COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS

Transcripción

COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
Tema
PAN
PRI
PRD
Nueva Ley o Reformas a
la vigente
Nueva Ley General de
Fiscalización y Rendición de
Cuentas
Reformas a la Ley Vigente
Nueva Ley de Fiscalización y
Rendición de Cuentas
El orden es diferente, comienza
por definir y describir a la ASF
(elección del titular, funciones,
régimen laboral, etc,)
Programa para la
Fiscalización del Gasto
Federalizado
Incluye
participaciones
federales y el ejercicio de los
recursos federales que se
transfieren a las entidades
federativas, a los municipios y
las alcaldías de la Ciudad de
México.
Se otorga a la Comisión de
Vigilancia de la Cámara la
obligación de atender las
sugerencias
que
juzgue
convenientes
tanto
del
CONEVAL como del INEGI que
al efecto resulten procedentes
respecto de los programas
sociales.
Información y/o
Coordinación con
CONEVAL
Excluye
participaciones Esta dirigido únicamente
federales y se dirige únicamente recursos federales.
a recursos federales.
Se establece un mecanismo de No se contempla.
coordinación entre la Auditoría y
CONEVAL
para
que
no
dupliquen las evaluaciones de
desempeño.
El CONEVAL debe ser el
responsable de llevar a cabo
dichas
evaluaciones
y
coordinarse con la Auditoría
para
el
resto
de
las
evaluaciones.
a
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
Fiscalización de
Participaciones Federales
Se llevará a cabo conforme a
los lineamientos y directrices
que para tal efecto emita la
ASF, con participación del SNF
y control previo de la Comisión
de Vigilancia.
Se establecen 5 criterios
objetivos para que la ASF
fiscalice de forma directa las
participaciones.
Dictaminación de la
cuenta pública
Informe General Ejecutivo
y los Informes
Individuales
Se parte de un criterio de
excepción. Se llevará a cabo
conforme a los lineamientos
técnicos que señale la ASF, sin
perjuicio de que podrá llevar a
cabo
la
fiscalización
directamente.
Los lineamientos tendrán por
objeto mejorar la fiscalización
de las participaciones que
ejerzan
las
entidades
federativas, los municipios y las
alcaldías de la Ciudad de
México.
No
se
contempla ningún
supuesto nuevo.
Se preeve un nuevo supuesto
en caso de que el dictamen no
sea aprobado:
“será
sometido
para
su
discusión y votación por el
Pleno de la Cámara de
Diputados como primer punto
del orden del día de los temas a
discusión en la sesión ordinaria
siguiente a la fecha mencionada
en el párrafo anterior. “
Se prevé un capítulo específico Se establece menor contenido
para el contenido tanto del mínimo para el Informe General
Informe General Ejecutivo como Ejecutivo.
para los informes individuales.
En los individuales se establece
Se parte de un criterio de
excepción. Podrá ejercer las
facultades de fiscalización de
manera directa cuando exista
una denuncia sobre el destino y
ejercicio de los recursos, o
cuando
la
entidad
de
fiscalización del Estado se
niegue a celebrar convenio de
colaboración, en términos del
Título siguiente.
No
se
contempla
supuesto nuevo.
ningún
Se
establece
el
mismo
contenido mínimo para los
informes individuales y el
Informe General .
2
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
como contenido del mismo un
apartado que contenga la
relación de los despachos o
profesionales
independientes
contratados,
las
auditorías
realizadas
por
estos,
el
contenido de las auditorías y
una
relación
de
las
recomendaciones
y
observaciones que emitieron.
Informe sobre la
Estabilidad de las
Finanzas Públicas
Se establece obligación de No se contempla.
presentar un análisis sobre la
Situación
Económica,
las
Finanzas Públicas y la Deuda
Pública del ejercicio fiscal
correspondiente, y explique, en
su caso, las
variaciones
respecto de las estimaciones
establecidas en los Criterios
Generales
de
Política
Económica para la Iniciativa de
Ley de Ingresos y el Proyecto
de Presupuesto Egresos de la
Federación
Para el análisis de dichos
informes la Comisión deberá́
coordinarse con el Sistema
Nacional
Anticorrupción
y
realizar discusiones publicas.
