acta final aqui - Barrancabermeja Virtual

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acta final aqui - Barrancabermeja Virtual
ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
TROL
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
GAB-F-083
Elaborado
29/11/2012
Versión: 1
CONTRATO No. MA-0010785 Y SUS ADICIONALES No. 1, 2, 3. OTROSIS No. 1. 2, 3, 4, 5, 6, 7,
8 Y REAJUSTE SALARIAL.
CONTRATISTA
OBJETO CONTRATO PRINCIPAL
PLAZO INICIAL
VALOR INICIAL
VALOR CONTRATO ADICIONAL
No.1
VALOR CONTRATO ADICIONAL
No.2
VALOR CONTRATO ADICIONAL
No.3
OTROSI No. 1
OTROSI No. 2
OTROSI No. 3
OTROSI No. 4
OTROSI No. 5
OTROSI No 6
OTROSI No 7
OTROSI No 8
ACTA DE ACUERDO POR REAJUSTE
SALARIAL VIGENCIA 2012
VALOR GASTOS REEMBOLSABLES
PACTADOS
VALOR FINAL DEL CONTRATO
: IDROJET COLOMBIA SRL
: OBRAS DE MANTENIMIENTO TECNICO A EQUIPO ESTATICO,
ELECTRICO, INSTRUMENTOS Y ROTATIVO DURANTE LA
PARADA DE LA UNIDAD CRACKING ORTHOFLOW DEL AÑO
2012 EN LA GERENCIA REFINERIA BARRANCABERMEJA DE
ECOPETROL S.A., UBICADA EN BARRANCABERMEJA,
SANTANDER - COLOMBIA
: CIENTO CINCUENTA (150) DÍAS CALENDARIO, QUE SE
CONTABILIZARÁN A PARTIR DE LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN
DEL ACTA DE INICIO O DE LA FECHA QUE EN ESTA SE
INDIQUE
: $7.623.388.947.44 - SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTITRES
MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS COLOMBIANOS
CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS, SIN INCLUIR EL
VALOR DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
: MODIFICACION ALCANCE Y VALOR DEL CONTRATO POR
VALOR DE $5.915.629.072
: MODIFICACION ALCANCE Y VALOR DEL CONTRATO POR
VALOR DE $1.247.658.018
: MODIFICACION ALCANCE Y VALOR DEL CONTRATO POR
VALOR DE $1.016.562.932
: ACLARAR EL VALOR CORRESPONDIENTE AL IMPUESTO DE
VALOR AGREGADO (IVA)
: AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN DE MUTUO
ACUERDO EN TRES (3) MESES
: AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN UNILATERAL EN
UN (1) MES Y MODIFICACION DE LA CLAUSULA CUARTA
FORMA DE PAGO
: AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN UNILATERAL EN
VEINTE (20) DIAS CALENDARIO
: AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN UNILATERAL EN
QUINCE (15) DIAS CALENDARIO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN UNILATERAL EN
QUINCE (15) DIAS CALENDARIO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN UNILATERAL EN
QUINCE (30) DIAS CALENDARIO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN UNILATERAL EN
VEINTISEIS (26) DIAS CALENDARIO
: REAJUSTE SALARIAL VIGENCIA 2012 POR VALOR DE
$593.275.937
: $255.573.384
: $16.396.514.906.44
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ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
-pe ROL
GAB-F-083
VALOR FINAL DE LOS GASTOS
REEMBOLSABLES
FECHA ACTA DE INICIACION
FECHA ACTA DE TERMINACION
PLAZO FINAL DE EJECUCIÓN
GESTORÍA TÉCNICA
GESTORÍA ADMINISTRATIVA
Elaborado
29/11/2012
Versión: 1
: $255.573.384
: 15 de agosto de 2012
: 13 de enero de 2013
: CIENTO CINCUENTA (150) DÍAS CALENDARIO
: WILMAN TAIRO VARGAS
: INGECONTROL S.A.
En Barrancabermeja, a los 27 días del mes de Noviembre de 2013, se reunieron en las oficinas de
Parada de Plantas de la Gerencia Refinería de Barrancabermeja por ECOPETROL S.A., El Señor
WILSON JAVIER CARO LANDINEZ, quien obra en su condición de Administrador del Contrato; El señor
OMAR AMAYA AMAYA por parte de la Gestoría Administrativa y el señor HUGO TOSCANO HEREDIA en
calidad de representante legal del Contratista, con el objeto de practicar la liquidación final del Contrato
MA-0010785 y sus adicionales 1, 2, 3, OTROSIS No. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 y Reajuste Salarial.
1. DESARROLLO CONTRACTUAL
1.1
celebraron el 27 de junio de 2012 el Contrato No.
Que ECOPETROL S.A. y el CONTRATISTA
MA-0010785, cuyo objeto fue las "OBRAS DE MANTENIMIENTO TECNICO A EQUIPO ESTATICO,
ELECTRICO, INSTRUMENTOS Y ROTATIVO DURANTE LA PARADA DE LA UNIDAD CRACKING
ORTHOFLOW DEL AÑO 2012 EN LA GERENCIA REFINERIA BARRANCABERMEJA DE ECOPETROL
S.A., UBICADA EN BARRANCABERMEJA, SANTANDER - COLOMBIA.", por un valor estimado de
$7.623.388.947.44 - SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y
OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS COLOMBIANOS CON CUARENTA Y CUATRO
CENTAVOS, sin incluir el valor del Impuesto al Valor Agregado (IVA), más un valor estimado
de$255.573.384 - DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES
MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS COLOMBIANOS por concepto de Gastos
Reembolsables.
1.2
Que el plazo de ejecución del Contrato No. MA-0010785 se pactó en 150días calendarios
contados a partir de suscripción del acta de inicio.
1.3 Que el 17 de agosto de 2012 se suscribió el Acta de Iniciación del Contrato, en la cual las partes,
de conformidad con lo indicado en el contrato, consignaron que el plazo de ejecución de los
trabajos era de ciento cincuenta (150 días calendarios), quedando como fecha de finalización de
los mismos el 13 de enero de 2013.
1.4
Que el 7 de septiembre de 2012, se suscribió el contrato Adicional No. 1 por valor
de($5.788.823.942) - CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS
VEINTITRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS COLOMBIANOS y Mayores Cantidades
por la suma de (126.805.130) - CIENTO VEINTISES MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL
CIENTO TREINTA PESOS COLOMBIANOS, sin incluir el valor del Impuesto al Valor Agregado
(IVA), equivalente al setenta y siete punto cinco por ciento (77.5%) del valor inicial.
1.5
El 26 de septiembre de 2012 se suscribió el Otro Si No. 1, con el fin de aclarar el valor
correspondiente al impuesto de valor agregado (IVA).
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PeTROL
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1.6
Que el 19 de octubre de 2012, se suscribió el contrato Adicional No. 2 por valor de
$1,247,658,018 MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y
OCHO MIL DIECIOCHO PESOS COLOMBIANOS, sin incluir el valor del Impuesto al Valor Agregado
(IVA), equivalente al dieciséis punto treinta y seis por ciento (16.36%) del valor inicial.
1.7
Que el 19 de noviembre de 2012, se suscribió el contrato Adicional No. 3 por valor de
$1.016.562.932 - MIL DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS
TREINTA Y DOS PESOS COLOMBIANOS, sin incluir el valor del Impuesto al Valor Agregado (IVA),
equivalente al trece punto treinta y tres por ciento (13.33%) del valor inicial.
1.8
El 12 de febrero de 2013, se suscribió el Otro si No. 2 con el fin de ampliar el plazo de liquidación
de mutuo acuerdo en tres (3) meses.
1.9
El 4 de julio de 2013, se suscribió el Acta de Acuerdo de Reajuste Salarial por aplicación de la
Tabla de Niveles Salariales para Carrera Técnica y Administrativa de fecha 16 de enero de 2012
Versión No. 1 y la Tabla de salarios convencionales de fecha 01 de julio de 2012 (con vigencia
Julio 1° 2012 - Junio 30 2013), por la suma de $593.275.937 - QUINIENTOS NOVENTA Y TRES
MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS
COLOMBIANOS (SIN INCLUIR IVA), equivalente al siete punto ocho por ciento (7.8%) del valor
inicial
1.10 El 12 de julio de 2013, se suscribió el Otrosí No. 3 con el fin de modificar la clausula cuarta forma
de pago y ampliar el plazo de liquidación unilateral en un mes.
1.11 El 13 de agosto de 2013 se suscribió el Otrosí No. 4 con el fin ampliar el plazo de liquidación
unilateral en veinte (20) días calendario.
1.12 El 02 de septiembre de 2013 se suscribió el Otrosí No. 5 con el fin ampliar el plazo de liquidación
unilateral en quince (15) días calendario.
1.13 El 17 de septiembre del 2013 se suscribió el otrosí No 6 con el fin de ampliar el plazo de
liquidación unilateral en quince (15) días calendario.
1.14 El 02 de octubre del 2013 se suscribió el otrosí No 7 con el fin de ampliar el plazo de liquidación
unilateral en treinta (30) días calendario.
1.15 El 01 de noviembre del 2013 se suscribió el otrosí No 8 con el fin de ampliar el plazo de
liquidación unilateral en veintiséis (26) días calendario.
1.16 El 27 de noviembre de 2013, la Gestoría Administrativa, mediante correo electrónico, solicito a la
Vicepresidencia Jurídica Regional del Magdalena Medio concepto jurídico sobre la viabilidad de
efectuar en vigencia del plazo de liquidación unilateral la liquidación bilateral.
1.17 El 27 de noviembre de 2013, mediante correo electrónico, la Vicepresidencia Jurídica Regional
del Magdalena Medio dio respuesta a la solicitud del Administrador del contrato de la siguiente
manera:
"Es viable desde el punto de vista legal efectuar en vigencia del plazo de liquidación unilateral la
liquidación bilateral si las partes contratantes llegan a un acuerdo sobre el contenido del acta de
liquidación, así sea con salvedades.
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En términos generales las partes contratantes tienen la facultad de liquidar de mutuo acuerdo el
contrato hasta el vencimiento de la acción contractual, esto es, dos años contados a partir de la
terminación de los trabajos, o antes de dicho vencimiento si una de las partes vía judicial acude
al juez del contrato para que la realice.
