de
acuerdo con la Ley lo requiere, o en caso contrario la certificación debe venir suscrita por el
Representante Legal de la sociedad proponente.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes cuando los
mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma
individual dicha certificación expedida por el Revisor Fiscal o por el respectivo Representante
Legal, según corresponda.
De igual forma, deberán allegar con la certificación la copia de la cédula de ciudadanía y la
tarjeta profesional de contador público del Revisor Fiscal.
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SECRETARIIIGENERAL
3.4.7.
CERTIFICACiÓN DE MIPYMES:
El representante legal del proponente deberá aportar una certificación en la que acredite, que
su empresa cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2° de la Ley 905 del 2 de
agosto de 2004 y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia.
Dicho requisito no aplica para personas jurídicas extranjeras
sin sucursal en Colombia.
En caso de Consorcio o Unión Temporal, dicha manifestación debe hacerse por cada uno de
los integrantes. Con uno solo de los integrantes que no cumpla con uno de los requisitos
establecidos en el artículo 2° de la Ley 905 de 2004 y demás normas aplicables, el proponente
será considerado como NO MIPYME.
NOTA: Este requisito no habilita ni rechaza la propuesta presentada
omisión de la información requerida en este numeral será subsanable.
por el proponente.
La
3.4.8. EXPERIENCIA ESPECíFICA DEL PROPONENTE.
El proponente
deberá acreditar experiencia
de mínimo cinco (5) años
en contratos
ejecutados, cuyo objeto u obligaciones se relacionen con mínimo tres (3) de las siguientes
actividades:
Desarrollo e implementación
de software para sistemas de administración
de turnos en
entidades distritales
y gubernamentales
que involucre módulos de auditoría y gestión, así
como la generación
de informes utilizando herramientas de inteligencia de negocios; las
soluciones suministradas certificadas en este ítem deben garantizar y especificar que mínimo
se suministró en dicha solución la creación de más de 900 servicios y el acceso recurrente de
más de 600 usuarios funcionales.
Desarrollo
CRM.
e implementación
Desarrollo e implementación
a través de tecnología SOA.
de sistemas
de gestión de turnos con integración
de software que tenga componentes
a plataformas
de integración
de servicios
Desarrollo e implementación
de sistemas Web de información que involucren diferentes
les de jerarquías de usuarios finales, de seguridad y altos niveles de concurrencia.
El proponente deberá acreditar en un máximo de ocho (8) contratos
acreditar como mínimo 3 de las actividades señaladas anteriormente.
nive-
u órdenes y entre estos,
u órdenes que se presenten deben estar suscritos a partir del 1 de abril de
haberse ejecutado y entregado los productos contratados a satisfacción
del
contratante, a la fecha de cierre de este proceso de selección. Asimismo, los valores de los
dos contratos sumados deben corresponder
como mínimo al 80% del presupuesto
oficial
asignado a este proceso de selección.
Los contratos
2008, deben
Las certificaciones
deberán contener como mínimo, la siguiente información:
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SECRETARIA
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
GENERAL
Empresa o entidad Contratante (Datos como Dirección, Teléfono, NIT)
Si se trata de un Consorcio o Unión Temporal especificar el nombre de quienes lo
conforman y el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
Número del contrato (si tiene)
Objeto del contrato claramente definido con sus respectivas actividades
Fecha de suscripción, inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y
año).
Valor del contrato
Valor de las adiciones del contrato, si a ello hubiere lugar
Plazo de ejecución del contrato
Término de las prorrogas, si a ello hubiera lugar
Certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el funcionario competente.
Nombre y firma de quien expide la certificación (La certificación deberá estar
firmada por el funcionario competente para suscribirla).
En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su evaluación, el
proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes
que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
Igualmente, el oferente podrá acreditar la experiencia requerida con la presentación del acta
de liquidación que permita a la entidad verificar la información en las condiciones solicitadas
en este numeral.
Cada certificación de contrato, orden o acta de liquidación que contenga la información
solicitada, se analizará por separado; en caso de que se presenten certificaciones que
incluyan contratos u órdenes adicionales al contrato u orden principal, el valor adicional se
sumará al valor del contrato u orden principal, quedando ésta como una sola certificación.
Las certificaciones que sean expedidas por personas de derecho público o privado del orden
internacional que sean expedidas en idioma extranjero, para ser tenidas en cuenta deberán
cumplir con los requisitos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano que
señala:
'Documentos en idioma extranjero. Para que los documentos extendidos en idioma distinto del
castellano puedan apreciarse como prueba, se requiere que obren en el proceso con su
correspondiente traducción efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, por un
intérprete oficiala por traductor designado por el juez; en los dos primeros casos la traducción
y su original podrán ser presentados directamente."
Para las certificaciones presentadas en moneda extranjera se calculará el valor conforme a la
Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) vigente a la fecha de suscripción del
contrato u orden que se certifica.
Para determinar el valor de los contratos consignados en las certificaciones, se efectuará la
conversión del valor nominal de cada contrato a salarios minimos, tomando el valor del Salario
mínimo para el año de la fecha de terminación del respectivo contrato. Para efectos de
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SFCREMRIIIGENFR¡\l
calcular el valor de los contratos en SMMLV, se informa el salario mínimo para los años 2008
a 2013, así:
PERIODO
Enero 1 a
Enero 1 a
Enero 1 a
Enero 1 a
Enero 1 a
Enero 1 a
Diciembre
Diciembre
Diciembre
Diciembre
Diciembre
Diciembre
31 de
31 de
31 de
31 de
31 de
31 de
2008
2009
2010
2011
2012
2013
SALARIO MíNIMO MENSUAL LEGAL VIGENTE (SMMLV
461.500,00
496.900,00
515.000.00
535.600.00
566.700.00
589.500.00
Si el proponente es un Consorcio o una Unión Temporal, se tendrán en cuenta las
certificaciones aportadas por cualquiera de los miembros del Consorcio o Unión Temporal.
En el evento que el concursante presente certificaciones de experiencia donde haya
participado en Consorcio o Unión Temporal, para efectos de la valoración de este factor, se
tomarán las actividades, en proporción al porcentaje de participación del concursante en el
Consorcio o Unión Temporal del cual acredite la experiencia. En este caso, el concursante
deberá en la certificación de experiencia indicar el porcentaje de su participación en el
respectivo Consorcio o Unión Temporal. No podrá acumularse a la vez, la experiencia
acreditada de los socios y la de la persona jurídica cuando estos se asocien entre sí para
presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo T" de la Ley 80 de
1993.
De conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.7 del Decreto 734 de 2012, la experiencia
de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de ésta, cuando ella no cuente
con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la
participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
NOTA: Para la evaluación se tomarán las certificaciones que indique el proponente en el "
Anexo No. 10 "EXPERIENCIA ESPECíFICA DEL PROPONENTE"
3.4.9. FORMACiÓN Y EXPERIENCIA MíNIMA DEL PERSONAL
Se acredita con base en la formación y experiencia profesional propuesta y estará
directamente relacionado con las actividades que se desarrollarán en la ejecución del
contrato, permitiendo valorar la idoneidad del mismo.
De acuerdo con la naturaleza de la consultoría y las actividades a realizar el proponente
deberá ofrecer, como requisito habilitante, el siguiente personal mínimo, que cumpla con el
perfil descrito en cada caso:
DENOMINACiÓN Y
NUMERO DE CARGOS
REQUERIDOS
EXPERIENCIA
FORMACiÓN
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SECRETARIA
Un (1) Director del
Proyecto
Minimo 100% de
dedicación
Un (1) Analista de
Sistemas
Minimo 100% de
dedicación
Dos (2) Programadores
o desarrolladores de
software
Con 100% de
dedicación
Un (1) Analista de
calidad y prueba de
software
Mínimo 100% de
dedicación.
Un (1) Documentador
Mínimo 100% de
dedicación
GENERAL
Experiencia
general
certificada
mínima de cinco (5) años, contados a
partir de la obtención de la matricula
y/o tarjeta profesional.
Experiencia específica: Tres
(3)
años, en cargos de coordinación, o
dirección o gerencia
de proyectos
sobre consultoría
en sistemas de
información; o en cargos de dirección.
Experiencia
general
certificada
mínima de cuatro (4) años, contados a
partir de la obtención de la matricula
y/o tarjeta profesional.
Experiencia específica:
Que
hayan
participado
profesionalmente minimo dos (2) años
en el análisis, diseño y construcción
de
sistemas
de
información,
enfocados en servicio al usuario y/o
en gestión de filas
Experiencia certificada mínima de tres
(3) años, contados a partir de la
obtención de la matricula y/o tarjeta
profesional.
Experiencia específica:
Mínimo dos (2) años en diseño y
desarrollo de sistemas de información
en
ambiente
web,
bajo
la
especificación
J2EE,
lenguaje
de
programación
JAVA
y/o
PHP
utilizando un esquema de tres capas,
y bases de datos ORACLE
y/o
MYSQL y POSTGRESQL.
Experiencia
general
certificada
mínima de tres (3) años, contados a
partir de la obtención de la matricula
y/o tarjeta profesional.
Experiencia específica:
Mínimo dos (2) años en diseño y
desarrollo
de aplicativos
ambiente
web bajo la especificación
J2EE,
lenguaje de programación JAVA y/o
PHP utilizando un esquema de tres
capas, con herramientas:
JMETER,
y/o GRINDER,y/o SOAPUI.
Experiencia certificada mínima de un
(1) año en herramientas ofimáticas.
Título profesional en áreas de ingeniería
como
Sistemas,
Electrónica,
Telecomunicaciones
telemática,
con
tarjeta profesional y Título académico de
posgrado: De acuerdo con lo establecido
en el artículo 10 de la Ley 30 de 1992
"Por la cual se organiza el servicio público
de la educación superior", para el Director
del
Proyecto
se
aceptarán
como
posgrado
los
títulos
obtenidos
en
cualquier programa de: especialización,
maestría, doctorado y post-doctorado
en
Gerencia de Proyectos.
Título profesional, en áreas de ingeniería
como
Sistemas,
Electrónica,
Telecomunicaciones,
telemática
con
tarjeta profesional y Título académico de
posgrado: De acuerdo con lo establecido
en el artículo 10 de la Ley 30 de 1992
"Por la cual se organiza el servicio
público de la educación superior", para
los
analistas
se
aceptarán
como
posgrado
los títulos
obtenidos
en
cualquier programa de: especialización,
maestría, doctorado y post-doctorado en
Desarrollo de Software y/o afines.
Título
profesional
en
sistemas
o
afines,
profesional.
ingeniería
de
con
tarjeta
Título pr esional en áreas de ingenieria
como
Sistemas,
Electrónica,
Telecom nicaciones,
con
tarjeta
1.
profesio
Técnico
o estudiante
de ingenieria
electrón a, o telemática o sistemas o
industri , con mínimo 6 semestres
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V.; v.; .bogcta.gov.co
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETIIRillGENERAL
Minimo Dos (2) técnicos
Instaladores
Mínimo 100% de
disponibilidad a partir
de la fase 3
Las obligaciones
Experiencia certificada minima de dos
(2) años en Instalaciones de
dispositivos de señalización física y/o
digital, Instalaciones de cableado y
redes para dispositivos de
señalización para sistemas de turnos.
cursados.
Técnico y/o tecnólogo y/o estudiante de
ingeniería
eléctrica,
electrónica,
de
telecomunicaciones
o afines. Para el
caso del estudiante debe contar con
minimo 6 semestres cursados
Certificación de trabajos en altura
de cada uno de los cargos son:
Director del Proyecto:
1.
Planear, coordinar, supervisar
al desarrollo del contrato.
y asesorar técnicamente
2.
Dar cuenta de su responsabilidad en el manejo de personal y financiero de proyecto,
es el responsable
de que éste se ejecute de acuerdo a los plazos, costos y
estándares de calidad establecidos.
3.
Presentar el enfoque técnico dado a la metodología estándar para el desarrollo
implementación de Sistemas de Información de la Secretaría General.
4.
Programar y coordinar las reuniones de trabajo con los profesionales y técnicos del
equipo, así como con las instituciones del distrito que se requiera para la ejecución
del contrato.
5.
Asistir a las reuniones que se citen por parte de la Supervisión
del contrato,
dependencias
o funcionarios
de la Secretaría
General y demás personas
o
entidades necesarias para la ejecución del contrato de consultoría.
6.
Elaborar y presentar los informes parciales y finales de la ejecución del contrato de
consultoría en cuanto a las metas y productos requeridos por la Supervisión del
contrato para su posterior aprobación.
7.
Responder por la totalidad
seleccionado.
de las obligaciones
la ejecución
a cargo
y el seguimiento
del contratista
e
consultor
Analista
1.
Analizar los requerimientos
del sistema
sistema de información a desarrollar.
con el propósito
de plasmarlos
2.
Analizar y optimizar los casos de uso suministrados
el propósito de plasmarlos en la solución adquirida.
3.
Apoyar a los desarrolladores,
al resto del equipo de trabajo
Proyecto en el desarrollo del objeto del contrato de consultoría,
que les sean asignadas.
por la Secretaria
en el
General
con
y al Director del
según las tareas
Programador:
1.
Apoyar al resto del equipo de trabajo y al Director del Proyecto en el desarrollo
objeto del contrato, según las tareas que les sean asignadas.
2.
Desarrollar
las funcionalidades
al aplicativo que se entregará
del
al final de la compra.
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te!. 331 3000
W''¡'¡'.'o)
.bogota.gov .co
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
Analista
•
de Calidad y Prueba de Software:
Definición, aplicación, ejecución y seguimiento al plan de pruebas y apoyo a la
migración de la aplicación del ambiente de pruebas a producción.
Documentador:
1. Apoyar y generar la documentación requerida durante el desarrollo del aplicativo y
los solicitados en los entregables y la metodología (manuales, diagramas de flujo,
diccionarios, etc.)
Técnico:
1. Realizar la instalación de los elementos de hardware incluidos en este contrato, o
que por la naturaleza de la solución suministrada necesiten ser instalados para el
normal funcionamiento del sistema.
La evaluación se hará con base en la idoneidad
ofrezca, de conformidad con las anteriores tablas.
y experiencia
del Talento
Humano
que se
Nota 1: Para la evaluación de este aspecto, el proponente debe adjuntar: la hoja de vida, los
títulos de idoneidad y las certificaciones de experiencia del equipo de trabajo.
Nota 2: Para el Cálculo de la experiencia del talento humano en años, se tendrá en cuenta el
tiempo efectivo calendario
trabajado
y no se contabilizarán
traslapos
por experiencia
simultánea, es decir, en caso de traslapos se contabilizará una sola vez dicho periodo.
Nota 3: Las certificaciones deberán contener como mínimo los requisitos señalados para las
certificaciones de experiencia específica del proponente.
Cuando las certificaciones
solicitadas de experiencia específica del personal propuesto son
emitidas por el mismo proponente,
este deberá adjuntar la certificación
firmada por el
contratante de la consultoría, donde conste su ejecución por parte del oferente.
Para efectos de contabilizar la experiencia del recurso humano, se tendrá en cuenta, lo
siguiente:
Para los profesionales del área de ingeniería y demás afines que requieren el registro de la
matrícula profesional en el COPNIA: Se contará a partir de la fecha de expedición de la
matrícula profesional o del certificado de inscripción profesional, tal y como se estipula en el
artículo 12 de la Ley 842 de 2003, declarado Exequible por la Corte Constitucional mediante
Sentencia C- 296/12.
Para los profesionales que no son ingenieros o que no requieren del registro de la matrícula
profesional en el COPNIA o que la norma especial determine que para el ejercicio de la misma
sea necesaria la expedición de la tarjeta profesional: Se contará a partir de la terminación de
materias, de conformidad con lo establecido en el Decreto 019 de 2012.
NOTAS GENERALES
PARA LA EVALUACiÓN
Nota 1: Las hojas de vida del personal propuesto solo podrán participar en una sola
propuesta, la hoja de vida que sea presentada en más de una propuesta no será tenida en
cuenta en ninguna de ellas, y en consecuencia
se tendrán como NO HABILITADAS
las
propuestas en que este dicha hoja de vida.
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
Nota 2: Para la evaluación el proponente debe adjuntar: la hoja de vida, los títulos de
idoneidad y las certificaciones de experiencia requeridas.
Nota 3: Para el cálculo de la experiencia en meses o años se tendrá en cuenta el tiempo
efectivo calendario prestado y cuando se acredite experiencia simultánea, es decir, en caso de
traslapo se contabilizará una sola vez dicho periodo.
Nota 4: Para efectos de la evaluación, las fechas de inicio y terminación de contratos que
aparecen en las certificaciones, serán válidas con día, mes y año; en caso de no contener el
día se contabilizará como del último día del mes; si faltare el mes se contabilizará como del
último mes del año.
Nota 5: El proponente seleccionado deberá presentar la Tarjeta Profesional de cada una de
las personas que integran el Talento Humano ofrecido para la suscripción del contrato que
resulte de este proceso de selección, según se exija en la normatividad aplicable a la
respectiva disciplina.
Nota 6: La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., se reserva la facultad de
solicitar información complementaria a la acreditada por el concursante para la evaluación de
este factor.
Nota 7: Para efectos de la verificación y evaluación de la experiencia profesional de cada uno
de los integrantes del Talento Humano ofrecido, se dará aplicación al artículo 229 del Decreto
ley 19 de 2012, en el cual se señala:
"ARTíCULO 229. EXPERIENCIA PROFESIONAL. Para el ejercicio de las diferentes
profesiones acreditadas por el Ministerio de Educación Nacional, la experiencia profesional se
computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación
superior. "
"Se exceptúan de esta condición las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad
social en salud en las cuales la experiencia profesional se computará a partir de la inscripción
o registro profesional."
A excepción de aquellas que para el ejercicio de la profesión se requiera el registro de la
matricula profesional o la expedición de la tarjeta profesional.
3.4.10. CONDICIONES
TÉCNICAS
DE LA PROPUESTA
Las Condiciones Técnicas se encuentran en el Anexo No. 9 del Pliego de Condiciones del
Concurso de Méritos No. 06 de 2013.
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SECRETARIA
GENERAL
SECCiÓN 2
DE LOS CRITERIOS DE CALIFICACiÓN
3.S.
FACTORES DE EVALUACiÓN.
FACTOR
TECNICO
DESCRIPCION
ESPECIFICA
DEL FACTOR
PUNTAJE PARCIAL
EXPERIENCIA ESPECIFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE
Calidad (Experiencia adicional del personal ofrecido Formación del Talento Humano)
Garantías de una estructura administrativa eficiente y comprometida con
las necesidades de la ciudadanía y
Defensa y forta- de la Secretaria General de la Alcallecimiento de lo día Mayor de Bogotá D.C., para fortapúblico y Dignifi- lecer el desarrollo misional y operaticación del Tra- vo de la entidad, aumentar los niveles
de eficiencia y eficacia e incentivar
bajo
las colaboraciones y trabajadores en
el compromiso con la ciudad y el trabajo en equipo
PROTECCION A LA
INDUSTRIA
NACIONAL
Protección a la Industria Nacional
PUNTAJE MAXIMO
PARCIAL
POR
FACTOR
PUNTAJE MAXIMOTOTAL POR
FACTOR
400
400
200
400
so
so
1S0
1S0
PUNTAJE TOTAL A ASIGNAR
1000
3.S.1. EXPERIENCIA ESPECIFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE (Puntaje 400)
La valoración del criterio experiencia específica adicional del proponente podrá llegar hasta
un puntaje máximo de 400 puntos, así:
La secretaria general de la Alcaldía Mayor de Bogotá, asignara el puntaje de acuerdo con
años acreditados en 8 certificaciones de contratos solicitados en la experiencia específica del
proponente.
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ALCALDiA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
La asignación del puntaje será así
Años Certificados
5
Puntaje
6
7 o mas
300
400
TOTAL
200
400
Los contratos que se presenten deberán cumplir con los requisitos mínimos señalados en el
numeral 3.4.8 Experiencia Específica del Proponente.
Nota: La ponderación del presente factor se efectuará sumando toda la experiencia que
reporten las máximo ocho (8) certificaciones que alleguen y relacionen en el respectivo anexo
los proponentes.
