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enc ave enc ave de ey de ey Las inquietudes de la investigación privada, a debate El pasado mes de marzo, el Hotel Meliá Castilla de Madrid fue testigo del tercer “Enclave de Ley” organizado por Seguritecnia, en este caso dedicado a la investigación privada. Durante el encuentro, los invitados realizaron una valoración positiva de la nueva Ley de Seguridad Privada, si bien manifestaron su deseo de que el futuro Reglamento contemple cuestiones como la posibilidad de hacer coincidir la sede física del despacho con la comercial, intentar que los seguros de responsabilidad civil y de caución sean asequibles, fomentar la bidireccionalidad en el intercambio de información con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o luchar contra el intrusismo definiendo, por ejemplo, el ámbito de actuación de las emergentes empresas “de inteligencia”. Por Bernardo Valadés A Patrocinado por 1 l hablar de detectives privados suele venirnos a la mente el popular Sherlock Holmes, personaje creado por sir Arthur Conan Doyle hace más de un siglo y magníficamente interpretado por actores de la talla de Basil Rathbone, Peter Cushin y Jeremy Brett. O el no menos singular Hercules Poirot, fruto de la imaginación de Agatha Christie. Pero, en la actualidad, esa figura clásica, e instalada en el imaginario colectivo, de investigador con lupa –que a muchos, por cierto, incomoda– no se corresponde con la realidad de unos profesionales a los que la nueva Ley de Seguridad Privada presta mayor atención que la anterior. Por ello, para conocer su opinión sobre la norma aprobada en abril de 2014 y las inquietudes que les suscita el Reglamento que la armonizará, Seguritecnia organizó el pasado mes de marzo un nuevo “Enclave de Ley” – el tercero tras los dedicados a la seguridad en grandes eventos y los nuevos servicios de seguridad–, con el patrocinio de la Fundación Borredá. Moderado en esta ocasión por Enrique González, redactor jefe de nuestra publicación, en el encuentro tomaron parte Eva Grueso y Francisco Iglesias, presidenta y delegado en la Comunidad de Madrid, respectivamente, de la Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE); Enrique Arranz, presidente del Colegio Oficial de Detectives Privados de Cataluña; José Pimentel, secretario general de la Asociación Nacional de Agencias de Detectives Privados de España (ANADPE); Javier Sandoval, presidente de la Asociación Internacional de Detectives Privados (ASINDEP); y Juan Carlos Cabanach, presidente de la Asociación de Empresas de Detecti- SEGURITECNIA Abril 2015 enc ave enc ave de ey de ey ves Privados (AEDP). Representando a la Administración y con el objetivo de escuchar y despejar en la medida de lo posible las dudas que pudieran surgir a los profesionales de la investigación privada, también estuvo presente el comisario Esteban Gándara, jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía. ros de responsabilidad civil y de caución”, que han de ser suscritos a tenor del artículo 24 (Apertura de despachos de detectives privados) de la norma. “Hemos realizado diversas gestiones y no encontramos aseguradoras que cubran dichas coberturas”, advirtió. Y en sintonía con sus colegas, José Pimentel valoró positivamente la Ley. Con el fin de no provocar demoras en el servicio, los profesionales de la investigación privada creen que la TIP es suficiente para identificarse ante los agentes Valoración positiva Llegado el momento de abrir fuego, se solicitó a los asistentes una breve valoración de la nueva Ley de Seguridad Privada un año después de su aprobación. Eva Grueso consideró que, en líneas generales, la norma es positiva, entre otras razones “porque los propios detectives nos hemos preocupado de estudiarla”. Al respecto, tal y como quedó patente en el III Congreso Nacional de Seguridad Privada celebrado en noviembre de 2014, conviene recordar que asociaciones como APDPE se han implicado activamente en la redacción de propuestas para el futuro Reglamento. Por su parte, Francisco Iglesias apuntó que, bajo su punto de vista, se ha pasado “de una fase de rechazo tangencial a la Ley a una aceptación de la misma. Está claro que tiene virtudes, pero también aspectos que deben desarrollarse”. En cuanto a Juan Carlos Cabanach, hizo una lectura “muy positiva” de la norma. “Creo que profesionaliza al sector de la investigación