Presentación - Secretaría de Educación de Boyacá

Transcripción

Presentación - Secretaría de Educación de Boyacá
PRESENTACIÓN
El programa de inducción y reinducción de la Secretaria de Educación de
Boyacá se implementa como una herramienta para que dentro de un contexto
metodológico, práctico, participativo , integral y flexible, le permita a quienes
ingresan al sistema educativo de Boyacá conocer el marco institucional, tener
un visión de las políticas educativas y reconocer la importancia y
transcendencia de pertenecer al sector de la educación, para que a la vez sirva
como un componente de motivación que estimule el sentido de pertenencia y la
auto estima del servidor de la educación de Boyacá.
MISIÓN
Dirigir y planificar el servicio educativo en los municipios no certificados del
Departamento de Boyacá, garantizando calidad, cobertura, equidad y
pertinencia, promoviendo la formación de ciudadanos constructores de nuevas
formas de ser, de pensar y de actuar, con el fin de incrementar el conocimiento,
la productividad y la competitividad de nuestra gente.
VISIÓN
La Secretaría de Educación de Boyacá como parte integral de la entidad
territorial, será en el 2019 determinante en el desarrollo humano, social, cultural,
tecnológico y económico del Departamento.
OBJETO
Establecer las directrices para realizar las actividades de inducción y
reinducción de los servidores antiguos y nuevos que pertenecen a la
Secretaría de Educación de Boyacá.
ALCANCE
El programa de inducción y de reinducción aplica a todas las actividades de
la Administración Central y de las Instituciones Educativas, e inclusive se
propone llegar hasta las áreas y a los puestos de trabajo de cada uno de los
servidores del sistema educativo departamental.
OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE INDUCCIÓN
• Dar a conocer la Secretaría de Educación de Boyacá y/o a las Instituciones
Educativas para que el servidor público se apropie del horizonte institucional
(Misión, visión, filosofía), de las competencias y responsabilidades propias
del cargo a desempeñar y de sus deberes y derechos.
• Familiarizar al servidor público, con la organización y con las funciones
generales del Estado.
• Crear identidad y sentido de pertenencia hacia la Secretaría de Educación
y/o las Instituciones Educativas.
OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE REINDUCCIÓN
• Mantener actualizados a los servidores del sistema Educativo de Boyacá,
en políticas, planes y programas de iniciativa nacional, departamental y
local.
• Estimular la integración del empleado hacia la cultura organizacional, en
virtud de los ajustes normativos, administrativos, metodológicos, formativos
y misionales.
• Actualizar al servidor educativo en las normas y tendencias pedagógicas
• Fortalecer el sentido de pertenencia e identidad con la Secretaría de
Educación de Boyacá.
OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE INDUCCIÓN Y
REINDUCCIÓN EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.
GENERAL
Presentar el Proyecto Educativo Institucional y los componentes institucionales
a los nuevos docentes y directivos docentes como estrategia de interacción
con los miembros de la comunidad educativa.
ESPECÍFICO
Proporcionar al docente y directivo docente, información relacionada con las
políticas, planes y proyectos institucionales para contribuir a una mejor
adaptación en su ambiente laboral.
ESTRUCTURA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE BOYACÁ
PRINCIPIOS PROGRAMA DE INDUCCIÓN Y
REINDUCCIÓN
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Principio de Universalidad.
Principio de Integralidad.
Principio de Publicidad.
Principio de la Dinámica.
Principio de Utilidad.
Principio Ético.
Principio de Pertinencia.
DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
1. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN.
2. OFICINA ASESORA JURÍDICA.
3. GRUPO GESTIÓN ORGANIZACIONAL.
4. GRUPO MISIONAL INSPECCIÓN Y VIGILANCIA.
5. COBERTURA.
6. CALIDAD.
7. GRUPO GESTIÓN DE PERSONAL.
8. GRUPO SISTEMA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO.
9. GRUPO DE BIENES Y SERVICIOS.
10. GRUPO DE NÓMINA.
11. GRUPO GESTIÓN FINANCIERA.
12. GRUPO HISTORIAS LABORALES.
MARCO NORMATIVO
NORMA
FECHA
Título
Área Responsable
Ley
190 de junio 6 Todas las entidades públicas Desarrollo de Personal
de 1995, art. 64 tendrán un programa Inducción
para el personal que ingrese a la
entidad…
Ley
715 de
Por la cual se dictan normas Gestión de Personal.
diciembre 21 de orgánicas en materia de recursos
2001
y competencias de conformidad Asesoría Jurídica
con los artículos151, 288, 356 y
357 (Acto Legislativo 01 de 2001) Área Misional
de la Constitución Política y se
dictan otras disposiciones para
organizar la prestación de los
servicios de educación y salud,
entre otros.
NORMA
Ley
Ley
Ley
Ley
FECHA
100 de
diciembre 23 de
1993
91 de diciembre
29 de 1989
1527 de abril
27 de 2012
115 de febrero
8 de 1994
Título
Por la cual se crea el sistema de
seguridad social integral y se
dictan otras disposiciones.
Por la cual se crea el Fondo
Nacional
de
Prestaciones
Sociales del Magisterio.
Por medio de la cual se
establece un marco general para
la libranza o descuento directo y
se dictan otras disposiciones.
Por la cual se expide la ley
general de educación.
Área Responsable
Desarrollo de
Personal
Desarrollo de
Personal
Nómina
Área misional
NORMA
Ley
Ley
Ley
Decreto
FECHA
909 de
septiembre 23
de 2004
734 de febrero
5 de 2002
1010 enero 23
de 2006
2277 del 14 de
septiembre de
1979
Título
Por la cual se expiden normas
que regulan el empleo público, la
carrera administrativa, gerencia
pública y se dictan otras
disposiciones.
Por la cual se expide el Código
Disciplinario Único.
Por la cual se adoptan medidas
para prevenir , corregir y
sancionar el acoso laboral
Por la cual se adoptan normas
sobre ejercicio de la profesión
Docente
Área Responsable
Gestión de Personal
Asesoría Jurídica
Desarrollo de
Personal
Gestión de Carrera
NORMA
Decreto
FECHA
1278 del 19 de
junio de 2002
Título
Por la cual se expide el estatuto
de Profesionalización Docente.
Área Responsable
Gestión de Carrera
Gestión de Personal
Decreto
Decreto
3020 de
Por el cual se establecen los
diciembre 10 de criterios y procedimientos para
2002
organizar las plantas de personal Gestión de Personal
docente y administrativo del
servicio educativo estatal que
prestan las entidades territoriales
y se dictan otras disposiciones.
520 de febrero Por el cual se reglamenta el Gestión de Personal
17 de 2010
artículo 22 de la Ley 715 de 2001
en relación con el proceso de
traslado de docentes y directivos
docentes.
NORMA
Norma
FECHA
NTC-ISO
9000:2000
Norma
NTC-ISO
9001: 2000
NTC-ISO
19011:2002
1075 del 26 de
mayo de 2015
Norma
Decreto
Título
Área Responsable
de Gestión de la Gestión
fundamentos
y Organizacional
Sistema
Calidad
vocabulario.
Sistema
de Gestión de la
Calidad. Requisitos.
Directrices para la Auditoría
Medio-Ambiental y de la Calidad.
Por medio del cual se expide el
Decreto Único Reglamentario del
Sector Educación”
Gestión
Organizacional
Gestión
Organizacional
Secretaria de
Educación de Boyacá
MARCO TECNOLÓGICO
La inducción y la reinducción están insertas dentro de la filosofía del mejoramiento
continuo (link modernización del Sector), por consiguiente, el funcionario que
acceda a la administración pública, Departamento de Boyacá-Secretaría de
Educación, se auto-capacita a través del portal web donde deberá acceder a
todos los procesos e información sobre la entidad y a la expedición del certificado
del curso de inducción y el cual será incorporado a la historia laboral.
La Secretaría de Educación de manera permanente, comunicará a través de la
página web todas las actualizaciones de carácter legal y administrativo de los
temas relacionados con el funcionamiento del sector.
COBERTURA EDUCATIVA
Conjunto de actividades técnicas y administrativas requeridas para hacer
eficiente, eficaz y efectivo el acceso y permanencia de los estudiantes en
el sistema educativo estatal.
Reglamentado según Resolución Nacional 07797 del 29 de mayo de 2015
OBJETO
Busca garantizar que previo a iniciar el calendario escolar, se articule la
capacidad operativa de las ETC con el recurso humano, de infraestructura
y de estrategias de permanencia del sistema educativo estatal, con el fin
de garantizar el goce efectivo del derecho a la educación, asegurando la
prestación del servicio educativo y su continuidad durante el calendario
escolar.
Responsables
1. Entidades Territoriales certificadas en Educación – ETC.
2. Rectores de las I.E.
3. Personal administrativo responsable en la ETC y las I.E.
4. Padres de familia o acudientes.
DIRECTRICES PARA ORGANIZACIÓN DEL PROCESO
1. Garantizar el derecho a la Educación de la población en edad escolar, en condiciones
de equidad, eficiencia y calidad.
2. Usar de manera eficiente y eficaz la capacidad instalada de los establecimientos
educativos estatales, el recurso humano disponible y los recursos financieros
asignados.
3. Garantizar la no exigencia de examen de admisión como requisito para el ingreso al
sistema educativo estatal. No obstante, podrá definir que sus establecimientos
educativos estatales realicen exámenes posteriores que permita la nivelación
académica, para determinar el nivel o grado académico al que pueda ser ubicado el
estudiante en caso de que él, de manera justificada, no esté en condiciones de
presentar sus antecedentes académicos. En cualquier caso, la inscripción y examen
de clasificación serán gratuitos para los estudiantes.
4. Generar las estrategias requeridas para evitar la interrupción del proceso educativo y
garantizar la prestación del servicio.
5. Garantizar el acceso y la permanencia educativa a la población en edad escolar no
escolarizada desplazada, víctima del conflicto armado interno y en situación de
vulnerabilidad, mediante la articulación de acciones con las entidades o
establecimientos públicos y/o privadas que atienden a esta población.
6. La asignación de cupo y la matrícula en el sector estatal, no está condicionada a pagos
ni requisitos que impliquen erogación por parte del padre de familia o acudiente, como
derechos académicos o servicios complementarios como afiliación a la asociación de
padres de familia, o cualquier otro tipo de organización, fondo o cuenta.
7. La atención a los estudiantes debe ser oportuna y con calidad, a través del uso de
modalidades educativas como: educación presencial, semi-escolarizada, modelos
educativos flexibles, educación por ciclos para jóvenes y adultos, sistemas tutoriales a
distancia, didácticas flexibles para la inclusión de población con discapacidad, proyectos
etno-educativos, entre otros, garantizando condiciones de acceso y permanencia
educativa para la población escolar.
8. Contratar la prestación del servicio educativo cuando sea insuficiente o existan
limitaciones en la oferta estatal, de acuerdo con la normatividad vigente.
9. La oferta educativa para la prestación del servicio debe ser diversa e incorporar
alternativas para la educación regular y los modelos educativos flexibles.
Etapas del Proceso
1.
2.
3.
4.
5.
Planeación.
Capacidad institucional y proyección de cupos.
Solicitud y asignación de cupos educativos.
Matrícula.
Auditoría de la ETC.
ETAPAS PGC
1. Planeación
Responsable: MEN-SED
Análisis de requerimientos, definición de la
metodología para desarrollar el proceso de
Gestión de Cobertura en cada IE de la ETC.
* Res. MEN 07797/2015
* Res. Deptal para cada vigencia
3. Solicitud y asignación de cupos
educativos
2. Capacidad institucional y
proyección de cupos
Responsable: IE - SEB
Responsable: IE
Determinar la capacidad en infraestructura, personal
docente y administrativo, y de recursos pedagógicos,
para la continuidad de los estudiantes activos y la atención a
población por atender, y establecer las estrategias de
ampliación de cobertura haciendo uso eficiente de los
recursos existentes.
Garantizar la permanencia y continuidad de los
alumnos activos en el sistema educativo y establecer la
demanda real de alumnos nuevos que desean acceder
al sistema educativo oficial.
4. Matrícula
Responsable: IE
5. Auditoría
Responsable: SED – IE
Hacer control y seguimiento durante todas las
etapas,
identificando
inconsistencias
y
oportunidades de mejora al proceso de cobertura
Oficializar y mantener actualizada la información de los
estudiantes antiguos que continúan dentro del sistema
educativo, además de los estudiantes que ingresan por
primera vez y los que se reincorporan a éste, garantizando
el goce efectivo del derecho a la educación.
CRONOGRAMA PGC
ACTIVIDADES
Análisis de requerimientos, definición de la metodología para desarrollar el PGC
FECHAS DE INICIO
FECHAS DE FINALIZACIÓN
1ª semana de abril
2ª semana de junio
* Reporte del acto administrativo del PGC
Capacidad institucional y proyección de cupos
Hasta la 4ª semana de junio
2ª semana de mayo
* Reporte solicitudes de cupos
4ª semana de agosto
4ª semana de agosto
Solicitudes de cupos y traslados de estudiantes
activos.
1ª semana de septiembre
4ª semana de septiembre
Inscripción alumnos nuevos.
1ª semana de septiembre
4ª semana de septiembre
* Reporte de inscripción de alumnos nuevos
4ª semana de septiembre
Promoción y aprobación de traslados de estudiantes.
3ª semana de noviembre
4ª semana de noviembre
Renovación matrícula alumnos activos
3ª semana de noviembre
4ª semana de enero del año siguiente
Novedades de retiro de estudiantes.
Permanentemente
Matrícula de alumnos nuevos
3ª semana de noviembre
4ª semana de enero del año siguiente
* Reporte información de matrícula en el SIMAT.
1ª semana de diciembre
4ª semana de febrero del año siguiente
Auditorías a los Establecimientos Educativos.
Asignación de estrategias de permanencia.
La ETC definirá las fechas de las auditorías
A partir de la fecha de inicio del calendario
escolar de la ETC.
4ª semana de noviembre
El sistema integrado de matrícula SIMAT es una
herramienta que permite organizar y controlar el
proceso de Gestión de la Cobertura en todas sus
etapas.
http://www.sistemamatriculas.gov.co
Proyección de cupos
y control de saldos
Reportes
Matrícula
antiguos y nuevos
Novedades
de alumnos
Registro e inscripción
de alumno
GRUPOS DE APOYO ~ COBERTURA EDUCATIVA
• Primera Infancia
Coordina y orienta acciones para la atención a menores de 5 años.
• Apoyo a Planta Docente
Se encarga de aplicar los criterios técnicos para que en cada I.E. se hagan las
asignaciones académicas a los docentes de acuerdo a los perfiles de los mismos.
• Permanencia Escolar
Orienta y aplica acciones para garantizar la permanencia de los estudiantes en el sistema
educativo y reducir los índices de deserción y repitencia.
• Gratuidad
Apoyo técnico-pedagógico a los programas de gratuidad: Alimentación Escolar,
Transporte.
•Educación de Adultos
Coordina el programa para la atención de jóvenes en extra-edad y adultos, mayores de 13
años.
• Población en Emergencia
Garantiza el servicio educativo a los niños y jóvenes en cualquier situación de emergencia
de tipo social o socio-ambiental.
