Reglamento del Consultorio Jurídico Gratuito de la Carrera

Transcripción

Reglamento del Consultorio Jurídico Gratuito de la Carrera
UNIVERSIDAD ESTATAL
“PENINSULA DE SANTA ELENA”
REGLAMENTO DEL CONSULTORIO JURÍDICO GRATUITO DE LA
CARRERA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE
SANTA ELENA.
CAPÍTULO I
GENERALIDES
Art. 1.- DE LA NATURALEZA.L a Carrera de Derecho de la Universidad Estatal Península de Santa Elena, crea el
Consultorio Jurídico, con fines de asesoramiento y patrocinio en forma gratuita a
personas de escasos recursos económicos y de instrucción práctica, para dar solución a
los diferentes problemas jurídicos que se platearen (excepto asuntos penales).
Art. 2.- OBJETIVOS DEL CONSULTORIO.- Son objetivos los siguientes:
a) Asesorar y patrocinar legamente en forma directa a la comunidad de escasos
recursos económicos.
b) Fortalecer las competencias de los estudiantes y egresados de la Carrera de
Derecho de la Universidad Estatal Península de Santa Elena, considerando las
prácticas en el Consultorio Jurídico que guíen su desarrollo personal y
profesional.
Art. 3.- NORMATIVIDAD.Para el cumplimiento de las actividades del Consultorio Jurídico gratuito de la Carrera
de Derecho de la Universidad Estatal Península de Santa Elena, cumplirá en orden de
preferencia las siguientes disposiciones normativas:
a)
b)
c)
d)
Constitución de la República del Ecuador.
Convenios y Tratados internacionales.
Leyes orgánicas, ordinarias y especiales.
Estatuto Orgánico Codificado, Reglamentos y resoluciones aprobadas por el H.
Consejo Superior Universitario de la Universidad Estatal Península de Santa
Elena.
e) Disposiciones contenidas en el presente reglamento.
Art. 4.- NORMAS DE CONDUCTA.El Consultorio Jurídico gratuito de la Carrera de Derecho de la Universidad Estatal
Península de Santa Elena, guiará su conducta institucional bajo los siguientes principios:
a) Acción.
b) Servicio.
c) Búsqueda de permanencia de la justicia.
Dirección Campus: Vía La Libertad – Santa Elena – Teléfono Conmutador:: 2780018 – 2784006 Rectorado Telefax: 2780019
E-mail: [email protected]
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Art. 5. SERVICIOS QUE PRESTA EL CONSULTORIO JURÍDICO.
a)
b)
c)
d)
e)
Asesoramiento legal y trámite de casos.
Atención legal de casos derivados de instituciones públicas y privadas.
Atención jurídica en casos de menores maltratados.
Mediación Pre-Procesal y procesal en las causas que lo permitan.
Motivación social orientada a la difusión de los derechos de los ciudadanos y de
los grupos vulnerables.
f) Coordinación para gestiones ante las Autoridades del Poder Central,
Provinciales, Municipales, entidades privadas con finalidad social o pública.
g) Organizar sistemas de estatutos prácticos para que los estudiantes puedan aplicar
sus conocimientos en las diferentes áreas del derecho.
h) Coadyuvar el perfeccionamiento académico de los alumnos de la Carrera de
Derecho; para ello evaluará los resultados logrados, y comprobará que las
doctrinas o teorías aplicadas de las mismas por parte de los estudiantes es
satisfactorio.
CAPÍTULO II
DE LA FINANCIACIÓN DEL CONSUTORIO JURÍDICO
Art. 6.- FINANCIAMIENTO.El presupuesto del Consultorio Jurídico será financiado en lo relativo al sueldo de su
personal y gastos administrativos, con fondos provenientes de la Universidad Estatal
Península de Santa Elena.
Art. 7.- INGRESOS ADICIONALES DEL CONSULTORIO.Sin perjuicio a lo dispuesto en el artículo precedente, el Consultorio Jurídico puede
recibir donaciones que realicen diferentes instituciones, previo conocimiento y
autorización del H. Consejo Superior Universitario, el mismo que decidirá su
utilización.
CAPÍTULO III
DE LA ORGANIZACIÓN
Art. 8.- INTEGRACIÓN DEL CONSULTORIO JURÍDICO.El Consultorio Jurídico tendrá el siguiente personal administrativo:
a)
b)
c)
d)
e)
Un Director abogado/a.
Un Subdirector/a.
Un Coordinador/a de Prácticas
Un Secretario/a.
Personal de Servicios.
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El Consultorio Jurídico solicitará el personal de apoyo que considere necesario para el
mejor desempeño de sus funciones.