privada. A la espera del nuevo Reglamento, soy optimista y estoy a favor del cambio legislativo”, manifestó. Por lo que respecta a Javier Sandoval, expresó un grado de consenso con la nueva Ley “muy elevado”, si bien advirtió que en la asociación que preside preocupan cuestiones como “los segu- SEGURITECNIA Abril 2015 “En mi opinión, no ha suscitado rechazo. Fija bien los criterios, aunque algunos se podrían haber perfilado más. Pero, en líneas generales, es positiva”, comentó. Eva Grueso Presidenta de APDPE. “Sería un error solicitar un catálogo de actividades. La Administración es la que tiene en su mano detectar el intrusismo e ir contra él” Cuestión de ‘fronteras’ Como suele suceder en los “Enclave de Ley”, el debate, acalorado y animado por momentos, se salió del guión establecido. Así, antes de abordar el siguiente tema previsto, Enrique Arranz abrió un nuevo filón tras considerar, al igual que Juan Carlos Cabanach, que la Ley de Seguridad Privada “ha dado un toque más profesional” al colectivo. “Pero, por la parte que me toca, hay puntos que no han quedado claros, especialmente en lo relativo a las competencias, que nos lleva en Cataluña a situaciones, cuando menos, paradójicas. Si un detective pisa territorio catalán ya es motivo suficiente para inspeccionarle”, expuso. Eva Grueso refrendó el argumento de su colega advirtiendo: “Si yo tengo el despacho en Madrid y cruzo la frontera de Cataluña, he de comunicarlo. Es una situación para llevarse las manos a la cabeza”, se lamentó. Llegados a este punto, Esteban Gándara esclareció que si la apertura de un despacho de detectives se comunica a la Administración central, el mismo “tiene un ámbito de actuación nacional, es evidente. Pero en caso de Francisco Iglesias Delegado de APDPE en la Comunidad de Madrid. “Podemos estar sujetos a posibles represalias si el domicilio laboral coincide con el particular. Es algo que habría que tener en cuenta” 2 enc ave enc ave de ey de ey Juan Carlos Cabanach Presidente de AEDP “En ocasiones, no estaría de más anticiparse y comunicar a los agentes que estás realizando una investigación para evitar así problemas” realizar dicho trámite en las dos comunidades autónomas –Cataluña y País Vasco– que tienen competencias en materia de seguridad privada, su actividad ha de ceñirse al territorio donde ha solicitado la autorización o presentado la declaración responsable”, tal y como precisa el artículo 24 de la Ley. Para intentar despejar las dudas de Arranz y Grueso, el comisario jefe se preguntó: “¿Qué van a inspeccionar en Cataluña al detective privado que llega de fuera? ¿El servicio que está prestando? Muy bien, pero éste no ha de ser comunicado. Y este asunto lo tendrá que aclarar el Reglamento. Permitidme un ejemplo: un servicio de escolta se autoriza en Huelva. Si la persona custodiada va a Barcelona, ¿se tiene que comunicar su entrada en la ciudad? Evidentemente, no”. Sede física Otro de los temas que preocupa a los detectives es su sede laboral. En concreto, el apartado 2 del citado artículo 24 de la Ley insta a “fijar un domicilio como sede física del despacho en el que se desarrollará la actividad, se llevará el libro-registro y se encontrará el archivo de los expedientes de contratación y de los informes de investigación”. Sobre dicha cuestión, Eva Grueso sopesó la posibilidad de contar con una oficina ubicada, por ejemplo, “en un centro de negocios y cuya dirección fuese la que figurase en el Registro Nacional de Seguridad Privada. Sería ahí donde se dirigirían las reclamaciones y se llevarían a cabo las inspecciones para verificar que, efectivamente, somos detectives habilitados”. Y Francisco Iglesias fue más allá al razonar que la sede comercial podría brindarles una mayor seguridad. “No se debe olvidar que, teniendo en cuenta la especialidad que desempeñamos, podemos estar sujetos a posibles represalias y que en muchos casos el domicilio laboral coincide con el particular. Es un razonamiento que habría que tener en cuenta”, solicitó. De la misma opinión fue Enrique Arranz al mostrar su preocupación “por dar de alta un despacho en el mismo domicilio donde el detective vive con su esposa e hijos. Y sí, se nos dice que podemos tener una oficina comercial, pero junto al aval o las medidas de seguridad representa un gasto más que dificulta nuestra actividad”. A dichos requerimientos, Esteban Gándara se mostró