• PAE – Plan Alimentario Escolar
Vela porque el programa de alimentación escolar llegue a todos los beneficiarios con
calidad y oportunidad.
• Apoyo SIMAT
Análisis de los reportes generados a partir de SIMAT.
• NEE – Necesidades Educativas Especiales
Coordina y orienta acciones para atención de escolares con NEE.
EQUIPO DE COBERTURA
Oficina 4° piso Edificio SEB
Teléfono: 7420200 Extensiones 3214, 3218, 3213, 3222
Líder Equipo
Alvaro Estupiñán Garcés, [email protected]
Secretaria Equipo
•Doris Vacca Bohórquez, [email protected]
Primera Infancia
•María Eudocia Niño de Guío, [email protected]
•Leonor Gutiérrez Ruiz, [email protected]
Apoyo a Planta Docente – Horas Extras
•Juan Ramírez Ramírez, [email protected]
•Francisco Javier Ossa Hoyos, [email protected]
•Anselmo Coronado, [email protected]
•José Gilberto Hernández, [email protected]
Permanencia Escolar
•Bernardo Beltrán Rivera, [email protected]
•Florentino Castro Neira, [email protected]
Gratuidad
•Melba Esperanza Daza Martínez, [email protected]
•Fanny Alicia Monroy Arias, [email protected]
NEE – Necesidades Educativas Especiales
•Teresa Santana Rodríguez, [email protected]
Educación de Adultos, PER, Grupos Étnicos
•Guillermo Cortés Páez, [email protected]
•Jorge Eliécer Mejía, [email protected]
Población en Emergencia
•Ana Lucía Ávila Ávila, [email protected]
•María del Carmen Barrera, [email protected]
Apoyo SIMAT
•Armando Mesa Preciado, [email protected]
•Rafael Zorro López, [email protected]
PAE – Plan Alimentario Escolar
•Miguel Jiménez, [email protected]
•Mery Rocío Barreto, [email protected]
Administradora SIMAT
•María Cristina Sánchez Bernal, [email protected]
MACROPROCESO D GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO EDUCATIVO
EN EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA
Proceso
Subproceso
TEMÁTICAS DESARROLLADAS
1. Garantizar el operativo de la aplicación de las Pruebas Evaluativas Externas e Internas de los
pruebas saber en instituciones oficiales y no estudiantes, índice Sintético de Calidad Educativa
oficiales.
(ISCE).
2. Establecer y aplicar el proceso para la evaluación Evaluación de docentes: - En Periodo de Prueba del desempeño de docentes y directivos docentes Desempeño.
en instituciones oficiales.
1. Gestión de la evaluación educativa
3. Gestionar la aplicación de la autoevaluación Evaluación a Instituciones Educativas por medio de
institucional en instituciones oficiales y no la Autoevaluación Institucional, desarrollo de la
oficiales.
Guía 34 sistematizada, SIGCE.
4. Promover el uso de resultados para la Valoración de las acciones de la SEB . Formulación
planeación del mejoramiento en instituciones del Plan de Apoyo al Mejoramiento (PAM), 33.
oficiales y no oficiales.
Revisión y Re-significación de los
1. Gestión del PEI en los establecimientos Proyectos Educativos Institucionales (PEI),
educativos oficiales y no oficiales.
Bilingüismo, Jornada Única, Modelos
Flexibles.
2. Garantizar el
mejoramiento
continuo de los
establecimientos
educativos
2. Apoyar la ejecución de los planes de
mejoramiento de los establecimientos
educativos oficiales y no oficiales.
Planes de Mejoramiento Institucionales
(PMI), desarrollo de la Guía 34
sistematizada, SIGCE.
Elaboración y desarrollo del Plan
Formación Docente,
3. Ejecutar planes de formación y Territorial de
Exaltación
al
Mérito
capacitación de docentes y directivos Congresos,
Educativo, Acompañamiento al Programa
docentes en EE oficiales.
Todos a Aprender.
Garantizar el
mejoramiento
continuo de los
establecimientos
educativos
Proyectos Ambientales, Tiempo Libre,
4.Orientación de estrategias pedagógicas Proyectos de Educación Sexual, Ley de
para implementar ejes transversales.
Convivencia Escolar, proyecto de Educación
Vial, Proyecto de Residuos Peligrosos.
5.Promover la articulación de los niveles Programas de Articulación con el SENA,
educativos.
Universidades, Especialidades de IE,
Normales.
Medios y Tecnologías (TIC), emisoras
6.Gestionar el uso de medios educativos. virtuales,
Diagnósticos
tecnológicos,
Incorporación de las TIC a los PEI.
7.Fortalecimiento
significativas.
de
Foros, investigación, Ondas, Expo-arte,
experiencias Expo-ciencia, Robótica. Identificación,
compilación y publicación de experiencias
significativas.
EQUIPO CALIDAD EDUCATIVA
Oficina 4° piso Edificio SEB
Teléfono7420200 Extensiones 3215, 3216,3217,3219,3220
SUBPROCESO
TEMAS ESPECÍFICOS
AUTOEVALUACION
AUTOEVALUACIÓN INSTITUCIONAL
EVALUACIÓN DE DOCENTES
EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
CORREO
MIGUEL CIPAGAUTA
[email protected];
EVALUACIÓN DE DOCENTES
ORIOL ALBERTO RAMOS SALAZAR
[email protected];
EVALUACIÓNES INTERNAS
JOSÉ HERNÁN FORERO BUITRAGO
[email protected]
EVALUACIÓNES EXTERNAS
JAIRO HUMBERTO SERRANO PULIDO
[email protected]
EVALUACIÓNES EXTERNAS
PATRICIA LEONOR DE LA CRUZ OSPINA [email protected]
ARTICULACIÓN CON EL SENA
EDUCACIÓN FINANCIERA
ARTICULACION
DIRECTOR NUCLEO EDUCATIVO
ESPECIALIDADES
JOSÉ DE JESÚS HERNÁNDEZ PUENTES [email protected]
ALFONSO HERNÁNDEZ MUÑOZ
[email protected]
JOSÉ HERNANDO SOLANO
[email protected]
ARTICULACIÓN CON LA EDUCACIÓN
FRANCISCO LEAL BERNAL
SUPERIOR
NORMALES
LUZ ANGELA FLOREZ
[email protected]
[email protected]
LUIS MANUEL SALAZAR
EXPERIENCIAS
SIGNIFICATIVAS
FORMACION DOCENTE
EXPO-CIENCIA, EXPO-ARTE, FOROS,
INVESTIGACIÓN.
PTA, BECAS DOCENTES, CAPACITACIÓN,
EXALTACIÓN AL MÉRITO EDUCATIVO
BILINGUISMO
CURRÍCULO
AGUSTÍN CRISTIANO
JULIO MAURICIO ROJAS MAYORGA
[email protected]
AURA YANETH SAYO GUTIERREZ
[email protected]
CIRO BENJAMIN BERNAL
[email protected]
JUAN DE JESÚS GÁMEZ SEGURA
[email protected]
BENEDICTO SOLER PEDROZA
[email protected]
JOSE CRSITOBAL DUARTE RIAÑO
[email protected]
[email protected]
CLARA EDILMA BONILLA
[email protected]
GABRIEL MONTERO CRUZ
[email protected]
JORNADA ÚNICA, CURRÍCULO
LUIS GUILLERMO VARGAS
[email protected]
CURRÍCULO
SAMUEL ALBERTO AGUDELO GOMEZ
[email protected]
MODELOS FLEXIBLES
PLINIO LIBARDO GUTIERREZ CASTILLO
[email protected]
REYNALDO AMAYA
[email protected]
MERCEDES DEL ROSARIO NAJAR CASRTRO
[email protected]
JOSÉ GUSTAVO ARIAS
[email protected]
SALIDAS PEDAGÓGICAS, CURRÍCULO
PEI
[email protected]
MODELOS FLEXIBLES, JORNADA ÚNICA
PROYECTO EDUCATIVO TERRITORIAL
PROYECTO EDUCATIVO TERRITORIAL
PLANES DE MEJORAMIENTO
INSTITUCIONAL
ALONSO RODRIGUEZ AVENDAÑO
[email protected]
PLANES DE MEJORAMIENTO
INSTITUCIONAL
LUIS ENRIQUE CELY MEDINA
[email protected]
AURA MERCEDES BAUTISTA POVEDA
[email protected]
AGUSTIN ROMERO HUERTAS
MARCO TULIO PIÑEROS CHIVATÁ
[email protected]
mpineros@sedboyacá.gov.co
BLANCA CECILIA IBAÑEZ CRUZ
[email protected]
EVANGELINA RINCÓN RINCÓN
[email protected];
HERNANDO ALFONSO HERNÁNDEZ
[email protected]
SERGIO AGUSTIN MONROY GUATIBONZA
[email protected]
GILBERTO MEDINA AREVALO
[email protected]
MOISES SUAREZ BOHORQUEZ
[email protected]
RAFAEL PEREZ ZARATE
[email protected]
ASESOR CALIDAD EDUCATIVA
CESAR RAMIRO ALVAREZ BUITRAGO
[email protected]
LÍDER CALIDAD EDUCATIVA
YENNY ASTRID BORDA SOLER
[email protected]
SECRETARÍA DE CALIDAD
SANDRA AYALA MONTOYA
[email protected]
PMI
MEDIOS Y TECNOLOGÍAS
INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA,
MANEJO DE LA PLATAFORMA SIGCE
TRANSVERSALES
CERTIFICACIÓN DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL
CIUDADANO
Proceso de verificación y validación del cumplimiento de las condiciones
técnicas y administrativas mínimas que aseguran que el Proceso de Atención
al Ciudadano permite dar respuesta oportuna y efectiva a las solicitudes,
trámites, correspondencia y gestión documental realizadas por los usuarios
del servicio educativo tanto en el Ministerio de Educación como en las
Secretarías de Educación.
CADENA DE VALOR
MACROPROCESOS
DIRECCIONAMIENTO
MACROPROCESOS
MISIONALES
A. Gestión estratégica de la secretaria de educación
B. Gestión de
Programas y
Proyectos
C. Gestión de
la Cobertura
del Servicio
Educativo
D. Gestión de
la calidad del
Servicio
educativo
Gestión de la inspección y vigilancia de establecimientos educativos
MACROPROCESOS
DE APOYO
Gestión de la información
Gestión de recursos humanos
Gestión Administrativa de bienes y servicios
Gestión financiera
Control Interno
Gestión de tecnología Informática
Asuntos legales y públicos
Administración del Sistema de Gestión de Calidad
E. Atención
al usuario
MACRO-PROCESO E
E. Atención
al usuario
MACROPROCESO E
PROCESOS Y SUBPROCESOS
E01. Gestionar solicitudes y correspondencia
E02. Desarrollar y mantener relaciones con el ciudadano
E01.01:Atender, direccionar y hacer
seguimiento a solicitudes
E01.02:Recibir y enviar corrrespondencia
E02.01:Medir la satisfacción del
cliente.
E. Atención
al ciudadano
PROCESOS Y SUBPROCESOS
E01. Gestionar solicitudes y correspondencia
–
Atender, direccionar y hacer seguimiento a las solicitudes.
Recibir, distribuir y dejar registro del estado en que se encuentra cada requerimiento y
dar respuesta oportuna a las solicitudes, peticiones, quejas, reclamos, trámites y
sugerencias que llegan a la Secretaría.
E. Atención
al usuario
PROCESOS Y SUBPROCESOS
–
Recibir y enviar correspondencia
Recibir la correspondencia que llega de los diferentes organismos o ciudadanía en general,
la Secretaría de Educación (SE), generar oportunamente las respuestas y asegurar una
entrega efectiva de las mismas a los destinatarios.
E. Atención
al usuario
PROCESOS Y SUBPROCESOS
E02. Desarrollar y Mantener las relaciones con el cliente
– Medir la satisfacción del cliente:
Se establecen métodos que permitan obtener, identificar y evaluar el grado de satisfacción
de las necesidades y expectativas de los clientes dando cumplimiento a los requisitos
relacionados con la prestación del servicio por parte de la Secretaría, mediante el
seguimiento continuo y el aprovechamiento de la información en beneficio del ciudadano y
de la entidad. De manera que pueda realizar un plan de mejora permanente.
BENEFICIOS CLIENTES
Permite al ciudadano
registrar y consultar sus requerimientos
mediante la Web, pantallas de auto-consulta,
acceso telefónico, ventanilla, atención
personalizada, documentos físicos
y correo electrónico.
Permite ingresar nuevos requerimientos tales
como: Sugerencias, Quejas, Reclamos,
Información general y radicar trámites en línea.
Desde la comodidad de su casa u oficina,
puede realizar seguimiento a sus requerimientos
y recibir notificación del estado vía e-mail.
Generación consolidada y unificada de
estadísticas e indicadores de atención
al ciudadano y correspondencia.
Permite el envío escalonado y automático
de alertas a los responsables de dar respuesta a
requerimientos. Las alertas son configuradas
de acuerdo a los tiempos asociados
a cada eje temático.
Los ejes temáticos permiten organizar en el SAC
todos los requerimientos de las áreas de la
Secretaría involucradas en el proceso de
Atención al Ciudadano con el fin de dar
respuesta eficiente y oportuna a dichos
requerimientos.
S.A.C.
FUNCIONES SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Consultar Mis
requerimientos
1
2
FUNCIONES DEL CIUDADANO
REGISTRO
CLIENTE
Consultar Mis
requerimientos
1
3
2
Registrarse
REGISTRO
REQUERIMIENTO
Agregar
Requerimiento
1
Tipo requerimiento
Queja
Consulta
Sugerencia
Trámite
Felicitaciones
Reclamo
2
3
Contenido
Guardar
4
NÚMERO
REQUERIMIENTO
Reporte
CONSULTAR
REQUERIMIENTO
Correo Electrónico
CONSULTAS
TRAMITES
PREGUNTAS FRECUENTES
PLANTA DE PERSONAL
DECRETO: 894 (14 DE SEPTIEMBRE 2012)
RECURSOS Y COMPETENCIAS (LEY 715 DE 2001)
DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS
1. Pago del personal docente y administrativo de las instituciones educativas
públicas, las contribuciones inherentes a la nómina y sus prestaciones
sociales.
2. Construcción de la infraestructura, mantenimiento, pago de servicios
públicos y funcionamiento de las instituciones educativas.
3. Provisión de la canasta educativa.
4. Las destinadas a mantener, evaluar y promover la calidad educativa.
• Parágrafo 2°. Una vez cubiertos los costos de la prestación del servicio
educativo, los departamentos, distritos y municipios destinarán recursos de
la participación en educación al pago de transporte escolar
ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS
Población atendida
• Anualmente se determinará la asignación por alumno, de acuerdo con las
diferentes tipologías educativas que definirá la Nación, atendiendo, los niveles
educativos (preescolar, básica y media en sus diferentes modalidades) y las
zonas urbana y rural, para todo el territorio nacional.
Competencias Generales.
Competencias frente a los municipios no certificados
• Dirigir, planificar; y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar,
básica, media en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad,
eficiencia y calidad, en los términos definidos en la presente ley.
