Habilidades, competencias y funciones Personal Técnico de Juventud

Transcripción

Habilidades, competencias y funciones Personal Técnico de Juventud
“COMPETENCIAS, RECURSOS Y PROCESOS PARA LA DINAMIZACIÓN JUVENIL”
JAEN DICIEMBRE 2009
CURSO:
COMPETENCIAS, RECURSOS Y PROCESOS
PARA LA DINAMIZACION JUVENIL
MÓDULO:
Habilidades, competencias y funciones
Personal Técnico de Juventud
Ponencia de Aurora Barranco Martos
“HABILIDADES, COMPETENCIAS Y FUNCIONES DEL PTJ”. Ponencia de Aurora Barranco Martos
“COMPETENCIAS, RECURSOS Y PROCESOS PARA LA DINAMIZACIÓN JUVENIL”
JAEN DICIEMBRE 2009
Habilidades, competencias y funciones
Personal Técnico de Juventud
Ponencia de Aurora Barranco Martos
1. INTRODUCCION:
Europa se caracteriza por una gran diversidad de instituciones y sistemas de educación y
formación. Esta diversidad se debe a la existencia de un amplio y sólido consenso, según el cual, la
educación y la formación deben reflejar las necesidades de aprendizaje a nivel local, regional y nacional y
dar respuesta a estas necesidades. La riqueza y la diversidad de la educación y la formación de Europa
pueden considerarse a la vez un valioso recurso y un medio para reaccionar con rapidez y eficacia a los
cambios tecnológicos y económicos.
El Marco Europeo de las Cualificaciones (MEC) es un elemento esencial para los objetivos
de la Unión Europea ya que su objetivo es actuar como mecanismo de conversión y punto de referencia
imparcial para comparar cualificaciones entre los diferentes sistemas de educación y formación de los
Estados miembros.
El aprendizaje permanente es hoy en día indispensable en una Europa caracterizada por
continuos cambios tecnológicos y económicos, y por el envejecimiento de la población. La necesidad de
renovar continuamente los conocimientos, las destrezas y las competencias de la ciudadanía es esencial
para la competitividad y la cohesión Social de la Unión Europea.
En el Consejo Europeo de marzo de 2000, celebrado en Lisboa, los Jefes de Estado y de
Gobierno de la UE decidieron lanzar una estrategia con el ambicioso objetivo de conseguir que, en el 2010,
Europa fuera la “economía del conocimiento más dinámica y competitiva del mundo, capaz de mantener el
crecimiento de su economía con más y mejores empleos, preservando al mismo tiempo la cohesión social y
el respeto por el medio ambiente”.
Esta nueva estrategia estaba diseñada sobre tres grandes ejes:
1.
2.
3.
Preparar el paso a una economía y una sociedad basadas en el conocimiento mediante la mejora
de las políticas relativas a la sociedad de la información y la I+D; la aceleración del proceso de
reformas económicas estructurales a favor de la competitividad y la innovación y la culminación del
mercado interior.
Modernizar el modelo social europeo por medio de la educación y la lucha contra la exclusión social.
Mantener el índice medio de crecimiento económico en torno al 3 por 100 anual mediante aplicación
de un conjunto de políticas macroeconómicas.
En el marco de la Estrategia de Lisboa revisada, las directrices de empleo para el periodo 2005-08,
resaltan igualmente la necesidad de garantizar vías de aprendizaje flexible es y de multiplicar las
oportunidades de movilidad para estudiantes y personas en formación, mejorando la definición y la
transparencia de las cualificaciones, su reconocimiento efectivo y la convalidación del aprendizaje no formal
e informal.
Aparece el EQF ó Marco Europeo de Cualificaciones:
Metamarco bajo el que se van a relacionar las cualificaciones de los diferentes países o sectores de
la UE, posibilitando su transferencia a a nivel educativo y/o laboral.
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2.
CAPACIDAD, COMPETENCIAS Y FUNCIONES
Para saber como se construye una profesión, qué elementos la definen, el colectivo de PTJ
debemos conocer y diferenciar una serie de conceptos fundamentales: capacidad, competencias y función.
2.1. CAPACIDAD:
•
•
Según la RAE: Aptitud, talento, cualidad que dispone a alguien para el buen ejercicio de algo.
Para el sistema empresarial: indica el más alto nivel de producción que una compañía puede
contener razonablemente, con horarios realistas para su personal y con el equipo que posee.
2.2. COMPETENCIA PROFESIONAL:
•
Según la Ley Orgánica 5/2002 de 19 de Junio DE LAS CUALIFICACIONES Y DE LA
FORMACIÓN PROFESIONAL: La competencia es el conjunto de conocimiento y capacidades
que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción
y el empleo.
