Creacion y Puesta en Marcha del Centro

Transcripción

Creacion y Puesta en Marcha del Centro
CREACION Y PUESTA EN MARCHA DEL CENTRO DE CONCILIACION
ADSCRITO AL CONSULTORI O JURIDICO DE LA
ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA DE LA
UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER
CESAR AUGUSTO QUIJANO QUIROGA
YENY ROCIO SUAREZ QUINTERO
Proyecto de grado como requisito para optar el título de:
Abogado
Directora:
Dra. MARIA VICTORIA GOMEZ POSSE
Abogada Conciliadora
UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER
FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS
ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA
BUCARAMANGA
2005
CREACION Y PUESTA EN MARCHA DEL CENTRO DE CONCILIACION
ADSCRITO AL CONSULTORI O JURIDICO DE LA
ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA DE LA
UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER
CESAR AUGUSTO QUIJANO QUIROGA
YENY ROCIO SUAREZ QUINTERO
UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER
FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS
ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA
BUCARAMANGA
2005
CONTENIDO
Pág.
INTRODUCCIÓN
1
1. UBICACIÓN DEL CENTRO
8
1.1 RESEÑA HISTÓRICA, CULTURAL Y TURÍSTICA DE LA CIUDAD
8
1.2 ORGANIZACIÓN DE LA CIUDAD ATENDIENDO FACTORES
SOCIO-ECONÓMICOS, POLÍTICOS Y ADMINISTRATIVOS
12
1.3 ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA
20
1.4 ECONÓMICA BUMANGUESA
21
1.5 INFLUENCIA INSTITUCIONAL
31
1.6 NUESTRO CONSULTORIO JURÍDICO
36
1.7 UBICACIÓN DE NUESTRO CONSULTORIO JURIDICO Y
FUTURO CENTRO DE CONCILIACIÓN
42
1.7.1 Nuestra Universidad
42
1.7.2 Sede UIS Bucarica
42
1.8 DETERMINACIÓN POBLACIÓN OBJETO
44
1.8.1 Resultados Encuestas Realizadas
48
2. TIPOLOGÍA DEL CONFLICTO
63
2.1 COMPETENCIA DE LOS CONSULTORIOS JURÍDICOS
64
2.2 SEGÚN REFORMA CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL
67
2.3 SEGÚN ENCUESTAS PRACTICADAS A LA POBLACIÓN OBJETO 71
2.3.1 Resultados Encuestas Realizadas
71
2.4 SEGÚN ESTADÍSTICAS DE CONCILIACIÓN DE LAS NOTARÍAS
DE BUCARAMANGA
79
2.5 SEGÚN ESTADÍSTICAS DE CONCILIACIÓN DE LOS
CENTROS DE CONCILIACIÓN UNIVERSITARIOS Y COLEGIO
DE ABOGADOS
84
3. ESTIMACIÓN DE LA DEMANDA DEL SERVICIO
90
3.1 SEGÚN ENCUESTAS REALIZADAS
95
4. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL CENTRO
108
5. ESTRATEGIA DE DIVULGACIÓN
109
5.1 LEMA DE LA ESTRATEGIA
109
5.2 MECANISMOS DE DIFUSIÓN
110
5.2.1 UIS Stereo FM La Voz de la Universidad
110
5.2.2 UIS Stereo AM La Nueva Radio 670 KHZ Banda Preferencial
111
5.2.3 Canal Universitario
112
5.2.4 Periódico Universitario Cátedra Libre – Boletines de Prensa
113
5.2.5 Plegable “Las Diferencias nos Acercan”
114
6. SISTEMA DE EVALUCIÓN Y SEGUIMIENTO
118
6.1 SISTEMA DE SEGUIMIENTO
118
6.2 CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS
119
6.3 INDICADORES DE GESTIÓN
120
6.4 GRADOS DE SATISFACCIÓN
121
6.5 MAPA DE RIESGOS
124
6.6 QUEJAS Y RECLAMOS
125
7. PROGRAMA DE EDUCACIÓN CONTINUADA
127
7.1 CAPACITACIÓN PARA ACTUAR COMO CONCILIADORES
UNIVERSITARIOS
127
7.2 CONFERENCIAS DE ACTUALIZACIÓN
128
8. RECURSOS
130
8.1 RECURSOS LOGÍSTICOS Y FÍSICOS
130
8.2 RECUROS FINANCIEROS
133
8.3 LISTA DE CONCILIADORES
134
9. REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN
137
10. CONCLUSIONES
167
BIBLIOGRAFIA
170
ANEXOS
171
LISTA DE GRÁFICAS
Pág.
Gráfica 1. Cifras anuales de Desplazamiento en Colombia
29
Gráfica 2. Crecimiento en el número de Usuarios atendidos por año
en el Consultorio Jurídico UIS
40
Gráfica 3. Organigrama Consultorio Jurídico UIS
42
Gráfica 4. Tabulación Resultado Encuesta Funcionarios Públicos
Pregunta 3
50
Gráfica 5. Tabulación Resultado Encuesta Funcionarios Públicos
Pregunta 4
51
Gráfica 6. Tabulación Resultado Encuesta Colegio de Abogados
Y Consultorios Jurídicos de la Ciudad Pregunta 2
52
Gráfica 7. Tabulación Resultado Encuesta Colegio de Abogados
Y Consultorios Jurídico de la Ciudad Pregunta 5
53
Gráfico 8. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 4
54
Gráfico 9. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 6
55
Gráfico 10. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS
Pregunta 5
56
Gráfico 11. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS
Pregunta 6
57
Gráfico 12. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS
Pregunta 7
58
Gráfico 13. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS
Pregunta 8
59
Gráfico 14. Tabulación Resultado Encuesta Usuario Consultorio
Jurídico UIS Pregunta 2
60
Gráfico 15. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio
Pregunta 5
61
Gráfico 16. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio
Pregunta 6
62
Gráfico 17. Tabulación Resultado Encuesta Usuario Consultorio
Pregunta 7
63
Gráfico 18. Tabulación Resultado Encuesta Población en General
Pregunta 1
72
Gráfico 19 Tabulación Resultado Encuesta Población en General
Pregunta 2
73
Gráfico 20. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio Jurídico
Pregunta 4
75
Gráfico 21. Tabla de Atención por Áreas Consultorio Jurídico
77
Gráfico 22. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio Jurídico
Pregunta 2
96
Gráfico 23. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio Jurídico
Pregunta 6
97
Gráfico 24. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio Jurídico
Pregunta 7
97
Gráfico 25. Tabulación Resultado Población General Pregunta 9
99
Gráfico 26. Tabulación Resultado Población General Pregunta 10
99
Gráfico 27. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 6
100
Gráfico 28. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 7
101
Gráfico 29. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 9
101
Gráfica 30. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 4
103
Gráfico 31. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 5
103
Gráfico 32. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 6
104
Gráfico 33. Tabulación Resultado Encuesta Colegio de Abogados
y Consultorios Jurídicos de la Ciudad Pregunta 2
105
Gráfica 34. Tabulación Resultado Encuesta Colegio de Abogados
y Consultorios Jurídicos de la Ciudad Pregunta 5
106
Gráfica 35. Tabulación Resultado Encuesta Funcionarios Públicos
Pregunta 3
108
Gráfica 36 Tabulación Resultado Encuesta Funcionarios Públicos
Pregunta 4
108
LISTA DE CUADROS
Pág.
Cuadro 1. Distribución de la población por comunas
19
Cuadro 2. Relación estrato – número de barrios número de
habitantes número de vivienda estratificada
20
Cuadro 3. Indicadores de empleo
25
Cuadro 4. Población desocupada según actividad anterior
en la que trabajaba
26
Cuadro 5. Población ocupada por actividad
27
Cuadro 6. Influencia institucional
32
LISTA DE ANEXOS
Pág.
Anexo A. Fotografías sede UIS Bucarica y Centro de conciliación
173
Anexo B. Formatos de encuestas realizadas
182
RESUMEN
TITULO
CREACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN ADSCRITO AL
CONSULTORIO JURIDICO DE LA ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA DE LA
UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER.*
AUTORES
CESAR AUGUSTO QUIJANO QUIROGA
YENY ROCIO SUAREZ QUINTERO**
PALABRAS CLAVES
Centro de conciliación, Requisitos, Creación
DESCRIPCIÓN
En aras de la globalización y modernización de las ciencias humanas, específicamente el
Derecho, la Universidad Industrial de Santander, como ente pionero en el desarrollo del
oriente colombiano, debe ir a la par de las demás instituciones universitarias, mediante la
creación y puesta en marcha de un Centro de Conciliación como servicio adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho y Ciencia Política de esta Universidad.
El establecimiento de este Centro de Conciliación resulta de vital importancia para los
estudiantes de derecho de la Universidad, como mecanismo efectivo para poner en practica
los conocimientos que en la relación con el tema de los medios alternativos para la solución
de conflictos se han adquirido en el desarrollo del programa académico ofrecido por la
escuela, brindándoles la posibilidad de utilizar los conocimientos jurídicos adquiridos, a través,
de técnicas modernas e importantes en el derecho actual.
Siendo los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC), herramientas de la
administración de justicia, que buscan resolver las controversias amigablemente, procurando
que la relación entre las partes no se deteriore, resulta necesaria su aplicación dentro de la
praxis de los estudiantes de los dos (2) últimos años de la carrera de derecho, por cuanto se
ofrece un mutuo beneficio y una decisión rápida y eficaz a los asuntos de competencia del
Consultorio Jurídico con plenos efectos legales.
Para tal efecto el Ministerio del Interior y de Justicia como organismo del Ejecutivo encargado
de desarrollar las políticas públicas en materia de acceso a la justicia y diseñar estrategias
para difundir, fomentar y mejorar el uso de los Mecanismos Alternativos de Solución de
Conflictos (M.A.S.C.) y la relación entre los distintos operadores de justicia, además de
ejercer el control, la inspección y vigilancia de los centros de conciliación, indica los requisitos
que se deben cumplir para su creación y puesta en marcha.
El presente trabajo de grado desarrolló los requisitos expuestos en la Resolución 1342 del 17
de agosto de 2004, con el fin de obtener el aval de funcionamiento del futuro Centro de
Conciliación adscrito al Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho y Ciencia Política de la
Universidad Industrial de Santander.
*
Proyecto de Grado
Universidad Industrial de Santander. Escuela de Derecho y Ciencia Política. Directora,
María Victoria Gómez Posse.
**
SUMMARY
TITLE
CREATION AND BEGINNING OF THE CONCILIATION CENTER ASSIGNED TO THE
LEGAL OFFICE OF THE RIGHT AND POLITICAL SCIENCE SCHOOL OF THE
UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER*
AUTHORS
AUGUSTO QUIJANO QUIROGA
YENY ROCIO SUAREZ QUINTERO **
KEY WORDS
Center of conciliation, Requirements, Creation
DESCRIPTION
For the sake of the globalization and modernization of human sciences, specifically the Right,
the Universidad Industrial de Santander, as pioneering being in the development of the
Colombian east, must go on in the same level with the other universities, by means of the
creation and beginning of a Conciliation Center as assigned service to the Legal Office of the
Right and Political Science School of this University.
The establishment of this Conciliation Center is of vital importance for students of right of the
University, as effective mechanism to put in practices the knowledge that in the relation with
the subject of alternative means for the conflict resolution have been acquired in the
development of the academic program offered by the school, offering them the possibility of
using the acquired legal knowledge, to traverse, of modern technologies and important in the
present right.
Being the Alternative Mechanisms of Solution of Conflicts (MASC), tools of the justice
administration, that they look for in a friendly way to solve the controversies, trying that the
relation between the parts is not deteriorated, it is necessary their application within praxis from
the students of the two (2) last years of the Right University Program, inasmuch as it offers a
mutual benefit and a fast and effective decision to the subjects of competition of the Legal
Office with plenary legal effects.
For such effect the Justice and Interior Department as organism of the Executive in charge to
develop the public policies in the matter of access to justice and to design strategies to spread,
to foment and to improve the use of the Alternative Mechanisms of Conflict Resolution
(M.A.S.C.) and the relation between the different operators from justice, besides to exert the
control, the inspection and monitoring of the conciliation centers, indicates the requirements
that are due to fulfill for their creation and beginning.
The present degree project developed the requirements exposed in Resolution 1342 of the 17
of August of 2004, with the purpose of obtaining the endorsement of operation of the future
Conciliation Center assigned to the Legal Office of the Right Political Science School of the
Universidad Industrial de Santander.
*
Degree Project
Universidad Industrial de Santander. Right and Political Science School. Director: Maria
Victoria Gómez Posse
**
INTRODUCCIÓN
En aras de la globalización y modernización de
las ciencias humanas,
específicamente el Derecho, la Universidad Industrial de Santander, como
ente pionero en el desarrollo del oriente colombiano, deber ir a la par de las
demás instituciones Universitarias, mediante la creación y puesta en marcha
de un Centro de Conciliación como servicio adscrito al Consultorio Jurídico
de la Escuela de Derecho y Ciencia Política de esta Universidad.
El establecimiento de este Centro de Conciliación resulta de vital importancia
para los estudiantes de derecho de la Universidad, como mecanismo efectivo
para poner en practica los conocimientos que en relación con el tema de los
medios alternativos para la solución de conflictos se han adquirido en el
desarrollo del programa académico ofrecido por la escuela, brindándoles la
posibilidad de utilizar los conocimientos jurídicos adquiridos, a través, de
técnicas modernas e importantes en el derecho actual.
Siendo los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC),
herramientas de la administración de justicia, que buscan resolver las
controversias amigablemente, procurando que la relación entre las partes no
se deteriore1, resulta necesaria su aplicación dentro de la praxis de los
estudiantes de los dos (2) últimos años de la carrera de derecho, por cuanto
se ofrece un mutuo beneficio y una decisión rápida y eficaz a los asuntos de
competencia del Consultorio Jurídico con plenos efectos legales.
Dentro de estas formas alternativas de solución de conflictos encontramos la
Conciliación entendida esta como medio anticipado de solución de
1
Cámara de Comercio de Bogotá. Colección Métodos Alternos para la Solución de
Controversias. Bogotá. 1997
controversias entre particulares, ofreciendo así, beneficios significativos
dentro de la comunidad, al servir como escenario de enseñanza social que
permite que los conflictos de intereses puedan solucionarse por una vía
diferente a la judicial, y obtener ventajas relacionadas con el tiempo que
significaría acceder al aparato jurisdiccional del Estado2.
Dentro del texto legal de la Ley 23 de 1991, encontrábamos en su artículo 68
la obligación impuesta a las Facultades de Derecho de crear y organizar sus
propios Centro de Conciliación, como
mecanismo en pro de la
descongestión de los despachos judiciales.3 En la actualidad la ley 640 de
2001 en su artículo 11 establece que: “los Consultorios Jurídicos de las
Facultades de Derecho organizarán sus propios Centro de Conciliación”,
contemplando, dentro del parágrafo segundo del mismo artículo, que: “Los
estudiantes de Derecho deberán cumplir con una carga mínima en
mecanismos alternativos de solución de conflictos a efecto de realizar su
práctica en los Consultorios Jurídicos, teniendo en cuenta que, con
anterioridad a la misma deberán haber cursado y aprobado la capacitación
respectiva, de conformidad con los parámetros de capacitación avalados por
el Ministerio de Justicia y del Derecho a que se refiere el artículo 91 de la Ley
446 de 1998”.4
La Escuela de Derecho de La Universidad Industrial de Santander a la fecha
cuenta con un Consultorio Jurídico, con sede propia ubicado en la Sede UIS
Bucarica, aprobado mediante acuerdo numero 127 del 27 de julio de 1999
del Consejo Superior de la Universidad y el Acuerdo número 30 de Octubre
11 de 1999 del Tribunal Superior del Distrito de Bucaramanga.
2
JUNCO VARGAS, José Roberto. La Conciliación. Bogotá: Ediciones Jurídicas Radar, 1998.
p. 52
3
Ley 23 de 1991, Artículo 68: Por medio del cual se establece la obligación de instaurar
Centros de Conciliación en las Facultades de Derecho.
4
Ley 640 de 2001, Artículo 11: Mediante el cual se establece la obligación que tienen los
Consultorios Jurídicos de las Facultades de Derecho de crear sus propios Centro de
Conciliación.
2
El Consultorio Jurídico es el espacio donde los estudiantes desarrollan la
práctica de los dos (2) últimos
años de la carrera, ofreciéndose a la
comunidad de escasos recursos económicos, asesoría jurídica gratuita con
el fin de solucionar sus controversias y reclamar sus derechos mediante la
intervención del aparato jurisdiccional del Estado.
Sin embargo, y pese al excelente funcionamiento de este, es necesario
contar con un Centro de Conciliación, no solo con el fin de prestar un mejor
servicio y generar un espacio de práctica a los estudiantes, si no además
como requisito esencial para obtener la acreditación de la carrera de Derecho
por parte del ICFES.
Ante tal situación y la creciente demanda por poner en practica medios
extrajudiciales que pongan fin a los conflictos suscitados entre particulares,
susceptibles de acuerdos conciliatorios , es evidente la necesidad de crear y
poner en marcha un espacio que brinde la posibilidad de solucionar de
forma armónica, rápida y con efecto legales, los problemas puestos a su
consideración
por parte de
la comunidad Bumanguesa, mediante la
intervención de personal capacitado y apto para
tendientes a
proponer estrategias
satisfacer las necesidades de los usuarios
del Consultorio
Jurídico y futuro Centro de Conciliación.
El Ministerio de Interior y de Justicia en desarrollo de la ley, ha expedido
Resoluciones tendientes a establecer los requisitos y procedimientos para la
creación de los Centros de Conciliación, siendo este el caso de la Resolución
1342 del 17 Agosto de 20045, mediante la cual, se establecen todos los
parámetros por los cuales se debe orientar la formación y posterior desarrollo
y funcionamiento de un Centro de Conciliación.
5
Ministerio de Interior y de Justicia. Resolución 1342 de Agosto 17 de 2.004: Mediante la
cual se establece los requisitos para la creación de los Centros de Conciliación y arbitraje.
3
Mediante el presente trabajo de grado
y bajo los lineamientos
de la
legislación vigente pretendemos la creación y puesta en marcha del Centro
de Conciliación adscrito a la Escuela de Derecho del Consultorio Jurídico de
la Universidad Industrial de Santander.
Así mismo, como fundamento constitucional, de la propuesta que nos ocupa
debemos partir del artículo 95 de la Carta Política6, el cual establece los
deberes
que
implica
la
calidad
de
Colombiano,
destacándose,
la
colaboración con el buen funcionamiento de la administración de justicia, en
pro de la participación ciudadana como objetivo principal del constituyente,
lo cual permite la intervención de la comunidad en la función de administrar
justicia al permitir que los particulares se invistan temporalmente con las
facultades de los funcionarios encargados de administrar justicia en nuestro
país, siendo este el papel del Conciliador. El Estado tiene como finalidad,
consagrada en el artículo 2 de la Constitución Nacional7, el facilitar la
participación en la toma de decisiones que afectan a las personas
permitiendo que con los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos,
como la Conciliación, los ciudadanos directamente definan sus controversias
con los mismos efectos de la sentencia judicial.
El Centro de Conciliación ofrecerá a la comunidad la solución de sus
conflictos en un ambiente de acercamiento y dialogo lo cual contribuye a la
paz social y al respeto por la persona humana, teniendo como finalidad,
promover y asegurar en forma gratuita los arreglos extrajudiciales entre
particulares que de acuerdo con la ley y su reglamentación puedan
resolverse mediante la conciliación.
6
7
COLOMBIA. Constitución Política de Colombia. Bogotá: Leyer, 2.002. Artículo 95.
Ibíd., Artículo 2.
4
Como resultado de lo anterior con la formación del Centro de Conciliación,
se mejorará en gran parte el servicio que ofrece el Consultorio Jurídico de la
Universidad, ya que no solo ampliará sus formas de atención al público, sino
que se traducirá en un beneficio
que de esta forma
para toda la comunidad en general, ya
la población tendrá
la posibilidad de
acceder
gratuitamente a los Mecanismos Alternativos como herramientas efectivas
para la solución de sus controversias, ayudando a la descongestión de los
despachos judiciales y a que la ciudadanía conozca y experimente el acceso
directo a la justicia.
DISEÑO METODOLÓGICO
El presente trabajo de grado pretende ser una investigación socio-jurídica,
entendida según el concepto del Dr. Jaime Giraldo Ángel: “La investigación
socio-jurídica se dirige a regular los fenómenos culturales que son relevantes
para un estado en un momento histórico determinado”8.
Se consultaron disposiciones jurídicas pertinentes de la Conciliación, como lo
son: Ley 23 de 1.991, Ley 446 de 1.998, y principalmente la Ley 640 de
2.001 y la Resolución 1342 del Ministerio del Interior y de Justicia, igualmente
jurisprudencia actual, y doctrina que se ha desarrollado al respecto de
nuestro tema de investigación esencialmente, de autores como José Roberto
Junco Vargas y José Ignacio Tobón.
Acudimos además, a fuentes secundarias como: la Cámara de Comercio de
Bucaramanga, la Red de Solidaridad Social, Fiscalía General de la Nación,
Jueces, Magistrados, Colegio Santandereano de Abogados, Notarías y
Centros de Conciliación adscritos a los Consultorios Jurídicos de la ciudad,
8
GIRALDO ANGEL, Jaime. Metodología y Técnica de la Investigación Socio-jurídica.
