Descarga PDF - Seguritecnia

Transcripción

Descarga PDF - Seguritecnia
enc ave
enc ave
de ey
de ey
Las inquietudes de la investigación privada,
a debate
El pasado mes de marzo, el Hotel Meliá Castilla de Madrid fue testigo del tercer “Enclave de Ley” organizado por
Seguritecnia, en este caso dedicado a la investigación privada. Durante el encuentro, los invitados realizaron una
valoración positiva de la nueva Ley de Seguridad Privada, si bien manifestaron su deseo de que el futuro Reglamento contemple cuestiones como la posibilidad de hacer coincidir la sede física del despacho con la comercial, intentar que los seguros de responsabilidad civil y de caución sean asequibles, fomentar la bidireccionalidad en el intercambio de información con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o luchar contra el intrusismo definiendo, por
ejemplo, el ámbito de actuación de las emergentes empresas “de inteligencia”.
Por Bernardo Valadés
A
Patrocinado por
1
l hablar de detectives privados suele venirnos a la
mente el popular Sherlock
Holmes, personaje creado por sir Arthur Conan Doyle hace más de un siglo y magníficamente interpretado por
actores de la talla de Basil Rathbone,
Peter Cushin y Jeremy Brett. O el no
menos singular Hercules Poirot, fruto
de la imaginación de Agatha Christie.
Pero, en la actualidad, esa figura clásica, e instalada en el imaginario colectivo, de investigador con lupa –que a
muchos, por cierto, incomoda– no se
corresponde con la realidad de unos
profesionales a los que la nueva Ley de
Seguridad Privada presta mayor atención que la anterior.
Por ello, para conocer su opinión
sobre la norma aprobada en abril de
2014 y las inquietudes que les suscita el Reglamento que la armonizará,
Seguritecnia organizó el pasado mes
de marzo un nuevo “Enclave de Ley” –
el tercero tras los dedicados a la seguridad en grandes eventos y los nuevos
servicios de seguridad–, con el patrocinio de la Fundación Borredá.
Moderado en esta ocasión por
Enrique González, redactor jefe de
nuestra publicación, en el encuentro tomaron parte Eva Grueso y Francisco Iglesias, presidenta y delegado
en la Comunidad de Madrid, respectivamente, de la Asociación Profesional de Detectives Privados de España
(APDPE); Enrique Arranz, presidente
del Colegio Oficial de Detectives Privados de Cataluña; José Pimentel, secretario general de la Asociación Nacional de Agencias de Detectives Privados
de España (ANADPE); Javier Sandoval,
presidente de la Asociación Internacional de Detectives Privados (ASINDEP); y
Juan Carlos Cabanach, presidente de
la Asociación de Empresas de Detecti-
SEGURITECNIA
Abril 2015
enc ave
enc ave
de ey
de ey
ves Privados (AEDP). Representando a
la Administración y con el objetivo de
escuchar y despejar en la medida de
lo posible las dudas que pudieran surgir a los profesionales de la investigación privada, también estuvo presente
el comisario Esteban Gándara, jefe de
la Unidad Central de Seguridad Privada
del Cuerpo Nacional de Policía.
ros de responsabilidad civil y de caución”, que han de ser suscritos a tenor
del artículo 24 (Apertura de despachos
de detectives privados) de la norma.
“Hemos realizado diversas gestiones y
no encontramos aseguradoras que cubran dichas coberturas”, advirtió.
Y en sintonía con sus colegas, José
Pimentel valoró positivamente la Ley.
Con el fin de no provocar demoras en el servicio, los
profesionales de la investigación privada creen que la
TIP es suficiente para identificarse ante los agentes
Valoración positiva
Llegado el momento de abrir fuego, se
solicitó a los asistentes una breve valoración de la nueva Ley de Seguridad
Privada un año después de su aprobación. Eva Grueso consideró que, en líneas generales, la norma es positiva,
entre otras razones “porque los propios detectives nos hemos preocupado
de estudiarla”. Al respecto, tal y como
quedó patente en el III Congreso Nacional de Seguridad Privada celebrado
en noviembre de 2014, conviene recordar que asociaciones como APDPE se
han implicado activamente en la redacción de propuestas para el futuro Reglamento.
Por su parte, Francisco Iglesias apuntó
que, bajo su punto de vista, se ha pasado “de una fase de rechazo tangencial a la Ley a una aceptación de la
misma. Está claro que tiene virtudes,
pero también aspectos que deben desarrollarse”. En cuanto a Juan Carlos Cabanach, hizo una lectura “muy positiva”
de la norma. “Creo que profesionaliza al
sector de la investigación privada. A la
espera del nuevo Reglamento, soy optimista y estoy a favor del cambio legislativo”, manifestó.
