Adelantamientos a ciclistas en poblado
Transcripción
Adelantamientos a ciclistas en poblado
Adelantamientos a ciclistas en poblado En las últimas semanas, desde varios sectores se ha planteado la duda acerca de si la separación lateral de 1,5 metros para adelantamientos de conductores de automóviles sobre ciclistas es de aplicación o no en poblado. Sobre esta cuestión se informa lo siguiente: 1. El artículo 34.4 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad vial fue reformado por la Ley 6/2014, de 7 de abril, estableciendo que “Todo conductor de vehículo automóvil que se proponga realizar un adelantamiento a un ciclo o ciclomotor, o conjunto de ellos deberá realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de al menos 1,5 metros…”. 2. Por otra parte, el artículo 85.4 del Reglamento General de Circulación establece que “Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento, en las condiciones previstas en este reglamento; en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,5 metros”. Visto que la regulación contenida en la Ley no es coincidente con la que se recoge en el texto reglamentario, debe concluirse que la separación lateral de seguridad de 1,5 metros es aplicable cuando el adelantamiento se realiza tanto en vías urbanas como interurbanas. No obstante, debe tenerse muy en cuenta que, en vías urbanas se producen muchos supuestos de circulación en los que no opera esta regla por no tratarse técnicamente de adelantamientos, siendo el ejemplo más claro los supuestos en los que la calzada dispone de dos o más carriles de circulación por sentido, pues en estos casos cada usuario circula por su carril sin atender a la regla de separación lateral citada. Con independencia de la necesidad de que se tenga que dejar o no la separación lateral mínima mencionada, es importante que los conductores de automóviles realicen adelantamientos o rebasamientos a los ciclistas atendiendo especialmente a la seguridad de estos usuarios. Madrid, 17 de julio de 2015. EL JEFE DE LA UNIDAD DE ORDENACIÓN NORMATIVA Fco Javier Villalba Carrasquilla C/ JOSEFA VALCARCEL, 44 28027 MADRID