Presentación del Dr. Nelson Santos

Transcripción

Presentación del Dr. Nelson Santos
Alertas para el llenado del
PDT692 - Renta 2014
Nelson Santos
Febrero 2015
Agenda
1
Cronograma de vencimiento
2
Modificaciones PDT 2014
3
Resumen
4
Otros aspecto a tener en consideración en el llenado
del PDT
1
Cronograma de
Vencimientos
1. Cronograma de vencimientos
►
El cronograma de vencimientos incluye una fecha de vencimiento para los buenos
contribuyentes RS N° 380-2014/SUNAT
►
►
Página 4
PDT 692 disponible desde el 05/01/2015
Archivo Personalizado disponible a partir
de 16/02/2015
2
Modificaciones PDT
2014
2.1 Identificación del Contribuyente
Contratos de Colaboración Empresarial sin contabilidad independiente
DJ 2013 PDT 684
No se solicitaba información sobre los
Contratos de Colaboración Empresarial:
►
Página 6
►
DJ 2014 PDT 692
Se solicita información sobre Contratos de
Colaboración Empresarial sin contabilidad
independiente
2.1 Identificación del Contribuyente
Contratos de Colaboración Empresarial sin contabilidad independiente
►
DJ 2014 PDT 692 - Información solicitada si se forma parte de un CCESCI
Página 7
2.1 Identificación del Contribuyente
Contratos de Colaboración Empresarial sin contabilidad independiente
►
DJ 2014 PDT 692 - Información solicitada si se ha formado parte de un CCE
Contabilidad independiente. El programa mostrará por defecto la opción SI.
De ser afirmativa la respuesta deberán anotarse los siguientes datos de los otros miembros del
CCESCI:
ü N° de Documento de identidad: registre el DNI, RUC, Carnet de Extrajera, otro.
ü Nombre o Razón social.
ü % de participación de los otros miembros: La sumatoria total de los otros miembros no debe
ser mayor del 100%.
Asimismo deberá contestar a la pregunta si el miembro del contrato actúa:
ü Como operador
ü Como participe
De marcar la opción: NO, el programa no le pedirá ninguna información
Página 8
2.2 Información Complementaria
Gastos de representación
►
DJ 2013 PDT 684
Página 9
►
DJ 2014 PDT 692
1) Se solicita información de los siguientes
gastos de representación:
2.2 Información Complementaria
Gastos de representación
►
1.
DJ 2014 PDT 692
Gastos de representación
Si ha incurrido en gastos de representación conforme a lo señalado en el inciso q) del artículo
37º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (máximo 0.5% de los ingresos brutos) deberá
consignar los importes totales anuales por cada proveedor o prestador de los bienes y/o
servicios involucrados en el presente gasto.
Esta información también puede ser importada desde un archivo tipo texto cuya estructura
deberá ser la siguiente:
Ø Número de RUC: Campo tipo numérico
Ø Razón social: Campo tipo carácter
Ø Monto anual: Campo tipo numérico.
¿ Capricho de la Administración?
¿ Impacto en IGV mensual – PDT621?
Página 10
2.2 Información Complementaria
Método - artículo 63 del impuesto a la Renta
►
DJ 2014 PDT 692
2) A las empresas
constructoras se
solicita indicar el
método de
determinación de la
Renta Bruta según el
artículo 63 del
impuesto a la Renta:
Página 11
2.2 Información Complementaria
Método - artículo 63 del impuesto a la Renta
►
DJ 2014 PDT 692
12. Empresas constructoras (artículo 63º de la LIR)
Si es una empresa de construcción o similar, que ejecuta contratos de obra cuyos resultados
corresponde a más de un (1) ejercicio gravable, conforme a lo establecido en el artículo 63º de
la Ley de Impuesto a la Renta, deberá indicar el método de determinación de la renta bruta
elegida, de acuerdo con lo siguiente:
Ø
Método a): cuando haya decidido asignar a cada ejercicio gravable la renta bruta que
resulte de aplicar sobre los importes cobrados por cada obra, durante el ejercicio comercial,
el porcentaje de ganancia bruta calculado para el total de la respectiva obra.
Ø
Método b): cuando haya decidido asignar a cada ejercicio gravable la renta bruta que se
establezca deduciendo del importe cobrado o por cobrar por los trabajos ejecutados en
cada obra durante el ejercicio comercial, los costos correspondientes a tales trabajos.
Página 12
2.2 Información Complementaria
Alquileres pagados
►
DJ 2014 PDT 692
3) Alquileres pagados se incluye consignar el número de meses de alquiler
Alquileres
¿Ha pagado usted alquiler por algún bien mueble o
inmueble durante el ejercicio?
La respuesta es obligatoria. En caso seleccione SI
deberá detallar los gastos por alquileres de bienes
muebles o inmuebles correspondientes al año 2014
pagados o no en dicho año (sin incluir IGV).En esta
sección deberá ingresar, de ser el caso, los datos de
identificación de la persona o empresa que le alquila o
sub alquila el bien mueble o inmueble, así como la
dirección del predio, el monto anual del alquiler y el
número de meses alquilados.
►
►
Página 13
¿los alquileres que son tratados como arrendamiento
financiero?
¿Se concilia con la cuenta de resultados?
2.2 Información Complementaria
Gastos recreativos
►
DJ 2014 PDT 692
En la Casilla 103 adiciones,
se considera como diferencia
permanente al exceso de
gastos recreativos:
Página 14
3
Resumen
3. Resumen
Modificación en los siguientes puntos:
►
Contratos de colaboración empresarial. (Nueva casilla)
►
Gastos de representación. (Nueva casilla)
►
Método – artículo 63° de la Ley Impuesto a la Renta. (Nueva casilla)
►
Alquileres pagados. (Nueva casilla)
►
Gastos recreativos. (Se considera diferencia permanente).
Página 16
4
Otros puntos a
considerar
4. Otros aspecto a tener en consideración
en el llenado del PDT
►
4.1 Inversiones inmobiliarias.
►
4.2 Balance de comprobación
►
4.3 Carta SUNAT – gastos de restaurantes.
►
4.4 Esquela de citación -
Página 18
4. Otros puntos a tener en consideración
4.1 Inversiones inmobiliarias
►
Página 19
Depreciación?
Aceptada
tributariamente?
4. Otros puntos a tener en consideración
4.2 Balance de comprobación
►
Página 20
Verificar el
correcto
llenado del
balance de
comprobación
en el PDT
Anual de IR.
4. Otros puntos a tener en consideración
4.4 Carta SUNAT - Consumos en restaurantes
SUNAT envió una esquela de citación en relación a los consumos en
restaurantes, al que considera como consumo personales.
Página 21
4. Otros puntos a tener en consideración
4.5 Esquela de citación – adiciones que no califican como costo o gasto
para IR no otorga derecho a crédito fiscal.
SUNAT envió una esquela de citación en relación la adiciones que no
calificarían como costo o gasto para IR no otorgarían derecho a crédito fiscal.
Página 22
4. Otros puntos a tener en consideración
4.5 Esquela de citación – adiciones
Página 23

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