INMIGRACIÓN, CIUDADANÍA Y DEBER DE INTEGRACIÓN. La
Transcripción
INMIGRACIÓN, CIUDADANÍA Y DEBER DE INTEGRACIÓN. La
INMIGRACIÓN, CIUDADANÍA Y DEBER DE INTEGRACIÓN. La perspectiva de integración cívica de la población inmigrante en España a la luz de las experiencias europeas Kayamba Tshitshi Ndouba Profesor Asociado en la Universidad Internacional de la Rioja (UNIR) Diciembre 2013 La Fundación Ciudadanía y Valores como institución independiente, formada por profesionales de diversas áreas y variados planteamientos ideológicos, pretende a través de su actividad crear un ámbito de investigación y diálogo que contribuya a afrontar los problemas de la sociedad desde un marco de cooperación y concordia que ayude positivamente a la mejora de las personas, la convivencia y el progreso social Las opiniones expresadas en las publicaciones pertenecen a sus autores, no representan el pensamiento corporativo de la Fundación. 2 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org Sobre el autor Kayamba Tshitshi Ndouba es investigador en el Departamento de Derecho Constitucional de la UNED y Profesor Asociado en la Universidad Internacional de la Rioja. Anteriormente trabajó como Coordinador de Programas Sociales Europeos en la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) y también como investigador en el Observatorio de Inmigración, Centro de Estudios y Datos de la Consejería de inmigración y cooperación de la Comunidad de Madrid. Fue Director de Estudios de la Escuela de Profesionales de Inmigración y Cooperación de la Comunidad de Madrid (EPIC) y Coordinador del programa de Máster en Inmigración, desarrollo y co desarrollo, impartido por la EPIC en colaboración con la Universidad Rey Juan Carlos. Es autor de varias publicaciones en el ámbito de las migraciones en España y en la Unión Europea. 3 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org Inmigración, ciudadanía y deber de integración. La perspectiva de integración cívica de la población inmigrante en España a la luz de las experiencias europeas Kayamba Tshitshi Ndouba Introducción El día 6 de febrero de 2008, el entonces candidato del Partido Popular a la Presidencia de Gobierno, el Sr. Mariano Rajoy, presentaba en Barcelona su programa electoral en el ámbito de las migraciones1. Lanzó por primera vez la idea de introducir en España un contrato con valor jurídico a través del cual el candidato inmigrante adquiere 5 compromisos: Observar las leyes, respectar las costumbres españoles, aprender el español, tener una actitud activa a la integración y finalmente, un compromiso de retorno si al cabo de un periodo no encuentra trabajo. En cambio, el Estado español se comprometerá no solo a facilitar la integración, a proporcionar las competencias lingüísticas sino también a facilitar una formación para el empleo. Esta propuesta, que pretendía organizar la acogida y enmarcar los procesos de integración de los inmigrantes recién llegados a España, no era nada novedosa puesto que ya está materializada y desarrollada en nueve países de la Unión Europea (Holanda, Dinamarca, Francia, Suecia, Alemania, Finlandia, Austria, Reino Unido y Bélgica) bajo formas variadas (cursos introductorios, contratos de acogida e integración, cursos de integración para inmigrantes….). Pero, es interesante aprehender la pertinencia de esta propuesta desde la prisma de las “disfuncionalidades” del régimen migratorio español. Es menester que España ha funcionado durante las últimas dos décadas bajo una situación lo más cercana en el mundo actual a un régimen de inmigración libre. La ilegalidad o irregularidad, es decir, simplemente entrar en el país y quedarse en él para con el tiempo regularizarse, ha sido la forma absolutamente mayoritaria de inmigrar para aquellas personas que no provienen de la UE. La explicación de ello es simple y resume todo el dilema migratorio español: ha sido mucho más fácil inmigrar de manera irregular que regular. Además, hasta el estallido de la reciente crisis los inmigrantes irregulares no tuvieron mayores dificultades para arreglárselas debido a la fuerte demanda laboral, al significativo mercado de trabajo informal y a los amplios derechos sociales a que el empadronamiento da acceso (Rojas, 2012:69). 