CONSEJO NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS

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CONSEJO NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS
CONSEJO NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS
DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN, ESTUDIOS Y PROYECTOS
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Banco de Medidas de Mitigación de Impacto Ambiental, para Proyectos de Aprovechamiento de Flora
no arbórea, dentro de Áreas Protegidas, incluyendo su monitoreo.
Ref. No. BMM-AFF-001
Servidumbres de paso
Se deberá contemplar el uso o rehabilitación de las servidumbres de paso reconocidas y establecidas por la
Declaratoria o el Plan Maestro del Área. De ser extremadamente necesaria la apertura de nuevas
servidumbres de paso deberá realizarse un Estudio de Impacto Ambiental (Artículo 21, Ley de Áreas
Protegidas, Decreto Legislativo No. 4-89), el cual será evaluado bajo los criterios técnicos del CONAP y el
coadministrador del área (en caso de haber alguno), con el fin de establecer un consenso sobre la
pertinencia de la apertura de una nueva servidumbre de paso.
Campos de aplicación
Aprovechamiento de Flora No Arbórea
Ref. No. BMM-AFF-002
Manejo de Flora y Fauna
Con el propósito de conservar y proteger la existencia de especies de vida silvestre en la zona de influencia
del proyecto que podrían ser afectadas de forma directa (desplazadas por pérdida o destrucción de hábitat
y la depredación entre otras) o indirecta (pérdida de fuentes de alimento o agua), en especial lo relacionado
a la compensación del hábitat natural crítico que se modifique, el plan para el manejo de Flora No Arbórea,
deberá contar con protocolos que incluyan antecedentes, resultados esperados y metodologías
relacionadas al manejo específico de la(s) especie(s) que se pretende aprovechar. Es decir, el plan deberá
incluir procedimientos de cría, reproducción, esterilización, cautiverio, proceso de materia prima,
almacenaje y comercialización, de acuerdo a lo estipulado en el Manual de Procedimientos del
Departamento de Vida Silvestre (resolución SC. No. 9/2006) y del Manual para la Administración Forestal
en Áreas Protegidas (resolución ALC/0016-99).
El plan incluirá también la capacitación del personal sobre la identificación y manejo de las especies de
acuerdo con el protocolo establecido y aprobado por el CONAP.
Inmediatamente antes de cualquier actividad relacionada al proyecto se deberá realizar un inventario de
flora y fauna detallado para identificar las especies amenazadas o en peligro de extinción que podrían ser
afectadas por el proyecto. El inventario de vida silvestre contribuirá a identificar la riqueza biológica del
área y permitirá establecer las bases para diseñar un Programa de Monitoreo de vida silvestre con el fin de
registrar y analizar las variantes en las estructuras de comunidades de flora y fauna sensibles o tolerantes a
la intervención humana.
Establecer monitoreos de vida silvestre para determinar el impacto del proyecto durante su actividad
operativa. El Monitoreo deberá permitir analizar la abundancia de especies sensibles, en contraste, con la
abundancia de especies tolerantes a la intervención humana y de esta manera se podrá determinar el grado
de los impactos negativos o positivos del proyecto sobre el área protegida.
Queda prohibida la introducción de especies de Flora exótica, sin autorización de CONAP, por lo que se
recomienda el uso de especies nativas y el manejo de la regeneración natural de especies forestales
valiosas para la recuperación del bosque. También se prohíbe el corte o extracción de especímenes de
flora silvestre en peligro crítico, en cualquier fase de ejecución del proyecto. También queda prohibido el
corte o extracción de especímenes de flora silvestre en peligro crítico, en cualquier fase de ejecución del
proyecto.
Se prohíbe la destrucción de sitios de en proceso de sucesión o regeneración natural pues son áreas de
recuperación de especies de Flora nativa o endémica, así como el aprovechamiento en esas regiones
Todos los programas o procedimientos de reintroducción deberán contemplar el monitoreo de los
especimenes liberados y en consecuencia los registros que demuestren su éxito reproductivo y éxito de
sobre vivencia.
