plan de actuación de formación sanitaria de tropa en el et

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plan de actuación de formación sanitaria de tropa en el et
EJERCITO DE TIERRA
MINISTERIO
DE DEFENSA
ESTADO MAYOR DEL EJÉRCITO
PLAN DE ACTUACIÓN
DE FORMACIÓN SANITARIA
DE TROPA EN EL ET
DICIEMBRE 2014
EJERCITO DE TIERRA
MINISTERIO
DE DEFENSA
ESTADO MAYOR DEL EJÉRCITO
ÍNDICE
PLAN DE ACTUACIÓN DE FORMACIÓN SANITARIA DE TROPA EN EL ET
1.- ANTECEDENTES
1 2.- OBJETO
4 3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
4 4.- MARCO CONCEPTUAL
4 4.1.- SITUACIÓN DE LA FORMACIÓN SANITARIA EN EL ET.
4 4.2.- CRITERIOS GENERALES DE LA ENSEÑANZA MILITAR
6 4.3.- MODELO DE TRAYECTORIA DE LA ESCALA DE TROPA (ETR)
7 4.4.- CENTRO DOCENTE MILITAR
8 4.5.- RESPALDO LEGAL
9 5.- NECESIDADES DE FORMACIÓN SANITARIA EN EL ÁMBITO DEL ET 11 6.- ENSEÑANZA DE FORMACIÓN
16 7.- ACTIVIDADES FORMATIVAS DEL PLAN DE ACTUACIÓN
18 7.1.- AFSET «SANITARIO».
18 7.2.- AFSET «AUXILIAR DE ENFERMERÍA».
20 7.3.- AFSET «AUXILIAR DE FARMACIA».
21 7.4.- AFSET «AUXILIAR DE VETERINARIA».
23 7.5.- AFSET «PREVIO AL DESPLIEGUE».
24 7.6.- AFSET «APOYO SANITARIO EN COMBATE».
25 7.7.- OTRAS ACTIVIDADES FORMATIVAS.
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8.- PLAN DE CHOQUE
26 8.1.- MEDIDAS DE CHOQUE PARA CAMBIO DE ESPECIALIDAD.
28 8.2.- MEDIDAS DE CHOQUE PARA AFSET «SANITARIO».
30 8.3.- MEDIDAS DE CHOQUE PARA AFSET «AUXILIAR ENFERMERÍA».
31 8.4.- MEDIDAS PARA EL RESTO DE LAS AFSET.
32 9.- NECESIDADES DE LOS CDM Y MEMORIA ECONÓMICA
33 9.1.- ACADEMIA DE LOGÍSTICA.
33 9.1.1.- Personal Docente
33 9.1.2.- Instalaciones
34 9.1.3.- Material Sanitario
34 9.2.- BRISAN
35 9.2.1.- AGRUHOC.
35 9.2.1.1.- Personal Docente
35 9.2.1.2.- Instalaciones
35 9.2.1.3.- Material Sanitario
36 9.2.2.- AGRUSAN 1.
36 9.2.2.1.- Personal Docente
36 9.2.2.2.- Instalaciones
36 9.2.2.3.- Material Sanitario
36 10.- CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN
36 11.- COMETIDOS
38 12.- REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN
39 13.- ENTRADA EN VIGOR.
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ANEXOS
I.
PLANES DE ESTUDIO ACTIVIDADES FORMATIVAS AFSET.
1. AFSET «SANITARIO»
2. AFSET «AUXILIAR DE ENFERMERÍA»
3. AFSET «AUXILIAR DE FARFMACIA»
4. AFSET «AUXILIAR DE VETERINARIA»
5. AFSET «PREVIO AL DESPLIEGUE»
6. AFSET «APOYO SANITARIO EN COMBATE»
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PLAN DE ACTUACIÓN
FORMACIÓN SANITARIA EN EL ET
1.- ANTECEDENTES
a) Real Decreto 546/1995, de 7 de abril, por el que se establece el Título de
Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería y sus correspondientes
enseñanzas mínimas.
b) Real Decreto 558/1995, de 7 de abril, por el que se establece el currículo
del ciclo formativo de grado medio correpsondiente al título de Técnico
en Cuidados Auxiliares de Enfermería.
c) Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen las
condiciones mínimas sobre protección de la salud y asistencia médica
de los trabajadores del mar.
d) Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la
Formación Profesional.
e) Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen
determinadas cualificaciones profesionales (transporte sanitario), que se
incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así
como sus correspondientes módulos formativos que se inorporan al
Catálogo Modular de Formación Profesional.
f) Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen
nuevas cualificaciones profesionales (atención sanitaria a múltiples
víctimas y catástrofes), que se incluyen en el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, así como sus correspondientes módulos
formativos que se inorporan al Catálogo Modular de Formación
Profesional.
g) Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería (LTM).
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h) Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar (LCM).
i) Real Decreto 139/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el
Título de Técnico en Emergencias Sanitarias, y se fijan sus enseñanzas
mínimas.
j) Real Decreto 1689/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el
Título de Técnico en Farmacia y Parafarmacia y se fijan sus enseñanzas
mínimas.
k) Directiva 02/08 (EME/DIVLOG) «Plan de Acción de Personal (PAP)»
(actualización 2014), de 24 de octubre, que establece los criterios del
Ejército de Tierra sobre los aspectos básicos que configuran la carrera
militar de sus componentes conforme al nuevo marco legal.
l) Instrucción General 03/08 (MAPER/DISAN), abril 2008, «Transporte
Sanitario por Carretera en el Ejército de Tierra».
m) Plan de Actuación sobre Formación Sanitaria, septiembre 2008, de
MADOC.
n) Orden ESD/3391/2008, de 3 de noviembre, por la que se establece el
currículo del ciclo formativo de Grado medio correspondiente al título de
Técnico en Emergencias Sanitarias.
o) Instrucción Técnica 24/08 (MAPER/DISAN), noviembre 2008, «Vehículos
de Transporte Sanitario por Carretera del Ejército de Tierra».
p) Orden EDU/2184/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo
del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico
en Farmacia y parafarmacia.
q) Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento de Ingreso y Promoción y de Ordenación de la Enseñanza
de Formación en las Fuerzas Armadas.
r) Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de Especialidades Fundamentales de las Fuerzas Armadas.
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Crea la Especialidad Fundamental en la ETR del ET de Apoyo Sanitario
(ASAN).
s) PMET PD4-616 «Sanidad en Operaciones», de 15 de abril de 2011, que
deroga a la PMET OR7-603 «Orientaciones. Sanidad en Operaciones»
de abril de 2004.
t) Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen dos
certificados de profesionalidad de la familia profesional Sanidad que se
incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad
(atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes y transporte
sanitario).
u) Real Decreto 1536/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen dos
certificados de profesionalidad (servicios para el control de plagas) de la
familia profesional Seguridad y Medio Ambiente que se incluyen en el
Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad.
v) Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las
características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de
personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
w) MSJ JEMFLO nº 122674727439, de 17 de diciembre de 2012: Informe
sobre «Especialidad Fundamental de Apoyo Sanitario para la Escala de
Tropa».
x) Estudio MAPER, de 27 de junio de 2013, sobre el Desarrollo de la
Especialidad Fundamental Apoyo Sanitario.
y) OFICIO FLO nº 1348197170, de 5 de septiembre de 2013, remitiendo
Propuesta Implantación de la Especialidad Fundamental de Apoyo
Sanitario.
z) MSJ DIRSAN nº 134889021080, de 30 de diciembre de 2013:
«Propuesta de Formación Sanitaria Personal No Facultativo».
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aa) Borrador de Orden Ministerial por la que se aprueban las Directrices
Generales para la Elaboración de los Planes de Estudio de la
Enseñanza Militar de Formación para el acceso a las Escalas de Tropa y
Marinería.
bb) Real Decreto 22/2014, de 17 de enero, por el que se modifica el Real
Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las
características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de
personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
cc) MSJ SEGENMADOC nº 14580671024, de 17 de enero de 2014,
remitiendo documento conceptual de Dirección de Enseñanza (DIEN)
sobre «Nuevo Modelo de Formación de la Escala de Tropa».
dd) Norma General 03/14 (EME/DIVOPE), de 07 de abril de 2014,
«subsistema de enseñanza (SUEN)».
2.- OBJETO
El presente plan tiene por objeto especificar las actividades de formación
sanitaria del personal de tropa no facultativo del ET para satisfacer las
necesidades que no puedan ser cubiertas en la enseñanza de formación,
detallando su organización, planes de estudios y las actividades relacionadas
con el planeamiento, programación, presupuestación y control.
3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente plan afecta a todo el Ejército de Tierra. Su difusión se
efectuará vía mando, por la cadena orgánica, hasta el nivel Unidad, Centro u
Organismo (UCO) con carácter independiente.
4.- MARCO CONCEPTUAL
4.1.- SITUACIÓN DE LA FORMACIÓN SANITARIA EN EL ET.
Las sucesivas adaptaciones orgánicas realizadas en el ET, supusieron
la desaparición de las unidades de apoyo sanitario. La única instrucción
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sanitaria que recibía el personal no facultativo del ET, se realizaba en las
unidades de acuerdo a su programa de instrucción y adiestramiento, y en las
fases de concentración de los contingentes, previa a su proyección a
operaciones, a un nivel muy elemental.
En noviembre de 2007, el GEJEME dictaminó que se debían desarrollar,
desde el sistema de apoyo a la preparación (SIAPRE), unos cursos
normalizados que garantizaran la formación homogénea de los sanitarios,
conductores de ambulancia y ayudantes de clínica, enfermería y farmacia del
ET. Como consecuencia, el MADOC elaboró el «plan de actuación sobre
formación sanitaria» de 2008 (referencia m), donde se crean los cursos de
formación sanitaria del Ejército de Tierra (FSET) del 1 al 9:

FSET 1.-
Primeros Auxilios.

