ajuntament de gandia palau ducal dels borja fundació de la

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ajuntament de gandia palau ducal dels borja fundació de la
AJUNTAMENT DE GANDIA
PALAU DUCAL DELS BORJA FUNDACIÓ DE LA COMUNITAT VALENCIANA
PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCION DE REHABILITACIÓN DE LA PLANTA
TERCERA DEL PALAU DUCAL DE GANDIA
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
MEMORIA
1.- ANTECEDENTES
2.- EQUIPO REDACTOR
3.- MEMORIA HISTÓRICA
4.- OBJETIVOS
5.- DESCRIPCIÓN DE LA SOLUCION ADOPTADA
6.- CARACTERÍSTICAS ESTRUCTURALES Y CONSTRUCTIVAS
7.- ESTADO ACTUAL. PATOLOGÍAS
8.- INTERVENCIONES PROYECTADAS
9.- SUPERFICIES
10.- CUMPLIMIENTO DEL C.T.E.
10.1.- SEGURIDAD ESTRUCTURAL
10.2.- SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO
10.3.- SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
ANEXO 1 : CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO
CULTURAL VALENCIANO (LEY 4/1998)
ANEXO 2 : CONDICIONES GENERALES DE LA OBRA
ANEXO 3: JUSTIFICACIÓN DEL CALCULO DE PRECIOS ADOPTADOS
ANEXO 4: ESTUDIO GEOTÉCNICO
ANEXO 5: CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE ACCESIBILIDAD Y ELIMINACIÓN
DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS.
ANEXO 6: CONTROL DE CALIDAD
ANEXO 7: PREVISIÓN DE PERSONAL OBRA
ANEXO 8: NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
ANEXO 9: RESUMEN DE PRESUPUESTO
ANEXO 10: ESTUDIO GESTION DE RESIDUOS
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
1.- ANTECEDENTES
En fecha 5 de junio de 2009 se iniciaron las obras correspondientes a la
restauración de la cubierta de la Galería Dorada y fachada del Patio de Cañas en el
Palau Ducal de Gandia, obras financiadas a través del 1% cultural del Ministerio de
Fomento y Ayuntamiento de Gandia. Dicho proyecto fue redactado por el técnico
que suscribe.
El contrato para la ejecución de las obras correspondientes al Proyecto Básico
y de Ejecución de Restauración de la cubierta y fachadas de la Galería Dorada del
Palau Ducal de Gandia, se suscribió entre Palau Ducal dels Borja Fundació de la
Comunitat Valenciana y la Compañía Levantina de Edificación y Obras Públicas S.A.
(CLEOP S.A.) en fecha 5 de mayo de 2009, por un importe de 774.181,34 € (I.V.A.
incluido) y un plazo inicial de ejecución de 6,5 meses.
Estas obras se encuentran ejecutadas y culminan con la reinstalación de las
pinturas sobre lienzo de los techos restauradas en la actualidad por el IRP de la
Universidad Politécnica de Valencia, obra financiada igualmente a través del
Ministerio de Fomento y Ayuntamiento de Gandia.
De este modo queda restaurado uno de los sectores más importantes de este
histórico edificio, ya que se trata de un conjunto artístico del siglo XVII de gran calidad
y probablemente sin parangón en el ámbito de la arquitectura barroca civil
valenciana.
Durante el período de construcción de estas obras, se encargó por Palau dels
Borja Fundació de la Comunitat Valenciana, un Proyecto Modificado que recogía
una serie de aspectos sobrevenidos durante la ejecución, así como la adecuación de
la escalera existente en el vértice sureste del Patio de Armas. Los objetivos de dicho
proyecto eran fundamentalmente:
-
Variación en el sistema de sustentación de las pinturas de techo de la
Galería Dorada, a indicación del Instituto de Restauración de
Patrimonio de la Universitat Politècnica de València.
-
Necesidad de proceder al desmontaje de la escalera de acceso a la
antigua carpintería para la instalación del bastidor de la pintura de la
sala oeste y restauración de la cubierta de este tramo.
-
Habilitación de la escalera general y construcción de un ascensor.
-
Reintegración de las pinturas murales de las fachadas norte y este de
la Galería Dorada.
Este Proyecto fue aprobado por la Fundación y adjudicado a CLEOP S.A. por
un importe de 372.705,32 € (I.V.A. 16% incluido) en fecha 13 de julio de 2010.
La documentación que sirve de base para la redacción del presente proyecto
corresponde a la actualización de los levantamientos del edificio, realizada para la
redacción del Plan Director durante el año 2008, así como los datos que se han
extraído durante la ejecución de las obras de las fases anteriores y que aportan
conocimientos inéditos hasta el momento de las características y fases constructivas
del Palau.
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
2.- EQUIPO REDACTOR
Arquitecto:
Carlos Campos González
Colaboradores:
Cédric Bastin, arquitecto
Juan Blesa Cerveró, arquitecto
Joaquim Egea Mañó, arquitecto
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
3.- MEMORIA HISTORICA
El Palacio Ducal de GandIa es una imponente
construcción, desarrollada a lo largo del tiempo en
multitud de intervenciones de mayor o menor
envergadura. Se encuentra situado en el corazón de la
población, junto al cauce del río Serpis, ocupando un
amplio
espacio,
que
comprendía
tanto
las
construcciones propiamente dichas como los patios,
jardines y huertos anexos a ellas. Fueron sus sucesivos
propietarios la Casa de Aragón, la familia Borja, los
Condes de Benavente y finalmente la Casa de Osuna.
Con la decadencia de ésta última, fue adquirido por la
Compañía de Jesús en 1890.
El Palau, adquirido en 1485 por Pedro Luis de Borja, a la muerte sin herederos
del Duque Alfons “el Jove”, sufrió numerosas modificaciones y ampliaciones. A la
muerte del último Duque de la familia Borja, sin herederos, pasa a otras familias
nobiliarias con residencia en la Corte, lo que supone la decadencia y ruina del edificio.
La adquisición por la Compañía de Jesús, devino en la más importante intervención
sobre el mismo, imprimiendo el carácter de su nuevo uso religioso y escolar.
No existen datos concretos que permitan establecer una cronología
constructiva del edificio. En principio indican los autores que han estudiado el mismo, y
principalmente Cervós y Solá, que la parte más antigua puede corresponder a la
llamada Sala de la Cinta, por las pinturas murales recogidas en el libro de dichos
eruditos, probablemente del siglo XIII-XIV. En los trabajos actualmente en ejecución se
ha podido recuperar una buena parte de dichas pinturas medievales en el recinto que
actualmente ocupa la escalera emplazada junto a la Sala de Coronas, construida
durante la reforma jesuítica. Con toda probabilidad el tramo entre dicha sala y la
fachada a la calle Sant Duc corresponde a época primitiva. Sobre ella edificaría
posteriormente Pedro de Ribagorza (hijo de Jaume II) las salas de Carrós i Centelles y la
de los Estados de Cerdeña. El Duque Alfons “el Vell” (1355-1412) imprimiría fuerte
impulso a la construcción (zaguán, Salón de Coronas y torre) en época medieval.
La adquisición del Palacio por la familia Borja supone un nuevo período en la
ampliación y remodelación del edificio, principalmente por Pedro Luis Borja y María
Enríquez, abuela de S. Francisco. Será precisamente bajo el gobierno del Santo Duque
cuando se realiza una de las obras más importantes, el Salón de Coronas (1544-1545) y
el despacho anexo (hoy capilla).
Durante el siglo XVII se realizan multitud de transformaciones en la
configuración del Palacio, que marcan su impronta hasta el punto de que gran parte
de la imagen del mismo procede de esta época. A ella pertenecen las sustituciones
de los ventanales góticos por balcones tanto en la fachada exterior como al Patio de
Armas. Igualmente en el Salón de Águilas, se cubrió el artesonado del siglo XV por
ornamentación de yesos en la cornisa. Obra especialísima de esta época es la
construcción de la Galería Dorada.
Desde que desparecieran los Borja como propietarios del Palacio y éste pasara
a manos de otras casas nobiliarias sin residencia en él, el edificio quedó abandonado.
Esta fase de ocupación por familias sin recursos devino en un acelerado proceso de
ruina hasta el punto de plantearse su derribo. La adquisición por la Compañía de Jesús
del inmueble supuso otro hito en la historia de Palacio. En primer lugar por evitar su
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
desaparición y por la importante reforma llevada a cabo, tanto por la consolidación y
puesta en valor de los referentes del Santo como por la adecuación al uso como Casa
de la Compañía y colegio.
En esta intervención se remodeló el trazado de la escalera del patio de Armas y
la Sala Carrós i Centelles y de los Estados de Cerdeña, reconstruyendo ventanas a
imitación de la correspondiente original de la sala de Coronas. En esta última se
realizaron obras de demolición de las compartimentaciones que se habían construido,
restaurando el artesonado y sustituyendo las ventanas recayentes al río Serpis por otras
de traza neogótica, recomposición de los zócalos de azulejería, etc.
Entre 1895 y 1896 se remodela el Despacho del Santo, situado junto al Salón de
Coronas y posteriormente en 1898 se realiza la intervención de acondicionamiento del
Oratorio privado. Es en esta época cuando se realiza la reforma de la planta superior a
la planta noble mediante la construcción de sendos cuerpos que cierran el Patio de
Armas por sus lados de mediodía y levante. Estas piezas se utilizan como habitaciones
y posteriormente como enfermería y son las que constituyen el objeto de intervención
del presente proyecto.
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
4.- OBJETIVOS
El Plan Director de intervenciones y usos del Palau Ducal, redactado en el año
2009, contempla un apartado de actuaciones en función de las condiciones,
características y oportunidad de los distintos espacios que componen el edificio.
La primera intervención, actualmente ya finalizada, corresponde a
Restauración de la cubierta de la Galería Dorada y fachada del Patio de Cañas, como
actuación de emergencia que evite daños sobre una de las piezas más interesantes
desde el punto de vista artístico del Palau, las pinturas sobre lienzo y las propias salas
que constituyen la Obra Nueva.
La segunda intervención, actualmente también ejecutada, se refiere a la
Adecuación del núcleo de comunicaciones del vértice sudoriental del Patio de Armas
como pieza imprescindible para la mejora de las comunicaciones verticales del
edificio. Esta intervención supone un cambio fundamental en la funcionalidad del
edificio, ya que permitirá un acceso mucho más cómodo tanto para los visitantes,
como para los usos circunstanciales que puedan programarse en un espacio cultural
de la dimensión del Palau Ducal. Se logra además con esta actuación el acceso a los
niveles superiores de personas con movilidad reducida, hoy imposibilitadas de hacerlo
dadas las condiciones del edificio.
Sin embargo hay que considerar la circunstancia de que en la actualidad sólo
la planta noble y el entresuelo contienen locales en uso, en el primer caso para las
visitas guiadas del Palau y en el segundo para determinados usos restringidos de la
Comunidad Religiosa y del Centro Escolar que conviven en el edificio. Por el contrario
las plantas superiores se encuentran desafectadas de todo uso, a pesar de tener parte
de las mismas parcialmente restauradas, como en el caso de la llamada Galería de la
Campana. Tanto los locales situados sobre la Sala de Coronas, y las salas de Carrós i
Centelles y Estados de Cerdeña, se encuentran en una calamitosa situación. Se trata
de antiguas dependencias recrecidas sobre las construcciones históricas durante las
reformas llevadas a cabo por los jesuitas a finales del siglo XIX, totalmente
abandonadas e incluso a medio demoler, como sucede en las dependencias de la
antigua enfermería sobre la Sala de Coronas.
Resultado de esta situación es el escaso rendimiento que, en este momento, se
extrae de un contenedor que reúne condiciones arquitectónicas e históricas
excepcionales y que podría constituir el referente cultural más importante de Gandia.
Teniendo en cuenta que, hasta ahora, el problema principal para su puesta en uso era
la falta de un sistema de comunicación vertical eficaz, problema que queda resuelto,
al menos parcialmente, con la intervención ejecutada, es del todo conveniente
acometer la rehabilitación de las dependencias situadas en la planta tercera del
Palau.
De acuerdo con lo indicado por la Fundación, se propone como intervención
prioritaria y complementaria de las anteriores la adecuación de espacios expositivos
en la planta tercera del edificio como elemento imprescindible para dotar al Palau del
contenido cultural que por sus características merece.
Con esta habilitación se conseguirán beneficios inaplazables para el conjunto
del edificio, por cuanto supone dotar al mismo del carácter fundamentalmente
cultural que se quiere imprimir a este gran contenedor. Por otra parte se evitará el
estado de abandono, cuando no de ruina, que presenta gran parte de esta planta,
especialmente en el sector de la antigua enfermería, situado sobre la Sala de Coronas,
espacio principal del Palau. Finalmente, supone la posibilidad de intervenir sobre los
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
elementos estructurales de los forjados de techo de algunas de las estancias
principales: la ya mencionada Sala de Coronas, capilla, Sala Verde, Sala de Carrós i
Centelles y Sala de los Estados de Cerdeña, cuyas condiciones de estabilidad se
desconocen en gran parte y son especialmente preocupantes en otras.
Esta actuación debe complementarse con la Construcción de un nuevo
cuerpo de accesos y servicios nordeste, elemento necesario para el funcionamiento
de gran parte de los espacios públicos previstos en el Palau. Su ubicación en el
extremo nordeste del edificio, zona inacabada y que presenta importantes problemas
de estabilidad y forma, daría servicio al área expositiva de nueva creación, así como
al área prevista como Museo de la Ciudad. Su funcionamiento es necesario a efectos
de evacuación de todas estas estancias y de aquellas incluidas en las áreas visitables
del Palau. Esta intervención no se contempla en el presente proyecto por limitaciones
presupuestarias.
Por lo que se refiere a los criterios de restauración globales del edificio, hay que
señalar que éstos no deben diferir de los ya aplicados en la fase de intervención sobre
la Galería Dorada y su Proyecto Modificado, intentando que las diversas actuaciones
mantengan criterios de homogeneidad.
Dichos criterios se pueden resumir en los siguientes aspectos:
-
conservación de las características históricas y constructivas del
edificio
-
puesta en valor de los diferentes elementos que forman el complejo
edificado
-
restitución de aquellas piezas históricas que han sido modificadas por
actuaciones posteriores
-
implantación de aquellos elementos necesarios para la adecuada
funcionalidad del edificio manteniendo un lenguaje que, sin perder su
necesaria actualidad, no entren en conflicto con la lectura preferente
del edificio histórico
-
ajuste de los diversos niveles actuales de los forjados de esta planta,
afectados por intervenciones anteriores.
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
5.- DESCRIPCIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA.
De acuerdo con el programa definido y facilitado por la Fundación, se
propone la ubicación de estos servicios culturales en la planta tercera del edificio,
espacios que actualmente se encuentran sin uso. Esta disposición permite su
funcionamiento sin interferencias con el resto del edificio, al ocupar áreas conectadas
entre sí y que en el futuro gozarán de accesos desde la escalera sudoriental del
Palacio, desde el nuevo núcleo de comunicación previsto en la calle Pares Jesuïtes,
además de su actual acceso desde la escalera del Patio de Armas y escalera del
interior de la Torre. La organización de las circulaciones verticales constituye un punto
fundamental para el funcionamiento del edificio y en concreto de esta planta. La
disposición que se propone dota a cada uno de los brazos de este nivel de una
escalera en su extremo, además de la que actualmente se está habilitada en la
articulación del brazo sur y este. Esta última consta de escalera y ascensor de amplia
capacidad y su desembarco permite el acceso directo a la totalidad de la planta
tercera conectado en su extremo norte con la planta noble a través de la escalera
actual. Por su parte el ala este, además del núcleo de comunicaciones indicado,
tendrá conexión con un nuevo núcleo a construir en el extremo norte, pieza de
capital importancia para la ordenación del conjunto del edificio.
Se propone la creación de un área de exposición dividida en tres sectores,
correspondientes a cada una de las salas, sur, este y oeste. El cuerpo central (sur)
tendrá anexo el espacio de la antigua carpintería, situado en el mismo nivel, así como
el brazo de poniente del Patio de Cañas en planta tercera. El primero de ellos podrá
utilizarse como área administrativa, mientras que el segundo será núcleo de servicios
de la planta. La sala superior de la Torre, quedará vinculada a uso administrativo, en
tanto no se habilite el tramo de la planta inferior, actualmente residencia de la
Compañía de Jesús.
Así pues, la organización espacial de este área será la siguiente:
ENTREPLANTA:
Acceso desde la escalera del Patio de Armas
PLANTA TERCERA:
Sala de exposición este ( a conectar con el futuro núcleo de comunicaciones)
Sala de exposición sur
Sala de exposición oeste
Administración
Aseos
Hay que señalar la circunstancia de los diversos forjados que conviven en este
nivel. La zona de la Galería de la Campana, ya rehabilitada estructuralmente en el
año 1995, tiene una cota aproximada de 36 cm superior al nivel del brazo sur (sobre
Estados de Cerdeña y Carrós i Centelles). La escalera actualmente en restauración
tiene el desembarco al mismo nivel y no puede alterarse por la continuidad de la
misma hasta la cubierta, disposición y altura de la barandilla, etc. Por último, la zona
de la antigua enfermería está algo elevada respecto de este nivel de desembarco de
la escalera. La propuesta planteada asume el nivel de la Galería de la Campana
como cota principal, teniendo en cuenta la imposibilidad de modificar la misma al
haberse construido un forjado sobre los niveles primitivos. Esta cota permitirá construir
un forjado sobre la sala Estados de Cerdeña, de modo que se asegure que las cargas
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
previstas no inciden sobre la primitiva estructura de madera, que además ya presenta
un refuerzo de su viga central.
El tramo de forjado sobre Carrós i Centelles se mantendrá el actual,
reforzándolo en caso de necesidad mediante una capa de compresión y conectores
a las vigas de madera. Para conseguir en este tramo igualar la cota del espacio
contiguo, se instalará un pavimento técnico regulable. La cota de la escalera se
mantiene según proyecto en ejecución, por lo que será necesario habilitar una rampa
hasta salvar el desnivel al mencionado de la Galería de la Campana y resto de
forjados.
En el ala este, el tramo sobre la Sala de Coronas se deberá construir un nuevo
forjado evitando la acción de las cargas previstas sobre el primitivo. La cota de este
nuevo forjado se iguala al resto de dependencias de la planta, de modo que sólo sea
necesario construir una rampa para alcanzar su nivel desde el de desembarco de la
escalera y ascensor. Se procederá a reforzar el forjado sobre la capilla del Santo, dado
que el nivel del mismo sobreelevaría mucho la cota y no puede eliminarse teniendo en
cuenta que, previsiblemente, la bóveda neogótica está suspendida de dicho forjado.
Para conseguir nivelar este tramo con el contiguo, se colocará pavimento técnico
flotante.
En el tramo de la antigua torre suroeste se procederá a reforzar el mismo
mediante capa de compresión con conectores a las vigas de madera del forjado de
techo de la Sala Verde. Este nivel quedará algo inferior al resto de la planta.
En la antigua carpintería, el primer tramo ha sido remodelado en las obras de
rehabilitación realizadas, quedando ya a la cota futura de las salas. Por lo que
respecta al segundo espacio, se colocará sobre el forjado actual un pavimento
sobreelevado hasta alcanzar el nivel del espacio anterior.
Cuando se ejecute el cuerpo de comunicación vertical norte, teniendo en
cuenta que se trata de una pieza de nueva planta, se podrá adecuar la altura de su
desembarco al nivel definitivo de la nave este.
Como ya se ha indicado con anterioridad, el presente proyecto abarca la
rehabilitación estructural, de cubiertas, adecuación térmica y acústica, así como los
elementos distributivos. No comprende este documento ni las instalaciones necesarias
para el uso previsto, ni los elementos de acondicionamiento mueble.
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
6.- CARACTERÍSTICAS ESTRUCTURALES Y CONSTRUCTIVAS
El sector de intervención comprende los tres brazos que envuelven el Patio de
Armas por sus lados sur, este y oeste. El sector norte, construcción de los años 20 del
siglo XX, no tiene el mismo volumen que los anteriores, constando de planta baja
(iglesia) y de una planta superior con galería abierta sobre el patio y una amplia nave,
hoy compartimentada en diversas estancias.
GALERIA DE LA CAMPANA
Este espacio corresponde al cuerpo recayente a la calle Sant Duc. Fue
renovado en 1995 procediendo a la restauración de sus cubiertas y recomposición de
las galerías de arcos de fachada exterior y al Patio de Armas. Igualmente se ha
ejecutado un forjado de hormigón sobre el original de madera (también reformado
con anterioridad), quedando una cámara registrable entre ambos. Esta situación
implica una sobreelevación de este forjado respecto del resto de la planta,
condicionando las cotas de la misma y en consecuencia de los enlaces con otros
elementos, como la escalera de conexión de este nivel con la residencia y acceso al
desván de la Galería Dorada o la escalera sureste, actualmente rehabilitada.
La estructura de su cubierta está formada por cerchas metálicas a dos aguas
sustituyendo las vigas originales de madera, e interiormente se ha dotado de un falso
techo de listones de madera en forma de bóveda rebajada. La carpintería en ambos
casos es de aluminio. El local constituye un espacio único, conectado con la nueva
escalera construida en la antigua torre con el resto del edificio.
Se encuentra habilitada parcialmente, contando con carpinterías metálicas y
falso techo de madera, si bien carente de pavimento, instalaciones y
compartimentaciones. Es necesario proceder a la reparación de la cubierta de teja,
que presenta problemas de filtraciones por rotura de las piezas cerámicas,
probablemente por movimiento de la estructura metálica.
ANTIGUA TORRE SUROESTE
Este espacio, correspondiente al perímetro
de la antigua sacristía en planta baja y a la Sala
Verde en la planta noble, fue restaurado
conjuntamente con la Galería de la Campana. Su
estructura de cubierta es de cerchas metálicas, si
bien en este caso quedan vistas en su interior. Se
picaron sus revestimientos dejando a la vista la
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
fábrica, aquí de ladrillo con grandes juntas de mortero, prácticamente se podría
hablar de “tapial valenciano” en algunos de sus tramos. Tiene un gran hueco cegado,
recayente a la fachada a la calle Sant Duc, con jambeado de piedra labrada y otros
dos, también cegados sobre la fábrica de tapial valenciano, que abrían sobre la
fachada al Patio de Cañas, en este caso con jambeado de ladrillo y dinteles de
madera.
Dado que la cota de su forjado es inferior a la de la Galería de la Campana,
cabe pensar que el mismo no se encuentra reforzado. Este local se utiliza en la
actualidad como almacén.