La liquidación unilateral, es la facultad que el contratista le reconoce a Ecopetrol en el contrato,
para que, si se dan ciertas circunstancias, procede al corte de cuentas unilateralmente, y dicha
facultad se pierde si Ecopetrol no la ejerce dentro de los plazos pactados (entiéndase el acordado
en el contrato primigenio o las modificaciones que las partes puedan realizar a través de un
otrosí).
2.
ACTA DE TERMINACION Y RECIBO DE LOS TRABAJOS.
El día 13 de enero de 2013 se dieron por terminados y recibidos a satisfacción de ECOPETROL S.A., los
trabajos objeto del Contrato No. MA-0010785.
3.
GARANTÍAS Y SEGUROS
Para poder dar inicio a la ejecución del contrato y como respaldo durante el contrato principal y sus
adicionales, se constituyeron las siguientes garantías y seguros:
POLIZAS DEL CONTRATO
CERTIFICADO
-
AMPARO
Número
VIGENCIA
VALOR
ASEGURADO
DESDE
HASTA
}
PÓLIZA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO A FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES
ASEGURADORACONFIANZA S.A.
CUMPLIMIENTO
CONTRATO
DEL
17/11/2013
02-EC000956
$1.639.651.491
27/06/2012
PAGO DE SALARIOS Y
PRESTACIONES SOCIALES
02-EC000956
$1.639.651.491
27/06/2012
17/10/2016
CALIDAD DEL SERVICIO
02-E0000956
$1.679.651.491
77/06/2012
17/10/201,
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
ASEGURADORA CONFIANZA S.A.
RESPONSABILIDAD CIVIL
4.
R0008325
1.639.651 .,191
27/0S/2012
24/12/2012
PROCEDENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA LIQUIDACIÓN
Con base en lo dispuesto en la Cláusula Cuarta del Contrato No. MA-0010785, se procede a efectuar la
Liquidación Final del Contrato, dentro del término establecido para tal efecto.
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ROL
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5. BALANCE ECONÓMICO DEL CONTRATO.
5.1 VALOR INICIAL ESTIMADO DEL CONTRATO.
A continuación se presentan los valores del contrato principal y sus adicionales:
DESCRIPCIÓN
VALOR EN PESOS
Contrato Principal
Fecha de suscripción
27 de junio de 2012
Valor del contrato principal (sin IVA)
$7.623.388.947.44
Valor estimado
. Gastos Reembolsables contrato principal
Contrato Adicional No. 1
Fecha de suscripción
Valor cel contrato Adicional No. 1 (sin IVA)
Contrato Adicional No. 2
Facha de suscripción
Valor del contrato Adicional No. 2(sin IVA)
Contrato Adicional No. 3
Fecha ae suscripción
$255.573.384
7 de septiembre de 2012
$5.915.629.072
19 de octubre de 2012
$1.247.658.018
19 de noviembre de 2012
Valor del contrato Adicional No. 3 (sin IVA)
$1.016.562.932
ACTA DE REAJUSTE SALARIAL
Fecna de suscripción
4 de julio de 2013
Valor del Acta de Reajuste Salarial (sin IVA)
$593.275.9:37
Valor total del contrato sin IVA
$16.396.514.906.44
Valor total estimado de los gastos reembolsables
$255.573.384
5.2 VALOR TOTAL FACTURADO Y PAGADO.
De acuerdo con lo establecido en la Cláusula Cuarta del Contrato No. MA-0010785, los pagos parciales
se hicieron por avance de trabajos de acuerdo al avance de ejecución del contrato. A continuación se
presenta una relación de los pagos realizados durante el desarrollo del contrato:
FECHA
FACTURA No.
7-DIC-12
CTA COBRO
19-DIC-12
004
27-DIC-12
005
DESCRIPCIÓN
VALOR PAGADO
Acta de Pago parcial No. 1
$4.225.754.678
Acta de Pago parcial No. 2
$2.753.859.153
Acta de Pago parcial No. 3
$3.216.614.437
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I-Pe-CROL
I
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GAB-F-083
23-ENE-13
006
27-MAR-13
007
09-3111-13
008
26-AGO-13
010
Versión: 1
Acta de Pago parcial No. 4
$3.385.898.493
Acta de Pago parcial No. 5
$554.155.588
■
Acta de Pago Reajuste Salarial
Acta de Pago parcial No. 6
$593.275.937
$1.580.426.294
Valor total facturado
$16.309.984.569
Valor total facturado por Gastos Reembolsables =
$92.435.897
5.3 SALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA.
Teniendo en cuenta lo establecido en la cláusula cuarta -Forma de Pago-modificada en elOtrosí No. 3de
fecha 12 de julio de 2013, no está pendiente pago alguno por concepto de actividades del contrato, en
razón a los siguientes antecedentes:
5.3.1. El contratista mediante comunicadosIDRO3ET-ING -MA-0010785-0737-C, radicado No. 1-
2013-078-39952 de Fecha 21 de junio de 2013 e IDROJET-ECP-MA-0010785-043-C, radicado
No. 1-2013-078-43748 de Fecha 09 de julio de 2013, solicitó a Ecopetrol "....la aprobación para
facturar el valor de retención en garantía correspondiente al 10% del valor del contrato antes de la
fecha de liquidación, procedimiento excepcional ante ECOPETROL S.A. pero oportuno para amortiguar
la difícil crisis financiera", a fin de poder realizar el pago a sus proveedores con sustento en
elParágrafo de la cláusula 14 de la minuta general de las Condiciones Generales de
Contratación CGC del contrato MA-0010785del Contrato que dice: El CONTRATISTA autoriza a
ECOPETROL para que, en caso de que no efectúe oportunamente el pago de cualquiera de las
obligaciones (laborales, relativas al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, u otras) a
cargo de aquél en relación con el personal que ocupe en la ejecución del Contrato, o de obligaciones
adquiridas con Subcontratistas y/o proveedores con quienes hubiere establecido relaciones para la
ejecución del objeto del Contrato (en tanto se tenga certeza sobre su existencia y exigibilidad)
ECOPETROL descuente y pague las sumas correspondientes de los saldos a favor del CONTRATISTA.
Dicha autorización comporta una cesión anticipada (desde la firma del Contrato) a favor de ECOPETROL
de los dineros en cuestión, a efectos de que pueda disponer de los mismos".
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5.3.2. La Administración del contrato aceptó la solicitud del contratista, deb•do a la problemática social
que generó el incumplimiento de la sociedad Idrojet Colombia SRL con el comercio de la ciudad de
Barrancabermeja; motivo por el cual Ecopetrol basado en el Parágrafo de la cláusula 14 de la
minuta general de las Condiciones Generales de Contratación CGC del contrato MA0010785de1 contrato, procedió a cancelar a favor de los proveedores las siguientes obligaciones:
PROVEEDOR
VALOR PAGADO
SM&G S.A.S
$
INTERNACIONAL FERRETERA
$
183,700,000
PETROCASINOS
$
163,700,000
SOLDESEG LTDA
$
276,336,816
FERRETERIA INSTRUFER
AQUATOOL SAS
_.$
50 000,000
$
100,000,000
CENTRO DE SERVICIOS VALTEC LTDA
GAMMA RITE LTDA
BLASTINGMAR S.A.S.
REFRAISLAM INDUSTRIA S.A.S.
828,903,632
67,393,293
$
44,723,204
$
50,000,000
$
50,000,000
LIDIMO QUINTERO CAMACHO
$
40,000,000
AITECOL SAS
$
30,000,000
INDUSTRIA TECNICA CARVAJAL
$
55,290,241
HOTELES MILLENIUM S.A
$
29,000,000
MULTISERVICIOS TIC
$
35,000,000
LEOTECNICAS LTDA
$
LIBERTY SEGUROS S.A
$
15,000,000
SOM & C LTDA
$
15,000,000
FERRICENTROS SAS
$
10,000,000
_$
20 000,000
TALLERES UNIDOS LTDA
$
20,000,000
ALVITER S.A.S.
$
15,000,000
S.I. METAC S.A.S soluciones Industriales
15,000,000
,
FERRETERIA INDUSTRIAL PETROLERA
$
42,204,319
CLUB MIRAMAR BARRANCABERMEJA
$
19,641,843
MELEXA S.A
$
20,000,000
SUMINISTROS ELECTRICOS SNEYDER EU
$
37,598,702
INDUSTRIAS PALMIRA
$
10,000,000
TALLER SAN MARTIN DE LOBA
$
35,113,856
MIGUEL ANGEL GARCIA GARCIA
$
34,013,700
WILLIAM BAENA RAMOS
$
14,324,579
PRAXAIR - OXIGENOS DE COLOMBIA
$
10,000,000
INDUSTRIA METALMECANICA MUÑOZ
$
5,703,148
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A69
:
. 74)''éTROL
-
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VALOR PAGADO
PROVEEDOR
GINA XIOMARA MARTINEZ ORTIZ
$
6,755,814
SUPLINDUSTRIAL SAS
$
5,651,348
DOTACIONES INDUSTRIALES LAMA SAS
$
7,000,000
SUMITEP
$
23,582,700
EDUARDO RUIZ LARA
$
22,325,280
INCOO S.A.S. GAS MOVIL LOS AMARILLOS
$
19,751,727
ICEMAN SERVICE LTDA
$
9,780,688
17,950,000
SERVIELEVADORES CG SAS
PPMC CONSULTORES INTERNACIONALES
LTDA
$
17,640,000
GUILLERMO CORREDOR JAIMES
$
17,404,800
BODEGON INDUSTRIAL
$
16,373,969
TODOMONTAJES LTDA
$
15,059,982
METCOL LTDA
$
8,960,000
CONFECCIONES MODA AL DIA
$
13,925,250
HERRAMIENTAS INDUSTRIALES E.U.
$
13,380,970
SERTES TOSHIBA
$
11,521,878
RESTAURANTE RIKOTTAS
$
11,372,340
EMERSON DELGADO MUNERA
$
10,982,400
TUVACOL S.A.
