estudios previos - Instituto Popular de Cultura
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estudios previos - Instituto Popular de Cultura
SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS VERSIÓN PAGINA FECHA 1 1 de 10 30/01/2015 ESTUDIOS PREVIOS CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD Cali, 8 de agosto de 2016 1. CONSIDERACIONES PREVIAS El Instituto Municipal de Cultura Popular fue creado mediante Acuerdo Municipal No. 450 de 1947 dependiente de la Secretaría de Educación del Municipio. El Acuerdo 005/61 reglamentó las funciones del Instituto Popular de Cultura IPC estableciéndolo para el desarrollo de la Educación Artística de tipo extensivo, especialmente para las clases populares. La Misión de la institución es la de realizar formación artística en música, danza, teatro y artes plásticas, servicio que brinda a través de programas académicos y programas técnicolaborales de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, Escuela Infantil y Juvenil de Artes Integradas, lo mismo que el apoyo, asesoría y acompañamiento a procesos en las distintas áreas de las Artes, la educación y la Cultura, dirigidas a los sectores populares. La Reforma Administrativa aprobada mediante Acuerdo 01/96 inscribe el Instituto Popular de Cultura – IPC a la Secretaría de Educación Municipal y recibirá apoyo administrativo de ésta secretaría a tenor de los artículos 223, 224, 225 y 235. El Decreto 0203 de marzo 16 de 2001 que compila el Acuerdo 70 del 2000, que reforma la estructura de la Administración Central en el parágrafo uno – determinan que el Instituto Popular de Cultura se rige por las normas actualmente vigentes para cada uno de ellos (Acuerdo 01/96, artículo 225 y 235. Mediante Resolución No. 4143.2.21.0618 de 2010 se reconoce al Instituto Popular de Cultura como Institución Artística de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, y en consecuencia la Secretaria de Educación Municipal a través de sendas Resoluciones registra programas de formación laboral, para ser ofrecido por el Instituto Popular de Cultura en el Municipio de Cali. 1 de 10 SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS Finalmente el Acuerdo Municipal 0313 de 2011 crea el Establecimiento Público del Orden Municipal denominado – Instituto Popular de Cultura - IPC vinculado a la Secretaria de Educación Municipal, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa y financiera. El Acuerdo No. 326 del 19 de Junio de 2012, “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo del Municipio de Santiago de Cali 2012-2015 “CaliDA UNA CIUDAD PARA TODOS” Contempla en el componente 2.1 Cali, Ciudad Educadora y en la Línea 5.1 y 5.3 “Cali Cultura y Economía globales posicionar a Cali como un destino líder a nivel Nacional e internacional, como herramientas de impulso al desarrollo económico sostenible e incluyente, Apoyándose en la rica y diversa dotación natural, social y física del Municipio. La Constitución Política en su artículo 67 establece que la educación es un derecho de la persona natural o jurídica y un servicio público que tiene una función social; que con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. Su artículo 70 por su parte, establece que el Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. El Concejo Municipal de Santiago de Cali expidió el Acuerdo No. 0390 del 10 de Diciembre del año 2015, “Por el cual se expide el Presupuesto General de Rentas y Recursos de Capital y Apropiaciones para Gastos del Municipio de Santiago de Cali para la vigencia comprendida entre el primero de Enero y el treinta y uno de Diciembre del año 2016 que, faculta y/o autoriza al Alcalde para celebrar conforme a las normas legales vigentes con cargo a las apropiaciones presupuestales de 2016, todo tipo de contratos, sustitución de activos, alianzas estratégicas y/o convenios necesarios para la debida ejecución del plan de desarrollo, plan de ordenamiento territorial, del plan operativo anual de inversiones y en general toda clase de obligaciones alianzas estratégicas, o convenios que demande la buena marcha de la administración municipal. Que mediante acuerdo número 1 del 23 de Julio de 2015, el OCAD (Órgano colegiado de administración y Decisión) del municipio de Santiago de Cali, viabilizo Priorizo y Aprobó