Pliego de Bases para Concursos de Precios

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Pliego de Bases para Concursos de Precios
Fecha de impresión
18/01/2016
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA CONCURSOS DE PRECIOS
CAPITULO I: CONCEPTOS GENERALES
ARTICULO 1º: OBJETO DEL PLIEGO: El pre sente pliego est ablece la s base s y condiciones generales a qu e se aju stará el
Concurso de Precios respecto de la oferta, ad judicación, cont ratación, ejecución, recepción e inspección del suministro de
materiales y/o la prestación o locación de servicios, cu yo detalle, como así también las bases y condiciones complementarias y
especificaciones técnicas, se indican por separado.
ARTÍCULO 2º: REGISTRO DE PROVEEDORES: Para la presentación de las ofertas es requisito indispensable estar inscripto en
el Registro Único de Proveedores de la Empresa, cumplimenta ndo la reglamentación estable cida a tal efecto. Las ofertas de
proponentes que no cumplan con esta exigencia serán aceptadas, siempre y cuando realicen la inscripción dentro de las cuarenta
y ocho (48) horas posteriores al acto de apertura del Concurso de Precios.
ARTÍCULO 3º: PLAZOS: Salvo que se estable zca expresame nte lo contrari o, todos los pla zos establecidos en el presente
Pliego, serán computados en días calendarios.
ARTÍCULO 4º: CONSULTAS Y ACLARACIONES: En ningún caso se podrá alegar desconocimiento o interpretación errónea de
las disposicione s que constituyen el legajo formado con motivo del Concurso de Precios. Las dudas que pud ieran originarse
acerca de las mismas, como así también, y especialmente, respecto de planos, cómputos y especificaciones técnicas, en general,
deberán plantearse por escrito a la Empresa solicitando en forma concreta las aclaraciones que se estimen necesarias.
Toda información, en cuanto a la presentación de la oferta, po drá ser requerida hasta una (1) hora antes de la fijada para la
apertura del p resente Concurso de Precios, en el mismo domici lio definido com o lugar de esa apertura. Con posterioridad a la
adjudicación, todo tipo de consulta de parte del contratista, no implicará bajo ningún concepto pr orrogar el plazo de entrega q ue
se haya convenido.
CAPITULO I I: REQUISITOS Y FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO 5º: LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION: Las ofertas deberán ser presentada s en el lugar que se indique, en
horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijados para el acto de apertura. Cuando con posterioridad al llamado a Concurso de
Precios se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil, a la misma hora.
No serán tenidas en cuenta aquellas ofertas que lleguen por Correo o cualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura,
aun cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haber sido despachado oportunamente.
ARTÍCULO 6º: PRESENTACION: Para que sea válida la prese ntación al C oncurso de Precios, el proponente deberá depositar
por si o por interpósita persona, en el Sobre Presentación suministrado por la Empres a con el legajo, todos los documentos que
se detallan en el Artículo 7º. Esta presentación podrá hacerse también por carta, sin responsabilidad alguna para la Empresa por
demora o extravío de cualquier origen.
El Sobre Presentación podrá ser reemplazado, de ser necesario, por otro de mayor tamaño; pero en ninguno de los casos tendrá
membrete o inscripción alguna que identifique al proponente. Estará debidamente cerrado y llevará como ú nica le yenda la
siguiente:
Concurso de Precios Nº ..…… a verificarse el día …………………………… de 20… , a las …….. hs, en la EMPRESA
PROVINCIAL DE LA ENERGIA, calle …………………………….. Nº ………… , ……………………… .
ARTÍCULO 7º: CONTENIDO DEL SOBRE PRESENTACION: Se deberá incluir la siguiente documentación:
7.1. EL LEGAJO completo que sirvió de base para el llamado a Concurso de Precios, debidamente firmado por el proponente en
todas sus hojas, tanto en el anverso como en el reverso.
7.2. REPOSICIÓN DEL SELLADO PROVINCIAL DE LEY.
7.3. Fotocopia de la Constancia de I NSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES de la Empresa y de la documentación
correspondiente al otorgamiento del CUIT ( Clave Única de Identificación Tributaria), por part e de la Dirección General
Impositiva.
7.4. DOMICILIO REAL y D OMICILIO LEGAL del Propon ente. Todas las notificaciones vinculadas con el Concurso de Precios y
eventualmente con el contrato de adjudicación se remitirán al Domicilio Legal.
