HOSPITAL NACIONAL “Prof. ALEJANDRO POSADAS”

Transcripción

HOSPITAL NACIONAL “Prof. ALEJANDRO POSADAS”
HOSPITAL NACIONAL “Prof. ALEJANDRO POSADAS”
INFORME DE AUDITORIA
Al Sr. Delegado de la
Comisión Normalizadora del
Hospital Nacional “Prof. Alejandro Posadas”
Dr. Ignacio Katz
S
/
D
En uso de las facultades conferidas por el artículo 118 de la ley nº 24.156, la
Auditoría General de la Nación procedió a efectuar un examen, en el HOSPITAL NACIONAL
“Prof. ALEJANDRO POSADAS”, con el objeto que se detalla en el apartado I.
1.- OBJETO DE AUDITORIA:
El análisis tuvo por objeto la revisión de la gestión, en base a las Metas Físicas
definidas para el Ejercicio 2000, así como el seguimiento de las recomendaciones formuladas en
los Informes de Auditoría aprobados a través de las Resoluciones nros. 51/95 y 106/96-AGN.
2.- ALCANCE DEL EXAMEN:
El examen fue realizado de conformidad con las normas de auditoría externa de
la Auditoría General de la Nación que aprobara la resolución nº 145/93, dictada en virtud de las
facultades conferidas por el artículo 119, inciso d) de la ley n° 24.156. El mismo se orientó a los
aspectos administrativos y operativos de la gestión, con exclusión de los procesos sobre salud
que ejecuta el auditado. Dentro del mencionado alcance, se practicaron los siguientes
procedimientos:
2.1.- Estudio de la estructura orgánica vigente.
2.2.- Examen de la conformación del presupuesto y de los mecanismos de
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control que operan sobre la recaudación de los recursos y la ejecución de gastos.
2.3.- Análisis de los sistemas de información y de planificación dentro del
período tomado como base.
2.4.- Seguimiento sobre el cumplimiento de las recomendaciones formuladas
mediante la revisión de archivos, obtención de muestras, inspecciones oculares y consulta de
informes elaborados por entidades con competencia en cada tema.
Las tareas propias del presente examen han sido desarrolladas entre el 27 de
abril y el 20 de julio de 2001.
Por otra parte, cabe señalar que las conclusiones a que se arribara, como
consecuencia de los procedimientos de auditoría, fueron puestas en conocimiento del organismo
examinado que, transcurrido el plazo previsto en la Disposición n° 119/98-AGN, solicitó
prórroga del mismo. En función de ello, se le acordó un plazo adicional, que también se agotó
sin que el auditado hiciera llegar sus comentarios hasta el presente.
3.- ACLARACIONES PREVIAS:
En virtud de lo dispuesto por la ley n° 19.37l, el HOSPITAL NACIONAL “Prof.
ALEJANDRO POSADAS” quedó constituido como un organismo descentralizado, al que se le
reservó el cometido de elevar el nivel de la salud en su área de influencia.
Posteriormente, con arreglo a las prescripciones de la ley n° 24.307, la
administración y el financiamiento del ente fueron transferidos a la Provincia de Buenos Aires,
medida que no se concretó por el dictado de la ley nº 25.237.
Durante el Ejercicio 2000, cuyo análisis es objeto de la presente auditoría, el
establecimiento atendió sus gastos en base a transferencias de fondos del Tesoro Nacional,
aportes de la Provincia de Buenos Aires y Recursos Propios, por un monto total de
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CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS
PESOS CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($52.081.292,67). De ellos, VEINTISEIS
MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS
PESOS ($26.878.262.-) provienen de la contribución nacional, en tanto que VEINTIUN
MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS PESOS
($21.688.326.-) fueron aportados por la Provincia.
Por
su
parte,
TRES
MILLONES
QUINIENTOS
CATORCE
MIL
SETECIENTOS CUATRO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($3.514.704,67)
corresponden a la recaudación genuina del auditado, que se genera en razón de las prestaciones
médicas cumplidas en el marco del Programa de Hospitales Públicos de Autogestión, aprobado
por el decreto n° 578/93, actualmente denominado de “Hospitales de Gestión Descentralizada”
por su similar n° 939/00, que sustituyó al anterior.
Cabe señalar que por resolución n° 252/92-ex MsyAS se dispuso la intervención
del Hospital, situación que continúa al presente.
