- Embajadas Encuentre los datos de contacto de las

Transcripción

- Embajadas Encuentre los datos de contacto de las
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Embajadas
Encuentre los datos de contacto de las representaciones argentinas en el exterior
en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto: www.mrecic.gov.ar
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Cámaras
Encuentre los datos de contacto de las Cámaras de comercio bilaterales en la
página web: www.aduanaargentina.com
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Incoterms
Los incoterms son aquellos términos que definen claramente cuáles son las
obligaciones entre compradores y vendedores, dentro de un contrato
internacional.
(Fuente: www.aduanaargentina.com)
EXW Ex-works, ex-factory, ex-warehouse, ex-mill.
RISK
2
3
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6 7
8
COST
2
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FCA Free carrier (Franco Transportista - libre transportista)
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COST
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FAS (Free alongside ship - Libre al costado del buque)
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COST
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FOB (Free on Board - Libre a bordo)
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COST
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CFR (Cost & Freight - Costo y Flete)
RISK
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COST
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CIF (Cost, Insurance & Freight - Costo, Seguro y Flete)
RISK
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COST
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8
CPT (Carriage paid to -Transporte Pagado Hasta)
RISK
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COST
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8
CIP (Carriage and Insurance Paid to - Transporte y Seguro pagados hasta)
RISK
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COST
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DAF (Delivered at Frontier - Entregado en frontera)
RISK
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COST
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DES (Delivered ex Ship - Entregada sobre buque)
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COST
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DEQ (Delivered ex Quay (Duty Paid) - Entregada en muelle (derechos pagados)
RISK
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COST
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DDU (Delivered Duty Unpaid - Entregada derechos no pagados)
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COST
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DDP (Delivered Duty Paid - Entregada derechos pagados)
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COST
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7
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EXW
Ex-works, ex-factory, ex-warehouse, ex-mill.
El vendedor ha cumplido su obligación de entrega al poner la mercadería en su fábrica,
taller, etc. a disposición del comprador. No es responsable ni de cargar la mercadería en
el vehículo proporcionado por el comprador ni de despacharla de aduana para la
exportación, salvo acuerdo en otro sentido. El comprador soporta todos los gastos y
riesgos de retirar la mercadería desde el domicilio del vendedor hasta su destino final.
FCA
Free carrier (Franco Transportista - libre transportista)
El vendedor cumple con su obligación al poner la mercadería en el lugar fijado, a cargo
del transportista, luego de su despacho de aduana para la exportación. Si el comprador
no ha fijado ningún punto específico, el vendedor puede elegir dentro de la zona
estipulada el punto donde el transportista se hará cargo de la mercadería. Este término
puede usarse con cualquier modo de transporte, incluído el multimodal.
FOB
(Free on Board - Libre a bordo)
Va seguido del puerto de embarque, ej. F.O.B. Buenos Aires. Significa que la
mercadería es puesta a bordo del barco con todos los gastos, derechos y riesgos a cargo
del vendedor hasta que la mercadería haya pasado la borda del barco, con el flete
excluído. Exige que el vendedor despache la mercadería de exportación. Este término
puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores.
FAS
(Free alongside ship - Libre al costado del buque)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de embarque. El precio de la
mercadería se entiende puesta a lo largo (costado) del navío en el puerto convenido,
sobre el muelle o en barcazas, con todos los gastos y riesgos hasta dicho punto a cargo
del vendedor. El comprador debe despachar la mercadería en aduana. Este término
puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores.
CFR
(Cost & Freight - Costo y Flete)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino. El precio comprende la
mercadería puesta en puerto de destino, con flete pagado pero seguro no cubierto. El
vendedor debe despachar la mercadería en Aduana y solamente puede usarse en el caso
de transporte por mar o vías navegables interiores.
CIF
(Cost, Insurance & Freight - Costo, Seguro y Flete)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino y el precio incluye la
mercadería puesta en puerto de destino con flete pagado y seguro cubierto. El vendedor
contrata el seguro y paga la prima correspondiente. El vendedor sólo está obligado a
conseguir un seguro con cobertura mínima.
CPT
(Carriage paid to -Transporte Pagado Hasta)
El vendedor paga el flete del transporte de la mercadería hasta el destino mencionado.
El riesgo de pérdida o daño se transfiere del vendedor al comprador cuando la
mercadería ha sido entregada al transportista. El vendedor debe despachar la mercadería
para su exportación.
