Normativa Auditiva

Transcripción

Normativa Auditiva
NORMATIVA PROTECCION auditiva
NORMATIVA APLICABLE
UNE-EN 352-1
PROTECTORES AUDITIVOS. REQUISITOS GENERALES. PARTE 1:
OREJERAS
UNE-EN 352-2
PROTECTORES AUDITIVOS. REQUISITOS GENERALES. PARTE 2:
TAPONES.
UNE-EN 352-3
PROTECTORES AUDITIVOS. REQUISITOS GENERALES. PARTE 3:
OREJERAS ACOPLADAS A CASCO DE PROTECCIÓN.
UNE-EN 352-4
PROTECTORES AUDITIVOS. REQUISITOS GENERALES. PARTE 4:
OREJERAS DEPENDIENTES DE NIVEL.
UNE-EN 352-5
PROTECTORES AUDITIVOS. REQUISITOS GENERALES. PARTE 5:
OREJERAS CON REDUCCIÓN ACTIVA DEL RUIDO.
UNE-EN 352-6
PROTECTORES AUDITIVOS. REQUISITOS GENERALES. PARTE 6:
OREJERAS CON ENTRADA ELÉCTRICA DE AUDIO.
UNE-EN 352-7
PROTECTORES AUDITIVOS. REQUISITOS GENERALES. PARTE 7:
TAPONES DEPENDIENTES DE NIVEL.
UNE-EN 458
PROTECTORES AUDITIVOS. RECOMENDACIONES RELATIVAS A LA
SELECCIÓN, USO, PRECACIONES DE EMPLEO Y MANTENIMIENTO.
DOCUMENTO GUIA.
LOS PROTECTORES AUDITIVOS: CARACTERÍSTICAS GENERALES
Los protectores auditivos individuales más comunes son: orejeras, tapones desechables de lana mineral, tapones
desechables de espuma, tapones reutilizables preformados y tapones reutilizables hechos a medida. Todos los
protectores auditivos pertenecen a la CATEGORIA II de la categorización de los EPIS.
EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN AL RUIDO:
La exposición diaria de un trabajador al ruido, nivel diario equivalente, se expresa en dB(A), medida, calculada y referida a
8 horas diarias. En los puestos de trabajo en los que el nivel diario equivalente supere 85 dB(A), el empresario deberá
suministrar protectores auditivos a todos los trabajadores expuestos. En los puestos de trabajo en los que el nivel diario
equivalente o el nivel de Pico superen 90 dB(A) o 140 dB respectivamente, todos los trabajadores deberán utilizar
protectores auditivos, cuyo uso obligatorio se señalizará según lo dispuesto en el R.D. 1316/89.
86
81
77,5
74
69
Db(A)
Db(A)
Db(A)
Db(A)
Db(A)
PROTECCION EXCESIVA
PROTECCION ACEPTABLE
BUENA PROTECCION
PROTECCION ACEPTABLE
PROTECCION INSUFICIENTE
Sobreprotección:
La siguiente tabla de evaluación muestra lo que significa una correcta atenuación (Según la norma EN 458), de acuerdo con el nivel de presión
sonora, medido en dBA,(L’a) ejercida en el oído cuando se lleva puesto el protector. Una protección adecuada se consigue cuando La’A está
entre 70 y 85 dB(A).
SELECCIÓN Y USO:
Se debe evitar elegir protectores auditivos que provoquen una atenuación del ruido excesivamente elevada (nivel efectivo
al oído 70 dB(A) llevando puesto el protector auditivo) ya que tales protectores suelen generar dificultades de
comunicación, o resultar menos confortables que otros protectores caracterizados por una atenuación más débil, con lo
cual, el tiempo que el usuario los lleva puestos se verá reducido.
Confort: el protector más eficaz es el que se utiliza continuamente. Por eso deben ser lo más cómodos posible. De este
modo el usuario es motivado a llevarlo durante toda la exposición al ruido, factor determinante para una protección real.
Conviene que el protector sea elegido por el usuario.
Tipo de protector: en ambientes de altas temperaturas y gran acumulación de polvos es preferible utilizar tapones,
mientras que en situaciones de exposición repetida a ruidos de corta duración es preferible utilizar orejeras o tapones con
arnés ya que su colocación y retirada es más rápida
EVALUACIÓN DE LA ATENUACIÓN ACÚSTICA:
El método HML especifica tres valores de atenuación en decibelios, determinados a partir de la atenuación por banda de
octava del protector. Las letras H, M, L representan la atenuación media del protector en ALTAS (H), MEDIAS (M) y
BAJAS (L) frecuencias. El método SNR especifica un sólo valor de atenuación, la Reducción Simplificada del Nivel de
Ruido. El valor SNR indica la atenuación media del protector en todas en todas las bandas de frecuencia. Los valores HML
y SNR no son derivados de una media aritmética de los valores de protección asumida de la medición en bandas de
octava, sino que se derivan de la aplicación de fórmulas logarítmicas indicadas en la norma ISO 4869.
FUENTES DE RUIDO DE FRECUENCIA HM (ruidos de frecuencia media a elevada):
Conductores de aire comprimido, motores diesel, oxicorte con soplete, máquinas plegadoras, embotelladoras, bombas
hidráulicas, máquinas para trabajar la madera, máquinas para el ruido de piedra, herramientas de impacto, telares,
máquinas tricotadoras, máquinas de corte por abrasión...
FUENTES DE RUIDO DE FRECUENCIA L (ruidos de frecuencia dominante baja):
Grupos compresores (de pistón), excavadoras, grupos convertidores, hornos de fusión eléctricos, hornos de combustión,
hornos de fundición, molinos, equipos de movimientos de tierra, máquinas de limpieza por inyección de aire.
EN 352.1: PROTECTORES AUDITIVOS: OREJERAS
Esta normativa regula los protectores auditivos individuales correspondientes a las orejeras.
Valores que deben cumplir:
1- Adaptabilidad: capacidad de la orejera para ajustarse a varios tamaños de cabeza
2- Resistencia de la banda: se aplica a la banda una fuerza de 14 Newtons
3- Presión de las almohadillas: la presión máxima es de 4.500 Pa
4- Resistencia a la rotura: la orejera se lanza desde 1,5 m sobre una placa de acero
5- Ignición: se aplica una varilla calentada a 650 °C durante 5 segundos y no debe crear llama ni quedar la superficie
incandescente.
EN 352.2: PROTECTORES AUDITIVOS: TAPONES
Esta normativa regula los protectores auditivos individuales correspondientes a los tapones.
Existen básicamente tres tipos diferentes:
1- tapones de un sólo uso
2- tapones reutilizables
3- tapones con banda
Esta norma exige unas atenuaciones mínimas según una escala de octavas que deben cumplir:
1- adaptación y ajuste en el canal auditivo
2- calidad y duración de los materiales
3- posibilidad de alergias
4- presión de la banda
EN 352.3: PROTECTORES AUDITIVOS: OREJERAS ACOPLADAS A UN CASCO DE PROTECCIÓN
Esta normativa regula los protectores auditivos individuales correspondientes a las orejeras acopladas a un casco de
protección para la industria.
Normas mínimas que deben cumplir:
1- resistencia a la rotura: se lanza desde 1 metro de altura sobre una placa de acero
2- resto de ensayos igual que la norma 352.1
Hay que tener en cuenta que estas orejeras sólo pueden ser utilizadas con aquellos cascos con los que se hayan
certificado.
EN 352.4: PROTECTORES AUDITIVOS: OREJERAS DEPENDIENTES DEL NIVEL
Esta normativa regula los protectores auditivos individuales correspondientes a las orejeras dependientes del nivel. Las
orejeras dependientes del nivel están diseñadas para proporcionar la restauración de sonidos externos, a la vez que
proporcionan atenuación de sonidos de niveles altos. Pueden seleccionarse para su uso en ambientes de ruido
intermitente o impulsivo o en situaciones en las que es necesario escuchar sonidos de advertencia externos.

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