ANTIGUA ENFERMERIA
Constituye el nivel superior de la Sala de Coronas y
capilla del Santo Duque. Se encuentra a medio demoler la
tabiquería que formaba las dependencias en las que se
encontraba distribuido. No presenta ningún elemento de
interés, a excepción de la configuración y carpinterías de
ambas fachadas, correspondientes a las reformas jesuíticas.
Su estructura de cubierta está formada por cerchas de
madera de interesante configuración y con tablero
cerámico sobre rastreles, con falso techo de cañizo inferior.
Este sector es especialmente interesante por cuanto
permitirá, una vez concluidas las demoliciones, la inspección
y estudio del forjado de techo de la Sala de Coronas y
espacios contiguos.
No se dispone de un estudio pormenorizado de las condiciones en que se
encuentra la estructura portante de la cubierta, sino la puramente visual. Esta situación
conlleva un alto grado de incertidumbre respecto de las actuaciones que será
necesario llevar a cabo para su restauración, por lo que se realiza una estimación que
deberá comprobarse una vez se estuvieran ejecutando las obras.
La estructura del forjado de suelo no se encuentra intervenida, por lo que sería
necesario reforzar la misma para asegurar los niveles de capacidad de servicio para la
actividad que va a ocupar dicho ámbito. Ello supondrá la elevación de su actual nivel
y en consecuencia la necesidad de solventar los problemas de encuentro de este
cuerpo con el resto de niveles y en particular con el de la escalera y ascensor del
vértice sureste. Realizada una serie de catas sobre el forjado, se ha podido determinar
que el relleno sobre la estructura de madera de la Sala de Coronas va desde los 8 a 27
cm.
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
En este caso durante las reformas del siglo XIX/XX se aprovechó la cámara
existente sobre la Sala de Coronas, de modo que los muros pueden corresponder con
los de la fábrica original de aquella sala, del siglo XVI, al menos hasta la línea que
divide la Sala de Coronas con la anexa actual capilla.
ESPACIO SOBRE LAS SALAS CARRÓS I CENTELLES Y ESTADOS DE CERDEÑA
En este caso se trata de un espacio
único, sin distribución, con pavimento de
cerámica sin interés y falso techo de cañizo
bajo las cerchas de madera que forman su
cubierta a dos aguas. Al igual que sucede en el
caso anterior, se desconoce el estado de dicha
estructura de madera, que deberá confirmarse
durante las obras.
Sólo son reseñables los huecos
recayentes al Patio de Armas que, al igual que
los anteriores, forman parte de la remodelación
del XIX-XX.
El tramo correspondiente a la Sala de
Carrós i Centelles tiene un doble forjado de vigas y revoltones, sin que se conozca la
causa de esta duplicidad. Por el contrario, la zona sobre la Sala de Estados de
Cerdeña corresponde directamente a este forjado histórico, por lo que también será
de gran interés el estudio de su trasdós. El local se encuentra en la actualidad sin uso,
presentando importantes deformaciones en el forjado y pavimento, así como fisuras en
el falso techo de cañizo.
La necesidad de realizar el refuerzo del forjado, al menos en el sector de
Estados de Cerdeña, supondrá un problema añadido, dado que la creación de un
nuevo forjado sobre el actual impone la extensión de su cota al espacio contiguo
(sobre Carrós i Centelles) e, igualmente que en los casos de las demás salas
mencionadas, un ajuste de sus niveles.
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
En este caso, al contrario de lo indicado sobre la Sala de Coronas, el muro de
fachada al Patio de Armas se recreció hasta igualar su altura con el contiguo,
apoyando la cubierta sobre el muro opuesto, construido con la Galería Dorada en el
siglo XVII/XVIII.
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
7.- ESTADO ACTUAL. PATOLOGIAS
Este apartado recoge las principales patologías detectadas en la zona del
edificio que es objeto de proyecto, es decir la planta tercera del Palau Ducal. Las
causas de las patologías cabe atribuirlas fundamentalmente al deterioro de los
materiales, así como a la superposición y alteración de las condiciones iniciales del
edificio. En el primer apartado cabe señalar la baja calidad de los elementos de la
construcción del momento en el que se produce la sobrelevación de esta planta,
teniendo en cuenta la limitación de materiales y sistemas constructivos de la época en
la que se realiza. La segunda causa corresponde a las múltiples reformas llevadas a
cabo en el cuerpo edificado, no siempre realizadas con el cuidado y atención
necesarios, tal y como ha quedado de manifiesto en las obras llevadas a cabo
anteriormente, que han sacado a la luz un importante número de antiguos huecos
cegados, así como la apertura de otros, realizada con poca consideración para el
inmueble.
CUBIERTAS
Las principales patologías derivan de un escaso mantenimiento de las mismas,
lo que ha provocado que las roturas y desplazamiento de tejas hayan provocado
filtraciones, que a su vez han afectado a la estructura lígnea de las mismas. La traza de
las cubiertas que comprende el presente proyecto es de una gran sencillez, por lo que
no presentan encuentros complejos que pudieran derivar en focos de filtraciones, ya
que se trata fundamentalmente de cubiertas a dos aguas. Es necesario significar, sin
embargo, que el encuentro de la nave sur con la cubierta de la antigua carpintería
debe solucionarse en la parte de dicha nave, ya que la cubierta de esta última se
está rehabilitada en la actualidad.
No cabe duda que el punto más crítico a este respecto corresponde con las
cubiertas del tramo comprendido entre la nave este (antigua enfermería), el coro de
la iglesia y zona del dormitorio del Santo. Punto de especial complicación geométrica,
la resolución del mismo queda pospuesta a la prevista construcción de un nuevo
núcleo de comunicación, que no es objeto de este proyecto.
Por lo demás, la eliminación del antiguo depósito de agua en el encuentro
entre las naves sur y este, ha supuesto la supresión del foco principal de problemas en
las cubiertas y en particular en la Galería Dorada.
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Los desperfectos observables en la cubierta de la Galería de la Campana
obedecen previsiblemente a los movimientos estructurales, que han provocado roturas
en las tejas. Sin embargo en este caso sólo sería necesario proceder a las reparaciones
puntuales de la cobertura.
ESTRUCTURAS
Las cerchas de madera de las cubiertas no presentan signos de daños
importantes, ni se puede entender que hayan producido empujes en los muros sobre
los que apoyan, aún considerando la heterogeneidad material de la construcción de
éstos. No hay que pasar por alto, sin embargo, que se aprecian algunos ataques
biológicos, así como deformaciones por pandeo.
Por lo que se refiere a los forjados de madera de las dos naves, soportan un
relleno importante hasta el pavimento, que en la Sala de Coronas llega a ser de 27 cm
hasta el tablero del forjado, mientras en la zona de la Sala de Estados de Cerdeña, es
bastante más exiguo. No se conoce por el momento el estado de dichos forjados, ya
que los únicos puntos de inspección posibles lo han sido mediante catas aisladas. Lo
cierto es que presentan deformaciones por flecha, lo que no es de extrañar teniendo
en cuanta las importantes luces que salvan las vigas (9,82 m en un caso y 8 m en otro),
apreciables a simple vista en la actualidad.
Caso singular es el forjado sobra la Capilla del Santo, cubierta inferiormente
mediante una bóveda de crucería neogótica, que tiene un forjado de vigas de
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Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
madera reutilizada, dispuestas en dirección perpendicular al forjado de la Sala de
Coronas. Esta disposición ha podido ser confirmada mediante cata realizada al
efecto.
El otro tramo singular corresponde al forjado de techo de la Sala de los Estados
de Cerdeña. No cabe duda de que se trata de uno de los elementos conservados de
la estructura antigua del Palau. Está formado por vigas de madera dispuestas en
paralelo a la fachada, apoyadas sobre una gran viga de madera de 8 m de luz. Esta
última está reforzada mediante vigas trianguladas de acero a ambos lados, dispuestas
probablemente durante las reformas de los jesuitas. Sobre las viguetas apoya un
tablero de madera con un débil recubrimiento superior de mortero de agarre del
pavimento.
En el espacio de la antigua torre suroeste, el forjado de suelo está formado por
vigas de madera de importante sección, dispuestas perpendicularmente a la fachada
de la calle Sant Duc, con tableros sobre rastreles en el entrevigado.
REVESTIMIENTOS
Por las obras realizadas en otras partes del edificio, se puede decir que existen
una serie de revestimientos superpuestos con distintos espesores, pero que en algunas
zonas, como por ejemplo en la antigua Sala de la Cinta, llegan a tener hasta 5 cm. Se
trata de revocos y estucos de distintas coloraciones, si bien las más profundas parecen
de color más blanco.
En los espacios que son objeto de proyecto habría que diferenciar distintas
situaciones, en función de cada una de las salas:
- ANTIGUA ENFERMERIA
Presenta diversos revestimientos enlucidos y pinturas, así como alicatados
cerámicos, todos ellos procedentes de la rehabilitación de este espacio para uso de la
Comunidad. Sin embargo, teniendo en cuenta que este cuerpo no está sobreelevado
sobre la edificación primitiva, sino que aprovecha la cámara existente sobre el Salón
de Coronas, sería interesante proceder al picado de dichos revestimientos hasta llegar
a los originales o bien hasta la fábrica propiamente dicha. En general esta actuación
aporta un gran número de datos sobre la construcción del edificio que lo hacen
mucho más interesante.
Los pavimentos son hidráulicos o cerámicos, sin ningún interés.
El falso techo es de cañizo, colgado de las cerchas de cubierta.
- ESPACIO SOBRE CARRÓS I CENTELLES/ESTADOS DE CERDEÑA
Contrariamente a lo indicado en el caso anterior, este espacio se sobreeleva
respecto de la construcción primitiva, al menos en la totalidad de su altura del muro
de fachada la Patio de Armas. Por tanto, la eliminación de sus actuales revestimientos
(enlucidos y pinturas), no aportará a buen seguro datos de interés.
En el caso del muro sur de esta sala, la sobreelevación se haría parcialmente,
ya que el muro de la cámara de la Galería Dorada había sido construido entre los
siglos XVII y XVIII. La eliminación de sus revestimientos, al igual que la limpieza realizada
en la cara interior del desván de la Galería, aporta información sobre los sistemas
constructivos utilizados, según se ha podido determinar en los trabajos ya realizados
sobre el muro.
17
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
El pavimento es cerámico sin interés.
El falso techo es de cañizo colgado de las cerchas de la cubierta.
- GALERIA DE LA CAMPANA
En la intervención realizada en 1995 se enlucieron los paramentos de esta sala,
dejando vista la fábrica de ladrillo (tapial valenciano) del cierre respecto de la torre
suroeste.
Carece de pavimento, quedando visto el hormigón de la capa de compresión.
Tiene un falso techo de bóveda rebajada de listones de madera, afectada
puntualmente por filtraciones de cubierta.
- ANTIGUA TORRE SUROESTE
Todos sus paramentos fueron despojados de los revestimientos hasta dejar la
fábrica vista de tapial valenciano. Algunos fragmentos volvieron a enlucirse,
probablemente por el estado de dichas fábricas.
Carece de pavimento, quedando visto el hormigón de la capa de compresión
del forjado.
Carece de falso techo, quedando a la vista la estructura y la cara inferior del
tablero de cubierta y la impregnación de poliuretano que se extiende sobre ella.
- ANTIGUA CARPINTERÍA
Todos sus paramentos presentan revestimientos enlucidos, sin embargo por los
datos de construcción de esta pieza, pueden contener interesantes datos de la
cronología y sistemas constructivos, según se deduce de las catas realizadas.
Durante las obras de rehabilitación de su cubierta se ha demolido el falso techo
de cañizo de ambas dependencias, que se encontraba en muy mal estado por
efecto de las filtraciones.
CARPINTERÍAS
La sala este presenta contraventanas mallorquinas de madera, con problemas
derivados de su mala conservación, así como de la acción de la escorrentía de aguas
procedentes de la cubierta y que los cortos aleros no protegen suficientemente. Estos
huecos tienen interiormente ventanas también en madera, con contraventanas
ciegas incorporadas a las hojas, situación anómala dado que no sería necesario
contar con doble contraventana. Esta situación descrita se extiende tanto a la
fachada al Patio de Armas como en la recayente al río Serpis.
La sala del brazo sur presenta carpinterías similares a las interiores descritas
anteriormente, si bien en este caso, probablemente por su orientación norte, carece
de contraventanas mallorquinas. Son elementos de madera de escasa calidad y
secciones muy reducidas, con acristalamientos sencillos.
18
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Presentan un cierto interés las carpinterías correspondientes a los locales de la
denominada antigua carpintería, que deberán sustituirse para la puesta en uso de
dichas dependencias, dado el mal estado de las mismas.
Por el contrario, algunas piezas como por ejemplo la situada en el hastial norte
del bloque de la antigua enfermería, deberán sustituirse. Se trata de pieza de
carpintería metálica de escasa sección y muy deterioradas. Se prevé macizar dicho
vano y abrir nuevo en el punto que deberá ser la futura conexión con el núcleo de
comunicaciones previsto construir en dicho extremo.
INSTALACIONES
Será necesario proceder a una remodelación o sustitución en su caso de las
bajantes del sistema de evacuación de aguas de cubiertas. Si bien las
correspondientes a las fachadas del Patio de Armas presentan un buen aspecto y
orden en su disposición, no sucede así con las de la fachada al río Serpis.
En este caso, el sistema de bajantes de fibrocemento se dispone de un modo
tal que afecta sensiblemente a la visión del paramento, teniendo además algunas
19
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
derivaciones hacia los puntos de conexión de las antiguas instalaciones de esta
planta. Se propone la sustitución de todo el sistema vertical de desagüe de cubiertas.
Por lo que se refiere a la distribución de agua potable que discurre a través de
la sala sur, hay que indicar que se ha realizado en los trabajos anteriores la
remodelación de la disposición del montante de agua, que discurre por el ámbito de
la escalera/ascensor. Será previsible que sea necesario realizar algunas modificaciones
e incluso la sustitución total o parcial del tramo horizontal que suministra a la zona de la
residencia. En este caso se realizará la derivación de alimentación para la zona de
aseos que se proyecta. La red de instalaciones interiores del edificio deberá ir
acomodándose en función de las previsiones que el Plan Director establece para las
distintas áreas, ya que la actual distribución resulta obsoleta por su estado y poco
funcional en su organización.
20
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
8.- INTERVENCIONES PROYECTADAS
DEMOLICIONES Y DESMONTAJES
Teniendo en cuenta el mal estado que presentan los falsos techos de cañizo de
la antigua carpintería y de la sala sobre Carrós i Centelles, se propone la demolición
de los mismos. Esta actuación permitirá realizar una inspección pormenorizada del
estado de la estructura de madera. Esta demolición está además justificada teniendo
en cuenta que será necesario adecuar la cubierta de las salas para la mejora de sus
condiciones térmicas y acústicas.
Respecto de las cubiertas, presentan filtraciones en diversos puntos, como lo
demuestran las manchas de humedad en los falsos techos. Teniendo en cuenta que es
necesario proceder a su reparación y además mejorar las condiciones térmicas y
acústicas de los locales, será necesario el desmontaje de la teja y del tablero
cerámico soporte, también considerando la posibilidad de que cerchas y rastreles
puedan estar dañados por efecto de la humedad y sea necesario sustituirlos.
Se propone la conclusión de los derribos de tabiquería del área de la antigua
enfermería (sobre Sala de Coronas), así como de los pavimentos, carpinterías y
revestimientos de los paramentos. Será en este momento cuando pueda realizarse un
estudio pormenorizado del estado del forjado de suelo.
En la sala sobre Carrós i Centelles, se demolerá el pavimento, pudiendo
entonces realizar un diagnóstico más exacto sobre el estado de los forjados de suelo.
Todos los trabajos de demoliciones y desmontajes se realizarán con medios
manuales, evitando cualquier impacto sobre los elementos inferiores, teniendo en
cuenta que se trata de las estancias de mayor valor artístico e histórico. Se procederá
a la extracción y acopio de los materiales que pudieran utilizarse posteriormente en la
restauración o que pudieran tener valor histórico y constructivo, debiendo
almacenarse adecuadamente en locales habilitados al efecto. En este sentido cabe
indicar específicamente las carpinterías de fachadas.
Las tejas y piezas cerámicas del tablero de apoyo se desmontarán y limpiarán
adecuadamente conservándolas paletizadas para su posterior colocación.
Previamente a realizar cualquier operación de demolición, se procederá a
realizar los apeos y apuntalamientos que fueran necesarios y que indique la Dirección
Facultativa. Se evitará la acumulación puntual de sobrecargas en forjados.
La evacuación del escombro se realizará mediante descarga con tolva por la
fachada oriental del Palau, punto de más fácil acopio y transporte, al tener acceso
desde la calle Pares Jesuïtes, evitando realizar este tipo de operaciones a través del
Patio de Armas o la calle Sant Duc.
MOVIMIENTO DE TIERRAS
No se prevé en el presente proyecto la realización de movimiento de tierras,
teniendo en cuenta las características de la intervención propuesta, que no afecta a
cimentaciones ni redes de instalaciones enterradas.
SANEAMIENTO
La zona de intervención no supone instalación de saneamiento, ya que el
núcleo que deberá servir a los espacios que se habilitan está incorporado a la
21
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
escalera que se construirá en el vértice nordeste, zona del actual patio de juegos
infantil. Sin embargo, dado que la construcción de esta pieza no se incluye en el
presente proyecto, será necesario habilitar un espacio que pueda acoger otro núcleo
de aseos. Se propone su ubicación en el espacio de la antigua carpintería, zona que
se ha restaurado su cubierta, así como el forjado del primer local (situado sobre la
Galería Dorada). La disposición de las bajantes se realizará aprovechando el patio de
luces existente en el límite con las viviendas de la calle Sant Duc, teniendo en cuenta
que en dicho emplazamiento en planta baja, existen aseos vinculados al actual
comedor del centro escolar. Por otra parte, se desconoce el trazado de la red
horizontal de saneamiento del conjunto del edificio, como consecuencia de las
múltiples adaptaciones que ha sufrido el mismo.
Por otra parte, se mantendrá el esquema de evacuación de aguas pluviales
mediante el sistema de canales y bajantes existente, de modo que no será necesario,
salvo problemas sobrevenidos, modificar la red horizontal de evacuación actualmente
en funcionamiento.
Se procederá a la restauración o en su caso sustitución de la canal del alero
correspondiente a la fachada al río Serpis. Se sustituirán las bajantes de fibrocemento
actuales, reduciendo si es posible el número de bajantes necesario.
CIMENTACIONES
No se tiene un conocimiento exhaustivo de las condiciones de cimentación de
las distintas partes del edificio, ya que no se ha realizado una campaña de catas que
permitan determinar sus características.
En consecuencia, teniendo en cuenta que es necesario proceder al refuerzo e
incluso reconstrucción de forjados en la zona de intervención, se adopta el criterio de
minimizar las cargas sobre los muros existentes, en la confianza de que la estructura
vertical del edificio no presenta daños de consideración, incluso a pesar de la
heterogeneidad de sus fábricas y las múltiples mutilaciones que han sufrido dichos
muros a lo largo del tiempo, como lo demuestra la zona de la escalera que ahora se
está rehabilitando, completamente surcada por las instalaciones de las antiguas
dependencias de la Compañía y que se han macizado para reforzar la capacidad
portante de dichos muros.
ESTRUCTURAS
Como ya se ha indicado anteriormente, la zona oeste, correspondiente al ala
de la calle Sant Duc, ya fue intervenida estructuralmente en el año 1995, tanto en la
cubierta como en el forjado de suelo, en consecuencia no será necesario proceder a
nuevas operaciones de refuerzo en la misma.
Por lo que se refiere al cuerpo situado sobre la Sala de Coronas, se realizará un
nuevo forjado de pequeño espesor y limitación de carga sobre los muros existentes. La
necesidad de realizar un nuevo forjado deriva de las características del existente en la
Sala de Coronas, elemento de alto valor histórico y artístico, que en otro caso se
podría ver afectado por las cargas de un espacio que se va a dedicar a uso público.
Idéntica situación se plantea respecto de la bóveda de la Capilla del Santo Duque,
cuyo sistema de construcción se desconoce por el momento y que también podría
verse afectado por las cargas que gravitarán sobre él.
En el caso del espacio existente sobre la Sala de Carrós i Centelles, tiene en la
actualidad un doble forjado, por lo que en principio no se vería afectado por las
cargas del uso público previstas, de modo que no sería necesario proceder a su
sustitución. En cualquier caso se prevé la realización de una serie de comprobaciones
22
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
que permitan establecer con rigor los límites de cargas y deformaciones en el forjado
mediante pruebas de carga.
Diferente situación se plantea en la zona del mismo espacio que recae sobre la
Sala de los Estados de Cerdeña. En este caso se ha podido comprobar, mediante
cata, que sobre el tablero del forjado apenas existe una pequeña capa de mortero
muy pobre, sobre el que asienta el pavimento.
Los forjados de nueva planta se realizarán mediante vigas de acero, viguetas
del mismo material y chapa grecada hormigonada (forjado colaborante), solución
que permite limitar las cargas añadidas a las estructuras verticales del edificio. Todos
los elementos de acero se construirán con soldaduras, de acuerdo a los planos de
detalle del proyecto. Las vigas principales se montarán en taller para un mayor control
de la calidad de su ejecución. En obra se realizarán las soldaduras de la estructura
secundaria (viguetas) y de la construcción del forjado colaborante. Este tipo de chapa
grecada sirve de encofrado, evitando la colocación de tableros y apuntalamientos
que afectarían a los forjados históricos, cuya capacidad portante se desconoce.
CUBIERTAS
Se realizará el desmontaje de la cubierta de teja y apoyo sobre tablero
cerámico y rastreles del cuerpo sobre la Sala de Coronas y Salas de Carrós i
Centelles/Estados de Cerdeña. Este desmontaje es necesario para proceder a la
colocación de tablero de madera tipo “termochip” al objeto de mejorar las
condiciones térmicas de la cubierta. No se prevé la modificación de las características
geométricas de las cubiertas, ni del sistema de cobertura o de evacuación de aguas
pluviales. Una vez estudiadas las condiciones de la estructura portante, se valorará la
posibilidad de dejar vista la cubierta, considerando que las características
constructivas de estos sistemas son arquitectónicamente interesantes y compatibles
con el nivel de confort requerido para los usos previstos.
