gth-prc06 seguridad y salud en el trabajo

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gth-prc06 seguridad y salud en el trabajo
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
PROCESO
GESTIÓN HUMANA
FECHA DE APROBACIÓN:
CÓDIGO:
VERSIÓN:
02-11-2016
GTH-PRC06
PAG.
6
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1. OBJETIVO
Planear, programar, coordinar, ejecutar y hacer seguimiento permanente al conjunto de
acciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG -SST.
2. DEFINICIONES
ALARMA: Señal audible que se da para que se prepare una acción contra un evento.
ALERTA: Estado o aviso que indica sobre la posibilidad de ocurrencia de un evento cualquiera
AMENAZA: Posible ocurrencia de un fenómeno físico de origen natural tecnológico o
provocado por el hombre que puede manifestarse en un sitio específico y en un tiempo
determinado produciendo efectos adversos a las personas a los bienes o al propio medio
ambiente.
AYUDA INSTITUCIONAL: La proporcionada por las entidades públicas o privadas de carácter
comunitario organizadas con el fin de responde ante las situaciones de desastre.
CATASTROFE: Toda emergencia que por su magnitud traspasa las fronteras de una empresa
llegando a afectar una zona una región o un País y desestabilizando su normal funcionamiento.
COPASST: Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo
DESASTRE: El resultado de una emergencia cuyas consecuencias pueden considerarse de
carácter grave e irreparable para el sistema productivo que las sufre.
EMERGENCIA: Todo evento identificable en el tiempo que produce un estado de perturbación
funcional en el sistema por la ocurrencia de un evento indeseable que en su momento exige
una respuesta mayor a la establecida mediante los recursos normalmente disponibles
produciendo una modificación sustancial pero temporal sobre el sistema involucrado el cual
compromete a la comunidad o el ambiente alterando los servicios e impidiendo el normal
desarrollo de las actividades esenciales y normales de la sociedad inherente.
EVACUACION: Se define como el establecimiento de una barrera (distancia) entre una fuente
de riesgo y las personas amenazadas mediante el desplazamiento de estas hasta y a través de
lugares de menor riesgo y en un tiempo mínimo.
FASES DE LA EVACUACION: Detección del peligro alarma preparación de la evacuación y
salida del personal.
MITIGACION: Acción de reducir las consecuencias derivadas de un evento no deseado y
atenuar los daños tanto en las personas como en los bienes.
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PLAN DE EMERGENCIAS: Conjunto de procedimientos y acciones que deben realizar las
personas para prevenir o afrontar una situación de emergencia con el objeto de evitar pérdidas
humanas materiales y económicas haciendo uso de los recursos existentes en las
instalaciones.
PLAN DE EVACUACION: Plan de evacuación: Conjunto de actividades y procedimientos
tendientes a conservar la vida y la integridad física de las personas en el evento de verse
amenazadas. Debe estar por escrito además ser aprobado publicado enseñado y practicado.
PREVENCION: Acción tendiente a evitar la ocurrencia de eventos no deseados ejerciendo un
control sobre los riesgos.
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SALUD OCUPACIONAL): Aquella disciplina que
trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo
y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las
condiciones y el medio ambiente de trabajo así como la salud en el trabajo que conlleva la
promoción y el mantenimiento del bienestar físico mental y social de los trabajadores en todas
las ocupaciones.
SEGURIDAD INDUSTRIAL: conjunto de normas y principios encaminados a prevenir la
integridad física del trabajador dentro de la entidad.
SG-SST:: Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO(Programa de
Salud Ocupacional: Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas
basado en la mejora continua y que incluye la política la organización la planificación la
aplicación la evaluación la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar
reconocer evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES: Es el conjunto de entidades públicas y
privadas normas y procedimientos destinados a prevenir proteger y atender a los trabajadores
de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como
consecuencias del trabajo que desarrollan.
RECUPERACION: Etapa final del proceso de Respuesta de una Emergencia que permite
volver a las labores restableciendo la operatividad sobre el sistema afectado o utilizando una
Vía alterna que le permita continuar con las labores.