VIPE OFICINAS MOVILES Y SOLUCIONES EN
LOGISTICA SAS
$
16,321,200
$
10,371,200
ALEXANDER RAMOS AYALA
$
10,272,000
]OSE ALEXANDER ARRIETA SUAREZ
$
9,216,000
BAUDELINO OTALORA
$
8,721,566
BENEDICTO TOSCANO
$
8,429,280
CARPAS Y PARASOLES EL OASIS
$
7,756,000
SOLMAQ S.A
$
7,651,543
RAUL FERNANDO RUEDA
$
7,488,000
EMPERATRIZ CAMELO PEREZ
$
7,406,400
MARIA MAXIMINA PEREZ DE ISAZA
$
6,858,240
6,669,458
ELSA MARIN JAIMES
$
AQUILEO LIZARAZO OROZCO
$
6,451,200
GIOVANNY ABBE OLIVEROS PACHECO
$
6,273,855
HIGINIO RINCON SIERRA
$
6,067,615
SEVICOL LTDA
$
5,797,662
TESOL SAS
$
5,625,000
ARDICOL LTDA
$
5,532,800
RES1N LTDA
$
5,241,600
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-peTRoL
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PROVEEDOR
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VALOR PAGADO
GROUP ASSESSMENT LTDA
JUVENAL MENDOZA ARIZA ENDOSO A
ANTONIO GARAVITO
SGC CONSULTORES EMPRESARIALES Y DE
PROYECTOS SOCIALES S.A.S.
$
5,059,200
$
4,597,000
EDGAR AUGUSTO ARCHILA
$
4,188,679
SIPESA LTDA
FERRETERIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
FERRISENG
$
3,998,400
$
3,886,213
CARLOS ANDRES ANDRADE
MARTEC REPARACIONES Y TECNOLOGIA
LTDA
$
3,838,287
INSERCOR LTDA
TALLER DE ORNAMENTACION GUILLERMO
SANTIAGO
$
3,567,884
$
3,184,500
DUMAR LUNA PEREZ
$
SISTEMAS ABACO LTDA
$
DIAGNOSTICOS & SERVICIOS
$
$
5,098,676
3,643,360
3,052,800
2,943,920
$
2,818,480
TODO ASEO LTDA
$
2,794,174
ALMACEN LA GARANTIA
$
2,707,950
RAUL VARGAS ARCHILA
$
2,668,800
AMR DIGITAL
$
2,616,880
MADERAS EL PROVEEDOR
$
2,602,640
ORLANDO GARCIA PEÑA
$
2,574,000
ALDIA LTDA
$
2,220,960
RVO IPS S.A.S.
$
2,203,640
ELECTROSERVICE LTDA
$
4,806,350
ENOC BARROS ARIAS
$
1,325,491
COLOMBIA CRANE Y SERVICES LTDA
$
1,120,000
LAURA PATRICIA MORENO RUEDA
$
DATAN ET
$
LUZ ENITH GUIZA FRIAS
1,080,240
777,200
$
691,200
TUBERIAS LAMINAS Y PERFILES
$
533,600
FERRETERIA INSTRUELECTRIC
$
CELL RADIUS SAS
$
RECARGAS INKMATE
$
LUZDARY SEGURA GOMEZ
533,208
532,974
310,000
$
249,100
JORGE LUIS CARREÑO GIL
$
156,800
CLINICA SAN JOSE SAS
$
87,200
SENA - FIC
$
41,267,385
SUBTOTAL PROVEEDORES NACIONALES
$
2,863,954,289
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ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
.. il
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Conforme a lo anterior, al contratista le fue pagado el 100% el valor del contrato y por lo tanto, no
hay saldos pendientes a pagar por concepto de obra. Lo anterior se encuentra avalado según concepto
jurídico emitido por la Vicepresidencia Jurídica Regional Magdalena medio mediante comunicación
radicado No. 2-2013-078-21219 de fecha 12 de julio de 2013, el cual adjunto a la presente acta de
liquidación y que justificó jurídica y contractualmente la modificación de la clausula 4 del contrato que
hace alusión al pago del contrato..
El estado de cuentas del Contrato se registra en el siguiente cuadro:
CONCEPTO
VALOR INICIAL DEL CONTRATO sin IVA
VALOR ($)
$7.623.388.947.44
ADICIONAL No. 1
$5.915.629.072
ADICIONAL No. 2
$1.247.658.018
ADICIONAL No. 3
$1.016.562.932
ACTA DE REAJUSTE SALARIAL
VALOR ACTUAL DEL CONTRATO
VALOR PAGADO POR ECOPETROL A LA FECHA
$593.275.937
$16.396.514.906.44
$16.309.984.569
SUBTOTAL A FAVOR DEL CONTRATISTA
$0
$0
DESCUENTOS
$0
Obligaciones laborales
$0
$0
VALOR PENDIENTE POR PAGO
Salarios y Liquidaciones
Aportes a seguridad social (salud y pensiones)
Retención en la fuente sobre salarios
$0
$0
Obligaciones Administrativas
$0
Multas
$0
$0
TOTAL DESCUENTOS
Valor Final Ejecutado
Porcentaje Final Ejecutado
TOTAL A PAGAR
$16.309.984.569
99.47%
$0
Se deja constancia que al momento de la suscripción del acta de liquidación no existen saldos a favor
del contratista.
5.4 VALOR FINAL DEL CONTRATO
Como resultado de las cantidades realmente ejecutadas y aprobadas por ECOPETROL S.A. se tiene
que el valor final del contrato asciende a la suma de($16.309.984.569)DIECISEIS MIL
TRESCIENTOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS
SESENTA Y NUEVE PESOS COLOMBIANOS, sin incluir el valor del IVA, más un valor de NOVENTA
Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE
PESOS COLOMBIANOS ($92.435.897) por concepto de Gastos reembolsables.
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Las cantidades, recursos y elementos empleados y pagados en la ejecución de este contrato están
plenamente verificadas por el Gestor Técnico y Administrador del mismo, por tanto lo consignado en
esta acta al respecto es de la exclusiva responsabilidad de estos funcionarios.
5.5 ULTIMO PAGO
La empresa contratista mediante comunicaciones IDROJET-ING-MA-0010785-0737-C, radicado No 12013-078-39952 de fecha 21 de junio del 2013 e IDROJET-ING-MA-0010785-043-C, radicado No 12013-078-43748 de fecha 9 de julio del 2013, solicitó la modificación de la cláusula cuarta del
contrato, con el fin de que se pagara el 10% del valor final del contrato antes de la fecha de
liquidación, con el objetivo de que ECOPETROL S.A efectuara en su nombre el pago directo a los
proveedores del contrato.
El día 12 de julio del 2013 la empresa contratista y ECOPETROL S.A. suscribieron el otrosí No. 3, con el
objetivo de modificar la cláusula No 4 del contrato FORMA DE PAGO, la cual quedo de la siguiente
forma:
"ECOPETROL efectuará pagos parciales por avance de trabajos hasta completar el 100% del valor real
del contrato, validado por la gestoría contractual, y después de la fecha en la que ocurran los
siguientes eventos...:
"ECOPETROL S.A, efectuará un último pago del 0% del valor estimado del contrato una vez firmada el
acta de liquidación final del contrato...
El objetivo de modificar la cláusula 4 del contrato, no era otro que cumplir con las políticasde
responsabilidad social de Ecopetrol en favor de los acreedores reconocidos del contratista, que
prestaron bienes y servicios durante la ejecución para cumplir con el objeto contratado, conforme al
respaldo contractual que traía jurídicamente la cesión anticipada de IDROJET SRL de los valores del
contrato a favor de ECOPETROL S.A., permitiendo realizar los pagos con estos dineros en nombre del
contratista, de acuerdo a las instrucciones por éste impartida y hasta el valor de los saldos a favor del
contratista.
De conformidad con lo anterior y de acuerdo a lo establecido en el Otrosí No. 3, no existen saldos a
favor del contratista, por lo cual no está pendiente la presentación de factura alguna por concepto de
actividades del contrato.
La motivación de este otrosí No 3 significaba que el 10% del valor final del contrato se liberaría con
anticipación a la liquidación del contrato y sin la exigencia de los paz y salvos expedidos por la cámara
de comercio de Barrancabermeja y el subcontratista aceptado por ECOPETROL S.A OHMSTEDE
INDUSTRIAL SERVICES INC.
El CONTRATISTA entregó a satisfacción de ECOPETROL los siguientes documentos de conformidad con
la cláusula cuarta forma de pago del contrato.
a) Paz y salvos expedidos por los Subcontratistas y proveedores del CONTRATISTA.
Teniendo en cuenta los inconvenientes presentados para la consecución de los paz y salvos de los
proveedores de la empresa contratista y ante la manifestación de IDROJET COLOMBIA S.r.l. por
medio de comunicación No.IDROJET-ECP-MA-0010785-0029-C, radicado No. 1-2013-078-27067 de
fecha 26 de abril de 2013, donde solicito que ECOPETROL S.A. efectuara el pago de sus acreencias
comerciales con los saldos a su favor; ECOPETROL S.A. en razón a lo anterior y ante el evidente
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incumplimiento por parte del contratista con sus proveedores, dio aplicación al parágrafo de la
cláusula 14 de las CGC del contrato MA-0010785, la cual indica:
"El CONTRATISTA autoriza a ECOPETROL para que, en caso de que no efectúe oportunamente el
pago de cualquiera de las obligaciones (laborales, relativas al Sistema de Seguridad Social Integral
y parafiscales, u otras) a cargo de aquél en relación con el personal que ocupe en la ejecución del
Contrato, o de obligaciones adquiridas con Subcontratistas y/o proveedores con quienes hubiere
establecido relaciones para la ejecución del objeto del Contrato (en tanto se tenga certeza sobre su
existencia y exigibilidad) ECOPETROL descuente y pague las sumas correspondientes de los saldos
a favor de! CONTRATISTA. Dicha autorización comporta una cesión anticipada (desde la firma del
Contrato) a favor de ECOPETROL de los dineros en cuestión, a efectos de que pueda disponer de los
mismos.
De las sumas retenidas, ECOPETROL pagará directamente a los trabajadores las acreencias
laborales y realizará los pagos por concepto de aportes a los sistemas de salud, riesgos
profesionales, pensiones y a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje."
Así las cosas, dicha clausula contractual faculta a ECOPETROL S.A. para que efectúe los pagos de
forma directa a los proveedores del contratista que prestaron sus servicios en la ejecución del
contrato; con los saldos a favor del contratista, lo cual se está realizado de acuerdo a las
indicaciones de pago suministradas por el contratista, en aras de mitigar el impacto social generado
a los proveedores de IDROJET COLOMBIA S.r.l y sustituir la entrega de los respectivos paz y salvos
requeridos contractualmente, toda vez que ECOPETROL realiza directamente el pago de las
obligaciones a los proveedores, cumpliéndose así con el objetivo de asegurar el cumplimiento de
pago a los proveedores por parte del contratista ejecutor, lo anterior, se encuentra avalado según
concepto jurídico emitido por la Vicepresidencia Jurídica Regional Magdalena medio mediante
comunicación radicado No. 2-2013-078-21219 de fecha 12 de julio de 2013.