CIP
(Carriage and Insurance Paid to - Transporte y Seguro pagados hasta)
El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CPT, pero además debe conseguir
un seguro a su cargo.
DAF
(Delivered at Frontier - Entregado en frontera)
El vendedor cumple con su obligación cuando entrega la mercadería, despachada en
aduana, en el lugar convenido de la frontera pero antes de la aduana fronteriza del país
colindante. Es fundamental indicar con precisión el punto de la frontera
correspondiente.
DES
(Delivered ex Ship - Entregada sobre buque)
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del
comprador a bordo del buque en el puerto de destino, sin despacharla en aduana para la
importación.
DEQ
[Delivered ex Quay (Duty Paid) - Entregada en muelle (derechos pagados)]
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del
comprador sobre el muelle en el puerto de destino convenido, despachada en aduana
para la importación.
DDU
(Delivered Duty Unpaid - Entregada derechos no pagados)
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del
comprador en el lugar convenido en el país de importación. El vendedor asume todos
los gastos y riesgos relacionados con la entrega de la mercadería hasta ese sitio
(excluídos derechos, cargas oficiales e impuestos), así como de los gastos y riesgos de
llevar a cabo las formalidades aduaneras.
DDP
(Delivered Duty Paid - Entregada derechos pagados)
El vendedor asume las mismas obligaciones que en D.D.U. más los derechos, impuestos
y cargas necesarias para llevar la mercadería hasta el lugar convenido.
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Conocimientos de embarque (Bill of lading)
El Conocimiento de Embarque es un documento que, generalmente, se adjunta a una
copia de la factura comercial. La copia del Conocimiento de Embarque (para envíos
marítimos) o conocimiento aéreo (para envíos aéreos) siempre se fechan y se enumeran.
Existen dos tipos de Conocimiento de Embarque: No negociables y negociables o
"shipper's order". Este último se utiliza para operaciones comerciales que se realizan
con letra a la vista o con carta de crédito.
• Nombre del barco y del capitán.
• Puerto de matrícula y tonelaje registrado.
• Nombre de la empresa de transporte y/o embarcador.
• Nombre del destinatario.
• Cantidad de paquetes con la descripción específica de los contenidos: cantidad, calidad
y marcaje de los productos.
• Puerto de carga y descarga con una declaración del puerto de escala, en caso de que
exista.
• Cantidad de carga.
• Lugar, forma y fecha de pago.
• Fecha de la preparación del documento y firma original, manuscrita, del capitán y del
Embarcador.
• Número y sello.
• Conocimiento aéreo o el conocimiento de embarque debe/n estar firmado/s por el
transportista.
• Para envíos con letras de cambio o cartas de crédito, el conocimiento de embarque
debe tener la aclaración 'sin restricciones' (Clean on Board), para aclarar que el
transportista no ha hecho ninguna objeción con respecto a la condición de la carga o del
embalaje y que la mercancía se colocó a bordo del buque.
TERMINOS EN BILL OF LADING
SIGLAS INGLÉS ESPAÑOL
A.F. Advanced Freight - Flete adelantado
Ad. Val. Ad Valorem - Según Valor
BAF Bunker Adjustement - Factor Ajuste Combustible
B/L Bill of Lading - Conocimiento de Embarque
B.S. Bunker Surcharge - Sobrecarga por Combustible
b.t. Berth Terms - Términos de Línea Regular
C.A.D. Cash Against Documents - Documentos al Contado contra documentos
C.A.F. Currency Adjustement Factor - Factor Ajustable por Divisa
CBF Cubic Feet - Pies Cúbicos
CBM Cubics Meters - Metros Cúbicos
CLd Cleared - Despacho de Aduana
CI Consular Invoice - Factura Consular
CO Certificat of Origin - Certificado de Origen
C.O.B. Cargo on Board - Mercancía a Bordo
C.O.D. Cash on Delivery - Entrega contra reembolso
C.O.S. Cash on Shipment - Pago Contado al Embarque
C.S. Congestion Surcharge - Recargo Congestión Puerto
CS Collection Surcharge - Recargo Cobro Flete Destino
C.T. Combined Transport - Transporte Combinado
CWE Cleared Whitout Examination - Despacho sin Inspección
dd Delivered - Entregado
d.f. Dead Freight - Falso Flete
Dis. Discount - Descuento
D.O. Delivered order - Nota de Entrega
D/P Documnets against payment - Entrega de Documentos contra pago