Por lo que respecta a Javier Sandoval, expresó un grado de consenso con
la nueva Ley “muy elevado”, si bien advirtió que en la asociación que preside
preocupan cuestiones como “los segu-
SEGURITECNIA
Abril 2015
“En mi opinión, no ha suscitado rechazo. Fija bien los criterios, aunque algunos se podrían haber perfilado más.
Pero, en líneas generales, es positiva”,
comentó.
Eva Grueso
Presidenta de APDPE.
“Sería un error
solicitar un catálogo
de actividades. La
Administración es la
que tiene en su mano
detectar el intrusismo e
ir contra él”
Cuestión de ‘fronteras’
Como suele suceder en los “Enclave de
Ley”, el debate, acalorado y animado por
momentos, se salió del guión establecido. Así, antes de abordar el siguiente
tema previsto, Enrique Arranz abrió un
nuevo filón tras considerar, al igual que
Juan Carlos Cabanach, que la Ley de Seguridad Privada “ha dado un toque más
profesional” al colectivo. “Pero, por la
parte que me toca, hay puntos que no
han quedado claros, especialmente en
lo relativo a las competencias, que nos
lleva en Cataluña a situaciones, cuando
menos, paradójicas. Si un detective
pisa territorio catalán ya es motivo suficiente para inspeccionarle”, expuso. Eva
Grueso refrendó el argumento de su colega advirtiendo: “Si yo tengo el despacho en Madrid y cruzo la frontera de Cataluña, he de comunicarlo. Es una situación para llevarse las manos a la cabeza”,
se lamentó.
Llegados a este punto, Esteban
Gándara esclareció que si la apertura
de un despacho de detectives se comunica a la Administración central, el
mismo “tiene un ámbito de actuación
nacional, es evidente. Pero en caso de
Francisco Iglesias
Delegado de APDPE en la
Comunidad de Madrid.
“Podemos estar sujetos
a posibles represalias
si el domicilio laboral
coincide con el
particular. Es algo que
habría que tener en
cuenta”
2
enc ave
enc ave
de ey
de ey
Juan Carlos Cabanach
Presidente de AEDP
“En ocasiones,
no estaría de más
anticiparse y comunicar
a los agentes que
estás realizando una
investigación para
evitar así problemas”
realizar dicho trámite en las dos comunidades autónomas –Cataluña y País
Vasco– que tienen competencias en
materia de seguridad privada, su actividad ha de ceñirse al territorio donde ha
solicitado la autorización o presentado
la declaración responsable”, tal y como
precisa el artículo 24 de la Ley.
Para intentar despejar las dudas de
Arranz y Grueso, el comisario jefe se
preguntó: “¿Qué van a inspeccionar en
Cataluña al detective privado que llega
de fuera? ¿El servicio que está prestando? Muy bien, pero éste no ha de
ser comunicado. Y este asunto lo tendrá
que aclarar el Reglamento. Permitidme
un ejemplo: un servicio de escolta se
autoriza en Huelva. Si la persona custodiada va a Barcelona, ¿se tiene que comunicar su entrada en la ciudad? Evidentemente, no”.
Sede física
Otro de los temas que preocupa a los
detectives es su sede laboral. En concreto, el apartado 2 del citado artículo
24 de la Ley insta a “fijar un domicilio
como sede física del despacho en el
que se desarrollará la actividad, se llevará el libro-registro y se encontrará el
archivo de los expedientes de contratación y de los informes de investigación”.
Sobre dicha cuestión, Eva Grueso sopesó la posibilidad de contar con una
oficina ubicada, por ejemplo, “en un
centro de negocios y cuya dirección
fuese la que figurase en el Registro Nacional de Seguridad Privada. Sería ahí
donde se dirigirían las reclamaciones y
se llevarían a cabo las inspecciones para
verificar que, efectivamente, somos detectives habilitados”. Y Francisco Iglesias fue más allá al razonar que la sede
comercial podría brindarles una mayor
seguridad. “No se debe olvidar que, teniendo en cuenta la especialidad que
desempeñamos, podemos estar sujetos
a posibles represalias y que en muchos
casos el domicilio laboral coincide con
el particular. Es un razonamiento que
habría que tener en cuenta”, solicitó.
