Fianza arrendaticia de fincas urbanas destinadas a vivienda y otros

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Fianza arrendaticia de fincas urbanas destinadas a vivienda y otros
 Fianza arrendaticia de fincas urbanas destinadas a vivienda y otros usos –Régimen General‐ PAIS VASCO ¿Qué es la fianza? La fianza arrendaticia es una garantía que el arrendatario entrega al arrendador para garantizar el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato de arrendamiento. ¿Es obligatorio depositar la fianza? Sí, desde el 26 de septiembre de 2015, es obligatorio depositar la fianza establecida en el artículo 36.1 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, tal y como dispone el artículo 54.1 de la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda. ¿Quién tiene que depositar la fianza? Las personas o entidades arrendadoras de fincas urbanas destinadas tanto a vivienda como a otros usos. ¿Dónde tengo que depositar la fianza? En los Servicios Bizilagun de las Delegaciones Territoriales de Vivienda de cada uno de los territorios (Álava, Bizkaia y Gipuzkoa). ¿Qué plazo tengo para depositar mi fianza? La persona arrendadora, debe depositar la fianza en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la formalización del contrato. En caso de ser necesario, podrá realizar el depósito otra persona debidamente acreditada en nombre de la persona arrendadora. Como persona arrendadora, además de hacer el depósito, ¿qué otra obligación tengo? Una vez efectuado el depósito de la fianza o su actualización, en el plazo de un mes, debes de comunicárselo al arrendatario, mediante la entrega de una copia de la documentación justificativa del cumplimiento de la obligación de depósito que te facilitarán en Bizilagun en la Delegación Territorial de Vivienda. 1 ¿Tengo que pagar alguna tasa por depositar la fianza? No. Este depósito es gratuito. ¿El depósito de la fianza genera algún interés? No. Este depósito no genera intereses a favor de la persona depositante. ¿Qué cuantía tengo que depositar como fianza? 1. Una mensualidad de renta en los contratos de arrendamiento de vivienda. 2. Dos mensualidades de renta en los contratos de arrendamiento cuyo destino primordial sea distinto al de vivienda y al de temporada, por ejemplo, un local. 3. En los arrendamientos de temporada de duración inferior a un año, tanto de viviendas, como de locales, la cuantía de la fianza será proporcional al plazo de duración del contrato, teniendo en cuenta que las dos mensualidades establecidas corresponden al contrato de un año de duración. ¿Qué ocurre si no hago el depósito en plazo? En el caso de que el depósito se solicite fuera del plazo sin requerimiento previo expreso, en el supuesto de regularización de la demora en el ingreso de forma voluntaria, conllevará un recargo equivalente al 2% del importe de la fianza, más el interés legal por la demora. Si se requiere de manera expresa, la fianza conllevará un recargo del 10%, sin perjuicio de que además la omisión de depositar sea considerada como infracción leve constitutiva como sanción administrativa. ¿Qué ocurre si no hago el depósito, a pesar de haber sido requerido? Incumplir por parte de las personas o entidades arrendadoras de fincas urbanas la obligación de depositar la pertinente fianza una vez que hayan sido expresamente requeridos para ello, y con independencia de los recargos por hacerlo fuera de plazo, es una infracción leve regulada en el artículo 85.j) de la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda. Por tanto, podrá sancionarse con una multa de entre 300 y 3.000 €, tal y como establece el artículo 90.3 de la Ley de Vivienda. En todo caso, la multa no podrá ser inferior al doble del depósito debido. 2 ¿Cómo puedo realizar el depósito? 1. Se solicita el depósito cumplimentando el formulario con los datos requeridos. Se imprime y firma el mismo. También se puede acudir a los Servicios Bizilagun dónde le facilitará el impreso de solicitud. 2. Abonar del importe del depósito y guardar el justificante de pago. o Si se solicita a través de Internet podrá abonarse el depósito por este mismo medio (siguiendo los pasos del formulario) u obtener una Liquidación con la que se acudirá a una sucursal bancaria de la Entidad que se indique en la misma. o Si se solicita en los Servicios de Bizilagun se facilitará una Liquidación con la que acudirá a la entidad bancaria que se indique en la misma. 3. Aunque se haya solicitado el depósito en Internet debe acudir al Servicio de Bizilagun, o realizar un envío por correo postal certificado, para presentar la siguiente documentación: o Impreso de solicitud firmado por la persona solicitante, si se ha obtenido en Internet o Fotocopia del D.N.I. de la persona solicitante, si es una persona física, o del C.I.F. si es una persona jurídica. o Contrato de arrendamiento firmado. Se entregarán 3 copias originales. o Justificante del pago, si se ha pagado la Liquidación en Internet o en sucursal bancaria ¿Cómo puedo contactar con Bizilagun? Son varias las posibilidades de que dispones para ponerte en contacto con Bizilagun:  A través de nuestro Servicio Online o por teléfono: Buzón de euskadi.net Lo puedes hacer cualquier día y a cualquier hora.  O acudiendo en persona a nuestras oficinas en las Delegaciones Territoriales de Vivienda: Alava Samaniego 2, 01008 Vitoria‐Gasteiz (Se requiere solicitar cita previa: acudiendo en persona a la oficina de ZUZENEAN, en la calle Ramiro de Maeztu 10, en horario de lunes a viernes de 08:00 h a 19:30 h, o bien telefónicamente llamando al 012). Vizcaya Gran Vía 85 ‐ 1ª planta, 48011 Bilbao. En horario de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h. 3 Guipuzcoa Andía 13 ‐ 5ª planta, 20004 Donostia. En horario de lunes a viernes de 9:30 h a 14:00 h. ¿Cuándo me devuelven la fianza? Una vez extinguido el contrato de arrendamiento, previa solicitud del arrendador, se procederá por parte de Bizilagun a la devolución de la fianza en el plazo máximo de tres meses. Superado el citado plazo sin que se haya hecho efectiva la devolución, se devengará el interés legal del dinero desde la fecha de vencimiento del plazo de devolución hasta la efectiva devolución de la fianza. Cómo solicito la devolución de la fianza? 1. Se solicita la devolución cumplimentando el formulario con los datos requeridos. Se imprime y firma el mismo. También se puede acudir a los Servicios Bizilagun dónde se le facilitará el impreso de solicitud. 2. Aunque se haya solicitado la devolución en Internet debe acudirse al Servicio de Bizilagun, o realizar un envío por correo postal certificado, para presentar la siguiente documentación: o Impreso de solicitud firmado por la persona solicitante, si se ha obtenido en Internet o Fotocopia del D.N.I. de la persona solicitante de la devolución, si es una persona física, o del C.I.F. si es una persona jurídica. o Si la persona solicitante no figura en el contrato de arrendamiento, documento justificativo de que se ha subrogado en los derechos y obligaciones de la relación contractual o Contrato de arrendamiento original. o Resguardo original del depósito o Documento justificativo de la extinción del contrato o, en su defecto, una declaración formal de que se ha producido la extinción de la relación contractual o Fotocopia de la hoja de la Libreta o Cuenta en la que figura el Código de Cuenta Cliente donde se va a ingresar la fianza. 4 

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