contraloria departamental del atlantico contraloria auxiliar de

Transcripción

contraloria departamental del atlantico contraloria auxiliar de
CONTRALORIA GENERAL
D E P A R T A M E N T O D E L ATLÁNTICC
CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL ATLANTICO
C O N T R A L O R I A AUXILIAR D E RESPONSABILIDAD F I S C A L
NOTIFICACION POR AVISO
P O R M E D I O DEL C U A L S E P R O C E D E A NOTIFICAR A L S E Ñ O R R U D Y
A R M A N D O R A N G E L B A R R E R O DE C O N F O R M I D A D C O N LO D I S P U E S T O EN
EL A R T I C U L O 69 DE LA LEY 1437 DE 2 0 1 1 , EN C O N C O R D A N C I A C O N
A R T I C U L O 106, DE LA LEY 1474 DE 2 0 1 1 ,
P r o v i d e n c i a a Notificar: A u t o de Apertura N°019-14 de fecha Abril (07) Siete
Dos mil Catorce 2 0 1 4 .
P R O C E S O DEINVESTIGACION
Transito Del Atlántico.
PRELIMINAR:
No.019-14
adelantada
en
de
el
S U J E T O A NOTIFICAR: RUDY A R M A N D O RANGEL BARRERO
D O C U M E N T O D E I D E N T I D A D : C.C.N°72.277.311 Expedida en
Barranquilla
E N C A L I D A D D E : Contratista
D I R E C C I Ó N D E N O T I F I C A C I Ó N : C a l l e l 1 N°40-34 Barranquilla Atlántico
F U N C I O N A R I O C O M P E T E N T E : D A I R O IBAÑEZ A N I L L O
C A R G O : contralor auxiliar Responsabilidad Fiscal
R E C U R S O S Q U E P R O C E D E N : No Procede Recurso.
Se le advierte al señor, R U D Y A R M A N D O R A N G E L B A R R E R O que la Notificación
se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del presente
aviso en el lugar de destino se deja constancia que se anexa copia íntegra de la
Providencia notificada que consta de Tres (03) folios.
De no ser posible la Notificación se fijara el presente Aviso en la recepción de esta
oficina y en la página W e b de esta entidad por un término de cinco días hábiles
según el Art 6 9 de la ley 1437
Barranquilla, Julio diez (10) de 2014
ÚMETH
BLANCO GONZALEZ.^
Auxiliar Administrativo
Reviso: J o s é Arza.
C O N T R A L O R I A AUXILIAR DE RESPONSABILIDAD F I S C A L
A U T O D E A P E R T U R A No.019-14
Barranquilla, Abril s i e t e (07) d o s mil catorce (2014)
E X P E D I E N T E : Investigación Preliminar. R a d : IP.019-14
E N T I D A D A F E C T A D A : T R A N S I T O DEL A T L A N T I C O .
NIT: 8 0 0 1 1 5 1 0 2 - 1
P R E S U N T O D E T R I M E N T O : $2.600.000 oo
P R E S U N T O S R E S P O N S A B L E S : E L I A N A C E R O N G U E V A R A , cédula de
ciudadanía 57.429.233 ( E x -Directora), del Instituto de Transito del Atlántico- ITA
Dirección-Empresa: calle 40 con carrera 45 Esquina, PBX 3700804-05, FAX:
3 7 0 7 5 3 5 , Barranquilla. ( R U D Y A R M A N D O R A N G E L B A R R E R O , (Contratista),
identificado con la cédula de ciudadanía No 72.277.331 de Barranquilla
(Atlántico) Domicilio calle 11 # 40-34, Barranquilla (atlántico),
A S E G U R A D O R A : Por establecer.
ASUNTO:
Procede el Despacho a ordenar la apertura de la investigación IP.019-14,
a c o g i e n d o lo ordenado en el oficio No.01029914 de fecha 13 de Marzo de 2014,
suscrito por el Despacho del Contralor Departamental del Atlántico y los
formatos de Hallazgos con la descripción de los hechos presuntamente
irregular, de fecha 27 de Diciembre de 2 0 1 1 - Abril 12 de 2013.
