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buenas prácticas en prevención para trabajadores asalariados y autónomos en empresas auxiliares
MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 11
F O R M A C I Ó N
buenas prácticas en
prevención para trabajadores
asalariados y autónomos
en empresas auxiliares
FORMACIÓN
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA
TRABAJADORES ASALARIADOS Y
AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
Í N D I C E
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
INTRODUCCIÓN
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
SEÑALIZACIÓN
RESGUARDOS Y PROTECCIONES
ORDEN Y LIMPIEZA DE LOS LOCALES Y ZONAS DE TRABAJO
TRABAJOS EN ALTURA
EQUIPOS DE TRABAJO: ANDAMIOS, ESCALERAS,
HERRAMIENTAS, CABLES, MÁQUINAS DE TALLER, ETC.
7.1. CLASES DE ANDAMIOS
7.2. ESCALERAS
7.3. HERRAMIENTAS DE MANO
7.4. CABLES, CADENAS Y REDES
7.5. MÁQUINAS DE TALLER
7.6. MÁQUINAS- HERRAMIENTAS PORTÁTILES
TRABAJOS EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS (A/T)
TRABAJOS EN INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN
TRABAJOS EN INSTALACIONES FERROVIARIAS
TRABAJOS E INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN/ESPECIALES
TRABAJOS EN INSTALACIONES AEROPORTUARIAS
TRABAJOS DE INSTRUMENTACIÓN
MAQUINARIA Y VEHÍCULOS DE OBRA
EQUIPOS DE ILUMINACIÓN
ELEVACIÓN DE CARGAS POR MEDIOS MECÁNICOS
ELEVACIÓN MANUAL DE CARGAS
CORTE OXIACETILÉNICO
SOLDADURA ELÉCTRICA
CHORREADO DE ARENA. PINTURA
TRABAJOS EN EQUIPO DE PROCESO
TRABAJOS DE CALORIFUGADO
TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS
PURGAS, FUEGOS Y DERRAMES
TRABAJOS EN EQUIPOS RADIACTIVOS.
TRABAJOS EN ALMACENES ESTABLES
ALMACENAMIENTO Y ACOPIOS PROVISIONALES DE OBRA
ALARMA Y EQUIPOS CONTRA INCENDIOS
TRABAJOS EN AMBIENTES RUIDOSOS
TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
NORMAS BÁSICAS DE AUTOPROTECCIÓN
DE CENTROS DE TRABAJOS. SITUACIONES DE EMERGENCIA
131
ANEXO 1. PRESCRIPCIONES GENERALES A SEGUIR ANTE UN ACCIDENTE
135
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22.
23.
24.
25.
26.
27.
28.
29.
30.
31.
6
8
15
19
21
26
29
34
37
40
43
43
49
57
62
65
68
75
77
78
80
81
84
87
92
94
96
99
100
103
104
106
109
112
116
120
ANEXO 2. SEÑALES
136
EDITA: MAZ (M.A.T.E.P.S. n.° 11)
ANEXO 3. RECIBO DEL MANUAL DE SEGURIDAD (Copia Trabajador)
141
I.S.B.N.: --------------
ANEXO 4. RECIBO DEL MANUAL DE SEGURIDAD (Copia Empresa)
143
DEPÓSITO LEGAL:
Impreso en España / Printed in Spain
0.
PREÁMBULO
La SEGURIDAD es responsabilidad de todos los integrantes de una empresa
Todos debemos contribuir en la lucha contra los accidentes. Los esfuerzos
en PREVENCIÓN serán recompensados con el éxito si todos colaboramos
en la identificación y eliminación de los riesgos y tenemos en condiciones
óptimas los dispositivos de protección.
El empresario, asistido por sus mandos, coordinará las actividades en todo
el Centro de Trabajo, y por tanto, la PREVENCIÓN, pero todos hemos de
comportarnos de tal manera que no nos expongamos ni expongamos a los
demás al peligro.
Las normas de seguridad que aparecen en este MANUAL DE SEGURIDAD,
nos dirán como hemos de comportarnos y su aplicación corresponde a
TODOS NOSOTROS.
Aunque en el MANUAL DE SEGURIDAD se hayan recogido las especificaciones referentes a las condiciones de seguridad más conocidas, no es posible abarcar en las mismas todas las situaciones potenciales de riesgo y peligro de accidente que puedan producirse en el trabajo. El que se omita
algún procedimiento de seguridad no disminuye la necesidad de vigilancia
y buen juicio en la realización de los trabajos. Si alguna sección, párrafo o
cláusula del texto de este manual llegara a ser modificada, declarada nula
o invalidada, ello no afectará a las restantes.
El conocimiento y cumplimiento de las prescripciones contenidas en este
MANUAL DE SEGURIDAD son obligatorios. Su incumplimiento será considerado como falta, que se sancionará de acuerdo con el procedimiento disciplinario establecido por la Legislación Laboral vigente
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5
1
1.
INTRODUCCIÓN
El presente MANUAL DE SEGURIDAD es de obligado cumplimiento para
todo el personal que inicie su prestación de servicios con nuestra Empresa,
con independencia del periodo de tiempo que comprenda.
El objetivo principal de esta normativa es informar a todo el personal de las
medidas preventivas a tomar en cada momento. El trabajador viene obligado a cumplir todas las disposiciones legales sobre Seguridad, Higiene en
el Trabajo y Vigilancia de la Salud, siendo responsable en la medida de sus
atribuciones, de la puesta en práctica de las mismas en su puesto de trabajo, así como de las consecuencias que se derivasen de su incumplimiento.
Son de obligado cumplimiento las disposiciones contenidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95, de 8 de Noviembre, Ley 54/2003, de 12
de Diciembre, de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos
Laborales, Reglamento de los Servicios de Prevención (Reales Decretos
39/1997, de 17 de Enero, y 780/1998, de 30 de Abril), y demás disposiciones posteriores que puedan afectar por la índole de los trabajos realizados.
INTRODUCCIÓN
Informar de inmediato a su superior jerárquico directo acerca de cualquier
situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la seguridad y salud de los
trabajadores.
Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad
y salud de los trabajadores.
Todo el personal que realice trabajos más específicos, y todo aquel especialista que lo solicite, recibirá por escrito, o bien a través de la Formación, un
Anexo al Contrato de trabajo, o durante el curso de los trabajos según los
casos, las NORMAS ESPECIFICAS DE SEGURIDAD PARA DETERMINADOS
TRABAJOS, que serán normas complementarias y aclaratorias a la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 y a su Reglamento.
Para ello la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece en su art. 29
las obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos:
«Corresponde a cada trabajador velar por su propia seguridad
y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que
pueda afectar su actividad profesional, mediante el cumplimiento
de las medidas de prevención y protección»
En base a ésto, los trabajadores deberán:
Usar adecuadamente las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias
peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios
con los que desarrolle su actividad.
Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el
empresario.
No poner fuera de funcionamiento y utilizar directamente los dispositivos
de seguridad existentes.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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2
2.
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
(RD 773/97, de 30 mayo)
DEFINICIÓN
«Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que se proteja de uno o varios riesgos que puedan
amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin»
• Protectores auditivos tipo «orejeras».
• Protectores auditivos acoplables a los cascos
de protección para la industria.
Protectores de los ojos y de la cara:
• Gafas de montura «universal».
• Gafas de montura «integral».
• Gafas de montura «cazoletas».
• Pantallas faciales.
• Pantallas para soldadura.
SE EXCLUYE DE LA CITADA DEFINICIÓN
Protectores de las vías respiratorias:
• La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente
destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador.
• Equipos filtrantes de partículas (nocivas, tóxicas...).
• Los equipos de los servicios de socorro y salvamento.
• Equipos respiratorios con casco o pantalla para soldadura.
• Los equipos de protección individual de los militares, de los policías y de
las personas de los servicios de mantenimiento del orden.
• Equipos filtrantes mixtos.
• Los equipos de protección individual de los medios de transporte por
carretera.
• Guantes contra agresiones mecánicas (perforaciones, cortes...).
• El material de deporte.
• Guantes contra agresiones de origen eléctrico.
• El material de autodefensa o de disuasión.
• Guantes contra agresiones de origen térmico.
• Los aparatos portátiles para la detección y señalización de los riesgos y de
los factores de molestia.
• Manoplas.
LISTA DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
Protectores de pies y piernas:
Protectores de la cabeza:
• Calzado de seguridad.
• Cascos de seguridad.
• Calzado de protección.
• Cascos de protección.
• Equipos filtrantes frente a gases, vapores, humos.
Protectores de manos y brazos:
• Guantes contra agresiones químicas.
• Manguitos y mangas.
• Calzado de trabajo.
Protectores del oido:
• Calzado y cubrecalzado
de protección contra el calor,
contra el frío.
• Protectores auditivos «tapones».
• Calzado frente a la electricidad.
• Protectores auditivos desechables o reutilizables.
• Polainas, rodilleras.
• Cascos para usos especiales....
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EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
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2
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
Protectores de la piel:
• Cremas de protección y pomadas.
Protectores del tronco y el abdomen:
• Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones
mecánicas (perforaciones, cortes,...) y contra agresiones químicas.
• Chalecos termógenos.
• Chalecos salvavidas.
• Mandiles de protección contra los rayos X.
• Fajas y cinturones antivibraciones...
Protección total del cuerpo:
• Equipos de protección contra caídas en altura.
• Dispositivos anticaídas deslizantes.
• Arneses, cinturones de sujeción.
• Dispositivos anticaídas con amortiguador.
• Ropa de protección.
• Ropa de protección contra agresiones mecánicas, químicas, estrés térmico etc.
• Ropa de protección contra bajas temperaturas.
• Ropa antipolvo.
• Ropa y accesorios (brazaletes, guantes, chalecos, etc.) de señalización
(fluorescentes, reflectantes, etc.).
MEDIDAS PREVENTIVAS
Todo equipo de protección individual se entregará al beneficiario, bajo el
control del Técnico o Coordinador responsable con acuse de recibo, por el
almacenero o persona designada al efecto y previa firma de la hoja de
entrega correspondiente.
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2
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
Es obligatorio el uso de las botas de seguridad homologadas (Clase I) con
refuerzo metálico en la puntera, para los trabajos de montaje, mantenimiento, taller y almacén, así como para las tareas de control.
Es obligatorio el uso de guantes
de trabajo tipo «american» para
todos los trabajos que impliquen
peligro de lesiones en las manos,
como son manejo de cables,
movimiento de vigas, arrastre
de materiales, manipulación de
hierros.
En todo trabajo de altura con
peligro de caída eventual es preceptivo el uso del arnés o cinturón de seguridad homologado
de sujeción, según el tipo de
riesgo.
Para los ruidos de elevada intensidad deben utilizarse los auriculares (cascos protectores u orejeras) antirruido homologados
o tapón antirruido (protectores
auditivos).
En los lugares de trabajo en que existan polvos, humos, gases, vapores...,
será obligatorio el uso de mascarillas homologadas con filtro, adecuadas al
tipo de contaminante.
El uso de equipo de respiración tipo aire fresco, conectado a la línea de aire
o autónomo será obligatorio en aquellos lugares en los que no exista ventilación o se detecte déficit acusado de oxígeno.
Bajo ningún concepto se permanecerá sin casco homologado en las zonas
cuyo uso sea preceptivo.
Cuando se compruebe cualquier anomalía al respecto, se debe dar aviso al
Departamento de Seguridad de la Empresa Titular del Centro, con la finalidad de poder comprobar el tipo de riesgo a prevenir y en consecuencia
utilizar el filtro o el equipo respiratorio adecuado al caso.
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EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
Para el mecanizado de piezas
metálicas y en general para todo
trabajo susceptible de proyectar
partículas sólidas a alta velocidad,
se utilizaran gafas de seguridad
homologadas de montura universal antiimpactos.
Para las tareas de corte y desbastado mediante el empleo de
la esmeriladora portátil, radial o
máquina herramienta que desprenda material de arranque, se
utilizarán las gafas de seguridad
panorámicas con visor tratado
contra empañamientos, o pantalla facial transparente.
En los lugares donde se realicen operaciones de soldadura o corte todo el
personal que se encuentre en las inmediaciones debe utilizar igualmente
las gafas de seguridad protectoras del tipo panorámico con visor de tratamiento antiempañante.
La ropa de trabajo normalizada en la Empresa será de uso obligatorio
durante la realización de las tareas.
Todos los soldadores harán uso de polainas de zafaje rápido, manguitos,
mandil, chaqueta, guantes y pantalla. Los ayudantes de soldador utilizarán
gafas y mamparas de separación para los trabajos en taller. Cuando piquen
la escoria, deben hacerlo levantando la mirilla abatible de la pantalla o bien
utilizando las gafas panorámicas destinadas para tal efecto.
En las plantas en las que el personal pueda estar en contacto con productos químicos con riesgo, se seguirán las recomendaciones prescritas en el
presente MANUAL DE SEGURIDAD, y respecto a las protecciones de tipo
individual se seguirán los siguientes criterios, de conformidad con las instrucciones establecidas por el Departamento de Seguridad de la Empresa
Titular del Centro.
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EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
EPI'S PARA DIFERENTES COMPUESTOS QUÍMICOS
Para ácidos (sulfúrico, fosfórico, nítrico y clorhídrico), se utilizará:
• Casco.
• Traje antiácido.
• Botas antiácidos.
• Gafas panorámicas estancas
y antiempañantes.
• Mascarilla buconasal
con su filtro correspondiente.
• Guantes antiácidos.
Para álcalis cáusticos y sus lejías:
• Casco.
• Gafas panorámicas estancas
y antiempañantes.
• Traje resistente.
• Botas de caucho.
• Guantes de caucho.
Para amoniaco y sus soluciones:
• Casco.
• Botas de material resistente a amoniaco líquido.
• Guantes de goma.
• Gafas panorámicas estancas con tratamiento antiempañante y mascarilla con su filtro correspondiente.
• En defecto del equipo anterior se utilizará máscara completa.
En el llenado, purgado o despresurizado de conducciones, bidones, redomas y otros contenedores de productos ácidos es necesario, además del
traje protector, el uso de mandiles de caucho o de material resistente al
producto manejado.
Para los EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL A UTILIZAR EN FUNCIÓN
DE LOS TIPOS DE TRABAJO, será responsabilidad del usuario su utilización
y del Mando Intermedio el control de su entrega y supervisión.
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EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
En caso de deteriorarse antes del tiempo asignado de uso cualquier elemento de protección individual, especialmente trajes y botas, por alguna
causa fuera del desgaste natural (incendio, robo, rotura, etc.), se justificará
con un papel firmado por el Encargado o Jefe de Taller respectivo, indicando
el motivo. Dicho papel se entregará al Técnico de Seguridad, si lo hubiere, o
en su defecto al Responsable Técnico a pie de Obra.
En caso de pérdida de cualquier elemento de protección individual no justificada, se notificará al Departamento en cuestión (Administración, Compra, Almacén,...) para su descuento o reposición.
Siempre que soliciten cualquier material nuevo en almacenes obra o almacén general, deberán entregar el viejo. De no entregarlo se procederá
como en caso de extravío.
3.
SEÑALIZACIÓN
(RD 485/97, de 14 abril)
DEFINICIONES
a. Señalización de seguridad y salud en el trabajo: Señalización
que, referida a un objeto, actividad o situación determinadas, proporcione una indicación o una obligación relativa a la seguridad, la
salud en el trabajo mediante una señal en forma de panel, un color,
una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una señal
gestual, según proceda.
b. Señal de prohibición: Señal que prohíbe un comportamiento susceptible de
provocar un peligro.
c. Señal de advertencia: Señal que advierte de un riesgo o peligro.
d. Señal de obligación: Señal que obliga
a un comportamiento determinado.
e. Señal de salvamento o de socorro:
Señal que proporciona indicaciones relativas a las salidas de socorro, primeros auxilios o a los dispositivos de salvamento.
f. Señal indicativa: Señal que proporciona otras informaciones distintas de las
previstas en las letras b) a e).
g. Señal en forma de panel: Señal que,
por la combinación de una forma geométrica, de colores y de un símbolo o
pictograma, proporciona una determinada información cuya visibilidad está
asegurada por una iluminación de suficiente intensidad.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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3
SEÑALIZACIÓN
SEÑALIZACIÓN
h. Señal adicional: Señal utilizada junto
a otra señal de las contempladas en
la letra g) y que facilita informaciones
complementarias.
¿CUÁNDO SE PRESENTA LA NECESIDAD DE SEÑALIZAR?
i. Color de seguridad: Color al que se
atribuye una significación determinada
en relación con la seguridad y salud en
el trabajo.
Como complemento a cualquier medida implantada, cuando la misma no
limite el riesgo en su totalidad.
j. Símbolo o pictograma: Imagen que
describe una situación u obliga a un
comportamiento determinado, utilizada sobre una señal en forma de panel
o sobre una superficie luminosa.
• El acceso a zonas o locales para cuya actividad se requiera la utilización
de equipos de protección individual.
k. Señal luminosa: Señal emitida por
medio de un dispositivo formado por
materiales transparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o desde
el interior, de tal manera que aparezca por sí mismo como una superficie
luminosa.
l. Señal acústica: Señal sonora codificada, emitida y difundida por medio de
un dispositivo apropiado, sin intervención de voz humana o sintética.
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3
Cuando, como consecuencia de la Evaluación de Riesgos y las acciones
requeridas para su control, no existan medidas técnicas u organizativas de
protección colectiva, de suficiente eficacia.
¿QUÉ SE DEBE SEÑALIZAR?
• Las zonas o locales, que para la actividad que realicen, requieran personal autorizado para su acceso.
• Señalización en todo el Centro de Trabajo, que permita conocer a todos
sus trabajadores situaciones de emergencias e instrucciones de protección en su caso.
• Señalización de los equipos de lucha contra incendios, las salidas y recorridos de evacuación y la ubicación de primeros auxilios, tal como establece el R.D. 485/97 (extintores, ubicación, localización, etc.).
• Cualquier otra situación que, como consecuencia de la Evaluación de
Riesgos y las medidas implantadas, así lo requiera.
COLORES DE SEGURIDAD:
• Rojo: Señal de prohibición
• Amarillo o amarillo anaranjado: Señal de advertencia.
m. Comunicación verbal: Mensaje verbal predeterminado, en el que se utiliza voz humana o sintética.
• Azul: Señal de obligación.
n. Señal gestual: Movimiento o disposición de los brazos o de las manos en
forma codificada para guiar a las personas que estén realizando maniobras
que constituyan un riesgo o peligro
para los trabajadores.
MEDIDAS PREVENTIVAS:
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• Verde: Señal de salvamento o auxilio
Los productos químicos peligrosos contenidos en un recipiente para su
almacenamiento o expedición a otro lugar del centro de trabajo o externo
a él, deben disponer del etiquetado correspondiente que deberá facilitar el
fabricante del producto o bien el Responsable Técnico de Seguridad de la
Empresa en cuestión.
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3
SEÑALIZACIÓN
4.
RESGUARDOS Y PROTECCIONES
(RD 1627/97, sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en
Obras de Construcción)
DEFINICIÓN
«Distintos tipos de materiales (a todos los niveles) que se utilizan
en Seguridad para proteger al trabajador de cualquier posible
accidente»
Los obstáculos, áreas de emplazamiento y zonas de peligro en general se
balizarán con cintas o banderas de color blanco y rojo alternativamente.
Las zonas de peligro fijas o consustanciales a la instalación (zona de desplazamiento de órganos móviles de las máquinas gálibos, pasos de cargas suspendidas, desniveles bruscos del terreno, esquinas en zonas de paso, protecciones fijas y resguardos de máquinas) se pintarán a franjas amarillas y
negras alternativamente.
Las señales de seguridad a utilizar en las zonas de trabajo deberán ser normalizadas e indicarán Prohibiciones, Obligaciones, Advertencias o Salvamento.
Los carteles indicarán de forma claramente legible las normas de atención
o prohibición sobre los siguientes fondos:
• Rojo: Peligro inminente
• Amarillo: Cuidado, precaución
• Verde: Salvamento, seguridad
• Azul: Advertencia obligatoria
El mismo criterio se seguirá con las tarjetas que alerten la situación que
pueden crear al manipular o accionar el sistema, mecanismo equipo o
máquina sobre el que se ha colocado.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
MEDIDAS PREVENTIVAS:
Las aberturas o desniveles que supongan un riesgo de caída de personas,
se protegerán mediante barandillas -que soporten un peso de 150 kg Por
metro cuadrado (a una altura de 90 cm, listón intermedio a 45 cm Y rodapié a 20 cm) u otros sistemas de seguridad equivalentes, que podrán tener
partes móviles cuando sea necesario disponer de acceso a la abertura.
Igualmente, los huecos se protegerán con vallas, de 2 m de alto y situarse
a 1,50 m como mínimo del borde del vaciado, para impedir el paso de personas ajenas a la obra. Tienen que estar señalizados incluso de noche.
DEBERÁN PROTEGERSE EN PARTICULAR:
• Las aberturas en los suelos.
• Se deben proteger debidamente los
elementos del servicio público que
puedan ser afectados por el vaciado,
como son bocas de riego, tapas, sumideros de alcantarillas, farolas, etc. Las
aberturas en paredes o tabiques, siempre que su situación y dimensiones supongan riesgo de caída de personas, y
las plataformas, muelles o estructuras
similares. La protección no será obligatoria, sin embargo, si la altura de caída es inferior a 2 metros.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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RESGUARDOS Y PROTECCIONES
5.
ORDEN Y LIMPIEZA DE LOS LOCALES
Y ZONAS DE TRABAJO
• Los lados abiertos de las escaleras y rampas de más de 60 cm de altura.
Los lados cerrados tendrán unos pasamanos, a una altura mínima de
90 cm, si la anchura de la escalera es mayor de 1,2 metros.
(RD 486/1997, de 14 de abril)
• Las aberturas en pisos o suelos una vez terminado el trabajo, se cerrarán
o se protegerán de forma definitiva de tal modo que no se considerará
el trabajo terminado sin cumplir este requisito.
La ausencia de orden y limpieza puede producir una serie de riesgos, entre
éstos podemos destacar:
• Antes de poner en marcha cualquier ingenio o máquina, revisar y comprobar que tiene todas las protecciones y resguardos necesarios y sólidamente fijados, garantizando el aislamiento y/o bloqueo de los mecanismos que puedan provocar accidente.
• Todo eje, polea, rueda o engranaje y en general todo mecanismo en
movimiento con el que se pueda entrar en contacto, se aislará de modo
que el citado contacto sea prácticamente imposible.
• Accidentes: (caídas, resbalones, tropiezos, etc.). Aproximadamente el
60% de los accidentes está relacionado con la falta de orden y limpieza.
• Enfermedades:
- Comunes: Infecciones, parásitos, facilitan la transmisión.
- Profesionales: Falta de ventilación y extracciones, enfermedades respiratorias, intoxicaciones, dermatitis, etc.
- Psíquica (entorno agresivo): Depresión, estrés, etc.
Debemos concienciarnos que es un riesgo fácil de eliminar.
MEDIDAS PREVENTIVAS:
Cada empleado es responsable de mantener limpia y
ordenada su zona de trabajo y
los medios de su uso, a saber:
Equipo de protección personal y prendas de trabajo, armarios de ropas y prendas,
sus herramientas, materiales y
otros asignados específicamente a su custodia.
Los lugares de trabajo y sus respectivos equipos e instalaciones se limpiarán periódicamente y siempre que sea necesario para mantenerlo en todo
momento en condiciones higiénicas adecuadas. Se eliminarán con rapidez
los desperdicios, las manchas de grasa, los residuos de sustancias peligrosas y demás productos residuales que puedan originar accidentes o contaminar el ambiente de trabajo.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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5
ORDEN Y LIMPIEZA DE LOS LOCALES Y ZONAS DE TRABAJO
Las operaciones de limpieza no deberán constituir por sí mismas una fuente de riesgo para los trabajadores que las efectúen o para terceros, realizándose a tal fin en los momentos, de la forma y con los medios más adecuados.
