apertura cuenta de ahorros a la vista

Transcripción

apertura cuenta de ahorros a la vista
APERTURA CUENTA DE AHORROS A LA VISTA
NIT. 860 518 350 – 8
INFORMACIÓN BÁSICA DEL ASOCIADO
Apellidos
Nombres
Identificación
C.C. C.E. C.D. PAS No.
__________________________
Dirección Residencia
Teléfono Residencia
Barrio
Celular Personal
Ciudad
Depto.
E-mail Personal
ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ocupación, oficio o profesión:
Empresa donde trabaja
Salario o Ingreso
Empleado(a)
Independiente
Cargo
Pensionado(a)
Estudiante
Otro
Dirección
Teléfono Oficina
Extensión
¿Cuál?
Ciudad
Depto.
E-mail Empresarial
REFERENCIAS
FAMILIAR
PERSONAL
Nombre
Parentesco
Dirección
Teléfono
Nombre
Parentesco
Dirección
Teléfono
Celular
Ciudad
Depto.
Celular
Ciudad
Depto.
INFORMACIÓN ADICIONAL DEL REPRESENTANTE O TUTOR
Si el titular de la cuenta es menor de edad, el representante o tutor debe diligenciar esta información.
Apellidos
Nombres
Identificación
C.C. C.E. C.D. PAS No.
__________________________
Ocupación, oficio o profesión:
Empresa donde trabaja
Salario o Ingreso
Celular Personal
Empleado(a)
Independiente
Cargo
E-mail Personal
Pensionado(a)
Estudiante
Dirección
Teléfono Oficina
Extensión
Otro
¿Cuál?
Ciudad
Depto.
E-mail Empresarial
DECLARACIÓN VOLUNTARIA DE ORIGEN DE RECURSOS
Declaro que: 1.) mis ingresos y bienes provienen del desarrollo de mi actividad económica principal. Certifico que la información suministrada es
verídica y que estoy informado de mi obligación de actualizar anualmente la información que solicite la entidad por cada servicio o producto que
utilice. 2) Declaro que los recursos que entrego no provienen de actividades ilícitas, especialmente de las contempladas en el Código Penal
Colombiano o en cualquier norma que lo modifique o adicione. 3) No admitiré que terceros efectúen aportes, ahorros y/o pago de obligaciones a mi
cuenta con fondos provenientes de actividades ilícitas contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique o
adicione, ni realizaré transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. 4) Autorizo a compensar las
sumas de las que sea titular por concepto de aportes, ahorros, y acelerar el plazo para el pago de las obligaciones que mantenga en la entidad, en
caso de infracción de cualquiera de los numerales contenidos en este documento.
INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR FINANCIERO
Declaro que he recibido la información cierta, clara, suficiente y oportuna, sobre las características, condiciones, medidas de seguridad,
recomendaciones, costos y riesgos de uso de los productos que he adquirido con BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, como también de los
derechos, responsabilidades y medidas de seguridad que debo adoptar en el manejo de los mismos; adicionalmente conozco las características,
beneficios y limitaciones del seguro de depósito de Fogacoop, dándome por enterado adecuadamente. La información no diligenciada en este
formato declaro que ya la posee BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA en mi calidad de Asociado. BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA
queda autorizada para llenar todos los demás datos con base en los soportes e información que personalmente le he suministrado.
Se conviene que el Asociado podrá conocer con la periodicidad convenida o los términos de Ley, el estado del producto financiero a través de la
página WEB de la COOPERATIVA, en la línea de atención al Asociado, en cajeros automáticos o en la Oficina principal de la COOPERATIVA o por
otros medios idóneos puestos a disposición por la COOPERATIVA. Beneficiar Entidad Cooperativa pondrá a disposición del Asociado por cualquier
medio aceptable, con la periodicidad convenida, un extracto del movimiento de su cuenta en el respectivo periodo. En el evento en que el Asociado
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Teléfono
cuente con algún medio electrónico tales como Internet, correo electrónico, etc., que le permita conocer directamente el movimiento de su cuenta,
salvo pacto en contrario, se conviene que la COOPERATIVA queda relevada del envío del extracto por medios físicos. Cualquier solicitud de
documentos o de información adicional deberá hacerse por el Asociado por escrito o a través de cualquier otro medio disponible, asumiendo los
costos que dichos documentos o información generen, los que deberán ser cancelados con anterioridad a la entrega. El suministro de un extracto o
documento adicional o por medio físico causará el costo correspondiente. El Asociado se obliga a revisar de manera oportuna y periódica los
estados de cuenta que BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA pone a su disposición por cualquier medio técnico idóneo. La Cooperativa queda
relevada de enviar extracto de la cuenta cuando ésta no haya tenido movimiento durante el periodo inmediatamente anterior, se encuentre
bloqueada o embargada o se presente muerte del Asociado.