3.5.2 Calidad (Experiencia adicional del personal ofrecido - Formación del Talento
Humano)
La evaluación del factor de calidad se hará con base en la idoneidad y experiencia adicional a
la mínima requerida del Talento Humano que se acredite para el cargo de Director de
Proyecto, Programadores o desarrolladores de sofware y un analista de sistemas, de
conformidad con las tablas de calificación indicadas a Continuación:
3.5.2.1 Experiencia Adicional de Talento Humano (máximo 200 puntos)
Además de la experiencia mínima exigida, si el personal requerido acredita mayor experiencia
obtendrá el siguiente puntaje:
Para el Director(a) de Proyecto:
Experiencia Especifica en Años
superior a tres(3) años e inferior o igual a cuatro (4) años
superior a cuatro (4) años e inferior o igual a cinco (5) años
superior a cinco (5) años
Para el Programador:
Experiencia Especifica en Años
superior a tres(3) años e inferior o igual a cuatro (4) años
superior a cuatro (4) años e inferior o igual a cinco (5) años
superior a cinco (5) años
Para el Analista de Software:
Experiencia Especifica en Años
superior a tres(3) años e inferior o igual a cuatro (4) años
Puntaje
10
25
50
Puntaje
30
50
100
Puntaje
10
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SECRETARíA
GENERAL
superior a cuatro (4) años e inferior o igual a cinco (5) años
superior a cinco (5) años
25
50
Nota: La ponderación del presente factor se efectuará sumando la experiencia adicional a la
experiencia mínima exigida en el numeral 8.2.2.3 del presente documento.
3.5.2.2 Formación del Talento Humano (máximo 200 puntos)
Director del Proyecto: Se evaluara la formación académica adicional a la mínima exigida con
base en los títulos obtenidos de maestría y/o doctorados y/o postdoctorados.
TITULO
PUNTAJE
Maestría
25
Doctorado y/o Postdoctorado
50
TOTAL
50
Para los Programadores:
TITULO
Especialización un solo programador se le dará un puntaje
máximo de
Especialización dos programadores se le dará un puntaje
máximo de
Maestría un solo programador se le dará un puntaje máximo
de
Maestría dos programadores se le dará un puntaje máximo de
PUNTAJE
MAXIMO
TOTAL
ASIGNAR
25
50
50
100
100
Nota: Para la calificación sólo se puntuara el máximo de estudios acreditados.
Para el Analista de Sistemas: Se evaluara la formación académica adicional a la mínima
exigida con base en los títulos de maestría y/o doctorado y/o post doctorado aportados.
TITULO
PUNTAJE
Maestría
25
Doctorado y/o Postdoctorado
50
TOTAL
50
Nota: Para la evaluación del Título académico de postgrado, se tendrá en cuenta lo
establecido en el artículo 10 de la Ley 30 de 1992 "Por la cual se organiza el servicio público
de la educación superior", se aceptarán como postgrado los títulos obtenidos en programas
de: especialización, maestría, doctorado y post-doctorado.
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SECRETARIA
GENEAAL
3.5.3 CALIFICACiÓN DEL ASPECTO DE DEFENSA Y FORTALECIMIENTO DE LO PÚBLICO
- DIGNIFICACiÓN DEL TRABAJO (MÁXIMO 50 PUNTOS).
Se asignará el puntaje por este factor de conformidad con los criterios establecidos en la tabla
que a continuación se presenta, se asignará el puntaje respecto de la forma de vinculación del
personal requerido por la entidad según el rango.
a) POR LA FORMA DE VINCULACiÓN (máximo 50 puntos)
CARGO
Contrato Laboral
Todo el personal requerido.
50
TOTAL
50
Nota: En caso de que el proponente contrate laboralmente a menos personal del requerido la
entidad aplicara para la evaluación regla de tres sobre los 50 puntos.
3.5.4 PROTECCiÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL: Puntaje máximo 150
Para efectos de la evaluación del aspecto Protección a la Industria Nacional, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 816 de 2003, el proponente deberá informar en la
carta de presentación de la propuesta, y/o Anexo acerca de la nacionalidad del personal
que labora para el proponente.
PUNTAJE
150 Puntos
110 Puntos
75 Puntos
CONDICiÓN
Si todo el personal contratado para la ejecución del contrato de prestación
de servicios es de nacionalidad colombiana, obtendrá el puntaje
señalado. Este aspecto se acreditará mediante la información que sobre
la nacionalidad del personal suministre el proponente o el representante
legal del proponente en la carta de presentación y/o el anexo "Protección a
la industria nacional".
Si dentro del personal contratado para la ejecución del contrato de
prestación de servicios hay personal de nacionalidad colombiana y
extranjera, obtendrá el puntaje señalado. Este aspecto se acreditará
mediante la información que sobre la nacionalidad del personal suministre
el proponente o el representante legal del proponente en la carta de
presentación y/o el anexo "Protección a la industria nacional".
Si todo el personal contratado para la ejecución del contrato de prestación
de servicios es de nacionalidad extranjera, obtendrá el puntaje señalado.
Este aspecto se acreditará mediante la información
que sobre la
nacionalidad del personal suministre el proponente o el representante legal
del proponente en la carta de presentación y/o el anexo "Protección a la
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SECRETARIA
GENERAL
industria nacional".
CAPíTULO IV
CAUSALES DE RECHAZO
Al presentarse cualquiera de las circunstancias que se señalan a continuación, ello dará lugar
al rechazo:
4.1.
Cuando existiere incumplimiento de cualquiera de los requisitos señalados en el
numeral 2.4. "REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PRESENTE SELECCiÓN" de este
documento.
4.2. Cuando el proponente presente documentos con información inexacta o haya tratado de
interferir o influenciar indebidamente en la evaluación de las propuestas o en la adjudicación del
contrato.
4.3.
Cuando se presenten varias ofertas por parte del mismo proponente (por sí o por
interpuesta persona), o cuando el proponente tenga intereses en otra persona natural, o
jurídica que también se presente a este proceso de Concurso de Méritos, es decir cuando se
trate de propuestas que correspondan a sociedades que tengan socios comunes, excepto
cuando se trate de sociedades anónimas abiertas, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 5 del Decreto 679 de 1994, lo cual se acreditará mediante certificación del Revisor
Fiscal de la respectiva sociedad.
4.4.
Cuando se presente una propuesta
señaladas en el pliego de condiciones.
en lugar, fecha y hora diferentes
a las
4.5. Cuando el proponente una vez requerido por la Entidad, no allegue los documentos, las
aclaraciones y/o explicaciones solicitadas por ésta (artículo 22 del Decreto 734 de 2012);
cuando no cumpla con lo solicitado en dicho requerimiento; y cuando allegue la respuesta a
los requerimientos fuera del plazo que se le fije para ello (inciso 3 del artículo 10 del Decreto
734 de 2012), impidiendo evaluar con precisión los términos de la oferta.
4.6. Cuando el proponente no allegue o no diligencie
"PROPUESTA ECONÓMICA.
en forma completa
el anexo
4.7. Cuando existiere incumplimiento de los requisitos habilitantes acreditados mediante el
Registro Único de Proponentes - RUP y/o verificados directamente por parte de la
entidad, de conformidad con lo señalado en el capítulo II1 del presente pliego de
condiciones.
4.8. Cuando la propuesta se presente con condicionamientos
presente proceso de selección.
para la adjudicación
del
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
Sr::CRETARIAGENERAl
4.9. Cuando el representante legal de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión
Temporal no adjunte de requerirla autorización para consorciarse.
4.10. Cuando se presenten propuestas en forma parcial.
4.11. Cuando no presente autorización del órgano social competente, en el evento de que
el representante legal de la persona jurídica requiera de la misma para presentar oferta y
suscribir contrato.
4.12. Cuando contengan defectos insubsanables, de acuerdo con lo previsto en el artículo
2.2.8. del Decreto 734 de 2012.
4.13. Cuando el proponente no presente la garantía de seriedad de forma simultánea con
la oferta, según lo establecido en el último inciso del artículo 5.1.7.1. Decreto 734 de
2012.
4.14.
Cuando el valor total de la propuesta econorruca supere el valor total
presupuesto oficial señalado en el numeral 2.2 del presente pliego de condiciones.
4.15. Cuando el talento humano ofrecido no cumpla con los requisitos
determinados en el numeral 3.4.9 del Pliego de Condiciones.
del
mínimos
4.16. Cuando la propuesta económica del proponente (primer elegible) no sea consistente
con su propuesta técnica.
4.17. Cuando el proponente
"CUMPLIMIENTO
condiciones.
no cumpla con los requisitos establecidos en el Anexo
DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MINIMOS" del presente pliego de
4.18. Cuando se compruebe que el proponente se encuentre incurso en cualquier causal
de inhabilidad, incompatibilidad o en conflicto de intereses.
4.19. Cuando la información INSCRITA en el RUP no se encuentre en firme, o cuando la
misma haya perdido los efectos por la renovación extemporánea del mismo.
4.20. Cuando el RUP presente en su capacidad financiera un corte distinto al 31 de
diciembre de 2012
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
CAPITULO
V
PROPUESTA ECONÓMICA
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3.3.4.5 del Decreto 734 de 2013, el proponente
debe presentar su oferta económica, teniendo en cuenta los aspectos:
Las ofertas deben presentarse
en moneda legal colombiana.
El valor de la propuesta debe incluir todos los costos que genere el cumplimiento
contrato, entre otros:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
del objeto del
La remuneración del personal del consultor, la cual podrá incluir, según el caso, sueldos,
cargas por concepto de seguridad social, viáticos, etc.
Gastos reembolsables indicados en los pliegos de condiciones, si a ello hubiere lugar.
Gastos generados por la adquisición de herramientas o insumos necesarios para la
realización de la labor, si a ello hubiere lugar.
Gastos de administración.
Utilidades del consultor.
Gastos contingentes.
La apertura del sobre con la propuesta económica y la revisión
oferta técnica se llevarán a cabo de conformidad con las siguientes
2.
3.
4.
5.
6.
7.
de su consistencia
reglas:
con la
Una vez concluida la evaluación técnica, la entidad, en audiencia pública, dará a
conocer el orden de calificación de las propuestas técnicas.
En presencia del proponente ubicado en el primer lugar en el orden de calificación,
la entidad procederá a abrir el sobre que contiene la propuesta económica del
proponente.
Si el valor de la propuesta excede la disponibilidad presupuestal, la misma será
rechazada y se procederá a abrir la propuesta económica del siguiente oferente
según el orden de calificación, y así sucesivamente.
La entidad verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las
actividades
descritas
en la propuesta
técnica, con el fin de efectuar
las
clarificaciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no
podrán modificarse los requerimientos técnicos minimos.
Si de la verificación de la propuesta económica del proponente se identifica que la
misma no es consistente con su propuesta técnica, se dará por terminada la
revisión, se rechazará y se procederá a abrir el sobre económico de la ubicada en
el siguiente orden de elegibilidad, y se repetirá el procedimiento
indicado en el
numeral anterior.
La entidad y el proponente elaborarán un acta de los acuerdos económicos
y
técnicos alcanzados en esta revisión, con el fin de que se incluyan en el respectivo
contrato. Los acuerdos no podrán versar sobre aspectos que hayan sido objeto de
ponderación en el proceso contractual.
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ALCALDiA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETIIRIIIGENER.!\L
8. La entidad adjudicará el contrato al consultor seleccionado, por medio de acto
administrativo motivado.
El valor de la propuesta, debe incluir todos los costos directos e indirectos que genere la
prestación de los servicios, del talento humano, de las prestaciones y los salarios del personal
que vincule para la ejecución del contrato, de los aportes al Sistema de Seguridad Social
Integral y aportes parafiscales, cumpliendo con las normas laborales sobre la materia, de los
impuestos y demás gastos que origine el mismo. Por ningún motivo se considerarán costos
adicionales.
Cualquier error de cálculo del proponente al momento de determinar el valor económico de la
propuesta correrá a su cargo. Si al verificar la consistencia económica de la propuesta se
encuentra un error aritmético la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.,
procederá a su corrección y éste será el valor que se tendrá en cuenta para la verificación de
su consistencia.
Por error aritmético, se entiende aquel en que incurre el proponente cuando realiza una
indebida operación matemática, pero con la certeza de las cantidades, requerimientos y
valores.
Las correcciones efectuadas a las ofertas de los proponentes, según el procedimiento
anterior, serán de forzosa aceptación para éstos. Si el proponente, en caso que se le
adjudique el contrato, rehúsa aceptar dichas correcciones, se hará efectiva la garantía de
seriedad de la propuesta.
Si se presentan omisiones en la presentación de la propuesta, la SECRETARíA GENERAL
podrá solicitar por escrito aclaración a los proponentes, siempre bajo el criterio de mantener la
igualdad entre los mismos.
La SECRETARíA GENERAL DE LA ALCALDíA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. podrá solicitar
una mayor discriminación de costos si lo estima necesario.
La oferta económica deberá presentarse siguiendo el modelo del Anexo No. 2 de este pliego
de condiciones y en sobre aparte debidamente sellado, como se indica en el numeral 2.5.2. de
este documento, el cual será abierto en la audiencia de adjudicación del proceso de selección,
no debe utilizar centavos, por lo tanto el valor en pesos de los servicios y el valor total de la
propuesta económica deben presentarse en números enteros, es decir el proponente deberá
aproximar al peso, ya sea por exceso, si la suma es mayor o igual a 0.50 centavos, o por
defecto, si la suma es menor a 0.50 centavos.
El valor total de la propuesta incluido el IVA, deberá contemplar los descuentos por concepto
de carga tributaria que le aplica sobre cada pago durante la ejecución del contrato, en el
marco de los impuestos nacionales y distritales tales: Retención del IVA (50% IVA), retención
en la fuente por honorarios según sea el caso (10% u 11%), retención por ICA según la tarifa
que le corresponda a la actividad inscrita en el RIT (máxima tarifa aplicar el 13,8 por mil),
retención por estampilla de proadulto mayor, procultura y estampilla Universidad Distrital
(0.5%, 0.5% Y 1%).
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
NOTA: Para efectos de la verificación de la consistencia de la propuesta econormca se
tomarán los valores que se hayan registrado en el ANEXO No. 2 "Propuesta Económica" en su
integridad incluyendo los descuentos, si a ello hubiere lugar.
En el evento en que el proponente no cotice el valor correspondiente al IVA deberá indicar
claramente la norma que lo exime de dicha obligación.
NOTA: Para efectos de la verificación de la consistencia de la propuesta econorruca se
tomarán los valores que se hayan registrado en el ANEXO No. 2 "Propuesta Económica" en su
integridad incluyendo los descuentos, si a ello hubiere lugar.
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BOGOTÁ
HU~ANA
55
ALCALDiA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERI\l
CAPITULO
VI
ADJUDICACiÓN
La adjudicación del contrato que resulte del presente proceso de selección, se hará en
Audiencia Pública, teniendo en cuenta la propuesta más favorable para la entidad, previa
evaluación y cotejo de cada una de las ofertas presentadas. Se entiende por propuesta más
favorable aquella que presente la mejor calidad para desarrollar la consultoría, por haber
cumplido con los requisitos habilitantes y haber obtenido el mayor puntaje al sumar las
calificaciones alcanzadas en la evaluación de los siguientes factores: Técnico de la Oferta o
del Proyecto, Dignificación del Trabajo y Protección a la Industria Nacional.
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., se reserva la facultad de
adjudicar este Concurso de Méritos hasta por el valor total del certificado de disponibilidad
presupuestal que respalda el presente proceso de selección, de acuerdo con el valor total de
la propuesta económica del oferente seleccionado en el primer lugar en el orden de
elegibilidad.
Dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo 3.3.4.6. del Decreto 734 de 2013, en la
audiencia de adjudicación y con la presencia del oferente ubicado en el primer lugar del orden
de elegibilidad, la entidad abrirá el sobre que contiene su propuesta económica, a efectos de
verificar la consistencia entre la misma con su propuesta técnica, de acuerdo con las
siguientes reglas:
1. La Secretaría General luego de haber informado a los asistentes el orden en la evaluación
de las propuestas, le dará a conocer al proponente ubicado en el primer lugar, el detalle de la
estimación de los servicios de consultoría, que forma parte de los estudios y documentos
previos del presente proceso de selección.
2. Posteriormente, la entidad verificará la consistencia entre la propuesta econorruca y la
propuesta técnica del primer elegible, con base en el detalle de la estimación de los servicios
de consultoría.
3. Durante la verificación de la consistencia de la propuesta econorruca respecto de las
actividades descritas en la propuesta técnica, la entidad podrá solicitarle al primer elegible que
efectúe las clarificaciones y los ajustes que considere necesarios. Como resultado de estos
ajustes no podrán modificarse los requerimientos técnicos o las condiciones mínimas exigidas
en este pliego de condiciones.
4. Teniendo en cuenta las reglas establecidas en el numeral anterior, la entidad y el primer
elegible elaborarán un acta con los acuerdos alcanzados durante la verificación de su oferta
económica, con el fin de que se incluyan en el respectivo contrato.
En todo caso, los oferentes deberán presentar su propuesta económica diligenciando
completamente el Anexo No. 2 del presente pliego de condiciones.
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56
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
Nota 1: En caso que la Secretaría General rechace la propuesta presentada por el primer
elegible, por cualquiera de las causales de rechazo previstas en el numeral 4.15. o 4.17. de
este pliego de condiciones, procederá a abrir el sobre económico del oferente ubicado en el
segundo lugar del orden de elegibilidad, con quien se repetirá el procedimiento indicado en
este capítulo y así sucesivamente hasta adjudicar el presente proceso de selección.
Nota 2: Los precios señalados en la propuesta económica deberán ser desglosados por
actividad, de acuerdo con los conceptos indicados en el Anexo No. 2 de este pliego de
condiciones. El valor de todas las actividades y los productos descritos en la propuesta
técnica, se consideran incluidos en el valor de la propuesta económica presentada. Por ningún
motivo se considerarán costos adicionales.
-:
"'/
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...
.
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I L"\
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•
- Rí~ MED,NIGdNZÁLEZ
S secretario General (e)
Secretarí •••....•..•.••••..•
'" Ira1de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
NOMBRE
Proyectado
por
Carlos Jullán Ruíz Dionisio
Aprobado para firma por Subdirector
contratación (e)
Aprobado
de
Fabían Camilo ROjas Barrera
para firma por Directora de Gestión
Tatiana Piñeros Laverde
FECHA
~
J-:,=-
~
~
Corporativa
Los arriba firmantes declaramos
mismo, la información contenida
RRMA
lO-)
\ ~
\.:
que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones
en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma de Subsecretario
legales ASI
General
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wVoJw.bogota.goli.co
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..
BOGOTÁ
HU~ANA
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
Sr=CRETARIAGENERAL
CAPITULO VII
ANEXOS
ANEXO No.1
CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Bogotá D.C,
Señores:
SECRETARíA GENERAL DE LA ALCALDíA MAYOR DE BOGOTÁ OC.,
Carrera 8 No. 10-65.
Bogotá, D.C.
Referencia: Proceso de Concurso de Méritos No. 06 de 2013
El suscrito, obrando en representación de
o en nombre propio,
me permito presentar propuesta para el proceso de Concurso de Méritos de la referencia,
cuyo objeto es contratar el diseño, desarrollo e implementación, pruebas y puesta en
marcha del sistema de asignación de turnos para las sedes de atención presencial al
ciudadano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.; de acuerdo con los
términos y condiciones establecidos en el pliego de condiciones del proceso de selección
de la referencia y de conformidad con lo establecido en este documento.
Plazo de Ejecución:
'
Número de la póliza de seriedad de la propuesta:
_
Valor asegurado:
($ ) Moneda Corriente.
Compañía Aseguradora:
_
Recibo de Pago de Póliza (No. y fecha):
_
Dejo constancia de lo siguiente:
A)
Que declaro bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la firma
de la presente carta, que no me encuentro incurso en causal alguna de inhabilidad o
incompatibilidad o prohibiciones para participar en procesos de Concurso de Méritos y/o
contratar consagradas en la Constitución y la Ley.
B)
Que manifiesto expresamente haber leído y conocer el pliego de condiciones y en
consecuencia me someto a él.