De la misma opinión fue Enrique
Arranz al mostrar su preocupación “por
dar de alta un despacho en el mismo
domicilio donde el detective vive con
su esposa e hijos. Y sí, se nos dice que
podemos tener una oficina comercial,
pero junto al aval o las medidas de seguridad representa un gasto más que
dificulta nuestra actividad”.
A dichos requerimientos, Esteban
Gándara se mostró receptivo. “Probablemente”, avanzó, “el Reglamento
tendrá que valorar la naturaleza de la
sede física del despacho cuando pueda
constituir el domicilio particular del detective. Esa será, posiblemente, la única
excepción que contemplará. Sería lógico”. Pero insistió en la necesidad de
contar con una sede física para evitar
“los despachos deambulantes. Éste es
un importante cambio que introduce
la Ley. Se acabó el detective con el libro
de registro a cuestas”.
Respecto a la posibilidad, planteada
por Javier Sandoval, de que una sede
comercial pudiese ser compartida por
varios detectives –pensando, sobre
Javier Sandoval
Presidente de ASINDEP.
“El grado de consenso
de la Ley es muy
elevado, pero en
nuestra asociación
preocupan cuestiones
como los seguros de
responsabilidad civil y
de caución”
3
SEGURITECNIA
Abril 2015
enc ave
enc ave
de ey
de ey
todo, en los autónomos sin demasiados recursos económicos que acceden
al sector–, el comisario jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada mostró cierto escepticismo. “Lo más probable es que el Reglamento diga que
una sede comercial no pueda ser compartida. En el caso del despacho, indudablemente no, porque su actividad es
exclusiva y excluyente”, matizó.
Y con el fin de dejar clara la diferencia entre sedes físicas (despacho) y comerciales, subrayó que el Reglamento,
a priori, “no será contrario a estas últimas, cuya función deberá ser la que su
nombre indica. Y llegado el caso, podrían inspeccionarse para verificar que
allí no se está llevando a cabo una actividad de seguridad privada ni que en la
misma se encuentra el libro de registro
o los expedientes”.
Puestos a esclarecer cuestiones,
Gándara recordó que las medidas de
seguridad exigibles a los despachos “no
son para asegurar al detective, sino la
información, resultado de su trabajo y
de la que es custodio”. Una exposición
compartida por Enrique Arranz, quien
requirió, además, que las medidas sean
“razonables”. “Al hilo de lo que he comentado anteriormente, si a los seguros
de responsabilidad social y caución sumas una serie de desembolsos en materia de seguridad, abrir o gestionar un
despacho se complica…”.
Seguros y sanciones
Precisamente, los seguros de responsabilidad social y caución constituyeron el siguiente asunto a debatir. En relación con el primero, los integrantes de
la mesa lo consideraron positivo para,
según apuntó Enrique Arranz, “evitar
problemas”. Más preciso, José Pimentel
planteó que la cuantía del mismo fuese
“menos gravosa” y, en consecuencia,
“más asequible”. Sobre el aval o seguro
de caución, el secretario general de
ANADPE reveló que su asociación propuso que fuese de 6.000 euros “para cubrir, al menos, dos infracciones graves”.
Esteban Gándara trató de calmar los
ánimos argumentando: “no se trata
de que el despacho tenga que avalar
SEGURITECNIA
Abril 2015
600.000 euros, una barrera de entrada
excesivamente elevada con una probabilidad de ejecución muy baja. En consecuencia, no tiene justificación. Por lo
tanto, se ha de bajar esa barrera de acceso al sector para los que no están en
él. El aval tendrá que ser proporcional
a la posibilidad que trata de asegurar,
y siendo así no puede ser a la máxima.
Además, que yo recuerde, en la historia
de la seguridad privada no se ha puesto
nunca una sanción de 600.000 euros”.
Identificaciones
Tras el habitual coffee break, los profesionales de la investigación privada sacaron a relucir algunas de las dificultades
que encuentran a la hora de realizar su
actividad. Una de ellas, según Francisco
Iglesias, es la identificación de los detectives privados por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Para agilizarlas, propuso una mayor formación
de los agentes y la habilitación de un
“teléfono centralizado” donde los integrantes de una patrulla puedan consultar los datos del profesional, evitando
así “perjuicios directos por esa demora.
Además, bastaría mostrar la Tarjeta de
Identidad Profesional (TIP) y no sería necesario enseñar el DNI”.
