proceso general de adjudicacion de plazas en los centros de la
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proceso general de adjudicacion de plazas en los centros de la
Normativas y Reglamentos Escuela Superior de Informática – UCLM PROCESO GENERAL DE ADJUDICACION DE PLAZAS EN LOS CENTROS DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA PARA ALUMNOS QUE DESEEN INICIAR ESTUDIOS EN LOS MISMOS QUE SE SOMETE A INFORME DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA El Real Decreto 704/1999 de 30 de abril que deroga los Reales Decretos 1005/91 DE 30 de 30 de abril y el 1060/92 de 4 de septiembre regula los procedimientos para el ingreso en los centros universitarios. En general, las universidades ordenan las solicitudes y adjudican las plazas disponibles en sus centros respetando y aplicando las prioridades y criterios de valoración de los artículos 14,15 y 16, respectivamente del referido Real Decreto 704/1999. Por otra parte en los artículos 18 al 24 se contempla la reserva de determinados porcentajes de plazas de cada uno de los estudios con limitación de las mismas, para atender la solicitud de aquellos alumnos que acceden por la modalidad de distrito compartido, titilados universitarios, extranjeros de países no miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, titulados procedentes de formación profesional, estudiantes discapacitados deportistas de alto nivel o mayores de 25 años. La experiencia de años anteriores permite plantear un proceso para un mejor aprovechamiento para un mejor aprovechamiento de las vacantes existentes minorando el complejo futuras resignaciones de plazas, a la vez que disminuye el número de alumnos sin plaza en la primera fase de adjudicación de las mismas. En consecuencia para la optimización de las plazas ofertadas a los alumnos que deseen iniciar estudios en los centros de la Universidad de Castilla- La Mancha respetando las prioridades y aplicando los criterios de valoración que establecen los artículos 14, 15 y 16 respectivamente, del Real Decreto 704/1999 de 30 de abril, la citada universidad adjudicara las plazas disponibles en sus centros universitarios conforme al siguiente proceso: A) A partir del curso académico, 1999/2000 los criterios para la adjudicación de plazas disponibles en cada centro docente de la Universidad de Castilla-La Mancha, siguiendo el orden de prioridad establecido por el alumno para ingresar en los mismos, y en función de las plazas ofertadas, según la modalidad de acceso serán los siguientes : 1. Alumnos que correspondiéndoles la Universidad de Castilla-La Mancha procedan de las PAAU (o estudios equivalentes ), titulados universitarios (o estudios equivalentes) extranjeros y de la formación profesional procedentes de la convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores y alumnos que habiendo inciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos y formalicen preinscripción en julio. 2. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a extranjeros, se acumularán las plazas al cupo de las PAAU (o estudios equivalentes), convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores, y de alumnos que habiendo iniciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos y formalicen preinscripción en julio. 3. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a titulados universitarios se reservarán las plazas vacantes al cupo de PAAU (o estudios equivalentes), Página 106 Curso 2000/2001 Escuela Superior de Informática – UCLM Normativas y Reglamentos convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores y de alumnos que habiendo iniciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos preinscripción en julio. 4. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a alumnos discapacitados, se acumularán las plazas vacantes al cupo de PAAU (o de estudios equivalentes ), convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores y de alumnos que habiendo iniciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos y formalicen preinscripción en julio. 5. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a deportistas de alto nivel, se acumularán las plazas vacantes al cupo de PAAU (o estudios equivalentes), convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores y de alumnos que habiendo iniciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos y formalicen preincripción en julio. 6. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a alumnos procedentes de las pruebas de acceso para mayores de 25 años se acumularan las plazas vacantes al cupo de PAAU (o estudios equivalentes) convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores y de alumnos que habiendo iniciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos y formalicen preinscripción en julio . 7. Adjudicadas las plazas a los alumnos procedentes de la formación profesional en la convocatoria de septiembre, se acumularán las plazas vacantes al cupo de PAAU. 8. Adjudicación de vacantes a los cupos de alumnos discapacitados, deportistas de alto nivel y mayores de 25 años procedentes de la convocatoria de septiembre . 9. Sólo para el ingreso en escuelas universitarias y en caso de existir plazas vacantes adjudicación de las mismas a los alumnos procedentes del C.O.U. o bachillerato experimental de la convocatoria de junio del año en curso o convocatorias anteriores. 10. Si existieran plazas vacantes, adjudicación de las mismas al colectivo del apartado 8 procedentes de la convocatoria de septiembre del año en curso. 11. Alumnos que deseen simultanear estudios. 12. Alumnos que no justifiquen traslado. B) Con carácter excepcional para el curso 1999/2000 los alumnos que hayan superado de aptitud para acceso a la universidad de Castilla-La Mancha para mayores de 25 años en la convocatoria de abril de1999, tendrán reserva de plaza en el centro para el que hayan superado las pruebas, sin que su matrícula suponga disminución del limite de admisión para alumnos que deseen iniciar estudios publicado por el consejo de universidades, siempre que formalicen la matrícula en el curso académico 1999/2000. Curso 2000/2001 Página 107