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SERVICIO DE CONTRATACIÓN
Nº EXPTE.:
N/REF.:
Decreto
0005/11/02/03
FF/JG
ASUNTO:
Pza. Viriato s/n
49001 Zamora
980559300
980509079
S/REF.:
Adjudicación contrato
Vista la documentación que consta en el expediente, el SR. DIPUTADO
DELEGADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA en funciones, que suscribe,
PROPONE a la Presidencia la adopción de la siguiente resolución:
Visto el procedimiento instruido bajo el número 005/11/02/03, relativo a la
contratación, mediante procedimiento abierto, del servicio de formación de inventario
de bienes municipales, ejercicio 2010, por importe máximo de 48.000,00 €, se han
apreciado los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
1.- Mediante Decreto de Presidencia de 7 de junio de 2011, registrado al
número 3.643, fue aprobado dicho expediente de contratación así como los pliegos
de condiciones particulares, tanto administrativas como técnicas que habrían de regir
dicha contratación, así como la autorización del gasto con cargo a la P.P.
9230.22706, RC nº de operación 220100005669.
2.- El anuncio de licitación del referido contrato fue publicado en el BOP nº 73
de 15 de junio de 2011.
3.- Según consta en la certificación de la hoja del registro de plicas
1
presentaron proposiciones las siguientes empresas: NADIR INGENIERIA S.L.,
LEMANSA S.L., SERPROFES S.L., CORE SOLUTIONS S.L., GRUPO TASVALOR
S.A., CENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDECCIÓN ESPACIAL S.A. (COTESA),
ASESORES LOCALES CONSULTORIA S.A. y GRUPO CONSERLOCAL S.L.
4.- Constituida la Mesa de contratación, tras la celebración de las reuniones
oportunas, elevó al órgano de contratación, con fecha de 24 de octubre de 2011,
propuesta de adjudicación en base al informe emitido por Ángel Gallego Añez, Jefe
accidental del servicio de Asistencia a Municipios, de fecha 14 de octubre de 2011 y
al resultado del sorteo antes relatado.
5.- Previo requerimiento efectuado al efecto, la empresa autora de la
proposición más ventajosa para la Corporación ha presentado la documentación
justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
y con la Seguridad Social así como el resto de la documentación que le ha sido
requerida y ha constituido la garantía definitiva por importe de 1.320,00 €, depositada
en la Tesorería de Fondos Provinciales mediante Certificado de Seguro de Caución
nº 4067082, de la Compañía española de Seguros y Reaseguros de Crédito y
Caución, S.A., con fecha 9 de noviembre de 2011 y registrado al nº 197.
Sobre estos antecedentes cabe formular las siguientes
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
1.- Se ha observado lo prescrito en los artículos 122 a 136 y 141 a 145 de la
Ley de Contratos del Sector Público, Ley 30/2007, de 30 de octubre (LCSP), así
como los preceptos concordantes del Reglamento General de la Ley de Contratos de
las Administraciones Públicas (RGLCAP) en lo que no contradigan a aquella.
Por todo lo expuesto, se adopta la siguiente
RESOLUCION
1º. Declarar valido el procedimiento de selección del contratista, asumiendo
como propio el informe emitido por el Jefe accidental del servicio de Asistencia a
Municipios, y el sorteo realizado para resolver el empate que se había producido
entre las dos mejores ofertas, que consta en el expediente, aprobado por unanimidad
por la Mesa de contratación.
2.- Rechazar, en uso de las facultades conferidas a esta mesa en los arts. 81 y
82 del RGLCAP, las plicas que a continuación se relacionan, excluyéndolas de la
licitación:
2
Plica nº 7 presentada por la empresa ASESORES LOCALES CONSULTORIA
S.A., por no haber acreditado dentro del plazo de subsanación de defectos concedido
al efecto la solvencia técnica en los términos expresados en el pliego de cláusulas
administrativas, en concreto por no haber podido presentar certificados de los
trabajos realizados.
Plica nº 2, presentada por la empresa LEMANSA S.L., por incluir en el sobre
nº 2, relativo a los criterios no valorables en cifras y porcentajes, la indicación del
plazo de ejecución del contrato, criterio cuya justificación debería haberse incluido en
el sobre nº 3, relativo a los criterios valorables en cifras y porcentajes, lo que supone
causa de exclusión de conformidad con lo señalado en la cláusula 10.5 del pliego de
cláusulas administrativas particulares.
Plica nº 4, presentada por la empresa CORE SOLUTIONS S.L., por incluir en
el sobre nº 2, relativo a los criterios no valorables en cifras y porcentajes, la indicación
del plazo de ejecución del contrato, criterio cuya justificación debería haberse incluido
en el sobre nº 3, relativo a los criterios valorables en cifras y porcentajes, lo que
supone causa de exclusión de conformidad con lo señalado en la cláusula 10.5 del
pliego de cláusulas administrativas particulares.
Plica nº 5, presentada por la empresa GRUPO TASVALOR S.A., por cuanto
no presenta un modelo de ficha por cada tipo de bien, derecho o acción, omisión que
se prevé expresamente como causa de exclusión en el cuadro de características en
relación con lo dispuesto en la cláusula 10.3 del pliego de cláusulas administrativas
particulares.
3º.- Clasificar, de conformidad con el art. 135 de la LCSP, las proposiciones
admitidas, por orden decreciente, de la siguiente forma:
1. SERPROFES S.L.
2. CENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDECCIÓN ESPACIAL S.A.
(COTESA)
3. GRUPO CONSERLOCAL S.L.
4. NADIR INGENIERIA S.L.
5º.- Adjudicar el contrato del servicio de formación de inventario de bienes
municipales, ejercicio 2010, a la oferta presentada, bajo el numero 3, por doña María
Teresa Antúnez González, en nombre de SERPROFES S.L., CIF B81537383, en su
propio nombre y representación, como autora de la proposición más ventajosa para la
Corporación, en las condiciones establecidas en los pliegos de condiciones técnicas y
administrativas que rigen este contrato y en su propia oferta por la que se
compromete a su ejecución en el precio de 22.372,88 € más 18.305,09 € de IVA y un
plazo de ejecución de cuatro meses.
6º.- Notificar a los licitadores y publicar esta adjudicación en el perfil de
contratante del órgano de contratación, de conformidad con lo establecido en el art.
135 de la LCSP.
7º.- Proceder a la formalización del contrato no más tarde de los quince días
3
hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
8º.- Publicar en el perfil del contratante la formalización del contrato en los
términos señalados en el art. 138 de la LCSP.”
No obstante, la Presidencia acordará aquello que estime conveniente.
Zamora, a 9 de noviembre de 2011
Fdo. Pablo Rubio Pernía
DECRETO Nº ________: Aceptada la anterior propuesta, se resuelve conforme a
la misma. Cúmplase en sus propios términos.
De todo lo cual, como Secretario, doy fe y transcribo al Libro de Resoluciones.
Zamora, a ....... de .......................... de ..........
EL PRESIDENTE
EL SECRETARIO GENERAL
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