Art. 9.- LAS SESIONES.El personal administrativo del Consultorio Jurídico sesionará ordinariamente en forma
obligatoria una vez cada mes, previa convocatoria de su Director, a efecto de revisar las
políticas institucionales y evaluar la eficacia del trabajo realizado. Extraordinariamente
sesionará a criterio de su Director/a.
El Director /a sesionará cuantas veces sean necesarias con los estudiantes y/o egresados
durante el desarrollo de sus prácticas en el Consultorio Jurídico.
Art.10.-REQUISITOS
DEL
DIRECTOR/A,
COORDINADORA/A, SECRETARIO/A.
SUBDIRECTOR/A,
Para ser Director/a del Consultorio Jurídico, se requiere:
a) Ser ecuatoriano y de reconocidas cualidades morales y éticas,
b) Poseer título de Doctor o Abogado,
c) Tener una experiencia mínima de diez años como profesional del derecho en
libre ejercicio y como docente de la Carrera de Derecho 3 años en la
Universidad Estatal Península de Santa Elena,
d) No haber sido sancionado por la Universidad Estatal Península de Santa Elena,
e) Estar en actual goce de los derechos de ciudadanía,
f) No ejercer ningún tipo de cargo público o privado,
g) Presentar el plan de trabajo a desarrollar en su período.
Para ser Subdirector/a del Consultorio Jurídico, se requiere:
a) Ser ecuatoriano y de reconocidas cualidades morales y éticas,
b) Poseer título de Doctor o Abogado,
c) Tener una experiencia mínima de diez años como profesional del derecho en
libre ejercicio y como docente en la Carrera de Derecho 3 años en la
Universidad Estatal Península de Santas Elena,
d) No haber sido sancionado por la Universidad Estatal Península de Santa Elena,
e) Estar en goce de los derechos de ciudadanía,
f) No ejercer ningún tipo de cargo público o privado,
g) Colaborar con el plan de trabajo a desarrollarse en su período,
h) Encargarse del Consultorio Jurídico, cuando el Director se ausentase por causa
de enfermedad o licencia concedida por el señor Rector de la Universidad
Estatal Península de Santa Elena.
i) Solicitar la opinión legal de los profesores de la Escuela de Derecho sobre los
casos que patrocina el Consultorio Jurídico.
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Para ser Coordinador/a de Prácticas.
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Ser ecuatoriano/a y de reconocidas cualidades morales y éticas,
Ser estudiante del Quinto año de Derecho o egresado,
Tener un promedio de calificación de 91 puntos, como mínimo,
No haber sido sancionado por la Universidad Estatal Península de Santa Elena,
Estar en goce de los Derechos de Ciudadanía,
No ejercer ningún otro cargo público o privado,
Estar a disposición del Director/a durante el proceso de las prácticas en el
Consultorio Jurídico.
Para ser Secretario/a del Consultorio Jurídico, se requiere:
a) Ser ecuatoriano/a,
b) Ser estudiante del quinto año de la Carrera de Derecho de la UPSE o egresado,
c) Estar en goce de los derechos de ciudadanía.
Art.11.-DESIGNACIÓN
DEL
DIRECTOR/A,
COORDINADOR/A Y SECRETARIO/A.
SUBDIRECTOR/A,
Serán nombrados por el Rector de la Universidad Estatal Península de Santa Elena de
una terna remitida por el Director de la Carrera.
Art. 12.- ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL DIRECTOR.Las atribuciones y deberes del Director/a son:
a) Planificar, dirigir, organizar, supervisar las actividades del Consultorio Jurídico
y todas las que fueren necesarias para su mejor funcionamiento, difusión de su
labor y el cumplimiento de sus fines.
b) Organizar la derivación interinstitucional de los casos que lleguen al
conocimiento del Consultorio Jurídico.
c) Elaborar un informe mensual de actividades sobre el trabajo realizado en
relación a los casos concluidos y en trámite; al número de alumnos que han
efectuado sus prácticas; a la evaluación del rendimiento y calidad de servicio
prestado de acuerdo a la misión, visión, objetivos, metas y políticas de la UPSE.
Este informe será presentado al Consejo Académico de la Carrera de Derecho.
d) Evaluar el desenvolvimiento de los estudiantes de la Carrera de Derecho en sus
prácticas y presentar el respectivo informe.
e) Receptar y absolver las consultas legales que le formulen: usuarios, estudiantes
practicantes, egresados.
f) Suscribir los escritos y documentos que fueren necesarios en la defensa de las
personas que patrocina el Consultorio Jurídico.
g) Gestionar ante las Autoridades Judiciales y Policiales, para solicitar su
colaboración en el desarrollo de las actividades Preprofesionales del Consultorio
Jurídico.