En lo referente al paz y salvo de la firma Subcontratista OHMSTEDE INDUSTRIAL SERVICES, es
importante precisar que el mismo no es exigible al contratista, debido a que IDROJET COLOMBIA
SRL cumplió con el pago del contrato inicial a OIS, según contrato suscrito entre IDROJET
COLOMBIA SRL y OHMSTEDE INDUSTRIAL SERVICES, de fecha 16 de octubre de 2012, los valores
adeudados actualmente corresponden a la mayor permanencia de su subcontratista, siendo este
un ítem que forma parte de la solicitud de Reconocimiento Económico presentada por OHMSTEDE
INDUSTRIAL SERVICES a IDROJET COLOMBIA SRL, las cuales no hacen parte de este contrato.
b)
Paz y Salvo de todos los trabajadores que hayan sido enganchados durante el desarrollo del
Contrato, en los cuales se haga constar que han recibido a satisfacción los salarios y prestaciones,
derivados del Contrato.
El contratista allegó durante la ejecución del contrato los paz y salvos de la totalidad de los
trabajadores que participaron durante su ejecución, lo cual se puede verificar en el expediente
contractual.
c)
Paz y salvo expedido por la oficina Recepción de Vigilancia GRB por los pases tramitados durante el
desarrollo del contrato.
El Contratista entregó el día 03 de mayo de 2013, el paz y salvo de la oficina de Recepción de
Vigilancia de la Puerta Norte de la GRB, mediante la comunicación IDROJET-ING-MA-00107850719-C, radicado No. 1-2013-078-28427.
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Paz y Salvo de la Cámara de Comercio de Barrancabermeja relacionado con los proveedores que
estén inscritos en ella.
Teniendo en cuenta que no es viable la expedición del paz y salvo de la cámara de comercio de
Barrancabermeja al contratista IDROJET COLOMBIA SRL debido a que a la empresa contratista
manifestó ante ECOPETROL S.A por medio de la comunicación No. IDROJET-ECP-MA-00107850029-C, radicado No. 1-2013-078-27067 de fecha 26 de abril de 2013, no contar con los recursos
para asumir de forma directa con sus obligaciones comerciales, razón por la cual solicito a
ECOPETROL S.A que con los saldos del contrato a favor de ellos cancelara de forma directa a los
proveedores que participaron en la ejecución del contrato, ECOPETROL S.A en virtud del parágrafo
de la clausula 14 de las Condiciones Generales del contrato MA-0010785, la cual faculta a
ECOPETROL S.A. a efectuar el pago directo a los proveedores del contratista que participaron en
la ejecución del contrato de acuerdo a las indicaciones de pago por éste suministradas y con los
saldos a favor del contratista, lo anterior en aras de mitigar el impacto social generado a los
proveedores del contratista, para tal fin se suscribió el otrosí No 3 el cual modificó la cláusula 4 de
la forma de pago, la modificación en mención fue necesaria a fin de poder mitigar con estos dineros
equivalentes al 10% del valor del contrato, la afectación a los proveedores que participaron en la
ejecución del contrato MA-0010785.
Así las cosas y teniendo en cuenta que ECOPETROL S.A. es quien realiza el pago directo a los
proveedores del Contratista, asegurando el cumplimiento de las obligacionescomerciales por parte
de IDROJET COLOMBIA SRL para con sus proveedores, no se dará aplicabilidad a la solicitud del paz
y salvo de la cámara de comercio para la liquidación final del contrato; lo anterior, se encuentra
avalado según concepto jurídico emitido por la Vicepresidencia Jurídica Regional Magdalena medio
mediante comunicación radicado No. 2-2013-078-21219 de fecha 12 de julio de 2013.
e)
Certificación expedida por la oficina del Ministerio de la Protección Social, o quien haga sus veces,
con jurisdicción en el sitio de los trabajos, en la cual conste que contra el CONTRATISTA no cursan
reclamaciones de carácter laboral por concepto de pago de salarios, prestaciones sociales e
indemnizaciones; llegado el caso el Contratista garantizará a satisfacción de ECOPETROL S.A. el
pago de las reclamaciones que llegaren a prosperar, acuerdo que se plasmará en un acta.
El Contratista entregó el día 09 de julio de 2013, la certificación expedida por el Ministerio de
Trabajo No. 310, mediante la comunicación IDROJET-ING-MA-0010785-0755-C, radicado No. 12013-078-43867.
f)
Copia de los recibos de pago expedidos por el ICBF, EPS, SENA y la correspondiente caja de
compensación familiar, por concepto de los respectivos aportes, hasta la fecha de terminación de
los trabajos.
Durante el desarrollo del contrato y hasta la finalización de los trabajos, el Contratista presentó los
soportes de los pagos de aportes al ICBF, EPS, SENA y CAFABA, los cuales fueron revisados y
aprobados por la Gestoría Administrativa. Igualmente, el contratista presentó la Certificación del
Representante legal sobre el cumplimiento de pago de aportes en cajas de compensación familiar,
ICBF, SENA, Sistemas de Salud, pensión y riesgos de fecha agosto 30 de 2013.
g)
Presentación a satisfacción de la Gestoría Contractual de copia de los recibos de pago mensuales de
los Aportes Parafiscales y Seguridad Social, donde se evidencia el pago hasta del último mes antes
del trámite de la respectiva factura.
Durante el desarrollo del contrato el contratista presento copia de los recibos de pago mensuales de
los Aportes Parafiscales y Seguridad Social, donde se evidencia el pago hasta del último mes antes
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del trámite de la respectiva factura, Igualmente, el contratista presentó la Certificación del
Representante legal sobre el cumplimiento de pago de aportes en cajas de compensación familiar,
ICBF, SENA, Sistemas de Salud, pensión y riesgos de fecha agosto 30 de 2013.
h)
Entrega final de los trabajos a satisfacción de ECOPETROL.
El Contratista, durante la ejecución del contrato, realizó los trabajos que se relacionan en las
respectivas actas de pago parcial e informes de avance, los cuales fueron recibidos a satisfacción
por ECOPETROL. El acta de terminación se encuentra debidamente firmada y aprobada por el
contratista y por ECOPETROL S.A. Estos documentos se encuentran archivados en el expediente del
contrato MA-0010785.
i)
Presentación del Informe final de los trabajos (concluidas todas las actividades) a satisfacción de
ECOPETROL S.A.
El Contratista el día 5 de febrero de 2013, mediante la comunicación IDROJET-ING-MA-00107850669-C, radicada No. 1-2013-078-7637, realizó la entrega del informe final de la ejecución del
contrato.
j)
Pagos por concepto de cuotas sindicales
Se deja constancia por parte de la Gestoría Administrativa que durante el desarrollo del contrato
MA-0010785, el contratista efectuó los descuentos por concepto de cuota sindical a los trabajadores
que autorizaron el descuento y que estos valores fueron consignados a las cuentas de los
respectivos sindicatos (USO y SINDISPETROL).
k) Paz y salvo del SENA por concepto de pago de aportes al Fondo Industria de la
Construcción — FIC.
El Contratista mediante comunicacionesIDROJET-ING-MA-0010785-0773-C, radicado No. 1-2013078-51481 eIDROJET-ECP-MA-0010785-0085-C, radicado No. 1-2013-078-77090 solicitó a
ECOPETROL S.A. que se incluyera al SENA dentro del listado de sus proveedores, en aplicación del
parágrafo de la clausula 14 de las CGC y se procediera al pago directo por parte de ECOPETROL
S.A. a dicha entidad, lo anterior a fin de sustituir la entrega del respectivo paz y salvo del SENA
por concepto FIC correspondiente a la ejecución del contrato, toda vez que ECOPETROL pagará
directamente la deuda, asegurándose así el cumplimiento de pago parte del contratista ejecutor
quedando como soporte la liquidación del pago presentada por el SENA.
6. PAGO DIRECTO A LOS PROVEEDORES Y SUBCONTRATISTA DEL CONTRATO
La empresa contratista IDROJET COLOMBIA S.r.l por medio de comunicación No IDROJET-ECPMA-0010785-0029-C, radicado No. 1-2013-078-27067 de fecha 26 de abril de 2013, solicitó a
ECOPETROL S.A que efectuara los Pagos a los proveedores que prestaron sus servicios al contrato
MA-0010785 en aplicación del parágrafo de la cláusula 14 de las CGC que reza:
"PARÁGRAFO: El CONTRATISTA autoriza a ECOPETROL para que, en caso de que no
efectúe oportunamente el pago de cualquiera de las obligaciones (laborales, relativas al
Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, u otras) a cargo de aquél en relación
con el Personal que ocupe en la ejecución del Contrato, o de obligaciones adquiridas con
Subcontratistas y/o proveedores con quienes hubiere establecido relaciones para la
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ejecución del objeto del Contrato (en tanto se tenga certeza sobre su existencia y
exigibilidad) ECOPETROL descuente y pague las sumas correspondientes de los saldos a
favor del CONTRATISTA. Dicha autorización comporta una cesión anticipada (desde la
firma del Contrato) a favor de ECOPETROL de los dineros en cuestión, a efectos de que
pueda disponer de los mismos". Lo anterior evidencia que existe una cesión anticipada por
la empresa contratista de los valores del contrato en favor de Ecopetrol S.A., con
destinación específica al pago de obligaciones incumplidas derivadas del contrato
(laborales, proveedores, etc.)
El anterior es el sustento contractual que le permitió a ECOPETROL S.A efectuar los pagos a los
proveedores del contrato No MA-0010785 por tratarse de una clausula pactada al momento de
suscribir el contrato y por comportar dicha autorización una CESION ANTICIPADA, esto significa
que en caso de embargos, solicitudes de cesiones de derechos económicos, endoso de facturas,
este parágrafo prevalece por nacer al momento de suscribir el contrato con ECOPETROL S.A.
De conformidad con lo anterior, ECOPETROL S.A por medio de comunicación No. 5210294-GRB1MA-0010785-379-2012, Radicado No. 2-2013-078-12765de fecha 26 de abril de 2013, le solicito a
la empresa contratista allegar el listado de los proveedores que habían prestado sus servicios a la
ejecución del contrato MA-0010785 con los respectivos soportes, títulos valores, que soportaran la
existencia del crédito.