Los empleados no pueden considerar su trabajo terminado hasta que las
herramientas y medios empleados, resto de equipos y materiales utilizados
y los recambios inutilizados, estén recogidos y trasladados a almacén o montón de desperdicios dejando el lugar y área limpia y ordenada.
Los derrames de liquido (ácidos, álcalis, aceites, grasas y otros productos),
se limpiarán inmediatamente de restos, una vez eliminada la causa de su
vertido, sea cierre de fuga, aislamiento de conducción, caída de envase u
otros.
5
ORDEN Y LIMPIEZA DE LOS LOCALES Y ZONAS DE TRABAJO
Las áreas de trabajo y servicios sanitarios comunes a todos los empleados serán usados de modo
que se mantengan en perfecto
estado. Los desperdicios (vidrios
rotos, recortes de material, trapos, etc.) se depositarán en los
recipientes dispuestos al efecto.
No se verterán en los mismos, líquidos inflamables, colillas, etc.
Como líquidos de limpieza o desengrasado se emplearán preferentemente detergentes. En los casos
en que sea imprescindible limpiar o desengrasar con gasolina u
otros derivados del petróleo, estará prohibido fumar.
Las zonas de paso, o señalizadas como peligrosas, deberán mantenerse
libres de obstáculos.
Los huecos situados en plano vertical u horizontal deberán protegerse con
barandillas, etc. a una altura mínima de 0,90 m, listón intermedio con rodapiés y estar iluminados, si es posible, de forma que se vean claramente tales
protecciones.
Los residuos inflamables como algodones de limpieza, trapos, papeles, restos de madera, recipientes metálicos, contenedores de grasas o aceites y
similares, se meterán en recipientes de basura metálicos y tapados.
Las herramientas, medios de trabajo, materiales, suministros y otros equipos nunca obstruirán los pasillos y vías de comunicación dejando aislada
alguna zona de la sección
22
Deben estar debidamente acotados y señalizados todos aquellos lugares y
zonas de paso donde pueda existir peligro de lesiones personales o daños
materiales.
No deben almacenarse materiales de forma que impidan el libre acceso a
los extintores de incendios.
Los materiales almacenados en gran cantidad sobre pisos deben disponerse de forma que el peso quede uniformemente repartido.
Todo clavo o ángulo saliente de una tabla o chapa, se eliminará inmediatamente sea doblándolo, cortándolo o retirándolo del suelo o paso.
No se deben colocar materiales y útiles en lugares donde pueda suponer
peligro de tropiezos o caídas sobre personas, máquinas o instalaciones.
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5
ORDEN Y LIMPIEZA DE LOS LOCALES Y ZONAS DE TRABAJO
Las botellas que contengan gases se almacenarán verticalmente asegurándolas contra las caídas y protegiéndolas de las variaciones notables de temperatura.
Todas las zonas de trabajo y tránsito
deberán tener, durante el tiempo que
se usen como tales, una iluminación
natural o artificial apropiada a la labor
que se realiza, sin que se produzcan
deslumbramientos.
5
ORDEN Y LIMPIEZA DE LOS LOCALES Y ZONAS DE TRABAJO
El orden, la limpieza y el mantenimiento de los Lugares de Trabajo deberán
ajustarse a lo dispuesto en el Anexo II. Igualmente, la Señalización de los
Lugares de Trabajo deberá cumplir lo dispuesto en el Real Decreto 485/97,
de 14 de abril.
Se mantendrá una ventilación eficiente, natural o artificial en las zonas de
trabajo, y especialmente en los lugares cerrados donde se produzcan
gases o vapores tóxicos, explosivos o
inflamables
Las escaleras y pasos elevados estarán provistos de barandillas fijas de construcción sólida.
Está terminantemente prohibido fumar en los locales de almacenamiento de
materiales combustibles, según indica la señalización dispuesta al efecto.
Está prohibido retirar cualquier protección de tipo colectivo (barandillas,
tablones de plataforma de trabajo, escaleras, etc.) sin la debida autorización del Mando responsable del tajo previo compromiso de su inmediata
reposición al término de la actividad que motivó dicha retirada.
Cuando tengan que levantar rejillas por necesidades de montaje deben
colocarse obstáculos físicos (barandillas), o si esto no es posible, señalizarlo adecuadamente. Al finalizar la jornada laboral y al mediodía al ir a
comer, se volverá a colocar en su lugar.
El Orden y la Limpieza son factores que tienen una marcada influencia
sobre la prevención de accidentes y son de tal importancia que nos da una
idea acerca del estado de Seguridad de las Obras, contribuyendo a que
haya menos accidentes, beneficiando a los trabajadores por encontrarse en
unas condiciones más seguras y más cómodas.
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6
6.
TRABAJOS EN ALTURA
(RD 1627/97, sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en
Obras de Construcción)
DEFINICIÓN
«Todo trabajo que específicamente se lleve a cabo en alturas (más
de 2 metros) y que conlleve por tanto riesgo de caídas, ya sean al
mismo o a distinto nivel»
MEDIDAS PREVENTIVAS:
No los realizarán aquellas
personas cuya condición física les cause vértigo o altere
su sistema nervioso, padezcan epilepsia o sean susceptibles por cualquier causa de
desvanecimientos.
Es obligatorio utilizar el cinturón o arnés de seguridad adecuado para todo trabajo en altura igual a 2 m.
Al trabajar en lugares elevados
no se arrojarán herramientas
ni materiales.
Todos los materiales que se depositen en las plataformas de trabajos se colocarán dentro de capazos, cajones, etc., minimizando el riesgo de su caída.
En caso de existir riesgo de caída de materiales a nivel inferior se balizará,
o si esto no es posible, se pondrán señales alertando del riesgo en la zona
afectada, comunicándolo al inmediato superior.
Igualmente en el caso de existir riesgo de caída de materiales incandescentes (soldadura, corte):
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TRABAJOS EN ALTURA
• Se vallará o señalizará toda la zona afectada.
• Si hubiera materiales o equipos y personal en las plantas inferiores se
colocarán mantas ignífugas.
• Se comunicará de inmediato al responsable de Planta en dicha área de
trabajo.
No se comenzará un trabajo en altura si el material de seguridad no es idóneo, no está en buenas condiciones o no disponemos de él.
En el montaje de estructuras, es conveniente que todas las uniones que se
puedan efectuar se hagan en el suelo y que en las alturas sean las mínimas
imprescindibles, con ello reducimos el tiempo de exposición al peligro por
caídas de personas o materiales.
Nunca se deben improvisar las plataformas de trabajo, sino que se construirán de acuerdo con la Normativa Legal vigente y Normas de Seguridad.
Los accesos a las plataformas de trabajo elevadas se harán con la debida
seguridad, mediante escaleras de servicio y pasarelas, nunca se debe hacer
trepando por los pilares o andando por las vigas, si no es mediante el
empleo de arnés anticaídas amarrado a dispositivo autoblocante de desplazamiento mediante sirgas o cuerdas fiadoras de poliamida previamente
tensadas, o polea anticaída.
Cuando resulte imposible sujetarse al arnés de seguridad, se colocarán las redes protectoras horizontales, sólidamente ancladas
en su perímetro para actuar como protección colectiva en trabajos de altura.
Todas las herramientas ligeras que
un operario necesite para su trabajo en altura deben ir atadas al cinturón de herramientas del usuario,
para que en caso de caída no alcance a algún compañero que esté trabajando en pisos inferiores.
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27
6
TRABAJOS EN ALTURA
Siempre es preferible la plataforma de trabajo normalizada por los fabricantes de los andamios. En caso de utilizar andamios de borriquetas, éstos
no alcanzarán una altura superior a la definida por la estructura de los mismos. No superarán los 2 m de alto.
En los trabajos en altura superpuestos a diferentes niveles se tomarán las
medidas oportunas (redes, marquesinas, balizamientos, perímetros en
planta...) para impedir daños a terceros por caídas de objetos desde alturas superiores. En definitiva los trabajos en altura sólo podrán efectuarse,
en principio, con la ayuda de equipos concebidos para tal fin o utilizando
dispositivos de protección colectiva, tales como barandillas, plataformas o
redes de seguridad. La estabilidad y solidez de los elementos de soporte y
el buen estado de los medios de protección deberán verificarse previamente a su uso, posteriormente de forma periódica y cada vez que sus condiciones de seguridad puedan resultar afectadas por una modificación, periodo de no utilización o cualquier otra circunstancia.
En cuanto a los factores atmosféricos, se deberá proteger a los
trabajadores contra las inclemencias atmosféricas que puedan comprometer su seguridad
y su salud.
7.
EQUIPOS DE TRABAJO: ANDAMIOS, ESCALERAS,
HERRAMIENTAS, CABLES, MAQUINARIAS DE TALLER, ETC.
(RD 1215/97, de 18 de Julio, sobre Utilización de Equipos de Trabajo.
RD 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real
Decreto 1215/1997, de 18 de julio, de trabajos temporales en altura)
DEFINICIÓN
«Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado
en el trabajo»
MEDIDAS PREVENTIVAS:
Los trabajos en altura sólo podrán efectuarse cuando las condiciones meteorológicas no pongan en peligro la salud y la seguridad de los trabajadores.
Los resguardos de elementos móviles de un equipo de trabajo que pueden
entrañar riesgos de accidente por contacto mecánico no deberán ser anulados por parte del trabajador.
Las zonas y puntos de trabajo o mantenimiento de los equipos de trabajo
deberán estar adecuadamente iluminados en función de las tareas que se
realicen.
En equipos de trabajo en los que exista emanación de gases, vapores o
líquidos o por emisión de polvo, y que están provistos de equipos de captación, se deberá prestar especial atención en el correcto funcionamiento
de éstos.
Los trabajadores deberán atender todas las advertencias y señalizaciones
presentes en el equipo de trabajo con el fin de garantizar la seguridad del
mismo y de los demás trabajadores.
Los equipos de trabajo no deben someterse a sobrecargas, sobrepresiones,
velocidades de tensiones excesivas que puedan poner en peligro la seguridad de los trabajadores.
Antes de utilizar un equipo de trabajo se comprobará que sus protecciones
y condiciones de uso son las adecuadas.
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
EQUIPOS DE TRABAJO
Los equipos de trabajo no deben utilizarse de formas o en operaciones
o en condiciones contraindicadas por
el fabricante.
Los accesorios de elevación deberán seleccionarse en función de las cargas
que se manipulen, de los puntos de presión, del dispositivo de enganche y
de las condiciones atmosféricas, y teniendo en cuenta la modalidad y configuración de amarre.
Se deberá tener en consideración el
uso de equipos de trabajo adecuados en ambientes especiales, tales
como locales mojados o alta conductividad, locales con alto riesgo
de incendio, atmósferas explosivas
o ambientes explosivos.
El empleo al aire libre de equipos de trabajo para la elevación de cargas no
guiadas deberá cesar cuando las condiciones meteorológicas impidan el
desarrollo de la actividad en condiciones de seguridad.
El montaje y desmontaje de equipos
de trabajo debe realizarse de manera segura, mediante el cumplimiento
de las instrucciones del fabricante.
El montaje de equipos de trabajo se realizará siempre, posibilitando el acceso y permanencia en condiciones de seguridad en todos los lugares necesarios para utilizar, ajustar y mantener los equipos de trabajo adecuadamente.
Siempre que sea posible el trabajador ajustará el equipo de trabajo a sus
dimensiones antropométricas, siempre respetando los límites establecidos
por el fabricante y sin comprometer las medidas de seguridad en el diseño
del equipo.
En los equipos de trabajo fuera de servicio se tomarán las medidas necesarias para imposibilitar su uso.
La conducción de equipos de trabajo automotores estará reservada a los
trabajadores que hayan recibido una formación específica.
La elevación de trabajadores sólo estará permitida mediante equipos de
trabajo y accesorios provistos a tal efecto.
Prohibida la presencia de trabajadores bajo las cargas suspendidas.
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7
Durante su utilización se presenta de forma continua el riesgo de caída de
altura, que puede aparecer al acceder a las plataformas o trabajando sobre
ellas y estar motivado por una deficiente instalación, insuficiente protección o mal uso. Todo esto es evitable si las personas que intervienen en la
planificación, instalación y uso de los andamios actúan de forma previsora
y responsable.
Los andamios se montarán sobre pies derechos metálicos (usillos), suficientemente resistentes y arriostrados de modo que su estabilidad y nivelación
quede garantizada.
Los pisos o plataformas serán de 30 cm de anchura mínima, hechos con piso
metálico y con una resistencia mínima de 300 Kg/m2 en el punto medio
entre soportes.
Las plataformas se proveerán de barandillas a una altura del piso de 90 cm
equipado con otra intermedia 45 cm y de plintos o rodapiés de 20 cm de
altura.
En las plataformas, pisos, pasarelas, etc., está prohibido el uso de tablones
o maderas.
Las plataformas se sujetaran a los soportes mediante perrillos o atadura
con alambre evitando así deslizamientos o vuelcos.
Los andamios en su base, se protegerán contra golpes y deslizamientos
mediante cufias, dispositivos de bloqueo y/o estabilizadores.
Cuando exista riesgo de caída en altura de más de dos metros, deberá disponer de barandillas rígidas de una altura mínima de 90 centímetros, o de
cualquier otro sistema que proporcione una protección equivalente.
Montado el andamio, no se retirará ningún elemento de su composición
(tubo, travesaño, tablón, etc.) hasta que no sea desmontado totalmente. En
caso de que por necesidades del trabajo deba mantenerse la estructura
durante algunos días utilizando alguno de sus elementos para confeccionar
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
7
EQUIPOS DE TRABAJO
Cuando el acceso al equipo de trabajo o la ejecución de una tarea
particular exija la retirada temporal
de un dispositivo de protección colectiva contra caídas, deberán preverse medidas compensatorias y
eficaces de seguridad, que se especificarán en la planificación de la
actividad preventiva. No podrá ejecutarse el trabajo sin la adopción
previa de dichas medidas. Una vez
concluido este trabajo particular,
ya sea de forma definitiva o temporal, se volverán a colocar en su
lugar los dispositivos de protección
colectiva contra caídas.
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otros andamios, se señalizará claramente la prohibición de acceso al mismo y se retirará la plataforma de trabajo para impedir su utilización por
personal de otros tajos o ajenos a la Empresa.
En las plataformas de trabajo aisladas o que por necesidades del servicio
carezcan de la barandilla de seguridad reglamentaria, se utilizará el arnés o
cinturón de seguridad que se sujetará por el mosquetón a puntos sólidos,
resistentes y distintos del andamio o plataforma de trabajo.
El Mando Intermedio antes del montaje del andamio examinará los medios
y componentes con los que se va a montar, desechando todos los dudosos.
Antes de colocarse el arnés de seguridad será examinado y rechazado si no
ofrece garantía o no es inteligible la etiqueta con la fecha de fabricación.
El peso máximo del material que soporte la plataforma del andamio, cuando vaya a ser superior a los 40 Kg, se construirá para resistir la carga que
se necesite.
Se prohíbe el uso de andamios de caballete si no están formados por
soportes de sólida construcción separados entre sí menos de 2,5 metros
para trabajos ligeros y 1,5 metros para trabajos pesados.
Dependiendo del tipo de equipo de trabajo elegido con arreglo a los apartados anteriores, se determinarán las medidas adecuadas para reducir al
máximo los riesgos inherentes a este tipo de equipo para los trabajadores.
En caso necesario, se deberá prever la instalación de unos dispositivos de
protección contra caídas. Dichos dispositivos deberán tener una configuración y una resistencia adecuadas para prevenir o detener las caídas de altura y, en la medida de lo posible, evitar las lesiones de los trabajadores. Los
dispositivos de protección colectiva contra caídas sólo podrán interrumpirse en los puntos de acceso a una escalera o a una escalera de mano.
Se prohíbe lanzar herramientas, materiales y otros objetos de un andamio
a otro o de una persona a otra. Se entregarán en mano.
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Preferiblemente, el acceso al andamio se realizará por escaleras situadas en
la parte interna del andamio, de no ser así estarán situadas en la parte exterior y en un lado del andamio (si es necesario con un sistema anticaídas).
Si las escaleras están ubicadas en la parte exterior del andamio, éstas sobresaldrán 1 m por encima del piso o plataforma en el que hay que desembarcar.
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
7.1. CLASES DE ANDAMIOS
Andamio de borriquetas. Superficie de trabajo compuesta de 2 chapas
metálicas de 30 cm cada una de ellas, fijadas a borriquetas de pie en sus
extremos. No debemos menospreciar las caídas desde «poca altura», por
tratarse de andamios bajos.
Andamios tubulares. Se trata de un andamio de elementos prefabricados
en el que la unión de los marcos se realiza por medio de juntas prefabricadas a distancias modulares, sirviendo para la sustentación de las plataformas de trabajo y facilitando así la ejecución material de la obra en los diferentes niveles.
Se compone de: Larguero, diagonal (Cruz de S. Andres/Arriostramiento/
Tijeras), base de apoyo, marco, barandilla, barandilla esquinal, listón intermedio, plataforma, rodapié, elemento de amarre o anclaje, anclaje en sí,
plataforma con trampilla interior (para el ascenso y descenso), escalera y
pie de barandilla.
Andamios colgados móviles. Son plataformas de trabajo horizontales,
suspendidas mediante cables de un elemento resistente de sujeción y que,
mediante un mecanismo de elevación, permiten llegar a los operarios a
todos los puntos exteriores del edificio.
Se compone de: Pescante, gancho superior o enganche, cable de tiro,
aparejo de elevación (trócola o tráctel), sujeción de la lira, lira, barandillas,
listón intermedio, rodapié y plataforma.
Andamios a motor o de cremallera. Son plataformas de trabajo que se
apoyan y se desplazan sobre uno o dos mástiles instalados cada uno sobre
un carro base, y disponen de un sistema de elevación mediante piñón y cremallera.
Se compone de: Carro base, mástil (cremallera de rodadura), grupo motor
(pifiones motores que ruedan sobre la cremallera del mástil), plataforma o
puente (cuerpo central, dos laterales y dos tramos soportes), armario eléctrico (fijado sobre la barandilla con botonadura de subida, bajada y parada
emergencia) y arriostramiento (sujeción del andamio al suelo).
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
Los andamios deberán proyectarse, montarse y mantenerse convenientemente de
manera que se evite que se
desplomen o se desplacen
accidentalmente. Las plataformas de trabajo, las pasarelas y
las escaleras de los andamios
deberán construirse, dimensionarse, protegerse y utilizarse de forma que se evite que
las personas caigan o estén
expuestas a caídas de objetos.
A tal efecto, sus medidas se ajustarán al número de trabajadores que vayan
a utilizarlos.
Los elementos de apoyo de un andamio deberán estar protegidos contra el
riesgo de deslizamiento, ya sea mediante sujeción en la superficie de apoyo, ya sea mediante un dispositivo antideslizante, o bien mediante cualquier otra solución de eficacia equivalente, y la superficie portante deberá
tener una capacidad suficiente. Se deberá garantizar la estabilidad del
andamio.
Deberá impedirse mediante dispositivos adecuados el desplazamiento inesperado de los andamios móviles durante los trabajos en altura.
Las dimensiones, la forma y la disposición de las plataformas de un andamio deberán ser apropiadas para el tipo de trabajo que se va a realizar, ser
adecuadas a las cargas que hayan de soportar y permitir que se trabaje y
circule en ellas con seguridad. Las plataformas de los andamios se montarán de tal forma que sus componentes no se desplacen en una utilización
normal de ellos. No deberá existir ningún vacío peligroso entre los componentes de las plataformas y los dispositivos verticales de protección colectiva contra caídas.
Cuando algunas partes de un andamio no estén listas para su utilización, en
particular durante el montaje, el desmontaje o las transformaciones, dichas
partes deberán contar con señales de advertencia de peligro general, con
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EQUIPOS DE TRABAJO
arreglo al Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre señalización de
seguridad y salud en el centro de trabajo, y delimitadas convenientemente
mediante elementos físicos que impidan el acceso a la zona de peligro.
Los andamios sólo podrán ser montados, desmontados o modificados sustancialmente bajo la dirección de una persona con una formación universitaria o profesional o bien con dos años de experiencia certificada por el
empresario y formación de nivel básico que lo habilite para ello, y por trabajadores que hayan recibido una formación adecuada y específica para las
operaciones previstas, que les permita enfrentarse a riesgos específicos.
Tanto los trabajadores afectados como la persona que supervise dispondrán del plan de montaje y desmontaje.
Los andamios deberán ser inspeccionados por una persona con una formación universitaria o profesional o bien con dos años de experiencia certificada por el empresario y formación de nivel básico que lo habilite para ello:
a. Antes de su puesta en servicio.
b. A continuación, periódicamente.
c. Tras cualquier modificación, período de no utilización, exposición a la intemperie, sacudidas sísmicas, o cualquier otra circunstancia que hubiera
podido afectar a su resistencia o a su estabilidad.
Cuando se depositen materiales sobre los andamios, se hará con cuidado y jamás de golpe.
El caminar por los andamios será
normal, no se saltara sobre las plataformas ni tampoco de una a otra.
El personal que trabaje en andamios, sillas colgantes y generalizando en alturas superiores a los dos
metros, usara arnés de seguridad,
adaptado al tipo de riesgo a minimizar (sujeción, suspensión o anticaídas), anclado a una parte sólida de
la estructura.
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
7.2. ESCALERAS
La utilización de una escalera de mano como puesto de trabajo en altura
deberá limitarse a las circunstancias en que la utilización de otros equipos
de trabajo más seguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo y por
las características de los emplazamientos que el empresario no pueda
modificar.
Las escaleras de mano se colocarán de forma que su estabilidad
durante su utilización esté asegurada.
Los puntos de apoyo de las escaleras de mano deberán asentarse
sólidamente sobre un soporte de
dimensiones adecuadas y estable, resistente e inmóvil, de forma que los travesaños queden
en posición horizontal.
NO
Las escaleras suspendidas se fijarán de forma segura y, excepto
las de cuerda, de manera que no
puedan desplazarse y se eviten
los movimientos de balanceo.
Se impedirá el deslizamiento de los pies de las escaleras de mano durante
su utilización ya sea mediante la fijación de la parte superior o inferior de
los largueros, ya sea mediante cualquier dispositivo antideslizante o cualquier otra solución de eficacia equivalente.
Las escaleras de mano para fines de acceso deberán tener la longitud necesaria para sobresalir al menos un metro del plano de trabajo al que se accede.
Las escaleras compuestas de varios elementos adaptables o extensibles
deberán utilizarse de forma que la inmovilización recíproca de los distintos
elementos esté asegurada.
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7
7
EQUIPOS DE TRABAJO
Las escaleras con ruedas deberán haberse inmovilizado antes de acceder a ellas.
Queda prohibido el uso de escaleras defectuosas o que no se pueda comprobar si se encuentran en buen estado.
Las escaleras de mano simples se colocarán,
en la medida de lo posible, formando un ángulo aproximado de 75 grados con la horizontal (x).
Para trabajos eléctricos se usaran escaleras de madera, poliéster o fibra de
vidrio.
El ascenso, el descenso y los trabajos desde
escaleras se efectuarán de frente a éstas. Las
escaleras de mano deberán utilizarse de forma que los trabajadores puedan tener en todo momento un punto de apoyo y de sujeción
seguros. Los trabajos a más de 3,5 metros de
altura, desde el punto de operación al suelo,
que requieran movimientos o esfuerzos peligrosos para la estabilidad del trabajador, sólo
se efectuarán si se utiliza un equipo de protección individual anticaídas o se adoptan otras
medidas de protección alternativas. El transporte a mano de una carga por una escalera
de mano se hará de modo que ello no impida
una sujeción segura.
Se prohíbe el transporte y manipulación de
cargas por o desde escaleras de mano cuando por su peso o dimensiones puedan comprometer la seguridad del trabajador.
Quedan prohibidas para estos trabajos escaleras metálicas.
Todas las escaleras portátiles y especiales (más de 7 m) estarán provistas de
zapatas antideslizantes.