C)
Que acepto las consecuencias que se deriven del incumplimiento de los requisitos
a que se refiere el literal anterior.
O)
Que declaro bajo la gravedad de juramento, que toda la información aportada y
contenida en mi propuesta es veraz y susceptible de comprobación.
E)
Que acuso recibo de las comunicaciones (si a ello hubiere lugar) de fecha __
y
ADENDAS (si a ello hubiere lugar) números _,
__ , _
y __
al pliego de
condiciones, expedidos por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá OC,
durante el período del proceso de Concurso de Méritos y manifiesto haberlos leído y
conocerlos y por tanto me someto a ellos.
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Carrera 8 No. lO-55
tel. 3813000
vJw\v.bogota.gov.co
info. Línea 19:,
58
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARíA
GENERAL
F)
Que convenimos en mantener esta oferta por un período de noventa (90) días
calendario, contados a partir de la fecha entrega de propuestas del proceso de Concurso
de Méritos o del vencimiento de sus prórrogas si las hubiere; la oferta nos obliga y podrá
ser favorecida en cualquier momento antes de que expire el período indicado.
G)
Que en caso que me fuere adjudicado el presente proceso de Concurso de
Méritos, me comprometo a suscribir el contrato correspondiente, dentro del término
establecido para ello en el pliego de condiciones y al terminar el contrato me comprometo
a suscribir el acta de liquidación dentro de los plazos contractuales previstos, así como a
ejecutar todas las obligaciones del contrato que celebre con la Secretaría General.
H)
Que esta oferta, una vez aceptada y notificada su adjudicación, me obliga a su
cumplimiento hasta que se prepare el contrato y se firme formalmente.
1)
Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a
este proceso contractual.
J)
Que haremos los trámites necesarios para la suscripción y ejecución del contrato,
en los plazos establecidos en el pliego de condiciones.
K)
En cumplimiento de lo señalado en la Ley declaro bajo la gravedad de juramento,
que la empresa o el Consorcio o la Unión Temporal que represento no se encuentra
relacionado en el Boletín de Responsables Fiscales que publica la Contraloría General de
la República. (En el evento que el proponente sea una persona natural, debe realizar esta
declaración).
L) Declaro que me comprometo a cumplir la consultoría Contratar la aplicación de una (1)
encuesta, que mida y evalúe la satisfacción, percepción y expectativa de la ciudadanía
frente al servicio que presta la Administración Distrital, a través de los puntos de atención
o canales de interacción ciudadana, con el cumplimiento de los requisitos establecidos en
el anexo técnico del pliego de condiciones.
M)
Declaro bajo la gravedad de juramento, que el talento humano contratado para la
ejecución
del
contrato
de
prestación
de
servicios
es
de
nacionalidad
N)
Que
numerados.
el original de la propuesta consta de (
) folios,
No se aceptarán propuesta foliadas con números y letras.
debidamente
que mi propuesta se RESUME así:
NOMBRE completo DEL PROPONENTE:
Cédula de ciudadanía o Nit
REPRESENTANTE
LEGAL:
(En caso de Consorcio o Unión Temporal, se debe indicar el nombre y país de origen
de cada una de las partes que lo conforman)
Plazo para ejecutar el Contrato:
_
Validez de la propuesta:
_
Además adjunto los siguientes anexos exigidos debidamente diligenciados, e informo que
las comunicaciones relativas a este proceso de selección las recibiré en la siguiente
dirección:
Página 58 de 79
Carrera 8 No. 10-65
tel. 381 3000
IN\NW.bogota.gov.co
tnfo. linea 195
59
SECRETIIRIIIGENER/\L
Indicar cuales:
Dirección:
Ciudad
________
Teléfono(s):
_
Atentamente,
Firma:
Nombre:
C.C. :
_
_
_
Página 59 de 79
Carrera 8 No. 10-65
te!. 381 3000
\V\VV,¡' .bogots.gov.co
ínto. Unea 195
60
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIAGENERi\L
ANEXO No. 2
PROPUESTA ECONOMICA
El proponente deberá presentar su propuesta económica, cotizando todos los costos
directos e indirectos que genere la contratación de la presente consultoría, de acuerdo
con las especificaciones
del servicio descrito y el objeto y alcance establecidos.
VALOR
EN PESOS
No.
1
2
CONCEPTO
Personas/tiempo
Soporte logístico
3
Insumas necesarios para la prestación de los
servicios
Imprevistos
Utilidad
SUBTOTAL
Iva (16%)
VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA,
INCLUIDO IVA
4
5
$
$
$
$
$
$
$
$
Por ningún motivo se considerarán costos adicionales.
Nota 1: El valor cotizado incluye todos los costos directos e indirectos asociados a la
Consultoría, según los requerimientos señalados en el pliego de condiciones, así como
todos los conceptos asociados con las tareas a contratar que comprenden ente otras: la
remuneración del personal del consultor, los gastos reembolsables indicados en el pliego
de condiciones, los gastos generados por la adquisición de herramientas o insumas
necesarios para la realización de la labor, los gastos de administración, las utilidades del
consultor y los gastos contingentes.
Nota 2: En el evento que el valor cotizado tenga centavos, estos se aproximarán al peso,
ya sea por exceso si la suma es mayor o igual a 0,50 centavos o por defecto, si es igualo
menor a 0.50 centavos.
Nota 3. Conforme con lo previsto en el pliego de condiciones, el valor total de la propuesta incluido IVA, no podrá sobrepasar el presupuesto oficial estimado, so pena de que la
propuesta SEA RECHAZADA.
Firma del Proponente
(INDICAR EL NOMBRE O LA RAZÓN SOCIAL)
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Carrera 8 No. 10-65
tal. 381 3000
www.bogots.gov.co
infc. linea 195
BO'
O
HU~ANA
61
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARí/\GENERN
ANEXO No. 3.
FORMACiÓN ACADÉMICA DEL TALENTO HUMANO (PUNTAJE MÁXIMO 200)
El proponente deberá marcar con una X el recuadro de la formación académica adicional del personal que se
describe a continuación:
Director del Proyecto: Se evaluara la formación académica adicional a la minima exigida con base en los
títulos obtenidos de maestría y/o doctorados y/o postdoctorados.
TITULO
PUNTAJE
Maestria
Doctorado y/o Postdoctorado
Para el Programador
1:
TITULO
PUNTAJE
Especialización
Maestría
Para el Programador
2:
PUNTAJE
TITULO
Especialización
Maestría
Para el Analista de Sistemas: Se evaluara la formación académica adícional a la minima exigida con base
en los títulos de maestria y/o doctorado y/o post doctorado aportados.
PUNTAJE
TITULO
Maestría
Doctorado y/o Postdoctorado
Nota No. 1: Para la evaluación del Titulo académico de postgrado, se tendrá en cuenta lo establecido en el
articulo 10 de la ley 30 de 1992 "Por la cual se organiza el servicio públíco de la educación superior", se
aceptarán como postgrado los títulos obtenidos en programas de: especialización, maestría, doctorado y postdoctorado.
Firma del Proponente
(INDICAR EL NOMBRE O LA RAZÓN SOCIAL)
Página 61 de 79
Carrera 8 No, 10-65
teL 381 3000
'#\\/'<'0)
.bogcta.gov .co
ínfo. Línea 195
62
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
ANEXO No. 4
EXPERIENCIA
ESPECíFICA ADICIONAL DEL TALENTO HUMANO (MÁXIMO 200
PUNTOS)
Por favor marcar con una X el recuadro de la experiencia adicional del talento humano
que se describe a continuación:
Para el Director(a) de Proyecto:
Experiencia Especifica en Años
superior a tres(3) años e inferior o igual a cuatro (4) años
superior a cuatro (4) años e inferior o igual a cinco (5) años
superior a cinco (5) años
Puntaje
Para el Programador:
Experiencia Especifica en Años
superior a tres(3) años e inferior o ioual a cuatro (4) años
superior a cuatro (4) años e inferior o icual a cinco (5) años
superior a cinco (5) años
Puntare
Para el Analista de Software:
Experiencia Especifica en Años
superior a tres(3) años e inferior o iqual a cuatro (4) años
superior a cuatro (4) años e inferior o ioual a cinco (5) años
superior a cinco (5) años
Puntaie
Nota: La ponderación del presente factor se efectuará sumando la experiencia adicional a la experiencia mínima exigida.
Firma del Proponente
(Indicar el nombre o la razón social)
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Carrera 8 No. 10-65
tel. 381 30
no
v,¡\.vv,¡ .bogota.gov
info. Unes 195
.co
63
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETIIRII\GENERJ\L
ANEXO No. 5
PROTECCiÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL
LEY 816 DE 2003
NOTA: SIRVASE DILIGENCIAR LA CASILLA DE NACIONALIDAD SEÑALANDO CON
UNA EQUIS "X" SI EL TALENTO HUMANO QUE OFRECE ES NACIONAL O
EXTRANJERO DE ACUERDO CON LA CONDICION ESTABLECIDA EN EL NUMERAL
3.5.4. "PROTECCION A LA INDUSTRIA NACIONAL". DEL PLIEGO DE CONDICIONES.
NACIONALIDAD
CONDICION
Si todo el personal que labora para el proponente es
de
nacionalidad
colombiana,
obtendrá el puntaje señalado en el
numeral 3.5.4. Este aspecto se acreditará mediante la información
que sobre la nacionalidad del personal, suministre el proponente o
el Representante Legal en la Carta de Presentación de la
propuesta.
Si dentro del personal que labora para el proponente hay de
nacionalidad
colombiana
y extranjera,
obtendrá el puntaje
señalado en el numeral 3.5.4. Este aspecto se acreditará mediante
la información que sobre la nacionalidad del personal, suministre
el proponente o el Representante
Legal en la Carta de
Presentación de la propuesta.
Si todo el
personal que labora para el proponente es de
nacionalidad
extranjera, obtendrá el puntaje señalado en el
numeral 3.5.4. Este aspecto se acreditará mediante la información
que sobre la nacionalidad del personal, suministre el proponente o
el Representante Legal en la Carta de Presentación de la
propuesta.
Firma del representante legal
Indicar el nombre o la razón social del proponente
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Carrera 8 No. 10-65
tel. 381 3000
wwv,,' .bogcta.gov.co
info. Línea 195
64
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENER/lL
ANEXO No. 6
COMPROMISO
DE INTEGRIDAD
El suscrito
, identificado con la cédula
de ciudadanía No.
, actuando en
representación
de
Proponente del
proceso de Concurso de Méritos No. 06 de 2013, orgullosos de nuestra condición de
colombianos y de ciudadanas y ciudadanos bogotanos, de nuestras familias e hijos, de
nuestras realizaciones y logros personales, familiares y profesionales, y de nuestra
capacidad profesional y laboral. Orgullosos así mismo, de formar parte de empresas cuyo
talento humano ha realizado serios aportes al progreso y desarrollo de la ciudad y el país,
y conscientes de que se han adelantado en el país y en especial en la ciudad de Bogotá
D.C., cambios culturales que promueven la probidad y el beneficio del interés general,
y RECONOCIENDO
Y CONSIDERANDO:
Que la crítica situación que en diversos ámbitos de la vida nacional atraviesa Colombia en
la actualidad exige de sus ciudadanos, la adopción de actitudes vigorosas en la reivindicación de los valores de la vida en común.
Que el aseguramiento de la transparencia en los procesos contractuales redundan en
beneficio no solo de la entidad contratante sino de los propios participantes, en cuanto
asegura que el único criterio de adjudicación será la excelencia de la propuesta.
Que existe el compromiso público de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá D.C., en el sentido de adoptar medidas concretas para garantizar
que sus
funcionarios, en los diversos niveles y fases de intervención en el proceso, se sujetarán
estrictamente a los mandamientos de la Ley, de la ética y de la buena fe.
Que la Administración Distrital ha tomado las medidas necesarias y adecuadas, para
garantizar la publicidad y el libre acceso a la información de los pliegos de condiciones.
Que las compañías que representamos, reconocemos que la presentación de propuestas
en el presente proceso de selección, se efectúa en un entorno libre, imparcial,
competitivo y no se sujeta a abusos.
Que conocemos a cabalidad el pliego de condiciones, sus reglas de juego establecidas y
demás documentos generados hasta el cierre de este proceso, reconocemos que los
mismos son equitativos y no conllevan al favorecimiento de un proponente en particular.
Que resulta conveniente la formulación de un pacto explícito de los proponentes, en
cuanto al acatamiento de las normas jurídicas y éticas que deben regir la contratación en
beneficio de su transparencia.
EN CONSECUENCIA
MANIFESTAMOS
NUESTRO
COMPROMISO
DE:
Actuar en el proceso de Concurso de Méritos No. 06 de 2013, con estricto apego a las
normas jurídicas y éticas propias de este tipo de procedimientos,
y conforme a los
principios de buena fe, transparencia y equidad.
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ter.
3813000
W'NW .bogota.gov
info. Linea 195
.co
80··0
HU~AN
65
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIAG[NERAL
Respetar todas y cada una de las decisiones, que en desarrollo del proceso de Concurso
de Méritos adopte la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., sin
perjuicio de su impugnación por las vías y en las oportunidades legalmente dispuestas.
Abstenernos de realizar u ofrecer, directa o indirectamente, pagos de comisiones o
dádivas, o de utilizar medios de presión a funcionarios de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, con el fin de obtener favorecimiento en la decisión de
adjudicación del contrato, lograr cambios sustanciales en el contrato ajustando las
especificaciones, los plazos o cualquier otro componente importante del mismo, lograr
que sean aprobados por servidores públicos o por el supervisor del contrato (o por su
personal), resultados por debajo de los parámetros propuestos y pactados con la
Secretaría General, evadir impuestos, derechos, licencias o cualquier otra obligación legal
que se deberá satisfacer, inducir a un funcionario a quebrantar sus deberes oficiales de
cualquier manera.
Abstenernos de coluír y establecer con otros participantes en el proceso cualquier tipo de
acuerdos que puedan distorsionar la decisión de la Secretaría General y limitar
indebidamente la competencia en este Concurso de Méritos.
Utilizar las oportunidades y mecanismos jurídicos que la Ley pone a disposición, con
estricta sujeción al principio de la buena fe, evitando cualquier forma de abuso del
derecho.
Cumplir con rigor las exigencias
procedimiento selectivo.
que haga la entidad
contratante
en el curso del
A no utilizar en la etapa de evaluación de las propuestas, argumentos sobre el
cumplimiento de requisitos diferentes a los establecidos en el pliego de condiciones, para
efectos de buscar la descalificación de nuestros competidores.
Adoptar las medidas necesarias, para que ningún miembro del personal de mi empresa o
asociación empresarial, incurran en conductas violatorias del presente pacto.
Denunciar inmediatamente ante la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá OC,
o ante la Veeduría Distrital y demás Órganos de Control, cualquier actuación irregular
ejecutada por funcionarios de aquella y/o de los proponentes.
Para constancia firmamos de manera voluntaria, en Bogotá OC., a los __
de 2013.
( ) de __
EL PROPONENTE
NOMBRE:
FIRMA O EMPRESA:
CARGO
Nota: La Secretaría General, hace constar que la suscripción del compromiso de
integridad es netamente voluntario, y no es causal de rechazo, ni de inadmisibilidad
de las propuestas que se presenten en este proceso de selección.
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tel. 381 30 00
\.''JIVd'~\;'
.bogots.gov
info, Linea 195
»(0
66
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
ANEXO No. 7
RESUMEN DE LA OFERTA
RAZON SOCIAL:
NIT:
TIPO DE CUENTA BANCARIA Y BANCO:
NÚMERO DE LA CUENTA:
OBJETO:
PLAZO:
VALIDEZ DE LA OFERTA:
GARANTIA
DE
SERIEDAD
OFERTA, EMITIDA POR:
DE
LA
SUMA ASEGURADA:
VIGENCIA:
RECIBO PAGO DE PRIMA No.:
REPRESENTANTE
LEGAL:
DIRECCiÓN:
TELEFONOS:
FAX:
Firma del representante legal
Indicar el nombre o la razón social del proponente
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Carrera 8 No. 10-65
te!. 381 3D 00
www.bogota.gov.co
info. línea 195
67
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARI/\
ANEXO
MINUTA
CONTRATO
CLASE
GENER/-IL
No. 8
DEL CONTRATO
No.
DE CONTRATO:
CONTRATO
CONTRATISTA:
XXXXX
NIT:
XXX XX
VALOR:
$XXXXX
OBJETO:
DE CONSULTORíA
M/Cte.
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Entre los suscritos XXXXXXXXXXXXXXXX,
identificado con la cédula de ciudadanía No.
XXXXXXXXXXX de Xxxxxxxxx, en su calidad de Subsecretario General de la Secretaría General
de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., nombrado según Resolución 033 del 27 de enero de 2012,
suscribe el presente contrato de consultoría de acuerdo con la delegación de funciones en materia
contractual, otorgada mediante la Resolución No. 442 del 30 de agosto de 2011, modificada
parcialmente
por la Resolución No. 270 de 2012, quien en adelante se denominará
LA
SECRETARíA
GENERAL, por una parte, y por la otra, XXXXX, identificado con cédula de
ciudadanía N° XXXXX de XXXXX, persona XXXXX con Matrícula Mercantil N° XXXXX, según
consta en el Certificado de Matrícula de Persona XXXXX expedido por la Cámara de Comercio de
XXXXX el día XXXXX de 2010 propietario del establecimiento de comercio denominado XXXXX,
con Matrícula N° XXXXX, según consta en el Certificado de Matrícula de Establecimiento de
Comercio expedido por la Cámara de Comercio de XXXXX el día XXXXX de 2010, comerciante
identificado con el NIT XXXXX, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA,
hemos
convenido suscribir el presente contrato de consultoría, que se regirá por las siguientes cláusulas
previas las siguientes consideraciones: 1) Que el día XXXXX de a XXXXX de XXXXX se realizó la
apertura
del Proceso
de Concurso
de Méritos
N° 6 de 2013, cuyo objeto es:
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
2) Que el día XXXXX de 2013, se procedió al cierre del Proceso
de Concurso de Méritos No. 05 de 2013 y a la apertura del sobre que contiene la oferta
técnica del(los) proponente(s), encontrándose los siguientes: XXXXX. 3) Que de conformidad
con el Acta No. XXXXX del XXXXX de 2013, se adjudicó el Proceso de Concurso de Méritos
No. 06 de 2013 al proponente XXXXX, por haber cumplido con los diferentes aspectos de
verificación, haber obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los factores de Técnico de la
Oferta o del Proyecto y Protección a la Industria Nacional, siendo favorable y conveniente para
los fines de la contratación e intereses de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C. 4) Que por lo anterior, las partes acordamos celebrar el presente contrato de
consultoría, que se regirá por las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y las normas que las
reglamenten,
modifiquen o adicionen, por las leyes civiles y comerciales y por las siguientes
cláusulas:
PRIMERA.OBJETO:
XXXXXXXXXXX
SEGUNDA.ESPECIFICACIONES
TECNICAS:
EL CONTRATISTA
deberá prestar los servicios, con los requerimientos técnicos
y condiciones mínimas contenidas en el pliego de condiciones del Proceso de Concurso de
Méritos No. 06 de 2013.TERCERA.-PLAZO
DE EJECUCION: El plazo del presente contrato es
de XXXXX (X) meses, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio por las
partes, previa aprobación de la garantía única. CUARTA.- VALOR: El valor total del presente
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tel. 381 3000
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Into. Linea 195
68
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
contrato asciende a la suma de XXXXX PESOS ($XXXXX) MONEDA CORRIENTE. Este valor
comprende todos los costos directos e indirectos, los relacionados con los servicios a prestar,
los gravámenes y demás gastos en que incurra EL CONTRATISTA en la ejecución del presente
contrato, por ningún motivo se considerarán costos adicionales. QUINTA.- FORMA DE PAGO:
LA SECRETARíA GENERAL de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., pagará el valor del contrato,
así: a) Un primer pago del 40% del valor total del contrato contra entrega del cronograma, plan
de trabajo, esquema de metodología, Documento de arquitectura de software, Documento de
Análisis, Diseño del sistema aprobado; Diseño de servicios web, en un plazo máximo de un (1)
mes a partir del acta de inicio del contrato; correspondiente a la fase uno (1) del proyecto. b) Un
segundo pago del 50% del valor total del contrato contra entrega del software en condiciones
de fábrica o por defecto y entrega de los 770 Tableros individuales en las instalaciones definidas
por la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogota, en un plazo máximo de dos (2) meses
a partir del acta de inicio del contrato; correspondientes a la fase dos del proyecto e). Un tercer
pago del 10% del valor total del contrato a los siguientes dos (2) meses Correspondientes a las
fases 3 y 4, contra la entrega de los cambios visuales y de forma de la aplicación, el desarrollo
de los web services con Guía de trámites y servicios y SuperCADE Virtual y la respectiva
integración con el software previamente entregado en la etapa 1, modificaciones menores de los
módulos de supervisión, reportes y encuestas, pruebas funcionales del total de la plataforma,
pruebas de estrés sobre la aplicación y sobre la base de datos, instalación en sitio y prueba
funcional, incluyendo capacitación profunda a cada uno de los roles, con lo cual se incluye
acumulado del desarrollo total de la solución de acuerdo con el cronograma establecido entre el
consultor y la Secretaria General que incluye 1. Web Service con la guía de trámites y servicios.