Editorial Librería del profesional. Bogota.1996
5
las que nos permitieron obtener información y estadísticas acerca de nuestra
ciudad, su cultura, economía y demás aspectos vitales para el desarrollo de
nuestra investigación.
Igualmente, para la recolección de datos se practicaron encuestas y visitas a
todos los notarios de Bucaramanga y el área metropolitana, a funcionarios
judiciales del Palacio de Justicia y la Fiscalía General de la Nación, a
Directores de los Centros de Conciliación que funcionan en la ciudad
(Cámara de Comercio, Colegio de Abogados, y Centros de Conciliación
universitarios de Bucaramanga), a su vez se practicaron encuestas a un total
de mil trescientas ochenta (1.380) personas, además de las mencionadas
anteriormente, distribuidas así; ochocientas (800) encuestas a población en
general, quinientas (500) encuestas a estudiantes UIS, y ochenta (80)
encuestas a Usuarios del Centro de Conciliación.
En cuanto al diseño metodológico se emplea una investigación de carácter
descriptivo, el Doctor Manuel Restrepo Yuste explica que, “se trata de
estudios en los cuales se registra una amplia variedad de características de
una situación referida a un fenómeno o una población determinada, entre
ellos pueden colocarse por ejemplo los estudios estadísticos.”9, toda vez que,
este informe presenta el desarrollo y situación actual de los procedimientos
conciliatorios extrajudiciales en Bucaramanga, durante el año 2.003 y 2.004.
Para la presentación final de este trabajo de grado se aplicaron las normas
Icontec, y las exigencias al respecto del Reglamento Interno de la Biblioteca
de la Universidad Industrial de Santander.
9
RESTREPO YUSTI, Manual. Guía Práctica para la Administración de la Investigación
Socio-Jurídica. Bogotá: Ministerio de Justicia y el derecho, 1.998. p. 38.
6
La estructura planteada para este informe, contiene varios capítulos durante
los cuales desarrollaremos el Estudio de Factibilidad establecido por la
Resolución 1342 del Ministerio del Interior y Justicia10, requisito para la
creación de Centros de Conciliación de Consultorios Jurídicos Universitarios.
10
Ibíd. Ministerio de Interior y de Justicia.
7
1. UBICACIÓN DEL CENTRO
1.1 RESEÑA HISTÓRICA,
CULTURAL
Y TURÍSTICA DE NUESTRA
CIUDAD
Bucaramanga, es una ciudad ubicada en medio de la Cordillera Orienta, a
una altura de 959 metros sobre el nivel del mar, lo que ocasiona que su
temperatura promedio sea de 23 grados centígrados. En ella conviven
diariamente un número cercano un millón de habitantes, que motivados por
el deseo de salir adelante, se han dado a conocer a nivel nacional por su
reciedad y temperamento, pero también por su sinceridad y empuje. Una
raza Santandereana, que sin lugar a dudas está recogiendo hoy los frutos de
un municipio limpio, organizado, y ante todo, involucrado con el quehacer de
su gente.11
Es Bucaramanga,
una ciudad fundada el 22 de Diciembre de 1622, por
Miguel Trujillo y Andrés Páez de Sotomayor, la capital santandereana, que se
halla muy cerca de ser considerada como una metrópolis en la estratificación
social del país, y que ya se posicionó como el quinto municipio más
importante de Colombia, no sólo por sus enormes riquezas económicas e
industriales, sino por tener siempre en la mira, aquellas posibilidades de
desarrollo que se necesitan para alcanzar una mayor estabilidad social.12
En esta ciudad se ha desarrollado un estilo de arquitectura española
adaptada a la topografía montañosa de la región y ha crecido de manera
11
VALDIVIESO, Susana. Bucaramanga, Historias de 75 años. Cámara de Comercio de
Bucaramanga. 1998. p. 40
12
Íbíd., p. 45
8
organizada, gracias a ello y al civismo de sus gentes, por lo cual se le conoce
también como la "Ciudad Bonita".13
La zona de mayor influencia es el centro de la ciudad, pues allí, se pueden
apreciar lugares de gran interés como: la Catedral de la Sagrada Familia,
situada en el parque Santander, una de las más hermosas iglesias de la
región, la Capilla de los Dolores, la más vieja construcción religiosa de la
ciudad y una verdadera joya de la arquitectura colonial, el Club del Comercio,
la Sede UIS Bucarica, donde se ubicaba el antiguo Hotel Bucarica, el mas
prestigioso hotel de su época, hoy instalaciones de la UIS, el Centro
Internacional de Negocios la Triada, el Centro Metropolitano de Mercadeo,
las edificaciones “Palacios” de las autoridades publicas y administrativas
(alcaldía, gobernación), el Palacio de Justicia, los principales Bancos, siete
Notarias (de la primera a la Séptima) de diez con las que cuenta la ciudad, el
Pasaje de Comercio y el Parque Centenario.
Bucaramanga tiene dentro de sus innumerables atractivos turísticos, la
representación histórica y cultural de un espacio geográfico que tuvo mucho
que ver en la consolidación de Colombia como República Independiente;
tanto así, que el general Simón Bolívar la hizo sede de su gobierno durante
un breve período de tiempo. Y es precisamente en este sitio, donde
actualmente funciona la Casa de Bolívar, hoy sede de la Academia de
Historia, donde reposan las reliquias más importantes del departamento14.
Todos aquellos recuerdos de Bucaramanga, giran en torno a uno de los
parques principales de la ciudad, el Parque García Rovira, ubicado en pleno
centro de la ciudad, desde donde se puede contemplar la Plazoleta Luís
Carlos Galán, llamada así en honor al inmolado líder de la democracia de
origen santandereano
13
14
Ibíd., VALDIVIESO, Susana. p. 32.
Ibíd., p. 48.
9
Al rededor del parque García Rovira ubicado en pleno corazón del centro de
la ciudad, encontramos la Gobernación de Santander, la Alcaldía Municipal,
al igual que el Palacio de Justicia, la Parroquia de San Laureano de
Bucaramanga, el Coliseo Peralta, estos entre otras edificaciones de amplio
reconocimiento e interés, completan lo que hoy se ha convertido en el centro
histórico de Bucaramanga.
Un par de cuadras más arriba, se halla el famoso Parque Santander, aquel
punto de encuentro de los abuelos y abuelas, el mismo que tomó el nombre
de nuestro gran prócer de la libertad, en cuyo homenaje fue bautizado el
departamento. Justo en frente de la escultura del General Francisco de Paula
Santander, se divisan la iglesia de la Sagrada Familia, el Club del Comercio,
el Centro Internacional la Triada, la Cámara de Comercio, el Banco de la
Republica con el Museo de Oro, el Banco Popular con la Procuraduría
Nacional y Regional, y a una cuadra de allí la Registraduría de Instrumentos
Públicos y la sede Bucarica de la Universidad Industrial de Santander, donde
funciona El Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho de la Universidad
y lugar de ubicación de nuestro futuro Centro de Conciliación.
Cuadras mas hacía el norte de la Sede UIS Bucarica,
encontramos
al
Parque Centenario escenario que sirvió durante muchos años como Terminal
de transportes, de donde día a día partieron y aun siguen arribando y
partiendo muchos comerciantes hacia y desde diferentes rincones del país.
Frente a este parque encontramos hoy el Centro Cultural del Oriente, que no
es otra cosa que la restauración del antiguo Colegio del Pilar, y donde
próximamente será inaugurado el Museo de Historia de Bucaramanga.
El Pasaje del Comercio, de invaluable
ciudad, cuenta
valor e importancia para nuestra
con diversos establecimientos comerciales y encierra la
actividad financiera de nuestra ciudad al encontrarse ubicadas durante su
10
trayecto las principales oficinas de los Bancos de la ciudad, situación que se
observa al iniciar su recorrido partiendo precisamente la carrera 19 con calle
35, donde se encuentra la Sede UIS Bucarica, para desbordarse sobre la
plaza Luís Carlos Galán, sobre la carrera 12 de la ciudad y frente al Palacio
de Justicia, la carrera 15 y el eje de la 36 principales vías vehiculares del
centro.
El centro de la ciudad se encuentra equidistante de los mas importantes
escenarios deportivos a saber: la Unidad Deportiva Alfonso López, complejo
donde se encuentra el estadio de fútbol, el velódromo Alfonso Florez Ortiz y
el estadio de atletismo de La Flora, el complejo deportivo de la ciudadela real
de minas, así como variados centros deportivos “Recrear” ubicados en los
barrios la Victoria, Niza, las Américas, el Mutis, y Provenza.
Aledaño a la ciudad encontramos otros atractivos lugares, como el
Aeropuerto Internacional de Palonegro, ubicado en las afueras del Área
Metropolitana de Bucaramanga, unos kilómetros más allá del municipio de
San Juan Girón, declarado Monumento Nacional.
Bucaramanga, además de ser la “ciudad bonita de Colombia”, ha sido
declarada uno de los centros universitarios más representativos del país, con
más de 10 universidades, por lo tanto es sede de ubicación de una gran
población estudiantil proveniente del norte, oriente y centro oriente del país,
que debe gozar no solo de todos los atractivos y las ventajas de la ciudad,
sino de la asesoría y la seguridad necesarias para su desarrollo personal y
social durante sus carreras universitarias. Cuenta con una significativa
infraestructura hotelera acompañada por un sinnúmero de atractivos
turísticos; todo ello, recreado a partir de la conocida hospitalidad de su gente,
que le ha otorgado la fama internacional, mencionada anteriormente, de ser
"La Ciudad Bonita de Colombia", gran parte de esa infraestructura hotelera
11
se encuentra ubicada en el centro de la ciudad distribuida en diferentes
niveles desde hoteles 5 estrellas como la Triada, hasta las llamadas
residencias y hoteles de paso o de menor categoría que permiten albergar
toda clase de transeúntes por la ciudad.
El transporte en la ciudad esta organizado de tal manera que desde cualquier
sitio del área metropolitana o de los extremos de la misma Bucaramanga
necesariamente se pasa por el centro de la ciudad confirmando de esta
manera que es el lugar donde aun convergen las principales actividades
sociales
culturales,
económicas,
administrativas
y
políticas
de
sus
pobladores.
1.2
ORGANIZACIÓN
DE
LA
CIUDAD,
ATENDIENDO
FACTORES
SOCIOECONÓMICOS, POLÍTICOS Y ADMINISTRATIVOS
La ciudad de Bucaramanga, se organiza administrativa y políticamente por
comunas, y estas a su vez se encuentran integradas por los barrios de la
siguiente manera:15
BARRIOS Y COMUNAS DE LA CIUDAD DE BUCARAMANGA
COMUNA
BARRIO
ESTRATO SOCIAL
I Norte:
15
Las Olas Altas
2
Las Olas Bajas
2
Kennedy
3
Las Hamacas
1
Colorado
1
El Rosal
1
Fuente: Archivo, Oficina de Planeación Territorial. Alcaldía de Bucaramanga. 2.004
12
Café Madrid
1
Ciudadela Café Madrid
1
Colseguros Norte
2
Villa rosa
2
Altos del Kennedy
1
Maria Paz
1
Minuto de Dios
2
Miramar
1.
Omaga
1
Rosalta
1
Tejar Norte
2
Villa Maria
2.
II Comuna Nororiental
Bosque del Norte
2
El Plan
2
Villa Helena
2
Los Ángeles
2
Esperanza III
2
Regadero Norte
2
Esperanza I-II
2
Lizcano I y II
1,2
José María Córdoba
1,2
San Cristóbal
2
La Juventud
1,2
Transición
1
Villa mercedes
1
La Independencia
1,2
El mirador
1
13
III Comuna San Francisco.
El Cinar
1
Chapinero
2,3
Comuneros
2,3
Universidad
3,4
Mutualidad
3,4
Modelo
3
San Francisco
3,4
Alarcón.
3,1
Norte Bajo
2
San Rafael
2
IV Comuna Occidental.
Gaitán
2,3
Nariño
1,2
Granada
2,3
Girardot
2,3
La Feria
1,2
Nápoles
1,2
Pío XII
2
23 de Junio
2,1
Santander
3
Don Bosco.
2
V: Comuna García Rovira.
Alfonso López
2,3
La Joya
3
Campo Hermoso
2,3
La Palma
2,3
Quinta Estrella
2,3
14
Primero de Mayo
2
Chorreras de San Juan
2,3
VI Comuna La Concordia:
La Concordia
3,4
Ricaurte
3,4
San Miguel
3
Aeropuerto
3
La Ceiba
4
La Victoria
4
La Salle
3,4
VII: Comuna La Ciudadela.
Ciudadela Real de Minas
4
Comuna VIII: Comuna Sur-Occidental
Bucaramanga
2
San Gerardo
2
Juan XXIII
1
Los Canelos
2
20 de Julio
1
Cordoncillo
1,2
Pablo VI
2
África.
1
Colombia
1
Manzana 10
1,2
15
IX: La Pedregosa.
Antonia Santos Sur
3
Nueva Granada
3
San Padre Claver
2
Quebrada de La Iglesia
2
San Martín
2
Torres de Alejandría
4
La Pedregosa
3
Libertad
3
Diamante I
3
Villa Diamante
3
Asturias
4
Las Casitas
2
Villa Inés
3
Miradores de San Lorenzo
4
Portofino
4
Villa de los conquistadores
4
Diamante II
4
San Luís
3
Fontana
4
Provenza
4
Coomultrasán.
4
Nueva Fontana
4
Granjas de Provenza
1,2
Asoprobi
1
Candado
3
Ciudad Venecia
3
Coaviconsa
3
X: Provenza.
16
Dangod
2,3
Delicias
3
El porvenir
3
Granjas de Julio Rincón
1,2
Igsabelar
2
Malpaso
2
El Rocío
3
Toledo Plata
3
Villa Sara
3
Los Robles
3
Villa Alicia
3
Villa flor
3
Manuela Beltrán.
2
Santa Maria
2,3
XI: Comuna Sur
Comuna XII: Cabecera del Llano
Sotomayor
5,6
Nuevo Sotomayor
5,6
Campestre
5,6
Bolarquí
5,6
Puerta del Sol
4
Conucos
4
Las Mercedes
6
San Pío
5,6
Cabecera del Llano
5,6
Los Cedros
5
El Jardín
4,6
Altos del Jardín
5
17
Pan de Azúcar
4,6
Terrazas
4,5
La Floresta
4,6
Tejar Moderno
4
Portón del Tejar
4
Santa Bárbara
4
Fátima.
4
XIII: Comuna Centro Oriental –Se encuentra ubicado el Consultorio Jurídico
de la UIS, con el futuro Centro de Conciliación.
Centro
2,3
Antonia Santos
3,4
Bolívar
3,4
Mejoras Públicas
4,5
La Aurora
4
Galán
3,4
San Alonso
4
Álvarez
4
El Prado
4,5
Las América
4
Los Pinos
4,5
Albania
2
Morrorico
1,2
Vega
1,2
Vegas de Morrorico
1,2
Miraflores
1,2
Buenos Aires
1
El diviso
1
XIV: Morrorico
18
XV: El Tejar
Altos del Cacique
3
Altos del Lago
6
Guayacanes 1, 2 y 3
2
Lagos del Cacique
6
Palmeras del Cacique
6
Quintas del Cacique
6
San Expedito
2
Santa Bárbara
4
Balconcitos
2, 3
Mutis
3
Bosconia
1
XVI: Mutis
Cuadro 1. Distribución de la Población por comunas
DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN POR COMUNAS
NOMBRE DE LA COMUNA
NÚMERO DE HABITANTES
% SOBRE EL TOTAL
DE HAB. DE B/MANGA
COMUNA
1
37.800
6.88
COMUNA
2
70.200
12.78
COMUNA
3
40.600
7.39
COMUNA
4
35600
6.48
COMUNA
5
40.536
7.38
COMUNA
6
45.366
8.26
COMUNA
7
35.254
6.42
COMUNA
8
43.255
7.88
COMUNA
9
21.300
3.88
COMUNA
10
19.554
3.56
19
COMUNA
11
20.951
3.81
COMUNA
12
25.654
4.67
COMUNA
13
38.632
7.03
COMUNA
14
59.712
10.87
COMUNA
15
2.502
0.46
COMUNA
16
12.347
2.25
549.263
100
TOTAL
Cuadro 2. Relación estrato-número de barrio-número de habitantenúmero de vivienda estratificado
ESTRATO
N° DE BARRIOS
N° DE HABITANTES
N° DE VIVIENDAS
ESTRATIFICADAS
1
39
61.963
8.546
2
87
115.857
24.016
3
50
173.142
27.287
4
45
166.909
32.463
5
11
10.572
3.172
6
5
15.214
6.183
TOTAL
101.667
1.3 AREA METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE BUCARAMANGA
Bucaramanga, cuenta con municipios aledaños que para efectos prácticos y
administrativos constituyen su área metropolitana. Mediante la Ordenanza
No. 020 de Diciembre 15 de 198116, se pone en funcionamiento el Área
16
Asamblea Departamental de Santander. Ordenanza N° 020 de Diciembre 15 de 1.981:
Mediante la cual se coloca en funcionamiento el Área Metropolitana de Bucaramanga.
20
Metropolitana
de
Bucaramanga,
compuesta
por
los
municipios
de
Bucaramanga, Floridablanca y Girón cuyo núcleo principal es Bucaramanga.
En el año de 1984, la Asamblea de Santander expidió la Ordenanza No.
04817 por la cual, se autorizó al Gobernador de turno formalizar la anexión
del municipio de Piedecuesta al Área Metropolitana de Bucaramanga, el 2
de Marzo de 1985 el Gobernador expidió el Decreto 0332 “Por el cual se
integra
el
municipio
de
Piedecuesta
al
Área
Metropolitana
de
Bucaramanga”18.
1.4 ECONOMÍA BUMANGUESA
Bucaramanga, es una ciudad netamente comercial, aunque existen otros
renglones representativos tales como la industria del calzado, la confección,
la prestación de servicios de salud, finanzas y educación.
Cabe decir que la ciudad se perfila para el siglo XXI como la tecnopolis de
los Andes, prueba
de ello es el creciente número de Centros de
Investigación de Tecnología en diversos tópicos, como la energía, el gas, el
petróleo, la corrosión, los asfaltos, el cuero y las herramientas de desarrollo
agroindustrial entre otros.
Un sector significativo de la economía bumanguesa es el agropecuario, cuya
principales actividades son la agricultura, la ganadería y la avicultura que se
llevan a cabo en zona rural de la ciudad, en zonas aledañas del
17
Asamblea Departamental de Santander. Ordenanza N° 048 de 1.984: Mediante la cual se
autoriza al Gobernador la anexión del municipio de Piedecuesta al Área Metropolitana de
Bucaramanga.
18
Gobernación de Santander. Decreto N°0332 de 1.985: Mediante el cual se integra el
municipio de Piedecuesta al Área Metropolitana de Bucaramanga.
21
departamento
de
Santander
y
Cesar,
pero
su
administración
y
comercialización se desarrollan en la capital Bumanguesa.
Dentro del contexto nacional, Bucaramanga como capital del Departamento
de Santander ocupa un importante lugar en cuanto al hato ganadero se
refiere, al igual que en ganadería caprina y en avicultura. Este último renglón
ha mostrado un gran desarrollo lo que le ha permitido ubicarse como el
segundo Departamento más importante en el país, sus principales mercados
además del departamental y nacional, lo constituyen países como Venezuela
y Ecuador19.
La Capital Santandereana, ha logrado desarrollar un aceptable sistema de
prestación de servicios (con relación a los indicadores nacionales). Aún
cuando todavía hay insuficiencias que es necesario corregir, el Área
Metropolitana de Bucaramanga cuenta con una de las coberturas más altas
al compararse con las principales ciudades del país, mostrando excelentes
resultados en materia de redes de agua, alcantarillado, electricidad, gas y
telefonía.
La ubicación geográfica del Departamento Santander y Bucaramanga como
capital del mismo, lo han convertido en paso obligado de los productos que
circulan de sur a norte y de oriente a occidente del país, desarrollándose en
el departamento un importante sector comercial. Resalta en primer término,
el comercio de productos agropecuarios provenientes no solo del propio
departamento, sino de regiones vecinas como el Cesar, Boyacá, Norte de
Santander y Arauca. Muchos de estos productos se transforman en
Santander y de allí se envían al resto del país y a los mercados externos.
19
Fuente: Centro de Documentación de la Cámara de Comercio de Bucaramanga. 2.004
22
La composición del sector empresarial santandereano, muestra que somos
una región de pequeñas y medianas empresas, y para ser mas exactos de
Mipymes, por lo que de las 35.124 empresas registradas en la Cámara de
Comercio de Bucaramanga, el 93.1% son microempresas, el 5.1% pequeñas,
el 0.9% medianas y el 0.8% grandes.
Esta característica marca ciertas
limitaciones; sin embargo, puede convertirse en una fortaleza de la Mipyme
su capacidad de adaptarse, innovar, atender nichos y desarrollar productos
diferenciados20.
El dinamismo de la región se evidencia en el PIB Departamental, que si bien
solo participa en el 6.2% del PIB Nacional, muestra un crecimiento del 6.7%
superando el promedio nacional en mas de 5 puntos; en el incremento del
10.9% correspondiente al número de empresas registradas; en el incremento
del 21.4% por concepto de recaudo de impuestos y en el incremento de las
exportaciones.21
Las exportaciones santandereanas registran un incremento del 5.7% y tienen
en el macro sector de prendas de vestir (calzado, manufactura del cuero y
confección), uno de los principales jalonadores de este indicador,
contribuyendo con 29.3% de las exportaciones del departamento y ocupando
el primer renglón exportador de Santander. El alto contenido de moda, su
especialización en el segmento infantil y la calidad de la confección son
algunos de los elementos que le han permitido destacarse en los mercados
internacionales y especialmente en los Estados Unidos, destino donde el
macro sector participa con 90.5% de las exportaciones registradas en el
departamento.