NO
La escalera portátil tendrá una longitud tal que sobrepase un metro por
encima del punto o la superficie a donde se quiere llegar.
La longitud máxima de las escaleras portátiles no podrá sobrepasar a los 5 m
sin un apoyo intermedio en cuyo caso podrá alcanzar la longitud de 7 m.
Para mayores alturas se emplearán escaleras especiales.
x >75º
NO
Las escaleras se colocarán de modo que el
ángulo con la vertical bajada del punto de
apoyo superior, sea de 15 grados. De otra
forma, la distancia entre la citada vertical y
las zapatas de apoyo en el suelo deberá ser
la cuarta parte de la longitud existente
entre la zapata del suelo y la intersección
con la vertical del punto de apoyo superior.
Todas las escaleras portátiles se apoyarán
sobre superficies planas y firmes.
x <75º
Las escaleras de mano no se utilizarán por
dos o más personas simultáneamente.
No se emplearán escaleras de mano y, en particular, escaleras de más de cinco metros de longitud, sobre cuya resistencia no se tengan garantías. Queda prohibido el uso de escaleras de mano de construcción improvisada.
Las escaleras de mano se revisarán periódicamente. Se prohíbe la utilización de escaleras de madera pintadas, por la dificultad que ello supone
para la detección de sus posibles defectos.
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EQUIPOS DE TRABAJO
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En proximidad de puertas y pasillos, si es
necesaria la colocación de una escalera portátil, se hará teniendo la puerta abierta para
que sea visible y además protegida para que
no pueda recibir golpe alguno.
NO
Siempre que sea posible se amarrará la escalera por su parte superior. En escaleras especiales será obligatorio.
No se empalmarán dos escaleras sencillas.
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7
7
EQUIPOS DE TRABAJO
No se pondrán escaleras por encima de mecanismos en movimiento o
conductores eléctricos desnudos. Si es necesario, antes se habrá parado el
mecanismo en movimiento y quitado la energía eléctrica, asegurándose de
que no se pondrá en movimiento o con energía, de modo inesperado, por
una maniobra cualquiera.
Las escaleras de tijera deben estar totalmente abiertas y con el tensor
extendido de modo que no permita deslizamiento alguno.
Las escaleras de madera no se pintarán con el fin de poder examinar
su estado en todo momento, para
su conservación se podrá aplicar
un barniz transparente.
Las herramientas de corte se mantendrán afiladas y con el corte protegido
o tapado mediante tapabocas de caucho, plástico, cuero, etc.
No se utilizarán herramientas de mangos flojos, mal ajustados y astillados.
Se pondrá especial cuidado en los martillos, mallos y mazas.
Para sostener punteros, botadores, remachadores, en general herramientas
que reciben golpes fuertes, las citadas herramientas tendrán mangos para
sujetarlas con pinzas o tenazas.
No se golpeará sobre acero templado que, por su fragilidad, puede romperse en esquirlas y proyectarse a gran velocidad.
Las herramientas se manejarán sin forzarlas a trabajos impropios de ellas.
No se usarán herramientas que requieran mango y
no lo tengan, como limas, escoplos, formones, etc.
Queda prohibido subir en una escalera a más de un operario simultáneamente.
NO
7.3. HERRAMIENTAS DE MANO
MEDIDAS PREVENTIVAS:
En cada trabajo se utilizará la herramienta adecuada. No se emplearán por
ejemplo, llaves por martillos, destornilladores por cortafríos, escoplos por
formones, etc.
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Las herramientas se mantendrán limpias y en buenas condiciones.
No se usarán herramientas sin haberlas examinado y comprobado que se
hallan en buenas condiciones.
El usuario de la escalera portátil se
mantendrá vertical o ladeado pero
siempre dentro del espacio limitado por los largueros de la escalera.
El descenso por una escalera portátil nunca se realizará de espaldas
a la misma.
EQUIPOS DE TRABAJO
Se usarán llaves inglesas y similares de la medida
correcta, que se ajusten perfectamente a la tuerca y
para la fuerza prevista. No se usarán tubos o cualquier otro medio para aumentar el brazo de palanca
de la llave. En el manejo no se empujará a la llave,
por el contrario, se tirará de la misma protegiéndose
así dedos y nudillos. También se cuidará de la posición y lugar de trabajo antes de hacer el esfuerzo,
puede escaparse la herramienta y caerse.
En trabajos de altura se llevarán las herramientas en
bolsa o mochila sujeta al arnés o cinturón con el fin
de tener las manos libres.
Las herramientas que se golpean se mantendrán sin rebabas, como cortafríos, punteros, botadores, etc.
En las zonas donde se requiere permiso de trabajo en caliente y para que
no se produzcan chispas ni temperaturas altas en el momento de taladrar,
rebabar, amolar, cortar, etc. se hará bajo chorro de taladrina o de agua y
los golpes se darán con martillo de bronce o de plástico.
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
A las herramientas neumáticas no se les suministrará el aire a presión, hasta que no estén en el lugar de utilización.
No se desconectarán las mangueras de aire comprimido sin haber cerrado
la llave de paso del aire y después de descomprimirlas.
En el trabajo con herramientas neumáticas con martillos
sobre materiales que pueden
generar chispas o zonas de
temperaturas altas, siempre
es conveniente y en caso de
zonas que requieren permiso
de trabajo en caliente, totalmente necesario, proyectar
continuamente un chorro de
agua en el punto de acción
de la herramienta.
7
EQUIPOS DE TRABAJO
7.4. CABLES, CADENAS Y REDES
MEDIDAS PREVENTIVAS:
Se utilizarán cuerdas, cables, cadenas y redes
de tamaño y resistencia adecuadas al trabajo y
requerimientos del mismo. La resistencia estará marcada en ellos.
Se prohíbe arrastrar cuerdas por el suelo y plataformas para evitar que se pongan en contacto con sustancias corrosivas, calor, agua, etc.,
que pueden alterar sus propiedades mecánicas.
No se trabajará de modo que las cuerdas o cables se pongan en contacto con bordes cortantes (esquinas, ángulos, bordes de chapa, etc.,).
Se utilizarán calzos y cantoneras adecuados.
Antes de desconectar las mangueras de las herramientas neumáticas se ha
de tener la seguridad de que la válvula de paso del aire está cerrada.
No se sobrepasará la resistencia de cuerdas, cables, cadenas y redes con
maniobras bruscas como tirones sesgados y frenazos repentinos.
Las herramientas manuales eléctricas serán apantalladas y estancas.
Las cuerdas, cables, cadenas, redes y utensilios, sean pastecas, poleas, polipastos, tornos, etc., que no estén en condiciones, o ante la menor duda,
se desecharán, comprobarán y destruirán si no responde a las exigencias
que los definen.
Los cables de conexión de las herramientas eléctricas serán apantallados.
La conexión de las herramientas eléctricas manuales será tal que, al hacerla,
quede herramienta y conductor unido a tierra
No se usarán herramientas eléctricas de mano que precisen tensiones superiores a 220 voltios.
Antes del uso de herramientas neumáticas o eléctricas, se revisarán concienzudamente las mangueras o los cables y se desecharán si no están en
buenas condiciones.
Periódicamente bajo la responsabilidad del Mando Intermedio, se inspeccionarán y comprobarán las cuerdas, cables, cadenas y utensilios de uso, y
se destruirán los defectuosos.
7.5. MAQUINAS DE TALLER
Se prohíbe lanzar herramientas, se deben entregar en mano.
El usuario es el responsable de recibir y conservar las herramientas y de
mantenerlas en las mejores condiciones de uso.
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MEDIDAS PREVENTIVAS:
En el uso de las máquinas de taller se observarán el método y recomendaciones establecidas para cada operación y/o el que en cualquier momento
indique el Mando.
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
Las inspecciones a las máquinas de taller se harán con las máquinas paradas y cortado el suministro de energía eléctrica al motor, sea por eliminación de los fusibles u otro procedimiento sencillo y derivando los bornes del
motor a tierra.
Los resguardos de las máquinas
permanecerán siempre colocados.
Las máquinas de taller estarán
siempre unidas a tierra. Esta toma
de tierra se revisará cada seis meses, bajo la responsabilidad del
Mando Intermedio, del que depende su mantenimiento.
Cuando se pare la máquina sea por fin de jornada de trabajo, por corte de
suministro de corriente eléctrica u otra causa, se dejará con el embrague
desconectado, el interruptor eléctrico abierto y el desplazamiento de la
herramienta bloqueado.
Se prohíbe el trabajo en máquinas herramientas con prendas sueltas,
puños desabrochados, corbata, anillos, relojes o pulseras puestas.
EQUIPOS DE TRABAJO
Piedra esmeril
El soporte de la máquina para las herramientas o materiales a esmerilar, se
colocará lo más cerca posible de la piedra y por encima de la línea de nivel
horizontal que pasa por su centro.
Al desbarbar una pieza no se apretará demasiado contra la piedra cuando ésta esté fría.
No se utilizarán los laterales de la piedra para afilar punteros, barras, etc.
No se usarán piedras esmeril sin colocar la pantalla protectora transparente entre la muela y los ojos del operador, situar la carcasa lateral en los costados de la misma, y ajustado el apoyaherramientas a 2 mm. del abrasivo.
Al cambiar una piedra o muela, se comprobarán las revoluciones para las
que está fabricada, y por golpe ligero y suspendida de una cuerda, se procurará conocer su estado por el sonido y se comprobará con examen ocular minucioso, la posible presencia de grietas u oquedades.
No se pararán las máquinas empleando las manos como freno.
La piedra o muela debe estar bien centrada, el eje correctamente equilibrado y la bancada bien anclada al pavimento.
No se permite retirar las virutas de las máquinas con las manos aunque
estén protegidas con guantes. Para hacerlo se emplearán herramientas de
mango liso.
Queda prohibido el uso de piedras esmeril o muelas sin usar gafas de seguridad del tipo universal antiimpactos.
Se prohíbe el uso de guantes o trapos cuando se manejen partes de las
máquinas en movimiento, como porta brocas, puntos de torno, etc.
Es obligatorio mantener la zona de trabajo limpia de obstáculos y de sustancias resbaladizas, tales como aceites, taladrinas, etc.
Es obligatorio prestar los cuidados necesarios a las máquinas para su conservación en perfecta disposición y estado. De ello es responsable el usuario. El Responsable Técnico de la Obra dará las instrucciones oportunas a
los Mandos Intermedios en el que se fijará un plan de mantenimiento preventivo periódico para cada máquina que tenga a su cargo, en su centro
de trabajo.
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7
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
Torno
Se utilizarán las pantallas del torno
para evitar salpicaduras de aceites o
taladrinas, así como trozos de metal.
El tornero está obligado al uso de gafas de seguridad, del tipo universal
antiimpactos.
No se manipulará sobre la pieza a trabajar o la herramienta con la máquina en marcha.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
EQUIPOS DE TRABAJO
Se usará un tubo como carcasa de protección para materiales largos que
penetren por el cabezal del torno.
Todas las herramientas y material de desecho deben ser retirados de la bancada de trabajo antes de poner la máquina en marcha.
Taladro Columna
Cuando el operario acabe el trabajo debe desconectar la corriente y cerciorarse de que la máquina se ha detenido y no existe peligro de que se ponga
intempestivamente en marcha.
Antes de su puesta en marcha, el operador
comprobará el buen estado de las conexiones eléctricas y la eficacia de la toma de tierra y del disyuntor diferencial para evitar riesgos de electrocución.
Las virutas se separarán con un gancho y no
con la mano, para evitar riesgos de cortes.
Las limaduras se limpiarán con un cepillo o
brocha adecuada y no con un trapo o algodón
que podría quedar enganchado por la broca.
El operador deberá llevar ropas ajustadas para evitar que queden enganchadas por la broca partes del vestuario.
El operador usará gafas protectoras del tipo
universal antiimpactos para preservarse de la
proyección de partículas.
La pieza deberá estar sujeta con mordazas, para evitar heridas que pudieran producirles al girar la pieza arrastrada por broca. Si la pieza es pequeña, pueden utilizarse unos alicates para su sujeción.
Se prestará especial atención a las rebabas y aristas de las piezas, ya que
pueden ser causas de heridas, limando las rebabas del agujero taladrado
cuando la broca esté parada.
No se utilizará taladrina para lavarse las manos, dada su facilidad para producir enfermedades de la piel.
No se debe dejar puesta en el porta brocas la llave del mismo ni sobre la
mesa de trabajo de la taladradora.
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7
Fresadora
Antes de su puesta en marcha, el operador comprobará el buen estado de
las conexiones, la eficacia de la toma de tierra y del disyuntor diferencial,
para evitar riesgos de electrocución.
La fresadora no se pondrá en marcha sin haber colocado la protección de
la misma.
No se intervendrá en la fresa o pieza trabajada sin parar la máquina.
Se prohíbe cambiar la pieza de la
máquina si antes no se ha cubierto
con un paño grueso la fresa. Ésta
tiene aristas vivas y cortantes.
El operario, para evitar las virutas,
usará ganchos con mango liso.
El operario no podrá llevar anillos
ni relojes o pulseras.
El operador usará gafas protectoras del tipo universal antiimpactos
para preservarse de la proyección
de partículas.
Terraja de roscado de tubos
Antes de su puesta en marcha, el operador comprobará el buen estado de
las conexiones, la eficacia de la toma de tierra y del disyuntor diferencial,
para evitar riesgos de electrocución.
No se hará funcionar la taladradora a velocidad distinta de la establecida
para la broca y el material a mecanizar.
Respecto a la ubicación de la máquina se comprobara que no interfiere las
zonas de paso del personal, y si es preciso acotará su zona de trabajo sin
reducir las dimensiones de los pasillos de circulación.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
Todas las herramientas y material de desecho deben ser retirados de la bancada de trabajo antes de poner la máquina en marcha.
El operador llevará ropas ajustadas para evitar que queden enganchadas
con la viruta.
El operador usará gafas protectoras tipo universal antiimpactos para preservarse de la proyección de partículas.
No ajustar ni calibrar manualmente la pieza a mecanizar mientras la máquina esté funcionando.
Las virutas se retirarán con un gancho y con una brocha se barrerán
las limaduras de la bancada depositando los restos en un recipiente
de recogida dispuesto al efecto.
Se limpiará con cepillo metálico las
rebabas de la pieza roscada cuando la máquina esté parada.
Cuando el operario acabe el trabajo debe desconectar la corriente.
Tronzadora
Antes de su puesta en marcha el operador comprobará el buen estado de
las conexiones, la eficacia de la toma de tierra y del disyuntor diferencial
para evitar riesgos de electrocución.
No se hará funcionar la tronzadora a velocidad distinta de la establecida
por el fabricante para la sierra y el material a mecanizar.
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
No ajustar ni calibrar manualmente la
pieza mientras la máquina esté funcionando. Se afianzarán las materias y se
regularán las guías de posicionado en
aquéllas que por sus dimensiones lo
precisen.
Comprobar el estado de tensión y el
buen nivel de recuperación del muelle
de basculamiento del brazo, así como
el perfecto ajuste de las protecciones y
resguardos sobre el disco.
Las limaduras se limpiarán con cepillo o brocha adecuada depositándolas
en un recipiente de recogida dispuesto a tal efecto.
Se limarán las rebabas de la zona de la pieza cortada cuando la máquina
esté parada.
No se utilizará taladrina para lavarse las manos, dada su facilidad para producir enfermedades de la piel.
Cuando el operario acabe el trabajo debe desconectar la corriente y cerciorarse de que la máquina se ha detenido y no existe peligro de que se ponga en marcha de forma intempestiva.
7.6. MÁQUINAS-HERRAMIENTAS PORTÁTILES
NORMAS GENERALES PARA MÁQUINAS-HERRAMIENTAS
DE COMBUSTIÓN:
Todas las herramientas y material arrancado deben ser retiradas de la mesa
de trabajo antes de poner la máquina en marcha.
En los equipos de oxicorte, el exceso de presión en los sopletes no mejora
el rendimiento, sino que únicamente alarga la llama. Trabajar con la presión aconsejada por el fabricante del equipo.
El operario llevará ropas ajustadas para evitar que queden enganchadas en
la sierra parte de su vestuario.
En los intervalos de no utilización dirigir la llama del soplete al espacio libre
o hacia superficies que no se quemen.
El operador usará gafas protectoras tipo universal antiimpactos para preservarse de la proyección de partículas.
Cuando se trabaje en locales cerrados, se deberá disponer de la adecuada
ventilación.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
49
7
EQUIPOS DE TRABAJO
EQUIPOS DE TRABAJO
Nunca utilizar las herramientas clavaduras en las proximidades de materiales inflamables o explosivos.
Al realizar el disparo colocarse en la parte posterior de la pistola nunca en
un lateral de ésta.
Las herramientas clavadoras son en realidad un arma de fuego, es por ello
que las personas que emplean estas herramientas deberán conocer perfectamente su funcionamiento y posibilidades, tipos de carga a utilizar, etc.
Mantener siempre en buen estado las herramientas de combustión, limpiando periódicamente los calibres, conductos de combustible, boquillas y
dispositivos de ignición o disparo, etc.
Emplear siempre la carga necesaria, según instrucciones del fabricante. Rebotes y perforaciones son debidas en muchos casos a cargas inadecuadas.
En los equipos que desprendan llama se utilizarán los equipos de protección personal preceptivos: guantes de soldador, protectores corporales de
material ignífugo y protección ocular adecuada al tipo de tarea. Su entorno estará libre de obstáculos. Con las herramientas clavadoras será obligatorio el empleo de gafas de montura universal antiimpactos, siendo recomendable la superposición de otras panorámicas ajustables con goma.
Para clavar con pistola en esquinas,
adoptar siempre la distancia de seguridad (a 10 cm, como mínimo, de la
arista).
NORMAS GENERALES PARA MÁQUINAS-HERRAMIENTAS HIDRÁULICAS:
Para las pistolas clavadoras o herramientas de tiro indirecto, siempre que la
velocidad de salida del clavo sobrepase los 100 m/s, será obligatorio el uso
de una campana protectora en la boca de 100 mm de diámetro. Este protector ha de ser solidario a la herramienta y no podrá separarse ni seccionarse. En los «martillos clavadores» no es necesaria esta protección, ya que
la velocidad de salida es pequeña. Las pistolas clavadoras de tiro directo (sin
vástago con fin de carrera en el interior del cañón) tienen su empleo totalmente prohibido en todos los centros de trabajo de la Compañía.
Se fijará mediante una pequeña cadena el extremo de la manguera para
impedir su descompresión brusca.
Los clavos no deberán ser fijados:
Curvadora de tubo portátil
a. en paredes o materiales fácilmente perforables.
b. en superficies curvas.
c. en lugares donde el proyector no cubra por completo.
d. en materiales recubiertos de yeso, en aquellos que sean muy duros o
elásticos y en los frágiles y quebradizos.
No hacer ninguna fijación sin que el protector deje ver las ya realizadas. Es
posible que el clavo rebote, si no, en otro ya fijado.
En ningún caso se apuntará la pistola fijaclavos hacia una persona, ni se
dejará en el suelo estando cargada.
La pistola fijaclavos se transporta siempre boca abajo y descargada.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
Emplazar adecuadamente la herramienta sobre la superficie nivelada y estable. Su entorno estará libre de obstáculos.
Se utilizarán guantes de trabajo y gafas de seguridad para protegerse de
las quemaduras por sobrepresión del circuito hidráulico y de las partículas
que se puedan proyectar.
Antes de su puesta en carga, el operador comprobará la estanqueidad del
circuito.
Disponer la máquina en un lugar alejado de las zonas de paso del personal
para impedir caídas a nivel o alcance por proyección a terceros.
No se podrá modificar bajo ningún concepto la regulación de las válvulas
de seguridad o descarga con la finalidad de conseguir mayor presión de
trabajo.
Si el sistema dispone de un acumulador hidráulico, no utilizar para regarlo
otro gas que el nitrógeno u otro inerte, siguiendo las instrucciones del
fabricante.
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
Para controlar la presión del circuito es necesario utilizar un manómetro con
una goma de presión adecuada.
Cuando se termine de ejecutar el trabajo, asegúrese de despresurizar la
máquina y colocarla junto con sus accesorios fuera de las zonas de paso del
personal.
NORMAS GENERALES PARA MÁQUINAS-HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS
PORTÁTILES:
Se comprobará periódicamente el estado de las protecciones: hilo de tierra
no interrumpido, fusibles, disyuntor, transformadores de seguridad, interruptor magnetotérmico de alta sensibilidad, etc.
No se utilizará nunca herramienta portátil desprovista de enchufe y se revisará periódicamente este extremo, bajo la responsabilidad directa del Mando Intermedio, del que depende su mantenimiento.
Los cables eléctricos de las herramientas portátiles se llevan a menudo de
un lado a otro, se arrastran, y se dejan tirados, lo que contribuye a que se
deterioren con facilidad. Se deberán revisar y rechazar los que tengan su
aislamiento deteriorado.
La desconexión nunca se hará mediante un tirón brusco.
A pesar de la apariencia sencilla, todo operario que maneje estas herramientas debe estar adiestrado en
su uso. Su Jefe de Equipo es el encargado de asegurarse de este extremo.
Se desconectará la herramienta para cambiar de útil y se comprobará
que está parada.
La broca sierra, etc., estará bien apretada y si se utiliza una llave para el
apriete, asegurarse de quitarla antes de empezar a trabajar.
No utilizar prendas holgadas que favorezcan los atrapamientos.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
7
EQUIPOS DE TRABAJO
No inclinar las herramientas para ensanchar el agujero, o abrir la luz de corte.
Los resguardos de la sierra portátil deberán estar siempre colocados.
Si se trabaja en locales húmedos, se adoptarán las medidas necesarias,
guantes aislantes, taburetes de madera, transformador de seguridad, etc.
Se usarán gafas panorámicas de seguridad en las tareas de corte, taladro, desbaste, o percusión electroneumática, con herramientas eléctricas portátiles.
En todos los trabajos en alturas es necesario el arnés de seguridad, pero
trabajando con herramientas portátiles que fácilmente desequilibran al
operario, debe ser rigurosamente respetada esta norma.
Los operarios expuestos al polvo utilizarán mascarillas equipadas con filtro
mecánico homologado.
Si el nivel sonoro producido por la herramienta eléctrica supera los 80 decibelios, se utilizarán protectores auditivos.
Esmeriladora portátil radial.
Antes de su puesta en marcha el operador comprobará el buen estado de
las conexiones eléctricas la eficacia del doble aislamiento de la carcasa y el
disyuntor diferencial para evitar riesgos de electrocución.
Se seleccionará adecuadamente el estado de desgaste del disco y su idoneidad para el material al que se ha de aplicar.
Comprobar la velocidad máxima de utilización, que viene habitualmente
expresado en m/s ó r.p.m. mediante la fórmula:
m/s = r.p.m./60 x 3,14 x diámetro (m)
Cerciorarse de que el disco gira en el sentido correcto y con la carcasa de
protección sobre el disco, firmemente sujeta.
Comprobar que el plato tuerca de apriete exterior queda enrasado (si el disco es de desbaste) o invertido (si el disco es de corte).
El operador se colocará gafas panorámicas ajustadas o pantalla facial transparente, guantes de trabajo, calzado de seguridad contra riesgos mecánicos y protectores auditivos. A la falta de protección ocular adecuada se
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
podrán utilizar las gafas de montura universal antiimpactos, pero nunca de
forma sistemática.
Las monturas de calle sin gafas
panorámicas superpuestas, no se
considerarán como de seguridad.
Durante la realización de los trabajos se procurará que el cable
eléctrico descanse alejado de elementos estructurales metálicos
y fuera de las zonas de paso del
personal.
Si durante la operación existe el riesgo de proyección de partículas a terrenos
o lugares con riesgo razonable de provocar un incendio, se apantallará con
una lona ignífuga la trayectoria seguida por los materiales desprendidos.
Cuando la esmeriladora portátil radial deba emplearse en locales muy conductores no se utilizarán tensiones superiores a 24 V.
