Morelos Torres Aguilar

Transcripción

Morelos Torres Aguilar
XVIII Congreso.
25 | 27 de Abril de 2012. Querétaro.
Asociación Mexicana de Estudios del Caribe A.C
INICIATIVAS DE ENSEÑANZA EN CHIAPAS EN EL SIGLO XIX.
Dr. Morelos Torres Aguilar
Introducción
En la ponencia se exponen los primeros resultados de una investigación en el Archivo
Diocesano de San Cristóbal de las Casas, encaminada a analizar algunas iniciativas de
enseñanza que surgieron en la entidad a lo largo del siglo XIX: escuelas de primeras
letras, escuelas para indígenas, métodos de alfabetización de fray Matías de Córdoba y
fray Víctor María Flores, Universidades (Nacional de las Chiapas, Literaria y Pontificia
de Chiapas, Literaria del Estado Libre y Soberano de Chiapas), Colegio Villalvazo y
Colegio de Niñas de la Ciudad de San Cristóbal de Chiapas
Mediante esta investigación son caracterizadas dichas iniciativas, y asimismo se analiza
su fundación y su funcionamiento, con el fin de aportar elementos que permitan
comprender el estado de la educación en Chiapas durante el siglo XIX. Así, el
significado de la fundación de estos centros educativos trasciende el ámbito de las aulas,
pues permite conocer diversos elementos que determinaban los procesos y las relaciones
al interior de la sociedad chiapaneca en el período citado.
El establecimiento de escuelas en Chiapas a fines del siglo XVIII
En los últimos años del siglo XVIII, algunas autoridades tanto eclesiásticas como civiles
de la atrasada provincia de Chiapas promovieron el establecimiento de escuelas públicas
y gratuitas. Tal fue el caso de la fundación de casas de enseñanza en Ciudad Real, en los
Conventos de Santo Domingo, San Francisco y la Merced, a partir del 2 de enero de
1799, mediante un edicto de 24 de diciembre de 1798 en que se leía:
Nadie puede salvarse si ignora los dogmas del Cristianismo; nadie puede
adquirir sin ingentissimas dificultades aquel grado de ilustración que exige
la vida civil, si no se instruye en las primeras letras a lo menos, y nadie
puede ser ni buen cristiano, ni buen patriota, si no se habitúa y familiariza
desde sus tiernos años con las virtudes sociales… nada os ha de costar su
enseñanza [de los niños] y habéis de sacar de ella utilidades inestimables…
sabed que es sentencia del Espíritu Santo, que aborrece la alma del niño el
que lo aparta de la enseñanza; y manejáos de modo que dentro de pocos
años podáis coger los sazonados frutos de una buena educación que a
vosotros personalmente os toca dar.1
La idea original de fundar dichos establecimientos provino del obispo de Chiapas, José
Fermín Fuero, quien en 1798 dirigió una carta al Vicario General de la Orden de
Predicadores, donde ponderaba “lo necesario que son en la República Cristiana las
Escuelas de primeras letras”,2 explicando que en la propia Ciudad Real no había sido
abiertos estos centros educativos desde 1767, año de expatriación de los jesuitas, con
excepción de uno que había en el Colegio Seminario, pero que resultaba insuficiente,
pues si bien podían asistir a él los niños que vivían en el centro de la ciudad, no podían
hacerlo los que habitaban en los barrios.3 Por este motivo, proponía crear una Escuela
de Doctrina Cristiana en cada uno de los conventos de la población.
Pero para llevar a cabo su propósito, el Obispo Fuero se dirigió a José Antonio
Caballero, Ministro de Estado, y del Despacho de Gracia y Justicia, en una carta en la
que pide “impetrar su patrocinio, a fin de que un establecimiento cuyas unidades
políticas y morales son notorias a V. E., logre la perpetuidad, sin la cual no podrán
conseguirse más que unas ventajas ilusorias y pasajeras”, es decir, solicitaba la
protección especial del Estado, para asegurar de este modo la duración de las escuelas
de primeras letras ya referidas, “que de otra suerte –escribe el Obispo- debía temerse
que espirasen con mi muerte, o con mi ausencia”.4
Tenemos conocimiento de que también fue construida una escuela de primeras
letras en el Convento de San Antonio de la misma ciudad, en la cual fueron empleadas
“una puerta grande, ocho vigas, tres mil tejas, con más de seis morillos y tres vigas más
para el umbral”.5 Aunque el obispo Fuero no pudo presenciar ya tales trabajos, pues
falleció el 14 de junio de 1800, justo antes de su deceso recibió una de las más
importantes satisfacciones de su vida: un manuscrito firmado por el propio Rey, en
1
Fermín José Fuero, “Edicto”, 24 de diciembre de 1798, en Orozco y Jiménez, T. II, 204.
Fermín José Fuero, “El Ilmo. Señor Dr. Dn. Fermín Joseph Fuero Obispo de Chiapa y Soconusco, del
Consejo de S. M. Católica sobre el establecimiento de tres escuelas públicas, y gratuitas de primeras letras
en los Conventos de Santo Domingo, San Francisco y La Merced”, en Orozco y Jiménez, T. II, 201.
3
Dos de los motivos expuestos para la inasistencia de los niños de los barrios a la Escuela del Seminario
eran la considerable distancia que éstos tenían que recorrer, y las copiosas lluvias que caen en la
población durante buena parte del año. Fermín José Fuero, “Carta al Dr. Castañares”, en Orozco y
Jiménez, T. II, 207.
4
Fermín José Fuero, “Carta”, 12 de marzo de 1799, en Orozco y Jiménez, T. II, p. 207.
5
José Antonio Taboada, “Nota”, 10 de enero de 1800; Nicolás Pontigo, “Nota”, 6 de febrero de 1800;
Toribio Nánera, “Nota”, 7 de marzo de 1800, en Orozco y Jiménez, T. II, 207.