Dy. Delivered - Entregado
E.L.S. Extra Lenght Surcharge - Recargo de Bultos Extralargos
E.W.S. Extra Weight Surcharge - Recargo por Bultos Pesados
FBL FIATA Combined Transport Bill of Loading - Conocimiento de Embarque
Combinado FIATA
FCL Full Container Load - Contenedor Completo
FILO Free In Liner Out - Flete [no gastos carga, sí descarga]
Frt. Freight Flete
L/C Letter of Credit - Carta de Crédito
LCL Less than Container Load - Menos de Contenedor Completo
LIFO Liner In Free Out - Flete [sí gastos carga, no descarga]
LT Liner Terms - Condiciones de Línea [Flete si carga/descarga]
LT Long Ton - Tonelada Larga [1.016 Kg]
M.R. Mates Receipt - Recibo de Piloto
m/s Motor Ship - Moto-nave
m/v Motor Vessel - Moto-nave
MT Metric Ton - Tonelada Métrica
O/D Over Deck - Sobre Cubierta
o/o Order Of - A la Orden de
o/a Overall Medidas - Máximas Extremas
ppd Prepaid - Prepago
r.o.b. Remaining on Board - Que quedan a bordo
SB Short Bill of Lading - Conocimineto Abreviado
STC Said to Contain – Que se dice contiene
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Factura Pro forma
Generalmente se utilizan hojas con membrete para confeccionarla.
No debe cumplir con ningún tipo de formalidad establecida por la AFIP.
La descripción debe ser lo mas detallada posible.
Incluye valor de la operación, moneda, incoterm, lugar y forma de pago,
plazo de entrega, etc.
Un ejemplo de confección puede ser el siguiente:
Nombre, dirección y teléfono del Exportador Factura Pro Forma N°
Datos del Importador
Fecha y lugar de emisión
Cantidad y descripción de la mercadería Precio unitario Precio total
Condiciones de entrega, plazo y forma de pago, incluyendo el Incoterm.
Plazo de validez.
Firma del exportador.
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Factura comercial
Documento en el que se fijan las condiciones de venta de las mercancías y sus
especificaciones. Sirve como comprobante de la venta, exigiéndose para la exportación
en el país de origen y para la importación en el país de destino. También se utiliza como
justificante del contrato comercial. En una factura deben figurara los siguientes datos:
fecha de emisión, nombre y dirección del exportador y del importador extranjero,
descripción de la mercancía, condiciones de pago y términos de entrega.
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Hoja de ruta
Es el documento que se utiliza en las cargas terrestres y que acompaña al permiso de
embarque de exportación.
En el se detallan las principales ciudades y rutas por las cuales transita el medio de
transporte con destino a la Aduana de Salida.
También se detalla en el documento el número de la destinación aduanera
correspondiente, como así también el plazo para efectuar el recorrido previsto.
Por lo general, esta documentación la efectúa la empresa de transporte y debe estar
firmada por un Agente de Transporte Aduanero.
Anexamos abajo un modelo de este documento.
HOJA DE RUTA correspondiente a destinación N°
BUENOS-AIRES
ZARATE
GUALEGUAYCHU
CEIBAS
S. TOME
POSADAS
POR RUTA NACIONAL 14
Aduana de salida: Posadas
Medio de Transporte: Camión
Plazo de transporte: 04 (cuatro) días
Importante: Cuando algún hecho impidiere la persecución del transporte de la
mercadería sometida al régimen de transito de exportación, la persona a cuyo cargo se
encontrare en ese momento el medio de transporte debe dar aviso de inmediato al
servicio aduanero o, en caso de mediar distancias que impidan la rápida concurrencia
del mismo, a la autoridad policial mas cercana, bajo vigilancia de la cual quedaran el
medio de transporte y la mercadería que trajere a bordo, hasta que tomare intervención
el servicio aduanero. (Articulo 378 del Código Aduanero).
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MIC/DTA (Manifesto internacional de carga – Declaración de tránsito
aduanero)
Este documento es utilizado solamente en la modalidad de transporte terrestre de cargas
por carretera, y especialmente con los países que son limítrofes a la Argentina, en cargas
de exportación y tránsito.
Su función esencial es contener los datos del medio de transporte que lleva la
mercadería, dado que es un documento que es aceptado en ambos lados de las fronteras.
