CONSULTA Grupo VIPS sobre número de Técnicos, y de Equipos

Transcripción

CONSULTA Grupo VIPS sobre número de Técnicos, y de Equipos
CONSULTA Grupo VIPS sobre número de Técnicos, y de Equipos en un
Servicio de Prevención Propio Mancomunado, que abarca a las 9 empresas
del Grupo
Para contestar al número de Técnicos necesario en el SP Mancomunado, hay que
considerar de varios factores. Previamente hay partir del hecho de que el Grupo
tienen que asumir las Tres especialidades Técnicas, y que todos los Técnicos están
residiendo en Madrid, o algunos residen en otras Comunidades/provincias. La
hipótesis de cálculo se hace pensando que todos están en Madrid, y se desplazan a
otras poblaciones.
La forma de calculo que establece la Orden 2504/2010 seria la siguiente, en
función de estos tres factores:
Peligrosidad media de la actividad, medida en importe de la Tarifa
promedio de los distintos centros.
Tamaño medio de los centros de trabajo.
Número de trabajadores total y número de trabajadores en centros de
trabajo de otras provincias distintas a la sede de la Organización.
Haciendo una serie de estimaciones previas, para poder contestar la Consulta,
aunque seria oportuno un conocimiento mas preciso, son los siguientes datos:
a) Consideramos que la actividad económica de todas las empresas esta en el
CNAE-2009 nº 56, por corresponder a “Servicios de Comidas y Bebidas”. A
esta actividad le corresponde una Tarifa promedio de AT de 1,4. Estamos en
el tramo inferior: Un Técnico, en cada una de las especialidades, para 2.400
trabajadores.
b) El tamaño medio pensamos que estará en torno a 10-15 personas por
centro. No habría que modificar el anterior ratio por estar en el tramo entre
8 y 16 trabajadores por centro (Si hubiese menos empleados, el ratio seria
de 2.160 trabajadores por Técnico, y si hubiese mas empleados, de 2.640
trabajadores).
c) Presuponemos que todos los Técnicos residen en Madrid, van a dar servicio
en toda España. Que en Madrid trabaja el 40 por ciento de los empleados
del Grupo, y que el 60 por ciento, está disperso en otras Provincias. En ese
caso, los centros de Madrid se atienden a razón de 2400 trabajadores, por
especialidad/Tecnico, y en el resto de provincias, a razón de 1440
trabajadores por especialidad/Tecnico.
d) El número total de trabajadores, de las 9 empresas, consideramos que es de
9300 empleado, y que el numero de centros de 313.
a) Ratios en función de la peligrosidad media de las empresas atendidas por un
servicio de prevención.
Tarifa promedio
Inferior a 1.5
Entre 1.5 y 5.45
Superior a 6
Ratio
2400
3600 dividido por la tarifa promedio
600
b) Corrección en función del tamaño medio de los centros de trabajo
atendidos.-La ratio aplicable conforme a la tabla anterior se corregirá en
función del tamaño medio de los centros de trabajo atendidos por el servicio
de prevención (cociente entre el número total de trabajadores y el número
total de centros a los que presta servicio) disminuyéndola o aumentándola
en el % indicado en la siguiente tabla:
Tamaño
medio
Menos de
4
4a8
8a
16
16 a 32
Más de
32
%
– 25 %
– 10%
0%
0,1
+25%
c) Corrección por lejanía de los centros a las instalaciones del servicio.-Las
ratios se reducirán en un porcentaje igual al porcentaje de los trabajadores
atendidos desde instalaciones del servicio de prevención que no estén en la
misma provincia o en una provincia limítrofe o en la misma isla, salvo que
dicho porcentaje sea menor del 10%.
Primero: Número de Técnicos por Especialidades Preventivas.
En cada empresa que sea SPA el número de Técnicos debe ser proporcional a las
actividades a desarrollar. Pero cada Técnico puede tener formación en una o