La Comisión someterá́
a
consideración del Pleno el
dictamen que realice respecto
de los informes individuales, el
Informe General y el contenido
de la Cuenta Pública a más
tardar el 30 de abril del año
siguiente al de la presentación
de la Cuenta Pública
Incluye la elaboración de un
Programa que deberá:
I. verificar que programas y
proyectos que rebasen 10
millones de Unidades de
Inversión puedan generar un
beneficio social neto bajo
supuestos razonables;
II. Verificar que las operaciones
de
Financiamiento
se
contrataron bajo las mejores
condiciones de mercado y de
3
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
competencia económica;
III.
Tratándose
de
la
contratación de Financiamientos
u Obligaciones a través del
mercado bursátil, verificar que la
entidad fiscalizada fundamentó
y motivo la decisión.
Facultad de
Investigación respecto de
hechos de corrupción
Unidad de Evaluación y
Control
Se mencionan y desarrollan las No las desarrolla
funciones de investigación de la
ASF
respecto
de
faltas
administrativas graves.
Si contempla la facultad de
investigación para hecho de
corrupción
Para el efecto de apoyar a la No se modifican las funciones ni
Comisión en el cumplimiento de la estructura de la Unidad.
sus atribuciones existirá la
Unidad, encargada de vigilar el
estricto cumplimiento de las
funciones a cargo de los
servidores públicos de la
Auditoría
Superior
de
la
Federación, la cual formará
parte de la estructura de la
Comisión será un órgano de
apoyo legislativo subordinado a
la Comisión.
No se propone nada
Para el efecto de apoyar a la
Comisión en el cumplimiento de
sus atribuciones existirá la
Unidad, encargada de vigilar el
estricto cumplimiento de las
funciones a cargo de las y los
servidores públicos de la
Auditoría, la cual formará parte
de la estructura de la Comisión.
No se propone
Se establece la facultad de
recibir
observaciones
y
4
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
recomendaciones del Comité de
Participación Ciudadana, para la
evaluación de la ASF.
No se propone nada
Mantiene el esquema vigente.
Se propone un nuevo esquema
para el nombramiento del Titular
la Unidad por terna del CPC.
Órganos Internos de
Control
Contraloría Social
Designación del auditor
Régimen Laboral
No se desarrolla en esta Ley la Al
contemplar
las
participación de los órganos responsabilidades no graves en
internos de control.
la Ley de Responsabilidades
desarrollan lo relativo a la
participación de los órganos
internos de control.
La Comisión y la Unidad de Se deja como esta actualmente.
Evaluación y Control recibirán
opiniones,
solicitudes
y
denuncias de parte de la
sociedad civil.
Se proponen esquemas de No se propone nada
mayores
transparencia
y
publicidad
para
el
nombramiento del Auditor
No se contempla.
No se contempla.
Contempla lo relativo a la
participación de los órganos
internos de control.
No se contempla una contraloría
social.
Se proponen esquemas de
mayores
transparencia
y
publicidad
para
el
nombramiento del Auditor
La Auditoría contará con un
servicio fiscalizador de carrera.
Los servidores públicos de la
Auditoría se clasifican en
trabajadores de confianza y
5
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
Comité de Participación
Ciudadana
Se
contemplan
atribuciones como:
trabajadores de base, y se
regirán por el Apartado B del
artículo 123 de la Constitución.
varias No se contempla la participación Incorporá mayores atribuciones
del Comité.
como:
I. Conocer y opinar sobre el
Programa General de Auditorías
y el Programa Anual de
Auditorías de la Auditoría;
II. Presentar denuncias cuando
se detecten irregularidades en
el uso de los recursos públicos;
Sistema Nacional de
Fiscalización
III. Proponer a la Auditoría, la
práctica de revisiones a la
información
financiera
gubernamental y auditorías
específicas para que sean
incluidas en el Programa Anual
de Auditorías.
