MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
1 "Cusco, Patrimonio Cultural de la Humanidad" MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO I) 3 9 —2012 —GR OLISCO/PR CONVENIO Nº . . CONVENIO PARA LA FORMULACIÓN Y EJECUCION DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA DE COMPETENCIA MUNICIPAL EXCLUSIVA ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO Y EL GOBIERNO REGIONAL CUSCO PARA EL MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DE LA PROVINCIA DEL CUSCO Conste por el presente documento, el Convenio para la formulación y ejecución de Proyectos de Inversión Pública de competencia municipal exclusiva para el manejo de residuos solidos de la provincia del Cusco, que celebran de una parte: a. LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO, con RUC 20177217043, con domicilio legal en Plaza Cusipata s/n, distrito, provincia y departamento de Cusco, debidamente representada por su Alcalde, Economista LUIS ARTURO FLOREZ GARCÍA, identificado con DNI N° 23801472, debidamente acreditado con Credencial expedida por el Jurado Nacional de Elecciones en fecha 05 de Noviembre de 2010, a la que en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; b. EL GOBIERNO REGIONAL CUSCO, con RUC N° 20527147612, representado por su Presidente Regional Arquitecto Jorge Isaacs Acudo Tito, identificado con DNI N° 23899091, debidamente acreditado con Credencial expedida por el Jurado Nacional de Elecciones en fecha 20 de diciembre de 2010, con domicilio legal en la Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n del distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco; a quien en delante se denominará EL GOBIERNO REGIONAL; rz 8 itt a tu, r. El presente Convenio se celebra en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL 1.1 1.2 1.3 1.4 1.5 1.6 1.7 Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificada por las Leyes N° 28522 y 28802; Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modificada por las Leyes N° 28032 y 28187; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, modificada por las Leyes N° 27950, 28274 y 28543; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ; Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto Supremo N° 102-2007-EF, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública; Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01. CLÁUSULA SEGUNDA: DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA El Sistema Nacional de Inversión Pública tiene como finalidad la optimización del uso de los recursos públicos destinados a la inversión, y es de aplicación obligatoria por todas las entidades y empresas del Sector Público no financiero, que ejecuten Proyectos de Inversión Pública, incluyendo a los Gobiernos Regionales y Locales, de conformidad con la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783. CLÁUSULA TERCERA: DE LAS ENTIDADES LA MUNICIPALIDAD es una persona jurídica de Derecho Público con autonomía política, administrativa y económica conferida por la Constitución Política del Perú, cuya finalidad es promover el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Palacio Municipal - Plaza Cusipata - Cusco - Perú Teléfono: (084) 227152 - Fax: (084) 226701 1 • "Cusco, Patrimonio Cultural de la Humanidad" MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO LA MUNICIPALIDAD se incorporó al Sistema Nacional de Inversión Pública en virtud de la Resolución Directoral N° 007-2003-EF/68.01. EL GOBIERNO REGIONAL es una Entidad que se encuentra sujeta a las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública y que tiene interés en formular proyectos de competencia exclusiva municipal en el ámbito de LA MUNICIPALIDAD. EL GOBIERNO REGIONAL en virtud de la Enmienda al Acuerdo de Préstamo N° 7257-PE., aprobado por D.S. N° 156-2008-EF., suscrito por el Gobierno Peruano y el Banco Mundial, es co ejecutor del Proyecto "Reordenamiento y Rehabilitación del Valle del Vilcanota" a través de su Unidad Ejecutora Proyecto Especial Regional PLAN COPESCO y como tal es responsable de implementar el sub componente "Estudios de Manejo de Residuos Sólidos del valle del Vilcanota", el mismo que prevé la elaboración del Estudio Integral de Residuos Sólidos (EIRS) que deberá considerar la provincia de Cusco. CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO LA MUNICIPALIDAD conviene en autorizar al GOBIERNO REGIONAL para que formule, viabilice y ejecute el Proyecto de Inversión Pública, "Manejo de Residuos Solidos de la Provincia del Cusco" de competencia municipal exclusiva, de acuerdo a lo establecido por el articulo 45° de la Ley de Bases de la Descentralización y por el artículo 76° de la Ley Orgánica de Municipalidades; autorizando además su constitución como responsable de la ejecución de la fase de Inversión. ?z EL GOBIERNO REGIONAL se compromete a formular, evaluar, declarar la viabilidad y ejecutar el referido proyecto, de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública. z CLÁUSULA QUINTA: DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA Los Proyectos de Inversión Pública a los que se refiere la Cláusula Cuarta del presente Convenio comprenden las acciones y componentes que se detallan a continuación: Formulación, Evaluación, Declaratoria de Viabilidad y Ejecución del PIP: "Manejo de Residuos sólidos de la Provincia de Cusco. CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL. Son obligaciones y atribuciones de EL GOBIERNO REGIONAL: o LU O< o cr) o < 6.1. Registrar el presente Convenio, en la Ficha de Registro del Proyecto de Inversión Pública en el Banco de Proyectos. Sin dicho registro, el presente Convenio no surtirá efectos en el Sistema Nacional de Inversión Pública. 6.2. Formular, evaluar y levantar las observaciones y declarar la viabilidad del Proyecto de Inversión Pública señalado en la Cláusula Quinta del presente Convenio, dentro de los 06 meses de suscrito el presente convenio. 6.3. Realizar el seguimiento de los PIP hasta la declaratoria de viabilidad y ejecución dentro del plazo previsto en la clausula octava. 6.4 La evaluación y, de corresponder, la declaración de viabilidad del Proyecto de Inversión Pública formulado por EL GOBIERNO REGIONAL, estará a cargo de la OPI de la MINAM y deberá realizarse de acuerdo a lo dispuesto en las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública. 6.5 Ejecutar el PIP declarado viable y autorizado por el órgano Resolutivo, designando a la Unidad Ejecutora responsable de su implementación; debiendo asumir y financiar Palacio Municipal - Plaza Cusipata - Cusco - Perú Teléfono: (084) 227152 - Fax: (084) 226701 2 "Cusco, Patrimonio Cultural de la Humanidad" MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO integramente el costo total de su ejecución, dentro del plazo señalado en la clausula octava. 6.6 Culminada la ejecución del PIP: "Manejo de Residuos sólidos del Valle del Vilcanota. (Provincia de Cusco)", este se transferirá directamente a la Municipalidad Provincial del Cusco, para su conducción, mantenimiento y operatividad. CLÁUSULA SÉTIMA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DE LA MUNICIPALIDAD Son obligaciones y atribuciones de LA MUNICIPALIDAD: 7.1. LA MUNICIPALIDAD dentro del marco del SNIP formulara proyectos de inversión pública complementarios al presente convenio. 7.2. LA MUNICIPALIDAD fiscalizara el proyecto de inversión pública desde la etapa de formulación, evaluación, declaratoria de viabilidad y ejecución del mismo, solicitando al Gobierno Regional la información necesaria. 7.3 LA MUNICIPALIDAD recepcionara el PIP: "Manejo de Residuos sólidos del Valle del Vilcanota. (Provincia de Cusco)" al termino de su ejecución para su operatividad, mantenimiento y conducción. CLÁUSULA OCTAVA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO La vigencia del presente Convenio será de cinco (05) meses para la formulación, evaluación y declaratoria de viabilidad de dicho proyecto y cumplido este plazo se procederá a la ejecución del PIP: "Manejo de Residuos sólidos del Valle del Vilcanota. (Provincia de Cusco)", debiendo culminarse el mismo el 30 de agosto del 2013 con la ejecución de la obra, el