2
donde éste aprobaba el establecimiento de las escuelas públicas ya referidas, y donde
incluso felicitaba al Obispo de Chiapas:
Visto en mi Consejo de Indias… he resuelto… manifestaros la gratitud que
me ha merecido este establecimiento, debiendo antes de haberle llevado a
efecto dirigido al Gobernador Intendente de esa ciudad, para proceder con
su acuerdo, por estar sujetos los de esta clase a mi Real Jurisdicción en su
economía, y gobierno, pero no obstante esto, ha parecido aprobarle, como
por la presente le apruebo, y en consecuencia mando que en mi Real nombre
se dé a entender a los tres mencionados Prelados, lo satisfecho que quedo
por su celo; encargando el Presidente de Guatemala, y al Gobernador
Intendente de esa provincia, estén a la mira de que los religiosos que se
destinen para estos ministerios sean aptos y de arregladas costumbres…
disponiendo que persuadan a los Padres de los niños a que los envíen a las
Escuelas; y que los nombramientos de los religiosos los haga el Presidente,
a propuesta de sus respectivos Prelados…6
También a finales del siglo XVIII, en 1791, el obispo Francisco Gabriel de
Olivares fundó la Escuela Pía de Niñas de Ciudad Real, “a beneficio de todas las niñas
que ocurriesen a la enseñanza sin distinción ni costo alguno de sus padres”. La maestra
que quedó al frente del centro de estudios, Ramona de Alva y Melgar, tenía la
obligación de educar a las pupilas “en la Doctrina Christiana, primeras letras, hilar,
coser, y demás ocupaciones propias de su sexo”.7 Al parecer, la Escuela sobrevivió tras
la muerte de la profesora fundadora, acaecida el 3 de enero de 1806, pues la sustituyó su
hermana, Juana de Alva y Melgar, quien siguió desempeñando la enseñanza, sin recibir
salario alguno
con la misma exactitud y eficacia que su antecesora, desde aquella epoca
asta principios de febrero de 1812, en que sesó tanto por que ya no
6
El Rey [Carlos IV], “Carta”, 20 de diciembre de 1799, Legajo B2, Ramo VII, Educación [AHDSCLC].
“Establecimiento de Escuela de Niñas en Ciudad Real de Chiapas”, 22 de diciembre de 1791, en Orozco
y Jiménez, Op. Cit., T. II, p. 180. La profesora Ramona había servido antes como Mayordoma del Obispo
Francisco Gabriel de Olivares y Benito, en compañía de su madre y su hermana, y había cuidado entonces
los bienes, la ropa, los alimentos y la salud del prelado, hasta que éste partió al Obispado de Durango.
Certificado de Roberto Ballinas, Administrador de la Real Renta de Correos, Postas y Estafetas de Ciudad
Real, Ciudad Real, 1 de septiembre de 1819, en Orozco y Jiménez, Francisco, Op. Cit., T. II, p. 193.
7
concurrían las niñas a Dha. Escuela, como porque a esta mitra no le
contribuían con sus correspondientes mesadas aun sin embargo de aver echo
varios reclamos nunca se verificó…8
La triste experiencia que Juana de Alva y Melgar tuvo como docente al frente de
la Escuela Pía de Niñas describe la precaria situación por la que atravesaba la enseñanza
en Chiapas a principios del siglo XIX: “por más reclamos que hizo para que se le
pagasen los seis años que sirvió”, la profesora nunca recibió retribución alguna. Ésta, de
hecho, fue la causa por la cual la Escuela dejó de funcionar, ya que en 1812, a su
regreso de San Bartolomé, a donde había ido a restablecer su deteriorada salud, ni las
alumnas ni la propia maestra quisieron proseguir con la enseñanza.9
Por los mismos años fue fundada también la Escuela de hilados y tejidos del
pueblo de Teopisca, el cual tenía entonces una población aproximada de quinientos
habitantes. La iniciativa de crear este centro de estudios provino del obispo Francisco
Polanco, quien al hacer una visita pastoral a la población, lugar “rodeado de tierras
pedregosas y bosques inaccesibles”, probablemente en 1792 o 1793, se percató de que
sus habitantes indígenas se veían obligados a ocupar todo el año en cultivar uno o dos
almudes de maíz como único sustento de sus familias, y que, sin yunta de bueyes que
los ayudase, no tenían más remedio que romper la tierra a fuerza de brazos. Con el
deseo de aliviar en lo posible su miseria, el prelado estableció en la localidad una
escuela de enseñanza de hilados y tejidos, con sendos telares, dirigida a las jóvenes
alumnas que previamente habían aprendido el castellano en la Doctrina. Al parecer la
iniciativa tuvo éxito, pues acudían hasta cuarenta niñas indígenas para aprender a tejer,
8
Certificado de Pedro Tovilla, Alcalde Ordinario del Ayuntamiento de Ciudad Real de Chiapas, 17 de
agosto de 1819, en Orozco y Jiménez, Op. Cit., T. II, p. 192. Hubo otras dos aspirantes a desempeñar el
oficio de maestra de primeras letras. Josefa García pretendió ocupar el puesto de profesora tras la muerte
de la profesora Ramona, aduciendo que sabía “leer, escrivir, coser, y demás requisitos que puedan ser
indispensables a la enseñanza”, y explicando que “sin embargo de los subsidios que mi esposo me
franquea, me ayo con numerosa familia, y vastantes escaseses”. Carta de Josefa García, esposa lexitima
de Dn. José Suasnavar, al señor Obispo, Ciudad Real, 18 de septiembre de 1808, en Orozco y Jiménez,
Francisco, Op. Cit., T. II, p. 195. También Liverata García y Masariegos aspiró al mismo cargo, y en su
petición declaraba “soy una pobre, y hace el tiempo de cinco años qe. me he egercitado en enseñar a niños
y niñas sin congrua alguna”. Carta de Liverata García y Masariegos al Obispo, Ciudad Real, 16 de marzo
de 1807, en Orozco y Jiménez, Francisco, Op. Cit., T. II, p. 195.
9
Certificado de Luis Martínez de Trujillo, Factor de las Reales Rentas de Tavaco y Polvora de las
Provincias de Ciudad Real, Tuxtla y Soconusco, Ciudad Real, 30 de agosto de 1819, en Orozco y
Jiménez, Op. Cit., T. II, p. 192. Cabe señalar que en todo momento Juan Manuel García Sobrino,
propietario de la Hacienda de Nuestra Señora del Rosario, se negó a pagar a la maestra los réditos que por
ley estaba obligado a proporcionar, y que por ello fue necesaria, aunque sumamente tardía, la
intervención del Obispo.
hilar y coser bajo la asesoría de dos maestras ladinas (mestizas) y un maestro de telas de
la tierra.10
La fundación de la escuela no pasó entonces desapercibida para el Rey, pues éste
en su Real Cédula felicitaba y agradecía los esfuerzos fundacionales del Obispo
Francisco Javier de Olivares. Con base en la anterior, el Obispo aseguró, en un
Reglamento que contenía doce artículos,11 que el centro educativo quedaba bajo la
protección de la propia Corona, y establecía la normatividad necesaria para la operación
del establecimiento. Según los artículos, las labores de las alumnas consistían en
“desmotar algodón, hilar, devanar, hurdir y demás”, bajo la dirección de la maestra
respectiva. También asistirían hasta cuatro muchachos ladinos, a aprender a devanar,
hurdir y tejer manta y nagua, bajo la dirección de un maestro. La Escuela recibió
asimismo de la Corona un total de doscientos cinco pesos para la compra de materia
prima, es decir algodones, y para el pago de los profesores. El Obispo suponía que una
vez que los alumnos hubieran adquirido cierta destreza, las utilidades por la venta de
telas permitirían que la Escuela subsistiera con sus propios medios.
