Reglamento becas - CONFIAR Cooperativa Financiera

Transcripción

Reglamento becas - CONFIAR Cooperativa Financiera
CONFIAR COOPERATIVA FINANCIERA
POLITICAS Y REGLAMENTO
PARA LA APLICACIÓN DE FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL
BECAS PARA ESTUDIOS SUPERIORES Y PROYECTOS ESPECIALES
El presente documento recoge los criterios y reglamento para el programa Becas y
proyectos especiales según régimen especial de no impuesto al patrimonio y decreto 2880
de 2004 de la Ley Tributaria que obliga a destinar el 20% de los excedentes cooperativos
en Educación Formal. La ley sale en 2003 y la reglamentación en 2004. A partir de
entonces CONFIAR adopta el programa de Becas estudios superiores y crea una estructura
apoyada en la Fundación CONFIAR, un comité de becas integrado por Organismos
sociales y Administración y un cargo de promotora de Educación para atender dicho
proceso. Donde hay fondos constituidos debe haber un Comité técnico, en este caso en el
ICETEX y en CONFECOOP Antioquia.
DISTRIBUCION DE FONDOS POR ZONAS Y AGENCIAS
Teniendo en cuenta el 20% de los excedentes destinados para Educación Formal por
período anual según decreto 2880/2004, la asignación de recursos para Becas Estudios
Superiores se asignará el 80% del Fondo para Asociados y sus beneficiarios y hasta el
20% a la financiación de proyectos especiales de extensión a la comunidad.
Para la distribución de los recursos por Agencias y Zonas se tiene en cuenta la participación
porcentual de Asociados.
1. BECAS EDUCACIÓN SUPERIOR
Objetivo: Busca facilitar el acceso a la educación de los(as) jóvenes, donde puedan tener
unas condiciones adecuadas para su formación integral.
Características de la beca
 Es una retribución económica que CONFIAR otorga para las matrículas en los
períodos previstos y acordados según presentación de la solicitud, éste es personal e
intransferible.
 La Beca está destinada a: Completar la matrícula y/o contribuir con gastos de
sostenimiento del estudiante.
 El valor de la Beca por cada semestre será del 1.22 de un Salario Mínimo Mensual
Legal Vigente.
 El valor de la Beca se consignará en la Universidad ó cuenta personal del
estudiante -según sea el caso-.
Para postularse el Asociado deberá cumplir las siguientes políticas y condiciones:
 Los Asociados de CONFIAR deben tener una vinculación igual o superior a dos
(2) años en el momento de postularse.
 El Asociado debe postular un solo estudiante: puede ser el Asociado, su
cónyuge, hijo o hermano (menores de 25 años que dependan
económicamente del Asociado) y que estén cursando estudios superiores.
 Al momento de postularse deberá tener un aporte social mínimo del 50% de un
S.M.M.L.V. (344.727) y continuar la cuota mensual para incrementar sus
aportes sociales.
 Estar al día en sus obligaciones económicas y sociales.
 El Asociado y el estudiante debe residir en estratos: 1, 2 ó 3.
 Ingresos:
 Si es asalariado hasta 3.5 S.M.M.L.V ($2.413.089)
 Si trabaja bajo la modalidad de servicios, honorarios o trabajador
independiente hasta 4.5 S.M.M.L.V ($3.102.543)
 Se otorgará una Beca por familia, por una sola vez en la vigencia del
programa, si su familia ya tiene o tuvo una beca por CONFIAR, no podrá
postularse para esta convocatoria.
 El estudiante no debe estar beneficiado con una Beca en similares condiciones
en otra Institución.
 El estudiante no podrá estar beneficiado por el restaurante universitario
durante el tiempo que esté becado.
 El estudiante no podrá ejercer monitorias dentro de la Universidad durante el
tiempo que esté becado
 El estudiante debe tener un promedio del semestre anterior (2016-1) igual o
superior a 3.5. NO APLICA PARA ESTUDIANTES QUE APENAS ESTEN
CURSANDO PRIMER SEMESTRE EN 2016-2.
 El estudiante debe tener matriculado para el semestre 2016-2 mínimo 4
materias y/o 16 créditos.
 Los establecimientos educativos y los programas académicos, deben ser de
nivel técnico, tecnológico o profesional, reconocidos como Educación Formal
por el Ministerio de Educación y en el caso de otros Centros Educativos, los
programas deben ser Técnicos Profesionales.
 Los Estudiantes, en retribución al beneficio obtenido de la beca, se deben
comprometer con un aporte mínimo de 40 horas de Tiempo Solidario por
semestre; este servicio se prestará en las organizaciones sociales y culturales
pertenecientes a la plataforma solidaria de CONFIAR, y que estén vinculadas
al proyecto Tiempo Solidario (El listado de organizaciones se encuentra
publicado en la página de CONFIAR www.confiar.coop, link confiar en la
Educación. Los estudiantes también podrán articularse a la Red de Agencias,
a la Fundación CONFIAR, áreas de la sede administrativa y/o participar de los
procesos formativos que la cooperativa brinde.
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Inscripción becas de educación superior
Fecha:

Convocatoria abierta desde el 1 de Julio hasta el 31 de agosto de cada año
Respuesta de asignación
 Última semana de septiembre del año
Las inscripciones se realizan de manera virtual en la página web www.confiar.coop en el
link Confiar en la Educación. En el momento que el asociado ingrese la información, el
sistema simultáneamente validará la información para verificar su veracidad y permitir su
inscripción.
El estudiante hará efectivo su primer giro a partir de octubre, se consigna semestre en
curso.
Documentos que se deben presentar al finalizar cada período académico para
ordenar los giros
Para tener derecho a la continuidad de la beca, el estudiante debe en cada semestre
o cierre de período académico enviar por correo electrónico:
Documentación:
 Fotocopia del documento de identidad
 Copia de servicios públicos donde se refleje el estrato socioeconómico.
 Certificado emitido por la universidad, donde aparezca:
o Promedio obtenido en el semestre anterior (igual o superior a 3.5)
o Listado de materias a ver para el semestre que va a iniciar (Mínimo 4
materias o 16 créditos)
Nota1: Los estudiantes que obtengan el promedio por debajo de 3.5, o
tomen menos de 4 materias y/o 16 créditos, perderán el subsidio
correspondiente al periodo que van a cursar; al siguiente semestre una
vez cumplan todos los requisitos, podrán aplicar nuevamente.
Nota2: Para los estudiantes que estén cursando últimos semestres y por
tal razón solo puedan matricular 1,2 o 3 materias o en su defecto solo
tienen pendiente matricular la práctica, no aplica el requisito de numero
de materias y/o créditos.
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 Matrícula del semestre donde se refleje el valor y el semestre que están
pagando.
 Certificado Tiempo Solidario
 Declaración Extra juicio: A partir de la renovación de documentos para el
semestre 2016-2, todos los estudiantes deberán adjuntar un certificado donde
conste que no están recibiendo ningún tipo de apoyo económico para
sostenimiento y/o matricula de sus estudios de educación formal. En el
siguiente link podrán descargar el formato para que sea diligenciado y llevado
a notaria para la autenticación. NOTA: este certificado deberá ser actualizado
cada que realicen renovación de documentos.
Para ordenar los giros por cada semestre, la información de renovación se recibirá en los
meses definidos así:
 Al finalizar el primer semestre del año, máximo hasta el 15 de agosto.
 Al finalizar el segundo semestre del año, máximo hasta el 15 de febrero.
Aclaraciones:

Los estudiantes que tienen otros calendarios académicos, inmediatamente se
matriculen deben renovar la documentación.
 Esta documentación no se recibirá de manera física, deberá ser enviada al correo
electrónico [email protected], la confirmación del recibido se estará
dando en el transcurso de la semana.
 Si se entrega la documentación incompleta, no es posible recibir los documentos.
Es importante tener en cuenta que todos los correos con documentación de
renovación deben tener la respuesta de recibido por parte de la promotora de
educación, de lo contrario verificar si el envío fue efectivo.
Otros asuntos que deben informar los estudiantes

Es indispensable informar por escrito en forma oportuna cuando se presente
alguna de las siguientes novedades, sustentando el motivo que la ocasiona y
respaldándola con documentos verídicos:

En caso de suspensión temporal, el máximo de espera será de dos (2) períodos
académicos seguidos.

Cuando cambie de programa, de facultad, de seccional, de universidad o razón
social de la misma.
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
Cuando el estudiante o acudiente cambie de datos personales como: teléfonos,
dirección de residencia, e-mail, entre otros.

Cuando se obtenga cualquier ingreso adicional que constituya un apoyo
económico para becas o comisiones de estudio.

Cuando el estudiante es menor de edad y cumple la mayoría de edad, debe
realizar los trámites respectivos en la agencia y enviar actualización de datos a
la promotora de educación ([email protected])
Causas de suspensión temporal
Son causales de suspensión temporal de la Beca las siguientes:
 Retiro temporal del programa de estudios, debidamente justificados. Lo debe
informar por carta y se espera hasta dos (2) períodos académicos seguidos.
 Cierre temporal del centro educativo en el cual se realiza el programa de estudios.
La espera será hasta dos (2) períodos académicos seguidos.
 No mantener el promedio académico por semestre, mínimo de tres con cinco (3.5), lo
que le implica al estudiante no recibir giro por ese semestre. Si al semestre siguiente
hay recuperación académica se continúa con el beneficio de la Beca.
 No matricular el número de materias exigidas (mínimo 4 materias y/16 créditos),
lo que le implica al estudiante no recibir giro por ese semestre. Si al semestre siguiente
el estudiante cumple este requisito, se continúa con el beneficio de la Beca.
 No presentar la documentación de renovación durante un semestre. Estudiante
que no renueve el semestre antes de las fechas estipuladas no podrá recibir la Beca
correspondiente a ese semestre.
 Inhabilidad del Asociado en la Cooperativa, no tener matriculada la cuota de Aportes
Sociales de manera permanente; no estar al día en sus obligaciones económicas y
sociales. Esta información se verificará cada seis meses antes de autorizar los giros.
 Por retiro parcial de los Aportes Sociales de la Cooperativa, lo que implica al
estudiante no recibir giro por ese semestre.
Causales de suspensión definitiva
Son causales de suspensión definitiva de la beca las siguientes:
 Finalización de los períodos para los cuales se concedió la Beca.
 Abandono injustificado del programa de estudios.
 Adulteración de documentos o la presentación de información falsa.
 Utilización de la Beca para fines distintos para los cuales fue concedida.
 No informar a la Cooperativa de ingresos adicionales por becas, comisión de estudios u
otra clase de apoyo económico durante el tiempo en que disfrute de la Beca.
 No tramitar la renovación de documentos, durante dos (2) períodos continuos, sin
justificación.
 Incumplimiento de algunos de los requisitos de renovación por dos semestres
continuos.
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