7.5. Original del F ORMULARIO DE COTIZACIÓN suministrado por la Empresa. Será causa l de rechazo de la oferta en el mismo acto
de apertura, el reemplazo del citado formulario, por fotocopias u hojas, con o sin membrete.
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Los Descuentos Especiales que se ofrezcan, para ser considerad os válidos, deberán redactarse al dorso del Formulario de
Cotización y estar rubricados por el o los responsables de la firma oferente.
7.6. El oferente podrá adjuntar al Formulario de Cotización
membrete de la firma y en original.
ofic ial, un detalle de su propuesta y/o cotiza ción, en papel con
7.7. Otras formalidades que se defina n en las especificaciones técnicas o en las condiciones comp lementarias que acompañan
al Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Con excepción del punto 7.5., q ue es de presentación obligatoria , la omisión de algunos de lo s restantes requisitos apuntados
precedentemente, deberá ser suplida dentro de los dos (2) días hábiles contados a partir de su notificación en el acto de apertura.
En caso de discrepancia entre alguna o algunas de las condiciones o valores informados en los documentos incluidos en el Sobre
Presentación, prevalecerá lo expuesto en el Formulario de Cotización original.
CAPITULO I I I: PROPUESTA
ARTICULO 8º: MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS: La presentación de una oferta lleva imp lícita la obligación de
mantenerla válida por un plazo mínimo de treinta (30) días, c ontados desde la fecha de apertura del Concu rso de Precios.
Aquella/s propuesta/s que resulte/n más con veniente/s, a criterio de la Empresa, quedan aut omáticamente prorrogadas por un
plazo igual a la mitad del establecido precedentemente.
ARTICULO 9º: COTIZACION: La confección del Fo rmulario de Cotización original, como el presupuesto detallado que
optativamente podrá presentar el proponente, deberán ajustarse a lo siguiente:
9.1. La cotización de los precios se realizará en pesos.
9.2. En razón de que esta Empresa se encuentra registrada ante la Dirección General Impositiva, co mo Responsable Inscripto
en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de C.U.I.T 30-54578816-7, las cotizaciones deberán discriminar el
precitado gravamen, con excep ción de los proponentes que sean Responsables no Inscriptos ante el IVA, lo cual deberá
ser acreditado mediante una copia de la inscripción ante la D.G.I. El no cumplimiento con lo dispuesto en este inciso, dará
lugar a interpretar que los precios cotizados ya incluyen el IVA.
9.3. Para cada uno de los Rubros y/ o Ítems que se cotice, se deberá i ndicar cantidad, unidad, precio unitario y precio total. En
caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total, se tendrá en cuenta el precio unitario.
9.4. Cuando en el Formulario de Cotización se def inan Rubros qu e se integren p or más de un Í tem, podrán pa rcializarse
cotizaciones a nivel de Ítem. Es posible, en consecuencia, presentar ofertas que no completen la totalidad de los Ítems del
Rubro.
9.5. Cuando los Rubros que se concursan no se dividan en Ítem
completos.
s, es obligatorio presentar la of erta por Rubro o Rubros
ARTÍCULO 10º: CONDICIONES DE REAJUSTE: Salvo indicació n en contrario d e las condicione s complementarias al presente
pliego, los precios de los bienes y/o servicios cuya provisión se contrate, no estarán sujetos a reajuste de variaciones de costos.
ARTICULO 11º: PLAZO DE ENTREGA: Es el p lazo máximo qu e tiene el contratista para entregar los materiale s, equipos y/ o
servicios convenidos, en el lugar pactado, comp utado a partir d e la fecha en qu e se notifica la adjudicación, o se recepciona l a
Orden de Compra.
La Empresa po drá establecer cronogramas de entregas que pa rcialicen la provisión que se con cursa, en función de lo cual se
indicará para cada entrega parcial la cantidad a proveer y el plazo de vencimiento de cada una de las entregas programadas.
La Empresa asume como plazo o cronograma de entregas m ás adecuado a sus necesidad es, al definido en el legajo del
concurso, pudie ndo los proponentes ofrecer plazos o programas de entregas diferentes, quedando a exclusivo juicio de esta
Empresa aceptarlos o no. A tal efecto esta propuesta alternat iva deberá ser formulada en su of erta con indicación de fechas y
cantidades ciertas, garantizando el cumplimiento de la misma.