Todas estas empresas son Mipymes de Santander,
ocupando una basta población obrera de estrato social 1, 2 y 3. Este es un
20
21
Cámara de Comercio de Bucaramanga. Registro Único de Mipymes de Santander. 2.004
Íbíd.
23
claro ejemplo de que empresa grande, no es un sinónimo de empresa
exitosa.22
La
asociatividad
de
empresas
santandereanas,
permite
atender
eficientemente necesidades comunes y desarrollar proyectos que mejoran la
gestión de las empresas a través de alianzas que potencializan
sus
fortalezas individuales. Este modelo de asociaciones ya es exitoso en varias
regiones europeas y hoy están siendo desarrollados en esquemas adaptados
a nuestro sector empresarial como el Programa de Alianzas Empresariales
del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que a la fecha registra
excelentes resultados23.
Todo esto contribuye a formar la economía santandereana, una economía
pujante, y en crecimiento, que crea herramientas para hacerse cada vez más
competitiva y enfrentar grandes mercados.
Además de lo anterior es importante resaltar que no toda la economía de
nuestra región gira en torno de las actividades comerciales formales, sino por
el contrario, la economía informal, mas conocida como “el rebusque”, por la
circulación de mercancías de todo el país, constituye una practica constante
de los habitantes de la ciudad que se encuentran sin empleo, y otros que han
sido desplazados de sus tierras y se han refugiado en la ciudad, que no
poseen recursos para montar un establecimiento de comercio, estas
personas integran un gran porcentaje de la población bumanguesa y se
albergan principalmente en el centro de la ciudad, el cual se presta como
escenario o vitrina para la comercialización de sus productos. Prueba de ello
es los indicadores de empleo y desempleo que nos permitimos presentar en
los siguientes cuadros:24
22
Ibíd.
Centro de Documentación de la Cámara de Comercio de Bucaramanga. 2.004
24
Fuente: http/: www. Dane.gov.co
23
24
Cuadro 3. Indicadores de Empleo
Área Metropolitana de Bucaramanga
II Trimestre
2003
II Trimestre Variación
2004
Población AMB
977
995
1,8
Población en edad de trabajar * (PET)
746
765
2,5
Población Económicamente Activa *
(PEA)
507
491
-3,2
Población ocupada * (PO)
420
405
-3,6
87
86
-1,1
Tasa global de participación **
67,9
64,3
-5,3
Tasa de ocupación **
56,3
53,0
-5,9
Tasa de desempleo AMB **
17,1
17,5
2,3
Tasa desempleo nacional **
14,0
14,1
0,1
Tasa de subempleo AMB **
39,8
35,5
-10,8
Subempleados AMB *
202
174
-13,9
Desocupados * (D)
Fuente: Dane - AMB: Área Metropolitana de
Bucaramanga
* Datos de población en miles de personas - Variación = crecimiento
porcentual
** Datos porcentuales - Variación = diferencia en puntos
porcentuales
25
Cuadro 4. Población desocupada según actividad anterior en la que
trabajaba – Bucaramanga
Rama de Actividad
<Comercio
II Trimestre 2003
II Trimestre 2004
20
Variación %
20
0,0
16
6,7
16
-11,1
>
<
2
>Industria
15
<Servicios comunales,
3Sociales
>
18
<Construcción
4
>
7
5 28,6
<Transporte
5
>
6
7
16,7
<Actividades
6Inmobiliarias
>
4
4
0,0
<Otras ramas
7
>
<
8Servicios financieros
>
Fuente: Dane Población en miles
3
4
33,3
1
1
0,0
26
Cuadro 5. Población Ocupada por Actividad
Bucaramanga
Actividad
II Trimestre
2003
<
1 Comercio
>
II Trimestre
2004
Variación %
-2,0
132
130
98
98
0,0
Mi
< Industria
3
>
96
80
-16,0
< Transporte
4
>
38
34
-4,0
< Actividades inmobiliarias
5
>
25
25
0,0
< Construcción
6
>
15
18
3,0
< Otras ramas
7
>
10
12
2,0
6
8
2,0
< Serv. Comunales, sociales y
2 personales
>
< Servicios financieros
8
>
Fuente: Dane – Población en miles
27
El fenómeno del desplazamiento que se ha presentado a lo largo de la
historia del país, ha sido un elemento constante en el proceso de
urbanización de las ciudades de Colombia, al cual no ha sido ajena la ciudad
de Bucaramanga, en algunas etapas de la historia se encuentran momentos
críticos en los que el desplazamiento de vastos sectores de la población
alcanza su cresta mas alta. Sin embargo, pese a que ha sido un fenómeno
visible en la composición y recomposición sociodemográfica del país, en los
últimos años las Ong´s, la iglesia y el mismo Estado han venido apostando al
diseño e implementación de herramientas metodológicas e instrumentos que
permitan mostrar valida y confiablemente los avances respecto a este
fenómeno.
En nuestra investigación encontramos que las diferencias de criterio en lo
conceptual, temporal y metodológico en el proceso de captura de la
información sobre el desplazamiento, hacen que las cifras sobre este
fenómeno difieran entre los distintos sistemas de información que manejan
las Ong´s, la iglesia y el Estado. Pero es la Red de Solidaridad Social, la
entidad Estatal que tiene dentro de sus funciones las de coordinar el Sistema
Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada -SNAIPD- y es la
responsable del manejo del Registro Único de Población Desplazada, por lo
que consideramos importante presentar la información estadística que ella
tiene sobre el desplazamiento en el país, especialmente en Santander y su
capital.25
La Ley 387 de 1997, define al desplazado como: “toda persona que se ha
visto forzada a migrar dentro del territorio nacional, abandonando su
localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida,
su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o
se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las
25
Red de Solidaridad Social, Bogota. 2.004
28
siguientes situaciones: Conflicto armado interno, disturbios y tensiones
interiores, violencia generalizada, violaciones masivas a los Derechos
Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario u otras
circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o
alteren drásticamente el orden público”.26
La base de datos de la Red de Solidaridad Social da cuenta de las personas
que rinden su declaración ante las autoridades competentes. (Personerías
municipales o distritales, Procuraduría, Defensoría del Pueblo y Despachos
Judiciales). Así, es posible presentar las cifras sobre desplazamiento en
Colombia hasta el primer periodo del año 2.004; en el siguiente cuadro se
pueden observar las estadísticas obtenidas por los centro de información:27
Gráfica 1. Cifras anuales de Desplazamiento en Colombia
26
27
Ley 387 de 1.997
http:/www.disaster – info-net/desplazados
29
Los datos presentados provienen del Registro Único de Población
Desplazada en el cual se efectúa la inscripción de las declaraciones
presentadas por los hogares y personas que buscan que el Estado
Colombiano les reconozca la condición de desplazado. Para tal efecto la Red
de Solidaridad Social cuenta con una herramienta denominada "Sistema
Único de Registro" S.U.R., que es una herramienta técnica, que busca
identificar
a
la
población
afectada
por
el
desplazamiento
y
sus
características. Tiene como finalidad mantener información actualizada del
potencial de población a ser atendida, de la población atendida y realizar el
seguimiento a los servicios que el Estado Colombiano presta a la población
desplazada por la violencia.28
En la actualidad la Red de Solidaridad Social tiene en funcionamiento el
Sistema Único de Registro de Población Desplazada para registrar y
consultar la información de los desplazados por el conflicto armado interno.
La violencia armada que sufre el país a obligado a numerosas familias y
comunidades, especialmente campesinas y de zonas como el magdalena
medio donde la situación cada vez se encrudece más, a migrar, perdiendo
así de manera abrupta su fuente de subsistencia, destruyéndose el tejido
social-cultural que daba sentido a sus vidas, ante lo cual quedan en una
situación de vulnerabilidad extrema.
Buena parte de estas familias y grupos en situación de desplazamiento
forzado tienden a congregarse en los sectores más pobres de la ciudad
aumentando la demanda de servicios básicos en los sitios de llegada,
afectando a si mismo la situación de los residentes. La intervención
institucional en estas condiciones se complica además porque se ejecuta de
manera desarticulada impidiendo el sentido de integralidad que debe guiar
todas las acciones estatales.
28
Sistema Único de Registro, Red de Solidaridad Social de Bogotá.
30
En este momento existen programas de atención a desplazados que se
enfocan en los sitios de mayor concentración, como por ejemplo el barrio
café Madrid donde las personas se han congregado al rededor del barrio y en
donde antiguamente funcionaba el ferrocarril, es de tener en cuenta que la
situación social y económica de esta zona de la ciudad así como la de los
barrios aledaños a esta es gravosa, en cuanto a que se encuentra en nivel
uno de estratificación, y sus habitantes son todos de escasos recursos
económicos, sin poder dejar de lado el nivel de conflictos de todo orden, pues
esta población trata de insertarse en el tejido social y económico realizando
transacciones, convenios, contratos y en general negocios jurídicos que
deben ser atendidos, asesorados y manejados por los Consultorios Jurídicos
y sus Centros de Conciliación que precisamente son los encargados de
atender personas de escasos recursos económicos.
1.5 INFLUENCIA INSTITUCIONAL
Dentro del área de influencia de nuestro futuro Centro de Conciliación
encontramos la presencia institucional de diferentes organizaciones públicas
que contribuyen al correcto funcionamiento de la administración de justicia.
Las cuales se encuentran organizadas de la siguiente manera:
31
Cuadro 6. Influencia Institucional
INSTITUCION
B/manga
Tribunal Administrativo
5 Magistrados
Piedecuesta Girón.
Tribunal Superior
Sala Civil - Familia
7 Magistrados
Sala Penal
6 Magistrados
Sala Laboral
3 Magistrados
Juzgado del Circuito
Civiles
10 Juzgados
Penales
10 Juzgados
Laborales
4 Juzgados
Familia
6 Juzgados
Menores
2 Juzgados
Ejecución de penas y de
3 Juzgados
Medidas de Aseguramiento
Juzgados Municipales
Civiles
19 Juzgados
Penales
3 Juzgados
1 Juzgado
Inspecciones de:
Policía
1
Establecimiento de
2
1
Comercio
32
1
INSTITUCION
B/manga
Civil Municipal
1
Control Urbano y ornato
1
Salud Municipal
1
Espacio Publico
2
Comisarías
6
Permanente
1
Protección al Consumidor
1
Inspecciones de Trabajo
3
Inspecciones de Transito
7
Comisarías de Familia
2 Joya
Piedecuesta
Girón.
Secretaria
Secre.
1
1
1 Casa de
Justicia del
Norte
Defensoría del Pueblo
5
Por otra parte sobre el sector que ejerce influencia el futuro Centro de
Conciliación de la UIS, encontramos diversos consultorios Jurídicos, junto
con sus respectivos Centros de Conciliación, al igual que la presencia de
instituciones y centros donde encontramos personas capacitadas y aptas
para llevar a cabo conciliaciones en derecho y en equidad.
Bucaramanga cuenta con diferentes centros de conciliación, empezando por
la Cámara de Comercio la cual posee competencia en asuntos de materia
civil, comercial y familia, su competencia por cuantía es ilimitada, y sus
servicios tienen un costo el cual varia precisamente por la cuantía del asunto
a conciliar, se encuentra ubicada en la carrera 19 # 36 –20, ofrece sus
servicios a personas naturales y jurídicas residentes en la ciudad de
Bucaramanga y el resto de su jurisdicción, puesto que en el Departamento de
Santander existen dos Cámaras de Comercio..
33
Así mismo, encontramos el Colegio Santandereanos de Abogados, una
corporación que presta servicios a la comunidad en materia de Conciliación,
Arbitraje y Amigable Composición, funciona en las instalaciones ubicadas en
la carrera 13 # 35 – 36 oficina 303, y posee la misma competencia que la
Cámara de Comercio, pero su radio se extiende a todo el departamento de
Santander, en contraprestación a sus servicios esta corporación tiene
establecidas una serie de tarifas que pueden variar previo estudio de la
capacidad económica del solicitante, teniendo en cuenta los máximos
establecidos por el Decreto 24 de 2.002.29
Igualmente, Bucaramanga cuenta con 10 Notarias, repartidas por las
diferentes zonas de la ciudad, a los notarios por disposición de la Ley 640 de
2.001 se les otorgó la posibilidad de conciliar como facultad especial por
gozar de reconocimiento y credibilidad, por lo anterior, aunque pueden
disponer de asesores jurídicos la potestad de conciliar recae exclusivamente
en ellos. Su competencia territorial abarca el Círculo Notarial de
Bucaramanga incluyendo el Área Metropolitana, y como costo de sus
servicios los notarios tienen establecidas tarifas, al considerarse derechos
notariales, las cuales no están sujetas a ningún tipo de descuento, puesto
que la Superintendencia de Notariado y Registro, así se los instruyo,
debiéndose acoger a los máximos del Decreto 24 de 2002, puesto que el
servicio social del que habla la ley no se ha reglamentado.
De la misma manera hallamos en Bucaramanga, personas naturales
capacitadas por el Ministerio del Interior y de Justicia, elegidas por la
comunidad debido a su reconocimiento como lideres y sus capacidades, las
cuales, actúan como facilitadotes en la solución de conflictos particulares y
comunitarios, estas personas actúan como Conciliadores en Equidad, en
un lugar adscrito al ministerio publico que funciona desde 1.994, y que se
29
Decreto 24 de 2.002
34
encuentra ubicado en la calle 35 # 14 – 17 piso quinto (5), en instalaciones
proporcionadas por la Alcaldía de Bucaramanga, a mas de su posibilidad de
estar en cualquier sitio prestando los servicios y en la Casa de Justicia del
Norte de la ciudad. La legitimidad de los Conciliadores en Equidad radica en
que la comunidad los reconoce en tanto actúan acorde con el sentido de
igualdad, de justicia natural y de beneficio común y en forma gratuita. Su
competencia se ve limitada exclusivamente a conflictos de personas
naturales, no les es posible conciliar conflictos vinculados directamente con
personas jurídicas.
En cuanto a Centros de Conciliación Adscritos a Consultorios Jurídico
de Facultades de Derecho, es decir de tipo universitarios, encontramos tres
(3), pertenecientes a: la Universidad Autónoma de Bucaramanga ubicado
en la carrera 12 # 34 - 50, La Universidad Cooperativa de Colombia cuyas
instalaciones se encuentran en la carrera 33B # 30A - 17, y la Universidad
Santo Tomás de Aquino ubicado en la carrera 18 # 9 22. Estos centros
atienden a sus usuarios de forma gratuita, ágil, y efectiva, en asuntos que por
cuantía sean competencia de los consultorios jurídicos, allí son atendidos por
estudiantes especialmente capacitados para actuar como conciliadores.
A lo largo de nuestra investigación pudimos establecer que la demanda del
servicio de Conciliación en Bucaramanga, por parte de personas de escasos
recursos económicos es muy elevada, y los costos del mismo, impiden en un
gran numero de ocasiones que estas se puedan llevar a cabo, por tal motivo
el promedio de solicitudes presentadas a los Centros de Conciliación que
prestan sus servicios de forma gratuita es cada vez mayor.
Esta demanda social para acceder a la Conciliación como mecanismo para
solucionar sus conflictos, no solo obedece al cumplimiento de requisitos
procesales, sino a la confianza que se deposita en esta, al ser las partes las
35
que de forma consensual llegan a un acuerdo, con la ayuda de una persona
capacitada como conciliador, y sin tener que acudir a la vía judicial.
Es por este motivo que la creación de espacios que promuevan los
Mecanismos de Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) se constituye
en un interés de primer orden, por tal razón se hace urgente la creación de
mas Centros de Conciliación, como el propuesto por la Universidad industrial
de Santander, el cual esta diseñado para colaborar con la justicia y suplir
esta necesidad social.
1.6 NUESTRO CONSULTORIO JURÍDICO
La Universidad Industrial de Santander, viene desde el año 1.999 prestando
sus servicios a la comunidad por medio del Consultorio Jurídico adscrito a la
Escuela de Derecho y Ciencia Política, al cual estaría vinculado el Centro de
Conciliación propuesto, por esta razón, consideramos de vital importancia
realizar una exposición de lo que ha sido desde su creación el consultorio
Jurídico:30
El Consultorio Jurídico de la Carrera de Derecho de la UIS, se creó mediante
Acuerdo 127 del 27 de Julio de 1999, emanado del Consejo Académico31.
Firme en su propósito de proyectar la Universidad hacia la comunidad, ha
logrado en poco tiempo consolidarse como unidad de desarrollo práctica e
investigación, en la medida en que ha servido de vínculo entre el estudiante y
el ejercicio profesional en sus distintas dimensiones y ramas de la disciplina
jurídica.
30
Archivo Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de
Santander.
31
Consejo Académico Universidad Industrial de Santander. Acuerdo 127 del 27 de Julio de
1.999.
36
La labor desarrollada por el Consultorio Jurídico puede resumirse en los
siguientes puntos:
•
Proyectar la Universidad hacia la comunidad mediante la atención
directa a usuarios y mediante la celebración de convenios con
entidades públicas y privadas de la región.
•
Servir de instrumento de docencia y de práctica a aproximadamente
noventa (90) estudiantes de los cuatro últimos semestres, en las áreas
del derecho civil, laboral, penal, de familia y público.
•
Prestar el servicio social de asesoría jurídica a personas de escasos
recursos económicos, mediante la asistencia legal en procesos ante
Jueces penales, civiles, laborales, de familia, Ministerio del trabajo,
Inspecciones Municipales y Departamentales.
•
Fomentar y promover los derechos humanos a nivel local y al interior
de la comunidad universitaria, mediante la asesoría directa en acción
de tutela, la actuación en procesos judiciales, y la asesoría de
usuarios por intermedio del convenio con la Defensoría del Pueblo.
•
Fomentar y promover los Mecanismos Alternativos de Solución de
Conflictos mediante la asesoría y firma de Contratos de Transacción y
el acompañamiento en Audiencias de Conciliación en los centros
autorizados.
•
Promover y fomentar la interdisciplinariedad en la práctica jurídica
adelantada en el Consultorio, mediante la implementación del sistema
de Seminarios Unificados y por áreas con una periodicidad semanal.
37
•
Formadora de verdaderos profesionales del Derecho, mediante la
práctica social en beneficio de las personas de escasos recursos
económicos.
•
El incentivo permanente del profesional en el campo social,
morigerando el ímpetu del abogado litigante, por el profesional
conciliador en procura de la solución de conflictos.
A su vez, el Consultorio Jurídico de la UIS, ha logrado firmar y mantener
activos a la fecha, convenios con municipios del área metropolitana,
entidades públicas, y organizaciones privadas, buscando proyectar su labor a
comunidades de escasos recursos necesitadas de la asesoría jurídica, y el
apoyo legal de sus estudiantes, fruto de esta gestión, es el fortalecimiento de
16 convenios:
• Fiscalía General de la Nación
Unidad de Querellables
Bucaramanga
• Defensoría del Pueblo Regional
Bucaramanga
• Comisaría de Familia
La Joya
Bucaramanga
• Fundación Casa Cívica de Piedecuesta
Piedecuesta
• Oficina de Control Interno y Disciplinario UIS
Oficina Jurídica, Rectoría UIS
• Oficina Jurídica Rectoría UIS
Universidad Industrial de Santander.
• Juzgado Cuarto Laboral del Circuito
Bucaramanga
38
• Juzgado Segundo Laboral del Circuito
Bucaramanga
• Juzgado Primero Laboral del Circuito
Bucaramanga
• Casa de Justicia del Norte
Bucaramanga
• Juzgado Sexto Civil del Circuito
Bucaramanga
• Juzgado Tercero Civil del Circuito
Bucaramanga
• Juzgado Primero Civil Municipal
Bucaramanga
• Juzgado Dieciséis Civil Municipal
Bucaramanga
• Personería Municipal
Alcaldía de Bucaramanga
• Tribunal Superior Sala Laboral
Bucaramanga
En cuanto a sus logros, el Consultorio Jurídico de la escuela de Derecho de
la Universidad Industrial de Santander ha logrado posicionarse y obtener un
gran reconocimiento a nivel metropolitano en la atención a la población de
escasos recursos, con un elevado incremento anual en consultas.
El siguiente cuadro muestra este incremento, desde el 19 de octubre de 1999
al 31 de diciembre de 2004, así:32
32
Ibíd.,
39
Gráfica 2. Crecimiento en el número de Usuarios atendidos por año
en el Consultorio Jurídico UIS
10143
7927
7448
4511
3756
377
1999
2000
2001
2002
2003
2004
AÑO DE ATENCIÓN
El consolidado a diciembre 31 de 2004, alcanza los 34.162 usuarios
El consultorio Jurídico cuenta con un excelente grupo de profesionales
vinculados a él:
Dirección
DRA. ROCÍO SERRANO GÓMEZ
Abogada
Especialista en Derecho Comercial
Especialista en Docencia Universitaria
Magíster en Historia.