Una opinión refrendada por Enrique
Arranz, quien sugirió la aprobación de
un protocolo de identificación. “Si ya le
has mostrado la TIP al agente, éste tiene
que cerrar el proceso de la manera menos lesiva posible”, insinuó. Por su experiencia en Baleares, Juan Carlos Cabanach explicó que las identificaciones que se realizan en el archipiélago
pueden calificarse de “exquisitas”. Y, lejos de culpabilizar a los representantes
de la seguridad pública, hizo un ejercicio de autocrítica: “A veces envías un
detective junior a un pueblo para resolver un tema sencillo y cuando llegan los
agentes se pone nervioso y complica el
asunto. En ocasiones, no estaría de más
anticiparse, comunicar que estás realizando una investigación y evitarte así
problemas”.
Un argumento refrendado por José
Pimentel –“siempre he intentado adelantarme a una identificación”, desveló–
José Pimentel
Secretario general de ANADPE.
“Los detectives privados
estamos acostumbrados
a comunicar delitos. Y la
relación con las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad
debe basarse en la
confianza”
Enrique Arranz
Presidente del Colegio
Oficial de Detectives
Privados de Cataluña.
“Están proliferando
las empresas que se
autodenominan ‘de
inteligencia’, pero
¿cómo se las va a
regular y controlar?”
4
enc ave
enc ave
de ey
de ey
Esteban Gándara
Comisario jefe de la Unidad
Central de Seguridad
Privada del CNP.
“La Ley erradica
los despachos
‘deambulantes’. Este es
un importante cambio.
Se acabó el detective
con el libro de registro a
cuestas”
pero no compartido por Francisco Iglesias, quien reveló que en una pequeña
población, al informar a la Guardia Civil
de su presencia, “a los diez minutos tenía una patrulla en la calle y al investigado esperándome”.
Para zanjar la discusión, Esteban
Gándara puso un ejemplo práctico.
“Cuando se identifica a un abogado en
relación con su labor, se le solicita su
documentación profesional. Y si hay dudas sobre su identidad personal, se le
pide el DNI. Esto es así y nadie puede
considerarse un ser especial o impune.
De lo contrario, se vulnerarían leyes
superiores. Luego, habrá que ver si la
identificación se puede protocolizar o
realizarla de mejor manera”, reflexionó.
Igualmente, para dar respuesta a Francisco Iglesias, admitió la existencia de
un teléfono centralizado, “una especie
de 091 para la seguridad privada”.
¿Denuncia o comunicación?
En el animado debate también salió a la
palestra el cuarto apartado del artículo
37 de la Ley de Seguridad Privada: “Los
detectives privados no podrán investigar delitos perseguibles de oficio, debiendo denunciar inmediatamente ante
la autoridad competente cualquier hecho de esta naturaleza que llegara a su
conocimiento, y poniendo a su disposición toda la información y los instrumentos que pudieran haber obtenido
hasta ese momento”.
Pero, ¿qué problemática plantea dicho apartado? Para Eva Grueso, el quid
de la cuestión es “sustituir el término
denunciar por comunicar. Y si los detectives denuncian erróneamente, ¿ello
puede ser motivo de responsabilidad
civil o penal?”, se preguntó. Un interrogante ampliado por Enrique Arranz: “Si
el cliente no tiene obligación de denunciar, ¿por qué lo vamos a hacer nosotros? Además, podrían distinguirse tipos
de delito. No es lo mismo atentar contra
la salud pública que un hurto interno o
el mercadeo con alguna sustancia”.
Por el contrario, José Pimentel opinó
que el tema de las denuncias no da lugar a ninguna controversia. “Los detectives privados estamos acostumbrados
a comunicar delitos. En mi caso, he llevado a cabo operaciones conjuntas con
el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil. Y esta relación con las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad debe basarse
en la confianza. Si no es así, mal vamos”,
puntualizó.
Siempre paciente, y anotando en
su libreta los argumentos planteados,
Esteban Gándara razonó por qué la Ley
dice “denuncia” y no “comunicación”.
“Los detectives privados no sois los únicos obligados a denunciar. También están los médicos, a los que las leyes no
eximen de ese deber. Y como ellos, vosotros sois profesionales. Es importante
el matiz. Por eso en la norma aparece el
término “denunciar” y no “comunicar”.
Y, lógicamente, no distingue entre tipos
de delitos. El Reglamento hablará de ello
para esclarecerlo y enmarcarlo”, anticipó.
