Deducción de alquiler en la declaración si vives en Madrid

Transcripción

Deducción de alquiler en la declaración si vives en Madrid
Deducción de alquiler en la declaración si vives en Madrid
Escrito por Sara García
Martes, 05 de Mayo de 2015 10:45 - Actualizado Martes, 05 de Mayo de 2015 11:36
La deducción por alquiler de vivienda habitual puede suponer un alivio en la factura fiscal del
contribuyente, desgravando parte del dinero que pagas por alquiler de la vivienda en la
que resides habitualmente.
Esta deducción consta de un tramo estatal y otro autonómico, por lo que la deducción va a
depender de la comunidad autónoma en la que vivas. Te explicamos en que consiste la
deducción de
alquiler de
vivienda habitual si resides en la Comunidad de Madrid.
En primer lugar, debemos tener en cuenta que esta deducción solo se aplica en los casos en
que la vivienda habitual es aquella en la que resides habitualmente
, es decir:
- Que sea tu residencia de forma continua durante al menos tres años.
- Que la ocupes en un plazo de 12 meses, contados a partir de la fecha de adquisición o
terminación de las obras.
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Martes, 05 de Mayo de 2015 10:45 - Actualizado Martes, 05 de Mayo de 2015 11:36
Si este es tu caso podrás deducir parte de lo que pagas de alquiler en tu Declaración de la
Renta 2014. Ten en cuenta que a partir de 2015 el tramo de deducción estatal desaparece
para los nuevos alquileres,
sin embargo se mantendrá este
beneficio fiscal para aquellos que alquilaron su casa antes de esta reforma. También se
mantiene la deducción por alquiler de vivienda habitual de las comunidades autónomas.
TRAMO ESTATAL
El tramo estatal de la deducción por alquiler de vivienda habitual se calcula conforme al nivel
de renta del contribuyente.
Así, los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales
podrán deducirse el 10,05 € del pago de alquiler de su vivienda habitual
Una vez que sepamos si tenemos derecho a esta deducción (tener una base imponible igual o
inferior a 24.107,20 euros anuales) tendremos dos opciones para aplicarla:
- Si nuestra base imponible es igual o inferior a 17.707,20€ anuales, la base máxima
para aplicar el porcentaje a deducir de 10,05% va a ser
9.040€.
- Si la base imponible de nuestra declaración de la renta se encuentra entre los
17.707,20€ y los 24.107,20€,
el límite máximo al que vamos a aplicar el tipo de 10,05%
va a ser el resultado de la siguiente operación: 9040-[1,4125 x (base imponible-17.707,20)].
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Escrito por Sara García
Martes, 05 de Mayo de 2015 10:45 - Actualizado Martes, 05 de Mayo de 2015 11:36
TRAMO AUTONÓMICO
Como comentábamos anteriormente, existe otra cantidad que podemos deducir sobre el gasto
del alquiler de vivienda habitual aparte de la estatal.
Este tipo de deducción dependerá de la comunidad autónoma en la que vivas. Te mostramos la
deducción autonómica de la Comunidad de Madrid.
Si eres menor de 35 años y resides en Madrid podrás deducir el 20% del pago de
alquiler, hasta un máximo de 840 euros. Para ello deberás cumplir una serie de requisitos:
- Tener menos de 35 años a 31 de diciembre.
- Que tu base imponible del período impositivo no sea superior a 25.620 € en tributación
individual o a 36.200 € en tributación conjunta.
- Que las cantidades abonadas por el arrendamiento de la vivienda habitual superen el
10% de la base imponible
del período impositivo del inquilino.
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Además, para poder aplicar esta deducción, el arrendador de la vivienda deberá depositar la
fianza correspondiente al alquiler en el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) y el
inquilino deberá
disponer de una copia
del resguardo del depósito. (Si necesitas más información sobre el
resgurado de depósito de fianzas de arrendamiento
consulta aquí.
)
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