1 Ver la publicación en el periódico El País: http://elpais.com/elpais/2008/02/06/actualidad/1202289436_850215.html 4 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org Teniendo en cuenta este panorama de “desorden migratorio”, la propuesta fallida de Mariano Rajoy de institucionalizar “un contrato de integración” suponía un punto de inflexión en el discurso público sobre la inmigración en España. Por primera vez, se oficializa, por no decir se pone un particular acento, sobre la noción de los “deberes” de los inmigrantes. En este sentido, la propuesta rompe también con la espontaneidad en la organización de la inmigración. Por ello, con el afán de una reforma completa de los canales de llegada de los inmigrantes, Rajoy proponía también, la creación de una Agencia de Inmigración y del Empleo encargada de coordinar y supervisar la selección, la formación y la contratación en origen por las empresas españoles. Este articulo parte de las premisas del cambio del ciclo migratorio: frenazo de una inmigración masiva detectado desde el año 20082, alto nivel de asentamiento de personas inmigrantes, así como de los retos derivados del mismo y las que se ve enfrentada la España de hoy: ciudadanía y de inclusión social (Ministerio de Trabajo e Inmigración, 2011). Sugiere abrir el debate y reflexionar sobre la conveniencia de una reforma completa de los canales de llegada de los inmigrantes y la instauración de una política de acogida coherente. Aboga por diseñar en España cauces y trayectorias preestablecidas, controlables y evaluables para los inmigrantes recién llegados partiendo de las experiencias de los Estados europeos con larga tradición migratoria. Esta tarea pasa necesariamente por analizar las experiencias pioneras de integración cívica de las poblaciones inmigrantes que se desarrollan en dos comunidades autónomas: Valencia y Madrid. Sobre esta base formular propuestas de políticas públicas. 1. Integración cívica y valores comunes compartidos. Uno de los objetivos de toda política de integración de los inmigrantes consiste en la creación de una identidad común compartida (adhesión a los símbolos de identidad y actitudes hacia los mismos), a partir de la consolidación de unos sentimientos de pertenencia y de unos valores comunes compartidos, que Ronald Taft (1953:45-55) llama “Marco de Referencia Compartido”. La identidad compartida no riña con la idea del pluralismo. Para que una sociedad sea pluralista, se requiere de la existencia de un orden superior común que asegure la lealtad a la comunidad general. Dentro de este orden de común acuerdo debe situarse el reconocimiento mutuo de las diferencias y la voluntad de mantenerlas (Taft, 1953, Sartori, 2001). Es por ello que la integración cívica es una dimensión importante del proceso de integración de los inmigrantes en el país de acogida. Participa de la asimilación identificacional en cuanto que implica 2 A este respecto, Rojas (2012: 70) ilustra la intensidad del declive migratorio producido por la crisis económica comparando los aumentos netos porcentuales de inmigrantes por región de origen del bienio 2007-2008 con los del bienio 2009-2010. 5 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org neutralizar valores y fuerzas políticas conflictivas (Gordon, 1964). Los programas de integración cívica sirven para asegurar una base para la convivencia, y por ende, para configurar una atmosfera de entendimiento mutuo en la sociedad. Por ello, es imprescindible diseñar y desarrollar programas que ayuden a los inmigrantes a identificarse con los valores y las reglas básicas de la sociedad occidentales: los planteamientos del Estado de Derecho, el respeto a las formas democráticas, la igualdad entre el hombre y la mujer o la aconfesionalidad, etc…. 2. La formación cívica como dispositivo de acogida de inmigrantes. La experiencia europea En los países de la Unión Europea, la formación cívica de los inmigrantes se realiza en el marco de los llamados “contratos de integración” que contemplan, además de la formación lingüística, otro modulo formativo centrado en proporcionar a los inmigrantes recién llegados contenidos sobre los valores, principios, las instituciones básicas del Estado, la historia, los derechos y las libertades y las obligaciones de los ciudadanos así como el modo de funcionamiento de grandes servicios públicos del Estado como la Sanidad, educación… La idea de impartir una formación cívica a los inmigrantes recién llegados está teniendo un gran impulso desde las instancias de la Unión Europea que la considera como una condición esencial de una buena integración. En efecto, en el marco la coordinación de las políticas de integración, el Programa de la Haya sobre la consolidación de la libertad, la seguridad y la justicia en la Unión Europea3 subraya en el Principio Básico Común número 4 que “Un conocimiento básico del idioma, la historia y las instituciones de la sociedad de acogida es indispensable para la