Conciliadora Certificada por la Cámara de Comercio de Bucaramanga
40
Área administrativa
GINA OREJARENA PÉREZ
Administradora Pública
Especialista en Evaluación y Gerencia de Proyectos
Secretaria del Consultorio Jurídico
Igualmente existe un Asesor por cada área del derecho, así:
DR. JAVIER TRILLOS MARTÍNEZ
Abogado
Especialista en Derecho Penal
Conciliador Certificado por la Cámara de Comercio de Bucaramanga
DR. LUIS RAÚL CARVAJAL ALMEIDA
Abogado
Especialista en Derecho Empresarial
Especialista en Derecho Minero y Energético
DRA. MATILDE ISABEL ESPITIA HERRERA
Abogada
Especialista en Relaciones Laborales y en Derecho Público
DRA. MARIA STELLA ARCINIEGAS GONZÁLEZ
Abogada
Especialista en Derecho de Familia
Conciliadora Certificada por la Cámara de Comercio de Bucaramanga
41
Gráfica 3. Organigrama Consultorio Jurídico UIS
DIRECTOR
CONSULTORIO
JURÍDICO
SECRETARIA
ASESOR
AREA
PENAL
ASESOR
AREA
CIVIL
ASESOR
AREA
LABORAL
ASESOR
AREA FLA Y
PUBLICO
MONITORES
1.7 UBICACIÓN DE NUESTRO CONSULTORIO JURÍDICO Y FUTURO
CENTRO DE CONCILIACIÓN
1.7.1 Nuestra Universidad. La UIS creada por las Ordenanzas números 41
de 1940 y 83 de 194733, inició labores académicas el 1° de marzo de 1948 en
las instalaciones del entonces Instituto Dámaso Zapata bajo la dirección del
educador Nicanor Pinzón Neira. Tres profesores y quince estudiantes
matriculados en las facultades de Ingeniería Mecánica, Ingeniería Eléctrica e
Ingeniería Química dieron origen a una actividad académica que durante 49
años ha contribuido al desarrollo de la economía y la cultura nacional.
33
Asamblea Departamental de Santander. Ordenanzas N° 41 de 1.940 y 83 de 1.947:
Mediante la cual se crea la Universidad Industrial de Santander.
42
En 1954, dos nuevas carreras, Ingeniería Metalúrgica e Ingeniería de
Petróleos se incorporaron a la oferta académica y la Universidad se mudó a
las instalaciones que hoy ocupa, constituyéndose en una "Ciudad
Universitaria" que año tras año fue adecuando nuevos programas de estudio.
Ingeniería Industrial nació en 1958 e Ingeniería Civil en 1964.
Los años 65 al 67 fueron particularmente memorables. La anexión de la
Universidad Femenina con sus programas de Bacteriología, Fisioterapia,
Trabajo Social y Nutrición y Dietética, estableció las bases para la creación
de la División de Ciencias de la Salud que, en febrero de 1967, fecha de
inauguración, estaba integrada por las carreras de Medicina, Enfermería,
Fisioterapia, Laboratorio Clínico y Nutrición. Ese año, 1967, también dejó la
creación de la Facultad de Ciencias Humanas que, antaño y hoy, se
compromete con el ingrediente humanista, indispensable en la formación
integral del individuo y su organización social.
Hoy, 52 años después de haber iniciado actividades académicas, la UIS
muestra orgullosa su actual posición: es la institución de educación superior
líder del nororiente colombiano y está catalogada como la cuarta universidad
oficial del país y la segunda en materia de investigación.
El impulso a su crecimiento se ha evidenciado en la creación y desarrollo de
nuevos programas académicos, de investigación y de educación continuada
en las diversas áreas del saber: ingenierías, ciencias, salud y humanidades.
Veintiocho programas de formación profesional, cinco de formación
tecnológica y a distancia y cuarenta y tres de formación avanzada componen
la plana de programas que ofrece la UIS a la población estudiantil del país.
43
Actualmente, cerca de 12 mil estudiantes se encuentran matriculados en
estos 76 programas.34
1.8 SEDE UIS BUCARICA
Ubicado en el costado occidental del Parque Santander y en el corazón de la
ciudad
de
Bucaramanga
este
edificio
de
arquitectura
moderna
correspondiente al periodo temprano. Inaugurado el 10 de Diciembre de 1941
y construido para los juegos nacionales de la época, convirtiéndose por mas
de medio siglo en el hotel más tradicional e importante de la ciudad, lugar por
excelencia de los eventos sociales, culturales, políticos y casa de huéspedes
ilustres
Arquitectónicamente se configura como una planta asimétrica, de tres pisos,
patio central, al fondo un remate semicircular y el ático que oculta la cubierta,
confiriendo un espacio cúbico aunado al blanco de los muros y combinado
con detalles venaculares tradicionales. Además de las ventanas y los
elementos decorativos externos y del ritmo de su fachada, se conservan las
proporciones, las lámparas y pisos originales.35
El consejo de monumentos nacionales del Ministerio de cultura creado por la
ley 163 de 1959 declaro al Hotel Bucarica un MONUMENTO NACIONAL
según resolución N° 002 del 12 de marzo de 1982,36 por su antigüedad,
autenticidad, singularidad, representatividad, valor estético, arquitectónico,
histórico y documental como bien inmueble de la región de Santander.
34
http:/ www.UIS.edu.co
Archivo. Administración Sede UIS Bucarica.
36
Ministerio de Cultura. Resolución No 002 del 12 de marzo de 1982.
35
44
Su uso como hotel termino en 1996 y consecutivamente a partir del año
2000 se convirtió
en una sede cultural de la Universidad Industrial de
Santander.
Es por tal razón que la Universidad Industrial de Santander cuenta con una
sede, ubicada en la carrera 19 numero 35 – 02 del centro de la ciudad de
Bucaramanga, denominada Sede UIS Bucarica, y considerada como la sede
académica y cultural de la UIS.
Esta sede fue adquirida por al Universidad en la administración del Dr.
Jorge Gómez Duarte, rector de la universidad para el año 2000 y el Dr.
Miguel de Jesús Arenas Prada, Gobernador del Departamento para esta
época quien lo habilito bajo el lema: “Por una cultura de vida”, como centro
para actividades académico-culturales.
Desde la fecha de adjudicación y hasta la presente, han funcionado en esta
Sede, la Emisora Cultural UIS Stereo, el Centro de Estudios Regionales y el
Consultorio Juridico.
La sede UIS Bucarica, cuenta con un estilo arquitectónico eclepticomoderno
de tres plantas, que permite que se alberguen diferentes dependencias de la
Universidad y se adelanten diversas actividades dentro de sus instalaciones,
entre las cuales se ubican 3 Auditorios (Salón Santander, Salón Hormiga y el
Salón Río de Oro) y la Sala de exposición Macaregua
Nuestro futuro Centro de Conciliación, no podría quedar en una mejor
ubicación que la Sede UIS Bucarica, donde convergen todas las actividades
culturales, políticas y económicas de la ciudad, al estar albergado en el
corazón de la Ciudad Bonita, el centro de la ciudad.
45
En la primera planta, justo a la entrada, de fácil acceso junto a la recepción
del edificio, se encuentra el Centro de Conciliación,.como primera oficina del
Consultorio Jurídico, con su secretaría, archivo, dos salas de conciliación con
sus equipos, la oficina del Director y la del asesor en Conciliación.
Desde que se entra al edificio, se observa el Consultorio Jurídico y el Centro
de Conciliación, de tal manera que para ningún visitante es ajena su
existencia, no tiene escaleras para acceder y por lo tanto no se les dificulta a
las personas de algún impedimento físico. Además, esta perfectamente
señalizado.
1.9 DETERMINACIÓN DE POBLACION OBJETO
Con el propósito de establecer una posible POBLACIÓN OBJETO, por medio
de 7 encuestas diseñadas, pretendemos determinar los posibles USUARIOS
del futuro Centro de Conciliación
adscrito al Consultorio Jurídico de la
Escuela de Derecho de la UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTADER,
clasificándolos de la siguiente manera, y tomando una muestra significativa
de la población a Encuestar:
1. Encuesta dirigida a : COMUNIDAD ESTUDIANTIL UNIVERSIDAD
INDUSTRIAL DE SANTANDER: Consideramos pertinente encuestar a la
comunidad Universitaria
a la cual pertenece el futuro Centro de
Conciliación, con fin de reforzar y dar a conocer el servicio que ofrece la
Escuela de Derecho, respecto de asesoria jurídica, mediante su
Consultorio Jurídico y próximo Centro de Conciliación. La encuesta se
dirigió a estudiantes de todas las carreras en Ingenierías, ciencias
económicas, ciencias de la salud, ciencias sociales y humanas, porque
por tratarse de la gran mayoría de personas foráneas a la ciudad y de
niveles sociales bajos que escogen por ese motivo estudiar en una
46
Universidad Publica, pretendemos prestar los servicios de asesoría
jurídica y solución de conflictos a través de nuestro Centro de Conciliación
(Véase el Anexo B).
2. Encuesta dirigida a: USUARIOS CONSULTORIO JURÍDICO DE LA
ESCUELA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE
SANTANDER: Son los usuarios del Consultorio Jurídico de la
Universidad, quienes tendrán un acceso fácil y directo a nuestro futuro de
centro de conciliación, por tal razón y por medio de la presente encuesta
pretendemos precisar la preferencia de dicha población para con nuestro
servicios de Conciliación y los motivos de dicha elección, frente a los
demás consultorios jurídicos de la ciudad (Véase el Anexo B).
3. Encuesta dirigida a: POBLACIÓN EN GENERAL: A través de ella
pretendemos realizar un sondeo de los posibles usuarios, teniendo en
cuenta la ubicación del mismo, tomando como muestra la población que
concurre día a día el centro de nuestra ciudad (Véase el Anexo B).
4. Encuesta dirigida a: NOTARIOS DE BUCARAMANGA: por medio de esta
breve encuesta pretendemos conocer las experiencias de los Notarios de
Bucaramanga
como conciliadores en derecho, al igual
su impresión
sobre la creación y puesta en marcha del Centro de Conciliación de la
UIS, en lo que concierne a la recomendación que haría de nuestro Centro
a los usuarios que por factores económicos no puedan atender (Véase el
Anexo B).
47
5. Encuesta dirigida a CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA:
pretendemos conocer
mediante la encuesta
realizada, que tan
recomendado puede ser nuestro Centro de Conciliación frente a usuarios
del servicio de la Cámara de Comercio que no puedan acceder a él por
motivos económicos (Véase el Anexo B).
6. Encuesta dirigida a: FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Tiene como finalidad
el conocer las impresiones, de los Jueces (penales, civiles, laborales)
Fiscales, Magistrados, Inspectores de Policía, Comisaría de Familia sobre
la Conciliación y la viabilidad y existencia de nuestro futuro Centro de
Conciliación de la UIS (Véase el Anexo B).
7. Encuesta dirigida a CONSULTORIOS JURÍDICOS DE LA CIUDAD Y
COLEGIO DE ABOGADOS DE BUCARAMANGA. Por medio de ella
pretendemos establecer la demanda del servicio de Conciliación en los
Centros de Conciliación adscritos a los Consultorios Jurídicos de la
ciudad y el Colegio de Abogados, así como las causas principales que les
impide prestar el servicio a la comunidad (Véase el Anexo B).
1.9.1 Resultados Encuestas Realizadas.
De las encuestas realizadas
escogimos las preguntas que consideramos convenientes para el desarrollo
del presente punto, las demás serán estudiadas en los puntos siguientes. De
acuerdo al resultado de estas preguntas, fue posible llegar a las siguientes
conclusiones:
48
FUNCIONARIOS PÚBLICOS:
MUESTRA DE POBLACIÓN: Jueces Civiles del Circuito, Municipales,
Jueces Penal Municipales, Fiscales Locales y Seccionales, Magistrados,
Jueces Laborales del Circuito, Inspectores Civiles de Policía, Defensor del
Pueblo, Comisaría de Familia.37
3. Que concepto tiene usted de los estudiantes del Consultorio Jurídico de la
Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de Santander?
a. Excelente
b. Bueno
c. Regular
d. Malo
Gráfica 4. Tabulación Resultado Encuesta Funcionarios Públicos
Pregunta 3
19
18
17
16
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
12
7
A.
0
C.
B.
0
D.
Doce (12) de los funcionarios encuestados calificó como bueno el
desempeño de los estudiantes pertenecientes al Consultorio Jurídico de la
UIS, y siete (7) de ellos otorgaron una calificación de excelencia, ninguno de
37
Trabajo de Campo. Encuestas realizadas a Funcionarios Públicos (19)
49
los funcionarios encuestados otorgaron una calificación regular o mala, ante
esto, es notable la buena reputación y fama que posee el consultorio entre
los funcionarios encargados de la administración de justicia en la ciudad, a
este punto, cabe recordar que dicho concepto es merecido por la eficaz labor
no solo en la diligencia de los procesos llevados por cada uno de los
estudiantes, sino también por el excelente desempeño de los mismos en el
desarrollo de los convenios interinstitucionales mencionados anteriormente.
El concepto dado por los funcionarios es de suma importancia por cuanto
refleja la elevada calidad académica y práctica de los estudiantes de la
Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de Santander que cursan el
Consultorio Jurídico.
4. Teniendo en cuenta que la Universidad Industrial de Santander es la
única universidad publica que funciona en la región, usted recomendaría este
Centró de Conciliación
a. Si
b. No
Gráfica 5. Tabulación Resultado Encuesta Funcionarios Públicos
Pregunta 4
19
18
17
16
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
19
SI
0
NO
50
De los diez y nueve (19) funcionarios entrevistados, TODOS sin excepción
seleccionaron la respuesta si, ante la citada pregunta, esto nos lleva a
concluir que siendo la Universidad Industrial de Santander la única
Universidad pública de la región, es sinónimo de calidad y eficiencia, un
merecido reconocimiento a su ardua labor por lograr la excelencia en todas
las labores que desarrolla y por otorgar un mejor servicio a la comunidad que
deposita su confianza en ella, esto es observado por los funcionarios
públicos quienes deben resolver las continuas controversias puestas a su
conocimiento y conocen la real situación de la población bumanguesa y de
su área metropolitana, por tal motivo ninguno de ellos duda en recomendar a
la UIS a la comunidad a sabiendas de que allí recibirá un optimo servicio.
ENCUESTA DIRIGIDA A COLEGIO DE ABOGADOS Y CONSULTORIOS
JURÍDICOS DE LA CIUDAD.
MUESTRA DE POBLACIÓN: Directora del Colegio de Abogados de
Bucaramanga, y Directores de los Consultorios Jurídicos de: Universidad
Autónoma de Bucaramanga (UNAB), Universidad Cooperativa de Colombia
(UCC), y Universidad Santo Tomas (USTA).38
2. ¿Con que frecuencia la congestión (en el caso de los Consultorios) o la
capacidad económica del solicitante (en el caso del Colegio de Abogados)
del Centro de conciliación que usted dirige ha sido un impedimento para
tratar un problema puesto a su consideración?
a. Siempre
b. En la mayoría de los casos
38
Trabajo de Campo: Encuestas Realizadas Colegio de Abogados de Santander y
Consultorios Jurídicos de la Ciudad.
51
c. En algunas oportunidades
d. Nunca.
Gráfica 6. Tabulación Resultado Encuesta Colegio de Abogados y
Consultorios Jurídicos de la Ciudad Pregunta 2
3
2
3
1
0
0
A.
0
B.
C.
0
D.
De acuerdo a la respuesta dada por los Directores de estos Centros de
Conciliación, la congestión causada por el número de solicitudes hechas y la
incapacidad económica de quien solicita la Conciliación, se ha constituido en
algunas oportunidades en un impedimento para llevar a cabo las audiencias
solicitadas, esto nos pone en consideración el hecho de que diariamente se
suscitan controversias que pueden ser arregladas por este mecanismo y que
en varias ocasiones las circunstancias mencionadas han impedido la practica
de él.
5. Teniendo en cuenta que la Universidad Industrial de Santander es la única
universidad publica que funciona en la región, ¿usted recomendaría este
Centro de Conciliación para que atendiera los asuntos en los cuales existe
dificultad económica o la incapacidad económica no le permite ser atendido
en su centro?
52
a. SI
b. NO
Gráfica 7. Tabulación Resultado Encuesta Colegio de AbogadosY
Consultorios Jurídico de la Ciudad Pregunta 5
3
2
3
1
0
SI
0
NO
TODOS, los encuestados, incluyendo los demás Consultorios Jurídicos que
funcionan en la ciudad se mostraron dispuestos a recomendar el Centro de
Conciliación de la Universidad Industrial de Santander en aquellos casos en
los cuales las circunstancias les impidan llevar a cabo la Conciliación en sus
Centros.
ENCUESTA DIRIGIDA A NOTARIOS
MUESTRA DE POBLACIÓN: 10 Notarias de Bucaramanga, y Las Notarias
del Área Metropolitana (Girón, Floridablanca, Piedecuesta)39
4. Con que frecuencia la capacidad económica del solicitante ha sido un
impedimento para tratar un problema puesto a su consideración (en cuanto al
costo que acarrea la Conciliación por medio de Notarios):
e. Siempre
f. En la mayoría de los casos
39
Trabajo de Campo: Encuestas realizadas a Notarios de Bucaramanga, Girón,
Floridablanca y Piedecuesta.
53
g. En algunas oportunidades
h. Nunca.
Gráfico 8. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 4
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
9
3
0
A.
0
B.
C.
D.
6. Teniendo en cuenta que la Universidad Industrial de Santander es la
única universidad publica que funciona en la región, usted recomendaría este
Centró de Conciliación para que atendiera los asuntos en los cuales existe
dificultad económica del solicitante para ser atendido en su Centro.
c. SI
d. NO
54
Gráfico 9. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 6
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
12
SI
0
NO
Los 12 Notarios encuestados respondieron que en algunas ocasiones se han
visto impedidos para conocer Conciliaciones llevadas a su conocimiento a
causa de su onerosidad, por lo cual TODOS recomendarían a los solicitantes
acudir a los servicios del futuro Centro de Conciliación de la UIS. El servicio
que ofrecerá el Centro de Conciliación adscrito al Consultorio Jurídico de la
Universidad Industrial de Santander, será gratuito como lo exige la ley, esto
implica que las personas que no posean los recursos suficientes para
acceder a una Conciliación frente a un Notario por el costo de la misma,
pueda recurrir al este Centro, donde será tratado su caso con diligencia y sin
ningún valor.
ENCUESTA DIRIGIDA A ESTUDIANTES UIS
MUESTRA DE POBLACIÓN: 500 Estudiantes de la Universidad industrial de
Santander.40
5. ¿Tiene usted conocimiento de la existencia de la CONCILIACIÓN como
Mecanismo Alternativo para la Solución de Conflictos de tipo jurídico de
forma rápida, eficaz y extrajudicial?
40
Trabaja de Campo: Encuestas Realizada a Estudiantes UIS
55
a. Si
b. No
Gráfico 10. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 5
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
269
231
SI
NO
La encuesta fue practicada a quinientos (500) estudiantes de pregrado y
postrado de la Universidad Industrial de Santander, el resultado nos expone
que casi la mitad de los encuestados desconoce la figura de la Conciliación,
por tanto, es visible la gran necesidad de dar a conocer la Conciliación como
Mecanismo Alternativo para la Solución de Conflictos, pues constituye un
gran impedimento para la administración de justicia y la comunidad en
general el desconocimiento de las alternativas puestas a su disposición por la
ley colombiana para descongestionar la administración y realizar arreglos
amigables extrajudicialmente, para lograr este objetivo es necesaria la
creación de espacios que permitan la puesta en práctica de esta figura.
6.
¿Estaría usted dispuesto a acudir a un Centro de Conciliación, para
buscar solución a un problema de tipo jurídico?
56
a. Si.
b. No.
Gráfico 11. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 6
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
424
76
SI
NO
Habiendo dado a conocer a los encuestados que es la Conciliación y sus
beneficios, se les preguntó si acudirían a un Centro de Conciliación para
solucionar sus controversias, a lo que cuatrocientos (424) encuestados
respondieron afirmativamente, esto demuestra la disponibilidad
de la
población estudiantil ante soluciones alternas que les permitan arreglar sus
problemas de forma ágil y efectiva sin tener que recurrir a la vía judicial.
7. En caso positivo, acudiría usted a un Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho Universidad Industrial de
Santander, donde lo atenderían en forma gratuita los estudiantes,
especialmente capacitados como CONCILIADORES?
a. Si
b. No.
57
Gráfico 12. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 7
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
420
80
SI
NO
Ante la pregunta de si acudirían al Centro de Conciliación de Universidad
Industrial de Santander cuatrocientos veinte (420) estudiantes respondieron
positivamente, lo que refleja la confianza depositada por los estudiantes de la
universidad en la efectiva y adecuada labor desempeñada por los
estudiantes de la Escuela de derecho de la Universidad Industrial, ante los
cuales estarían dispuestos a llevar sus conflictos para buscar una rapada y
eficaz solución.
8. ¿Recomendaría usted el Centro de Conciliación que
Industrial de Santander va
la Universidad
a poner en funcionamiento en el Consultorio
Jurídico a otras personas?
a. Si
b. No
58
Gráfico 13. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 8
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
430
70
SI
NO
De los quinientos (500) estudiantes encuestados cuatrocientos treinta (430)
recomendaría el Centro de Conciliación de la UIS a sus familiares, amigos y
demás conocidos, lo que hace notorio el reconocimiento de la calidad de la
Universidad y del Consultorio Jurídico, por sus propios estudiantes.
ENCUESTA DIRIGIDA A USUARIOS DEL CONSULTORIO JURÍDICO UIS.