En el caso de que de la inspección visual de la cubierta no se dedujera la
necesidad de desmontar la totalidad del tablero cerámico de soporte, se podría
plantear construir sobre éste un tablero de soporte de fibrocemento tipo “onduline”
bajo teja. Por su interior se podría plantear la colocación de tableros tipo “termochip”
entre cuchillos atornillados sobre los rastreles, siempre que éstos se encuentren en
buenas condiciones, lo que mejoraría notablemente el aislamiento térmico de la
cubierta, teniendo en cuenta que se formaría una cámara de aire entre los tableros y
los rastreles, que sería necesario ventilar, además de la mejora térmica del aislante
incorporado al tablero.
Ambas opciones se dejan abiertas a fin de que, una vez se pueda conocer el
estado de los elementos descritos, se pueda proceder con una u otra solución.
Se procederá al retejado de la cubierta de la Galería de la Campana, ya que
se han detectado filtraciones en la misma, probablemente como consecuencia de los
movimientos de la estructura metálica del sistema de sustentación.
REVESTIMIENTOS
Es necesario proceder a la construcción de los revestimientos de la totalidad de
las salas previstas, ya que los existentes presentan patologías en la zona de antigua
enfermería y dependencia sobre la sala de Carrós i Centelles/Estados de Cerdeña.
Tratándose de sobreelevaciones de principio del siglo XX, no es previsible que puedan
tener elementos históricos que precisen de especial cuidado de restauración, si bien la
calidad de las fábricas tal y como se han detectado en otras zonas del edificio de la
23
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
misma época de construcción es elevada, tratándose de muros que alternan la
mampostería con verdugadas o elementos de ladrillo en jambas, dinteles, etc. A este
respecto puede ser especialmente interesante el muro que divide la sala sur (sobre
Carrós i Centelles) con la Galería Dorada, especialmente en su zona inferior, ya que se
trata evidentemente de la sobreelevación del siglo XVII, realizada para la construcción
de esta pieza. A este respecto hay que señalar la aparición de los elementos del
almenado de la zona de la antigua Sala de la Cinta, durante los trabajos de
adecuación del espacio de la escalera y ascensor, aportando confirmaciones a
determinadas hipótesis de la configuración del Palau en diversos momentos históricos.
No se descarta, por tanto, la posibilidad de que hubiera tramos de los muros que
convenga despojar de los actuales revestimientos (enlucidos de yeso sin mayor
interés), para abundar en la idea de que el edificio pueda manifestar gran parte de los
momentos constructivos que en él se han desarrollado.
Se prevé la realización de revestimientos continuos en los paramentos de la sala
sur en su fachada al Patio de Armas, mientras que los suelos serán de tipo ligero en
madera para no incrementar las cargas sobre los elementos estructurales. Incluso se
prevé la incorporación de pavimentos flotantes en aquellas zonas que precisen de un
alto nivel de instalaciones de electricidad, voz y datos, teniendo en cuenta la
dificultad que siempre entraña el tendido de las instalaciones en este tipo de
construcciones. Hay que considerar además la necesidad de ajustar los distintos
niveles existentes en esta zona del edificio, dado que no son coincidentes, por ejemplo
en la zona de la Galería de la Campana respecto del resto de la planta.
Por ello se plantean pavimento de madera, adheridos en la Sala de la
Campana y zonas de pavimentos técnicos registrables o sobre rastreles en el resto de
salas, de acuerdo con lo indicado en el párrafo anterior.
En la galería de la Campana se completarán los revestimientos de pintura o
tratamiento superficial de los paramentos.
En la zona de aseos, se utilizarán revestimientos sobrepuestos a los paramentos
mediante rastreles y tableros bakelizados fenólicos, también en la formación de falso
techo.
CARPINTERÍAS
Las carpinterías exteriores, en las fachadas del Patio de Armas bloques sur y
este, son piezas procedentes de la restauración llevada a cabo en los siglos XIX y XX,
después de la adquisición del Palau por los jesuitas. Se trata de carpinterías de madera
de calidad regular, con contraventanas de lamas tipo mallorquina y hojas interiores
cristaleras con contraventanas ciegas incorporadas a las hojas. A pesar de la escasa
calidad de las mismas, material y visual, se estima conveniente proceder a su
restauración ya que se trata de elementos vinculados al proceso de intervención de
dicha época, proceso de tal envergadura que no puede soslayarse dentro de la
historia del edificio. Cabe hacer excepciones puntuales a este criterio, como la
ventana balconera existente en el extremo norte del corredor de la antigua
enfermería, pieza de carpintería de hierro posterior al resto, que además precisará
adaptarse a las nuevas dimensiones definidas por el uso previsto.
Distinta es la situación de las carpinterías de la Galería de la Campana, que en
la intervención del año 1995 fueron sustituidas por elementos de aluminio lacado.
Evidentemente, no se plantea ningún tipo de intervención sobre ellas, como no fuera
su simple puesta en funcionamiento por problemas que pudieran derivar de su uso.
24
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
El presente proyecto contempla la compartimentación interior básica de los
locales, mediante mamparas de vidrio de sistema industrializados, en la definición de
áreas de administración y servicios anexos.
INSTALACIONES
No se incluyen las instalaciones en los locales que se rehabilitan. Sin embargo se
realiza una previsión de las futuras necesidades de estos locales, dejando previstos los
espacios y pasos necesarios para su construcción.
Se tendrá que realizar la previsión de las siguientes instalaciones:
- ELECTRICIDAD, FUERZA Y ALUMBRADO
Supone la previsión de acometidas sobre los sistemas actuales de suministro y
control del edificio, muy fragmentados en la actualidad y que será necesario adecuar
a las normativas vigentes.
- VOZ Y DATOS
Se dotarán todos los puestos de trabajo y consulta de los ámbitos en los que se
interviene, con sistema de conexión fundamentalmente previsto por suelos, dada la
dimensión de los grandes espacios unitarios sobre los que se actúa.
- SEGURIDAD
Comprenderá los sistemas de protección de incendios, especialmente
importantes, dadas las características del edificio, tanto desde un punto de vista
histórico-artístico como material. Se considerará igualmente la protección contra
intrusión, así como los sistemas de seguridad en el acceso a zonas de uso limitado.
- FONTANERIA
Por la zona de intervención sólo discurre la acometida de la zona de
residencia, reparada desde el punto de entrada al edificio y su tendido vertical hasta
el paso a la zona de la prevista biblioteca. Se desconoce el estado de este tramo por
lo que se ha considerado la posibilidad de tener que efectuar reparaciones en la
misma. El sector de actuación no tiene acometidas de agua que no fueran las
correspondientes al núcleo de sanitarios previsto en la segunda sala de la antigua
carpintería.
- SANEAMIENTO
La renovación de las cubiertas permitirá la reordenación del sistema de
evacuación de aguas pluviales, al que se sumará la instalación de los aseos previstos
en el cuerpo del acceso de nueva construcción. En este último caso se ha previsto la
disposición de los inodoros sobre el muro más próximo al patio de luces por el que se
prevé la bajante de conexión con la red actual. Hay que tener en cuenta que en
dicho patio de luces en planta baja existen unos aseos accesibles desde la sala de
espera de la Residencia y en consecuencia será relativamente sencillo acometer a
dicha red.
- CLIMATIZACIÓN
Será necesario dotar a los locales de sistema de climatización y ventilación de
acuerdo con la normativa vigente del CTE. La previsión de disposición de todos los
elementos de climatización se realizará en el cuerpo de la nueva escalera norte, no
25
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
contemplada en el presente proyecto. Desde este punto se tenderá el sistema de
distribución a los diferentes locales que, teniendo en cuenta que no dispondrán de
falso techo, deberán ser vistos. Se conservan los elementos de ventilación de la
cámara bajo cubierta originales, como apoyos para la renovación de aire de dichos
locales.
EQUIPAMIENTO
No se contempla en el proyecto los elementos de equipamiento que tengan
que ver con la habilitación concreta de los locales.
9.- SUPERFICIES
Las superficies de afección de la intervención prevista, medida interiormente a
los cerramientos (superficie útil) son las siguientes:
- SALAESTE
- SALA OESTE
- SALA SUR
- ADMINISTRACION
- ESPACIO ANEXOS
244,56 m²
243,44 m²
179,75 m²
65,67 m²
43,75 m²
TOTAL SUPERFICIE DE INTERVENCIÓN
26
777,17 m²
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
10.- CUMPLIMIENTO DEL CTE
10.1.- SEGURIDAD ESTRUCTURAL
El presente apartado tiene por objeto determinar el adecuado
comportamiento estructural frente a las acciones e influencias previsibles a las que
pueda estar sometido el edificio durante su construcción y uso previsto.
La exigencia básica SE1 de resistencia y estabilidad serán las adecuadas para
que no se generen riesgos indebidos y que un evento extraordinario no produzca
consecuencias desproporcionadas respecto a la causa original.
La exigencia básica SE2 se refiere a la aptitud frente al uso previsto del edificio,
de modo que no se produzcan deformaciones excesivas, se limite su comportamiento
dinámico y no se produzcan degradaciones inadmisibles.
Como ya se ha indicado en anteriores apartados de este documento, se ha
considerado a efectos estructurales la ejecución de nuevos forjados sobre techo de la
planta noble (Sala de Coronas, Capilla del Santo, Sala de Carrós i Centelles, Sala de los
Estados de Cerdeña, Sala Verde y el de cubierta, así como los muros sustentantes.
Teniendo en cuenta las características del edificio que se trata, las
consideraciones estructurales están supeditadas a las histórico-artísticas, incluyendo
aspectos de tipología constructiva que no se adaptan estrictamente a las normas en
vigor. Para ello se ha considerado el Anejo D del CTE-SE “Evaluación estructural de
edificios existentes”. A estos efectos se entiende:
-
Que el edificio se ha concebido, dimensionado y construido de
acuerdo con las reglas en vigor en el momento de su realización
-
Que se ha construido de acuerdo a la buena práctica, experiencia
histórica y práctica profesional aceptada.
De acuerdo con lo indicado en el apartado D.2.1, subíndice 2 del CTE-SE,
teniendo en cuenta las dificultades para la realización de verificación cuantitativa y
considerando el satisfactorio comportamiento de las estructuras sobre las que se
interviene, se realiza la evaluación cualitativa de la capacidad portante y aptitud al
servicio de acuerdo con los criterios del apartado D6 ya que:
-
el edificio se ha utilizado y se utiliza desde un período de tiempo muy
largo, sin que se hayan producido daños atribuibles a la estructura, que
no sean derivados de modificaciones en su configuración original
-
de la inspección del edificio no se revelan deterioros que no sean
producidos por problemas directamente derivados de su estructura
(p.e. por daños en la cobertura del tejado, desprendimiento de
revestimientos en los paramentos).
-
El sistema constructivo asegura una transmisión adecuada de las fuerzas
-
Se propone una mejora del sistema de mantenimiento que asegure una
durabilidad adecuada
-
Las modificaciones y cambios producidos que variaron las condiciones
históricas de las acciones se produjeron con la intervención jesuítica, es
decir hace más de 100 años.
27
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
-
Las cargas previstas en la intervención que se propone suponen
incrementos moderados sobre los elementos estructurales existentes.
-
Se establecen controles de comportamiento estructural durante el
tiempo de servicio previsible del edificio.
Por ello se han considerado los siguientes aspectos como reglas básicas de
control estructural:
-
los niveles de los forjados se disponen de modo que no afecten a los
forjados históricos
-
las cargas gravitatorias consideradas no deben suponer incrementos
notables de las cargas actuales en las mismas zonas y puntos
-
las secciones de los elementos portantes no serán inferiores a las
actualmente existentes en las mismas zonas y puntos
-
dada la imposibilidad de determinar la capacidad portante de las
fábricas existentes, se procurará la distribución de las cargas mediante
elementos lineales de reparto.
El sistema estructural planteado es el siguiente:
-
forjado de cubierta: restauración cerchas de madera, con enrastrelado
para soporte de tablero cerámico
-
forjado de techo de la Sala de Coronas y Estados de Cerdeña: vigas de
acero laminado con viguetas de acero laminado o conformado,
entrevigado de chapa grecada hormigonada (forjado colaborante)
-
forjado de la Capilla del Santo, Sala Verde y Carrós i Centelles: refuerzo
con capa de compresión armada y conectores a vigas de madera
De todo ello se deduce que la aptitud al servicio del edificio se cumple ya que:
-
el edificio se ha comportado satisfactoriamente durante los últimos 100
años, fecha de las importantes reformas realizadas a principios del siglo
XX.
-
No se revelan daños, deterioros o deformaciones, desplazamientos o
vibraciones excesivas en la zona en la que se interviene, o bien cuando
puntualmente se producen, se propone la intervención de reparación
estructural correspondiente.
-
Las modificaciones estructurales previstas no suponen cambios que
alteren significativamente las acciones sobre el edificio.
-
Se programa la restauración y tratamiento
estructurales, como mejora de su durabilidad.
28
de
los
elementos
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
CARGAS CONSIDERADAS
ELEMENTO
ACTUALES
PROYECTO
FORJADO DE CUBIERTA
Teja cerámica curva
Tablero rasilla
Enlistonado
Tablero estratificado+aislante
Onduline
Capa de compresión
Estructura madera
0,50 kN/m²
0,50 kN/m²
0,05 kN/m²
------------3,5/5,0 kN/m3
0,50 kN/m²
0,50 kN/m²
0,05 kN/m²
0,25 kN/m²
0,03 kN/m²
1,00 kN/m²
3,5/5,0 kN/m3
FORJADO DE TECHO SALAS
Pavimento
0,80 kN/m²
Rellenos cascotes
3,51 kN/m²
Enlistonado
0,05 kN/m²
Forjado colaborante (chapa + hormigón) ----Viguetas met. – S. de Coronas (vano IPE 160)
Viguetas met. – S. Estados de Cerdeña (vano IPE 140)
Vigas met. – S. de Coronas (2 IPE 300 + R_600-15)
Vigas met. – S. Estados de Cerdeña (2 IPE 270 + R_350-15)
0,40 kN/m²
-----0,05 kN/m²
1,70 KN/m²
0,1283 kN/m²
0,11578 kN/m²
2,26 kN/m
1,54 kN/m
SOBRECARGAS
Uso en cubierta
Uso en forjado techo Salas
Viento
Nieve
0,50 kN/m²
1,00 kN/m²
0,42 kN/m²
0,20 kN/m²
0,50 kN/m²
5,00 kN/m²
0,42 kN/m²
0,20 kN/m²
PESO PROPIO
SOBRECARGA (USO+NIEVE)
TOTAL
1,05 kN/m²
1,12 kN/m²
2,17 kN/m²
2,33 kN/m²
1,12 kN/m²
3,45 kN/m²
LUZ ENTRE APOYOS
DISTANCIA ENTRE CERCHAS
8,00/9,82 m
1,58 m
8,00/9,82 m
VIGUETAS CUBIERTA
FORJADOS DE NUEVA CONSTRUCCION
SOBRE SALA DE CORONAS (vano 2 – viga 2)
LUZ DE VIGAS
9,85 m
SEPARACION ENTRE VIGAS
3,15 m
MOMENTO MAXIMO FLEXION
Md= 1.5pl²/8= 45.821,13 kNcm
w=Md/σ=45821,13kNcm/26kN/cm²=
1.762,35 cm3
FLECHA MAXIMA
L/400= 2,4625
f= 5pl4/384 EI
I= 59.701,034 cm4
LUZ DE VIGUETAS
3,15 m
SEPARACION VIGUETAS
1,14 m
MOMENTO MAXIMO FLEXION
Md=1,5pl²/8= 1.891,72 kNcm
29
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
FLECHA MAXIMA
w=Md/σ=72,76 cm3
L/400=0,7875
f= 5pl4/384 EI
I=788,22 cm4
SOBRE SALA ESTADOS DE CERDEÑA (vano 2 – viga 7)
LUZ DE VIGAS
7,87 m
SEPARACION ENTRE VIGAS
2,80 m
MOMENTO MAXIMO FLEXION
Md= 1.5pl²/8= 31.058,49 kNcm
w=Md/σ= 1.194,55 cm3
FLECHA MAXIMA
L/400= 1,9675
f= 5pl4/384 EI
I= 32.138,61 cm4
LUZ DE VIGUETAS
2,80 m
SEPARACION VIGUETAS
1,31 m
MOMENTO MAXIMO FLEXION
Md=1,5pl²/8= 1.400,1015 kNcm
w=Md/σ=53,85 cm3
FLECHA MAXIMA
L/400=0,7
f= 5pl4/384 EI
I=518,55 cm4
10.2.- SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO
El presente apartado tiene por objeto determinar los límites aceptables de
riesgo de los usuarios del edificio en caso de incendio de origen accidental. En el caso
que nos ocupa hay que indicar algunos aspectos específicos que constituyen
características muy determinadas tanto del edificio como de la intervención que
contempla este proyecto.
-
-
el edificio es un Bien de Interés Cultural y en consecuencia le son de
aplicación la Ley de Patrimonio Artístico Español y la Ley de Patrimonio
Cultural Valenciano
el presente proyecto se refiere exclusivamente a las intervenciones
sobre el espacio bajo cubierta de la planta tercera del Palau Ducal de
Gandia, no contemplando ningún otro ámbito del mismo
puesto que el proyecto no contempla la completa puesta en uso de
esta zona, no afecta a las condiciones de evacuación actualmente
existentes en el edificio, que deberán completarse en fases posteriores
previas a la ocupación del mismo
se contemplan las mejoras en cuanto a la protección contra incendios
de los elementos sobre los que se interviene y en todo caso mejoran las
actuales condiciones a este efecto
PROPAGACION INTERIOR
Se considera que cada uno de los espacios que comunican con la escalera
rehabilitada es un sector de incendio. La superficie útil total del espacio bajo cubierta
en el que se interviene es de 777,17 m².
30
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Teniendo en cuenta que la altura de evacuación es 15 m<h<28 m y de
acuerdo con lo establecido en la tabla 1.2 los elementos de delimitación del área de
intervención deben ser, considerando uso público:
EI-120 y las puertas EI2-60 C5.
PROPAGACION EXTERIOR
Los muros de separación con otros locales del mismo edificio y fachadas tienen
las siguientes características, de acuerdo con lo indicado en la tabla F1 del Anejo F:
Fachadas: muros de fábrica de espesor >500 mm revestidos al menos por una cara
EI-240.
Muros de separación con otros locales: fábrica de espesor >500 m revestidos al menos
por una cara EI-240.
La cubierta carece de huecos o elementos que tengan una REI<60. Los huecos
existentes sobre la cubierta en la zona colindante (sobre Sala Carrós i Centelles) está
situados a una altura de 40 cm. respecto de la cubierta.
EVACUACION DE OCUPANTES
Como ya se ha indicado con antelación, el espacio bajo cubierta se considera
de ocupación nula, ya que el presente proyecto no contempla la habilitación global
para uso. Al objeto de que se pueda habilitar el local para el uso previsto en el Plan
Director, se deberá ejecutar la escalera norte, elemento necesario no sólo desde un
punto de vista funcional, sino también para cumplimiento de la SI del CTE.
DOTACION DE INSTALACIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS
Se dotará al espacio bajo cubierta de 6 extintores portátiles de eficacia 21A113B, teniendo en cuenta que la longitud total máxima de cada sala es de 27 m. y de
38 m en el caso de la Galería de la Campana.
Las especiales circunstancias de esta parte del edificio hacen que sea muy
complejo dotar a este espacio de otros sistemas de protección (bocas de incendio,
columna seca, sistemas de extinción automática). De acuerdo con la Norma para un
espacio de estas características será precisa la instalación de BIE de 25 mm y sistema
de alarma.
Se dispondrán elementos de iluminación de emergencia y señalización de la
salida.
CONDICIONES DE APROXIMACION Y ENTORNO
Existen viales de dimensión superior a 3,5 m y con capacidad portante superior
a 20kN/m², si bien el espacio de la zona de actuación se encuentra en el interior del
edificio y no directamente vinculado a la vía pública y en consecuencia no es
accesible por la fachada.
RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA
ELEMENTOS ESTRUCTURALES PRINCIPALES (Tabla 3.1)
Altura de evacuación 15 m<h<28 m
31
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Uso pública concurrencia
R-120
10.3. SEGURIDAD DE UTILIZACION
El presente apartado tiene por objeto determinar los límites aceptables de
riesgo de los usuarios durante el uso previsto del edificio. Las especiales circunstancias
que concurren en el edificio y la zona de intervención del presente proyecto
determinan:
-
Las zonas de acceso general no son objeto del proyecto y por tanto
deberán hacerse las correspondientes consideraciones en el momento
en que se plantee la intervención sobre ellas.
-
El edificio es un B.I.C. y por tanto sometido a las consideraciones de la
Ley de Patrimonio Histórico Español y la Ley de Patrimonio Cultural
Valenciano.
RESBALADICIDAD DE SUELOS
El tratamiento de suelo en los locales deberá cumplir las siguientes
especificaciones:
- Zonas interiores secas horizontales:
- Zonas interiores secas con pendiente:
- Zonas interiores húmedas:
Clase 1
Clase 2
Clase 2
Pavimento de tabla de madera
Pavimento de tabla de madera
Pavimento cerámico
DISCONTINUIDADES DEL PAVIMENTO
Si bien ya el propio articulado establece la excepción de las zonas de usos
restringido (caso que nos ocupa), el pavimento cumplirá las siguientes condiciones:
- no tendrá irregularidades de diferencia de nivel > 4mm
- no existen perforaciones o huecos
- los elementos que delimitan zonas de circulación (rampa) tienen una altura >80 cm.
DESNIVELES
No procede, al no existir en la zona de intervención.
ESCALERAS Y RAMPAS
Los peldaños existentes en los accesos a ambas salas desde la escalera sureste
son necesarios para salvar la diferencia de cota respecto de los forjados de nueva
construcción. En ambos casos se trata de peldaños de tabicas 13 cm< t<18,50 cm y de
huella >28 cm. Se dispondrán barandillas en los lados abiertos.
32
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
La rampa proyectada en una de las salas tiene una longitud de 4,7 m con una
pendiente de 8%. La rampa deberá disponer de pasamanos en uno de sus laterales.
LIMPIEZA DE ACRISTALAMIENTOS EXTERIORES
Todos los elementos acristalados son accesibles para su limpieza desde el
espacio interior, ya que corresponden a las actuales ventanas a restaurar.
IMPACTO
La altura de todos los locales es en todo caso superior a 2,20 m., no existiendo
elementos que sobresalgan del suelo en ningún caso.
Los elementos acristalados resistirán sin romper un impacto de nivel 1, según
UNE EN 12600:2003.
ALUMBRADO DE EMERGENCIA
No se contempla en el presente proyecto, ya que deberá incluirse en la
instalación general de iluminación.