integración; permitir a los inmigrantes adquirir ese conocimiento básico es esencial para que la integración tenga éxito." Abundando en lo mismo, el Programa Común para la Integración4, publicado en 2005 por la Comisión Europea, que propone mecanismos de implementación de los Principios Básicos Comunes, recomienda 3 aspectos fundamentales a tener en cuenta en el desarrollo de los programas de integración cívica tal y como formula el PBC nº 4: 3 4 Ver Documento 16054/04 del Consejo Europeo de la Haya Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Economica y Social Europeo y al Comité de las Regiones, Tercer informe anual sobre inmigración e integración, COM(2007) 512 final, p.4 6 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org Reforzar el aspecto de integración en los procedimientos de admisión mediante, por ejemplo, medidas preparatorias en el país de origen que incluyan la distribución de paquetes informativos y la organización de cursos de lenguas y educación cívica en dicho país de origen. Organizar programas y actividades de acogida para los nacionales de terceros países recién llegados, al objeto de que adquieran unos conocimientos básicos sobre la lengua, la historia, las instituciones, las características socioeconómicas, la vida cultural y los valores fundamentales del país de acogida. Orientar las actividades de acogida hacia los jóvenes nacionales de terceros países con problemas sociales y culturales específicos vinculados a problemas de identidad, a través, en particular, de programas basados en los conceptos de tutoría o transmisión de modelos. Como se observa, la formación cívica tiene como elementos centrales: la historia, las instituciones, las características socioeconómicas, la vida cultural y los valores fundamentales del país de acogida. En cuanto a los aspectos didácticos y pedagógicos, en unos casos, los módulos relativos a la formación cívica forman parte de los contenidos de la formación lingüística. En otros casos, la formación cívica es un módulo independiente y separado de la formación lingüística. Tampoco todos los países siguen el mismo orden de formación. En Francia por ejemplo, la formación cívica es previa a la formación lingüística mientras otros países como Dinamarca o Alemania los módulos de formación cívica se imparten posteriormente a la formación lingüística. 3. Análisis de las experiencias pioneras de integración cívica de los inmigrantes en España: El Compromiso Valenciano de Integración y el Programa “Conoce tus leyes”. En relación a las políticas migratorias5, el marco constitucional español distingue entre las materias relacionadas con las políticas de extranjería e inmigración directamente relacionadas con el ejercicio de la soberanía territorial de los Estados (control de 5 En un sentido más amplio, puede entenderse como el conjunto de normas, leyes, prácticas e instrumentos estatales destinados a regular el acceso secuencial de los extranjeros a diferentes esferas de la sociedad de acogida y como prolongación natural, el acceso gradual a la titularidad de derechos. (López Sala, A-M.:2005: 112) 7 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org fronteras, de flujos migratorios, estatuto de los extranjeros, etc.) de aquellas otras políticas que se orientan a la asistencia del inmigrante y a favorecer su integración. Así mientras las primeras encuentran acomodo en el marco de las competencias exclusivas del Estado, las segundas afectan a títulos competenciales asumidas por las Comunidades Autónomas (Izquierdo, 2003). Desde esta perspectiva, la formación cívica, siendo una dimensión de la integración (Entzinger, Biezeveld 2003) se plasma, por lo general, en los planes autonómicos de integración de los inmigrantes. Dos comunidades autónomas son pioneros en materia de formación cívica de la población inmigrante en España. La Comunidad Valenciana y la Comunidad de Madrid. Desarrollan 2 programas, que a nuestro juicio, pueden constituir un embrión y por ende, experiencias a tener en cuenta en la institucionalización de los contratos de integración en España. 