Para el pago de los proveedores ECOPETROL S.A. seguiría las instrucciones de la empresa
contratista.
La empresa contratista por medio de comunicación No. IDROJET-ECP-MA-0010785-0029-C,
radicado No. 1-2013-078-27067 de fecha 26 de abril de 2013, envió el listado de 116 proveedores
con los respectivos soportes y títulos valores que acreditaban la existencia de la obligación, dicho
listado y factura fue revisado y corroborado por la gestoría técnica del contrato, quien fue el
encargado de verificar que los proveedores señalados por la empresa contratista.
El parágrafo de la cláusula 14 de la Condiciones Generales del contrato es enfático en señalar que
por medio de este parágrafo se pagaría: "El CONTRATISTA autoriza a ECOPETROL para que, en
caso de que no efectúe oportunamente el pago de cualquiera de las obligaciones (laborales,
relativas al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, u otras) a cargo de aquél en
relación con el Personal que ocupe en la ejecución de/ Comtratm, o de obligaciones adquiridas
con Subcontratistas y/o proveedores (resaltamos).
De conformidad con lo anterior, el orden a pagar de acuerdo a este parágrafo y bajo la
instrucción de la empresa contratista con los recursos producto de la solicitud de
reconocimiento económico elevada a ECOPETROL S.A., se le cancelarla en primer lugar a los
proveedores del contrato, luego al subcontratista OHMSTEDE INDUSTRIAL SERVICES INC,
subcontratación que fue aprobada por ECOPETROL S.A. mediante comunicación radicado No.
2-2012-078-31081 de fecha 28 de septiembre 2012 y con los recursos restantes y por
instrucción de la empresa contratista se le consignaría a BANCOLOMBIA en razón a que el
contratista tiene los recursos del contrato embargados por esta entidad bancaria.
La trazabilidad de esta situación es la siguiente:
• Solicitud de embargo de BANCOLOMBIA S.A. de fecha 3 de julio del 2013 por medio de
oficio No 3182 Rad. 2013-155 en donde la Dra. LUZ STELLA VASQUEZ AFANADOR,
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solicita el embargo de los recursos o dineros que tenga IDROJET COLOMBIA S.r.l,
EPCTOSCANO LTDA Y HUGO TOSCANO HEREDIA.
Respuesta por parte de ECOPETROL S.A a la solicitud de BANCOLOMBIA S.A. mediante
comunicación radicado No. 2-2013-078-23205 de fecha 30 de julio de 2013, en relación a
los recursos del contrato MA-0010785 contrato suscrito entre IDROJET S.RL. Y
ECOPETROL S.A.
Auto de fecha 11 de septiembre de 2013, en donde el banco se pronuncia respecto a la
respuesta de ECOPETROL S.A en relación a los dineros del contrato MA-0010785.
ECOPETROL S.A. por medio de comunicación de fecha 23 de octubre del 2013 con
radicado 2013-093-34372 informa al JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE
BARRANCABERMEJA que con fecha 26 de septiembre del 2013 consignó en la cuenta de
depósito judicial del BANCO AGRARIO, la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
MIL QUINIENTOS VENTICUATRO SEISCIENTOS CATORCE PESOS ($257.534.614)a
favor del demandante BANCOLOMBIA S.A., con recursos provenientes del contrato MA0014946.
Es importante precisar que la demanda ejecutiva que cursa en el JUZGADO SEGUNDO CIVIL
DELCIRCUITO DE BARRANCABERMEJA RAD.2013-155,Es también contra HUGO TOSCANO
HEREDIA y EPC TOSCANO, luego los recursos que a la fecha se han destinado al despacho judicial
por parte de ECOPETROL S.A., son aquellos con ocasión a los recursos del contrato No MA0014946que suscribió EPC TOSCANO con ECOPETROL S.A.
Es por todo lo anterior y dando aplicabilidad a lo indicado en el parágrafo de la cláusula 14 de las
CGC del contrato MA-0010785, que los valores reconocidos y facturados por el Contratista se
utilizaran para la realización de pago directo por parte de ECOPETROL S.A. a los proveedores que
continúan pendientes de pago según listado abajo relacionado, suministrado por el contratista
IDROJET-ING-MA-0010785-0801-C, radicado No. 1-2013-078-76758 de fecha Noviembre 7 de
2013 por la suma de $1.954.013.849.
Una vez se paguen los proveedores abajo señalados, se pagara al subcontratista OHMSTEDE
INDUSTRIAL SERVICES INC. y el saldo restante se pondrá a órdenes del JUZGADO SEGUNDO
CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANCABERMEJA dentro del proceso ejecutivo singular
RAD.2013-155
DESCRIPCION PROVEEDORES
NIT
FACTURA LIQ. FINAL
INTERNACIONAL FERRETERA
800170737
104,223,600
PETROCASINOS
800119647
250,597,329
FERRETERIA INSTRUFER
829001546-1
185,037,629
AQUATOOL SAS
830070597-5
92,056,000
CENTRO DE SERVICIOS VALTEC LTDA
900075214-6
103,316,057
GAMMA RITE LTDA
829000918-3
124,087,660
BLASTINGMAR S.A.S.
800031797-6
117,841,342
REFRAISLAM INDUSTRIA S.A.S.
900426749 - 1
LIDIMO QUINTERO CAMACHO
13894495
114,748,681
100,378,550
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DESCRIPCION PROVEEDORES
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FACTURA IZQ. FINAL
NIT
AITECOL SAS
900370653-0
$
85,448,590
INDUSTRIA TECNICA CARVAJAL
84041997-9
$
50,000,000
HOTELES MILLENIUM S.A
900180500
$
52,831,821
MULTISERVICIOS TIC
63456209-9
$
33,239,576
LEOTECNICAS LTDA
900076166-5
$
49,471,454
LIBERTY SEGUROS S.A
86003998
$
45,424,569
SOM & C LTDA
900292774
$
42,759,550
FERRICENTROS SAS
800237412 - 1
$
40,738,748
S.I. METAC S.A.S soluciones Industriales
900478223-2
$
30,169,021
TALLERES UNIDOS LTDA
890200829-6
$
29,199,920
ALVITER S.A.S.
900432268-5
$
28,707,933
CLUB MIRAMAR BARRANCABERMEJA
890203123
$
20,900,871
MELEXA S.A
860531287-5
$
20,303,033
INDUSTRIAS PALMIRA
37933949-2
$
26,862,344
WILLIAM BAENA RAMOS
13887580
$
18,315,421
PRAXAIR - OXIGENOS DE COLOMBIA
860040094
$
20,694,760
INDUSTRIA METALMECANICA MUÑOZ
22,812,594
13887421-1
$
GINA XIOMARA MARTINEZ ORTIZ
1098705658
$
20,700,186
SUPLINDUSTRIAL SAS
900471460
$
19,605,391
DOTACIONES INDUSTRIALES LAMA SAS
830508051-9
$
16,973,750
GRACIELA VEGA BADILLO
26793744
$
19,307,872
RADRIOGRAFIA INDUSTRIAL & ENSAYOS
900292774
$
19,084,800
ICEMAN SERVICE LTDA
900372445-4
$
9,102,541
VCP INGENIEROS LTDA
900188349
$
17,237 200
FREDY LEON ISAZA
13889307
$
JEISSON OMAR YAÑEZ FORONDA
13570586
$
JUAN RICARDO BENAVIDES MARTIN
19270055
$
2,414,740
OSCAR CORENA HERNANDEZ
92539572
$
1,900,800
GERMAN GAMBOA DOMINGUEZ
3241260
$
432,000
GIOVANY DIAZ SALCEDO
91480369
$
430,080
FERRETERIA LA CALIDAD EU
829003805
$
JHON JAIRO JIMENEZ ALVAREZ
13568947
$
GREGORIO FORTUNATO FABIANO
364501
$
OSIPIS ADRIANA DELGADO PEREZ
72.08106 -
SinITOTAL PROVEEPQR. S NACIONALES
,
9,466,336
6,543,650
311,000
134,400
105,000
a, ,C[50
1,954,013,849
17/28
ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
ROL
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
GAB-F-083
Elaborado
29/11/2012
Versión: 1
Todo lo anterior, en aras de mitigar el impacto social generado a los proveedores de IDROJET
COLOMBIA S.r.l. realizándose por parte de ECOPETROL directamente el pago de las obligaciones a
cargo de la empresa contratista, asegurándose así el cumplimiento de pago a los proveedores del
contratista ejecutor, dicha gestión se encuentra avalada según concepto jurídico emitido por la
Vicepresidencia Jurídica Regional Magdalena medio mediante comunicación radicado No. 2-2013-07821219 de fecha 12 de julio de 2013.
El estado de pago a los proveedores a la fecha es el siguiente:
)r
escripción
1
1
$ 1,655,739,190 Se han realizados pagos totales a 6
proveedores
$ 1,033,636,670 Se han realizados pagos parciales o
abonos a40 proveedores
$ 119,535,825 Está pendiente el desembolso por parte de
ECOPETROL a 7 proveedores, ya se
enviaron las indicaciones de pago a
cuantas por pagar y ya se encuentra
aprobado por el Administrador del contrato
$ 55,042,604 Pendiente enviar Indicaciones de pago a 8
proveedores, las cuales se enviaran una
vez se cause la factura correspondiente a
Gastos Reembolsables radicada por el
contratista.
$ 1,954,013,849 Pagos (parciales y/o totales) pendientes a
la fecha a 43 proveedores, estos pagos
serán realizados con los dineros
provenientes de la facturación del
Reconocimiento Económico que se pagara
mediante la presente acta de liquidación
final del contrato.
Una vez manifestado lo anterior, se considera importante precisar que en lo referente a los pagos que
están siendo realizados por ECOPETROL S.A. a los proveedores de IDROJET COLOMBIA SRL están
pendientes los respectivos desembolsos así:
Existen 4 proveedores que presentan embargos cuyas indicaciones de pago ya fueron enviadas por
parte del Administrador del contrato a cuentas por pagar de ECOPETROL S.A., pero debido a la
situación de embargo no ha sido efectuado el desembolso; por lo cual el contratista a fin de dirimir esta
situación realizó el envío de la comunicación IDROJET-ING-MA-0010785-0802-C, radicado No. 1-2013078-77089 de fecha 08 de noviembre de 2013, con la cual remite a la Gestoría Administrativa la
notificación a los proveedores ARDILA Y COLEY, ELSA MARIN JAIMES, FERRETERIA INSTRUELECTRIC Y
CELL RADIUS, sobre los embargos que cursan en su nombre, sin recibirse objeción alguna por parte de
los mismos, por lo cual ECOPETROL S.A. deberá proceder a realizar el desembolso de los recursos
atendiendo las medidas cautelares a los respectivo despachos judiciales.