receptivo. “Probablemente”, avanzó, “el Reglamento tendrá que valorar la naturaleza de la sede física del despacho cuando pueda constituir el domicilio particular del detective. Esa será, posiblemente, la única excepción que contemplará. Sería lógico”. Pero insistió en la necesidad de contar con una sede física para evitar “los despachos deambulantes. Éste es un importante cambio que introduce la Ley. Se acabó el detective con el libro de registro a cuestas”. Respecto a la posibilidad, planteada por Javier Sandoval, de que una sede comercial pudiese ser compartida por varios detectives –pensando, sobre Javier Sandoval Presidente de ASINDEP. “El grado de consenso de la Ley es muy elevado, pero en nuestra asociación preocupan cuestiones como los seguros de responsabilidad civil y de caución” 3 SEGURITECNIA Abril 2015 enc ave enc ave de ey de ey todo, en los autónomos sin demasiados recursos económicos que acceden al sector–, el comisario jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada mostró cierto escepticismo. “Lo más probable es que el Reglamento diga que una sede comercial no pueda ser compartida. En el caso del despacho, indudablemente no, porque su actividad es exclusiva y excluyente”, matizó. Y con el fin de dejar clara la diferencia entre sedes físicas (despacho) y comerciales, subrayó que el Reglamento, a priori, “no será contrario a estas últimas, cuya función deberá ser la que su nombre indica. Y llegado el caso, podrían inspeccionarse para verificar que allí no se está llevando a cabo una actividad de seguridad privada ni que en la misma se encuentra el libro de registro o los expedientes”. Puestos a esclarecer cuestiones, Gándara recordó que las medidas de seguridad exigibles a los despachos “no son para asegurar al detective, sino la información, resultado de su trabajo y de la que es custodio”. Una exposición compartida por Enrique Arranz, quien requirió, además, que las medidas sean “razonables”. “Al hilo de lo que he comentado anteriormente, si a los seguros de responsabilidad social y caución sumas una serie de desembolsos en materia de seguridad, abrir o gestionar un despacho se complica…”. Seguros y sanciones Precisamente, los seguros de responsabilidad social y caución constituyeron el siguiente asunto a debatir. En relación con el primero, los integrantes de la mesa lo consideraron positivo para, según apuntó Enrique Arranz, “evitar problemas”. Más preciso, José Pimentel planteó que la cuantía del mismo fuese “menos gravosa” y, en consecuencia, “más asequible”. Sobre el aval o seguro de caución, el secretario general de ANADPE reveló que su asociación propuso que fuese de 6.000 euros “para cubrir, al menos, dos infracciones graves”. Esteban Gándara trató de calmar los ánimos argumentando: “no se trata de que el despacho tenga que avalar SEGURITECNIA Abril 2015 600.000 euros, una barrera de entrada excesivamente elevada con una probabilidad de ejecución muy baja. En consecuencia, no tiene justificación. Por lo tanto, se ha de bajar esa barrera de acceso al sector para los que no están en él. El aval tendrá que ser proporcional a la posibilidad que trata de asegurar, y siendo así no puede ser a la máxima. Además, que yo recuerde, en la historia de la seguridad privada no se ha puesto nunca una sanción de 600.000 euros”. Identificaciones Tras el habitual coffee break, los profesionales de la investigación privada sacaron a relucir algunas de las dificultades que encuentran a la hora de realizar su actividad. Una de ellas, según Francisco Iglesias, es la identificación de los detectives privados por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Para agilizarlas, propuso una mayor formación de los agentes y la habilitación de un “teléfono centralizado” donde los integrantes de una patrulla puedan consultar los datos del profesional, evitando así “perjuicios directos por esa demora. Además, bastaría mostrar la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) y no sería necesario enseñar el DNI”. Una opinión refrendada por Enrique Arranz, quien sugirió la aprobación de un protocolo de identificación. “Si ya le has mostrado la TIP al agente, éste tiene que cerrar el proceso de la manera menos lesiva posible”, insinuó. Por su experiencia en Baleares, Juan Carlos Cabanach explicó que las identificaciones que se realizan en el archipiélago pueden calificarse de “exquisitas”. Y, lejos