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h) Supervisar el cumplimiento de las obligaciones del personal que integra el
Consultorio Jurídico.
i) Supervisar el control de asistencia del personal asignado al Consultorio Jurídico,
estudiantes y egresados de conformidad con los horarios establecidos.
j) Admitir o rechazar las solicitudes de atención jurídica, de acuerdo a la finalidad
institucional del Consultorio Jurídico.
k) Llevar las estadísticas de los casos atendidos según las áreas de derecho (excepto
asuntos penales).
l) Remitir el informe anual al señor Rector de la Universidad y programar la
socialización de la rendición de cuantas a la comunidad.
m) En caso de licencia o usencia, su reemplazo será designado por el Rector de la
Universidad Estatal Península de Santa Elena.
Art. 13.- ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL COORDINADOR DE PRÁCTICAS.a) Ejercer el control de asistencia de práctica de los estudiantes y egresados.
b) Colaborar en la planificación de actividades del Consultorio Jurídico.
c) Encargarse del Consultorio Jurídico, cuando el Subdirector se ausentare por
causa de enfermedad o licencia concedida por el plazo de 30 días por el señor
Rector de la Universidad Estatal Península de Santa Elena.
d) Informar al Director del Consultorio Jurídico sobre las actividades desarrolladas
dentro de sus funciones.
e) Solicitar la opinión legal de los profesores de la Escuela de Derecho sobre los
casos que patrocina el Consultorio Jurídico.
f) Motivar la participación de los estudiantes inscritos en el Consultorio Jurídico en
cada uno de los casos a ellos asignados.
g) Las demás que le sean asignadas por el Director del Consultorio Jurídico de
conformidad a este Reglamento.
Art. 14.- ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL SECRETARIO/A.a) Entregar credenciales a cada uno de los estudiantes y egresados que se
encuentren realizando las prácticas, la credencial tendrá validez de un año.
b) Llevar correctamente el archivo general del Consultorio Jurídico.
c) Llevar fichas individualizadas de las horas trabajadas por los estudiantes.
d) Conocer el estado de cada uno de los procesos judiciales o administrativos que
estuviesen tramitándose para el registro correspondiente.
e) Recibir y contestar correspondencia.
f) Elaborar las actas de reuniones del personal del Consultorio Jurídico.
g) Encargarse de la conservación de los bienes del Consultorio Jurídico.
h) Notificar al personal del Consultorio Jurídico sobre cada una de las actividades
que se realicen
i) Los demás que le sean asignadas y delegadas por el Director del Consultorio
Jurídico.
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CAPÍTULO IV
PROCEDIMIENTO DEL CONSULTORIO JURÍDICO
Art. 15.- PROCEDIMIENTOS
Los usuarios que acudan al Consultorio Jurídico serán atendidos inicialmente, por el
Coordinador para absolver la consulta y si requiere el patrocinio será remitido al
Director/a, para que elabore el informe y luego derivarlo al secretario quien lo
registrará. El Director/a asignará el caso a un estudiante o egresado, quien lo tramitará
con la supervisión del Director/a y del Coordinador/a.
Art. 16.- MEDIACIÓN PRE-PROCESAL.En forma previa al inicio de una acción legal y cuando el caso lo amerite, se realizará
una citación extrajudicial a las partes en conflicto para que participen en una audiencia
de mediación. En este proceso, desarrollado conforme al reglamento pertinente y a
cargo de un profesional capacitado, que facilitará el diálogo constructivo, para elaborar
la resolución del conflicto.
CAPÍTULO V
INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS DE LOS/LAS ESTUDIANTES Y EGRESADOS
DE LA CARRERA DE DERECHO PARA EL CONSULTORIO JURÍDICO
Art. 17.- INSCRIPCIÓN.- Todo estudiante a partir del quinto año y egresados de carrera
puede inscribirse en el consultorio jurídico para realizar las prácticas previas a su
incorporación, de acuerdo al siguiente procedimiento de inscripción:
a) El Director de la carrera de Derecho entregará al Director del Consultorio
Jurídico la nómina de los estudiantes y/o egresados inscritos para realizar las
prácticas en el Consultorio Jurídico.
b) El/la estudiante y/o egresado deberá inscribirse en el Consultorio Jurídico dentro
de los treinta días máximo luego de iniciadas las clases en la Carrera de
Derecho. De no hacerlo, pierde su primer registro y lo efectuará
obligatoriamente en el tercer ciclo del año académico vigente, teniendo hasta dos
oportunidades para cumplir su inscripción.
c) Inscritos los estudiantes y/o egresados el Director del Consultorio Jurídico
remitirá la nómina de los mismos al Consejo Académico de la carrera de
Derecho para los fines legales consiguientes.
d) Cada estudiante y/o egresado, según la disponibilidad de casos existentes en el
consultorio jurídico y de acuerdo a su gravedad, dificultad y dedicación, recibirá
su asignación, debiendo hacer el reporte del seguimiento en la respectiva ficha
de control que lleva el Coordinador/a del Consultorio Jurídico.