Taladro portátil.
Antes de su puesta en marcha el operador comprobará el buen estado de
las conexiones eléctricas y la eficacia del doble aislamiento de la carcasa y
del disyuntor diferencial para evitar riesgos de electrocución.
En el caso de trabajos pequeños que puedan efectuarse convenientemente en bancos, el equipo eléctrico portátil para taladrar deberá sujetarse en
soportes de banco.
El taladro de mano exige el máximo cuidado en cuanto a la selección de las
brocas que han de usarse, ya que si la broca es excesivamente débil, puede partirse antes de comenzar el trabajo que se pretende realizar, si el operario comprime excesivamente o si lo hace sin haberla preparado. Es preciso
el emboquillado previo en el punto donde se ha de taladrar.
La posición del taladro con respecto a la superficie donde se ha de taladrar
es fundamental, teniendo en cuenta que la broca es sumamente frágil y
cualquier desviación de su eje con respecto al del taladro produce rotura.
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
No poner en marcha el taladro sin comprobar previamente el adecuado, y
equilibrado apriete de la broca y que la máquina dispone de asidero lateral
o mango de sujeción.
La pieza a taladrar debe estar adecuadamente apoyada y sujeta. La presión
del taladro sobre la pieza a perforar será uniforme pero sin excesos para
evitar que se trabe la broca y produzca un giro brusco de conjunto de la
máquina herramienta.
Durante la realización de los trabajos se procurará que el cable eléctrico
esté alejado de los elementos estructurales metálicos y fuera de las zonas
de paso del personal.
Es preceptivo el empleo de gafas panorámicas ajustadas con cinta elástica
o pantalla facial transparente en previsión de molestias en los ojos motivadas por el material desprendido a baja velocidad, y guantes de trabajo.
Cuando se termine de ejecutar un trabajo con un taladro de mano, cuídese de retirar la broca y colocarla en la caja correspondiente, guardando
además la herramienta.
Cuando el taladro portátil deba emplearse en locales muy conductores no
se utilizarán tensiones superiores a 24 V.
Taladro percusor portátil, eléctrico.
Antes de su puesta en marcha, el operador comprobará el buen estado de
las conexiones y la eficacia del doble
aislamiento de la carcasa y el disyuntor
diferencial para evitar riesgos de electrocución.
Se seleccionará adecuadamente el tipo
de broca, antes de su inserción en la máquina.
El operador se colocará las gafas panorámicas ajustadas o pantalla facial transparente, los guantes de trabajo, y la preceptiva protección auditiva.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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7
EQUIPOS DE TRABAJO
Durante la realización de los trabajos se procurará que el cable eléctrico
descanse alejado de elementos estructurales metálicos y fuera de las zonas
de paso del personal.
El punto a horadar deberá previamente prepararse con un emboquillado
para iniciar la penetración que deberá realizarse perpendicularmente al
parámetro.
Cuando se termine de ejecutar el trabajo, cuídese de retirar el puntero y
colocarlo en la caja correspondiente, guardando además la herramienta.
Cuando el taladro percusor portátil deba emplearse en lugares muy conductores, no se utilizarán tensiones superiores a 24 V.
8.
TRABAJOS EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS (A/T)
(RD 614/2001, de 8 de Junio, sobre Disposiciones Mínimas para la Protección de la Salud y Seguridad de los trabajadores frente al Riesgo
Eléctrico)
DEFINICIÓN
«Riesgo originado por la energía eléctrica, quedando incluidos los
riesgos de choque eléctrico por contacto con elementos en tensión
(directos o indirectos), quemaduras por choque eléctrico, por arco
eléctrico, caídas o golpes como consecuencia de choques o arco
eléctrico e incendios o explosiones originados por la electricidad»
DISTINTAS DEFINICIONES
1. Riesgo Eléctrico: Riesgo originado por la energía eléctrica, quedando incluidos los riesgos como:
• Choque eléctrico por contacto con elementos en tensión (contacto eléctrico directo).
• Con masas puestas accidentalmente en tensión (contacto eléctrico
indirecto).
• Quemaduras por choque eléctrico, o por arco eléctrico.
• Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico.
Incendios o explosiones originados por la electricidad.
2. Lugar de trabajo: Cualquier lugar al que el trabajador acceda en razón del trabajo.
3. Instalación eléctrica: Conjunto de materiales o equipos que generan corriente; se incluyen las baterías, los condensadores y cualquier
otro equipo que almacene energía eléctrica.
4. Procedimientos de trabajo: Secuencia de operaciones a desarrollar para realizar un determinado trabajo.
5. Alta tensión. Baja tensión. Tensiones de seguridad: Son las definidas como tales en los Reglamentos Electrotécnicos.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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8
TRABAJOS EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS (A/T)
6. Trabajos sin tensión: Trabajos que se llevan a cabo sin tensión
eléctrica.
7. Zonas de trabajo en tensión o de peligro: Espacios de trabajo
en tensión en los que la aparición de un trabajador sin las medidas
de seguridad adecuadas puede suponer un grave peligro de arco
eléctrico.
TRABAJOS EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS (A/T)
periódicamente, de acuerdo a las instrucciones de sus fabricantes e instaladores y a la propia experiencia del explotador.
Las instalaciones eléctricas deberán cumplir lo establecido en la reglamentación electrotécnica, la normativa general de seguridad y salud sobre
lugares de trabajo, equipos de trabajo y señalización en el trabajo, así como
cualquier otra normativa específica que les sea de aplicación.
8. Trabajo en tensión: Trabajo durante el cual un trabajador entra en
contacto directo con la tensión, bien con una parte de su cuerpo o con
las herramientas, equipos dispositivos o materiales que manipula.
Sólo podrán realizar trabajos en Instalaciones de A.T. aquellos trabajadores
que estén cualificados (por su formación profesional, universitaria o una
experiencia certificada de 2 años o más) y éstos estarán bajo la vigilancia y
responsabilidad del Jefe de Trabajo.
9. Maniobra: Intervención concebida para cambiar el estado eléctrico
de una instalación eléctrica no implicando montaje ni desmontaje de
elemento alguno.
En la realización de los trabajos se tendrán en cuenta las zonas de peligro
y de proximidad:
10. Zona de proximidad: Espacio delimitado alrededor de la zona de
peligro.
11. Trabajo en proximidad: Trabajo durante el cual el trabajador entra,
o puede entrar, en la zona de proximidad, sin entrar en la zona de
peligro.
MEDIDAS PREVENTIVAS:
El tipo de instalación eléctrica y las
características de sus componentes deberán adaptarse a las condiciones específicas del propio lugar,
de la actividad desarrollada en él y
de los equipos eléctricos (receptores) que vayan a utilizarse.
En los lugares de trabajo sólo podrán utilizarse equipos eléctricos para los
que el sistema o modo de protección previstos por su fabricante sea compatible con el tipo de instalación eléctrica existente y los factores mencionados en el apartado anterior.
Las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo se utilizarán y mantendrán en la forma adecuada y los sistemas de protección se controlarán
58
8
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
Zona de peligro: es la zona que se encuentra alrededor de los elementos en tensión y que supone un riesgo grave e inminente de contacto eléctrico.
Zona de proximidad: es el espacio delimitado alrededor de la zona de
peligro (sin protección física) y que el trabajador puede invadir accidentalmente.
En todo trabajo en proximidad de elementos en
tensión, el trabajador deberá permanecer fuera
de la zona de peligro y lo más alejado de ella
que el trabajo permita. Para reducir al mínimo
posible se adoptarán las siguientes medidas:
Delimitar las zonas de trabajo respecto a las
zonas de peligro mediante la colocación de
pantallas, barreras, envolventes o protectores
aislantes que garanticen su eficacia.
Informar a los trabajadores directos e indirectamente implicados de los riesgos existentes,
situación de los elementos en tensión, límites
de zona y medidas de seguridad para no invadir la zona de peligro.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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8
TRABAJOS EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS (A/T)
En las zonas de proximidad donde no se interponga una barrera física se
cumplirán las distancias de seguridad que se detallan:
Un
≤1
3
6
10
15
20
30
45
66
110 132 220 380
Dpel1
50
62
62
65
66
72
82
98
129 160 180 260 390
Dpel2
50
52
53
55
57
60
66
73
85
Dprox1
70
112 112 115 116 122 132 148 170 210 330 410 540
Dprox2
300 300 300 300 300 300 300 300 300 500 500 500 700
100 110 160 250
Interpretación:
Un:
tensión nominal de la instalación (kV)
Dpel1: distancia hasta el límite exterior de la zona de peligro cuando exista riesgo
de sobretensión por rayo (cm).
Dpel2: distancia hasta el límite exterior de la zona de peligro cuando no exista
riesgo de sobretensión por rayo (cm).
Dprox1: distancia hasta el límite exterior de la zona de proximidad cuando resulte
posible delimitar con precisión la zona de trabajo y controlar que ésta no
se sobrepasa durante la realización del mismo (cm).
Dprox2: distancia hasta el límite exterior de la zona de proximidad cuando no resulte posible delimitar con precisión la zona de trabajo y controlar que ésta
no se sobrepasa durante la realización del mismo (cm).
Las operaciones y maniobras de dejar sin tensión y reposición de tensión
las realizarán operarios cualificados siguiendo el proceso que se detalla
(5 reglas de Oro):
TRABAJOS EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS (A/T)
En los trabajos en líneas aéreas y
conductores de alta tensión se
deben colocar las puestas a tierra y en cortocircuito a ambos lados de la zona de trabajo, y en
cada uno de los conductores que
entran en esta zona; al menos
uno de los equipos o dispositivos
de puesta a tierra y en cortocircuito debe ser visible desde la
zona de trabajo (en estos casos
puede haber excepciones).
Para los trabajos sin tensión en un transformador o máquina de alta tensión se dejarán sin tensión todos los circuitos del primario y todos los circuitos del secundario.
Antes de manipular en el interior de un motor eléctrico o generador deberá comprobarse:
• Que la máquina esté completamente parada.
• Que estén desconectadas las alimentaciones.
• Que los bornes estén en cortocircuito y a tierra.
• Que la protección contra incendios esté bloqueada.
• Que la atmósfera no sea nociva, tóxica e inflamable.
Para la realización de trabajos en tensión se utilizarán los equipos y materiales que se detallan:
1. Desconectar.
• Accesorios aislantes (pantallas, cubiertas, vainas, etc.) para el recubrimiento de partes activas o masas.
2. Prevenir cualquier posible realimentación.
• Útiles aislantes (herramientas, pinzas, puntas de prueba, etc.).
3. Verificar la ausencia de tensión.
• Pértigas aislantes.
4. Poner a tierra y cortocircuito.
• Dispositivos aislantes o aislados (banquetas, alfombras, plataformas de
trabajo, etc.).
5. Proteger frente a elementos próximos en tensión, en su caso, y establecer una señalización de seguridad para delimitar la zona de trabajo.
60
8
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
• Los equipos de protección individual frente a los riesgos eléctricos
(guantes, gafas, cascos, etc.).
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
61
9.
TRABAJOS EN INSTALACIONES
DE BAJA TENSIÓN
(RD 614/2001, de 8 de Junio, sobre Disposiciones Mínimas para la Protección de la Salud y Seguridad de los trabajadores frente al Riesgo
Eléctrico)
DEFINICIÓN
«Se consideran instalaciones de Baja Tensión a aquellas que NO
superen una tensión de 1000 y 1.500 V, en corriente alterna y continua, respectivamente»
MEDIDAS PREVENTIVAS:
Los trabajos en Inst. Eléctricas de
Baja Tensión o en ausencia de la
misma sólo podrán ser desarrollados por trabajadores autorizados,
que estarán bajo la vigilancia y responsabilidad del Jefe de Trabajo.
En la realización de trabajos con
tensión, se tendrán en consideración las zonas de peligro y de
proximidad, y se adoptarán las medidas de seguridad descritas anteriormente.
En las instalaciones con condensadores que permitan una acumulación peligrosa de energía para dejar sin tensión la instalación se seguirá el siguiente
proceso:
TRABAJOS EN INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN
• Cuando entre éstos y el medio de corte existan elementos semiconductores, fusibles o interruptores automáticos, la operación se realizará sobre los bornes de los condensadores.
• Las operaciones y maniobras de dejar sin tensión y reposición de tensión las realizarán operarios cualificados, y en el caso de realizarlas
operarios autorizados, éstos seguirán el proceso descrito anteriormente.
• Para el acceso a recintos tales como centrales, subestaciones, centros de
transformación, etc., estará restringido a trabajadores autorizados y debidamente señalizados. Esta situación se dará de igual forma en los trabajos en celdas, armarios, etc.
Para la prevención del riesgo eléctrico en actividades que se produzcan o se
puedan producir por movimientos o desplazamientos de equipos o máquinas se adoptarán las siguientes medidas:
• Identificación de las líneas aéreas, subterráneas u otras instalaciones eléctricas existentes en la zona de trabajo.
• Si en alguna de las fases de actividad existe riesgo de que una línea subterránea o algún otro elemento en tensión protegido pueda ser alcanzado, se deberán tomar medidas preventivas necesarias para evitar tal circunstancia.
• Si en alguna de las fases de la actividad, la presencia de las líneas aéreas
o algún otro elemento en tensión supone un riesgo eléctrico para los trabajadores y dichas líneas no pudiesen desviarse o dejarse sin tensión, se
aplicará lo descrito anteriormente.
• Se efectuará y asegurará la separación de las posibles fuentes de tensión
mediante su desconexión (con corte visible o testigos de ausencia).
TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO EN INSTALACIONES
ELÉCTRICAS.
• Se aplicará un circuito de descarga a los bornes de los condensadores
(puesta a tierra).
1. Hay que tener en consideración:
• Se efectuará la puesta a tierra y en cortocircuito de los condensadores.
62
9
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
La Evaluación de los riesgos que el trabajo pueda suponer. Los requisitos
establecidos en los restantes apartados del presente artículo.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
63
9
TRABAJOS EN INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN
2. Todo trabajo en una instalación eléctrica ha de llevarse a cabo «sin
tensión».
3. Únicamente podrán realizarse con tensión:
• Operaciones elementales, como conexión y desconexión de instalaciones en baja tensión y siguiendo siempre las operaciones del fabricante.
• Trabajos en instalaciones con tensión de seguridad, siempre que no
exista posibilidad de confusión en la identificación de las mismas y que
un posible cortocircuito no suponga riesgos de quemadura.
4. También podrán realizarse con la instalación en tensión:
• Las maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones cuya naturaleza así
lo exija, como apertura y cierre de interruptores o seccionadores, la
medición de una intensidad, la realización de ensayos de aislamiento
eléctrico, o la comprobación de la concordancia de las fases.
• Trabajos en proximidad de instalaciones cuyas condiciones de explotación o de continuidad del suministro así lo requieran.
10.
TRABAJOS EN INSTALACIONES FERROVIARIAS
LEGISLACIÓN
La entrada en vigor de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, DEL SECTOR FERROVIARIO, establece la obligatoriedad de que todas las actividades ferroviarias deben estar sujetas a las normas de seguridad existentes.
Actualmente al carecer de una normativa ESPECÍFICA EN SEGURIDAD
PARA EL SECTOR FERROVIARIO (confirmado por el Dpto. de Prevención de
RENFE Zona Centro), debemos de adecuarnos a la normativa de carácter
general aplicable al sector. En base a esto aplicaremos el Real Decreto
1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.
Existe también la Enmienda al Reglamento relativo al Transporte
Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (para casos
específicos) adoptadas por la Comisión de Expertos del RID, Noviembre 2001.
Se encuentra igualmente el RD 412/2001 donde se regulan diferentes
aspectos de mercancías peligrosas por ferrocarril.
MEDIDAS PREVENTIVAS
Los trabajos se realizarán previo permiso de trabajo, con corte de vía y tensión en horario diurno o nocturno con la supervisión en todo momento del
agente vía.
Solamente podrán realizar los trabajos el personal cualificado y autorizado
para operar en los C.T. (subestaciones) o en los trabajos de instalación de
catenaria. Ésta será emitida por el Jefe de Turno (Agente Vía) de la Propiedad, estando absolutamente prohibido el paso al personal no autorizado.
Con anterioridad al inicio de los trabajos y tras la autorización del permiso
de trabajo o corte, se comprobará la ausencia de tensión (pértiga) y la consiguiente instalación de la red de tierras, realizando una doble zona neutra.
Cuando los trabajos se realicen sin ausencia de tensión o se trabaje en una
zona próxima (se mantendrá una distancia mayor de 0,8 m) se aplicarán las
64
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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10
TRABAJOS EN INSTALACIONES FERROVIARIAS
5 reglas de oro:
1. Abrir con corte visible todas las posibles fuentes de tensión, mediante interruptores y seccionadores, que aseguren la imposibilidad de su
cierre intempestivo.
2. Enervamiento y bloqueo si es posible de los aparatos de corte y/o
señalización en los dispositivos de mando.
10
TRABAJOS EN INSTALACIONES FERROVIARIAS
Además de la utilización de los EPIS comunes, se utilizarán para todas las
actividades ropa de alta visibilidad (amarillo reflectante).
Cuando exista riesgo de arrollamiento no se utilizará protección auditiva.
En los trabajos realizados en subestación
se utilizarán:
• Guantes de material aislante.
3. Verificación de ausencia de tensión.
• Comprobador aislante.
4. Poner a tierra y en cortocircuito todas las posibles fuentes de tensión
• Alfombra o banqueta aislante.
5. Delimitación de la zona de trabajo.
• Herramientas aisladas
o con protección dieléctrica.
Cuando en la realización de los trabajos sea necesario el uso de vehículos
de obra (ferro-camiones, camiones-grúa, grúa-autopropulsada...) éstos estarán en posesión de acreditación por parte de la Propiedad.
Serán manejados por el personal cualificado y acreditado, respetando en todo
momento el reglamento general de circulación.
• Procedimiento RENFE
(corte y reposición de tensión).
Se tendrá en cuenta la siguiente tabla de distancias para la realización de
Trabajos próximos a Líneas Eléctricas.
Tensión entre fases
Distancia mínima
hasta 10 Kv
0.8 m
15 Kv
0.9 m
20 Kv
0.95 m
Se tendrá un especial cuidado en el manejo y uso de la herramienta que
soporte esfuerzos mecánicos de tracción (polipastos, ranas de tracción,
estrobos, grilletes, tráctel, pull-lifts). Serán inspeccionados periódicamente,
y antes del inicio de los trabajos, por el mando intermedio.
25 Kv
1.00 m
30 Kv
1.10 m
45 Kv
1.20 m
En los trabajos de catenaria (sustentación, pendolado...) se adoptarán las
medidas de trabajo establecidas, estando prohibido:
66 Kv
1.40 m
Los equipos eléctricos, lámparas, taladros
o herramientas tendrán toma de tierra,
estarán dotados de doble aislamiento o
serán utilizados con una tensión de seguridad de 12 o 24 V.
• La superposición de trabajos en la misma vertical.
• Encontrarse dentro del radio de acción de las cargas suspendidas o de los
esfuerzos radiales y de tracción en el tendido de cable (Norma RENFE soltarse cable en Tense).
66
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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11.
TRABAJOS E INSTALACIONES
DE CLIMATIZACIÓN/ESPECIALES
MONTAJE DE TUBERÍA / INSTALACIÓN DE CLIMATIZACIÓN / MONTAJE DE EQUIPOS
NORMATIVA BÁSICA
• RD 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en
los lugares de trabajo.
11
TRABAJOS E INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN/ESPECIALES
Ámbito de aplicación:
1. Se aplicarán a las instalaciones que utilicen agua en su funcionamiento, produzcan aerosoles y se encuentren ubicadas en el interior o exterior de edificios de uso colectivo, instalaciones industriales o medios de transporte que puedan convertirse en focos de
propagación de la enfermedad.
• Orden de 16.7.81 (Ministerio de Presidencia).
• Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria.
IT.IC.02: Exigencias ambientales y de confortabilidad
• Norma UNE 100-011. Ventilación para una calidad del aire aceptable en los locales.
LEGISLACIÓN
RD 142/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el etiquetado y la
información referente al consumo de energía y de otros recursos de los
aparatos de uso doméstico.
El presente Real Decreto se aplicará a los acondicionadores de aire de uso
doméstico alimentados por la red eléctrica, como se definen en las normas
europeas EN 255-1, EN 814-1 y las normas armonizadas a que se refiere el
artículo 2.
Quedan excluidos del ámbito del presente RD los aparatos que se citan a
continuación:
• Aparatos que puedan utilizar también otras fuentes de energía.
A. Instalaciones con mayor probabilidad de
proliferación y dispersión de Legionella:
• Torres de refrigeración y condensadores evaporativos. Sistemas de agua
caliente sanitaria con acumulador y circuito de retorno.
• Cisternas de agua climatizada con agitación constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad o la
inyección de aire.
• Centrales humidificadoras industriales.
B. Instalaciones con menor probabilidad de propagación de la Legionella:
• Sistemas de instalación interior de agua fría de consumo humano,
cisternas o depósitos móviles y agua caliente sanitaria sin circuito
de retorno.
• Aparatos aire-agua y agua-agua.
• Equipos de enfriamiento evaporativo que pulvericen agua, no
incluidos en el aparatado 2.1.
• Unidades con una potencia de refrigeración superior a 12 KW.
• Humectadores.
RD 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénicosanitarios para la prevención y control de la Legionelosis (enfermedad bacteriana ambiental).
Este Real Decreto tiene como objeto la prevención y control de la Legionelosis mediante la adopción de medidas higiénico-sanitarias.
68
2. Las instalaciones se pueden clasificar en:
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
• Fuentes ornamentales.
• Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano.
• Sistemas de agua contra incendios.
• Elementos de refrigeración por aerosolización, al aire libre.
• Otros equipos médicos en contacto con las vías respiratorias.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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11
TRABAJOS E INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN/ESPECIALES
RESPONSABILIDAD DE LOS TITULARES DE LA INSTALACIÓN
Serán responsables de que se lleven a cabo los programas de mantenimiento periódicos, las mejoras estructurales y funcionales de las instalaciones,
así como del control de la calidad microbiológica y físico-química del agua.
La contratación de un Servicio de Mantenimiento Externo no exime al titular de la instalación de su responsabilidad.
MEDIDAS PREVENTIVAS
Se basarán en la aplicación de dos principios fundamentales: primero, la eliminación o reducción de zonas sucias mediante un buen diseño y el mantenimiento de las instalaciones, y segundo, evitando las condiciones que
favorecen la supervivencia y multiplicación de Legionella, mediante el control de la temperatura del agua y la desinfección continua de la misma.
Para ello se cumplirán las siguientes disposiciones:
TRABAJOS E INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN/ESPECIALES
• Facilitar la accesibilidad a los equipos para su inspección, limpieza,
desinfección y toma de muestras.
• Utilizar materiales en contacto con el agua de consumo humano,
capaces de resistir una desinfección mediante concentraciones de cloro o de otros desinfectantes.
• Mantener la temperatura del agua
en el circuito de agua fría lo más
baja posible, procurando una temperatura inferior a 20°C.
• Garantizar que los depósitos para
consumo humano, estén tapados
con una cubierta impermeable que
ajuste perfectamente y que permita el acceso al interior.
• Asegurar, para el agua almacenada una temperatura homogénea.
• RD 138/2011, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para
instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
• Disponer de un sistema de válvulas de retención según la norma
UNE-EN 1717-.
• RD 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Instalaciones Térmicas en los Edificios.
• Mantener la temperatura del agua por encima de 50°C en el punto
más alejado del circuito o en la tubería de retorno al acumulador.
• RD 140/2003, por el que establecen los criterios sanitarios de la calidad
del agua de consumo humano.
2. Las torres de refrigeración y sistemas análogos:
• Con carácter complementario se tendrá en cuenta lo establecido en la
Norma UNE 100030 IN Guía para la Prevención y Control de la Proliferación y Diseminación de Legionella en instalaciones.
• Estarán ubicados de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de
exposición de las personas a los aerosoles.