Igualmente, existen 7 proveedores: GRACIELA VEGA BADILLO, GERMAN GAMBOA DOMINGUEZ,
GIOVANY DIAZ SALCEDO, FERRETERIA LA CALIDAD EU, JHON JAIRO JIMENEZ ALVAREZ, GREGORIO FORTUNATO
FABIANO y OSIRIS ADRIANA DELGADO PEREZ de los cuales la empresa contratista no ha podido ubicar la
información requerida para que sean incluidos como receptores alternativos de pago de IDROJET
COLOMBIA SRL, por lo cual el contratista realizará las gestiones pertinentes a fin de generar una
18/28
ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
,
-PeTROL
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
GAB-F-083
Elaborado
29/11/2012
Versión: 1
alternativa de pago mediante la cual los dineros se puedan consignar en un depósito judicial en el
Banco Agrario para que luego sean retirados por cada proveedor.
En atención a las anteriores manifestaciones, se resalta que ECOPETROL S.A. procederá a realizar
todas las gestiones pertinentes a fin de efectuar el respectivo pago a cada uno de los proveedores en
atención a las indicaciones de pago suministradas por IDROJET COLOMBIA SRL, lo cual se realizará
con los dineros a favor del contratista por concepto de reconocimiento económico, ratificándose
además que los valores a reconocer son contra facturas, por lo cual ECOPETROL S.A. no reconocerá
intereses, ni honorarios de abogados de los proveedores y otros gastos que se hayan generado por el
retraso del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones comerciales para con sus proveedores.
7. SUBCONTRATOS APROBADOS POR ECOPETROL S.A
La empresa contratista IDROJET S.r.l solicito a ECOPETROL S.A el 11 de septiembre del 2012
autorización para subcontratar a la empresa extranjera OHMSTEDE INDUSTRIAL SERVICES
INC, con el objetivo de que ejecutara el ítem 2.2.3 que correspondían a los trabajos de
mantenimiento e inspección para los intercambiadores, manifestó el contratista en su solicitud
que la firma OHMSTEDE INDUSTRIAL SERVICES INC, es una empresa estadounidense líder
internacional en el mantenimiento de calderas, vasijas, intercambiadores de calor, tanques,
tuberías, y accesorios; Así mismo manifestó el contratista en su solicitud, que el alcance
contempla el mantenimiento de 63 intercambiadores de calor a ejecutarse en 25 días mecánicos,
convirtiéndose en una de sus rutas críticas.
El contratista recalcó que el costo del subcontrato equivalía al 11.83% del valor total del contrato
firmado con ECOPETROL S.A; Así mismo, el contratista allegó el contrato suscrito entre éstos con
OHMSTEDE INDUSTRIAL SERVICES INC en donde señalaban plazo, valor, actividades a
ejecutar y condiciones como la inexistencia de vinculo comercial y laboral entre ECOPETROL S.A Y
OHMSTEDE INDUSTRIAL SERVICES INC.
ECOPETROL S.A por medio de comunicación radicado No. 2-2012-078-31081 de fecha 28 de
septiembre de la 2012, APROBÓ la solicitud del contratista en los siguientes términos:
(...)"...DICHA CONTRATACIÓN CUMPLE CON LAS EXIGENCIAS CONTRACTUALES Y LEGALES
EXIGIDAS, POR LO QUE SE OTORGÓ SU VISTO BUENO A LA VIABILIDAD DE LA
SUBCONTRATACIÓN DE LA FIRMA OHMSTEDE INDUSTRIAL SERVICE...".(...) y siendo procedente
contractualmente la subcontratación de acuerdo a lo contemplado en la cláusula No. 28 de las
CGC, el administrador del contrato les notificó la aprobación de la subcontratación solicitada,
fundamentado técnicamente en las calidades del subcontratista, el cual es considerado como un
contratista clase mundo y es unos de los referentes a nivel mundial en la fabricación y el
mantenimiento de intercambiadores. Adicionalmente, la propuesta presentada por el contratista
era un valor agregado y un factor clave de éxito dentro de su estrategia de ejecución, toda vez
que los intercambiadores representaban el trabajo crítico de su alcance inicial del contrato
primigenio e incluía un componente de transferencia tecnológica y de conocimiento al personal
local, igualmente ECOPETROL S.A advirtió al contratista las condiciones en las que debía mantener
el contrato suscrito con la empresa OHMSTEDE INDUSTRIAL SERVICES INC y la
responsabilidad de éstos en la ejecución y cumplimiento de su subcontratista.
19/28
ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCION ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
.41Y
,- tw
-Peemot.
8.
Elaborado
29/11/2012
GAB-F-083
Versión: 1
APLICACIÓN DE CLAUSULA DE DESCUENTO COMO APREMIO O PENALIZACION
Durante la ejecución no le impuso ninguna sanción de tipo contractual.
9.
RECLAMACION DEL CONTRATISTA - PETICIÓN DE RECONOCIMIENTO Y PAGO DE
PERJUICIOS POR SITUACIONES NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA, RESTABLECIMIENTO
DE LA CON MUTATIVIDAD PRESTACIONAL
El día 6 de marzo de 2013, el Contratista IDROJET COLOMBIA SRL mediante comunicación
IDROJET-ECP-MA-0010785-0023-C, RADICADO No. 1-2013-078-15143 presentó ante ECOPETROL
S.A. la Petición de Reconocimiento y pago de perjuicios por situaciones no imputables al
contratista, restablecimiento de la conmutatividad prestacional con sus respectivas Adendas No. 1
mediante comunicación IDROJET-ECP-MA-0010785-0027-C, RADICADO No. 1-2013-078-24439
Consideraciones adicionales de derecho a la petición de reconocimiento y pago de perjuicios por
situaciones no imputables al contratista de fecha 16 de abril de 2013, Adenda No. 2 mediante
comunicación IDROJET-ECP-MA-0010785-0040-C, RADICADO No. 1-2013-078-40695
Consideraciones adicionales y actualización de costos a la petición de reconocimiento y pago de
perjuicios por situaciones no imputables al contratista restablecimiento de la conmutatividad
prestacional IDROJET-ECP-MA-0010785-0023-C IDROJET-ECP-MA-0010785-0027-C de fecha 25 de
junio de 2013, por valor de: $27.862.832.436 - VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS
MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS
COLOMBIANOS y adenda No 3 por medio de comunicación No.IDROJET-ECP-MA-0010785-0071-C,
radicado No. 1-2013-078-64771.
El cuadro resumen final de la solicitud de reconocimiento económico presentado por la empresa
contratista en las mencionadas comunicaciones es el siguiente:
SOLICITUD RECONOCIMIENTO ECONOMICO SEGÚN ADENDAS 1 Y 2 PRESENTADA POR
IDROJET COLOMBIA SRL
ETAPA PRECONTRACTUAL
DESCRIPCION
VALOR
COSTO EPC TOSCANO SUCURSAL
243,155,521
SUBTOTAL $
ETAPA.
Etapa Precontractual
243,155,521
ETAPA DE E3ECUCION
DESCRIPCION
VALOR
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
EPP ESPECIALES
$
ETAPA
1,693,851,953'
Etapa Ejecución
600,221,190
Etapa Ejecución
RECURSOS DIRECTOS
8,040,380,000
Etapa Ejecución
RECURSOS INDIRECTOS
1,642,113,036
Etapa Ejecución
MAYOR PERMANENCIA OHMSTEDE
4,327,642,800
Etapa Ejecución
STAND BY OHMSTEDE
1,627,048,160
Etapa Ejecución
UNITED RENTAL
3,742,343,200
Etapa Ejecución
143,365,000
Etapa Ejecución
39,361,206
Etapa Ejecución
AFECTACION CONSTRATISTAS TRANSV
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
20/28
ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
- PeTROL
Elaborado
29/11/2012
GAB-F-083
SUBTOTAL
$
21,856,326,545
ADMINISTRACIÓN 10%
$
2,185,632,655
UTILIDAD 3%
$
655,689,796
SUBTOTAL CON AU
$
24,697,648,996
Versión: 1
GASTOS FINANCIEROS
DESCRIPCION
VALOR
ETAPA
IVA DE LA PRIMERA FACTURA
338,060,374
Etapa Ejecución
INTERESES FINANCIEROS
894,628,639
Etapa Ejecución
INTERESES POR PAGOS PENDIENTES A
PROVEEDORES
185 921 644
Etapa Liquidación
HONORARIOS POR PAGOS PENDIENTES A
PROVEEDORES
183,569 054
Etapa Liquidación
1,316,703,108
Etapa Liquidación
3 145,100
Etapa Liquidación
GASTOS IMPREVISIBLES DE ASESORÍA,
ACOMPAÑAMIENTO Y REPRESENTACIÓN
LEGAL EN ETAPA DE LIQUIDACIÓN PARA
EL RECONOCIMIENTO ECONÓMICO Y
ATENCIÓN DE PROVEEDORES
COSTOS PROCESALES
,
$
,
SUBTOTAL
$ 2,922,027,919
TOTAL
$ 27,862,832,436
SOLICITUD RECONOCIMIENTO ECONOMICO ACLARACION ADENDA 3 ACTUALIZACION DE
COSTOS PRESENTADA POR IDRO3ET COLOMBIA SRL
CONCEPTO
IMPREVISTOS
INTERESES BANCARIOS
INTERESES MORA PROVEEDORES
HONORARIOS APODERADOS PROVEEDORES
IVA HONORARIOS
HONORARIOS APODERADO JUDICIAL BANCOLOMBIA
IVA HONORARIOS
COSTAS PROCESALES
GASTOS IMPREVISIBLES DE ASESORIA ACOMPAÑAMIENTO Y
REPRESENTACIÓN LEGAL EN ETAPA DE LIQUIDACIÓN PARA EL
RECONOCIMIENTO ECONÓMICO Y ATENCIÓN A PROVEEDORES
MAYOR PERMANENCIA OHMSTEDE
STAND BY OHSMTEDE
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
TOTAL RECONOCIMIENTOACLARACION ADENDA 3
VALOR
$138.321.563
$1.445.157.725
$ 130.096.292
$ 127.274.644
$ 20.363.943
5321.745.606
$51.479.297
$3.134.900
$570.595.297
$4.976.789.220
$1.861.105.384
$5.979.814.668
$15.625.878.539
En atención a lo anterior, el Administrador del contrato y las Gestorías Técnica y Administrativa en
cumplimiento de la guía para la administración y gestión de contratos, procedieron a realizar la revisión
y análisis de la solicitud de Reconocimiento Económico presentada por la empresa contratista, el cual
se encuentra contenido en las siguientes comunicaciones :
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ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
..r.k'
tr
«.
yema
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCION ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
GAB-F-083
Elaborado
29/11/2012
Versión: 1
Trazabilidad comunicaciones de recomendación Reconocimiento Económico:
> El día 13 de noviembre de 2013 la Gestoría Técnica mediante comunicación radicado 2-2013-07835360, presentó informe técnico a la Gestaría Administrativa sobre el análisis desde el punto de
vista técnico, con copia a la Gestoría Administrativa.