•
Según el INEM: Las competencias profesionales definen el ejercicio eficaz de las capacidades
que permiten el desempeño de una ocupación, respecto a los niveles requeridos en el empleo.
•
Según la Unión Europea: La competencia profesional es la capacidad real para para desarrollar,
saberes, saber hacer, capacidades y aptitudes en una situación habitual o nueva.
Vemos que se repiten tres componentes: atributos de la persona, las acciones que movilizan esos
atributos y el objetivo de esa movilización (la tarea). Pero todo eso no es válido si no se saben conjugar
esos atributos para conseguir un estándar o norma de competencia.
La competencia se alcanza, se cumple o se acredita cuando una persona demuestra que conjuga o aplica
adecuadamente dichos atributos para conseguir un resultado esperado en un contexto determinado.
INTEGRA: CONOCIMIENTOS-HABILIDADES Y ACTITUDES
2.3. FUNCIÓN:
Este término tiene varios significados, puede ser utilizado en el sentido de profesión, cargo o
empleo, designando al conjunto de deberes y responsabilidades de una persona. Surge de la naturaleza
misma del proceso social del trabajo, permite identificar la aportación que hace a la sociedad una profesión,
describe su finalidad y establece sus límites.
Todas las profesiones encuentran su razón de ser en necesidades sociales, en toda colectividad
existe la división de funciones entre personas o grupos , de modo que cada cual realice una contribución
específica al conjunto de la sociedad.
Definir las funciones permite aumentar la productividad y racionalidad en el uso del personal al
promover una organización más eficaz y productiva , determinar los deberes, responsabilidades y jerarquías
de autoridad, mejorar la comunicación interpersonal, eliminar duplicidades en las tareas, así como puestos
de trabajo con contenidos insuficientes para cubrir la jornada laboral.
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Algunas funciones que realizamos el colectivo de PTJ:
FUNCIONES DE LOS Y LAS PROFESIONALES DE JUVENTUD
Estudiar demandas, intereses y necesidades de Juventud
Informar al colectivo juvenil
Dinamizar al colectivo juvenil
Emplear prácticas evaluativas
Contribuir al Desarrollo de Políticas y Programas
Coordinación con otras entidades
...
3.
CONCEPTO DE CUALIFICACIÓN
Para el colectivo de PTJ resulta de enorme interés manejar estos conceptos, pues la definición
social de la profesión se podrá hacer con claridad, si en la misma, se determinan cuáles son nuestras
competencias y como a través de la adquisición de las mismas, podemos obtener una cualificación.
La Le5 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación Profesional tiene como principal novedad el
contemplar que un/a trabajador/a puede adquirir competencias de acción profesional básicas para
desarrollar adecuadamente su trabajo, no solo en la formación profesional y universitaria del sistema
educativo, sino en los otros subsistemas: la formación continua y la formación ocupacional, así como en su
práctica laboral y/o voluntaria.
•
Esta Ley propone este concepto de cualificación:
“Conjunto de competencias profesionales con significación en el empleo que pueden ser adquiridas
mediante formación modular u otros tipos de formación, así como a través de la experiencia Laboral”
•
4.
Para la RAE: “Preparación para ejercer determinada actividad o profesión”
COMPETENCIAS GENERALES BÁSICAS DEL PTJ
SABER CONOCER
(APRENDER A APRENDER)
SABER HACER
(LA TAREA)
Conocer las características psico-sociales de la juventud en
general, y específicamente de los/as jóvenes con quienes
trabajamos.
Analizar la realidad mediante procesos participativos que
incluyan a los/as jóvenes y a los colectivos del contexto
Conocer las políticas de juventud de las diferentes
Administraciones Públicas y los programas y recursos
derivados, así como cooperar con la elaboración de estas
políticas
Establecer estrategias de comunicación y difusión de los
diferentes proyectos y actuaciones comunitarias, utilizando
adecuadamente las TICs (Tecnologías de la Informa y de la
Comunicación)
Conocer el paradigma participativo de la acción socioeducativa, Reflexionar sobre la propia práctica y los resultados de sus
y ser capaz de poner en práctica sus metodologías y técnicas. programas utilizando las conclusiones en la continua mejora
profesional.
Dinamizar la planificación, desarrollo y evaluación de acciones y
proyectos comunitarios y de participación ciudadana.
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SABER SER
(ACTITUDES)
SABER CONVIVIR
(PARTICIPACIÓN EN EL CONTEXTO)
Asumir unos valores éticos coherentes con la metodología
participativa, y con los principios de la ASC, comprometiéndose
personalmente en el empoderamiento del colectivo joven.