2. Gestor de registro de datos Ciudadanos y web service con SuperCADE Virtual. 3 Diseño e
implementación Asistente Virtual (Conexión Guía de Trámites y servicios); previa entrega de la
totalidad de los productos contratados, radicación de la factura y subscripción del acta de
liquidación del mismo, de acuerdo con el cronograma establecido entre el consultor y la
Secretaria General lo cual incluye el Gestor de Citas WEB, Integración por web service con la
guía de tramites. Gestor de ciudadanos a través de servicio web con SuperCADE Virtual,
asistente virtual de trámites y los Módulos de supervisión e información on line, así como el
cumplimiento de las demás obligaciones contractuales y la suscripción del acta de liquidación
del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: Como requisito previo para que la Secretaría
General efectúe cada uno de los pagos señalados en la presente cláusula, el contratista
deberá presentar para aprobación de la supervisión del contrato, el pago de la nómina del
Talento Humano utilizado en el proyecto, que incluya los salarios, las prestaciones
sociales e indemnizaciones laborales a que haya lugar, las cotizaciones obligatorias al
Sistema de Seguridad Social Integral de Salud, Pensiones, Riesgos Profesionales y los
aportes a las Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA. PARAGRAFO SEGUNDO:
Dentro del término señalado para efectuar el pago, LA SECRETARíA GENERAL podrá
formular por escrito las observaciones u objeciones que tenga a la factura, que presente
para el pago EL CONTRATISTA. Durante el tiempo que dure la revisión a las
observaciones formuladas por LA SECRETARíA GENERAL, se suspenderá el plazo para
el pago y una vez realizadas las aclaraciones pertinentes por parte de EL CONTRATISTA
se reanudará dicho plazo. PARAGRAFO TERCERO: El CONTRATISTA
con la
suscripción del presente contrato, acepta que en el evento que el valor total a pagar por
cada factura tenga centavos, estos se ajusten o aproximen al peso, ya sea por exceso o
por defecto, si la suma es mayor o menor a 0.50 centavos. Lo anterior, sin que sobrepase
el valor total establecido
en el presente
contrato.
SEXTA.APROPIACION
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Carrera 8 No. 10-65
tel. 3813000
Ih'WV>J .bogota.gov .co
mfo, línea 195
BOftOTÁ
HU~ANA
69
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARíA
GENERAL
PRESUPUESTAL: La erogación presupuestal que deba hacerse con cargo al presente
contrato se imputará al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 755 del 10 de julio del
2013, por un valor de NOVECIENTOS VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y
CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS ($926.784.277.00) M/CTE, con
cargo al Rubro Presupuestal No. 3-3-1-14-03-211122-238 "Servicios a la Ciudadanía con
Calidad Humana", expedido por el responsable del presupuesto de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. SEPTIMA.- OBLlGACIONES.- A) DE LA SECRETARíA
GENERAL: LA SECRETARíA GENERAL se obliga a: 1) Resolver las inquietudes
presentadas por EL CONTRATISTA en los términos consagrados por la Ley. 2) Cumplir y
hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que forman parte
del mismo. 3) Informar al contratista los defectos de los elementos objeto del presente
contrato o que no cumplan con las especificaciones exigidas por LA SECRETARIA GENERAL
Y solicitar el cambio correspondiente. 4) Designar un Supervisor del contrato con el fin que
haga seguimiento al mismo. 5) Suscribir el acta de iniciación del Contrato.6) Suscribir el acta
de recibo a satisfacción, el acta de liquidación y expedir el certificado de cumplimiento
para el respectivo pago, a través del Supervisor designado para el efecto. B) DEL
CONTRATISTA:
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: En virtud del
presente contrato EL CONTRATISTA se obliga con Secretaría General a cumplir con las
siguientes obligaciones: 1) Realizar a entera satisfacción de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., cada uno de los ITEMS contemplados para la plataforma de
Asignación de turnos incluidos en el punto 5.14.Requerimientos Tecnologicos. 2) Realizar la
entrega de todo código fuente desarrollado y documentado en español dentro del objeto,
realizando la cesión de derechos de autor a nombre de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C. 3) Los diseños de los procesos que soportan cada uno de los trámites y
desarrollos de software, que se generen para el cumplimiento del objeto, del contrato son de
propiedad patrimonial exclusiva de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
y se deberá hacer entrega además de los códigos fuente documentados, de los componentes
utilizados. 4) Garantizar el correcto funcionamiento del aplicativo en ambiente de producción,
una vez realizados los ajustes requeridos. 5) Cumplir con el cronograma de actividades
incluyendo el plan de pruebas y capacitación, el cual será avalado por la Secretaría General
de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. 6) Garantizar el servicio, soporte de las funcionalidades
de integración requeridos por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., con
el personal solicitado en este documento, el cual esta capacitado para el desarrollo,
instalación, configuración y soporte del sistema de información. 7) Entregar a la Subdirección
de Informática y Sistemas los Manuales Técnicos y de Usuario acorde con las actualizaciones
realizadas. 8) Realizar todas y cada una de las documentaciones a las que haya lugar tanto
para presentar las decisiones y diagnósticos, como para formular el diseño de las mejoras o
nuevos componentes, así como para asegurar la transferencia de los desarrollos efectuados.
9) Aplicar las técnicas de seguridad para desarrollos de la OWASP. 10) Tomar como
referencia o documento de trabajo la "Metodología Estándar para el Desarrollo y
Mantenimiento de Sistemas de Información de la Secretaría General". 11) Acatar las
instrucciones impartidas por la supervisión del contrato. 12) Obrar con lealtad durante la
vigencia del Contrato. 13) Todo el desarrollo del contrato debe acompañarse de la realización
de pruebas de correcto funcionamiento, las cuales serán desarrolladas e implementadas por
la Subdirección de Informática y Sistemas con el objetivo de verificar los requerimientos,
desarrollos, avances e implementación de las funcionalidades de las integraciones. 14)
Brindar el apoyo necesario al usuario (ciudadano y funcionario), para resolver problemas que
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
se presenten en la operación del aplicativo, manteniéndolo operando eficazmente, brindando
apoyo, asesoría y capacitación funcional y técnica a los usuarios, tanto funcionales como
ciudadanos durante la vigencia del contrato. 15) Realizar mantenimiento y actualización de
funcionalidades ya existentes y corrección de errores, que se presenten durante el
funcionamiento en producción de dicho Sistema, con el fin de subsanar fallas, excepciones de
Logs que se presenten, bloqueo de requerimientos y así responder oportuna y dinámicamente
las solicitudes de los ciudadanos y funcionarios usuarios del Sistema, robusteciendo su
infraestructura y afianzando la credibilidad en el Sistema. 16) Todo tipo de desarrollo en la
base de datos y su correspondiente migración se debe realizar en software libre
particularmente en motor de base de datos, PostgreSQL. 17) Las modificaciones en la
aplicación deben ser desarrolladas en herramientas de software libre. 18) Cumplir con el
objeto del presente contrato con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia
responsabilidad. Por lo tanto no existe ni existirá ningún tipo de subordinación ni vínculo
laboral alguno de EL CONTRATISTA con LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDíA
MAYOR DE BOGOTÁ D.C. 19) Las demás obligaciones que le sean inherentes dada la
naturaleza del contrato. 20) Cada uno de los módulos deberá realizar un proceso de pruebas
de vulnerabilidades a través de software de Ethical Hacking definidos por la Secretaria
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. OCTAVA.- GARANTIAS:
El contratista se
obliga a constituir a favor del DISTRITO CAPITAL - SECRETARíA
GENERAL
DE LA
ALCALDíA
MAYOR DE BOGOTÁ D.C., una Garantía Única, expedida por un Banco o
Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, cuya póliza matriz se
encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia, que ampare los
siguientes riesgos: a) Cumplimiento: Por un término igual al plazo del contrato y seis (6)
meses más y por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato. b)
Calidad del servicio: Por un término igual al plazo del contrato y seis (6) meses más y
por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. e) Pago de
salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: Por un término igual al plazo del
contrato y tres (3) años, y por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total
del contrato. Adicionalmente, el contratista deberá constituir una póliza de responsabilidad
civil extracontractual, frente a terceros derivada de la ejecución del contrato, por un valor
equivalente al 5% del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del
contrato. NOVENA.- SUPERVISiÓN
DEL CONTRATO:
La supervisión y control en la
ejecución del presente contrato, la ejercerá e el Subdirector de Calidad del Servicio de la
Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá D.C., o quien este designe, quien a su vez se denominará el supervisor del
mismo. Para estos efectos, el supervisor estará sujeto a lo dispuesto en el numeral 1 del
artículo 26 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que regulen la materia. Dentro de las
funciones principales del supervisor, están las siguientes: 1) Colaborar para que el objeto
del Contrato se desarrolle de manera eficiente y adecuada. 2) Exigir el cumplimiento
del objeto y de las obligaciones del Contrato a satisfacción. 3) Certificar la ejecución del
Contrato dentro de las condiciones exigidas, lo cual es requisito para efectuar los pagos.
4) Elaborar las actas respectivas. 5) Vigilar que se mantengan vigentes todas las pólizas
que amparan el Contrato. 6) Exigir el pago mensual efectuado por el contratista por
concepto de los Sistemas de Salud, Riesgos Profesionales, Pensiones y aportes a las
Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, si a ello hay lugar, de acuerdo con lo
exigido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 1122 de 2007 y demás normas que
regulen la materia. 7) Deberá velar porque el contratista de cumplimiento a la Directiva
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HU~ANA
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ALCALDiA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
006 del 30 de octubre de 2013, en relación con las directrices para conservar el medio
ambiente en la Secretaría General. 8) Dar cumplimiento a la Resolución No. 214 del 18 de
agosto de 2006 por medio de la cual se adopta el Manual de Interventoría de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. PARAGRAFO PRIMERO: En ningún caso
podrá el supervisor exonerar al contratista del cumplimiento o responsabilidad derivada de
las obligaciones adquiridas contractualmente o por disposición legal, ni tampoco, modificar
los términos del presente Contrato. PARAGRAFO SEGUNDO: Toda orden o instrucción
que imparta el supervisor deberá constar por escrito. DECIMA.- RESPONSABILIDAD DEL
CONTRATISTA: El CONTRATISTA se obliga a: 1) Pagar a LA SECRETARíA GENERAL
todas las sumas y costos que la misma deba asumir, por razón de la acción que contra
ella inicien terceros, que hayan sufrido daños por causa de EL CONTRATISTA, durante la
ejecución del presente contrato. 2) Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que
cause a LA SECRETARíA GENERAL por el incumplimiento del contrato. PARAGRAFO:
Se consideran imputables a EL CONTRATISTA todas las acciones y omisiones de su
personal, subcontratistas y proveedores, así como del personal al servicio de estos
últimos. En caso de que se intente una acción o se presente una reclamación contra LA
SECRETARíA GENERAL por la cual deba responder EL CONTRATISTA, aquella
procederá a notificarle a la mayor brevedad para que EL CONTRATISTA, adopte bajo su
propia costa todas las medidas necesarias para resolver el conflicto y evitar perjuicios a
LA SECRETARíA GENERAL. Si EL CONTRATISTA no logra resolver la controversia en
el plazo que fije LA SECRETARíA GENERAL, ésta podrá hacerlo directamente y EL
CONTRATISTA asumirá todos los costos en que se incurra por tal motivo. En caso que no
pague dichos costos, LA SECRETARíA GENERAL podrá deducirlos de cualquier suma
que le adeude a EL CONTRATISTA o recurrir a la garantía constituida o utilizar cualquier
medio legal. En todo caso LA SECRETARíA GENERAL, podrá realizar los actos
procesales que sean indispensables para defender sus derechos. DECIMA PRIMERA.CADUCIDAD: LA SECRETARíA GENERAL podrá declarar la caducidad del presente
contrato por cualquiera de las circunstancias establecidas en el artículo 18 de la Ley 80 de
1993. DECIMA SEGUNDA.- MODIFICACION, TERMINACION E INTERPRETACION
UNILATERALES: El presente contrato podrá ser terminado, modificado e interpretado
unilateralmente por la SECRETARíA GENERAL con sujeción a lo previsto en la Ley 80 de
1993. DECIMATERCERA.SANCIONES: a) MULTAS: La mora por parte del
CONTRATISTA en el cumplimiento de alguna o algunas de las obligaciones del contrato,
dará lugar a la aplicación de multas sucesivas por una suma equivalente al cinco por
ciento (1%) del valor del contrato por cada día de atraso y que, sumadas no superen el
treinta por ciento (10%) del valor total del mismo. El CONTRATISTA Y LA SECRETARíA
GENERAL acuerdan que el valor de las multas se descontará por LA SECRETARíA
GENERAL del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, previa comunicación escrita
al CONTRATISTA. Si no hay tal saldo se efectuará la respectiva reclamación ante la
aseguradora que expidió la garantía única del contrato, en los términos y condiciones
establecidos en el Código de Comercio. El incumplimiento y la determinación del valor a
pagar se acreditará ante la aseguradora con una comunicación suscrita por la Directora de
Gestión Corporativa de la Secretaría General. Sin perjuicio de lo anterior, LA
SECRETARíA
GENERAL adelantará las acciones pertinentes ante la jurisdicción
competente cuando así se requiera. Lo anterior salvo en el caso en que el CONTRATISTA
demuestre que su tardanza o mora obedecieron a hechos constitutivos de caso fortuito o
fuerza mayor debidamente comprobados. Las multas se pactan sin perjuicio de que LA
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BO{~OTÁ
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
SECRETARíA GENERAL demuestre y reclame ante el juez el valor de los daños sufridos
con el incumplimiento que genera la aplicación de la multa. b) PENAL PECUNIARIA: En
caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones
contraídas con el contrato, EL CONTRATISTA conviene en pagar a LA SECRETARíA
GENERAL DE LA ALCALDíA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. a título de pena, una suma
equivalente al treinta (30%) del valor del contrato, suma que se hará efectiva mediante
cobro de los saldos que adeude la Secretaría General al contratista si los hubiere, para lo
cual la entidad queda expresamente autorizada con la suscripción del contrato, o se hará
efectiva de la garantía única de cumplimiento y si esto no fuere posible se cobrará por vía
judicial. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios no
cubiertos por la aplicación de dicha sanción y que excedan el valor de la cláusula penal
pecuniaria y del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato a solicitud de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. La cláusula penal y las multas
impuestas, se harán efectivas directamente por la Administración, pudiendo acudir para el
efecto entre otros a los mecanismos de compensación de las sumas adeudadas al
contratista, cobro de la garantía, o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluyendo
el de la jurisdicción coactiva. DÉCIMA CUARTA.- CONTROVERSIAS CONTRACTUALES:
Las partes en aras de solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y
discrepancias surgidas en la ejecución del contrato, acudirán a los mecanismos de
solución previstos en la Ley, tales como la conciliación, y la transacción. DÉCIMA
QUINTA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:
EL CONTRATISTA declara bajo
juramento, que se entenderá prestado con la suscripción del presente contrato, que no se
halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades señaladas en la
Constitución Política, la Ley 80 de 1993, La Ley 1150 de 2007 y demás disposiciones
concordantes. PARAGRAFO: Si llegare a sobrevenir inhabilidad e incompatibilidad en EL
CONTRATISTA, éste cederá el presente contrato previa autorización escrita de LA
SECRETARíA GENERAL o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución. DECIMA
SEXTA.- CESION DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA no podrá ceder los derechos y
obligaciones emanados del presente contrato a ninguna persona, natural o jurídica, sin el
consentimiento previo y escrito de LA SECRETARíA GENERAL. DECIMA SEPTIMA.INDEMNIDAD
DE LA SECRETARíA GENERAL DE LA ALCALDíA
MAYOR DE
BOGOTÁ, D.C.: El CONTRATISTA mantendrá indemne a la SECRETARíA GENERAL DE
LA ALCALDíA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., contra todo reclamo, demanda, acción legal y
costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de
terceros, ocasionados por el contratista en la ejecución del objeto y las obligaciones
contractuales y hasta la liquidación definitiva del contrato. Se consideran como hechos
imputables al CONTRATISTA todas las acciones u omisiones de su personal y de sus
subcontratistas y del personal al servicio de cualquiera de ellos, las fallas en los servicios
y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales. En caso de que
se entable un reclamo, demanda o acción legal contra la SECRETARíA GENERAL DE LA
ALCALDíA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., por asuntos que según el contrato sean de
responsabilidad del contratista, éste será notificado lo más pronto posible para que por su
cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a la
SECRETARíA
GENERAL
DE LA ALCALDíA
MAYOR DE BOGOTÁ,
D.C. El
CONTRATISTA será responsable de todos los daños causados a la SECRETARíA
GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, D.C., ya sea por su culpa o del
personal a su servicio y de sus subcontratistas y le reconocerá y pagará el valor de tales
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BOGOTÁ
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
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GENERAl
daños o procederá a repararlos debidamente a satisfacción de la SECRETARíA GENERAL
DE LA ALCALDíA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. DECIMA
OCTAVA.- PERFECCIONAMIENTO
y EJECUCION: El presente contrato se entiende
perfeccionado con la firma de las partes; para su ejecución se requerirá del registro
presupuestal, la aprobación de la Garantía Única y de la suscripción del acta de inicio. EL
CONTRATISTA dispone de ocho (8) días hábiles, contados a partir de la firma del
presente contrato, para aportar a la Subdirección de Contratación la Garantía Única.
DECIMA NOVENA.- L1QUIDACION: Terminada la ejecución del contrato, se procederá a
su liquidación a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (4) meses siguientes a la
finalización del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación
o a la fecha del acuerdo que la disponga, conforme a lo previsto en el artículo 11 de la
Ley 1150 de 2007. VIGESIMA.- DOCUMENTOS: Los documentos que a continuación se
relacionan hacen parte integral del presente contrato y en consecuencia, producen los
mismos efectos y obligaciones jurídicas y contractuales: a) El pliego de condiciones del
Proceso de Concurso de Méritos No. 06 de 2013. b) La propuesta presentada por EL
CONTRATISTA. e) Las actas que durante la ejecución del contrato se suscriban por las
partes. d) La Resolución de Adjudicación No. XXXXX del Proceso de Concurso de Méritos
No. 06 de 2013. e) La Directiva No 006 de 2012 de la Secretaría General de la Alcaldia
Mayor de Bogotá D.C. VIGESIMAPRIMERA.- REGIMEN LEGAL: El presente contrato es
de Consultoría y se regirá para todos sus efectos por las disposiciones de la Ley 80 de
1993, la Ley 1150 de 2007 y sus normas reglamentarias y en lo que no esté
particularmente
regulado,
por
las
disposiciones
comerciales
y
civiles.