El establecimiento de escuelas en las postrimerías de la Colonia
Durante la revolución de Independencia, a pesar de las vicisitudes y los enormes gastos
a los que debía hacer frente la Corona española, el gobierno real siguió interesado en la
fundación de escuelas de primeras letras. Cabe recordar que en 1813, en el marco de las
Cortes de Cádiz, que habían sido convocadas por la Junta Suprema Central en España,
se decidió que todos los pueblos debían tener escuelas donde los niños aprenderían a
“leer, escribir y contar”, y estudiarían el catecismo de la religión católica, el cual incluía
una breve exposición de las obligaciones civiles.12
El tema de la educación fue uno de los más importantes en el seno de las Cortes, y
como respuesta al interior de la sociedad española, aparecieron varios catecismos que
explicaban al público sus responsabilidades constitucionales, y numerosas notas en los
periódicos, en las cuales se proponía el punto de vista ilustrado como factor de cambio
en las comunidades iberoamericanas.
10
El Rey [Carlos IV], “Real Cédula”, 1 de enero de 1792, en Orozco y Jiménez, T. II, 219.
Francisco Javier de Olivares, “Reglamento”, 5 de enero de 1793, en Orozco y Jiménez, T. II, 220-221.
12
Mario Rodríguez, El experimento de Cádiz en Centroamérica, 1808-1826 (México: Fondo de Cultura
Económica, 1984), 116.
11
Además, los diputados que deliberaban en Cádiz coincidían en que los indígenas
eran americanos olvidados, que habían vivido siempre en condiciones miserables, y que
éstas debían ser mejoradas de algún modo, pues se consideraba que la Corona los había
conservado en el atraso y la ignorancia.
En 1814, cuando Fernando VII retomó las riendas del gobierno español y declaró
“nulos y de ningún valor ni efecto” la Constitución de 1812 y los decretos emanados de
las Cortes, siguió empleando empero a un buen número de pensadores que habían
participado en las Cortes de Cádiz.13 De esta manera, el rey español mantuvo durante
algunos años una visión más abierta y menos conservadora de lo que comúnmente se
cree, influenciada por ejemplo, en el terreno educativo, por ideas de pensadores tan
notables como Benito Jerónimo Feijoo. En este contexto se ubican los esfuerzos de la
Corona por fundar escuelas de primeras letras, incluso durante los últimos años del
régimen colonial.
En 1817, por ejemplo, el Rey explica en un Decreto que el Cardenal Patriarca de
las Indias ha pedido a la Santa Sede “que conceda a los Arzobispos, Obispos, y otros
Prelados de sus reinos, que tienen jurisdicción sobre los monasterios de monjas, las
facultades oportunas para que puedan establecer escuelas para niñas en todos los lugares
y monasterios”.14
El argumento y la propuesta del Rey son plausibles. En su opinión, la formación
de “escuelas caritativas de primera educación” es el medio más adecuado para evitar
que desde temprana edad, se aficionen los niños a la vida “ociosa y vagamunda”, y para
que, por el contrario, formen parte de la clase de “súbditos trabajadores y útiles al
Estado”. En cuanto a la propuesta, advierte que debido a que el Real Erario se halla en
dificultades, corresponde a los Conventos de todas las órdenes religiosas abrir los
nuevos centros educativos, que tendrán la obligación de propagar “el conocimiento de la
religión y la enmienda de las costumbres”.
El Obispo San Martín y Cuevas refiere también “los reyterados encargos” que el
rey Fernando VII le hace “para felicidad de sus vastos Dominios”, y en el Acta
correspondiente describe dichos encargos: “que a todos sus vasallos de cualesquiera
13
Ibid., 170.
El Rey [Fernando VII], “Decreto”, 20 de octubre de 1817, Legajo B5, Ramo VII, Educación
[AHDSCLC].
14
clase y condición que sean, se les facilite la enseñanza e instrucción es Escuelas de
primeras letras, y las niñas, además, la enseñanza de las labores propias de su sexo”.15
La respuesta que da al Obispo San Martín el Provincial de la Orden de
Predicadores, Matías de Córdova, respecto a la iniciativa del Rey, es entusiasta, aunque
al mismo tiempo no deja de ser realista. Explica, por ejemplo, que tanto en el Convento
de Ciudad Real como en el de Comitán ya se hallan abiertas escuelas de Doctrina
Cristiana y primeras letras; sin embargo, añade que en los Conventos de Chiapa y
Tecpatán aquellas no han podido establecerse, “porque habiéndose arruinado los
conventos, no hay pieza para que asistan los niños, y es menester aguardar a la
reedificación de uno y otro convento, que se emprenderá luego que cesen las aguas”.16
Pese a las dificultades a las que hace mención Matías de Córdova, el Obispo San
Martín trata de cumplir con la encomienda real. Por eso le pide al Provincial de la
Orden de Predicadores que comunique la orden a los padres priores de los Conventos de
su orden fundados en los pueblos de Comitán, Chiapa y Tecpatán, y al de la propia
Ciudad Real, “a efecto de que a la mayor posible brevedad, procedan a entablar las
Escuelas de primera educación, donde se deberán instruir en la Doctrina Cristiana, en
las buenas costumbres y en las primeras letras, principalmente a los hijos de los pobres,
hasta la edad de diez o doce años”.17
A su vez, Sor María de la Merced Domínguez, Abadesa del Convento de Monjas
de Nuestra Señora de la Encarnación, pide al Obispo San Martín que, en acatamiento de
la Real Cédula, dispense la clausura del establecimiento religioso, con el fin de que las
niñas puedan entrar y salir de éste cuando concurran a instruirse. “A pesar de que somos
tan pocas –escribe-, pues todo el número de religiosas sólo llega a diez y seis, de las
cuales están imposibilitadas algunas por su edad avanzada… queda todo dispuesto para
que se dé principio a la escuela el día que V. S. Yltma. lo disponga”.18
El entusiasmo para cumplir con lo establecido en el Real Decreto conduce incluso
al Obispado, en 1819, a la adquisición de una casa, que se ha destinar a la erección de
una Escuela Pública de primera educación para niñas; en la comunicación que escribe al
15
Acta de Disposiciones del Obispo Salvador Samartín y Cuevas, San Marcos Tuxtla, 28 de noviembre
de 1818, en Orozco y Jiménez, Op. Cit., T. II, p. 183.