MEDIDAS PREVENTIVAS EN LAS INSTALACIONES
• El diseño del sistema deberá hacerse de manera que todos los equipos y aparatos serán fácilmente accesibles para su inspección, limpieza, desinfección y toma de muestras.
Estas medidas se aplicarán en la fase de diseño de nuevas instalaciones y
en las modificaciones y reformas de las existentes.
Las instalaciones deberán tener las siguientes características:
1. La instalación interior de agua de consumo humano deberá:
• Garantizar la total estanqueidad y la correcta circulación del agua.
• Disponer en el agua de aporte sistemas de filtración según la norma
UNE-EN 13443-1.
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11
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
• Los materiales constitutivos del circuito hidráulico resistirán la acción
agresiva del agua y del cloro u otros desinfectantes.
• Existirán suficientes puntos de purga para vaciar completamente la
instalación.
• Deberán disponer de sistemas separadores de gotas de alta eficiencia
cuyo caudal de agua arrastrado será menor del 0,05 por ciento del
caudal de agua circulante.
• Deberán disponer de sistemas de dosificación en continuo del biocida.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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11
TRABAJOS E INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN/ESPECIALES
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
En materia de Prevención de Riesgos Laborales se estará a lo dispuesto en
la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales, y en
el Real Decreto 39/97, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como en el resto posterior de la normativa de desarrollo de la citada Ley, y, en particular, en el Real Decreto
664/97, de 12 de mayo, sobre la Protección de los Trabajadores contra los
riesgos relacionados con la Exposición a Agentes Biológicos durante el trabajo y en el R. Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la Protección de la
Salud y Seguridad de los Trabajadores contra los Riesgos relacionados con
los Agentes Químicos durante el trabajo.
MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES
Las zonas de acopio de tubería, equipos, válvulas, suportación, estarán
delimitadas y señalizadas evitando el tránsito de vehículos cercanos o próximos a dicha zona. Se utilizarán calzos para su apilamiento y fijación evitando que deslicen.
En las zonas destinadas a premontaje de tubería será obligatorio el uso de
gafas de protección evitando así la posibilidad de ser alcanzado por las proyecciones de los trabajos de corte, biselado o amolado de tubería.
En las zonas que se realicen trabajos en caliente (corte con soplete, radial
y soldadura) habrá equipos contraincendios.
En caso de ser necesario en las tareas de soldadura y corte se utilizarán mantas ignífugas
evitando la caída de goterones o el alcanzar
materiales con un alto riesgo de combustión
provocando un conato de incendio.
Antes de comenzar las maniobras de izado o
montaje definitivo de tubería se revisarán los
equipos o herramientas mostrando especial
atención a: eslingas, grilletes, tráctel, pull-lifs,
poleas y los cuales en ningún caso realizarán
un trabajo superior al fijado por el fabricante.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
11
TRABAJOS E INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN/ESPECIALES
En todo momento se utilizarán los EPI's indicados (casco, guantes, gafas
de protección, botas de seguridad, pantalla de soldador, manguitos, polainas,...) para cada tarea, mostrando especial atención a las actividades
de corte, montaje de tuberías, válvulas, soportes, etc., estando expuestos
a riesgos tales como:
• Caída de objetos y herramientas.
• Quemaduras.
• Golpes y cortes.
• Proyecciones.
• Atrapamiento por y entre objetos.
Se mantendrá un cierto orden de limpieza en las zonas de trabajo haciendo mayor hincapié en la ejecución de trabajos de montaje en altura, evitando de esta forma el riesgo de caída de objetos o caída al mismo nivel.
El tendido de mangueras y alargaderas de
máquinas y herramientas se realizará por los
huecos y nunca interfiriendo en las zonas de
paso o próximas a escaleras, salidas de emergencia, etc.
En los trabajos de aislamiento de tuberías y
equipos los operarios estarán dotados en todo momento de los EPI's necesarios (gafas,
mascarilla auto-filtrante, guantes,...) evitando
el inhalar partículas que se desprenden del
material aislante como la posible irritación de
ojos o extremidades por contacto directo (Ver
punto 26. Trabajos de Calorifugado).
En los trabajos de instalaciones de climatización y, por la morfología de las
instalaciones (Trabajos en Altura) está totalmente prohibida la ejecución de
trabajos superpuestos o en la misma vertical. Se delimitará la zona de trabajo evitando el paso a la misma.
En los trabajos de montaje, izado o aproximación de equipos, paneles, calderas,... se delimitará la zona de trabajo, el mando responsable realizará las
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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11
TRABAJOS E INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN/ESPECIALES
funciones de señalista de maniobras, siendo la única persona encargada de
indicar al gruísta o a los operarios el desarrollo de la ejecución.
En ningún momento el equipo
a izar sobrepasará el peso contemplado en el diagrama de
cargas de la grúa. Si la maniobra es realizada por dos grúas
los radios de trabajo no podrán
interferir durante la maniobra.
Los estrobos, grilletes o útiles
de izado a utilizar serán los
apropiados en función del peso
y volumen de la carga y se revisarán antes del inicio de la
maniobra.
El estribado se realizará en los puntos destinados a tal fin, en caso de no
ser así se realizará de manera que el reparto de carga sea homogéneo para
que la pieza (equipo) suspendida quede en equilibrio estable. Se evitará el
contacto de estrobos con aristas vivas mediante la utilización de salvacables
y en ningún caso el ángulo formado por los estrobos será igual o mayor a
120°.
12.
TRABAJO EN INSTALACIONES AEROPORTUARIAS
(Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente Público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea)
MEDIDAS PREVENTIVAS
En la interpretación de las medidas de seguridad se diferencian dos zonas
importantes:
• Lado Tierra.
• Lado Aire (área de maniobra y área de movimiento).
La zona de lado tierra comprende las zonas habilitadas para personas o
vehículos distintos de las aeronaves (edificaciones, zonas de servicio, etc. ).
Estas áreas estarán delimitadas por medio de elementos adecuados diferenciando si el cerramiento es estanco polvo, sustancias nocivas...) o si es
un cerramiento normal (vallas, cinta de balizamiento.).
El lado aire comprende las zonas del aeropuerto donde existe movimiento
de aeronaves y que se subdivide en las siguientes áreas:
• Área de maniobra: parte del aeródromo que ha de utilizarse para el
despegue, aterrizaje y rodaje de aeronaves.
• Área de movimiento: compuesta por el área de maniobra y las plataformas.
En caso de ser necesario acceder a la zona de maniobras, la empresa tendrá que solicitar permiso previo al inicio de los trabajos, autorización para
el acceso de vehículos y personas mediante la Dirección de obra (el personal de obra que circule por el área de movimiento deberá poseer el permiso adecuado).
Los vehículos que tengan que acceder a la zona de maniobra irán dotados
de señalización y enlace radiofónico.
Se parte de la premisa de que no se podrán utilizar los viales del aeropuerto, salvo en ocasiones excepcionales y previa autorización por parte de las
autoridades competentes.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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12
TRABAJO EN INSTALACIONES AEROPORTUARIAS
Todos los equipos, maquinaria y materiales de trabajo se albergarán en una
zona indicada por la Propiedad o Dirección de Obra al igual que las áreas
de trabajo que deberán aislarse mediante barreras físicas que estarán señalizadas con vistas al uso diurno y se iluminarán para el uso nocturno
En las zonas de trabajo existirán limitaciones constructivas, no pudiendo
realizar perforaciones en las superficies limitadoras de obstáculos (zonas
sensibles o críticas). En caso de ser necesario éstas deberán ser objeto de
autorización específica del Director de Obra.
En todo momento se mantendrá el
orden y limpieza en las zonas de trabajo, dejándolas libres de escombros u obstáculos. Al final de la jornada laboral se dará el visto bueno
por parte de la Dirección del Aeropuerto para la renovación de las
actividades aéreas.
Disposición de ropa de alta visibilidad por norma de los aeropuertos
nacionales.
13.
TRABAJOS DE INSTRUMENTACIÓN
(RD 614/2001, de 8 de Junio, sobre Disposiciones Mínimas para la Protección de la Salud y Seguridad de los trabajadores frente al Riesgo
Eléctrico).
DEFINICIÓN
Para entender las tareas de Instrumentación tendríamos que recordar las
definiciones vistas anteriormente referidas a: Riesgo eléctrico, lugar de
trabajo, instalaciones eléctricas, procedimientos de trabajo, alta
tensión, trabajos sin tensión, zona de peligro, trabajo en tensión,
maniobras, etc.
Tendido de Cables, Multicables y Bus de Datos.
Corresponde a cables y multicables necesarios para la alimentación y transporte de las diferentes señales analógicas y digitales de todos los instrumentos indicados en los proyectos, siendo los riesgos derivados de trabajos eléctricos así como de los medios auxiliares a usar.
Montaje de Instrumentos y Equipos
Los instrumentos a instalar son neumáticos, electrónicos, eléctricos, etc.,
diseñados para transmitir señales de procesos, control, apertura, cierre, etc.,
de los diferentes líquidos, gases, presiones, etc., para controlar en definitiva
los diferentes productos que intervienen en el proceso con todas las variantes posibles (temperatura, caudal, presión, diferenciales, etc.). Los instrumentos son poco pesados y manejables, y los equipos o paneles son muy
voluminosos por lo que se utilizan medidas de acopio y ubicación definitiva.
Montaje de Soportes, Tubos y Bandejas.
Los soportes están destinados a la ubicación definitiva en planta de las conducciones de cables, bandejas, equipos electrónicos, instrumentos, etc. Las
bandejas son las canalizaciones previstas para soportar y proteger adecuadamente todos los cables y multicables que transportan las señales y alimentan
los diferentes instrumentos y/o equipos, siendo los riesgos los propios de las
herramientas y equipos necesarios para su instalación.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
77
14
14.
MAQUINARIA Y VEHÍCULOS DE OBRA
Carretillas Elevadoras – Dúmper (R. Decreto 1627/97, de disposiciones
mínimas de seguridad y salud en obras de construcción)
DEFINICIÓN
«Toda máquina o vehículo que se utilice para el desempeño de la
tarea laboral y que sirva de apoyo para cualquier trabajador en su
lugar de trabajo.»
MAQUINARIA Y VEHÍCULOS DE OBRA
No se debe permanecer en el radio de acción de la máquina cuando está
en movimiento.
Antes del inicio de los trabajos se comprobará la zona de desplazamiento
y la elevación dejando espacio libre suficiente sobre la cabeza.
Las máquinas no están hechas
para transportar personal ni para
realizar competiciones de velocidad. Respete las normas de uso.
MEDIDAS PREVENTIVAS
Queda totalmente prohibida la
elevación de cargas con las plataformas elevadoras de trabajo.
Los equipos existentes en la obra serán utilizados únicamente por personal
competente, debidamente formado e instruido en el manejo de los mismos.
El espacio destinado a la zona de trabajo (cesta elevadora) se ha de mantener libre de aceites y grasas y con un cierto orden de limpieza (herramientas, útiles de trabajo...).
Esta formación será impartida por el técnico responsable del vehículo (plataforma elevadora, carretilla elevadora, dúmper), fabricante o empresa
contratada. Si no está autorizado no intente repararlos ni manejarlos.
La revisión de la máquina la realizará el personal técnico especializado de
la empresa contratada o por el fabricante de la máquina (la plataforma o
carretilla elevadora ha de poseer hoja de mantenimiento).
Utilizar los equipos de trabajo respetando las normas de trabajo y mantenimiento indicado por el fabricante (las plataformas y carretillas elevadoras
han de poseer manual de seguridad y manejo).
Se mantendrá una distancia de segundad ante cualquier tendido eléctrico.
Se evitará el uso de plataforma, carretillas o dúmper con motor de combustión en recintos cerrados, salvo que estén bien ventilados.
En ningún caso se anularán los dispositivos de seguridad de las plataformas
o carretillas elevadoras.
Se utilizarán equipos en correcto
estado, utilizándolos correctamente sin obligarles a realizar sobreesfuerzos peligrosos. Nunca se sobrepasará el límite máximo de
carga que indique el fabricante.
Cuando el usuario de la máquina
no tenga visibilidad del recorrido
total de la carga, será auxiliado por
un señalista.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
79
16.
15.
EQUIPOS DE ILUMINACIÓN
ELEVACIÓN DE CARGAS
POR MEDIOS MECÁNICOS
(RD 486/97, de 14 de Abril, sobre Lugares de Trabajo)
(RD 1215/97, sobre Utilización de Equipos de Trabajo).
DEFINICIÓN
DEFINICIÓN
«Aparatos eléctricos que utilizaremos en nuestro puesto de trabajo para posibilitar mayor iluminación artificial.»
«Elevación y descenso de cargas por medios mecánicos (eslingas,
cables, cadenas, grúas, etc.).»
MEDIDAS PREVENTIVAS
MEDIDAS PREVENTIVAS
Solamente personal autorizado podrá manejar conexiones, llaves y/o circuitos o excepción de los de rutina de alumbrado.
Las máquinas elevadoras, grúas, telfers, polipastos, etc. han de ser operadas por personal especializado y responsable de su actuación.
La reposición de lámparas, Iluminarias y fusibles solamente la hará el equipo
de mantenimiento.
Antes de que una máquina elevadora, efectúe trabajo alguno, el Mando
Intermedio tendrá constancia de que se han revisado:
En el recinto de los centros de trabajo solamente se podrán usar linternas
de mano y luces portátiles o equipos de iluminación aprobados por Seguridad. Todos los portátiles para alumbrado serán alimentados con corriente
de 24 Voltios.
• Todos los cables.
Queda prohibido usar luces de llama, cerillas, mecheros, algodones, antorchas, etc. para iluminación provisional en el interior de recintos industriales.
• Los ganchos y los cierres de los mismos.
• Todas las cadenas.
• Todas las cuerdas.
• Todas las eslingas.
• El anclaje.
• El sistema de elevación.
El operador comprobará frenos, palancas, manivelas, controles y demás
medios a utilizar dando cuenta de su estado al Mando Intermedio.
El Mando Intermedio y el operador de la grúa antes de trasladar la grúa al
lugar de trabajo, visitarán éste y se fijarán en el estado del piso, si hay tendido eléctrico y la altura del paso de cables, si existen conducciones o tuberías y su altura, si hay espacio de maniobra cerciorándose de:
a. Que el piso es plano y el terreno resistente para el trabajo a realizar.
b. Que los cables están a una altura que supera en 5 m la máxima que
pueda alcanzar la grúa.
c. Que en su giro, elevación y transporte, la grúa no pueda dañar conducciones, edificios, etc.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
81
16
ELEVACIÓN DE CARGAS POR MEDIOS MECÁNICOS
16
ELEVACIÓN DE CARGAS POR MEDIOS MECÁNICOS
Se prohíbe el uso de los equipos de izar materiales y/o herramientas para
subir personas.
Todo lo que antecede y especificado para grúa es extensible para cabrestantes, polipastos, diferenciales, trácteles y además máquinas elevadoras.
El Mando Intermedio mantendrá constante control de
la maniobra y en especial
vigilará que no se sobrepasen los límites de fuerza y
ángulo de elevación de la
grúa.
Las maniobras de izado y desplazamiento de cargas, se planificarán y supervisarán por persona especializada responsable y técnicamente cualificada.
El trabajo lo dirigirá una sola persona y con arreglo al
código de maniobra estandarizado.
El operador de grúa atenderá a cualquier señal de emergencia o peligro
ajena a la dirección de la maniobra. Él es responsable del manejo de la
máquina y tiene obligación de vigilar que nada anormal suceda.
El operador de grúa no abandonará los mandos de la misma mientras la
carga está suspendida.
El operador de grúa siempre que sea posible, colocará el gancho de izar
encima del centro de la carga y evitará tiros fuera de la vertical.
Las eslingas no deben colocarse directamente en los ganchos de la grúa de
modo que pueda resbalar descentrando la carga. Se utilizarán argollas o
grilletes. Se comprobará que la carga está perfectamente enganchada y
que el pestillo de seguridad está cerrado.
Queda terminantemente prohibido el uso de cualquier aparato o máquina
de elevación de cargas para izar mayores pesos que los de su capacidad.
Aplicar el factor de seguridad 6.
Las máquinas de elevación como trácteles, cabrestantes y similares, se
anclarán de modo firme y sólido. No se puede, y queda terminantemente
prohibido, fijarlos en tubos o soportes de equipo de proceso, salvo autorización del Técnico responsable de la Propiedad.
Todo equipo de elevación debe llevar marcada visiblemente la capacidad
máxima de carga.
En el tráctel, impedir que se golpee durante la operación el mecanismo de
desembrague.
El operador de grúa no dejará la carga suspendida más del tiempo mínimo
necesario para la maniobra.
En los puentes grúa, telfers y polipastos, queda prohibido balancear
las cargas, en especial las cucharas
de carga.
No se permitirá estar debajo del círculo o área de barrido de la grúa a
persona alguna cuando la carga esté suspendida. Se prohibirá también que, personas ajenas al manejo de la grúa suban a la misma.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
83
17
17.
ELEVACIÓN MANUAL DE CARGAS
(RD 487/97, de 14 de Abril, sobre Manipulación Manual de Cargas)
DEFINICIÓN
Manipulación manual de cargas por medios físicos. Principios básicos de la manipulación de materiales:
El tiempo dedicado a la manipulación de materiales es directamente
proporcional a la exposición al riesgo de accidentes derivados de dicha
actividad. La manipulación eleva el costo de fabricación y no aumenta
el valor del producto. Consecuentemente, en nuestros Centros de Trabajo, hemos de tender a la supresión de toda manipulación que no sea
absolutamente imprescindible.
Procurar siempre que los materiales estén a
la altura en que se ha de trabajar con ellos.
Cada vez que se recoge o deposita algo,
existe la posibilidad de evitar una manipulación.
No depositar nunca materiales en el suelo si
puede evitarse. Utilizar soportes móviles
o plataformas (no sólo para ahorrar movimientos: cuando hay mucho trabajo, los
objetos que se ponen en el suelo a menudo
quedan allí y muy pronto se acumulan en
vez de seguir su curso dentro del proceso).
Acortar siempre en lo posible las distancias
a recorrer por el material manipulado (lo
que sucederá automáticamente si se estudia adecuadamente el procedimiento de
método de trabajo).
Aprovechar la fuerza de gravedad. Ya que
es causa de tantos gastos, que al menos se
utilice siempre que sea posible, dejar que
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
ELEVACIÓN MANUAL DE CARGAS
el material ruede o se deslice por vertederos o planos de descarga hasta el punto de
trabajo siguiente siempre que la tarea lo
permita, en vez de empujarlo o llevarlo
cargado.
Acarrear siempre la carga a granel: esperar que haya una carretilla,
batea o contenedor lleno de piezas, en lugar de llevarlas una a una.
En los trabajos de montaje, se procurará tener siempre a mano suficientes recipientes, plataformas o contenedores (dos al menos) para
que el operario pueda: a) sacar la pieza de un recipiente cuando la
necesite, y b) depositarla en otro cuando la haya terminado.
En los trabajos de mantenimiento deberá procurarse disponer de suficientes útiles de acopio y transporte (bateas, contenedores, carretillas,
palets...) así como elementos de izado (trácteles, trócolas, maquinillos,
eslingas...).
No tratar de reducir el número de peones que recogen y acarrean los
materiales si hay riesgo de que el personal cualificado de producción
deba hacer más manipulación que antes. Salvo en el caso de máquinas
de producción automática, esta regla es importante porque condiciona la aplicación de las anteriores.
Mantener despejados y señalizados los lugares de paso. De nada sirve
invertir dinero en aparatos de manipulación costosos, si después quedan detenidos por obstáculos.
MEDIDAS PREVENTIVAS
Es obligatoria la inspección visual del objeto pesado a levantar para eliminar aristas afiladas, clavos, astillas, grasa, papeles o etiquetas mal adheridas, con el fin de dejarlo en condiciones de manejo.
Para el izado manual de un objeto es obligatorio seguir las instrucciones siguientes:
a. Acercarse lo más posible a la carga.
b. Afianzar los pies sobre el suelo.
c. Doblar las rodillas.
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ELEVACIÓN MANUAL DE CARGAS
18.
d. Mantener la espalda derecha.
CORTE OXIACETILÉNICO
e. Agarrar el objeto firmemente.
(RD 374/2001 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos
durante el trabajo).
f. Elevar la carga empleando
las piernas.
g. Si se nota una distensión
parar y pedir ayuda.
Se prohíbe levantar más de 25 Kg
si se es hombre y 15 kg si se es
mujer.
DEFINICIÓN
máximo 25 kg
Si se rebasa de este peso hay que
solicitar ayuda.
MEDIDAS PREVENTIVAS
Es obligatorio el uso de un código
de señales cuando se ha de levantar un objeto entre varios para
aportar su esfuerzo a la vez.
En las botellas de oxígeno, las válvulas y la reductora de presión deben
estar limpias de grasas y aceites.
Las botellas se protegerán convenientemente contra las variaciones excesivas de temperatura y de los rayos directos del sol y la válvula de la botella
contra la humedad.
Puede ser cualquiera que se conozca o se haya convenido entre ellos.
máximo 15 kg
Para descargar materiales es obligatorio tomar las medidas siguientes:
a. Empezar por la carga o material primero o visible y no tirar o sacar
material que esté debajo de otro.
b. Entregar el material, no tirarlo.
c. Colocar el material ordenado y en caso de apilado en pilas estables,
lejos de pasillos o sitios donde pueda recibir golpes o desmoronarse.
d. Usar guantes y calzado con puntera de acero.
Se prohíbe colocarse entre la parte posterior de un camión y una plataforma, poste, columna o edificio.
Si en la descarga se utilizan herramientas como brazos de palanca, uñas,
patas de cabra, o similares, ponerse de modo que no se venga la carga
encima y que no se resbale.
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«Unión de 2 cuerpos metálicos por fusión (mezcla de gases en
el soplete y combustión de los mismos a temperaturas de hasta
2.300 °C)»
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Nunca se descongelarán las válvulas con llama; esta operación debe
hacerse con vapor o agua caliente.
El equipo oxiacetilénico llevará válvulas de seguridad contra retrocesos en las botellas y en el soplete.
Las botellas deberán estar aisladas
de cualquier contacto eléctrico.
Cuando se vayan a abrir las válvulas de las botellas, no hay que colocarse nunca frente a la misma.
Antes de transportar cualquier botella deberá comprobarse que la
válvula está cerrada y el tapón colocado.
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CORTE OXIACETILÉNICO
Las conexiones y uniones de mangueras flexibles se harán con abrazaderas, nunca con alambres.
Cuando se efectúen trabajos de soldadura o corte en espacios reducidos,
hay que procurar tener una buena ventilación.
Cuando se efectúen trabajos en lugares elevados, el soldador usará el arnés
de seguridad a partir de los 2 m de altura y además tomará precauciones
para que las chispas o metal caliente no caigan sobre personas, ni sobre
materiales inflamables.
Debe existir una distancia mínima de un metro y medio entre el punto de
soldadura y los materiales combustibles. Está prohibido soldar a menos de
6 m de distancia de líquidos inflamables y sustancias explosivas.
Cuando se tenga que soldar en sitios donde existan
combustibles y caigan las
chispas o metales sobre
ellos, se prolongará la vigilancia una hora después de
finalizado el trabajo, comunicándoselo al Jefe de Equipo. Dicho lugar debe estar
dotado de medios de extinción.
Antes de abrir las válvulas
de las botellas de oxigeno
y acetileno, se debe comprobar que están cerradas
las válvulas del manorreductor.
Las válvulas de las botellas
se deben abrir lentamente.
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CORTE OXIACETILÉNICO
Si alguna válvula de las botellas presenta fugas, hay que retirar la botella
de servicio y colocarla al aire libre, lejos del fuego, grasas, aceites, o sustancias combustibles. Inmediatamente se debe avisar al Jefe de Equipo.
Las válvulas de acetileno no deberán abrirse más de vuelta y media.
Para saber si existen fugas, no se emplearán fósforos, debe hacerse la comprobación con agua jabonosa.