el proyecto de inversión: “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI” por valor de $200.000.000 con cargo a los recursos de Asignaciones Directas del Sistema General de Regalías correspondiente al Municipio de Santiago de Cali. Que el consejo de Política Fiscal “CONFIS” mediante Acta No.026-2015 de la sesión del día 25 de Septiembre de 2015, aprobó efectuar la creación e incorporar propuesta, autorizando 2 de 10 SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS la elaboración del Acto Administrativo correspondiente y la transferencia de estos recursos al IPC (Instituto Popular de cultura) para la ejecución de dicho proyecto. Que por medio de Decreto No.411.0.20.0748 de Octubre 2 de 2015 se modifica el presupuesto de ingresos y gastos en la estructura presupuestal del capítulo independiente del Sistema General de Regalías en el Municipio de Cali. Que por medio de Resolución No.200.01.10.125 de 2015 se crea la estructura presupuestal del capítulo que contiene el Presupuesto de Ingresos y gastos para el sistema General de Regalías en el Instituto Popular de cultura y se incorporan los recursos del Sistema General de Regalías. Que teniendo en cuenta que el 16 de diciembre de 2016, fue declarada desierta la Selección de Mínima Cuantía N° IPC.200.01.17.04.026.2015 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS Y ELEMENTOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS”, la entidad solicitó ante el OCAD Municipal, autorización para realizar los ajustes al proyecto con el fin de actualizar los precios unitarios al estado actual del mercado, teniendo en cuenta que el incremento del dólar americano en relación con el peso colombiano aumentó el valor de las cotizaciones de manera considerable. Que a través del oficio N° 2016413210013511 del 6 de Julio de 2016, radicado en el IPC bajo el número 522 del 8 de julio, el Director (E) del Departamento Administrativo de Planeación Municipal Dr. Oscar Eduardo Escobar García, aprobó el ajuste solicitado por la Dirección del Instituto Popular de Cultura, teniendo en cuenta que la entidad se comprometió a financiar el excedente con recursos propios, lo cual no afecta el monto de los recursos aportados por el Sistema General de Regalías, aprobando de esta manera la ejecución del proyecto durante la presente vigencia. Que como entidad ejecutora, el IPC requiere la contratación de personal, bienes y/o servicios relacionados con el objeto del proyecto “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, derivado del Sistema General de Regalías, el cual fue debidamente aprobado por el OCAD, tal como quedó plasmado en el Acuerdo número 1 del 23 de Julio de 2015. Que el objetivo general del proyecto “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, es mejorar la calidad educativa en las artes populares y tradicionales en el Instituto Popular de Cultura del Municipio de Santiago de Cali. 3 de 10 SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS Para el logro de sus funciones generales y específicas, el INSTITUTO POPULAR DE CULTURA en el marco del proyecto mencionado, demanda Fortalecer las habilidades y competencias sensoriales y de conocimiento, para lo cual requiere la adquisición de equipos para el desarrollo pedagógico. Que las escuelas de formación del IPC son música, artes plásticas, danzas, teatro y escuela infantil y juvenil de artes integradas; ubicadas en las sedes de El Porvenir y de manera temporal en la I.E. Santa Librada, las cuales requieren de ACCESORIOS DE SONIDO, para el cumplimiento de los propósitos misionales de la entidad. Que la entidad requiere de ACCESORIOS DE SONIDO, lo cual aporta a la construcción de la Misión del INSTITUTO POPULAR DE CULTURA, cuyo texto indica “Formar integralmente sujetos autónomos y críticos, con principios éticos y estéticos, en campos específicos de las artes. Capaces de construir conocimientos y saberes artísticos, mediante procesos de investigación e innovación y de proyección social, que involucren la reflexión crítica y actuante, en razón de lograr promover el desarrollo artístico y cultural que demandan las realidades de nuestra ciudad – región. (IPC 2010)”, en la medida que promueven el desarrollo artístico y proyectan la institución”. Que el PLAN DE ACCION 2016 contempla el Eje Estratégico: FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y LOS MEDIOS, Meta: A diciembre 31 se dotarán (7) unidades académicas. Actividad: Dotar a las unidades académicas del Instituto con equipamiento (materiales, equipos, mobiliario) 1.2. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD Para el logro de sus funciones generales y específicas, el INSTITUTO POPULAR DE CULTURA en el marco del proyecto “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, demanda Fortalecer las habilidades y competencias sensoriales y de conocimiento, para lo cual requiere la adquisición de equipos para el desarrollo pedagógico, de conformidad con las especificaciones detalladas en el cuadro que más adelante se consigna. 2. DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO 2.1 OBJETO DEL CONTRATO: ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO, EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO 4 de 10 SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS, tal como se signa en cuadro adjunto: ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO N° I.D. ACTIVIDADES DETALLADAS DEL PROYECTO UNIDAD DE MEDIDA Llíneas para UNIDAD micrófono 1 Piañas para 1.23 UNIDAD micrófono 2 ATRIL MC-ART MICROFONO 4.2 UNIDAD MS1508 BOOM: 3 MICROFONO 4.3 UNIDAD SHURE PGA 48: 4 1.22 VALOR VR. TOTAL CANT. COTIZACION COTIZACION UNITARIA 3 50.000,00 150.000,00 3 130.000,00 390.000,00 6 110.800 664.800,00 12 250.000 3.000.000,00 TOTAL 4.204.800 VALOR TOTAL: Cuatro millones doscientos cuatro mil ochocientos pesos m/cte ($4.204.800.oo). ALCANCES DEL OBJETO Y OBLIGACIONES del contratista: La adquisición a suscribirse tendrá el siguiente alcance: EL CONTRATISTA deberá obligarse a: 1. Efectuar la entrega los elementos en las cantidades y especificaciones técnicas publicadas. 2. Los elementos serán nuevos, de primera calidad y no re manufacturados. 3. Reemplazar los insumos defectuosos o que no cumplan con las especificaciones exigidas dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de la comunicación efectuada por el INSTITUTO POPULAR DE CULTURA. 4. Asumir los gastos y costos que demande el transporte para el suministro de los elementos objeto del contrato y en general, cubrir cualquier otra erogación necesaria para el cabal cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales. 5. La entrega e instalación de los elementos objeto del contrato deberá soportarse con la presentación de la respectiva factura en cuyo contenido se debe discriminar la relación de los bienes suministrados con el respectivo valor, que deberá ser concordante con el precio ofrecido en la propuesta y sus cantidades. 7. Brindar orientación, en caso de requerirse, al personal encargado de operar elementos adquiridos en el objeto contractual en la ciudad de Cali, de acuerdo a las condiciones 5 de 10 SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS exigidas por el INSTITUTO POPULAR DE CULTURA. 8. Legalizar ante la Dirección el ingreso al almacén, con el soporte de la respectiva factura y documento del cumplimiento de obligaciones parafiscales. 9. Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con la propuesta. 10. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato imparta el INSTITUTO POPULAR DE CULTURA, a través de la supervisión del contrato. 11. Obrar con lealtad y buena fe durante la ejecución del contrato, evitando dilaciones y entrabamientos que pudieran presentarse. 12. Allegar la certificación del cumplimiento del pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y contribuciones parafiscales de ley de sus empleados. 13. Las demás que contribuyan a garantizar el cumplimiento del contrato y las que por su naturaleza le sean atribuibles conforme al objeto y alcance del mismo. 14. Para efectos del cumplimiento del contrato, el contratista se compromete a cumplir las obligaciones previstas en las disposiciones legales vigentes que regulan el contrato. 2.2 CLASE DEL CONTRATO: ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO, 2.3 ESPECIFICACIONES ESENCIALES: Experiencia en el objeto a contratar según las especificaciones técnicas que quedaron consignadas en cuadro adjunto. 2.4 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: El presente contrato tiene un VALOR TOTAL DE: Cuatro millones doscientos cuatro mil ochocientos pesos m/cte ($4.204.800.oo), el cual será cancelado por el INSTITUTO al Contratista, en una (1) cuota, contra entrega de la totalidad de los ACCESORIOS DE SONIDO. 