FSET 2.-
Instructor de Primeros Auxilios.

FSET 3.-
Sanitario.

FSET 4.-
Monitor de FSET 3.

FSET 5.-
Profesor de FSET 3.

FSET 6.-
Ayudante de Clínica.

FSET 7.-
Ayudante de Farmacia.

FSET 8.-
Ayudante de Veterinaria.

FSET 9.-
Sanitario de Operaciones Especiales.
De los cursos previstos en el plan de actuación de 2008, sólo se han
impartido los cursos FSET 1, 2, 3 y 6. El curso FSET 7, aunque no se ha
convocado, se ha elaborado su plan de estudios (PLEST). Los motivos por los
cuales no ha sido posible la total implantación del plan son diversos, pero uno
fundamental es la ausencia de un centro docente militar (CDM) del ET donde
poder cursar los cursos de formación sanitaria necesarios.
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4.2.- CRITERIOS GENERALES DE LA ENSEÑANZA MILITAR
La Ley 39/2007 de la carrera militar (referencia h) establece un nuevo
marco normativo de la enseñanza de formación, y el Real Decreto 711/2010 de
especialidades fundamentales de las FAS (referencia r) crea la especialidad
fundamental de apoyo sanitario (ASAN) para la escala de tropa (ETR).
La enseñanza del personal de tropa incluye la enseñanza de formación,
que le capacita para desempeñar los cometidos y ejercer las facultades de su
escala y especialidad fundamental. Una vez adquirida la condición de militar
profesional, las necesidades de preparación, vinculadas a puestos tácticos de
carácter operativo, se alcanzan mediante el sistema de instrucción,
adiestramiento y evaluación (SIAE). Las necesidades formativas que no sean
cubiertas en la enseñanza de formación y no puedan adquirirse en el marco del
SIAE, se alcanzan mediante la enseñanza de perfeccionamiento, que puede
desarrollarse mediante cursos, o bien con seminarios, jornadas y ciclos de
conferencias.
La enseñanza en las FAS está integrada en el sistema educativo general
(SEG). Con la enseñanza de formación de la ETR se iniciará la preparación
encaminada a que obtengan un título de técnico de formación profesional de
grado medio (TTM). Por ese motivo, tanto la enseñanza de formación de la
ETR de la especialidad fundamental ASAN, como la enseñanza de
perfeccionamiento de formación sanitaria del personal de tropa no facultativo
estará basada, siempre que sea posible, en módulos formativos de los TTM del
sistema educativo general que se consideren más adecuados para alcanzar las
competencias pretendidas.
Sin embargo, la obtención de un título de técnico de formación
profesional por los militares profesionales de tropa durante los periodos de
enseñanza de formación y perfeccionamiento no es posible, ya que dada su
duración, no se disponen de las dos mil horas necesarias para ello. Es, por
tanto, imprescindible que el militar profesional de la ETR dedique el tiempo
necesario de forma particular, en etapas posteriores, para completar su
obtención.
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4.3.- MODELO DE TRAYECTORIA DE LA ESCALA DE TROPA (ETR)
El Plan de Acción de Personal (referencia k) establece el modelo de
trayectoria profesional para el personal de tropa. Con carácter general, durante
el compromiso inicial, CI (tiempo correspondiente al primer contrato firmado y
sus sucesivas renovaciones hasta un máximo de seis años), los militares de la
ETR pertenecerán a una especialidad fundamental (EFUN) integrada en la
agrupación de especialidades operativas (AEO), que constituirá la base del
sistema de especialización.
Tras el acceso al compromiso de larga duración, CLD (con una duración
máxima de entre 12 y 21 años, dependiendo de la edad de ingreso), el
personal de la AEO podrá optar a ocupar destinos diferentes a los propios de
su EFUN (mediante la complementación de su formación a través del
subsistema de enseñanza, SUEN, o de instrucción y adiestramiento, SUIAE).
Asimismo, se da la opción de cambio de EFUN desde una especialidad de la
AEO hacia otra de la agrupación de especialidades técnicas (AET). Este
proceso se realiza con carácter voluntario.
De acuerdo con este modelo, la formación necesaria para el cambio de
especialidad se imparte en un centro docente militar (CDM) o en las unidades
escuela en que se apoye en su caso, mediante la superación de un plan de
estudios (PLEST), de seis a nueve meses de duración, que se pretende que
incluya módulos profesionales de un título TTM del SEG asociado a cada
EFUN.
El Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de Especialidades Fundamentales de las Fuerzas Armadas, crea
la EFUN en la ETR del ET de Apoyo Sanitario (ASAN). El Plan de Acción de
Personal (PAP), referencia k, lo enmarca como una especialidad de la AET
para las formaciones sanitarias de puesto de cirugía ligero avanzado (PCLA) y
superiores y todos los pelotones de evacuación de soporte vital avanzado
(SVA). Los puestos de socorro estarán cubiertos por personal de ETR de la
AEO de CLD con la formación adecuada.
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4.4.- CENTRO DOCENTE MILITAR
El centro docente militar (CDM) de referencia de las Fuerzas Armadas
(FAS) para la formación sanitaria es la Escuela Militar de Sanidad (EMISAN),
dependiente de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar
(DIGEREM) dentro del Grupo de Escuelas de la Defensa. La EMISAN tiene,
entre sus funciones, la de impartir la enseñanza militar de perfeccionamiento al
personal facultativo del Cuerpo Militar de Sanidad (CMS) o, en su caso, a los
otros cuerpos de las FAS1.
Por el contrario, no existe un CDM de formación sanitaria en la
estructura del ET para la formación sanitaria del personal no facultativo de la
ETR. En cuanto a la enseñanza de formación, (incluyendo el cambio de
especialidad), el CDM del ET de referencia para la especialidades operativas
(AEO) es el Centro de Formación de Tropa de Cáceres (CEFOT 1), mientras
que para las especialidades técnicas (AET) es la Academia de Logística de
Calatayud (ACLOG).
Para la enseñanza de perfeccionamiento, y dado que no existe un CDM
de referencia en la estructura del ET, la ACLOG se apoya en algunas unidades,
con aprobación del GEJEME, para impartir aquellas enseñanzas de formación
sanitaria que requieren de materiales y procedimientos específicos o personal
docente facultativo con los que el centro no cuenta en su plantilla. En este
sentido, la NG 03/14 del «subsistema de enseñanza» (referencia dd) establece
que la Agrupación de Hospital de Campaña de Madrid (AGRUHOC) es unidad
escuela, con depencencia funcional con la ACLOG, para la formación sanitaria
del ET.
Sin embargo, es preciso revisar este nombramiento de la NG de la
AGRUHOC como unidad escuela, ya que existe la posibilidad de emplear otras
unidades orgánicas de la Brigada de Sanidad (BRISAN) donde desarrollar los
cursos de formación sanitaria de la enseñanza de perfeccionamiento del
personal no facultativo del ET, bajo la dependencia funcional de la ACLOG y en
1
De hecho, la EMISAN ha desarrollado cursos de perfeccinamiento de formación sanitaria a
personal no facultativo, como los FSET-3 del Plan de Actuación de Formación Sanitaria de
MADOC de 2008.
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colaboración con los hospitales de la defensa dependientes de la Inspección
General de Sanidad (IGESAN). Entre estas posibilidades destacan, además de
la AGRUHOC, la Agrupación de Sanidad nº1 de Madrid (AGRUSAN nº1)
apoyadas en el Hospital Central de la Defensa (HCD); y la AGRUSAN nº3 de
Zaragoza, o incluso la ACLOG, apoyadas en el Hopital de Zaragoza.
4.5.- RESPALDO LEGAL
La experiencia acumulada en los despliegues en operaciones exteriores
militares, ha puesto de manifiesto la necesidad de incrementar la rapidez y
efectividad en la atención inicial de bajas de combate. Así, pues, se precisa
personal primer interviente sanitario, capaz de proporcionar primeros cuidados
sanitarios a la baja en el lugar del suceso, lo más rápidamente posible, a la
espera de poder ser atendida por equipos sanitarios de mayor capacitación.
En este sentido, el Ministerio de Defensa, a través de la DIGEREM y la
IGESAN, está desarrollando en coordinación con el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad (MSSSI) y con el Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte (MECD), la creación de un certificado de «Sanitario Militar en
Operaciones», para el personal de tropa y marinería, mediante la aprobación
de la correspondiente orden en la que se determine el currículo y los requisitos
de acceso. Con este certificado, se pretende recoger los objetivos,
competencias y formación necesaria que permitan actuar a los sanitarios,
únicamente, en el marco de una operación militar o en aquellas situaciones
tácticas en las que no tengan posibilidad de apoyo externo, no exista un medio
de evacuación disponible, o bien, que la evacuación a un escalón de asistencia
sanitaria se demore tanto tiempo que ponga en peligro la vida del herido.2
La aprobación del citado certificado podrá hacer necesario la revisión de
la formación sanitaria del personal de tropa no facultativo del ET y del ejercicio
de sus competencias en el marco de las operaciones militares. Pero mientras
eso se produce, el objetivo del presente plan de actuación no pretende dar una
2
No es lo mismo un título otorgado por el MECD de 2.000 horas que un certificado otorgado
por otro ministerio, que es de menor duración, aunque después pueda ser reconocido por el
MECD.
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cobertura legal al personal no facultativo para la realización de técnicas
invasivas
o
la
administración
de
fármacos
sin
prescripción
médica
(competencias exclusivas del personal facultativo de acuerdo a la legistación
en vigor en España). Tampoco es preocupación del plan los puestos de la
estructura del órgano central cubiertos por personal de tropa del ET. La
formación sanitaria recogida en el presente plan pretende proporcionar
cobertura legal, únicamente, al personal de tropa no facultativo del ET en el
ejercicio de sus funciones dentro de la propia estructura del ET y en
operaciones.
Los cometidos fundamentales que desarrollará este personal no
facultativo en la estructura del ET, estarán relacionados con los puestos
tácticos de conductor de ambulancia y sanitarios de los pelotones de
evacuación, tanto de soporte vital básico como de soporte vital avanzado. El
Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo (referencia v), establece las
características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de
los vehículos de transporte sanitario por carretera. En él se marca un plazo de
cinco años (hasta 2017) para que las ambulancias asistenciales (aquellas
acondicionadas y dotadas para permitir la asistencia técnico-sanitaria en ruta)
cuenten con, al menos, un conductor que esté en posesión del título de
formación profesional de grado medio de técnico en emergencias sanitarias
(TES), y para las no asistenciales (aquellas no a condicionadas para la
asistencia sanitaria en ruta) con un conductor que ostente, como mínimo, el
certificado de profesionalidad de transporte sanitario. Sin embargo, en la
disposición adicional cuarta del mismo real decreto3, indica en referencia a los
transportes sanitarios oficiales en las Fuerzas Armadas, que éstos se regirán
por sus normas específicas. Posteriormente, esta disposición adicional es
modificada por el Real Decreto 22/2014, de 17 de enero (referencia bb), que
clarifica aún más esta situación.4
3
Disposición adicional cuarta. Transportes oficiales de las Fuerzas Armadas. «Lo establecido
en este real decreto no será de aplicación a los transportes sanitarios realizados por las
Fuerzas Armadas, los cuales se regirán por sus normas específicas, que se ajustarán, en
cuanto sus peculiares características lo permitan, a las condiciones técnico-sanitarias
establecidas con carácter general.»
4
Disposición adicional cuarta. Transportes oficiales de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado. «Lo establecido en este real decreto no será de
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5.- NECESIDADES DE FORMACIÓN SANITARIA EN EL ÁMBITO DEL ET
En cuanto a las necesidades de formación del personal de tropa,
conviene distinguir la enseñanza de formación (para todos los miembros del ET
y los pertenecientes a la especialidad fundamental de apoyo sanitario, EFUN
ASAN), y la enseñanza de perfeccionamiento (tanto para los militares de las
especialidades operativas, AEO, como los de la EFUN ASAN), que
comprenderán las actividades formativas del presente plan de actuación de
formación sanitaria del ET.
Todos los componentes del ET, independientemente de su empleo,
escala, cuerpo o especialidad fundamental, recibirán, durante su formación
militar general, una formación básica en primeros auxilios.
Los efectivos de tropa perteneciente a la EFUN ASAN alcazarán, en una
primera fase, los 430 efectivos5, que corresponden a los puestos tácticos de las
formaciones sanitarias de los puestos de cirugía ligeros avanzados (PCLA) y
niveles superiores, y todos los pelotones de evacuación que sean soporte vital
avanzado (SVA). Posteriormente, también se completarán con personal de la
EFUN ASAN los puestos de socorro de nivel batallón y todos los pelotones de
evacuación que sean soporte vital básico (SVB), así como otros puestos
relacionados con el resto de actividades de la función logística sanidad, como
farmacia o veterinaria, lo que supone un total de, aproximadamente, 1.500
puestos.
aplicación a los transportes sanitarios realizados por las Fuerzas Armadas y por las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando el transporte se realice dentro de su actividad
específica, con ambulancias de sus dotaciones y conducidas por el personal de sus
propias plantillas, los cuales se regirán por sus normas específicas, que se ajustarán, en
cuanto sus peculiares características lo permitan, a las condiciones técnico-sanitarias
establecidas con carácter general.».
5
Personal de tropa con especialidad ASAN en los MPLTO 2015.
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FLO
BRISAN
AGRUHOC
75
ESTACIÓN DESCONTAMINACIÓN NBQ
10
PN. TRÁNSITO DE BAJAS
18
PN. CIRUGÍA
7
FUTER
GRUPO LOGÍSTICO VI
23
PN. ESPECIALIDADES MÉDICAS
5
PCLA
PN. ESPECIALIDADES QUIRÚRGICAS
9
PN EVACUACIÓN SVA
PN. EVACUACIÓN CARRETERA
8
PN. EVACUACIÓN
12
PCLA
12
PN. HOSPITALIZACIÓN
6
PN EVACUACIÓN SVA
11
AGRUSAN Nº 1
EST. DESCONTAMINACIÓN NBQ
8
EQUIPO DE HOSPITALIZACIÓN
14
PN EVACUACIÓN SVA
EQUIPO QUIRÚRGICO
16
PN. EVACUACIÓN SVA
12
PN. EVACUACIÓN SVB
24
GRUPO LOGÍSTICO XVI
8
EQUIPO DE HOSPITALIZACIÓN
14
PCLA
EQUIPO QUIRÚRGICO
16
PN EVACUACIÓN SVA
24
TOTAL
11
MCANA
EST. DESCONTAMINACIÓN NBQ
PN. EVACUACIÓN SVB
23
23
23 x 9 = 207
74
12
23
GRUPO LOGÍSTICO X
PCLA
PN. EVACUACIÓN SVA
11
GRUPO LOGÍSTICO LEGIÓN
74
AGRUSAN Nº 2
12
23
12
TOTAL
11
207
223
Aproximadamente la mitad de ellos, (207), se encuadran en los Grupos
Logísticos de las Brigadas de FUTER y MCANA, y la otra mitad, (223), en
formaciones sanitarias de la FLO. La totalidad de los puestos de FUTER y
MCANA y una parte importante de los de FLO (92), están directamente
relacionados con la evacuación sanitaria por carretera, mientras que el resto
(pelotones de hospitalización, quirúrgicos y de especialidades médicas)
precisan una formación más completa, relacionada con los contenidos de
auxiliar de enfermería6.
6
El 70 % de los puestos tácticos del personal de tropa no facultativo de la especialidad
fundamental de apoyo sanitario corresponde a pelotones de evacuación o puestos de cirugía
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Dado que para el cambio de especialidad a la EFUN ASAN debe incluir
el mayor número posible de contenidos del plan de estudios (PLEST) de un
único título de grado medio (TTM) del sistema educativo general, el título de
mayor utilidad es el de técnico en emergencias sanitarias (TES), establecido
por el Real Decreto 1397/2007, de 29 de octubre (referencia i). El currículo del
TTM TES, establecido por la Orden ESD/3391/2008, de 3 de noviembre
(referencia n), tiene una duración de 2.000 horas, incluye los certificados de
profesionalidad de «transporte sanitario» y «atención sanitaria a múltiples
víctimas y catástrofes» (referencia t), y contiene los siguientes módulos
formativos:
TÍTULO TÉCNICO EN EMERGENCIA SANITARIAS
MP 0057 – Evacuación y Traslado de Pacientes
MP 0052 – Mantenimiento Mecánico Preventivo del Vehículo
MP 0054 – Dotación Sanitaria
MP 0055 – Atención Sanitaria Inicial en Emergencia
MP 0056 – Atención Sanitaria Especial en Emergencia
MP 0058 – Apoyo Psicológico en Situación de Emergencias
MP 0053 – Logística Sanitaria en Emergencia
MP 0059 – Planes de Emergencia y Dispositivos de Riesgo Previsibles
MP 0061 – Anatomofisiología y Patología Básicas
MP 0062 – Formación y Orientación Laboral (FOL)
MP 0060 – Teleemergencias
MP 0063 – Empresas e Iniciativa Emprendedora (EEIE)
MP 0064 - Formación en Centro de Trabajo (FCT)
Horas
235
90
125
235
235
60
175
110
125
90
60
60
400
TOTAL 2.000 horas
En cuanto a la enseñanza de perfeccionamiento, se identifican las
siguientes necesidades de formación sanitaria:

Los conductores de ambulancia y sanitarios (personal ETR de
compromiso de larga duración, CLD, de las especialidades
operativas AEO) de los pelotones de evacuación de soporte vital
básico (SVB) y los puestos de socorro de nivel batallón. Las
necesidades de formación son de, aproximadamente, 1.500
militares.
ligero avanzados. Sólo 30 % restante precisa una formación relacionada con contenidos de
auxiliar de enfermería.
Plan de actuación de formación sanitaria de tropa en el ET
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MINISTERIO
DE DEFENSA
EJÉRCITO
DE TIERRA
FUTER / MCANA
BON CG
CÍA DCC
BON INF/CAB
PN. SANIDAD
FLO
1
BRILOG
19
10
AALOG (11, 21, 41, 61 y 81)
SC. PLMS
S. FUSILES
9
GACA
Pn. Sanidad
6
SC. EVACUACIÓN
BON ZAP
Pn. Sanidad
6
SC. SANIDAD
GRUPO LOGÍSTICO
Pn. Evac.
22
BON HEL
Pn. Sanidad
6
BON TRANS
Pn. Sanidad
6
TOTAL

84
BÍA MUNICIONAMIENTO
1.347
CG FLO
3
BRISAN
AGRUHOC
0
AGRUSAN Nº 1
0
AGRUSAN Nº 1
0
TOTAL
87
El personal de EFUN ASAN de los equipos de hospitalización,
quirúrgicos o de especialidades médicas de las unidades de
BRISAN, deberán completar su formación con cursos de
perfeccionamiento cuyos contenidos estén relacionados con el
TTM de auxiliar de enfermería, establecido por el Real Decreto
546/1995, de 7 de abril (referencia a). Las necesidades de
formación serán de, aproximadamente, 85 puestos (30 por
AGRUSAN y 25 en AGRUHOC).

