Deber de cuidado y auxilio se debe extender a todos los ascendientes
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Deber de cuidado y auxilio se debe extender a todos los ascendientes
ÁMBITO JURÍDICO 12 AL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2016 ANÁLISIS AUTORES JURÍDICOS Javier F. Franco / Desestimación de la personalidad jurídica: ¿definiciones jurisprudenciales o legislativas? Jeremy Waldron/ Leonardo García analiza su obra ‘Derecho y desacuerdos’. 10 1 21 Año XIX / Nº 450 / Colombia / 12 al 25 de septiembre de 2016 / 24 páginas / www.ambitojuridico.com / Una publicación de LEGIS / Afiliado a Andiarios / $ 5.000 LABORAL requisitos Definen para expedir certificación de beneficio ambiental Inexequible expresión “legítimos” contenida en el artículo 252 del Código Civil Deber de cuidado y auxilio se debe extender a todos los ascendientes Este término violaba el derecho a la igualdad y la prohibición de discriminación. por medio de la cual declaró inexequible el aparte “legítimos”, contenido en el título XII, libro I del Código Civil y en el artículo 252 de esa normativa, que aluden a los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos y el derecho de otros ascendientes La Corte Constitucional divulgó el co- al cuidado y auxilio, respectivamente. municado de la Sentencia C-451 del 2016, Según la corporación, la expresión El Gobierno reguló el procedimiento y los requisitos para obtener la Certificación de Beneficio Ambiental por nuevas inversiones en proyectos de fuentes no convencionales de energías renovables. De esta manera, los contribuyentes que cumplan con lo allí establecido podrán beneficiarse con la deducción especial de renta y complementarios, con la exclusión del IVA y con la depreciación acelerada de activos. generaba un trato discriminatorio por el origen familiar que se relaciona con el parentesco. Por ello, concluyó que el deber de auxilio y cuidado de los hijos a los otros ascendientes no debe distinguir entre las clases de familia. PÁG. 7 Víctimas de trata de personas recibirán asistencia mediata PÁG. 4 Especial sobre acuerdo de paz entre el Gobierno y las Farc Los primeros cuatro puntos del Acuerdo Final son analizados desde la visión de los expertos. Juan Camilo Restrepo se pronuncia sobre las propuestas del sector agrario, Juan Manuel Charry comparte su posición sobre lo pactado en participación en política, Daniel López-Morales examina los retos de la sustitución de cultivos ilícitos y, por último, Rodrigo Uprimny y Diana Güiza aclaran la fórmula de justicia acordada. PÁG. 16 FOTO/ Bigstock La Corte Constitucional excluyó del ordenamiento el deber de denunciar como requisito para esta clase de atención. Por ser una medida desproporcionada, innecesaria y lesiva de los derechos de las víctimas de trata de personas, la Corte Constitucional declaró inexequible el parágrafo 1° del artículo 7º de la Ley 985 del 2005, que establecía una exigencia para que estas recibieran asistencia mediata. El fallo señala que esa condición sacrificaba derechos, en aras de favorecer la investigación penal. Elección de altos funcionarios debe ajustarse a criterios previamente establecidos La Sala Plena del Consejo de Estado anuló la reelección del procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, luego de verificar que con su designación se configuró el “yo nombro a tus familiares, tú me reeliges”, prohibido por el artículo 126 constitucional. PÁG. 5 Gobierno expide paquete normativo para implementar acuerdo de paz Con este trascendental pronunciamiento, la corporación reiteró la regla que impone la transparencia en la elección de altos funcionarios y zanjó esta discusión que duró más de tres años y medio. La firma del acuerdo que daría fin al conflicto y la decisión de ponerlo a consideración de los ciudadanos han conducido a la preparación de un nuevo escenario normativo. Cuatro decretos, una directiva y dos resoluciones hacen parte de la primera entrega del Ejecutivo. PÁG. 9 PÁG. 8 OTRAS NOTICIAS Si el objeto social coincide, existe solidaridad del contratista 3 Condición de moroso no justifica una reducción en la carga tributaria 4 Derecho de retracto no autoriza descuentos sobre el dinero por devolver: Superindustria 6 Acción popular no procede para revivir acciones electorales caducadas 9 Tarifa postal reducida Nº 45 de Adpostal Para suscripciones llame a los teléfonos: 425 5200 - 01 8000 912101