16
Fr. Matías de Córdova, “Manuscrito”, 7 de septiembre de 1817, Legajo B3, Ramo VII, Educación
[AHDSCLC].
17
Salvador Samartín, “Carta dirigida a Sor María de la Merced Domínguez”, 6 de agosto de 1818, Legajo
B3, Ramo VII, Educación [AHDSCLC].
18
Sor María de la Merced Domínguez, “Carta a Dn. Salvador Samartín”, s. f., Legajo B1, Ramo VII,
Educación [AHDSCLC].
respecto, el Obispo Samartín explica que el profesor designado proviene nada menos
que de la capital de Guatemala.19
Sin embargo, en contraste con la iniciativa real y las buenas intenciones de los
religiosos, la situación de los profesores por lo general debió ser angustiosa. Entre 1820
y 1821 se realiza un intercambio de epístolas entre Francisco Paniagua, profesor de la
Escuela de primeras letras de Ciudad Real, y las autoridades a las que se dirige para
pedir un aumento de salario. “Hace algunos años –escribe Paniagua- que sirvo a la
Escuela con el diminuto salario de diez pesos cada mes… teniendo que solicitar mi
sustentación por distinto camino a causa de la escasa contribución… ni se puede de otra
suerte servir siendo tan crecido el número de niños que asisten en estos tiempos, son
más de ciento”.20
Agustín José Maza, el Provisor y Vicario General, acepta la justicia de la petición,
ya que “no puede negarse la eficacia, esmero y permanente asistencia en la escuela a
cargo del citado Paniagua… pues se manifiesta el provecho que sacan los escolapios…
pero se manifiesta la grande dificultad de que el superávit de las capellanías que se le
señaló para renta no alcanza para pagarle, ni aún los diez pesos mensuales”.21 Nueve
meses después de su primera petición, el profesor Paniagua reitera la necesidad que
tiene de un aumento de sueldo, a la que sucede una nueva respuesta del administrador,
en donde se explica nuevamente la imposibilidad de aumentarle el sueldo; y según los
Libros de cuentas, el profesor Paniagua siguió recibiendo hasta el 15 de marzo de 1823
la misma cantidad de diez pesos, sin aumento alguno, por sus servicios docentes.22
El intercambio epistolar es revelador. Es muy probable que la gran mayoría de los
profesores asignados a las escuelas de primeras letras sufrieran la misma situación
desesperada, consistente en bajos sueldos, numerosos alumnos y grandes trabajos.
Dos métodos novedosos para la enseñanza de las primeras letras en el Chiapas del
siglo XIX: Fray Matías de Córdova y Fray Víctor María Flores
A fines del período colonial y aún en las primeras décadas del México independiente, se
desempeñaron en Chiapas dos profesores de extraordinaria calidad, y lejos de
19
Salvador Samartín, “Carta”, 13 de agosto de 1819, Legajo B5, Ramo VII, Educación [AHDSCLC].
Francisco Paniagua, “Carta al Provisor y Vicario General”, 18 de agosto de 1820, Legajo B5, Ramo
VII, Educación [AHDSCLC].
21
Agustín José Maza, “Carta”, 26 de agosto de 1820, Legajo B5, Ramo VII, Educación [AHDSCLC].
22
Francisco Paniagua, “Carta al Provisor y Vicario General”, 3 de mayo de 1821, Legajo B5, Ramo VII,
Educación [AHDSCLC].
20
conformarse con enseñar las primeras letras a los párvulos, elaboraron sendos métodos
para el aprendizaje del castellano. Provenientes de dos generaciones distintas, tenían en
común un gran interés en enseñar las primeras letras a los niños de la época, un pupilaje
predominantemente indígena, sobre todo en el caso del segundo.
El primero de estos dos grandes educadores, Fray Matías de Córdova, nació en
Tapachula en 1766. Habiendo destacado en sus estudios, fue nombrado a la edad de
treinta años Lector de Filosofía en la congregación de los Dominicos, en Guatemala.
Más tarde le fue otorgada una beca en el Soconusco, en 1780, y en 1781 se ordenó
como fraile dominico. Luego tarde partió a estudiar a Guatemala en 1819, con el fin de
alcanzar el grado de Doctor Teólogo y Provincial.23 Falleció el 17 de octubre de 1828 en
el Convento de Chiapa, del cual era prior por ese entonces.
De Córdova tuvo una vida dinámica y una formación ilustrada. La Orden a la
pertenecía, por ejemplo, le envió a España en 1803 para que gestionara la erección de la
Provincia independiente de San José de Chiapa, y permaneció en el Convento de la
Pasión en Madrid, por disposición real, mientras se tramitaba lo relativo al asunto; todo
esto consta en la Real Cédula expedida el 20 de mayo de 1803, y su conclusión por el
decreto de 9 de junio de 1810, en que se manda la erección solicitada.
Fue vicerrector también de la Sociedad de Amigos del País de la Provincia de
Chiapa, establecida en 1819. Esta institución fomentó y llevó a cabo muchas mejoras
públicas en el Estado, entre ellas el establecimiento de la primera imprenta en 1826 –
aprovechada por el gobierno del Estado en 1850-, la apertura de caminos, la erección de
escuelas y el fomento de la industria. De Córdova escribió Prelecciones a los libros de
elocuencia, Análisis de la Oración de Cicerón por la Ley de Manilia, y la memoria
“Ventajas que resultan al Estado de que todos los indios y ladinos de este Reino se
calcen y vistan a la Española”.
Se considera que Fray Matías de Córdova fue el primero que introdujo en
México el método fonético de lectura.24 Los fundamentos de este método eran los
siguientes:
1º que es menos trabajoso conocer una letra y después otra, que de una vez
todas juntas las del alfabeto: 2º que si al mismo tiempo se conoce una letra
23
Francisco Orozco y Jiménez, “El Padre Fray Matías de Córdova”, en Fray Matías de Córdova, Nuevo
método de enseñanza primaria, Talleres Gráficos del Congreso del Estado, (s.a.)], p. II.