De no existir un cronograma de entregas, la misma deberá realizarse en un plazo máximo de treinta (30) días corridos, contados
a partir de la fecha de notificación de adjudicación o de recepción de la Orden de Compra.
ARTICULO 12º: CARACTERISTICAS DEL MATERIAL OFRECIDO: A efect os de asegurar el más completo análisis de la s
propuestas y fu ndamentar con adecuados conocimientos la ad judicación, los proponentes debe rán precisar clar amente en sus
ofertas, la marc a, tipo, modelo y todo detalle relevante de lo s materiales, equipos y/o acceso rios ofrecidos, con el objeto de
brindar la más amplia información al respecto. Se deberán adj untar folletos descriptivo s y toda documentación considerada de
interés para una mejor apreciación de la calidad y confiabilidad de lo ofrecido.
Ante la falta parcial o total de Datos Técnicos Garantizados y/o Protocolos de Ensayo que sean requeridos en l as condiciones
complementarias o en e l anexo de Especificaciones Técnica s Particulares, o cuando los mater iales y/o equipo s solicitado s n o
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cumplan con las especifica ciones técnicas so licitadas, ya sea en forma parcial o total, queda a e xclusivo criterio de la Empres a
desestimar la propuesta.
Las Normas y Especif icaciones Técnicas propias de esta Empresa, cuyas condiciones sea n las que deba n observar los
materiales y/o e quipos que se concursen, podrán ser solicitadas o consu ltadas en el Departamento Normalización y En sayos
cuyo domicilio es: calle San Martín 2365, Piso 4º, Código Postal (3000), - Santa Fe - Teléfonos (0342) 4505608 / 609 / 610 / 611 /
612 / 613, Fax: (0342) 4505617, o en las Oficinas Técnicas de las respectivas Sucursales Rosario, Santa Fe y Rafaela.
Se entenderá que los materiales y/o equipos solicitados sólo refieren a bienes nuevos y sin uso.
Si para un mismo producto el proponente ofreciera dos o más marc as, la Empresa podrá elegir una de ellas, sin que ello otorgue
derecho al adjudicatario para percibir diferencias de precios.
ARTÍCULO 13º: PROPUESTA ALTERNATIVA QUE MODIFIQUE CARACTERISTICAS TECNICAS: Adem ás de la Oferta
Básica, cuya cotización es siem pre obligatoria, los proponentes podrán ofrecer las variantes qu e, a su criterio consideren más
ventajosas que las espe cificadas en la docum entación que se anexa al presente Pliego Ba se. Las variantes así ofrecidas
quedarán identificadas como "Cotizaciones Alternativas".
Las "Cotizacion es Alternativas" ofrecidas que modifiquen sust ancialmente la s bases o condiciones estab lecidas y sign ifiquen
además variantes ventajosa s que se evaluaran como relevantes, podr án dar lugar, a exclusivo juicio de la Empresa, a dejar sin
efecto el Concurso de Precios y a llamar a uno nuevo, modificándose convenientemente sus bases y condiciones.
CAPITULO IV: ACTO DEL CONCURSO DE PRECIOS
ARTICULO 14º: APERTURA DE LAS OFERTAS: En el lugar, día y hora fijad os al efe cto, bajo la presidencia del funcionario
designado por la Empresa y en presencia de los interesados que
concurran al acto, se dará por finalizada la recepción d e
ofertas, previo recuento y numeración correlativa de los sobres, anunciándose el número de ofertas recibidas.
A partir de ese momento no se aceptará el retiro de ninguna de las propuestas e inmediatamente se procederá a abrir los Sobres
de Presentación mencionando los documentos que se acompañan en cada uno y dándose lectura a las propuestas recibidas.
Terminada la le ctura, los propo nentes presente s o represent antes autorizados podrán formular las ob servaciones que crean
necesarias respecto de lo actuado en el acto de apertura. Dichas observaciones deberán manifestarse en forma verbal, concreta
y concisa, y aju stadas estrictam ente a los he chos o documento s vinculados con el acto de ap ertura. No se a dmitirá discu sión
alguna sobre ellas.
ARTICULO 15º: ACTA: De todo lo ocurrido durante la "apertura del Concurso de Precios" se labrará acta al finalizar el mismo,
la que, previa le ctura, será firma da por los funcionarios actuante s y los asistente s que quisieran hacerlo. En esta acta se dej ará
constancia de las observaciones que se formulen.