4.- COMENTARIOS Y OBSERVACIONES:
4.1.- Estructura Orgánica
El análisis de la organización vigente al tiempo de la auditoría lleva a concluir
que:
a) La prolongación de la intervención, sin un límite temporal prefijado, dificulta
la consolidación de niveles jerárquicos y responsabilidades estables.
b) Funcionan en la práctica unidades orgánicas no contempladas en la estructura
aprobada por resolución conjunta n° 56/92-ex MsyAS, MeyOySP y SFPPN. Tanto a dichas
unidades, como a las previstas formalmente, se les modifica a través de actos administrativos
internos el nivel orgánico asignado. Esto se realiza con el objeto de posibilitar el reconocimiento
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de una categoría de revista superior a sus titulares, con el consiguiente incremento del gasto en
personal y se produce por cuanto el Hospital no cuenta con una distribución de cargos
preestablecida presupuestariamente, que estipule los límites en la cantidad de cargos y niveles
escalafonarios.
c) No pudo establecerse el nivel funcional de las áreas denominadas “Asesoría
Legal”, “PAMI”, “Centro de Cómputos” y “Oficina Técnica”.
d) Según la información suministrada, el financiamiento de cincuenta y tres
cargos vacantes de la planta de personal permanente fue destinado para conformar una planta
transitoria, sin que se pudiera contar con el acto administrativo que refleje tal movimiento.
e) El número de cargos previsto para la planta transitoria en la estructura
establecida por la mencionada resolución conjunta n° 56/92-ex MsyAS, MEyOySP y SFPPN,
vigente para el Ejercicio 1992, es inferior a la cantidad ocupada al 31/12/00.
f) En la asignación de responsabilidades al personal se evidenció que:
- Dos agentes contratados fueron designados, en forma conjunta o indistinta, al
frente de la Dirección Administrativo Contable.
- Profesionales contratados para desempeñarse como “Coordinadores” ejercen
total o parcialmente la función que es propia de unidades orgánicas de la estructura, en forma
superpuesta con los titulares de aquéllas.
- Un asesor contratado por el Hospital, desempeña simultáneamente la Gerencia
General de una Unidad de Gestión y Participación constituida para brindar asistencia a los
beneficiarios del INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA JUBILADOS Y
PENSIONADOS. Cabe señalar que dicha Unidad está integrada por el auditado y, además, por
otros prestadores, por lo que eventualmente podrán generarse conflictos de intereses. Una
situación similar se plantea con los representantes legales.
- En el Servicio de Laboratorio se designó un interventor contratado sin título
habilitante en la especialidad, debiéndose recurrir supletoriamente a un segundo profesional.
- En cuatro casos, jefaturas de áreas asistenciales son ejercidas por subrogantes,
que perciben el correspondiente adicional, con encuadre en el régimen de reemplazos instituido
por el decreto n° 1102/81, en exceso a los plazos admitidos por dicha norma. Esto genera una
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cadena de sustituciones (Servicio de Odontología, Sección Odontopediatría, Sección Unidad
Coronaria y Sección Urgencia Día Lunes).
- Un nueve por ciento de las jefaturas asistenciales se encuentra acéfalo.
- En cuatro cargos administrativos, cuyos titulares fueron separados
transitoriamente de sus funciones, se les asignó a sus reemplazantes la categoría que les
correspondía a aquéllos, en apartamiento del referido régimen implementado por el decreto n°
1102/81 el cual, de todos modos, en dos de los casos no hubiera podido aplicarse en razón del
nivel de las unidades.
- Parte de los reemplazos a los que se alude en los puntos anteriores, se
produjeron como consecuencia de la adscripción de los titulares o en razón de su suspensión
preventiva dispuesta con motivo de la sustanciación de sumarios en los que los plazos han
excedido los términos máximos reglamentarios.
4.2.- Análisis Presupuestario
Evaluados los aspectos más significativos de la gestión de los recursos y gastos,
se desprende que:
a) Subsisten las deficiencias en la programación presupuestaria puestas de
relieve en las auditorías anteriores. En efecto, el Hospital formula sus previsiones de gastos
tomando en cuenta la estimación de sus necesidades, en lugar de hacerlo en base a un análisis de
la disponibilidad de recursos. Los créditos se distribuyen, mediante resoluciones internas, por
Fuente de Financiamiento y Objeto del Gasto, a nivel de Inciso. No se utilizan las clasificaciones
económica, programática e institucional, circunstancia que priva al presupuesto de su carácter de
herramienta de administración y control.
b) El Hospital no se encuentra encuadrado en el Sistema de Cuenta Unica del
Tesoro instituido por el decreto n° 1545/94. Su sistema de contabilidad general se basa en un
Plan de Cuentas propio, no compatibilizado con el establecido por la CONTADURIA
GENERAL DE LA NACION.