de culpabilizar a los representantes de la seguridad pública, hizo un ejercicio de autocrítica: “A veces envías un detective junior a un pueblo para resolver un tema sencillo y cuando llegan los agentes se pone nervioso y complica el asunto. En ocasiones, no estaría de más anticiparse, comunicar que estás realizando una investigación y evitarte así problemas”. Un argumento refrendado por José Pimentel –“siempre he intentado adelantarme a una identificación”, desveló– José Pimentel Secretario general de ANADPE. “Los detectives privados estamos acostumbrados a comunicar delitos. Y la relación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad debe basarse en la confianza” Enrique Arranz Presidente del Colegio Oficial de Detectives Privados de Cataluña. “Están proliferando las empresas que se autodenominan ‘de inteligencia’, pero ¿cómo se las va a regular y controlar?” 4 enc ave enc ave de ey de ey Esteban Gándara Comisario jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada del CNP. “La Ley erradica los despachos ‘deambulantes’. Este es un importante cambio. Se acabó el detective con el libro de registro a cuestas” pero no compartido por Francisco Iglesias, quien reveló que en una pequeña población, al informar a la Guardia Civil de su presencia, “a los diez minutos tenía una patrulla en la calle y al investigado esperándome”. Para zanjar la discusión, Esteban Gándara puso un ejemplo práctico. “Cuando se identifica a un abogado en relación con su labor, se le solicita su documentación profesional. Y si hay dudas sobre su identidad personal, se le pide el DNI. Esto es así y nadie puede considerarse un ser especial o impune. De lo contrario, se vulnerarían leyes superiores. Luego, habrá que ver si la identificación se puede protocolizar o realizarla de mejor manera”, reflexionó. Igualmente, para dar respuesta a Francisco Iglesias, admitió la existencia de un teléfono centralizado, “una especie de 091 para la seguridad privada”. ¿Denuncia o comunicación? En el animado debate también salió a la palestra el cuarto apartado del artículo 37 de la Ley de Seguridad Privada: “Los detectives privados no podrán investigar delitos perseguibles de oficio, debiendo denunciar inmediatamente ante la autoridad competente cualquier hecho de esta naturaleza que llegara a su conocimiento, y poniendo a su disposición toda la información y los instrumentos que pudieran haber obtenido hasta ese momento”. Pero, ¿qué problemática plantea dicho apartado? Para Eva Grueso, el quid de la cuestión es “sustituir el término denunciar por comunicar. Y si los detectives denuncian erróneamente, ¿ello puede ser motivo de responsabilidad civil o penal?”, se preguntó. Un interrogante ampliado por Enrique Arranz: “Si el cliente no tiene obligación de denunciar, ¿por qué lo vamos a hacer nosotros? Además, podrían distinguirse tipos de delito. No es lo mismo atentar contra la salud pública que un hurto interno o el mercadeo con alguna sustancia”. Por el contrario, José Pimentel opinó que el tema de las denuncias no da lugar a ninguna controversia. “Los detectives privados estamos acostumbrados a comunicar delitos. En mi caso, he llevado a cabo operaciones conjuntas con el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil. Y esta relación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad debe basarse en la confianza. Si no es así, mal vamos”, puntualizó. Siempre paciente, y anotando en su libreta los argumentos planteados, Esteban Gándara razonó por qué la Ley dice “denuncia” y no “comunicación”. “Los detectives privados no sois los únicos obligados a denunciar. También están los médicos, a los que las leyes no eximen de ese deber. Y como ellos, vosotros sois profesionales. Es importante el matiz. Por eso en la norma aparece el término “denunciar” y no “comunicar”. Y, lógicamente, no distingue entre tipos de delitos. El Reglamento hablará de ello para esclarecerlo y enmarcarlo”, anticipó. Información y datos Al salir a relucir las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los investigadores privados no dejaron pasar la oportunidad de escenificar su relación con quienes representan a la seguridad pública, haciendo especial hincapié en el intercambio de información, “muy interesante para los despachos de detectives”, según Juan Carlos Cabanach. Un tema que, en opinión de Eva Grueso, se ha de ampliar aún más. “Nos