RIESGO: Posibilidad de que suceda algún evento que tendrá un impacto sobre los objetivos
institucionales o del proceso. Se expresa en términos de probabilidad y consecuencias
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VULNERABILIDAD: Propiedades intrínsecas de algo que resulta en la susceptibilidades a una
fuente de riesgo que puede ocasionar un evento con una consecuencia.
3. MARCO LEGAL
Constitución Política de Colombia de 1991. Carta magna de la república de Colombia
Ley 9 de 24 de enero de 1979. se establecen las normas de preservación y mejora de la salud
de los trabajadores, protegiéndolos de los factores de riesgo derivados de las condiciones
laborales, ubicándolos en una labor de acuerdo con sus aptitudes psico-fisiológicas, es decir,
adaptando el trabajo al hombre y cada hombre a su trabajo. „h LEY 9 Art. 84 literal a y g Enero
24 DE 1979, Se establecen Normas para Prevenir, Conservar y Mejorar la Salud de los
Individuos en sus ocupaciones.
Ley 100 de 23 de diciembre de 1993. Por la cual se crea el sistema de seguridad social
integral y se dictan otras disposiciones ARTICULO 8 Conformación del sistema de seguridad
social integral. El sistema de seguridad social integral es el conjunto armónico de entidades
públicas y privadas, normas y procedimientos y está conformado por los regímenes generales
establecidos para pensiones, salud, riesgos profesionales y los servicios sociales
complementarios
Ley 1562 de 11 de julio de 2012. Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se
dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
Decreto 1072 de 26 de mayo de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector Trabajo
Decreto 582 DE 8 DE ABRIL DE 2016. por el cual se modifican los artículos 2.2.6 .1.3.1. y
2.2.6.1.3.12. y se adicionan los artículos 2.2.6.1 .3.18. a 2.2 .6.1.3.26. al Decreto número 1072
de 2015 para reglamentar parcialmente el artículo 77 de la Ley 1753 de 2015 y adoptar
medidas para fortalecer el Mecanismo de Protección al Cesante en lo relativo a Bonos de
Alimentación.
Decreto 1477 de 05 de agosto de 2014. Por el cual se expide la Tabla de Enfermedades
Laborales
Decreto 1295 de 22 de junio de 1994. Por el cual se determina la organización y
administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Decreto 583 de 08 de abril de 2016. Reglamenta la inspección, vigilancia v control sobre la
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tercerización laboral
Decreto 171 DE 1 DE FEBRERO DE 2016. Modifica aspectos relacionados con la transición
de la adopción del Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad
y Salud en el Trabajo (SG-SST).Decreto 1563 de 2016, Por el cual se adiciona al capítulo 2 del
título 4 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del
Sector Trabajo, una sección 5 por medio de la cual se reglamenta la afiliación voluntaria al
sistema general de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones.
Resolución 2646 DE 17 DE JULIO DE 2008. por la cual se establecen disposiciones y se
definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y
monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la
determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
Resolución 1075 DE MARZO 24 DE 1992. Por la cual se reglamentan actividades en materia
de Salud Ocupacional.
Resolución 1918 DE JUNIO 5 DE 2009. por la cual se modifican los artículos 11 y 17 de la
Resolución 2346 de 2007 y se dictan otras disposiciones
Resolución 2400 de 22 de mayo de 1979. del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
establece las obligaciones de los patronos y de los trabajadores. Articulo 2 y 3
Resolución 02013 de 06 de junio de 1986. Por la cual se reglamenta la organización y
funcionamiento de los Comtés de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de
trabajo
Resolución 1016 de 31 de marzo de 1989. expedida por los Ministerios del Trabajo y
Seguridad Social y Salud, se reglamentó la organización, funcionamiento y forma de los
programas de Salud Ocupacional, que deben desarrollar los empleadores en el país.
Resolución 1401 de 14 de mayo de 2007. se reglamenta la investigación de incidentes y
accidentes de Trabajo.
