COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS
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COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS
COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Tema PAN PRI PRD Nueva Ley o Reformas a la vigente Nueva Ley General de Fiscalización y Rendición de Cuentas Reformas a la Ley Vigente Nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas El orden es diferente, comienza por definir y describir a la ASF (elección del titular, funciones, régimen laboral, etc,) Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado Incluye participaciones federales y el ejercicio de los recursos federales que se transfieren a las entidades federativas, a los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México. Se otorga a la Comisión de Vigilancia de la Cámara la obligación de atender las sugerencias que juzgue convenientes tanto del CONEVAL como del INEGI que al efecto resulten procedentes respecto de los programas sociales. Información y/o Coordinación con CONEVAL Excluye participaciones Esta dirigido únicamente federales y se dirige únicamente recursos federales. a recursos federales. Se establece un mecanismo de No se contempla. coordinación entre la Auditoría y CONEVAL para que no dupliquen las evaluaciones de desempeño. El CONEVAL debe ser el responsable de llevar a cabo dichas evaluaciones y coordinarse con la Auditoría para el resto de las evaluaciones. a COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Fiscalización de Participaciones Federales Se llevará a cabo conforme a los lineamientos y directrices que para tal efecto emita la ASF, con participación del SNF y control previo de la Comisión de Vigilancia. Se establecen 5 criterios objetivos para que la ASF fiscalice de forma directa las participaciones. Dictaminación de la cuenta pública Informe General Ejecutivo y los Informes Individuales Se parte de un criterio de excepción. Se llevará a cabo conforme a los lineamientos técnicos que señale la ASF, sin perjuicio de que podrá llevar a cabo la fiscalización directamente. Los lineamientos tendrán por objeto mejorar la fiscalización de las participaciones que ejerzan las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México. No se contempla ningún supuesto nuevo. Se preeve un nuevo supuesto en caso de que el dictamen no sea aprobado: “será sometido para su discusión y votación por el Pleno de la Cámara de Diputados como primer punto del orden del día de los temas a discusión en la sesión ordinaria siguiente a la fecha mencionada en el párrafo anterior. “ Se prevé un capítulo específico Se establece menor contenido para el contenido tanto del mínimo para el Informe General Informe General Ejecutivo como Ejecutivo. para los informes individuales. En los individuales se establece Se parte de un criterio de excepción. Podrá ejercer las facultades de fiscalización de manera directa cuando exista una denuncia sobre el destino y ejercicio de los recursos, o cuando la entidad de fiscalización del Estado se niegue a celebrar convenio de colaboración, en términos del Título siguiente. No se contempla supuesto nuevo. ningún Se establece el mismo contenido mínimo para los informes individuales y el Informe General . 2 COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN como contenido del mismo un apartado que contenga la relación de los despachos o profesionales independientes contratados, las auditorías realizadas por estos, el contenido de las auditorías y una relación de las recomendaciones y observaciones que emitieron. Informe sobre la Estabilidad de las Finanzas Públicas Se establece obligación de No se contempla. presentar un análisis sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública del ejercicio fiscal correspondiente, y explique, en su caso, las variaciones respecto de las estimaciones establecidas en los Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto Egresos de la Federación Para el análisis de dichos informes la Comisión deberá́ coordinarse con el Sistema Nacional Anticorrupción y realizar discusiones publicas. La Comisión someterá́ a consideración del Pleno el dictamen que realice respecto de los informes individuales, el Informe General y el contenido de la Cuenta Pública a más tardar el 30 de abril del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública Incluye la elaboración de un Programa que deberá: I. verificar que programas y proyectos que rebasen 10 millones de Unidades de Inversión puedan generar un beneficio social neto bajo supuestos razonables; II. Verificar que las operaciones de Financiamiento se contrataron bajo las mejores condiciones de mercado y de 3 COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN competencia económica; III. Tratándose de la contratación de Financiamientos u Obligaciones a través del mercado bursátil, verificar que la entidad fiscalizada fundamentó y motivo la decisión. Facultad de Investigación respecto de hechos de corrupción Unidad de Evaluación y Control Se mencionan y desarrollan las No las desarrolla funciones de investigación de la ASF respecto de faltas administrativas graves. Si contempla la facultad de investigación para hecho de corrupción Para el efecto de apoyar a la No se modifican las funciones ni Comisión en el cumplimiento de la estructura de la Unidad. sus atribuciones existirá la Unidad, encargada de vigilar el estricto cumplimiento de las funciones a cargo de los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, la cual formará parte de la estructura de la Comisión será un órgano de apoyo legislativo subordinado a la Comisión. No se propone nada Para el efecto de apoyar a la Comisión en el cumplimiento de sus atribuciones existirá la Unidad, encargada de vigilar el estricto cumplimiento de las funciones a cargo de las y los servidores públicos de la Auditoría, la cual