INMIGRACIÓN, CIUDADANÍA Y DEBER DE INTEGRACIÓN. La

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INMIGRACIÓN, CIUDADANÍA Y DEBER DE INTEGRACIÓN. La
INMIGRACIÓN, CIUDADANÍA Y DEBER
DE INTEGRACIÓN.
La perspectiva de integración cívica de
la población inmigrante en España a la
luz de las experiencias europeas
Kayamba Tshitshi Ndouba
Profesor Asociado en la Universidad Internacional de la Rioja
(UNIR)
Diciembre 2013
La Fundación Ciudadanía y Valores como institución independiente, formada por
profesionales de diversas áreas y variados planteamientos ideológicos, pretende a través
de su actividad crear un ámbito de investigación y diálogo que contribuya a afrontar los
problemas de la sociedad desde un marco de cooperación y concordia que ayude
positivamente a la mejora de las personas, la convivencia y el progreso social
Las opiniones expresadas en las publicaciones pertenecen a sus autores, no representan el
pensamiento corporativo de la Fundación.
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Sobre el autor
Kayamba Tshitshi Ndouba es investigador en el Departamento de Derecho Constitucional de la
UNED y Profesor Asociado en la Universidad Internacional de la Rioja. Anteriormente trabajó
como Coordinador de Programas Sociales Europeos en la Comisión Española de Ayuda al
Refugiado (CEAR) y también como investigador en el Observatorio de Inmigración, Centro de
Estudios y Datos de la Consejería de inmigración y cooperación de la Comunidad de Madrid.
Fue Director de Estudios de la Escuela de Profesionales de Inmigración y Cooperación de la
Comunidad de Madrid (EPIC) y Coordinador del programa de Máster en Inmigración,
desarrollo y co desarrollo, impartido por la EPIC en colaboración con la Universidad Rey Juan
Carlos.
Es autor de varias publicaciones en el ámbito de las migraciones en España y en la Unión
Europea.
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Inmigración, ciudadanía y deber de integración.
La perspectiva de integración cívica de la población inmigrante en
España a la luz de las experiencias europeas
Kayamba Tshitshi Ndouba
Introducción
El día 6 de febrero de 2008, el entonces candidato del Partido Popular a la Presidencia
de Gobierno, el Sr. Mariano Rajoy, presentaba en Barcelona su programa electoral en
el ámbito de las migraciones1. Lanzó por primera vez la idea de introducir en España un
contrato con valor jurídico a través del cual el candidato inmigrante adquiere 5
compromisos: Observar las leyes, respectar las costumbres españoles, aprender el
español, tener una actitud activa a la integración y finalmente, un compromiso de
retorno si al cabo de un periodo no encuentra trabajo. En cambio, el Estado español
se comprometerá no solo a facilitar la integración, a proporcionar las competencias
lingüísticas sino también a facilitar una formación para el empleo.
Esta propuesta, que pretendía organizar la acogida y enmarcar los procesos de
integración de los inmigrantes recién llegados a España, no era nada novedosa puesto
que ya está materializada y desarrollada en nueve países de la Unión Europea
(Holanda, Dinamarca, Francia, Suecia, Alemania, Finlandia, Austria, Reino Unido y
Bélgica) bajo formas variadas (cursos introductorios, contratos de acogida e
integración, cursos de integración para inmigrantes….).
Pero, es interesante aprehender la pertinencia de esta propuesta desde la prisma de
las “disfuncionalidades” del régimen migratorio español. Es menester que España ha
funcionado durante las últimas dos décadas bajo una situación lo más cercana en el
mundo actual a un régimen de inmigración libre. La ilegalidad o irregularidad, es decir,
simplemente entrar en el país y quedarse en él para con el tiempo regularizarse, ha
sido la forma absolutamente mayoritaria de inmigrar para aquellas personas que no
provienen de la UE. La explicación de ello es simple y resume todo el dilema migratorio
español: ha sido mucho más fácil inmigrar de manera irregular que regular. Además,
hasta el estallido de la reciente crisis los inmigrantes irregulares no tuvieron mayores
dificultades para arreglárselas debido a la fuerte demanda laboral, al significativo
mercado de trabajo informal y a los amplios derechos sociales a que el
empadronamiento da acceso (Rojas, 2012:69).