VIGESIMASEGUNDA.DERECHOS DE AUTOR: De conformidad con lo establecido en el
artículo 20 de la Ley 23 de 1.982, modificado por el artículo 28 de la Ley 1450 de 2011, todos
los derechos patrimoniales de autor del trabajo u obra artística y demás documentos que se
produzcan relacionados con el objeto del mismo, serán cedidos a la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., los derechos correspondientes a la trasformación, distribución,
comunicación pública y la reproducción, los cuales podrán ser usados y disponer de ellos sin
ninguna limitación temporal, espacial o de modalidad. Para todos los efectos legales, se
aplicará la Ley 23 de 1.982, la Ley 44 de 1.993, la Ley 1450 de 2011, la Decisión Andina 351 y
demás normas conexas y complementarias. PARÁGRAFO PRIMERO: La titularidad de todos
los derechos patrimoniales de autor sobre todos los trabajos realizados y creados con
anterioridad por EL CONTRATISTA, pero que sean utilizados y aportados para desarrollar y
cumplir con los asuntos encomendados en este contrato, serán cedidos por EL
CONTRATISTA a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. PARÁGRAFO
SEGUNDO: En el evento que EL CONTRATISTA utilice o subcontrate a terceros, se
compromete a que la titularidad de los derechos patrimoniales creados por ellos, son legal y
válidamente transferidos a EL CONTRATISTA quién a su vez los transfiere, en virtud de la ley
y en desarrollo del presente contrato, a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C. PARÁGRAFO TERCERO: Legitimidad de los derechos de autor: EL CONTRATISTA se
compromete a que todos los trabajos intelectuales desarrollados, son originales y fueron
realizados sin violar o usurpar derechos de autor a terceros, ni han sido cedidos con
antelación, y que sobre ellos no pesa gravamen alguno ni limitación en su uso o utilización.
PARÁGRAFO CUARTO: El CONTRATISTA se compromete a presentar el Registro de la
Cesión de los Derechos Patrimoniales de Autor a favor de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., efectuada ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor del
Ministerio del Interior previo a la elaboración y suscripción del acta de liquidación del contrato
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERIIl
de Prestación de Consultoría. PARÁGRAFO QUINTO: En caso de presentarse cualquier
reclamación o acción por parte de un tercero, en cuanto a los derechos de autor sobre las
obras y trabajos realizados, EL CONTRATISTA asumirá toda responsabilidad y saldrá en
defensa de los derechos que fueron transmitidos, comprometiéndose con la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a defender, de acuerdo con éste, por todos los
medios judiciales y extrajudiciales, la integridad de sus derechos de autor sobre las obras
desarrolladas. VIGESIMATERCERA.-EXCLUSIÓN
LABORAL: El presente contrato se
regirá para todos los efectos por las disposiciones de la Ley 80 de 1993 y sus normas
reglamentarias, por lo tanto, no generará ningún tipo de relación laboral entre el personal
de EL CONTRATISTA Y LA SECRETARíA GENERAL. VIGESIMACUARTA.- DOMICILIO
CONTRACTUAL:
Para efectos de la ejecución del presente contrato, el domicilio
contractual será la ciudad de Bogotá, D.C. VIGESIMAQUINTA.- En constancia se firma el
presente contrato en la ciudad de Bogotá D.C., a los
LA SECRETARíA
GENERAL,
EL CONTRATISTA,
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DE BOGOTÁ D.C.
ANEXO No_ 9
CUMPLIMIENTO
DE REQUERIMIENTOS
TÉCNICOS MíNIMOS
(DOCUMENTO ANEXO)
ANEXO No_ 10
EXPERIENCIA ESPECíFICA DEL PROPONENTE
CONTRATO
Item
ENTIDAD
CONTRATANTE
% de participación(*) NUMERO
OBJETO
FECHAINICIACiÓN FECHATERMINACiÓNDEL DURACION Cal!ficaci~n de
CONTRATO(dd-mnraa) CONTRATO(dd·mnraa) en meses lae¡eCUtClotndel
con ra
°
1
2
3
4
5
SUMATORIATOTAL
* En caso de corresponder a un contrato ejecutado en Consorcio yio Unión Temporal
Nota 1: Diligencie el anexo en su totalidad y adjunte la documentación
numeral 8.2.2.1 del presente documento.
exigida en el
Nota 2: El proponente deberá efectuar la sumatoria de la duración de todos los contratos
que pretenda acreditar dentro del presente proceso de selección.
Nota 3: De conformidad con la información que se reporte en el presente documento y los
anexos que se presenten junto con la propuesta, la entidad efectuará la verificación tanto
del cumplimiento del requisito habilitante adicional de la Experiencia Específica del
Proponente, así como la asignación del puntaje del factor ponderable de experiencia
específica adicional del proponente.
Firma del Proponente
(Indicar el nombre o la razón social)
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VV\V',V
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VALOR
EJECUTADO
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
ANEXO No.11
MATRIZ DE RIESGOS DE LA CONTRATACiÓN
Tabla de Probabilidades
1 CASO EN 1000
1 CASO EN 500
1 CASO EN 250
1 CASO EN 100
1 CASO EN 10
1 CASO EN 1
Medición y Estimación del Riesgo
INSIGNIFICANTE
CONSECUENCIA
(%)
0%
0,99%
$
$ 9.175.194,04
1%
9,99%
$ 9.267.872,77
$ 92.586.048,97
10%
19,99%
$ 92.678.727,70
$ 185.264.776,67
$ 370.622.232,07
MENOR
MODERADO
CONSECUENCIA ($)
MAYOR
20%
39,99%
$ 185.357.455,40
CRITICO
40%
100%
$ 370.714.910,80
$ 926.694.598,27
CATASTRÓFICO
100%
100,1 %
$ 926.787.277,00
$ 927.714.064,28
o más
Matriz de Medición
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SECRET!\RIA
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MUY PROBABLE
PROBABLE
MODERADO
IMPROBABLE
RARO
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BAJO
MEDIO
ALTO
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SECRETARIA
GENERAL
Matriz de Asignación del Riesgo
FACTOR DEL
R1ESOO
Acciones
le ales:
Nuevascargasimpositivas en el pais Durant
de origen y/o paisdestino
contral
Tecnológicos e
infraestructura
pública:
Procesosy manipilacion indebida de Durant
Actos de parte
contingencias con los proveedores
circuitos electricos Reguladosy
contral
normales,los cualescausariandaños
Durant
Nota 1: En el evento en que se materialice el riesgo, el contratista asume el 100% de la
materialización del riesgo a valores presentes.
Nota 2: La elaboración de la matriz de riesgos se elaboró con la metodología de riesgos
para la contratación estatal con que cuenta la entidad utilizando el método semi
cuantitativo.
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARII\GENERIIL
ANEXO W 12
FORMATO SOBRE LA FORMA DE VINCULACiÓN DEL TALENTO HUMANO
NOTA: SIRVASE DILIGENCIAR LA CASILLA DE LA FORMA DE VINCULACiÓN DEL
PERSONAL REQUERIDO, SEÑALANDO CON UNA EQUIS "X" SI LA MISMA SERÁ A
TRAVÉS DE CONTRATO LABORAL.
CARGO
Contrato Laboral
Director de Proyectos
Analista de Sistemas
Programador o Desarrollador 1
Programador o Desarrollador 2
Técnico 1
Técnico 2
Nota: En caso de que el proponente contrate laboralmente a menos personal
requerido la entidad aplicara para la evaluación regla de tres sobre los 50 puntos.
del
Firma del representante legal
Indicar el nombre o la razón social del proponente
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BOGOTÁ
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ALCALDíA MAYOR
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StCRETARIAGtNERAL
ANEXO No. 9
CUMPLIMIENTO
ESPECIFICACIONES
DE REQUERIMIENTOS
TÉCNICOS MíNIMOS
TÉCNICAS
Diseñar, Desarrollar y/o modificar, realizar etapa de pruebas y puesta en funcionamiento del Nuevo Sistema de
Información "Sistema de asignación de turnos" mediante una arquitectura de consulta web, para todo tipo de
dispositivos, incluyendo tecnología móvil, para posteriormente realizar la instalación en todas las sedes
presenciales de la Secretaria General de la alcaldía Mayor de Bogotá, propiciando
en su desarrollo e
implementación
la proyección y el uso de sistemas abiertos y herramientas de software libre para sus
componentes de aplicación y de motor de Base de Datos; utilizando en caso de ser necesario, la metodología
estándar para el desarrollo y mantenimiento de software de la Secretaría General, siguiendo el ciclo de vida
para el desarrollo de sistemas de información para las funcionalidades y/o módulos en las que aplique.
Utilizar para el intercambio de datos entre aplicaciones y/o sistemas de información los protocolos de
interconexión GEL XML, con el fin de implementar el estándar con relación al programa de gobierno en línea del
estado Colombiano, en virtud de la interacción con los proyectos SuperCADE Virtual y Guía de trámites y
servicios, los cuales se rigen por dicho protocolo en la implementación interna de buses transaccionales.
Emplear herramientas de inteligencia de negocios que permitan tener un análisis y estructura de presentación
de datos acordes a las reglas de negocio predefinidas por cada uno de los trámites, y servicios presentes en el
Sistema de Información "Sistema de Asignación de Turnos".
Implementar en este Sistema de Información estructuras complejas de seguridad y restricción de acceso a su
BD, que permita que solo se acceda a ella en función de los distintos atributos que se le asigna a cada uno de
los roles y entidades según las reglas de negocio predefinidas por tramites o servicios.
Metodología
para el Desarrollo de Software
El proponente deberá utilizar, la metodología estándar para el desarrollo y mantenimiento de sistemas de
información utilizada en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la cual se encuentra
enmarcada dentro del ciclo de vida RUP (Rational Unified Process) Proceso Unificado Racional y presentar un
documento con la comprensión y compatibilidad de la metodología de la entidad con el desarrollo e
implementación de la solución.
Esta metodología fue desarrollada por la Subdirección de Sistemas de la Secretaria General de la Alcaldía
Mayor, en el año 2008 y actualizada en el año 2011, la versión a utilizar para este proyecto es la 1.5.1, dicho
documento se encuentra en el anexo 8, la cual será publicada en el portal de contratación a la vista.
Características
.,/
.,/
Técnicas Generales del Software
Para su funcionamiento no se debe requerir la adquisición de licencias y/o software adicional al que
disponga la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C .
La administración de los usuarios, creación, modificación, actualización y perfiles debe ser directamente
desde la aplicación y no por base de datos.
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El software debe ser multicompañía, es decir, que dentro del sistema se pueda diferenciar claramente
parametrización y transacciones individualmente para que gestione múltiples entidades, de tal manera
que permita su administración independiente (parámetros, Usuarios, transacciones, seguridades, etc.)
sin que existan mezclas o traslapas de información entre entidades, facilitando a través de un gráfico la
visualización completa de la creación de la entidad, permitiendo ubicar fácilmente fallos en la
parametrízacion o en la configuración .
El sistema debe contar con una herramienta de consulta y generación de reportes, parametrizable y
configurable; la misma permitirá realizar el análisis de datos acompañados de gráficas de barras y de
tortas, los cuales facilitaran la navegación en detalle de los datos, que dicha grafica muestre. Los
usuarios básicos deben poder extraer información no estándar sin necesidad de hacer un diseño y/o
desarrollo de reportes. El Super administrador podrá crear reportes a solicitud .
El sistema no debe incluir plugines, componentes
o cualquier otro tipo de software privativo o
licenciado bajo cualquier esquema de tipo comercial.
El aplicativo debe contar con un módulo de ayuda en línea al usuario a través del asistente virtual, este
traerá datos básicos de descripción del trámite y prerrequisitos para llevar el trámite a feliz término, La
información mostrada por dicho asistente, será importada por el sistema, desde la Guía de Trámites y
servicios, sistema facultado legalmente para recopilar dicha información en el distrito .
El sistema debe permitir una administración integral de 12.000 requerimientos promedio aproximados
diarios de atención en temporada de alto volumen de afluencia de ciudadanos para todas y cada una de
las sedes de atención presencial de la Secretaria General, para casos críticos Como los SuperCADE
CAD Suba y Americas debe permitir una administración integral de 26.000 requerimiento diarios. La
administracion
de los requerimientos ciudadanos debe
prever la inclusión de las entidades
partícipantes por sede con sus diferentes clases de servicios y tiempos de atención .
Permitir la administración integral de turnos de atención, operando variables adquiridas desde la guía
de trámites y servicios como: entidades, servicios de información y trámites, y operando también
variables configurables desde el sistema como: cantidad y distribución de los módulos (puestos) de
atención, manejo personalizado del tiquete, para otorgar un servicio personalizado amable y de calidad .
Administración de prioridades dinámicas teniendo en cuenta los diferentes grupos de ciudadanos que
acudirán a los centros de atencion y de servicio (ciudadanos de la tercera edad, ciudadanos en
condición de discapacidad, mujeres embarazadas, entre otros) y según el medio por el cual se accede
al turno (local, WEB y Call Center) para la asignación y llamado de turnos, permitiendo variar su
configuración si es necesario o facultando al sistema para administrar dichas prioridades .
El sistema debe permitir la gestión integral de máximo 30 terminales virtuales de atención para CAD ES
y de 220 terminales virtuales de atención para SuperCADES, para administrar la asignación de turnos,
así como un mínimo de 99 entidades participantes y 999 servicios ofrecidos e ilimitado número de
atención a ciudadanos .
La solución debe ser segura, confiable y de funcionalidad estable, que brinde resultados de alta calidad .
El sistema debe permitir el tráfico de usuarios realizando consultas a nivel administrativo y estadístico
sin alterar la alta calidad de servicio de atención al ciudadano .
El sistema debe ser tolerante a fallas, es decir que permita continuar prestando los servicios
especificados aún en presencia de fallas (transitorias, permanentes o intermitentes) de un componente
de hardware o errores en un componente de software .
Los manuales técnicos y de usuario del aplicativo, entregados a la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor, deben cumplir con los estándares técnicos y deben ser avalados por la Subdirección Informática
y Sistemas de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor.
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La parametrización del sistema debe estar basada en la interoperabilidad del sistema de información
"Guía de trámites y servicios" teniendo en cuenta parámetros (administrativos y de funcionamiento), y
variables (entidad, servicio, tipos de servicio); en la configuración realizada por el sistema en su
componentes: prioridades (personas de la tercera edad, discapacitados, mujeres embarazadas, entre
otros) y variables (jornada, tiempos, afluencia, turnos, entre otros),y en la interoperabilidad con el
sistema de información "SuperCADE virtual" en su aparte de operadores y ciudadanos; los cuales serán
establecidos entre la Secretaría General de la Alcaldía Mayor y la asesoría de la firma contratada .
El contratista podrá contar con planos de las sedes para el proceso de instalación .
Los proponentes deberán anexar con su propuesta, todos los catálogos de los productos, bienes y/o
servicios ofrecidos, de preferencia en idioma "Español"
El sistema debe tener el llamado de turnos a través de ding - dong (programación a través de software)
y permitir programar (ON o OFF) cuando así se requiera, de acuerdo a las necesidades de las Sedes .
El sistema debe tener el llamado de turnos a través de voz (programación a través de software) y permitir programar (On o Off) el llamado por voz cuando así se requiera, debe ser parametrizable, el software
debe tener integrada la grabación del llamado del turno a atender. La solución debe incluir los elementos necesarios para su instalación y funcionamiento teniendo en cuenta los espacios manejados para
atención, en los SuperCADE (aproximadamente 2.400 metros cuadrados) y los CADE (1.200 metros
cuadrados) .
EL sistema de llamado y atención del turnos en los módulos de recepción, se debe hacer a través de
navegador WEB, sin incluir teclado ni dispositivos adicionales al del computador .
El sistema trabajara de manera independiente en cada sede, esto facilitara la operación de la misma, a
su vez estará en permanente escucha del servidor central para transmitir datos y recibir
configuraciones, lo anterior implica que la base de datos de ciudadanos y operadores repose en cada
sede y sea modificada al momento de la sincronización esto proceso implica una validación previa de
usuarios para actualizar los campos ente bases de datos que sean necesarios. La base de datos
trabajara bajo el estándar SQL 2008, tanto a nivel central, como a nivel local, enfocadas a la utilización
de motores de bases de datos abiertos .
El sistema trabajara como un sistema "centralizado- distribuido", el cual contara a nivel central con un
servidor de aplicación y un servidor de base de datos, ambos respaldados tanto eléctricamente como
físicamente, dichos servidores tendrán que brindar disponibilidad superior al 99.85%
Las estaciones remotas deberán soportar la operación de la sede en caso de no encontrar conexión
con el servidor central, a su vez las mismas deben estar en permanente escucha de la conexión con
dicho servicio para restablecer la operación de actualización de parámetros de configuración y de la
gestión estadística, de igual manera las estaciones remotas de SuperCADE deben contar con el
respaldo físico y eléctrico necesario, para garantizar en todo caso y bajo cualquier anomalía el servicio
continuo .
Se aplicaran a las redes cableadas para este sistema tanto para voz/datos como para las redes
eléctricas, las normas y estándares vigentes de la EIAITIA y del RETIE respectivamente
Entregar 770 tableros individuales de preferencia pantallas LCD o matrices de LED de 9" a 12", los
cuales puedan ser personalizados y permitan mostrar más de un dato, esto permitirá al ciudadano
identificar el operador que está prestando el servicio y la entidad que suministra el mismo
Los tableros individuales deben permitir la correcta visualización de información de la información desde
una distancia de 20 metros .
Los Tableros individuales deben garantizar funcionamiento constante como mínimo por los siguientes 5
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GENERAL
años, los mismos deben interconectarse a través de protocolos abiertos y deben ser correctamente
instalados en cada módulo en los espacios definidos por el supervisor del contrato .
./ Los elementos a instalar deben ser de protocolos, estándares y lenguajes abiertos, esto con el fin de
evitar compra de insumos propietarios y mantenimientos cerrados y costosos .
./ El sistema deberá funcionar con cualquier tipo de impresora, la misma debe soportar un alto tráfico .
./
El sistema deberá permitir las conexiones seguras y autorizadas con diferentes sistemas estadísticos,
sistemas de información, reporteadores y demás
./ Las conexiones entre servidores de aplicación y servidores remotos deben ser conexiones seguras .
./ El sistema debe ser consultado desde navegadores de internet, para cualquiera de sus roles, lo anterior
con el objeto de evitar instalaciones de software cliente para gestionar cualquier parámetro y/o atención
./
A medida de lo posible se debe evitar la instalación de dispositivos intermedios de hardware, y si hay
que instalarlos, se remitirá la debida justificación, aclarando que el dispositivo al igual que cualquier otro
elemento activo del sistema, deberá trabajar con estándares abiertos
Listado de estándares abiertos que debe cumplir el software o el sistema a adquirir:
,/ SQL 2008
,/ W3C
,/ HTML4 Y 5
,/ SOAP 1.2
,/ POSTGRESQL
,/ XML 1.0
,/ GEL XML
,/ BPMN 1.2
,/ JBOSS
,/ Plataforma Open Source Pentaho Business Intelligence
Infraestructura
de Diseño e Implementación
del software
El sistema de información debe funcionar con independencia del sistema operativo que disponga la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C o las entidades participantes, (Windows, Linux, o cualquier otro),
en caso de haber desarrollos los mismos se deben desarrollar e implementar en ambiente web y con soporte
para dispositivos móviles,
bajo la especificación J2EE, lenguaje de programación JAVA, PHP o cualquier
lenguaje que no implique licenciamiento o códigos propietarios sobre la actual plataforma de la Entidad, se
debe, utilizar un esquema de tres capas:
1. Capa cliente: Corresponde al navegador web (Internet Explorer 8 o superior, Chrome, Mozilla Firefox 10
o superior y Safari en su versión más reciente), debe incorporar el estándar W3C, desarrollado en
HTML 4 o 5.
2. Capa media: Compuesta por Servlet 3.0 y/o Java Beans y/o Clases PHP), manejados por los
contenedores Apache Tomcat 7 y/o jakarta Tomcat, JBoss, Glassfish 3.1 y/o Jetty 8.
3. Capa de datos: Corresponde al motor de base de datos utilizando el estándar SOL 2008 Y que funcione
sobre motores de base de datos ORACLE versión 11g, MySQL y PostgreSQL últimas versiones. Es
necesario aclarar que todas las conexiones entre aplicativos que impliquen consumo y alimentación de
datos a través de web services, deben garantizar en su estructura el uso del estándar GEL-XML
En cualquier caso se debe tener en cuenta el desarrollo orientado a componentes y las aplicaciones tipo RIA y/o
AJAX.