esforzamos en obtener una información que la Administración ya tiene, desde relacionar la matrícula 5 SEGURITECNIA Abril 2015 enc ave enc ave de ey de ey de un vehículo con su titular hasta la vida laboral de un individuo. En este sentido, sería deseable una bidireccionalidad”, propuso. Para Enrique Arranz, la obtención de información y datos suele quedar en papel mojado. “Según la Ley, las entidades privadas de seguridad persiguen un ‘legítimo interés’. Si esto es así, encuentro ilógico, por ejemplo, que los registradores de la propiedad tachen datos de una escritura pública a su antojo. Es un problema grave y absurdo que se debería solventar”. Una propuesta que contó con la aprobación de Javier Sandoval y de Juan Carlos Cabanach, quien reconoció que existen “algunos problemas” para recabar determinados datos, informes, etc. Con una visión más esperanzadora, José Pimentel afirmó que “siempre que la he necesitado, en las sedes policiales me han facilitado la información requerida. De manera especial, me gustaría destacar el buen hacer de la Unidad Central de Seguridad Privada. Luego, la Ley deja una puerta abierta a esa colaboración demandada”. En concreto, el secretario general de ANADPE se refería al artículo 14.3: “Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán facilitar al personal de seguridad privada, en el ejercicio de sus funciones, informaciones que faciliten su evaluación de riesgos y consiguiente implementación de medidas de protección. Si estas informaciones contuvieran datos de carácter personal, sólo podrán facilitarse en caso de peligro real para la seguridad pública o para evitar la comisión de infracciones penales”. Sobre dicha cuestión para la que los detectives privados reclaman una antecedentes penales. Esa no es la finalidad que persigue el intercambio de información”. El comisario tampoco se olvidó de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, precisando que su artículo 22 deja claro que el tratamiento de información “sin consentimiento de las personas afectadas” se limita a “aquellos supuestos y categorías de datos que re- Algunos detectives opinan que la Administración y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberían facilitarles el acceso a cierta información para avanzar en sus investigaciones mayor atención que posibilite un mejor desempeño de su labor y, por lo tanto, redunde en un servicio más eficaz, Esteban Gándara, en respuesta a la solicitud de Eva Grueso, hizo alusión a la norma: “El intercambio de información no puede ser con la Administración, sino con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”, recordó. Y aquélla sólo tiene sentido “en un ámbito concreto, no para facilitar el trabajo de los detectives. No podemos deciros si una persona o empresa es titular de uno o varios vehículos ni si un individuo posee sulten necesarios para la prevención de un peligro real para la seguridad pública o para la represión de infracciones penales”. Mientras no sea así, enfatizó, “las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad no pueden revelar a los investigadores privados, por ejemplo, quién es el titular de un automóvil con una matrícula determinada”. Intrusismo y actividades El “Enclave de Ley”, celebrado en horario vespertino, podría haberse prolongado hasta la madrugada, tal era el in- FUNDACIÓN BORREDÁ, AL SERVICIO DE LA SEGURIDAD La Fundación Borredá es una organización de naturaleza fundacional privada, sin ánimo de lucro. Un proyecto que nació en 2012 para la difusión, promoción, defensa, estudio y fomento de la Seguridad en todos sus ámbitos y profesiones. Durante todo este tiempo la institución ha promovido los comportamientos éticos en el mundo de la Seguridad a través de sus proyectos, apoyando aquellos programas formativos que ayudasen a mejorar las capacidades de los profesionales de la seguridad y fomentasen la colaboración entre los poderes públicos y la iniciativa privada. En este sentido, la Fundación Borredá, durante sus primeros años de vida, ha puesto en marcha varias líneas de actividad que han servido para compartir conocimientos y difundir la cultura de la Seguridad a través de numerosas jornadas, encuentros profesionales, estudios de seguridad corporativa, grupos de trabajo para el futuro Reglamento de la Ley de Seguridad Privada, así como la organización también se ha incorporado junto a Seguritecnia