Todos los oferentes tienen derecho a impugnar cualquiera de la
s propuestas dentro del té rmino de dos (2) días hábiles
administrativos, contados a partir del día en que se llevó a cabo la apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será
resuelta juntamente con la adjudicación. Para que la impugnación sea tenida en cuenta, se deberá realizar un depósito en pesos
igual al 2%o (Dos por mil) de l presupuesto oficial del Concurso, en la Cuenta Corriente n° 443/06-Suc. 599 del Nuevo Banco de
Santa Fe SA; presentándose la constancia del pago en forma conjunta con el escrito de impugnación.CAPITULO V: SELECCION DE OFERTAS
ARTICULO 16º: ESTUDIO DE LAS OFERTAS: La Empresa se reserva el derecho de efectuar los e studios comparativos que
estime necesarios, utilizando el o los métodos que considere convenientes a los efectos de determinar la oferta más ventajosa, la
que podrá no se r necesariamente la de menor precio. La Empresa podrá también rechazar todas las propuestas sin que esto dé
derecho a reclamo de ninguna naturaleza por parte de las firmas cotizantes.
ARTÍCULO 17º: ALCANCE DE LA ADJUDICACION: Si en el Formulario de Cotización no se ha previsto la desagregación de los
Rubros en Ítems, la adjudicación se hará por Ru bro completo; salvo que existan condiciones complementarias al presente pliego
que establezcan lo contrario.
Si en dicho form ulario se estable ciera que el ped ido de cotizació n se compone d e Rubros que a su vez se divide n en Ítems, la
adjudicación podrá parcializarse a nivel de Ítem.
ARTÍCULO 18º: MEJORA DE PRECIOS: Si entre las propuestas admitidas hubie re dos o más co tizaciones que, a criterio de la
Empresa, fuera n consideradas igualmente co nvenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no
fuesen mayores al dos por ciento (2%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se LLAMARA a mejora de
precios entre esos proponentes exclusivamente. Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa
que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 3, 4 y
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5 de la Ley Pr ovincial Nº 121 05/2003 (Compre Santafesino), para aquellos p roveedores que hallan cumplim entado con los
requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley en el Registro Unico de P roveedores de la E. P.E. En caso de
presentarse las dos condiciones el llamado a mejora de precios se hará en forma conjunta.
La respuesta a l pedido de mejora de precio s se concretará mediante un a nueva
presentación con iguales requisito s a lo s exigidos para la confe cción del Sobre Presentación. A tal efecto se fijará plazo para la
presentación de las nuevas pro puestas de mejora de precios , estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las
mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes.
CAPITULO VI: CONTRATO
ARTICULO 19º: PERFECCION DEL CONTRATO: Aprobada la adjudicación por el o los actos administrativos correspondientes y
comunicada esta decisión en término al proponente, mediante la recepción de la correspondiente Orden de Compra u otra forma
de comunicación fehaciente, queda perfeccionado desde ese momento el contrato de provisión.
El contrato así perfeccionado obligará a las partes sin perjuic io de que, cu ando otras disp osiciones legale s vigentes lo
establezcan, se deba proceder a la formalización de un convenio específico, lo que se deberá concretar dentro de los treinta días
siguientes al de la notificación. Transcurrido dicho plazo sin que el adjudicatario dé cumplimie nto a la obligación referida, s e
procederá a ejecutar la garantía de oferta y se le aplicarán las sanciones previstas en la reglamentación del Registro Único d e
Proveedores, reservándose la Empresa el d erecho a promover contra el adjudicatario las acciones q ue jurídicament e
correspondan para resarcirse de los daños sufridos a raíz del incumplimiento por parte de aquél.
ARTÍCULO 20º: TRANSFERENCIA DEL CONTRATO: Formalizado el contrato (Artículo 19º), el contratista no podrá transfe rirlo
ni cederlo, total o parcialmente, a otra persona o entidad ni asociarse para su cumplimiento, sin la previa autorización por escrito
de la Empresa. Caso contrario, la Empresa podrá rescindirlo sin recurso o acció n previa alguna para exigir el cu mplimiento del
contrato por parte del contratista.
ARTÍCULO 21º: AMPLIACION DEL CONTRATO: Cuando en el Pliego Comple mentario de Bases y Condicione s Generales no
se prevea lo co ntrario, la Empresa podrá, previa conformidad d el contratista, a mpliar el importe total de l contr ato hasta en un
veinte por ciento (20 %) sobre dicho monto. La ampliación podrá aplicarse a incrementar las cantidades a suministrar convenidas
inicialmente, manteniendo los mismos precios y condiciones pactados en la adjudicación original.