24
Ibidem, p. III
por su figura, su sonido y su uso, no se podrá confundir con las demás; 3º
que lo primero y lo segundo se puede conseguir formando la letra (cuyo
sonido se advierta) sobre los tamaños que se le marquen; 4º que se percibe
el uso de ellas combinando los sonidos de cada una; 5º que sabido el silabeo
o esta combinación con cada una de todas un niño, podrá componer y
descifrar las palabras escritas, y 6º que el que ya sabe leer de cualquier
modo, percibe cualesquiera excepciones que se le hagan.25
En cuanto a las condiciones requeridas para la enseñanza, De Córdova indicaba:
Que no pase de diez el número de niños de que se encargue el maestro o
director: un número mayor lo abrumaría, y no estando los niños
constantemente ocupados, tendrán lugar para hacer travesuras… es
necesario que en cada tanda comiencen todos juntos y que no hagan fallas,
pues el atraso de uno obraría el atraso de todos.26
Además, se insistía en la lectura, especialmente de fábulas, como medio para la
reafirmación de los conocimientos. Primero, los estudiantes debían leer por lapsos
determinados (una hora o tres cuartos), y posteriormente se habrían de ejercitar en la
lectura de libros uniformes y manuscritos.27 Asimismo, los párvulos debían escribir al
menos dos planas de letras por la mañana, y dos por la tarde, en unos pliegos
especialmente preparados para el efecto, de tal manera que fungieran como una especie
de primitivo papel albanene, de tal manera que pudieran copiarse o calcarse modelos de
letras provenientes de libros. Cabe señalar que el papel preparado según la receta de De
Córdova, tenía la ventaja de ser reutilizable.28
Un elemento curioso del método cordovense consistía en dos series de “voces” o
cantos que debían ser pronunciados al día, una para prepararse a la lección, y otra para
finalizar la lección. Seguramente dichas series pretendían formar hábitos en los
estudiantes, por ejemplo “A lavarse las manos”, “Enjugarse las manos”, “Tomar las
tablas graduadas”, “tomar la barrica [se refiere al gis]”, “Dad gracias a Dios”.29
25
Ibidem, p. 2, 3. El método fue publicado originalmente el 5 de febrero de 1827.
Ibid, p. 3
27
Ibid p. 4
28
Ibid p. 5
29
Ibid p. 9
26
El método integraba varios saberes, a pesar de su sencillez, pues no sólo
indicaba cómo debían ser escritas las palabras y cómo debían ser dibujadas las letras,
sino también cómo debían colocarse los labios, la lengua o los dientes, o incluso cómo
debía ser expulsado el aire por la boca o por la nariz, para la correcta pronunciación de
las palabras.
Por su parte, fray Víctor María Flores, nacido en Chiapa de Corzo en 1809,
recibió en sus primeros años lecciones del anticuado sistema del Silabario de San
Miguel del Padre Ripalda, y posteriormente fue alumno de fray Matías de Córdova. 30
Siendo todavía adolescente concluyó sus estudios eclesiásticos. Pero debido a que no
tenía todavía la edad requerida para tomar los hábitos, se trasladó a Oaxaca, con objeto
de profundizar aún más sus conocimientos. Ingresó entonces en el convento de Santo
Domingo de Guzmán, y cuando tuvo ya la edad requerida, se ordenó sacerdote
dominico, y regresó a Chiapa, en donde cantó su primera misa en 1829. Fue un alumno
brillante de Teología, Humanidades, Psicología, Literatura, Aritmética y Medicina: se
cuenta que realizó curaciones de casos graves de hidropesía con gran acierto. Se dedicó
también a la enseñanza práctica de la Agricultura, la Industria y las Artes.31
Por un tiempo vagó de pueblo en pueblo realizando labores benéficas de
enseñanza y medicina. Fue entonces que nació en él la idea de elaborar un Método de
Lectura-Escritura para enseñar especialmente a la raza indígena, en 1836. Antes tuvo
antes que aprender las distintas lenguas que se hablaban en Chiapas, y realizar
experimentos con dos indígenas, pupilos y protegidos suyos, Jordán y Juan Alegría, y
sólo cuando tuvo la seguridad de su eficacia lo dio a conocer. Así, desde el pequeño
pueblo de Japalapa, comenzó a organizar escuelas para indios, donde éstos pudieran
aprender a leer y escribir por medio de su método. En poco tiempo su propuesta
pedagógica se propagó por todo el Estado, no sólo entre los indígenas, sino también
entre los ladinos, y así fue publicado en 1841 su Método doméstico ya esperimentado
para enseñar y aprender seguramente a leer y escribir en sesenta y seis lecciones. Fray
Víctor María Flores murió en 1848, en San Cristóbal de las Casas.
El método de Flores fue reconocido en su momento por la sociedad y por las
autoridades. Así, en el seno familiar circulaban copias a mano de sus enseñanzas,
mientras que el Gobierno elaboró una edición especial del mismo en 1872, y ordenó,
30
Corzo, Ángel M., Fray Víctor María Flores, Chiapas, Gobierno Constitucional del Estado,
Departamento de Biblotecas, 1946. Serie Cuadernos de Chiapas, IX, p. 5.
31
Ibidem, p. 6
mediante un decreto, que fuera adoptado en todas las escuelas de Chiapas.32 Ya en el
siglo XX, el método fue empleado en Veracruz en 1914, con muy buenos resultados, y
posteriormente los gobiernos posrevolucionarios lo adoptaron de nueva cuenta, de
manera oficial, a partir de 1935, por lo que muchas generaciones de chiapanecos fueron
formados gracias a él.
El Método doméstico ha mostrado en la práctica dos importantes ventajas: su
sencillez, y la velocidad con la que se aprende. Tiene como fin “grabar en la mente del
niño un nuevo conocimiento”,33 y como objetivo enseñar a leer y escribir en un período
de treinta días, y mediante sesenta y seis lecciones. Se cuenta con evidencias de que
efectivamente se logró alfabetizar a los presos de la cárcel de Allende, en el puerto de
Veracruz, en 1914, en tan sólo un mes.34
En contraste con el método de fray Matías de Córdova, el de Víctor María Flores
está enfocado a la enseñanza de los indígenas. Sin embargo, la sencillez de su enseñanza
propició su amplia difusión en Chiapas. En su edición se comienza por definir qué es
propiamente “método”: “es el modo ordenado de hacer fácilmente alguna cosa. Si en
lugar de arreglo, hubiese desorden, no existe allí método alguno”.35 Luego se advierte
que se deben evitar las teorías, y que se debe enseñar a leer y escribir de manera
simultánea.36 Por otra parte, estableciendo un paralelismo con el sistema lancasteriano,
se propone una organización escolar en la que los niños más adelantados enseñen a los
atrasados, para mejorar la enseñanza entre los estudiantes de bajos recursos.
