distinción ambiental destinada a empresarios turísticos

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DISTINCIÓN AMBIENTAL DESTINADA A EMPRESARIOS TURÍSTICOS
CONSIDERANDO:
Que la constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que todos los habitantes tienen el derecho a
gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en provecho propio y en el de las generaciones
futuras, así como adoptar medidas con la finalidad de evitar la degradación;
Que conforme surge de las disposiciones de la Ley N° 13.592, corresponde a los Municipios la gestión integral
de sus residuos sólidos urbanos, orientada a la minimización y reducción de aquéllos con destino a disposición
final. La norma citada precedentemente dispone, además, que los Municipios deberán promover acciones de
concientización a tal fin;
Que entre los objetivos de la Ley Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos se procura
recuperar de los residuos los materiales reciclables y disminuir la cantidad de residuos destinados a disposición
final, con el beneficio ambiental y social que esto trae aparejado.
Que, por otra parte, corresponde al Poder Ejecutivo provincial, a través de la Autoridad Ambiental, ejecutar
acciones de gobierno que promuevan una adecuada gestión de los residuos sólidos urbanos, entre las que se
puede mencionar, impulsar la necesaria participación de la comunidad en planes y programas de educación
formal e informal para las diferentes etapas de la gestión integral de los residuos, a saber: procesamiento,
reducción, reutilización, reciclaje, valoración y disposición final;
Que, asimismo, incumbe a la Autoridad de Aplicación Ambiental, el control y la fiscalización de los operadores
públicos o privados, centros de procesamiento y disposición final y propender a la prevención y minimización
de los impactos ambientales negativos, producto del manejo de los residuos sólidos urbanos;
Que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), resulta la Autoridad de Aplicación en materia
ambiental en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. En ese contexto, es el encargado de programar,
coordinar y ejecutar acciones de capacitación ambiental de la población con los organismos competentes, a fin
de promover la participación ciudadana en planes y/o programas, realizando, en concordancia con los
municipios para las diferentes etapas de la gestión integral de residuos;
Que son objetivos de la política ambiental en materia de gestión de residuos sólidos urbanos, incorporar
paulatinamente en la disposición inicial la separación en origen, la valorización, la reutilización y el reciclaje;
minimizar la generación de residuos; diseñar e instrumentar campañas con el fin de sensibilizar a la población
respecto de las conductas positivas para el ambiente y las posibles soluciones para los residuos sólidos
urbanos, garantizando una amplia y efectiva participación social; además, incorporar tecnologías y procesos
ambientalmente aptos y adecuados a la realidad local y regional;
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Que a efectos del logro de estos objetivos, se advierte la conveniencia de implementar medidas tendientes a la
minimización de residuos; la reutilización de los productos o materiales desechados y el reciclado de otros en el
marco de programas que fomente la disminución de las cantidades de algunos residuos y su tratamiento, para
reciclarlos o reutilizarlos, a fin de fomentar la producción de energía a partir de determinados residuos y el
empleo de los recursos naturales que pueden ser sustituidos por materiales de recuperación;
Que en un marco de crecimiento económico, el desarrollo de los procesos de producción y consumo, ha ampliado
la oferta de bienes de consumo e incrementado su accesibilidad por parte de la población. Ello determina un
notorio incremento en la cantidad de residuos generados, debido al reemplazo que los consumidores efectúan
de materiales y productos, por otros de nueva generación, con importantes costos económicos originados por
su tratamiento;
Que la minimización -reducción de los residuos en origen- es la forma más eficaz para contener la
contaminación derivados del manejo de los residuos y los costos de su gestión. Complementariamente, la
valorización de los desechos alienta al máximo el aprovechamiento de los recursos, mientras que genera
posibilidades de ingreso por la comercialización de los productos recuperados.
MOTIVO DE LA DISTINCIÓN
La costa bonaerense recibe cada temporada veraniega cerca de 10 millones de turistas, según estimaciones
cada persona genera un promedio de 1,5 Kg. de residuos por día, de los cuales el 60% son materiales factibles
de ser recuperados: vidrios, bolsas de polietileno, envases de tetra-brick, latas, botellas de vidrio y pet, envases
plásticos, metales, papeles y cartones.
El procesamiento de todos estos elementos recuperados permitiría obtener productos reciclados iguales a los
originales o fabricar otros diferentes. Este proceso nos permite reducir la explotación de los recursos no
renovables, ahorrar insumos y energía.
OBJETIVOS
• Propiciar la separación de residuos – recuperación de materiales o productos usados para su reciclado – con el
fin de contribuir en forma activa a la minimización de la cantidad de residuos que se destinan diariamente a
disposición final.
• Implementar una distinción ambiental destinada a aquellos empresarios turísticos que fomenten la
separación en origen en sus establecimientos comerciales.
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PARTICIPANTES
• Empresarios turísticos: hoteles, restaurantes, balnearios y apart hotel.
• Municipios posibles de participar: Partido de la Costa, Pinamar, Villa Gesell, Mar Chiquita, Mar del Plata,
Miramar, Lobería, Necochea, San Cayetano, Tres Arroyos, Coronel Dorrego y Monte Hermoso.
MATERIALES A SER RECUPERADOS
1. PET (tereftalato de polietileno)
2. Tetra / plástico
3. Papel / cartón
4. Vidrio
5. Metales: latas
6. Baterías de celular
7. AVU Aceite vegetal usado
ADHESIÓN
La adhesión al proyecto por parte de los municipios será mediante convenio específico. Los municipios
adheridos serán los encargados determinar la logística de recolección diferenciada y los encargados de
convenir con los establecimientos comerciales y/o industriales la firma de los acuerdos necesarios para su
inclusión el proyecto.
Por su parte, las cooperativas y las empresas que adquieran los materiales recuperados serán incorporadas a
través de un acuerdo con las autoridades municipales correspondientes
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