COMPETENCIA:
En virtud de lo establecido en los artículos 272 y numerales 5 del 268 de
Constitución Política de Colombia, se hace necesario asumir el conocimiento
la Investigación Preliminar No.019-14, que se adelantara en el Instituto
Transito del Atlántico- ITA, NIT: 8 0 0 1 1 5 1 0 2 - 1 , ubicada en la calle 40 Carrera
Esquina de la ciudad de Barranquilla (Atlántico). Este ente de control
c o m p e t e n t e para conocer y decidir la presente actuación.
HECHOS:
la
de
de
45
es
El objeto del contrato No.076, suscrito el 30 de octubre de 2102, entre el ITA y
R U B D Y R A N G E L B A R R E R O c o m o instructor, brindado capacitación a los
infractores de las normas de tránsito, en el centro integral de atención que se
habilitará en la sede de sabanagrande durante los meses de noviembre y
diciembre de 2012, no se ejecutó, atendiendo a que el CIA entró en
funcionamiento el 3 de octubre de 2013.
PRUEBAS:
En virtud de los hallazgos remitidos a este despacho por el equipo auditor,
adjunto al oficio 01029914 de fecha 13 de marzo de 2014 suscrito por el
D e s p a c h o del Contralor Departamental del Atlántico, se anexan los siguientes
d o c u m e n t o s a efecto de determinar la procedencia de la apertura de la
Investigación Preliminar, y actuando conforme a lo establecido en el articulo
39 y 2 2 , 23, 26, de la ley 610 de 2000, y conocido el daño patrimonial, como
t a m b i é n se encuentran identificados los presuntos autores y el valor del
detrimento, se tendrán c o m o prueba los siguientes documentos: los
F O R M A T O S DE T R A S L A D O S DE H A L L A Z G O S SUSCRITO POR EL EQUIPO
A U D I T O R , C O P I A DEL C O N T R A T O No.076 de fecha 30 de octubre de 2012,
suscrito entre ELIANA C E R O N G U E V A R A (Ex Directora General) del Instituto
Departamental de Transporte y Transito del Atlántico y RUDY A R M A N D O
R A N G E L B A R R E R O , (Contratista), identificado con la cédula de ciudadanía No.
72.277.331 e x c e d i d a en Barranniiilla íAtlántim^ Mit lo o i i
-1
de 2 0 1 2 , C o m p r o b a n t e de egreso No.021474 de fecha 7 de diciembre de 2012,
Orden de pago No. 000546 de fecha 3 diciembre de 2012, Comprobante de
e g r e s o No 0 2 1 5 4 9 de fecha 27 de diciembre de 2012, orden de pago No.
0 0 0 8 3 7 de fecha 27 de diciembre de 2012, certificado suscrito por M A N U E L
P E R E Z M O R A L E S (técnico de la unidad Administrativa y Financiera oficina de
sistema del ITA.) Oficio OFCI-3011213-052 suscrito por A L F O N S O DIAZ
P E R T U Z profesional especializado Grupo de Control Interno, las cuales se
tendrán c o m o prueba dentro del proceso
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
El articulo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa
está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en
los principios de igualdad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y
publicidad. El artículo 6 ibidem dispone que los servidores públicos, son
responsables ante las autoridades por infringir la constitución y las leyes y por
omisión o extralimitación en el ejercicio de las funciones; asi mismo los
particulares solo son responsables ante las autoridades por infringir la
Constitución y las leyes.
De otra parte es de anotar que la carta m a g n a determino en sus artículos 268, y
272, ley 4 2 de 1993, y la ley 610 de 200, el control fiscal es independiente de la
particulares que en ejercicio de sus funciones por acción u omisión cuando
c a u s e n d a ñ o al eraho público.
El artículo 39 de la ley 610 de 2000 señala los eventos en los que es
procedente aperturar la Investigación Preliminar de competencia de las
contralorías. (Ley610 del 15 de agosto de 2000), así mismo "Por la cual se
establece el trámite de los procesos de Investigación Preliminar, en conc. Con
la ley 1474 de 2 0 1 , los artículos 106 a 120 "Por la cual se dictan normas
orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción
de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.
En mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho:
RESUELVE:
A R T I C U L O P R I M E R O : Avocar el conocimiento y declarar abierta la
Investigación Preliminar, radicado bajo el número IP.N.019-14, adelantado en
el Instituto de Transito del Atlántico- ITA, NIT: 800115102-1, ubicada en la calle
40
Carrera
45
Esquina
de
la
ciudad
de
Barranquilla
(Atlántico)
v^ww.transitodelatlantico.qov.co PBX 3700804-05, FAX: 3707535, Barranquilla.