MUESTRA: Le fue practicada la encuesta a 80 Usuarios del Consultorio
Jurídico de la Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de
Santander.41
2. ¿Cómo califica usted la atención recibida por parte de los estudiantes
pertenecientes al Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho de la
Universidad Industrial de Santander?
a. Excelente
b. Buena
c. Mala
d. Le gustaría que.....
41
Trabajo de Campo: Encuestas Realizadas a Usuarios Consultorio Jurídico Universidad
Industrial de Santander.
59
Gráfico 14. Tabulación Resultado Encuesta Usuario Consultorio
Jurídico UIS Pregunta 2
80
70
60
50
40
30
20
10
0
53
27
Excelente
0
Mala
Buena
0
Le gustaria
que...
Cincuenta y tres (53) de los usuarios que recibieron atención por parte de
estudiantes pertenecientes al Consultorio Jurídico de la Universidad,
calificaron dicha atención como excelente, y veinte y siete (27) la calificaron
como buena, NINGUNO de los encuestados otorgó una calificación de
regular o mala. Esto hace palpable la satisfacción de las personas atendidas
en el Consultorio respecto de la asesoría y trámites jurídicos realizados por
los estudiantes del mismo, igualmente refleja la calidad de la atención
prestada.
5. Tiene usted conocimiento de la existencia de la CONCILIACIÓN como
Mecanismo Alternativo para la Solución de Conflictos de tipo jurídico de
forma rápida, eficaz, gratuita y extrajudicial?
a. Si
b. No
60
Gráfico 15. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio
Pregunta 5
80
70
60
50
40
30
20
10
0
50
30
SI
NO
Como mencionábamos anteriormente, es vital la divulgación de la
Conciliación como Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos, así,
como la disponibilidad de espacias en los cuales sea posible la practica de
esta figura, pues de otra forma, el desconocimiento llevaría a inutilizar una
posibilidad que brinda tantos beneficios a la comunidad, al aparato judicial y
que se constituye en un foco de paz.
6. ¿Estaría usted dispuesto a acudir a un Centro de Conciliación, para buscar
solución a un problema de tipo jurídico?
a) Si
b) No
61
Gráfico 16. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio
Pregunta 6
80
70
60
50
40
30
20
10
0
73
7
SI
NO
La disposición de los usuarios, que generalmente traen al Consultorio
conflictos que desembocan en procesos judiciales, a recurrir a la
Conciliación, nos lleva a concluir que gran parte de los procesos que
diariamente son presentados ante la administración de justicia para ser
dirimidos, podrían ser solucionados extrajudicialmente y de forma amistosa
por las partes sin que se tenga que acudir al aparato judicial.
7.
En caso positivo, acudiría a un Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho de la única Universidad
Pública que funciona en la región, como lo es la Universidad Industrial de
Santander,
donde
lo
atenderá
de
forma
gratuita
especialmente capacitados como CONCILIADORES?
a. Si
b. No
62
los
estudiantes
Gráfico 17. Tabulación Resultado Encuesta Usuario Consultorio
Pregunta 7
80
70
60
50
40
30
20
10
0
80
SI
0
NO
TODOS los usuarios encuestados respondieron afirmativamente ante esta
pregunta, lo que reafirma lo expresado anteriormente sobre la confianza,
credibilidad, y calidad, de la cual goza la Universidad industrial de Santander,
principalmente del Consultorio Jurídico, por lo que consideramos que el
Centro de Conciliación que queremos crear será un gran acierto que
beneficiara enormemente a toda la comunidad.
63
2. TIPOLOGÍA DEL CONFLICTO
Con una población objeto determinada a la cual se dirigirá nuestro futuro
Centro de Conciliación, continuaremos desarrollando el presente estudio de
factibilidad, estableciendo los tipos de conflictos, así como las áreas del
Derecho, que van a ser tratados por medio de la Conciliación.
Para determinar la tipología del conflicto, nos basaremos en aquellos asuntos
que por determinación de la ley son de competencia (por la naturaleza del
asunto y la cuantía) de los Centro de
Conciliación adscritos
a los
Consultorios Jurídicos de las Facultades de Derecho ley 583 de 2000.42
De la misma manera tendremos en cuenta, la Reforma del Código de
Procedimiento Penal, ley 906 de 200443 próximo a entrar en vigencia (Junio
de 2005)
en
la que se establece que para
los delitos querellables se
requiere agotar la Conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad
para interponer la denuncia respectiva, igualmente se faculta a los centros
de conciliación autorizados por la ley
para conocer de dichos asuntos,
situación que desarrollaremos mas adelante.
Por otra parte servirá como fundamento para la determinación del tipo de
conflictos de conocimiento de nuestro futuro Centro de Conciliación, las
encuestas practicadas a la población objeto, como lo es la diseñada para la
población en general, los estudiantes de la UIS y los usuarios del Consultorio
Jurídico de la Universidad Industrial de Santander.
42
Ley 583 de 200: Mediante la cual se establece los asuntos de competencia de los
Estudiantes de Consultorios Juridicos.
43
Ley 906 de 2004: Mediante la cual se reforma el Código de Procedimiento Penal.
64
De igual forma analizaremos las estadísticas del Consultorio Jurídico de
nuestra Universidad, al cual estará adscrito el Centro de Conciliación, para
establecer los tipos de conflictos que se presentan con mayor frecuencia ante
los estudiantes para ser atendidos y los que podrían ser solucionados por
medio de la Conciliación.
Así mismo, las estadísticas otorgadas por los diferentes Centro de
Conciliación de la ciudad como lo son los adscritos a consultorios jurídicos, el
colegio de abogados, y las notarías nos servirán como base para determinar
los tipos de conflictos que tienen mayor demanda, a los cuales prestará gran
atención nuestro centro de conciliación, teniendo en cuenta su competencia.
Entrando en materia, a continuación nos permitimos presentar el análisis
hecho para la determinación de los conflictos a tratar en nuestro CENTRO
DE CONCILIACIÓN de la siguiente manera:
2.1 COMPETENCIA CONSULTORIO JURÍDICO: (LEY 583 DE 2000)
La ley 583 de Junio 12 de 2000, mediante la cual se modifican los artículos
30 y 39 del Decreto 196 de 1971, dentro de su texto se establecen
asuntos dentro de los cuales, los alumnos
que
pertenezcan
los
a los
Consultorios Jurídicos de las Facultades de Derecho pueden litigar en causa
ajena, actuando como abogados de pobres en: 44
1. En los procesos penales de que conocen los Jueces Municipales y los
Fiscales delegados ante estos, así como las autoridades de policía, en
condición de apoderados de los implicados.
2. En los procesos penales de competencia de la jurisdicción ordinaria,
como representantes de la parte civil.
44
Ley 583 de 2000 Articulo 1.
65
3. De oficio, en los procesos penales como voceros o defensores en
audiencia.
4. En los procesos laborales, en que la cuantía de la preextensión no
exceda de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes y en las
diligencias “administrativas de conciliación en materia laboral”.
5. En los procesos civiles de que conocen los jueces municipales en
única instancia. – Mínima cuantía, 15 SMLV- .
6. En los procesos de alimentos que se adelanten ante los Jueces de
Familia
7. De oficio en los procesos disciplinarios de competencia de las
Personerías Municipales y la Procuraduría General de la Nación.
8. De oficio, en los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de
las Contralorías Municipales, Distritales, Departamentales y general de
la República.
9. De oficio, en los procesos administrativos de carácter sancionatorio
que adelanten las autoridades administrativas, los organismos de
control y las entidades constitucionales autónomas.
Definida la competencia de los
Consultorios Jurídicos por parte del
legislador, al ser nuestro Futuro Centro de Conciliación un instituto adscrito al
Consultorio Jurídico se regirá por las mismas normas en cuanto a su
competencia, su calidad de conciliables, la naturaleza del asunto y su
cuantía, siendo así; en primer lugar conocerá nuestro centro de conciliación
los mismos asuntos sobre los cuales los estudiantes de consultorio juridico
pueden ejercer su practica.
Porque precisamente la Ley 640 de 2.001 en su artículo 1145, indica que los
Consultorios Jurídicos de las Facultades de Derecho organizarán sus propios
Centros de Conciliación para que conozcan de todas aquellas materias de
45
Ley 640 de 2001. Articulo 11
66
naturaleza Conciliable, por ser transigibles, conciliables, desistibles y estar
expresamente autorizadas por la Ley, de acuerdo a las siguientes reglas:
1. Los estudiantes podrán actuar como Conciliadores solo en los asuntos
que por cuantía sean competencia de los Consultorios Jurídicos.
2. En los asuntos que superen la cuantía de competencia de los
Consultorios Jurídicos, los estudiantes serán auxiliares de los
abogados que actúan como Conciliadores.
3. Los egresados de las facultades de Derecho que obtengan la Licencia
Temporal para el ejercicio de la profesión podrán realizar su judicatura
como abogados conciliadores en los Centros de Conciliación de los
Consultorios Jurídicos.
De acuerdo a la Ley 640 de 2001 es importante tener en cuenta que la
cuantía de los asuntos a atender puede superar la de los estudiantes, pero
que en todo caso se debe tener la constante del usuario que debe seguir
siendo una persona de escasos recursos económicos.
Será del Reglamento del Centro de Conciliación el señalar la cuantía máxima
que atenderán los Abogados inscritos como Conciliadores.
Actualmente por declaratoria de inexequibilidad parcial del artículo 28 de la
Ley 640 de 2001, mediante Sentencia C-893 de 200146, los Conciliadores
particulares y los Notarios y por ende los universitarios no atienden
Conciliaciones en el área de Derecho Laboral, quedando esta labor en
cabeza exclusiva de los Inspectores de la Protección Social.
46
COLOMBIA. Corte Constitucional. Sentencia. Colombia. Corte Constitucional, Sentencia
C – 893 del 22 de Agosto de 2001. Magistrado Ponente: Dra. Clara Inés Vargas Hernández
67
2.2 SEGÚN LA REFORMA DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL:
(LEY 906 DE 2004)
La legislación procesal penal, ha marcado una pauta nueva en nuestro
ordenamiento jurídico, estableciéndose un cambio en el sistema judicial, el
cual entrara en vigencia hacia el mes de Junio de 2005.
Es precisamente la Ley 906 de 2004, la que establece los cambios que
sufrirá el ordenamiento procesal penal, entre los que encontramos como
gran novedad la exigencia del agotamiento de la conciliación como requisito
de procedibilidad para la interposición de una denuncia de la lista de los
delitos querellables, los cuales como innovación del mismo texto legal se
incrementaron en forma considerable.
Teniendo en cuenta estos aspectos y la competencia que asuman los
estudiantes de consultorio jurídico de las facultades de derecho dentro de
los procesos que se adelanten en virtud de la defensa de sujetos activos de
los delitos querellables, nuestro Centro de Conciliación podrá conocer y
adelantar Conciliaciones que sirvan como medio alternativo para la solución
de la controversias como primer y principal
objetivo o el ayudar a los
ciudadanos al agotamiento del requisitos de procedibilidad en caso de no
llegar a un acuerdo por medio de la diligencia que se adelante en nuestro
Centro de Conciliación, brindado certeza y legalidad sobre los efectos de las
actas y constancias que se suscriban por las partes, el conciliador y el
Director del Centro.
Estas consideraciones tienen su suporte juridico en el artículo
Código de Procedimiento Penal (ley 906 de 2004) el cual consagra:
68
522
del
“ARTÍCULO 522. LA CONCILIACIÓN EN LOS DELITOS QUERELLABLES.
La Conciliación se surtirá obligatoriamente y como requisito de procedibilidad
para el ejercicio de la acción penal, cuando se trate de delitos querellables,
ante el Fiscal que corresponda, o en un Centro de Conciliación o ante un
Conciliador reconocido como tal.
En el primer evento, el Fiscal citará al querellante y querellado a diligencia de
Conciliación. Si hubiere acuerdo procederá a archivar las diligencias. En caso
contrario, ejercitará la acción penal correspondiente, sin perjuicio de que las
partes acudan al mecanismo de la mediación.
Si la Audiencia de Conciliación se realizare ante un Centro o Conciliador
reconocidos como tales, el Conciliador enviará copia del Acta que así lo
constate al Fiscal quien procederá al archivo de las diligencias si fue exitosa
o, en caso contrario, iniciará la acción penal correspondiente, si fuere
procedente, sin perjuicio de que las partes acudan al mecanismo de la
mediación.
La inasistencia injustificada del querellante se entenderá como desistimiento
de su pretensión. La del querellado motivará el ejercicio de la acción penal, si
fuere procedente.
En cualquier caso, si alguno de los citados fuere incapaz, concurrirá su
representante legal.
La Conciliación se ceñirá, en lo pertinente, a lo establecido en la Ley 640 de
2001”47
47
Ley 906 de 2004. Articulo 522: De los Delitos Querellables.
69
Para determinar el tipo de conflicto susceptible de Conciliación por
disposición
del nuevo ordenamiento procesal penal, el mismo texto legal
(ARTÍCULO 74 de los delitos que requieren querella) ha establecido una lista
mucho más amplia que la que maneja la Ley en vigencia sobre los delitos
querellables, la cual a continuación nos permitimos presentar:
ARTÍCULO 74. DELITOS QUE REQUIEREN QUERELLA. Para iniciar la
acción penal será necesario querella en los siguientes delitos, excepto
cuando el sujeto pasivo sea un menor de edad:
1. Aquellos que de conformidad con el Código Penal no tienen señalada
pena privativa de la libertad.
2. Inducción o ayuda al suicidio (C. P. artículo107); lesiones personales sin
secuelas que produjeren incapacidad para trabajar o enfermedad sin exceder
de sesenta (60) días (C. P. artículo 112 incisos 1o. y 2o.); lesiones
personales con deformidad física transitoria (C. P. artículo 113inciso 1o.);
lesiones personales con perturbación funcional transitoria (C. P. artículo114
inciso 1o.); parto o aborto preterintencional (C. P. artículo 118); lesiones
personales culposas (C. P. artículo 120); omisión de socorro (C. P. artículo
131); violación a la libertad religiosa (C. P. artículo 201); injuria (C. P. artículo
220); calumnia (C. P. artículo 221); injuria y calumnia indirecta (C. P. artículo
222); injuria por vías de hecho (C. P. artículo 226); injurias recíprocas (C. P.
artículo 227); violencia intrafamiliar (C. P. artículo 229); maltrato mediante
restricción a la libertad física (C. P. artículo 230); inasistencia alimentaría (C.
P. artículo 233); malversación y dilapidación de los bienes de familiares (C.
P. artículo 236); hurto simple cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta
(150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (C. P. artículo 239 inciso
2o.); alteración, desfiguración y suplantación de marcas de ganado (C. P.
artículo243); estafa cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta (150)
70
salarios mínimos mensuales legales vigentes (C. P. artículo 246 inciso 3o.);
emisión y transferencia ilegal de cheques (C. P. artículo 248); abuso de
confianza (C. P. artículo 249); aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito
(C. P. artículo 252); alzamiento de bienes (C. P. artículo 253); disposición de
bien propio gravado con prenda (C. P. artículo 255); defraudación de fluidos
(C. P. artículo 256); acceso ilegal de los servicios de telecomunicaciones (C.
P. artículo 257); malversación y dilapidación de bienes (C. P. artículo 259);
usurpación de tierras (C. P. artículo261); usurpación de aguas (C. P. artículo
262); invasión de tierras o edificios (C. P. artículo 263); perturbación de la
posesión sobre inmuebles (C. P. artículo 264); daño en bien ajeno (C. P.
artículo265); usura y recargo de ventas a plazo (C. P. artículo 305); falsa
autoacusación (C. P. artículo437); infidelidad a los deberes profesionales (C.
P. artículo 445).”48
Es importante aclarar que tendremos en cuenta esta lista de delitos, con la
limitante de
la competencia otorgada por la ley 583 de 2000 a los
Consultorios Jurídicos, partiendo por la naturaleza del asunto y la cuantía de
las diligencias de Conciliación a celebrar.
Es en nuestro concepto un gran acierto permitir a los Centros de Conciliación
la practica de este mecanismo en materia penal, por cuanto se brinda la
posibilidad a la comunidad de optar por una opción rápida y efectiva sin tener
que acudir ante un funcionario judicial, sino en el Centro que el escoja
siempre y cuando este avalado legalmente.
48
Ley 906 de 2004 Articulo 74: De los Delitos que requieren querella.
71
2.3 SEGÚN ENCUESTAS PRACTICADAS A LA POBLACIÓN OBJETO
En razón a las encuestas realizadas con el fin de determinar la población
objeto
y los principales asuntos que son requeridos por la población en
general para ser sometidos a conocimiento de los diferentes Centros de
Conciliación para ser resueltos por este mecanismo, pretendemos determinar
de manera exacta los asuntos que serán tratados por nuestro futuro Centro
de Conciliación. De la siguiente manera y presentado los resultados de las
preguntas realizadas en las encuestas, que consideramos pertinentes para
establecer el presente punto, fue posible determinar.
2.3.1 Resultados encuestas realizadas.
ENCUESTA DIRIGIDA A POBLACIÓN EN GENERAL
MUESTRA DE POBLACIÓN: 800 Encuestados población general de la
ciudad de Bucaramanga.49
1. ¿Usted o su familia se ha visto enfrentado a un problema cuya solución
halla requerido asesoría de tipo jurídico?
Gráfico 18.
Pregunta 1
a. SI
b. NO
Tabulación Resultado Encuesta Población en General
800
700
600
500
400
300
200
100
0
515
285
SI
NO
49
Trabajo de Campo, Encuesta realizada a la Población en General de Bucaramanga.
Muestra 800 personas.
72
2. En caso afirmativo que tipo de problema:
a. Laboral
b. Contratos de Arrendamiento
c. Riñas
d. Problemas por deudas
e. Problemas por obligación alimentaría
f. Violencia intrafamiliar
g. Incumplimiento de Contratos
h. Infracciones de Transito
i.
Otros
Gráfico 19 Tabulación Resultado Encuesta Población en General
Pregunta 2
800
700
600
500
400
300
200
100
0
342
108
a.
0
b.
0
c.
50
d.
e.
0
f
10
g
5
h
0
i.
De ochocientas (800) personas a las cuales se les realizó la encuesta,
quinientas quince (515) personas se han visto afectadas por conflictos para
cuya solución han requerido asesoría de tipo jurídico, trescientos cuarenta y
dos (342) de estos conflictos han sido de tipo alimentario; esto nos lleva a
concluir que es muy elevado el número de situaciones en los cuales se
presenta incumplimiento de esta obligación, este asunto es susceptible de
ser tratado por medio de la Conciliación máxime cuando la Ley 640 del 2.001
establece este mecanismo como requisito de procedibilidad para acudir ante
el aparato judicial a causa de estos asuntos, además entra dentro de la
73
competencia del Consultorio Jurídico, por tanto consideramos que el área de
familia, específicamente en cuanto a alimentos se refiere, será un tipo de
especial atención y un oportuno y eficiente trabajo por parte del Centro de
Conciliación, con lo cual se evitará el aumento de demandas de este tipo, y
arreglos directos no eficientes entre las partes envueltas en el conflicto.
Ciento ocho (108) de las personas que respondieron en forma positiva a la
primera pregunta, afirmaron haber enfrentado problemas de tipo laboral, lo
cual implica que para tratarlos por medio de la Conciliación, debieron acudir
al Ministerio de Protección Social, el único autorizado para aplicar esta figura
de forma extrajudicial en esta área del Derecho, por lo tanto es proyecto de la
Escuela de Derecho, después de ser aprobada la creación y funcionamiento
del Centro de Conciliación, suscribir convenio con dicho ministerio con el fin
de poder facilitar la Conciliación con las instalaciones y el acompañamiento
de un estudiante en estos asuntos laborales y así promover y estimular la
labor del Inspector de la Protección Social que por razones de infraestructura
y acceso a elementos de trabajo ve entorpecida su labor y así lograr
acuerdos efectivos en los conflictos de trabajo, mientras la Ley recupera esta
competencia para los Conciliadores en Derecho.
Seguidamente, hallamos cincuenta (50) conflictos de tipo civil, por cuanto los
encuestados afirmaron haber atravesado controversias a causa de deudas e
incumplimiento de contratos; a este punto, es necesario recordar que de los
ochocientos encuestados setecientos tres (703) estarían dispuestos a
presentar sus controversias para que sean tratadas por medio de la
conciliación en el Centro que la Universidad Industrial de Santander proyecta
poner en funcionamiento, esto implica que el Centro de Conciliación será
conocedor de numerosos asuntos de tipo civil, ciñéndose claramente a su
competencia por la cuantía.
74
ENCUESTA USUARIOS DEL CONSULTORIO JURÍDICO.
MUESTRA: 80 Usuarios del Consultorio Jurídico de la UIS.
4. Que tipo de asesoría requiere por parte del Consultorio Jurídico de la
Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de Santander?
a. Laboral
b. Contratos de Arrendamiento
c. Riñas
d. Problemas por deudas
e. Problemas por obligación alimentaría
f. Violencia intrafamiliar
g. Incumplimiento de Contratos
h. Infracciones de Transito
i. Otros
Gráfico 20. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio
Jurídico Pregunta 4
80
70
60
50
40
30
20
10
23
0
a.
21
5
b.
3
c.
3
d.
e.
20
1
f
2
g
2
h
i.