• Administrar y distribuir entre los municipios de su jurisdicción los recursos
financieros.
• Administrar, ejerciendo las facultades señaladas en el artículo 153 de la Ley
115 de 1994, las instituciones educativas y el personal docente y
administrativo.
• Mantener la cobertura actual y propender a su ampliación.
• Evaluar el desempeño de rectores y directores.
• Ejercer la inspección, vigilancia y supervisión de la educación.
• Prestar asistencia técnica y administrativa a las instituciones educativas,
cuando a ello haya lugar.
• Promover la aplicación y ejecución de planes de mejoramiento de la calidad.
• Distribuir las plantas departamentales de personal docente, directivos y
empleados administrativos.
REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA INGRESAR AL
SERVICIO EDUCATIVO ESTATAL
• Que la Constitución Política de Colombia, determinó en el artículo 125,..“Los
funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por
la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público…”
• La Ley No. 115 de 1994, en su artículo 105, estipula que “Únicamente
podrán ser nombrados como educadores o funcionarios administrativos de la
educación estatal, dentro de la planta de personal, quienes previo concurso,
hayan sido seleccionados y acrediten los requisitos legales”.
INGRESO AL SERVICIO EDUCATIVO ESTATAL
A partir de la vigencia de este decreto, para ingresar al servicio
educativo estatal se requiere poseer título de licenciado o
profesional expedido por una institución de educación superior
debidamente reconocida por el Estado o título de normalista
superior y, en ambos casos, superar el concurso de méritos que se
cite para tal fin, debiendo ejercer la docencia en el nivel educativo y
en el área de conocimiento de su formación.
FUNCIONES DE LOS RECTORES
• Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación
de los distintos actores de la comunidad educativa.
• Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y
coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
• Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la
comunidad escolar.
• Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su
ejecución.
• Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establece contactos
interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
• Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las
novedades y los permisos.
• Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente,
y en su selección definitiva.
• Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes,
directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las
normas sobre la materia.
• Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos
docentes y administrativos a su cargo.
• Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.
INGRESO AL SERVICIO EDUCATIVO
ARTÍCULO 8. Concurso para ingreso al servicio educativo estatal
•
•
•
•
ARTÍCULO 11. Provisión de cargos.
Nombramiento en período de prueba.
Nombramientos provisionales.
Encargos.
Prohibición.
DERECHOS
• Ser estimulados para la superación y eficiencia mediante un sistema de
remuneración acorde con su formación académica y desempeño, de
acuerdo con lo dispuesto en este decreto.
• Asociarse libremente.
• Permanecer en los cargos y funciones mientras su trabajo y conducta sean
enteramente satisfactorios y realizados conforme a las normas vigentes, no
hayan llegado a la edad de retiro forzoso o no se den las demás
circunstancias previstas en la ley y en este decreto.
• Participar en el gobierno escolar directamente o por medio de sus
representantes en los órganos escolares.
• Disfrutar de las licencias por enfermedad y maternidad de acuerdo con el
régimen de seguridad social vigente.
DEBERES
• Buscar de manera permanente el incremento de la calidad del proceso de enseñanza,
aprendizaje y sus resultados, mediante la investigación, la innovación y el mejoramiento
continuo, de acuerdo con el plan de desarrollo educativo de la correspondiente entidad
territorial y el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento donde labora.
• Cumplir con el calendario, la jornada escolar y la jornada laboral, de acuerdo con la
reglamentación que expida el Gobierno Nacional.
• Educar a los alumnos en los principios democráticos y en el respeto a la ley y a las
instituciones, e inculcar el amor a los valores históricos y culturales de la Nación.
• Observar una conducta acorde con la función educativa y con los fines, objetivos,
derechos, principios y criterios establecidos en la ley general de educación y en los
planes educativos.
• Mantener relaciones cordiales con los padres, acudientes, alumnos y compañeros de
trabajo, promoviendo una firme vinculación y una cooperación vital entre la escuela y la
comunidad y respetar a las autoridades educativas.
SERVICIO ACTIVO
El educador se encuentra en servicio activo cuando ejerce las funciones
propias del cargo del cual ha tomado posesión, o cuando se encuentra en
comisión de servicios o en encargo.
El Gobierno Nacional establecerá la asignación académica de los docentes
de acuerdo con los niveles y ciclos educativos.
COMISIÓN DE ESTUDIOS
Las entidades territoriales podrán regular las comisiones de estudio para los
docentes y directivos docentes estatales, como un estímulo o incentivo, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de este decreto, pudiendo
también conceder comisiones no remuneradas, hasta por un término
máximo de dos (2) años, y teniendo en cuenta que en este tipo de
comisiones no podrán pagarse viáticos.
COMISIÓN PARA OCUPAR UN CARGO DE LIBRE
NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN
A los docentes y directivos docentes inscritos en el Escalafón Docente se les
podrá conceder comisión hasta por tres (3) años para ocupar un cargo de
libre nombramiento y remoción, para el cual hayan sido designados en la
misma entidad a la cual se encuentren vinculados o en otra.
Mientras se esté en esta comisión, el tiempo de servicio no se contabiliza
para efectos de ascenso o de reubicación de nivel salarial en el
correspondiente grado del Escalafón Docente.
PERMISOS
Los docentes y directivos docentes estatales tienen derecho a permiso
remunerado por causa justificada hasta por tres (3) días hábiles
consecutivos en un mes.
Corresponde al rector o director rural de la institución conceder o negar los
permisos, y al superior jerárquico los de los rectores y directores.
El permiso deberá solicitarse y concederse siempre por escrito.
Parágrafo. Los permisos no generan vacante transitoria ni definitiva del
empleo del cual es titular el respectivo beneficiario y en consecuencia, no
habrá lugar a encargo ni a nombramiento provisional por el lapso de su
duración.
VACACIONES
Los docentes y directivos docentes estatales disfrutarán de vacaciones
colectivas por espacio de siete (7) semanas en el año, las cuales serán
distribuidas así: cuatro (4) semanas al finalizar el año escolar; dos (2)
semanas durante el receso escolar de mitad de año y una (1) en semana
santa.
Cuando las vacaciones sean interrumpidas por licencia de maternidad o
licencia por enfermedad, podrán ser reanudadas por el tiempo que falte para
completar su disfrute y en la fecha que señale el nominador para tal fin.
RETIRO DEL SERVICIO
• Por pérdida de la capacidad laboral docente, de acuerdo las normas que
regulan la seguridad social.
• Por edad de retiro forzoso.
• Por destitución o desvinculación como consecuencia de investigación
disciplinaria.
• Por declaratoria de vacancia del empleo en el caso de abandono del mismo.
• Por revocatoria del nombramiento por no acreditar los requisitos para
desempeñar el empleo, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 190 de
1995, normas que la modifiquen o deroguen.
• Por orden o decisión judicial.
• Por no superar satisfactoriamente el período de prueba.
• Por haber sido condenado a pena privativa de la libertad por delito doloso.
• Por las demás causales que determinen la Constitución, las leyes y los
reglamentos.
• Por renuncia regularmente aceptada.
• Por obtención de la jubilación o pensión de vejez, gracia o invalidez.
• Por muerte del educador.
• Por la exclusión del escalafón como consecuencia de calificación no
satisfactoria en la evaluación o de desempeño.
• Por incapacidad continua superior a 6 meses.
• Por inhabilidad sobreviniente.
• Por supresión del cargo con derecho a indemnización.
ESTATUTO DE
PROFESIONALIZACION DOCENTE
PARA LOS DOCENTES DEL
SECTOR OFICIAL EN BOYACA
ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION DOCENTE
DECRETO-LEY 1278 DE 2002
CONTENIDO
CAPITULO I
Objetivo , aplicación y alcance
CAPITULO II
Requisitos y procedimientos para ingresar al
servicio educativo estatal y clases de
nombramientos.
CAPITULO III Carrera y Escalafón Docente.
CAPITULO IV Evaluación.
CAPITULO V Derechos, deberes, prohibiciones,
inhabilidades e incompatibilidades
ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION DOCENTE
DECRETO-LEY 1278 DE 2002
CONTENIDO
CAPITULO VI
Salarios, incentivos, estímulos y compensaciones.
CAPITULO VII
Situaciones administrativas
CAPITULO VIII
Asimilación
CAPITULO
Disposiciones Especiales
IX
ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION DOCENTE
(Decreto-Ley 1278 de 2002)
OBJETIVO FUNDAMENTAL
Establecer una regulación para las relaciones del Estado con los educadores a su
servicio, para el logro final de una educación con calidad y un desarrollo y crecimiento
profesional de los docentes.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Garantizar que la docencia sea ejercida por educadores idóneos, partiendo del
reconocimiento de su formación, experiencia, desempeño y competencias como los
atributos esenciales que orientan todo lo referente al ingreso, permanencia, ascenso y
retiro del servidor docente, educación con calidad y desarrollo y crecimiento
profesional de los docentes.
CAMPO NORMATIVO JERÁRQUICO
Constitución Política de Colombia 1991, (Art. 68)
La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y
pedagógica.
La ley garantizará la profesionalización y la dignificación de la actividad docente.
Ley 715 de 2001 (Art. 111)
El Congreso concedió facultades extraordinarias al Presidente de la República
para expedir el Estatuto de Profesionalización Docente.
Decreto-Ley 1278 de 2002
Expide el Estatuto de Profesionalización Docente, actualmente vigente en
Colombia. Exequibilidad por Sentencia de la Corte Constitucional C- 617 agosto 8
de 2002.
CAMPO DE APLICACIÓN DEL ESTATUTO DE
PROFESIONALIZACIÓN DOCENTE
Aplica a quienes se vinculan a partir de la vigencia del Estatuto,
para desempeñar cargos docentes y directivos docentes al servicio
del Estado en los niveles de Preescolar, Primaria, Básica y Media.
NOTA: Los educadores estatales ingresarán primero al servicio y si
superan satisfactoriamente el período se inscribirán en el escalafón.
¿QUIÉNES SON LOS DOCENTES?
Las personas que desarrollan labores académicas directa y personalmente con los
alumnos de los establecimientos educativos en su proceso enseñanza aprendizaje,
también son responsables de
las actividades curriculares no lectivas
complementarias de la función docente de aula, entendida como:
Administración del proceso educativo.
Preparación de su tarea académica.
investigación de asuntos pedagógicos.
Evaluación, calificación, planeación, disciplina y formación de los alumnos.
Reuniones de profesores, dirección de grupo actividades formativas, culturales y
deportivas, atención a los padres de familia y acudientes.
Servicio de orientación estudiantil y actividades vinculadas con organismos o
instituciones del sector que incidan directa o indirectamente en la educación.
2. Las Actividades
Curriculares no Lectivas
3.El Servicio de Orientación
Estudiantil Atención a la
Comunidad
1. Procesos Sistemáticos
de Enseñanza-Aprendizaje
FUNCION DOCENTE DE
CARÁCTER
PROFESIONAL
(DECRETO 1278 – 2002 ART. 4) que
4.Actividades de Actualización
y Perfeccionamiento
Pedagógico
implica la realización
7.Actividades de Gestión
Múltiples de Relación con
el Proceso Educativo
6.Otras Actividades del PEI
Las personas que ejercen la función docente se denominan
genéricamente educadores y son docentes y directivos docentes
5.Actividades de planeación
y de Evaluación
Institucional
¿QUIÉNES SON LOS DIRECTIVOS DOCENTES?
Las personas que desempeñan las actividades de
dirección, planeación,
coordinación, administración, orientación y programación en las instituciones
educativas y son responsables de la organización escolar.
Tipos de cargos de directivos docentes
Director Rural de Preescolar y Básica Primaria.
Rector de Institución Educativa en PB completa y Media.
Coordinador.
FUNCIONES DE LOS RECTORES Y DIRECTORES
RURALES
Dirigir técnica, pedagógica
establecimiento educativo.
y
administrativamente
la
labor
de
un
Desarrollar con carácter profesional la función encomendada
Supervisar la educación dentro de la institución,
entorno y los padres de familia.
sus relaciones con el
Responsabilidad
directa sobre personal docente y directivo docente,
administrativos y alumnos.
FORMAS DE PROVISIÓN DE CARGOS DOCENTES Y
DIRECTIVOS DOCENTES
1. Nombramiento en periodo de prueba
Provisión con persona seleccionada por concurso abierto de méritos, hasta
culminar el correspondiente año escolar en el cual fue nombrado, siempre y
cuando haya desempeñado el cargo por lo menos durante cuatro (4) meses.
NOTA: Los profesionales con título diferente al de licenciado en educación,
deben acreditar al término del periodo de prueba, que cursan o han
terminado posgrado en educación, o que han realizado un programa de
pedagogía bajo la responsabilidad de una institución de educación superior,
de acuerdo con la reglamentación que ha emitido el Gobierno Nacional.
2. Nombramientos provisionales:
Para cubrir vacantes transitorias de docentes que se encuentran en situaciones
administrativas que implican separación temporal, debe hacerse por el tiempo
que dure la situación con la persona que ocupe el primer lugar en lista de legibles.
Para cubrir vacantes definitivas mientras se provea período de prueba.
3. Encargos
Cuando se cubre una vacante con un docente nombrado en propiedad mientras
dure la situación administrativa o mientras surte el proceso de concurso.
LA CARRERA DOCENTE EN EL ESTATUTO DE PROFESIONALIZACION
La carrera docente es un régimen legal que ampara el ejercicio de la profesión
docente en el sector estatal, basada en la idoneidad, el desempeño de su
gestión y de las competencias demostradas, en condiciones de igualdad para
el acceso y, el mérito como fundamento para el ingreso, la permanencia y el
ascenso en el escalafón.
ESCALAFÓN DOCENTE
Nivel A
GRADO 1
Normalista Superior o Tecnólogo en Educación
Nivel B
Nivel C
Nivel D
GRADO 2
Licenciados en Educación o Profesionales con
títulos diferentes que tengan Postgrado en
Educación o hayan realizado un programa de
Pedagogía
Nivel A
Nivel B
Nivel C
Nivel D
Nivel A
GRADO 3
Licenciados en Educación o Profesionales, con
título de Maestría o Doctorado en un área afín a
la que van a desempeñar
Nivel B
Nivel C
Nivel D
INGRESO A LA CARRERA Y EVALUACION
Ingreso por
Concurso
de Méritos
Período
de Prueba
Inscripción
en el
Escalafón
Docente
INGRESO POR CONCURSO DE MERITOS
El ingreso al servicio educativo se realiza por medio de concurso de
méritos.
El concurso de méritos es el proceso mediante el cual, a través de la
evaluación de aptitudes, experiencia, competencias básicas, relaciones
interpersonales y condiciones de personalidad de los aspirantes a ocupar
cargos en la carrera docente, se determina su inclusión en el listado de
elegibles y se fija su ubicación en el mismo, con el fin de garantizar
disponibilidad permanente para la provisión de vacantes.
PERIODO DE PRUEBA
La persona seleccionada por concurso abierto para un cargo docente o
directivo docente será nombrada en período de prueba hasta culminar el
correspondiente año escolar en el cual fue nombrado.