Ya enfocado al aprendizaje, Flores escribe que “en todo el idioma castellano
usamos mil quinientas sílabas… de ellas, 110 son sílabas simples o primarias, y las
restantes, sílabas compuestas o secundarias”37. A partir de este universo, mediante el
método se enseñan tales sílabas y se componen las combinaciones más usuales entre
ellas.
El Colegio Villalvaso
32
Ibid, p. 7
Ibid, p. 11
34
Ibid, p. 17
35
Método doméstico ya esperimentado para enseñar y aprender seguramente a leer y escribir en sesenta y
seis lecciones. Su autor el M.R.P. Sr. Víctor María Flores del S.O.D.P. 1841, p. 5
36
Ibidem, p. 10
37
Ibid, p. 9
33
En 1873 fue fundado en San Cristóbal de las Casas, en ese entonces capital del
estado Chiapas, el Colegio Villalvaso, llamado así en honor al obispo Germán A.
Villalvaso. La educación primaria que se ofrecía en él contenía los ramos de Lectura,38
Ortofología castellana, Caligrafía, Doctrina cristiana, Gramática castellana, Analogía y
sintaxis, Prosodia y ortografía, Aritmética, Sistema de numeración, Operaciones de
enteros, quebrados, decimales y denominados, Moral y urbanidad, y Dibujo lineal.39
Además, desarrollaban labores de costura, bordados, labores de gancho, canto y piano,
culinaria, etc.
El horario de la escuela era de las ocho a las once de la mañana, y de las dos a
las cinco de la tarde. Las alumnas empleaban pequeñas pizarras y barricas de yeso para
la escritura [gises]. La orientación profundamente religiosa del centro de estudios se
enfatiza de manera constante en el Reglamento, pues las alumnas debían pronunciar
oraciones hincados frente a la virgen María al entrar y salir de la escuela. Asimismo, el
preceptor estaba obligado a llevar a las alumnas al templo, y suplicar al sacerdote que
las confesara, a comulgar, o a ejercitar lecturas religiosas.40
El sistema de vigilancia y control lo ejercían los propios profesores o
preceptores, quien a su vez nombraban alumnas “inspectoras”, encargadas de llevar la
cuenta de las fallas en que incurrieran sus compañeras, vigilar el orden, el aseo y la
moralidad de éstas, tanto dentro como fuera de la escuela.41
La educación superior en Chiapas en el siglo XIX
Desde la segunda mitad del siglo XVII, el obispo Marcos Bravo de la Serna había
presentado a la Real Audiencia de Guatemala su proyecto de “fundar un seminario en su
diócesis, adonde fuesen educados doce sujetos jóvenes de 12 a 16 años, en buenas
costumbres, latinidad y demás enseñanzas necesarias para obtener ministros idóneos
para el servicio del altar y para la administración eficiente de doctrinas y curatos”. La
Real Audiencia le concedió el permiso, “en virtud de la amplia facultad concedida a los
obispos por el Concilio Tridentino para fundar colegios seminarios en sus diócesis”,42 y
38
Por cierto, ésta se enseñaba según el método de fray Víctor María Flores, ya descrito.
El Colegio Villalvaso, impreso, 20 de octubre de 1872, p. 1 [AHDSCLC]
40
Reglamento interior del Colegio Villalvaso, impreso, 12 de mayo de 1873, p. 8 [AHDSCLC]
41
Ibidem, p. 9
42
Trens, Manuel B., Bosquejos históricos de San Cristóbal de las Casas, México, [s.e.] 1957, p. 77.
39
de este modo el cabildo de 29 de marzo de 1678 acordó la erección del Seminario
Conciliar.
Éste funcionó hasta las postrimerías de la colonia, si bien a la llegada del obispo
San Martín y Cuevas a su diócesis, en 1816, el plantel había caído en una notable
decadencia, pues ya no contaba con las cátedras de Teología y Filosofía, sino sólo la de
Gramática. San Martín pidió a la Audiencia restituir las cátedras faltantes en el
Seminario, pues no se conformaba con que eventualmente se impartieran en el convento
de San Francisco, y para su dotación asignó varios capitales de fundaciones piadosas.43
Una vez consumada la independencia, por decreto de 23 de octubre de 1825 se
establecieron en el Seminario las cátedras de Cánones, Leyes y Medicina, las cuales, si
eran cursadas además de las de Filosofía y Teología, otorgaban a los cursantes el
derecho de obtener los grados de órdenes menores. Pero aún se dispuso la creación de
una junta de tres a cinco individuos para que formaran los estatutos provisionales de una
universidad, y por decreto de 8 de febrero de 1826 fue establecida en la capital del
Estado la Universidad Nacional y Literaria de Chiapas, sobre la base de las siguientes
cátedras: Mínimos y menores, Medianos y Mayores, Filosofía, Prima de Teología,
Moral, Sagradas Escrituras, Prima de Cánones, Prima de Leyes, Vísperas de Derecho y
Medicina y Cirugía.44 Los grados que habría de conceder la institución eran los de
Bachiller, Licenciado, Doctor y Maestro.
El plantel fue inaugurado en la antigua Ciudad Real el 12 de febrero de 1826 en
el local del Seminario, e inició sus cursos el día 1º de marzo. Cuando el país adoptó el
régimen centralista en 1843, Santa Anna expidió un plan general de estudios para toda
la nación. Conforme a los lineamientos de este plan, en la Universidad de Chiapas se
estudiaban las carreras del foro, la eclesiástica y la de medicina.45
Entre 1853 y 1854 la institución fue extinguida,46 para ser restablecida años
después mediante decreto de 16 de junio de 1856,47 con el nombre de “Universidad
Literaria y Pontificia de Chiapas”. Se ofrecían en el plantel cátedras de Gramática, de
43
Ibidem p. 85
Ibid, p. 89
45
Trens, Manuel B., Op Cit, p. 92
46
Manuscrito; copia del Decreto del 15 de abril de 1853, dado por el Gobierno del Estado. [AHDSCLC]
47
Estatutos de la Universidad Literaria y Pontificia de Chiapas, sancionados por el Supremo Gobierno del
Estado, el 16 de junio de 1856. [AHDSCLC]
Imprenta de Chiapas, a cargo de Joaquín Armendáriz, año de 1856.