Preguntamos a los usuarios del Consultorio Jurídico para que tipo de asunto
requería asesoría, de los ochenta (80) usuarios encuestados, veintiuno (21)
75
de ellos requerían ayuda en cuestiones de incumplimiento de la obligación
alimentaría, como mencionábamos anteriormente, este conflicto afecta a
gran parte de la población, por lo que consideramos será una meta del
Consultorio el trato eficiente y adecuado a este tipo de controversias, por
cuanto es de nuestro interés ayudar a la aplicación y real observancia de
este derecho, por medio de acuerdos entre los involucrados que serán
seguidos por el Centro de Conciliación para verificar su cumplimiento y en
procura del mantenimiento de la familia como unidad fundamental de la
sociedad.
Igualmente diez (10) usuarios requieren asesoría de tipo civil, en cuanto a
contratos de arrendamiento, deudas, y otro tipo de contratos, recordemos
que la totalidad de los encuestados respondieron de forma afirmativa al ser
cuestionados sobre si acudirían a un Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Universidad Industrial de Santander, esto nos
refleja el hecho de que el Centro será conocedor de un gran número de
asuntos de tipo civil, para ser tratados por medio de la Conciliación y lograr
una solución rápida y extrajudicial a los conflictos suscitados en esta área,
como
lo
mencionábamos
anteriormente
ciñéndonos
siempre
a
la
competencia otorgada por la Ley, porque las personas cada vez buscan
tener a su alcance posibilidades de justicia rápida, eficiente y descomplicada.
Continuamos desarrollando este punto, ahora refiriéndonos a las estadísticas
que maneja el Consultorio respecto de las áreas del Derecho y tipos de
controversias a las cuales se refieren los asuntos puestos en su
conocimiento.
76
Gráfico 21. Tabla de Atención por Áreas Consultorio Jurídico
ATENCIÓN POR ÁREAS
300
Civil
28,7%
Laboral
30,2%
Civil
28,7%
250
Público
19,5%
200
Familia
12,6%
150
Penal
9%
100
Laboral
30,2%
Penal 9%
Público
19,5%
Familia
12,6%
50
0
Civil 28,7%
Laboral
30,2%
Penal 9%
Público
19,5%
Familia 12,6%
Las estadísticas nos reflejan el gran número de asesorías brindadas por los
estudiantes a la comunidad en el área laboral, con un 30.2 %50 de conflictos
de este tipo, los estudiantes del Consultorio Jurídico han acompañado y
asesorado en un gran número de casos a los usuarios, en las Audiencias de
Conciliación practicadas en el Ministerio de Protección Social, una de las
metas de la Escuela de Derecho se refiere a que ya puesto en
funcionamiento el Centro de Conciliación se logre realizar convenio con dicho
ente para poder efectuar conciliaciones en la sede del Centro de Conciliación
con toda la infraestructura y comodidad que le permitirá al Inspector realizar
efectivamente su función de Conciliador.
De los asuntos que exponen los usuarios de Consultorio Jurídico que asisten
por conflictos de índole laboral, podemos decir que los principales, se
refieren; al no cumplimiento del pago de prestaciones laborales a los
50
Fuente: Archivo de Estadísticas Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho y Ciencia
Política de la Universidad Industrial de Santander.
77
trabajadores por parte de sus empleadores, un gran número de ellos
empleadas del servicio doméstico, este tipo de conflicto puede ser manejado
en el Centro brindándole tanto al trabajador, como a su empleador
alternativas acomodadas a su situación que permitan el cumplimiento de esta
obligación y el respeto y no vulneración de los derecho.
En materia civil y comercial, la cual ostenta un 28.7%51 de los asuntos
manejados dentro del Consultorio, podríamos afirmar que se conocen
principalmente conflictos por incumplimiento de contratos de arrendamiento y
de otros tipos, y procesos reivindicatorios. Pago de obligaciones, así como
por la no cancelación de títulos valores como cheques y letras de cambio,
muchas veces mal diligenciados que en ante su incumplimiento el afectado
se ve en la imposibilidad de realizar su cobro por medio de un proceso de
tipo ejecutivo, aunque la deuda sea real, estos asuntos podrán ser atendidos
en el Centro de Conciliación y ser tratados de tal manera que sea posible
lograr acuerdos de pago y cumplimiento entre la partes involucradas, de tal
modo que no se tenga que recurrir a los muy gastadores procesos judiciales
y servir de medio para el descongestionamiento de la justicia en esta área
que conoce un elevado número de negocios de este tipo, los cuales por su
naturaleza pueden ser tratados de forma extrajudicial por medio de la
Conciliación, y conocidos por el Centro.
A lo anterior debemos agregar que habiéndose establecido que el comercio
es la principal ocupación de la población de estratos 1, 2 y 3 a la cual estará
dirigido el servicio que prestará el Centro de Conciliación, y conociéndose
que la gran mayoría de estos comerciantes formales e informales se
encuentran situados alrededor del lugar de ubicación de nuestro Centro, es
posible establecer que el mismo conocerá un gran numero de asuntos de
índole mercantil, por cuanto el Centro de Conciliación estará preparado para
51
Idibem. Archivo Consultorio Jurídico.
78
brindar un adecuado servicio a este sector con los conocimientos necesarios
para sus requerimientos, entre ellos, como ya lo habíamos mencionado lo
referente a pago de títulos valores e incumplimiento de obligaciones
contractuales, conflictos muy comunes en este campo.
En el área de familia, es posible afirmar que un gran número de controversias
puestas en conocimiento de los estudiantes del Consultorio Jurídico, se
refieren a asuntos de tipo alimentario, siendo la conciliación un requisito de
procedibilidad, los estudiantes se han visto obligados a acudir a los diferentes
Centros de Conciliación que funcionan en la ciudad para intentar acuerdos, la
mayoría de los usuarios del Consultorio son la parte afectada por el
incumplimiento de la obligación, y requieren soluciones rápidas y efectivas,
debemos recordar que los usuarios son personas de bajos recursos que no
ostentan un alta capacidad económica, por lo que requieren de forma
apremiante los alimentos para su subsistencia.
En estos casos es muy
importante la práctica de la Conciliación no como un requisito, sino como un
mecanismo optimo que permita a las personas acercarse y de forma
amigable, lograr arreglos que permitan el cese de la trasgresión del derecho
de alimentos.
En cuanto al área penal, es de gran importancia la concesión realizada por la
Ley 906 de 2004, la cual reforma el Código de Procedimiento Penal, en la
que se hace posible la puesta en practica de la Conciliación, por parte del
Centro adscrito al Consultorio, en asuntos de este tipo, esto nos permitirá
velar por que las partes involucradas ya en un proceso penal o que planean
formular querella, hallen alternativas de solución diferentes a la puesta en
marcha del proceso, de tal modo que las partes logren beneficiarse y
terminar de forma pacífica y adecuada a sus controversias, sin que se llegue
a las consecuencias que puede acarrear un proceso penal, es importante
agregar que en el Consultorio Jurídico cada uno de los estudiantes conoce
79
un número mínimo de 30 procesos penales ya iniciados, con la reforma al
código será, posible para los miembros del centro promover y encaminar a
las partes que ya se encuentran inmersas en el proceso a que busquen en la
conciliación una solución acordad para el conflicto que originó el proceso, es
por esto que consideramos que en la practica de la Conciliación será el
Centro un espacio que promoverá la paz y que logrará acuerdos amistosos
en asuntos que pueden ser arreglados sin acudir a un proceso penal, y que
aún así ya entrados en él puedan ser concluidos,
a través de este
mecanismo.
Continuaremos ahora con un análisis de las estadísticas otorgadas por los
diferentes Centro de Conciliación de la ciudad como lo son los adscritos a
Consultorios Jurídicos, el Colegio de Abogados, y las Notarías, esto con el fin
de establecer aquellos los tipos de conflictos que tienen mayor demanda en
estos Centros, a los cuales prestaremos gran atención por cuanto son
asuntos que requieren esmero y cuidado por parte del Centro de Conciliación
para disminuir su demanda.
2.4 SEGÚN ESTADÍSTICAS DE CONCILIACIÓN DE LAS NOTARÍAS DE
BUCARAMANGA
Empezaremos por las estadísticas manejadas por las diferentes Notarías de
la ciudad para el primer periodo del año 2.004. Se realizó una visita a cada
una de las Notarías de la ciudad y del Área Metropolitana con el fin de
obtener por parte de los notarios la información que a continuación
expondremos, es importante aclarar que no fue posible la recolección de la
totalidad de la información, por cuanto algunas notarías se encontraban aún
en proceso de recolección y tabulación de las estadísticas en materia de
Conciliación:
80
NOTARÍA SEGUNDA DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA
NOTARIO: Silvia Stella Rúgeles de Rúgeles.
DIRECCIÓN: Carrera 20 Nº 33 – 55
TELÉFONO: 6335120
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES: 49
En materia civil y comercial: 29
En familia: 14
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES LOGRADAS: 19
En materia civil y comercial: 8
En familia: 9
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES PARCIALES: 1
En materia civil y comercial: 1
En familia: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS SIN ACUERDO: 15
En materia civil y comercial: 12
En familia: 3
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS NO REALIZADAS POR INASISTENCIA: 9
En materia civil y comercial: 6
Por reparación directa: 3
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS QUE CORRESPONDEN A OTROS
RESULTADOS: 4
En materia civil y comercial: 3
En familia: 1
81
NOTARÍA TERCERA DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA
NOTARIO: Luís Eduardo Valdivieso Barco
DIRECCIÓN: Calle 36 Nº 13 – 49
TELÉFONO: 6337100
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES: 72
En materia civil y comercial: 70
En familia: 2
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES LOGRADAS: 24
En materia civil y comercial: 8
En familia: 16
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES PARCIALES: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS SIN ACUERDO: 27
En materia civil y comercial: 21
En familia: 6
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS NO REALIZADAS POR INASISTENCIA:
9
En materia civil y comercial: 8
En familia: 1
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS QUE CORRESPONDEN A OTROS
RESULTADOS: 2
En materia civil y comercial: 2
En familia: 0
82
NOTARÍA QUINTA DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA
NOTARIO: Fernando Mendoza
DIRECCIÓN: Calle 34 Nº 20 – 29
TELÉFONO: 6308181
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES: 44
En materia civil y comercial: 20
En familia: 24
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES LOGRADAS: 14
En materia civil y comercial: 4
En familia: 10
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES PARCIALES: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS SIN ACUERDO: 22
En materia civil y comercial: 11
En familia: 11
NÚMERO
TOTAL
DE
AUDIENCIAS
NO
REALIZADAS
POR
INASISTENCIA:8
En materia civil y comercial: 5
En familia: 3
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS QUE CORRESPONDEN A OTROS
RESULTADOS: 0
83
NOTARÍA OCTAVA DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA
NOTARIO: Eduardo Suárez Mota
DIRECCIÓN: Carrera 36 numero 50 -28
TELÉFONO: 6473679
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES: 10
En materia civil y comercial: 5
En familia: 5
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES LOGRADAS: 6
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES PARCIALES: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS SIN ACUERDO: 1
En materia civil y comercial: 1
En familia: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS NO REALIZADAS POR INASISTENCIA: 3
En materia civil y comercial: 2
En familia: 1
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS QUE CORRESPONDEN A OTROS
RESULTADOS: 0
NOTARÍA NOVENA DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA
NOTARIO: German Téllez Gómez
DIRECCIÓN: Carrera 36 Nº 51 – 32
TELÉFONO: 63435409
84
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES: 6
En materia civil y comercial: 4
En familia: 2
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES LOGRADAS: 3
En materia civil y comercial: 2
En familia: 1
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES PARCIALES: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS SIN ACUERDO: 3
En materia civil y comercial: 2
En familia: 1
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS NO REALIZADAS POR INASISTENCIA:
1
En materia civil y comercial: 1
En familia: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS QUE CORRESPONDEN A OTROS
RESULTADOS: 0
A continuación presentaremos las estadísticas suministradas por los 3
Centros de Conciliación adscritos a Consultorios Jurídicos de la ciudad:
2.5 SEGÚN ESTADISTICAS DE CONCILIACION DE LOS CENTROS DE
CONCILIACION UNIVERSITARIOS Y COLEGIO DE ABOGADOS
CENTRO DE CONCILIACIÓN UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS
85
DIRECTOR: Jorge Luís Gómez Suárez
DIRECCIÓN: Carrera 19 Nº 9 - 22
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES: 143
En materia civil y comercial: 105
En familia: 34
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES LOGRADAS: 55
En materia civil y comercial: 39
En familia: 14
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES PARCIALES: 4
En materia civil y comercial: 2
En familia: 2
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS SIN ACUERDO: 18
En materia civil y comercial: 13
En familia: 5
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS NO REALIZADAS POR INASISTENCIA:
69
En materia civil y comercial: 52
En familia: 15
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS QUE CORRESPONDEN A OTROS
RESULTADOS: 0
86
CENTRO
DE
CONCILIACIÓN
UNIVERSIDAD
AUTÓNOMA
DE
BUCARAMANGA
DIRECTORA: Maria Elena Duarte
DIRECCIÓN: Carrera 42 Nº 34 - 43
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES: 83
En materia civil y comercial: 65
En familia: 18
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES LOGRADAS: 27
En materia civil y comercial: 19
En familia: 8
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES PARCIALES: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS SIN ACUERDO: 9
En materia civil y comercial: 8
En familia: 1
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS NO REALIZADAS POR INASISTENCIA:
44
En materia civil y comercial: 35
En familia: 9
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES EN MATERIAS NO CONCILIABLES: 2
En materia civil y comercial: 2
En familia: 0
87
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS QUE CORRESPONDEN A OTROS
RESULTADOS: 0
CENTRO
DE
CONCILIACIÓN
UNIVERSIDAD
COOPERATIVA
DE
COLOMBIA
DIRECTOR: Reinaldo Amaya
DIRECCIÓN: Carrera 33B Nº 30ª - 17
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES: 92
En materia civil y comercial: 69
En familia: 20
Especiales: 2
En Penal: 1
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES LOGRADAS: 28
En materia civil y comercial: 17
En familia: 8
Especiales: 2
En Penal: 1
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES PARCIALES: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS SIN ACUERDO: 13
En materia civil y comercial: 9
En familia: 4
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS NO REALIZADAS POR INASISTENCIA: 36
En materia civil y comercial: 32
En familia: 4
88
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES EN MATERIAS NO CONCILIABLES: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS QUE CORRESPONDEN A OTROS
RESULTADOS: 0
A continuación las estadísticas manejadas por el Colegio de Abogados de
Santander, aunque las Conciliaciones en este Centro tienen un valor, es
decir, no son gratuitas nos parece conveniente para nuestra investigación
conocer los tipos de conflictos manejados allí:
CENTRO DE CONCILIACIÓN COLEGIO DE ABOGADOS
DIRECTORA: Aidé Hurtado de Rojas
NÚMERO TOTAL DE SOLICITUDES: 45
En materia civil y comercial: 36
En familia: 9
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES LOGRADAS: 14
En materia civil y comercial: 11
En familia: 3
NÚMERO TOTAL DE CONCILIACIONES PARCIALES: 0
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS SIN ACUERDO: 20
En materia civil y comercial: 18
En familia: 2
NÚMERO TOTAL DE AUDIENCIAS NO REALIZADAS POR INASISTENCIA:
11
89
En materia civil y comercial: 7
En familia: 4
Igualmente se realizó la solicitud y respectiva visita al Centro de Conciliación
de la Cámara de Comercio de Bucaramanga, pero no fue posible conocer
sus estadísticas ya que al estar reciente la jornada de Conciliación gratuita
aún se encontraba tabulando la información.
Ante los resultados de las anteriores estadísticas nos es visible que la gran
mayoría de los asuntos llevados a conocimiento de los diferentes Centros de
Conciliación de la ciudad son de tipo civil y comercial, a nuestro parecer esto
obedece a las circunstancias mencionadas y analizadas anteriormente
respecto a la economía de la ciudad, la cual depende en gran parte del
sector comercial formal e informal, de igual forma hallamos asuntos del área
de familia, es de nuestro conocimiento que gran parte de ellos se refieren a
alimentos y custodia y visitas a menores.
Se refleja además que los Centros de Conciliación de los Consultorios
Jurídicos de las Facultades de Derecho que funcionan en la ciudad tienen
una mayor demanda del servicio de Conciliación que los demás Centros,
esto consideramos obedece a la gratuidad del servicio, cabe recordar que la
gran mayoría de la población bumanguesa y de su Área Metropolitana
pertenece a los estratos 1, 2 y 3, por lo tanto requieren de centros gratuitos
que es permitan acceder al mecanismo de la Conciliación sin que la
incapacidad económica sea un impedimento.
90
3. ESTIMACIÓN DEMANDA DEL SERVICIO
Habiéndose establecido la conveniencia de la ubicación del Centro de
Conciliación, y determinado los tipos de conflictos que serán tratados por
medio de este mecanismo, nos dispondremos ahora a determinar la ofertademanda del servicio que ofrecerá el Centro de Conciliación.
Para el desarrollo de este punto, tendremos como base las estadísticas de
demanda, del servicio que presta a la comunidad el Consultorio Jurídico de la
Universidad Industrial de Santander, al cual se hallará adscrito el Centro de
Conciliación, de acuerdo, a las áreas y tipos de controversias; del mismo
modo nos será de gran utilidad las estadísticas otorgadas por los diferentes
Centros de Conciliación que funcionan en la ciudad de Bucaramanga así
como en su Área Metropolitana, entre ellos: Notarías, Centros de
Conciliación de Facultades de Derecho, Cámara de Comercio, y Colegio de
Abogados.
91
ATENCIÓN POR ÁREAS
300
Civil
28,7%
Laboral
30,2%
Civil
28,7%
250
Público
19,5%
200
Familia
12,6%
150
Penal
9%
100
Laboral
30,2%
Penal 9%
Público
19,5%
Familia
12,6%
50
0
Civil 28,7%
Laboral
30,2%
Penal 9%
Público
19,5%
Familia 12,6%
La estadística de atención por áreas, nos refleja la gran demanda que tienen
asuntos del área laboral, con un 30.2 % de conflictos de este tipo, es sabido
que el Centro de Conciliación del Consultorio no podrá conocer de
Conciliaciones en este tipo de asuntos mas aun se seguirá prestando y
ofreciendo el servicio de asesoría y acompañamiento a los usuarios en las
Conciliaciones practicadas en el Ministerio de Protección Social, esta
asesoría es de gran importancia ya que como Conciliadores capacitados los
estudiantes brindarán al usuario una orientación clara y precisa sobre el
mecanismo y su caso, e igualmente le ayudarán a buscar propuestas o
alternativas para presentar en la Audiencia de Conciliación buscando que se
logre un acuerdo amigable en la misma.
En materia civil y comercial, la cual ostenta un 28.7% de los asuntos
manejados dentro del Consultorio, se ofrecerá a los usuarios que presentan
este tipo de asuntos al Centro de Conciliación, un trato adecuado de tal
forma que sea posible lograr acuerdos de pago y cumplimiento entre la
92
partes involucradas, ante los cuales se abstengan de recurrir a los muy
gastadores procesos judiciales y sirvan así de medio para el descongestión
de la justicia en esta área que conoce un muy elevado número de negocios,
los cuales por su naturaleza pueden ser tratados de forma extrajudicial por
medio de la Conciliación, cabe recordar que la oferta estará limitada solo a
los asuntos que de acuerdo a su cuantía pueden ser tratados en el Centro de
Conciliación del Consultorio Jurídico.
En cuanto a el área de familia a la cual se refiere un %12.6 de los asuntos,
cabe recordar que la Conciliación es un requisito de procedibilidad, pero
para el Centro esta no será una razón que motivará el uso de la Conciliación,
pues se procurará ofrecer una asesoría tal, que la misma no se realizará con
el objeto de surtir el requisito sino de lograr realmente una acercamiento
amigable entre las partes que permita el cese de la controversia y por tanto
un arreglo favorable para las mismas. Es de resaltar que estos serán asuntos
de gran atención por parte del Centro para resarcir las buenas relaciones de
los miembros de la familia que se han visto enfrentados por diversas
circunstancias, de tal forma que se fomente y preserve la unidad familiar.
En cuanto al área penal, teniendo en cuenta que la reforma al Código de
Procedimiento (Ley 906 de 2004), nos va a permitir conocer asuntos de este
tipo, y que en el Consultorio Juridico cada uno de los estudiantes conoce un
número de 30 procesos penales, será labor de los mismos gestionar, en
aquellos casos en que sea posible, por una solución pacífica al conflicto la
cual podrá ser tratada en el Centro de Conciliación, e igualmente se
continuarán brindando todas las asesorías que en esta área se originen en
su turno de atención, será el Centro un gran foco de paz que logrará
acuerdos amistosos en asuntos que es posible solucionar sin acudir a un
proceso penal, y que aún así ya entrados en él puedan ser concluidos.
93
En la parte precedente nos referíamos a la oferta y demanda del servicio de
acuerdo a la tipología de los conflictos conocidos en la experiencia del
Consultorio Jurídico, a continuación nos referiremos a la misma, de acuerdo
al número de usuarios atendidos por el mismo, e igualmente analizaremos
los resultados obtenidos en las encuestas practicadas de acuerdo a las
preguntas adecuadas para la determinación del asunto que nos ocupa.