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c) De ser necesaria la desafectación de un gasto en cualquier etapa, ésta no se
registra por separado, sino que el asiento modificatorio se retrotrae a la fecha de la afectación
inicial, alterando los totales del mes de origen.
d) El sistema contable no integra al Departamento Tesorería ni a la División
Liquidación de Gastos, que llevan sus registros por separado. Adolece además de una serie de
imprecisiones tales como la imposibilidad de parcializar las contrataciones en más de un Inciso,
consultar las Ordenes de Compra emitidas por un período determinado, registrar los pagos
parciales realizados a proveedores, ingresar el número de cheque con el que se efectúa un pago,
obtener información sobre el movimiento bancario, etc. En consecuencia, cabe tener por
subsistentes las deficiencias puestas de relieve en los exámenes anteriores.
e) Parte de la deuda exigible al 31/12/00 carece de financiamiento previsto. Ella
está integrada por un monto de SIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTITRES MIL
CUARENTA Y CINCO PESOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($7.523.045,94)
devengado y no pagado en el Ejercicio 1999 y un saldo de SEIS MILLONES DOSCIENTOS
CUARENTA MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE PESOS CON OCHENTA Y TRES
CENTAVOS ($6.240.319,83) impago en el Ejercicio 2000.
4.2.a.- Recaudación Recursos
El gasto hospitalario durante el Ejercicio 2000 se atendió, en un siete por ciento
(7%), con Recursos Propios integrados entre otros rubros, por el canon que abona la firma
concesionaria del comedor del Hospital y los aranceles que se perciben de las Obras Sociales y
Empresas de Medicina Prepaga como contraprestación por la atención de sus afiliados. No
obstante su escasa representatividad, se ejecutaron procedimientos de auditoría a fin de verificar
la conformación y oportunidad de su integración, en razón de la transcendencia que dicha Fuente
de Financiamiento adquiere dentro del régimen a que está sujeto el auditado. De ello resultó que:
a) Con la concesionaria del comedor se encuentra pendiente un litigio judicial
actualmente en trámite, en el cual se ha dictado una medida de no innovar en favor de aquélla
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que ha impedido modificar las condiciones de la relación jurídica y el monto de la prestación
desde 1994.
b) La detección de pacientes con cobertura médica se realiza en el área de
Admisión, mediante la consulta al interesado y el cotejo del padrón de afiliados a Obras Sociales
que actualiza semestralmente la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Se
verificaron debilidades en la articulación de los diversos puntos que intervienen en el circuito.
Así, la Guardia de Pediatría y el sector donde se asignan los turnos para Consultorios Externos
no tienen acceso al mencionado padrón. El Servicio Social, por su parte, no se encuentra en
condiciones de establecer la situación socio económica del total de la población atendida. En
virtud de ello, cabría tener por subsistente las observaciones formuladas al respecto en el examen
anterior.
c) Tomada una muestra equivalente al 36% del importe facturado por asistencia
médica en el mes de abril de 2000, se comprobó que en un número significativo de prácticas
ambulatorias, se omite acompañar copia de la documentación personal de los pacientes, en tanto
que en un 10% de las prestaciones a pacientes internados, no consta la aprobación de la
Auditoría Médica. Estas circunstancias obstaculizan su cobro posterior.
d) En los casos en que, frente al incumplimiento de la Obra Social deudora,
queda habilitada la percepción de las sumas ante la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS
DE SALUD, no pudo constatarse, en base a la documentación que ésta remite al Hospital el
motivo de los débitos que practica. Tampoco fue posible definir la factura a la que debe
imputarse cada uno de los pagos parciales que aquélla efectúa.
e) En promedio, los trámites de cobro ante la Superintendencia, consignan una
demora de cinco meses.
f) Se localizaron dos pagos que ingresaron directamente en la cuenta corriente
del Hospital, sobre los que Tesorería fue notificada con posterioridad. En otros dos, no se pudo
establecer la fecha en que se depositó el cheque.
g) El Hospital resultó adjudicatario de una contratación para prestar asistencia a
los beneficiarios del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA
JUBILADOS Y PENSIONADOS, residentes en el ámbito de la Sucursal XXIX Morón
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(Provincia de Buenos Aires) hasta un límite de 43.707 cápitas. Con la documentación
proporcionada por el auditado, no quedó justificada la diferencia entre el monto mínimo pactado
y lo efectivamente facturado para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2000.
h) Tampoco fue posible determinar el acto administrativo aprobatorio del
Nomenclador identificado como “SAMI”, que se utiliza para facturar las prestaciones que se
realizan a los demás afiliados del Instituto no capitados en la Unidad de Gestión y Participación.