Una vez terminado dicho período (siempre que no sea menor a cuatro (4)
meses), deberá presentar la evaluación del período de prueba.
INSCRIPCION EN EL ESCALAFÓN
Una vez superada la evaluación del período de prueba, el docente deberá ser
inscrito en el Escalafón docente.
Únicamente hasta la inscripción en el escalafón docente se adquieren
derechos de la carrera docente.
EVALUACION DOCENTE Y DIRECTIVA DOCENTE
ESTÁNDARES DE COMPETENCIAS
BÁSICAS
•Lenguaje
EVALUACIÓN
• Evaluación en las aulas
•Matemáticas
•
Evaluación externa de estudiantes
(SABER, Estado, ECAEs)
•Ciencias
•Ciudadanas
MEJORAMIENTO
•Planes de Mejoramiento Institucional
•Planes de Apoyo Territorial
•
Evaluación internacional
•
Evaluación de docentes
•
Evaluación institucional
Tipos de Evaluación
• Evaluación Periodo de Prueba
• Evaluación del Desempeño
• Evaluación de Competencias
PERÍODO DE PRUEBA
Es el tiempo durante el cual el docente o el directivo docente muestra su
capacidad de apropiación del cargo para el cual fue nombrado, su
eficiencia en el cumplimiento de sus funciones y su integración en la
cultura de la institución educativa.
La evaluación del periodo de prueba es un proceso sistemático que se
lleva a cabo durante todo el periodo (mínimo cuatro meses) y requiere al
menos tres momentos:
-Socialización del proceso
- Primera valoración
-Evaluación final
EVALUACIÓN DE PERÍODO DE PRUEBA
Competencias específicas
Qué se Evalúa
Logros educativos que produce en los estudiantes,
despliegue de capacidades cognitivas, éticas,
pedagógicas,
afectivas
y
de
relaciones
interpersonales
Evaluación de desempeño actuación en los
escenarios de la institución educativa y frente a la
comunidad.
EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO
•Evaluación anual, mediante la cual se pondera del grado de cumplimiento
de las funciones y responsabilidades inherentes al cargo que desempeña el
docente o directivo y al logro de los resultados.
•Proceso permanente para verificar el que-hacer profesional de los
educadores.
•Permite identificar fortalezas y aspectos de mejoramiento.
Implica la valoración de competencias funcionales y comportamentales.
•Es continuo, sistemático y basado en la evidencia.
COMPETENCIAS FUNCIONALES EN LAS ÁREAS DE GESTIÓN
PARA DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES
Área de gestión
Directiva
Académica
Administrativa
Comunitaria
Competencias funcionales
Directivos docentes
Docentes
• Planeación y organización directiva.
• Ejecución.
Dominio de contenidos.
Planeación y organización académica.
Pedagógica y didáctica.
Evaluación del aprendizaje.
• Pedagógica y didáctica.
• Innovación y direccionamiento de procesos
académicos.
•
•
•
•
• Administración de recursos.
• Gestión del talento humano.
• Uso de recursos.
• Seguimiento de procesos.
• Comunicación institucional.
• Interacción con la comunidad y el entorno.
• Comunicación institucional.
• Interacción con la comunidad y el entorno.
A quienes se evalúa
La evaluación de desempeño es un proceso que se da a lo largo del año escolar
para los docentes y directivos docentes.
Quién evalúa
A docentes y a los coordinadores los evalúa el rector o el director rural del
establecimiento.
Los rectores y a los directores rurales son evaluados por el superior jerárquico en
la estructura de la secretaría de educación, o por el designado por el nominador de
la entidad territorial certificada correspondiente (Gobernador o Alcalde).
CONSECUENCIAS DE LA EVALUACIÓN DE
DESEMPEÑO
El docente que obtenga una calificación inferior al sesenta por ciento (60%),
durante dos (2) años consecutivos en evaluación de desempeño, será
excluido del escalafón y, por lo tanto, retirado del servicio.
Los directivos docentes que obtengan una calificación inferior al sesenta por
ciento (60%) durante dos (2) años consecutivos, serán regresados a la
docencia una vez exista vacante, si provenían de la docencia estatal; en cuyo
caso percibirán el salario que corresponda a dicho cargo, de acuerdo con el
grado y el nivel salarial que poseían. Si no provenían de la docencia estatal,
serán excluidos del Escalafón Docente y retirados del servicio.
EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS
La evaluación de competencias es la única de las evaluaciones en la que se participa
de forma voluntaria.
Dirigida para los docentes y directivos docentes inscritos en el Escalafón Docente que
pretendan ascender de grado en el Escalafón o cambiar de nivel salarial dentro del
mismo grado.
OBJETIVO DE LA EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS
La evaluación de competencias busca establecer el nivel en el cual se encuentra una
competencia subyacente en la persona del docente activo vinculado a la carrera
docente.
Seleccionar a los docentes y directivos docentes que han alcanzado los niveles de
competencia requeridos para ser candidatos a ascender de grado en el escalafón o
ser reubicados en un nivel salarial superior, dentro del mismo grado.
REQUISITOS PARA PRESENTAR LA EVALUACIÓN DE
COMPETENCIAS PARA ASCENSO O REUBICACIÓN EN
EL ESCALAFÓN DOCENTE
Estar inscritos en el Escalafón Docente.
Haber cumplido tres (3) años de servicio en el nivel y grado en el escalafón que
ostentan en el momento de la inscripción.
Haber obtenido en los dos (2)
satisfactorias.
últimos años
evaluaciones de desempeño
Acreditar los títulos de pregrado o posgrado obtenidos desde su ingreso al
servicio o su último ascenso o reubicación, en todo caso obtenidos antes de la
inscripción.
CONSECUENCIAS DE LA EVALUACIÓN DE
COMPETENCIAS
Quienes obtengan más de 80% en la evaluación de competencias serán
candidatos a ser reubicados en un nivel salarial superior, o a ascender en el
escalafón docente, si reúnen los requisitos para ello.
Para las reubicaciones y ascensos se procederá en estricto orden de puntaje
hasta el monto de las disponibilidades presupuestales anuales.
ASCENSO
Es la promoción de un docente o directivo docente de uno a otro grado del
escalafón, sin modificación del nivel salarial en el que se encuentra
inscrito.
REUBICACIÓN SALARIAL
Es el paso de un docente o directivo docente inscrito en el escalafón, de
un nivel salarial al inmediatamente siguiente dentro del mismo grado.
MARCO ÉTICO DE LA PROFESION DOCENTE
El ejercicio de la docencia tiene como fundamento la comprensión de
la educación como bien público, como actividad centrada en los
estudiantes y al servicio de la nación y de la sociedad.
La profesión docente implica una práctica que requiere idoneidad
académica y moral, posibilita el desarrollo y crecimiento personal y
social del educador y del educando y requiere compromiso con los
diversos contextos socio-culturales en los cuales se realiza.
SALARIOS, INCENTIVOS, ESTIMULOS Y COMPENSACIONES
Sistema salarial de los docentes en marco del nuevo estatuto de
profesionalización docente obedece a los siguientes criterios:
Nivelación del salario de enganche de los docentes de cada nivel académico
con los del mercado.
Uniformizar el crecimiento real del salario durante la carrera docente (la
escala salarial existente –2007–.
Crear en el grado 2 la “especialización”, que no existía en la escala salarial
anterior al 2007.
Contrastar la propuesta resultante con los recursos disponibles del SGP
(Sistema General de Participaciones) para diseñar un plan de transición
acorde con éstos.
DECRETO REGLAMENTARIO NO. 521 DE 2010
Por el cual se reconoce una bonificación del 15% mensual, sobre el
salario mensual, para docentes y directivos docentes que se encuentren
asignados a establecimientos ubicados en zonas rurales de difícil acceso.
No tiene carácter de factor salarial.
Cada entidad territorial certificada en educación debe realizar el trámite
de reglamentación para el reconocimiento de esta bonificación de acuerdo
con los lineamientos impartidos en el citado decreto.
SITUACIONES ADMINISTRATIVAS
Artículo 50: Los docentes o directivos docentes pueden hallarse en
alguna de las siguientes situaciones administrativas:
a. Servicio Activo.
b. En comisión de estudios, comisión de estudios no
remunerada, en comisión para ocupar cargo de libre
nombramiento y remoción.
c. Uso de Permiso.
d. En vacaciones.
e. Suspendido por medida penal o disciplinaria.
f. Prestando servicio militar.
g. Retirado del Servicio.
TRASLADOS
Reglamentado por el Decreto 520 de 2010
1. Proceso ordinario de traslados:
Tiene carácter anual y debe ser convocada por cada entidad territorial
de acuerdo con el cronograma que el MEN establezca y de acuerdo
con lo establecido en el citado decreto.
2. Traslados no sujetos al proceso ordinario:
Necesidades del servicio razones de Seguridad, reglamentado por
Resolución No. Resolución 1240 de marzo 3 de 2010 Por la cual se
fija el procedimiento para la protección de los docentes y directivos
docentes estatales que prestan sus serviciosenlos establecimientos
Educativos estatales.
ACOSO LABORAL
LEY 1010 DE 2006
COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
RESOLUCIONES 652 Y 1356 DE 2012
DEFINICION DE ACOSO LABORAL
Toda conducta PERSISTENTE y DEMOSTRABLE, ejercida sobre un empleado, trabajador
Por parte de
• Un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato,
• Un compañero de trabajo o
• Un subalterno,
Encaminada a
• Infundir miedo, intimidación, terror y angustia,
• A causar perjuicio laboral,
• Generar desmotivación en el trabajo, o
• Inducir la renuncia del mismo.
LEY 1010 DE 2006
OBJETO DE LA LEY
• DEFINIR
TODO ULTRAJE A LA DIGNIDAD HUMANA
• PREVENIR
• CORREGIR
• SANCIONAR
RELACION LABORAL
PUBLICA O PRIVADA
BIENES JURIDICOS PROTEGIDOS
• TRABAJO EN CONDICIONES DIGNAS Y JUSTAS
• LIBERTAD
• INTIMIDAD
• HONRA
• SALUD MENTAL
• ARMONIA
• BUEN AMBIENTE LABORAL
SUJETOS ACTIVOS
Empresa Privada:
Dependencia
Estatal:
Gerente
Superior Jerárquico
Jefe
Jefe
Director
Supervisor,
Etc.
Trabajadores
SUJETOS PASIVOS
Trabajadores sector
privado
Servidores
públicos
Jefes inmediatos por
subalternos
MODALIDADES
1. Maltrato Laboral:
Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o
sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado.
Toda expresión verbal injuriosa o ultrajante.
Comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad.
2. Persecución Laboral:
Toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad
permitan inferir el propósito de inducir la renuncia.
3.Discriminación Laboral: Todo trato diferenciado por razones de raza, género,
origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social
o carezcan de razonabilidad desde el punto de vista laboral.
4.Entorpecimiento Laboral: Toda acción tendiente a obstaculizar el cumplimiento
de la labor o hacerla mas gravosa o retardarla.
5.Inequidad Laboral: Asignación de funciones a menosprecio del trabajador.
6. Desprotección laboral: Toda conducta tendiente a poner en riesgo la integridad
y la seguridad del trabajador.
CONDUCTAS
•ACTOS DE AGRESION FISICA
• EXPRESIONES INJURIOSAS O ULTRAJANTES
• COMENTARIOS HOSTILES Y HUMILLANTES
(de descalificación profesional)
• INJUSTIFICADAS
AMENAZAS DE DESPIDO
• MULTIPLES
DENUNCIAS DISCIPLINARIAS
(Temerarias)
• DESCALIFICACIONES HUMILLANTES
(propuestas u opiniones de trabajo)
• BURLAS
(sobre apariencia física o forma de vestir)
• ALUSION PUBLICA HECHOS INTIMOS
• IMPOSICION DEBERES EXTRAÑOS
OBLIGACIONES LABORALES
(sin justificación)
• HORARIOS EXCESIVOS
• TRATO DISCRIMINATORIO
• NO SUMINISTRO MATERIALES- INFORMACION
• NO PERMISOS, VACACIONES, ETC
(sin justificación)
• ANONIMOS, LLAMADAS TELEFONICAS, MENSAJES
VIRTUALES INJURIOSOS
NO CONSTITUYE ACOSO LABORAL
•ORDENES DISCIPLINARIAS FUERZAS
PUBLICA
• POTESTAD DISCIPLINARIA SUPERIORES
JERARQUICOS
• SOLICITUD
DEBERES
EXTRASCONTINUIDAD
SERVICIO- SOLUCIONAR DIFICULTADES OPERACIONES
• GESTIONES ENCAMINADAS A DAR
TERMINADO CONTRATO DE TRABAJO
justa causa)
POR
(por
• EXIGENCIAS FIDELIDAD LABORAL O LEALTAD
EMPRESARIAL
•EXIGENCIAS EFICIENCIA TECNICA O
LABORAL
• EVALUACION LABORAL
• SOLICITUD CUMPLIMIENTO
PERSONA Y EL CIUDADANO
(Art. 95 CN)
DEBERES
• EXIGENCIA CUMPLIMIENTO REGLAMENTOS Y
CONTRATOS DE TRABAJO
DE
LA
CONDUCTAS ATENUANTES
• Buena conducta anterior
• Emoción o pasión excusable, temor intenso, ira e intenso dolor
• Voluntariamente disminuir o anular consecuencias
• Manifiesta o velada provocación del acosado
• Reparar total o parcialmente el daño
• Condiciones inferioridad síquica (edad o circunstancias que influyan en la realización de la conducta
CIRCUSTANCIAS AGRAVANTES
• Reiteración de la conducta
• Realización de la conducta de manera frívola o por recompensa de dinero.
• Valerse de un tercero o de un inimputable
• Ocultamiento de información, aprovechando condiciones que dificulten defensa ofendido o identificación autor
• Posición predominante autor ocupe en la sociedad
• Aumento deliberado e inhumano daño síquico y biológico.
ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS
Las Áreas de Recursos Humanos son las responsables de diseñar mecanismos
de prevención de las conductas de acoso laboral.
Campañas de capacitación tendientes a prevención del Riesgo Psicosocial
como el estrés y la violencia.
Talleres de Relaciones Humanas o de integración.
Terapias Grupales.
Talleres de autoconocimiento y crecimiento.
Encuestas sobre el clima laboral. Cartillas informativas.
ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS
Conformar un comité bipartito con funciones relacionadas con acoso laboral con
representación del empleador y los trabajadores.
Prever mecanismos de prevención del acoso laboral y establecer un procedimiento
interno, confidencial, para superar las que ocurran en el lugar de trabajo.
Art. 14 Resolución 2646 de 2008 – Riesgo Psicosocial
COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
CONFORMACION.
Dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus
respectivos suplentes.
Entidades con menos de 20 trabajadores 1 y 1 + Suplentes.
FORMA DE SELECCIÓN.
Empleador: Directamente a sus representantes.
Trabajadores: Mediante votación secreta que represente la expresión libre,
espontánea y auténtica de todos los trabajadores y mediante escrutinio público.
(Procedimiento: Debe ser adoptado por la empresa y se debe incluir en la respectiva
convocatoria de elección.)