CRECIMIENTO EN EL NÚMERO DE USUARIOS
ATENDIDOS POR AÑO
10143
7927
7448
4511
3756
377
1999
2000
2001
2002
2003
2004
AÑO DE ATENCIÓN
Las estadísticas nos permiten ver que el Consultorio Jurídico de la
Universidad Industrial de Santander a atendido hasta la fecha un número de
94
34.162 usuarios, en el último año hasta el momento han sido atendidos
10.143, el diagrama anterior nos refleja un elevado crecimiento anual en el
número de usuarios que asisten al Consultorio en busca de una asesoría que
les permita resolver los conflictos que se les presentan, el estudiante estudia
el caso de cada uno de ellos y le ofrece las diferentes alternativas de
solución posibles, dentro de ellas y considerando que es un importante medio
rápido y eficaz para la solución de controversias, se propone la Conciliación,
cuando es posible, dentro de estas alternativas, contando con un Centro
propio será mas fácil y práctico poner a disposición del usuario todas las
instalaciones y el personal calificado para lograr una adecuada tramitación y
solución al asunto.
Como fue posible concluir a través de las encuestas practicadas a los
usuarios del Consultorio, el grado de satisfacción con la asesoría y el trabajo
de los estudiantes vinculados a él, permite determinar la confianza y
credibilidad que de su parte tendrá el Centro de Conciliación, esta afirmación
se confirma mediante la respuesta obtenida de los usuarios al ser
cuestionados sobre si acudirían al Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de requerir sus servicios, la aceptación fue total, todos
los encuestados respondieron de forma afirmativa lo que hace establecer que
el Centro de Conciliación recibirá una gran acogida por parte de la personas
que ya conocen la calidad de los servicios que presta la Escuela de Derecho
de la Universidad Industrial de Santander.
A continuación presentamos los resultados de la encuesta practicada a
usuarios del Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho de la Universidad
Industrial de Santander que demuestran la veracidad las afirmaciones
hechas anteriormente:
95
3.1 SEGÚN ENCUESTA REALIZADA:
ENCUESTA USUARIOS CONSULTORIO JURIDICO.
MUESTRA: 80 Usuarios
2. ¿Cómo califica usted la atención recibida por parte de los estudiantes
pertenecientes al Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho de la
Universidad Industrial de Santander?
a. Excelente
b. Buena
c. Mala
d. Le gustaría que.....
Gráfico 22. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio
Jurídico Pregunta 2
80
70
60
50
40
30
20
10
0
53
27
Excelente
0
Mala
Buena
0
Le gustaria
que...
6. ¿Estaría usted dispuesto a acudir a un Centro de Conciliación, para buscar
solución a un problema de tipo jurídico?
a. Si
b. No
96
Gráfico 23. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio
Jurídico Pregunta 6
80
70
60
50
40
30
20
10
0
73
7
SI
NO
7. En caso positivo, acudiría a un Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho de la única Universidad
Pública que funciona en la región, como lo es la Universidad Industrial de
Santander, donde lo atenderá de forma gratuita los estudiantes
especialmente capacitados como CONCILIADORES?
a. Si
b. No
Gráfico 24. Tabulación Resultado Encuesta Usuarios Consultorio
Jurídico Pregunta 7
80
70
60
50
40
30
20
10
0
80
0
NO
SI
Se les practico la encuesta a 80 usuarios del Consultorio Jurídico de la
Universidad Industrial de Santander, estas personas fueron atendidas por
estudiantes miembros del citado quienes les brindaron su asesoría y
97
servicios en asuntos de tipo legal.
El hecho que 53 de los usuarios
encuestados calificaran como excelente la atención recibida en el Consultorio
nos demuestra la elevada calidad del mismo así como la efectividad de las
actividades desarrolladas en él, ninguno de los encuestados otorgó una
calificación regular o mala, lo que a su vez nos refleja la satisfacción de los
mismos, esto constituye un factor decisivo a la hora de escoger el lugar al
cual se acudirá en caso de requerir una asesoría en un asunto que permita la
Conciliación. De los 80 encuestados 73 se mostraron dispuestos a acudir a
un Centro de Conciliación para buscar una solución ágil a sus conflictos, solo
7 respondió de forma negativa, la totalidad de los usuarios que respondieron
de forma positiva aseguraron que n caso de requerir este servicio acudirían
al Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad Industrial
de Santander, este resultado es producto de la calidad, eficacia y adecuado
manejo que le brinda la Universidad a través de su Consultorio a los asuntos
que conoce en el mismo, cualidades que así mismo caracterizarán al Centro
de Conciliación
ENCUESTA DIRIGIDA A POBLACION EN GENERAL
MUESTRA
DE
POBLACIÓN:
800
Encuestados
población
general
Bucaramanga.
9. ¿Estaría usted dispuesto a acudir a un Centro de Conciliación, para buscar
solución a un problema de tipo jurídico?
a. Si.
b. No.
98
Gráfico 25. Tabulación Resultado Población General Pregunta 9
800
700
600
500
400
300
200
100
0
649
151
SI
NO
10. En caso positivo, acudiría usted a un Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho Universidad Industrial de
Santander, donde lo atenderían en forma gratuita los estudiantes,
especialmente capacitados como CONCILIADORES?
a. Si
b. No.
Gráfico 26. Tabulación Resultado Población General Pregunta 10
800
700
600
500
400
300
200
100
0
703
97
SI
NO
De igual forma, al tomar una muestra de 800 personas, y cuestionarlas sobre
si acudirían en caso de requerirlo a un Centro de Conciliación, 649
respondieron de forma afirmativa, y fue una gran sorpresa hallar que al
darles a conocer la intención de la Universidad Industrial de Santander de
crear y poner en funcionamiento su propio Centro de Conciliación, muchas
de las personas que en un principio respondieron de forma negativa,
99
decidieron cambiar su respuesta y afirmar que si estarían dispuestos a acudir
a este espacio en cuanto perteneciera a esta Universidad, esto nos pone de
manifiesto la reconocida efectividad de las actividades desarrolladas por la
UIS, así como la calidad de los servicios que ella presta a los cuales la
población de Bucaramanga y su área metropolitana confiaría sus problemas
para buscar soluciones.
ENCUESTA DIRIGIDA A ESTUDIANTES UIS
MUESTRA DE POBLACIÓN: 500 Estudiantes UIS.
6.
¿Estaría usted dispuesto a acudir a un Centro de Conciliación, para
buscar solución a un problema de tipo jurídico?
a. Si.
b. No.
Gráfico 27. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 6
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
424
76
SI
NO
7. En caso positivo, acudiría usted a un Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho Universidad Industrial de
Santander, donde lo atenderían en forma gratuita los estudiantes,
especialmente capacitados como CONCILIADORES?
100
a. Si
b. No.
Gráfico 28. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 7
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
420
80
SI
NO
8. ¿Recomendaría usted el Centro de Conciliación que
Industrial de Santander va
la Universidad
a poner en funcionamiento en el Consultorio
Jurídico a otras personas?
a. Si
b. No
Gráfico 29. Tabulación Resultado Encuesta Estudiante UIS Pregunta 9
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
430
70
SI
NO
101
Se le practico la encuesta a 500 estudiantes de carreras de pregrado y
postrado de la Universidad Industrial de Santander, con el fin de conocer el
grado de aceptación y pertenencia de los estudiantes de nuestra universidad,
de acuerdo a los resultados no fue visible la confianza que poseen los
estudiantes en los diferentes espacios y actividades de la universidad así,
como en los medios que nos brinda la ley para solucionar nuestros conflictos,
esto en razón a que 424 de las personas encuestados estaría dispuestas a
acudir a la Conciliación en caso de sufrir un conflicto de tipo jurídico que
permita la practica de este mecanismo, en igual medida, asistirían al Centro
de Conciliación de la Universidad a la cual pertenecen, esto porque conocen
la calidad de la misma y de todos los servicios que ofrece, lo cual los lleva a
asegurar que su Centro de Conciliación estará provisto de esta misma
característica y allí encontraran un espacio y personal capacitado para poner
en practica la Conciliación y lograr acuerdos amigables y efectivos, es por
iguales razones que 430 de los encuestados recomendarían a sus amigos,
familiares y conocidos los servicios del Centro de Conciliación adscrito a el
Consultorio Jurídico de la UIS.
ENCUESTA DIRIGIDA A NOTARIOS
MUESTRA DE POBLACIÓN: 10 Notarías de Bucaramanga, y Las Notarías
del Área Metropolitana (Girón, Floridablanca, Piedecuesta)
4. Con que frecuencia la capacidad económica del solicitante ha sido un
impedimento para tratar un problema puesto a su consideración (En cuanto
al costo que acarrea la conciliación por medio de Notarios):
a. Siempre
b. En la mayoría de los casos
c. En algunas oportunidades
d. Nunca.
102
Gráfica 30. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 4
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
9
3
0
A.
0
B.
C.
D.
5. Ante dicha situación, ¿a que entidades remite usted estos casos?
a. Un Centro de Conciliación adscrito a un Consultorio Jurídico
b. Otros
Gráfico 31. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 5
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
8
4
CENTRO DE
CONCILIACION
DE C.J.
6. Teniendo en cuenta que la Universidad Industrial de Santander es la
única universidad publica que funciona en la región, usted recomendaría este
Centró de Conciliación para que atendiera los asuntos en los cuales existe
dificultad económica del solicitante para ser atendido en su Centro.
a. SI
b. NO
103
Gráfico 32. Tabulación Resultado Encuesta Notarios Pregunta 6
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
12
SI
0
NO
De los notarios encuestados 9 afirmaron que en algunas oportunidades se
han visto impedidos para realizar Conciliaciones a causa de la imposibilidad
del solicitante de cancelar el valor correspondiente al servicio de Conciliación
que se presta en las Notarías, aunque la mayoría de los usuarios de las
Notarías conocen que allí las Conciliaciones tienen un valor, algunas
personas que desean utilizar este mecanismo se han visto frenadas por su
incapacidad económica, esto implica que teniéndose que el servicio de
Conciliación no tendrá costo alguno en el Centro de Conciliación que
deseamos crear y poner en funcionamiento estas personas podrán acudir a
nuestras instalaciones y serán atendidas por los estudiantes especialmente
capacitados, es precisamente por este motivo que 8 de los Notarios que se
han visto enfrentados a esta circunstancia respondieron que ellos remitían al
solicitante al Centro de Conciliación de un Consultorio Jurídico, TODOS los
Notarios encuestados al ser informados de la intención de la Universidad de
crear el Centro de Conciliación afirmaron que en caso de presentárseles esta
situación no dudarían en recomendar el citado Centro de nuestra
universidad, mencionando así mismo como razones para su respuesta la
calidad, efectividad, y excelencia de la UIS en todas sus dependencias.
104
ENCUESTA DIRIGIDA A COLEGIO DE ABOGADOS Y CONSULTORIOS
JURÍDICOS DE LA CIUDAD.
MUESTRA
DE
POBLACIÓN:
Directora
Colegio
de
Abogados
de
Bucaramanga, y Directores: Consultorio Jurídico UNAB, UCC, USTA.
2. ¿Con que frecuencia la congestión o falta de competencia del Centro de
Conciliación que usted dirige ha sido un impedimento para tratar un problema
puesto a su consideración?
a. Siempre
b. En la mayoría de los casos
c. En algunas oportunidades
d. Nunca.
Gráfico 33. Tabulación Resultado Encuesta Colegio de Abogados y
Consultorios Jurídicos de la Ciudad Pregunta 2
3
2
4
1
0
0
A.
0
B.
C.
0
D.
5. Teniendo en cuenta que la Universidad Industrial de Santander es la única
universidad publica que funciona en la región, ¿usted recomendaría este
Centró de Conciliación para que atendiera los asuntos en los cuales existe
105
dificultad económica o su competencia no le permite para ser atendido en su
centro?
a. SI
b. NO
Gráfica 34. Tabulación Resultado Encuesta Colegio de Abogados y
Consultorios Jurídicos de la Ciudad Pregunta 5
3
2
4
1
0
SI
0
NO
Se realizó una visita a cada una de las instalaciones de los Centros de
Conciliación de el Colegio de Abogados y de los tres Centros adscritos a
Consultorios Jurídicos de universidades que funcionan en la ciudad, en estos
últimos sus directores afirmaron que en algunas oportunidades se han visto
imposibilitados ya sea por congestión o falta de competencia, igualmente la
Directora del Centro de Conciliación del Colegio de Abogados expuso que en
algunas oportunidades la incapacidad económica del solicitante, dado el
valor de la Audiencia de Conciliación, ha dificultado o impedido la practica de
la misma, ante lo anterior preguntamos a los encuestados si recomendarían
en los casos mencionados al Centro de Conciliación adscrito al Consultorio
Jurídico de la UIS, todos respondieron de forma positiva lo que nos da una
amplia visión no solo de la necesidad de abrir nuevos espacios para que la
comunidad pueda acceder a
la Conciliación como mecanismo para la
solución de sus conflictos, sino también de la credibilidad y confianza de que
106
goza la universidad frente a una entidad tan importante como el Colegio de
Abogados e igualmente ante los demás Consultorios y Facultades de
Derecho.
ENCUESTA DIRIGIDA A FUNICIONARIOS PÚBLICOS
MUESTRA DE POBLACIÓN: Jueces Civiles del Circuito, Municipales,
Jueces Penales Municipales, Fiscales Locales y Seccionales, Magistrados,
Jueces Laborales del Circuito, Inspectores Civiles de Policía, Defensor del
Pueblo, Comisaría de Familia. (19 funcionarios en total)
3. Que concepto tiene usted de los estudiantes del Consultorio Jurídico de la
Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de Santander?
a. Excelente
b. Bueno
c. Regular
d. Malo
107
Gráfica 35. Tabulación Resultado Encuesta Funcionarios Públicos
Pregunta 3
19
18
17
16
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
12
7
A.
0
C.
B.
0
D.
4. Teniendo en cuenta que la Universidad Industrial de Santander es la
única universidad publica que funciona en la región, usted recomendaría este
Centró de Conciliación
a. Si
b. No
Gráfica 36 Tabulación Resultado Encuesta Funcionarios Públicos
Pregunta 4
19
18
17
16
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
0
19
SI
0
NO
108
Ya anteriormente habíamos mencionado la excelente calificación que los
funcionarios
públicos
encuestados
otorgaron
a
los
estudiantes
del
Consultorio Jurídico de la Universidad Industrial de Santander, igualmente
fueron cuestionados sobre si recomendarían el Centro de Conciliación del
mismo, la respuesta fue un si unánime que es un orgullo para la institución y
para el Consultorio y que deja claro la calidad de la educación y servicios
prestados por este último, es favorable para el Centro contar con la
credibilidad de los funcionarios públicos de la ciudad, su recomendación
originará una gran demanda del servicio de Conciliación para el mismo.
109
4. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL CENTRO
DIRECTOR CENTRO DE
CONSULTORIO JURÍDICO Y
CENTRO DE CONCILIACIÓN
ASESOR EN CONCILIACIÓN.
SECRETARIO
MONITOR
MONITOR
ESTUDIANTES
CONCILIADORES (LISTA)
110
5. ESTRATEGIA DE DIVULGACIÓN
5.1 LEMA DE LA ESTRATEGIA
“Las diferencias nos acercan”
se convitito en el lema central de la
estrategia de divulgación de nuestro futuro Centro de Conciliación, el cual se
incorpora a la comunidad bumanguesa y su Área Metropolitana, mediante
radio (AM y FM) televisión (canal regional), prensa (Periódico Universitario –
Boletines de prensa) y un plegable informativo.
OBJETIVOS:
Por medio de la estrategia de divulgación de nuestro futuro Centro de
Conciliación, pretendemos dar a conocer los servicios que se ofrecerán a
la comunidad bumanguesa y de su Área Metropolitana (población objeto),
indicando la
forma de acceder a la Conciliación, la conveniencia,
eficiencia, eficacia y efectividad de la herramienta como mecanismo
alternativo para la solución de controversias.
Por medio de esta campaña, buscamos
ofrecer a la comunidad en
general un escenario de dialogo, paz y entendimiento, respaldado por la
calidad institucional UIS como única universidad publica del oriente
Colombiano.
De igual forma pretendemos informar a la comunidad sobre la posibilidad
de evitar procesos o terminar los que tengan en curso, tomando
directamente las decisiones que satisfagan sus intereses y necesidades
de tal forma que sientan la realización de la justicia por su intervención
111
directa en la solución del problema y por lo tanto reservando a la actividad
de los Jueces únicamente los asuntos que por su naturaleza sea
solamente la majestad de la justicia en manos del Estado la que deba
resolverlos y así contribuir con la descongestión, mejorando el servicio y
dejando de experimentar el sentimiento de ausencia de justicia pues la
Conciliación es una forma constitucional de garantizarla y alcanzarla
porque se cuenta con la ayuda de un tercero, neutral y calificado llamado
Conciliador, frente al que la UIS se ha preocupado e interesado en formar
cabalmente.
5.2 MECANISMOS DE DIFUSIÓN
Con el propósito de dar cumplimiento al requisito exigido por el Ministerio de
Interior y de Justicia, respecto del diseño y planeación de una Campaña de
Divulgación y promoción de los servicios que se prestarán a la población
objeto de nuestro futuro Centro de Conciliación, atendiendo los resultados
de la investigación de ubicación del centro, tipología del conflicto y demanda
del servicio, se ha diseñado una estrategia en la que se utilizaran como
medios de difusión de este proyecto los recursos de la Universidad, entre los
que encontramos:
5.2.1 UIS Stereo FM “La voz de la universidad”. UIS Stereo “La voz de la
Universidad”, inicio transmisiones en Bucaramanga el 15 de marzo de 1995,
con el objetivo de ser un medio educativo institucional de beneficio para la
región de Santander.
Como emisora de interés publico UIS Stereo, tiene como filosofía trabajar en
la definición de los valores de la nacionalidad, la identidad, la preservación de
la cultura y el respeto a la vida y a la libertad de las personas.
112
La programación autorizada por el Ministerio de Comunicaciones esta
orientada a elevar el nivel educativo y cultural de los habitantes del territorio
colombiano y a difundir los valores cívicos de la comunidad.
Su objetivo principal es la difusión de información especifica que permita
posicionamiento de imagen, formación de comunidad y enriquecimiento de
los valores ciudadanos entre otros
La Escuela de Derecho y Ciencias Políticas, cuenta con un espacio dentro de
la programación de la emisora Denominado “ACTUALIDAD JURIDICA” el
cual se tramite los Jueves de 10:00 AM a 11:00 AM, dirigido y manejado por
estudiantes de la carrera, convirtiéndose en un escenario de dialogo y de
transmisión de conocimientos de tipo juridico a los oyentes, que interactúan
con los estudiantes.
Adicionalmente UIS Stereo
tiene convenios internacionales de recepción
satelital con las emisoras: Radio Nederlan, Radio Canadá Internacional,
Radio Francia Internacional y la Voz de los Estados Unidos de América.
La programación especializada se trasmite durante 16 horas diarias y
combina lo educativo con lo cultural y recreativo.52
5.2.2 UIS Stereo AM “La Nueva Radio” 670 KHZ Banda Preferencial. La
emisora UIS AM “La nueva Radio” 670Khz Banda Preferencial, inicio sus
emisiones el 22 de mayo del año 2002, buscando constituirse en un medio
educativo formal y de extensión para la comunidad del departamento de
Santander.
52
Entrevista, Realizada al Dr. Iván Darío Montoya, Director Teleuis. Radio y Televisión.
113
Su programación diaria es esencialmente musical y se destaca la difusión e
interpretación del Folclor Colombiano, Andino y Latinoamericano que da
identidad a los países de nuestra región y la realización de espacios de
formación educativa, construcción de ciudadanía e identidad nacional.
Con moderna tecnología digital en transmisión y emisión, la emisora
universitaria garantiza a sus oyentes y patrocinadores, amplia cobertura en
municipios de Santander, esencialmente.
La programación del servicio autorizado por el Ministerio de Comunicaciones
esta orientada a elevar el nivel educativo y cultural de los habitantes del
territorio colombiano y a difundir los valore cívicos de la comunidad.
La programación especializada se tramite durante 13 horas diarias y combina
lo educativo con lo cultural y recreativo.
La influencia de la programación de las emisoras UIS Stereo “La voz de la
Universidad 96.9 FM” y
“La Nueva Radio 670 Khz Banda Preferencial”
sobre el consumo familiar es alta, en las mujeres prima influencia sobre
categorías de consumo hogar y en los hombres en categorías de consumo
personal, quienes particularmente coleccionan bienes como un intento de
legitimar
su poder y riqueza; adicionalmente su interés es brindar un
respaldo patrimonial a su familia.
5.2.3 Canal Universitario (Televisión). Desde su fundación, el sistema de
Telecomunicaciones de la Universidad Industrial de Santander TELEUIS,
cuenta con un sistema de circuito cerrado de televisión, integrado por 60
puntos de recepción de señal ubicados en los diferentes centros académicos
y administrativos del campus universitario principal.
114
El mayor incentivo para seguir trabajando incansablemente en procura de
divulgación de mensajes educativos, lo constituye, el convenio realizado con
la Asociación Recreativa de la Comuna Tres, por medio del cual sus
habitantes tienen la posibilidad de recibir la señal del canal Teleuis.
Esta asociación, integra a personas residentes de trece barios ubicados en el
sector Norte de Bucaramanga (población objetiva de 40.000 personas) cuyos
escasos recursos económicos, en la mayoría de casos, impiden el acceso a
programas de educación formal.
Con gran sacrifico y trabajo, TELEUIS propone hoy la realización de series
documentales y argumentales con contenidos educativos, culturales y
recreativos, para la formación integral de los santandereanos.
