Última revisión de las Normas de Contratación de Consultores por
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Última revisión de las Normas de Contratación de Consultores por
Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington Última revisión de las Normas de Contratación de Consultores por Prestatarios del Banco Mundial 1 Última revisión de revisis iónde Última revisi lasUltima Normas de ón de Normas laslas Normas Contratación dedede Contratación e Contratación Consultores pordde Consultores. Consultores Prestatarios del por Banco Mundiadel l Prestatarios Banco Mundial Banco Mundial Este estudio ha sido realizado por Alejandro Hoyos Guerrero bajo la supervisión de la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 2 Febrero de 2012 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) LISTA DE ACRÓNIMOS AIF Asociación Internacional de Fomento (IDA) BIRF Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (IBRD) EoI Expresiones de interés (Expressions of Interest) IBRD International Bank for Reconstruction and Development (BIRF) ICB International Competitive Bidding (Licitación Pública Internacional) ICSID International Centre for Settlement of Investment Disputes (CIADI) IDA International Development Association (AIF) IFC International Finance Corporation (CFI) IFI Instituciones Financieras Internacionales (International Finance Institutions) NCB National Competitive Bidding (Licitación Pública Nacional) OMGI Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA) PRSP Poverty Reduction Strategy Paper QCBS Quality and Cost Based Selection SBCC Selección Basada en la Calidad y el Costo SBD Standard Bidding Documents (Documentos estándar de licitación) TdR Términos de referencia UNDB United Nations Development Business Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 3 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN 5 II. NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES CON PRÉSTAMOS DEL BIRF, CRÉDITOS DE LA AIF Y DONACIONES POR PRESTATARIOS DEL BANCO MUNDIAL 1. Introducción 2. Selección Basada en la Calidad y el Costo 3. Otros métodos de Selección 4. Tipos de contrato y disposiciones importantes 5. Selección de consultores individuales APÉNDICE 1. EXAMEN POR EL BANCO DE LA SELECCIÓN DE CONSULTORES APÉNDICE 2. INSTRUCCIONES A LOS CONSULTORES Y HOJA DE DATOS (IC) DEL PP 8 8 10 13 14 15 17 III. CONCLUSIÓN 20 IV. ENLACES DE INTERÉS 21 Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 19 4 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) I. INTRODUCCIÓN El propósito de este documento es aportar al lector un compendio de los cambios que han tenido lugar en las normas de selección y contratación de consultores tras la revisión de enero de 2011 para facilitar la identificación de las norvedades que se han llevado a cabo a aquellos que ya están familiarizados con las normas. En 1966 se publicaron las primeras normas de selección de consultores. En un primer momento estaban enfocadas para grandes proyectos de ingeniería en los que se otorgaba normas amplias para la selección de firmas de consultoría basándose únicamente en cuestiones de calidad. Se revisaron en el 1971. En 1981 apareció el precio como factor a tener en cuenta en la evaluación de las ofertas. Se permite el uso de selección basada en una sola fuente cuando se trate de continuar un trabajo previo. La siguiente revisión tuvo lugar en 1997 cuando se racionalizan los métodos de selección de consultores dependiendo del tipo de contrato. En esta fecha aparece la diferenciación de: o Selección basada en la Calidad (QBS) o Selección basada en la Calidad y el Coste (QCBS) o Selección con Presupuesto Fijo o Selección por coste mínimo o Cualificación del Consultor (CQ) o Contratación directa (uso limitado) Se hace obligatorio el uso de las Peticiones de Propuestas estándar y se incorporan las provisiones sobre Fraude y Corrupción aprobadas por el Directorio Ejecutivo en 1996. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 5 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) En la última década tiene lugar otra gran revisión. En 2004. Se revisan las Normas de Selección y Contratación de Consultores para lograr cambios en las políticas, incluyendo: o Eliminar restricciones de elegibilidad de países o Permitir el uso de Tecnologías de la Comunicación o Lograr mayor trasparencia (publicación de shortlist y detalles de la evaluación de ofertas) y simplicidad (se revisan los procedimientos para agilizar las adquisiciones. Estas normas se revisan dos veces. Una en 2006, fecha en que se corrigen tanto las Normas de Selección y Contratación de Consultores como de las disposiciones