1
Ver la publicación en el periódico El País:
http://elpais.com/elpais/2008/02/06/actualidad/1202289436_850215.html
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Teniendo en cuenta este panorama de “desorden migratorio”, la propuesta fallida de
Mariano Rajoy de institucionalizar “un contrato de integración” suponía un punto de
inflexión en el discurso público sobre la inmigración en España. Por primera vez, se
oficializa, por no decir se pone un particular acento, sobre la noción de los “deberes”
de los inmigrantes. En este sentido, la propuesta rompe también con la espontaneidad
en la organización de la inmigración. Por ello, con el afán de una reforma completa de
los canales de llegada de los inmigrantes, Rajoy proponía también, la creación de una
Agencia de Inmigración y del Empleo encargada de coordinar y supervisar la selección,
la formación y la contratación en origen por las empresas españoles.
Este articulo parte de las premisas del cambio del ciclo migratorio: frenazo de una
inmigración masiva detectado desde el año 20082, alto nivel de asentamiento de
personas inmigrantes, así como de los retos derivados del mismo y las que se ve
enfrentada la España de hoy: ciudadanía y de inclusión social (Ministerio de Trabajo e
Inmigración, 2011). Sugiere abrir el debate y reflexionar sobre la conveniencia de una
reforma completa de los canales de llegada de los inmigrantes y la instauración de
una política de acogida coherente. Aboga por diseñar en España cauces y trayectorias
preestablecidas, controlables y evaluables para los inmigrantes recién llegados
partiendo de las experiencias de los Estados europeos con larga tradición migratoria.
Esta tarea pasa necesariamente por analizar las experiencias pioneras de integración
cívica de las poblaciones inmigrantes que se desarrollan en dos comunidades
autónomas: Valencia y Madrid. Sobre esta base formular propuestas de políticas
públicas.
1. Integración cívica y valores comunes compartidos.
Uno de los objetivos de toda política de integración de los inmigrantes consiste en la
creación de una identidad común compartida (adhesión a los símbolos de identidad y
actitudes hacia los mismos), a partir de la consolidación de unos sentimientos de
pertenencia y de unos valores comunes compartidos, que Ronald Taft (1953:45-55)
llama “Marco de Referencia Compartido”. La identidad compartida no riña con la idea
del pluralismo. Para que una sociedad sea pluralista, se requiere de la existencia de un
orden superior común que asegure la lealtad a la comunidad general. Dentro de este
orden de común acuerdo debe situarse el reconocimiento mutuo de las diferencias y la
voluntad de mantenerlas (Taft, 1953, Sartori, 2001). Es por ello que la integración
cívica es una dimensión importante del proceso de integración de los inmigrantes en el
país de acogida. Participa de la asimilación identificacional en cuanto que implica
2
A este respecto, Rojas (2012: 70) ilustra la intensidad del declive migratorio producido por la crisis
económica comparando los aumentos netos porcentuales de inmigrantes por región de origen del
bienio 2007-2008 con los del bienio 2009-2010.
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neutralizar valores y fuerzas políticas conflictivas (Gordon, 1964). Los programas de
integración cívica sirven para asegurar una base para la convivencia, y por ende, para
configurar una atmosfera de entendimiento mutuo en la sociedad.
Por ello, es imprescindible diseñar y desarrollar programas que ayuden a los
inmigrantes a identificarse con los valores y las reglas básicas de la sociedad
occidentales: los planteamientos del Estado de Derecho, el respeto a las formas
democráticas, la igualdad entre el hombre y la mujer o la aconfesionalidad, etc….
2. La formación cívica como dispositivo de acogida de inmigrantes. La experiencia
europea
En los países de la Unión Europea, la formación cívica de los inmigrantes se realiza en
el marco de los llamados “contratos de integración” que contemplan, además de la
formación lingüística, otro modulo formativo centrado en proporcionar a los
inmigrantes recién llegados contenidos sobre los valores, principios, las instituciones
básicas del Estado, la historia, los derechos y las libertades y las obligaciones de los
ciudadanos así como el modo de funcionamiento de grandes servicios públicos del
Estado como la Sanidad, educación…
La idea de impartir una formación cívica a los inmigrantes recién llegados está
teniendo un gran impulso desde las instancias de la Unión Europea que la considera
como una condición esencial de una buena integración. En efecto, en el marco la
coordinación de las políticas de integración, el Programa de la Haya sobre la
consolidación de la libertad, la seguridad y la justicia en la Unión Europea3 subraya en
el Principio Básico Común número 4 que “Un conocimiento básico del idioma, la
historia y las instituciones de la sociedad de acogida es indispensable para la
integración; permitir a los inmigrantes adquirir ese conocimiento básico es esencial
para que la integración tenga éxito."