Valencia, septiembre de 2010
EL ARQUITECTO:
Fdo. Carlos Campos González
33
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 1:
CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE PROTECCION DEL
PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO (LEY 4/1998)
El presente apartado de la Memoria se refiere a los criterios de intervención
sobre el edificio monumental, de acuerdo con lo especificado en la Ley del Patrimonio
Cultural Valenciano y particularmente en su artículo 38 “Criterios de Intervención en
Monumentos y Jardines”.
A este respecto, aún cuando los criterios de intervención ya han sido
debidamente explicados en otros apartados de la Memoria, se incide en los puntos
a,b y d del mencionado artículo.
Respecto del apartado a:
La intervención que se propone respeta las características y valores esenciales del
inmueble, puesto que se conservan las características volumétricas, espaciales,
morfológicas y artísticas. El proyecto propone la conservación de todos los momentos
históricos que han dejado su huella en la construcción, no suprimiéndose ninguna fase
de ella, salvo aquellas intervenciones puntuales y claramente impropias, realizadas en
época reciente y sin consideración respecto de la calidad arquitectónica de la obra.
Respecto del apartado b:
El proyecto preserva la integridad del inmueble, no sustrayendo ningún
elemento del mismo.
Respecto del apartado d:
Las reconstrucciones puntuales planteadas en el proyecto se apoyan en la
propia obra existente, lo que permite su reproducción en cuanto a las características y
dimensiones de las piezas y elementos. En ningún caso se plantea el añadido de
ningún elemento que falsee la autenticidad histórica.
Valencia, septiembre de 2010
EL ARQUITECTO:
Fdo. Carlos Campos González
34
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 2: CONDICIONES GENERALES DE LA OBRA
1.- ESPECIFICACION DE OBRA COMPLETA
El presente proyecto se refiere a una obra completa de acuerdo con lo
preceptuado en el Artº 125.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas (LCAP).
2.- CLASIFICACION DEL TIPO DE OBRA
De acuerdo con el Artº 106 de la LCSP, las obras a realizar, como consecuencia
del natural uso y de las circunstancias que concurren cabe clasificarlas como OBRAS
DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO y necesarias para enmendar el menoscabo
producido en el inmueble.
3.- CLASIFICACION DEL CONTRATISTA Y CATEGORIA DEL CONTRATO
De acuerdo con lo especificado en el Artº 25 y 26 del Real Decreto 1098/2001
por el que se aprueba el Reglamento General de la LCAP, la clasificación del
Contratista en este caso (anualidad media entre 840.000 y 2.400.000 euros), deberá
ser:
GRUPO
K
SUBGRUPO
7
De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del R.G. de la L.C.A.P., la categoría del
contrato en función de la anualidad media será:
PRESUPUESTO + 18% IVA = 844.280,25€
ANUALIDAD MEDIA= 844.280,25*12/9= 1.125.707 €
Categoría del contrato =”d”
4.- FORMA DE ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS DE OBRAS.
De acuerdo con lo preceptuado en el Art. 122 de la LCSP se propone como
procedimiento y forma de adjudicación PROCEDIMIENTO ABIERTO, dadas las
especiales circunstancias de la obra, donde debe hacerse constar experiencia en
problemas similares.
5.- PLAN DE OBRA, PROGRAMA DE TRABAJO, PLAZO DE EJECUCION.
A fin de cumplimentar el Artº 107 de la Ley de Contratos del Sector Publico, se
fija un plazo global para la ejecución de las obras de NUEVE MESES.
35
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
6.- PLAZO DE GARANTIA.
Se establece un plazo de garantía de UN AÑO de acuerdo con lo preceptuado
en el Artº 218 de la LCSP.
7.- REVISION DE PRECIOS.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 104.1 del R.G. de la L.C.A.P., y con las
vigentes fórmulas polinómicas de revisión de precios, según Decreto 3650/1970 de
19/12 y el R.D. 2167/1981 de 20/08, en su caso, se aplicará la fórmula nº 16,
correspondiente a edificios con muros de fábrica y presupuesto de instalaciones
inferior al 20% del presupuesto total:
Kt= 0,37Ht/Ho+0.07Et/Eo+0.10Ct/Co+0.09St/So+0.16Crt/Cro+0.06Mt/Mo+0.15
8.- ART.128 DEL REGLAMENTO GENERAL DE CONTRATACION DE LAS ADMINISTRACIONES
PUBLICAS.
De acuerdo con lo especificado en el referido artículo y en los casos en que
sea de aplicación, el Contratista estará obligado a presentar UN PROGRAMA DE
TRABAJO, en el plazo de un mes, salvo causa justificada, desde la notificación de la
autorización para iniciar las obras.
9.- NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.
En la redacción del presente proyecto y en la ejecución de las obras a las que
éste se refiere, se consideran como Normas de obligado cumplimiento las que puedan
ser de aplicación a las distintas unidades de obra que vengan dictadas por la
Presidencia del Gobierno, Ministerio de la Vivienda, luego Obras Públicas, Transportes y
Medio Ambiente, y hoy de Fomento, así como la Normativa vigente en materia de
Higiene y Seguridad en el Trabajo, a cuyo conocimiento y estricto cumplimiento estará
obligado el Contratista ejecutor de las obras.
Valencia, septiembre de 2010
EL ARQUITECTO:
Fdo. Carlos Campos González
36
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 3: JUSTIFICACION DEL CALCULO DE PRECIOS ADOPTADOS
El cálculo de los precios de las distintas unidades de obra es el resultado de
sumar los costes directos, los indirectos, los gastos generales y el beneficio industrial.
COSTES DIRECTOS
- La mano de obra, con sus pluses, cargas y seguros sociales, que intervienen
directamente en la ejecución de la unidad de obra.
- Los materiales, a los precios resultantes a pie de obra, que quedan integrados en la
unidad de que se trate o que sean necesarios para sus ejecución.
- Los equipos y sistemas técnicos de seguridad y salud, para la prevención y
protección de los accidentes y enfermedades profesionales.
- Los gastos de personal, combustible, energía, etc. que tengan lugar por el
accionamiento o funcionamiento de la maquinaria e instalaciones utilizadas en la
ejecución de la unidad de obra.
- Los gastos de amortización y conservación de la maquinaria, instalaciones, sistemas y
equipos anteriormente citados.
MEDIOS AUXILIARES
- Se establecen como un porcentaje variable sobre la suma de los costes directos y
forman parte de éstos. Este porcentaje será función de la complejidad de desarrollo
de las diferentes unidades y de los elementos de menor entidad para poder
ejecutarlas correctamente. Comprenden cualquier material o medio necesario para
ello.
COSTES INDIRECTOS
- Los de instalación de oficinas a pie de obra, comunicaciones, edificación de
almacenes, talleres, pabellones temporales para los obreros, laboratorios, seguros, etc.
Los de personal técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y los
imprevistos. Todos estos gastos se cifrarán en un porcentaje fijo de los costes indirectos
del 3%.
GASTOS GENERALES
- Los gastos generales de la Empresa; gastos financieros; cargas fiscales y tasas de la
Administración legalmente establecidas, incluyendo en éstas las legalizaciones de las
instalaciones; control de calidad hasta un 1% del P.E.M.
- Se cifran en un porcentaje de la suma de los costes directos e indirectos. Este
porcentaje se establece en un 13% del presupuesto de ejecución material.
BENEFICIO INDUSTRIAL
- Se establece en un 6% sobre la suma del presupuesto de ejecución material.
PRECIO DE EJECUCION MATERIAL
37
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
- Es el resultado obtenido por la suma de las diferentes unidades a los precios que
establece el proyecto.
PRECIO DE CONTRATA
- Es la suma de los costes directos, los indirectos, los gastos generales y el beneficio
industrial.
El I.V.A. gira sobre esta suma pero no integra el precio (18%).
-
CALCULO JUSTIFICATIVO DEL % REFERENTE A COSTES INDIRECTOS
- Cálculo según Ordén 12 de Junio de 1.968 (B.O.E. 25/7/68)
P.E.M. Total (Coste Directo).-
601.253,57 Euros
PLAZO.-
9 meses
COSTES INDIRECTOS
COSTES VARIABLES
CONCEPTO
Jefe de Obra
Encargado
Peón trasiegos obra
Administrativo de Obra
PRECIO
PARTICIP.
PLAZO
1.100,00 €
50%
9
550,00 €
100%
9
0%
9
50%
9
1
9
- €
210,00 €
Caseta oficina obra (Tipo 1)
Caseta oficina obra (Tipo 2)
- €
0
0
Caseta oficina obra (Tipo 3)
- €
0
0
1
9
Caseta almacén (Tipo 1)
85,00 €
Caseta almacén (Tipo 2)
- €
0
0
Caseta almacén (Tipo 3)
- €
0
0
1
9
Consumo agua, luz, teléfono
IMPORTE C. I. VARIABLES.-
COSTES FIJOS
CONCEPTO
Montaje grua automontante
PRECIO
100%
1
Altas luz, agua teléfono
-
1
Acometidas provisionales
-
1
- €
38
4.950,00 €
- €
945,00 €
- €
- €
- €
765,00 €
- €
- €
- €
PARTICIP. NUMERO IMPORTE
0
400,00 €
4.950,00 €
11.610,00
€
-
GRUA: Mont., desm., cim., leg.
- €
IMPORTE
100%
- €
400,00 €
- €
- €
- €
1,93%
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
- €
100%
- €
100%
- €
- €
IMPORTE C. I. FIJOS.-
400,00 €
0,07%
% (K1)
TOTAL COSTES INDIRECTOS FIJOS + VARIABLES (K1)
2,00%
% COSTES INDIRECTOS = K = K1 + K2
K2 (IMPREVISTOS) = 1% (Obra Terrestre)
% COSTES INDIRECTOS =
(Artº 12)
3,00%
CALCULO JUSTIFICATIVO DEL % REFERENTE A GASTOS GENERALES
El 13% que se establece en el presupuesto general, destinado a Gastos Generales, se
distribuye de la siguiente forma:
La presente justificación no tiene carácter contractual.
GASTOS GENERALES
CONCEPTO
Jefe de Obra
PRECIO
- €
Ayudante Instalaciones
PARTICIP.
PLAZO
0%
9
100%
9
Capataz
500,00 €
100%
9
Ayudante de encargado
500,00 €
100%
9
100%
9
0%
9
0%
9
8%
9
100%
9
1
9
1
9
Peón trasiegos obra
Administrativo de obra
Topógrafo
Oficial Ayudas replanteo
210,00 €
- €
500,00 €
Peón Ayudas replanteo
Gastos de Papelería
90,15 €
Kilómetros, dietas, etc.
Implantación y retirada de obra
2.103,50 €
1
1
Gastos periodo de garantía
4.808,00 €
1
1
4%
1
1
9
1%
1
Licencia de obra
Seguro Responsabilidad Civil
Control de Calidad Obra
270,40 €
601.253,57 €
SUMA PARCIAL.-
39
IMPORTE
- €
- €
4.500,00 €
4.500,00 €
- €
- €
- €
360,00 €
- €
811,38 €
- €
2.103,50 €
4.808,00 €
- €
2.433,60 €
5.547,91 €
25.064,39
€
4,17%
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Otros Gastos Generales y de
Estructura
53.098,58
€
TOTAL GASTOS
GENERALES.-
Valencia, septiembre de 2010
EL ARQUITECTO:
Fdo. Carlos Campos González
40
8,83%
78.162,96 13,00%
€
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 4: ESTUDIO GEOTECNICO
De acuerdo con lo indicado en el artículo 124 del R.G. de la Ley de Contratos
de las Administraciones Públicas y teniendo en cuenta las características de las obras
contempladas en el presente proyecto, que se refieren a operaciones de restauración
parcial, NO ES NECESARIA la realización de Estudios Geotécnicos, dada la naturaleza
de la obra.
Valencia, septiembre de 2010
EL ARQUITECTO:
Fdo. Carlos Campos González
41
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 5 : CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE ACCESIBILIDAD Y
ELIMINACION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS.
En la actualidad se está realizando la rehabilitación de la escalera sureste,
coincidente en la articulación de los brazos este y sur. Además en el mismo ámbito se
ha incorporado un ascensor con capacidad para personas con movilidad reducida.
Este será el punto de accesibilidad de todas las plantas superiores del edificio, ya que
accede a todos sus niveles.
En la zona que se rehabilita y que es objeto del presente proyecto, teniendo en
cuenta que el acceso del ascensor se realiza a la cota original y que dicho punto de
desembarco no podía ser modificado sin alterar la configuración y diseño de la citada
escalera, se proyecta una rampa que salva el desnivel provocado por los forjados de
nueva construcción. Estos forjados se construirán sobre los históricos y en consecuencia
quedarán algo sobreelevados respecto de los niveles actuales. De aquí la necesidad
de creación de una rampa que permite salvar dicho desnivel en ambos brazos del
edificio.
Las condiciones proyectuales de dicha rampa son:
-
longitud 5,20 m
pendiente 8%
anchura 1,20 m
pasamanos lateral
Valencia, septiembre de 2010
EL ARQUITECTO:
Fdo. Carlos Campos González
42
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 6: CONTROL DE CALIDAD
1.- MEMORIA
Dadas las características de la obra a realizar, en la que principalmente se
proyectan obras de restauración y donde la incidencia de materiales ensayables es
reducida, el control de calidad se reduce a las unidades de obra, cuya especificación
se indica. Sin embargo será necesario que antes de iniciarse las obras de rehabilitación
se realicen una serie de ensayos, algunos de carácter destructivo, ejecutadas por
Laboratorio Homologado, que permitan verificar la validez de las soluciones
planteadas en el proyecto.
Los ensayos de carácter destructivo se realizarán siempre en puntos que no
puedan afectar en ningún caso a los elementos de interés histórico o artístico, siempre
bajo las indicaciones que a este respecto realice la Dirección Facultativa.
Estos ensayos pueden referirse a los siguientes conceptos:
1.- Peritación de la capacidad portante de los forjados que se refuerzan (Forjado
superior de la Sala de Carrós i Centelles, forjado superior de la Capilla del Santo
Duque, forjado superior de la Sala Verde y forjado de la segunda sala de la antigua
carpintería). Para ello será necesario determinar con exactitud la geometría y
dimensiones de dichos forjados.
2.- Peritación de la capacidad portante de los muros, tanto en la zona de construcción
de nuevos forjados, como en la de aquéllos que se refuerzan.
3.- Pruebas de carga sobre aquellos elementos en que fuera difícil realizar una
peritación teórica basada en las dimensiones y geometría de los elementos. Cualquier
prueba de carga deberá realizarse con la garantía de que en ningún caso pueda
poner en peligro los elementos históricos, portantes o no, del edificio.
4.- Control de fisuras y grietas, determinando su magnitud y posibles movimientos
mediante controles exhaustivos.
5.- Análisis de los elementos de madera. Este control tendrá carácter
fundamentalmente de diagnóstico de aquellos elementos de los forjados que puedan
ser accesibles durante la rehabilitación, incluso en los casos en que queden liberados
de capacidad portante por tener que construir forjados sobre ellos. En otros casos
podrá servir para verificar si dichos forjados pueden asumir capacidad portante hasta
las cargas previstas en el proyecto. Por lo que se refiere a las cerchas de cubierta,
servirá para asumir o desechar la hipótesis inicial de proyecto de utilizar dichos
elementos como estructura soporte de la cubierta.
6.- Análisis de la composición de los diferentes revestimientos históricos, que permitan
determinar tanto la cronología de los mismos, como poder realizar las restauraciones
restitutivas adecuadas al original.
Por lo que se refiere a análisis de materiales, se propone el siguiente protocolo:
1.- LADRILLOS
43
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Con objeto de determinar si el producto es en principio aceptable o no, se
verificará el material que se suministre a partir de muestras extraídas del mismo. Sobre
dichas muestras se determinarán de acuerdo con la norma UNE 67019
- defectos y geometría
- absorción de agua
- succión
- resistencia a compresión
- eflorescibilidad
En cada remesa de ladrillos que lleguen a obra se verificará que las
características reseñadas en el albarán corresponden con las especificadas en
proyecto.
Para el control de aprovisionamiento a la obra de ladrillos cerámicos, se dividirá
la previsión total en lotes de 45.000 uds o fracción. Se establecerán tantas tomas de
muestras como lotes se hayan obtenido.
La extracción de cada muestra se realizará al azar sobre los suministros del
material a obra, considerándose homogéneo el contenido del transporte o el material
suministrado en un mismo día.
Para cada muestra se determinarán las características técnicas que se
establecen en la norma UNE 67.019, con los métodos de ensayo fijados en la misma.
2.- HORMIGONES
Se realizarán ensayos de acuerdo con lo especificado en la instrucción EHE.
estos ensayos definirán:
- consistencia
- rotura de probetas
Dada la escasa incidencia del hormigón prevista en esta obra, se prevé la
realización de un ensayo por cada suministro de material que se realice.
3.- MORTEROS
Se realizarán ensayos de características mecánicas de los morteros a emplear
en obra, tanto en rellenos, como sellados de juntas o revestimientos.
Dichos ensayos deberán determinar:
- dosificación
- características de los áridos utilizados y tamizado de los mismos
- resistencia a compresión
Dado el volumen de mortero a emplear en obra y puesto que previsiblemente
su confección se realizará en la misma, se estima que los ensayos correspondientes
deberán realizarse a razón de:
- un ensayo de áridos por cada suministro de material distinto
- un ensayo de dosificación
- un ensayo de resistencia a compresión por cada 3 m3 de mortero
confeccionado en obra.
44
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
4.- ESTRUCTURA METALICA.
Se realizaran ensayos de soldaduras y uniones mediante líquidos penetrantes
para las uniones realizadas “in situ” y mediante radiografías en las elaboradas en taller.
2.- PLIEGO DE CONDICIONES
Se considera a los efectos las determinaciones contenidas en el
correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, tanto en las
especificaciones allí incluidas como en los criterios de aceptación o rechazo.
3.- PRESUPUESTO
El presupuesto de control de calidad supone el 1% de las unidades de obra, es
decir del presupuesto de ejecución material sin Seguridad y Salud Laboral.
En todo caso, el Contratista podrá proponer alternativas a las pruebas y
ensayos indicados en la presente valoración.
Valencia, septiembre de 2010
EL ARQUITECTO:
Fdo. Carlos Campos González
45
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 7: PREVISIÓN DE PERSONAL DE OBRA
En relación con el personal directo adscrito a la obra, teniendo en cuenta sus
características de ejecución:
-
obra de rehabilitación
construcción de forjados
cubiertas
revestimientos
Teniendo en cuenta además las condiciones de ejecución:
-
edificio en funcionamiento
limitaciones en la posibilidad de afección mediante andamios y otros
elementos auxiliares
La previsión de personal de obra es la siguiente:
-
10 operarios
Encargado
Jefe de obra
Jefe de producción
Administrativo
Valencia a 15 de febrero de 2011
El Arquitecto:
Fdo. Carlos Campos González
46
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 8 : NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
ÍNDICE
0. GENERALES
-Ordenación de la Edificación.
-Código Técnico de la Edificación.
-Proyecto y ejecución de obra: condiciones.
-Productos, materiales y equipos.
1. REQUISITOS BÁSICOS DE LA EDIFICACIÓN
SEGURIDAD
-Seguridad estructural
-Seguridad en caso de incendio
-Seguridad de utilización
HABITABILIDAD
-Salubridad
-Protección frente al ruido
-Ahorro de energía
FUNCIONALIDAD
Utilización
-Viviendas
Accesibilidad
-Accesibilidad
Instalaciones
-Aparatos elevadores
2. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
-Seguridad y salud en el trabajo
3. CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
-Contratos de las AA.PP.
4. OTROS TEMAS
-Protección del Medio Ambiente
-Urbanismo y ordenación del territorio
-Planes de vivienda
-Patrimonio
47
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
0. GENERALES
ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN
normas estatales
LEY 38/1999. 05/11/1999. Jefatura del Estado.
Ley de ordenación de la edificación
normas autonómicas - comunidad valenciana
LEY 3/2004. 30/06/2004. Presidencia de la Generalidad Valenciana.
Ley de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE).
*Ver tb. Decreto 132/2006.
DOGV 02/07/2004
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
normas estatales
REAL DECRETO 1371/2007. 19/10/2007. Ministerio de la Vivienda.
Aprueba el Documento Básico "DB-HR Protección frente al ruido" del Código Técnico
de la Edificación y modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se
aprobaba el Código Técnico de la Edificación.
REAL DECRETO 314/2006. 17/03/2006. Ministerio de la Vivienda.
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN.
BOE 28/03/2006
*Modificado por R.D. 1371/2007.
normas autonómicas - comunidad valenciana
DECRETO 132/2006. 29/09/2006. Conselleria de Infraestructuras y Transporte.
Regula los Documentos Reconocidos para la Calidad en la Edificación.
DOGV 03/10/2006
PROYECTO Y EJECUCIÓN DE OBRA: CONDICIONES
normas estatales
REAL DECRETO 1109/2007. 24/08/2007. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el
sector de la construcción.
*Modifica el R.D. 1627/1997 (Seguridad y salud en obras de construcción)
BOE 25/08/2007
48
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
LEY 32/2006. 18/10/2006. Jefatura del Estado.
Ley reguladora de la subcontratación en el Sector de la construcción.
*Desarrollada por R.D. 1109/2007.
BOE 19/10/2006
REAL DECRETO 1627/1997. 24/10/1997. Ministerio de la Presidencia.
Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
*Obliga al Estudio de Seguridad y Salud en determinados proyectos. *Deroga el R.D.
555/86. *Modificado por: R.D. 2177/2004 y R.D. 604/2006.
BOE 25/10/1997
ORDEN . 09/06/1971. Ministerio de la Vivienda.
Normas sobre el Libro de Ordenes y Asistencias en obras de edificación.
*Desarrolla el Decreto 462/1971. *Modificada por Orden de 17-7-71
BOE 17/06/1971
DECRETO 462/1971. 11/03/1971. Ministerio de la Vivienda.
Normas sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación.
*Regula el Libro de Órdenes y Asistencias y el Certificado Final de Obra. *Desarrollada
por Orden 9-6-1971. *NOTA: el nº de este Decreto está equivocado en el CTE, donde
figura como 461/1971.
BOE 24/03/1971
normas autonómicas - comunidad valenciana
DECRETO 132/2006. 29/09/2006. Conselleria de Infraestructuras y Transporte.
Regula los Documentos Reconocidos para la Calidad en la Edificación.
DOGV 03/10/2006
INSTRUCCION 1/1999. 30/07/1999. Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y
Transporte.
Criterios de aplicación de las normas de control de calidad de la edificación de
viviendas y su documentación mediante el Libro de control (LC/91).