Además con la solución propuesta debe incluir el Motor de reglas de negocio, así como el cargue de
información y parametrización inicial para su correcta implementación y funcionamiento.
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La capa de aplicación que sea consultable desde navegadores WEB, debe garantizar el uso del diseño
Responsive, el cual faculta a la página o web desarrollada para auto-ajustarse de manera automática y
funcional en cualquier tipo de dispositivo móvil, este esquema se originó para facilitar la lectura y navegación en
dichos dispositivos sin incurrir en gastos de aplicaciones móviles y/o desarrollos adicionales para los
navegadores con los que están provistos estos dispositivos.
Características mínimas del software
El Sistema de Asignación de turnos debe ser parametrizable según la atención de cada una de las sedes,
teniendo en cuenta parámetros, prioridades y variables, los cuales serán establecidos entre la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor a través del sistema de información "Guía de trámites y servicios" y el alcance total
del Rol Súper Administrador; para lo cual el Sistema de Asignación de turnos debe consumir dicha información
de la "Guía de trámites y servicios" de manera constante y/o programable. La información consumida por el
Sistema de asignación de turnos, se constituirá en el esqueleto inicial de la parametrizacion de una entidad,
tramite y/o servicio dentro del esquema, posteriormente el Super Administrador afinara y ultimara detalles de
configuración. El sistema debe contemplar funcionalidades para:
••
Atención de turnos en todos y cada uno de los módulos (puntos) establecidos
las sedes de atención al ciudadano, sin importar su origen de asignación.
en todas y cada una de
•
Asignación de turnos, en los puntos de atención establecidos en las Sedes, Call Center (Garantizar
posibilidad de integración futura con sistemas IVR) y a través de la WEB .
la
.,
Las terminales de atención y los procesos de monitoreo y gestión que las mismas realicen deben estar
desarrolladas e implementadas en ambiente WEB y se debe poder monitorear por este medio a través
del modulo de supervisión a todos los puntos de atención a través de la red, garantizando confiabilidad
y disponibilidad de la información, de forma exclusiva para la entidad o rol que se autentique en el
sistema, es decir, si el usuario autenticado pertenece a la entidad A, el mismo solo observara y
gestionara información correspondiente y competente a la entidad A, del mismo modo si el usuario
autenticado pertenece a la Secretaria General, podrá observar toda la información de los puntos de
atención. La conexión citada se realizara desde internet hacia el servidor centralizado y nunca hacia los
servidores Locales. (Ver Módulos)
Permitir el manejo administrativo, estadístico, de generación de informes (por entidad, servicio, jornada, usuario,
grupos de usuarios, periodos (hora, día, rango, mes año), afluencia, turnos, entre otros) y manejo de índices de
gestión.
Garantizar que todo ciudadano sea identificado y enrolado en el sistema, con el objeto de trazar un perfil digital
del ciudadano que accede a la red de servicios. Este proceso se realizara a través del consumo y entrega de
datos del sistema de asignación de turnos con el SuperCADE Virtual, esta función no debe ser restrictiva, por lo
tanto el sistema permitirá establecer por sede una cantidad definida de turnos, que facilitaran el acceso del
ciudadano a la red de servicios como un ciudadano anónimo; en caso de que la "Bolsa" o cantidad definida de
turnos sea consumida en su totalidad, se obligara al ciudadano a enrolarse de manera obligatoria, para acceder
al servicio, es necesario aclarar que el ciudadano enrolado a través del Sistema de asignación de turnos o a
través del SuperCADE Virtual, podrá acceder a los servicios virtualizados y de PQR que ofrece la
administración; a su vez dicho enrolamiento, disminuirá el tiempo en espera del ciudadano demandante de
atención Presencial. (Ver Módulos)
Características Básicas del software
El sistema de información deberá cumplir mínimo con las siguientes características básicas, emitidas por la
Subdirección de Informática y Sistemas, las cuales deben cumplirse a cabalidad para todo sistema de
información que se pretenda implementar en la plataforma tecnológica de la Secretaria General:
Segurídad: Debe darse cumplimiento a la política de seguridad de la información referenciada en la Directiva
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GENI:KAL
042 de 2007, teniendo en cuenta como mínimo los siguientes controles:
./
Realizar pruebas manuales o automáticas para los datos de entrada al sistema para asegurar que
dichos datos son correctos y apropiados, con sus debidos controles .
./
Documentar procedimientos para evitar que los programas se ejecuten en orden erróneo o su ejecución
después de falla previa del procesamiento .
./
Determinar cuáles serían las verificaciones de validación mínimas a realizar al sistema para detectar
cualquier corrupción de la información por errores de procesamiento .
./
Validar los datos de salida de las aplicaciones para asegurar que el procesamiento
almacenada es correcto y adecuado a las necesidades esperadas .
./
El sistema debe disponer de un módulo de Administración de usuarios, el cual debe contemplar entre
otros parámetros como: contraseña, nivel organizacional al que pertenece, cargo, jefe inmediato,
activación o in activación de la cuenta del usuario .
./
El sistema debe contar con esquemas de agrupamiento de usuarios por roles y grupos, de esta manera
un usuario podrá pertenecer a varios roles o grupos .
./
El sistema debe tener la capacidad de generar un reporte de todos los usuarios y roles asignados .
./
En cuanto a la definición de contraseñas:
a)
Mínimo de caracteres para las claves de acceso
b)
Número de días de vigencia de las claves de acceso
e)
de la información
Bloqueo automático de cuentas después de cierto número de días sin ser utilizada
d)
Número de intentos de ingreso con clave errónea para bloquear la cuenta
e)
Tiempo de inactividad de una cuenta antes de ser cerrada automáticamente
f)
Las credenciales de autenticación deben ser almacenadas por el sistema con algoritmos de cifrado
y hash con longitudes de llave robusta.
g)
Las claves no se deben presentar en pantalla, y se deben ocultar en todo momento, incluso en el
momento en que se escriben.
h) Permitir incluir y modificar la información general del usuario (nombre, teléfono, extensión, dirección
de e-mail, cargo, seccional, dependencia). La clave podrá ser cambiada por el usuario pero
requerirá confirmación de la nueva clave y aprobación vía e-mail.
i)
Debe manejar sesiones por usuario con Cookies generadas directamente
deben estar cifradas.
j)
Debe implementar mecanismos
spoofin/suplantación.
k)
Debe permitir implementan un número máximo de intentos fallidos de inicio de sesión .
para la administración
por el sistema, las cuales
de sesiones activas de usuario y prevenir
./
Debe permitir configurar un tiempo límite para la expiración de sesión de los usuarios si no se detecta
actividad .
./
Debe permitir la operación en HTTPS con SSL, para lo cual se requerirá certificados generados por una
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HUC1ANA
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entidad certificadora .
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Debe permitir generar registros de auditoría (Logs de seguridad) registrando como mínimo el usuario,
Intento fallido o exitoso de autenticación, fecha y hora del evento, tipo de evento, descripción del
evento, dirección IP desde donde se realizó el evento .
./'
El lag de auditoría debe estar protegido del borrado o modificación
administrador del sistema.
no autorizada,
ni siquiera por el
Confidencialidad:
El sistema deberá estar en capacidad de rechazar accesos o modificaciones indebidos (no
autorizados) a la información y proveer los servicios requeridos por los usuarios legítimos del sistema.
Adicionalmente se deberá suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad.
Utilidad: El sistema deberá garantizar que satisface las necesidades de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C.,
Solidez o robustez: El sistema deberá responder de manera correcta a posibles entradas inválidas que se
puedan presentar.
Eficiencia o desempeño: El sistema deberá garantizar que cuando haya hasta 200 usuarios accediendo
simultáneamente
a él, su tiempo de respuesta no será en ningún momento superior a 2 segundos, todo
enmarcado en la medida de las posibilidades tecnológicas de la Entidad.
Testeabilidad: El sistema deberá contar con facilidades para la identificación de los errores durante la etapa de
pruebas y de operación posterior.
Mantenibilidad: El sistema deberá ser diseñado para que su mantenimiento sea fácil y de esta manera pueda
ser ampliado y corregido en caso de ser necesario.
Portabilidad: El sistema deberá poder ser fácilmente instalado en otro servidor con diferentes características al
inicial, en caso de ser necesario, independiente del sistema operativo utilizado.
Deberá disponer de herramientas basadas en estándares para la incorporación o extracción masiva de datos,
total o parcial, de manera sistemática y parametrizable, de forma que permita la migración de otras fuentes de
datos estructurados, que permita de manera automatizada el cargue de la información y la carga desde archivos
planos de manera para métrica.
Modularidad: El sistema deberá ser diseñado mediante componentes o módulos independientes integrados,
que permita evolucionar módulos por separado. Y que sustente tecnológicamente la posibilidad de integración
de la plataforma con otros aplicativos.
Claridad: Se deberá especificar en forma clara, completa y precisa las tareas que realiza el sistema.
Robustez: Todos los aspectos concernientes a valores, reglas de validación, cálculos, comunicaciones,
deberán quedar definidos de tal manera que con el producto de software se logren aún en condiciones
anormales.
Amigabilidad:
La aplicación deberá contar con interfaces de usuario que permitan una fácil e intuitiva
navegación por parte de los usuarios y ciudadanos en su operación.
El desarrollo de las interfaces del sistema deben cumplir con la normatividad: "Resolución 378 del 19 de
Diciembre de 2008 por la cual se adopta la Guía para el diseño y desarrollo de sitios Web de las entidades y
organismos del Distrito Capital".
Facilidad de uso: La interface de entrada debe ser fácil de usar, que facilite la entrada de datos, la
interpretación de los resultados y la recuperación de los errores cometidos.
Compatibilidad: Debe posibilitar la fusión e interacción con los sistemas ya existentes vía SOA.
Extensibilidad: Teniendo en cuenta que el sistema generará óptimos resultados, se le podrá exigir que realice
nuevas tareas, éste debe ser flexible para ser ampliado en su funcionalidad.
Reusabilidad: En lo posible las interfaces se deben construir sobre objetos que sean fácilmente utilizables para
extender la aplicación.
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Portabilidad: Deberá contemplarse los aspectos que permitan migrar fácilmente la aplicación a sistemas
operativos nuevos y su independencia funcional con la plataforma.
Parametrización: El sistema deberá tener la capacidad de soportar cambios sin necesidad de modificar el
software desarrollado.
Vulnerabilidad: El sistema debe facilitar el control de acceso y la auditoria necesaria para la ejecución de los
procesos.
Auditabilidad: Disponer de un módulo de Auditoria, que permita garantizar que todas las operaciones que
requieran ser auditadas queden incorporadas en éste y permitir consultar e imprimir las bitácoras utilizando
diferentes filtros. Auditoría tipo WEB donde se registren las operaciones del usuario tales como entradas,
salidas, cargues, modificaciones; auditoria de tipo aplicación es decir operaciones ejecutadas por los usuarios;
auditoria de base de datos a nivel de las tablas más relevantes.
Modularidad: El sistema deberá desarrollarse en módulos que permitan una mejor comprensión del mismo,
cumpliendo con los criterios de:
./ Descomponibilidad:
Descomponer
los problemas en subproblemas
cuya solución pueda ser
alcanzada separadamente .
./ Componibilidad: Debe garantizar que el conjunto de soluciones definidas para los subproblemas sea
la solución del sistema global.
./ Comprensibilidad:
Debe permitir que una persona entienda cualquiera
de sus elementos
separadamente. En el peor de los casos la persona debería tener que mirar unos pocos módulos
relacionados .
./ Continuidad: Debe desarrollarse de tal manera que un cambio pequeño en las especificaciones del
sistema se traduzca en un cambio en un solo módulo, o en el peor de los casos en pocos módulos .
./ Protección modular: Debe desarrollarse de tal manera que el efecto de una condición anormal que
ocurra en un módulo permanezca confinada en dicho módulo, o en el peor de los casos a algunos
pocos vecinos a él.
./ Escalabilidad: La solución deberá estar en capacidad de adaptarse a un número de usuarios cada vez
mayor, sin perder calidad en los servicios. En general, debería poder cambiar su tamaño o
configuración para adaptarse a las circunstancias cambiantes de la Secretaria. En condiciones como:
tamaño, volumen, número de usuarios, mayor funcionalidad, etc., y seguir funcionando correctamente.
Desde este punto de vista y también como condición de ser mantenible, el sistema que se desarrolle
debe ser completamente modular .
./ Manejo de Inconsistencias y Logs de Mensajes para Depuración de Errores: El sistema deberá
contar con un esquema para la captura, almacenamiento y notificación de mensajes de error
presentados durante la ejecución del software. La notificación deberá manejar niveles de detalle e
información con base en el público objetivo, es decir, un mensaje de error puede ser mostrado al
usuario, notificado vía correo a un nivel de escalamiento y a su vez almacenado en un repositorio o en
un lag.
Servicios Conexos
Horario de prestación del servicio de garantía y mantenimiento: El contratista prestará el servicio requerido en el
siguiente horario: de lunes a viernes de 7:00 a.m., a 6:00 p.m.
Excepcionalmente y previo acuerdo entre las partes se realizarán en horario no laboral, siempre y cuando, no
se interrumpan los servicios que presta el aplicativo.
El horario incluye, además la disposición ocasional del personal requerido en horas nocturnas después de las
6:00 p.m., y en días sábados, domingos o festivos, en casos especiales que impliquen la reconfiguración del
aplicativo para garantizar su operación.
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En el momento que una de las personas de la empresa consultora no pueda prestar el servicio técnico por
cualquier motivo, el consultor deberá reemplazarlo por otra persona, previa aprobación por parte de la
Subdirección de Informática y Sistemas.
Garantía: El contratista deberá brindar doce (12) meses de garantía mínima sobre el software recibido a
satisfacción, Dicha garantía debe atender los requerimientos de posibles fallas del sistema, tanto de áreas y/o
entidades y/o proveedores usuarias como técnicas, dentro de un plazo no superior a las siguientes dos (2)
horas del reporte de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Acompañamíento:
Deberá proveer un acompañamiento por 4 meses en sitio de mínimo 2 personas con perfil
idóneo sobre la solución implementada, una vez reciba a satisfacción la solución por parte de la Secretaria
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Incorporar una opción para que los usuarios de la Secretaria General puedan solicitar soporte en línea a través
del aplicativo, liberando el uso de la línea de soporte y disponiendo de información en línea para el seguimiento
y control de los requerimientos.
Mantenimiento: El contratista debe garantizar un período de mantenimiento de la aplicación mínimo de 12
meses, el cual incluirá:
•
Ajustes mínimos de mejora de rendimiento a la aplicación y a la base de datos
•
Parches de seguridad de la aplicación liberados por el fabricante
•
Respuesta a fallas no documentadas
•
Solución en sitio o de manera remota (no intrusiva) a fallas o anomalías que afecten la prestación del
servicio para cualquiera de las sedes donde la solución sea implementada.
•
2 visitas semestrales de limpieza, verificación de conexiones y de voltajes, y diagnóstico de luminosidad
de los tableros individuales suministrados para la presente contratación
•
Buenas Prácticas y recomendaciones de uso.
Capacitación: Capacitación dirigida a los funcionarios de la Secretaría General y de las entidades involucradas
de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, para lo cual el contratista deberá proveer de una metodología de
capacitación para la utilización del software de los usuarios, la capacitación debe estar dirigida a:
•
Cinco (5) capacitaciones funcionales (integral) que permita evaluar al capacitador y a los capacitados
para 50 usuarios como mínimo 20 horas para los usuarios administradores y 8 horas para usuario final,
entregando los manuales y documentación respectiva para facilitar el proceso de conocimiento.
•
Dos (2) capacitaciones técnicas (integral) que permita evaluar al capacitador ya los capacitados para diez
(10) funcionarios de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano y la Subdirección de Informática y
Sistemas de la Secretaría General, de mínimo 20 horas, entregando los manuales respectivos.
El proponente deberá acordar con el supervisor del contrato los horarios y días que permitan dar cumplimiento
a la intensidad definida por curso. El lugar de las capacitaciones igualmente se definirá entre las partes y podrá
ser en las instalaciones del proponente o en el sitio que determine la Secretaría General.
Plan de Pruebas
En cuanto al ambiente y el plan de pruebas, el contratista deberá disponer de un ambiente de pruebas en sus
instalaciones hasta la aprobación del paso a producción.
El sistema se debe acompañar de la construcción del plan de pruebas, el cual debe involucrar la planeación,
ejecución y ajuste de las mismas de forma unitaria e integral, así como las pruebas de carga y estres del
sistema antes de salir a producción.
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Estándares del Proyecto
El equipo de trabajo, deberá cumplir con el compromiso de principio a fin del proyecto, entre lo que se destaca;
cumplimiento a reuniones del equipo, que para el efecto serán de supervisión y seguimiento mensual por parte
de las áreas de la Secretaría General comprometidas en este proceso, como son: Dirección Distrital de Servicio
al Ciudadano, y la Subdirección de Informática y Sistemas, verificación de actas y entregables y su respectiva
aprobación.
Para el aseguramiento de la calidad, el proyecto debe estar sujeto a chequeos de calidad durante su desarrollo.
El plan de calidad debe ir paralelo al proyecto e indica cuándo y sobre qué se harán los chequeos (informes,
planes, programas, código, interfaces, etc.) y bajo qué criterios. El concepto de calidad no debe reducirse a los
chequeos, debe existir conciencia dentro del equipo de que cada producto debe ser de calidad, tanto de quien
elabora un producto como de quien lo recibe.
Reuniones de Seguimiento
Las reuniones de seguimiento tendrán lugar en la Dirección de Servicio al Ciudadano o en el lugar designado
por el supervisor, con una periodicidad de quince (15) dias máximo para analizar los informes de avance del
proyecto ó por requerimientos del proyecto ó por requerimiento de los supervisores del proyecto.
Las actas que se elaboren, producto de las reuniones, serán acompañadas por el formato de asistencia
diligenciado, adicionalmente, se llevará control de las aprobaciones y/o solicitudes de revisión al proyecto.
A la reunión, deberán asistir por parte del contratista: el Director del proyecto y los profesionales responsables
de acuerdo a la etapa de desarrollo de la solución, por parte de la Secretaria General: el líder funcional y técnico
y los supervisores o quien deleguen.
Documentación
del proyecto.
Cualquier documento que sea producto de las fases de análisis, planeación, diseño, desarrollo, pruebas e
implementación del proyecto, debe ser incluido como anexo al proyecto la cual debe estar acorde con los
procesos y procedimientos de la Subdirección de Informática y Sistemas, de acuerdo con la metodología de
desarrollo de software "metodología estándar para el desarrollo y mantenimiento de sistemas de información".
l. Manual de Instalación
2. Manual de Usuario
3. Manual Técnico
Debe contener como mínimo:
./
Diccionario de Datos
./
Diagrama de Clases
./
Diagrama de casos de uso
./
Modelo Entidad Relación
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Lista de Riegos
Producto
Consta de un cuerpo de código fuente incluido en componentes que pueden compilarse y ejecutarse, el cual
debe tener el soporte por parte del contratista para la implementación futura del mismo en la nube con base al
proyecto de GCLOUD de la oficina de Alta Consejería de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
Documentos
entregables
durante la ejecución del contrato
El mínimo de entrega bies que deberán ser revisados y aprobados son los siguientes:
./
Plan de trabajo del proyecto: Se debe presentar la organización en fases e iteraciones, el cronograma
del proyecto y la forma de seguimiento y control.
./
Documento de comprensión y compatibilidad de la metodología de la Secretaria General con el
desarrollo e implementación de la solución propuesta y presentación de la misma al equipo de trabajo
que la Alcaldía designe .
./
Diagramas de flujo del proyecto .
./
Especificación
neral.
./
Revisión y ajuste de los casos de uso acordados y elaborados por la Secretaria General, ajustes y aprobación final por las partes de acuerdo a lo requerido por esta Secretaria .
./
Prototipo del sistema e interfaces de usuario .
./
Documento de Análisis y Diseño del sistema basada en la metodología de la Secretaría General.
./
Documento de arquitectura del Sistema .