Abundando en lo mismo, el Programa Común para la Integración4, publicado en 2005
por la Comisión Europea, que propone mecanismos de implementación de los
Principios Básicos Comunes, recomienda 3 aspectos fundamentales a tener en cuenta
en el desarrollo de los programas de integración cívica tal y como formula el PBC nº 4:
3
4
Ver Documento 16054/04 del Consejo Europeo de la Haya
Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Economica y Social
Europeo y al Comité de las Regiones, Tercer informe anual sobre inmigración e integración, COM(2007)
512 final, p.4
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 Reforzar el aspecto de integración en los procedimientos de admisión
mediante, por ejemplo, medidas preparatorias en el país de origen que
incluyan la distribución de paquetes informativos y la organización de cursos de
lenguas y educación cívica en dicho país de origen.
 Organizar programas y actividades de acogida para los nacionales de terceros
países recién llegados, al objeto de que adquieran unos conocimientos básicos
sobre la lengua, la historia, las instituciones, las características
socioeconómicas, la vida cultural y los valores fundamentales del país de
acogida.
 Orientar las actividades de acogida hacia los jóvenes nacionales de terceros
países con problemas sociales y culturales específicos vinculados a problemas
de identidad, a través, en particular, de programas basados en los conceptos de
tutoría o transmisión de modelos.
Como se observa, la formación cívica tiene como elementos centrales: la historia, las
instituciones, las características socioeconómicas, la vida cultural y los valores
fundamentales del país de acogida.
En cuanto a los aspectos didácticos y pedagógicos, en unos casos, los módulos
relativos a la formación cívica forman parte de los contenidos de la formación
lingüística. En otros casos, la formación cívica es un módulo independiente y separado
de la formación lingüística. Tampoco todos los países siguen el mismo orden de
formación. En Francia por ejemplo, la formación cívica es previa a la formación
lingüística mientras otros países como Dinamarca o Alemania los módulos de
formación cívica se imparten posteriormente a la formación lingüística.
3. Análisis de las experiencias pioneras de integración cívica de los inmigrantes en
España: El Compromiso Valenciano de Integración y el Programa “Conoce tus
leyes”.
En relación a las políticas migratorias5, el marco constitucional español distingue entre
las materias relacionadas con las políticas de extranjería e inmigración directamente
relacionadas con el ejercicio de la soberanía territorial de los Estados (control de
5
En un sentido más amplio, puede entenderse como el conjunto de normas, leyes, prácticas e
instrumentos estatales destinados a regular el acceso secuencial de los extranjeros a diferentes esferas
de la sociedad de acogida y como prolongación natural, el acceso gradual a la titularidad de derechos.
(López Sala, A-M.:2005: 112)
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fronteras, de flujos migratorios, estatuto de los extranjeros, etc.) de aquellas otras
políticas que se orientan a la asistencia del inmigrante y a favorecer su integración. Así
mientras las primeras encuentran acomodo en el marco de las competencias
exclusivas del Estado, las segundas afectan a títulos competenciales asumidas por las
Comunidades Autónomas (Izquierdo, 2003). Desde esta perspectiva, la formación
cívica, siendo una dimensión de la integración (Entzinger, Biezeveld 2003) se plasma,
por lo general, en los planes autonómicos de integración de los inmigrantes.
Dos comunidades autónomas son pioneros en materia de formación cívica de la
población inmigrante en España. La Comunidad Valenciana y la Comunidad de Madrid.
Desarrollan 2 programas, que a nuestro juicio, pueden constituir un embrión y por
ende, experiencias a tener en cuenta en la institucionalización de los contratos de
integración en España.
3.1 El Compromiso Valenciano de Integración
El Compromiso Valenciano de Integración es una iniciativa que tiene todas las
características de un programa de integración cívica, tanto por los objetivos
perseguidos como por las prestaciones que ofrece. Y, por este motivo, es una iniciativa
pionera en España. La Ley 5/2008, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de Integración
de las Personas Inmigrantes en la Comunitat Valenciana establece “El compromiso de
integración” como un nuevo instrumento de integración y lo equipara con las medidas
aplicadas en otros países de la Unión Europea con dilatada experiencia en el fenómeno
migratorio y donde se han obtenido resultados positivos.