4.2.b.- Ejecución de Gastos
4.2.b.1.- Gastos en Personal
Sobre las erogaciones del Hospital durante el Ejercicio 2000, un setenta y ocho
por ciento (78%) correspondió al rubro Gastos en Personal. Su análisis arrojó el siguiente
resultado:
a) El personal no médico no cuenta con un régimen escalafonario integral. En su
defecto, se aplica un sistema mixto, conformado a partir de los escalafones para los agentes de la
Administración Pública Nacional, aprobados por los decretos nros. 1428/73 y 991/93, aún
cuando el primero de ellos fue derogado por el segundo. Se mantiene en este aspecto lo
puntualizado en las auditorías previas.
b) En función de esa situación se practicó un reencasillamiento de dichos
empleados, que no ha sido amparado en acto administrativo expreso dictado con intervención de
las autoridades competentes en materia de política salarial.
c) El auditado reconoce a los beneficiarios de los denominados contratos
“técnicos” o “de hospital”, los derechos asignados al personal de planta no permanente por la
Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional n° 25.164, pese a que no se encuadran en
esa norma.
d) La relación jurídica con los médicos que cumplen “reemplazos de guardia” no
se encuentra plasmada en un documento específico. Tampoco quedó acreditada la modalidad
contractual bajo la que se regula el vínculo del personal de la Unidad de Auditoría Interna.
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e) La bonificación por “mayor producción” que se liquida con encuadre en
decreto n° 578/93 y su similar que lo reemplazara n° 939/00, no responde a un único criterio de
reconocimiento para todo el personal, pues en algunos casos se tiene en cuenta el incremento en
la eficiencia y en otros la carga horaria. En este último supuesto, la cantidad de horas autorizadas
supera el máximo admisible para la jornada laboral.
f) Los antecedentes proporcionados por el auditado no permitieron evaluar el
efectivo cumplimiento de dicha extensión horaria.
g) No se pudo contar con una descripción del circuito de autorización,
liquidación y pago del referido beneficio, no obstante lo cual, del análisis de los expedientes que
conformaron la muestra de auditoría pudo establecerse que en el mismo no intervienen áreas
que, por sus funciones estructurales, debieran hacerlo como el Departamento de Liquidación de
Haberes. Además, el Departamento de Personal no centraliza el control horario de todos los
agentes del Hospital, dificultando la fiscalización del efectivo cumplimiento de los requisitos
para su percepción.
h) Los legajos no se ajustan al formato prescripto por la resolución n° 21/82SGPN, modificada por su similar n° 20/95-SFPPN, toda vez que la documentación se encuentra
dispersa en su interior y sin foliar. No obran en ellos declaraciones juradas de acumulación de
cargos, patrimoniales ni certificados de salud.
i) El personal de enfermería circunstancialemente ausente no es reemplazado en
base a una planificación preestablecida, sino de acuerdo a la disponibilidad de agentes. El índice
de ausentismo oscila entre el veintitrés y el treinta por ciento, incrementándose en el turno
noche.
j) Cabe tener en cuenta que el plantel de enfermeros disponible en este último
turno equivale, de por sí, sólo a un treinta y cinco por ciento (35%) del afectado a la atención
directa de pacientes en el turno mañana.
k) Si bien se indicó que el citado personal recibe capacitación y actualización de
sus conocimientos, en el ochenta por ciento (80 %) de los legajos internos verificados, no obran
constancias en ese sentido.
l) Sobre el total de la dotación del Hospital, sólo un diez por ciento (10%)
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recibió vacunación durante el año 2000 y, de ellos, sólo el cuatro por ciento (4%) del personal de
enfermería. Tampoco quedó acreditada la ejecución de exámenes médicos periódicos al
personal, por lo que procede considerar subsistentes las observaciones que se efectuaran sobre
estos temas.
ll) Existe una tendencia creciente en el número de accidentes de trabajo desde
1996, elevándose de veinte anuales a ciento cuarenta y ocho registrados en el año 2000. El
treinta y cinco por ciento (35%) de estos últimos se produjeron como consecuencia del uso
inseguro de material descartable en enfermos con afecciones infectocontagiosas.
m) Es frecuente el registro de accidentes pasado un mes de su acaecimiento,
detectándose demoras de hasta un año. Se observaron además, deficiencias en la documentación
del seguimiento del tratamiento, alta médica e intervención de la Aseguradora de Riesgos del
Trabajo.
