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Marco reglamentario para la
irradiación de alimentos
CNEA – 19 DE AGOSTO DE 2016
Lic. Magalí Parzanese
[email protected]
Alimentos seguros
CODEX ALIMENTARIUS
Resoluciones de acuerdos MERCOSUR
CAA, Dec. 4238/68
y Resoluciones
provinciales y del SENASA
Establecimiento
Comercio
transparente
Dirección de
Agroalimentos Secretaría Técnico Administrativa de la
CONAL
• Contribuir al posicionamiento de la producción de alimentos y bebidas
en la sociedad como un sector estratégico y necesario para el
desarrollo de la Argentina.
• Proponer y ejecutar políticas y acciones tendientes al desarrollo,
evolución y desempeño de la industria de alimentos y bebidas en el
ámbito nacional, con el objeto de promover la competitividad, el valor
agregado, la diferenciación, la calidad, el cuidado ambiental y la
innovación sustentable del sector.
Creado por Decreto 815/99
La Presidencia es anual y
alterna entre
MSAL y MINAGRO. Estas
autoridades tienen la
función de mantener
actualizado el CAA.
SEGUIMIENTO
CONAL
Velar por el cumplimiento
del CAA en todo el
territorio nacional.
APOYO
ASESORAMIENTO
(Anexo I del DECRETO Nº 2126/71 que reglamenta la Ley 18.284)
Es la norma fundamental del SNCA.
Incorpora toda la normativa vigente que hace a la elaboración,
transformación, transporte, distribución y comercialización de
todos los alimentos para el consumo humano.
La CONAL propone su actualización y recomienda las
modificaciones que resulte necesario introducir para mantener
su permanente adecuación a los adelantos en la materia.
Se tomarán como referencia las normas internacionales y los
acuerdos celebrados en el MERCOSUR.
Notificación
de la
Solicitud
Ingreso a la
CONAL
CONASE
Consulta
Pública
• Solicitud en
• La CONAL
• El proyecto
• El Proyecto se
forma de Nota
evalúa la nota y consensuado
envía a CP por
decide su
en la CONAL se
un plazo de 30
• Propuesta de
ingreso.
envía al
días corridos
actualización y
documentación • El tratamiento y Consejo Asesor • Los
para que lo
que
evaluación se
comentarios a
evalúe.
fundamente la
realizará en
la CP vuelven a
solicitud
reuniones
• Los
tratarse en la
siguientes.
comentarios
CONAL se
del CONASE
consensua el
vuelven a la
proyecto final.
CONAL para ser
tratados.
Trámite
administrativo
2013: Solicitud
formal de CNEA
Codex Alimentarius
Normas y Código de
de prácticas
1994: Última
actualización del
CAA sobre alimentos
irradiados
ICGFI
(FAO/OMS/OIEA):
Argentina integró el
grupo
Avances en la
normalización de
este proceso en más
de 57 países
Artículo
174 (Res 1322/1988)
832 bis (Res. Conj. SPReI
169/2013 SAGyP 230/2013)
Producto
Requerimientos generales y definición de la conservación por
irradiación. Anexo: Res 171/1989 Código de prácticas para el
funcionamiento de las instalaciones.
Papas
842 bis (Res. Conj. SPReI Ajos
169/2013 SAGyP 230/2013)
843 bis (Res. Conj. SPReI Cebollas
169/2013 SAGyP 230/2013)
845 bis (Res. Conj. SPReI Espárragos
169/2013 SAGyP 230/2013)
889 (Res. Conj. SPReI
Frutillas
169/2013 SAGyP 230/2013)
1201 bis (Res. 1549/1990)
Especies, condimentos vegetales desecados y/o sus mezclas
1249 bis (Res. Conj. SPReI
92/2012 SAGyP 287/2012)
1401 bis (Res. 1549/1990)
Hongos de cultivo, comestibles y frescos
Frutas y vegetales secos, desecados o deshidratados
•Documentos publicados por el ICGFI (FAO/OMS/OIEA).
•Norma General Codex para alimentos irradiados (CODEX STAN
106-1983, Rev. 1-2003).
•Código internacional recomendado de prácticas (CAC/RCP 191979, Rev. 1-2003).
Estados Unidos
La FDA aprueba el tratamiento con energía ionizantes para
gran variedad de alimentos desde 1963.
Promueve y realiza campañas de educación al consumidor
sobre esta tecnología.