Las medidas de la Ley Valenciana de integración pretenden que “las personas
inmigrantes, procedentes de un ámbito cultural y geográfico diverso, adquieran
capacidades indispensables para poder relacionarse con la sociedad valenciana de
acogida y sus instituciones en las mismas condiciones que cualquier otro ciudadano. La
Comunitat Valenciana considera la integración como un proceso bidireccional que
presupone tanto la voluntad de las personas inmigrantes de integrase en la sociedad
de acogida y su responsabilidad a la hora de llevar esta voluntad a la práctica, como la
voluntad de la sociedad de acogida de aceptar e incluir a las personas inmigrante. Por
lo tanto, siguiendo la experiencia europea, estas disposiciones hacen hincapié en la
voluntad de los inmigrantes de integrase así como la responsabilidad a la hora de llevar
esta voluntad a la práctica.
Sin embargo, el párrafo 3 del art. 4 sobre los fines de la integración arroja una
confusión al referirse al “mantenimiento de la identidad propia de la Comunidad
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Valenciana respetando la diversidad cultural dentro del marco constitucional”. A este
respecto, conviene resaltar que los “contratos de integración” en vigor en Europa
abogan por el manteniendo de la identidad y los valores nacionales. La regionalización
de la identidad pone a debate la priorización y los antagonismos entre la identidad
nacional (estatal) y la identidad regional.
3.1.1. Características del Compromiso Valenciano de Integración
Del anteproyecto de Ley presentado en abril 2008 a la versión final del texto, las
prescripciones legales en torno al Compromiso de Integración han sido modificadas
sustancialmente. En efecto, el Art. 45 del anteproyecto perfilaba el carácter obligatorio
del Compromiso unilateral de Integración en estos términos: “Los extranjeros mayores
de edad, que no sean nacionales de países miembros de la Unión europea, residentes
en la Comunidad Valenciana suscribirán el Compromiso de Integración, como
manifestación de su intención de incorporarse plenamente en la sociedad valenciana”.
Ahora el nuevo Art.6 subraya su carácter voluntario, de compromiso mutuo entre el
inmigrante y la Comunidad Valenciana: “con carácter voluntario, se pone a disposición
de los inmigrantes mayores de edad que residan en la Comunidad Valenciana un
compromiso de integración, como manifestación del mutuo interés por procurar la
plena incorporación en la sociedad valenciana”.
Como consecuencia del carácter voluntario del Compromiso de Integración, la versión
de la ley presentada en agosto de 2008 hace desaparecer el compromiso del antigua
letra b del artículo 46 “Los extranjeros residentes en la Comunidad valenciana se
comprometerán a cumplir las leyes, a respetar los valores, principios y costumbres
españolas y valencianas, a pagar sus impuestos y cotizaciones, así como utilizar los
medios que pone a su disposición la Generalitat para facilitar su integración”.
Conforme al nuevo articulado del artículo 6, el Compromiso de Integración consiste:
• Por parte de la Generalitat: Ofrecimiento de un programa voluntario de comprensión
de la sociedad valenciana (Facilitar a la persona inmigrante los conocimientos básicos
de la sociedad valenciana: conocimiento de valores y regla de la convivencia
democrática, de sus derechos y deberes, de la estructura política, de la cultura y de los
idiomas oficiales de la Comunidad Valenciana).
• Por parte del inmigrante: Manifestación de la voluntad de seguir con
aprovechamiento dicho programa. Así pues, este mismo articulado subraya que el
inmigrante solo se comprometerá a seguir con aprovechamiento el Programa
voluntario de comprensión de la sociedad valenciana.
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Por otra parte, es necesario destacar el carácter incentivador inherente al
Compromiso de Integración. El párrafo 2 del nuevo artículo 6 instituye un certificado
acreditativo para toda aquella persona que supere con aprovechamiento dicho
programa, para hacer valer en sus relaciones sociales y jurídicas.
3.1.2. El Programa Voluntario de Compresión de la sociedad valenciana
El dispositivo principal del Compromiso Valenciano de Integración es el Programa
Voluntario de Comprensión de la sociedad valenciana. Es una actividad formativa de
40 horas de duración, que se realiza teniendo en cuenta la situación personal, familiar,
laboral de la persona inmigrante y desde el pleno respeto a su cultura y religión,
dentro del marco constitucional (Art. 7.2).