varias especialidades, y estar dedicado a hacer servicios en empresas en las 3
especialidades, o por el tipo de industria, puede estar en unas empresas en
temas de Higiene, y en otras en Seguridad.
Además, en el SPA, puede estar dedicado a temas de Consultoría o de
Coordinación de Obras, en cuyo caso este tiempo no computaría dentro de las
Condiciones de Acreditación.
Por tanto será fácil que cada Técnico no esté con dedicación 100 por ciento a
una Especialidad, sino que esté en un porcentaje, en varias, si tiene la formación
suficiente.
Técnicos
Seguridad
Higiene
AAA
0,3
0,2
BBB
0,8
CCC
DDD
PsicosocioErg
Otras fuera
de
Especialidad
0,5
0,2
1
0,2
0,5
0,1
0,2
EEE
0,3
FFF
0,4
0,4
0,3
0,6
GGG
0,5
HHH
0,8
0,2
3,4
1,4
Total
2,0
0.5
1,2
De los 7 Técnicos que hay en plantilla (si hubiera alguno a tiempo parcial debería
indicarse solo la parte proporcional a su contrato de trabajo), realmente hay 2
Técnicos en Seguridad, 3,4 en Higiene, y 1,4 en Ergonomía y Psicosociología,
computando el tiempo efectivo dedicado por cada Técnico a la Especialidad.
¿Cuántos Equipos deben de tener este SPA?
Como hay que contar al menos con un Técnico por Especialidad Preventiva,
habrá que tener, al menos, un equipo de cada uno de los descritos, o más, en
función del número de Técnicos estén asignados por especialidad (única
excepción el calibrador de bombas).
En caso de que el cociente entre equipos y técnicos sea superior a la unidad,
puede que el redondeo pueda hacerse al alza o a la baja, a partir de 0,5. Pero
esto es una opinión, sin poder asegurar que así se haga en todas las
Comunidades Autónomas.
Ponemos un ejemplo, a partir del anterior caso de 7 Técnicos en un SPA, el
número de equipos que en nuestro criterio serian necesarios:
En Seguridad, un Comprobador de voltaje e intensidad.
En Higiene: 3 Bombas de alto caudal, 2 Bombas de bajo caudal,
ningún calibrador de bombas, 2 Equipos para la medición directa de
a. químicos, 1 exploxímetro, 1 equipo para medir la calidad del aire
(CO2), 1 Equipo Termométrico (TS + TH + TG), 2 luxómetros, 2
velómetros, etc. (sigue…)
En Ergonomía/Psicosociología: 1 Frecuenciómetro, 1 Cronómetro; 1
sonómetros integrador; 1 equipo termométrico, 1 luxómetro, 1
velómetros, 1 dinamómetros de tracción-compresión, 1 equipo
grabador de imágenes, 2 metros, 2 goniómetros.
Equipos propios o alquilados
El Artículo 18 del RSP habla de DISPONER de instalaciones, equipos, personal…
Creemos que la palabra “tener a disposición”, debe significar que el SPA
cuenta con los equipos necesarios, con independencia de quien sea el
propietario.
Del mismo modo que las instalaciones pueden alquilarse, o los centros de
formación o aulas, y pueden estar a disposición del SPA para cuando se
precisen, los
condiciones?.
equipos
pueden
también
estar
alquilados.
¿Pero
en
qué
El tema está en si los equipos alquilados están realmente a disposición del
SPA, o no. En caso de una Inspección para clarificar el tema, ya que el Inspector
también solicitará Certificados de Calibración y fechas del último mantenimiento,
además de las facturas de compra o de alquiler de los equipos, podrá deducir
hasta que punto, a través de la documentación, se acredita que están
efectivamente a disposición del SPA, o a disposición de varios.
La Orden TIN 2504, indica que el SPA “debe contar con” unos recursos
instrumentales mínimos en el ámbito territorial de actuación en el que desee
prestar sus servicios. Creemos que si el equipo está en la empresa del alquilador
del equipo, no puede decirse que “cuenta” con el equipo.
Por ANEPA
Federico Roncal Serra

Documentos relacionados