Esta opción podrá ser ejercida por la Empresa dentro de un plazo máximo, el que no podrá exceder en más de n oventa (90) días
a la fecha de vencimiento del último plazo de entrega del contrato.
ARTICULO 22º: INHIBICIONES: No serán adm itidos a contrata r los que se ha llen procesados, los en e stado de interdicción
judicial, los deudores del Fisco, o que se encuadren en alguna de las causales que estén contempladas en la reglamentación del
Registro Único de Proveedores de la Empresa.
CAPITULO VII: CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
ARTICULO 23º: INSPECCION EN FABRICA: Cuando se contratare la compra de materiales o equipos de prod ucción nacional,
la Empresa se reserva la faculta d de realizar ensayos en fábrica sobre los elementos adjudicados, previo al envío de los mismos
a los lugares de entrega que hayan sido f ijados. A tal efecto la Empresa podrá destacar un Inspector a su cost o y cargo para la
realización de dichos ensayos. En tal caso, el contratista deberá poner a disposición de dicho In spector y a su cargo, el personal,
laboratorio y to dos lo s element os nece sarios q ue permitan co mprobar si la calidad y caracte rística de los m ateriales y/o la
ejecución de los trabajos contratados, responden a las especificaciones requeridas por Pliego o garantizadas en la oferta.
La contratista deberá comunicar al sector que en su lugar sea determinado en las condiciones complementarias, la fecha en que
lo adjudicado se halle en condiciones de ser ensayado. Dicha co municación se hará con una antelación no men or de diez (10)
días respecto de la fecha previst a para el ensayo.Transcurridos cinco (5) días hábile s posteriores a la fecha de comunicación d e
disponibilidad d el material para ser ensayado, si no existe co municación por parte de la E mpresa hacia la Contratista q ue
confirme la realización de l en sayo en f ábrica con sus propio s inspectores, se considerará que la misma prescinde de e star
presente en el momento de la realización de los ensa yos, de biendo en consecuen cia la Contratista enviar los elementos o
materiales adjudicados, incluyendo los protocolos de ensayos de recepción de rutina.
La comunicación del proveedor informando la fecha a partir del c ual se pueden llevar a cabo los ensayos en fábrica, dará lugar a
la suspensión del plazo de entrega desde la fecha indicada y por el tiempo que demande la realización de esos ensayos. Ante la
renuncia expresa o tácita de la Empresa a concretar los ensayos en fábrica, la suspensión del cómputo de días para el control de
plazo de entrega se realizará por el período de diez (10) días, posteriores a la fecha desde la cual se comunicó que los materiales
se encontraban disponibles para su in spección en fábrica. No se inclu irán en e sta prórroga los elementos rech azados por el
Inspector. Quedan a cargo del contratista los gastos d erivados de traslado y estadía del In spector en los caso s que se deban
repetir los ensayos por causa imputable al contratista.
ARTÍCULO 24º: NORMAS TÉCNICAS: A los efectos indicad os en el Artícul o precedente y salvo que en las condiciones
complementarias o las planilla s de Descripción Técnica se establezca lo contrario, serán de estr icta aplicación, en el orden de
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prelación con que se las nomina, las sigu ientes Normas: Es pecificaciones Técnicas de la EPE, normas IRAM, normas ANSI y
normas IEC. Cuando las exigen cias de orden técnico requeridas por la Emp resa, permitan la cot ización de mate rial de orige n
extranjero que no encuadre en las normas citadas anteriormente, serán de aplicación las normas vigentes en el país de origen.
ARTÍCULO 25º: LUGAR Y FORMA DE ENTREGA: La entreg a de los materiales, equipos y/ o servicios se h ará en el luga r y
forma indicado en las cláusulas y/o planillas que se anexan al presente.
Cuando no se h ubiere hecho constar tal indicación, queda entendi do que la entrega deberá reali zarse una vez efectuados los
ensayos en fábrica, o de haber desistido de ello s la Empresa, sobre piso estiba do adecuadamente, en el depó sito o lugar de
entrega que se especifiqu e en las cláusula s complementarias o en el resp ectivo cronograma de entregas, libre de fletes,
embalajes y todo otro gasto para la Empresa.