El personal de ETR de CLD de las EFUN de la AEO que se
encuentren ocupando determinadas vacantes en farmacias
militares del ET (FARMET) y los equipos de farmacia de las
UAPOSAN, AGRUHOC y UALSAN, deberán completar su
formación con cursos de perfeccionamiento cuyos contenidos
estén relacionados con el TTM de técnico en farmacia y
parafarmacia, establecido por el Real Decreto 1689/2007, de 14
Plan de actuación de formación sanitaria de tropa en el ET
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DE TIERRA
de diciembre (referencia j). Las necesidades de formación son de
54 puestos (3 por farmacia y 4 por agrupación de BRISAN)7.

El personal de ETR de CLD de las EFUN de la AEO que se
encuentren destinados en los equipos de veterinaria de las
AGRUSAN (BRISAN), deberán completar su formación con
cursos
de
perfeccionamiento
cuyos
contenidos
estén
relacionados con el cerificado de profesionalidad de servicios
para el control de plagas, establecido por el Real Decreto
1536/2011, de 31 de octubre (referencia u). Las necesidades de
formación son de 16 puestos (8 por AGRUSAN). Además de
estos puestos con cometidos específicos de auxiliar de
veterinaria, y a pesar de que en las USBA/USAC sólo existe el
puesto de oficial veterinario, puede ser necesario formar a 1 ó 2
militares de ETR de estas unidades para auxiliar al oficial
veterinario en el ejercicio de sus cometidos. Con ello, las
necesidades totales aproximadas serían de, aproximadamente,
50 puestos.

Incluir actividades formativas que aseguren la formación
continua, la actualización y el conocimiento de las peculiaridades
sanitarias de determinados escenarios, previo al despliegue en
operaciones en el exterior. Esta formación estará orientada tanto
al personal ETR de la AEO con formación sanitaria previa, como
de la EFUN ASAN.

Completar la formación sanitaria del personal, tanto de ASAN
como de las especialidades operativas con formación sanitaria
previa, para cubrir los posibles escenarios de asistencia a la baja
en cualquier ambiente o situación, como la presencia de fuego
enemigo, la limitación de personal sanitario facultativo y
equipamiento médico, elevados tiempos de evacuación o la
existencia de condicionantes tácticos.
7
Existen catorce farmacias y la Brigada
(AGRUSAN/AGRUHOC). (3 * 14) + (4 * 3) = 54.
de
Sanidad
Plan de actuación de formación sanitaria de tropa en el ET
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tiene
tres
agrupaciones
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6.- ENSEÑANZA DE FORMACIÓN
En cuanto a la formación sanitaria en la enseñanza de formación, debe
distinguirse la recibida por todo el personal de tropa de cualquier especialidad
fundamental durante la Fase de Formación General (FFG), y la recibida
únicamente por el personal de la especialidad fundamental ASAN durante la
Fase de Formación Específica (FFE). Para el modelo de trayectoria de la ETR,
y al ser la EFUN ASAN una especialidad fundamental de la agrupación de
especialidades técnicas (AET), esta formación coincide con la recibida en el
cambio de especialidad.

Fase de Formación General (FFG).- Todo el personal, sea cual
sea su especialidad fundamental, cursará durante la FFG el
Módulo Formativo MF0272_2 de «primeros auxilios» asociado a
la Unidad de Competencia «asistir como primer interviniente en
caso de accidente o situación de emergencia». Con el actual
modelo de trayectoria, en que los soldados de nueva
incorporación ingresan en especialidades operativas, el módulo
formativo de «primeros auxilios» se imparte en los Centros de
Formación de Tropa (CEFOT). Los contenidos de este módulo
son los incluidos en el OFAS 2 del plan de estudios de la
enseñanza militar de la escala de suboficiales EMIES, por lo que
los alumnos de ingreso por promoción se les puede convalidar.

Fase de Formación Específica (FFE).- Como se ha mencionado,
el modelo se basa en el acceso a la EFUN ASAN mediante el
cambio de especialidad en la Academia de Logística (ACLOG),
tras haber devengado una serie de años en alguna de las
especialidades operativas. No obstante, en caso que fuese
necesario,
se
podría
habilitar
la
posibilidad
de
acceder
directamente a la EFUN ASAN desde el inicio, con sólo hacer
coincidir la Fase de Formación Específica (FFE) con el curso de
cambio de especialidad, sin que ello altere el modelo propuesto.
Plan de actuación de formación sanitaria de tropa en el ET
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La EFUN ASAN, al tratarse de una nueva especialidad, no tiene
un plan de estudios (PLEST) aprobado. Para su confección hay
que tener en cuenta que los militares con esta especialidad
desarrollarán actividades de atención sanitaria, evacuación y
traslado de bajas, así como otras actividades relacionadas con la
función logística de asitencia sanitaria, tanto en las unidades,
centros y organismos como en las bases, acuartelamientos y
establecimientos. Por otro lado, hay que considerar que el
currículo del TTM TES asociado (técnico en emergencias
sanitarias), tiene un importante número de horas de gran
utilidad, por lo que el PLEST ha de diseñarse contemplando
estos módulos del TTM TES, que deberían cursarse y ser
reconocidos por el MECD una vez superados.
Con estas premisas el personal de la ETR de la EFUN ASAN
cursará un PLEST de unas 880 horas, que incluirá un total de
780 horas del TTM TES, lo que unido al módulo de primeros
auxilios, hará que este personal cuente, tras la superación del
curso de cambio de especialidad, de un mínimo de 840 horas
que podrán tener un reconocimiento en el sistema educativo
PLEST EN LA FASE DE FORMACIÓN GENERAL
MF 0272_2 – Primeros Auxilios
Horas
60
PLEST EN LA FASE DE FORMACIÓN ESPECÍFICA ASAN8
Horas
MP 0057 – Evacuación y Traslado de Pacientes
MP 0054 – Dotación Sanitaria
MP 0055 – Atención Sanitaria Inicial en Emergencia
235
125
235
MP 0058 – Apoyo Psicológico en Situación de Emergencias
60
MP 0061 – Anatomofisiología y Patología Básicas
125
Organización y Adaptación de la Sanidad Militar
TOTAL
8
Módulos
PLEST
TTM TES
780 Horas
general (SEG).
Pendiente
concretar
100
contenidos y
duración
880 HORAS
La duración de los módulos coincide con la establecida en el currículo del TTM TES de la
Orden ESD/3391/2008, de 3 de noviembre (referencia n).
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7.- ACTIVIDADES FORMATIVAS DEL PLAN DE ACTUACIÓN
Las actividades formativas necesarias, recogidas en el presente plan de
actuación, pueden ser de tres tipos:

Ámbito del SIAE.- actividad formativa diseñada y aprobada por
MADOC, a propuesta de DISAN, que se desarrolla en las
unidades de destino y es certificada su realización por el jefe de
los servicios sanitarios.

Curso de perfeccionamiento de carácter informativo.- enseñanza
reglada de corta duración desarrollado en un centro docente
militar o unidad escuela dependiente de él, y al que se designa
concurrente al personal que ocupa los puestos tácticos que
precisan esa actividad formativa. No tiene ningún tipo de
servidumbre para el personal que lo realiza.

Externalización.- actividades formativas organizadas en las
unidades de destino con la participación de organismos ajenos al
ET.
7.1.- AFSET «SANITARIO».
Esta actividad formativa será realizada por el personal de tropa de las
especialidades operativas que se encuentra destinado en los puestos de
socorro de nivel batallón y en los pelotones de evacuación de soporte vital
básico, como conductor de ambulancia o sanitario que, con carácter general,
deberán tener la condición de militar de tropa permanente (TP) o compromiso
de larga duración (CLD).
Se realiza en la unidad de destino dentro del ámbito del SIAE, con un
programa de instrucción o guía de instrucción de puesto táctico aprobado por
MADOC. La realización y superación de esta actividad formativa es certificada
por el jefe de los servicios sanitarios de la base o el acuartelamiento. El
contenido de esta actividad formativa estará relacionado con el certificado
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profesional de transporte sanitario SANT0208 establecido por el Real Decreto
710/2011, de 20 de mayo (referencia t).
PLEST AFSET «SANITARIO»
MF0071_2 – Técnicas de inmovilización, movilización y traslado
MF0069_1 – Operaciones de mantenimiento preventivo del
vehículo
MF0070_2 – Técnicas de soporte vital básico y apoyo al
avanzado
MF0072_2 – Técnicas de apoyo psicológico en situaciones de
crisis
MP0140 – Módulo de prácticas profesionales de transporte
sanitario
TOTAL
Horas
100
100
160
40
Certificado
Profesional
Transporte
Sanitario
SANT0208
160
560 HORAS
El personal que ya tenga el certificado profesional de transporte
sanitario, ya sea mediante los cursos de formación para el empleo organizados
por DIGEREM o de forma particular, se les convalidará la AFSET «sanitario».
El personal que previamente haya realizado el curso FSET 3 del antiguo plan
de actuación del 2008, seguirá ocupando los puestos tácticos de conductor de
ambulancia y sanitario de los puestos de socorro, aunque carezca del
certificado de profesionalidad.
Las condiciones de la AFSET «sanitario», serán:

Carácter.- Ámbito SIAE.

Acceso.- ETR de CLD o TP de la AEO.

Lugar.- Bases y acuartelamientos.

Duración.- 4 meses.