BANCOS DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN PARA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE APROVECHAMIENTO DE FLORA NO
ARBÓREA DENTRO DE LOS LÍMITES DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS
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Campos de aplicación
Aprovechamiento de Flora No Arbórea
Ref. No. BMM-AFF-003
Control de enfermedades y plagas
Todas las poblaciones de Flora están expuestas a la presencia de plagas y enfermedades, por lo que
deberá considerarse un programa de prevención y control en la fase de estudio del proyecto, así como en la
operativa, además de contar con un programa de monitoreo y vigilancia relacionado a la salud, tiempo y
espacio en que se da el aprovechamiento y el manejo de Flora.
En caso de detectarse que existen individuos que presentan síntomas o signos de enfermedades, deberá
comunicarse a la dependencia más cercana del CONAP. Una vez se determinen el tipo y gravedad de la
enfermedad los individuos afectados y los que hayan estado en contacto con ellos, deberán ser puestos en
cuarentena para su correspondiente tratamiento y observación. El CONAP deberá establecer si es
necesario que los individuos sean eliminados y sus restos incinerados para evitar epifitia. Los restos y
desechos de individuos contaminados serán incinerados y enterrados, y nunca deberá mezclarse con las
plantas sanas.
Bajo ninguna circunstancia deberá permitirse la venta o trueque de plantas infectadas o infestadas y mucho
menos su siembra o reproducción.
Está prohibido el uso de agentes químicos sin la autorización del CONAP, quien definirá la pertinencia del
uso de dichos agentes por tratarse de un área protegida.
El uso de Control Biológico deberá contar con un estudio técnico aprobado por el CONAP, en el cual se
considere las poblaciones silvestres nativas del área y las plagas, relacionando el entorno natural y
particular del área en que opera el proyecto.
Deberá llevarse un registro de las plagas reportadas, características y medidas de control de las mismas.
Campos de aplicación
Aprovechamiento de Flora No Arbórea
Ref. No. BMM-AFF-004
Cultivos
Las áreas protegidas se consideran refugios de vida silvestre dentro de ecosistemas naturales, que tienen
como objetivo la conservación de la diversidad biológica interactuando en procesos ecológicos naturales y
particulares de cada sitio, por lo tanto, no se permite bajo ninguna circunstancia el cambio de uso de suelo
de un bosque primario o en regeneración a un área de cultivo extensivo.
Campos de aplicación
Aprovechamiento de Flora No Arbórea
Ref. No. BMM-AFF-005
Residuos sólidos
La presencia de residuos sólidos de materiales inorgánicos, contaminan los distintos sustratos del suelo,
incidiendo en su fertilidad y capacidad de filtración de agua. Además son materiales que presentan tasas
de degradación muy lenta (tardan muchos años, décadas o incluso siglos en ser degradados). Los
desechos sólidos de origen orgánico que no provengan de procesos químicos industriales o que
representen riesgo a la salud de seres vivos en general, son considerados como materiales potenciales de
enriquecimiento de suelos (ramas, cortezas, cenizas, hojas, cáscaras, semillas, entre otros), siempre y
cuando sean manipulados en procesos de transformación de compost.
Todos los residuos sólidos como la basura y producto de campamentos o granjas, serán recolectados y
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dispuestos en un botadero municipal autorizado. Por ningún motivo los desechos serán quemados. Cuando
el proyecto inicie su operación, será la administración la responsable de contratar un servicio privado de
recolección y transporte de desechos hacia un botadero autorizado o utilizar el sistema municipal. La forma
de evaluar el efecto de las medidas, es mediante las facturas del recolector privado o municipal de los
residuos sólidos.
La leña y residuos orgánicos provenientes de ramas, hojas, cortezas, semillas u otros que no sean residuos
o productos de procesos industriales, deberán ser dispersados en los suelos de los bosques aledaños, con
el fin de contribuir al enriquecimiento del sustrato orgánico del suelo del bosque. No se deberá limpiar el
terreno mediante la quema de su vegetación.