> El día 20 de noviembre de 2013 la Gestoría Técnica, mediante comunicación 2-2013-078-35851, emitió
Adenda No. 1 a la revisión y análisis Técnico de la solicitud de Reconocimiento Económico, el cual la
Gestoría Administrativa tuvo en cuenta para elaborar el presente informe de Recomendación del
Reconocimiento Económico al Administrador del Contrato.
> El día 27 de noviembre de 2013 la Gestaría Administrativa del contrato mediante comunicación 12013-078-82536, recomendó al Administrador la liquidación mas reconocimiento al contratista,
basado en el informe técnico y análisis administrativo de la solicitud de reconocimiento, según los
cálculos que arrojaron las nominas y soportes que reposan en los expedientes del contrato MA0010785.
> El día 27 de noviembre de 2013 el Administrador del Contrato mediante comunicación radicado 22013-078-36916, recomendó al Funcionario solicitante la liquidación más el pago del reconocimiento
al contratista.
> El día 27 de noviembre de 2013 el Funcionario solicitante mediante comunicación radicado No. 22013-078-36939, recomendó la liberación de la liquidación más el reconocimiento del contrato al
Funcionario Autorizado.
Por lo anterior y una vez realizado el detenido análisis detallado a la Solicitud de Reconocimiento
Económico presentada por la empresa contratista, se procede a presentar el siguiente resumen de
valores a ser reconocidos por parte de ECOPETROL S.A. a IDROJET COLOMBIA SRL, teniendo en cuenta
el material probatorio presentado por éstos, el informe de la gestoría técnica y los soportes que
reposan en el expediente del contrato, el valor a reconocer y pagar a IDROJET COLOMBIA S.RL. Es por
la suma de $13.833.275.496, incluyéndose el porcentaje de Administración y la Utilidad sobre los
puntos susceptibles a ello en el reconocimiento económico del Contrato, el anterior análisis se presenta
en el orden presentado por la empresa Contratista.
Es importante resaltar que dentro de los anexos de esta acta de liquidación, se encuentra el informe de
las gestorías técnica y administrativa donde se efectuó el análisis detallado de cada uno de los ítems
objeto de reclamación y se resolvió la procedencia o improcedencia de los mismos, en el informe se
evidencia las cantidades reconocidas y el quantum del valor a reconocer, estos valores se tasaron de
acuerdo al material probatorio existente.
De conformidad con lo expuesto y teniendo en cuenta los hechos expuestos por la empresa contratista
que al ser cotejados con los soportes que reposan en el expediente del contrato, se pudo corroborar
que debido a situaciones imprevisibles e irresistibles no atribuibles a ECOPETROL S.A, la empresa
contratista asumió sobrecostos no previstos por la mayor permanencia en la obra no imputable a éstos
que le generó un mayor costo.
Por lo anterior, ECOPETROL S.A reconoce esos sobrecostos en los que incurrió la parte contratante
afectada.
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ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
IE. ,,
-PeTROL
Elaborado
29/11/2012
GAB-F-083
Versión: 1
El análisis de reconocimiento económico solicitado por la empresa contratista se resume a
continuación, exponiéndose cada uno de los ítems objeto de reclamación, el valor solicitado por
la empresa contratista, el análisis a cada uno de los puntos reclamados, el valor a reconocer y el
valor a reconocer con A y U en los puntos susceptibles a su reconocimiento.
Adicional a esto, se considera importante informar que al momento del estudio del reconocimiento
no se encontraban disponibles los dineros requeridos para el reconocimiento y que según el
procedimiento establecido el Administrador del contrato presentó en comité de contratación el
resultado del estudio, donde finalmente se aprobaron los dineros para pagar el reconocimiento, tal
y como consta en el Acta No. 043 de fecha 21 de noviembre de 2013, y de esta forma el
Administrador procedió a recomendar al Funcionario Solicitante presentar al Funcionario
Autorizado el resultado del estudio para su aprobación.
CUADRO DE ANALISIS DE VALORES A SER RECONOCIDOS POR PARTE DE ECOPETROL
S.A. A IDROJET COLOMBIA S.R.L
-,
-,
VALOR
SOLICITADO
(Sin AU)
RELACIÓN
DESCRIPCIÓN DEL
RECONOCIMIENTO
$
243.155.521
i
VALOR
RECONOCER
(Con A y/13 U)
,
RECLAMACIÓ
N
ANÁLISIS
RECLAMACIÓN IDROJET
COSTO CREACION
SUCURSAL
VALOR
RECONOCER (Sin
AU)
ECOPETROL S.A
NO SE RECONOCE
O
$
$
O
ETAPA EJECUCIÓN
EQUIPOS Y
HERRAMIENTAS
UNITED RENTAL
EPP ESPECIALES
$ 1.693.851.953
SE RECONOCE LA HERRAMIENTA
REQUERIDA
SOLO
PARA
EL
RECURSO ASOCIADO CON LA
MAYOR PERMANENCIA. el valor a
reconocer incluye el pago de la A:
10% +U: 3%
$
384.733.674
$434.749.052
$ 3.889.515.850
RECONOCE
MAYOR
SE
PERMANENCIA ENTRE LOS DÍAS
20 DE NOV Al 14 DE DICIEMBRE.
. el valor a reconocer incluye el
pago de la A: 10%
$ 3.334.515.425
$ 3.667.966.967
$
SE
RECONOCE
LOS
EEP
REQUERIDOS
AL
RECURSO
ASOCIADO MAYOR PERMANENCIA
LOCAL.
Para
el
cálculo
se
descontaron los valores incluidos
en el contrato primigenio y
adicionales. El valor a reconocer
incluye el pago de la A: 10%
600.221.190
$
103.072.765
$
113.380.042
23/28
ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
, lo
,
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
--'',
4-JeTROL
RELACIÓN
Elaborado
29/11/2012
GAB-F-083
VALOR
SOLICITADO
(Sin AU)
DESCRIPCIÓN DEL
RECONOCIMIENTO
RECLAMACIÓN IDROJET
RECURSOS
INDIRECTOS
AFECTACIÓN
CONTRATISTAS
TRANSVERASALPETROCASINOS
$14.878.274.604
STAND
BY
ENTREGA TARDIA
EQUIPOS. El valor a reconocer
incluye el pago de la A: 10%
STAND
BY
ANORMALIDAD
OPERACIONAL ALISTAMIENTO. El
valor a reconocer incluye el pago
de la A: 10%
MAYOR
PERMANENCIA
POR
FACILIDADES EN PUNTOS DE
INSPECCIÓN, MANTENIMIENTO Y
PINTURA DE LOS R-520 B/C (NO
DISPONIBILIDAD ANDAMIOS). El
valor a reconocer incluye el pago
$ 1.089.296.607
$ 1.230.905.166
$
682.280.000
$
770.976.400
$
109.478.000
$
120.425.800
$
O
$
138.720.000
$
353.480.000
52.440.000
$
VALOR
RECONOCER
(Con A y/o U)
RECLAMACIÓN
ANALISIS
ECOPETROL S.A
El contratista debe asumir este
39.361.206 costo del la Administración del
Reconocimiento
STAND
BY
ENTREGA TARDIA
LINEA TEA. El valor a reconocer
incluye el pago de la A: 10%
RECURSOS
DIRECTOS
VALOR
RECONOCER (Sin
AU)
RECONOCE
EL
RECURSO
SE
REQUERIDO EN LAS ACTIVIDADES
MAYOR
ASOCIADAS
CON
LA
PERMANENCIA (Primigenio a
partir 20NOV y Convertidor del 1
DIC). Las cantidades y el valor se
$ 1.642.113.036
calculo tomando como referencia
el recurso mínimo definido en las
especificaciones. El valor a
reconocer incluye el pago de la A:
10% +U: 3%
RECURSO
SE
RECONOCE
EL
INDIRECTO
ASOCIADO
A
LA
MAYOR PERMANENCIA DE
$ 950.185.900
OHMSTEDE. A partir del 20 NOV.
El valor a reconocer incluye el
pago de la A: 10% +U: 3%
SE
RECONOCE
AFECTACION.
Según la minuta contrato "en caso
tomar
la
que
se
requiera
alimentación dentro de las
instalaciones de ECOPETROL, ésta
deberá ser suministrada por el
CONTRATISTA a los trabajadores
que laboren en la zona industrial
$ 143.365.000
de la Refinería Barrancabermeja y
únicamente podrá ser adquirida en
la cafetería principal y de Balance
de la Refinería, sitios dispuestos
para ello por ECOPETROL, por
razones
de
seguridad
y
salubridad". El valor a reconocer
incluye el pago de la A: 10%
$
GASTOS DE
FUNCIONAMIENTO
Versión: 1
$
O
$ 6.940.002.407
545.960.000
24/28
ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
4~±-0
peTROL
Versión: 1
7
1
RELACIÓN
Elaborado
29/11/2012
GAB-F-083
VALOR
SOLICITADO
(Sin AU)
■
DESCRIPCIÓN DEL
RECONOCIMIENTO
RECLAMACIÓN TOROJET
1
VALOR
I
RECONOCER (Sin 1
l
AU)
VALOR
RECONOCER
(Con A yilo U)
ANÁLISIS
ECOPETROL 5.A
RECLAMACIÓN
de la A: 10% + U: 3°/ó
MAYOR
PERMANENCIA
en
Mantenimiento e inspección del
ducto de CO entre el plenum del
regenerador y la X520,
R520A.