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Art. 18.- APROBACIÓN.Para aprobar la asistencia y las prácticas realizadas en el Consultorio Jurídico, los/las
estudiantes y/o egresados deben cumplir los siguientes requisitos:
a) El/la estudiante y/o egresado una vez inscrito/a en el Consultorio Jurídico deberá
coordinar con el Director/a, de acuerdo a su disponibilidad de tiempo, como va a
asistir al mismo. El estudiante inscrito para aprobar sus prácticas deberá cumplir
con 80 horas laborables.
b) Los/las estudiantes y/o egresados al terminar las prácticas en el Consultorio
Jurídico deberán, en el plazo de un mes, presentar al Director del Consultorio
Jurídico un informe de todas las labores realizadas en los casos asignados, quien
emitirá un certificado que abalice sus prácticas preprofesionales para su
aprobación por el Consejo Académico de la Carrera de Derecho.
CAPÍTULO VI
POLÍTICAS DE ATENCIÓN AL USUARIO
Art. 19.- Para tener acceso al servicio es necesario que los recursos económicos de los
usuarios sean limitados y se encuadren en las siguientes características:
a) Con un ingreso mensual menor al salario básico.
b) Conocer la dirección domiciliaria de las partes en conflicto.
c) Presentar cédula de ciudadanía y documentos solicitados para el patrocinio legal.
CAPÍTULO VII
DE LAS SANCIONES
Art. 20.- Los estudiantes y/o egresados practicantes, en el desempeño de sus actividades
en el Consultorio, deberán guardar apego a las normas de ejercicio profesional.
Cualquier falta en que incurrieren al respecto o, la irresponsabilidad en el cumplimiento
de sus obligaciones o trabajos, previa calificación del Director y de acuerdo a su
gravedad, será objeto de las siguientes sanciones:
a)
b)
c)
d)
Amonestación verbal del Director.
Amonestación escrita del Director.
Pérdida de la práctica pre-profesional.
De ameritar la falta una sanción más grave a criterio del Director del Consultorio
Jurídico, éste pondrá el caso en conocimiento del Director de la carrera para que
se procede e acuerdo a los Reglamentos de la Universidad.
Art. 21.- Prohíbase terminantemente al Personal del Consultorio Jurídico, estudiante y/o
egresados, el cobro de derechos, honorarios o retribuciones a ningún título, a las
personas que encomienden sus asuntos legales a la gestión profesional del Consultorio
Jurídico y partes que intervienen en el proceso.
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Art. 22.- En el caso de que un estudiante y/o egresado incurriere en lo señalado en la
disposición precedente, el Consejo Académico de la carrera de Derecho aplicará las
sanciones correspondientes.
Art. 23.- Si quienes incurran en lo prescrito en el artículo 21 de este Reglamento o actos
de acción u omisión que afecten el normal desarrollo de las actividades del Consultorio
Jurídico, son miembros del personal del Consultorio Jurídico, se aplicarán las sanciones
previstas en el Estatuto Orgánico Codificado de la Universidad Estatal Península de
Santa Elena.
DIPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- Este Reglamento se aplicará en todo lo que no contradiga lo dispuesto en
el Estatuto Orgánico Codificado de la Universidad Estatal Península de
Santa Elena.
SEGUNDA.- Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el
H. Consejo Superior Universitario.
TERCERA.- Cualquier reforma o modificación deberá ser analizada y aprobada por el
H. Consejo Superior Universitario
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Organigrama del Personal Administrativo del Consultorio Jurídico Gratuito de la
Universidad Estatal Península de Santa Elena.
DIRECTOR/A
DIRECTORA/A
SUBDIRECTOR/A
COORDINADOR/A
SECRETARIO/A
PERSONAL DE
SERVICIOS
Ing. Jimmy Candell Soto
RECTOR
CERTIFICO:
Que el presente Reglamento fue aprobado en la Sesión Extraordinaria del H. Consejo
Superior Universitario, celebrada el 21 de septiembre del 2009.
C.P.A. América Tigrero González
PROSECRETARÍA ENCARGADA
DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA UPSE
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