Que en la Ordenanza 32/83 de Delimitación Preliminar de Áreas y
Transcripción
Que en la Ordenanza 32/83 de Delimitación Preliminar de Áreas y
VISTO: Que en la Ordenanza 32/83 de Delimitación Preliminar de Áreas y Código de Zonificación para el partido de Magdalena, el inmueble de la localidad de Magdalena designado catastralmente como Circunscripción: I – Sección: A Manzana: 76, se lo ubico dentro de la zona denominada de Reserva (R); y CONSIDERANDO: Que por un error en el relevamiento, la misma fue incorporada en tal área, y que en la manzana se encuentran edificadas varias viviendas ocupadas, lo que está condicionado de dicho inmueble, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo 1. Autorizase a la Dirección de Planeamiento Municipal a desafectar de la zona antes mencionada (R) al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción: I – Sección: A – Manzana: 76 de la localidad de Magdalena. Articulo 2. Ubicase a la manzana en cuestión dentro de la zona Z4 de dicha localidad y de la citada Ordenanza, correspondiéndole todos los indicadores urbanísticos, usos, usos no permitidos, restricciones y demás características urbanísticas que posea la zona Z4. Articulo 3. Comuníquese, Regístrese y Archívese. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL DÍA 8 DE ENERO DE 1985. Registrada bajo el N° 153/85. Mauricio Berutti Secretario HCD Magdalena Dr. Juan Alvides Presidente HCD Magdalena