De haberse est ablecido la cláu sula "Entrega Inmediata", se entenderá que l a entrega debe realizarse dentro de los diez (1 0)
días hábiles siguientes de la fecha de notificada la adjudicación.
ARTICULO 26º: REMITOS Y RECEPCION DEFINITIVA: Los recibos o remitos que se firman en el momento de la entrega, lo
serán en condiciones "a revisar", operándose la recepción defin itiva en e l lugar de entrega convenido, una ve z conclu idos lo s
procedimientos de control de calidad que decid a concretar la Empresa en sus propias dependen cias, a fin de verificar que lo s
artículos entregados se ajustan a las especificaciones técnicas y demás condiciones contratadas.
Si se produjeran rechazos, la Empresa producirá una comunica ción formal en t al sentido a l proveedor, dentro de los treinta (30)
días de ingresa dos los element os al lugar de entrega estableci do. En ese caso el material que resultare recha zado deberá ser
retirado por el proveedor en un plazo de cin co (5) días a pa rtir de recibida la comunica ción de rechazo. D e no proceder el
proveedor a retirar los elemento s rechazados en ese plazo, la Empresa los devolverá a destino por el medio que estime más
adecuado, con flete a pagar por el destinatario, más los costos de carga, descarga y adicionales que se produzcan.
La recepción definitiva de lo ad judicado no liber an a los contrati stas de las resp onsabilidades que establece el artículo 1.646 y
concordantes del Código Civil.
ARTÍCULO 27º: INCUMPLIMIENTO: El contratista no podrá negarse a entregar los ef ectos ofrecidos en el Concurso de Precios,
ni pretender sustituirlos por otros de calidad inferior o distinta de lo convenido. L a falta, incumplimiento o negativa de entr ega en
las condiciones ofrecidas, facultará a la Empres a a adquirir de t erceros esos elementos por cuenta del propone nte y cargarle la s
diferencias de precios, si las hubiere, reservándose al mismo tiempo, el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan.
Para que sea ju stificada la causal que origina e l incumplimiento, ésta deberá en cuadrarse en la s figuras de "ca so fortuito" o d e
"fuerza mayor" previstas en el Código Civil. Asimismo no podrá e l contratista, bajo pretexto de falta o atraso e n los pagos por
parte de la Empresa, dejar de cumplir las obligaciones contraídas.
ARTICULO 28º: EMBALAJE: E l contratista será responsable por el defic iente acondicionam iento o embalaje de los artículo s
expedidos, debiendo repararlos o reemplazarlos según corresponda, por su exclusiva cuenta y cargo, si por dicha causa hubieran
sufrido deterioros, roturas o inutilización.
CAPITULO VIII: PAGOS
ARTÍCULO 29º: FORMA DE PAGO: El pago será realizado en las oficina s de la Empresa que se indiquen en las respectiva s
Órdenes de Co mpra, contrato específico o co ndiciones complementarias. El mismo se efectuará en el
"plazo corriente
administrativo", esto es dentro de los treinta (30) días contados a
partir d e la fecha de entrega, cumplimiento de l objeto
contractual o certificación del servicio, y/o de la fecha de presentación de la correspondiente factura, la que fuere última.
De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 32 77/90 y N° 3419/95 y la Resolución N° 574/15 del Ministerio de Economía de la
Provincia, todo s los pa gos a terceros ajenos al Estado Prov incial, cuyo s importes superen lo s cien mil peso s ( $ 100.000), se
realizarán mediante cheque cr uzado especial, designando en el cruz amiento: "Banco de San ta Fe S.A.- para ser acreditad o
únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido".
EL PROVEEDOR PARA HACER EFECTIVO EL COBRO DE SUS ACREENCIAS, DEBERA DAR
CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN EL DECRETO PROVINCIAL Nº 224/92 Y SUS
MODIFICATORIOS.
ARTICULO 30º: PLAZOS: El plazo corriente ad ministrativo definido en el Artíc ulo 29º se interrumpirá si existieren observaciones
sobre la documentación pertinente u otros trámites a cumplir que sean imputables al acreedor.
ARTÍCULO 31º: IMPUESTO DE SELLOS: Se rá condición in dispensable par a habilitar el trámite de pago de la s facturas,
presentar constancia de pago del impuesto de sellos que grava el contrato por la parte que corresponde al proveedor.