Periodicidad.- Anual (según necesidades).
Se emprenderán las acciones necesarias para que la actividad formativa
sea reconocida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) del Ministerio
de Empleo y Seguridad Social (MESS), una vez que la base o acuartelamiento
sea autorizado por dicho ministerio para su impartición.9
9
Los centros no dan ninguna acreditación, sino que mediante una orden ministerial se les
autoriza para impartir estas enseñanzas, pero los certificados son siempre expedidos por el
SEPE y no por el centro que los imparte.
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7.2.- AFSET «AUXILIAR DE ENFERMERÍA».
Será realizado por el personal de tropa de la especialidad fundamental
ASAN que se encuentre destinado en los equipos de hospitalización,
quirúrgicos y de especialidades médicas de la Agrupación del Hospital de
Campaña y las Agrupaciones de Sanidad de la Brigada de Sanidad (BRISAN).
Esta actividad formativa se materializa mediante un curso de carácter
informativo de 530 horas, desarrollado en una unidad de la BRISAN como
unidad escuela, con una fase a distancia en las unidades de destino y una fase
de presente en la unidad escuela. El contenido del PLEST del curso estará
relacionado con el título de técnico de grado medio en «cuidados auxiliares de
enfermería» del SEG, establecido por el Real Decreto 546/1995, de 7 de abril
(referencia a):
PLEST AFSET «AUXILIAR DE ENFERMERÍA»10
MP – Operaciones administrativas y documentación sanitaria
MP – Técnicas básicas de enfermería
MP – Higiene del medio hospitalario y limpieza de material
MP – Promoción de la salud y apoyo psicológico al paciente
MP – Técnicas de ayuda odontológica / estomatológica
TOTAL
Horas
Extraído
40
del PLEST
235
del TTM
Cuidados
85
Auxiliares
85
Enfermería
85
530 HORAS
Al personal que ya tenga el TTM en «cuidados auxiliares de enfermería»
se les convalidará esta actividad formativa, y el que haya realizado el curso
FSET 6 del plan de actuación del MADOC del 2008, podrá seguir ocupando los
puestos tácticos que exigan esta actividad formativa.
Las condiciones del curso AFSET «auxiliar de enfermería», serán:

10
Carácter.- Informativo.
La duración de los módulos del PLEST está referida a las establecidas por el R.D. 456/95
(referencia a) que aprueba el título y fijan sus enseñanzas mínimas. Al ser un título de la Ley
Orgániza del Sistema Educativo (LOGSE), su duración no es de 2.000 horas sino de 1.400
horas. El currículo del TTM en «cuidados auxiliares de enfermería», aprobado por el R.D.
558/95, de 7 de abril (referencia b), establece unas duraciones mayores que las enseñanzas
mínimas para cada uno de los módulos. La duración del PLEST de la AFSET «auxiiar de
enfermería» se incrementa a un total de 830 horas (casi un año escolar) si se consideran las
duraciónes del currículo y no las de las enseñanzas mínimas. Dado que estas duraciones
hacen inviable el diseño del curso, el PLEST de la AFSET se realiza de acuerdo a las
enseñanzas mínimas, y posteriormente se tratará de que sean reconocidas por el MECD al
ser completadas por prácticas en el puesto de trabajo.
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
Acceso.- ETR de CLD o TP de la AET.

CDM.- ACLOG. El curso se impartirá en la Agrupación de
Hospital de Campaña (AGRUHOC), como unidad escuela
dependiente funcionalmente de la ACLOG.

Capacidad por curso.- 25 alumnos.

Duración.- 530 horas.

Periodicidad del curso.- Cada tres años.
El personal que realice el curso AFSET «auxiliar de enfermería», se les
tratará de reconocer, por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
(MECD), los módulos profesionales del TTM en «cuidadados auxiliares de
enfermería» que hayan superado, una vez que la AGRUHOC sea acreditada
por dicho Ministerio.
7.3.- AFSET «AUXILIAR DE FARMACIA».
Será realizado por el personal de tropa que se encuentre destinado en
las farmacias militares del ET (FARMET) y en los equipos de farmacia de las
unidades de la BRISAN que, con carácter general, deberán tener la condición
de militar de tropa permanente (TP) o compromiso de larga duración (CLD).
Esta actividad formativa se materializa mediante un curso de carácter
informativo de 240 horas, desarrollado en una unidad de la BRISAN como
unidad escuela, con una fase a distancia en las unidades de destino y una fase
de presente en la unidad escuela. El contenido del PLEST del curso estará
relacionado con el título de técnico de grado medio de «técnico en farmacia y
parafarmacia» del SEG, establecido por el Real Decreto 1689/2007, de 14 de
diciembre (referencia j):
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PLEST AFSET «AUXILIAR DE FARMACIA»11
MP0101 – Dispensación de productos farmacéuticos
MP0103 – Operaciones básicas de laboratorio
TOTAL
Horas
110
130
Extraído del PLEST
del TTM de Técnico
en Farmacia y
Parafarmacia
240 HORAS
Al personal que ya tenga el TTM de «técnico en farmacia y
parafarmacia» se les convalidará esta actividad formativa. Las condiciones del
curso AFSET «auxiliar de farmacia», serán:

Carácter.- Informativo.

Acceso.- ETR de CLD o TP de la AEO.

CDM.- ACLOG. El curso se impartirá en la Agrupación de
Hospital de Campaña (AGRUHOC), como unidad escuela
dependiente funcionalmente de la ACLOG.

Capacidad por curso.- 25 alumnos.

Duración.- 240 horas.

Periodicidad del curso.- Cada tres años.
El personal que realice el curso AFSET «auxiliar de farmacia», se les
tratará de reconocer, por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
(MECD), los módulos profesionales del TTM de «técnico en farmacia y
parafarmacia» que hayan superado, una vez que la AGRUHOC sea autorizada
por dicho Ministerio.
11
La duración de los módulos del PLEST está referida a las establecidas por el R.D. 1689/2007
(referencia j) que aprueba el título y fijan sus enseñanzas mínimas (1.400 horas). El currículo
del TTM en «farmacia y parafarmacia», aprobado por Orden EDU/2184/2009, de 3 de julio
(referencia p), establece unas duraciones mayores que las enseñanzas mínimas para cada
uno de los módulos. La duración del PLEST de la AFSET «auxiiar de farmacia» se
incrementa a un total de 500 horas (más del doble) si se consideran las duraciónes del
currículo y no las de las enseñanzas mínimas. Dado que estas duraciones hacen inviable el
diseño del curso, el PLEST de la AFSET se realiza de acuerdo a las enseñanzas mínimas, y
posteriormente se tratará de que sean reconocidas por el MECD al ser completadas por
prácticas en el puesto de trabajo.
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7.4.- AFSET «AUXILIAR DE VETERINARIA».
Será realizado por el personal de tropa que se encuentre destinado en
los equipos de veterinaria de las unidades de la Brigada de Sanidad (BRISAN).
También podrá ser realizado por personal de ETR de las unidades de servicios
de las bases o acuartelamientos que puedan auxiliar a los oficiales veterinarios
y que, con carácter general, deberán tener la condición de militar de tropa
permanente (TP) o compromiso de larga duración (CLD).
Esta actividad formativa se materializa mediante un curso de carácter
informativo de 370 horas, desarrollado en una unidad de la BRISAN como
unidad escuela, con una fase a distancia en las unidades de destino y una fase
de presente en la unidad escuela. El contenido del PLEST del curso estará
relacionado con el certificado de profesionalidad de «servicios para el control
de plagas», establecido por el Real Decreto 1536/2011, de 31 de octubre
(referencia u):
PLEST AFSET «AUXILIAR DE VETERINARIA»
MF0078_2 – Preparación de productos biocidas y
fitosanitarios
MF0079_2 – Aplicación de medios y productos para el control
de plagas
MF0075_2 – Seguridad y salud
MP0322 – Módulo prácticas profesionales para el control de
plagas.
TOTAL
Horas
100
140
50
80
Extraído del
PLEST del
Certificado
Profesional
«Servicios de
Control de
Plagas»
370 HORAS
Al personal que ya tenga el certificado de profesionalidad de «servicios
para el control de plagas» se les convalidará esta actividad formativa. Las
condiciones del curso AFSET «auxiliar de veterinaria», serán:

Carácter.- Informativo.

Acceso.- ETR de CLD o TP de la AEO.

CDM.- ACLOG. El curso se impartirá en la Agrupación de
Hospital de Campaña (AGRUHOC), como unidad escuela
dependiente funcionalmente de la ACLOG.

Capacidad por curso.- 25 alumnos.
Plan de actuación de formación sanitaria de tropa en el ET
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EJÉRCITO
DE TIERRA

Duración.- 370 horas.

Periodicidad del curso.- Cada tres años.
El personal que realice el curso AFSET «auxiliar de veterinaria», se les
reconocerá, por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) del Ministerio de
Empleo y Seguridad Social (MESS), el certificado de profesionalidad de
«servicios para el control de plagas», una vez que la AGRUHOC sea
autorizada por dicho Ministerio para impartir las enseñanzas correspondientes.
7.5.- AFSET «PREVIO AL DESPLIEGUE».
Esta actividad formativa será realizada por militares de la ETR de la
EFUN ASAN o de la especialidades operativas que tenga realizado la AFSET
«sanitario» (no se incluye a personal facultativo del CMS), encuadrados en
contingentes y previamente a su despliegue en zona de operaciones.
Se realizará en las bases de concentración de los contingentes (durante
su periodo de preparación previo al despliegue a las zonas de operaciones)
dentro del ámbito del SIAE, con un plan de estudios aprobado por MADOC, y
su realización y superación es certificada por el jefe de los servicios sanitarios
del contingente, o de la base cuando la entidad del contingente así lo aconseje.
Sus contenidos se ajustarán a los que se actualmente se vienen
impartiendo en los cursos «tactical combat casualty care» (TCCC) mediante
externalización, complementados con el estudio de los riesgos específicos de
cada zona de operación.
Las condiciones de la AFSET «previo al despliegue», serán:

Carácter.- Ámbito SIAE.

