Clausula Eléctrica

Transcripción

Clausula Eléctrica
SEGURO CONTRA INCENDIO
CLAUSULA ELECTRICA
ASEGURADO: MULTIMODAL S.A. OPERADORES PORTUARIOS
POLIZA No: -0VIGENCIA: A CONVENIR
En consideración al pago de la prima adicional correspondiente, queda convenido y
declarado que el seguro al cual se incorpora esta Cláusula, sujeto a las disposiciones
que más adelante se expresan, cubre además:
Las pérdidas o daños en los aparatos, accesorios e instalaciones eléctricas causadas
por:
a) Rayo o incendio que tal fenómeno origine o desarrolle;
b) Incendio accidental aunque provenga de desgaste natural, falla mecánica o
eléctrica, defecto de fabricación, uso inadecuado, cortocircuito, sobrecarga u otras
causas inherentes al uso de la electricidad. No dan lugar a indemnización las
pérdidas o daños que sufran los aparatos eléctricos o sus accesorios, por razón de
desgaste natural, daños mecánicos, ni los provenientes de fabricación defectuosa,
uso inadecuado de los mismos, como tampoco los daños simplemente eléctricos,
tales como cortocircuito, sobrecarga, sobretensión, a menos que sobrevenga un
incendio.
La Compañía sólo está obligada a pagar indemnización por el valor del accesorio o
partes mínimas removibles, afectadas por los riesgos amparados que puedan ser
reemplazados o reparados satisfactoriamente, para que el aparato, del cual forman
parte, quede en las mismas condiciones de funcionamiento en que se encontraba
antes de la ocurrencia del daño o pérdida a causa de los riesgos cubiertos.
Todos los demás términos y condiciones de la Póliza, con excepción de lo establecido
en esta Cláusula, quedan en pleno vigor y sin modificación alguna.
Lugar y fecha:
El Asegurado
La Compañía
El Contratante y/o Asegurado
podrá solicitar a la Superintendencia
de Bancos y Seguros la verificación
de este texto
NOTA: La presente Cláusula ha sido aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros,
con Resolución No. SBS-INS-2002-248 del 18 de julio del año 2002.

Documentos relacionados

Clausula de adecuacion de campo de aterrizaje no

Clausula de adecuacion de campo de aterrizaje no convenido que, no obstante cualquier estipulación en contrario, el aterrizaje y decolaje de la aeronave(s) asegurada(s) durante el día, en campos de aterrizaje que no sean en aeropuertos debidament...

Más detalles