CALIDADES: Competencias actitudinales y comportamentales: respeto, imparcialidad,
tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de la información y
ética. Así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de
conflictos.
IMPEDIMENTO: No podrá constituirse con quienes se les haya formulado una queja
de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral en los últimos 6 meses
anteriores a su conformación.
PERIODO: 2 años a partir de la conformación del mismo, que se contarán desde la
fecha de la comunicación o elección
DIGNATARIOS: El Presidente y Secretario serán elegidos por mutuo acuerdo entre
sus miembros.
FUNCIONES (UNICAMENTE).
QUEJAS. Recibir y darles trámites.
ANALIZAR. Las quejas presentadas.
ESCUCHAR. A las partes involucradas de manera individual sobre los hechos.
ESPACIOS DE DIALOGO. Crearlos para promover compromisos mutuos para llegar a
una solución efectiva de las controversias.
PLANES DE MEJORA. Formular un plan concertado entre las partes.
SEGUIMIENTO: A las recomendaciones dadas por el comité de convivencia al
trabajador y dependencias de recurso humano.
NO ACUERDO. Cerrar caso, se informa a la alta dirección y el afectado puede
presentar queja ante el Inspector o demandar. (envío directamente a la Procuraduría.)
SUGERIR. A la alta dirección medidas preventivas y correctivas.
INFORMES. Elaborarlos trimestralmente. Estadísticas de quejas. Elaborar el informe
anual de resultados de gestión del comité y los informes requeridos por los organismos
de control.
RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR. Desarrollar medidas preventivas y correctivas
de acoso laboral.
Promover un excelente ambiente de convivencia laboral
Fomentar relaciones positivas entre los trabajadores de la empresa
Respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo.
RECURSOS. Se debe garantizar un espacio físico para las reuniones y demás actividades
del Comité, así como para su manejo reservado de la documentación.
RESPONSABILIDAD DE LA ARL. La ARL llevará a cabo acciones de asesoría y
asistencia técnica a sus empresas afiliadas, para el desarrollo de las medidas
preventivas y correctivas del acoso laboral, con base en la información recolectada por
el comité.
REUNIONES: Se reunirá ordinariamente cada 3 meses y
extraordinariamente cuando se presenten casos que
requieran de su inmediata intervención y podrán ser
convocados por cualquiera de sus integrantes
QUÓRUM: Sesionará con la mitad más uno de sus
integrantes.
CAPACITACIÓN. Se deben realizar actividades para los
miembros del comité sobre resolución de conflictos,
comunicación asertiva y otros temas prioritarios para su
funcionamiento.
SANCIONES
• FALTA DISCIPLINARIA GRAVISIMA
Cuando su autor sea un servidor público
• TERMINACION CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA- INDEMNIZACION
Cuando el trabajador haya renunciado o abandonado el trabajo por el acoso
• MULTA ENTRE 2 Y 10 SMLMV
Actor y empleador que lo tolere
• PAGO 50% COSTO TRATAMIENTO ENFERMEDADES LABORALES, SECUELAS
• JUSTA CAUSA TERMINACION O NO RENOVACION CONTRATO TRABAJO
Cuando el acoso sea ejercido por un compañero de trabajo o subalterno
GARANTIAS CONTRA ACTITUDES RETALIATORIAS
(A favor de la víctima y testigos)
La terminación unilateral del contrato de trabajo o la destitución de la víctima,
carecerá de todo efecto cuando se profieran dentro de los seis (6) meses
siguientes a la queja, siempre y cuando la autoridad competente verifique la
ocurrencia de los hechos denunciados.
TEMERIDAD DE LA QUEJA
Si la queja carece de fundamento o mismos hechos:
•MULTA ENTRE MEDIO Y TRES SMLMV.
La Corte Constitucional mediante Sentencia C-738 de 2006 declaró inexequible la frase “los cuales se descontarán
sucesivamente de la remuneración que el quejoso devengue durante los seis (6) meses siguientes a su imposición“.
DESARROLLO DE PERSONAL
Y
PRESTACIONES SOCIALES
NORMATIVIDAD
•
•
•
•
•
•
Ley 91 de 1989.
Decreto 3752 de 2003.
Decreto 2831 de 2005 (Reglamentario de ley 91).
Acuerdos del Consejo Directivo.
Ley 812 de 2003.
Ley 962 de 2005.
SEGURIDAD SOCIAL
Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.
La Ley 91 de 1989 crea el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del
Magisterio (FOMAG) como una cuenta de la nación, manejada a través de
una fiducia mercantil para la administración de los recursos económicos de
la seguridad social del magisterio, - prestaciones sociales y servicios de
salud
La Fiduprevisora ha sido durante 20 años la administradora de estos
recursos económicos; reconoce y paga las prestaciones sociales a los
docentes; y contrata los servicios de salud para los maestros y sus familias
en todo el territorio nacional.
A través de la página web del Fondo, www.fomag.gov.co, se pueden
conocer todos los beneficios y características de la seguridad social del
magisterio
AFILIACION:
Según el Decreto 3752 de 2003, todo docente del servicio público educativo
vinculado a la planta de personal de una entidad territorial certificada debe ser
afiliado al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
•
•
•
La afiliación debe ser simultánea con la posesión.
La afiliación al FNPSM implica la afiliación inmediata al sistema de salud.
La afiliación tiene un costo equivalente a la 3ª parte de la asignación básica
mensual.
• El formato único de afiliación está disponible en la página web del Fondo,
www.fomag.gov.co, y lo diligencia la entidad nominadora.
Prestaciones Sociales del Magisterio: Cesantías – Pensiones – Auxilios
• Toda solicitud de prestación se debe tramitar utilizando el Formato que
se encuentra disponible en la página web del Fondo, www.fomag.gov.co
donde se encuentran igualmente los requisitos para la solicitud de cada
prestación
• La solicitud debe radicarse ante la entidad nominadora adjuntando los
documentos requisito
• El número de radicación sirve de control en el orden de atención de la
solicitud
• El reconocimiento y pago de las prestaciones son reconocidas
conjuntamente por la entidad nominadora y la fiduciaria
Los docentes afiliados al FOMAG gozan de un sistema especial de salud,
excepcionado de la Ley 100, y extensivo a su núcleo familiar. Estas son
sus principales características:
• No hay preexistencias. Esto implica atención y tratamiento de todo tipo de
patologías sin restricción, a los docentes afiliados y sus beneficiarios.
• No hay períodos mínimos de cotización, lo que implica que desde el primer
momento de afiliación al Fondo, los docentes y sus beneficiarios pueden
recibir cualquier tipo de atención médico quirúrgica sin restricción.
• No hay copagos ni cuotas adicionales para ningún servicio. Esto cubre al
docente afiliado y a su núcleo familiar.
• Medicamentos: Suministrados al docente afiliado y a sus beneficiarios de
todo medicamento comercial autorizado por el Invima.
• Los docentes pueden afiliar como beneficiarios a su cónyuge e hijos si es
casado(a) ó a sus padres si es soltero. Un docente casado(a) puede afiliar a
sus padres a este sistema y pagar la cuota mensual de aporte como padres
cotizantes
• La cobertura es nacional.
• El docente afiliado puede recibir el servicio en el municipio donde labora y su
familia puede recibirlo en otro lugar si residen o estudian en sitio diferente, sólo
se requiere informarlo.
• La Fiduprevisora como administradora de los recursos económicos de la
seguridad social del magisterio es la encargada de contratar y auditar la
prestación de los servicios de salud de los docentes en todo el país.
• Toda queja por irregularidad en la prestación del servicio médico debe
reportarse por escrito al Comité Regional de Prestaciones
• Toda la información referente al sistema de salud del magisterio, las
obligaciones de los prestadores del servicio y sus contratos, puede ser
consultada en la página del Fondo, www.fomag.gov.co
Decreto 2831 de 2005
Artículo 6. Conformación de los Comités Regionales.
Preside: Secretario de Educación o su
delegado.
Un Rector de una IE escogido por
mayoría simple de los miembros de
la planta de directivos docentes que
participen en la elección. Ejercerá
por un período de 2 años, reelegible
por una sola vez
Jefe de Personal o quien hagas
sus veces.
Un representante de la unión sindical
de educadores al servicio del Estado
con el mayor número de afiliados en
la entidad territorial.
Decreto 2831 de 2005
Artículo 8°. Funciones del Comité Regional
2. Presentar anualmente al Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del
Magisterio un informe de seguimiento a la calidad y oportunidad de los servicios prestados por la
entidad fiduciaria administradora de los recursos del Fondo y de sus contratistas médicos.
3. Recibir y analizar las quejas que presenten los docentes por deficiencias e irregularidades en la
prestación de los servicios médico asistenciales e Informarlo a la sociedad fiduciaria
administradora de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.
4. Canalizar hacia la sociedad fiduciaria administradora de los recursos del Fondo Nacional de
Prestaciones Sociales del Magisterio las quejas presentadas en relación con el trámite de
reconocimiento de las prestaciones sociales del magisterio y realizar un seguimiento de las
mismas.
Trámite de prestaciones sociales
• Solicitud de reconocimiento de prestaciones presentada por el docente ante la
Secretaría.
• Revisión de la documentación en la historia laboral, componente de prestaciones
sociales.
• Envío a La Fiduciaria del expediente con resolución de pago .
• La Secretaría le notifica al docente la resolución de pago firmada y numerada, o la
notificación de no aprobación.
• La Secretaría envía a La Fiduciaria la notificación ejecutoriada para el pago.
Administración de reclamaciones por salud
• Reclamación o queja del servicio de salud por parte del docente ante la Secretaría.
• Análisis de la reclamación por parte del Comité Regional.
• Envío de la reclamación a La Fiduciaria.
• La Fiduciaria envía a la Secretaría el informe de auditoría médica.
PENSIONES.
1.PENSIÓN DE VEJEZ
• Tiempo de cotización: 1300 semanas ( 1 semana = 7dìas calendario)
• Factores Salariales: Asignación Básica y sobresueldo Nacional, horas extras.
• Edad 57 años hombres y mujeres.
• normas aplicables: Art. 81 ley 812/2003, ley 100/1993, Decreto 115871994, ley 797/2003 y demás normas
reglamentarias.
PENSIÓN DE INVALIDEZ
DERECHO:
Se considera Inválida la persona que por cualquier causa de origen profesional, no provocada intencionalmente,
hubiere perdido el 50% o más de su capacidad laboral.
•Porcentaje de Pensión: 45% del I.B.L. mas el 1.5% del I.B.L por cada 50 semanas con posterioridad a las
primeras 500 semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral sea igual o superior al 50%
e inferior al 66%.
PRESTACIONES SOCIALES
PENSIÓN DE INVALIDEZ
* 54% del I.B.L. mas 2% del I.B.L. por cada 50 semanas con posterioridad a las primeras 800 semanas de
cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral sea igual o superior al 66%.
* La pensión por invalidez, no podrá ser superior al 75% del I.B.L ni podrá ser inferior al Salario Mínimo Legal
Mensual Vigente. (2015 $644.350)
* Por solicitud de la entidad de previsión, cada tres años, el pensionado tiene tres meses para someterse a la
revisión, vencidos los cuales se suspende el pago de la pensión. Transcurridos 12 meses sin que el pensionado
se presente o permita el examen la pensión prescribirá.
Por solicitud del pensionado a cualquier tiempo y a su costa.
PENSIÓN DE INVALIDEZ
* Factores Salariales: Asignación Básica y sobresueldo nacional y horas extras, si las devengaba y hubo
aportes.
Normas Aplicables:
Art 81 ley 812/2003, Decreto 3752/2003, Ley 100/1993, Decreto 1158/1994, Ley 860/2003 y sus normas
reglamentarias.
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES
*DERECHO:XXXXXXXXX ojooooooooooooooooooooooooooooooooo.
Los miembros del grupo familiar del pensionado por vejez o invalidez por riesgo común que fallezca y los
miembros del grupo familiar del afiliado al sistema, siempre y cuando estos hubieren cotizado cincuenta
semanas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES
PORSENTAJE:
• Si era pensionado: 100% de la pensión que disfrutaba.
• Por muerte del afiliado: 45% del I.B.L, mas 2% por cada 50 semanas adicionales de cotización a las primeras
500 semanas de cotización, sin exceder el 75% del I.B.L, el monto de pensión no podrá ser inferior al SMLV.
FACTORES SALARIALES:
. Asignación Básica y Sobresueldo Nacional y horas extras.
AUXILIO FUNERARIO
* DERECHO:
La persona que compruebe haber sufragado los gastos del entierro de un afiliado o pensionado.
• MONTO:
• Equivalente al último salario base de cotización, o valor de la última mesada pensional recibida. (no puede ser
inferior a cinco SMLMV, ni superior a 10 SMLMV.
• Ley 100/93 Art.51.
CESANTÍAS DEFINITIVAS / Beneficiarios
DERECHO:
Todo docente que se retire en forma definitiva del servicio.
Se reconoce el valor de cesantía, liquidada anualmente y reportadas por cada Secretaria de Educación a partir
de 1990.
PRESCIPCIÓN
10 Año contados desde el retiro del servicio.
NORMATIVIDAD:
Ley 244/1995, Ley 1071/2006.
CESANTIAS PARCIALES (Acuerdo 34/89)
•
•
•
•
•
PROCEDENCIA DE ANTICIPOS:
Adquisición de Vivienda. / Construcción de vivienda en Lote.
Liberación gravamen hipotecario.
Reparaciones Locativas.
Estudio (Ley 1071/2006)
CESANTIAS PARCIALES (Acuerdo 34/89)
PERIODICIDAD:
No podrá radicarse solicitudes por trámite ordinario, sino después de tres (3) años contados a partir de la fecha de
pago de la anterior, a excepción: para Estudio, que se podrá radicar cada año según vigencia fiscal.
ADMINISTRACION DE LA NOMINA
ADMINISTRACION DE NOVEDADES
PROCESAMIENTO DE LA NÓMINA
Gestionar la liquidación oportuna de las obligaciones laborales y de
terceros asociados a la nómina del personal docente y administrativo de
la Secretaria de Educación de Boyacá.
Para garantizar el buen resultado de la liquidación de la nómina depende
de la información veraz y oportuna que alleguen a la oficina de
Novedades, las Instituciones Educativas.
PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE HORAS
EXTRAS POR RECUPERACIÓN
Las horas extras por recuperación generadas por situaciones de
incapacidades o no presencia oportuna de los docentes se deben tramitar
con el Lic. Francisco Javier Ossa Hoyos, diligenciando para ello los
formatos 1 y 2, horario de recuperación y la resolución rectoral de
asignación de horas extras por recuperación a los docentes, documentos
que deben enviarse al correo [email protected], para su
Revisión y Aprobación. Teléfono 7420200 Ext.3214 y 3221. (Circular
Informativa No. 009 febrero 02/02/2015), Anexos formatos 1 y 2.
2. La oficina de cobertura, revisa y analiza la documentación y expide un informe
consolidado de los requerimientos de horas por recuperación de las Instituciones
Educativas Autorizadas y lo remite a la oficina de nómina y liquidación.