Solo se contempla la facultad No se contempla
del Auditor de coordinar el SNF,
sin embargo hay un capítulo
específico en la Ley del SNA.
I. Turnar a la Comisión para su
atención, las quejas y denuncias
que reciba en contra de los
servidores públicos de la
Auditoría Superior;
II. Opinar ante la Comisión
sobre el desempeño del Auditor;
III. Vigilar el cumplimiento de las
atribuciones de la Auditoría; y
Desarrolla el Sistema Nacional
de Fiscalización como el
conjunto
de
mecanismos
interinstitucionales
de
coordinación entre los órganos
responsables de las tareas de
auditoría gubernamental en los
distintos órdenes de gobierno,
6
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
con el objetivo de maximizar la
cobertura y el impacto de la
fiscalización en todo el país, con
base en una visión estratégica
que contempla el principio de
progresividad de los derechos
humanos, la aplicación de
estándares
profesionales
similares,
la
creación
de
capacidades y el intercambio
efectivo de información, sin
incurrir en duplicidades u
omisiones.
Ejercicio de la acción
resarcitoria ante el
Tribunal
Asociaciones Público
Privadas y Proyectos de
Prestación de Servicios
No
se
contempla
el No
se
contempla
procedimiento en esta Ley, sino procedimiento en esta Ley.
en la de Responsabilidades de
los Servidores Públicos.
No se contempla.
No se contempla.
El Sistema contará con un
Comité Rector, conformado por
los integrantes del mismo y
estará encabezado por la
persona titular de la Auditoría.
el Desarrolla el procedimiento en
esta Ley.
Tratándose de obligaciones que
se deriven de contratos de
Asociaciones Público- Privadas
y Proyectos de Prestación de
Servicios, los sujetos obligados
deberán presentar a la Auditoria
la información relativa al monto
7
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
de inversión del proyecto a valor
presente y el pago mensual del
servicio, identificando la parte
correspondiente al pago de
inversión, el plazo del contrato,
proveedor,
así
como
las
erogaciones pendientes de
pago.
Subsistema Nacional de
Evaluación
No se contempla.
No se contempla.
La Secretaría de Hacienda y
Crédito Público y las haciendas
de los Estados y Municipios,
deberán informar a la Auditoria
de los montos máximos anuales
de inversión por proyecto, a fin
de
atender
la
inversión
requerida tanto de los nuevos
proyectos que pretendan iniciar
las dependencias o entidades
durante el siguiente ejercicio
fiscal, como de aquéllos ya
autorizados, incluyendo, en su
caso, las actualizaciones de
éstos últimos.
La Auditoría Superior de la
Federación, en coordinación
con
los
organismos
constitucionalmente autónomos
y la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público y en el marco
8
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
Sistema de Alertas
No se contempla.
No se contempla.
Registro Único de
Financiamientos y
Obligaciones
No se contempla.
No se contempla.
del
Sistema
Nacional
Anticorrupción,
deberá
establecer
las
bases
del
Subsistema
Nacional
de
Evaluación, el cual tendrá como
finalidad evaluar el accionar del
sector público, garantizar la
rendición
de
cuentas
y
retroalimentar la toma de
decisiones.
La Auditoria elaborará un
Sistema de Alertas que generé
indicadores
de
solvencia,
liquidez y riesgos a partir del
registro,
seguimiento
y
sistematización
de
las
obligaciones,
financiamiento,
deuda contingente y todo
instrumento jurídico que se
pueda
convertir
en
un
compromiso financiero para las
finanzas públicas.
La Secretaría de Hacienda y
Crédito Público deberá llevar un
registro único, de manera
enunciativa más no limitativa de
los
financiamientos
y
obligaciones
contraídas
o
emitidas
de
los
sujetos
obligados por esta Ley
9
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN
10

Documentos relacionados