3.1 El Compromiso Valenciano de Integración El Compromiso Valenciano de Integración es una iniciativa que tiene todas las características de un programa de integración cívica, tanto por los objetivos perseguidos como por las prestaciones que ofrece. Y, por este motivo, es una iniciativa pionera en España. La Ley 5/2008, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de Integración de las Personas Inmigrantes en la Comunitat Valenciana establece “El compromiso de integración” como un nuevo instrumento de integración y lo equipara con las medidas aplicadas en otros países de la Unión Europea con dilatada experiencia en el fenómeno migratorio y donde se han obtenido resultados positivos. Las medidas de la Ley Valenciana de integración pretenden que “las personas inmigrantes, procedentes de un ámbito cultural y geográfico diverso, adquieran capacidades indispensables para poder relacionarse con la sociedad valenciana de acogida y sus instituciones en las mismas condiciones que cualquier otro ciudadano. La Comunitat Valenciana considera la integración como un proceso bidireccional que presupone tanto la voluntad de las personas inmigrantes de integrase en la sociedad de acogida y su responsabilidad a la hora de llevar esta voluntad a la práctica, como la voluntad de la sociedad de acogida de aceptar e incluir a las personas inmigrante. Por lo tanto, siguiendo la experiencia europea, estas disposiciones hacen hincapié en la voluntad de los inmigrantes de integrase así como la responsabilidad a la hora de llevar esta voluntad a la práctica. Sin embargo, el párrafo 3 del art. 4 sobre los fines de la integración arroja una confusión al referirse al “mantenimiento de la identidad propia de la Comunidad 8 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org Valenciana respetando la diversidad cultural dentro del marco constitucional”. A este respecto, conviene resaltar que los “contratos de integración” en vigor en Europa abogan por el manteniendo de la identidad y los valores nacionales. La regionalización de la identidad pone a debate la priorización y los antagonismos entre la identidad nacional (estatal) y la identidad regional. 3.1.1. Características del Compromiso Valenciano de Integración Del anteproyecto de Ley presentado en abril 2008 a la versión final del texto, las prescripciones legales en torno al Compromiso de Integración han sido modificadas sustancialmente. En efecto, el Art. 45 del anteproyecto perfilaba el carácter obligatorio del Compromiso unilateral de Integración en estos términos: “Los extranjeros mayores de edad, que no sean nacionales de países miembros de la Unión europea, residentes en la Comunidad Valenciana suscribirán el Compromiso de Integración, como manifestación de su intención de incorporarse plenamente en la sociedad valenciana”. Ahora el nuevo Art.6 subraya su carácter voluntario, de compromiso mutuo entre el inmigrante y la Comunidad Valenciana: “con carácter voluntario, se pone a disposición de los inmigrantes mayores de edad que residan en la Comunidad Valenciana un compromiso de integración, como manifestación del mutuo interés por procurar la plena incorporación en la sociedad valenciana”. Como consecuencia del carácter voluntario del Compromiso de Integración, la versión de la ley presentada en agosto de 2008 hace desaparecer el compromiso del antigua letra b del artículo 46 “Los extranjeros residentes en la Comunidad valenciana se comprometerán a cumplir las leyes, a respetar los valores, principios y costumbres españolas y valencianas, a pagar sus impuestos y cotizaciones, así como utilizar los medios que pone a su disposición la Generalitat para facilitar su integración”. Conforme al nuevo articulado del artículo 6, el Compromiso de Integración consiste: • Por parte de la Generalitat: Ofrecimiento de un programa voluntario de comprensión de la sociedad valenciana (Facilitar a la persona inmigrante los conocimientos básicos de la sociedad valenciana: conocimiento de valores y regla de la convivencia democrática, de sus derechos y deberes, de la estructura política, de la cultura y de los idiomas oficiales de la Comunidad Valenciana). • Por parte del inmigrante: Manifestación de la voluntad de seguir con aprovechamiento dicho programa. Así pues, este mismo articulado subraya que el inmigrante solo se comprometerá a seguir con aprovechamiento el Programa voluntario de comprensión de la sociedad valenciana. 9 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org Por otra parte, es necesario destacar el carácter incentivador inherente al Compromiso de Integración. El párrafo 2 del nuevo artículo 6 instituye un certificado acreditativo para toda aquella persona que supere con aprovechamiento dicho programa, para hacer valer en sus relaciones sociales y jurídicas. 