El artículo 7.1 de la Ley destaca como contenidos principales del programa voluntario
de comprensión de la sociedad valenciana 3 aspectos:
• Conocimiento de los valores y reglas de la convivencia democrática.
• Derechos y deberes de los inmigrantes.
• La estructura política, la cultura y los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana.
Conforme al mandato del artículo 8 de desarrollo reglamentario de la Ley de
Integración, el reglamento de la Ley de Integración precisa que las actividades
formativas abarcan concretamente los siguientes aspectos:
• Nociones básicas del castellano y del valenciano.
• Geografía física y demográfica.
• Historia de Europa, de España y de la Comunidad Valenciana.
• Legislación básica y nociones jurídicas de Derecho constitucional, autonómico,
administrativo.
• Régimen jurídico de extranjería.
• Aspectos prácticos de la vida real y cotidiana en la Comunidad Valenciana.
El seguimiento es voluntario y no se prevé ninguna prueba de evaluación. Por lo tanto,
basta la asistencia a estas sesiones formativas para obtener el certificado de
aprovechamiento. Un diploma que además de certificar el compromiso de la persona
inmigrante por integrarse en la sociedad valenciana de acogida, acredita la adquisición
de unos conocimientos básicos y puede desplegar importantes efectos positivos. Este
Diploma puede constituir un elemento esencial para probar la integración de la
persona inmigrante que se encuentre en situación irregular y así poder obtener un
permiso de residencia por arraigo.
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En cuanto a su naturaleza jurídica, el Compromiso Valenciano de Integración es un
compromiso de carácter voluntario, gratuito y no implica ningún tipo de consecuencia
negativa para los inmigrantes en caso de que no se realice. No es un contrato.
Sin embargo, como en todos los casos de los contratos de integración vigentes en
Europa, el ámbito subjetivo del Compromiso de Integración establece un tratamiento
desigual entre sus destinatarios y los que están exentos (ciudadanos de la UE). Este
aspecto refuerza la idea de que solo algunos necesitan integrarse o tienen dificultades
para hacerlo. En el caso de Valencia, es incongruente dirigir un programa de
comprensión de la sociedad valenciana, su cultura y sus idiomas oficiales solo a los
ciudadanos extracomunitarios.
Por otra parte, el concepto de identidad valenciana, desarrollada en esta Ley plantea
serios problemas de calado político. El Compromiso de Integración es una
manifestación de la “regionalización” de los contratos de integración vigentes en
Europa. Esto plantea dificultad en cuanto a los valores a enseñar a los inmigrantes. ¿Se
trata de valores nacionales o de valores europeos? ¿Existen valores valencianos?
¿Cuáles son los contornos y contenidos de la identidad valenciana?
3.2 La Comunidad de Madrid: El programa “Conoce tus leyes”
Desde el primer trimestre de 2009, la Comunidad de Madrid puso en marcha el
programa “Conoce tus leyes”. Se trata de una iniciativa que pretende dar a conocer a
los inmigrantes con residencia en la Comunidad de Madrid, los principios básicos del
ordenamiento jurídico y legal español.
Tiene la particularidad de ser un programa que se articula sobre un sistema de
partenariado entre los poderes públicos y las empresas privadas para el desarrollo de
un programa formativo dirigido a personas inmigrantes. Parte de la premisa que el
ordenamiento jurídico es uno de los pilares fundamentales en que se basa una
sociedad democrática, y por tanto su conocimiento es un instrumento esencial a la
hora de promover la integración social de los extranjeros residentes en España.6
En este partenariado, la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Asuntos
Sociales, se limita a respaldar la actividad mediante la aportación de los recursos
materiales indispensables y la invitación de los interesados (personas inmigrantes) a
6
Ver cartel anunciador:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?cid=1142569018915&language=es&pagename=PortalInmigrante%
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colaborar en el proyecto. Las Fundaciones Wolters Kluwer y Cremades & Calvo–Sotelo,
pertenecientes a dos bufetes de abogados de mucho prestigio en España, son socios
del proyecto. Se encargan de definir y desarrollar las actividades formativas, la
divulgación y de asegurar la participación de los inmigrantes.
El programa “Conoce tus leyes” se desarrolla en los dispositivos CEPI (Centros de
Participación e Integración de los Inmigrantes de la Comunidad de Madrid. Los cursos
ofrecen una combinación de exposiciones de profesionales y especialistas de las
materias y contenidos audiovisuales, grabaciones de importantes personalidades del
mundo jurídico.
