Nivel Ejecutivo PJSC3 (Profesional Jefe Servicio Civil 3) PJSC2

Transcripción

Nivel Ejecutivo PJSC3 (Profesional Jefe Servicio Civil 3) PJSC2
Índices Salariales II Semestre 2015
Depto. Gestión Institucional de Recursos Humanos
Subproceso de Administración de Salarios e Incentivos
Resolución DG-134-2015
Nivel Ejecutivo
Salario Base
Aumento
Anual
DG (Director General)***
₡ 1.721.250,00
₡ 33.392,00
AI (Auditor Interno)***
₡ 1.262.200,00
₡ 24.487,00
SA (Subauditor Interno)***
₡ 1.135.600,00
₡ 22.031,00
GSC2 (Gerente de Servicio Civil 2)
₡ 1.266.650,00
₡ 24.573,00
₡ 1.139.500,00
₡ 22.106,00
₡ 928.800,00
₡ 18.019,00
₡ 850.200,00
₡ 16.494,00
₡ 799.350,00
₡ 15.507,00
GSC1 (Gerente de Servicio Civil 1)
- Director Administrativo
- Director de Registro
PJSC3 (Profesional Jefe Servicio Civil 3)
- Subdirector de Registro
- Jefe de Unidad de Desarrollo Institucional
- Jefe de Asesoría Legal
PJSC2 (Profesional Jefe Servicio Civil 2)
- Jefe de Departamento Administrativo
- Jefe de Departamento Sustantivo
- Jefe de Registradores
- Jefe de Sede Regional
- Jefe de UDEI
- Coordinador General Registral
- Coordinador General de Departamento Catastral
- Contralor de Servicios
- Coordinador General de Servicios Registrales
PJSC1 (Profesional Jefe Servicio Civil 1)
- Jefe de Registradores
- Coordinador de Asesoría Jurídica Registral
- Coordinador de Proceso Catastral Técnico
- Coordinador de Asesoría Jurídica (Legal)
- Supervisor de Auditoria
Índices Salariales II Semestre 2015
Depto. Gestión Institucional de Recursos Humanos
Subproceso de Administración de Salarios e Incentivos
Resolución DG-134-2015
- Coordinador de Subproceso Sustantivo
- Coordinador de Subproceso Administrativo
PBJ2 (Profesional Bachiller Jefe 2)
₡ 555.350,00
₡ 10.774,00
PBJ1 (Profesional Bachiller Jefe 1)
₡ 531.050,00
₡ 10.302,00
***Puestos autorizados por la Autoridad Presupuestaria
mediante Acuerdo N° 10855
Nivel Profesional
DFI (Dictaminador de Fondo Institucional) ***
Salario Base
Aumento
Anual
₡ 1.024.100,00
₡ 19.868,00
₡ 726.100,00
₡ 14.086,00
₡ 667.450,00
₡ 12.949,00
- Examinador De Patentes
PSC3 (Profesional de Servicio Civil 3)
- Asistente de Dirección (o Coordinador de Dirección)
- Registrador
- Profesional de Auditoria
- Asesor Jurídico Registral
- Coordinador de Asesoría Legal
- Encargado de Salud Ocupacional
- Coordinador Subproceso de Promoción Cultural
PSC2 (Profesional de Servicio Civil 2)
- Profesional de UDEI
- Analista Administrativo
- Profesional de Arquitectura
- Topógrafo
- Asesor Jurídico Registral
- Asesor Legal
- Registrador
- Registrador de Inmatriculación
- Analista de Georreferenciación Catastral
Índices Salariales II Semestre 2015
Depto. Gestión Institucional de Recursos Humanos
Subproceso de Administración de Salarios e Incentivos
Resolución DG-134-2015
- Asesor Técnico Registral de Normalización Técnica
- Analista de Reconstrucción
- Analista de Geoprocesamiento 2
- Analista de Geofísica
- Analista de Geodesia
PSC1B (Profesional de Servicio Civil 1 B)
- Analista Administrativo
- Profesional de Salud Ocupacional
- Certificador
₡ 588.050,00
₡ 11.408,00
₡ 499.250,00
₡ 9.685,00
- Analista de Contabilidad
- Analista de Verificación Catastral
PSC1A (Profesional de Servicio Civil 1 A)
- Certificador
- Analista Administrativo
- Profesional de UDEI
- Analista de Verificación Catastral
- Analista de Cartografía Digital
***Puestos Excluidos del Régimen del Servicio Civil. Aprobado mediante el
Acuerdo N° 10855 de la Autoridad Presupuestaria
Índices Salariales II Semestre 2015
Depto. Gestión Institucional de Recursos Humanos
Subproceso de Administración de Salarios e Incentivos
Resolución DG-134-2015
Nivel Técnico
RRN (Registrador de Registro Nacional)
Salario Base
Aumento