A R T I C U L O S E G U N D O : T é n g a s e c o m o prueba, los hallazgos remitidos a este
d e s p a c h o por el equipo auditor, adjunto al oficio 01029914 de fecha 13 de
m a r z o de 2014 suscrito por el Despacho del Contralor Departamental del
Atlántico, con los anexos que lo contiene y que se encuentran relacionados en
el acápite de las consideraciones de pruebas y practiquese las d e m á s pruebas
que de acuerdo a lo investigado sean conducentes y pertinentes para el
perfeccionamiento de la investigación. Practiquese inspección judicial en la
institución Instituto de Transito del Atlántico- ITA, en las dependencias que
d e m a n d e n pruebas dentro del proceso.
A R T Í C U L O : T E R C E R O : C o m u n i q ú e s e a la Institución Transito del AtlánticoITA, la apertura de la presente Investigación Preliminar y al representante legal
del Instituto de Transito del Atlántico- ITA), ubicada en la calle 40 Carrera 45
Esquina de la ciudad de Barranquilla (Atlántico) www.transitodelatlantico.qov.co
CONTRALORIA G E N E R A L
D E P A R T A M E N T O D E L ATLÁNTICO
(Atlántico), teléfonos 2590974- 3008370657). www.transitodelatlantico.qov.co
R U D Y A R M A N D O R A N G E L B A R R E R O , (Contratista), identificado con la cédula
de ciudadanía No 72.277.331 de Barranquilla (Atlántico) Domicilio calle 11 # 4 0 34, Barranquilla (atlántico),
A R T I C U L O Q U I N T O : Solicitar a la entidad de transito copia de la póliza de la
entidad aseguradora que suscribió el contratista y Conforme lo dispuesto en el
artículo 4 4 de la ley 610 de 2000, y lo previsto en él numeral 19 del articulo 25
de la ley 80 de 1993, obtenida la m i s m a , se vinculará en calidad de tercero
civilmente responsable a la compañía aseguradora, derivada del contrato, quien
a m p a r a el cumplimiento de las obligaciones del contrato suscrito con la
e m p r e s a contratista.
A R T Í C U L O S E X T O : Escúchese en diligencia de exposición libre y espontánea a;
E L I A N A C E R O N G U E V A R A , cédula de ciudadanía 57.429 233 ( E x -Directora),
del Instituto de Transito del Atlántico- ITA Dirección-Empresa: calle 4 0 con
carrera 4 5 Esquina, PBX 3700804-05, FAX: 3707535, Barranquilla, (Atlántico),
teléfonos
25909743008370657).
wvw.transitodelatlantico.qov.co
RUDY
A R M A N D O R A N G E L B A R R E R O , (Contratista), identificado con la cédula de
ciudadanía No 72.277.331 de Barranquilla (Atlántico) Domicilio calle 11 # 40-34,
Barranquilla (atlántico).
A R T Í C U L O S E P T I M O : Ordenase la investigación de los bienes que posean los
implicados, para el cual se oficiara al instituto de Tránsito Departamental, la
secretaria de movilidad Distrital de Barranquilla, Cámara de Comercio de
Barranquilla, y Oficina de Instrumentos Públicos de Barranquilla y Sabanalarga
Atlántico.
A R T Í C U L O O C T A V O : Solicitar las hojas de vida, manual de funciones,
dirección de residencia, teléfonos, celulares, correo electrónico, declaración de
bienes. Decretos y actas de posesión, pólizas, de los implicados, salario
d e v e n g a d o para la época de los hechos.
A R T I C U L O N O V E N O : Comisiónese para instruir el presente proceso de
Responsabilidad Fiscal por el termino ordenado en la ley 610 de 2000, al Doctor
J O S E F R A N C I S C O A R Z A , profesional universitario adscrito a la Contraloría
Auxiliar de Responsabilidad Fiscal.
A R T I C U L O D E C I M O : Libérense las comunicaciones del caso y las demás
diligencias conducentes y pertinentes que permitan esclarecer la existencia o no
de la responsabilidad fiscal
Contra la presente providencia no procede recurso alguno.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE,
DAIRO J O S E IBANEZ ANILLO
Contralor Auxiliar de Responsabilidad Fiscal
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