44
Francés, de Matemáticas, de Filosofía, de Derecho, de Sagrada escritura, de Medicina y
farmacia, y de Teología.48
Esta Universidad funcionó al menos hasta 1865, y entre sus ramos en enseñanza
se contaban como principales el de “Derecho Canónico, Sagrada Escritura y Sagrada
Teología”. Los autores favoritos de texto eran el Arzobispo Lugdunensis de Filosofía, el
Obispo Murguía de Derecho Natural, el doctor Álvarez de Derecho Civil, el Devoti de
Derecho Canónico, el Padre Ripalda de Moral Cristiana.49
Según recuerda Herminio Rojas -director del Instituto de Ciencias y Artes del
Estado- en un discurso pronunciado en 1890, “los castigos [en la Universidad Literaria
y Pontificia] tenían mucho de inquisitoriales: el denominado “cepo de campaña”; los
azotes a cuerpo limpio, descargados con feroz crueldad sobre las espaldas del penado; la
palmeta o palos sobre las manos, sobre los principales instrumentos del progreso, como
las llama un filósofo eminente; y otros castigos infamantes, como disfrazar al alumno de
asno, ridículo tipo animal que caracteriza la ignorancia.50
Por otra parte, toda la educación universitaria estaba fincada en la fe religiosa,
dentro de la misma institución. Los profesores en las cátedras y los alumnos en los
exámenes y actos públicos, “dedicaban a la Inmaculada Concepción, al Patriarca Señor
San José, a algún santo de su devoción o a algún Ilustrísimo y Reverendísimo Prelado”,
o bien “defendían el origen divino del poder público, la intolerancia religiosa, la
existencia de las penas eternas, la inhabilidad del Papa, el celibato del clero, la
moralidad de la confesión auricular, el poder temporal de la Iglesia católica…”51
Sin embargo, el ascenso de los liberales al poder en toda la República, y
específicamente en Chiapas, dio un giro importante a la educación superior. En el caso
específico de Chiapas, la Universidad desapareció para ser sustituida por el Instituto
Literario del Estado Libre y Soberano de Chiapas,52 que subsistió hasta 1878. De esta
manera, se proscribió la enseñanza de materias religiosas y la aplicación de suplicios
como castigo, se sustituyeron los textos antiguos por textos modernos, de un carácter
“liberal y democrático”; se combatió desde las aulas un discurso político que defendía la
48
Ibidem, p. 10
Impreso. Discurso pronunciado por el director del Instituto de Ciencias y Artes del Estado, Sr. Lic.
Herminio Rojas, con motivo de la solemne publicación de calificaciones y reparto de premios del Colegio
de Señoritas y del referido Instituto, que se verificaron la noche del día 7 de diciembre de 1890. Chiapas,
Imprenta del Gobierno del Estado, p. 4 [AHDSCLC]
50
Ibidem, p. 5
51
Idem
52
Impreso, invitación firmada por Marco Aurelio Solís, San Cristóbal de las Casas, noviembre 15 de
1873. [AHDSCLC]
49
esclavitud, sustituyéndolo por otro liberal que protegía la libertad individual y social, así
como “la más absoluta libertad e pensamiento y de la conciencia”; y en general antiguos
conceptos, que reivindicaban los privilegios, fueron suplidos por una aspiración
democrática que pretendía “la emancipación del pensamiento, de la razón y de la
conciencia.”53
Posteriormente, el Instituto fue extinguido mediante un decreto de 1878, para dar
lugar a la fundación del Instituto Científico y Literario del Estado de Chiapas. En el
artículo 8º de los Estatutos de éste último se indicaban las cátedras que habrían de ser
impartidas en el plantel: Idioma castellano y latino, Francés y elementos de geografía,
Inglés, Filosofía y matemáticas, Comercio, Agricultura, Derecho, Historia y economía
política, Química, Farmacia e historia natural, Medicina, Academia de dibujo y pintura,
y finalmente Canto, música y declamación.54
En los mismos Estatutos se establecen cuidadosamente las funciones del
Director, del Tesorero-síndico, del Bibliotecario, de los catedráticos y de los alumnos.
Llaman la atención las normas impuestas a éstos últimos:
Art. 55. Las obligaciones de los catedráticos son… IV. Tener cuidado
especial de que sus explicaciones entrañen verdad y pureza de doctrinas…
Art. 57. Ningún catedrático podrá faltar ni una sola vez sin causa justa, ni
hacerse sustituir por alguno de sus discípulos aún cuando éste sea muy
aprovechado.
Y sobre los alumnos:
Art. 66. Son obligaciones de los alumnos: III. Asistir puntualmente a sus
cátedras con limpieza, decoro, decencia y aplicación, que cuadra a un joven
bien educado. V. No visitar las cantinas, billares, casas de juego ni
entregarse a otra clase de ocupaciones poco decorosas y ajenas al estudio.55
La necesidad de explicitar esta última prohibición indica que, precisamente, era
costumbre de los alumnos visitar cantinas, billares y casa de juego, actividades que
53
Ibidem, p. 6
Estatutos del Instituto Científico y Literario del Estado de Chiapas, p. 1. [AHDSCLC]
55
Ibidem, p. 8.
54
solían distraerlos de sus estudios, por lo cual la naciente institución se proponía prevenir
la subsistencia de tales conductas.
En cuanto a los estudios específicos que se desarrollaban en el Instituto, cabe
destacar que durante el Período determinado se impartían materias como Aritmética,
Álgebra, Geometría, Trigonometría y Física, las cuales contrastan con las enseñanzas de
carácter religioso que se impartían en forma predominante en la Universidad Literaria y
Pontificia.56
El Instituto ofrecía una amplia oferta de egreso, ya que otorgaba los títulos de
Agrimensor, Licenciado en Medicina y Cirugía, Licenciado en Farmacia, Abogado,
Escribano público, Profesor en comercio, Agricultor, y Profesor en idiomas o en
cualquier otro ramo de la enseñanza preparatoria o profesional.