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ARTICULO 32º - MORA EN EL PAGO - LIQUIDACION DE INTERESES: L a mora en el p ago dará de recho al proveedor o
contratista a percibir hasta el mo mento de efectivo pago, por la cantidad de días en mora, intereses que se calcularán en base al
promedio simple de la Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo F ijo en Peso s para el Total de Ba ncos Informantes que pub lica el
Banco Central d e la República Argentina durante el período in currido en mora. Esta tasa promedio será aplica da mediante un
sistema de interés simple al mo nto de la obligación caída en mora y multiplicada por el período de tiempo en m ora, conforme la
siguiente fórmula:
 n  
   Ti  
Interés Moratorio = M *   i 1   * d
 n  365




Donde:
M: Monto de la obligación caída en mora.
Ti: Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos informantes, en % nominal anual para el día “i”.
n: Cantidad de Tasas BADLAR publicadas por el Banco Central para el período en que la obligación cayó en mora.
d: Cantidad de días en mora, desde el día del vencimiento de la obligación hasta el día de su pago.
En el recibo de l capital por parte del acreedor, el mismo deber á efectuar la reserva por el recla mo de intereses, de lo contrar io
quedará extinguida la obligación por parte de esta Empresa.
Efectuada la reserva, la gestión de liquidación y pago de los int ereses deberá iniciarse expresa mente y por escrito dentro del
plazo máximo d e treinta (30) días sigu ientes a la fecha de que el cobro ba jo r eserva se hub iera efectuado, vencido el cua l
quedará extinguido todo derecho de cobro por parte del acreedor.
Los intereses moratorios que prevé este Artículo deberán liquidarse y abonarse dentro de los treinta (30) días de solicitados, caso
contrario serán de aplicación sobre las sumas reclamadas, las mismas normas que se establecen en el presente.
CAPITULO IX: MULTAS
ARTÍCULO 33º: SANCIONES: Independientemente de las sanciones que se establecen en este Pliego y sin perjuicio de las demás
acciones que correspondieren p or dere cho, e l incumplimiento d e la s obligaciones convenidas h ará pa sible a lo s pro ponentes o
contratistas de las sanciones estipuladas por la Reglamentación del Registro Único de Proveedores de la Empresa.
ARTÍCULO 34º: MORA EN LAS ENTREGAS: El contratista quedará constit uido en mora y obligado a
correspondiente, por el mero vencimiento del
o los pla zos acordados para la entrega de la provisión,
requerimiento o intimación previa alguna.
l pa go de la multa
sin necesidad de
ARTICULO 35º: IMPORTE: Sin renunciar al derecho a hacer uso de la acción indirecta, la Empresa podrá, una vez constituido en
mora el contratista, aplicarle un a multa equ ivalente al 2 %0 (dos por mil) de l importe del bien y/o servicio n o entregado en
término, por cada día de mora. Si el total de las multas ap licadas alcanzare el 1 5 % del importe del contrato, la Empresa podrá
rescindirlo por culpa del contratista. Si se hubieran contratado entregas parciales, el importe sobre el cual debe rá calcularse el
porcentaje será el que corresponda a la entrega en que se ha incurrido en mora.
ARTICULO 36º: PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACION: Producida la situa ción de mora de l contratista en los términos de
los Artículos 34º y 35º del presente pliego, la multa se hará efectiva en forma automática y directa, descontándose su importe de
los créditos no afectados que el contratista tuviere a su favor.
De ser estos in suficientes, la Empresa procede rá a intimar la
cancelación del saldo, el que deberá producirse en un plazo máximo de noventa (90) días.
El acto administ rativo consisten te en el descue nto de la multa que corresponda será suficient e para que el contratista pueda
dministrativos correspondientes en la forma y modo esta
blecidos por la s
interponer contr a el mismo los recursos a
reglamentaciones en vigencia.
IMPORTANTE
Será causal de rechazo de la oferta, en el mismo acto de apertura, cuando se presente la siguiente circunstancia: el
cambio del Formulario de Cotización por fotocopias u otras hojas distintas a las oficiales entregadas por la E.P.E.,
conforme a lo previsto en el Capítulo II (ARTICULO 7º, Inciso 7.5).
Según lo dispuesto en los artículos 14º y 15º de este Pliego, los proponentes tienen pleno derecho a presenciar el acto
de apertura de los Concursos de Precios en los que participen.
SELLADO PROVINCIAL DE LEY (Capítulo II, ARTÍCULO 7º, Inciso 7.2) - Concursos de Precios: $ 80,00.
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