*Criterios referidos a la EHE (Instrucción de Hormigón Estructural)
DOGV 09/09/1999
DECRETO 164/1998. 06/10/1998. Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte.
Reconocimiento de distintivos de calidad de obras, de productos y de servicios
utilizados en la edificación.
*Desarrollado por Orden 26-10-98.
DOGV 20/10/1998
ORDEN . 30/09/1991. Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte.
Modelo de Libro de Control de Calidad en Obras de Edificación de Viviendas (LC-91).
*Desarrolla el Decreto 107/1991. *Modificado por Orden 28-11-91, anulada en
cumplimiento de sentencia por Orden 12-3-2001. *Ampliada por Circular 3/1992 y
Decreto 164/1998.
DOGV 08/10/1991
PRODUCTOS, MATERIALES Y EQUIPOS
normas estatales
49
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
REAL DECRETO 442/2007. 03/04/2007. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Deroga diferentes disposiciones en materia de normalización y homologación de
productos industriales.
*Deroga entre otras, parcialmente el Real Decreto 1312/1986, por el que se declara
obligatoria la homologación de los yesos y escayolas para la construcción.
BOE 01/05/2007
ORDEN PRE/3796/2006. 11/12/2006. Ministerio de la Presidencia.
Se modifican las referencias a normas UNE que figuran en el anexo al R.D. 1313/1988,
por el que se declaraba obligatoria la homologación de los cementos para la
fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos
prefabricados.
BOE 14/12/2006
RESOLUCION . 10/05/2006. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Amplía los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, referencia a
normas UNE y periodo de coexistencia y entrada en vigor del marcado CE para varias
familias de productos de la construcción.
*Refunde, actualiza y amplia la Orden 29-11-01.
BOE 06/06/2006
REAL DECRETO 312/2005. 18/03/2005. Ministerio de la Presidencia.
Aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos
constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al
fuego.
BOE 02/04/2005
REAL DECRETO 956/2008 6/06/2008. Ministerio de la Presidencia.
Instrucción para la recepción de cementos. RC-08.
BOE 19/06/2008
ORDEN CTE/2276/2002. 04/09/2002. Ministerio de Ciencia y Tecnologia.
Establece la entrada en vigor del marcado CE relativo a determinados productos de
construcción conforme al Documento de Idoneidad Técnica Europeo.
*Modificado por las Resoluciones de: 26-11-02, 16-3-04, 25-10-04, 30-9-05.
BOE 17/09/2002
RESOLUCION . 29/07/1999. Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
Aprueba las disposiciones reguladoras del sello INCE para hormigón preparado
adaptadas a la "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)"
BOE 15/09/1999
REAL DECRETO 1328/1995. 28/07/1995. Ministerio de la Presidencia.
Modifica las disposiciones para la libre circulación de productos de construcción
aprobadas por el Real Decreto 1630/1992, de 29-12-1992, en aplicación de la Directiva
89/106/CEE.
*Regula el marcado CE.
BOE 19/08/1995
REAL DECRETO 1630/1992. 29/12/1992. Ministerio de Relaciones con las Cortes y
Secretaria de Gobierno.
Establece las disposiciones necesarias para la libre circulación de productos de
construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE, de 21-12-1988.
*Regula el marcado CE de los productos. *Modificado por R.D.1328/1995.
50
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
BOE 09/02/1993
REAL DECRETO 1313/1988. 28/10/1988. Ministerio de Industria y Energia.
Declara obligatoria la homologación de los cementos destinados a la fabricación de
hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados.
*Modificaciones: Orden 17-1-89, R.D. 605/2006, Orden PRE/3796/2006, de 11-12-06.
BOE 04/11/1988
REAL DECRETO 1312/1986. 25/04/1986. Ministerio de Industria y Energia.
Homologación obligatoria de Yesos y Escayolas para la construcción y
especificaciones técnicas de prefabricados y productos afines y su homologación por
el Mº Industria y Energía.
*Derogado parcialmente, por: R.D. 846/2006 y R.D. 442/2007.
BOE 01/07/1986
REAL DECRETO 2699/1985. 27/12/1985. Ministerio de Industria y Energia.
Declara de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los perfiles
extruidos de aluminio y sus aleaciones y su homologación por el Mº Industria y Energía.
BOE 22/02/1986
ORDEN . 08/05/1984. Presidencia de Gobierno.
Normas para utilización de espumas de urea-formol usadas como aislantes en la
edificación, y su homologación.
*Disp.6º: anulada por Sentencia judicial (Orden 31-7-87), y modificada por Orden 28-289.
BOE 11/05/1984
normas autonómicas - comunidad valenciana
DECRETO 200/2004. 01/10/2004. Conselleria de Territorio y Vivienda.
Regula la utilización de residuos inertes adecuados en obras de restauración,
acondicionamiento y relleno, o con fines de construcción.
DOGV 11/10/2004
DECRETO 164/1998. 06/10/1998. Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte.
Reconocimiento de distintivos de calidad de obras, de productos y de servicios
utilizados en la edificación.
*Desarrollado por Orden 26-10-98.
DOGV 20/10/1998
51
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
1. REQUISITOS BÁSICOS DE LA EDIFICACIÓN
SEGURIDAD
SEGURIDAD ESTRUCTURAL
normas estatales
REAL DECRETO 997/2002. 27/09/2002. Ministerio de Fomento.
NCSR-02. Aprueba la norma de construcción sismorresistente: parte general y
edificación.
REAL DECRETO 642/2002. 05/07/2002. Ministerio de Fomento.
Aprueba la «Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales
de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados (EFHE)».
*Corrección de errores BOE 30-11-06
BOE 06/08/2002
ACUERDO . 28/10/1999. Ministerio de Fomento.
Acuerdo de la Comisión Permanente del Hormigón sobre la aplicación del Art. 1 de la
Instrucción de Hormigón Estructural (EHE), en relación con la obligatoriedad de sus
prescripciones.
CIRCULAR CTAV 01/02/2000
REAL DECRETO 996/1999. 11/06/1999. Ministerio de Fomento.
Modifica el Real Decreto 1177/1992, por el que se reestructura la Comisión Permanente
de Hormigón, y el Real Decreto 2661/1998, de 11-12-1998, por el que se aprueba la
Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).
*Subsana errores en la EHE.
BOE 24/06/1999
REAL DECRETO 2661/1998. 11/12/1998. Ministerio de Fomento.
EHE-98. Instrucción de Hormigón Estructural.
*Modificado por R.D. 996/1999.
BOE 13/01/1999
REAL DECRETO 1630/1980. 18/07/1980. Presidencia de Gobierno.
Fabricación y empleo de sistemas de forjados o estructuras para pisos y cubiertas.
*Ampliado por: Orden 29-11-89 y Resolución: 6-11-02.
BOE 08/08/1980
normas autonómicas - comunidad valenciana
INSTRUCCION 1/1999. 30/07/1999. Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y
Transporte.
*Criterios referidos a la EHE (Instrucción de Hormigón Estructural)
DOGV 09/09/1999
52
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO
normas estatales
REAL DECRETO 312/2005. 18/03/2005. Ministerio de la Presidencia.
Aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos
constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al
fuego.
BOE 02/04/2005
ORDEN . 16/04/1998. Ministerio de Industria y Energia.
Normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, que aprueba el
Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y revisión del anexo I y
de los apéndices del mismo.
BOE 28/04/1998
REAL DECRETO 1942/1993. 05/11/1993. Ministerio de Industria.
Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
*Modificado por Orden 16-4-98. *Véase tb. Real Decreto 2267/2004
BOE 14/12/1993
SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
normas estatales
REAL DECRETO 314/2006. 17/03/2006. Ministerio de la Vivienda.
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN.
BOE 28/03/2006
*Modificado por R.D. 1371/2007.
HABITABILIDAD
SALUBRIDAD
normas estatales
ORDEN . 15/09/1986. Ministerio de Obras Públicas.
Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para las tuberías de saneamiento de
poblaciones.
BOE 23/09/1986
normas autonómicas - comunidad valenciana
LEY 10/2000. 12/12/2000. Presidencia de la Generalidad Valenciana.
Ley de Residuos de la Comunidad Valenciana.
*Derogada parcialmente por disp. derog. única.3 de Ley 2/2006, de 5 mayo
DOGV 15/12/2000
PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO
normas estatales
53
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
REAL DECRETO 1367/2007. 19/10/2007. Ministerio de la Presidencia.
Desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación
acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
*Modifica el R.D.1513/2005.
BOE 23/10/2007
REAL DECRETO 1513/2005. 16/12/2005. Ministerio de la Presidencia.
Desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la
evaluación y gestión del ruido ambiental.
BOE 17/12/2005
LEY 37/2003. 17/11/2003. Jefatura del Estado.
Ley del Ruido.
*Desarrollada por Real Decreto 1513/2005.
BOE 18/11/2003
normas autonómicas - comunidad valenciana
DECRETO 104/2006. 14/07/2006. Conselleria de Territorio y Vivienda.
Planificación y gestión en materia de contaminación acústica.
DOGV 18/07/2006
RESOLUCION . 09/05/2005. Conselleria de Territorio y Vivienda.
Relativa a la disposición transitoria primera del Decreto 266/2004, normas de
prevención y corrección de la contaminación acústica, en relación con actividades,
instalaciones, edificaciones, obras y servicios.
DOGV 31/05/2005
DECRETO 266/2004. 03/12/2004. Conselleria de Territorio y Vivienda.
Se establecen normas de prevención y corrección de la contaminación acústica en
relación con actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios.
*Desarrolla la Ley 7/2002, de Protección Contra la Contaminación Acústica en la C.V.
*Modificado por Resolución 9-5-05.
DOGV 13/12/2004
LEY 7/2002. 03/12/2002. Gobierno Valenciano.
Ley de Protección contra la Contaminación Acústica.
*Desarrollado por Decreto 266/2004 y Resolución de 9 de mayo de 2005. *Modificada
por Capítulo XX de la Ley 14/2005. DOGV 09/12/2002
normas estatales
REAL DECRETO 1371/2007. 19/10/2007. Ministerio de la Vivienda.
Aprueba el Documento Básico "DB-HR Protección frente al ruido" del Código Técnico
de la Edificación y modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se
aprobaba el Código Técnico de la Edificación.
*La aplicación del DB-HR será obligatoria en proyectos, a partir del 24-10-2008.
normas autonómicas - comunidad valenciana
accesibilidad
normas estatales
54
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
REAL DECRETO 505/2007. 20/04/2007. Ministerio de la Presidencia.
Aprueba las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas
con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y
edificaciones.
BOE 11/05/2007
LEY 51/2003. 02/12/2003. Jefatura del Estado.
Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las
personas con discapacidad.
*Modifica la Ley 49/60, de Propiedad Horizontal *Complementa la Ley 13/1982.
BOE 03/12/2003
REAL DECRETO 556/1989. 19/05/1989. Ministerio de Obras Públicas.
Medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios.
*Para la Comunidad Valenciana, véase: Ley 1/1998, Decreto 39/2004, Orden 25-5-04 y
Orden 9-6-04.
BOE 23/05/1989
normas autonómicas - comunidad valenciana
DECRETO 39/2004. 05/03/2004. Generalitat Valenciana.
Desarrolla la Ley 1/1998, de 5 de mayo, en materia de accesibilidad en la edificación
de pública concurrencia y en el medio urbano.
*Deroga el Decreto 193/1988, salvo en lo referido a uso residencial. *Desarrollado por:
Orden 25-5-04 y Orden 9-6-04.
DOGV 10/03/2004
LEY 1/1998. 05/05/1998. Presidencia de la Generalidad Valenciana.
Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la
comunicación, en la Comunidad Valenciana.
*Modifica el Decreto 193/88 *Modificada por la Ley 9/2001 *Desarrollada por el
Decreto 39/2004
DOGV 07/05/1998
DECRETO 193/1988. 12/12/1988. Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte.
Normas para la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas.
*Derogado parcialmente por el Decreto 39/2004. *Ver también: Orden 25-5-04 y Orden
9-6-04
DOGV 02/02/1989
2. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
normas estatales
REAL DECRETO 1109/2007. 24/08/2007. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el
sector de la construcción.
*Modifica el R.D. 1627/1997 (Seguridad y salud en obras de construcción)
BOE 25/08/2007
55
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
LEY 32/2006. 18/10/2006. Jefatura del Estado.
Ley reguladora de la subcontratación en el Sector de la construcción.
*Desarrollada por R.D. 1109/2007.
BOE 19/10/2006
REAL DECRETO 604/2006. 19/05/2006. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Modifica el Real Decreto 39/1997, que aprueba el Reglamento de los Servicios de
Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, que establece las disposiciones mínimas de
seguridad y salud en las obras de construcción.
BOE 29/05/2006
REAL DECRETO 396/2006. 31/03/2006. Ministerio de la Presidencia.
Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con
riesgo de exposición al amianto.
BOE 11/04/2006
REAL DECRETO 286/2006. 10/03/2006. Ministerio de la Presidencia.
Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos
relacionados con la exposición al ruido.
BOE 11/03/2006
REAL DECRETO 1311/2005. 04/11/2005. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados
o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.
BOE 05/11/2005
REAL DECRETO 2177/2004. 12/11/2004. Ministerio de la Presidencia.
Modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de
los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.
*Modifica también: R.D. 486/1997 y R.D. 1627/1997
BOE 13/11/2004
REAL DECRETO 171/2004. 30/01/2004. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de
riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
BOE 31/01/2004
LEY 54/2003. 12/12/2003. Jefatura del Estado.
Reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
*Modifica la Ley 31/1995, de Prevención de riesgos laborales
BOE 13/12/2003
REAL DECRETO 783/2001. 06/07/2001. Ministerio de la Presidencia.
Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes.
*Normas básicas de protección radiológica, para trabajadores y público expuestos.
BOE 26/07/2001
REAL DECRETO 780/1998. 30/04/1998. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Modifica el R.D.39/97, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los Servicios de
Prevención de Riesgos Laborales.
*Modifica los plazos para el cumplimiento del R.D. 39/97
BOE 01/05/1998
REAL DECRETO 1627/1997. 24/10/1997. Ministerio de la Presidencia.
56
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
*Obliga al Estudio de Seguridad y Salud en determinados proyectos. *Deroga el R.D.
555/86. *Modificado por: R.D. 2177/2004 y R.D. 604/2006.
BOE 25/10/1997
REAL DECRETO 1215/1997. 18/07/1997. Ministerio de la Presidencia.
Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de
los equipos de trabajo.
*Modificado por Real Decreto 2177/2004.
BOE 07/08/1997
REAL DECRETO 773/1997. 30/05/1997. Ministerio de la Presidencia.
Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los
trabajadores de equipos de protección individual.
BOE 12/06/1997
REAL DECRETO 486/1997. 14/04/1997. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
*Modificado por Real Decreto 2177/04.
BOE 23/04/1997
REAL DECRETO 485/1997. 14/04/1997. Presidencia de Gobierno.
Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
*Deroga el R.D.1403/1986
BOE 23/04/1997
REAL DECRETO 487/1997. 14/04/1997. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a manipulación manual de
cargas que entrañe riesgos en particular dorsolumbares para los trabajadores.
BOE 23/04/1997
REAL DECRETO 413/1997. 21/03/1997. Ministerio de la Presidencia.
Protección operacional de los trabajadores externos con riesgo de exposición a
radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada.
BOE 16/04/1997
REAL DECRETO 39/1997. 17/01/1997. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.
*Modificado por: R.D. 780/1998 y R.D. 604/2006.
BOE 31/01/1997
LEY 31/1995. 08/11/1995. Jefatura del Estado.
Ley de Prevención de Riesgos Laborales
*Desarrollada por varios R.D. *Modificada por Ley 54/2003.
BOE 10/11/1995
3. CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
normas estatales
LEY 30/2007. 30/10/2007. Jefatura del Estado.
Ley de Contratos del Sector Público.
*Deroga, entre otras, el Real Decreto Legislativo 2/2000, Texto Refundido de la Ley de
57
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Contratos de las Administraciones Públicas, a excepción de los artículos 253 a 260,
ambos inclusive. Entrada en vigor: 30-4-08
BOE 31/10/2007
LEY 32/2006. 18/10/2006. Jefatura del Estado.
Ley reguladora de la subcontratación en el Sector de la construcción.
BOE 19/10/2006
LEY 13/2003. 23/05/2003. Jefatura del Estado.
Ley reguladora del contrato de concesión de obras públicas.
BOE 24/05/2003
REAL DECRETO 1098/2001. 12/10/2001. Ministerio de Economia y Hacienda.
Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones públicas.
*Regula la contratación pública de obras y servicios. * Deroga el Decreto 3410/1975
(RGCE), el R.D.390/1996, y otros
BOE 26/10/2001
REAL DECRETO LEY 2/2000. 16/06/2000. Ministerio de Economia y Hacienda.
Texto refundido de la Ley de Contratos con las Administraciones Públicas.
*Derogado por Ley 30/2007, que entrará en vigor el 30-4-08. *Modificada por: Ley
24/2001y Ley 53/2002, de medidas fiscales, etc.
BOE 21/06/2000
normas autonómicas - comunidad valenciana
ORDEN . 23/05/2001. Conselleria de Economia, Hacienda y Empleo.
Dicta normas para la clasificación de empresas por la Generalitat Valenciana y regula
el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas
Clasificadas de la C.V.
*Anexa modelos de solicitud de clasificacion y registro. *Desarrolla el Decreto 79/2000.
*Modificada por Orden 4-6-02.
DOGV 12/06/2001
DECRETO 79/2000. 30/05/2000. Presidencia de la Generalidad Valenciana.
Crea la Junta Superior de Contratación Administrativa de la G.V. y regula los registros
oficiales de contratos y contratistas y empresas clasificadas de la C.V.
*Desarrollada por la Orden de 23 de mayo de 2001.
BOE 08/06/2000
4. OTROS TEMAS
REAL DECRETO 833/1988. 20/07/1988. Ministerio de Obras Públicas.
Reglamento para la ejecución de la Ley 20/86, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
*Modificado por: Real Decreto 1771/1994, Real Decreto 1778/1994, Real Decreto
952/1997. *Derogados Arts. 50, 51, 56 por la Ley 10/1998.
BOE 30/07/1988
normas autonómicas - comunidad valenciana
58
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
5. PATRIMONIO
normas estatales
REAL DECRETO 64/1994. 21/01/1994. Presidencia de Gobierno.
Modificación del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo de la Ley
16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.
BOE 02/03/1994
REAL DECRETO 111/1986. 10/01/1986. Presidencia de Gobierno.
Desarrolla parcialmente la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.
*Modificado por R.D.64/1994 y R.D.162/2002.
BOE 28/01/1986
LEY 16/1985. 25/06/1985. Jefatura del Estado.
Ley reguladora del Patrimonio Histórico Español.
*Desarrollada por: R.D.111/86, R.D.1680/91, R.D.64/94, R.D.162/02. *Modificada por Ley
24/2001.
BOE 29/06/1985
normas autonómicas - comunidad valenciana
LEY 5/2007. 09/02/2007. Generalitat Valenciana.
Modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.
DOGV 13/02/2007
LEY 7/2004. 19/10/2004. Presidencia de la Generalidad Valenciana.
Modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.
DOGV 21/10/2004
LEY 4/1998. 11/06/1998. Presidencia de la Generalidad Valenciana.
Ley del Patrimonio Cultural Valenciano.
*Modificada por: Ley 7/2004; Ley 5/2007
DOGV 18/06/1998
Valencia, septiembre de 2010
El Arquitecto:
Fdo. Carlos Campos González
59
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 9: RESUMEN DE PRESUPUESTO
1 MEDIOS AUXILIARES .
122.848,29 €
2 DEMOLICIONES Y DESMONTAJES .
52.291,89 €
3 ESTRUCTURA .
77.595,67 €
4 CUBIERTAS .
85.655,56 €
5 LIMPIEZA, CONSOLIDACIÓN Y RESTAURACION .
40.887,62 €
6 ALBAÑILERIA.
16.069,43 €
7 REVESTIMIENTOS DE PAREDES, SUELOS Y TECHOS ..
8 CARPINTERIAS.
129.751,50 €
44.977,37 €
9 VARIOS.
6.870,51 €
10 SEGURIDAD Y SALUD .
13.090,30 €
11 GESTIÓN DE RESIDUOS
5.667,52 €
12 CONTROL DE CALIDAD
5.547,91 €
Presupuesto de Ejecución Material
601.253,57 €
13% de Gastos Generales
78.162,96 €
6% de Beneficio Industrial
36.075,21 €
Presupuesto de Licitación
715.491,74 €
I.V.A.: 18%
128.788,51 €
844.280,25 €
Asciende el Presupuesto de Licitación a la expresada cantidad de OCHOCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA CON VEINTICINCO CENTIMOS
Valencia, septiembre de 2010
El Arquitecto:
Fdo. Carlos Campos González
60
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEXO 10: ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y
DEMOLICIÓN
Indice.
1. Identificación de Agentes Intervinientes
2. Normativa y Legislación Aplicable.
3. Estimación de la cantidad de los residuos de construcción y demolición que se
4.
5.
6.
7.
8.
9.
generarán en la obra.
Medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del proyecto.
Operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los
residuos que se generarán en la obra.
Medidas para la separación de los residuos en obra.
Prescripciones en relación con el almacenamiento, manejo, separación y otras
operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición.
Valoración del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción y
demolición.
Planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo, separación
y otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición.
1.- Identificación de los agentes intervinientes
El presente estudio tiene por objeto establecer el protocolo de actuación en materia
de gestión de residuos, durante los trabajos de rehabilitación de la planta tercera del
Palau Ducal de Gandia para dar cumplimiento al RD 105/2008 de 1 de Febrero, por el
que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
Los Agentes Intervinientes en la Gestión de los Residuos de la rehabilitación del
presente edificio son:
A). EL PRODUCTOR DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.
PALAU DUCAL DELS BORJA FUNDACIO DE LA COMUNITAT VALENCIANA.
Con representante legal en calidad de presidente, D. José Manuel Orengo Pastor
El Promotor es el PRODUCTOR DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, por ser
la persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en la obra de construcción o
demolición; además de ser la persona física o jurídica titular del bien inmueble objeto
de la obra de construcción o demolición. También por ser la persona física o jurídica
que efectúe operaciones de tratamiento, de mezcla o de otro tipo, que ocasionen un
cambio de naturaleza o de composición de los residuos.