formará parte de la estructura de la Comisión. No se propone Se establece la facultad de recibir observaciones y 4 COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN recomendaciones del Comité de Participación Ciudadana, para la evaluación de la ASF. No se propone nada Mantiene el esquema vigente. Se propone un nuevo esquema para el nombramiento del Titular la Unidad por terna del CPC. Órganos Internos de Control Contraloría Social Designación del auditor Régimen Laboral No se desarrolla en esta Ley la Al contemplar las participación de los órganos responsabilidades no graves en internos de control. la Ley de Responsabilidades desarrollan lo relativo a la participación de los órganos internos de control. La Comisión y la Unidad de Se deja como esta actualmente. Evaluación y Control recibirán opiniones, solicitudes y denuncias de parte de la sociedad civil. Se proponen esquemas de No se propone nada mayores transparencia y publicidad para el nombramiento del Auditor No se contempla. No se contempla. Contempla lo relativo a la participación de los órganos internos de control. No se contempla una contraloría social. Se proponen esquemas de mayores transparencia y publicidad para el nombramiento del Auditor La Auditoría contará con un servicio fiscalizador de carrera. Los servidores públicos de la Auditoría se clasifican en trabajadores de confianza y 5 COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Comité de Participación Ciudadana Se contemplan atribuciones como: trabajadores de base, y se regirán por el Apartado B del artículo 123 de la Constitución. varias No se contempla la participación Incorporá mayores atribuciones del Comité. como: I. Conocer y opinar sobre el Programa General de Auditorías y el Programa Anual de Auditorías de la Auditoría; II. Presentar denuncias cuando se detecten irregularidades en el uso de los recursos públicos; Sistema Nacional de Fiscalización III. Proponer a la Auditoría, la práctica de revisiones a la información financiera gubernamental y auditorías específicas para que sean incluidas en el Programa Anual de Auditorías. Solo se contempla la facultad No se contempla del Auditor de coordinar el SNF, sin embargo hay un capítulo específico en la Ley del SNA. I. Turnar a la Comisión para su atención, las quejas y denuncias que reciba en contra de los servidores públicos de la Auditoría Superior; II. Opinar ante la Comisión sobre el desempeño del Auditor; III. Vigilar el cumplimiento de las atribuciones de la Auditoría; y Desarrolla el Sistema Nacional de Fiscalización como el conjunto de mecanismos interinstitucionales de coordinación entre los órganos responsables de las tareas de auditoría gubernamental en los distintos órdenes de gobierno, 6 COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN con el objetivo de maximizar la cobertura y el impacto de la fiscalización en todo el país, con base en una visión estratégica que contempla el principio de progresividad de los derechos humanos, la aplicación de estándares profesionales similares, la creación de capacidades y el intercambio efectivo de información, sin incurrir en duplicidades u omisiones. Ejercicio de la acción resarcitoria ante el Tribunal Asociaciones Público Privadas y Proyectos de Prestación de Servicios No se contempla el No se contempla procedimiento en esta Ley, sino procedimiento en esta Ley. en la de Responsabilidades de los Servidores Públicos. No se contempla. No se contempla. El Sistema contará con un Comité Rector, conformado por los integrantes del mismo y estará encabezado por la persona titular de la Auditoría. el Desarrolla el procedimiento en esta Ley. Tratándose de obligaciones que se deriven de contratos de Asociaciones Público- Privadas y Proyectos de Prestación de Servicios, los sujetos obligados deberán presentar a la Auditoria la información relativa al monto 7 COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN de inversión del proyecto a valor presente y el pago mensual del servicio, identificando la parte correspondiente al pago de inversión, el plazo del contrato, proveedor, así como las erogaciones pendientes de pago. Subsistema Nacional de Evaluación No se contempla. No se contempla. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las haciendas de los Estados y Municipios, deberán informar a la Auditoria de los montos máximos anuales de inversión por proyecto, a fin de atender la inversión requerida tanto de los nuevos proyectos que pretendan iniciar las dependencias o entidades durante el siguiente ejercicio fiscal, como de aquéllos ya autorizados, incluyendo, en su caso, las actualizaciones de éstos últimos. La Auditoría Superior de la Federación, en coordinación con los organismos constitucionalmente autónomos y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en el marco 8 COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Sistema de Alertas No se contempla. No se contempla. Registro Único de Financiamientos y Obligaciones No se contempla. No se contempla. del Sistema Nacional Anticorrupción, deberá establecer las bases del Subsistema Nacional de Evaluación, el cual tendrá como finalidad evaluar el accionar del sector público, garantizar la rendición de cuentas y retroalimentar la toma de decisiones. La Auditoria elaborará un Sistema de Alertas que generé indicadores de solvencia, liquidez y riesgos a partir del registro, seguimiento y sistematización de las obligaciones, financiamiento, deuda contingente y todo instrumento jurídico que se pueda convertir en un compromiso financiero para las finanzas públicas. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá llevar un registro único, de manera enunciativa más no limitativa de los financiamientos y obligaciones contraídas o emitidas de los sujetos obligados por esta Ley 9 COMPARATIVO SUSTANCIAL DE LAS PROPUESTAS SOBRE LA LEY DE FISCALIZACIÓN 10