3.1.2. El Programa Voluntario de Compresión de la sociedad valenciana El dispositivo principal del Compromiso Valenciano de Integración es el Programa Voluntario de Comprensión de la sociedad valenciana. Es una actividad formativa de 40 horas de duración, que se realiza teniendo en cuenta la situación personal, familiar, laboral de la persona inmigrante y desde el pleno respeto a su cultura y religión, dentro del marco constitucional (Art. 7.2). El artículo 7.1 de la Ley destaca como contenidos principales del programa voluntario de comprensión de la sociedad valenciana 3 aspectos: • Conocimiento de los valores y reglas de la convivencia democrática. • Derechos y deberes de los inmigrantes. • La estructura política, la cultura y los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana. Conforme al mandato del artículo 8 de desarrollo reglamentario de la Ley de Integración, el reglamento de la Ley de Integración precisa que las actividades formativas abarcan concretamente los siguientes aspectos: • Nociones básicas del castellano y del valenciano. • Geografía física y demográfica. • Historia de Europa, de España y de la Comunidad Valenciana. • Legislación básica y nociones jurídicas de Derecho constitucional, autonómico, administrativo. • Régimen jurídico de extranjería. • Aspectos prácticos de la vida real y cotidiana en la Comunidad Valenciana. El seguimiento es voluntario y no se prevé ninguna prueba de evaluación. Por lo tanto, basta la asistencia a estas sesiones formativas para obtener el certificado de aprovechamiento. Un diploma que además de certificar el compromiso de la persona inmigrante por integrarse en la sociedad valenciana de acogida, acredita la adquisición de unos conocimientos básicos y puede desplegar importantes efectos positivos. Este Diploma puede constituir un elemento esencial para probar la integración de la persona inmigrante que se encuentre en situación irregular y así poder obtener un permiso de residencia por arraigo. 10 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org En cuanto a su naturaleza jurídica, el Compromiso Valenciano de Integración es un compromiso de carácter voluntario, gratuito y no implica ningún tipo de consecuencia negativa para los inmigrantes en caso de que no se realice. No es un contrato. Sin embargo, como en todos los casos de los contratos de integración vigentes en Europa, el ámbito subjetivo del Compromiso de Integración establece un tratamiento desigual entre sus destinatarios y los que están exentos (ciudadanos de la UE). Este aspecto refuerza la idea de que solo algunos necesitan integrarse o tienen dificultades para hacerlo. En el caso de Valencia, es incongruente dirigir un programa de comprensión de la sociedad valenciana, su cultura y sus idiomas oficiales solo a los ciudadanos extracomunitarios. Por otra parte, el concepto de identidad valenciana, desarrollada en esta Ley plantea serios problemas de calado político. El Compromiso de Integración es una manifestación de la “regionalización” de los contratos de integración vigentes en Europa. Esto plantea dificultad en cuanto a los valores a enseñar a los inmigrantes. ¿Se trata de valores nacionales o de valores europeos? ¿Existen valores valencianos? ¿Cuáles son los contornos y contenidos de la identidad valenciana? 3.2 La Comunidad de Madrid: El programa “Conoce tus leyes” Desde el primer trimestre de 2009, la Comunidad de Madrid puso en marcha el programa “Conoce tus leyes”. Se trata de una iniciativa que pretende dar a conocer a los inmigrantes con residencia en la Comunidad de Madrid, los principios básicos del ordenamiento jurídico y legal español. Tiene la particularidad de ser un programa que se articula sobre un sistema de partenariado entre los poderes públicos y las empresas privadas para el desarrollo de un programa formativo dirigido a personas inmigrantes. Parte de la premisa que el ordenamiento jurídico es uno de los pilares fundamentales en que se basa una sociedad democrática, y por tanto su conocimiento es un instrumento esencial a la hora de promover la integración social de los extranjeros residentes en España.6 En este partenariado, la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Asuntos Sociales, se limita a respaldar la actividad mediante la aportación de los recursos materiales indispensables y la invitación de los interesados (personas inmigrantes) a 6 Ver cartel anunciador: http://www.madrid.org/cs/Satellite?cid=1142569018915&language=es&pagename=PortalInmigrante% 2FPage%2FINMI_pintarContenidoFinal 11 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org colaborar en el proyecto. Las Fundaciones Wolters Kluwer y Cremades & Calvo–Sotelo, pertenecientes a dos bufetes de abogados de mucho prestigio en España, son socios del proyecto. Se encargan de definir y desarrollar las actividades formativas, la divulgación y de asegurar la participación de los inmigrantes. El programa “Conoce