incumplimiento de los plazos señalados dará lugar a la resolución del convenio. CLAUSULA NOVENA: DE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO El presente Convenio podrá ser prorrogado antes de su término, mediante acuerdo de las partes. La prórroga deberá ser comunicada por EL GOBIERNO REGIONAL CUSCO a la Dirección General de Política de Inversiones. CLÁUSULA DECIMA: RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO El presente Convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causales: r...) u.] cc Iii 8t. _D 0 ✓ • a) Por incumplimiento de cualquiera de las partes de las obligaciones asumidas mediante el presente Convenio. b) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas y de conformidad con las disposiciones previstas en el Código Civil. c) Por mutuo acuerdo de las partes. d) Para efectos de la Resolución del presente convenio la parte perjudicada resolverá el convenio mediante carta notarial la misma que no estará sujeta a cuestionamiento CLAUSULA DECIMA PRIMERA: EFECTOS DE LA RESOLUCION DEL CONVENIO Las partes acuerdan que una vez resuelto el presente convenio por causas atribuibles al Gobierno Regional este deberá entregar a favor de la Municipalidad Provincial del Cusco el proyecto de inversión publica señalado en la clausula quinta en el estado en que se encuentren con toda la documentación existente así como también el presupuesto asignado para la ejecución del referido PIP, para cuyo efecto se suscribirán los correspondientes convenios de acuerdo a las normas del SNIP, tanto del proyecto de inversión como de la fuente de financiamiento. Palacio Municipal - Plaza Cusipata - Cusco - Perú Teléfono: (084) 227152 - Fax: (084) 226701 3 "Cusco, Patrimonio Cultural de la Humanidad" MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: CONTROVERSIAS Y DISCREPANCIAS Toda controversia o discrepancia derivada de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio, se intentará resolver dentro de un plazo que no excederá de los quince (15) días útiles, mediante la coordinación entre las partes, comprometiéndose a brindar sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: DE LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONVENIO El presente convenio no sustituye ni total ni parcialmente a ninguna norma del Sistema Nacional de Inversión Pública. Asimismo, las partes se comprometen a cumplir con el contenido y alcances de todas y cada una de las cláusulas estipuladas en el presente Convenio. Encontrándose conformes con los términos y condiciones del presente Convenio de Cooperación Interinstitucional las partes suscriben en señal de conformidad en Cusco, a los días del mes de Mayo del año 2012. 2 1 JUN 2012 .1. ... lir • 4 % ' tal: on. Luis Arturo FLOREZ GARCIA ALCALDE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO. kni t Arq. Jorge Isaacs ACURIO TITO PRESIDENTE GOBIERNO REGIONAL CUSCO. Palacio Municipal - Plaza Cusipata - Cusco - Perú Teléfono: (084) 227152 - Fax: (084) 226701 4 CY) "Cusco, Patrimonio Cultural de la Humanidad" MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 3 J -2011•MPC Cusca 04 de octubre de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTOS: El Dictamen conjunto N° 001-2011, de las Comisiones Ordinarias de Asuntos Legales y Desarrollo Ambiental, y; CONSIDERANDO: Que. según lo establecido por el articulo 194° de la Constitución Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 27680 y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, las municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia Dicha autonomía según el artículo 11 del Título Preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que la propuesta de Convenio para la Formulación de Proyectos de Inversión Pública de Competencia Municipal Exclusiva entre la Municipalidad Provincial del Cusco y el Gobierno Regional del Cusco, tiene por objeto autorizar al Gobierno Regional del Cusco, para que formule el Proyecto de Inversión Pública, de Competencia Municipal Exclusiva, de acuerdo a lo establecido por e/ artículo 45° de la Ley de Bases de la Descentralización -Ley N° 27783 y por el articulo 76° de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley N° 27972: Que, la suscripción del mencionado convenio, es un requisito exigido por el Sistema Nacional de Inversión Pública, el que debe ser incluido en el expediente para gestionar la viabilidad del Proyecto denominado "Estudio de Manejo de Residuos Sólidos del Valle del Vilcanota, conformado por las provincias del Cusco, Calca y Urubamba y los distritos de Lucre y Oropesa de l a Provincia de Quispicanchi, con código SNIP N° 5154: Que. de conformidad a lo establecido por el artículo 45° de la Ley incoada N' 27783, en el caso de obras de carácter local de cualquier naturaleza, compete a cada municipalidad, provincial o distrital, en sus fases de autorización, ejecución, supervisión y control e incluye la obligación de reponer las vías o servicios afectados. convenir su ejecución con organismos públicos de nivel nacional o regional; Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 9°, inciso 26) de la Ley Orgánica de Municipalidades, - Ley N° 27972, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales; t., GEL Que, de conformidad a lo establecido por el articulo 41° de la Ley incoada, los acuerdos son decisiones que torna el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional , que expresan la ee voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional: P sea ue, conforme a lo expuesto, de conformidad al articulo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal por MAYORIA aprobó el siguiente: Palacio Municipal - Plaza Cusipata Cusco - Perú Teléfono: (084) -227152 - Fax: (084) 226701 • 11 "Cusco, Patrimonio Cultural de la Humanidad" ity 40. Ny 44s • tystat, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO 7.-LIERDO: ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, !a suscripción dei Convenio para la Formulación de Proyectos de Inversión Pública de Competencia Municipal Exclusiva entre la Municipalidad Provincial del Cusco y el Gobierno Regional del Cusco. ARTICULO SEGUNDO.- Autorizar. al Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco la suscripción del Convenio aprobado por el artículo primero del presenle Acuerdo de Concejo Municipal. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIOUESE Y CÚMPLASE. cuscd :2492')"11:,,,LJ:1,,fki-cle) GENERAL MUNIC IPA crt76Ccés, ------ Ecc, n. LUb f;;;;i5:0 FLORE GARCi4 ALCALDE Palacio Municipal - Plaza Cusipata - Cusco Perú Teléfono: (084) 227152 - Fax: (084) /26701 -; 454> tbAcIps, .airIIVIT:..01 ti laxl 4-T, :II 4-!. Iísr: lilitIZewNoffirlyncip-i-gi ‘INInvedUk• "Cusco, Patrimonio Cultural de la Humanidad" MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO tithw" "AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD" Cusco, 02 de mayo de 2012. Oficio N° Si GOBIERNO REGIONAL CUSCO -2012-SG-MC PROYECTO ESPEíllid PLAN COPESCO DIRECC ;uy, 1 ..11:CUTIVA RECIBID() EL SEÑOR: Ing. Helio Hebert Molina Aranda. DIRECTOR REGIONAL PLAN COPESCO. CUSCO 0 2 MAY 2012 POR: A HORAS' Asunto: Feg iS Envía Convenio para la Suscripción. De mi especial consideración: Luego de un cordial saludo, me dirijo a usted, con la finalidad de remitir adjunto tres juegos de CONVENIO PARA LA FORMULACION Y EJECUCION DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA DE COMPETENCIA MUNICIPAL EXCLUSIVA ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Y EL GOBIERNO REGIONALDEL CUSCO, para que su Despacho proceda según corresponda a la suscripción de los mismos, ello tomando en cuenta que se encuentran debidamente firmados por el señor Alcalde de esta Comuna Provincial, se remite en(12 folios). Asimismo una vez suscrito los citados documentos, le solicitamos, que sea devuelto a la Municipalidad Provincial del Cusco, para el trámite correspondiente y su numeración. Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para expresarle las muestras de mi gran estima. Atentamente NIGIPALIPAO Patrimonio Cultural de I og WILLIAMS IUELQUINTANAFLORES SECRETARIO GENERAL Palacio Municipal - Plaza Cusipata - Cusco - Perú Teléfono: (084) 227152 - Fax: (084) 226701