3. Los rectores de las Instituciones Educativas deben enviar en los primeros cinco
(5) días del mes siguiente a la oficina de nómina y liquidación los reportes de las
horas extras por recuperación efectivamente laboradas mes por mes y radicarlos en
el SAC y/o página Web de la Secretaria para el pago, dando cumplimento a lo
señalado en la Circular Informativa No. 20 de fecha 29 de mayo de 2015 /
Radicación de novedades de nómina y planta de personal.
4. El personal encargado de esta novedad en la oficina de nómina y liquidación
teniendo en cuenta los parámetros establecidos por los Decretos Ns.1092 y 1116 de
fechas 26 y 27 de mayo de 2015, artículos 14 y 8 respectivamente, revisa los
reportes de horas extras por recuperación efectivamente laboradas en el mes,
verifica la existencia de la autorización expedida por la oficina de cobertura y si
cumple con lo reglamentado se incluirán dichas horas en la nómina para el
respectivo pago.
PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE HORAS
EXTRAS DE BILINGÜISMO - JORNADA EXTENDIDA
1. Mediante Circular expedida por el despacho del Secretario de Educación de
Boyacá (Circular No.019 de febrero 24 de 2015), los docentes interesados en
participar en este Programa deben elaborar un propuesta el Word (formato
anexo) y diligenciar un formato en Excel (formato anexo) con visto bueno de los
rectores
y
enviarlo
al
correo
[email protected]
o
[email protected]. Una vez revisados los formatos por el equipo de
Bilingüismo, la Secretaría expide la Resolución por la cual autoriza a las
Instituciones Educativas para desarrollar el Proyecto de Inglés en Jornada
Escolar Extendida y fija los parámetros establecidos. (Resolución 002022 de
marzo 25 de 2015).
2. Las horas extras de Bilingüismo serán asignadas mediante resolución rectoral,
copia de la cual enviarán a los correos electrónicos antes mencionados, Lic.
José Cristóbal Duarte Riaño. Cel. 3165213074.
3. Los rectores de las Instituciones Educativas deben enviar en los primeros
cinco (5) días del mes siguiente a la oficina de nómina y liquidación los reportes
de las horas extras de Bilingüismo efectivamente laboradas mes por mes y
radicarlos en el SAC y/o página Web de la Secretaria para el pago, dando
cumplimento a lo señalado en la Circular Informativa de fecha 29 de mayo de
2015 / Radicación de novedades de Nómina y planta de personal.
4. El personal encargado de esta novedad en la oficina de nómina y liquidación
revisará los reportes de horas extras de Bilingüismo efectivamente laboradas
en el mes, verificará el cumplimiento de los lineamientos fijados en la
Resolución en mención e incluirá dichas horas en la nómina para su respectivo
pago.
PROCEDIMIENTO PARA INCLUSIÓN EN NOMINA DE
HORAS EXTRAS REGULARES Y CEDEBOY.
1. Que exista la Disponibilidad Presupuestal, la cual tramita la oficina Cobertura
a través de la Dependencia Financiera de la Secretaria de Educación de
Boyacá.
2. Que la Oficina de Cobertura haga llegar la Información (AUTORIZACION)
sobre las horas extras que requiere cada una de la Instituciones para la
vigencia y para cada uno de los programas.
3. Los rectores reporten en los formatos diseñados por la Secretaria con el
apoyo del MEN en los cinco primeros días de cada mes las horas realmente
trabajadas. Estos reportes se revisan docente por docente para constatar que
el profesor a quien según el rector dictó las horas extras pertenezca a la
nómina cancelada por la Secretaria de Educación de Boyacá y que la horas
que reportan estén de acuerdo con las asignadas y las semanas de clase que
fija el calendario escolar mediante acto administrativo, y que reúna los dos
requisitos (disponibilidad y Autorización) para proceder a insertar en nómina las
horas a reconocer.
PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICIÓN DE
CERTIFICACIONES LABORALES Y OTROS.
-La
información correspondiente a datos personales debe ser actualizada ante la
dependencia del SAC e HISTORIAS LABORALES como (CC y ligar de expedición de
esta, nombres, apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico).
-Expedición de certificaciones laborales.
-Los costos de expediciones certificaciones laborales (Icetex, créditos, codeudor, libreta
militar) tiene un costo de $3000 c/u los cuales debe ser consignados al fondo rotatorio.
-El costo para la expedición de certificación laboral para el trámite de visa es de
$10.000 debe ser consignado en el banco AV VILLAS -fondo rotatorio.
-Para el retiro de todo documento por terceros (abogado) deberá traer autorización o un
poder autenticado.
Los rectores y coordinadores NO están autorizados a expedir certificaciones laborales ya
que ellos no son pagadores del gasto público.
-Para el trámite del formulario del Fondo Nacional del Ahorro para retiro de cesantías
parciales y definitivas deben radicarlo en el SAC previamente firmado.
-Para el trámite del formulario de solicitud de crédito ante el Fondo Nacional del Ahorro
únicamente será expedido a funcionarios administrativos.
-Para el retiro de aportes de cesantías a fondos privados los funcionarios deben traer la
respectiva liquidación del monto a retirar y su destino de inversión.
-Para expedición de certificaciones de aportes de cesantías con retroactividad requisito
del Fondo Pensional Territorial de Boyacá para afiliados al Fondo Nacional del Ahorro
deberán solicitar el extracto ante esta entidad y adjuntarlo a la petición que será radicada
en el SAC.
-Las certificaciones indicando a donde se están girando o fueron girados los aportes de
salud , pensión y cesantías será expedido a partir de abril del año 1977, y los años
anteriores deberán ser solicitados directamente a la Contraloría General de Boyacá
ubicada en el 5º de la alcaldía de Tunja.
PROCEDIMIENTO PARA EL TRAMITE DE CETIFICADOS
SALARIALES
La Secretaría de Educación a través de la oficina de nómina expide los certificado de salarios y
devengados a partir de abril de 1977; los años anteriores a esta fecha se encuentran bajo la
custodia y manejo del archivo de la Contraloría General de Boyacá por esta razón deben ser
solicitados directamente por los interesados a esa Entidad.
Los usuarios que soliciten certificado de salarios, deben hacer la petición especificando que
clase de prestación requiere tramitar y la consignación del respectivo pago en los bancos
autorizados para tal fin con destino al fondo rotatorio de esta Secretaría.
Las clases de prestaciones se especifican a continuación:
Cesantías parciales y definitivas para personal docente con vinculación Nacional deben anexar
reportes de las cesantías que la Entidad expide año a año para ese fin.
•Cesantías parciales: Para el personal Nacionalizado se expide certificados de factores
salariales con la prima de vacaciones y prima de navidad del año anterior y el salario de los tres
últimos meses cancelados del siguiente año; y cesantías definitivas se expiden salarios un año
atrás de la renuncia.
Pensión y re-liquidación de pensión para docentes con vinculación Nacional y Nacionalizados: Se
expide certificado de salarios un año atrás del Status pensional, Si están activos; retirados se
expiden salarios un año atrás de la fecha de la renuncia.
Cesantías parciales para docentes Nacionalizados: Se expide certificado de salarios un año
completo tomando la fecha de la petición.
Para las cesantías definitivas de los docentes Nacionalizados se expide un año atrás de la fecha
de renuncia.
Si la solicitud es de pensión jubilación para los docentes se da un año atrás del estatus de pensión
( 20 años de servicio y 50 o 55 años de edad ).
Pensión de gracia se expiden los salarios que tenia el usuario al momento de cumplir los 20 años
de servicio y 50 años de edad Status pensional.
Pensión de invalidez: Se expiden salarios un año atrás de la fecha del acto administrativo. Para
quienes ingresaron antes del año 1990 se expide salario con un año atrás y después de 1990 se
expiden los últimos 10 años.
Si los docentes solicitan re-liquidación pensión se expide el certificado de salario
un año atrás de la renuncia.
Revisión pensión jubilación se expiden salarios con el estatus de pensión.
Par pensión y re-liquidación de pensión del personal Administrativo: Se expiden
formatos bono pensional 2 y 3 (B).En el formato 2 se certifica fecha base años
1991 y 1992 si a la fecha están activos, si se retiran antes de esa fecha se les
da el último año de servicio o el tiempo que hayan laborado según el caso.
En el formato 3 (B) los últimos 10 años laborados.
LIQUIDACION Y EXPEDICION DE REPORTES DE CESANTIAS PERSONAL DOCENTE Y
DIRECTIVO
DEL PERSONAL DOCENTE CON REGIMEN DE CESANTIAS DE ANUALIDAD
LIQUIDACION DE CESANTIAS
Ley 91 de 1989, Fondo Nacional de Prestaciones
La liquidación de cesantías de los docentes y directivos docentes se realiza anualmente para elSociales del Magisterio a partir del 1 de enero de
personal que ingresa a laborar a partir del año 1990, estas se liquidan teniendo en cuenta los1990, La entidad territorial liquida las cesantías
factores salariales y por el tiempo laborado durante el año, para posteriormente ser reportadasanualmente sin retroactividad y el Fondo Nacional de
antes del 15 de febrero de cada año al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio,Prestaciones reconocerá y pagará un interés anual
luego La Secretaria de Educación de Boyacá imprime dos copias de la liquidación de cesantíassobre saldo de estas cesantías existentes al 31 de
por cada docente y hace entrega a los rectores de los municipios para que notifiquen a losdiciembre de cada año, a una tasa de interés (DTF),
docentes que hacen parte de este régimen, posteriormente hacen devolución de una copia a estacertificada por la Superintendencia Bancaria.
entidad para que dicha notificación repose en la hoja de vida, además el fondo de prestaciones
del magisterio reconocerá y pagará un interés anual sobre saldo de estas cesantías existentes al
31 de diciembre de cada año, a una tasa de interés (DTF), certificada por la Superintendencia
Bancaria, que será cancelado en el primer trimestre de año siguiente de la liquidación, que se
informara a través de la pagina de la Secretaria de Educación.
Las peticiones que realizan los docentes de régimen anualizado, respecto a liquidación de
cesantías, pago de intereses, cambio del lugar de pago de intereses y duplicado de la notificación
de cesantías son atendidos por la Secretaria de Educación del Departamento y si es el caso se
reportan las situaciones al Fondo Prestacional del Magisterio Fiduprevisora S.A. para que este de
una
solución
de
fondo.
PETICIONES DE CESANTIAS E
INTERESES Y OTRAS
INCONSISTENCIAS
Toda solicitud de reportes de cesantías de los años anteriores tiene un valor que es el establecido
por la Secretaria de Educación de Boyacá, por eso la importancia de que el interesado se
notifique oportunamente en la Institución Educativa correspondiente.
PROCEDIMIENTO PARA INCLUIR EMBARGOS
JUDICIALES EN NÓMINA
1. el trámite dado a los diferentes requerimientos enviados por los despachos judiciales en orden de prioridad es:
Alimentos Proceso en el cual se verifica si el docente o administrativo tiene o no embargo judicial, en caso de
existir una orden por proceso ejecutivo de cooperativas o deudas de título valor esta es suspendida de nómina
y se da cumplimiento al embargo por alimentos, igualmente se informa al despacho judicial que en
cumplimiento a orden judicial por alimentos se suspenden otros descuento dándose prioridad a este, por
tratarse de alimentos.
2. Cooperativas: en caso de existir descuento por embargo en procesos ejecutivos de título valor este igualmente
es suspendido y se da cumplimiento a lo establecido en la ley cooperativa.
3. Deudas Por Titulo valor: en este caso de no existir ninguno de los anteriores se da cumplimiento a la orden
impartida por autoridad judicial competente, en caso de existir alguna de las anteriores se da respuesta mediante
oficio al despacho judicial y se procese a devolver el oficio original, en espera de la orden del despacho Judicial.
Es pertinente poner en conocimiento que el sistema operativo de nómina utilizado en las Secretarias de
Educación a nivel nacional, es manejado directamente por el Ministerio de Educación Nacional, razón por la que la
entidad no es autónoma en la Parametrización, es decir cuando se requiere un cambio o ajuste es necesario
solicitar a través de la firma consultora que opera desde la ciudad de Bogotá.
La nómina de personal de esta Secretaria está conformada aproximadamente por 8.000 docentes 500 directivos y
1.200 administrativos
PROCEDIMIENTO PARA INCLUIR EMBARGOS
JUDICIALES EN NÓMINA
Se viene manejando embargos a un promedio de 400 funcionarios de
estos, por un valor superior a 150.000.000.00 millones de pesos
mensuales, el proceso de las cuotas alimentarias (cuota fija) es un
proceso que se realiza manualmente, dado que cada despacho judicial
ordena el incremento bajo diferentes conceptos entre otros IPC,
Incremento anual del SMLV, otros porcentajes, lo cual no ha permitido que
se logre la Parametrización en el sistema de nómina humano.
TRÁMITE PARA UN CORRECTO PAGO DE HORAS
EXTRAS RECARGOS NOCTURNOS DOMINICALES Y
FESTIVOS
De acuerdo circular Nº 001 de fecha 15 de enero de 2015 en la cual se brindan
orientaciones sobre la elaboración de la programación anual de celaduría para las
Instituciones de los municipios no certificados del departamento de Boyacá, se reitera:
• La programación debidamente diligenciada y firmada por el rector debe ser radicada a
través del sistema de atención al ciudadano previa revisión hecha por el funcionario de la
oficina de nómina encargado a más tardar el día 31 de enero de cada vigencia. El
incumplimiento a la fecha estipulada en la presente circular, será causal de mala conducta
sancionable disciplinariamente en los términos de la ley 734 de 2002
• Para que el pago de horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos proceda, la
programación de celaduría debe estar aprobada por esta entidad territorial, de lo contrario
los funcionarios celadores NO tienen autorización para laborar horas extras recargos
nocturnos, dominicales y festivos.
• Las novedades de personal que se deben reportar a la Secretaria de Educación de Boyacá
se clasifican en Novedades de Planta de Personal y Novedades de Nómina dentro de las
que se encuentran las novedades de horas extras recargos nocturnos dominicales y festivos
(circular 20 de fecha 29 de mayo de 2015), el reporte de estas novedades se debe realizar a
más tardar el día cinco de cada mes y deben estar autorizadas dentro de la programación
anual autorizada al inicio de la vigencia.
• A continuación se da un ejemplo de cómo diligenciar correctamente el formato de reporte de
horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOYACÁ
REPORTE HORAS EXTRAS, RECARGOS NOCTURNOS, DOMINICALES Y FESTIVOS
Versión: 1.0
MES:
XXXXX
AÑO:
XXXXX
MUNICIPIO:
XXXXXXX
ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
RECTOR/DIRECTIVO DOCENTE: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
No.
IDENTIFICACIÓN
APELLIDOS
NOMBRES
HORAS REC.
NOCT
HORAS EXTRAS
NOCTURNAS
1
Fecha del reporte:_03_07_2015
Fe cha de recepción SE: ____ / ____ / _____
(dd/mm/aa)
(dd/mm/aa)
HORAS EXTRAS
DIURNAS
2
_________________________________
FIRMA RECTOR (A)
Funcionario SE
C.C.No.
3
DÍAS DOM. Y
FEST.