El programa formativo se desarrolla en una sesión de 8 a 10 horas. El contenido
formativo se articula en torno a los siguientes temas:
• La organización política e institucional española, teniendo en cuenta la
descentralización protagonizada por las CC.AA y las entidades locales;
• Los derechos y deberes fundamentales, así como
• Las diferentes atribuciones de los poderes que conforman el Estado.
Al finalizar la sesión formativa, los inmigrantes obtienen un diploma acreditativo de su
participación con validez a efectos de regularización legal y demostración de arraigo.
4. Condiciones para la institucionalización de un “contrato de integración” de
inmigrantes en España
4.1
Un punto de partida: Evitar la regionalización de la formación cívica de
inmigrantes.
Como hemos apuntado en líneas anteriores, desde la propuesta fallida del Sr. Rajoy,
los programas de integración cívica de los inmigrantes en España se desarrollan desde
las Comunidades Autónomas. Las Comunidades de Madrid y la Comunidad Valenciana
son pioneras en la materia. Sin embargo, el desarrollo autonómico de estos
instrumentos conlleva el riesgo de “regionalización” de valores cívicos que deben
asimilar los inmigrantes. En efecto, si partimos del análisis de las tendencias de los
planes de integración de las comunidades autónomas con largos periodos de
gobiernos de corte nacionalista (Cataluña y País Vasco), observaremos con mucha
facilidad que dichos planes tienen como singularidad y telón de fondo la defensa de la
identidad nacional con una clara pretensión de diluir la identidad española. En apoyo
a este argumento, apuntamos a modo de ejemplo, la llamada “vía catalana de
integración” que se centra en dos objetivos principales: el aprendizaje de la lengua y la
educación como elementos de integración e identificación con el territorio por una
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parte y por el otro, la idea de asimilación a los valores y estructuras catalanas ya
existentes, incluido el aspecto identitario-comunitario (Rodríguez, 2007: 35).
4.2. De la necesidad de diseñar un modelo estatal coherente de acogida de
inmigrantes.
Un sistema de acogida de inmigrantes se compone de mecanismos, dispositivos e
instrumentos operativos, dispuestos y estructurados de manera coherente dentro de
una orientación global de apoyo. Estos dispositivos, que conforman una primera
puerta de entrada de la población inmigrante en los circuitos de integración
(Consejería de Inmigración, 2009), constituyen una garantía de éxito del proceso de
integración. A pesar de su importancia, España carece de un modelo organizativo
coherente para la acogida de inmigrantes. El modelo actual se caracteriza por una
multiplicidad y variedad de agentes y redes que cubren una única necesidad, que van
desde la administración central a los ayuntamientos. Es necesario un compromiso
político entre el gobierno central y las Comunidades Autónomas para institucionalizar
un sistema de acogida de inmigrantes en España.
Sin embargo, un buen sistema de acogida y una trayectoria de integración bien
definida solo pueden dar resultados positivos en un contexto de dominio de los
volúmenes de admisión y de residencia. Así, el gobierno español ha de apostar por una
inmigración legal y evitar la llegada masiva de irregulares puesto que no hay
posibilidad de una integración exitosa sin un mayor control de los flujos migratorios.
En el plano institucional, este objetivo implica la creación, a nivel estatal, de una
estructura única encargada de la coordinación y la cooperación entre los distintos
niveles de gobierno y horizontalmente entre las administraciones involucradas en la
gestión de los procesos migratorios. La actual Comisión Delegada de Gobierno para la
política de inmigración podrá constituir un embrión de esta estructura.
4.3. Considerar la capacidad de integración como criterio determinante de la política
migratoria.
Los diferentes signos reveladores de una crisis del proceso de integración de los
inmigrantes en los países europeos (concentración de los inmigrantes en barrios con
especiales dificultades socioeconómicas, situación social y económica degradante de
las familias de inmigrantes, un número importante de irregulares que viven en
condiciones muy precarias), han llevado a las autoridades a optar, como complemento
de la política de control de los flujos migratorios iniciada hace décadas, por la
“capacidad de integración” como criterio determinante de la política de inmigración.
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Esta política, íntimamente asociada a la noción de la “inmigración selectiva” tiene un
doble objetivo: por una parte, la selección de los candidatos a la inmigración en
función de criterios predeterminados y por otra, la voluntad del extranjero candidato
a la residencia en el país, a comprometerse a seguir un itinerario de integración.