EXENCIÓN DEL GMF
Solicito de manera atenta la aplicación de la exención del Gravamen a los Movimientos Financieros prevista en el numeral 1 del Artículo 879 del
Estatuto Tributario, para el efecto me permito informar: 1.) Que conozco y acepto que la exención prevista en el numeral 1 del Artículo 879 del
Estatuto Tributario, sólo se puede aplicar a una cuenta de ahorros por persona, siempre y cuando se trate de un único titular. 2.) Que en la
actualidad soy único titular de la cuenta de ahorros en BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, identificada en la presente comunicación. 3.) Que
me comprometo a no solicitar dicha exención ante otra entidad financiera o cooperativa mientras exista la exención sobre la cuenta de ahorros,
respecto a la cual estoy solicitando la aplicación del beneficio tributario. 4.) En caso de solicitar la marcación de la cuenta como exenta del GMF,
manifiesto bajo la gravedad de juramento que realizo la presente solicitud de exención, en razón de que a la fecha no gozo del beneficio tributario
en ninguna otra cuenta de ahorros con BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA ni en otra entidad financiera o cooperativa. 5.) Autorizo expresa e
irrevocablemente a Beneficiar Entidad Cooperativa para que suministre toda la información relacionada con mis datos personales y la cuenta de
ahorros mencionada en la presente comunicación a las autoridades competentes y demás entidades financieras que la soliciten, con el fin de
verificar la adecuada aplicación de la exención prevista en el numeral 1 del Artículo 879 del Estatuto Tributario.
6.) En constancia de lo anterior, SI
NO
solicito la exención del GMF y Autorizo a BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA para validar en
el sistema financiero que no existe ya una cuenta marcada para este fin y que de no existirlo se procederá con la marcación de la cuenta a partir de
_______________________, fecha en la cual no se generará el impuesto de acuerdo con los topes estipulados en la Ley.
TOPES DIARIOS MÁXIMOS POR CANAL
Canal
Autorizado
No. Máximo
transacciones/día
Monto
máximo/día
Canal
Autorizado
Oficina Beneficiar
SI / NO
Internet
SI / NO
Cajeros Automáticos
SI / NO
Transacciones con pin pad
SI / NO
Corresponsales Bancarios
SI / NO
PSE
SI / NO
No. Máximo
transacciones/día
Monto
máximo/día
ARTÍCULO 1.- El ahorro a la vista se define como el ahorro a la orden, disponible y manejado a través del documento idóneo expedido por
BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, en el cual se registran todas las operaciones de consignación y retiro, y cuya disposición se podrá realizar
a través del uso de tarjetas débito, mediante la autorización expresa que para tal fin imparta su titular, o a través de cualquier otro mecanismo que
para tal fin se implemente. ARTÍCULO 2.- Las cuentas de ahorro a la vista en BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, serán individuales, solo
podrán ser abiertas única y exclusivamente por quienes sean asociados a la Cooperativa, y para su manejo se requerirá la firma del asociado titular
de la misma o mediante poder debidamente otorgado y legalizado ante la autoridad competente. ARTÍCULO 3.- Para la apertura de la cuenta, el
asociado deberá presentar su documento de identidad y suministrar la información que BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA considere
necesaria. ARTÍCULO 4.- Los asociados que realicen depósitos de ahorro a la vista en BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA estarán obligados
a actualizar por escrito sus datos personales por lo menos una vez al año, en cumplimiento de la normatividad referente a la vinculación de clientes.