Cambiar el riser
(elevador de
carga), cambiar JBEND, retiro e
instalación de las 6 boquillas de
carga (3 boquillas son nuevas), $ 206.800.000
retiro y aplicación de refractario en
las juntas y disposición final del
equipo.
(NO
DISPONIBILIDAD
GRUA 600 TON). El valor a
reconocer incluye el pago de la A:
10% + U: 3%
MAYOR
PERMANENCIA
POR
EMERGENTE T- 501
(FABRICACION PLATOS). El valor a $ 252.160.000
reconocer incluye el pago de la A:
10% +U: 3%
MAYOR
PERMANENCIA
EN
MANTENIMIENTODE
CONVERTIDOR. Solo se reconocen
los trabajos de mantenimiento
asociados al reactor y tomando
como referencia la fecha de $ 512.160.000
finalización de la Ruta Critica
(Cambio Piernas Ciclones 6DIC). El
valor a reconocer incluye el pago
de la A: 10% + U: 3%
MAYOR
PERMANENCIA
OHMSTEDE. SE RECONOCE POR
LA NO LLEGADA DE PARTES A
PARTIR 20NOV. El valor a $ 3.669.647.577
reconocer incluye el pago de la A:
10% + U: 3% y el cálculo se
realizo con las tarifas americanas
STAND
BY
OHMSTEDE.
SE
RECONOCE POR ENTREGA TARDIA
EQUIPOS Y HH PERDIDAS. El valor
$ 436.269.313
a reconocer incluye el pago de la
A: 10% y el cálculo se realizo con
las tarifas americanas
IVA DE LA PRIMERA
FACTURA
INTERESES
BANCARIOS
INTERESES
MORA
PROVEEDORES
HONORARIOS
APODERADOS
PROVEEDORES
$ 338.060.374
El contratista debe asumir este
costo del la Administración del
$ 1.445.157.725 Reconocimiento
El contratista debe asumir este
costo del la Administración del
$ 130.096.292 Reconocimiento
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$ 449.020.250
25/28
ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
ROL
RELACIÓN
Elaborado
29/11/2012
GAB-F-083
VALOR
SOLICITADO
(Sin AU)
DESCRIPCIÓN DEL
RECONOCIMIENTO
RECLAMACIÓN IDROJET
IVA HONORARIOS
COSTAS
PROCESALES
GASTOS
IMPREVISIBLES DE
ASESORIA
ACOMPAÑAMIENTO
Y REPRESENTACION
LEGAL EN ETAPA DE
LIQUIDACION PARA
EL
RECONOCIMIENTO
Y
ECONOMICO
A
ATENCION
PROVEEDORES
$ 71.843.240
$ 3.134.900
$ 575.677.492
$ 138.321.563
IMPREVISTOS
El contratista debe asumir este
costo del la Administración del
$ 39.361.206 Reconocimiento
DE
GASTOS
FUNCIONAMIENTO
DIFERENCIA A SER
POR
RECONOCIDA
DE
CONCEPTO
ADMINISTRACIÓN
$27.358.711.872
Versión: 1
VALOR
RECONOCER
(Con A vio U)
VALOR
RECONOCER (Sin
AU)
RECLAMACIÓN
ANALISIS
ECOPETROL S.A
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
$
O
8
554.869.663
$11.871.013.361 $13.833.275.496
9.1 PAGO DE AIU EN EL RECONOCIMIENTO ECONOMICO SOLICITADO POR IDROJET
COLOMBIA S.R.L
ADMINISTRACIÓN
La Administración es el rubro que comprende todos los gastos indirectos en los que incurrió la empresa
contratista para la operación del contrato, por el mayor plazo dedicado a la ejecución y la mayor
inversión en el contrato, de manera que se trata de un porcentaje previamente definido con el
contratista, considerado en un 10% atendiendo al establecido al momento de estructurar su oferta.
IMPREVISTOS
No se reconocen por las razones expuestas en los informes adjuntos a este documento, debido a que el
contratista no acreditó eventos que hayan desbordado dicho margen.
UTILIDAD
Teniendo en cuenta que el reconocimiento económico tiene su génesis en una mayor permanencia de
obra no atribuible al contratista, se reconocerá utilidad únicamente, en aquellos eventos en que el
contratista haya generado una labor en beneficio de Ecopetrol a satisfacción técnica. Motivo por el cual
se analiza en cada ítem de la solicitud.
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ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
or
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
„,..
eTR oL
GAB-F-083
Elaborado
29/11/2012
Versión: 1
Se precisa que para el cobro de los valores a ser reconocidos por parte de ECOPETROL S.A. a IDROJET
COLOMBIA SRL, la empresa contratista presentará a ECOPETROL S.A. el documento de cobro
correspondiente.
10. CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO EN LOS APORTES AL SISTEMA DE PROTECCIÓN
SOCIAL
La GESTORIA ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO, constató el cumplimiento de las obligaciones del
CONTRATISTA frente a pagos de nómina, Aportes al Sistema de Protección Social (pagos a los
sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar,
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje), durante toda la
vigencia del Contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que
debieron haber sido cotizadas, como se relaciona en el siguiente cuadro:
AGO
NRO
EMPLE
ADOS
20
SEP
63
44
MES
DIAS
TRAB ,
14
;
NOMINA
SALUD
PENSION
ARP
PARAFIS 1
CALES
33.988.585
4.248.575
3.608.419
2.365.60:',
3.058.965
113.069.358
14.722 .395
13.622.220
8..100.510
10.142.250
PRESTACIO
NES SOCIAL ES
226.427
OCT
673
62
844.378.610
117.978.155
131.356.264
68.860.817
89.044,159
522.501
NOV
1160
60
3.660.038.360
482.759.211
528.111.575
275.236.981
355 909.937
125.878.157
DIC
1051
62
2.351.631.559
312.721.186
337.698.088
176.286.888
227.957.173
1.997.732.704
ENE
21
60
50.206.802
5.871.861
6.770.199 ,
3.434.423
3.515.809 :
51.821.582
.
De acuerdo a lo indicado en el reporte laboral suministrado por la Gestoría Administrativa, se precisa
que a la fecha no existe reporte de trabajadores que presenten accidentes de trabajo, ni incapacidades
con ocasión a la ejecución del contrato MA-0010785.
11. DECLARACIONES MUTUAS
El CONTRATISTA manifiesta estar conforme con la totalidad de las sumas a que se refiere la presente
liquidación, y declara que ECOPETROL S.A., no` le debe ninguna suma adicional a las señaladas en
este documento, con ocasión o por razón de la celebración, ejecución, terminación o liquidación del
Contrato, IDROJET COLOMBIA SRL manifiesta no estar conforme con las sumas reconocidas en algunos
de los puntos del Reconocimiento Económico, razón por la cual dejará las salvedades señaladas en el
numeral 12 del presente documento.
Esta declaración tiene efectos transaccionales, en concordancia con el artículo 2469 y subsiguientes del
Código Civil Colombiano, y demás normas aplicables.
12.SALVEDADES DEL CONTRATISTA IDROJET COLOMBIA SRL:
"eECLARACION DE SALVEDADES SOBRE EL RECONOCIMIENTO.
El contratista solicita se deje por escrito salvedades sobre tres puntos presentados en la reclamación
inicial y en sus adendos, que no fueron reconocidos por ECOPETROL S.A , bajo el argumento que
respecto de cada punto se allegó el material probatorio que evidenció los costos asumidos
correspondiente a nomina directa, equipos y herramientas y sobre costos financieros (intereses
moratorios y honorarios), así como por petición del contratista se deja consignado en la presente acta
los perjuicios que se ocasionaron por el contratante y que se describen:
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ACTA DE LIQUIDACION DE MUTUO ACUERDO
1 0
•
-peTRoL
GESTIÓN DE ABASTECIMIENTO
DIRECCIÓN ESTRATÉGICA DE ABASTECIMIENTO
GAB-F-083
Elaborado
29/11/2012
Versión: 1
RECURSOS DIRECTOS: Pretensión de IDROJET COLOMBIA SRL evidenciada en la página 10 a
1,
la página 22 junto con el material probatorio que acredita el costo asumido por IDROJET COLOMBIA
S.RL, para la ejecución del contrato, los cuales no fueron tenidos en cuenta en el acta de liquidación
final sin que se evidenciara los argumentos legales para su negación. ( ver página 14/22 del Acta de
Liquidación.)
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS. Pretensión de IDROJET COLOMBIA SRL evidenciada en la página
2.
10 a la 22 junto con el material probatorio que acredita el costo asumido por IDROJET COLOMBIA S.R.L
, para la ejecución del contrato, los cuales no fueron tenidos en cuenta en el acta de liquidación final
sin que se evidenciara en la misma o documento alguno los argumentos legales para su negación (ver
página 13/22 del Acta de Liquidación.)
3. COSTOS FINANCIEROS. Pretensión de IDROJET COLOMBIA S.R.L evidenciada en la página 10 a
la página 22 del reconocimiento, junto con el material probatorio que acredita los costos generados
por el incumplimiento de las obligaciones financieras, los cuales no fueron tenidos en cuenta en el acta
de liquidación final sin que se evidenciara en la misma o documento alguno los argumentos legales
para su negación (ver página 16/22 del Acta de Liquidación.)"
El presente documento no conlleva exoneración alguna de responsabilidad del CONTRATISTA por
concepto del cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato. ECOPETROL S. A. se reserva el
derecho de reclamar al CONTRATISTA los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las
obligaciones a su cargo, que se conozcan con posterioridad a la celebración de este documento.
En constancia, se suscribe en Barrancabermeja, en dos ejemplares originales de idéntico tenor literal,
el 27 de noviembre de 2013.
Por el CONTRATISTA
Po la GETION ADMINISTRATIVA
HUG TOSCANO HEREDIA
OMAR AMAYA
IDROJET COLOMBIA SRL
Por ECOPETROL S.A.
EC ET
S.A.
Por ECOPETROL S.A.
ECOPETROL S.A.
WILSON JAVIER CA
GERMAN ROJAS ORTI
ADMINISTRADO'
AUTO ZADO
V.B. RECONOCIMIENTO ECONÓMICO
28/28

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