Lugar.-
Bases
o
acuartelamientos
durante
la
fase
de
concentración.

Capacidad por curso.- 25 alumnos.

Duración.- 1 semana.
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
Periodicidad.- Previo al despliegue a zona de operaciones.
7.6.- AFSET «APOYO SANITARIO EN COMBATE».
Se contempla como un curso de perfeccionamiento de carácter
informativo, teórico-práctico e intensivo, que cubre los posibles escenarios de
asistencia a la baja en cualquier ambiente o situación, como la presencia de
fuego enemigo, la limitación de personal sanitario facultativo y equipamiento
médico, elevados tiempo de evacuación o la existencia de condicionantes
tácticos.
Podrá ser realizado por personal facultativo (médicos o enfermeros),
cuadros de mando, personal de tropa de la EFUN ASAN o de otras
especialidades que hayan recibido una formación sanitaria previa (AFSET
«sanitario» y «previo al despligue»). En todos los casos, está dirigido al
personal que pueda prestar apoyo sanitario en el nivel táctico.
Esta actividad formativa se materializa mediante un curso de carácter
informativo de trece jornadas (mañana, tarde y noche), eminentemente teóricopráctico, desarrollado en una unidad de la BRISAN, como unidad escuela, y en
la que dispondrá de todos los medios necesarios para generar los diferentes
ambientes: pista de aplicación sanitaria, aulas de simulación, campos de tiro,
zona de agua embalsada, helicópteros medicalizados, etc. Las condiciones del
curso AFSET «apoyo sanitario en combate», serán:

Carácter.- Informativo.

Acceso.- No podrán hacerlo personal de la ETR durante su CI.

CDM.- ACLOG. El curso se impartirá en la Agrupación de
Sanidad nº 1 (AGRUSAN 1), como unidad escuela dependiente
funcionalmente de la ACLOG.

Capacidad por curso.- 25 alumnos.

Duración.- 3 semanas en la modalidad de presente.
Plan de actuación de formación sanitaria de tropa en el ET
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EJÉRCITO
DE TIERRA

Periodicidad del curso.- Anual.
7.7.- OTRAS ACTIVIDADES FORMATIVAS.
Además de las actividades formativas contempladas en el presente plan
de actuación, cuando aparezcan necesidades formativas nuevas, se podrán
organizar otras actividades aprovechando la experiencia y conocimientos de la
Escuela Militar de Sanidad (EMISAN), los centros de referencia del ET (ACLOG
o unidades escuela de la BRISAN) o externalizándolas a organismos ajenos al
ET.
Entre las carencias actualmente detectadas, se encuentra la formación
al personal (cuadros de mando y tropa) que pueda prestar apoyo sanitario en el
nivel táctico en situación de aislamiento (operaciones especialiales, patrullas de
reconocimiento en profundidad, etc.). Precisaría, al menos, una formación
sanitaria específica inicial y avanzada en tratamiento de heridas, asfixia, parada
cardiaca y administración de medicamentos. Sin embargo, y mientras no
cambie la actual legislación nacional en materia de sanidad, no es posible la
formación de personal no facultativo en esta clase de técnicas invasivas.
8.- PLAN DE CHOQUE
La capacidad de formación de un centro docente debe ser suficiente
para hacer frente a las tasas de reposición anuales, de forma que se asegure la
formación del número necesario de militares. Sin embargo, la aparición de una
nueva especialidad fundamental o de nuevos cursos de perfeccionamiento,
obliga inicialmente a formar al mayor número de alumnos (capacidad máxima
de los centros docentes militares) hasta alcanzar los valores necesarios, y
hacer frente a partir de entonces, a las tasas de reposición para mantener
estos valores.
Debido a que la capacidad de formación de los CDM es limitada, este
periodo inicial de transición puede alargarse en el tiempo de forma inadmisible.
Esto obliga a poner en marcha medidas de choque encaminadas a reducir al
mínimo posible este periodo inicial. Estas medidas puede ser:
Plan de actuación de formación sanitaria de tropa en el ET
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EJÉRCITO
DE TIERRA

Aumentar la capacidad de formación de los CDM (comisiones de
servicio, incrementar el número de cursos, etc.)

Convalidar la formación de otros centros ajenos a la estructura
del ET o, incluso, de las FAS.

Mantener la vigencia de cursos anteriores de forma transitoria.