ARTÍCULO 5.- El saldo mínimo que deberán mantener estas cuentas será el equivalente a 1/2 día de salario mínimo legal mensual vigente,
ajustado al mil más cercano salvo en aquellos convenios en los que expresamente se estipule lo contrario. PARAGRAFO: No obstante lo anterior,
cuando la cuenta se abra inicialmente o se incremente con el valor de algún beneficio otorgado por la misma cooperativa, como el interés al ahorro
permanente y/o bono navideño, se podrá disponer del total del valor abonado por la cooperativa, luego de lo cual se verificara el cumplimiento del
artículo 5. ARTÍCULO 6.- BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA podrá limitar la cantidad que un ahorrador deposite en su cuenta, así como
también negarse a recibir un depósito parcial o totalmente. ARTÍCULO 7.- Todo depósito o consignación a una cuenta de ahorro a la vista en
BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, deberá realizarse a través de los medios establecidos como son: a). La red o redes bancarias con las que
BENEFICIAR, establezca convenio, utilizando el documento código de barras que podrá ser generado por el mismo asociado, en su zona privada
en la web, www.beneficiar.com.co b). El PSE (Proveedor de servicios electrónicos) c). La Web Service (recaudo por ventanilla en la red de oficinas
del Banco de Bogotá en línea con Beneficiar) y d) Por débito automático a cuentas de establecimientos de crédito, autorizadas por sus titulares.
ARTICULO 8.- BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA podrá aceptar depósitos hechos por terceros a la cuenta de un asociado ahorrador,
siempre que utilice los medios descritos en el artículo 7. En todo caso BENEFICIAR se reserva el derecho de exigir la demostración de la
procedencia de los recursos consignados en las cuentas de sus asociados en los eventos en que la ley, o la entidad expresamente lo requieran.
ARTÍCULO 9.- Cuando los depósitos se realicen directamente en las oficinas de BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, estos deberán ser
exclusivamente en cheque y el recibo de caja generado por el sistema contable de la entidad, y, la firma del cajero, serán constancia válida para el
ahorrador de los depósitos efectuados. ARTÍCULO 10.- Los retiros parciales o totales de las cuentas de ahorro a la vista se tramitarán a través de:
a). la tarjeta debito suministrada en la apertura de la cuenta, b). transferencias electrónicas, previa solicitud escrita del asociado titular, c). cheques
solicitados por el asociado previamente d). Cruces de cuentas del asociado con BENEFICIAR, previamente solicitada por este. Los retiros parciales
o totales de la cuenta de ahorros a la vista BEC, realizados por medios diferentes a la tarjeta BEC tendrán un costo determinado por Beneficiar,
cuyo objetivo es sufragar parte de los costos en los que se incurre por la utilización de la red de los establecimientos de crédito. ARTÍCULO 11.BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA pagará retiros en cheque a personas diferentes al titular de una cuenta cuando estos se presenten con
autorización o poder del titular, en los formatos correspondientes, debidamente firmados y autenticados ante la autoridad competente,
acompañadas de copia del documento de identidad. La persona autorizada deberá igualmente firmar el formato y presentar su documento de
identidad. ARTÍCULO 12.- La cancelación de una cuenta conlleva la devolución inmediata de la tarjeta débito por parte de su titular. BENEFICIAR
se abstendrá de cancelar la cuenta respectiva hasta tanto el titular haga devolución del instrumento antes mencionado o presente el
correspondiente soporte de denuncia de pérdida o robo. Una vez cancelada la cuenta BENEFICIAR procederá a realizar automáticamente el
bloqueo del plástico, con lo cual quedara exenta de cualquier responsabilidad frente a terceros por el uso indebido que se haga con el plástico de
la tarjeta. La cuenta que no registre movimientos durante el término de seis (6) meses consecutivos contados a partir de la fecha del último
movimiento registrado se considerará inactiva y se marcara como tal, ARTÍCULO 13.- El plástico que se expida con ocasión de la apertura de la
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REGLAMENTO DE AHORRO A LA VISTA
cuenta de ahorros a la vista, tendrán para el asociado ahorrador el valor que asigne BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA de acuerdo a las
condiciones del mercado. ARTÍCULO 14.- En caso de pérdida de la tarjeta débito, el titular debe dar aviso inmediato y por escrito a BENEFICIAR
ENTIDAD COOPERATIVA y presentar denuncia ante autoridad competente. En el lapso entre la pérdida y el aviso a la Cooperativa, ésta no se
hará responsable por pagos hechos a personas diferentes al titular de la cuenta. ARTÍCULO 15.- El Ahorrador es responsable de la conservación
de la tarjeta débito y su clave, al igual que de la reserva de su firma y clave. ARTÍCULO 16.- BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA podrá
compensar, con cargo a los depósitos de ahorro constituidos por el asociado, cualquier tipo de obligación que éste posea con la Cooperativa.