Antes de encender el soplete se debe dejar salir el aire o gas que puedan
tener las mangueras abriendo para ello el soplete.
Al terminar el trabajo hay que cerrar primero la válvula del soplete, después
la de los manorreductores y por último la de las botellas.
En el caso de interrumpir el trabajo, no deben abandonarse los sopletes
dentro de recipientes o espacios cerrados.
Estará prohibido suspender las botellas mediante las grúas u otros aparatos elevadores, si no se utilizan dispositivos específicos para tal fin (carro
especial, etc.).
Las botellas estarán siempre en posición vertical en el correspondiente carro
o bien sujetas.
Todos los recipientes de gases licuados estarán provistos del correspondiente capuchón roscado.
Está prohibido estrangular una manguera para detener temporalmente el
flujo de gas, por ejemplo: para cambiar un soplete o una boquilla.
Se debe enrollar cuidadosamente el exceso de manguera. Se debe colocar
de manera que no sea pisada, de que esté alejada de chispas, escorias
calientes, etc., producidas por la soldadura.
Deben utilizarse todas las prendas de protección personal exigidas para tal
función (gafas de soldador, guantes de cuero de manga larga, botas de soldador, polainas de cuero y chaqueta de cuero).
Si durante el trabajo hay necesidad de cambiar de posición o lugar las botellas de oxígeno o acetileno, hay que cerrar antes las válvulas de éstas.
Los manómetros deben encontrarse en buenas condiciones de uso. Si se
comprueba rotura, deterioro o que la lectura no ofrece fiabilidad, deberán
ser sustituidos de inmediato.
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CORTE OXIACETILÉNICO
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CORTE OXIACETILÉNICO
Se revisará periódicamente el estado de las mangueras, eliminando las que
se encuentren agrietadas exteriormente.
No se puede calentar, cortar ni soldar recipientes que hayan contenido sustancias inflamables, explosivas o productos que, por reacción con el metal
del contenedor o recipiente, generen un compuesto inflamable o explosivo, sin la previa eliminación del residuo, avalado por un permiso de Trabajos Especiales de la Propiedad.
No se soldará pieza alguna sobre piso de piedra, hormigón, madera, plástico, alquitrán, sin aislarla del mismo.
En el acopio de cilindros o botellas de acetileno, oxígeno, argón, etc., se
tendrá en cuenta el tipo de gas que contiene (activo o inerte) y se mantendrán separadas unas de otras en posición vertical y sujetas a una parte fija,
evitando su caída.
Las botellas de acetileno se usarán siempre con la salida más alta que el
fondo y en tanto sea posible, de pie o verticalmente.
No usar botellas de combustibles teniendo la boca de salida más baja que el
fondo, o sea, volcada, por el contrario, se pondrán verticales con la boca hacia
arriba y sujetas con collarines que garanticen su posición, evitando su caída.
La válvula de la botella no se operará después de quitado el tapón. Siempre
se abrirá con sumo cuidado y lentamente para evitar averías en el resto de la
conducción.
Se prohíbe golpear las botellas de gases. No se dejarán caer, ni arrastrarán,
ni sufrirán choques violentos.
La botella vacía que se devuelve, se hará con el tapón puesto y la caperuza
fijada.
Se prohíbe meter las botellas de oxígeno y acetileno en el recipiente que se
está soldando.
En el caso de incendiarse una manguera de acetileno, no se debe intentar
extinguir el fuego doblando y oprimiendo la manguera.
Las mangueras para conducción de gas acetileno u otro gas combustible
serán de diferente color que las usadas para conducir el oxígeno.
Se cerrará la llave de la botella.
Las conexiones de mangueras tendrán rosca y fileteado diferentes de modo
que sea imposible el confundirlas y cambiarlas.
Las botellas de oxígeno no se manipularán con guantes o manos grasientas.
Los racords, roscas o equipos que permiten el paso de oxígeno no se ensuciarán con materia orgánica combustible, para lo cual se habrá de tener
mucho cuidado en ello y queda absolutamente prohibido engrasarlos.
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Cualquier componente del equipo, manorreductor, manguera, soplete, etc.
con algún deterioro, se cambiará por otro en condiciones.
Las botellas y mangueras se colocarán fuera de zonas de paso, de manera
que no estorben ni se vean dañadas por la circulación.
Las botellas y mangueras deben estar en sitio donde no puedan recibir chispas de oxicorte o soldadura o cualquier otro cuerpo incandescente, encendido y caliente.
Las botellas, tanto de oxígeno como de acetileno se izarán en o sobre una
cama. Queda prohibido hacerlo atándolas o suspendidas de una eslinga.
Los sopletes no se golpearán ni se colgarán de los manorreductores de
modo que puedan golpearse con las botellas.
Se exigirá que las botellas se entreguen con las caperuzas puestas y con las
bandas de pintura que las identifican limpias.
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19.
SOLDADURA ELÉCTRICA
(RD 374/2001 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos
durante el trabajo)
DEFINICIÓN
«Fusión del metal de las piezas a soldar mediante calor, alcanzando una alta temperatura.»
MEDIDAS PREVENTIVAS
Las masas de cada aparato de soldadura se dotarán de puestas a tierra.
Los motogeneradores, los rectificadores y los transformadores utilizados en
la soldadura por arco, sea para soldar o cortar juntamente con los conductores de alimentación, estarán protegidos de la posibilidad de contacto con
partes que lo estén a la tensión de alimentación.
La superficie exterior de los portaelectrodos a mano y los bornes de conexión para circuitos de alimentación de los aparatos de soldadura, deberán
estar cuidadosamente dimensionados y aislados.
Los cables de conductores se revisarán frecuentemente y se mantendrán
en buenas condiciones.
En lugares húmedos, aíslese trabajando sobre una base de madera seca.
No tocar la pinza y apoyarse en la
mesa al mismo tiempo.
La pinza portaelectrodos se mantendrá siempre en buen estado y cerca de
donde se esté soldando.
Tantas veces como se interrumpa por algún tiempo la operación de soldar
se cortará el suministro de energía eléctrica a la máquina. Al terminar el trabajo debe quedar totalmente desconectada y retirada a su sitio.
Antes de efectuar cambios de intensidad desconecte el equipo.
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SOLDADURA ELÉCTRICA
En ningún caso la tensión en vacío entre el electrodo y la pieza superará los
90 voltios en corriente alterna y los 150 voltios en corriente continua.
Téngase presente antes de soldar en locales cerrados si existe concentración de
gases o polvo con el consiguiente peligro
de explosión. En este caso, no se debe
soldar hasta que a través de un sistema
de ventilación se haya saneado el local.
En talleres fijos de la Compañía o en los
de la implantación de obra se debe contar con equipos portátiles de extracción
localizada de humos (p.e. aspiradores helicoidales o aspiración por sistema Venturi)
que supriman la concentración de gases,
desprendidos de la soldadura, a respirar
por el operador.
No introducir jamás el portaelectrodos en agua para enfriarlo, puede causar un accidente eléctrico.
Las conexiones con la máquina deben tener las protecciones necesarias y
como mínimo fusibles automáticos, y relé diferencial de sensibilidad media
(300 mA) así como una buena toma de tierra.
Las máquinas para soldadura por arco
eléctrico se situarán lejos del sitio de la
operación y también de hornos o de otras
fuentes de calor.
Siempre que se suelde con arco eléctrico,
se utilizarán medios adecuados para aislar el personal de la radiación lumínica.
El soldador irá protegido, además de por el equipo común, por medio de
guantes y manoplas de cuero, polainas y mandil también de cuero y arnés
con careta dotada de mirilla de vidrio, absorbente de la radiación actínica,
abatible y superpuesta al visor neutro destinado a proteger de las proyecciones de escoria y partículas de picado.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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20.
CHORREADO DE ARENA. PINTURA.
(Se cumplirá el Real Decreto 773/97, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de segundad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de Equipos de Protección Individual)
DEFINICIÓN
«Trabajos de pintura para la limpieza de superficies con chorro o
granalla.»
MEDIDAS PREVENTIVAS
En la limpieza y preparación de superficie, con chorro o granalla, el
operario que lo realice se protegerá
con una máscara que le cubra la cara y le proporcione aire limpio continuamente. Suelen ser muy comunes
los capuchones de fraile alimentados por aire comprimido perfectamente filtrado y depurado.
La pantalla de manguera del aire inyector de la arena o de la granalla
estará unida al armazón metálico de
la misma si lo tuviera y ambos a tierra, sobre todo cuando se está limpiando depósitos que hayan contenido sustancias inflamables.
Antes de iniciar el trabajo, se vallará y aislará la zona donde se realice.
Antes de chorrear con arena el interior de un depósito, el mando inmediato
se cerciorará de que el aspirador de la arena funciona y de que el aire puro y
en cantidad suficiente llega al capuchón o máscara del operario. No se permitirá la presencia de persona alguna dentro del depósito sin ir provista de
capuchón de aire.
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CHORREADO DE ARENA. PINTURA.
No se podrá limpiar con chorro de arena o granalla en las zonas donde sea
necesario permiso de trabajo en caliente sin antes haber conseguido dicho
permiso.
Las pinturas pueden llevar compuestos molestos, tóxicos o inflamables. Cuando se pinte en interior de recipientes se dispondrá
de una renovación de la atmósfera del mismo, a la frecuencia que
determine el Servicio de Seguridad cuando se pinte a pistola se
usarán gafas panorámicas estancas y antiempañantes y respiradoras con filtro para gases orgánicos
y prefiltro mecánico.
Se prohíbe pintar y pulverizar en sitios donde pueden aparecer llamas, chispas o zonas muy calientes.
Los operarios dedicados a pintar y limpiar con chorro de arena o disolventes, tendrán sumo cuidado con su aseo personal. Es obligatorio lavarse
antes de comer y fumar. Se cambiará de ropa para ir al comedor.
Los operarios de pintura y limpieza por chorro con arena o disolventes, llevarán además de su equipo normal, máscara con cartuchos antidisolventes
y antipolvo.
Se prohíbe el uso de aire comprimido para la limpieza de ropas y de la piel.
Se prohíbe el uso de oxígeno u otro gas para pulverizar líquidos inflamables y especialmente pintura.
Es obligatorio que el operario del equipo de chorreado y el que se encarga
de vigilar el compresor y válvula de aire a presión estén en contacto constante, sea visual, o por otro medio de comunicación.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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21.
TRABAJO EN EQUIPO DE PROCESO
(RD 486/97, sobre Lugares de Trabajo)
DEFINICIÓN
«Trabajos realizados en tuberías, bombas compresores, reactores,
recipientes cerrados, etc.»
MEDIDAS PREVENTIVAS
La actuación sobre equipos de proceso como pueden ser en tuberías, bombas, compresores, reactores, recipientes cerrados, etc., representa y lleva
implícitos problemas de seguridad especiales, y a menos que se tomen las
precauciones apropiadas, pueden producirse accidentes. Si el equipo contiene corrosivos o sustancias peligrosas inflamables, explosivas, tóxicas, etc.,
es necesario un permiso especial para poder actual en él.
La petición de permiso especial para los casos de éste u otro apartado no
excluye la petición y necesidad de otro tipo de permisos, según el trabajo
a realizar.
El personal de Producción de la Propiedad, dispondrá de procedimientos
adecuados para dejar el equipo aislado limpio de todo residuo y las áreas
de trabajo limpias y ordenadas. El aislamiento se realizará mediante discos
ciegos.
El personal de Producción de la Propiedad dejará el equipo en el que se ha de
trabajar comunicado al ambiente.
El personal que ha de hacer el trabajo requerido seguirá todas las normas
de seguridad, contenidas en este Manual y las que pueda recomendar el
Servicio de Seguridad de la Propiedad, para esa tarea en concreto.
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TRABAJO EN EQUIPO DE PROCESO
de él y muy especialmente las que lleven inflamables (hidrocarburos), corrosivos (ácidos y álcalis) y tóxicos (cianhídrico, cloro y otros).
Cuando cualquier parte del equipo, línea
o recipiente haya de quedar fuera de servicio y en definitiva aislada de toda función y del resto de la planta, será cerrada
con discos ciegos.
Cuando se haya de reparar un recipiente
en el que ha de entrar algún empleado
en su interior, tiene que ser aislado totalmente del resto del equipo por medio de
discos ciegos en todas las líneas, incluidas
las de vapor y agua, de modo que aún
cerradas las válvulas, si éstas se estropean
y registran pérdidas, el taponamiento se
mantenga por los discos ciegos. A su vez
también se cerrarán las tuberías del recipiente y se abrirán las bocas o agujeros
de hombre, comunicando el mismo como
el exterior.
Se limpiará y eliminará cualquier resto de materia que el recipiente aislado
contuviera aunque fuera agua. Siguiendo la norma, previa inspección y certificados necesarios, se decidirá la entrada del empleado y siempre con
máscara de seguridad y cartucho polivalente, traje y equipo adecuado.
Al abrir bridas o bocas de hombre, los empleados aflojarán los tornillos que
están al lado opuesto al que se han colocado y dejarán apretados los que
están más próximos a ellos de tal forma que si saliese algún producto líquido o gaseoso, lo hiciere por el lado contrario a donde se han situado.
No se abrirán bombas ni compresores sin abrir antes los purgadores y drenajes de equipo. Asimismo, previamente se habrán cerrado las válvulas de
circulación del flujo y descomprimirán las conducciones.
Antes de realizar cualquier trabajo que precise abrir un equipo, se dispondrán discos ciegos en todas las líneas o conducciones que entren o salgan
En las máquinas alimentadas por motores eléctricos, bombas compresores,
etc., antes de trabajar en ellas, se desconectará el motor y al igual que los
recipientes se unirán a una buena tierra.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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TRABAJO EN EQUIPO DE PROCESO
En los trabajos sobre zonas en la que se produzcan fugas de presión se unirá a buena tierra el punto de fuga, en previsión de electricidad estática.
22.
TRABAJOS DE CALORIFUGADO
No se pondrá en marcha ningún equipo sin comprobar que la reparación
está acabada y no hay peligro al hacerlo.
(RD 486/97 sobre Lugares de Trabajo y RD 1627/97 sobre Disposiciones de seguridad mínimas en obras de construcción)
Al terminar un trabajo se revisarán todas las máquinas y el Mando Intermedio se cerciorará de que todos los resguardos y protecciones están colocados.
DEFINICIÓN
Los discos ciegos, juntas y tornillos de sujeción que cierren las conducciones aislando los equipos, serán homologados por supervisión competente.
En los citados elementos se marcará la presión de resistencia permitida de
modo que quede fácilmente legible.
«Trabajos con fibras de vidrio, lana mineral y otros materiales
análogos.»
MEDIDAS PREVENTIVAS
Cuando se proceda a trabajos de aislamiento con lana o fibra de vidrio, lana
mineral y otros materiales análogos, los trabajadores deberán usar ropa de
protección que impida, en la mayor medida posible, el contacto de dichos
productos con la piel, es recomendable el mono de «TYVEK» o similar.
La ropa de protección utilizada durante
los trabajos efectuados con fibra de vidrio y lana mineral se corresponderá con
la estipulada en el anterior punto 19, y
no se debería usar como ropa de calle ni
lavarse al mismo tiempo que ésta.
Los operarios dedicados a manipular
materiales aislantes compuestos por fibras minerales, tendrán sumo cuidado
con su aseo personal. Es obligatorio lavarse antes de comer y fumar. Se cambiará de ropa para ir al comedor.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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23
23.
TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS
(RD 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. RD 1215/97 de 18 de julio, Equipos de trabajo. RD 485/97 de
14 abril, Señalización. RD 773/97 de 30 de mayo, Equipos de protección individual. Límites de exposición profesional para agentes químicos en España. TLVS. Valores límite para sustancias químicas y
agentes físicos en el ámbito de trabajo)
En ocasiones tenemos que realizar trabajos de mantenimiento en el interior de superficies y recintos, donde los riesgos de accidente si no se toman
medidas de seguridad se multiplican.
DEFINICIÓN
«Cualquier espacio con aberturas limitadas de entrada y salida
y ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse
contaminantes tóxicos o inflamables o tener una atmósfera deficiente en oxígeno y que no está concebido para una ocupación
continuada por parte del trabajador.»
MEDIDAS PREVENTIVAS
Los trabajos a realizar en el interior de recipientes tales como alcantarillas, depósitos,
torres, reactores, conducciones, túneles, etc.,
no se podrán llevar a cabo sin el preceptivo
permiso de la Propiedad o del Técnico Responsable.
Para la concesión del permiso han de tomarse previamente los datos según normas sobre
conducciones de gases, electricidad, líquidos,
equipo eléctrico, infraestructura, etc., de
modo que se conozcan todas las incidencias
que pudieran ocurrir durante el trabajo y las
que se han de eliminar para evitar accidentes.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS
Pese a que se hayan hecho las pruebas pertinentes sobre concentraciones gaseosas, explosividad u otras, no se dará el permiso de trabajo en el interior cuando los límites estén por
encima de los tolerados. El personal que haya de penetrar en el recipiente, deberá haber
pasado previamente el correspondiente examen médico de aptitud para el trabajo.
Deben de existir adecuadas aperturas de entrada y salida, cada una de las cuales debe ser
de suficiente anchura para que pase un hombre fácilmente. En caso de haber una sola salida, el número de personas trabajando en el
interior a ser posible, será solamente una y si
no es posible, siempre planificar el trabajo para que su número sea mínimo.
Habrá una ventilación forzada adecuada o se usarán medios personales de
protección que garanticen la respiración exenta de humos, vapores o gases
ofensivos o tóxicos y una temperatura por debajo de 30°C, siempre que sea
posible. Por encima de esa temperatura deberá reducirse el tiempo de exposición mediante turnos.
Por cada trabajador que esté en el interior habrá uno en el exterior pendiente de él y con medios para sacarlo en caso de necesidad (cinturón con arnés
y cuerda de izamiento o rescate).
Los medios de emergencia serán aprobados por un Técnico competente, en
buenas condiciones y a punto de funcionar.
Todas las tuberías y conducciones del recipiente en que se vaya a trabajar,
estarán cortadas por discos ciegos, el recipiente limpio y las conducciones
igualmente drenadas y limpias.
Limpio el depósito y todas sus tuberías, se aislará totalmente del resto de la
instalación desconectándolo y cerrando con discos ciegos las conducciones
que al mismo llegan o salen, de modo tal que se logre la seguridad de que
cualquier operación o acción sobre el resto de la instalación no repercuta en
el recipiente.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS
Si el recipiente es metálico, se comprobará que está bien unido a tierra.
Cada turno renovará el permiso para proseguir el trabajo dentro del recipiente.
El empleado o empleados que penetren en un recipiente y aunque el permiso lo autorice sin recomendación alguna, llevarán máscara y filtro polivalente.
Se prohíbe introducir en los recipientes líquidos inflamables tales como
petróleo, gasoil, gasolina, alcohol, etc.
Se prohíbe introducir botellas de oxígeno o acetileno en los recipientes que
se inspeccionan y/o reparan.
Se prohíbe dejar sopletes dentro del recipiente en el que se está actuando.
24.
PURGAS, FUEGOS Y DERRAMES
(RD 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de
almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas
complementarias MIÉ APQ-1, MIÉ APQ-2, MIÉ APQ-3, MIÉ APQ-4,
MIÉ APQ-5, MIÉ APQ-6 y MIÉ APQ-7)
DEFINICIÓN
«Trabajos con productos químicos que puedan desencadenar
fugas, derrames y tener consecuencias perjudiciales para el trabajador.»
Se prohíbe enriquecer la atmósfera interior de los recipientes insuflando oxígeno.
MEDIDAS PREVENTIVAS
Queda prohibido introducir luces eléctricas en los recipientes hasta que
estén completamente limpios y aireados. En estos casos, se utilizarán linternas de mano absolutamente estancas.
Se prohíbe dejar sin vigilancia señalizada y/o desatendida una fuga de productos químicos. Inmediatamente de descubierta se informará de ello al
supervisor.
Caso de efectuar reparaciones o trabajos y una vez cumplidos todos los
requisitos anteriores, podrán introducirse instalaciones eléctricas de voltaje
igual o inferior a 24 V.
Es obligatorio comprobar la estanqueidad del equipo antes de ponerlo nuevamente en marcha u operación.
Es obligatorio abrir siempre las
válvulas muy lentamente para evitar flujos violentos y peligros innecesarios.
Es obligatorio tomar toda clase de
precauciones para evitar derrames
al abrir tuberías, válvulas, grifos,
etc. Si sucede cortar y limpiar rápidamente el derrame.
Después de hacer una comprobación o prueba hidráulica, asegurarse de que todo el agua sale
del equipo.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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25.
TRABAJOS EN EQUIPOS RADIOACTIVOS
(RD 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes)
Los trabajadores pueden estar expuestos a los riesgos de radiaciones ionizantes de dos formas: irradiación y contaminación radioactiva. La irradiación
es la exposición a la fuente de radiación sin que exista contacto directo con
ella, y la contaminación radioactiva cuando la exposición es por contacto
directo con la fuente radiactiva dispersa en el ambiente o depositada en
superficies.
Para proteger al trabajador de las radiaciones se puede actuar limitando el
tiempo de exposición, disminuyendo la distancia al foco de emisión y
mediante la utilización de pantallas y blindajes.
MEDIDAS PREVENTIVAS
Para trabajar con equipos radiactivos es obligatorio estar en posesión de la
titulación correspondiente emitida por la Junta de Energía Nuclear y autorización del Servicio Médico y Servicio de Protección Radiológico de la Propiedad.
Los trabajos en, o en la proximidad de equipos radioactivos se realizarán
siguiendo cuidadosamente las disposiciones e instrucciones contenidas en la
normativa, debiéndose utilizar los dosímetros personales.
Las zonas donde se hayan instalado estos equipos estarán debidamente
acotadas y señalizadas, no pudiéndose entrar en ellas sin la correspondiente autorización.
El individuo debe aislarse del contacto directo con la fuente de contaminación:
No se deben dejar de utilizar los equipos de respiración prescritos por razón
de comodidad. Con ello hay un riesgo potencial de una contaminación
interna que persistiría en el individuo, en caso de producirse.
Todo lo que se toca con un objeto contaminado se vuelve a su vez, fuente de
contaminación. Está prohibido beber, comer o fumar en Zona Controlada,
como medida preventiva en este sentido.
Antes de salir de un lugar de trabajo debe precederse cuidadosamente a
desprenderse de la indumentaria y material contaminado, siguiendo las instrucciones del Servicio de Protección Radiológica.
El control minucioso de contaminación, a
la salida del lugar de trabajo, es la garantía de que la contaminación no sale al exterior. El productor sujeto a control deberá someterse a las pruebas que el Servicio
de Protección Radiológica de la Propiedad tiene establecidas a tal fin.
La conciencia y disciplina en el control minucioso de la contaminación se
adquiere pensando en la gran facilidad con que ésta se dispersa, si sale del
lugar de trabajo. La contaminación podría afectar a muchos otros y llegar
incluso a la familia, por éste motivo cualquier anomalía detectada en los instrumentos de control, dosímetros personales, equipos de respiración e indumentaria de aislamiento, debe ser comunicada de inmediato al Servicio de
Protección Radiológica de la Propiedad.
No podrán participar en actividades en las que de forma habitual puedan
estar expuestas a las radiaciones ionizantes, los menores de 18 años.
c. Contra la contaminación ambiental debe emplearse además equipo de
respiración adecuado (filtros, equipos autónomos).
Cada trabajador individualmente, es responsable legal de la conservación y
custodia de su respectivo «Expediente de Historial Dosimétrico» extendido
por el Servicio de Protección Radiológica del centro de trabajo en el que ha
finalizado sus actividades con exposición a radiaciones ionizantes. Dicho
expediente deberá presentarse, para cualquier futura contratación, en el
correspondiente Servicio de Protección Radiológica de los sucesivos trabajos
expuestos a radiaciones ionizantes para los que sea contratado. Este es un
requisito de obligado cumplimiento establecido por el Reglamento sobre
Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
a. Contra la contaminación superficial debe utilizarse indumentaria de aislamiento, incluyendo guantes, protección de la cabeza y de la cara (para
evitar llevarse las manos a la boca, nariz y ojos).
b. El calzado de seguridad contra riesgos mecánicos estará recubierto con
botines-funda antideslizantes y estancos.