Establecer medidas que fomenten y faciliten la formación
personal a través del sistema educativo general de títulos que
sean de interés para el ET.
Una vez definidas las necesidades de formación sanitaria del personal
de tropa no facultativo en el ET (apartado 5), y conocidas las capacidades de
formación de la ACLOG como CDM para el cambio de especialidad (apartado
6) y de las unidades de la BRISAN como unidades escuela para impartir las
actividades formativas contempladas en el plan de actuación (apartado 7),
pueden deducirse qué acciones de choque serán necesarias:
NECESIDAD
Cambio Especialidad ASAN
AFSET Sanitario
AFSET Auxiliar Enfermería
AFSET Auxiliar de Farmacia
AFSET Auxiliar de Veterinaria
AFSET Previo Operaciones
AFSET Apoyo Sanitario en Combate
430
1.500
85
54
16 (pueden ser 50)
En función OPS
No determinado
CAPACIDAD
CENTRO
30
SIAE
25
25
25
SIAE
25
A la vista del cuadro anterior, puede deducirse que se precisarían de
15 a 17 años (teniendo en cuenta que anualmente habrá un tanto por ciento de
bajas que dará lugar a la tasa de reposición) para formar a los 430 militares de
la EFUN ASAN. En cuanto a los conductores de ambulancia y sanitarios de los
puestos de socorro y pelotones de evacuación SVB, al formarse en el ámbito
del SIAE, no hay un dato concreto de formación anual, pero dadas las
necesidades (entorno a 1.500 militares) parece lógico pensar que se
necesitarán varios años. Las necesidades de formación de la AFSET «auxiliar
de enfermería» precisan de cuatro cursos, por lo que, teniendo en cuenta que
se convoca cada tres años, sería necesario un total de 9 años cubrir los 85
puestos (contemplando también un tanto por ciento de bajas anual). En cuanto
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a la AFSET «auxiliar de farmacia» se necesitan tres cursos, lo que supone un
total de seis años.
El resto de actividades formativas no precisan de medidas de choque
adicionales. Las necesidades de la AFSET «auxiliar de veterinaria» quedarían
satisfechas con la convocatoria de un único curso. Las necesidades de la
AFSET «previo al despliegue» dependen de la existencia de las misiones en el
exterior y quedan cubiertas para cada despliegue en el ámbito del SIAE. En
cuanto a la AFSET «apoyo sanitario en combate», al ser una actividad nueva,
no se dispone de datos precisos de necesidad de formación, que habrá que
acotar con el tiempo.
8.1.- MEDIDAS DE CHOQUE PARA CAMBIO DE ESPECIALIDAD.
La realización del primer curso de cambio de especialidad a la EFUN
ASAN precisa que, previamente, se den circunstancias que no son
responsabilidad del ET. En primer lugar, debe aprobarse el borrador de la
Orden Ministerial por la que se aprueban las directrices generales para la
elaboración de los Planes de Estudio de la Enseñanza Militar de Formación
para el acceso a las Escalas de Tropa y Marinería (referencia aa). Sin dicha
O.M., no pueden aprobarse los planes de estudio (PLEST) de las nuevas
especialidades fundamentales aprobadas por el Real Decreto 711/2010, de 28
de mayo (referencia r). En segundo lugar, el nuevo PLEST de la EFUN ASAN
debe ser aprobado por el Misnistro de Defensa, al tratarse de un PLEST de la
enseñanza de formación.
Las previsiones actuales hacen pensar que el borrador de OM de
directrices para la elaboración de los PLEST para la formación de la ETR, será
aprobado durante el segundo semestre del 2014, y que el PLEST para la
formación de la EFUN ASAN, si su borrador está listo en el momento de la
aprobación de la OM, podría ser aprobado y publicado durante en primer
semestre del 2015. En estas circunstancias, los primeros alumnos designados
para el cambio de especialidad a la EFUN ASAN podrían ingresar en la
ACLOG en septiembre de 2015 y egresar en julio de 2016.
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En caso de que la citada OM no se apruebe en los plazos previstos, se
optaría como solución transitoria por elaborar los PLEST para el cambio de
especialidad como enseñanza de perfeccionamiento (mediante la aprobación
de GEJEME). Posteriormente, y una vez aprobada la OM de directrices para la
elaboración de los PLEST de formación, se incluirían los contenidos del citado
PLEST como Fase de Formación Específica del PLEST que se determine para
la especialidad fundamental.
A partir de julio de 2016, podrían egresar con el cambio de especialidad
30 militares cada año, con lo que, dado que se necesitan cubrir 430 puestos, se
necesitarían un mínimo de 15 años. Teniendo en cuenta que, inevitablemente,
anualmente se producirán bajas, este periodo podría incrementarse en algún o
algunos años más.
Este periodo podría reducirse aumentando la capacidad de formación de
la ACLOG, habilitando una segunda sección de alumnos, para lo que se
precisaría incrementar el personal docente con la comisión de servicio de un
(1) oficial médico y de dos (2) oficiales enfermeros12. Esto supondría una
capacidad de formación de 60 alumnos por año, y el periodo de implantanción
se reduciría a un mínimo de siete años.
Además, se podría facilitar el número de ingresos con la titulación de
TTM de Técnico en Emergencias Sanitarias (TES) o con los certificados de
profesionalidad de «transporte sanitario» o «atención sanitaria a múltiples
víctimas y catástrofes»13.
Al personal con el TTM TES se le convalidaría el PLEST del cambio de
especialidad, excepto el módulo de «organización y adaptación de la sanidad
militar», con lo que su periodo de formación se reduciría a un mes. Al personal
con el certificado de profesionalidad de «transporte sanitario» o que haya
realizado la AFSET «sanitario», se le podrá convalidar los módulos formativos
12
En principio no habría problema de capacidad en el centro docente, aunque las aulas
polivalentes y talleres de enfermería deberían ser compartidas por ambas secciones.
13
El título de técnico en emergencias sanitarias y el carnet de conducir BTP darán prioridad
para el acceso cambio de especialidad a ASAN, mientras que los certificados de
profesionalidad de «transporte sanitario» y «atención sanitaria a múltiples víctimas y
catástrofes» constituirán un mérito en el concurso-oposición.
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correspondientes y realizar, también, un PLEST reducido. A los militares con
otros certificados de profesionalidad se les convalidarán los módulos formativos
correspondientes, aunque realizarán el PLEST completo del cambio de
especialidad.
Con estas medidas, se podría incrementar más aún el número de
egresados anuales, ya que los ingresados con el TTM TES, al no cursar el
PLEST completo (sólo un mes), no limitarían la capacidad del CDM. Sin
embargo, es difícil de calcular cuántos podrían ingresar con el TTM TES.
8.2.- MEDIDAS DE CHOQUE PARA AFSET «SANITARIO».
Hasta la total implantación del presente plan de actuación de formación
sanitaria en el ET, el personal que realizó el curso FSET 3 del anterior plan del
2008, podrá seguir ocupando los puestos tácticos de conductor de ambulancia
y sanitario de los puestos de socorro de batallón y de los pelotones de
evacuación SVB. El número de alumnos que ha realizado el curso FSET 3
desde el 2008 (incluidos los previstos a realizar a lo largo de 2014) es de 816
militares.
El personal que cuente con el certificado profesional de transporte
sanitario (SANT0208) expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal
(SEPE) del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MESS) se les convalidará
la AFSET «sanitario». Este certificado profesional ya ha sido obtenido por una
cantidad importante de militares, a través de los cursos de promoción
profesional para el empleo publicados por DIGEREM en diversas bases o
acuartelamientos. En total, el certificado profesional ha sido obtenido por 363
militares.
Entre los que realizaron el curso FSET 3 y los que obtuvieron el
certificado profesional de transporte sanitario en los cursos de promoción
profesional para el empleo, se ha formado a un total de 1.189 militares. Es
cierto que algunos ya se han desviculado de las FAS y que otros no ocupan
puestos tácticos relacionados con la formación sanitaria, por lo que es difícil
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saber las necesidades exactas de formación. Sin embargo, podría tomarse
como aproximación, sin temor a cometer grandes errores, el dato de 500.
Dado que la AFSET «sanitario» se desarrolla en el ámbito del SIAE y
que, por tanto, tiene lugar de forma simultánea en todas las unidades, no se
estima que estas necesidades formativas vayan a suponer un problema, por lo
que en 1 o 2 años podrían alcanzarse. En cualquier caso, esta actividad
formativa continuaría completándose con el fomento de los cursos de
promoción porfesional para el empleo publicados por DIGEREM, y con las
acciones necesarias para que la AFSET sea reconocida por la SEPE del MESS
(mediante la autorización por parte del Ministerio para que la base o
acuartelamiento imparta los respectivos cursos).
8.3.- MEDIDAS DE CHOQUE PARA AFSET «AUXILIAR ENFERMERÍA».
Hasta la total implantación del presente plan de actuación de formación
sanitaria en el ET, el personal que realizó el curso FSET 6 «auxiliar de clínica»
del anterior plan del 2008, podrá seguir ocupando los puestos tácticos en los
equipos de hospitalización, quirúrgicos y de especialidades médicas de las
unidades de BRISAN. El número de alumnos que ha realizado el curso FSET 6
desde el 2008 es de 69 militares14, de los cuales 41 siguen destinados en
BRISAN (29 AGRUHOC y 12 AGRUSAN). Al personal que ya cuente con el
título de técnico de grado medio en cuidados auxiliares de enfermería, se le
convalidará la AFSET «auxiliar de enfermería». Hay 51 soldados con el TTM
reconocido oficialmente.
Independientemente de las posibles convalidaciones, y teniendo en
cuenta sólo el personal que realizó el curso FSET 6 y continua destinado en la
BRISAN, sería necesario formar únicamente a 48 militares para cubrir los 85
puestos necesarios (25 en AGRUHOC y 30 por AGRUSAN). Eso supone que
se precisan dos cursos a la máxima capacidad de la unidad escuela (25). Para
reducir el periodo de transición inicial, se reducirá el periodo de tiempo entre la
convocatoria de los dos primeros cursos, previsto en el plan cada tres años.
Para ello, los primeros cursos de las AFSET «auxiliar de enfermería», «auxiliar
14
A 62 militares más se le convalido el curso FSET 6 por la formación que tenían.
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de farmacia» y «auxiliar de veterinaría», que se realizan en la AGRUHOC, se
convocarán cada seis meses, en lugar de uno anual como se prevé en el plan
una vez que se haya alcanzado su total implantación.
La AFSET «auxiliar de enfermería» es un curso de perfeccionamiento de
los militares de la ETR de la especialidad fundamental ASAN. Sin embargo, en
la convocatoria de los primeros cursos, mientras dure el plan de choque y no
haya personal suficiente de esta especialidad fundamental, se ofertará a los
militares de CLD de la especialidades operativas (AEO) que se encuentren
ocupando los puestos tácticos en la AGRUHOC y las AGRUSAN que precisen
de esta formación.
8.4.- MEDIDAS PARA EL RESTO DE LAS AFSET.
Al personal que ya cuente con el título de grado medio de técnico en
farmacia y parafarmacia, se le convalidará la AFSET «auxiliar de farmacia».
Con esta medida y la realización de dos cursos se cubrirían las necesidades
inciales. Similar situación existe con la AFSET «auxiliar de veterinaria», que se
convalidaría con el certificado de profesionalidad de «servicios para el control
de plagas», y cuyas necesidades (incluyendo la formación del personal de las
USBA/USAC), en cualquier caso, quedarían cubiertas con la convocatoria de
dos cursos.
Con estas medidas, y el aumento de la frecuencia de los cursos AFSET
«auxiliar de enfermería, farmacia y veterinaria» durante un periodo transitorio,
se conseguiría que todas las necesidades de formación sanitaria del personal
de tropa no facultativo del ET de la enseñanza de perfeccionamiento (AFSET)
recogidas en el presente plan estén cubiertas en el plazo de dos años desde su
puesta en funcionamiento. Las necesidades de la enseñanza de formación
para el cambio de especialidad a la EFUN ASAN, precisaría de un periodo
transitorio más prologado, que podría estimarse en cinco o seis años desde
que se salgan los primeros militares de la especialidad (una vez que se
apruebe la normativa pendiente y los planes de estudio).
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9.- NECESIDADES DE LOS CDM Y MEMORIA ECONÓMICA
Como se mencionó en el apartado 4.4., no existe en la actualidad, en el
ámbito del ET, un CDM de referencia específico para la formación sanitaria del
personal de tropa. Para la formación de tropa quedan dos centros docentes
principales, el CEFOT 1 (Cáceres) para la especialidades operativas (AEO) y la
ACLOG (Calatayud) para la especialidades técnicas (AET), incluida la EFUN
ASAN.
Para la enseñanza de perfeccionamiento, y dado que no hay CDM de
referencia, la ACLOG tiene que apoyarse en algunas unidades de la Brigada de
Sanidad (BRISAN), unidades escuela, para la formación sanitaria de personal
de tropa.
En ambos casos, es necesario cubrir una serie de necesidades
(instalaciones, alojamiento, espacios, profesorado y material) para poder llevar
a cabo estos nuevos cometidos de formación. Los recursos económicas
derivados de estas necesidades han sido programados en el Plan General de
Enseñanza, Investigación y Doctrina (PGPE) del año 2015, con lo que estos
centros tendrán que estar en disposición de cumplir con sus cometidos
docentes a lo largo de ese año.
9.1.- ACADEMIA DE LOGÍSTICA.
En la ACLOG se impartirá el curso de cambio de especialidad a la
especialidad fundamental de Apoyo Sanitario. Se trata de un curso de
periodicidad anual de nueve meses de duración, para una sección de 30
alumnos (que podría aumentarse a 60 durante el plan de choque). Las
necesidades de este centro son:
9.1.1.- Personal Docente
Es necesario crear el Área de Apoyo Sanitario, dotado en plantilla con
tres profesores (un médico y dos enfermeros), para una sección de 30
alumnos. El oficial médico profesor ya existe en el centro, mientras que los dos
oficiales enfermeros deben incrementarse a su MPLTO.
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9.1.2.- Instalaciones
No existen carencias de instalaciones, alojamientos y espacios, ya que
se aprovechan las de otras especialidades que han dejado de impartirse, como
administración o almacenes y parques. Las necesidades de instalaciones son:

Aula polivalente de 60 metros para una sección de 30 alumnos,
equipada de cañón de proyección, ordenador y sistemas de
información geográfica. (Ya existe).

Taller de enfermería de 60 metros para una sección de 30
alumnos, equipado de material sanitario. (Existe la instalación a
falta de equipar del material sanitario).