Promover la participación y autonomía de los/as jóvenes,
favoreciendo su integración en el entorno y ampliando su
conciencia de los conceptos de poder y posibilidades de cambio
social
Tener habilidades sociales como saber trabajar en equipo,
disposición a la cooperación, capacidad de coordinación,
capacidad de gestionar conflictos, respeto y empatía.
Promover en los jóvenes el respeto por la diversidad, la
perspectiva de género, la igualdad de oportunidades y el
compromiso de una sociedad intercultural
Tener habilidades personales como capacidad de iniciativa,
Establecer y mantener redes de relación con los principales
disposición al trabajo, responsabilidad, capacidad de adaptación agentes comunitarios.
y perseverancia.
Desde el IAJ se trabajaron estos contenidos para elaborar unas competencias que incluyeran las funciones que buena
parte de los PTJ andaluces llevaban a cabo.
Para eso se reunieron en Córdoba en junio de 2008 una representación de PTJ de cada provincia que trabajaron “El Libro
Europeo de la Juventud” y sacaron las conclusiones que dejaron en este manual y en ocho más. Estos manuales tratan de
subsanar las carencias que en base a lo expuesto en estas jornadas mostraron tener los PTJ andaluces. Para trabajar los 9 ejes se
puso en marcha un programa de formación específico y que este año he impartido yo en Jaén con el tema de “Análisis de la
Realidad Juvenil” , aunque hay 6 temas más que son:
1. FUNCIONES, COMPETENCIAS Y DEONTOLOGÍA DEL PERSONAL TÉCNICO DE JUVENTUD.
2. METODOLOGÍA DE LA ACCIÓN PARTICIPATIVA JUVENIL.
3. LA JUVENTUD. RECURSOS Y ESTRATEGIAS PARA EL ANÁLISIS DE LA REALIDAD JUVENIL.
4. GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN PARA LA JUVENTUD.
5. ESTRATEGIAS TRASVERSALES PARA LA ACCIÓN SOCIOEDUCATIVA JUVENIL.
6. POLÍTICAS, PROGRAMAS Y RECURSOS DE JUVENTUD
7. DE LA IDEA AL IMPACTO. PROYECTO Y EVALUACIÓN DE LA ACCIÓN CON JÓVENES.
8. HABILIDADES PERSONALES DEL PERSONAL TÉCNICO DE JUVENTUD
9. HABILIDADES SOCIALES DEL PERSONAL TÉCNICO DE JUVENTUD
La iniciativa responde a la posible actualización de los puestos de trabajo a desempeñar en el ámbito de juventud y que se
tendrán que homologar a los europeos para dar entidad propia a los PTJs, situándonos en similares condiciones de preparación y
competitividad que el resto de trabajadores de España y Europa.
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5.
FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL PORTAFOLIO EUROPEO DE ANIMADORES Y TRABAJADORES DE
JUVENTUD.
En el campo de la Juventud, se ha realizado en el 2006, el Portafolio Europeo de Animadores y Trabajadores de
Juventud. Este documento, es un completo sistema que permite la autovaloración de competencias de estos colectivos. Establece
las siguientes funciones y competencias:
5.1. Dinamizar a los/as jóvenes:
• Un animador-a/ profesional de la juventud es capaz de:
▪ Permitir a la juventud participar en aprendizajes y acciones de desarrollo colectivo.
▪ Implicarlos en el diseño, implementación y evaluación de actividades.
▪ Lograr que trabajen en sus propios objetivos.
▪ Ayudar a la gente joven en el desarrollo de la autoestima, conocimientos, destrezas y espíritu
crítico.
▪ Entrar en contacto personal/emocional con la gente joven.
▪ Ampliar su conciencia de los conceptos de poder y posibilidades de cambio social.
5.2. Desarrollar oportunidades relevantes de aprendizaje:
• Un animador-a/ profesional de la juventud es capaz de:
▪ Conducir, asesorar individuos y grupos.
▪ Asesorar a los jóvenes con orientaciones y retroalimentación
▪ Tomar ventajas de las oportunidades espontáneas de aprendizaje y desarrollo de cualquier
situación.
▪ Identificar necesidades formativas.
▪ Utilizar una variedad de métodos y técnicas educativas.
▪ Estimular la creatividad de la gente joven.
5.3. Acompañar a la gente joven en su proceso de aprendizaje intercultural:
• Un animador-a/ profesional de la juventud es capaz de:
▪ Facilitar en los jóvenes el reconocimiento de sus propias raíces culturales, valores y conductas.