Por otra parte, cabe recordar que a mediados del siglo XIX, hacia 1850, existió
también en Chiapas un Liceo dirigido por Eduardo Dubuc, y al cual se le consideraba
parte de los “establecimientos científicos del Estado”.57
Iniciativas de enseñanza a fines del siglo XIX
Durante la última década del siglo XIX, existieron diversos centros de estudios en San
Cristóbal de las Casas, entre ellos un Colegio Josefino,58 una escuela llamada La
Central,59 y otra llamada Escuela del Sagrado Corazón de Jesús, establecida en la
sección de Mexicanos,60 así como el plantel de instrucción primaria, elemental y
preparatoria “La enseñanza didáctica”.61 De éste último cabe destacar los ramos o
materias. En la instrucción primaria: Lectura, Escritura, Elementos de Aritmética, de
Gramática Castellana y de Geometría, Sistema legal de pesos y medidas o métrico
decimal, Moral, Urbanidad, Dibujo lineal y Gimnasia de salón. En la instrucción
elemental se ampliaban las materias de la primaria y además se ofrecían: Cosmografía y
geografía, Historia de México y del Estado, Canto y música, Elementos de derecho
político, Dibujo natural, científico e industrial, de paisaje y perspectiva, Ejercicios
prácticos de gramática y Aritmética. Por último, en la instrucción preparatoria se
56
Ibid, p. 9
Manuscrito, 1º de octubre de 1850. [AHDSCLC]
58
Manuscrito, 18 de marzo de 1896. [AHDSCLC]
59
Manuscrito. San Cristóbal, L. C., julio 11 de 1892. [AHDSCLC]
60
Manuscrito, 20 de julio de 1892. [AHDSCLC]
61
Reglamento del plantel de instrucción primaria, elemental y preparatoria, “La enseñanza didáctica”,
San Cristóbal Las Casas, octubre 24 de 1892. [AHDSCLC]
57
incluían Aritmética razonada, Álgebra, Geometría plana y del espacio, descriptiva y
analítica, Trigonometría rectilínea y esférica, Historia universal, Francés, Inglés, Latín,
Teneduría de libros, Historia y legislación mercantil y Filosofía (que comprendía
Lógica, Ontología, Psicología y Moral).62
También existía la Escuela Particular de Instrucción Primaria y Secundaria, la
cual –se indica en el tríptico de invitación- contaba con “esferas, cuadros de geometría e
historia natural, dones de Froebel y otros utensilios indispensables para la enseñanza
moderna objetiva”.63
En particular, la Sociedad Católica sostenía una Escuela Trinitaria, ubicada en el
centro de la ciudad; la Escuela del Corazón de Jesús, ubicada en el barrio de Mexicanos;
y la Escuela de San Luis Gonzaga, ubicada en el barrio de Cuxtitali. La primera contaba
con once alumnos y dieciocho pensionistas; la segunda, con cuarenta y un alumnos; y la
tercera, con veintiuno.64
Las características del Instituto San Luis Gonzaga resultan muy interesantes.
Fundado en 1879 bajo los auspicios de la Iglesia Católica y “bajo el tutelar amparo del
Iltmo. Señor Villalvaso”,65 era un centro de estudios muy estricto, en cuyo Reglamento
se establecían normas, penas y prohibiciones como las siguientes:
Art. 4º. No se recibirá ningún alumno, sin acreditar ser cristiano apostólico
romano.
Art. 9º. Es obligación confesar y comulgar una vez al mes, y que el niño que
falle tres veces repetidas se hace reo de expulsión como igualmente se hará
reincidiendo gravemente en materia de inmoralidad hasta cinco veces…
Art. 12º. Las penas correccionales para los niños consistirán en reflexiones,
privación de premios, pérdida de lugares, título o empleo en que se
encuentren y genuflexiones de una a seis horas, según la gravedad del
delito…66
62
Impreso, Reglamento del plantel de instrucción primaria, elemental y preparatoria, “La enseñanza
didáctica”, 24 de octubre de 1892, p. 1, 2 [AHDSCLC]
63
Impreso. Invitación – reglamento de la Escuela Particular de Instrucción Primaria y Secundaria,
Imprenta de la Sociedad Católica, 2 de julio de 1894. [AHDSCLC]
64
Manuscrito, Al Sor. Presidente de la Junta Central de la Sociedad Católica, 11 de abril de 1889.
[AHDSCLC]
65
Manuscrito. Reglamento del Instituto de San Luis Gonzaga, p. 1. 6 de mayo de 1879. AHDSCLC
66
Ibidem, p. 1, 2
Art. 15º. Habrá celadores de día y se nombran doce… con facultad de
castigar solamente con genuflexión de diez minutos a media hora según el
delito o reincidencias del niño.
Art. 31º. Por ninguna causa se permitirá ir dos niños juntos a comunes, sino
de uno en uno y en caso contrario hay pena.
Art. 32º. Se prohíben las conversaciones, ya a voces, ya secretas entre horas
de trabajo, aunque sean lícitas, de manera que si hay necesidad de hablar se
pedirá licencia.
En cuanto a las medidas que seguía el Instituto para promover o estimular el
estudio de sus alumnos, destaca la coronación, mediante la cual los mejores alumnos
obtenían corona y pendón, que habrían de ser presentados ante el altar de la virgen
María, para posteriormente gozar en compañía de sus demás compañeros de una hora de
recreo, acompañada de dulces y frutas.67
Conclusiones
Durante el siglo XIX, surgieron en Chiapas diversas iniciativas de enseñanza tanto
elemental como media y superior. La mayoría de ellas fue auspiciada por la iglesia, en
forma directa o mediante asociaciones como la Sociedad Católica. Sin embargo,
también comenzaron a fundarse centros de estudios laicos, como el Instituto Científico
y Literario del Estado de Chiapas, así como varias escuelas de instrucción primaria. Así,
durante las últimas décadas del siglo XIX se comenzó a modificar la correlación de las
instituciones que desarrollaron la enseñanza en Chiapas, en particular en San Cristóbal
de las Casas.
Por otra parte, según las evidencias aquí presentadas, en las últimas décadas del
siglo XIX la educación impartida en Chiapas adquirió un carácter estricto, establecido
en reglamentaciones específicas; y aunque este carácter es más palpable en el ámbito de
la educación promovida por la Iglesia, influyó también notablemente en las
instituciones educativas que se fundaron y desarrollaron en la primera mitad del siglo
67
Ibid, p. 7
XX en la entidad, ya que partía del objetivo de normar las relaciones que los alumnos
sostenían con sus instituciones, y el propósito de establecer una estructura moral o ética,
de respeto –a veces en forma radical- en el espíritu del estudiante.

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