CONSULTA Grupo VIPS sobre número de Técnicos, y de Equipos
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CONSULTA Grupo VIPS sobre número de Técnicos, y de Equipos
CONSULTA Grupo VIPS sobre número de Técnicos, y de Equipos en un Servicio de Prevención Propio Mancomunado, que abarca a las 9 empresas del Grupo Para contestar al número de Técnicos necesario en el SP Mancomunado, hay que considerar de varios factores. Previamente hay partir del hecho de que el Grupo tienen que asumir las Tres especialidades Técnicas, y que todos los Técnicos están residiendo en Madrid, o algunos residen en otras Comunidades/provincias. La hipótesis de cálculo se hace pensando que todos están en Madrid, y se desplazan a otras poblaciones. La forma de calculo que establece la Orden 2504/2010 seria la siguiente, en función de estos tres factores: Peligrosidad media de la actividad, medida en importe de la Tarifa promedio de los distintos centros. Tamaño medio de los centros de trabajo. Número de trabajadores total y número de trabajadores en centros de trabajo de otras provincias distintas a la sede de la Organización. Haciendo una serie de estimaciones previas, para poder contestar la Consulta, aunque seria oportuno un conocimiento mas preciso, son los siguientes datos: a) Consideramos que la actividad económica de todas las empresas esta en el CNAE-2009 nº 56, por corresponder a “Servicios de Comidas y Bebidas”. A esta actividad le corresponde una Tarifa promedio de AT de 1,4. Estamos en el tramo inferior: Un Técnico, en cada una de las especialidades, para 2.400 trabajadores. b) El tamaño medio pensamos que estará en torno a 10-15 personas por centro. No habría que modificar el anterior ratio por estar en el tramo entre 8 y 16 trabajadores por centro (Si hubiese menos empleados, el ratio seria de 2.160 trabajadores por Técnico, y si hubiese mas empleados, de 2.640 trabajadores). c) Presuponemos que todos los Técnicos residen en Madrid, van a dar servicio en toda España. Que en Madrid trabaja el 40 por ciento de los empleados del Grupo, y que el 60 por ciento, está disperso en otras Provincias. En ese caso, los centros de Madrid se atienden a razón de 2400 trabajadores, por especialidad/Tecnico, y en el resto de provincias, a razón de 1440 trabajadores por especialidad/Tecnico. d) El número total de trabajadores, de las 9 empresas, consideramos que es de 9300 empleado, y que el numero de centros de 313. a) Ratios en función de la peligrosidad media de las empresas atendidas por un servicio de prevención. Tarifa promedio Inferior a 1.5 Entre 1.5 y 5.45 Superior a 6 Ratio 2400 3600 dividido por la tarifa promedio 600 b) Corrección en función del tamaño medio de los centros de trabajo atendidos.-La ratio aplicable conforme a la tabla anterior se corregirá en función del tamaño medio de los centros de trabajo atendidos por el servicio de prevención (cociente entre el número total de trabajadores y el número total de centros a los que presta servicio) disminuyéndola o aumentándola en el % indicado en la siguiente tabla: Tamaño medio Menos de 4 4a8 8a 16 16 a 32 Más de 32 % – 25 % – 10% 0% 0,1 +25% c) Corrección por lejanía de los centros a las instalaciones del servicio.-Las ratios se reducirán en un porcentaje igual al porcentaje de los trabajadores atendidos desde instalaciones del servicio de prevención que no estén en la misma provincia o en una provincia limítrofe o en la misma isla, salvo que dicho porcentaje sea menor del 10%. Primero: Número de Técnicos por Especialidades Preventivas. En cada empresa que sea SPA el número de Técnicos debe ser proporcional a las actividades a desarrollar. Pero cada Técnico puede tener formación en una o varias especialidades, y estar dedicado a hacer servicios en empresas en las 3 especialidades, o por el tipo de industria, puede estar en unas empresas en temas de Higiene, y en otras en Seguridad. Además, en el SPA, puede estar dedicado a temas de Consultoría o de Coordinación de Obras, en cuyo caso este tiempo no computaría dentro de las Condiciones de Acreditación. Por tanto será fácil que cada Técnico no esté con dedicación 100 por ciento a una Especialidad, sino que esté en un porcentaje, en varias, si tiene la formación suficiente. Técnicos Seguridad Higiene AAA 0,3 0,2 BBB 0,8 CCC DDD PsicosocioErg Otras fuera de Especialidad 0,5 0,2 1 0,2 0,5 0,1 0,2 EEE 0,3 FFF 0,4 0,4 0,3 0,6 GGG 0,5 HHH 0,8 0,2 3,4 1,4 Total 2,0 0.5 1,2 De los 7 Técnicos que hay en plantilla (si hubiera alguno a tiempo parcial debería indicarse solo la parte proporcional a su contrato de trabajo), realmente hay 2 Técnicos en Seguridad, 3,4 en Higiene, y 1,4 en Ergonomía y Psicosociología, computando el tiempo efectivo dedicado por cada Técnico a la Especialidad. ¿Cuántos Equipos deben de tener este SPA? Como hay que contar al menos con un Técnico por Especialidad Preventiva, habrá que tener, al menos, un equipo de cada uno de los descritos, o más, en función del número de Técnicos estén asignados por especialidad (única excepción el calibrador de bombas). En caso de que el cociente entre equipos y técnicos sea superior a la unidad, puede que el redondeo pueda hacerse al alza o a la baja, a partir de 0,5. Pero esto es una opinión, sin poder asegurar que así se haga en todas las Comunidades Autónomas. Ponemos un ejemplo, a partir del anterior caso de 7 Técnicos en un SPA, el número de equipos que en nuestro criterio serian necesarios: En Seguridad, un Comprobador de voltaje e intensidad. En Higiene: 3 Bombas de alto caudal, 2 Bombas de bajo caudal, ningún calibrador de bombas, 2 Equipos para la medición directa de a. químicos, 1 exploxímetro, 1 equipo para medir la calidad del aire (CO2), 1 Equipo Termométrico (TS + TH + TG), 2 luxómetros, 2 velómetros, etc. (sigue…) En Ergonomía/Psicosociología: 1 Frecuenciómetro, 1 Cronómetro; 1 sonómetros integrador; 1 equipo termométrico, 1 luxómetro, 1 velómetros, 1 dinamómetros de tracción-compresión, 1 equipo grabador de imágenes, 2 metros, 2 goniómetros. Equipos propios o alquilados El Artículo 18 del RSP habla de DISPONER de instalaciones, equipos, personal… Creemos que la palabra “tener a disposición”, debe significar que el SPA cuenta con los equipos necesarios, con independencia de quien sea el propietario. Del mismo modo que las instalaciones pueden alquilarse, o los centros de formación o aulas, y pueden estar a disposición del SPA para cuando se precisen, los condiciones?. equipos pueden también estar alquilados. ¿Pero en qué El tema está en si los equipos alquilados están realmente a disposición del SPA, o no. En caso de una Inspección para clarificar el tema, ya que el Inspector también solicitará Certificados de Calibración y fechas del último mantenimiento, además de las facturas de compra o de alquiler de los equipos, podrá deducir hasta que punto, a través de la documentación, se acredita que están efectivamente a disposición del SPA, o a disposición de varios. La Orden TIN 2504, indica que el SPA “debe contar con” unos recursos instrumentales mínimos en el ámbito territorial de actuación en el que desee prestar sus servicios. Creemos que si el equipo está en la empresa del alquilador del equipo, no puede decirse que “cuenta” con el equipo. Por ANEPA Federico Roncal Serra