Información y datos
Al salir a relucir las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad, los investigadores privados
no dejaron pasar la oportunidad de escenificar su relación con quienes representan a la seguridad pública, haciendo
especial hincapié en el intercambio de
información, “muy interesante para los
despachos de detectives”, según Juan
Carlos Cabanach. Un tema que, en opinión de Eva Grueso, se ha de ampliar
aún más. “Nos esforzamos en obtener
una información que la Administración
ya tiene, desde relacionar la matrícula
5
SEGURITECNIA
Abril 2015
enc ave
enc ave
de ey
de ey
de un vehículo con su titular hasta la
vida laboral de un individuo. En este
sentido, sería deseable una bidireccionalidad”, propuso.
Para Enrique Arranz, la obtención de
información y datos suele quedar en
papel mojado. “Según la Ley, las entidades privadas de seguridad persiguen
un ‘legítimo interés’. Si esto es así, encuentro ilógico, por ejemplo, que los registradores de la propiedad tachen datos de una escritura pública a su antojo.
Es un problema grave y absurdo que se
debería solventar”. Una propuesta que
contó con la aprobación de Javier Sandoval y de Juan Carlos Cabanach, quien
reconoció que existen “algunos problemas” para recabar determinados datos,
informes, etc.
Con una visión más esperanzadora,
José Pimentel afirmó que “siempre que
la he necesitado, en las sedes policiales me han facilitado la información requerida. De manera especial, me gustaría destacar el buen hacer de la Unidad
Central de Seguridad Privada. Luego, la
Ley deja una puerta abierta a esa colaboración demandada”. En concreto, el
secretario general de ANADPE se refería
al artículo 14.3: “Las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad podrán facilitar al personal de seguridad privada, en el ejercicio de sus funciones, informaciones
que faciliten su evaluación de riesgos y
consiguiente implementación de medidas de protección. Si estas informaciones contuvieran datos de carácter personal, sólo podrán facilitarse en caso de
peligro real para la seguridad pública o
para evitar la comisión de infracciones
penales”.
Sobre dicha cuestión para la que
los detectives privados reclaman una
antecedentes penales. Esa no es la finalidad que persigue el intercambio de información”.
El comisario tampoco se olvidó de la
Ley Orgánica de Protección de Datos
Personales, precisando que su artículo
22 deja claro que el tratamiento de información “sin consentimiento de las
personas afectadas” se limita a “aquellos
supuestos y categorías de datos que re-
Algunos detectives opinan que la Administración y las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberían facilitarles
el acceso a cierta información para avanzar en sus
investigaciones
mayor atención que posibilite un mejor desempeño de su labor y, por lo
tanto, redunde en un servicio más eficaz, Esteban Gándara, en respuesta a
la solicitud de Eva Grueso, hizo alusión
a la norma: “El intercambio de información no puede ser con la Administración, sino con las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad”, recordó. Y aquélla sólo
tiene sentido “en un ámbito concreto,
no para facilitar el trabajo de los detectives. No podemos deciros si una persona o empresa es titular de uno o varios vehículos ni si un individuo posee
sulten necesarios para la prevención de
un peligro real para la seguridad pública o para la represión de infracciones
penales”. Mientras no sea así, enfatizó,
“las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad no
pueden revelar a los investigadores privados, por ejemplo, quién es el titular
de un automóvil con una matrícula determinada”.
Intrusismo y actividades
El “Enclave de Ley”, celebrado en horario vespertino, podría haberse prolongado hasta la madrugada, tal era el in-
FUNDACIÓN BORREDÁ, AL SERVICIO DE LA SEGURIDAD
La Fundación Borredá es una organización de naturaleza fundacional privada,
sin ánimo de lucro. Un proyecto que nació en 2012 para la difusión, promoción,
defensa, estudio y fomento de la Seguridad en todos sus ámbitos y profesiones.
Durante todo este tiempo la institución ha promovido los comportamientos
éticos en el mundo de la Seguridad a través de sus proyectos, apoyando aquellos
programas formativos que ayudasen a mejorar las capacidades de los profesionales
de la seguridad y fomentasen la colaboración entre los poderes públicos y la
iniciativa privada. En este sentido, la Fundación Borredá, durante sus primeros años de vida, ha
puesto en marcha varias líneas de actividad que han servido para compartir conocimientos y difundir
la cultura de la Seguridad a través de numerosas jornadas, encuentros profesionales, estudios de
seguridad corporativa, grupos de trabajo para el futuro Reglamento de la Ley de Seguridad Privada,
así como la organización también se ha incor­porado junto a Seguritecnia al Certamen Internacional
de Trofeos de la Seguridad, asumiendo el ya prestigioso “Trofeo Ramón Borredá” instituido en 1995.
www.fundacionborreda.org
SEGURITECNIA
Abril 2015
6
enc ave
enc ave
de ey
de ey
terés de los asuntos expuestos y de las
dudas que generan a los detectives. Y
aunque, a buen seguro, en el Hotel Meliá Castilla nos habrían encontrado acomodo para pernoctar, lo razonable era
poner punto y seguido –que no final–
a nuestro encuentro con los profesionales de la investigación.