Anual
₡ 430.800,00
₡ 8.358,00
₡ 408.450,00
₡ 7.924,00
₡ 348.700,00
₡ 318.450,00
₡ 6.765,00
₡ 6.514,00
- Registrador
TSC3 (Técnico de Servicio Civil 3)
- Técnico Administrativo
- Contador
- Técnico de Geodesia Y Topografía
- Trabajador de Artes Gráficas
- Asistente de Servicios Técnicos
TSC2 (Técnico de Servicio Civil 2)
TSC1 (Técnico de Servicio Civil 1)
Índices Salariales II Semestre 2015
Depto. Gestión Institucional de Recursos Humanos
Subproceso de Administración de Salarios e Incentivos
Resolución DG-134-2015
Nivel Oficina
Salario Base
Aumento
Anual
TAG 3(Trabajador Artes Gráficas 3)
₡ 282.950,00
₡ 6.507,00
TAG 5(Trabajador Artes Gráficas 5)
₡ 308.900,00
₡ 6.507,00
₡ 311.000,00
₡ 6.507,00
₡ 271.400,00
₡ 6.507,00
₡ 330.850,00
₡ 6.561,00
₡ 318.450,00
₡ 6.514,00
₡ 274.200,00
₡ 6.507,00
₡ 279.800,00
₡ 6.507,00
OSC2 (Oficinista de Servicio Civil 2)
₡ 305.450,00
₡ 6.507,00
MSC1 (Misceláneo de Servicio Civil 1)
₡ 253.150,00
₡ 6.481,00
MSC2 (Misceláneo de Servicio Civil 2)
₡ 268.400,00
₡ 6.507,00
OSSC1 (Oficial Seguridad Servicio Civil 1)
₡ 274.200,00
₡ 6.507,00
TCSC2 (Trabajador Calificado de Servicio Civil 2)
- Trabajador Calificado
TCSC1 (Trabajador Calificado de Servicio Civil 1)
- Trabajador Calificado
SSC2 (Secretario de Servicio Civil 2)
- Secretaria de Dirección General y Junta
SSC1 (Secretario de Servicio Civil 1)
- Secretaria
CSC1 (Conductor de Servicio Civil 1)
- Operador de Equipo Móvil / Chofer
OSC1 (Oficinista de Servicio Civil 1)
- Asistente Administrativo
Índices Salariales II Semestre 2015
Depto. Gestión Institucional de Recursos Humanos
Subproceso de Administración de Salarios e Incentivos
Resolución DG-134-2015
Régimen Especial Informático***
GDI (Gestor de Desarrollo Informático)
CDI (Coordinador Departamento Informático)
Salario Base
Aumento
Anual
₡ 1.204.400,00
₡ 23.365,00
₡ 1.132.300,00
₡ 21.967,00
₡ 1.072.500,00
₡ 986.450,00
₡ 960.650,00
₡ 20.807,00
₡ 19.137,00
₡ 18.637,00
- Coordinador de Desarrollo de Soluciones
- Coordinador de Base de Datos.
- Coordinador de Redes y Telecomunicaciones.
- Coordinador de Soporte
EP (Ejecutivo de Proyectos)
PGI2 (Profesional de la Gestión Informática 2)
PGI1 (Profesional de la Gestión Informática 1)
***Puestos Excluidos del Régimen del Servicio Civil.
Aprobado mediante el Acuerdo N° 10855 de la
Autoridad Presupuestaria
Nivel Informático
PJI1B (Profesional Jefe Informático 1 B)
PI1C (Profesional en Informática 1 C)
PI1B (Profesional en Informática 1 B)
PI1A (Profesional en Informática 1 A)
PI2 (Profesional Informático 2 )
TI2 (Técnico en Informática 2)
OC (Operador de Cómputo)
Salario Base
Aumento
Anual
₡ 799.350,00
₡ 15.507,00
₡ 588.050,00
₡ 11.408,00
₡ 555.350,00
₡ 10.774,00
₡ 499.250,00
₡ 667.450,00
₡ 338.050,00
₡ 394.900,00
₡ 9.685,00
₡ 12.949,00
₡ 6.590,00
₡ 7.661,00
Índices Salariales II Semestre 2015
Depto. Gestión Institucional de Recursos Humanos
Subproceso de Administración de Salarios e Incentivos
Resolución DG-134-2015
OTROS COMPLEMENTOS SALARIALES
PROHIBICIÓN: Se otorga a todos aquellos funcionarios que hayan cursado el tercer
año universitario o cuenten con una preparación equivalente, se les reconoce un 25%
sobre su salario base; 30% para quienes sean bachilleres universitarios o hayan
aprobado el cuarto año de la respectiva carrera universitaria; 45% para los egresados
de programas de licenciatura o maestría; 65% para licenciados los profesionales en el
nivel de licenciatura u otro grado académico superior. Este complemento tiene su
fundamento en la Ley 5867 y sus reformas; además del Decreto Ejecutivo 22614-H,
asignación del porcentaje de prohibición correspondiente de acuerdo al requisito
primario del puesto Art. 9 inciso d) del Reglamento a la Ley de Prohibición.