• Carne bovina y porcina• Crustáceos (por ejemplo,
la langosta, el camarón y cangrejo) • Frutas y
verduras frescas • Lechugas y espinacas • Moluscos
(por ejemplo, ostras, almejas, mejillones y vieiras) •
Carne de ave • Semillas para germinar (por ejemplo,
brotes de alfalfa) • Huevos • Especias y condimentos
UNIÓN EUROPEA
Tiene dos directivas:
Directiva 1999/2/CE (marco), relativa a la aproximación de las
legislaciones de los Estados miembros sobre alimentos e
ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.
Directiva 1999/3/CE relativa al establecimiento de una lista de
alimentos tratados con radiaciones ionizantes.
Lista positiva comunitaria: sólo consta de una única categoría de
alimentos: Hierbas aromáticas secas, especias y condimentos
vegetales a una dosis máxima de 10 kGy.
Cada miembro mantiene su lista positiva por productos: España,
Bélgica, Reino Unido, Polonia, Francia, Alemania, República
Checa, Países Bajos.
PAÍSES DE LA REGIÓN
Brasil
•Resolución ANVISA (Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria) – RDC
nº 21, de 26 de janeiro de 2001, aprobó el Reglamento Técnico para
la Irradiación de Alimentos.
•Instrucción normativa N° 9 (24 de febrero de 2011) del Ministerio
de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento reconoció y aprobó el
uso de la radiación ionizante como tratamiento fitosanitario (para
ello adoptó las directrices de la NIMF N° 18).
Uruguay
•Decreto N° 589/008 aprobó la modificación al Reglamento
Bromatológico Nacional, se incorporó la IRRADIACIÓN a la lista de
procedimientos de conservación de alimentos y el Capítulo 31 donde
se establecen las 7 clases de productos que pueden ser irradiadas.
Actualiza y sustituye el artículo 174 del CAA tomando como
referencia la Guía del ICGFI Nº 15 (Viena,1996).
Comprende:
La actualización de los requerimientos generales y
definición de la conservación por irradiación del artículo 174.
La autorización de irradiación por clase de productos,
similares en composición.
La derogación de los artículos 832 bis, 842 bis, 843 bis, 845
bis, 889, 1201 bis, 1249 bis y 1401 bis.
Clases
1
2
3
4
Productos incluidos
Bulbos, Tubérculos y Raíces
Frutas y Vegetales frescos
(distintos de los de la Clase 1)
Cereales y sus harinas,
Legumbres, Semillas
Oleaginosas, Frutas Secas
Vegetales y Frutas desecados o
deshidratados, Condimentos
Vegetales, Té y Hierbas para
Infusiones
Clase
5
6
7
8
Productos incluidos
Hongos de Cultivo comestibles,
frescos
Pescados, Mariscos, y sus
productos (frescos y
congelados)
Aves, carnes Bovina, Porcina,
Caprina, otros y sus productos
(frescos y congelados)
Alimentos de origen animal
desecados
Además el Artículo 174 dispone que para la habilitación de una instalación de
irradiación de alimentos, la Autoridad Sanitaria Competente contará con la
intervención previa de la Autoridad Regulatoria Nuclear.
Reunión plenaria 109/2013:
Ingresa la nota
R. P. 108/2015: Se modifica el
PRC de acuerdo a los
comentarios del CONASE. Se
envía a Consulta Pública. El
PRC con las clases 6, 7 y 8
pasa al CONASE.
R. P. 109/2015: Se reciben
comentarios de la CP
respecto al inciso 7. No se
recibieron comentarios del
CONASE por las clases 6,7 y 8.
Se pasa a C.P.
R. P. 101/2013: Se presenta
un PRC. No hay consenso.
R. P. 106/2015: Se presenta
un PRC que incluye las clases
de carnes y derivados. Se
logra en consenso de la
CONAL. Se desglosa el PRC y
parte pasa al CONASE.
R. P. 110/2016: El PRC con las
clases 6,7 y 8 no recibe
comentarios de la CP. CONAL
acuerda armar un único PRC
que incluya todas las clases y
pasarlo a T.A.
R. P. 103/2014: Se hace una
exposición técnica y se
presenta un nuevo PRC. Se
gira para recibir comentarios.
Mayo 2015: CNEA solicita
ampliar el PRC.
Muchas Gracias
http://www.conal.gob.ar/default.php
[email protected]
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