Deber de cuidado y auxilio se debe extender a todos los ascendientes

Transcripción

Deber de cuidado y auxilio se debe extender a todos los ascendientes
ÁMBITO JURÍDICO
12 AL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2016
ANÁLISIS
AUTORES JURÍDICOS
Javier F. Franco / Desestimación
de la personalidad jurídica:
¿definiciones jurisprudenciales
o legislativas?
Jeremy Waldron/
Leonardo García analiza
su obra ‘Derecho
y desacuerdos’.
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Año XIX / Nº 450 / Colombia / 12 al 25 de septiembre de 2016 / 24 páginas / www.ambitojuridico.com / Una publicación de LEGIS / Afiliado a Andiarios / $ 5.000
LABORAL requisitos
Definen
para expedir
certificación
de beneficio
ambiental
Inexequible expresión “legítimos” contenida en el artículo 252 del Código Civil
Deber de cuidado y auxilio se debe
extender a todos los ascendientes
Este término violaba el
derecho a la igualdad
y la prohibición de
discriminación.
por medio de la cual declaró inexequible el
aparte “legítimos”, contenido en el título
XII, libro I del Código Civil y en el artículo
252 de esa normativa, que aluden a los
derechos y obligaciones entre los padres y
los hijos y el derecho de otros ascendientes
La Corte Constitucional divulgó el co- al cuidado y auxilio, respectivamente.
municado de la Sentencia C-451 del 2016,
Según la corporación, la expresión
El Gobierno reguló el procedimiento y los requisitos para obtener la
Certificación de Beneficio Ambiental
por nuevas inversiones en proyectos de fuentes no convencionales de
energías renovables.
De esta manera, los contribuyentes que cumplan con lo allí establecido podrán beneficiarse con la
deducción especial de renta y complementarios, con la exclusión del
IVA y con la depreciación acelerada
de activos.
generaba un trato discriminatorio por el
origen familiar que se relaciona con el parentesco. Por ello, concluyó que el deber
de auxilio y cuidado de los hijos a los otros
ascendientes no debe distinguir entre las
clases de familia.
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Víctimas de trata de personas recibirán asistencia mediata
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Especial sobre
acuerdo de paz
entre el Gobierno
y las Farc
Los primeros cuatro puntos del
Acuerdo Final son analizados desde
la visión de los expertos. Juan Camilo Restrepo se pronuncia sobre las
propuestas del sector agrario, Juan
Manuel Charry comparte su posición
sobre lo pactado en participación en
política, Daniel López-Morales examina los retos de la sustitución de
cultivos ilícitos y, por último, Rodrigo Uprimny y Diana Güiza aclaran
la fórmula de justicia acordada.
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FOTO/ Bigstock
La Corte Constitucional excluyó del ordenamiento el deber de denunciar como requisito para esta clase de atención.
Por ser una medida desproporcionada, innecesaria y lesiva de
los derechos de las víctimas de trata de personas, la Corte Constitucional declaró inexequible el parágrafo 1° del artículo 7º de
la Ley 985 del 2005, que establecía una exigencia para que estas
recibieran asistencia mediata. El fallo señala que esa condición
sacrificaba derechos, en aras de favorecer la investigación penal.
Elección de altos funcionarios
debe ajustarse a criterios
previamente establecidos
La Sala Plena del Consejo de Estado anuló la reelección del procurador
general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, luego de verificar
que con su designación se configuró
el “yo nombro a tus familiares, tú me
reeliges”, prohibido por el artículo 126
constitucional.
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Gobierno expide
paquete normativo
para implementar
acuerdo de paz
Con este trascendental pronunciamiento, la corporación reiteró la regla
que impone la transparencia en la elección de altos funcionarios y zanjó esta
discusión que duró más de tres años
y medio.
La firma del acuerdo que daría fin al conflicto y la decisión de ponerlo a consideración de
los ciudadanos han conducido a la preparación
de un nuevo escenario normativo. Cuatro decretos, una directiva y dos resoluciones hacen
parte de la primera entrega del Ejecutivo.
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