Además, contiene los datos referidos a la descripción de la mercadería, aduanas de
salida y destino, lugar de cruce, duración del viaje, número de precinto, embarcador,
destinatario, transportista, N.C.M. y fecha de emisión y carga efectiva.
Todos los campos de este formulario están descriptos en el idioma castellano y
portugués.
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AFIP/DGA – Multinota
Esta planilla es utilizada por los importadores-exportadores, despachantes de aduana y
operadores del comercio exterior para realizar trámites ante la Dirección General de
Aduanas.
Este formulario fue ideado con el concepto de unificar el modelo de presentación,
consulta y rectificación de cualquier índole que tenga que ver con el quehacer aduanero,
como ser rectificaciones de datos en manifiestos de cargas, documentaciones o
destinaciones aduaneras, para efectuar solicitudes de excepciones al pago de tributos o
tratamientos arancelarios preferenciales.
Se completa de acuerdo al tipo de trámite a realizar, y por lo general las realiza por el
despachante de aduana o bajo su asesoramiento.
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Carta de porte
Es el documento más importante en las cargas terrestres dado que cumple las mismas
funciones que el conocimiento de embarque marítimo, es decir que concede la
titularidad de la mercadería al poseedor del mismo.
Por lo general, este es emitido por la compañía de transporte terrestre, y en el figuran los
siguientes datos:
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Exportador.
Consignatario.
Importador.
Lugar y fecha de emisión.
Detalle de la carga: peso, cantidad, volumen, bultos, descripción.
Flete , si es pagado o pagadero en destino y monto.
Ruta y plazo del transporte.
Marcas y números.
Aduana de salida del país exportador y aduana de entrada del país importador.
Formalidades para el despacho de la mercadería.
Declaración del valor de la mercadería.
Documentos anexos (copias de factura, certificados, etc.)
De acuerdo a los requerimientos bancarios y de lo oportunamente acordado entre el
exportador y el importador, los documentos originales de la mercadería pueden viajar
con el medio de transporte o ser enviados por separado.
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Guía aérea
Este documento es esencial para los envíos aéreos, dado que es el que da la titularidad
de la mercadería.
Es emitido por la compañía aérea, o en su defecto por su representante o freight
forwarder (agente de cargas).
Es el equivalente del conocimiento de embarque para cargas marítimas.
Los datos fundamentales que contiene este documento son:
a) Expedidor o exportador.
b) Nombre del destinatario
c) Número de vuelo y destino
d) Aeropuerto de salida y de llegada.
e) Detalles de la carga: peso, volumen, cantidad, tarifa y descripción.
f) Indicación de que si el flete es pagadero en origen o en destino.
g) Importe del flete.
h) Número de guía aérea.
i) Fecha de emisión.
Por lo general, al enviar la carga vía aérea y al emitirse la correspondiente guía que la
ampara, junto con ella viajan los documentos de embarque que se originan con motivo
de la misma, por ejemplo: factura comercial, certificado de origen, packing list etc..
Estos son entregados al importador en el país de destino junto con la guía aérea original.
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Packing list – Lista de empaque
Su finalidad es informar el contenido, peso bruto y neto de la mercadería a ser
exportada, de acuerdo a como se encuentra embalada.
La emite el exportador en hoja membrete de la empresa, y los principales datos que
figuran en ella son:
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Datos del exportador.
Datos del importador.
Marcas y números de los bultos.
Lugar y fecha de emisión.
Modo de embarque
Cantidad de bultos y descripción de la mercadería.
Total de los pesos brutos y netos.
Tipo de embalaje.
Firma y sello del exportador.
Habitualmente, este documento no es muy exigido en las operaciones de comercio
internacional, dependiendo este factor de la naturaleza de las mercaderías.
Por lo general, se lo solicita en grandes embarques, o en aquellos donde existen
variedad de tipos de mercadería.
Si el embarque contiene un solo tipo de mercadería, este documento puede ser obviado.
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Certificado de origen
Este documento certifica el origen de las mercaderías del país de exportación, para ser
presentado por el importador, ya que existen acuerdos de preferencia arancelaria entre
los países.
Cada país beneficiario determina el organismo autorizado para emitirlo, por ejemplo en
nuestro país lo emite la Cámara Argentina de Comercio y la Cámara de Exportadores de
la Republica Argentina.
Se emite en Original y 2 copias y no puede tener enmiendas ni raspaduras. Su plazo de
validez es de 180 días desde que es emitido y no puede tener fecha anterior a la de la
emisión de la factura comercial que ampara el embarque.

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