PROCEDIMIENTO DE EMISIÓN DE INFORMES / CERTIFICADOS 1

Transcripción

PROCEDIMIENTO DE EMISIÓN DE INFORMES / CERTIFICADOS 1
ORG-8
PROCEDIMIENTO DE EMISIÓN DE
INFORMES / CERTIFICADOS
Revisión nº 5 (12/04/2011)
Página 1 de 1
Control de cambios de la revisión nº5
Punto 4.: Se elimina el primer párrafo a excepción del título, y el texto “El resto de“ al comienzo del segundo
párrafo.
El texto añadido en esta revisión aparece en fuente color azul.
1. OBJETO
El objeto de este procedimiento es describir la emisión de informes y certificados que
se soliciten a la Fundación C.E.S.P.A.
2. ALCANCE
El alcance de este procedimiento incluye todas las informaciones por escrito solicitadas
a la Fundación C.E.S.P.A. por las personas a tratamiento, el personal laboral, o por
entidades externas.
3. RESPONSABILIDADES
La responsabilidad de este proceso recae en la persona encargada de la Secretaría
Técnica, a excepción de los informes jurídico/penales solicitados por los
juzgados/Centro Penitenciario o entidades dependientes de éstas (SIAD, SGPMA…),
que realizará la persona responsable del Área Jurídica, y de los certificados e informes
laborales y económicos, que realizará la persona encargada de la Administración.
4. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO
Informes y Certificados: Los informes y certificados los elaborará bajo petición
directa del demandante, en caso de tratamiento ambulatorio, o del equipo terapéutico
que le atiende en caso de tratamiento residencial (a través de correo electrónico, o si
es urgente por teléfono), la persona responsable señalada en el punto 3, quien en un
máximo de dos días lo tendrá realizado y que será recogido bien por la propia oficina,
bien en el centro de tratamiento a través de la valija.
En el caso de que los informes y/o certificados sobre personas a tratamiento sean
solicitados por entidades externas en vez de por el interesado, se requerirá la firma de
dicha persona en el registro R-GD-2. Cuando dichas entidades externas sean del
ámbito jurídico/penal no se necesitará autorización para responder a su petición.
Cuando un miembro de los equipos terapéuticos deba realizar un informe sobre una
persona lo hará en base al guión del Anexo a este procedimiento y según el formato RGD-6, y lo enviará a la Secretaría Técnica para que desde ella se dé salida al mismo y
se haga llegar a su destino.
5. ARCHIVO
Cada responsable que emita un Informe o Certificado deberá registrar su salida y
guardará una copia en la carpeta de salidas del servidor.
6. REGISTROS
R-GD-2: Autorización para Informar
R-GD-6: Informe Bio-Psico-Social