4.2.b.2.- Contrataciones
El veintidós por ciento (22%) del gasto devengado tuvo por objeto atender la
adquisición de bienes de consumo, servicios y bienes de uso, estos últimos en una proporción no
significativa (0,6%). Conformada una muestra equivalente al once por ciento (11%) sobre el
monto de las contrataciones programadas para el Ejercicio 2000, se verificó que:
a) En el trámite de compras de elementos de limpieza no queda acreditada la
evolución del stock al momento de la adquisición ni el cronograma de entregas a que deben
ajustarse los proveedores.
b) En un caso, fracasada la licitación pública convocada inicialmente, se recurrió
a una contratación directa, con fundamento en el artículo 26, apartado e) del régimen aprobado
por el decreto n° 436/00, omitiendo efectuar un segundo llamado en la licitación originaria.
c) En un cuarenta por ciento (40%) de las situaciones el procedimiento de
invitación se aparta de lo reglamentario. Además en un veinte por ciento (20%) las invitaciones
se realizan por fax, circunstancias que reiteran lo expuesto en las auditorías anteriores.
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d) En tres adquisiciones, los presupuestos presentados por los adjudicatorios
omiten consignar las exigencias demandadas en el Pliego de Bases y Condiciones o se presentan
fuera del término previsto.
e) En tres expedientes no corre agregada el acta de apertura de ofertas,
circunstancia que impide comprobar que la misma se hubiere realizado en la misma fecha para
todos los participantes.
f) En dos ejemplos no se consignó en las actuaciones la constitución de la
garantía de adjudicación. Tras un relevamiento en Tesorería, se verificó que, sobre 26 Ordenes
de Compra, en 12 de ellas no se registró la presentación de la referida garantía.
g) En una adjudicación no se consideró la propuesta de descuento de un 11%
sobre el precio, efectuada por la empresa.
h) Los expedientes de pago correspondientes a dos adquisiciones no contienen la
totalidad de la documentación exigible. En otro caso, no se mantuvo el orden de prelación para
el cobro conforme a la fecha de presentación de las facturas.
i) En una factura presentada al pago, figura como inicio de las actividades
comerciales de la empresa una fecha posterior a la del presupuesto con que ofertó dicha firma .
k) En dos casos, la mora en la cancelación de las facturas por parte del Hospital
alcanza a un año.
l) En una contratación directa fundada en razones de urgencia, la recepción de
los medicamentos se completó siete meses después.
ll) En un caso, las empresas preadjudicadas se hicieron cargo de la ejecución del
servicio de limpieza aún antes del perfeccionamiento del contrato, sin que conste la figura
jurídica bajo la que se encuadraron dichas prestaciones. Por otra parte, la empresa que resultó
finalmente adjudicataria, no fue penalizada a pesar de haberse acreditado el incumplimiento de
las condiciones de la prestación.
4.3.- Mecanismos de Control de Gestión
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4.3.a.- Factibilidad de la evaluación de la gestión
Como resultado de las pruebas de auditoría practicadas se evidenció que el
auditado no ha desarrollado un Sistema de Información Gerencial integral ni una definición de
Metas Físicas para su gestión, con las correlativas Unidades de Medida y mecanismos de
evaluación del cumplimiento. No quedó acreditada tampoco la implementación de una estructura
de costos ni de planes centralizados, aprobados por autoridad competente, para la contratación de
recursos humanos, el abastecimiento o el mantenimiento preventivo de instalaciones y equipos,
situación que ya fue objetada en las auditorías anteriores y que el organismo atribuyó a sus
dificultades financieras, que le imponen la necesidad de afectar las disponibilidades a la
cobertura de deudas pendientes con proveedores. Por su parte y de acuerdo con la información
obtenida, tampoco el MINISTERIO DE SALUD, en su carácter de autoridad de aplicación,
instrumentó sobre el auditado el sistema de evaluación de eficiencia y calidad que estipulaba el
artículo 5°, inciso k) del decreto n° 578/93.
4.3.b.- Sistema de información estadístico
Evaluado el sistema de estadísticas que tiene instrumentado el Hospital, se
detectó que:
a) El movimiento de los Consultorios Externos se obtiene en base a planillas
que, en un número significativo, no están firmadas por los profesionales que brindan la atención.