104
TRABAJOS EN EQUIPOS RADIOACTIVOS
105
26
26.
TRABAJOS EN ALMACENES ESTABLES
TRABAJOS EN ALMACENES ESTABLES
• Normas sobre accesibilidad de minusválidos.
• Orden, limpieza y mantenimiento.
(RD 486/97, sobre Lugares de Trabajo)
DEFINICIÓN
Se considera Lugar de Trabajo las áreas del centro de trabajo,
edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecer o
a las que puedan acceder en razón de su trabajo. Se incluyen en
esta definición los servicios higiénicos, los locales de descanso, los
de primeros auxilios y los comedores. Igualmente, las instalaciones de servicio o protección anejas a los lugares de trabajo se
consideran parte integrante de los mismos.
Las condiciones mínimas de los lugares o centros de trabajo se
refieren a los siguientes aspectos:
• Seguridad estructural: estabilidad y solidez.
• Dimensiones de los locales y espacio para la libertad de movimiento
en el lugar de trabajo: zonas peligrosas.
• Suelos, paredes, techos y tejados. Barandillas.
• Tabiques, ventanas y claraboyas.
• Vías de circulación.
• Puertas y portones.
• Rampas de carga,
escaleras fijas y de servicio.
• Escaleras mecánicas
y cintas rodantes.
• Escalas fijas
y escaleras de mano.
• Vías y salidas de evacuación y emergencia.
• Equipos de detección y lucha contra incendios.
• Instalación eléctrica, dispositivos de distribución eléctrica,
red general, etc.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
• Condiciones ambientales: ventilación, temperatura, iluminación.
• Servicios higiénicos y locales de descanso.
• Enfermerías o instalaciones sanitarias de urgencia: equipos
de primeros auxilios.
• Lugares de trabajo al aire libre.
Algunas de las Disposiciones emanadas de la Directiva 89/654/CEE
son innovadoras y contemplan aspectos no contenidos hasta
ahora en la legislación española, como son:
• Separación de fumadores y no fumadores en los locales o zonas de
descanso.
• Locales o zonas para que las mujeres embarazadas y madres en
periodo de lactancia puedan descansar tumbadas. Accesibilidad a
los lugares de trabajo para los minusválidos.
MEDIDAS PREVENTIVAS
Los materiales se almacenarán en cantidades tales que no sobrepasen la
resistencia del suelo y estanterías que los soporten. En cada uno de estos
elementos (suelo o piso y estantería), se anotará el peso máximo tolerable.
Los recambios, repuestos y materiales en general se colocarán de modo que no invadan los
pasillos y espacios de circulación señalizados.
Los recambios, repuestos y materiales en general se colocarán de modo que no salgan fuera
de la anchura de las estanterías, poyetes y/o
mesas.
Todos los materiales se colocarán de modo y
manera tal que no puedan resbalar, rodar,
caer, en definitiva, desplazarse por su peso o
golpes, del sitio en que se colocan. Si es necesario, por su forma, se calzarán y sujetarán.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
107
26
TRABAJOS EN ALMACENES ESTABLES
Todos los materiales se pondrán sobre plataformas cuando su peso unitario sobrepase los 25 Kg. Las plataformas se colocarán de modo que se
puedan manejar con facilidad por las
carretillas elevadoras o medios mecánicos para tal fin.
En el uso de medios mecánicos,
carretillas, grúas, etc. se tendrá en
cuenta lo indicado en el apartado 20.
El almacenamiento de productos químicos y sustancias peligrosas se hará
en local distinto del usado para material de recambio o repuestos. Igualmente, toda sustancia combustible se almacenará en parque abierto y
rodeado de valla metálica. En estas sustancias se consideran, aceites, grasas, parafinas, ceras, productos de lubricación, pinturas oleosas o de plástico, disolventes, alcohol, resinas poliéster y similares.
El parque de almacenamiento de inflamables estará bien dotado de medios
de lucha contra incendios.
Los productos inflamables, sólidos, bandas de caucho, baquelitas, plásticos, maderas, etc., aun dentro del mismo edificio de almacén, estarán
separados del resto de materiales y en su zona se aumentará el número de
extintores colocando uno por cada 12 m2 de superficie.
27.
ALMACENAMIENTO
Y ACOPIOS PROVISIONALES DE OBRA
(RD 1627/97, sobre Obras de Construcción)
DEFINICIÓN
«Zonas de obra para almacenamiento y acopios de materiales.»
MEDIDAS PREVENTIVAS
Los Mandos Intermedios establecerán zonas predeterminadas y fijas para
cada material a acopiar, al margen de los acopios parciales realizados durante la evolución de la obra, cuya tutela recaerá en cada uno de los Jefes de
Equipo correspondientes.
Se asegurará en todo momento la limpieza y amplitud de los pasillos de circulación, adecuando pasarelas con barandillas para salvar pequeños desniveles y obstáculos.
Los acopios sobre estructura portante se realizarán sobre plataformas de
reparto de cargas en zonas de capiteles y jácenas, teniendo presente la carga de trabajo del forjado o piso.
Los materiales ensacados (de peso unitario aproximado equivalente a 50 Kg)
se acopiarán formando pilas con hileras entrecruzadas, sobre una base
amplia y nivelada, hasta una altura máxima de 8 hileras.
Las botellas de gases comprimidos, acetileno, butano, propileno, hidrógeno,
oxígeno, aire, etc., se almacenarán en sitio aparte y el más alejado del que
ocupan las sustancias combustibles. Conviene tenerlas de modo que haya
garantías de que se mantendrán verticales y sobre superficie solamente
cubierta para protegerlas del calor del pleno sol.
Se prohíbe el uso de las estanterías a modo de escaleras, para acceder a los
niveles superiores.
NO
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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27
ALMACENAMIENTO Y ACOPIOS PROVISIONALES DE OBRA
Las maderas y tablones se clasificarán según usos y estarán
exentas de clavos. Si no están
flejados, formarán hileras entrecruzadas sobre una base amplia
y nivelada. La altura máxima de
la pila, sin tablones estancados
y arriostrados lateralmente, será
de 1 m.
Los perfiles metálicos se distribuirán clasificadamente sobre cartelas o soportes adecuados, o en su defecto, apilados sobre una base niveladas e interponiendo tablas de forma estratificada para asegurar su horizontalidad.
27
ALMACENAMIENTO Y ACOPIOS PROVISIONALES DE OBRA
etiquetados. Para su manipulación se utilizarán las prendas de protección
personal preceptivas para cada sustancia (Ver Anexo 1).
Almacenamiento provisional de sustancias explosivas o deflagrantes:
Los tubos de pequeño diámetro se dispondrán sobre pilas estancadas lateralmente.
1. Se ubicarán en recintos sólidos aislados, señalizados y bajo llave a cargo
de un Guardia Jurado. El local estará impermeabilizado, limpio, seco, bien
ventilado y fresco. La iluminación eléctrica será de características antideflagrantes.
2. Está totalmente prohibido almacenar conjuntamente explosivos, detonantes, cebos y recipientes metálicos con gases o líquidos inflamables.
Los tubos de gran diámetro se dispondrán sobre pilas calzadas a ambos
lados del apoyo de cada tubo.
3. Las mechas lentas y cordones detonantes estarán aislados de la humedad.
Los áridos y materiales sólidos disgregados se distribuirán clasificados en
zonas adecuadamente balizadas y señalizadas, disponiendo sus distintos
emplazamientos de contención y separaciones adecuadamente arriostrados.
4. El apilado de las cajas de explosivos no debe superar los 1,60 m. de altura sobre el nivel del piso.
El material paletizado se recibirá suministrado sobre paletas normalizadas
(UNE), preferentemente de cuatro entradas y dimensiones 800 x 1200 ó
1000 x 1200 mm. La carga debe venir flejada siendo opcional el empacado
con material envolvente.
Altura máxima del conjunto: 1m. Peso máximo del conjunto paleta-carga:
700 Kg El apilado de paletas normalizadas con carga no deberá rebasar en
ningún caso más de dos hileras, sobre base amplia y nivelada.
Las piezas sueltas se acopiarán flejadas por fajos o en contenedores y bateas dispuestas al efecto.
La chatarra se amontonará en un recinto delimitado por balizas, para impedir el acceso involuntario del personal a dicha zona. Para su manipulación se
utilizarán guantes anticorte y plantillas metálicas en el calzado de protección.
Los recintos destinados al almacenamiento provisional de sustancias tóxicas,
corrosivas o candentes estarán adecuadamente señalizados y bajo llave.
Estos productos se depositarán en recipientes herméticos y adecuadamente
110
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
111
28
28.
ALARMA Y EQUIPOS CONTRA INCENDIOS
EQUIPOS Y MEDIOS DE EXTINCIÓN
(RD 1942/93 Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios -RIPCI; Orden 16/04/98 que modifica el RIPCI; NBE-CPI/96 Protección contra Incendios en Edificios)
Los equipos de extinción los podemos
dividir en dos grupos, los equipos portátiles (extintores) y las instalaciones
fijas: bocas de incendios equipadas
(BIE) e hidrantes principalmente.
Para que se produzca el incendio se precisa de la concurrencia de tres factores, que se han llamado «triángulo de fuego», estos son el combustible (madera, gasolina, propano,...), el comburente (oxígeno) y una
fuente de calor (chispas, cigarrillos, superficies calientes...).
MEDIDAS PREVENTIVAS
Para evitar su inicio y propagación deberá actuarse:
• Retirando el material combustible.
• Disponiendo de sistemas de detección y alarma.
• Utilizando equipos y medios de extinción.
• Planificando sistemas de evacuación.
La detección de un incendio es el descubrimiento de la existencia de un
incendio, inevitablemente después de que se haya producido. Los sistemas
de detección tienen como misión la vigilancia permanente de los riesgos
existentes. Estos pueden ser de dos tipos: detectores humanos o recorridos
de inspección y los detectores automáticos (detectores de humos, de gases,
de llamas, de temperatura).
Los fuegos se clasifican en base al combustible:
• Clase A: combustible sólidos (madera, papel, tejido, etc.).
• Clase B: líquidos inflamables (pinturas, alcohol, gasolinas, etc.).
• Clase C: Combustibles gaseosos (propano, butano, acetileno, etc.).
• Clase D: Metales y productos químicos reactivos (magnesio, sodio,
potasio, etc.).
• Clase E: Combustibles de cualquier tipo en instalaciones eléctricas
o en su proximidad.
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ALARMA Y EQUIPO CONTRA INCENDIOS
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
El equipo de incendios estará situado en
un lugar que será conocido por todo el
personal de la obra y señalizado. Completando el equipo principal, habrá una
red de lugares de fácil acceso, libres de
obstáculos donde se tendrá medios de
acción rápida y eficaz ante cualquier
conato de incendio y/o alarma.
El trabajador que descubra un incendio o una situación de emergencia o
peligro, llamará inmediatamente por el teléfono más próximo al centro de
alarma del Plan de Emergencia de la Propiedad, comunicando su nombre y
apellidos, el sitio donde vio el incendio o el peligro y si le es posible calibrarlo, su categoría.
Inmediatamente de dada la alarma, según dispone el Plan de emergencia
de cada centro de trabajo, los componentes de la brigada de incendios y
socorro acudirán al punto de reunión dado a conocer por el Plan de Emergencia de la Propiedad.
El personal no afectado permanecerá en sus puestos de trabajo o en el
punto de reunión de la factoría, según indique el Plan de Emergencia de la
Propiedad, sin obstaculizar las actuaciones propias de los bomberos y personal ocupado en la eliminación del peligro o incendio.
En las secciones o instalaciones que dispongan de brigada contra incendios, éstas actuarán rápidamente en la propia sección o instalación, si es allí
donde se inicia el incendio o aparece el peligro y conociendo la categoría
del mismo, avisarán al centro de alarma del plan de urgencia si consideran
necesaria la ayuda del servicio central.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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28
ALARMA Y EQUIPO CONTRA INCENDIOS
28
ALARMA Y EQUIPO CONTRA INCENDIOS
Solamente, el personal autorizado por el servicio contra incendios entrará
en la zona de fuego. El resto de personal permanecerá en sus puestos de
trabajo dispuestos a prestar su colaboración en caso de ser solicitada.
Las vías y calles o pasajes permanecerán limpios y sin obstáculos o vehículos, para el libre acceso y circulación de los equipos contra incendios. Cualquier interrupción se comunicará inmediatamente a seguridad y en tanto
dure, se señalizará.
Los extintores, mangueras, etc., medios del servicio de incendios, no se utilizarán nada más que para combatir el fuego. Si se necesita este material
para algún otro objeto, no podrá utilizarse sin permiso del servicio de Seguridad de la Propiedad.
Los hidrantes no podrán utilizarse para ningún otro fin que no sea el del
Servicio contra incendios y siempre con permiso del Servicio de Seguridad
de la Propiedad.
Cada centro de trabajo confeccionará un Plan de Emergencia en que figurará la manera de actuar y coordinación con equipos de ayuda ajenos al
mismo como son: cuerpo de bomberos local, provincial u otros, policía,
policía de carreteras, hospitales, etc., es decir, organismos e instituciones
con los que se han concertado auxilios que pueden ser necesarios en caso
de siniestros y emergencias.
Las bocas de incendios, monitores, mangueras, extintores, señalizaciones,
bombas, etc. en general, todo el material del servicio contra incendios se
pintarán de color rojo.
Esta totalmente prohibido retirar tablones o plataformas de protecciones
colectivas con el fin de encender fuegos. Dicha falta se considerará como
grave.
Los entrenamientos con o sin fuego real y simulacros de incendios son obligatorios para todo el personal del equipo de defensa contra incendios y
con frecuencia mínima establecida por el Servicio de Seguridad de la Propiedad.
En caso de incendio de equipos eléctricos, no se usarán mangueras de agua,
extintores de espuma, o cualquier medio que contenga un electrolito, sino
extintores polivalentes de carbónico/polvo o de otra sustancia no conductora, (p. e. halones).
El empleado que observe que un equipo contra incendios no está en perfecto estado de uso, lo comunicará inmediatamente a su Mando Intermedio o
supervisor de la Propiedad.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
115
29
29.
TRABAJOS EN AMBIENTES RUIDOSOS
RD 286/06, sobre la Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
RD 1371/07, por el que se aprueba el Documento Básico «DB-HR Protección frente al ruido»
DEFINICIÓN
«No existe una definición inequívoca de ruido. De forma amplia,
podemos definir como ruido cualquier sonido no deseado que
puede interferir la recepción de un sonido.»
«Así, el ruido acústico es aquel ruido (entendido como sonido
molesto) producido por la mezcla de ondas sonoras de distintas
frecuencias y distintas amplitudes. La mezcla se produce a diferentes niveles ya que se conjugan tanto las frecuencias fundamentales como los armónicos que las acompañan. La representación gráfica de este ruido es la de una onda sin forma.»
Clasificación del Ruido
Se pueden hacer dos clasificaciones diferentes de ruido acústico, las mismas
se podrían hacer con cualquier otro ruido:
1. En función de la intensidad en conjunción con el período.
2. En función de la frecuencia.
MEDIDAS PREVENTIVAS
Disposiciones encaminadas a evitar o a reducir la exposición:
1. Los riesgos derivados de la exposición al ruido deberán eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible, teniendo en cuenta los avances
técnicos y la disponibilidad de medidas de control del riesgo en su origen.
La reducción de estos riesgos se basará en los principios generales de prevención establecidos en el artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y tendrá en consideración especialmente:
116
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
TRABAJOS EN AMBIENTES RUIDOSOS
a. Otros métodos de trabajo que reduzcan la necesidad de exponerse al
ruido;
b. La elección de equipos de trabajo adecuados que generen el menor
nivel posible de ruido, habida cuenta del trabajo al que están destinados, incluida la posibilidad de proporcionar a los trabajadores equipos
de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en la normativa sobre comercialización de dichos equipos cuyo objetivo o resultado sea limitar la
exposición al ruido;
c. La concepción y disposición de
los lugares y puestos de trabajo;
d. La información y formación adecuadas para enseñar a los trabajadores a utilizar correctamente el
equipo de trabajo con vistas a reducir al mínimo su exposición al
ruido.
e. La reducción técnica del ruido:
1. Reducción del ruido aéreo,
por ejemplo, por medio de
pantallas, cerramientos, recubrimientos con material
acústicamente absorbente.
2. Reducción del ruido transmitido por cuerpos sólidos,
por ejemplo, por medio
de amortiguamiento o aislamiento.
f. Programas apropiados de mantenimiento de los equipos de trabajo,
del lugar de trabajo y de los puestos de trabajo;
g. La reducción del ruido mediante la organización del trabajo:
1. Limitación de la duración e intensidad de la exposición;
2. Ordenación adecuada del tiempo de trabajo.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
117
29
TRABAJOS EN AMBIENTES RUIDOSOS
2. Sobre la base de la evaluación del
riesgo mencionada en el artículo 6,
cuando se sobrepasen los valores superiores de exposición que dan lugar
a una acción, el empresario establecerá y ejecutará un programa de
medidas técnicas y/o de organización, que deberán integrarse en la
planificación de la actividad preventiva de la empresa, destinado a reducir la exposición al ruido, teniendo en
cuenta en particular las medidas
mencionadas en el apartado 1.
3. Sobre la base de la evaluación del riesgo mencionada en el artículo 6, los
lugares de trabajo en que los trabajadores puedan verse expuestos a niveles de ruido que sobrepasen los valores superiores de exposición que dan
lugar a una acción, serán objeto de una señalización apropiada de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril,
sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y
salud en el trabajo. Asimismo, cuando sea viable desde el punto de vista
técnico y el riesgo de exposición lo justifique, se delimitarán dichos lugares y se limitará el acceso a ellos.
4. Cuando, debido a la naturaleza de la actividad, los trabajadores dispongan de locales de descanso bajo la responsabilidad del empresario, el ruido en ellos se reducirá a un nivel compatible con su finalidad y condiciones de uso.
5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 31/1995, el
empresario adaptará las medidas mencionadas en este artículo a las necesidades de los trabajadores especialmente sensibles.
29
TRABAJOS EN AMBIENTES RUIDOSOS
a. Valores límite de exposición:
LAeq,d = 87 dB(A) y Lpico= 140 dB (C), respectivamente;
b. Valores superiores de exposición que dan lugar a una acción:
LAeq,d = 85 dB(A) y Lpico = 137 dB (C), respectivamente;
c. Valores inferiores de exposición que dan lugar a una acción:
LAeq,d = 80 dB(A) y Lpico = 135 dB (C), respectivamente.
2. Al aplicar los valores límite de exposición, en la determinación de la exposición real del trabajador al ruido, se tendrá en cuenta la atenuación que
procuran los protectores auditivos individuales utilizados por los trabajadores. Para los valores de exposición que dan lugar a una acción no se
tendrán en cuenta los efectos producidos por dichos protectores.
3. En circunstancias debidamente justificadas y siempre que conste de forma explícita en la evaluación de riesgos, para las actividades en las que la
exposición diaria al ruido varíe considerablemente de una jornada laboral
a otra, a efectos de la aplicación de los valores límite y de los valores de
exposición que dan lugar a una acción, podrá utilizarse el nivel de exposición semanal al ruido en lugar del nivel de exposición diaria al ruido para
evaluar los niveles de ruido a los que los trabajadores están expuestos, a
condición de que:
a. el nivel de exposición semanal al
ruido, obtenido mediante un control apropiado, no sea superior al
valor límite de exposición de 87
dB(A), y
b. se adopten medidas adecuadas
para reducir al mínimo el riesgo
asociado a dichas actividades.
Valores límite de exposición y valores de exposición que dan lugar a
una acción.
1. A los efectos de este real decreto, los valores límite de exposición y los
valores de exposición que dan lugar a una acción, referidos a los niveles
de exposición diaria y a los niveles de pico, se fijan en:
118
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
119
30
30.
TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
Las definiciones que da la Directiva (Art. 2) son las siguientes:
(RD 363/95, por el que se aprueba el Reglamento sobre Notificación
de Sustancias Nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de Sustancias Peligrosas, fue posteriormente modificado por: RD 700/1998,
RD 507/2001, RD 99/2003, RD 1802/2008 y RD717/2010)
• Explosivo: Son mezclas que, incluso en ausencia de oxígeno atmosférico, puedan reaccionar de forma exotérmica con rápida formación de gases y que, en determinadas condiciones de ensayo, detonan, deflagran rápidamente o bajo el efecto del calor, en caso de
confinamiento parcial, explosionan.
LEGISLACIÓN
• Comburente: Los preparados que, en contacto con otras sustancias, en especial con sustancias inflamables, produzcan una reacción
fuertemente exotérmica.
Dentro de la Unión Europea es de aplicación el Reglamento (CE)
1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y
mezclas.
España ha aplicado el Reglamento modificando el Real Decreto 363/1995.
El Reglamento está en fase de entrada en vigor.
• FASE 1 (Hasta el 01/12/2010)
— Se sigue aplicando el RD 363/1995.
— El Reglamento SGA es voluntario para sustancias y mezclas.
• FASE 2: (Hasta el 01/06/2015)
— El Reglamento SGA es obligatorio para sustancias.
— El Reglamento SGA es voluntario para mezclas.
• FASE 3: (Desde el 01/06/2015)
— El Reglamento SGA es obligatorio para sustancias y mezclas.
Actualmente, sigue siendo de obligado cumplimiento la Directiva
1999/45/CE sobre envasado y etiquetado de mezclas, a no ser que voluntariamente se cumpla con el nuevo Reglamento, que en ese caso dejará de
tener vigencia.
120
TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
• Extremadamente inflamable: Los preparados líquidos que tengan
un punto de ignición extremadamente bajo y un punto de ebullición
bajo, y los preparados gaseosos que, a temperatura y presión normales, sean inflamables en contacto con el aire.
• Fácilmente inflamable: Los preparados: a) Que puedan calentarse
e inflamarse en el aire a temperatura ambiente sin aporte de energía,
o b) Los sólidos que puedan inflamarse fácilmente tras un breve contacto con una fuente de inflamación y que sigan quemándose o consumiéndose una vez retirada dicha fuente, o c) Los líquidos cuyo punto de ignición sea muy bajo, o d) Que, en contacto con el agua o con
el aire húmedo, desprendan gases extremadamente inflamables en
cantidades peligrosas.
• Inflamable: Los preparados líquidos cuyo punto de ignición sea
bajo.
• Muy tóxico: Los preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea en muy pequeña cantidad puedan provocar efectos
agudos o crónicos e incluso la muerte.
• Tóxico: Los preparados que, por inhalación, ingestión o penetración
cutánea en pequeñas cantidades puedan provocar efectos agudos o
crónicos e incluso la muerte.
CLASIFICACIÓN
• Nocivo: Los preparados que, por inhalación, ingestión o penetración
cutánea puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la
muerte.
La clasificación se realiza en función de sus características físicoquímicas y de toxicidad.
• Corrosivo: Los preparados que, en contacto con tejidos vivos puedan ejercer una acción destructiva de los mismos.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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121
30
TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
• Irritante: Los preparados no corrosivos que, en contacto breve, prolongado o repetido con la piel o las mucosas puedan provocar una
reacción inflamatoria.
TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
• Sensibilizante: Los preparados que, por inhalación o penetración
cutánea, puedan ocasionar una reacción de hipersensibilidad, de
forma que una exposición posterior a esa sustancia o preparado dé
lugar a efectos negativos característicos.
3. Aerosoles inflamables: Los Aerosoles, es decir, los generadores de
aerosoles, son recipientes no recargables fabricados en metal, vidrio o
plástico y que contienen un gas comprimido, licuado o disuelto a presión, con o sin líquido, pasta o polvo, y dotados de un dispositivo de
descarga que permite expulsar el contenido en forma de partículas
sólidas o líquidas en suspensión en un gas, en forma de espuma, pasta o polvo, o en estado líquido o gaseoso.