Está obligado a disponer de la documentación que acredite que los residuos de
construcción y demolición realmente producidos en sus obras han sido gestionados, en
su caso, en obra o entregados a una instalación de valorización o de eliminación para
su tratamiento por gestor de residuos autorizado, en los términos recogidos en este
Real Decreto y, en particular, en el estudio de gestión de residuos de la obra o en sus
modificaciones. La documentación correspondiente a cada año natural deberá
mantenerse durante los cinco años siguientes.
61
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
En aplicación del art. 46., de la Ley 10/2000, y sin perjuicio de los registros ya existentes
en materia de producción de residuos peligrosos, se crea el Registro de Productores de
Residuos de la Comunidad Valenciana. El registro se compone de dos secciones: la
sección primera, en la que se inscribirán todas aquellas personas físicas o jurídicas
autorizadas para la producción de los residuos peligrosos, y la sección segunda, en la
que se inscribirán todas aquellas personas o entidades autorizadas para la producción
de los residuos no peligrosos que planteen excepcionales dificultades para su gestión.
B). EL POSEEDOR DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN (CONSTRUCTOR):
En el momento de la redacción del presente estudio no hay designado contratista.
El contratista principal es el POSEEDOR DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y
DEMOLICIÓN, por ser la persona física o jurídica que tiene en su poder los residuos de
construcción y demolición y que no ostenta la condición de gestor de residuos. Tienen
la consideración de poseedor la persona física o jurídica que ejecuta la obra de
construcción o demolición, tales como el constructor, los subcontratistas o los
trabajadores autónomos. No tendrán la consideración de poseedor de residuos de
construcción y demolición los trabajadores por cuenta ajena.
Además de las obligaciones previstas en la normativa aplicable, la persona física o
jurídica que ejecute la obra estará obligada a presentar a la propiedad de la misma
un plan que refleje cómo llevará a cabo las obligaciones que le incumban en relación
con los residuos de construcción y demolición que se vayan a producir en la obra, en
particular las recogidas en el presente ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE LA
CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.
El plan, una vez aprobado por la Dirección Facultativa y aceptado por la propiedad,
pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra.
El poseedor de residuos de construcción y demolición, cuando no proceda a
gestionarlos por sí mismo, y sin perjuicio de los requerimientos del proyecto aprobado,
estará obligado a entregarlos a un GESTOR DE RESIDUOS o a participar en un acuerdo
voluntario o convenio de colaboración para su gestión. Los residuos de construcción y
demolición se destinarán preferentemente, y por este orden, a operaciones de
reutilización, reciclado o a otras formas de valorización.
La entrega de los residuos de construcción y demolición a un gestor por parte del
poseedor habrá de constar en documento fehaciente, en el que figure, al menos, la
identificación del poseedor y del productor, la obra de procedencia y, en su caso, el
número de licencia de la obra, la cantidad, expresada en toneladas o en metros
cúbicos, o en ambas unidades cuando sea posible, el tipo de residuos entregados,
codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden
MAM/304/2002, de 8 de febrero, o norma que la sustituya, y la identificación del gestor
de las operaciones de destino.
Cuando el gestor al que el poseedor entregue los residuos de construcción y
demolición efectúe únicamente operaciones de recogida, almacenamiento,
transferencia o transporte, en el documento de entrega deberá figurar también el
gestor de valorización o de eliminación ulterior al que se destinarán los residuos.
En todo caso, la responsabilidad administrativa en relación con la cesión de los
residuos de construcción y demolición por parte de los poseedores a los gestores se
regirá por lo establecido en el artículo 33 de la Ley 10/1998, de 21 de abril.
62
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
El poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a
mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la
mezcla de fracciones ya seleccionadas que impida o dificulte su posterior valorización
o eliminación.
Los residuos de construcción y demolición deberán separarse en las siguientes
fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la
cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes
cantidades:
Hormigón:
Ladrillos, tejas, cerámicos:
Metal:
Madera:
Vidrio:
Plástico:
Papel y cartón:
80’00 tn.
40’00 tn.
2’00 tn.
1’00 tn.
1’00 tn.
0’50 tn.
0’50 tn.
La separación en fracciones se llevará a cabo preferentemente por el poseedor de los
residuos de construcción y demolición dentro de la obra en que se produzcan.
Cuando por falta de espacio físico en la obra no resulte técnicamente viable efectuar
dicha separación en origen, el poseedor podrá encomendar la separación de
fracciones a un gestor de residuos en una instalación de tratamiento de residuos de
construcción y demolición externa a la obra. En este último caso, el poseedor deberá
obtener del gestor de la instalación documentación acreditativa de que éste ha
cumplido, en su nombre, la obligación recogida en el presente apartado.
El órgano competente en materia medioambiental de la comunidad autónoma, la
ENTIDAD DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, en que se ubique la obra, de
forma excepcional, y siempre que la separación de los residuos no haya sido
especificada y presupuestada en el proyecto de obra, podrá eximir al poseedor de los
residuos de construcción y demolición de la obligación de separación de alguna o de
todas las anteriores fracciones.
El poseedor de los residuos de construcción y demolición estará obligado a sufragar los
correspondientes costes de gestión y a entregar al productor los certificados y demás
documentación acreditativa de la gestión de los residuos a que se hace referencia en
el apartado 3, del R. D. 105/2008, la documentación correspondiente a cada año
natural durante los cinco años siguientes.
Los planes sobre residuos de construcción y demolición o las revisiones de los existentes
que, de acuerdo con los apartados 4 y 5 del artículo 5 de la Ley 10/1998, de 21 de
abril, aprueben las comunidades autónomas o las entidades locales, contendrán
como mínimo:
·
·
·
·
La previsión de la cantidad de residuos de construcción y demolición que se
producirán durante el período de vigencia del plan, desglosando las
cantidades de residuos peligrosos y de residuos no peligrosos, y codificados con
arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de
8 de febrero, o norma que la sustituya.
Los objetivos específicos de prevención, reutilización, reciclado, otras formas de
valorización y eliminación, así como los plazos para alcanzarlos.
Las medidas a adoptar para conseguir dichos objetivos, incluidas las medidas
de carácter económico.
Los lugares e instalaciones apropiados para la eliminación de los residuos.
63
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
·
·
·
La estimación de los costes de las operaciones de prevención, valorización y
eliminación.
Los medios de financiación.
El procedimiento de revisión.
Los productores y poseedores de residuos urbanos o municipales estarán obligados a
entregarlos a las entidades locales o, previa autorización de la entidad local, a un
gestor autorizado o registrado conforme a las condiciones y requisitos establecidos en
las normas reglamentarias de la Generalitat y en las correspondientes ordenanzas
municipales, y, en su caso, a proceder a su clasificación antes de la entrega para
cumplir las exigencias previstas por estas disposiciones.
Las entidades locales adquirirán la propiedad de los residuos urbanos desde su
entrega y los poseedores quedarán exentos de responsabilidad por los daños que
puedan causar tales residuos, siempre que en su entrega se hayan observado las
correspondientes ordenanzas y demás normativa aplicable.
Las entidades locales, en el ámbito de sus competencias, estarán obligadas a cumplir
los objetivos de valorización fijados en los correspondientes planes locales y
autonómicos de residuos, fomentando el reciclaje y la reutilización de los residuos
municipales originados en su ámbito territorial.
Las entidades locales competentes podrán obligar a los productores y poseedores de
residuos urbanos distintos a los generados en los domicilios particulares, y en especial a
los productores de residuos de origen industrial no peligroso, a gestionarlos por sí
mismos o a entregarlos a gestores autorizados.
C). GESTOR DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.
La empresa encargada del derribo (poseedor de residuos) contactará con los gestores
autorizados inscritos en el registro de la Comunidad Valenciana. Partirá de las
tipologías de gestores planteadas en este Estudio (apartado “Operaciones de
reutilización, valorización o eliminación a que se destinaran los residuos que se
generaran en la obra”), que a continuación se listan:
·
·
·
Gestor autorizado en reciclado y recuperación de sustancias orgánicas que no
se utilizan como disolventes (R3).
Gestor autorizado en reciclado y recuperación de metales y compuestos
metálicos (R4).
Gestor autorizado en reciclado y recuperación de otras materias orgánicas
(R5).
El GESTOR será la persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las
operaciones que componen la recogida, el almacenamiento, el transporte, la
valorización y la eliminación de los residuos, incluida la vigilancia de estas operaciones
y la de los vertederos, después de su cierre, así como su restauración ambiental
(GESTIÓN) de los residuos, sea o no el productor de los mismos.
Además de las recogidas en la legislación sobre residuos, el gestor de residuos de
construcción y demolición cumplirá con las siguientes obligaciones:
·
a) En el supuesto de actividades de gestión sometidas a autorización por la
legislación de residuos, llevar un registro en el que, como mínimo, figure la
cantidad de residuos gestionados, expresada en toneladas y en metros
cúbicos, el tipo de residuos, codificados con arreglo a la lista europea de
64
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
·
·
·
residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, o norma que la
sustituya, la identificación del productor, del poseedor y de la obra de donde
proceden, o del gestor, cuando procedan de otra operación anterior de
gestión, el método de gestión aplicado, así como las cantidades, en toneladas
y en metros cúbicos, y destinos de los productos y residuos resultantes de la
actividad.
b) Poner a disposición de las administraciones públicas competentes, a
petición de las mismas, la información contenida en el registro mencionado en
la letra a). La información referida a cada año natural deberá mantenerse
durante los cinco años siguientes.
c) Extender al poseedor o al gestor que le entregue residuos de construcción y
demolición, en los términos recogidos en este real decreto, los certificados
acreditativos de la gestión de los residuos recibidos, especificando el productor
y, en su caso, el número de licencia de la obra de procedencia. Cuando se
trate de un gestor que lleve a cabo una operación exclusivamente de
recogida, almacenamiento, transferencia o transporte, deberá además
transmitir al poseedor o al gestor que le entregó los residuos, los certificados de
la operación de valorización o de eliminación subsiguiente a que fueron
destinados los residuos.
d) En el supuesto de que carezca de autorización para gestionar residuos
peligrosos, deberá disponer de un procedimiento de admisión de residuos en la
instalación que asegure que, previamente al proceso de tratamiento, se
detectarán y se separarán, almacenarán adecuadamente y derivarán a
gestores autorizados de residuos peligrosos aquellos que tengan este carácter y
puedan llegar a la instalación mezclados con residuos no peligrosos de
construcción y demolición. Esta obligación se entenderá sin perjuicio de las
responsabilidades en que pueda incurrir el productor, el poseedor o, en su
caso, el gestor precedente que haya enviado dichos residuos a la instalación.
En aplicación del art. 52 de la Ley 10/2000, se crea el Registro General de Gestores
Autorizados de Residuos de la Comunidad Valenciana, adscrito a la Conselleria
competente en medio ambiente. En el registro constarán, como mínimo, los siguientes
datos: Datos acreditativos de la identidad del gestor y de su domicilio social. Actividad
de gestión y tipo de residuo gestionado. Fecha y plazo de duración de la autorización,
así como en su caso de las correspondientes prórrogas.
Las actividades de gestión de residuos peligrosos quedarán sujetas a la
correspondiente autorización de la Conselleria competente en Medio Ambiente y se
regirán por la normativa básica estatal y por lo establecido en esta ley y normas de
desarrollo.
Además de las actividades de valorización y eliminación de residuos sometidas al
régimen de autorización regulado en el artículo 50 de la Ley 10/2000, quedarán
sometidas al régimen de autorización de la Conselleria competente en Medio
Ambiente las actividades de gestión de residuos peligrosos consistentes en la recogida
y el almacenamiento de este tipo de residuos, así como su transporte cuando se
realice asumiendo el transportista la titularidad del residuo. En todo caso, estas
autorizaciones quedarán sujetas al régimen de garantías establecido en el artículo 49
de la citada Ley.
Cuando el transportista de residuos peligrosos sea un mero intermediario que realice
esta actividad por cuenta de terceros, deberá notificarlo a la Conselleria competente
en Medio Ambiente, quedando debidamente registrada en la forma que
reglamentariamente se determine.
65
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Los gestores que realicen actividades de recogida, almacenamiento y transporte
quedarán sujetos a las obligaciones que, para la valorización y eliminación, se
establecen en el artículo 50.4 de la Ley 10/2000, con las especificaciones que para
este tipo de residuos establezca la normativa estatal.
2.- Normativa y Legislación Aplicable.
Para la elaboración del presente estudio se han tenido presente las siguientes
normativas:
·
·
·
·
·
·
·
Artículo 45 de la Constitución Española.
La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
El Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición (PNRCD) 2001-2006,
aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros, de 1 de junio de 2001.
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la
atmósfera.
REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y
gestión de los residuos de construcción y demolición.
Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones
de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
LEY 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana de
PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT.
Al presente Proyecto le es de aplicación el Real Decreto 105/2008, según el art. 3.1.,
por producirse residuos de construcción y demolición como: cualquier sustancia u
objeto que, cumpliendo la definición de «Residuo» incluida en el artículo 3.a) de la Ley
10/1998, de 21 de abril, se genera en la obra de construcción o demolición, y que
generalmente, no es peligroso, no experimenta transformaciones físicas, químicas o
biológicas significativas, no es soluble ni combustible, ni reacciona física ni
químicamente ni de ninguna otra manera, no es biodegradable, no afecta
negativamente a otras materias con las cuales entra en contacto de forma que
pueda dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud
humana. La lixiviabilidad total, el contenido de contaminantes del residuo y la
ecotoxicidad del lixiviado deberán ser insignificantes, y en particular no deberán
suponer un riesgo para la calidad de las aguas superficiales o subterráneas.
En las mismas obras no se generan los siguientes residuos:
·
·
·
Las tierras y piedras no contaminadas por sustancias peligrosas reutilizadas en la
misma obra, en una obra distinta o en una actividad de restauración,
acondicionamiento o relleno, siempre y cuando pueda acreditarse de forma
fehaciente su destino a reutilización.
Los residuos de industrias extractivas regulados por la Directiva 2006/21/CE, de
15 de marzo.
Los lodos de dragado no peligrosos reubicados en el interior de las aguas
superficiales derivados de las actividades de gestión de las aguas y de las vías
navegables, de prevención de las inundaciones o de mitigación de los efectos
de las inundaciones o las sequías, reguladas por el Texto Refundido de la Ley
de Aguas, por la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y
de prestación de servicios de los puertos de interés general, y por los tratados
internacionales de los que España sea parte.
A los residuos que se generen en obras de construcción o demolición y estén
regulados por legislación específica sobre residuos, cuando estén mezclados con otros
66
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
residuos de construcción y demolición, les han sido de aplicación el R. D. 105/2008 en
aquellos aspectos no contemplados en aquella legislación.
También le es de aplicación en virtud del art. 3.1., de la Ley 10/2000, quien establece
que de conformidad con lo dispuesto con carácter básico por la Ley 10/1998, de 21
de abril, de Residuos, la citada ley será de aplicación a todo tipo de residuos que se
originen o gestionen en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
Es por ello que se generan según el art. 4.1., de la Ley 10/2000, cualquier sustancia u
objeto del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención o la obligación
de desprenderse, perteneciente a alguna de las categorías que se incluyen en el
anexo 1 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. En todo caso tendrán esta
consideración los que figuren en el Catálogo Europeo de Residuos (CER), así como en
el Catálogo Valenciano de Residuos.
En la Comunidad Valenciana se estará a lo dispuesto por la Entidad de Residuos de la
Comunidad Valenciana, adscrita a la Conselleria competente en Medio Ambiente.
Las funciones de la Entidad de Residuos regulada en el capítulo II del título I de la ley
10/2000, hasta el momento en que el Gobierno Valenciano apruebe su Estatuto, se
desarrollarán por la Dirección General de Educación y Calidad Ambiental, de la
Conselleria de Medio Ambiente.
Tal y como determina el art. 22., de la Ley 10/2000, en la Comunidad Valenciana las
actividades tanto públicas como privadas de gestión de residuos se ejecutarán
conforme a los planes de residuos aprobados por las administraciones públicas
competentes.
Los planes de residuos aplicables son:
· Plan Integral de Residuos
· Planes Zonales de Residuos
· Planes Locales de Residuos
En la localidad citada donde se ubica la obra no se han redactado ninguno de los
citados planes.
El presente ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN, se
redacta por la imposición dada en el art. 4.1. a)., del R. D. 105/2008, sobre las
“Obligaciones del productor de residuos de construcción y demolición”, que deberá
incluir en el proyecto de ejecución de la obra un estudio de gestión de residuos de
construcción y demolición.
67
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
3.- Estimación de la cantidad de los residuos de construcción y demolición que
se generarán en la obra.
A partir de las mediciones del proyecto de ejecución, se han calculado las
composiciones y cantidades de residuos generados, datos de cálculo en anejo 1.
Partiendo del procedimiento de derribo planteado en el Proyecto (elemento a
elemento), se plantea una gestión de residuos basada en una recogida selectiva en
obra, de los mismos. Ya que se superan los mínimos establecidos en la normativa para
alguno de los conceptos planteados.
Se adjunta el resumen de las composiciones y cantidades generadas como residuos
de construcción, datos de cálculo en anejo 1.
Código LER
S/Orden MAM/304/2002
17 02 01
17 04 07
20 01 01
17 02 03
17 02 02
17 08 02
Denominación Residuo
Toneladas
(Tn)
RCD: Naturaleza no pétrea
1. Asfalto
2. Madera
3. Metales
4. Papel
5. Plástico
6. Vidrio
7. Yeso
17 09 04
RCD: Naturaleza pétrea
1. Arena, grava y otros áridos
2. Hormigón
3. Ladrillos, azulejos y otros
cerámicos
4. Piedra
20 02 01
17 09 04
RCD: Potencialmente Peligrosos y otros
1.Basura
2. Pot. Peligrosos y otros
01 04 08
17 01 07
17 01 03/17 01 02
Metros Cúbicos
(m3)
5.96
3.73
0.45
2.24
0.75
0.30
8.95
5.60
0.34
1.68
0.75
0.30
5.96
17.90
8.95
26.85
80.51
100.65
7.46
11.20
10.44
5.96
8.35
4.80
4.- Medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del proyecto.
En el presente punto se justificarán las medidas tendentes a la prevención en la
generación de residuos de construcción.
Además, en la fase de proyecto de la obra se ha tenido en cuenta las alternativas de
diseño y constructivas que generen menos residuos en la fase de construcción y de
explotación, y aquellas que favorezcan el desmantelamiento ambientalmente
correcto de la obra al final de su vida útil.
Respecto de los RCD de “Naturaleza No Pétrea”, se atenderán a las características
cualitativas y cuantitativas, así como las funcionales de los mismos.
En referencia a las Mezclas Bituminosas, se pedirán para su suministro las piezas justa en
dimensión y extensión para evitar los sobrantes innecesarios. Antes de la Colocación se
68
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
planificará la forma de la ejecución para proceder a la apertura de las piezas mínimas
y que se queden dentro de los envases los sobrantes no ejecutados.
Respecto a los productos derivados de la Madera, ésta se replanteará junto con el
oficial de carpintería a fin de utilizar el menor número de piezas y se pueda
economizar en la medida de lo posible su consumo.
Los Elementos Metálicos, incluidas sus aleaciones, se pedirán los mínimos y necesarios a
fin de proceder a la ejecución de los trabajos donde deban utilizarse. El cobre, bronce
y latón se aportará a la obra en las condiciones prevista en su envasado, con el
número escueto según la dimensión determinada en Proyecto y siguiendo antes de su
colocación de la planificación correspondiente a fin de evitar el mínimo número de
recortes y elementos sobrantes.
Respecto al uso de aluminio, se exigirá por el carpintero metálica, que aporte todas las
secciones y dimensiones fijas del taller, no produciéndose trabajos dentro de la obra, a
excepción del montaje de los correspondientes kits prefabricados.
El plomo se aportará un estudio de planificación de los elementos a colocar con sus
dimensiones precisas, así como el suministro correspondiente siguiendo las pautas de
dichas cuantificaciones mensurables.
El zinc, estaño y metales mezclados se aportará, también a la obra en las condiciones
prevista en su envasado, con el número escueto según la dimensión determinada en
proyecto y siguiendo antes de su colocación de la planificación correspondiente a fin
de evitar el mínimo número de recortes y elementos sobrantes.
Respecto al hierro y acero, tanto el ferrallista tanto el cerrajero, como carpintero
metálico, deberá aportar todas las secciones y dimensiones fijas del taller, no
produciéndose trabajos dentro de la obra, a excepción del montaje de los
correspondientes kits prefabricados.
Los materiales derivados de los envasados como el papel o plástico, se solicitará de los
suministradores el aporte en obra con el menor número de embalaje, renunciando al
superfluo o decorativo.
En cuanto a los RCD de naturaleza pétrea, se evitará la generación de los mismos
como sobrantes de producción en el proceso de fabricación, devolviendo en lo
posible al suministrador las partes del material que no se fuesen a colocar. Los residuos
de grava, y rocas trituradas así como los residuos de arena y arcilla, se intenta en la
medida de lo posible reducirlos a fin de economizar la forma de su colocación y
ejecución. Si se puede, los sobrantes
inertes se utilizaran en otras partes de la
obra.
El aporte de hormigón, se intentará en la medida de lo posible utilizar la mayor
cantidad de fabricado en central. El fabricado “in situ”, deberá justificarse a la D. F.,
quien controlará las capacidades de fabricación. Los pedidos a la central se
adelantarán siempre como por “defecto” que con “exceso”. Si existiera en algún
momento sobrante deberá utilizarse en partes de la obra que se deje para estos
menesteres, por ejemplo soleras en planta baja o sótanos, acerados, etc.
Los restos de ladrillos, tejas y materiales cerámicos, deberán limpiarse de las partes de
aglomerantes y estos restos se reutilizarán para su reciclado, se aportará, también a la
obra en las condiciones prevista en su envasado, con el número escueto según la
dimensión determinada en proyecto y siguiendo antes de su colocación de la
planificación correspondiente a fin de evitar el mínimo número de recortes y
elementos sobrantes.
69
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
En el presente punto se justificarán las medidas tendentes a la prevención en la
generación de residuos de demolición.
Se decide actuar siguiendo un sistema de deconstrucción, que permita realizar una
separación y recogida selectiva desde el origen de la producción de los residuos.
A continuación se indican los tipos de residuos, que se generarán en la demolición,
aportando las medidas de prevención, que se pretenden adoptar.
Hormigón (17.01.01). Se engloban en esta tipología, todos los residuos generados por la
demolición de paramentos y forjados y losas de hormigón. El lugar previsto, en
principio, será el ocupado por los contenedores de los residuos de madera (17.02.01) y
tejas (17.01.03).