contra el Fraude y la Corrupción, y otra publicada en mayo de 2010, cuando se revisan las Normas atendiendo a: o La elegibilidad de los consultores bajo los nuevos procedimientos sancionadores y, o El acuerdo multilateral entre Bancos de Desarrollo para mejorar la efectividad de las sanciones y mantener una base de datos común de empresas sancionadas. Tras un período de consultas internas, una vez terminada la reforma de 2010 y sobre la base de ésta, comenzó a elaborarse la última revisión de las Normas sobre Selección y Contratación de Consultores con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF y Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial que fue publicada en Enero de 2011 y analizamos en este documento. La intención de esta revisión fue reflejar: a) La evolución de las políticas del Banco sobre adquisiciones, tanto en general como específicas (sanciones, situaciones de emergencia, uso de sistemas nacionales de adquisiciones) b) Los esfuerzos para armonizar las Normas de Adquisiciones del Banco con las de las principales Instituciones Financieras Internacionales teniendo especialmente en cuenta el uso de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) c) Los asuntos que han surgido al aplicar e interpretar las Normas haciendo un esfuerzo aclaratorio en muchas de ellas. 1 1 En el siguiente punto, donde se analizan en detalle los cambios, este tipo de aclaración, en los que el texto de un párrafo se redactaba de forma más especifica sin variar el contenido, no se ha incluido. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 6 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) A modo de resumen podemos destacar la inclusión de la posibilidad de uso de sistemas país de licitación siempre y cuando hayan sido aprobados por el Banco y las medidas sobre el uso de TICs como la eliminación de la posibilidad para los consultores de presentar propuestas en papel cuando haya un sistema electrónico disponible o la obligación expresa del Banco de mantener actualizado su portal de internet en cuanto a adjudicaciones o Anuncios Generales de Adquisiciones. También son destacables las nuevas medidas sobre publicidad (ver punto 2.31 y Anexo 7.1) y el aumento de la cuantía para considerar los contratos como de “menor valor” de US$200.000 a US$300.000 o la obligación de acudir a sistemas de arbitraje comercial internacional para la solución de controversias. En cuanto a la contratación de consultores individuales, resaltamos que son una nueva oportunidad para empresas ya que, cuando no haya consultores disponibles o los disponibles tengan un acuerdo laboral con la empresa, los prestatarios pueden invitar a empresas a presentar consultores a las licitaciones individuales. Además, se exige más publicidad a este tipo de licitación. Actualmente, se está gestando una nueva reforma, de carácter más amplio y profundo, con un horizonte temporal indefinido. A continuación, siguiendo la estructura de las nuevas normas 2 , se detallan los cambios que existen tras la reforma y, entre paréntesis, se indican los párrafos en los que están contenidos. 2 En el siguiente enlace están disponibles las Normas de Selección de Consultores en Inglés, Francés y Español desde 1999: http://web.worldbank.org/WBSITE/EXTERNAL/PROJECTS/PROCUREMENT/0,,contentMDK:20060656~menuPK:9 3977~pagePK:84269~piPK:60001558~theSitePK:84266,00.html Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 7 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) II. NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES CON PRÉSTAMOS DEL BIRF, CRÉDITOS DE LA AIF Y DONACIONES POR PRESTATARIOS DEL BANCO MUNDIAL 1. INTRODUCCIÓN (1.1) PROPÓSITO Entre los modos de financiación de proyectos sujetos a estas normas se incluyen, además de los préstamos y donaciones del BIRF (Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento) y AIF (Asociación Internacional de Fomento) y los fondo fiduciarios administrados por el Banco, los PPAs (Adelantos para la Preparación de Proyectos). (1.4) CONSIDERACIONES GENERALES. Se añade referencia a la obligación del Banco, contemplada en convenios constitutivos de “asegurar que el importe de un préstamo se destine únicamente a los fines para los cuales éste fue concedido, con la debida atención a los factores de economía y eficiencia y haciendo caso omiso de influencias o consideraciones de carácter político o no económico”. (1.12) ELEGIBILIDAD. Además de en sentido positivo (el Banco permite que los consultores de cualquier país ofrezcan sus servicios de consultoría), se incluye el principio de elegibilidad en sentido negativo prohibiendo a “ningún Prestatario denegar la participación (…) por razones no relacionadas con (i) su capacidad (…) o (ii) las situaciones de conflicto de intereses” Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 8 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) (1.13) ELEGIBILIDAD. EXCEPCIONES. Se añade - letra e) - una consideración de las normas del país Prestatario. No podrán contratarse funcionarios del gobierno del país Prestatario cuando esté prohibido por la normativa interna del prestatario. (1.19) CONTRATACIONES VICIADAS. Se señalan expresamente dos nuevos motivos de vicio que exigen al Banco negar la financiación del Contrato: - letra b) - Si el Prestatario retrasa el proyecto deliberadamente y – letra c) – si el contrato involucra al representante del Prestatario o a cualquier beneficiario en prácticas de fraude y corrupción. (1.23) FRAUDE Y CORRUPCIÓN Como consecuencia de la inclusión del párrafo (1.19), cuando exista fraude y corrupción se procederá – letra c) - a la Declaración de Vicio de la Adquisición además de anular la porción del préstamo afectada de este vicio. Además, se incluye de forma expresa un nuevo requerimiento en caso de Fraude y Corrupción: Cuando un Prestatario adquiera servicios de asistencia técnica directamente de una agencia de Naciones Unidas bajo un acuerdo firmado con el organismo, se aplicarán las provisiones de Fraude y Corrupción a todos los consultores, subconsultores, proveedores, contratistas, subcontratistas y empleados que hayan firmado contratos con dicha agencia. Como excepción a lo anterior no se aplican a las agencias de Naciones Unidas ni a sus empleados las provisiones contenidas en las letras d) (sanciones, inelegibilidad futura) y e) (exigencia de inclusión de cláusula que permite al Banco revisar cuentas y archivos de todos los involucrados en el proyecto). Esto último tampoco se aplica a los contratos celebrados entre las agencias de Naciones Unidas y sus proveedores. (1.25) PLAN DE ADQUISICIONES. En el párrafo dedicado al PA (Plan de Adquisiciones) destacan dos novedades. En primer lugar, desaparece la obligación expresa de publicar los métodos de contratación de consultores en el PA. Además, se incluye la obligación de actualizar los PA cada doce meses (antes detallado en los anexos de forma más laxa 3 ). Por otra parte, es el Banco el encargado de gestionar la publicación y mantener actualizado el PA en el portal de internet. 3 Especificaba la necesidad de actualizar cada doce meses o “conforme sea necesario”. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 9 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) 2. SELECCIÓN BASADA EN LA CALIDAD Y EL COSTO (2.4) ESTIMACIÓN DE COSTOS. Se añade que en la PP (Petición de Propuestas) se debe indicar el tiempo necesario de expertos o el costo estimado del contrato, pero no el detalle de los estimados como los honorarios. (2.5) PUBLICIDAD. A continuación, una tabla con las diferencias en los requisitos sobre publicidad de las licitaciones para los contratos adjudicados por el método SBCC (Selección Basada en Calidad y Costo) 2004 (últ. Revisión 2010) Revisión de Enero 2011 El Banco tramita la publicación del AGA (Anuncio General de Adquisiciones) en UNDB (United Nations Development Business) y dgMarket El prestatario debe publicar una Solicitud de Expresión de Interes (SEI) por cada contrato de consultoría en la gaceta nacional o periódico nacional o en un portal electrónico sin costo de acceso. El Banco tramita la publicación del AGA en UNDB online y el portal de internet del propio Banco. El prestatario debe publicar una SEI por cada contrato de consultoría en la gaceta nacional, siempre y cuando esta sea de amplia circulación, o en un periódico nacional o una revista financiera o técnica de circulación nacional en el país del Prestatario, o en un portal electrónico de amplio uso y sin costo de acceso a nivel nacional e internacional, que esté disponible en inglés, francés o español o en el “idioma nacional”. Los contratos con un valor superior a Los contratos con un valor superior a US$200.000 deben publicarse en UNDB US$300.000 se deben anunciar en UNDB online y dgMarket online ‐ Las Expresiones de Interés presentadas tarde no deben ser rechazadas a menos que al tiempo de recepción de las mimas, el Prestatario ya hubiera preparado la lista corta. (2.8) LISTA CORTA DE CONSULTORES. Cuando una misma empresa resulte adjudicataria de varios contratos, se añade el requisito de una evaluación adicional sobre la capacidad para ejecutar estos contratos. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 10 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) (2.11) INSTRUCCIONES A LOS CONSULTORES Y HOJAS DE DATOS (IAC). De nuevo se indica que se debe indicar, bien el tiempo que se necesita de expertos clave, bien el presupuesto total, pero no ambos, y que los consultores deben tener libertad para preparar sus propias estimaciones. Sin embargo, se añade la posibilidad al Prestatario de que, cuando se trate de trabajos rutinarios en los que la base es el tiempo trabajado y sujeto a la “no objeción” del Banco, pueda incluir un nivel de tiempo de expertos claves en la PP que sea vinculante para los consultores. (2.13) RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS. Se elimina la declaración expresa del derecho de los consultores a presentar las propuestas en papel cuando exista un sistema electrónico de presentación de propuestas. (2.14) ACLARACIONES O MODIFICACIONES DE LAS PROPUESTAS. En este párrafo, del todo nuevo, se prohíbe, salvo excepciones previstas, la modificación de las propuestas una vez vencido el plazo de modificación de las mismas. Las únicas consultas que podrá realizar el Prestatario a los consultores serán menores y previa “no objeción” del Banco. (2.16) EVALUACIÓN DE LA CALIDAD. Se añade la recomendación de un máximo de siete miembros en el Comité de Evaluación. (2.17) Se sugiere que la puntuación mínima de la propuesta técnica para abrir la económica sea de entre 70 y 85 en una escala de 1 a 100. (2.22) El funcionamiento de este comité se describe con más detalle y se busca que aumenten las garantías de independencia. El Informe de Evaluación Técnica debe recoger las diferencias significativas entre puntuaciones asignadas por distintos miembros y justificarlas cuando existan. Además, el Informe está sujeto a la “no objeción” del Banco cuando exista revisión previa. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 11 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) (2.24) APERTURA DE OFERTAS FINANCIERAS Y EVALUACIÓN DEL COSTO. Se añaden dos nuevos detalles. En primer lugar que, en contratos sobre la base del tiempo trabajado, el evaluador corregirá los errores aritméticos, como ya se preveía de forma general en las normas de 2004, y ajustará los precios si no reflejan todos los componentes de la propuesta técnica. Por su parte, en los contratos por una suma global se consideran todos los componentes incluidos. El precio total se entiende neto de impuestos. (2.25) En los casos excepcionales en que el Prestatario no pueda identificar claramente los impuestos, el Banco puede aceptar que los precios incluyan todos los impuestos pagaderos, sólo a efectos de la evaluación. (2.31) PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. El procedimiento de publicación se ha detallado. Las normas de 2004 sólo especificaban el contenido de la publicación que debía hacerse en UNDB online Publicación de la Notificación de Adjudicación de contrato (Anexo I. 7) Debe publicar en UNDB online la información de todos los contratos cuando la lista corta haya incluido alguna firma extranjera así como los realizados en base a una sola fuente con firmas extranjeras Debe publicar en Prensa Nacional la información de todos los contratos cuando la lista corta haya incluido alguna firma nacional así como los realizados en base a una sola fuente con firmas nacionales. La publicación debe hacerse en el plazo de dos semanas desde la recepción de la “no objeción” del Banco a la recomendación de adjudicación. Contenido 2004 Contenido 2011 Nombres de consultores que presentaron Nombres de consultores que integraron la propuesta. lista corta indicando cuáles presentaron propuesta. Puntuación técnica de cada consultor Las calificaciones técnicas totales y las calificaciones asignadas a cada uno de los consultores para cada criterio y subcriterio. Precios evaluados de cada consultor Precios ofrecidos por cada consultor y que fueran leídos en voz alta conforme fueron evaluados. Puntuación final Calificación final combinada y la calificación de los consultores Nombre del ganador, coste, duración y Nombre del ganador, precio final del resumen del alcance del contrato. Además contrato, duración y alcance del mismo. esta información debe enviarse a todos los Además esta información debe enviarse a consultores que presentaron propuestas todos los consultores que presentaron propuestas El Banco se encargará publicar las notificaciones de adjudicación sometidas a revisión anterior en su portal de Internet. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 12 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) (2.32) RECHAZO DE TODAS LAS PROPUESTAS Y NUEVA INVITACIÓN. Se detallan las condiciones para la modificación de las especificaciones en el caso de iniciar un nuevo proceso. Es posible, cuando el motivo de rechazo sea que el precio es superior al presupuesto disponible o el costo estimado, aumentar el presupuesto o reducir el alcance de los servicios contratados (reducir el coste). Sin embargo, se prohíbe esta reducción del alcance cuando ésta se considere sustancial. Por otro lado, en un contrato sobre la base del tiempo trabajado se puede negociar el número de meses por persona propuesto siempre y cuando no se comprometa la calidad del trabajo. No es común negociar las tarifas de los expertos clave. 3. OTROS MÉTODOS DE SELECCIÓN (3.7) SELECCIÓN BASADA EN CALIFICACIONES DE LOS CONSULTORES. Este método se permite en proyectos menores. Por proyecto menor, de nuevo, se entiende menor de US$300.000 (frente a los US$200.000 previos a la revisión). (3.12) USO DE SISTEMAS PAÍS. La posibilidad de usar procedimientos del sistema de contratación pública del país Prestatario, previamente aprobados por el Banco. Es una novedad de la revisión de 2011 y se enmarca en el Programa Piloto Propuesta para el Uso de Sistemas País en Operaciones del Banco. 4 (3.15) SELECCIÓN DE ORGANISMOS DE NACIONES UNIDAS COMO CONSULTORES. A esta posibilidad, ya prevista en la normativa anterior, se añade una restricción para el caso de selección en base a una sola fuente: El organismo de Naciones Unidas debe ser el único capacitado para proporcionar asistencia técnica y asesoramiento en su campo de especialización. 4 Más información disponible en: http://web.worldbank.org/WBSITE/EXTERNAL/BANCOMUNDIAL/EXTPPSPANISH/EXTPROCURINSPA/0,,contentM DK:21655797~pagePK:84269~piPK:84286~theSitePK:2242580,00.html Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 13 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) 4. TIPOS DE CONTRATO Y DISPOSICIONES IMPORTANTES (4.1) CONTRATO POR UNA SUMA GLOBAL. Se añade la prohibición de realizar ningún ajuste de precios excepto los previstos en el párrafo 4.7 (relativo a la necesidad de ajustes en situaciones inflacionistas). (4.5) CONTRATO CON ENTREGA NO DEFINIDA DE LOS SERVICIOS O CONVENIO DE PRECIOS. Se añade la aclaración de que los servicios son ofrecidos por empresas que se comprometen, por medio de una carta de intención, a poner a disposición del Prestatario una lista de expertos. Los Prestatarios, recibidas las cartas, elaboran una lista larga de expertos calificados de donde se seleccionaran a medida que se vayan necesitando. (4.7) AJUSTE DE PRECIOS. Se aclara, en relación con (4.1) que, normalmente, los contratos por suma global con duración inferior a dieciocho meses no son sujetos a ajuste de precios automático salvo contratos plurianuales de menor valor. También que, excepcionalmente, el precio se puede modificar cuando los servicios extienden el alcance de lo indicado en los Términos de Referencia originales del contrato. (4.8) DISPOSICIONES SOBRE PAGOS. Sobre la garantía del anticipo, la recomendación de suscribirla cuando este sea superior al 10% del contrato se convierte en obligación en todos los casos. (4.10) GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA Y DE CUMPLIMINETO DE LA LIQUIDACIÓN POR DAÑOS.Se añade que, la aplicación de liquidación por daños no se recomienda debido a que la prestación oportuna de servicios de naturaleza intelectual y asesoramiento depende en gran medida de acciones del cliente por lo que no es fácil determinar la responsabilidad del consultor. (4.15) LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. El uso del arbitraje comercial internacional para la solución de conflictos, sólo recomendado en las normas previas a la revisión, se convierte en una obligación de los Prestatarios salvo que el Banco haya aceptado específicamente y de forma justificada no solicitarlo. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 14 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) 5. SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES (5.1) Se añade la posibilidad para el prestatario de invitar a empresas a presentar consultores individuales cuando éstos “no están disponibles o no pueden firmar un contrato directamente con un Prestatario debido a un acuerdo previo con la firma” (5.2) Se incorpora la recomendación de publicar las solicitudes de expresiones de interés cuando: a. El prestatario no conoce individuos calificados o no sabe si están disponibles b. Los servicios son complejos c. Puede haber beneficios por hacer una publicación amplia d. Cuando es obligatorio según la ley nacional Se especifica la obligación de detallar criterios de selección y que estén basados en la experiencia y las calificaciones sin tener en cuenta la experiencia corporativa en los casos en los que el contrato