1.) La Tarjeta Débito de Afinidad expedida en desarrollo del Convenio celebrado entre el BANCO DE BOGOTÁ S.A., y BENEFICIAR ENTIDAD
COOPERATIVA es un elemento solicitado por el asociado, que lo faculta, reconociendo la comisión, intereses, y demás accesorios que rijan en el
momento de utilizar este servicio y cualesquiera otro servicio que se establezca, para realizar las siguientes transacciones: a) Retiros de fondos de
la cuenta de ahorros y/o cupos de créditos del asociado a través de los cajeros automáticos del BANCO DE BOGOTÁ S.A., o de cualquier red a la
que éste se encuentre afiliado, o se afilie en el futuro, hasta por los montos fijados por el Banco y BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA; b)
solicitud de saldos de la cuenta de ahorros; c) transferencia de fondos; d) pago de servicios públicos con cargo a la cuenta de ahorros y/o cupos de
créditos del asociado; e) realización de compras y pagos en establecimientos de comercio afiliados mediante datáfonos o por cualquier otro medio
técnico de pago, previa firma de los comprobantes de venta correspondientes al valor de los bienes o servicios que se obtengan en cualquiera de
los establecimientos afiliados al servicio; f) transacciones en internet, o cualquier otra red informática o sistemas electrónicos pertenecientes al
BANCO DE BOGOTÁ S.A., o de cualquier red a la que éste se encuentre afiliado, o se afilie en el futuro, mediante la utilización del número de
identificación personal “NIP”. Se conviene que las sumas así obtenidas serán debitadas de la cuenta de ahorros definida para la tarjeta. Todo lo
anterior, con sujeción a los reglamentos, políticas, cuantías y horarios que establezcan BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA y BANCO DE
BOGOTÁ S.A. 2.) Para la realización de las transacciones con la tarjeta, BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA entregará al asociado una clave,
contraseña, o número de identificación personal, que serán de carácter secreto e intransferible, de manera que no podrán ser conocidas por
terceros diferentes de su titular, siendo éste por lo tanto responsable de su custodia y adecuada conservación. En consecuencia, el asociado no
podrá por ningún motivo ceder, ni la tarjeta ni su clave, ni hacerse sustituir por un tercero en el ejercicio de sus derechos, o en el cumplimiento de
sus obligaciones, ni permitir el uso de la tarjeta por persona diferente. 3.) La tarjeta débito de afinidad expedida en desarrollo del convenio
celebrado con el BANCO DE BOGOTÁ, S.A., es de propiedad de BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, y por lo tanto el asociado se obliga a
hacer uso adecuado de ella, facultando irrevocablemente a BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA para cargar en su cuenta de ahorros y/o
crédito rotativo, el valor de los costos de las operaciones de manejo, de las comisiones, honorarios y de los demás gastos originados por el uso de
la tarjeta, particularmente los ocasionados judicial o extrajudicialmente en caso de que fuera necesario cobrar obligaciones a cargo del asociado por
su inadecuada utilización. 4.) El asociado es responsable de la conservación de la tarjeta y de la reserva de su número de identificación personal
(NIP). En caso de pérdida, hurto o sustracción de la tarjeta, se obliga a formular denuncia ante la autoridad competente y a notificar inmediatamente
por la vía más rápida y por escrito tal hecho, para que BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA y el BANCO DE BOGOTÁ S.A., adopten las
medidas convenientes en forma oportuna. En este orden se establece, que el asociado usuario titular del plástico, es el único responsable de todos
los perjuicios causados por cualquier demora en la notificación, o por las utilizaciones que de manera indebida se efectúen durante el término en
que omita poner en conocimiento de dicha situación a BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA. 5.) Todo uso de la tarjeta impone al asociado la
obligación de exhibirla, de identificarse plenamente, de sujetarse a los trámites y procedimiento vigentes, de firmar si fuere el caso los documentos
y títulos en presencia del funcionario del establecimiento respectivo, de guardar reserva absoluta sobre los informes, claves, procedimientos, etc.,
de que tenga conocimiento de la tarjeta. 6.) El asociado se obliga a no acceder, ni intervenir en el funcionamiento, ni usar o disponer en cualquier
forma de los archivos, sistemas, programas, aplicaciones o cualquier otro elemento que BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA y/o BANCO DE
BOGOTÁ S.A., con carácter exclusivo, reservado o propio de su actividad, utilice o posea a efecto de llevar a cabo la prestación de sus servicios en
INTERNET o cualquier otra red informática, como también se obliga a no acceder, ni usar o disponer indebidamente o sin autorización de
BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA y/o del BANCO DE BOGOTÁ, S.A., los datos o la información incluida en los mismos , programas,
archivos, sistemas, aplicaciones, etc. El asociado se obliga a dar aviso inmediato a BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA y al BANCO DE