Ladrillos (17.01.02): Se engloban en esta tipología, todos los residuos generados de los
elementos de tabiquería interior de ladrillo macizo. Se prevé disponer de contenedor
cerrado específico, eliminando en obra los restos de material de agarre. Se puede
disponer en la misma ubicación que el del residuo mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y
materiales cerámicos (17.01.07), una vez éste sea retirado.
Tejas y materiales cerámicos (17.01.03): Se engloba en este tipo de residuo, la teja
cerámica tipo árabe (curva vieja) de cubierta. Se realizará un desmontaje manual,
retirando todo el material de agarre residual, acopiando las piezas en recinto cubierto
o contenedor cerrado (suministrado por empresa gestora). Dicho acopio ocupará un
espacio previsiblemente grande, pero como dicho residuo será el primero en
desmantelarse, será el primero en retirarse por el correspondiente gestor autorizado; de
esta forma se liberará el espacio en obra.
Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos (17.01.07): Se engloba en
esta tipología, los residuos generados en el derribo de los revoltones de forjado, a base
de piezas cerámicas y de lo tabiques de ladrillo hueco. Se dispondrá en obra una tolva
y contenedor específicos. Se tendrá en cuenta en el proceso previsto de derribo, el
momento del desmantelamiento de dicha tabiquería, para contactar con el gestor
autorizado que se haya previsto; de forma que dicho acopio de mezcla de residuos
permanezca el mínimo tiempo posible en obra, dejando dicho espacio para disponer
otro contenedor para otro tipo de residuo.
Madera (17.02.01): Se engloba en esta tipología los residuos que se generen al
desmontar: el tablero de madera de cubierta, vigas y pares de madera de forjado y
cubierta, y puertas, ventanas y portones de madera. Se apearán, desmontarán y
descargarán, mediante maquinaria auxiliar, hasta la ubicación fijada para su
recogida, por el gestor autorizado. Se puede utilizar la misma ubicación en la que se
haya dispuesto el contenedor de las tejas cerámicas, una vez este retirado.
Vidrio (17.02.02): Este tipo de residuos se genera, al romper los vidrios, previamente al
desmontaje de la carpintería de madera, interior y exterior. Se intentará minimizar la
cantidad, de forma que se puedan contenerse en un saco de residuos, proporcionado
por la empresa gestora de los residuos.
Hierro y acero (17.04.05): Este tipo de residuo se generará al desmontar las barandillas
y balcón de forja. Mediante corte mecánico, se intentarán conseguir piezas que
ocupen menos espacio, de forma que los residuos se puedan disponer en sacos,
proporcionados por la empresa gestora de los residuos.
70
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Tierra y piedras (17.05.04): Dicha tipología de residuo se generará en el desmontaje de
los muros de fábrica de mampostería. La empresa gestora de la piedra dispondrá en
obra un contenedor adecuado, que posteriormente retirará. Se aprovechará la
ubicación, en la cual se hayan dispuesto con anterioridad los contenedores de los
residuos de ladrillos (17.01.02) y mezclas de hormigón, ladrillos,… (17.01.07).
Materiales de construcción a partir del yeso (17.08.02): En esta tipología englobaremos
los residuos generados al retirar el falso techo de yeso tendido sobre cañizo. La
previsión apunta a utilizar sacos de recogida, que puede facilitar para recoger
posteriormente el gestor autorizado que sea asignado.
Residuos mezclados de construcción y demolición (17.09.04): Asignaremos a esta
tipología los residuos procedentes del desmontaje del mobiliario u otros enseres
acumulados en los locales donde se deba trabajar. La previsión será a priori la de
utilizar sacos de recogida proporcionados por el gestor autorizado que se asigne.
5.- Operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se
destinarán los residuos que se generarán en la obra.
El desarrollo de actividades de valorización de residuos de construcción y demolición
requerirá autorización previa de la ENTIDAD DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD
VALENCIANA, en los términos establecidos por la Ley 10/1998, de 21 de abril.
Se prohíbe el depósito en vertedero de residuos de construcción y demolición que no
hayan sido sometidos a alguna operación de tratamiento previo.
La eliminación de los residuos se realizará, en todo caso, mediante sistemas que
acrediten la máxima seguridad con la mejor tecnología disponible y se limitará a
aquellos residuos o fracciones residuales no susceptibles de valorización de acuerdo
con las mejores tecnologías disponibles.
Todo residuo potencialmente valorizable deberá ser destinado a este fin, evitando su
eliminación de acuerdo con el número 1 del artículo 18, de la Ley 10/2000.
Los residuos pueden ser gestionados por los productores o poseedores en los propios
centros que se generan o en plantas externas, quedando sometidos al régimen de
intervención administrativa establecido en la Ley 10/2000., en función de la categoría
del residuo de que se trate.
No se prevé la posibilidad de realizar en obra ninguna de las operaciones de
valorización ni eliminación.
Por lo tanto, se propone la contratación de Gestores de Residuos autorizados, para la
correspondiente retirada y posterior tratamiento.
El número de gestores específicos necesarios será al menos, los que corresponden a las
categorías de residuos estimadas en el apartado de prevención de residuos.
·
·
·
R3 Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como
disolventes.
R4 Reciclado o recuperación de metales y de compuestos metálicos.
R5 Reciclado o recuperación de otras materias inorgánicas.
71
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Residuo
Existente
Código
LER
Denominación Residuo
RCD: Naturaleza pétrea (inertes)
√
17.01.01
Hormigón
√
17.01.02
Ladrillos
Tejas y materiales
√
17.01.03
cerámicos
Mezclas de hormigón,
√
17.01.07
ladrillos, tejas
√
17.05.04
Tierra y piedras
RCD: Naturaleza no pétrea (no especiales)
√
17.02.01
Madera
√
17.02.02
Vidrio
√
17.04.05
Hierro y acero
Materiales de
√
17.08.02
construcción
√
17.09.04
Residuos mezclados
Tratamiento (*)
Destino
Valorización R5
Valorización R5
Gestor autorizado RCD
Gestor autorizado RCD
Valorización R5
Gestor autorizado RCD
Valorización R5
Gestor autorizado RCD
Valorización R5
Gestor autorizado RCD
Valorización R3
Valorización R5
Valorización R4
Gestor autorizado RCD
Gestor autorizado RCD
Gestor autorizado RCD
Valorización R5
Gestor autorizado RCD
Valorización R5
Gestor autorizado RCD
(*) Codificación según Anejo 1 de la Orden MAM/304/2002, de conformidad con la
Decisión 96/35/CE relativa a los residuos.
En cuanto a las Previsión de operaciones de Reutilización, se adopta el criterio de
establecerse “en la misma obra” o por el contrario “en emplazamientos externos”. En
este último caso se identifica el destino previsto.
Para ello se han marcado en las casillas, según lo que se prevea aplicar en la obra.
La columna de “destino previsto inicialmente” se opta por:
·
·
Propia obra
Externo. (Deposito municipal)
Operación prevista
√
√
√
√
Destino previsto inicialmente
No se prevé operación de reutilización alguna
Reutilización de tierras procedentes de la excavación
Reutilización de residuos minerales o pétreos en áridos
reciclados o en urbanización
Reutilización de materiales cerámicos
Reutilización de materiales no pétreos: madera, vidrio,...
Reutilización de materiales pétreos
Reutilización de materiales metálicos
Propia obra
Propia obra
Propia obra
Propia obra
Respecto a la Previsión de Operaciones de Valoración "in situ" de los residuos
generados, se aportan la previsión, de las que se prevean en la obras.
√
√
√
No se prevé operación alguna de valoración "in situ"
Utilización principal como combustible o como otro medio de generar energía
Recuperación o regeneración de disolventes
Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no utilizan disolventes
Reciclado y recuperación de metales o compuestos metálicos
Reciclado o recuperación de otras materias inorgánicas
72
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
√
Regeneración de ácidos y bases
Tratamiento de suelos, para una mejora ecológica de los mismos.
Acumulación de residuos para su tratamiento según el Anexo II.B de la Decisión Comisión
96/350/CE.
Por último, en cuanto al destino previsto para los residuos no reutilizables ni valorables
"in situ", se indica a continuación las características de cada tipo de residuos. La
columna de “destino” esta predefinida. En el caso de que sea distinta se ha
especificado.
Material según Art. 17 del Anexo III de la O. MAM/304/2002
Tratamiento
Destino
A.1.: RCDs Nivel I
1. Tierras y pétreos de la excavación
Tierra y piedras distintas
de las especificadas en el código 17 05 03
Lodos de drenaje distintos
de los especificados en el código 17 05 05
Restauración/
vertedero
Balasto de vías férreas distinto
del especificado en el código 17 05 07
Restauración/
vertedero
Restauración/
vertedero
A.2.: RCDs Nivel II
RCD: Naturaleza no pétrea
1. Asfalto
Mezclas Bituminosas distintas a las del código 17
03 01
2. Madera
reciclado
√ Madera
Gest.autorizado RNPs
3. Metales (incluidas sus aleaciones)
√ Cobre, bronce, latón
reciclado
Gest.autorizado RNPs
√ Aluminio
reciclado
Gest.autorizado RNPs
√ Plomo
reciclado
Gest.autorizado RNPs
√ Zinc
reciclado
Gest.autorizado RNPs
√ Hierro y Acero
reciclado
Gest.autorizado RNPs
√ Estaño
reciclado
Gest.autorizado RNPs
73
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
√ Metales Mezclados
reciclado
Gest.autorizado RNPs
Reciclado
Gest.autorizado RNPs
Reciclado
Gest.autorizado RNPs
Cables distintos de los especificados en el código
√ 17 04 10
4. Papel
√ Papel
5. Plástico
Plástico
6. Vidrio
√
Vidrio
Reciclado
Gest.autorizado RNPs
7. Yeso
√
Materiales de Construcción a partir de Yeso distintos de
los 17 08 01
Reciclado
Gest.autorizado RNPs
RCD: Naturaleza pétrea
1. Arena, grava y otros áridos
√
Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los
mencionados en el código 01 04 07
Planta de Reciclaje RCD
Reciclad
o
√ Residuos de arena y arcilla
Planta de Reciclaje RCD
2. Hormigón
Reciclado/
√ Hormigón
√
Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales
cerámicos distinta del código 17 01 06
Verteder
o
reciclad
o
Planta de Reciclaje RCD
Planta de Reciclaje RCD
3. Ladrillos, azulejos y otros cerámicos
Reciclad
o
Reciclad
o
√ Ladrillos
√ Tejas y Materiales Cerámicos
Planta de Reciclaje RCD
Planta de Reciclaje RCD
4. Piedra
RCDs mezclados distintos de los códigos 17 09 01,
Reciclad
o
√ 02 y 03
RCD: Potencialmente peligrosos y otros
1.Basuras
74
Planta de Reciclaje RCD
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Reciclado/
√ Residuos biodegradables
Vertedero
Planta RSU
Reciclado/
√ Mezclas de residuos municipales
Vertedero
Planta RSU
2. Potencialmente peligrosos y otros
√
Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales
cerámicos con sustancias peligrosas (SP’s)
Madera, vidrio o plástico con sustancias peligrosas o
contaminadas por ellas
Mezclas Bituminosas que contienen alquitrán de hulla
Deposito
segurida
d
Tratamie
nto
FcoQco
Tratamie
nto/
Deposito
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Alquitrán de hulla y productos alquitranados
Residuos Metálicos contaminados con sustancias
peligrosas
Cables que contienen Hidrocarburos, alquitrán de hulla
y otras SP’s
Materiales de Aislamiento que contienen Amianto
Otros materiales de aislamiento que contienen
sustancias peligrosas
Deposito
seguridad
Deposito
seguridad
Materiales de construcción que contienen Amianto
Materiales de Construcción a partir de Yeso
contaminados con SP’s
Residuos de construcción y demolición que contienen
Mercurio
Residuos de construcción y demolición que contienen
PCB’s
Otros residuos de construcción y demolición que
contienen SP’s
Materiales de aislamiento distintos de los 17 06 01 y 17 06
03
Reciclado
Gest.autorizado RNPs
Tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas
Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas
Balasto de vías férreas que contienen sustancias
peligrosas
Absorbentes contaminados (trapos…)
Aceites usados (minerales no clorados de motor..)
Filtros de aceite
Tubos fluorescentes
Pilas alcalinas y salinas
Pilas botón
75
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Tratamie
nto/
Deposito
Envases vacíos de metal contaminados
Envases vacíos de plástico contaminados
Sobrantes de pintura
Sobrantes de disolventes no halogenados
Sobrantes de barnices
Sobrantes de desencofrantes
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Gestor autorizado (RPs)
Aerosoles vacíos
Tratamie
nto/
Deposito
Gestor autorizado (RPs)
Baterías de plomo
Tratamie
nto/
Deposito
Gestor autorizado (RPs)
Hidrocarburos con agua
Tratamie
nto/
Deposito
Gestor autorizado (RPs)
Tratamie
nto/
Deposito
Gestor autorizado (RPs)
RCDs mezclados distintos de los códigos 17 09 01,
02 y 03
El municipio donde se encuentra el edificio corresponde a la ZONA XII, “LA SAFOR”.
6.- Medidas para la separación de los residuos en obra.
Los residuos de construcción y demolición deberán separarse en las siguientes
fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la
cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes
cantidades:
Cantidades previstas en el art. 5.5 del RD 105/2008.
Hormigón:
Ladrillos, tejas, cerámicos:
Metal:
Madera:
Vidrio:
Plástico:
Papel y cartón:
80’00 tn.
40’00 tn.
2’00 tn.
1’00 tn.
1’00 tn.
0’50 tn.
0’50 tn.
La separación en fracciones se llevará a cabo preferentemente por el poseedor de los
residuos de construcción y demolición dentro de la obra en que se produzcan.
76
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Cuando por falta de espacio físico en la obra no resulte técnicamente viable efectuar
dicha separación en origen, el poseedor podrá encomendar la separación de
fracciones a un gestor de residuos en una instalación de tratamiento de residuos de
construcción y demolición externa a la obra. En este último caso, el poseedor deberá
obtener del gestor de la instalación documentación acreditativa de que éste ha
cumplido, en su nombre, la obligación recogida en el presente apartado.
Respecto a las medidas de separación o segregación “in situ” previstas dentro de los
conceptos de la clasificación propia de los RCDs de la obra, se adjuntan las
operaciones que se tendrán que llevar a acabo en la obra. Al superarse las
cantidades previstas en el art. 5.5 del RD 105/2008.
Se decide organizar las obras de rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal
de Gandia, como separativo en origen, desmontando previamente, en su caso los
elementos que pudieran ser susceptibles de peligrosidad (opciones indicadas en el
cuadro).
√ Eliminación previa de elementos desmontables y/o peligrosos.
Derribo separativo/ Segregación en obra (ej: pétreos, madera, metales,
√ plásticos+cartón+envases, orgánicos, peligrosos).
Derribo integral o recogida de escombros en obra nueva “todo mezclado”, y
posterior tratamiento en planta
7.- Prescripciones en relación con el almacenamiento, manejo, separación y
otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición.
Para el Productor de Residuos (Articulo 4 RD 105/2008)
Además de los requisitos exigidos en la legislación vigente sobre residuos, deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
·
·
·
Las operaciones encaminadas a la posible reutilización, valorización o
eliminación de los residuos que se generen, así como las medidas para la
separación de los residuos en obra, en particular, para el cumplimiento por
parte del poseedor de los residuos, de la obligación establecida en el
apartado 5 del articulo 5.
Descripción de las instalaciones previstas para el almacenaje, manejo,
separación, y en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de
demolición dentro de la obra.
Pliego de prescripciones técnicas particulares en relación con el almacenaje,
manejo, separación, y en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos
de demolición dentro de la obra.
1. En obras de demolición, realizar un inventario de los residuos peligrosos que se
generarán, que deberá incluirse en el estudio de gestión y asegurar su envío a
gestores autorizados de residuos peligrosos.
77
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
2. Disponer de la documentación, que acredite que los residuos realmente
generados en la demolición han sido gestionados, en obra o entregados a una
instalación de valorización o eliminación para su tratamiento por gestor de
residuos autorizado. La documentación correspondiente a cada año natural
deberá mantenerse durante los cinco años siguientes.
3. Constituir, cuando proceda o sea exigido por la entidad local o autonómica y en
los términos que ésta establezca, la fianza o garantía financiera que asegure el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la licencia, en relación con los
residuos generados en la demolición.
Para el Poseedor de los Residuos (Articulo 5 RD 105/2008)
La figura del poseedor de los residuos en la obra es fundamental para una correcta
gestión de los residuos.
Además de los requisitos exigidos en la legislación vigente sobre residuos, deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
1.
Presentar al Promotor un Plan que refleje como llevará a cabo, durante el
proceso de la demolición, todas las operaciones en relación a la gestión de los
residuos que se generarán. El Plan, una vez aprobado por la Dirección Facultativa
y aceptado por la propiedad, pasará a formar parte de los documentos
contractuales de la obra.
2.
Entregar los residuos a un gestor autorizado, en el caso de que el mismo no los
gestione en obra, destinándose preferentemente, a operaciones de reutilización,
reciclado o a otras formas de valorización.
3.
Acreditar mediante documento fehaciente, la entrega de los residuos
generados en el derribo, en el que figuren al menos: la identificación del
poseedor y del productor, la obra de procedencia, el número de licencia, la
cantidad de los residuos (expresada en Tn y en m3), el tipo de residuos
entregados codificados con arreglo a la lista MAM/304/2002 y la identificación
del gestor de las operaciones de destino. Cuando dicho gestor, solamente
realice operaciones de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte,
en el documento anteriormente citado, deberá constar también la identificación
del gestor de valorización o eliminación posterior al que se destinarán los residuos.
4.
En cualquier caso, la responsabilidad administrativa en relación a la cesión de los
residuos del poseedor al gestor, se regirá por lo establecido en el articulo 33 de la
Ley 10/1998, de 21 de Abril.
5.
Estará obligado, mientras los residuos se encuentren en su poder, a mantenerlos
en condiciones adecuadas de higiene y seguridad, así como a evitar la mezcla
entre fracciones ya seleccionadas, que impida la posterior valorización o
eliminación.
6.
Deberá separar, en obra, los residuos en fracciones, cuando, de forma
individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista supere
las indicadas en el apartado 5 del artículo 5 del RD 105/2008.
7.
Las obligaciones de separación previstas en el artículo 5.5 serán exigibles en los
términos indicados en la disposición final cuarta del Real Decreto.
78
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
8.
Cuando por falta de espacio físico, en la obra, no resulte técnicamente viable
efectuar dicha operación en origen, el poseedor podrá encomendar la
separación de residuos a un gestor, en una instalación de tratamiento externa a
la obra, obteniendo del mismo la documentación acreditativa de dicha
operación.
9.
Sufragar los correspondientes costes de la gestión de los residuos (referenciados
en el párrafo 3 de las obligaciones del poseedor), entregando al productor los
certificados y demás documentación acreditativa de la gestión. Deberá
mantener la documentación correspondiente a cada año natural durante los
cinco años siguientes.
Para la Dirección Facultativa
Además de los requisitos exigidos en la legislación vigente sobre residuos, deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
1.
Aprobar el Plan de residuos, que presente el poseedor de los residuos.
2.
Aprobar los medios previstos en obra para la valorización de los residuos, en el
caso de que ésta se decida realizar in situ.
Para el Personal de obra
Toda persona considerada como personal de obra se encuentra bajo la
responsabilidad del contratista o poseedor de residuos.
A continuación se indican las obligaciones, que entendemos deben ponerse en
conocimiento del personal de la obra en el momento en el cual se incorpore a la
misma.
1.
Cumplimiento correcto de todas aquellas órdenes y normas que el responsable
de la gestión de los residuos disponga. (Así mismo puede servirse de su
experiencia práctica en la aplicación de dichas prescripciones para mejorarlas o
proponer unas nuevas).
2.
Señalizar correctamente la ubicación de la zona de contenedores de residuos
así como su recorrido hasta el mismo.
3.
Estará obligado, a separar los residuos a medida que son generados, evitando
que se mezclen con otros y resulten contaminados.
4.
Etiquetar de forma conveniente cada uno de los contenedores o recipientes,
que se utilizarán, en función de las características de los residuos que se
depositarán, cumpliendo unas mínimas pautas necesarias, para que el proceso
sea lo más sencillo posible:
·
·
Las etiquetas deben informar de que materiales se pueden, o no, depositar en
un determinado contenedor o recipiente. La información debe ser clara y
concisa.
Las etiquetas es conveniente que tengan gran formato y que sean de un
material resistente a las inclemencias del tiempo, de forma que quede
garantizada una razonable durabilidad.
79
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
5.
No sobrecargar excesivamente los contenedores, que posteriormente, serán
transportados, dado que son más difíciles de maniobrar y transportar, y pueden
provocar caídas de residuos.
6.
Normalizar la cubrición de los contenedores previamente a su salida de la obra,
de forma que quede prohibida la salida de contenedores sin cubrir.
7.
Control administrativo y seguimiento de toda la información sobre el tratamiento
de los residuos, tanto dentro como fuera la obra, conservando para ello los
registros o albaranes, de todos los movimiento que se realicen de cada tipo de
residuos.
8.
No disponer residuos apilados o amontonados fuera de las zonas indicadas,
dado que dicha acción puede provocar un accidente.
Para el Gestor de Residuos en general
Además de los requisitos exigidos en la legislación vigente sobre residuos, deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
1.
Recibir los residuos generados en el derribo y tramitar el proceso necesario de
tratamiento de los mismos. En el supuesto de actividades sometidas a la
autorización por la legislación de residuos, llevar un registro en el que, como
mínimo, figure: la cantidad de residuos gestionados, expresada en Toneladas y
metro cúbicos, el tipo de residuos, codificados con arreglo a la lista
MAM/304/2002, de 8 de febrero, la identificación del productor, del poseedor y
de la obra de donde proceden, o del gestor, cuando procedan de otra
operación anterior de gestión, el método de gestión aplicado, así como la
cantidades , en toneladas y metros cúbicos, y destinos de los productos y residuos
resultantes de la actividad.
2.
En el supuesto de actividades de gestión sometidas a autorización, el gestor
deberá llevar un registro, en el que como mínimo figure: la cantidad de residuos
gestionados (expresada en m3 y Tn), el tipo de residuos codificados con arreglo a
la lista europea
de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, la
identificación del productor, del poseedor y de la obra de donde proceden, o
del gestor, cuando procedan de una operación de gestión anterior, el método
de gestión aplicado, así como las cantidades (expresadas en m3 y Tn), y destinos
de los productos y residuos resultantes de la actividad.
3.
Poner a disposición de las administraciones publicas competentes, a petición de
las mismas, la información contenida en el registro indicado en el apartado
anterior. La información referida a cada año natural deberá mantenerse durante
los cinco años siguientes.