Campos de aplicación
Aprovechamiento de Flora No Arbórea
Ref. No. BMM-AFF-006
Desechos líquidos generados durante la operación de campamentos o granjas
Los trabajadores generarán desechos líquidos, los cuales deberán ser tratados. Se deberán construir
letrinas aboneras secas.
Campos de aplicación
Aprovechamiento de Flora No Arbórea
Ref. No. BMM-AFF-007
Recolección de fauna y flora
El personal que laborará en el área deberá ser informado sobre la prohibición estricta de la caza, captura y
recolección de fauna y flora silvestre (orquídeas, bromelias o gallitos, cactus u otras) que no estén
contempladas en el proyecto y en las respectivas autorizaciones y licencias otorgadas por el CONAP.
Inmediatamente antes de cualquier actividad relacionada al proyecto, se deberá realizar un inventario de
flora detallado para identificar las especies amenazadas o en peligro de extinción que podrían ser afectadas
por el proyecto. El inventario de vida silvestre contribuye a identificar la riqueza biológica del área y permite
establecer las bases para diseñar un Programa de Monitoreo de vida silvestre con el fin de registrar y
analizar las variantes en las estructuras de comunidades de flora y fauna sensible o tolerante a la
intervención humana.
Se deberá diseñar un Programa de rescate de especies de flora silvestre con estatus de protección,
contemplando la colecta y reubicación de las especies, elaborado con base a su distribución y factor de
vagilidad.
Los vehículos se deberán conducir a bajas velocidades para evitar atropellar a la fauna. Queda prohibida la
introducción de especies de flora exótica, por lo que se deberán utilizar especies nativas del área, para la
reforestación y el manejo de la regeneración natural de especies forestales valiosas para la recuperación
del bosque. Se prohíbe la destrucción de sitios de recuperación y alimentación de especies de fauna, así
como el aprovechamiento de árboles en esas regiones.
Campos de aplicación
Aprovechamiento de Flora No Arbórea
Ref. No. BMM-AFF-008
Recursos Culturales e Históricos
Detener inmediatamente las actividades de manejo de fauna o flora si en el sitio se encuentra un hallazgo
cultural e histórico y contactar a IDAEH y USAC, si durante la excavación se encontrarán vestigios
arqueológicos o paleontológicos. No intentar extraerlos, restaurarlos, transportarlos o sepultarlos.
Campos de aplicación
Aprovechamiento de Flora No Arbórea
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Ref. No. BMM-AFF-009
Componente Social
Este estudio deberá incluir la consulta pública a la población asentada en el área de interés del proyecto,
con la participación de autoridades locales, población organizada (COCODES, comités, asociaciones u
otros), quienes deberán manifestar su anuencia o no al proyecto a través de encuestas, entrevistas,
talleres, asambleas o reuniones de trabajo debidamente documentadas, pudiendo el proponente del
proyecto, obra, industria o actividad, conforme a los términos de referencia establecidos por el Ministerio de
Ambiente y Recursos Naturales, darle participación a la población en la etapa más temprana posible del
proceso de elaboración del instrumento ambiental, exceptuando la Evaluación Ambiental Inicial, según lo
indicado por los Artículos 72 al 78 del Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental
(Acuerdo Gubernativo 431-2007), y las reformas del mismo contenidas en el Acuerdo Gubernativo 33-2008.
Ref. No. Monitoreo-AFF-001
Monitoreo de poblaciones
Deberá diseñarse y establecerse un programa de monitoreo de vida silvestre que permita evaluar el estado
de las poblaciones (tiempo y espacio) afectadas directa e indirectamente por el proyecto, lo cual permitirá
analizar la abundancia de especies sensibles en contraste con la abundancia de especies tolerantes a la
intervención humana, para determinar el grado de impacto negativos o positivos del proyecto sobre el área
de aprovechamiento y sobre el Área Protegida en general, con la finalidad de mejorar las medidas de
mitigación y control sobre dichas actividades.
Campos de aplicación
Aprovechamiento de Flora No Arbórea
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