Y lo hicimos con un asunto que preocupa, en general, a la gran familia de
la seguridad privada: el intrusismo. Sobre el mismo, Enrique Arranz mostró su
inquietud ante la proliferación de empresas que se denominan “de inteligencia”. “Ellas dicen que se dedican al Open
Source Intelligent (OSINT). ¿Cómo se las
va a regular y controlar?”, se preguntó.
Respecto a dicha actividad, José Pimentel echó mano de lo publicado en
un confidencial para definirla: “La inteligencia empresarial es una nueva profesión que se está poniendo de moda:
departamentos dentro de las grandes
empresas o agencias externas que se
enc ave
de ey
dedican a investigar y a realizar informes
sobre información económica de sus rivales. Son los nuevos espías, aunque no
utilicen las técnicas de los detectives privados ni investiguen aspectos de la vida
privada como hacen éstos”.
Y, además de estar de acuerdo con la
exposición de Enrique Arranz, pidió “un
catálogo de actividades; así sabremos
exactamente a qué podemos dedicarnos”. Una solicitud a la que se sumó
Juan Carlos Cabanach, pero no Eva
Grueso. La presidenta de APDPE la consideró “un error, puesto que un listado
de servicios nos cerraría puertas. La Administración es la que tiene en su mano
detectar el intrusismo e ir contra él”. Por
último, Javier Pimentel abogó por una
mayor formación de los detectives privados para hacer frente a la práctica de
actividades profesionales por parte de
personas no autorizadas.
El último turno fue para Esteban
Gándara, quien, sobre el requerimiento
de Enrique Arranz, se refirió a las denominadas “zonas grises” como espacios
ambiguos de actuación. “Por ejemplo,
¿se ha de prohibir el periodismo de investigación?”, cuestionó. Y no se mostró partidario de que el Reglamento contemple una serie de servicios “propios
de los detectives. Estratégicamente, sería
una equivocación. Lo que sí se procurará
es aclarar ese panorama gris”, concluyó.
Como comprobarán nuestros lectores, al igual que sucedió en el “Enclave
de Ley” dedicado a los nuevos servicios
de seguridad, los profesionales de la investigación privada tienen dudas que
zanjará el futuro Reglamento. Será entonces cuando, definitivamente, se esclarecerán las inquietudes del sector. Mientras tanto, Seguritecnia seguirá contribuyendo a que las mismas sean expuestas
por los colectivos interesados y, en la
medida de lo posible, despejadas por
parte de los representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. S
Conclusiones sobre los despachos de detectives en la Ley de
Seguridad Privada
Estas son las conclusiones a las que llegaron los asistentes a nuestro tercer “enclave de
ley”, donde quedó de manifiesto que el futuro reglamento de seguridad privada debería
contemplar los siguientes aspectos:
1.- Si así se solicitase, facilitar que, además de la sede física del despacho, el deetctive
pueda utilizar otra oficina de carácter comercial para reforzar la seguridad e integridad física de los detectives privados.
2.- No imponer unos seguros de responsabilidad civil y de caución elevados, con el objetivo de evitar más cargas económicas a los despachos, así como barreras a quienes desean acceder a la actividad.
3.- Definir el ámbito geográfico de actuación de los despachos y sus detectives en función de donde hayan solicitado la autorización o presentado la declaración responsable.
4.- Protocolizar las identificaciones de las fuerzas y cuerpos de seguridad a los detectives privados con el objetivo de no causar demoras en las investigaciones de estos
últimos.
5.- Impulsar la bidireccionalidad en el intercambio de información entre los despachos y las fuerzas y cuerpos de seguridad.
6.- Establecer mecanismos que delimiten las funciones del detective privado y lo diferencien de otras actividades que puedan resultar ambiguas, con el objetivo de erradicar el intrusismo y evitar la competencia desleal.
7
SEGURITECNIA
Abril 2015

Documentos relacionados