4
JORNADA
NOCT 35%
5
OBSERVACIONES
Horas de recargo Nocturno: El recargo nocturno es aquel que se debe pagar sobre la
hora ordinaria por el hecho de que el trabajador preste sus servicios a la empresa en la
jornada nocturna ya sea en un día hábil u ordinario o en un día domingo o festivo. Se
debe especificar en la casilla el Nº de recargos nocturnos que el funcionario labora en el
mes.
Horas extras nocturnas: Son aquellas que se generan cuando un empleado presta
sus servicios a una empresa durante la jornada nocturna, habiendo ya cumplido el
empleado con la jornada ordinaria establecida para un día hábil u ordinario. En otras
palabras, las horas extras nocturnas son las horas adicionales a la jornada ordinaria de
un empleado, siempre y cuando estas horas se den entre las 6:00 pm y las 6:00 am del
día siguiente y si el día en que se dan las horas extras no es domingo o festivo.
Horas extras diurnas: Son aquellas que se generan cuando un funcionario presta sus
servicios durante la jornada diurna, habiendo ya cumplido la jornada ordinaria
establecida para un día hábil u ordinario. En otras palabras, la horas extras diurnas son
las horas adicionales a la jornada ordinaria de un empleado, siempre y cuando estas
horas se den entre las 6:00 am y las 6:00 pm de un día diferente a domingo o festivo.
Días dominicales y festivos: en esta casilla específica cuantos días dominicales y festivos
laboró el funcionario celador, teniendo en cuenta el Nº de días dominicales y festivos
autorizados en la programación anual radicada al inicio de cada vigencia.
Jornada Nocturna del 35 %:Art 34 Decreto 1042 de 1978.
“Sin perjuicio de los que dispongan normas especiales para quienes trabajan por el sistema
de turnos, los empleados que ordinaria o permanentemente deban trabajar en jornada
nocturna tendrán derecho a recibir un recargo del treinta y cinco por ciento sobre el valor de
la asignación mensual”
“No cumplen jornada nocturna los funcionarios que después de las 6 p.m., completan su
jornada diurna hasta con una hora de trabajo”.
Los rectores en esta casilla deben certificar si el funcionario Si tiene derecho al recargo del
35% sobre el salario básico o No, teniendo en cuenta el horario para ese mes autorizado en
la programación y si el funcionario cumplió con lo estipulado en la ley.
PROCEDIMIENTO PARA DESCUENTO MODALIDAD
LIBRANZAS
Según Ley General de Libranzas No. 1527 del 27 de Abril de 2012, se deben tener
en cuenta los siguientes aspectos:
• La Libranza o descuento directo, es la autorización dada por el asalariado o
pensionado a la entidad pagadora de la Secretaría de Educación de Boyacá, para
que se le realice descuento del salario disponible con el objeto de ser girado a favor
de las entidades operadoras autorizadas para atender los productos, bienes y
servicios objeto de libranza.
• Para poder acceder a cualquier tipo de producto, bien o servicio a través de la
modalidad de libranza o descuento directo, se deben cumplir las siguientes
condiciones:
• Que exista autorización expresa e irrevocable por parte del beneficiario del crédito,
a la entidad pagadora oficina de Nómina Secretaría de Educación de Boyacá, quien
será la encargada de realizar el descuento respectivo una vez se haya liquidado la
nómina.
• Que en ningún caso la tasa de interés correspondiente a los productos y
servicios objetos de libranza, supere la tasa máxima permitida legalmente.
• Que la tasa de interés pactada inicialmente, sólo será modificada en los
eventos de renovación, refinanciación o cambios en la situación laboral del
deudor beneficiario, con su expresa autorización.
• Que la libranza o descuento directo se efectúe, siempre y cuando el
asalariado o pensionado no reciba menos del cincuenta por ciento (50%) del
neto de su salario o pensión, después de los descuentos de ley.
De acuerdo a comunicado de Febrero 11 de 2010 emitido por la Secretario de
Educación y Directora Administrativa, en la Secretaría de Educación no se realizarán
estudios de crédito a los préstamos, afiliaciones, cuotas o créditos por libranza
radicados por la entidades, sino que será la misma entidad financiera o comercial
quien defina la capacidad de endeudamiento delempleado; es decir que en adelante la
entidad radicará las libranzas debidamente suscritas por el Docente o Administrativo
en el formato utilizado para tal fin, el cual deberá contener número de documento de
identidad, nombres y apellidos, monto total del crédito o valor a descontar, número de
cuotas acordadas así como el valor de cada una de ellas, firma del empleado y huella
digital. Para facilitar el procedimiento y disposición de la información para el estudio
del crédito, la Secretaría de Educación en su página web www.sedboyaca.gov.co
dispuso los comprobantes de pago mensuales en línea y cada Servidor Público de la
Secretaría de Educación dispone de una clave de acceso.
• Se les recomienda a los Docentes y Administrativos no firmar Libranzas en
blanco, para evitar el riesgo de verse sometido a cancelar un valor no
autorizado.
• Para el manejo de las refinanciaciones sobre créditos por libranza, deberá incluirse
tanto la terminación del crédito vigente como la inclusión del nuevo crédito, toda vez
que la administración sólo da trámite a lo inicialmente registrado y hasta la
finalización, por lo mismo el archivo plano y las novedades en físico deben reportar
el número de cuotas pactadas y el número de cuota mensual, además la
refinanciación deberá contener el paz y salvo del crédito anterior.
• Los Docentes y Administrativos deben tener especial cuidado cuando la entidad
con la que suscribieron la Libranza cambie de razón social, pues dicha entidad
financiera o comercial está en la obligación de informar tanto a los usuarios como a
la pagaduría las condiciones en que se sigue operando el descuento, a fin de evitar
tanto la no continuidad de descuento lo que acarrea reporte en mora, como el
cumplimiento de nuevas condiciones y compromisos cuando se cambia de razón
social por compra de cartera.
• Cada empresa radicará en el SAC ubicado en el primer piso antes del día 11 de
cada mes, las novedades en medio físico junto con el archivo plano en medio
magnético y abstenerse de la entrega en forma personal a cualquier funcionario,
tampoco se autoriza el envío por correo electrónico sin que se tenga la seguridad
de haberlo efectuado antes en físico en el SAC, así mismo los Docentes y
Administrativos que hayan terminado de cancelar su obligación, pueden radicar el
Paz y Salvo expedido por la entidad antes del día 11 para que la oficina pagadora
de la Secretaría efectué la suspensión de descuento.
• Es importante tener en cuenta que al momento de adquirir un crédito, bien o
servicio, el Docente o Administrativo debe acordar con el Tercero una fecha de
pago exacta, ya que los descuentos se ven reflejados una vez se haya liquidado la
nómina, es decir al final de cada mes.
La omisión de la finalización de un crédito o inclusión en las novedades de un
descuento que no haya sido puesto en conocimiento de la administración, es decir no
radicado previamente, dará lugar a la suspensión del código.
• Como la Secretaría de Educación da aplicabilidad al principio de la buena fe,
cuando se presenten situaciones de libranzas ya aplicadas en la nómina frente a
las que haya existido suplantación del Servidor Público en la información, firma o
huella, se suspenderá el código restringiendo la apertura o inclusión de nuevos
créditos o cuotas hasta tanto exista fallo de la justicia ordinaria frente al caso.
• Para efectos de continuar u obtener código para manejo de libranzas además de
los requisitos legales, debe acreditarse oficina de atención personalizada en la
Ciudad de Tunja y establecerse un único Agente o Asesor de contacto con el líder
del grupo de nómina o en su defecto con la Directora Administrativa.
• La Secretaría de Educación de Boyacá mediante comunicado publicado en la
página web www.sedboyaca.gov.co, dará a conocer las Cooperativas, Entidades
Financieras, Sindicatos, Funerarias y demás Empresas Comerciales Autorizadas
que tienen código de descuento por modalidad libranza, para que los Docentes y
Administrativos suscriban Libranzas.
OBJETIVO
Administrar los Bienes existentes y gestionar Servicios para el normal
funcionamiento y cumplimiento de las metas propuestas de la Secretaria de
Educación de Boyacá y las 254 Instituciones Educativas de los municipios
No certificados del Departamento, respondiendo a los principios de calidad,
transparencia, eficacia y equidad, siempre cumpliendo el marco normativo
vigente.
MISION
Ser el centro de apoyo físico, tecnológico y logístico de la Secretaría de
Educación de Boyacá, en cuanto a suministro, control, seguridad,
mantenimiento de infraestructura física y tecnológica y custodia de bienes
requeridos por la entidad para el desarrollo del objeto social.
VISION
Mantener con eficiencia y calidad las herramientas necesarias que
permitan dar cumplimiento en las diferentes funciones, procesos y
procedimientos de la Institución mediante el ofrecimiento de un servicio
oportuno que favorezca el clima laboral.
GRUPO DE TRABAJO
1) Depuración de los inventarios de la IE de los 120 municipios no certificados
del Departamento de Boyacá.
2) Supervisión del Sistema de Información de la inversión del Sector Solidario
en la Educación.
NUESTROS
SERVICIOS
3) Formulación y elaboración Proyectos de Inversión.
4) Servicios Técnico, físico y logísticos de la Planta central de la SEB.
5) Administración de Activos fijos SEB (Equipos de computo, impresoras y
puestos de trabajo).
CONSOLIDACIÓN DE NECESIDADES
RECEPCIÓN DE REQUERIMIENTOS Y
NECESIDADES
MANEJO DE APLICATIVO SAC
FORMULACIÓN Y ELABORACIÓN DE
PROYECTOS SEGÚN NECESIDADES
CONSOLIDADAS
APOYO EN VERIFICACIÓN DE
CONTRATOS Y PROYECTOS
SUPERVISIÓN DE CONTRATOS Y DOTACIONES
PARA LAS I.E. DE LOS MUNICIPIOS NO
CERTIFICADOS
ENTREGA DE MATERIAL ES Y SUMINISTROS
SOLICITUD Y RECEPCIÓN DE
PEDIDOS EN ALMACEN
GENERAL
PROCESO DE BAJAS
ACTUALIZACIÓN DE
INVENTARIOS
MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA
DE LA SEB
MANTENIMIENTO
CORRECTIVO Y
PREVENTIVO
MANTENIMIENTO DE REDES DE
VOZ, DATOS Y ENERGIA
SOPORTE TECNICO-LOGISTICO
BIENES DE PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO.
Forman parte los bienes muebles de las
Instituciones Educativas forman parte del
ambiente pedagógico, siendo los que facilitan
los procesos de aprendizaje. Es necesario, por
tanto, que los directivos y estudiantes
reconozcan la importancia de los recursos y la
necesidad de mantenerlos en buenas
condiciones para que cumplan con su función,
así como dejarlos en buen estado para el
servicio de otros.
OBJETIVO GENERAL
Apoyo, control, actualización, seguimiento, clasificación y consolidación del
inventario de bienes de propiedad, planta y equipo de las 254 Instituciones
Educativas con sus respectivas sedes de los municipios no certificados del
Departamento de Boyacá y reporte a la Gobernación para actualización en
el programa PCTG de la planta central. Lo anterior con el fin de actualizar
el inventario real de bienes muebles de cada Institución educativa.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Depurar el inventario de las 254 Instituciones Educativas con el fin de
establecer la existencia real de los bienes de propiedad, planta y equipo;
identificando bienes para dar de baja, fungibles o de consumo y no
fungibles.
•
•
•
Solicitar anualmente el reporte de bienes muebles de propiedad a cada
Institución Educativa.
Realizar depuración, clasificación de bienes de mayor y menor cuantía
sujetos a depreciación.
Realizar apoyo y seguimiento al cumplimiento de los lineamientos
establecidos en la circular Nº13 de 14 de Mayo de 2013 procedimiento de
baja de bienes muebles establecidos por la Sectorial.
INVENTARIOS
Conceptos
Normatividad
Formatos
Base de datos
NORMATIVIDAD
Ley 715 de 2001
Normas orgánicas en materia de recursos, competencias y organización de la
prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
Decreto 4791 de 2008
Reglamenta la Ley 715/01 en relación con el Fondo de Servicios Educativos de los
establecimientos educativos estatales.
Circular 09 de 2010
Administración y organización Bienes y Servicios de los Fondos de Servicios
Educativos 2010.
Circular 12 de 2015
Orientaciones para un eficiente manejo de bienes muebles de los
establecimientos educativos.
Circular 15 de 2015
Por la cual se emite formato modelo de entrega de bienes por traslado de
funcionarios por retiro, traslados o licencias.
Circular 19 de 2015
Solicitud de paz y salvo y otras orientaciones para el proceso de baja de
bienes muebles.
QUÉ ES UN BIEN?
Este término es utilizado para nombrar cosas que son útiles a quienes las usan o poseen.
QUE ES UN BIEN
MUEBLE
Es aquel que puede trasladarse fácilmente de un lugar a otro, manteniendo su integridad y la
del inmueble en el que se halla depositado. Se clasifican en fungibles o consumibles cuando su
uso conduce a su extinción; y no fungibles cuando el uso no las destruye.
BIEN FUNGIBLE O
CONSUMIBLE
Son aquellos que se consumen con el uso o porque al agregarlos o aplicarlos a otros bienes se extinguen o desaparecen
como unidad o materia independiente. Ej. Útiles de escritorio, oficina, dibujo, papelería, tóner, copias de videos,
disquetes, casetes, cosedoras, perforadoras, saca ganchos, tijeras, reglas, cintas magnéticas, loza, cristalería, y menaje de
cocina(baldes, ollas, bandejas, olletas, cubiertos,etc.)
BIEN NO FUNGIBLE O
DEVOLUTIVO
Son aquellos que no se consumen en su primer uso, aunque con el tiempo se deterioran a largo plazo, así como los que
por su estado no son útiles o se han desactualizado tecnológicamente. Están sujetos a depreciación y es exigible su
devolución (pupitres, sillas, tableros, maquinaria y equipo etc.).
Según su ubicación, se clasifican en:
Bienes en almacén: son aquellos elementos materiales que se encuentran
almacenados en el área física denominada “almacén” o
en la bodega del
establecimiento, con disponibilidad para su uso o por que han sido reintegrados como
devolutivos inservibles.
Bienes en uso: son los entregados a funcionarios de las diferentes dependencias
del establecimiento para el cumplimiento de sus funciones y sobre los cuales tienen la
responsabilidad por su adecuada administración y protección.
COMO SE
ADMINISTRA UN
BIEN MUEBLE
Organización: realización del inventario y su avalúo respectivo
Administración: realización de mantenimiento,
adquisiciones y actualización del inventario.
nuevas
INVENTARIO
¿QUÉ ES?
Herramienta de planificación que permite generar información confiable y oportuna sobre
la cantidad y estado de los bienes muebles e inmuebles, para el análisis y toma de
decisiones gerenciales frente a su estado y uso eficiente, así como el establecimiento
de unos planes de mejoramiento y la priorización de recursos para inversión.
Identificación general de los bienes.
¿CÓMO SE
ESTRUCTURA?
Establecer su situación legal.
Determinar su información económica.
Determinar su información física.
Aplicación de parámetros y normas.
