ficha de planeamiento y gestión

Transcripción

ficha de planeamiento y gestión
PLAN PARCIAL
FICHA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN
SECTOR URBANIZABLE RESIDENCIAL “LA LLOMA”.
NN.SS. BORRIOL.
S.U.R. “LA LLOMA”
PARÁMETROS GENERALES DE PLANEAMIENTO
DENOMINACIÓN DEL SECTOR
CLASIFICACIÓN URBANISTICA
CALIFICACIÓN / USO DOMINANTE
USO INCOMPATIBLE
SUPERFICIE SECTOR
SUPERFICIE SEC. AFECTADA A DESTINO-via pec.SUPERFICIE SEC. AFECTADA A DESTINO-caminosSUPERFICIE COMPUTABLE SECTOR –SCSSUPERFICIE ADSCRITA AL SECTOR
SUPERFICIE ADS. AFECTADA A DESTINO-caminosSUPERFICIE AREA DE REPARTO
SUPERFICIE AREA TOTAL INTERVENCIÓN
% MIN. EDIFICABILIDAD. VIV. PROTEC. PUBLICA
INDICE DE EDICABILIDAD BRUTA -IEBINDICE DE EDICABILIDAD RESIDENCIAL -IERINDICE DE EDICABILIDAD TERCIARIA -IETINDICE DE EDICABILIDAD DOTACIONAL –IED*COEF. PONDERACIÓN AREA REPARTO ADSCRITA
APROVECHAMIENTO TIPO -AT- carácter provisional
EDIFICABILIDAD TOTAL (= APROVECHAMIENTO TOTAL)
EDIFICABILIDAD RESIDENCIAL
EDIFICABILIDAD UFAis
EDIFICABILIDAD UFAdo
EDIFICABILIDAD VPP
EDIFICABILIDAD TERCIARIA
EDIFICABILIDAD DOTACIONAL*
COEF. EDIFICABILIDAD UFAis
COEF. EDIFICABILIDAD UFAdo
COEF. EDIFICABILIDAD VPP
COEF. EDIFICABILIDAD TER
COEF. EDIFICABILIDAD DOT*
COEF. PONDERACION UFAis
COEF. PONDERACION UFAdo
COEF. PONDERACION VPP
COEF. PONDERACION TER
COEF. PONDERACION DOT*
“LA LLOMA”
URBANIZABLE
RESIDENCIAL
INDUSTRIAL
412.301,23 m2
22.859,76 m2
5.523,34 m2
389.441,47 m2
50.597,91 m2
1.963,79 m2
432.552,25 m2
462.899,14 m2
20 %
0,50000 m2tuc/m2sb
0,49455 m2tuc/m2sb
0,00536 m2tuc/m2sb
0,00009 m2tuc/m2sb
0,45
0,47984 m2tuc/m2sb
194.720,74 m2t (=U.A)
192.596,81 m2t
15.632,12 m2t
134.466,69 m2t
42.498,01 m2t
2.087,92 m2t
36,01 m2t
0,675 m2t/ m2sn
0,895 m2t/ m2sn
1,275 m2t/ m2sn
0,508 m2t/ m2sn
0,030 m2t/ m2sn
1,20770
1,14731
0,48308
0,30192
11,29195
PLAN PARCIAL
FICHA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN
SECTOR URBANIZABLE RESIDENCIAL “LA LLOMA”.
NN.SS. BORRIOL.
S.U.R. “LA LLOMA”
CONDICIONES DE GESTIÓN, ACTUACIÓN E INTEGRACIÓN
• Este sector se desarrollará mediante un único Programa de Actuación Integrada sobre una única Unidad de Ejecución.
• La Red Primaria de Reservas de Dotaciones Públicas incluida en el sector sí computa para la obtención de la
Edificabilidad Bruta, por ser su ejecución con cargo al sector.
• La Red Viaria Primaria computable tiene una superficie de 11.754,73 m2.
• La Zona Verde Primaria computable tiene una superficie de 3.234,52 m2.
• Deberá ejecutarse un acceso viario único enlazando desde el tramo que deriva a la urbanización Masía Gateà desde la CV16, siempre de acuerdo con los criterios de la Oficina del Plan de la D. G. de Carreteras. Con este fin se conseguirán los
terrenos necesarios para dicho enlace mediante un procedimiento de expropiación forzosa (o cualquier otro legalmente
establecido). Dichos terrenos, una vez obtenidos y cedidos a la administración competente, mantendrán sus iniciales
clasificación, calificación y condiciones de uso según lo establecido en las Normas Subsidiarias –Sistema Local de
Comunicaciones- y demás normativa sectorial concurrente.
• El Plan Parcial contemplará como Zona Verde (con mantenimiento del arbolado autóctono existente -encinas, olivos,
algarrobos, pinos, etc.- y nueva plantación de arbolado) el promontorio rocoso que la parte norte presenta, respetando al
máximo -desde el punto de vista paisajístico- su actual línea de cielo, de acuerdo con el Plan General de Ordenación
Forestal. A tal efecto contemplará un Programa de Restauración Paisajística como capítulo independiente del Proyecto de
Urbanización.
• En virtud del art. 20 del Reglamento del Paisaje y 14.2 de la LOTPP, los elementos arbóreos y arbustivos de interés
quedarán integrados en la ordenación y permanecerán en su lugar siempre que se sitúen en zonas verdes o dotacionales
con destino final público; en caso contrario se podrán trasplantar a aquellas o al bulevar central (vía pecuaria) respetando
sus 6 m. de paso mínimo expedito.
• Atendiendo las directrices establecidas en la Ley 4/2006 de Patrimonio Arbóreo Monumental de la C.V., se mantendrán o
deberán trasladarse a las zonas verdes o ajardinadas habilitadas a tales efectos en la actuación (ya sean privadas -en el
interior de parcelas- o públicas como barrera visual en zonas verdes o en frentes de carretera) a cargo del programa. Todo
ello requerirá un seguimiento por técnico competente en la fase de ejecución de las obras de urbanización.
• En relación con el art. 322. del ROGTU, el programa que desarrolle este sector y de acuerdo con el criterio municipal
podrá evaluar costes ocasionados por las actuaciones externas de conexión, de enlace y de ejecución de instalaciones
estructurales (del sistema viario, de evacuación de aguas pluviales, de aguas fecales, de abastecimiento de agua potable, de
suministro de energía eléctrica, de telefonía, de gas, etc.) para ser repercutidos a otras áreas de reparto que pudieran
beneficiarse directamente en un futuro (afección al pago del canon de urbanización correspondiente), determinando los
mecanismos compensatorios para su equilibrio.
• Estos conceptos serán específicamente retasables en sus cargas finales, independientemente de las circunstancia genéricas
establecidas en los art. 381 y 387 al 393 del ROGTU.

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