Muerte o incapacidad física-mental permanente.
Cualquier acto de indisciplina o hecho que atente contra las políticas o la imagen
corporativa de CONFIAR.
Por suspensión definitiva de los estudios por expresa voluntad del beneficiario.
Por retiro como Asociado de la Cooperativa.
Pago de créditos en la Cooperativa por venta de cartera y adquisición de obligación
financiera en otra entidad.
Incumplimiento por parte del estudiante de cualquiera de las obligaciones, según lo
establecido en el presente reglamento.
2. PROYECTOS ESPECIALES
Objetivo: Incidir en el Bienvivir de las comunidades donde CONFIAR tiene presencia,
haciendo lectura de las realidades sociales y de esta manera, disponer espacios de
interlocución con otras Instituciones en materia de educación, que permitan tejer relaciones
de reciprocidad y permanencia.
Características
 Es un aporte económico dirigido a Instituciones Educativas, que puede destinarse a:
Dotación, alimentación, material educativo y/o infraestructura.
 El valor del apoyo se hará efectivo a través del Fondo Administrador con el cual se
tiene convenio, durante el primer semestre del año siguiente a la aprobación.
Requisitos:
 La Instituciones deben ser de carácter público y estar Certificadas como Centros
de Educación Formal al momento de la postulación.
 La Institución Educativa deberá tener vínculo o relación con CONFIAR
Cooperativa Financiera y/o la Fundación CONFIAR.
 La Institución que se Postule deberá presentar un proyecto de Solicitud dirigido a
la Fundación CONFIAR.
Inscripción Proyectos Especiales
Fecha:

Convocatoria abierta desde el 1 de Julio hasta el 31 de agosto de cada año
Respuesta de asignación
 Última semana de Septiembre del año en curso
DIRECCION DE LA POLITICA DE FONDOS EDUCACIÓN FORMAL
La Asamblea de Delegados de CONFIAR: Aprueba la distribución del 20% excedentes
para Fondos de educación formal, según ley tributaria.
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La dirección de la política de distribución de Fondos estará a cargo del Consejo de
Administración de CONFIAR, quien delega en el comité de educación (Junta de
Fundación CONFIAR) su seguimiento, aprobación y retroalimentación de las políticas,
con el deber de reportar informes al Consejo cuando se aprueban cada año la distribución
de los recursos.
COMITÉ DE FONDO EDUCACION FORMAL
Está integrado por tres representantes de los Organismos Sociales: Uno por la Junta de
Fundación, uno por Junta de Vigilancia y uno por el Consejo de Administración y por la
Administración de CONFIAR y Fundación (asistirá la Gerencia Corporativa y la
Dirección de la Fundación Confiar).
Responsabilidades:
 Verificar la aplicación del reglamento de becas en el momento de convocatoria en la
asignación de las becas y los proyectos especiales.
 Aportar a la retroalimentación de criterios y políticas del propio reglamento de Becas
y proyectos especiales.
 Se debe reunir mínimo dos veces al año.
COMITÉ TECNICO DE LOS FONDOS DE EDUCACIÓN FORMAL: estará constituido
por un representante de CONFIAR o su delegado, y un representante de la entidad con la
que se constituyó e fondo.
MECANISMOS DE COMUNICACIÓN CON LOS BECADOS Y DE ÉSTOS CON
CONFIAR Y LA FUNDACIÓN
De manera preferencial vía:
 E-MAIL: [email protected],
 A través de la línea Confiable: 4441020
 Web CONFIAR: www.CONFIAR.coop link Fundación - Educación.
 En cada una de nuestras Agencias de CONFIAR.
ACLARACIONES FINALES
La Dirección de CONFIAR, se reserva el derecho de modificar los contenidos de este
Reglamento con miras exclusivamente a la mejora del programa, las disposiciones que en
este manuscrito se reflejan, son únicamente para y por el bien común de los Asociados y
sus familias.
Toda persona poseedor de conocimientos debería
procurar que éstos sean útiles a los demás,
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que estén al servicio de proyectos colectivos
y propicien cambios y transformaciones
que generen bienestar común en la sociedad.
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