ACTUALIZACION DE INVENTARIO
Ingresos al inventario: Por compra, por
traspaso de una entidad a otra, por no
haberse
contemplado
en
conteos
anteriores o por donación.
Egresos del inventario: por traspaso a
otra institución, por baja (se decide retirar
un bien del patrimonio de la entidad) o
porque se han determinado como
inservibles.
MODALIDADES POR LAS QUE SE PRODUCE EL INGRESO DE BIENES A ALMACEN.
Adquisición de bienes con recursos del Fondo de Servicios Educativos.
Donaciones su documento de formalización es un acta o acto administrativo con sus
requisitos:
•Tipo de bien.
•Cantidad.
•Valor unitario
•Fecha de entrega.
¿Qué hacer si no se puede formalizar el hecho?
Dentro de los quince días siguientes de recibido a través de Consejo Directivo asignar el valor
con la ayuda de cotizaciones con las mismas características.
Reposición de bienes por daño, perdida o hurto Acta aprobada por Consejo Directivo y
ordenador del gasto
Comodato Deben
entregado.
utilizarse en la prestación del servicio para el cual fue
QUIÉNES Y CUANDO SE DEBE
REALIZAR LEVANTAMIENTO
FISICO DE INVENTARIO?
Una vez al año
Un equipo de trabajo interdisciplinario
denominado Comité de inventarios conformado
por:
•Un docente que preste sus labores en la sede de
cada Institución.
•Un docente del área de informática.
•Un docente del área de química.
•Un docente de lengua castellana.
•Un representante de los miembros del Consejo
Directivo.
•Auxiliar Administrativo.
•Auxiliar de servicios generales.
A PARTIR DEL LEVANTAMIENTO FÍSICO ¿QUÉ SITUACIONES SE PUEDEN
DETERMINAR?
Identificación, clasificación y ubicación de los bienes servibles en uso, inservibles, obsoletos e
innecesarios, para darlos de baja.
Identificación de los bienes que no aparecen en el físico pero figuran en los registros de la entidad, para
ubicarlos o darlos de baja.
Identificación de bienes no registrados en inventarios para incorporarlos.
Identificación de bienes que figuran en inventario pero por sus características pueden ser considerados de
consumo, para retirarlos.
Identificación y clasificación de los bienes recibidos y entregados en comodato.
VIDA ÚTIL DE BIENES MUEBLES
DENOMINACIÓN
AÑOS VIDA ÚTIL
Muebles, enseres y equipos de oficina
10
Equipo de comunicación
10
Equipo de cómputo
5
Equipo de comedor, cocina y
despensa
10
Redes, líneas, cables aéreos y sus
accesorios
25
Equipo médico y científico
10
Equipo de transporte, tracción y
elevación
10
ANEXO 3
SECRETARIA DE EDUCACION DE BOYACA
FORMATO TOMA FISICA DE INVENTARIOS DE BIENES INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Nombre Institución Educativa
Municipio
Nit
Codigo del
Dane
Dirección
Ubicación:
No. DE SERIE
Urbano ___
CODIGO
CONTABLE
CANTIDAD
POR UNIDAD
DESCRIPCION
DEL ELEMENTO
MARCA
VALOR
UNITARIO
1
2
4
5
6
162505
1
3
Computador negro, CPU,
mouse, teclado y
audífonos
ACER
2544-B14
1.250.000
Rural ___
ESTADO DE
CONSERVACION
B
R
M
7
X
FECHA DE
COMPRA
FECHA DE
ENTREGA
AL SERVICIO
VIDA UTIL
RESTANTE
8
9
10
12/11/2002
11/12/2002
0
ACTIVIDAD DEL
BIEN EN
SERVICIO
BIEN EN
BODEGA
RESPONSABLE
NOMBRE
CEDULA
11
X
12
Clara Martín
23.555.555
ANEXO 4
SECRETARIA DE EDUCACION DE BOYACA
FORMATO RELACION DE BIENES PARA DAR DE BAJA
Nombre Institución Educativa
Municipio
Nit
Codigo del Dane
Dirección
Ubicación:
CODIGO
CONTABLE
DESCRIPCION DEL
ELEMENTO
Urbano __
COSTO
CANTIDAD
VALOR
RAZON PARA DAR DE
UNITARIO
UNIDAD
ACTUAL
BAJA
INSERVIBLE
1
166502
2
Máquina de escribir eléctrica OLIVETTI
Rural __
3
4
5
300.000
1
0
OBSOLETO
INNECESARIO
6
X
ANEXO 5
SECRETARIA DE EDUCACION DE BOYACA
FORMATO DE TOMA DE INVENTARIOS DE SEMOVIENTES
Nombre Institución Educativa
Municipio
Nit
Codigo del Dane
Dirección
Ubicación:
CODIGO
CANTIDAD
CLASE
RAZA
CONTABLE
POR UNIDAD
1
2
3
4
1610
1
Bovino
Normando
Urbano ______
EDAD
MESES
AÑOS
5
3
Rural _____
VALOR
VALOR
DE COMPRA
COMERCIAL
6
7
1.000.000
1.500.000
RESPONSABLE
NOMBRE
CEDULA
8
Rafael Ortiz
OBSERVACIONES
9
2.333.333
SEMOVIENTES
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PROCEDIMIENTO PARA LA LEGALIZACIÓN DE VIÁTICOS Y
GASTOS DE VIAJE SERVIDORES PÚBLICOS –
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOYACÁ
CONCEPTOS
COMISIÓN DE SERVICIOS
Desarrollo de funciones propias de su empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo,
asistir a reuniones, seminarios, capacitaciones, conferencias, realizar visitas de observación
que interesen a la educación y que se relaciones con el ramo que presta sus servicios.
SEDE HABITUAL DE TRABAJO
Es el centro o lugar geográfico, urbano o rural, en donde esta ubicada la dependencia y /o
donde habitual y ordinariamente presta sus servicios el docente, directivo docente y
administrativo.
COMISIONADO
El servidor Público sobre quien recae la responsabilidad y cumplimiento de una comisión
de servicios.
• VIÁTICO: valor diario destinado a proporcionarle al
servidor público comisionado, el pago de los gastos por
concepto de manutención y alojamiento, en cuanto las
condiciones de su estadía lo exijan.
• GASTOS DE TRANSPORTE: Valores necesarios para
cubrir el pago de pasajes de acuerdo a las tarifas
oficiales aprobadas.
• OTORGAMIENTO : Las comisiones de servicio serán
otorgadas mediante acto administrativo por el Secretario
de Educación de Boyacá y Rector de la institución,
según el caso quien sea el jefe inmediato.
ORDEN DE COMISIÓN O ACTO ADMINISTRATIVO DE OTORGAMIENTO
La orden de comisión o acto administrativo que otorga la comisión de servicios, debe incluir :
CEDULA DE CIUDADANIA
NOMBRE Y
APELLIDOS
MEDIOS DE
TRANSPORTE
CARGO Y ASIGNACIÓN BÁSICA
LUGAR O DESTINO DE
LA COMISIÓN
ORDEN DE COMISIÓN O
ACTO ADMINISTRATIVO
OBJETO DE LA
COMISIÓN
VALOR TOTAL DE LOS
VIÁTICOS A RECONOCER
DURACIÓN Y FECHAS DE LA
COMISIÓN
CUMPLIDO DE COMISIÓN O CONSTANCIA DE
PERMANENCIA
• El comisionado deberá presentar el
cumplido de comisión expedido por
la primera autoridad política o por
el servidor público competente del
lugar donde aquella se cumpla.
INFORME DE COMISIÓN
Los comisionados presentarán un informe
escrito a quien la ordenó sobre el desarrollo y
resultados de la comisión dentro de los tres (3)
días hábiles siguientes a la terminación de la
comisión y a la dependencia encargada de
realizar los pagos de viáticos para
la
legalización del reconocimiento (Art.11, Decreto
0044 del 28 de enero de 2005 para Docentes y
Directivos Docentes) y dentro de los cinco (5)
días siguientes a la terminación de la comisión
para administrativos (Art. 19, numeral 2.
Decreto 00217 del 12 de marzo de 2012).
FACTURA Y /O COMPROBANTES DE LOS GASTOS DE
TRANSPORTE –TIQUETES
.
• EL pago de
los gastos de
transporte intermunicipal
se
limitará al valor de las tarifas
oficiales, fijadas por las empresas
transportadoras
intermunicipales
entre los lugares de origen y
destino,
adjuntando
los
respectivos tiquetes .
DOCUMENTOS PARA LA LEGALIZACIÓN DE LA
COMISIÓN
1. Orden de Comisión o Acto
Administrativo.
2. Cumplido de Comisión
3. Informe de Comisión
4. Caratulas de los tiquetes
utilizados
para
el
transporte, el tiquete o
recibo
expedido por la
empresa
transportadora
intermunicipal, según el
caso.
NORMATIVIDAD VIGENTE
DECRETO 0044 DEL 28 DE ENERO DE 2005 (Docentes y Directivos
Docentes).
DECRETO 0027 DEL 12 DE MARZO DE 2012 (Administrativos).
PARA RECORDAR
La Autorización de comisiones para Rectores, cuando
adelanten gestiones inherentes
al cargo
en la
Secretaría de Educación y / o otras entidades, de ser
enviada con cinco (5) días de antelación al correo
[email protected], para
aprobación en la Dirección Administrativa, autorización
que será devuelta al solicitante y de esta forma
proceder a dar cumplimiento a la comisión . Sin este
requisito no queda autorizado el desplazamiento.
Los documentos para legalizar la Comisión se deben
enviar dentro de los términos definidos. al correo
[email protected],
correspondiente
al
funcionario Pablo Antonio Hernández Velandia.
FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS
DEFINICION
Son cuentas contables creadas por la ley como un mecanismo de
gestión presupuestal y de ejecución de los recursos de los
establecimientos educativos estatales para la adecuada
administración de sus ingresos y para atender sus gastos de
funcionamiento e inversión distintos a los de personal.
CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LOS FSE
Carecen de Personería Jurídica
El Rector o en su ausencia el Director Rural es
Ordenador del Gasto y NO Representante Legal
NORMATIVIDAD GENERAL
LEY 715 DE
2001
• Por la cual se dictan normas orgánicas de recursos y competencias de
conformidad con la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para
organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
• Artículo 9 al Artículo 14
DECRETO
4791 DE 2008
• Por el cual se reglamenta la ley 715
DECRETO
4807 DE 2011
• Por el cual se establecen las condiciones de
gratuidad educativa y se complementa el Decreto
4791 de 2008
NORMATIVIDAD ADICIONAL
Ley 80 de 1993
Ley 1176 de 2007
Decreto 111 de 1996
Decreto 1101 de 2011
Resolución 356 de 2007 de la Contaduría General de la Nación
Ordenanza 022 de 2012 de la Asamblea de Boyacá
Ordenanza 002 de 2013 de la Asamblea de Boyacá
Circulares emitidas por la Secretaría de Educación de Boyacá
RESPONSABLES DEL FSE Y SUS FUNCIONES
CONSEJO DIRECTIVO
(Art 5 Decreto 4791/2008)
RECTOR O DIRECTOR
RURAL (Art 6 Decreto
4791/2008)
•Analizar, introducir ajustes y aprobar el acuerdo
de presupuesto de ingresos y gastos
•Adoptar el reglamento para manejo de tesorería
•Aprobar adiciones, reducciones y traslados
presupuestales
•Verificar la existencia y presentación de los
estados financieros
•Reglamentar
mediante
acuerdo
los
procedimientos para toda contratación que no
supere los (20) SMMLV
•Aprobar la contratación de servicios
•Autorizar la utilización de los bienes muebles o
inmuebles del establecimiento educativo por
parte de terceros
•Aprobar la utilización de recursos del FSE para
la realización de eventos pedagógicos
•Entre otras
•Elaborar el proyecto anual de
presupuesto
•Elaborar el flujo de caja anual
•Elaborar los proyectos de adición,
reducción y traslados presupuestales
•Celebrar contratos, suscribir actos
administrativos y ordenar los gastos
•Presentar el informe de ejecución de
recursos
•Realizar los reportes de información
financiera económica, social y ambiental
•Suscribir junto con el contador la
información financiera
•Entre otras
COMUNIDAD
EDUCATIVA
• Tiene la función de veeduría
relacionada con los recursos
públicos manejados por los
establecimientos a través de los
Fondos con el fin de apoyar el uso
eficiente y la transparencia en su
aplicación.
COMPONENTES DEL FSE
CONTRATACION
PRESUPUESTO
TESORERIA
ADMINISTRACION
Y MANEJO DE
INVENTARIOS
CONTABILIDAD
¿QUE ES EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD – SIG ?
Es un enfoque basado en los procesos que la entidad desarrolla en función
de la satisfacción de las necesidades de los usuarios y partes interesadas en
cumplimiento a las funciones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente y
en el marco del mejoramiento continuo.
Como parte integral del Sistema Integrado de Gestión de la Gobernación de
Boyacá, el proceso de Gestión en Educación, mediante su cadena de valor
desarrolla una política educativa de manera eficiente con la cual logra ampliar
su capacidad de apoyo a las instituciones educativas, contribuyendo al
cumplimiento de los objetivos trazados y a la política de Calidad.
Ministerio de Educación Nacional elaboró y propuso la siguiente cadena de
valor, la cual aborda tres grupos de procesos:
• Procesos Estratégicos: Son los lineamientos y directrices para el
funcionamiento integral de la Secretaría de Educación, bajo el marco del
plan estratégico y estrategias de Mejoramiento continuo de la entidad
territorial y la política nacional.
• Procesos Misionales: Necesarios para que las Secretarías de Educación
pueda cumplir su misión de manera oportuna, lo cual constituye su esencia y
su razón de ser.
• Procesos de Apoyo: Actividades de soporte al desarrollo de las actividades
de la entidad.
CADENA DE VALOR
Gestión estratégica de la secretaria de educación
MACROPROCESOS
MISIONALES
MACROPROCESOS
DE APOYO
Gestión de
Programas y
Proyectos
Gestión de
la Cobertura
del Servicio
Educativo
Gestión de
la calidad del
Servicio
educativo
Atención
al usuario
Gestión de la inspección y vigilancia de establecimientos educativos
Gestión de la información
Gestión de recursos humanos
Gestión Administrativa de bienes y servicios
Gestión financiera
Control Interno
Gestión de tecnología Informática
Asuntos legales y públicos
Administración del Sistema de Gestión de Calidad
ELEMENTOS CLAVES DEL SISTEMA DE GESTIÓN
1. Administración del Sistemas de Gestión de la Calidad:
Auditorías Internas de Calidad
Acciones Preventivas.
Acciones correctivas.
Control de Producto o Servicio No conforme.
Acuerdos para la Prestación del Servicio.
Medición de la Satisfacción del Cliente.
2. Evaluación de resultados:
Revisión general del SIG.
Gestión de indicadores del Sistema Integrado de Gestión.
Revisión del SIG por la Alta Dirección.
3. Autocontrol:
Desarrollo y mantenimiento de la cultura del autocontrol.
Autoevaluación del Control y la Gestión.
Seguimiento a Planes de Mejoramiento Institucional.
Administración del Riesgo.

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