▪ Promover la tolerancia e interacción activa con personas de otras culturas de nuestro territorio y
extranjeras.
▪ Trabajar creativamente en la búsqueda de soluciones pacíficas de los conflictos.
▪ Ayudar a los jóvenes a definir su lugar en un mundo cambiante.
5.4. Contribuir al desarrollo de políticas de juventud y la organización de las mismas.
• Un animador-a/ profesional de la juventud es capaz de:
▪ Encontrar recursos y gestionarlos.
▪ Coordinar a otros y trabajar de forma eficaz en equipos.
▪ Trabajar para el cambio y desarrollo de su propia organización.
▪ Cooperar con otros para construir sus políticas de juventud
5.5. Emplear prácticas evaluativas:
• Un animador-a/ profesional de la juventud es capaz de:
▪ Diseñar y aplicar un conjunto de métodos participativos de evaluación.
▪ Usar adecuadamente las tecnologías de la información.
▪ Demostrar destrezas en la realización de informes y presentaciones para una variedad de
audiencias.
▪ Investigar y usar los resultados en una mejora de su práctica profesional.
Para que se puedan aplicar esos criterios sería necesario aportar una serie de beneficios como garantía de
reconocimiento laboral para lo que la Asociación Catalana de Políticas de Juventud (de momento la única en España que ha
definido estos criterios) propone:
•
•
La existencia de un cuerpo de conocimientos específicos que provenga de la investigación científica y de la elaboración
teórica.
La existencia de un colectivo profesional que comparta una misma formación específica.
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•
•
•
•
El desarrollo de unas funciones públicas con planteamientos comunes y técnicos de intervención profesional.
Una retribución económica reconocida por la tarea desarrollada.
La asunción de un compromiso ético de la profesión hacia sus personas usuarias.
La existencia de una normativa interna para el grupo profesional que permita el autocontrol de sus miembros por parte del
colectivo profesional (Colegio Profesional)
Para hablar de esa cualificación mínima, las trece competencias que propone el IAJ en Andalucía junto con los módulos
formativos elaborados ex proceso para la adquisición de las mismas, suponen el paso definitivo que necesitábamos para demandar
a las instancias que correspondan, INCUAL (Instituto Nacional de las Cualificaciones) ó IACP, (Instituto Andaluz de Cualificaciones
Profesionales) su acreditación.
6.
CÓDIGO DEONTOLODICO
Hay muchas definiciones de deontología, pero en cuanto a lo que nos concierne basta saber que se trata de una disciplina
fundada en la ética del deber ya que en la actividad profesional las funciones de los agentes están determinadas. A esta disciplina
habría que añadir aquella otra que establezca de una manera más clara que, el respeto a la dignidad humana, entraña una serie
de deberes estructurales de carácter ético de los comportamientos.
Como ejemplo usaremos los que se adoptaron en el ámbito educativo:
•
•
•
•
•
•
Principio de profesionalidad: Cada PTJ trabajará con respeto a la persona, protección de los derechos humanos, sentido
de la responsabilidad, competencia profesional y prudencia en el uso de las herramientas y técnicas educativas.
Principio de Acción Socio-educativa: Su tarea profesional será la de acompañar a la persona joven y a la comunidad a
que resuelvan sus necesidades o problemas.
Principio de Justicia Social.
Principio de la Información Responsable y de la Confidencialidad.
Principio de la Formación Permanente.
Principio de Complementareidad de Funciones y Coordinación.
Los PTJ deben empezar su propio proceso de construcción de un código deontológico propio, pero eso forma parte de un
proceso común que dependerá de vosotros y vosotras.
BIBLIOGRAFÍA:
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“Funciones, competencias y deontología del personal técnico de juventud”. 2009. Instituto Andaluz de la Juventud
“Competencias profesionales en la Formación Profesional”. Asis Blas, F. 2007. Madrid. Alianza Editorial
“La Animación Socio- Cultural: una práctica participativa de la Educación Social. Herrera Menchén, Mª del Mar. Revista de
Estudios de Juventud. INJUVE. 2006
WEBGRAFIA:
http://iceextranet.mec.es/iceextranet/accesoExtranetAction.do (Pagina del INCUAL)
http://www.coe.int/t/dg4/youth/default_en.asp (Portafolio Europeo de Juventud)
http://aaptj.blogspot.com/2008/10/la-aapj-inicia-el-cdigo-deontolgico-del.html
− http://www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud/patiojoven/iaj/contenido?pag=/contenidos/Progra
mas_actuaciones/Formacion/Programas_formativos&idActivo=21932&idSeccion=21932 (programa
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formativo PTJ- IAJ)
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