Estos dos elementos son pues los fundamentos de un verdadero contrato.
Conclusión
Los programas de integración cívica de personas inmigrantes promueven una
ciudadanía activa. Implica una perspectiva de formación para la participación y la
responsabilidad. Son herramientas que establecen un nexo entre inmigración,
democracia y ciudadanía puesto que la democracia se fortalece cuando los ciudadanos
se sienten y ejercen como ciudadanos: son conscientes de su responsabilidad para la
comunidad. Se sienten que forman parte, están informados y son capaces de participar
en los procesos de toma de decisiones.
Y por otra parte, de la integración cívica subyace la idea de responsabilidad y de
compromiso social. En efecto, si se apuesta por exigir como derecho el participar hay
que plantear el deber de que esta participación sea lo más responsable posible. Se
trata de promover una ciudadanía activa, capaz de asumir responsabilidades.
Sin embargo, los programas de integración cívica, aunque son necesarios, no bastan
por sí solos para garantizar una integración exitosa. Los poderes públicos gestores de
los procesos migratorios deben tener un enfoque holístico de la integración. Es
necesario completar los programas de integración con otras estrategias consistentes
en la eliminación de todo tipo de discriminación, la sensibilización de los poderes
públicos y privados sobre las demandas de los inmigrantes, políticas de empleo, de
educación y de vivienda.
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Referencias bibliográficas
-
-
-
-
-
-
-
APARICIO CHOFRE, L., “De la política de inmigración a la política de integración
en la Unión Europea”, in TUR AUSINA, R., (Dir): La integración de la población
inmigrante en el marco europeo, estatal y autonómico español, Iustel, Madrid
2009 p.74
BILES, J., MICHALOWSKI, I. Y WINNEMORE, L.: Políticas y modelos de acogida.
Una mirada transatlántica: Canadá y Alemania, Francia y los Países Bajos,
Serie: Migraciones, Número 12, CIDOB edicions, Barcelona, 2007
BRUBAKER, R., “The return of asimilationism? Changing the perspectives on
inmigration and its sequels in France, Germany and Unites States”. in Ethnic
and racial studies, Vol 24 nº 4 junio 2001, pp. 531-548.
CATALA I BAS, A., “Inmigración y gobierno multinivel”, in TUR AUSINA, R., (Dir):
La integración de la población inmigrante en el marco europeo, estatal y
autonómico español, Iustel, Madrid 2009 p.35-68
ENTINGER, H y BIEZEVELD, R.: Benchmarking in immigration integration,
Report for the European Commission, Rotterdam, August 2003.
GIRAUDON, V.: “Contratos de integración para inmigrantes: tendencias
comunes y diferencias en la experiencia europea”, Real Instituto Elcano, 10 de
junio de 2008; www.realinstitutoelcano.org (2 de junio de 2009)
IZQUIERDO, A. (2003): Inmigración: Mercado de Trabajo y Protección Social en
España, Consejo Económico y Social, Colección de Estudios, Madrid.
JACOBS, D., y REA, A., “Open forum: The end of national models? Integration
courses and citizenship trajectories in Europe.” In International Journal on
Multicultural societies, vol. 9 num 2,Unesco 2007
JOPPKE, C (Ed) y MORAWSKA, E., (Ed),Toward Assimilation and Citizenship:
Immigrants in Liberal Nation-States, Palgrave Macmillan, junio 2003
LEGRAIN, P. (2008): Inmigrantes, tu país los necesita, Intermon Oxfam, Madrid,
2008.
LÓPEZ- SALA, A-M.: Inmigrantes y Estados: la respuesta política ante la cuestión
migratoria, Anthropos, Barcelona, 2005
ROJAS, M: Madrid, ciudad para compartir: El modelo Madrid de integración de
los inmigrantes, Sephas, Madrid, 2012
SANCHEZ LORENZO, S. (coord), (2009): Integración de los extranjeros. Un
análisis transversal desde Andalucía, Atelier, Barcelona.
SARTORI, G.:La sociedad multietnica. Pluralismo, multiculturalismo y
extranjeros, Taurus, Madrid, 2001
TAFT, R.: “The shared frame of reference concept applied to assimilation of
immigrants” in Human Relations, nº 6, pp.45-55
15
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