4.
Entregar, al poseedor o gestor anterior que le entregue los residuos de derribo, los
certificados acreditativos de la gestión de los residuos recibidos, especificando el
productor de los mismos y el número de licencia de la obra de procedencia.
Cuando se trate de un gestor que solamente lleve a cabo una operación
exclusivamente de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte,
deberá además entregarle (al poseedor o al gestor que le entregue los residuos)
los certificados de la operación de valorización o de la eliminación subsiguiente
a la que fueron destinados.
80
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Para el Gestor de Residuos en actividades de valorización
Además de los requisitos exigidos en la legislación vigente sobre residuos, deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
1.
El desarrollo de las actividades de valorización requiere de autorización previa
del órgano competente en materia medioambiental de la Comunidad
Autónoma, en los términos establecidos por la Ley 10/1998, de 21 de Abril.
2.
La autorización se otorgará para una o varias de las operaciones que se vayan a
realizar. Se otorgará por un plazo determinado de tiempo, renovándose por
periodos sucesivos.
3.
Extender, al poseedor o anterior gestor que le entregue los residuos, los
certificados acreditativos de la gestión de los residuos recibidos, especificando el
productor de los mismos y nº de licencia de la obra de procedencia. Cuando
solamente se trate de un gestor que lleve a cabo una operación exclusivamente
de recogida, almacenamiento, transferencia o transporte, deberá además
entregar al poseedor o al gestor que le entregó los residuos, los certificados de la
operación de valorización o eliminación subsiguiente a que fueron destinados los
residuos.
Para el Gestor de Residuos en actividades de valorización “in situ”
Además de los requisitos exigidos en la legislación vigente sobre residuos, deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
1.
Las actividades de valorización de residuos “in situ” se ajustarán a lo establecido
en el proyecto de obra. En particular, la dirección facultativa de la obra deberá
aprobar los medios previstos para dicha valorización in situ.
2.
Dichas actividades de llevarán a cabo sin poner en peligro la salud humana y sin
utilizar procedimientos ni métodos que perjudiquen al medio ambiente, sin
provocar molestias por ruido ni olores y sin dañar el paisaje ni los espacios
naturales que gocen de algún tipo de protección de acuerdo con la legislación
vigente.
Para el Tratamiento de residuos mediante plantas móviles en centros fijos de
valorización o eliminación de residuos.
Además de los requisitos exigidos en la legislación vigente sobre residuos, deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
1.
Para dicha actividad deberá preverse en la autorización otorgada a dicho
centro fijo, y cumplir con los requisitos establecidos en la misma.
Para las Actividades de eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
Además de los requisitos exigidos en la legislación vigente sobre residuos, deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
81
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
1.
Se prohíbe el depósito en vertedero de residuos que no hayan sido sometidos a
alguna operación de tratamiento previo.
2.
La legislación de la Comunidad Autónoma podrá eximir de la aplicación del
apartado anterior a los vertederos de residuos (no peligrosos o inertes de
construcción y demolición) en poblaciones aisladas que cumplan con lo
contenido en el art. 2 del RD 1481/2001, por la que se regula la eliminación de
residuos mediante depósito en vertedero, siempre que el vertedero se destine a
la eliminación de los residuos generados únicamente en esa población aislada.
8.- Valoración del coste previsto de la gestión de los residuos de construcción
y demolición.
La valoración del coste previsto de la gestión correcta de los residuos de construcción
y demolición, coste que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo
aparte, se atendrá a la distinta tipología de los RCDs, definidos anteriormente.
El Presupuesto de Ejecución Material del Proyecto es de 576.947,83€ (sin contar con
ESSL y Gestión de residuos y Control de calidad), es importante considerar que los
Residuos de Construcción y Demolición, no se valoren por debajo del 0’20% del
Presupuesto de la Obra. Con lo que la valoración para este porcentaje asciende a la
cantidad de [0’20% s/PEM = 0’20% s/ 576.947,83€ = 1.153,89 €]
A: ESTIMACIÓN DEL COSTE DE TRATAMIENTO DE LOS RCDs (cálculo fianza)
Tipología RCDs
Estimación
(m3)*
Precio gestión en Planta/
Vertedero/Cantera/Gestor
(€/m3)**
-
4
-
-
490.37 m3
10
3.634,77 €
0.63 %
89.75 m3
10
692,33 €
0’12%
33.59 m3
10
259,62 €
0’045 %
A.1.: RCDs Nivel I
Tierras y pétreos de la
excavación
Importe
(€)
% del
Presupuesto
de la Obra
(A.1. RCDs Nivel I).
A.2.: RCDs Nivel II
Rcd Naturaleza Pétrea
Rcd Naturaleza no
Pétrea
RCD:Potencialmente
peligrosos
(A.2. RCDs Nivel II). (mín: 0,2 % del Presupuesto de la obra)
B: RESTO DE COSTES DE GESTIÓN***
B.1. Porcentaje del Presupuesto de obra hasta cubrir RCDs Nivel I ( > límite
60.000’00 €)
B.2. % Presupuesto de Obra (otros costes) [0’10 % - 0’20 %]
(B. Total:)
% total del Presupuesto de obra (A.1.+A.2.+B total)
0.795%
0’00 %
0,20 %
0’20 %
0.995 %
El Presupuesto de Ejecución Material del Proyecto es de 601.253,57 €; Con lo que la
valoración total del presupuesto de obra asciende a la cantidad de [0’995% s/PEM =
0’995% s/ 576.947,83€ = 5.740,63 €].
Para los RCDs de Nivel II, se utilizarán los datos obtenidos en el Punto Nº. 3., ESTIMACIÓN
DE LA CANTIDAD DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN QUE SE GENERA
EN LA OBRA. Anejo 1
82
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
En ausencia de Datos se establecen los precios de gestión acorde a lo establecido a
la Orden 2690/2006 de la Comunidad de Madrid. El Contratista, posteriormente, se
podrá ajustar a la realidad de los precios finales de contratación, y especificar los
costes de gestión de RCDs del nivel II por las categorías LER si así lo considerase
necesario
El factor “B1”, se adopta si el coste de movimiento de tierras y pétreos del proyecto
supera al límite superior de fianza, se asigna un % del Presupuesto de la obra, hasta
cubrir dicha partida. No procediendo en este caso.
Respecto a el cálculo del factor “B2”, se valora estimativamente que dichos costes
dependen en gran medida del modo de contratación y los precios finales
conseguidos, con lo cual la mejor opción es la ESTIMACIÓN de un % para el resto de
costes de gestión, de carácter totalmente ORIENTATIVO (que a su vez dependen de
cada caso en particular, y del tipo de proyecto: obra civil, obra nueva, rehabilitación,
derribo…). Se incluyen aquí partidas tales como: alquileres y portes (de contenedores
ó recipientes); maquinaria y mano de obra (para separación selectiva de residuos,
demolición selectiva, realización de zonas de lavado de canaletas….); medios
auxiliares (sacas, bidones, estructura de residuos peligrosos….).
9.- Planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento, manejo,
separación y otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y
demolición.
Estas instalaciones podrán ser objeto de adaptación a las características particulares
de la obra y sus sistemas de ejecución, previo acuerdo con la dirección facultativa de
la obra.
√
Plano o planos donde se especifique la situación de:
Bajantes de escombros.
Acopios y/o contenedores de los distintos tipos de RCDs (tierras, pétreos, maderas, plásticos,
metales, vidrios, cartones…..).
Zonas o contenedor para lavado de canaletas/cubetos de hormigón.
Almacenamiento de residuos y productos tóxicos potencialmente peligrosos.
Contenedores para residuos urbanos.
Ubicación de materiales reciclados como áridos, materiales cerámicos o tierras a reutilizar
Este Estudio ha sido aportado por Palau Ducal dels Borja Fundació de la Comunitat
Valenciana, el promotor, a todos los efectos el Productor de Residuos de Construcción
y Demolición. Se adjunta a este proyecto por requerimiento legal (R. D. 105/2008, de 1
de febrero del Ministerio de la Presidencia), para que quede constancia documental
previa del mismo.
Valencia septiembre de 2010
El Arquitecto
Carlos Campos González
83
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
ANEJO 1.
Estimación de la cantidad de los residuos de construcción y demolición que se
generarán en la obra.
Se va a proceder a practicar una estimación de la cantidad, expresada en toneladas
y en metros cúbicos, de los residuos de construcción y demolición que se generarán en
la obra, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden
MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de
valorización y eliminación de residuos.
A continuación se describe con un marcado en cada casilla cada tipo de residuos de
construcción y demolición (RCD) que se identifique en la obra de los residuos a
generar, codificados con arreglo a la Lista Europea de Residuos, publicada por Orden
MAM/304/ 2002 del Ministerio de Medio Ambiente, de 8 de febrero, o sus
modificaciones posteriores, en función de las Categorías de Niveles I, II.
Descripción según Art. 17 del Anexo III de la ORDEN MAM/304/2002
Cód. LER.
A.1.: RCDs Nivel I
1. Tierras y pétreos de la excavación
Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03
Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 05
Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07
17 05 04
17 05 06
17 05 08
A.2.: RCDs Nivel II
RCD: Naturaleza no pétrea
1. Asfalto
Mezclas Bituminosas distintas a las del código 17 03 01
2. Madera
Madera
3. Metales (incluidas sus aleaciones)
Cobre, bronce, latón
Aluminio
Plomo
Zinc
Hierro y Acero
Estaño
Metales Mezclados
Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10
4. Papel
Papel
5. Plástico
Plástico
6. Vidrio
Vidrio
7. Yeso
Materiales de Construcción a partir de Yeso distintos de los 17 08 01
RCD: Naturaleza pétrea
84
17 03 02
17 02 01
√
17 04 01
17 04 02
17 04 03
17 04 04
17 04 05
17 04 06
17 04 07
17 04 11
√
√
√
20 01 01
√
17 02 03
√
17 02 02
√
17 08 02
√
√
√
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
1. Arena, grava y otros áridos
Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los mencionados en el
código 01 04 07
Residuos de arena y arcilla
2. Hormigón
Hormigón
Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distinta del
3. Ladrillos, azulejos y otros cerámicos
Ladrillos
Tejas y Materiales Cerámicos
4. Piedra
RCDs mezclados distintos de los códigos 17 09 01, 02 y 03
01 04 08
01 04 09
√
17 01 01
17 01 07
√
√
17 01 02
17 01 03
√
√
17 09 04
√
20 02 01
20 03 01
√
17 01 06
√
RCD: Potencialmente peligrosos y otros
1.Basuras
Residuos biodegradables
Mezclas de residuos municipales
2. Potencialmente peligrosos y otros
Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos con sustancias
peligrosas (SP’s)
Madera, vidrio o plástico con sustancias peligrosas o contaminadas por ellas
17 02 04
Mezclas Bituminosas que contienen alquitrán de hulla
17 03 01
Alquitrán de hulla y productos alquitranados
17 03 03
Residuos Metálicos contaminados con sustancias peligrosas
17 04 09
Cables que contienen Hidrocarburos, alquitrán de hulla y otras SP’s
17 04 10
Materiales de Aislamiento que contienen Amianto
Otros materiales de aislamiento que contienen sustancias peligrosas
Materiales de construcción que contienen Amianto
17 06 01
17 06 03
17 06 05
Materiales de Construcción a partir de Yeso contaminados con SP’s
17 08 01
Residuos de construcción y demolición que contienen Mercurio
Residuos de construcción y demolición que contienen PCB’s
Otros residuos de construcción y demolición que contienen SP’s
Materiales de aislamiento distintos de los 17 06 01 y 17 06 03
Tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas
Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas
Balasto de vías férreas que contienen sustancias peligrosas
Absorbentes contaminados (trapos…)
Aceites usados (minerales no clorados de motor..)
Filtros de aceite
Tubos fluorescentes
Pilas alcalinas y salinas
Pilas botón
Envases vacíos de metal contaminados
Envases vacíos de plástico contaminados
Sobrantes de pintura
Sobrantes de disolventes no halogenados
Sobrantes de barnices
Sobrantes de desencofrantes
Aerosoles vacíos
Baterías de plomo
Hidrocarburos con agua
17 09 01
17 09 02
17 09 03
17 06 04
17 05 03
17 05 05
17 05 07
15 02 02
13 02 05
16 01 07
20 01 21
16 06 04
16 06 03
15 01 10
15 01 10
08 01 11
14 06 03
08 01 11
07 07 01
15 01 11
16 06 01
13 07 03
85
√
√
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
RCDs mezclados distintos de los códigos 17 09 01, 02 y 03
17 09 04
Para la Estimación de la cantidad de cada tipo de residuo que se generará en la obra,
en toneladas y metros cúbicos, en función de las categorías determinadas en las
tablas anteriores, para la Obra Nueva y en ausencia de datos más contrastados, se
adopta el criterio de manejarse con parámetros estimativos con fines estadísticos de
20’00 ctmrs de altura de mezcla de residuos por m2 construidos según usos con una
densidad tipo del orden de 1’50 tn/m3 a 0’50 tn/m3.
USOS PRINCIPALES DEL EDIFICIO
Espacios comunes
Espacios comunes
Almacenes
TOTAL (Tn):
s
V
d
Tn tot
m2 superficie
construida
m3 volumen
residuos (S x
0’20)
densidad tipo
entre 1’50 y
0’50 tn/m3
toneladas de
residuo
(v x d)
298.58
113.80
149.29
59.72
22.76
29.85
1.50
1.50
0.85
89.58
34.14
25.37
149.10
Una vez se obtiene el dato global de Tn de RCDs por m2 construido, se procede a
continuación a estimar el peso por tipología de residuos utilizando en ausencia de
datos en la Comunidad Valenciana, los estudios realizados por la Comunidad de
Madrid de la composición en peso de los RCDs que van a sus vertederos (Plan
Nacional de RCDs 2001-2006).
EVALUACIÓN TEÓRICA DEL PESO POR TIPOLOGÍA DE RCD
% en peso
Tn
Toneladas de cada tipo de RCD (Tn tot x %)
RCD: Naturaleza no pétrea
1. Asfalto
2. Madera
3. Metales
4. Papel
5. Plástico
6. Vidrio
7. Yeso
Total estimación (tn)
0,05
0,04
0,025
0,003
0,015
0,005
0,002
0,14
5.96
3.73
0.45
2.24
0.75
0.30
RCD: Naturaleza pétrea
1. Arena, grava y otros áridos
2. Hormigón
3. Ladrillos, azulejos y otros cerámicos
4. Piedra
Total estimación (tn)
0,04
0,12
0,54
0,05
0,75
5.96
17.90
80.51
7.46
0,07
10.44
RCD: Potencialmente Peligrosos y otros
1.Basura
86
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
2. Pot. Peligrosos y otros
Total estimación (tn)
0,04
0,11
5.96
Para la estimación del volumen de los RCD según el peso evaluado, se realiza para
cada tipo de RCD identificado.
toneladas
de residuo
Tn
densidad
tipo entre
1'50 y 0'50
tn/m3
d
m3 volumen
residuos
(Tn / d)
V
A.1.: RCDs Nivel I
1. Tierras y pétreos de la excavación
Tierra y piedras distintas
de las especificadas en el código 17 05 03
Lodos de drenaje distintos
de los especificados en el código 17 05 05
Balasto de vías férreas distinto
del especificado en el código 17 05 07
17 05 04
1.50
17 05 06
1
17 05 08
0.50
17 03 02
1
A.2.: RCDs Nivel II
RCD: Naturaleza no pétrea
1. Asfalto
Mezclas Bituminosas distintas a las del
código 17 03 01
2. Madera
Madera
3. Metales (incluidas sus aleaciones)
Cobre, bronce, latón
Aluminio
Plomo
Zinc
Hierro y Acero
Estaño
Metales Mezclados
Cables distintos de los especificados en el
código 17 04 10
4. Papel
Papel
5. Plástico
Plástico
6. Vidrio
Vidrio
7. Yeso
Materiales de Construcción a partir de
17 02 01
17 04 01
17 04 02
17 04 03
17 04 04
17 04 05
17 04 06
17 04 07
5.96
1.50
8.95
3.73
1.50
1.50
1.50
1.50
1.50
1.50
1.50
5.60
17 04 11
1.50
20 01 01
0.45
0.75
0.34
17 02 03
2.24
0.75
1.68
17 02 02
0.75
1
0.75
17 08 02
0.30
1
0.30
RCD: Naturaleza pétrea
87
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
1. Arena, grava y otros áridos
Residuos de grava y rocas trituradas distintos 01 04 08
de los mencionados en el código 01 04 07
1.50
Residuos de arena y arcilla
2. Hormigón
01 04 09
5.96
1.50
8.95
Hormigón
17 01 01
17.90
1.50
26.85
Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y
materiales cerámicos distinta del código 17
3. Ladrillos, azulejos y otros cerámicos
Ladrillos
Tejas y Materiales Cerámicos
17 01 07
17 01 02
1.50
80.51
17 01 03
1.25
100.65
1.25
4. Piedra
RCDs mezclados distintos de los códigos 17
09 01, 02 y 03
17 09 04
7.46
1.50
11.20
20 02 01
20 03 01
16.40
0.75
0.80
13.12
RCD: Potencialmente peligrosos y otros
1.Basuras
Residuos biodegradables
Mezclas de residuos municipales
2. Potencialmente peligrosos y otros
Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y
materiales cerámicos con sustancias
peligrosas (SP’s)
Madera, vidrio o plástico con sustancias
peligrosas o contaminadas por ellas
17 01 06
0.60
17 02 04
0.60
Mezclas Bituminosas que contienen
17 03 01
alquitrán de hulla
Alquitrán de hulla y productos alquitranados 17 03 03
Residuos Metálicos contaminados con
17 04 09
sustancias peligrosas
Cables que contienen Hidrocarburos,
alquitrán de hulla y otras SP’s
Materiales de Aislamiento que contienen
Amianto
Otros materiales de aislamiento que
contienen sustancias peligrosas
Materiales de construcción que contienen
Amianto
Materiales de Construcción a partir de Yeso
contaminados con SP’s
Residuos de construcción y demolición que
contienen Mercurio
Residuos de construcción y demolición que
contienen PCB’s
Otros residuos de construcción y demolición
que contienen SP’s
88
0.60
0.60
0.60
17 04 10
0.60
17 06 01
0.60
17 06 03
0.60
17 06 05
0.50
17 08 01
0.60
17 09 01
0.60
17 09 02
0.60
17 09 03
0.60
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
Materiales de aislamiento distintos de los 17
06 01 y 17 06 03
Tierras y piedras que contienen sustancias
peligrosas
Lodos de drenaje que contienen sustancias
peligrosas
Balasto de vías férreas que contienen
sustancias peligrosas
Absorbentes contaminados (trapos…)
Aceites usados (minerales no clorados de
motor..)
Filtros de aceite
Tubos fluorescentes
Pilas alcalinas y salinas
Pilas botón
Envases vacíos de metal contaminados
Envases vacíos de plástico contaminados
Sobrantes de pintura
Sobrantes de disolventes no halogenados
Sobrantes de barnices
Sobrantes de desencofrantes
Aerosoles vacíos
Baterías de plomo
Hidrocarburos con agua
RCDs mezclados distintos de los códigos 17
09 01, 02 y 03
17 06 04
0.60
17 05 03
0.60
17 05 05
0.60
17 05 07
0.60
15 02 02
0.60
13 02 05
0.60
16 01 07
20 01 21
16 06 04
16 06 03
15 01 10
15 01 10
08 01 11
14 06 03
08 01 11
07 07 01
15 01 11
16 06 01
13 07 03
0.60
0.60
0.60
0.60
0.60
0.60
0.60
0.60
0.60
0.60
0.60
0.60
0.60
17 09 04
0.60
otros
9.21
totales
0.60
17.01.
17.02.
17.04.
17.08.
17.09.
01.04.09
20.03.01
20.71
127.50
9.70
5.60
0.30
11.20
8.95
13.20
Al volumen de RCDs, anteriormente cumplimentado se debería sumar con el del
derribo que para la evaluación teórica del volumen aparente (mtrs³ de RCDs por
mtrs2 de obra) de residuo de la construcción y demolición (RCD) de un derribo, se
toman los datos de la medición del proyecto.
código
17.01.01
Material residual
Muros y losas de
hormigón armado
.m3
Med.
proyecto
Dim.
unitarias
73.80
1
total
17.01.02
Cornisa de ladrillo
macizo
.ml
61.70
89
M3
73.8
Densidad
Kg/m3
Tn
2250
166
73.8
0.125
7.71
166
1500
11.57
Rehabilitación de la planta tercera del Palau Ducal de Gandia
17.01.02
Muros de fábrica de
ladrillo macizo
17.01.03
Cobertura de teja
cerámica árabe
.m2
320.5
0.37
118.6
1250
148.25
17.01.03
Tablero cerámico
.m2
256.50
0.05
12.83
1250
16.04
17.01.03
Pavimento de
baldosa cerámica
.m2
27.30
0.035
0.96
1500
1.44
.m3
46.50
1
total
17.01.07
17.01.07
17.02.01
17.02.01
17.02.01
17.02.01
17.02.01
Picado revestimientos
de
mortero de cemento
Picado revestimientos
de
Morteros mixtos
Alero de madera
Enrrastrelado de
madera
en cubiertas
Entramado de
cubierta a base de
pares de madera
Entramado de
forjado a base de
viguetas de madera
Pavimento de tablas
de madera
46.5
1500
54.21
total
69.75
81.32
132.39
165.73
.m2
87.10
0.015
1.30
500
0.65
.m2
63.50
0.015
0.95
500
0.475
total
2.25
1.125
.ml
7
0.50
3.5
1000
3.5
.m2
256.50
0.04
10.26
1250
12.83
.m2
256.50
0.075
19.24
1450
27.90
.m2
192.50
0.075
14.44
1450
21
.m2
192.50
0.04
7.7
1000
7.7
total
55.14
72.93
17.02.03
Canales y bajantes
de PVC
.ml
152.10
0.01
1.52
50
0.076
17.02.02
Vidrios de las
carpinterías
.m2
75
0.025
1.86
1000
1.86
total
3.38
1.94
17.04.02
Carpinterías de
aluminio
.m2
15
0.04
0.60
250
0.150
17.04.05
Barandillas de forja
.ml
25
0.0225
0.56
1300
0.728
17.04.05
Carpinterías de acero
> 15m2
.m2
60
0.04
2.4
500
1.20
17.04.07
Levantado de
instalaciones
.ml
100
0.02
2
150
0.30
total
Valencia septiembre de 2010
El Arquitecto
Carlos Campos González
90
5.56
2.38

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