Requerida una muestra a partir de las confeccionadas por el Servicio de Neurología en los meses
de abril y setiembre de 2000, resultó que 15 casos sobre 73 no llevan el sello del profesional
actuante y que otras 15 planillas fueron elaboradas en forma manual, fuera del sistema
informatizado implementado en el centro de otorgamiento de turnos. En todos los casos no se
consigna el domicilio del paciente, ni se pueden identificar las prestaciones realizadas durante el
turno tarde. En este sentido, es dable destacar que, sólo un 29% de las especialidades y
subespecialidades que se desarrollan en el establecimiento, dispone de atención por la tarde. Aún
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para éstas, el horario se extiende hasta las 16:00, por lo que no se observa el límite reglamentario
que impone una prestación obligatoria hasta las 20:00 horas, a excepción de los consultorios de
demanda espontánea de Clínica Médica. Todo ello ya fue expuesto en las auditorías anteriores.
b) La asignación de camas para los pacientes a internar no se centraliza en la
Sección Admisión, sino que la realiza el médico en cada piso.
c) Durante el Ejercicio 2000, el censo diario no fue comunicado a la Dirección
del establecimiento. Por otra parte, de acuerdo con lo informado, no se conservan los censos
anteriores a los tres últimos meses.
d) Se observa una elevada proporción de consultas por Guardia, con respecto a
las que se realizan en Consultorios Externos.
4.4.- Mecanismos de Control Interno
Ante la ausencia de un Sistema de Información Gerencial integrado, se tomaron
como referentes cuatro áreas, ya relevadas en las auditorías cuyo seguimiento se efectúa, a fin de
determinar cómo se comportan en la práctica los mecanismos de control interno, evidenciándose
la siguiente situación:
4.4.a.- Farmacia
a) Las normas de procedimiento no han sido aprobadas por acto administrativo.
b) Al año 2000, no se confeccionaban fichas estante para los medicamentos, ni
se realizaba su recupero en las áreas de internación. Ambas prácticas que fueron recomendadas
en las auditorías anteriores, se adoptaron en el año 2001. Parte de los remitos correspondientes al
primer Ejercicio no pudieron localizarse.
c) Se archiva la documentación junto con sustancias químicas altamente
agresivas, como el formaldehído, lo que la torna inaccesible y la expone a deterioros.
d) Durante el año 2000, no se realizaron recuentos físicos periódicos en el
depósito.
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e) Se advirtieron incorrecciones en los registros que documentan la salida de
estupefacientes, como por ejemplo, falta de mención del médico interviniente, receta, cantidad
de gramos prescriptos, etc. En el libro de control de estupefacientes de Guardia, se observa la
ausencia de firma del facultativo, número de legajo, existencia de renglones vacíos sin salvar,
etc.
f) Efectuada una selección sobre las recetas archivadas provenientes de los
Consultorios Externos, se advirtieron incorrecciones similares.
Estas debilidades ya habían sido observadas y subsisten al presente.
4.4.b.- Suministros
No se determina el nivel mínimo de existencias para cada elemento, aunque
técnicamente resultaría factible establecerlo en función del sistema que está en uso.
4.4.c.- Patrimonio
a) El Manual de Procedimientos que se utiliza no ha sido formalmente aprobado.
b) La distribución de los equipos informáticos se canaliza por el Centro de
Cómputos, sin que el Departamento Patrimonio pueda dar cuenta del destino de los elementos y
registración de su salida.
c) Configurada una muestra sobre las transferencias internas de bienes, se
comprobó la adecuación registral a los movimientos efectivos, salvo en el Servicio de
Psiquiatría, donde no se localizaron los elementos. Aspectos como los descriptos hasta aquí son
similares a omisiones detectadas con anterioridad y subsisten al presente.
d) Entre el balance de ingresos de bienes de uso por donación, que totaliza
DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS CON CUARENTA Y TRES
CENTAVOS ($16.466,43), y la sumatoria resultante de los actos administrativos de aceptación
de las mismas, se detectó una diferencia equivalente al 50% de su valor.
e) A excepción de los automotores, los restantes bienes de uso no se encuentran
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asegurados, ni se cuenta con cobertura por el daño que su empleo pudiera ocasionar a terceros,
tal como se consignara en el examen anterior.
4.4.d.- Mantenimiento
a) No media un acto administrativo que delimite la competencia entre la Jefatura
del Departamento Mantenimiento y Servicios Generales y los dos Coordinadores que intervienen
en el tema.
b) La supervisión sobre las obras que se ejecutan en el Hospital ha sido confiada
a la Coordinación de Mantenimiento aunque, en los hechos, se presentan casos en que la ejerce
la Coordinación de Servicios Generales.
c) En el mantenimiento y reparación de los equipos de electromedicina no se
otorga intervención previa en todos los casos al Departamento de esa especialidad.
d) La adquisición de los insumos se efectúa una vez detectada la necesidad,
mediante el empleo de fondos de Caja Chica .
e) No fue factible efectuar una comparación entre el gasto proyectado para
mejoras y mantenimiento, con lo efectivamente invertido.