Resolución 2346 de 11 de julio de 2007. se regula la práctica de evaluaciones médicas
ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
Norma Técnica Internacional ISO 9001-2008. Sistemas de Gestión de la Calidad, Requisitos
Norma Técnica de Calidad en la Gestión Publica NTCGP 1000-2009. En cumplimiento de lo
establecido en el artículo 6º de la Ley 872 de 2003, esta norma especifica los requisitos para la
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implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad aplicable a la rama ejecutiva del poder
público y otras entidades prestadoras de servicios.
Norma Técnica Colombiana NTC-ISO 14001-2004. Sistema de gestión Ambiental.
Norma Técnica Colombiana NTC-OHSAS 18001-2007. Sistemas de Gestión en Seguridad y
Salud ocupacional.
Norma Técnica Colombiana GTC 45 de 2012. Guía para la identificación de los peligros y la
valoración de los riesgos en seguridad y salud ocupacional
4. DOCUMENTOS RELACIONADOS
PLAN DE PREVENCIÓN, PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS_GTH-PLN01
ACTA DE REUNIÓN COMITÉ PARITARIO EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO_GTH06-FOR06
NOVEDADES_GTH06-FOR01
5. DOCUMENTOS ANEXOS
Programa del SG-SST
Plan anual SG-SST.
Informe de revisión por la Dirección
Programas de Vigilancia epidemiológica
6. PROCEDIMIENTO
N°
ACTIVIDAD
DESCRIPCIÓN
RESPONSABLE
REGISTRO
1 Proyecta y apruebaEl Coordinador del GIT de TalentoCoordinador del GITManual
del
SIGI;
politicas del SG-SST Humano o su designado proyecta pordel Talento Humano oPolítica
del
SGescrito una política de Seguridad ysu
designado
ySST.Politica publicada
Salud en el Trabajo (SST) la somete aContador General deen Intranet. Acta de
revision y aprobacion por la altala Nación
comite SIGI.
direccion en comite SIGI como que sea
parte de las políticas del SIGI, con
alcance a todos los servidores públicos.
Esta política debe ser comunicada al
COPASST y a todos los servidores
públicos a través de la Intranet.
2 Documenta
y/oEl Coordinador del GIT de TalentoCoordinador
GIT Documento Programa
actualiza el programaHumano o su designado debeTalento Humano o su
del SG-SST.
del sistema de gestióndocumentar o actualizar anualmente eldesigando.
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de la seguridad
salud en el trabajo
ydocumento Programa del SG-SST, que
contenga entre otros actividades de
medicina Preventiva y del trabajo,
Higiene y Seguridad Industrial y
actividades
de
respuesta
a
emergencias, conforme a lo establecido
en la resolución 1016 de 1989, al
decreto 1072 de 2015 y a la demás
normatividad legal aplicable.
3 Define el plan deEl Secretario General, el CoordinadorCoordinador
GIT Plan anual SG-SST.
trabajo
anual
dedel GIT de Talento Humano y/o suTalento
Humano,
seguridad y salud endesignado y el COPASST, debenSecretario
General,
el trabajo
diseñar y desarrollar un plan de trabajoCOPASST.
anual, direccionado al cumplimiento de
los objetivos del SG-SST, el cual debe
identificar claramente las metas,
responsabilidades,
recursos
y
cronograma
de
actividades,
en
concordancia con la política del SGSST y las directrices normativas en
materia de riesgos laborales.
Para la elaboración de dicho plan se
deben tomar los siguientes insumos:
Estadística
de
accidentalidad
y
enfermedad.
Índice
de
Absentismo
laboral
(Aplicación WEB Positiva).
Investigación de Accidentes.
Programas
de
Vigilancia
Epidemiológica,
diagnósticos
de
condiciones de salud, matriz de
peligros.
4 Documenta el Plan deEl Coordinador del GIT de TalentoCoordinador del GIT Plan de prevención,
respuesta
aHumano o su designado, debedel Talento Humano o
preparación y
emergencias.
documentar y/o actualizar anualmentesu designado.
respuesta a
el Plan de respuesta a emergencias de
emergencias GTHla CGN.