BOGOTÁ, S.A., por un medio idóneo del conocimiento, disposición, uso o acceso, cualquiera que sea su causa, que tenga o hayan tenido el
asociado o terceros de tales archivos, datos, sistemas, programas aplicaciones o cualquier otro elemento de los anteriormente citados. En este
orden, el asociado responsable por los perjuicios que se acusen por la contravención de lo dispuesto en la presente estipulación, y en tal sentido
asume la responsabilidad que del incumplimiento de la misma se derive. 7.) El asociado se obliga a realizar transacciones a través de Internet,
únicamente desde equipos de su uso personal (casa u oficina), y a abstenerse de utilizar el servicio desde lugares públicos o computadores que no
sean de su uso personal, ya que declara conocer, que la clave y elementos para acceder al servicio se podrían ver comprometidos por violación del
deber de custodia a su cargo. En caso de vulneración de la seguridad y confidencialidad de los elementos para manejar el servicio por cualquier
causa, se conviene que el asociado asumirá como propias las transacciones realizadas con el uso de dichos elementos, todo de acuerdo con lo
estipulado en el presente reglamento. 8.) El plazo de vigencia de la tarjeta será el señalado en el plástico. Vencido este plazo el asociado no la
podrá utilizar, y por lo tanto se obliga a devolverla tan pronto ocurra su vencimiento, con el propósito de que la misma sea reemplazada, si fuere
procedente. 9.) En atención a que el BANCO DE BOGOTÁ. S.A., es la entidad emisora del plástico, se conviene que cualquier limitación,
modificación, supresión o adición a los términos, condiciones y privilegios de uso de la tarjeta, será informada por BENEFICIAR ENTIDAD
COOPERATIVA, mediante aviso dado en tal sentido por cualquier medio idóneo o canal de comunicación establecido por BENEFICIAR ENTIDAD
COOPERATIVA. Pasados cinco (5) días de comunicada la modificación, si el asociado no se presenta a cancelar la tarjeta, se entenderá que
acepta incondicionalmente las modificaciones introducidas. No obstante se acuerda, que el asociado podrá devolver la tarjeta en cualquier
momento para que sea cancelada. Se pacta, que sólo a partir de la devolución del plástico o presentación de copia del denuncio de extravío, se
suspenderán los cargos de la tarjeta. En caso de que la tarjeta sea bloqueada por hechos o causas imputables al asociado, se acuerda, que se
continuará originando la comisión por cuota de manejo. 10.) El asociado manifiesta desde ahora, que se compromete a pagar las tarifas que se
señalen como comisiones de manejo y prestación de servicios a través de la tarjeta débito de afinidad, y autoriza expresa e irrevocablemente a
cargar su costo a cualquier cuenta o depósito que posea en BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA. 11.) La expedición de la presente tarjeta no
implica apertura de crédito y, en consecuencia, el asociado de la misma deberá tener o crear la provisión de fondos que las respectivas
operaciones exijan. 12.) No obstante el plazo de vigencia de la tarjeta antes mencionada, se pacta que BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA
podrá darla por cancelada anticipadamente y, en consecuencia, el asociado se obliga a restituirla inmediatamente si ocurre cualquiera de los
siguientes eventos: a) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el reglamento de uso; b) Si se emplea la tarjeta en
cuantías superiores o para fines distintos a los autorizados; c) Cuando BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA lo decida así unilateralmente;
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REGLAMENTO Y CONDICIONES DE USO DE LA TARJETA DÉBITO DE AFINIDAD
d) Por muerte del asociado, embargo de depósitos, insolvencia, liquidación judicial, o mala situación económica del mismo, e) Mora o
incumplimiento de cualquier obligación contraída para con BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA. 13.) El asociado manifiesta expresamente
que acepta el otorgamiento de la tarjeta y las condiciones estipuladas en este reglamento y desde este momento concede las siguientes
autorizaciones irrevocables a BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA: a) Para que publique su nombre como deudor moroso; b) Para que el
BANCO DE BOGOTÁ, S.A., o terceros autorizados por éste, puedan retener o retirar la tarjeta; c) Para debitar de cualquier cuenta o depósito que
posea en BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, las comisiones que se señalen por manejo, sumas o servicios pagados con base en la tarjeta,
valores que periódicamente serán informados en las condiciones de ley. 14.) El asociado reconoce como prueba de las operaciones que realice
por medio de la tarjeta débito de afinidad, los comprobantes o registros magnéticos, donde aparezcan los detalles de las operaciones, el número de
la cuenta y demás datos de la tarjeta. En consecuencia, toda operación activa o pasiva que aparezca en los registros de BENEFICIAR ENTIDAD
COOPERATIVA efectuada por solicitud o con base en la tarjeta o clave, el asociado declara expresamente que fue realizada por él y bajo su total
responsabilidad, de tal suerte que, además de comprometerse a su pago, asume integralmente todos sus riesgos y consecuencias.