f) De los doce proyectos de inversión previstos, uno fue parcialmente habilitado,
cinco se encuentran en vías de cumplimiento con distintos grados de avance, dos están en
análisis, tres en etapa de proyecto y uno en espera.
g) De la información recibida, se desprende que no ha sido instrumentado el
fondo de inversiones, funcionamiento y mantenimiento que prescribía el artículo 11°, inciso b)
del decreto n° 578/93 y que actualmente impone el artículo 11, inciso b) del decreto 939/00.
h) Practicados procedimientos de auditoría específicos, se determinaron los
siguientes aspectos críticos en la infraestructura del auditado:
h.1.) Automotores: Salvo los controles rutinarios sobre aceite, agua, etc.,
las restantes tareas se practicaban sólo en ocasión de producirse desperfectos. Ello incluye a las
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cinco ambulancias destinadas al traslado de pacientes.
h.2.) Servicio de calefacción, vapor y agua caliente sanitaria: De las siete
calderas, funcionan sólo cuatro. Tres intercambiadores verticales, que proporcionan agua
caliente para la cocina y el Cuerpo Central del Hospital, se encuentran fuera de servicio al igual
que otros cuatro destinados a la distribución de calefacción a pasillos y baños de los internados.
El agua para las calderas se toma de un pozo a través de cuatro bombas, de las cuales sólo una se
encuentra operativa. Se verificaron, además, fugas de vapor en las cañerías de distribución de las
áreas de Lavadero y Esterilización, así como fallas en el cierre de las válvulas de corte de los
colectores locales.
Por otra parte y de acuerdo con lo señalado por el auditado, el equipo
“ablandador” necesario para la desalinización del agua está inutilizado, circunstancia que
ocasiona la obstrucción de las cañerías por depósito de sarro.
Finalmente, procede consignar que sobre las instalaciones termomecánicas no se
practicaron las revisiones técnicas reglamentarias ni se cumple un cronograma de
mantenimiento.
h.3.) Servicio de provisión de frío: En Quirófano, Centro Obstétrico,
Unidad Coronaria, Hemoterapia y Laboratorio se utilizan acondicionadores de aire individuales,
que no aseguran el filtrado bacteriano.
h.4.)
Ascensores
y
Montacargas:
Se
ejecuta
el
mantenimiento
indispensable para asegurar su funcionamiento, pero no se han cambiado cables y equipos de
seguridad. Cinco de los dieciocho ascensores y dos de los cinco mantacargas se hallan
inoperables por diversas causas, entre ellas el anegamiento de las fosas.
h.5.) Instalación eléctrica: Un informe elaborado por la Aseguradora de
Riesgos del Trabajo advierte sobre ineficientes condiciones de seguridad y deterioros en la
instalación.
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Cabe añadir que para hacer frente a eventuales cortes de energía, se cuenta con
tres grupos electrógenos, de los cuales sólo uno está en funcionamiento El mismo no recibe
servicio técnico regular y presenta deficiencias por ejemplo, en su llave conmutadora,
circunstancia que obliga a accionarla manualmente, con la consiguiente demora en la entrada en
servicio. Por otra parte, de acuerdo con lo indicado, no posee capacidad para atender el total de
las instalaciones aunque permite el funcionamiento de las áreas críticas.
El equipo en cuestión utiliza gas oil, que se almacena en una cisterna con
capacidad para 5000 litros. Se lleva registro del combustible que ingresa a la misma, pero no del
consumo.
h.6.) Planta de oxígeno: Durante el Ejercicio 1995 se abonaron
TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL PESOS ($319.000.-), por la instalación de una planta
productora de oxígeno que al 31/12/00 no había sido puesta en marcha.
h.7.) Instalaciones contra incencio: Faltan mangueras y lanzas en las
bocas de incendio. Hay sectores donde no se cuenta con matafuegos o su carga está vencida,
manteniéndose pendientes las objeciones ya efectuadas sobre el tema.
h.8.) Infraestructura edilicia: La inspección ocular de las instalaciones
puso en evidencia filtraciones en los techos y deterioros significativos en los desagües pluviales.
También se verificaron pérdidas en las cañerías y desperfectos en las bombas de elevación de
agua al tanque del Cuerpo Central y de extracción cloacal.
h.9.) Higiene y Seguridad: No ha podido constatarse la efectiva
implementación de un Plan de Evacuación General ante situaciones de emergencia. No quedó
acreditada, tampoco, la inscripción del Hospital en el Registro de Generadores de Residuos
Especiales y Patológicos, la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental ni el Permiso para
el Vertido de los Efluentes Gaseosos y Líquidos que producen sus instalaciones, en
cumplimiento de las leyes nros. 11.459, 11.720 y 11.347 de la Provincia de Buenos Aires. Cabe
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señalar por otra parte que, de acuerdo con la información recibida, no se cuenta con seguro de
responsabilidad civil por daños a terceros .