2.5 LUGAR DE EJECUCION: Establecimiento Público Instituto Popular de Cultura – sede San Fernando. 2.6 PLAZO: El plazo de ejecución del presente contrato será de tres (3) días, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento. 2.7 FORMA DE PAGO: El valor del contrato se pagará en una (1) cuota, contra entrega de la totalidad de los ACCESORIOS DE SONIDO, para lo cual bastará la presentación de la cuenta de cobro y la factura correspondiente, teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.5.2. Numeral 8. “La oferta y su aceptación constituyen el contrato” 2.8 IMPUTACION PRESUPUESTAL: El presupuesto oficial de la presente SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA se estima en la suma de Cuatro millones doscientos cuatro mil ochocientos pesos m/cte ($4.204.800.oo), la cual se imputará al Certificado de disponibilidad presupuestal No.318 del 27 de julio de 2016. 6 de 10 SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2.9 SUPERVISION: La supervisión del presente contrato estará a cargo de la Directora. 3. FUNDAMENTO JURÍDICO El Decreto N° 1082 del 26 de mayo de 2015, "POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN NACIONAL", en su artículo 2.2.1.2.1.5.2, Establece el Procedimiento para la contratación de mínima cuantía. Las siguientes reglas son aplicables a la contratación cuyo valor no excede del 10% de la menor cuantía de la entidad estatal, independientemente de su objeto: 1. La entidad estatal debe señalar en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía la información a la que se refieren los numerales 2, 3 y 4 del artículo anterior, y la forma como el interesado debe acreditar su capacidad jurídica y la experiencia mínima, si se exige esta última, y el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas. 2. La entidad estatal puede exigir una capacidad financiera mínima cuando no hace el pago contra entrega a satisfacción de los bienes, obras o servicios. Si la entidad estatal exige capacidad financiera debe indicar cómo hará la verificación correspondiente. 3. La invitación se hará por un término no inferior a un (1) día hábil. Si los interesados formulan observaciones o comentarios a la invitación, estos serán contestados por la entidad estatal antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. 4. La entidad estatal debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación. Si esta no cumple con las condiciones de la invitación, la entidad estatal debe verificar el cumplimento de los requisitos de la invitación de la oferta con el segundo mejor precio, y así sucesivamente. 5. La entidad estatal debe publicar el informe de evaluación durante un (1) día hábil. 6. La entidad estatal debe aceptar la oferta de menor precio, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía. En la aceptación de la oferta, la entidad estatal debe informar al contratista el nombre del supervisor del contrato. 7. (Sic) En caso de empate, la entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo. 8. La oferta y su aceptación constituyen el contrato. Por la naturaleza y la cuantía del objeto a contratar, el presente proceso se realizara a través de la modalidad de selección de mínima cuantía conforme a las normas aquí enunciadas. 7 de 10 SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive, están sujetos a la Constitución Política, al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en las ley 80 de 1993 y demás normas reglamentarias y es especial las contenidas en el Decreto N° 1082 del 26 de mayo de 2015 De otra parte, se estima como presupuesto para la presente contratación la suma de Cuatro millones doscientos cuatro mil ochocientos pesos m/cte ($4.204.800.oo), por lo que no supera el 10% de la menor cuantía del presupuesto del INSTITUTO IPC. De la aplicación de la mencionada normatividad, en armonía con las demás normas vigentes del Estatuto de Contratación, resulta procedente la realización de la selección del contratista, mediante el procedimiento establecido en el artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto N° 1082 del 26 de mayo de 2015 4. ANÁLISIS DE RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN Y EXTENSIÓN DE LOS RIESGOS QUE DEBEN SER AMPARADOS POR EL CONTRATISTA MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE GARANTÍAS: Teniendo en cuenta que se trata de compra de ACCESORIOS DE SONIDO, por lo que estaría en juego la calidad del servicio se opta por solicitar al contratista las siguientes pólizas: a) De cumplimiento: Cubre el cumplimiento de todas las estipulaciones pactadas sobre los términos, condiciones y especificaciones del contrato, pago de multas, cláusula penal pecuniaria y demás sanciones, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con vigencia igual al término de ejecución de este y cuatro (4) meses más, contados a partir de la de la aceptación de la oferta. b) De Calidad y Correcto Funcionamiento de los bienes e insumos suministrados: Para garantizar la calidad y correcto funcionamiento de los bienes e insumos suministrados según lo requerido, en cuantía equivalente al veinte (20%) por ciento del valor del contrato, con vigencia igual al término de ejecución de este y cuatro (4) meses más, contados a partir de la aceptación de la oferta. 5. ANÁLISIS ECONÓMICO Y ESTUDIOS DEL SECTOR El establecimiento Publico instituto Popular de Cultura, estimo un presupuesto oficial de Cuatro millones doscientos cuatro mil ochocientos pesos m/cte ($4.204.800.oo), el cual se determinó con los valores promedios de precios del mercado, de cotizaciones de las 8 de 10 SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS empresas Tecnoactiva, La Tienda Fotográfica y Panamericanas Distribuidora Fotográfica y que constituyen para todos los efectos, el estudio del sector. 6. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN El Decreto N° 1082 del 26 de mayo de 2015 en su artículo 2.2.1.2.1.5.2 Establece el Procedimiento para la contratación de mínima cuantía. Las siguientes reglas son aplicables a la contratación cuyo valor no excede del 10% de la menor cuantía de la entidad estatal, independientemente de su objeto. Razón por la cual este deberá ser el procedimiento a aplicarse. 7. VALORACIÓN Y ESTIMACIÓN DE LOS RIESGOS En virtud a la cuantía y la naturaleza del contrato a celebrar, el INSTITUTO POPULAR DE CULTURA, ha considerado la necesidad de exigir al contratista la constitución a favor del Instituto Popular de cultura, las garantías antes señaladas los términos del Decreto N° 1082 del 26 de mayo de 2015, que ampare los riesgos previsibles del contrato a realizar. El proponente seleccionado deberá aportar al día siguiente de la publicación de la aceptación de la oferta, las pólizas solicitadas, caso contrario, la oferta se declarará desierta y adjudicará al segundo proponente. 8. VERIFICACION DE IDONEIDAD: A efectos de determinar la idoneidad del contratista, desde el punto de vista de inhabilidades, incompatibilidades, capacidad técnica y experiencia acreditada en el ramo, se le requerirán los siguientes documentos, acompañando su oferta de servicio: RUT actualizado de persona natural o jurídica. Certificado de la Cámara de Comercio Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía Certificado de Responsabilidad Fiscal - contraloría Certificado de antecedentes de la Procuraduría General de la Nación de persona natural o jurídica. Certificado de antecedentes judiciales vigente, del representante legal de la empresa o persona proponente. Formato único de hoja de vida (Ley 190 de 1995). Con documentos soportes. Afiliación a EPS, y Fondo de Pensiones. Declaración juramentada de bienes y rentas y actividad económica. 9 de 10 SELECCIÓN DE MINIMA CUANTIA IPC.200.01.17.04.008.2016 ADQUISICION DE ACCESORIOS DE SONIDO EN EL MARCO DEL PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LAS DINAMICAS CULTURALES Y SOCIALES ENTORNO A LAS ARTES POPULARES Y TRADICIONALES DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI”, DERIVADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS Certificados de estudios (según el caso) Certificados de experiencia en el área objeto del contrato. ORIGINAL FIRMADO MARIA DEL PILAR MEZA DIAZ Directora IPC Proyectó: Tatiana Sánchez Muñoz – Coordinadora de Procesos IPC Revisó: Yojana Sánchez Restrepo – Coordinadora Administrativa y Financiera IPC / Rubén Darío Figueroa – Coordinador de Planeación Aprobó: María del Pilar Meza Díaz 10 de 10