tus leyes” se desarrolla en los dispositivos CEPI (Centros de Participación e Integración de los Inmigrantes de la Comunidad de Madrid. Los cursos ofrecen una combinación de exposiciones de profesionales y especialistas de las materias y contenidos audiovisuales, grabaciones de importantes personalidades del mundo jurídico. El programa formativo se desarrolla en una sesión de 8 a 10 horas. El contenido formativo se articula en torno a los siguientes temas: • La organización política e institucional española, teniendo en cuenta la descentralización protagonizada por las CC.AA y las entidades locales; • Los derechos y deberes fundamentales, así como • Las diferentes atribuciones de los poderes que conforman el Estado. Al finalizar la sesión formativa, los inmigrantes obtienen un diploma acreditativo de su participación con validez a efectos de regularización legal y demostración de arraigo. 4. Condiciones para la institucionalización de un “contrato de integración” de inmigrantes en España 4.1 Un punto de partida: Evitar la regionalización de la formación cívica de inmigrantes. Como hemos apuntado en líneas anteriores, desde la propuesta fallida del Sr. Rajoy, los programas de integración cívica de los inmigrantes en España se desarrollan desde las Comunidades Autónomas. Las Comunidades de Madrid y la Comunidad Valenciana son pioneras en la materia. Sin embargo, el desarrollo autonómico de estos instrumentos conlleva el riesgo de “regionalización” de valores cívicos que deben asimilar los inmigrantes. En efecto, si partimos del análisis de las tendencias de los planes de integración de las comunidades autónomas con largos periodos de gobiernos de corte nacionalista (Cataluña y País Vasco), observaremos con mucha facilidad que dichos planes tienen como singularidad y telón de fondo la defensa de la identidad nacional con una clara pretensión de diluir la identidad española. En apoyo a este argumento, apuntamos a modo de ejemplo, la llamada “vía catalana de integración” que se centra en dos objetivos principales: el aprendizaje de la lengua y la educación como elementos de integración e identificación con el territorio por una 12 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org parte y por el otro, la idea de asimilación a los valores y estructuras catalanas ya existentes, incluido el aspecto identitario-comunitario (Rodríguez, 2007: 35). 4.2. De la necesidad de diseñar un modelo estatal coherente de acogida de inmigrantes. Un sistema de acogida de inmigrantes se compone de mecanismos, dispositivos e instrumentos operativos, dispuestos y estructurados de manera coherente dentro de una orientación global de apoyo. Estos dispositivos, que conforman una primera puerta de entrada de la población inmigrante en los circuitos de integración (Consejería de Inmigración, 2009), constituyen una garantía de éxito del proceso de integración. A pesar de su importancia, España carece de un modelo organizativo coherente para la acogida de inmigrantes. El modelo actual se caracteriza por una multiplicidad y variedad de agentes y redes que cubren una única necesidad, que van desde la administración central a los ayuntamientos. Es necesario un compromiso político entre el gobierno central y las Comunidades Autónomas para institucionalizar un sistema de acogida de inmigrantes en España. Sin embargo, un buen sistema de acogida y una trayectoria de integración bien definida solo pueden dar resultados positivos en un contexto de dominio de los volúmenes de admisión y de residencia. Así, el gobierno español ha de apostar por una inmigración legal y evitar la llegada masiva de irregulares puesto que no hay posibilidad de una integración exitosa sin un mayor control de los flujos migratorios. En el plano institucional, este objetivo implica la creación, a nivel estatal, de una estructura única encargada de la coordinación y la cooperación entre los distintos niveles de gobierno y horizontalmente entre las administraciones involucradas en la gestión de los procesos migratorios. La actual Comisión Delegada de Gobierno para la política de inmigración podrá constituir un embrión de esta estructura. 4.3. Considerar la capacidad de integración como criterio determinante de la política migratoria. Los diferentes signos reveladores de una crisis del proceso de integración de los inmigrantes en los países europeos (concentración de los inmigrantes en barrios con especiales dificultades socioeconómicas, situación social y económica degradante de las familias de inmigrantes, un número importante de irregulares que viven en condiciones muy precarias), han llevado a las autoridades a optar, como complemento de la política de control de los flujos migratorios iniciada hace décadas, por la “capacidad de integración” como criterio determinante de la política de inmigración. 