En lo que hace al personal expuesto a radiaciones, a partir de marzo de 2001 no
se renovó la provisión de dosímetros individuales, aspecto indicado en el examen anterior. No
pudo accederse a información sobre el resultado de las inspecciones realizadas por el
Departamento de Radiofísica Sanitaria del MINISTERIO DE SALUD.
h.10) Servicio de Hemoterapia: Seleccionada como área testigo, se
concluyó que no media división física entre sus áreas básicas en oposición a lo prescripto por la
Ley Nacional de Sangre n° 22.290 y su reglamentación aprobada por el decreto nº 375/89.
Asimismo, el empleo de las mismas instalaciones para extraer y para transfundir, resta
posibilidad de atender a un mayor número de donantes. La falta de servicio técnico preventivo
sobre los equipos ocasiona interrupciones en la prestación que, en casos como el de las
Centrífugas Refrigeradas que se utilizan para la provisión de plaquetas, sólo pueden paliarse
recurriendo a otros centros asistenciales.
5.- RECOMENDACIONES
En razón de lo expuesto, se considera necesario recomendar al organismo
auditado que:
5.1.- Gestione la aprobación por autoridad competente de la estructura que
refleje la organización real, adecuada a las normas vigentes en la materia, estableciendo la
distribución de cargos a la que deberá acotar su planta de personal permanente y no permanente.
Regularice asimismo, la situación del personal adscripto, suspendido, etc. según la normativa
aplicable en cada caso, absteniéndose de asignar responsabilidad de conducción a quienes
carecen de estabilidad. (Cde.4.1.).
5.2.- Ajuste su distribución de créditos a los recursos reales, aplicando el Manual
de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional y adecue el sistema contable
a fin de corregir situaciones como las descriptas en el capítulo respectivo (Cde.4.2.).
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5.3.- Extreme los recaudos a fin de optimizar la recaudación de los Recursos
Propios, corrigiendo los aspectos descriptos en el punto 4.2.a.
5.4.- Subsane los aspectos puntualizados al analizar el rubro Gastos en Personal
gestionando la aprobación de una planta de personal transitorio adecuada a las necesidades y
evitando, en particular, la acumulación de servicios en exceso a las normas reglamentarias
(Cde.4.2.b.1.)
5.5.- Establezca prioridades para las contrataciones ajustadas a la efectiva
disponibilidad de recursos, verificando que se cumplan los recaudos previstos en el decreto n°
436/00 y aplicando la modalidad de contratación prescripta para cada caso (Cde.4.2.b.2.).
5.6.- Instrumente un Sistema de Información Gerencial que refleje los cursos de
acción en cantidades físicas, permitiendo evaluar la inversión presupuestaria. En ese sentido, la
utilización de los elementos con que ya cuenta el organismo y la optimización del sistema de
estadísticas, posibilitaría el armado de un tablero de comando, disminuyendo el riesgo en la toma
de decisiones y permitiendo autoevaluaciones de gestión periódicas. Ello posibilitaría, por otra
parte, exponer las consecuencias fácticas de las reducciones presupuestarias (Cde.4.2.a.).
5.7.- Arbitre controles cruzados sobre los datos contenidos en las Planillas de
Consultorios Externos, aclarándose la hora en que se realiza la atención. Conserve los censos
diarios anualmente y optimice el programa de asignación de turnos, centralizando la asignación
de camas para internación en la Sección Admisión (Cde.4.3.b.).
5.8.- Regularice las deficiencias detectadas en los registros de Farmacia,
disponiéndose el resguardo de la documentación en lugares apropiados para preservarla, así
como los recuentos físicos periódicos (Cde.4.4.a.)
5.9.- Corrija los aspectos descriptos en 4.4.b. y 4.4.c.
5.10.- Efectúe un relevamiento sistemático de las instalaciones, determine
prioridades teniendo en cuenta la forma en cada aspecto crítico incide en la prestación del
Hospital y encare acciones, utilizando en lo posible los recursos humanos y la capacidad ya
instalada (Cde.4.4.d.).
5.11.- A los fines de una mejor gestión administrativa, ponga en práctica las
recomendaciones ya formuladas en las auditorías anteriores y aún pendientes de ejecución.
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Buenos Aires,
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