Zona exterior para entrenamiento y simulación de prácticas. (Ya
existe).
9.1.3.- Material Sanitario
Es necesario equipar de material sanitario el taller de enfermería, por lo
que se ha programado en el PGPE de 2015 un crédito de 80.000 €, para la
adquisición de:
 Material electromédico.
 Material de cura
 Material fungible y de medicación.
 Oxígeno medicinal.
 Material de inmovilización y de movilización.
 Maniquí simulador.
 Instrumental de atención sanitaria.
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9.2.- BRISAN
9.2.1.- AGRUHOC.
Dos de las unidades de BRISAN se constituirán en unidades escuelas,
dependientes funcionalmente de la ACLOG, para impartir los cursos
informativos AFSET del plan: AGRUHOC, para las AFSET «auxiliar de
enfermería», «auxiliar de farmacia» y «auxiliar de veterinaria»; AGRUSAN 1,
para la AFSET «apoyo sanitario en combate».
En la AGRUHOC se impartirá un curso anual (excepto los dos primeros
años que, como medida de choque, se organizará un curso semestral), de
duración máxima de tres meses (incluida la fase a distancia), para una sección
de 25 alumnos como máximo, alternativamente entre las AFSET «auxiliar de
enfermería», «auxiliar de farmacia» y «auxiliar de veterinaria». Para poder
impartir estos cursos, la AGRUHOC precisa, además del apoyo del Hospital
Central de la Defensa (HCD) «Gómez Ulla», las siguientes necesidades:
9.2.1.1.- Personal Docente
El MADOC nombrará, de entre el personal destinado en la AGRUHOC,
los profesores de número o asociados necesarios para impartir el curso.
Cuando sea inevitable, por falta de cobertura del personal facultativo destinado,
se recurrirá a las comisiones de servicio.
9.2.1.2.- Instalaciones
Es necesario adecuar un aula para un máximo de 25 alumnos. Para ello
se ha programado en el PGPE de 2015 un crédito de 24.500 €:
25 mesas
25 sillas
25 ordenadores
Proyector y pantalla
Cable red
2 web-cam
Acondicionamiento Aula
TOTAL
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1.500 €
1.000 €
15.000 €
600 €
300 €
100 €
6.000 €
24.500 €
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9.2.1.3.- Material Sanitario
Para las AFSET «auxiliar de enfermería» y «auxiliar de veterinaria», no
es necesario la adquisición de material sanitario docente. Para la AFSET
«auxiliar de farmacia» hace falta un módulo de laboratorio valorado en 20.000
euros, que han sido programados en el PGPE 2015.
9.2.2.- AGRUSAN 1.
En la AGRUSAN 1 se impartirá un curso anual (AFSET «apoyo sanitario
en combate») para un máximo de 25 alumnos. Este curso es eminentemente
práctico y de corta duración (tres semanas), por lo que no existen necesidades
de equipamiento y acondicionamiento de aulas. Las necesidades principales
para estas actividades formativas son:
9.2.2.1.- Personal Docente
El MADOC nombrará, de entre el personal destinado en la AGRUSAN 1,
los profesores de número o asociados necesarios para impartir el curso.
Cuando sea inevitable, por falta de cobertura del personal facultativo destinado,
se recurrirá a las comisiones de servicio.
9.2.2.2.- Instalaciones
La principal instalación necesaria es la Pista de Instrucción Sanitaria que
ya existe en el Acuartelamiento «Cavalcanti».
9.2.2.3.- Material Sanitario
El apoyo del material sanitario necesario será proporcionado por la
AGRUSAN 1.
10.- CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN
Teniendo en cuenta las medidas del plan de choque del apartado 8, el
calendario previsto para la realización de las diferentes actividades formativas
contempladas en el presente plan para los próximo años es:
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ACLOG
ENE
FEB
MAR
ABR
MAY
JUN
JUL
AGO
SEP
OCT
NOV
DIC
ACLOG
2018
UNIDADES AGRUHOC
AFSET OPS
AFSET OPS
1º CURSO 1º AFSET AUX FARMACIA
CAMBIO AFSET OPS
EFUN ASAN
2016
UNIDADES AGRUHOC
AFSET OPS
VETERINARIA
AFSET OPS
4º CURSO CAMBIO AFSET OPS
EFUN ASAN
AGRUSAN 1
1º CURSO CAMBIO AFSET AFSET ASC
EFUN ASAN SANITARIO 1º AFSET AUX ACLOG
2019
UNIDADES AGRUHOC
AFSET OPS
ENFERMERIA
AFSET OPS
2º CURSO 2º AFSET AUX ENFERMERIA
CAMBIO AFSET OPS
EFUN ASAN
AFSET OPS
5º CURSO CAMBIO AFSET OPS
EFUN ASAN
AGRUSAN 1
2º CURSO CAMBIO AFSET AFSET ASC
EFUN ASAN SANITARIO 2º AFSET AUX ACLOG
2020
UNIDADES AGRUHOC
AFSET OPS
AGRUSAN 1
5º CURSO CAMBIO AFSET AFSET ASC
EFUN ASAN SANITARIO 3º AFSET AUX FARMACIA
FARMACIA
AFSET OPS
3º CURSO CAMBIO AFSET OPS
EFUN ASAN
AGRUSAN 1
4º CURSO CAMBIO AFSET AFSET ASC
EFUN ASAN SANITARIO 3º AFSET AUX VETERINARIA
2017
UNIDADES AGRUHOC
AFSET OPS
AGRUSAN 1
3º CURSO CAMBIO AFSET AFSET ASC
EFUN ASAN SANITARIO 2º AFSET AUX ENFERMERIA
ACLOG
ENE
FEB
MAR
ABR
MAY
JUN
JUL
AGO
SEP
OCT
NOV
DIC
AGRUSAN 1
AFSET SANITARIO AFSET ASC
1º AFSET AUX AFSET OPS
ACLOG
ENE
FEB
MAR
ABR
MAY
JUN
JUL
AGO
SEP
OCT
NOV
DIC
2015
UNIDADES AGRUHOC
AFSET OPS
6º CURSO CAMBIO AFSET OPS
EFUN ASAN
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11.- COMETIDOS
Antes del 31 de diciembre de 2014:

Los planes de estudio (PLEST) de las diferentes actividades
formativas estarán aprobados por GEMADOC, y remitidos al
EME para su inclusión como anexos en el presente plan de
actuación.

MADOC ha remitido el borrador de PLEST de formación para la
especialidad fundamental de Apoyo Sanitario.

DIVOPE ha modificado la Norma General 04/13 «subsistema de
enseñanza», para incluir a la Brigada de Sanidad (BRISAN)
como unidad escuela, dependiente funcionalmente de la ACLOG,
para la formación sanitaria de perfeccionamiento del personal de
tropa no facultativo del ET, en lugar de la Agrupación del Hospital
de Campaña (AGRUHOC).
Antes del 31 de marzo de 2015

Las unidades escuela para la formación sanitaria (AGRUHOC y
AGRUSAN 1) han realizado las acciones necesarias para estar
en
disposición
de
desarrollar
las
actividades
formativas
previstas.

MADOC ha convocado el primer curso AFSET «auxiliar de
enfermería».

Las unidades llevan a cabo la actividad formativa AFSET
«sanitario»
Antes del 30 de junio de 2015

El PLEST de formación para la ESPFUN ASAN ha sido
aperobado por el Ministro de Defensa y publicado en el BOD. En
caso de que esto no haya sido posible, por no haber sido
aprobada la Orden Ministerial de directrices generales para la
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elaboración de los PLEST de la enseñanza militar de formación
para el acceso a la ETR (referencia aa), GEJEME habrá
aprobado los PLEST para el cambio de especialidad ASAN como
enseñanza de perfeccionamiento.

La ACLOG ha realizado las acciones necesarias para estar en
disposición de desarrollar el curso de cambio de especialidad
para septiembre de 2015.

MADOC ha convocado el primer curso AFSET «auxiliar de
farmacia».

Se cursan los AFSET «previo operaciones» previstos.
Antes del 31 de diciembre de 2015

DIGEREM ha realizado las gestiones necesarias con el MECYD
y MESS para autorizar a los CDM, unidades escuelas, bases y
acuartelamiento, para que impartan los diferentes contenidos de
SEG incluidos en los PLEST de la enseñanza de formación y de
las AFSET de la enseñanza de perfeccionamiento.

Se cursan los AFSET «previo a operaciones» y «apoyo sanitario
en combate» previstos.
12.- REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN
La revisión y actualización de este plan vendrá originado por alguno de
los siguientes motivos:

Modificación de la normativa que regule el respaldo legal del
personal de tropa no facultativo en sus funciones de apoyo
sanitario.

Creación, a través de DIGEREM, del certificado de «sanitario
militar en operaciones» para personal de tropa y marinería, que
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obligue a revisar la formación sanitaria en el ET y el ejercicio de
- -- --
sus competencias en operaciones.
•
De oficio por DIVOPE.
En el plazo de un año desde la emisión y entrada en vigor del presente
plan, MADOC, FLO y DISAN emitirán un informe sobre su grado de
cumplimiento y propuesta de modificaciones a introducir.
Con posterioridad, se considerará anualmente la funcionalidad e
idoneidad del plan para, en su caso, abrir un proceso de revisión o
actualización.
13.- ENTRADA EN VIGOR.
La entrada en vigor del presente plan de actuación de formación
sanitaria en el ET será a partir del 01 de enero de 2015. Durante el 2014 se
continuarán realizando las actividades formativas previstas en el anterior plan
del MADOC de 2008 (cursos FSET 3 en la EMISAN).
Madrid a ,j de diciembre de 2014.
EL GENERAL DE EJERCITO JEME.
DE ORDEN DE S.E:
EL TENIENTE GENERAL SE
Juan Campíns Miralles
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