se celebre con una empresa. (5.3) Se elimina la frase “no se requiere publicar anuncio”, referida a la selección de consultores individuales. En cuanto a los criterios de valoración de la capacidad de los consultores, se hace de forma mucho más genérica al hablar de experiencia relevante, calificaciones y capacidad eliminando las referencias a conocimiento de las condiciones locales como idioma, cultura, sistema administrativo y organización del gobierno. (5.4) La selección sigue sin estar sujeta a revisión anterior. Sin embargo, se establece la obligación de obtener la “no objeción” en los siguientes supuestos: a. Cuando no haya podido comparar tres candidatos debe obtenerla sobre la justificación b. Cuando necesite invitar a empresas (5.1) c. Cuando fracasen las negociaciones con el primer individuo o empresa seleccionada, antes de negociar con los siguientes. d. En el caso de contratación directa Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 15 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) (5.5) En este párrafo se trata sobre el conflicto de intereses para cuando se contrate una firma (en la anterior revisión, dado que esto no estaba previsto, se habla de la contratación de consultores asociados de forma permanente a una institución o una firma). Se añade, dado que ahora sí se puede contratar a una empresa, la imposibilidad de sustituir al individuo propuesto inicialmente. Esto tendría como consecuencia la calificación del siguiente en la lista. (5.6) Sobre contratación directa, los cuatro supuestos que la permiten se mantienen. A saber: a. Continuación de un trabajo previo b. Contrato de duración inferior a seis meses c. Situación de emergencia y d. Que el consultor sea el único cualificado para el trabajo. Como novedad, se detallan los elementos que están sujetos a la “no objeción” a. Los Términos de Referencia b. La Justificación detallada de razones para realizar contratación directa No será necesaria la no objeción en contrataciones inferiores al monto límite establecido con base al riesgo y alcance del proyecto que debe ser previamente descrito en el Plan de Adquisiciones. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 16 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) APÉNDICE 1. EXAMEN POR EL BANCO DE LA SELECCIÓN DE CONSULTORES EXAMEN PREVIO (2.c)) Se añade la actuación prevista para cuando el Banco detecte una discrepancia en la evaluación financiera. Debe notificarlo al Prestatario quién a su vez está obligado a resolver los temas identificados antes de las negociaciones (o suspenderlas si hubieran comenzado). El Banco deberá dar la “no objeción a la recomendación del Prestatario. (2.d)) Otra novedad es la obligación del Prestatario de solicitud de “no objeción” para obtener una prórroga superior a cuatro semanas o de cualquier período si no es la primera que se solicita. (2.e)) El prestatario debe notificar recibo a los consultores cuando estos presenten una inconformidad. Asimismo, debe hacer llegar al Banco una copia de la inconformidad, los comentarios del Prestatario y una copia de la respuesta que planea enviar al consultor que presentó la inconformidad. (2.i)) Tan pronto como se firme el contrato, se debe enviar una copia al Banco (en la anterior revisión, esto se hacía antes del primer desembolso). Se hace mención especial al caso en que los pagos tengan que efectuarse con fondos de una Cuenta Especial (CE). (2.k)) Deber de conservación documental. De forma análoga a como ya ocurría en los supuestos de Revisión Posterior. Se establece este deber para el prestatario durante la ejecución del proyecto y hasta dos años después de la terminación del Convenio del préstamo e incluye la obligación de estar en disposición de presentar, a disposición del Banco o sus consultores: - Original firmado del contrato y todas las modificaciones o agendas posteriores. - Original de las propuestas, todos los documentos y correspondencia relacionada con el proceso de contratación y ejecución. También documentos de soporte para evaluación de propuestas y recomendación de adjudicación presentada al Banco. - Comprobantes de facturas entregas, terminación y aceptación de bienes, obras y servicios distintos a consultoría. - Para los contratos adjudicados por medio de selección en Base a una sola fuente, el documento donde se incluya la justificación del uso del método, la capacidad técnica y financiera de la empresa y la versión original del contrato. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 17 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) EXAMEN POSTERIOR (5) Se incluye la posibilidad, dependiendo del nivel de riesgo y alcance del proyecto de acordar con el Prestatario que las revisiones posteriores sean llevadas a cabo por una entidad independiente. En cuyo caso, el Banco revisa los informes presentados por el Prestatario y se reserva el derecho a llevar a cabo revisiones posteriores. CAMBIO DE REVISIÓN POSTERIOR A REVISIÓN ANTERIOR (6) En algunos casos, aunque el monto del contrato no supere el límite que hace exigible la revisión anterior, el Banco puede requerir una Revisión Anterior: - Si se ha presentado una incorformidad que deba ser tratada con seriedad - Si el método de adquisiciones debe ser modificado por existir una diferencia mayor o menor con referencia al coste estimado inicialmente, en cuyo caso habrá que modificar el Plan de Adquisiciones y someterlo al Banco para su revisión y “no objeción”. DILIGENCIA DEBIDA EN CUANTO A LAS POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE SANCIONES DEL BANCO (8) Se exige al Prestatario que revise las listas y la elegibilidad de los licitantes. Debe también, y aquí entra en juego la diligencia debida adicional, monitorear los contratos que estén siendo ejecutados por una empresa o individuo que haya sido sancionado por el Banco. Además, no debe celebrar ningún nuevo contrato o agenda u extensión del tiempo de terminación u orden de variación con un agente sancionado o suspendido por el Banco sin que el Banco haya realizado revisión previa y otorgado la “no objeción”. El banco financiará únicamente los gastos en que se haya incurrido antes de la fecha de terminación del contrato original o la fecha revisada para: (i) Contratos sujetos a revisión previa ya revisados y (ii) contratos sujetos a revisión posterior con adenda firmada antes de la fecha de la sanción. El Banco no financiará ningún contrato nuevo o adenda que introduzca una modificación material a un contrato que haya sido firmado con un agente sancionado o suspendido tras la fecha efectiva de la sanción o suspensión. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 18 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) APÉNDICE 2. INSTRUCCIONES A LOS CONSULTORES Y HOJA DE DATOS (IC) DEL PP (P) Sobre la información que deben contener las Instrucciones a los Consultorse (IC) de la Petición de Propuestas (PP), se modifica el punto p) en cuanto a la extensión del plazo en que las propuestas se considerarán válidas. Se establecen los siguientes requisitos: ‐ No se pueden hacer cambios en la propuesta original. ‐ Deben confirmar la disponibilidad de los expertos propuestos y justificar si alguno de los expertos no está disponible para sustituirlo por otro. Se rechazará la propuesta si se concluye que se propuso un experto sin confirmar su disponibilidad. ‐ Las puntuaciones de evaluación técnica basada en expertos claves, las propuestas financieras y los demás detalles deben permanecer intactos. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 19 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) III. CONCLUSIÓN Aunque esta autodenominada reforma se pretendía en profundidad, se trata de una revisión más de las normas de contratación comparable a las que se llevaron a cabo en 2006 y 2010. Actualmente (Febrero de 2012) acaba de dar comienzo un proceso de reforma de las normas de contratación de mucho mayor calado con un propósito aún por definir y cuya fecha de finalización se desconoce Pese a ello, la reforma de enero de 2011 supone una evolución en las políticas de contratación de consultores. Se percibe un esfuerzo por aumentar la armonización, el uso de sistemas de e-procurement y la introducción progresiva de sistemas de licitación nacionales.También se persigue el fomento de la transparencia haciendo hincapié en los requisitos de publicidad (es un avance que los Anuncios Generales de Adquisiciones estén disponibles en la web del Banco sin necesidad de utilizar un medio de pago como UNDB online), la lucha contra la corrupción y flexibilización del sistema. Los sistemas de arbitraje cobran mayor protagonismo y se permite a las empresas, en determinados casos, presentar expresiones de interés para contratos de consultoría individual proponiendo trabajadores de su plantilla. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 20 NORMAS: SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CONSULTORES (REVISIÓN 2011) IV. ENLACES DE INTERÉS ‐ Normas de Selección de Consultores en Inglés, Francés y Español desde 1999: http://go.worldbank.org/U9IPSLUDC0 ‐ Portal de Adquisiciones del Banco Mundial http://go.worldbank.org/KVOEGWC8Q0 ‐ Uso de Sistemas Nacionales de Adquisiciones: http://go.worldbank.org/nm5h1zsl40 Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Washington 21