./
Plan de pruebas, ejecución y aprobación de pruebas funcionales del sistema .
./
Especificación
./
Implantación de la solución en ambiente de producción en la Secretaria General.
./
Documento estándar de interconexión del sistema con los demás sistemas a través de Web Services
./
Entrega de los manuales de instalación, técnico, diccionario de datos, diagrama entidad relación y manual de usuario. Los manuales se deben entregar en formatos editables estándar.
de requerimientos
y acta de aceptación de requerimientos
por parte de la Secretaría Ge-
funcional del sistema ajustada durante el análisis y diseño de la solución .
Todos los entregables deberán ser validados por el responsable funcional (Dirección Distrital de Servicio al
Ciudadano) y técnica (Subdirección de Informática y Sistemas) para su aprobación de acuerdo con la
metodología estándar para el desarrollo y mantenimiento de software de la Secretaria General.
Nota: La documentación y entregables descritos anteriormente serán entregados por parte del consultor
seleccionado, en las fechas que determine el supervisor del contrato designado por la Secretaría General.
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Vi\\/\/;J.
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENl:RAL
Por cada una de las fases se deben entregar los documentos descritos en el numeral 5.10
DERECHOS DE AUTOR
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 23 de 1982, modificado por el artículo 28 de la Ley
1450 de 2011, todos los derechos patrimoniales de autor del trabajo u obra artística y demás documentos que
se produzcan relacionados con el objeto del mismo, serán de propiedad de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C., que podrá usarlos o disponer de ellos sin ninguna limitación temporal, espacial o de
modalidad. Para todos los efectos legales, se aplicará la Ley 23 de 1982, la Ley 44 de 1.993, la Ley 1450 de
2011, la Decisión Andina 351 y demás normas conexas y complementarias.
Derechos patrimoniales
Todos los derechos patrimoniales de la ejecución del contrato serán de propiedad de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, que podrá usarlos o disponer de ellos sin ninguna limitación temporal, espacial y
complementaria.
En caso de que el sistema incluya componentes o funcionalidades licenciadas bajo software libre, no se
requerirá cesión de derechos patrimoniales, siempre y cuando el consultor entregue la respectiva licencia sobre
los citados componentes.
El software desarrollado y/o el sistema adquirido no debe incluir componentes o software adicional de propiedad
de terceras personas sobre el cual no se cuente con el código fuente, que deba ser licenciado por la Secretaría
General.
Se entiende por software libre aquel que en su licenciamiento incluye las siguientes libertades:
./
Ejecutar el programa con cualquier propósito;
./
Estudiar su funcionamiento
./
Distribuir y redistribuir copias, y mejorar el programa, y poner estas mejoras a disposición del público.
y adaptarlo a sus necesidades;
Requerimientos Tecnológicos
A continuación se describen cada uno de los módulos, características,
implementar en la plataforma.
roles y funciones de las necesidades
Diagrama modular
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DE BOGOTÁ D.C.
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Encuestas
Definido como el modulo que permitirá crear tabular y responder encuestas. Permitirá a la DDSC, conocer a
fondo la perspectiva ciudadana sobre la operación y su esquema de atención, facilitara la creación de
indicadores de calidad y permitirá evaluar realmente los diferentes aspectos logísticos y administrativos de
dicho esquema, permitiendo proyectar las acciones correctivas necesarias a implementar a través de planes de
mejora continuos, los cuales serán medibles a través de este módulo.
En el módulo interactuaran diferentes actores (Roles) y procesos los cuales se detallaran a continuación:
1. Mesa logística: Conformada por un representante de la subdirección de Calidad, un representante de la
Subdirección Operativa, un representante del Grupo de tecnología de la DDSC, un representante del
grupo de abogados de la DDSC un representante de la guía de trámites y servicios y los representantes
de la entidad, donde se afinaran y ajustaran los criterios a aplicar en la encuesta a desarrollar; en caso
de aplicar la encuesta solamente desde la DDSC se establecerá la mesa técnica según el concepto
técnico del personal especializado en esta labor (Calidad)
2. Super Administrador: el documento generado en la mesa logística del texto previo, contendrá los
pormenores de la encuesta a desarrollar, el Super Administrador, procederá a la creación según el
siguiente conjunto de pasos:
a. Luego del levantamiento de requisitos por parte de la DDSC, se procederá a remitir dicho
documento al Super Administrador
b. El Súper Administrador ingresa a la plataforma.
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bcgota.gov.co
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRE:.TARiAGENERAL
c.
d.
3.
4.
5.
Se dirige al módulo de creación de encuestas
El modulo mostrara un listado con las encuestas creadas, identificando las publicadas y las no
publicadas, habilitando para estas últimas, el botón editar y publicar. Este modulo también
mostrara si la encuesta es global o se encuentra relacionada a uno o a muchos elementos
activos del sistema (Entidades, módulos, funcionarios entre otros)
e. El modulo permitirá crear una nueva encuesta a través de un esquema similar al de generación
de reportes, con herramientas drag and drop que permitirán combinar preguntas con los
diferentes tipos de respuesta que se listan a continuación:
f.
Respuesta cerrada
g. Respuesta abierta
h. Los paneles de herramientas: permitirán:
i.
insertar objetos: botones de opciones; en este caso para cada botón se realizara una relación
con un valor numérico o con un valor de texto tabulable y medible, este se relacionara con la
pregunta específica de la encuesta para posteriormente ingresar los datos a la Base de datos,
Cuadro de texto: utilizado para preguntas de respuesta abierta, permitirá ingresar cadenas de
texto y relacionarlos a una pregunta de la encuesta, Listas desplegables: Objeto similar en su
uso a los botones de opciones, Lista de verificación, cuando las preguntas soliciten más de una
respuesta, las mismas se relacionaran a una pregunta de la encuesta y se ingresara
posteriormente a la base de datos, Etiquetas: Objetos que permitirán realizar las preguntas y
otros textos propios de la forma de la encuesta
j.
Formato: Herramientas de forma para cada uno de los objetos ingresados dentro de la
encuesta.
k. Multimedia: permitirá insertar todo archivo multimedia que de forma a la encuesta, facilitando la
personalización.
1. Plantillas: permitirá trabajar con plantillas predeterminadas
para facilitar la creación de
encuestas.
m. Relaciones: desde este panel se podrá relacionar la encuesta a cualquier actor del sistema,
(Módulos, entidades, orientadores), o al usuario que realizo dicho tramite
n. Cada pregunta tendrá un identificador que facilitara la relación entre las posibles respuestas y
los posibles actores.
o. Luego de verificar la encuesta se procederá a guardar la misma; esto para facilitar las
correcciones que se puedan presentar antes de realizar su posterior publicación
p. El sistema notificara la creación satisfactoria de la encuesta
q. El sistema guardara los datos del autor, de quien haya realizado las modificaciones así como la
fecha de dichos registros.
El súper Administrador procederá a realizar el reporte necesario para consultar los resultados de la
encuesta, a su vez ejecutara las pruebas funcionales de la encuesta y del Reporte
Ciudadano: Procederá a diligenciar las encuestas a través de dispositivos móviles conectados de
manera inalámbrica a la red de turnos de cada sede.
Los perfiles autorizados realizaran las consultas a los resultados de las encuestas, y podrán exportar
los resultados a archivos planos o en hojas de calculo
Reportes
Modulo dedicado a la creación y visualización de reportes o consultas, que permitan consultar sin inconveniente
alguno cualquier dato que repose en la base de datos y que afecte en algún componente la operación de
nuestra red de servicios, este módulo permitirá visualizar en reportes diferentes la operación de la sede y los
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRE
TARiA
GENERAL
resultados de las encuestas realizadas, a su vez contara con la posibilidad de generar gráficos dinámicos.
En el módulo interactuaran diferentes actores (Roles) y procesos los cuales se detallaran a continuación:
1. Mesa logística: Conformada por un representante de la subdirección de Calidad, un representante de la
Subdirección Operativa, un representante del Grupo de tecnología de la DDSC, un representante del
grupo de abogados de la DDSC un representante de la guía de trámites y servicios y los representantes
de la entidad, donde se afinaran y ajustaran los criterios a aplicar en la encuesta a desarrollar; en caso
de aplicar la encuesta solamente desde la DDSC se establecerá la mesa técnica según el concepto
técnico del personal especializado en esta labor (Operativa)
2. Súper Administrador: el documento levantado en la mesa logística del texto previo, contendrá los
pormenores del reporte a desarrollar, el Super Administrador, procederá a la creación del reporte según,
los pasos lógicos que se listan a continuación:
a. El Súper Administrador ingresa al sistema, y se dirige al modulo de reportes.
b. Procede a iniciar la configuración y creación necesaria a través de las cajas de herramientas
que se citan a continuación:
c. Insertar: Permitirá a través de la función drag and drop, insertar, cuadros de texto, cuadros de
chequeo, Etiquetas, listas desplegables y demás objetos que den forma al reporte
d. Formato: Permitirá, previa selección del objeto, dar forma personalizada al reporte, acá
encontrara herramientas como Tamaño de letra, Color de letra, Color de fondo, Alineación entre
otros
e. Comportamientos de Servidor: Desde esta caja de herramientas podrá realizar la interconexión
de un elemento especifico del formulario con un elemento especifico (campo, Tabla, Vista,
disparador, procedimiento) de la base de datos, este servicio implica un conocimiento avanzado
en sql. Desde este módulo y luego de realizar las vinculaciones y filtros necesarios, se
ingresaran los resultados de la consulta al diseño definitivo del reporte, asi como procesos de
paginación y desplazamiento de registros
f.
Reglas de Negocio: Previamente seleccionados los datos a consultar desde la base de datos ya
sea a través de Comportamientos del servidor o desde las tablas y sedes, se podrán diseñar
niveles de servicio aplicables como regla de productividad y de negocio al reporte. Ejemplo:
seleccionado el campo; operador, turno tiempo y cantidad de turnos, se podrá establecer un
rango o medición que muestre la cantidad de turnos que fueron atendidos antes de 20 minutos,
otro que muestre el usuario más productivo, cabe aclarar que dicha configuración se realizara
desde este módulo y será aplicable y habilitada o no desde el módulo de generación del
reporte, labor que realizara el personal funcional dedicado a la generación y análisis estadístico.
g. Pre visualización: El sistema contara con una ventana que mostrara en línea el reporte desde
la óptica funcional, indicando en la misma, las condiciones de error tanto a nivel de base de
datos como a nivel de diseño del reporte en si.
h. Tablas: Mostrara en una estructura de árbol jerarquizado, todas las tablas y campos que
componen la base de datos del sistema, permitiendo a través del método drag and drop
(arrastrar y soltar) vincular un elemento de dichas tablas a un elemento de forma insertado en el
modelo del reporte Ej.: operadores con lista desplegable, resultado Lista desplegable que
mostrara el listado de usuarios de una entidad o punto seleccionado
i.
Gráficos: Desde este módulo se podrán ingresar los gráficos que apoyaran los resultados del
reporte diseñado, este elemento también será personalizable desde el modulo Formato.
j.
El Súper Administrador procederá a verificar la integridad y funcionalidad del reporte diseñado.
k. El sistema a través del módulo pre visualización mostrara los errores en caso de tener, para
que el Súper Administrador
realice la corrección pertinente; en caso de no tener errores, el
sistema notificara que el formulario y reporte se podrán cargar dentro del sistema.
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DE BOGOr Á D.C.
SECRETARIA
GeNERAL
1. Se guarda el archivo y se procede a la carga
m. Una vez cargado el reporte, la lista de reportes disponibles para el personal funcional se
incrementara en uno, habilitándolo así para realizar su ejecución y consulta
n. El sistema realizara el registro de las labores guardando datos de fechas de creación y autor.
3. El Super Administrador realizara las pruebas previas necesarias, para garantizar el funcionamiento
necesario, así mismo El Super Administrador también garantizara que el reporte generado solo sea
observado por la entidad y el perfil correspondiente.
4. Coordinador entidad (en sitio): seguimiento básico y enfocado a mejorar el servicio en la sede, se
permitirá al coordinador de la entidad en sitio, realizar la generación de estadística básica, estos
reportes permitirán al coordinador de la entidad realizar un seguimiento más exhaustivo de su
operación, permitiéndole proponer planes de acción y de mejora enfocados a minimizar las salas de
espera y tiempos de atención, así como realizar una supervisión constante de la operación de su
entidad. Los reportes que este perfilo rol podrá observar se citan a continuación:
a. Estado de la Sala de espera
b. Productividad por asesor
c. Reporte por tipos de turno
d. Estaciones Activa
5. Líder de Servicio y estadístico secretaria General: Observara a detalle la información de la sede, donde
obtendrá un panorama real de la atención en todos sus componentes, adicionalmente a los reportes
generados para el perfil anterior podrá observar los demás reportes con los que cuente la plataforma.
El sistema debe garantizar para este módulo las siguientes condiciones:
1. El reporte creado, según el estudio generado previamente, permitirá ser filtrado de manera sencilla a
través de cada uno de los parámetros, permitiendo seleccionar los ítems de manera global (Ej.
Servicios y/o códigos de toda una entidad) y o particular
2. La información mostrada en este reporte estará organizada de manera sencilla la misma será de fácil
interpretación para el personal que la solicite
3. Toda información extractada a través de cualquier reporte podrá ser exportada a diferentes formatos
para su trabajo particular
4. Todos los reportes generados por el Súper Administrador deberán ser consultados a través de la web,
no podrán ser construidos en lenguajes propietarios o cerrados
5. Todo Reporte creado así como cualquier labor de configuración será registrada en la aplicación,
indicando fecha de creación, fecha de modificación, autor y descripción.
6. Posibilidad de asignar reportes a entidades perfiles o usuarios específicos
Cada una de las migraciones, nuevos diseños y estructura dentro de las bases de datos (actividades, web
services y en general reglas de negocio, tramites e ID de tramites) deben poder ser manipulados dentro de los
cubos multidimensionales utilizados por la SUIT PENTAHO.
Este módulo se debe interconectar mediante el uso de una serie de software de análisis y reporteo de negocios
como lo es la SUIT de pentaho (Pentaho Analysis Services, Pentaho Reporting, Pentaho Data Mining y Pentaho
Dashboard) según corresponda a las necesidades.
Ciudadanos
Este módulo se encargara de garantizar la interoperabilidad del ciudadano como actor único dentro del Sistema
de Asignación de Turnos, el Súper CADE Virtual y el Sistema Distrital de Quejas y Soluciones, el mismo
permitirá que cada ciudadano sea identificado de forma única para todos nuestros sistemas, integrando la
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DE BOGOTÁ D.C.
SECRl:
TARIAGENéRAL
información de usuarios de estas plataformas en una única base de datos poblacional
El servicio implica la réplica de datos para cada sede, sin que este asuma que cada replica y/o sincronización
realice duplicidad de registros, garantizando a cada ciudadano una identificación única para todos los sistemas
de información que brinde la Secretaria General a través de la DDSC. El modulo tendrá las siguientes
funcionalidades:
•
Gestión de ciudadanos: Para iniciar el proceso de atención, todo operador debe estar previamente
registrado, en caso de no estarlo el sistema mostrara un formulario para diligenciar los datos
necesarios, lo cual registra al operador como un ciudadano dentro de las diferentes plataformas.
•
Enrolamiento ciudadano: Proceso por el cual el ciudadano realizara el registro a través de diferentes
métodos de acceso presentes en los diferentes sistemas de información visibles en la WEB, el registro
realizado en cualquier plataforma, garantizaría que el ciudadano pueda ingresar sin inconvenientes al
portafolio de servicio de servicios virtuales y presenciales que ofrece la secretaria general a través de la
Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano
•
Generación de tickets: Al igual que la gestión de ciudadanos realizara el proceso de inscripción y
registro al momento de generar el ticket; en caso de no realizar el registro, el sistema permitirá la
generación de un ticket con menor prioridad identificado por un numero auto numérico.
•
El proceso de identificación ciudadana, el cual permite al ciudadano enrolado realizar trámites y
servicios, a través de su proceso de validación permitirá verificar si el usuario se encuentra registrado
dentro del sistema o no, en caso de no estar registrado, facilitara un formulario para realizar el debido
registro.
Configuración
Modulo diseñado para garantizar la correcta configuración de todos los parámetros de servicio de las entidades
participantes en todas las sedes de atención de la red Cade.
El mismo integrara a través de una plataforma "Distribuida- Centralizada", los trámites y servicios del distrito y
la nación a través de servicios web conectados de manera constante y directa con la Guía de Trámites y
Servicios y el SUIT, garantizando de esta manera, un esquema único para todas nuestras sedes y la
actualización constante del mismo a través de la supervisión y modificación realizada por cada entidad.
A su vez permitirá, finalizar la configuración de dicha estandarización a través de árboles jerárquicos que
facilitaran la identificación de sedes y entidades permitiendo en este último establecer las relaciones entre:
Módulos y disponibilidad de los mismos; Operadores; Tipos de turno y su respectiva numeración, facilitando de
esta manera la visualización integral de la entidad y permitiendo encontrar de manera eficiente y agil los errores
en la creación de las entidades.
Las funcionalidades de este módulo se listan y grafican a continuación:
1. Parametrizacion GTYS:
CADE 1
I
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARíA
GENI:.KAL
2. Verificación nuevos parámetros de configuración:
Ventana por la cual se comprobara y se verificara, que los datos importados desde la GTYS reposen
completamente en el Sistema de Asignación de turnos, la comprobación se realizara a través de un gráfico que
permitirá comparar la arborización
3. Configuración
y generación local de pruebas:
La configuración generada desde el web service con la guía de trámites será la estructura o "esqueleto" del
proceso de parametrizacion;
los casos citados en este aparte o literal tienen como objeto garantizar la
usabilidad y disponibilidad de los recursos físicos (hardware) para su respectiva interacción con el software.
Abarca la configuración de elementos de hardware dentro de una instalación específica es decir sobre la sede,
a su vez se ocupa de realizar pruebas localizadas a los dispositivos con el objeto de verificar predecir y prever
fallas y/o anomalías en dichos recursos
4. Administración de prioridades en sede:
Prioridad: proceso de administración de filas, que define el llamado de todo ciudadano a través de los diferentes
tipos de turnos o servicios, aumentando o disminuyendo el flujo de ciudadanos según su demanda hacia las
estaciones de trabajo.
Este procedimiento facilita y mejora el flujo de ciudadanos minimizando los tiempos en las salas de espera,
según los estándares definidos en la mesa logística.
Esta funcionalidad (Administración de prioridades) permite al personal administrativo y técnico de cada sede,
administrar las prioridades desarrolladas por el Súper administrador de manera local, lo anterior sujeto a la
desactivación de administración automática de filas, la cual habilita al sistema para realizar dicha ejecución de
manera automática y según los parámetros previamente configurados por el Súper administrador.
Verificación nuevos parámetros de servicio:
Este procedimiento permite a los diferentes roles verificar si la entidad fue correctamente creada o no, puesto
que compara la información del sistema con la información de la guía de trámites y servicios, permitiendo a su
vez solo al perfil autorizado, realizar la verificación y confirmación necesaria, con el objeto de garantizar el
esquema de dicha entidad en todas nuestras sedes de operación.
La figura mostrada abajo pertenece al perfil Super Administrador, el cual puede realizar los cambios pertinentes
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Entidades
Acueducto
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Categorías
Categorías
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o
Servicios
Servicios
Codensa
Codensa
Gas Natural
Gas Natural
DIAN
DIAN
Catastro
Catastro
Notariado
Notariado
Verificar
OK
SuperC:ADE
CAD
Como se observa en la figura superior el perfil Super Usuario observara, con un símbolo de admiración el
parámetro o dato que se encuentra con condición de error, a su vez encontrara en dicho parámetro un cuadro
de selección, el cual permite seleccionar múltiples datos para posteriormente realizar la actualización a través
del botón verificar; se observa también en la figura un listado de sedes, las cuales también van acompañadas
por un cuadro de selección, las mismas se actualizan dinámicamente, según la entidad seleccionada, este
aparte permite incluir una entidad en las sedes a seleccionar.
