Que en la Ordenanza 32/83 de Delimitación Preliminar de Áreas y

Transcripción

Que en la Ordenanza 32/83 de Delimitación Preliminar de Áreas y
VISTO:
Que en la Ordenanza 32/83 de Delimitación Preliminar de Áreas y Código de
Zonificación para el partido de Magdalena, el inmueble de la localidad de Magdalena
designado catastralmente como Circunscripción: I – Sección: A Manzana: 76, se lo
ubico dentro de la zona denominada de Reserva (R); y
CONSIDERANDO:
Que por un error en el relevamiento, la misma fue incorporada en tal área, y que
en la manzana se encuentran edificadas varias viviendas ocupadas, lo que está
condicionado de dicho inmueble,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en uso de sus atribuciones sanciona la
siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1. Autorizase a la Dirección de Planeamiento Municipal a desafectar de la zona
antes mencionada (R) al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción: I –
Sección: A – Manzana: 76 de la localidad de Magdalena.
Articulo 2. Ubicase a la manzana en cuestión dentro de la zona Z4 de dicha localidad y
de la citada Ordenanza, correspondiéndole todos los indicadores urbanísticos, usos, usos
no permitidos, restricciones y demás características urbanísticas que posea la zona Z4.
Articulo 3. Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE EL DÍA 8 DE ENERO DE 1985.
Registrada bajo el N° 153/85.
Mauricio Berutti
Secretario
HCD Magdalena
Dr. Juan Alvides
Presidente
HCD Magdalena

Documentos relacionados