PLN01
El documento debe incluir actividades
de
identificación
de
amenazas,
evaluación y análisis de riesgos
y vulnerabilidad derivados de las
posibles amenazas que puedan generar
emergencias dentro y fuera de la
entidad, con el fin de establecer
medidas preventivas y de protección de
los escenarios de riesgo que se han
identificado.
Dicho Plan debe
realizarse de acuerdo a lo establecido
en el procedimiento vigente de
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PREPARACIÓN
Y
RESPUESTAS
ANTE EMERGENCIAS de código GTHPRC08.
Realiza la Medición yEl Coordinador del GIT de Talento Coordinador del GIT Modulo de Indicadores
seguimiento.
Humano o su designado debe definir y del Talento Humano o
del SIGI.
realizar
cálculo
de
Indicadores
su designado.
cualitativos y cuantitativos en el módulo
de Indicadores del SIGI, los cuales
deben disponer de fórmula de cálculo y
analisis para toma de decisiones
Ejecuta
y
haceEl Coordinador del GIT de Talento Coordinador del GIT Ejecucion Plan anual
seguimiento al PlanHumano o su designado, debe hacer del Talento Humano o
del SG-SST.
Anual del SG-SST.
seguimiento y control a la ejecución de
su designado.
Módulo de Indicadores
las actividades establecidas en el Plan
del SIGI
anual del SG-SST definida en la
actividad
3
para
reportar
periódicamente los resultados en el
módulo de Indicadores del SIGI.
Conforma el ComitéEl comité Debe conformarse con:
Coordinador del GIT Acto administrativo de
Paritario de SeguridadDos representantes del Contador del Talento Humano o
Conformación y
y Salud en el TrabajoGeneral de la Nación y sus suplentes
su designado y
Reglamento del
COPASST
Dos representantes de los funcionarios Contador General de
COPASST.
y sus suplentes
la Nación
Determinar responsabilidades de los
miembros
Los representantes de los funcionarios
y suplentes serán escogidos por los
propios servidores mediante el proceso
votación.
Se realizará resolución de conformación
del comité y otra del reglamento de
Organización del COPASST.
Nota: Se debe guardar registro de todas
las actividades que den conformidad a
la legislación aplicable.
Hace seguimiento aUna vez establecido el COPASST Coordinador del GIT Acta de reunión del
COPASST
deben reunirsen minimo una vez al del Talento Humano o Comité Paritario de
mes
a
efecto
de
evaluar
el
su designado
Seguridad y Salud en
cumplimiento,
recomendar
nuevas
el Trabajo
acciones y estudiar si es del caso
GTH06-FOR06
aspectos puntuales relacionados con
cada componente del SG-SST.
De cada reunión debe dejarse
constancia mediante acta suscrita por
los asistentes en formato acta de
reuniòn del comitè paritario en
seguridad y salud en el trabajo
COPASST
Seguimiento
alEn la revisión por la dirección, se debeRepresentante de la Informe de Revisión
Cumplimiento de losincluir el reporte del nivel deDirección,
por la Dirección.
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objetivos del SG-SST cumplimiento
de
las
actividadesCoordinador del GIT
programadas en materia de Seguridadde Talento Humano.
y Salud en el Trabajo.
10 Hace seguimiento alLos funcionarios deben registrar laFuncionarios de la Formato Novedades
ausentismo laboral
novedad del ausentismo en el formatoCGN.
GTH06-FOR01
de Novedades, para adelantar el
registro estadistico de ausentismo
laboral
Nota: La totalidad de la ejecución de las actividades descritas están alineadas a las Políticas del
Sistema Integrado de Gestión Institucional (Política de calidad, Política del Sistema de Gestión
Ambiental, Política del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional, Políticas del Sistema de
Control Interno y Políticas del Sistema de Desarrollo Administrativo) lo que contribuirá al cumplimiento
misional, la satisfacción de las partes interesadas y al éxito sostenido del SIGI.
Revisado por:
LIDER DEL PROCESO
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Aprobado por:
REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN
LIDER DE PROCESO DE PLANEACIÓN INTEGRAL

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