• Carcinogénico: Los preparados que, por inhalación, ingestión o
penetración cutánea puedan producir cáncer o aumentar su frecuencia.
4. Gases comburentes: Gas comburente es un gas que, generalmente
liberando oxígeno, puede provocar o facilitar la combustión de otras
sustancias en mayor medida que el aire.
• Mutagénico: Los preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir alteraciones genéticas hereditarias
o aumentar su frecuencia.
5. Gases a presión: Los gases a presión son gases que se encuentran en
un recipiente a una presión de 200 kPa (indicador) o superior, o que
están licuados o licuados y refrigerados. Se incluyen los gases comprimidos, licuados, disueltos y licuados refrigerados.
• Tóxico para la reproducción: Los preparados que, por inhalación,
ingestión o penetración cutánea, puedan producir efectos negativos
no hereditarios en la descendencia, o aumentar la frecuencia de
éstos, o afectar de forma negativa a la función o a la capacidad
reproductora.
• Peligroso para el medio ambiente: Los preparados que presenten
o puedan presentar un peligro inmediato o futuro para uno o más
componentes del medio ambiente.
El Reglamento (CE) 1272/2008, clasifica las sustancias se clasifican en
función de la clase de peligro en:
PELIGROS FÍSICOS
122
30
6. Líquidos inflamables: Líquido inflamable es un líquido con un punto
de inflamación no superior a 60ºC.
7. Sólidos inflamables: Se entiende por sólido inflamable una sustancia
sólida que se inflama con facilidad o que puede provocar fuego o contribuir a provocar fuego por fricción.
8. Sustancias y mezclas que reaccionan espontáneamente: (sustancias o mezclas autorreactivas) son sustancias térmicamente inestables,
líquidas o sólidas, que pueden experimentar una descomposición exotérmica intensa incluso en ausencia de oxígeno (aire). Esta definición
excluye que las sustancias y mezclas clasificadas de acuerdo con esta
parte como explosivas, comburentes o como peróxidos orgánicos.
9. Líquidos pirofóricos: es un líquido que, aún en pequeñas cantidades, puede inflamarse al cabo de cinco minutos de entrar en contacto
con el aire.
1. Explosivos: Sustancia o mezcla explosiva es una sustancia sólida o
líquida (o mezcla de sustancias) que de manera espontánea, por reacción química, puede desprender gases a una temperatura, presión y
velocidad tales que pueden ocasionar daños a su entorno. En esta definición quedan comprendidas las sustancias pirotécnicas, aun cuando
no desprendan gases.
10. Sólidos pirofóricos: es un sólido que, aún en pequeñas cantidades,
puede inflamarse al cabo de cinco minutos de entrar en contacto con
el aire.
2. Gases inflamables: Gas inflamable es un gas que se inflama con el
aire a 20ºC y a una presión de referencia de 101,3 kPa.
11. Sustancias y mezclas que experimentan calentamiento espontáneo: es una sustancia o mezcla sólida o líquida, distinta de un líquido
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123
30
TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
o sólido pirofórico, que puede calentarse espontáneamente en contacto con el aire sin aporte de energía; esta sustancia o mezcla difiere de
un líquido o sólido pirofórico en que sólo se inflama cuando está presente en grandes cantidades (kg) y después de un largo periodo de
tiempo (horas o días).
12. Sustancias y mezclas que, en contacto con el agua desprenden
gases inflamables: son sustancias o mezclas sólidas o líquidas que,
por interacción con el agua, tienden a volverse espontáneamente inflamables o a desprender gases inflamables en cantidades peligrosas.
13. Líquidos comburentes: es un líquido que, sin ser necesariamente
combustible en sí, puede, por lo general al desprender oxígeno, provocar o favorecer la combustión de otros materiales.
14. Sólidos comburentes: es una sustancia o mezcla sólida que, sin ser
necesariamente combustible en sí, puede por lo general al desprender
oxígeno, provocar o favorecer la combustión de otras sustancias.
15. Peróxidos orgánicos: Peróxido orgánico es una sustancia o una mezcla orgánica líquida o sólida que contiene la estructura bivalente -O-O-,
y puede considerarse derivada del peróxido de hidrógeno en el que
uno o ambos átomos de hidrógeno se hayan sustituido por radicales
orgánicos. El término también comprende las mezclas de peróxidos
orgánicos (formulados) que contengan al menos un peróxido orgánico. Los peróxidos orgánicos son sustancias o mezclas térmicamente
inestables, que pueden sufrir una descomposición exotérmica autoacelerada. Además, pueden tener una o varias de las propiedades
siguientes:
a. Ser susceptibles de experimentar una descomposición explosiva;
b. Arder rápidamente;
c. Ser sensibles a los choques o a la fricción;
d. Reaccionar peligrosamente con otras sustancias.
16. Sustancias y mezclas corrosivas para los metales: Una sustancia o
mezcla es corrosiva para los metales cuando, por su acción química,
puede dañarlos o incluso destruirlos.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
PELIGROS PARA LA SALUD
1. Toxicidad aguda: Se refiere a los efectos adversos que se manifiestan
tras la administración por vía oral o cutánea de una sola dosis de una sustancia o mezcla, de dosis múltiples administradas a lo largo de 24 horas,
o como consecuencia de una exposición por inhalación durante 4 horas.
2. Corrosión o irritación cutánea: Por corrosión cutánea se entiende la
aparición de una lesión irreversible en la piel, esto es, una necrosis visible a través de la epidermis que alcanza la dermis, como consecuencia de la aplicación de una sustancia de ensayo durante un período de
hasta 4 horas. Las reacciones corrosivas se caracterizan por úlceras,
sangrado, escaras sangrantes y, tras un período de observación de 14
días, por decoloración debida al blanqueo de la piel, zonas completas
de alopecia y cicatrices. Debe recurrirse a la histopatología para evaluar las lesiones dudosas. Irritación cutánea es la aparición de una
lesión reversible de la piel como consecuencia de la aplicación de una
sustancia de ensayo durante un período de hasta 4 horas.
3. Lesiones oculares graves o irritación ocular: Lesión ocular grave es
un daño en los tejidos del ojo o un deterioro físico importante de la
visión, como consecuencia de la aplicación de una sustancia de ensayo en la superficie anterior del ojo, no completamente reversible en los
21 días siguientes a la aplicación. Irritación ocular es la producción de
alteraciones oculares como consecuencia de la aplicación de una sustancia de ensayo en la superficie anterior del ojo, totalmente reversible en los 21 días siguientes a la aplicación.
4. Sensibilización respiratoria cutánea: Sensibilizante respiratorio es
una sustancia cuya inhalación induce hipersensibilidad de las vías respiratorias. Sensibilizante cutáneo es una sustancia que induce una respuesta alérgica por contacto con la piel.
5. Mutagenicidad en células germinales: Los términos «mutagénico» y
«mutágeno» se utilizarán para designar aquellos agentes que aumentan
la frecuencia de mutación en las poblaciones celulares, en los organismos o en ambos.
6. Carcinogenicidad: Carcinógeno es una sustancia o mezcla de sustancias que induce cáncer o aumenta su incidencia. Las sustancias que
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TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
han inducido tumores benignos y malignos en animales de experimentación, en estudios bien hechos, serán consideradas también supuestamente carcinógenos o sospechosos de serlo, a menos que existan
pruebas convincentes de que el mecanismo de formación de tumores
no sea relevante para el hombre.
7. Toxicidad para la reproducción: La toxicidad para la reproducción
incluye los efectos adversos sobre la función sexual y la fertilidad de
hombres y mujeres adultos, y los efectos adversos sobre el desarrollo
de los descendientes.
8. Toxicidad específica en órganos diana. Exposición única: Se entiende por toxicidad específica en determinados órganos (exposición
única) la toxicidad no letal que se produce en determinados órganos
tras una única exposición a una sustancia o mezcla.
9. Toxicidad específica en órganos diana. Exposición repetida: Se
entiende por toxicidad específica en determinados órganos (exposiciones repetidas) la toxicidad específica que se produce en determinados
órganos tras una exposición repetida a una sustancia o mezcla. Se
incluyen los efectos significativos para la salud que pueden provocar
alteraciones funcionales, tanto reversibles como irreversibles, inmediatas y/o retardadas.
10. Peligro por aspiración: Los presentes criterios ofrecen un sistema de
clasificación de sustancias o mezclas que pueden presentar un peligro
de toxicidad por aspiración para el hombre.
PELIGROS PARA EL MEDIO AMBIENTE
1. Peligro para el medio ambiente acuático: Toxicidad acuática aguda
es la propiedad intrínseca de una sustancia de provocar efectos nocivos
en los organismos acuáticos tras una exposición de corta duración.
2. Peligro para la capa de ozono: Por sustancia peligrosa para la capa
de ozono se entienden aquellas sustancias que, según las pruebas disponibles sobre sus propiedades y su destino y comportamiento en el
medio ambiente (predicho u observado), pueden suponer un peligro
para la estructura o el funcionamiento de la capa de ozono estratosférico.
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TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
ENVASADO Y ETIQUETADO
Las sustancias peligrosas, y los preparados que las contengan, deberán ser
envasadas en envases adecuados a los que no les ataque la sustancia. Estos
envases deberán tener sistemas de cierre que además, en algunos casos,
serán de seguridad para niños. Los envases deberán también, en la mayoría de los casos, llevar marcas de peligro detectables al tacto.
Las etiquetas deberán informar de la sustancia o sustancias contenidas, de
los datos del responsable de sus comercializaciones, de los pictogramas y
frases de peligro y consejos de prudencia.
SÍMBOLOS DE PELIGRO
Existen diez símbolos (aunque sólo siete pictogramas) que permiten identificar visualmente y de forma rápida los principales peligros que presenta la
sustancia o el preparado. El Anexo II de la Directiva define los símbolos a
utilizar y las traducciones a cada una de las lenguas de la Unión Europea.
En el Reglamento hay 10 Pictogramas. Se cambian los colores de los símbolos (del naranja al borde rojo y centro blanco). Se pueden ver los nuevos
pictogramas al final del capítulo.
FRASES DE PELIGRO Y CONSEJOS DE PRUDENCIA
Con el fin de estandarizar las descripciones de los riesgos específicos atribuidos a las sustancias y preparados peligrosos en todos los idiomas de la
Unión Europea se han definido una serie de frases, llamadas «frases R»,
que se encuentran en el Anexo III de la Directiva.
De forma análoga se han definido también una serie de «frases S» con consejos comunes relativos al manejos de sustancias y preparados peligrosos.
En el Reglamento las Frases R se pasan a llamar «Frases H» y las Frases S
se llaman «Frases P».
FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD
La ficha de datos de seguridad recoge, en 16 apartados, toda la información relativa a la seguridad de la sustancia, a las condiciones de uso y
manejo, y a los métodos de actuación en caso de accidente o malestar.
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TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
MEDIDAS PREVENTIVAS
1. Emplear envases certificados de buena calidad, construidos y cerrados
de forma que durante el transporte no puedan sufrir pérdidas o escapes debidos a cambios de temperatura, humedad o presión.
2. Inspeccionar y probar cualquier recipiente antes de utilizarlo para verificar que no presenta daños ni corrosión. Externamente deben estar
limpios, sin restos del producto contenido.
3. El material del recipiente debe ser resistente a la sustancia que hay que
envasar y no formar con ella combinaciones peligrosas como, por
ejemplo, la gasolina y el cloruro de polivinilo (PVC).
4. Cualquiera que sea su capacidad, los
recipientes que contengan sustancias tóxicas, corrosivas, nocivas o inflamables que estén a disposición del
público deberán disponer de un cierre de seguridad para niños y llevar
una indicación de peligro detectable
al tacto.
5. Envases metálicos. Son los más seguros y utilizados en la industria. Hay
bidones de acero y aluminio de diversos tamaños, pero predomina el
de 200 litros. La capacidad máxima
de estos bidones suele ser de 450 litros y el peso neto máximo, de 400
kilos.
6. Evitar su transporte por rodadura o a mano, empleando carretillas o
elementos mecánicos de transporte específicos. Inspeccionar periódicamente los bidones para comprobar su conservación (corrosión, bordes mellados, etc.), sustituir los que tengan desperfectos y no abrir las
tapas golpeándolas.
7. Almacenar en lugares ventilados y protegidos de la intemperie y mantener la temperatura del envase entre los -10º C y los 60º C.
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TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
8. Emplear recipientes metálicos de seguridad para guardar líquidos inflamables en los lugares de trabajo. Son de pequeño tamaño y disponen
de cierre hermético así como de válvula de seguridad.
9. Envases de plástico. La capacidad de estos recipientes abarca
desde 1 litro a 250 litros para envases compuestos o 450 litros para envases simples. Los más comunes son de polietileno, cloruro
de polivinilo y polipropileno. Son
resistentes a muchas sustancias
químicas y soportan pequeños
golpes, pero el paso del tiempo y
la exposición al sol los deterioran
convirtiéndolos en inseguros. En
ningún caso se usarán más de
cinco años.
10. Es conveniente que tengan formas simples, principalmente circulares y
que las superficies sean rígidas o con zonas estriadas, ya que es más
fácil sujetar el envase. No son convenientes para guardar productos
inflamables.
11. Es recomendable que los envases de entre 1 y 10 litros lleven un asa
de sujeción y los de capacidad superior dispongan de dos asas, de este
modo, su manipulación es más cómoda y segura. Los recipientes de
más de 60 litros deben llevar una abertura de descompresión para
facilitar una salida normal de los líquidos.
12. Es más seguro usar sistemas de cierre con tapas roscadas que los de
simple presión. Cuando el contenido sea líquido, hay que dejar un
margen de llenado para garantizar que no haya pérdidas como consecuencia de la dilatación por efectos térmicos.
13. Envases de vidrio. Son resistentes a la mayoría de las sustancias, pero
tienen el inconveniente de que son muy frágiles. Es necesario extremar
el cuidado en su manipulación y transporte (contenedores especiales
de protección) y emplearlos sólo para pequeñas cantidades.
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TRABAJOS CON SUSTANCIAS PELIGROSAS
14. Los recipientes de vidrio que contengan sustancias peligrosas no deberían superar los dos litros de capacidad. A partir de este tamaño, también necesitan disponer de sistemas de sujeción para las dos manos.
15. En los lugares de trabajo donde se usen productos químicos peligrosos es recomendable que se guarden en armarios especiales, agrupándolos por riesgos y evitando la proximidad de sustancias incompatibles
que puedan generar reacciones peligrosas.
NUEVOS PICTOGRAMAS
31.
NORMAS BÁSICAS DE AUTOPROTECCIÓN
DE CENTROS DE TRABAJO.
SITUACIONES DE EMERGENCIA.
(RD 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a situaciones de emergencia).
La Norma Básica de Autoprotección establece la obligación de elaborar,
implantar materialmente y mantener operativos los Planes de Autoprotección y determina el contenido mínimo que deben incorporar estos planes
en aquellas actividades, centros, establecimientos, espacios, instalaciones y
dependencias que, potencialmente, pueden generar o resultar afectadas
por situaciones de emergencia. Incide no sólo en las actuaciones ante
dichas situaciones, sino también y con carácter previo, en el análisis y evaluación de los riesgos, en la adopción de medidas preventivas y de control
de los riesgos, así como en la integración.
ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE AUTOPROTECCION:
1. La elaboración de los planes de autoprotección previstos en la Norma
Básica de Autoprotección se sujetarán a las siguientes condiciones:
a. Su elaboración, implantación, mantenimiento y revisión es responsabilidad del titular de la actividad.
b. El Plan de Autoprotección deberá ser elaborado por un técnico competente capacitado para
dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos
a los que esté sujeta la
actividad.
c. En el caso de actividades temporales realizadas en centros, establecimientos, instalaciones y/o dependencias, que dispongan de autorización para una actividad distinta de la que se pretende realizar e incluida en el anexo I, el organizador de la actividad temporal estará obligado
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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NORMAS BÁSICAS DE AUTOPROTECCIÓN DE CENTROS DE TRABAJO. SITUACIONES DE EMERGENCIA
a elaborar e implantar, con carácter previo al inicio de la nueva actividad, un Plan de Autoprotección complementario.
d. Los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias
que deban disponer de plan de autoprotección deberán integrar en
su plan los planes de las distintas actividades que se encuentren físicamente en el mismo, así como contemplar el resto de actividades no
incluidas en la Norma Básica de Autoprotección.
e. En los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias del apartado anterior se podrá admitir un plan de autoprotección
integral único, siempre que se contemple todos los riesgos particulares de cada una de las actividades que contengan.
f. Los titulares de las distintas actividades, en régimen de arrendamiento, concesión o contrata, que se encuentren físicamente en los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias que
deban disponer de plan de autoprotección, de acuerdo con lo establecido en el anexo I, deberán elaborar, implantar e integrar sus planes, con sus propios medios y recursos.
2. El Plan de Autoprotección deberá acompañar a los restantes documentos necesarios para el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización necesaria para el comienzo de la actividad.
3. Las administraciones públicas competentes podrán, en
todo momento, requerir del
titular de la actividad correcciones, modificaciones o actualizaciones de los planes
de autoprotección elaborados en caso de variación de
las circunstancias que determinaron su adopción o para
adecuarlos a la normativa vigente sobre autoprotección
y a lo dispuesto en los planes
de protección civil.
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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NORMAS BÁSICAS DE AUTOPROTECCIÓN DE CENTROS DE TRABAJO. SITUACIONES DE EMERGENCIA
REGISTRO DE LOS PLANES DE AUTOPROTECCIÓN
1. Los datos, de los planes de autoprotección, relevantes para la protección
civil deberán ser inscritos en un registro administrativo, que incluirá
como mínimo los datos referidos en el anexo IV de la Norma Básica de
Autoprotección.
A tal fin, los titulares de las actividades remitirán al órgano encargado de
dicho registro los referidos datos y sus modificaciones.
2. El órgano encargado del registro, así como los procedimientos de control administrativo y registro de los Planes de Autoprotección de los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias donde se
desarrollan las actividades relacionadas en el anexo I de la Norma Básica
de Autoprotección, será establecido por las comunidades autónomas
competentes o el órgano competente establecido en el caso de actividades con reglamentación sectorial específica.
OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DEL CENTRO
a. Elaborar el Plan de Autoprotección correspondiente a su actividad, de
acuerdo con el contenido mínimo definido en el anexo II y los criterios
establecidos en el apartado 3.3. de esta Norma.
b. Presentar el Plan de Autoprotección al órgano de la Administración
Pública competente para otorgar la licencia o permiso determinante
para la explotación o inicio de la actividad.
c. Desarrollar las actuaciones para la implantación y el mantenimiento de
la eficacia del Plan de Autoprotección, de acuerdo con el contenido definido en el Anexo II y los criterios establecidos en esta Norma Básica de
Autoprotección.
d. Remitir al registro correspondiente los datos previstos en el anexo IV de
esta Norma Básica de Autoprotección.
e. Informar y formar al personal a su servicio en los contenidos del Plan de
Autoprotección.
f. Facilitar la información necesaria para, en su caso, posibilitar la integración del Plan de Autoprotección en otros Planes de Autoprotección de
ámbito superior y en los planes de Protección Civil.
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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NORMAS BÁSICAS DE AUTOPROTECCIÓN DE CENTROS DE TRABAJO. SITUACIONES DE EMERGENCIA
g. Informar al órgano que otorga la licencia o permiso determinante para
la explotación o inicio de la actividad acerca de cualquier modificación o
cambio sustancial en la actividad o en las instalaciones, en aquello que
afecte a la autoprotección.
h. Colaborar con las autoridades competentes de las Administraciones
Públicas, en el marco de las normas de protección civil que le sean de
aplicación.
i. Informar con la antelación suficiente a los órganos competentes en
materia de Protección Civil de las Administraciones Públicas de la realización de los simulacros previstos en el Plan de Autoprotección.
A1.
ANEXO 1.
PRESCIPCIONES GENERALES A SEGUIR ANTE UN ACCIDENTE
PRIMERO ASISTENCIA AL ACCIDENTADO y valoración de la gravedad
del accidente.
Si el accidente reviste gravedad
Se comunicará a la mayor brevedad posible con el Servicio de Emergencia (112), y se actuará según indicaciones de dicho Servicio.
En el caso de no ser muy grave
Dar los pasos siguientes con la mayor urgencia posible:
1. El Jefe de Departamento, Encargado ó responsable, rellenará DOS
COPIAS de la «Solicitud de Asistencia Médica» de MAZ (formato en
carpeta de Seguridad).
2. Una de las copias, se la llevará el accidentado y la entregará en el Centro de Asistencia de MAZ más cercano, en el que será atendido. La
otra copia se la quedará la propia empresa para más tarde enviarla a
su Centro Operativo.
3. El Centro de Asistencia de MAZ, entregará al accidentado un «Parte de
Baja Médica», o un «Parte de Asistencia sin Baja Médica», documento
que el accidentado está obligado a devolver de inmediato al Jefe de
Departamento.
4. El Jefe de Departamento, Encargado ó responsable, deberá enviar DE
INMEDIATO a su Delegación o Centro Operativo los siguientes TRES
documentos:
— LA SEGUNDA COPIA que se rellenó del Parte de Asistencia de
MAZ.
— El documento emitido por el Centro de Asistencia de MAZ, que
traiga el accidentado (Certificado de Baja o de Asistencia Médica
sin Baja).
— El Informe Técnico de Investigación de Accidente perfectamente
cumplimentado (formato en carpeta de Seguridad).
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BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
135
A2
A2.
136
ANEXO 2. SEÑALES
ANEXO 2. SEÑALES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
137
N O T A S
N O T A S
A3.
ANEXO 3.
RECIBO DEL MANUAL DE SEGURIDAD (COPIA TRABAJADOR)
EJEMPLAR Nº ........................................
Sr. D.
..................................................................................................................................................................................
Domicilio en C./Avda. ................................................................................................................................................
Número .......................................... Ciudad ................................................................................................................
C.P.
Provincia ................................................................................................................
............................................
Teléfono ............................................................................................................................................................................
Puesto de trabajo ........................................................................................................................................................
En la empresa ................................................................................................................................................................
Centro de trabajo ........................................................................................................................................................
He recibido el «MANUAL DE SEGURIDAD» en el que se hallan recogidas
las Normas de Seguridad vinculantes para todo el personal de nuestra
Empresa, que se deben tener muy presentes en los trabajos para los que
he sido contratado. Me comprometo a leer detenidamente este MANUAL,
y a cumplir las medidas preventivas que en el mismo se establecen.
FECHA ................................................................
Firma receptor del
«MANUAL DE SEGURIDAD»
(Hoja para el Trabajador)
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
141
A4.
ANEXO 4.
RECIBO DEL MANUAL DE SEGURIDAD (COPIA EMPRESA)
EJEMPLAR Nº ........................................
Sr. D.
..................................................................................................................................................................................
Domicilio en C./Avda. ................................................................................................................................................
Número .......................................... Ciudad ................................................................................................................
C.P.
Provincia ................................................................................................................
............................................
Teléfono ............................................................................................................................................................................
Puesto de trabajo ........................................................................................................................................................
En la empresa ................................................................................................................................................................
Centro de trabajo ........................................................................................................................................................
He recibido el «MANUAL DE SEGURIDAD» en el que se hallan recogidas
las Normas de Seguridad vinculantes para todo el personal de nuestra
Empresa, que se deben tener muy presentes en los trabajos para los que
he sido contratado. Me comprometo a leer detenidamente este MANUAL,
y a cumplir las medidas preventivas que en el mismo se establecen.
FECHA ................................................................
Firma receptor del
«MANUAL DE SEGURIDAD»
(Hoja para la Empresa)
BUENAS PRACTICAS EN PREVENCIÓN PARA TRABAJADORES ASALARIADOS Y AUTÓNOMOS EN EMPRESAS AUXILIARES
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