Carrera
8 No. :1.0-65
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA
GENERAL
A su vez podrá realizar la finalización de la configuración dando c1ic sobre el ítem específico, ejecutando el flujo
normal citado en el Caso de Uso 20
SAT
GTYS
Entidades
Entidades
Acueducto
Acueducto
Categorías
Categorías
o
o
ACU-
Ceneral
,b.CUACU-
Especial
Servicios
Servicios
Codensa
O Modulos
Gas Natural
OUsuarios
DTAN
(adensa
Catastro
Gas Natural
Notariado
DTAN
Catastro
Notariado
El gráfico que antecede será visualizado por el personal técnico y administrativo de la sede, el mismo solo
mostrara las entidades que hacen parte de su esquema de servicio, mostrando con un signo de admiración, los
componentes que muestren fallos y/o anomalías.
Creación de reglas de negocio para la atención:
El sistema permitirá diseñar reglas de negocio Básicas procurando la minimización de tiempos, la generación de
indicadores, lo anterior con el fin de apoyar la toma de decisiones en torno a la optimización continua del
modelo de atención.
En común acuerdo con la entidad y según sus parámetros y estándares se generara el documento técnico y
legal que incluya todos niveles de servicio por trámite y servicio, el mismo contendrá una tabla donde se
depositaran los datos relevantes para su posterior configuración dentro del sistema (Reglas de negocio); lo
anterior en torno a la gestión de indicadores.
Para ingresar la información
Carrera 8 No. 10-65
tel. 3813000
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.bogota.gov.co
ínfo. Línea 195
anterior se contara con un formulario que permitirá seleccionar
la entidad, el
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECHtTARiAGE:NtRAL
trámite de dicha entidad y cuatro campos para ingresar los datos siguientes datos: Cantidad de ciudadanos en
espera, tiempo máximo de espera, tiempo de atención y cantidad de posiciones para la atención de cada
tramite.
Adquisición de parámetros de configuración y administración de datos estadísticos
Basados en la necesidad de realizar una única configuración para todas nuestras sedes y teniendo presente
que dicha configuración dependerá de un esquema inicial entregado por la guía de trámites y servicios, es
importante definir el modelo de operación de cada una de las sedes donde se garantice la operación constante
e ininterrumpida del sistema, sin importar las anomalías físicas y o técnicas que se puedan presentar.
Este aparte tiene como objeto plantear el funcionamiento de las sedes en casos fortuitos de desconexión o falla
de algún componente externo a la sede, el mismo proveerá, los recursos técnicos con los que la plataforma a
adquirir, debe contar para garantizar su disponibilidad.
Toda estación podrá trabajar de manera independiente (Stand Alone); lo anterior en caso de no poder
sincronizarse con el servidor Central y garantizar la operación continua de cada sede, lo anterior implica que la
sede este en constante escucha del servidor central, para establecer la comunicación en caso de reconexión, a
su vez implica que si la conexión no se realiza el sistema alojara los datos estadísticos de manera local hasta
restablecer la conexión con el servidor central, permitiendo consultar las mismas desde la sede.
Turnos
Modulo dependiente en su totalidad del módulo de configuración, y del enrolamiento ciudadano, se encarga
principalmente del flujo administración gestión y generación total de filas y ciudadanos demandantes de
nuestros servicios, el mismo se divide en tres grandes sub-módulos: Gestión, Asistente Virtual de trámites y
generación de turnos; a continuación se citan los sub-módulos y sus respectivas funcionalidades:
a) Asistente Virtual de trámites:
Es una herramienta
web que permitirá al ciudadano y/o informador y/o orientador ser enfocado
correctamente dentro del portafolio de trámites y servicios para posteriormente otorgar con certeza el
turno. La herramienta sugerirá al usuario, según sus preferencias e historial de trámites el turno a
asignar, tomando como referencia la selección o clic del ciudadano, mejorando la percepción del
servicio por parte de la ciudadanía, la información será extraída de la Guia de trámites y servicios la
misma brindara datos específicos del trámite y/o entidades seleccionadas, así como los prerrequisitos
para finalizar de manera exitosa el servicio en la entidad; también sugerirá en caso de encontrar el
trámite de manera virtual realizarlo desde el portal correspondiente, o si el mismo depende de la
generación de un comprobante desde un auto consulta sugerirá al ciudadano realizar dicho trámite a
través del dispositivo citado.
El proceso implicara una estrategia de socialización con la plataforma, lo cual implica una interacción
temporal de nuestros operadores y/o orientadores y/o informadores con los ciudadanos.
b) Generación de Turnos:
Previa Validación del ciudadano, se procederá a generar un ticket acorde a la necesidad real del mismo,
quien fue orientado por un asistente virtual de tramites o por un informador, ya sea a través del
dispositivo físico (Auto consulta de servicios presenciales o asignador) o a través del Personal que
realiza esta labor (Informador).
e) Gestión de turnos:
Proceso por el cual se administran las filas a través de los módulos de atención de las entidades
participantes, para entregar un servicio al ciudadano, este proceso será realizado únicamente por el
operador o por quien haga sus veces, e inicia con la autenticación del operador en cada estación de
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRE fARIA GENERAL
trabajo, para posteriormente iniciar de manera automática el llamado, lo cual activara los dispositivos
físicos necesarios para la correcta orientación del ciudadano dentro de las salas de espera y atención.
El proceso está directamente ligado y unido al módulo de supervisión e información en línea, el cual
garantizara la visualización constante de alarmas de servicio por parte del operador, las alarmas
informaran sobre niveles de servicio sobrepasados, cantidad máxima de ciudadanos en espera entre
otros.
El servicio de este aparte será accedido por los operadores desde su estación de trabajo a través de un
navegador de internet y podrá ser consultado a través de otro navegador por los perfiles autorizados de
nivel superior.
A su vez el proceso estará sujeto a las prioridades creadas (Configuración) las cuales segmentaran y
definirán el flujo de ciudadanos hacia las estaciones según los tipos de turno, en casos especiales
donde la entidad capacite a sus operadores en todos los tramites o donde se permita al sistema aplicar
un esquema especifico, el mismo podrá administrar los flujos de manera automática.
El sistema permitirá re-direccionar ciudadanos en caso de que el ticket sea generado de manera
errónea, esta opción debe ser "habilitable" o "deshabilitable" por sede y entidad, desde el perfil Super
Administrador, a su vez se definirán los criterios que permitan habilitar el re-direccionamiento entre dos
o más entidades.
A su vez el operador puede declarar un turno como abandonado, si y solo si el ciudadano, luego de
varios re-llamados no arriba al módulo de atención. El ciudadano declarado como abandonado podrá
ser re-llamado desde los operadores que atiendan ese tipo de turno, el proceso de re-llamado se
realizara de manera automática, luego del llamado normal de cuatro tickets consecutivos, en caso de
que el ciudadano definitivamente no arribe, se declarara el ciudadano abandonado por segunda vez
quitando el mismo de la sala de espera y registrando en el sistema y visualizando a través de un reporte
específico: el momento del abandono, el
usuario que abandono y el tipo de turno generado,
acompañado del tiempo de emisión del ticket.
Señalización
Digital
Este módulo integrara la información del sistema de turnos con diferentes archivos multimedia, generados por la
administración distrital a partir de todas sus dependencias y con fuentes web de información general. El modulo
permitirá la reproducción de todo contenido en pantallas y en arreglos de pantallas, facilitara la segmentación de
información según el público objetivo y sus preferencias, permitirá establecer campañas y administrar todo
contenido de forma centralizada, a su vez integrara fuentes de información general (Hora, Fecha, estado del
clima, indicadores económicos, información personalizada, informes del tráfico y demás) generados desde
múltiples sitios en internet.
La información a enseñar desde el sistema de turnos hará referencia al turno llamado, sobre la zona de
cobertura de cada pantalla o arreglo de pantallas, mostrara en caso de ser ciudadano identificado el nombre del
ciudadano, la entidad y el modulo que atenderá dicho ciudadano, en caso de no ser un ciudadano identificado,
mostrara el número del ticket, la entidad y el modulo que realizara la atención. Los archivos multimedia serán
administrados a través de las funcionalidades centralizadas del sistema, permitiendo establecer horarios de
carga, tipo y frecuencia de la campaña, borrado de archivos, y parrillas de videos, todo esto, a través del acceso
programable por horarios. La gestión y visualización de fuentes RSS y demás contenidos generados desde
webs externas serán agregados de manera manual y reproducidos a través de la habilitación o des-habilitación
de los mismos.
El objeto de este módulo es brindar información
Carrera 8 No. 10-65
tel. 3813000
www.bogota.gov.co
info. Linea 195
sobre los logros de la administración
distrital y hacer más
ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRE:
¡ARiA
GENERAL
ameno y humano el tiempo que duran los ciudadanos en espera para ser atendidos, enviando un mensaje
objetivo a los más de 30.000 ciudadanos que acuden diariamente a nuestros centros de servicio, facilitando
también la gestión de filas y turnos aumentando la percepción positiva de la ciudadanía sobre la administración.
Es importante garantizar que este módulo permita la transmisión en streaming de contenidos generados desde
la alcaldía mayor de Bogota, cuando la red de la entidad lo permita.
Supervisión
El sistema será supervisado por todos los roles que actúen directamente sobre el servicio, básicamente
entregara una vista puntualizada según el perfil y la entidad de ese perfil, garantizando que cada entidad
observara lo que compete a la misma, para el caso específico de la Secretaria General, la entidad observara la
totalidad de la operación incluyendo todos los puntos y entidades.
Los gráficos que suministra esta herramienta, permitirán observar la operación en línea de la entidad, en los
puntos donde la misma realice operaciones, mostrando en la pantalla inicial los 5 sitios que presentan mayores
anomalías en el servicio (Estas anomalías serán visibles si se configuran previamente las respectivas reglas de
negocio), acompañadas por gráficos que muestren de manera clara el aspecto de la falla a corregir dentro del
esquema del servicio, las demás sedes mostraran datos básicos en línea.
Dando e1ic sobre cualquier grafico o sede (sin importar si son los destacados o no), se ingresara al detalle de la
misma, observando en línea, datos como, cantidad de ciudadanos en espera, cantidad de ciudadanos
permitidos en espera, cantidad de módulos por tipo de turno detalle de módulos incluyendo, usuario logeado y
porcentaje de operación y efectividad del mismo.
A través de este módulo una entidad puede solicitar el cambio de prioridad si se detectan anomalías o
represamientos en algún tipo de turno, la solicitud se hará efectiva si y solo si, el personal administrativo de la
sede autoriza; de esta manera se pretende garantizar la interacción entre la entidad y la administración distrital.
Información
"On Line"
Este módulo será el que garantice la comunicación directa a través del sistema entre los diferentes actores, esta
comunicación será constante y procurara minimizar los flujos irregulares de filas, apoyándose en la supervisión
constante
y automatizada del sistema a partir de las reglas de negocio implementadas por las entidades
participantes en común acuerdo con las mismas.
El modulo básicamente notificara en forma de alarmas cualquier condición de error que se presente en el
servicio o en el desempeño o funcionamiento de sus elementos físicos o lógicos, con el objeto de garantizar su
óptimo rendimiento y disponibilidad y certificar la interacción de las partes en procura de la supervisión
constante y frecuente del servicio; el siguiente listado muestra las diferentes funcionalidades así como una
pequeña descripción de la notificación:
1. Estandarización de entidades: notificara al Super Administrador, por el sistema y a través de correo
electrónico si el proceso de estandarización se realizó satisfactoriamente o no.
2. Gestión de ciudadanos: Previa implementación de los niveles de servicio, el sistema notificara de manera inmediata el incumplimiento de dicho nivel según las siguientes variables: Cantidad de ciudadanos en
espera, tiempo máximo de espera, tiempo de atención y cantidad de posiciones para la atención de
cada tramite. El sistema notificara al operador a través de ventanas emergentes, la fila que más ciudadanos posee para que los mismos procedan a agilizar la operación; el sistema notificara al líder de ser-
Carrera
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ALCALDíA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRi:.
3.
4.
5.
lARIA GENERAL
vicio a través de ventana emergente y de correo electrónico, las sedes que presenten congestión haciendo énfasis en el tipo de turno que se encuentra congestionado, a su vez los coordinadores de las
sedes recibirán esta misma notificación por ambos medios; a través de la citada comunicación los líderes de servicio, podrán ingresar a dicha sede, observar su operación y realizar una solicitud de cambio
de priorización con el objeto de minimizar las salas de espera, la solicitud generada desde este rol será
aprobada o desaprobada por el coordinador de la sede o por la subdirección operativa; el coordinador
de entidad (Diferente al coordinador de la sede), recibirá una notificación que tiene como objeto identificar la fila con mayor represamiento y el operador que menor efectividad posee.
Instrucción de cambio de priorización: Interacción entre el líder de servicio y el punto de atención, donde
a través de una supervisión previa solicitara el cambio de prioridad de un módulo en un punto específico, este proceso depende de la respuesta que genere el administrador operativo de la sede.
Configuración local de hardware: el sistema permitirá ejecutar y programar de manera periódica rutinas
de prueba o test de todos los elementos de hardware o de un elemento especifico si este se encuentra
en daño; esto generara una notificación al momento de terminar las rutinas, donde se emitirá el resultado y se describirán en caso de existir, las condiciones de error en los distintos elementos que presenten
fallas.
Generación de pruebas de hardware: el sistema permitirá ejecutar y programar de manera periódica rutinas de prueba o test de todos los elementos de hardware o de un elemento especifico si este se encuentra en daño; esto generara una notificación al momento de terminar las rutinas, donde se emitirá el
resultado y se describirán en caso de existir, las condiciones de error en los distintos elementos que
presenten fallas.
Integración Línea 195 (Funcionalidad
futura)
El objeto de este párrafo, es especificar la funcionalidad futura del sistema, este módulo para este proceso
inicial de contratación no será estipulado ni costeable, puesto que su ejecución alteraria críticamente los
tiempos y entrega del proyecto, sin embargo si es importante contar con la disponibilidad del sistema para su
integración con sistemas IVR.
El sistema permitirá integrar a futuro la funcionalidad del agendamiento (Fase 2 no incluida en este proyecto) a
través del IVR existente en la línea 195, facilitando y garantizando la gestión y administración real de todo
ciudadano agendado a través de este canal de atención, esta integración permitirá realizar el seguimiento
completo al servicio emitido a este ciudadano permitiendo implementar planes de mejora continua para los
servicios solicitados a través de este canal.
Módulo de Auditoria
Toda modificación, adición o borrado realizado dentro de cualquier parámetro de configuración incluyendo la
conexión constante a otros sistemas de información que sean el suministro de estructuras y esquemas de
servicio, quedaran registrados en él un módulo diseñado para tal fin, lo anterior con el objeto de realizar el
respectivo control y supervisión de cambios a los diferentes parámetros del sistema.
Esta función debe ser un servicio web del Sistema de Asignación de Turnos, deben tener mecanismos (lag) que
permitan identificar y registrar las transacciones realizadas desde cada uno de ellos con información como: ip,
usuario que realiza el cambio, trámite, hora, fecha, valor nuevo, valor antiguo, tipo de acción y debe quedar
disponible para consulta, auditoría o investigación. Esto sin posibilidad de inserción para alteración. En los
casos de modificación de información debe quedar registro de la información de soporte del cambio, esta
información debe estar disponible para consulta auditoría por un término mínimo de 3 años.
El modulo debe ser fácilmente integrable con cualquier sistema de auditoria de logs o con cualquier sistema de
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mto, Linea 195
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DE BOGOrÁ D.C.
SECRETARIAGl:NERAL
recopilación y normalización
de logs.
Turno Virtual (tiempo real)
Esta función le permite al ciudadano registrado dentro de la plataforma solicitar un ticket para cualquiera de las
entidades presentes en la RED CADE y anclarlos a un trámite particular según la parametrización del proyecto
"Sistema de Atención de Turnos (SAT)".
Dicha solicitud de trámite, entrega al ciudadano de forma virtual un número de turno, la cantidad de ciudadanos
para este mismo trámite que esperan en sala y un tiempo promedio de espera para llegar a realizar su servicio,
además de permitir elegir el sitio de su preferencia.
La función Turno Virtual se ancla al módulo de "Gestor de Registros Pendientes y Alarmas" y le genera al
ciudadano a través de su cuenta de correo electrónico mensajes sobre el movimiento de los tiempos de espera
para su trámite solicitado durante el periodo de tiempo configurado para el mismo.
En caso no solicitar un ticket virtual y no llegar a cumplir la cita se sancionara al ciudadano con un tiempo de no
servicio del mismo el cual será definido por el administrador de la plataforma.
Implementación
de Servidor Seguro
El contratista debe implementar la funcionalidad dentro de la plataforma Sistema de asignación
servidor seguro y todos sus correspondientes desarrollos e integraciones para ser llevada a cabo.
de turnos de
Este certificado (para los roles autenticados desde redes ajenas a las de la secretaria General) debe estar
avalado por una entidad internacional y no presentar problema con ningún tipo de navegador. Al igual se debe
hacer el hardening o endurecimiento correspondiente a la infraestructura que alojaran e interconectara la
aplicación y la Base de datos
cronograma
Para la exitosa ejecución del contrato, es necesario realizar la implementación del proyecto Sistema de
asignación de turnos Icon relación al siguiente cronograma.
En cada una de las fases se deberán entregar los documentos descritos en los numerales 5.10 Y 5.12 del
estudio de o ortunidad
necesidad.
FASE 1
X
Plan de Trabajo
X
Esquema de Metodología
X
Documento de Arquitectura de Software
X
Documento de Análisis de los casos de
uso suministrados por la Secretaria General
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OC
bogota.gov. ca
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X
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SECRETARiA
Especificación
Aprobado
Funcional del Sistema
GENERAL
x
FASE 2
Diseño y aplicación de la metodología
para el desarrollo de web services con
Su ercade Virtual
GTYS
Entrega sistema de turnos con características por defecto, incluyendo medios de
instalación, DER, Diccionario de datos,
Manuales de usuario de todos los roles,
manuales de Funcionamiento y de mantenimiento
Entrega de 770 tableros individuales
FASE 3
Modificaciones al sistema en torno a los
módulos de supervisión, información on
line
Gestor de registro de datos Ciudadanos y
web service con SuperCADE Virtual
Web Service y conexión con Guía de Trámites y servicios para estándares de parametrizacion
Diseño e implementación Asistente Virtual
(Conexión Guía de Trámites y servicios)
Cambio Visuales Totales de la Aplicación.
Integración SLA por tipo de turno, tramite
y/o servicio
Prueba de integración con el hardware
existente
Documentación de fallas de integración y
soluciones a las mismas
Servidores Centralizados
de Base de Datos
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SECRE. TARiA GENI:RAL
Prueba de estrés para topología distribuida
X
X
Prueba Funcional por módulos
X
X
X
Implementación
X
X
X
e instalación Sedes
Productos a Entregar por Fase
-/
Diagramas de flujo por módulo.
-/
Pruebas de vulnerabilidad
-/
Análisis de riesgo de cada módulo (con sus respectivos controles y adaptaciones a los mismo)
-/
Especificación
neral.
-/
Elaboración y Revisión de los casos de uso acordados con la Secretaria General, ajustes y aprobación
final por las partes de acuerdo a lo requerido por esta Secretaria.
-/
Prototipo del sistema e interfaces de usuario.
-/
Documento de Análisis y Diseño del sistema basada en la metodología de la Secretaría General.
-/
Plan de pruebas, ejecución y aprobación de pruebas funcionales del sistema.
-/
Documento estándar de interconexión del módulo generador de WEB SERVICES para la conexión de
entidades ajustados al protocolo GEL XML.
-/
Entrega de los manuales de instalación, técnico, diccionario de datos, diagrama entidad relación y manual de usuario. Los manuales se deben entregar en formatos editables estándar.
de los módulos
de requerimientos y acta de aceptación de requerimientos
por parte de la Secretaría Ge-
Todos los productos deberán ser validados por la parte funcional (Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano) y
técnica (Alta Consejería de las Tecnologías de la Información las Comunicaciones y la Subdirección de
Informática y Sistemas)
Firma del Proponente
(Indicar el nombre o la razón social)
Carrera 8 No. 10-65
te!. 3813000
I,.V\/v'\-V" b ogota.gov. ca
info. Unea 195

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