15.) El
asociado no podrá exceder, en ningún caso, el saldo diario de su cuenta o el cupo máximo asignado para compras o retiros, si éste es inferior al
saldo disponible, y en caso de que lo haga, se acuerda que además de que constituye una apropiación indebida, habrá lugar a la cancelación de la
tarjeta y a exigir, el pago inmediato de las sumas pendientes, sin perjuicio de las acciones legales, investigación y sanciones establecidas por las
autoridades competentes. 16.) En lo referente a intereses corrientes y de mora, comisiones, cuotas de manejo, primas de seguros, etc., sí a ellos
hubiere lugar, se conviene que el asociado se sujetará a lo acordado por las partes, en su defecto a lo que establezcan las normas legales, las
autoridades competentes, o que de tiempo en tiempo BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA le comunique. 17.) Las Partes convienen que
BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA no asume responsabilidad en caso de que cualquier establecimiento afiliado se rehúse a admitir el uso de
la tarjeta y, tampoco será responsable de la calidad, cantidad, marca o cualesquiera otros aspectos de las mercancías o servicios que adquiera y
obtenga con la tarjeta, asuntos todos que deberán ser resueltos directamente con el proveedor o establecimiento afiliado. 18.) Las partes
manifiestan que el contenido íntegro del presente reglamento fue leído, explicado, conocido, comprendido e informado y que estuvo a disposición
del asociado de forma oportuna y que continuará a su disposición. El asociado manifiesta, que conoce y entiende cuáles son sus deberes,
obligaciones, riesgos, derechos, los costos y gastos inherentes al negocio y sus consecuencias legales y mediante suscripción acepta su contenido
e integridad. Este reglamento y sus adiciones posteriores serán aplicables mientras el asociado tenga en su poder la respectiva tarjeta. 19.) El
asociado manifiesta expresamente que cumple y se obliga a cumplir, durante todo el término de duración del presente reglamento, con todas las
normas y reglamentos de seguridad, así como a adoptar los protocolos de seguridad dispuestos por BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA y el
BANCO DE BOGOTÁ, S.A. 20.) El asociado declara que los costos, gastos y comisiones, intereses y tarifas que se causan en desarrollo del
producto financiero le han sido informados, que los conoce y acepta. 21.) Se conviene que los costos, gastos, intereses, comisiones y tarifas que
se ocasionen en desarrollo del producto financiero, así como sus modificaciones, sean informados por BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA a
través del extracto de movimientos de la cuenta, en la página Web de la entidad, aviso en medios de comunicación de difusión masiva, en las
oficinas de BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA, electrónicamente, o por cualquier otro medio idóneo. Es obligación del asociado mantenerse
informado sobre los costos, gastos, intereses, comisiones y tarifas vigentes antes de realizar cualquier transacción, así que en el evento de
efectuarla, se conviene que las acepta.
Acepto las condiciones estipuladas en estos reglamentos.
______________________________________________
FIRMA
C.C.:
_______________________________________
NOMBRE
Huella índice Derecho
PARA USO EXCLUSIVO DE BENEFICIAR ENTIDAD COOPERATIVA
Datos de las personas con quien se confirmaron las referencias
Referencias
Apellidos
Nombres
Fecha
día
mes
año
Hora
Observaciones
Familiar
Personal
Observaciones y conceptos:
Funcionario
Quien Verificó la
información
Quien Consultó Cuentas
exentas en CIFIN
Quien marcó cuenta
exenta de GMF
Apellidos
Nombres
Fecha
día
mes
año
Cargo
Firma
ORGANIZACIÓN Y METODOS – FORMATO APERTURA CUENTA DE AHORRO A LA VISTA. VERSIÓN 4.0 23 / 11 / 2015
En constancia se firma a los ______________________ días del mes ________________________ del año ________________.

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