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El Peruano Jueves 9 de enero de 2014 513908 INTERIOR Disponen que la Secretaría General del Ministerio efectúe las acciones necesarias para la prepublicación del Proyecto del Código Administrativo de Contravenciones de Policía RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2014-IN Lima, 7 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 29915 que delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de fortalecimiento institucional del Sector Interior, se dictaron diversos Decretos Legislativos, entre otros, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; Que, en la Sexta Disposición Complementaria Transitoria de la referida norma, se dispuso la aprobación de un Código Administrativo de Contravenciones de Policía; Que, el citado Código Administrativo es un instrumento jurídico de suma importancia para extender el control social del Estado hacia las conductas que, si bien no constituyen faltas o delitos tipificados por la ley penal, afectan la convivencia, la paz y la tranquilidad de la ciudadanía en general; por lo que también deben ser sancionadas, respetando los parámetros del derecho fundamental al debido proceso en sede administrativa; Que, la Comisión Sectorial de Implementación de la Reforma y Modernización de la Policía Nacional del Perú, creada mediante Resolución Ministerial Nº 016-2013-IN, ha cumplido con la elaboración del proyecto de Código Administrativo antes señalado; Que, toda reforma policial requiere contar con la participación de los efectivos policiales, por lo que resulta necesario que los señores Oficiales y Sub Oficiales de la Policía Nacional del Perú, en las situaciones de actividad, disponibilidad y retiro, puedan efectuar sugerencias y comentarios respecto al contenido y alcances del mencionado código; Que, asimismo, resulta necesario recibir y consolidar los aportes de las entidades públicas e instituciones de la sociedad civil interesadas en la materia; Que, por lo expuesto, resulta conveniente disponer las acciones necesarias para la prepublicación del proyecto del Código Administrativo de Contravenciones de Policía; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Decreto Legislativo Nº 1148; Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que la Secretaría General del Ministerio del Interior efectúe las acciones necesarias para la prepublicación del Proyecto del Código Administrativo de Contravenciones de Policía, en las páginas web www. mininter.gob.pe y www.pnp.gob.pe Las sugerencias y comentarios sobre el referido proyecto deberán ser remitidos al correo electrónico Có[email protected], en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2.- Las Direcciones Nacionales, las Direcciones Ejecutivas, las Jefaturas Regionales, los Frentes Policiales, las Direcciones Territoriales y las Divisiones Policiales, dispondrán las medidas correspondientes para difundir el referido proyecto entre el personal policial asignado a tales dependencias. Artículo 3.- El Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior queda encargado de evaluar y sistematizar las sugerencias y aportes recibidos, en el término de cinco (5) días hábiles luego de concluido el plazo señalado en el artículo 1. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1035323-1 Otorgan plazo adicional para recibir sugerencias y comentarios al proyecto de Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 010-2014-IN Lima, 7 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 29915 que delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de fortalecimiento institucional del Sector Interior, se dictaron diversos Decretos Legislativos, entre otros, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1135; Que la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la referida norma, modificó el artículo 3 de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; creando el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en esta materia, destinado a garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, en tal virtud, mediante Resolución Ministerial N° 1522-2013-IN, se dispuso que la Secretaría General del Ministerio de Interior establezca las acciones pertinentes para la pre publicación del proyecto de Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, elaborado por la Comisión Sectorial creada para tal efecto; Que, la referida Resolución Ministerial otorgó un plazo de siete (7) días hábiles para recibir sugerencias y comentarios respecto al contenido del proyecto de Reglamento precitado; Que, resulta necesario otorgar un plazo adicional al señalado anteriormente, a fin de recibir y consolidar los aportes de las entidades públicas e instituciones de la sociedad civil que están involucradas en el desarrollo del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; la Ley N° 30055, Ley que modifica la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar un plazo adicional de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución, para recibir sugerencias y comentarios al proyecto de Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana que se encuentra pre publicado en las páginas web: www.mininter.gob.pe y www.conasec.gob.pe. Las sugerencias y comentarios deberán ser remitidos al correo electrónico: [email protected] Artículo 2.- Las Direcciones Nacionales, las Direcciones Ejecutivas, las Jefaturas Regionales, los Frentes Policiales, las Direcciones Territoriales y las Divisiones Policiales, dispondrán las medidas correspondientes para difundir el referido proyecto entre el personal policial asignado a tales dependencias. Artículo 3.- El Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior queda encargado de incorporar en el proyecto las sugerencias y aportes alcanzados, en el término de cinco (5) días hábiles luego de concluido el plazo citado en el artículo 1. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1035323-2