al Certamen Internacional de Trofeos de la Seguridad, asumiendo el ya prestigioso “Trofeo Ramón Borredá” instituido en 1995. www.fundacionborreda.org SEGURITECNIA Abril 2015 6 enc ave enc ave de ey de ey terés de los asuntos expuestos y de las dudas que generan a los detectives. Y aunque, a buen seguro, en el Hotel Meliá Castilla nos habrían encontrado acomodo para pernoctar, lo razonable era poner punto y seguido –que no final– a nuestro encuentro con los profesionales de la investigación. Y lo hicimos con un asunto que preocupa, en general, a la gran familia de la seguridad privada: el intrusismo. Sobre el mismo, Enrique Arranz mostró su inquietud ante la proliferación de empresas que se denominan “de inteligencia”. “Ellas dicen que se dedican al Open Source Intelligent (OSINT). ¿Cómo se las va a regular y controlar?”, se preguntó. Respecto a dicha actividad, José Pimentel echó mano de lo publicado en un confidencial para definirla: “La inteligencia empresarial es una nueva profesión que se está poniendo de moda: departamentos dentro de las grandes empresas o agencias externas que se enc ave de ey dedican a investigar y a realizar informes sobre información económica de sus rivales. Son los nuevos espías, aunque no utilicen las técnicas de los detectives privados ni investiguen aspectos de la vida privada como hacen éstos”. Y, además de estar de acuerdo con la exposición de Enrique Arranz, pidió “un catálogo de actividades; así sabremos exactamente a qué podemos dedicarnos”. Una solicitud a la que se sumó Juan Carlos Cabanach, pero no Eva Grueso. La presidenta de APDPE la consideró “un error, puesto que un listado de servicios nos cerraría puertas. La Administración es la que tiene en su mano detectar el intrusismo e ir contra él”. Por último, Javier Pimentel abogó por una mayor formación de los detectives privados para hacer frente a la práctica de actividades profesionales por parte de personas no autorizadas. El último turno fue para Esteban Gándara, quien, sobre el requerimiento de Enrique Arranz, se refirió a las denominadas “zonas grises” como espacios ambiguos de actuación. “Por ejemplo, ¿se ha de prohibir el periodismo de investigación?”, cuestionó. Y no se mostró partidario de que el Reglamento contemple una serie de servicios “propios de los detectives. Estratégicamente, sería una equivocación. Lo que sí se procurará es aclarar ese panorama gris”, concluyó. Como comprobarán nuestros lectores, al igual que sucedió en el “Enclave de Ley” dedicado a los nuevos servicios de seguridad, los profesionales de la investigación privada tienen dudas que zanjará el futuro Reglamento. Será entonces cuando, definitivamente, se esclarecerán las inquietudes del sector. Mientras tanto, Seguritecnia seguirá contribuyendo a que las mismas sean expuestas por los colectivos interesados y, en la medida de lo posible, despejadas por parte de los representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. S Conclusiones sobre los despachos de detectives en la Ley de Seguridad Privada Estas son las conclusiones a las que llegaron los asistentes a nuestro tercer “enclave de ley”, donde quedó de manifiesto que el futuro reglamento de seguridad privada debería contemplar los siguientes aspectos: 1.- Si así se solicitase, facilitar que, además de la sede física del despacho, el deetctive pueda utilizar otra oficina de carácter comercial para reforzar la seguridad e integridad física de los detectives privados. 2.- No imponer unos seguros de responsabilidad civil y de caución elevados, con el objetivo de evitar más cargas económicas a los despachos, así como barreras a quienes desean acceder a la actividad. 3.- Definir el ámbito geográfico de actuación de los despachos y sus detectives en función de donde hayan solicitado la autorización o presentado la declaración responsable. 4.- Protocolizar las identificaciones de las fuerzas y cuerpos de seguridad a los detectives privados con el objetivo de no causar demoras en las investigaciones de estos últimos. 5.- Impulsar la bidireccionalidad en el intercambio de información entre los despachos y las fuerzas y cuerpos de seguridad. 6.- Establecer mecanismos que delimiten las funciones del detective privado y lo diferencien de otras actividades que puedan resultar ambiguas, con el objetivo de erradicar el intrusismo y evitar la competencia desleal. 7 SEGURITECNIA Abril 2015