DEDICACIÓN EXCLUSIVA: Es la compensación económica retribuida a los
funcionarios de nivel profesional, porcentualmente sobre sus salarios base (previa
suscripción de un contrato entre el servidor y el máximo jerarca o con quien este
delegue), para que obligatoriamente no ejerzan de manera particular (remunerada o
adhonorem), la profesión que sirve como requisito para desempeñar el puesto que
ostenten así como las actividades relacionadas con esta; con las excepciones que se
establecen en el Decreto Ejecutivo Nº 23669, del 18 de octubre 1994. Normas
Aplicación Dedicación Exclusiva Instituciones Empresas Públicas Cubiertas por Ámbito
Autoridad Presupuestaria, para el caso del Registro Nacional puestos excluidos del
Régimen de Servicio Civil.
Se otorgarán porcentajes, sobre el salario base, de un 20 % para los que poseen el
grado académico de Bachiller Universitario y un 55% para los que ostenten el grado de
licenciatura u otro superior.
CARRERA PROFESIONAL:
Es un incentivo económico que se concede a los
funcionarios profesionales del Registro Nacional en virtud de sus grados académicos,
capacitación recibida e impartida, experiencia laboral de carácter profesional en
instituciones de la Administración Pública o en organismos internacionales, experiencia
docente en instituciones de enseñanza de nivel universitario o para universitario,
publicaciones efectuadas entre otras. Se conceden puntos a razón de ¢2.199,00 cada
uno (monto ajustable cada semestre por costo de vida). Se sustenta para los puestos
del Régimen del Servicio Civil en lo dispuesto por la Resolución DG-064-2008 emitida
por la Dirección General de Servicio Civil, y para los puestos Excluidos del Régimen del
Servicio Civil, aplica lo dispuesto por la Secretaria Técnica de la Autoridad
Presupuestaria mediante Decreto Ejecutivo N° 33048-H del 22 de marzo del 2006
modificado parcialmente por el Decreto Ejecutivo N° 33352-H del 14 de julio del 2009.
Índices Salariales II Semestre 2015
Depto. Gestión Institucional de Recursos Humanos
Subproceso de Administración de Salarios e Incentivos
Resolución DG-134-2015
MATERIA REGISTRAL: Los servidores del Registro Nacional tendrán derecho al pago
de materia registral siendo un 25% sobre el salario base, para las clases dispuestas en
la Resolución DG-494-2011, que ejecuten las tareas propias e inherentes al Grupo de
Especialidad “Registro de Documentos Públicos”, con las Sub Especialidades “Derecho
Registral” y “Catastral Registral”. Según ley Nº 6256 de 28 de abril de 1978.
ANUALIDADES: Se otorga a todos aquellos funcionarios que por méritos hayan
recibido calificación por lo menos de "bueno", en el año anterior, o por el tiempo de
servicios prestados en otras entidades del Sector Público. Este reconocimiento de
anualidades dentro del Sector Público se encuentra regulado por la Ley Nº 2166 (Ley
de Salarios de la Administración Pública).
ZONAJE: es una compensación adicional a los servidores del Registro Nacional que
prestan sus servicios en un lugar distinto al de su domicilio legal o que tengan que
permanecer en forma continua por más de un mes fuera de la circunscripción territorial
a la que pertenecen, siempre que la zona en donde realicen su trabajo justifique tal
compensación. Los montos mínimos y máximos del pago del Zonaje, los fija la
Contraloría General de la República, determinados mediante la aplicación del índice de
precios al consumidor, calculado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos
(INEC). Este reconocimiento se encuentra regulado de acuerdo con el Decreto
Ejecutivo N° 26773 de fecha 25 de marzo de 1998, denominado “Reglamento de
Zonaje” para los Funcionarios del Registro Nacional”.
DISPONIBILIDAD: Es una compensación que se concede a los funcionarios siendo
sujeta al desempeño temporal de las necesidades institucionales, ya sea por
retribución por estar disponible o una prestación del servicio, de concederla bajo la
modalidad contractual para garantizar el servicio. Este reconocimiento se encuentra
regulado de acuerdo con el Decreto Nº 23693-MP (publicado en La Gaceta # 201 del
20 de octubre de 1997) se emitió el ―Reglamento para el reconocimiento de
disponibilidad a los funcionarios del Poder Ejecutivo, destinada a darle continuidad al
servicio público, en aquellos casos en donde por la índole del servicio y el cargo que
desempeña el servidor, la Administración así lo requiera.
Todos estos complementos tienen una periodicidad de pago mensual, es decir, forman
parte del salario mensual de los funcionarios de la institución.

Documentos relacionados