13 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org Esta política, íntimamente asociada a la noción de la “inmigración selectiva” tiene un doble objetivo: por una parte, la selección de los candidatos a la inmigración en función de criterios predeterminados y por otra, la voluntad del extranjero candidato a la residencia en el país, a comprometerse a seguir un itinerario de integración. Estos dos elementos son pues los fundamentos de un verdadero contrato. Conclusión Los programas de integración cívica de personas inmigrantes promueven una ciudadanía activa. Implica una perspectiva de formación para la participación y la responsabilidad. Son herramientas que establecen un nexo entre inmigración, democracia y ciudadanía puesto que la democracia se fortalece cuando los ciudadanos se sienten y ejercen como ciudadanos: son conscientes de su responsabilidad para la comunidad. Se sienten que forman parte, están informados y son capaces de participar en los procesos de toma de decisiones. Y por otra parte, de la integración cívica subyace la idea de responsabilidad y de compromiso social. En efecto, si se apuesta por exigir como derecho el participar hay que plantear el deber de que esta participación sea lo más responsable posible. Se trata de promover una ciudadanía activa, capaz de asumir responsabilidades. Sin embargo, los programas de integración cívica, aunque son necesarios, no bastan por sí solos para garantizar una integración exitosa. Los poderes públicos gestores de los procesos migratorios deben tener un enfoque holístico de la integración. Es necesario completar los programas de integración con otras estrategias consistentes en la eliminación de todo tipo de discriminación, la sensibilización de los poderes públicos y privados sobre las demandas de los inmigrantes, políticas de empleo, de educación y de vivienda. 14 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org Referencias bibliográficas - - - - - - - APARICIO CHOFRE, L., “De la política de inmigración a la política de integración en la Unión Europea”, in TUR AUSINA, R., (Dir): La integración de la población inmigrante en el marco europeo, estatal y autonómico español, Iustel, Madrid 2009 p.74 BILES, J., MICHALOWSKI, I. Y WINNEMORE, L.: Políticas y modelos de acogida. Una mirada transatlántica: Canadá y Alemania, Francia y los Países Bajos, Serie: Migraciones, Número 12, CIDOB edicions, Barcelona, 2007 BRUBAKER, R., “The return of asimilationism? Changing the perspectives on inmigration and its sequels in France, Germany and Unites States”. in Ethnic and racial studies, Vol 24 nº 4 junio 2001, pp. 531-548. CATALA I BAS, A., “Inmigración y gobierno multinivel”, in TUR AUSINA, R., (Dir): La integración de la población inmigrante en el marco europeo, estatal y autonómico español, Iustel, Madrid 2009 p.35-68 ENTINGER, H y BIEZEVELD, R.: Benchmarking in immigration integration, Report for the European Commission, Rotterdam, August 2003. GIRAUDON, V.: “Contratos de integración para inmigrantes: tendencias comunes y diferencias en la experiencia europea”, Real Instituto Elcano, 10 de junio de 2008; www.realinstitutoelcano.org (2 de junio de 2009) IZQUIERDO, A. (2003): Inmigración: Mercado de Trabajo y Protección Social en España, Consejo Económico y Social, Colección de Estudios, Madrid. JACOBS, D., y REA, A., “Open forum: The end of national models? Integration courses and citizenship trajectories in Europe.” In International Journal on Multicultural societies, vol. 9 num 2,Unesco 2007 JOPPKE, C (Ed) y MORAWSKA, E., (Ed),Toward Assimilation and Citizenship: Immigrants in Liberal Nation-States, Palgrave Macmillan, junio 2003 LEGRAIN, P. (2008): Inmigrantes, tu país los necesita, Intermon Oxfam, Madrid, 2008. LÓPEZ- SALA, A-M.: Inmigrantes y Estados: la respuesta política ante la cuestión migratoria, Anthropos, Barcelona, 2005 ROJAS, M: Madrid, ciudad para compartir: El modelo Madrid de integración de los inmigrantes, Sephas, Madrid, 2012 SANCHEZ LORENZO, S. (coord), (2009): Integración de los extranjeros. Un análisis transversal desde Andalucía, Atelier, Barcelona. SARTORI, G.:La sociedad multietnica. Pluralismo, multiculturalismo y extranjeros, Taurus, Madrid, 2001 TAFT, R.: “The shared frame of reference concept applied to assimilation of immigrants” in Human Relations, nº 6, pp.45-55 15 Fundación Ciudadanía y Valores www.funciva.org