Para tal efecto anexamos a la presente solicitud, Certificación otorgada por el
Dr. Iván Darío Montoya director TELEUIS, quien manifiesta que una vez en
funcionamiento el Centro de Conciliación UIS, por medio de los servicios
ofrecidos por su dependencia, podremos tener acceso a la población de
Bucaramanga y su Área Metropolitana, con el fin de difundir nuestro
servicio53.
5.2.4 Periódico Universitario “Cátedra Libre” – Boletines de Prensa UIS.
La división de prensa, adscrita a la rectoría de la Universidad Industrial de
Santander, se ha querido vincular a la brindar un espacio para la divulgación
de nuestro futuro Centro de Conciliación, mediante los 2 medios por los
cuales se comunica a toda la Universidad (Periódico Institucional: Cátedra
Libre – Boletines de Prensa)
53
Fuente: Archivo TELEUIS: Radio y Televisión.
115
“Cátedra Libre” es el periódico Institucional de la Universidad Industrial de
Santander desde hace 9 años. Desde el inicio de sus labores Cátedra libre
entrega mensualmente 20.000 ejemplares a todas las dependencias de la
Universidad (Escuelas, Facultades, Centros de Estudio y dependencias
administrativas.), de igual forma 16.500 de estos ejemplares, circulan
el
primer domingo de cada mes en el Diario de más alta difusión de la Región
de Santander Vanguardia Liberal.
El objetivo de Cátedra Libre, es dar a conocer la actividad académica, de
investigación y cultural que se desarrolle al interior de la Universidad.
El periódico institucional,
“Cátedra Libre” se compone de 20 páginas,
tamaño tabloide en blanco y negro;
su organización administrativa la
encabeza un comité editorial el cual esta conformado por un representante
de cada Facultad.
Mediante los BOLETINES DE PRENSA se dan a conocer a diario todas las
actividades de la Universidad, los cuales se entregan en todas las
dependencias de la Universidad y en los Medios de Comunicación de la
Ciudad (Radio – Televisión) 54
5.2.5 Plegable: “Las diferencias nos acercan”. Mediante la creación de
un novedoso y llamativo plegable, pretendemos difundir los servicios que
prestara el Centro de Conciliación a la población objeto ya determinada en
relación a la topología del conflicto y demanda del servicio.
Este plegable contendrá:
54
Entrevista: Dra. Sandra Ordóñez. Director División de Prensa UIS:
116
LEMA: “LAS DIFERECIAS NOS ACERCAN”
IMAGEN
Alusiva a la Conciliación y a nuestro lema., representada por una escalera
bidireccional que facilita el transito individual con sus respectivos intereses,
necesidades y proyecciones, posibilitando la visualización de la solución del
asunto.
Es una grafica figurativa que permite el alcance o la maduración progresiva
de las diferentes ideas de los respectivos participantes, vale decir como
puede observarse, la imagen ofrece igualdad de condiciones para los sujetos
intervinientes; su presentación en perspectiva sugiere la profundidad o la
trascendencia del acuerdo finalizando con las iniciales objeto de la razón
social que se esta manejando, a manera de impronta en la seriedad de la
oportunidad brindada por la Ley.
QUE SOMOS?
Somos una institución de origen constitucional y legal, adscrita al Consultorio
Jurídico de la universidad Industrial de Santander, que quiere brindarle un
espacio a la comunidad para que accedan a la CONCILIACIÓN como un
mecanismo que le permite solucionar de forma pacífica sus conflictos
NUESTRO OBJETIVO
El Centro de Conciliación adscrito al Consultorio Jurídico de la Universidad
Industrial de Santander, busca establecer una relación con sus usuarios
basada en:
117
La confianza
El respeto
La creatividad y
La persistencia para solucionar sus diferencias con otras personas por
medio de un mecanismo efectivo como lo es la CONCILIACIÓN.
De esta forma queremos ser un foco de paz, que promueve el dialogo y la
convivencia pacífica de la comunidad bumanguesa, y a su vez:
Le permita un mejor acceso a la justicia,
soluciones ágiles, eficaces y con plena validez legal a sus conflictos,
sin necesidad de recurrir a vías jurídicas,
y lo más importante, que le brindará entera satisfacción, pues los
acuerdos que surgen en la conciliación, serán fruto del consenso y de
la decisión de las partes, y así estarán adaptadas a sus necesidades.
¿CUALES SON LAS VENTAJAS DE NUESTRO CENTRO?
Aspiramos ser la mejor opción para la comunidad bumanguesa de escasos
recursos económicos, garantizándoles:
El elevado nivel de credibilidad, confiabilidad, y transparencia de un
Centro de Conciliación adscrito al Consultorio Jurídico de la UIS, la
única universidad pública que funciona en la región.
La calidad y preparación de conciliadores pertenecientes a la escuela
de derecho de la Universidad Industrial de Santander.
Total satisfacción de los usuarios, por la solución ágil, efectiva y
oportuna de sus conflictos.
Un escenario donde prima el respeto por el otro y la autonomía
ciudadana.
118
¿QUE ES LA CONCILIACIÓN?
Es un Mecanismo de Solución de Conflictos a través del cual dos o mas
personas gestionan por si mismas la solución de sus diferencias con la ayuda
de un tercero neutral y calificado denominado Conciliador.
En nuestro Centro el Conciliador, esta capacitado especialmente y formado,
en la Escuela de Derecho de la UIS, para que sea un profesional del Derecho
capaz de manejar conflictos, y guiar a soluciones definitivas que beneficien a
las partes del mismo, cumpla sus necesidades y lo transcriban a un acta con
plena validez jurídica.
La Conciliación, permite descongestionar y mejorar la justicia en Colombia,
por eso vale la pena utilizarla como alternativa para resolver nuestros
problemas en un ambiente extrajudicial que nos permite tomar las decisiones
que pondrán fin a nuestras diferencias.
UBICACIÓN DEL CENTRO (Dirección y Teléfono- Fax)
Todos los medios de divulgación que se utilicen serán patrocinados y
costeados totalmente por la UIS, garantizando la difusión del servicio y del
Centro de Conciliación sin contratiempos, trabas o dificultades económicas.
Igualmente se pretende hacer una campaña de divulgación personal,
contando con los estudiantes que estén cursando la asignatura de Sistemas
Extraprocesales (Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos) para
que organicen charlas a los estudiantes de todos los niveles en todas las
carreras de la UIS y les presenten el Consultorio Jurídico con el Centro de
Conciliación.
119
6. SISTEMA DE EVALUCIÓN Y SEGUIMIENTO
6.1 SISTEMA DE SEGUIMIENTO
El Centro de Conciliación adscrito al Consultorio Jurídico de la Universidad
Industrial de Santander velará por el cumplimiento de cada uno de los
acuerdos y compromisos adquiridos por las partes en la conciliación
alcanzada.
El Centro ha establecido o diseñado estrategias de seguimiento con el
propósito de comprobar el acatamiento de las obligaciones asumidas por
cada una de las partes al firmar el acta de conciliación, como las siguientes::
1. Un Libro de Control y Seguimiento, que contiene:
a. Numero del Acta de Conciliación
b. Asunto conciliado
c. Identificación de las partes:
-
Nombre completo
-
Cédula de ciudadanía
-
Dirección
-
Teléfono
d. Contenido del acuerdo, obligación por obligación en cuanto a
modo, tiempo, lugar, cuantía.
2. Seguimiento Telefónico: Dos días antes de la fecha establecida para dar
cumplimiento a la obligación pactada, el Estudiante Conciliador realizará
una llamada telefónica a la parte obligada, con el fin de recordarle el
compromiso adquirido, la fecha, el lugar y la hora del mismo.
120
Al día siguiente al señalado, se establecerá comunicación vía
telefónica con la parte que se dispuso como beneficiario, para verificar
el cumplimiento de la obligación.
Esta información se consignara en el libro de Control y Seguimiento,
Los datos consignados se tendrán en cuenta al momento de
establecer los diferentes indicadores de gestión.
3. Carta por Incumplimiento: En caso de presentarse el incumplimiento de la
parte obligada, se enviará una carta a su domicilio, en la que se le invitará
a asistir al Centro de Conciliación para exponer los motivos o
inconvenientes, de igual forma en la comunicación, le serán recordadas
las consecuencias derivadas del mismo y se le ofrecerá la asesoría
jurídica que el usuario requiera para su caso.
6.2 CUMPLIMIENTO DE ACUERDOS
Con base en los datos suministrados por los usuarios del Centro sobre el
cumplimiento de los acuerdos establecidos en las Actas de Conciliación, y a
los resultados del seguimiento realizado a los mismos por parte del Centro,
los cuales se encontraran consignados en el libro de Control y seguimiento,
se podrá determinar de forma exacta el número de acuerdos conciliatorios
cumplidos en forma total y parcial, y aquellos en los cuales no hubo
cumplimiento.
De acuerdo al resultado obtenido el Centro manejará un cuadro estadístico,
que contemplará la información recaudada teniendo en cuenta los
indicadores de gestión que serán mencionados posteriormente, es
importante recordar que el Centro velará por el cabal cumplimiento de todos
los acuerdos a que se llegue en Audiencias desarrolladas en el mismo, y que
121
prestará la asesoría jurídica pertinente a sus usuarios, para que en caso de
inconvenientes puedan seguir manejando el conflicto a través de las
alternativas de solución de conflictos extrajudiciales.
6.3 INDICADORES DE GESTIÓN
El Centro de Conciliación adscrito al Consultorio Jurídico de la Universidad
Industrial de Santander contara con un listado de indicadores de gestión
tendientes a desarrollar la evaluación interna de la dependencia, atendiendo
los parámetros establecidos por el Ministerio del Interior y de Justicia y de la
Universidad.
Es importante señalar en este punto que la Universidad tiene un plan
institucional de sistematización del Consultorio Jurídico a través de la
Escuela de Ingeniería de Sistemas y que por lo tanto una vez montados
todos los procesos y procedimientos y los reportes requeridos, se puede
contar con una base de indicadores de gestión que marcaran la operatividad
del Centro de Conciliación.
Entre los indicadores de gestión encontramos:
1. número de usuarios atendidos:
-
de acuerdo al sexo: hombre – mujer
-
atendiendo edad: - menores de 20 años
- mayores de 20 años y menores de 40
- mayores de 40 años y menores de 60
- de 60 años en adelante
- atendiendo condiciones socio – económicas:
- por ocupación u oficio
- por estrato social
122
2. Tipo de Conflictos atendidos según características de los usuarios:
Por los parámetros anteriores
3. Tipo de conflictos atendidos según su área del Derecho:
-
civil
-
familia
-
penal
-
comercial
-
Policivo
-
Transito
-
Agrario
4. Número de acuerdos logrados según las características del usuario:
Con los parámetros determinados para los usuarios.
5. Número de acuerdos logrados según su área del Derecho:
-
civil
-
familia
-
penal
-
comercial
-
Policivo
-
Agrario
-
Transito
6. Número de Audiencias de Conciliación con imposibilidad de acuerdo.
7. Número de Audiencias no realizadas por inasistencia de alguna de las
partes.
6.4 GRADOS DE SATISFACCIÓN
De acuerdo a los indicadores de gestión y el cumplimiento de los acuerdos
determinados en el punto anterior el Centro de Conciliación elaborara
123
estadísticas tendientes a establecer el grado de satisfacción de los usuarios
respecto a las diligencias adelantadas por el Centro.
De igual forma, se realizará mensualmente una encuesta por vía telefónica y
personal a los usuarios que fueron atendidos durante el mes en el Centro de
Conciliación, para sus efectos será seguido el siguiente formato:
ENCUESTA TELEFÓNICA PARA DETERMINAR EL GRADO DE
SATISFACCIÓN DEL USUARIO
CENTRO DE CONCILIACIÓN UIS
IDENTIFICACION DEL USUARIO:
NOMBRE__________________________C.C._____________________
EDAD___________________________OFICIO_____________________
DIRECCIÓN_________________________TELÉFONO______________
DATOS DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN
FECHA DE CELEBRACIÓN____________________________________
NÚMERO DE ACTA__________________________________________
NOMBRE DEL CITANTE______________________________________
NOMBRE DEL CITADO_______________________________
ASUNTO: CIVIL_____ COMERCIAL_____ FAMILIA_____PENAL ____
1. La obligación pactada en el Acta de Conciliación fue cumplida?
Si_____,
No_____,
Parcialmente______,
Totalmente_____
¿Por que?_____________________________________________________
_____________________________________________________________
124
2. En caso de responder de forma negativa la pegunta anterior, acudió usted
nuevamente al Centro de Conciliación Adscrito al Consultorio Juridico de
la Escuela de derecho de la Universidad Industrial de Santander, en
busca de asesoría jurídica respecto al incumplimiento?
Si_____,
No_____
3. Se encuentra satisfecho con la atención brindada a su inquietud?
Si_____,
No_____
¿Por que?_____________________________________________________
_____________________________________________________________
4. De presentársele un nuevo conflicto que pueda ser atendido por un Centro
de Conciliación, acudiría nuevamente a nuestro Centro?
Si_____,
No_____
¿Por que?_____________________________________________________
_____________________________________________________________
5. Su concepto sobre el Conciliador:
- ¿Qué esperaba?_____________________
- ¿Le hubiera gustado un cambio de conciliador?______________________
- Si es así ¿Por qué no solicito el cambio de Conciliador?________________
_____________________________________________________________
6. ¿Cree que el Conciliador fue fundamental para llegar al acuerdo que
consiguió?
Si_____,
No_____
¿Por que?_____________________________________________________
_____________________________________________________________
125
7. ¿En caso de verse involucrado en otro conflicto considera que la figura del
Conciliador es importante para alcanzar la solución?
Si_____,
No_____
¿Por que?_____________________________________________________
_____________________________________________________________
8. Si no se firmó acuerdo, sino por el contrario una Constancia de
Imposibilidad de Acuerdo, ¿esta dispuesto a intentar nuevamente la
Conciliación?
Si_____,
No_____
¿Por que?_____________________________________________________
_____________________________________________________________
6.5 MAPA DE RIESGOS
Se ha previsto que dentro del normal funcionamiento de un Centro de
Conciliación pondrán presentarse ciertos inconvenientes que impidan su
correcta labor, por esta razón el Centro a previsto algunos eventos que
implican riesgo de presentarse, entre ellos encontramos:
1. Ausencia o inasistencia del Conciliador a la Audiencia de Conciliación:
Además de las sanciones previstas por el Reglamento Interno del Centro
de Conciliación por la inasistencia injustificada del Conciliador a la
Audiencia esta no dejara de ser practicada, pues contamos con un
mínimo de tres Conciliadores por turno.
2. Envío de citaciones: Con el fin de garantizar el envío de citación a
Audiencia de Conciliación a la parte requerida, el Centro a previsto asumir
el costo, a través de la remisión de las citaciones por medio de correo
certificado. La citación contendrá, todo lo previsto por la Ley, a más de
126
contar con una carta perfectamente modelada que incite a la utilización
del servicio y que abra las puertas al Centro de Conciliación a las
personas que por primera vez están siendo citadas.
3. Salas de Audiencias: En el evento de presentarse congestión y por tanto
falta de lugar o espacio para ser llevada a cabo la Audiencia de
Conciliación, el Centro además de contar con las cuatro (4) salas que han
sido dispuestas para este fin, la Sede UIS Bucarica, lugar de ubicación de
nuestro futuro Centro, cuenta con tres (3) auditorios los cuales podrán ser
adecuados de forma rápida para adelantar allí la diligencia.
Estos
auditorios son: El Salón Rió de Oro, Salón Santander, Y Salón la
Hormiga, lo cuales también podrán ser utilizados en el evento en que se
realice una Audiencia con un gran número de personas.
6.6 QUEJAS Y RECLAMOS
El Centro de Conciliación contara con toda una infraestructura administrativa,
respaldada por un reglamento que contiene el Código de Ética del Centro de
Conciliación y por lo tanto el Régimen de Sanciones y procedimiento especial
en caso de faltas leves o graves.
Dentro de la medida del grado de satisfacción del usuario se estará atento
para recibir sugerencias, quejas y reclamos de todos los usuarios en busca
de la armonía en las relaciones de todos los actores del proceso de
Conciliación.
El Director del Centro de Conciliación y el Asesor de Área pueden ser
abordados por el público en general que en forma permanente estar en
contacto con la Secretaria y los Monitores.
127
Existirá el “Buzón de sugerencias” y se llevara un estricto control sobre
quejas y reclamos en un libro radicador, para su oportuna respuesta y
corrección, igualmente que de las verbales se llevara el mismo control
relacionándolas
en
el
libro
correspondiente
con
el
resumen
del
acontecimiento y el manejo dado.
Las quejas y reclamos serán clasificadas para efectos de su estudio ante la
Directora en caso de constituir faltas disciplinarias de acuerdo al Reglamento
Estudiantil, o al Reglamento Interno del Centro de Conciliación.
128
7. PROGRAMA DE EDUCACIÓN CONTINUADA
7.1
CAPACITACIÒN
PARA
ACTUAR
COMO
CONCILIADORES
UNIVERSITARIOS
Para garantizar la preparación y actualización de los funcionarios y personal
del Centro de Conciliación, la Universidad ha establecido la realización
semestral, es decir dos (2) veces por año, de una capacitación interna para
los estudiantes que ingresaran a la practica de Consultorio Juridico, sobre
temas referentes a los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos y
Gerencia de Recursos, es importante recordar además, que dentro del
pensum de la Carrera de Derecho, se encuentra incluida la materia:
“Sistemas Extraprocesales: Mecanismos Alternativos de Solución de
Conflictos”, la cual es obligatoria para los estudiantes de noveno semestre.
De esta manera, el Centro de Conciliación busca que sus miembros
mantengan en constante actualización sus conocimientos sobre los M.A.S.C,
otorgándoles la capacitación necesaria para que puedan brindar un excelente
servicio de Conciliación a los usuarios del Centro.
Dentro del programa de Capacitación que se va a desarrollar en la
Universidad Industrial de Santander, se deberá incluir los siguientes temas,
considerando que su estudio y análisis es fundamental para la preparación
de los Estudiantes Conciliadores:
1. Teoría y Dinámica del Conflicto
2. Técnicas y habilidades de comunicación
3. Origen de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos
4. La Conciliación
129
5. Características y diferencias de la Conciliación frente a los demás
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos.
6. El conciliador: actitudes y valores
7. Régimen Disciplinario e Inhabilidades de los Conciliadores
8. El Perdón
9. El Acta de Conciliación: su Importancia, Aspectos jurídicos y Efectos.
10. La Conciliación en agrario
11. La Conciliación en laboral
12. La Conciliación en penal
13. La Conciliación en familia
14. La Conciliación en civil y comercial
15. La Conciliación en Derecho Policivo
16. La Audiencia de Conciliación: Fases y Técnicas
7.2 CONFERENCIAS DE ACTUALIZACIÒN
De acuerdo a la evolución del tema de las soluciones extrajudiciales se
programarán conferencias permanentes de actualización y se buscará traer
expertos en la materia para que los estudiantes conozcan lo que sucede en
otros sitios del país y las experiencias vividas.
Se procurará estar en permanente contacto con el Ministerio de Interior y de
Justicia para efectos de conocer las modificaciones, nuevas propuestas y
recomendaciones para el servicio y se trasmitirá en forma permanente vía
cartelera a los estudiantes, pues se contará con una cartelera de información
constante en el Centro de Conciliación.
Se buscara obtener el aval por parte de la UIS para ser coordinada por el
Centro de Conciliación la capacitación de Conciliadores profesionales.
130
Para la primera capacitación, es decir, para conformar la lista de
conciliadores que se envía adjunta a este estudio, se realizó un Convenio
Interinstitucional con la Universidad Autónoma de Bucaramanga, con el cual
nuestros estudiantes participaron en el Curso de Capacitación de
Conciliadores Universitarios realizado en esta universidad, y recibieron la
certificación por parte del Consultorio Jurídico de la misma, esto por cuanto la
Universidad no había implementado aún su propio curso de capacitación, el
que se prevé comenzará a practicarse a finales del primer semestre de 2005.
131
8. RECURSOS
8.1 RECURSOS LOGÍSTICOY FÍSICOS
El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad Industrial
de Santander, en su afán se garantizar la excelencia en la prestación del
servicio de conciliación ha adecuado un espacio físico que brinda al usuario y
al personal de nuestro futuro Centro, todas las condiciones necesarias para
poder llevar a cabo la Audiencia de Conciliación en un ambiente
caracterizado por la comodidad, confiabilidad, seguridad y reserva necesaria.
Las instalaciones previstas para el funcionamiento de nuestro Centro de
Conciliación nos permitirán ofrecer un servicio eficiente y eficaz a la
comunidad bumanguesa que pone en nuestro conocimiento sus conflictos
para ser tratados por medio de la Conciliación.
La infraestructura adecuada para el Centro de Conciliación se encuentra
ubicada en la Calle 35 numero 19 – 02 del centro de Bucaramanga, sede UIS
Bucarica, frente al parque Santander icono culturadle la ciudad, y junto a
importantes instituciones como la Cámara de Comercio de Bucaramanga, la
Iglesia de la Sagrada Familia, el Centro Internacional de Negocios la Triada,
el Banco de la República, el Banco Popular, el Club del Comercio, y el Banco
Granahorrar entre otros (Véase el Anexo A).
En las fotografías anexas al presente trabajo de grado es posible apreciar la
entrada al Edificio Sede UIS Bucarica, su parqueadero y al fondo los edificios
de la Cámara de Comercio, Granahorrar y la Catedral de la Sagrada Familia
(Véase el Anexo A).
132
Su acceso principal se encuentra sobre la carrera 19, con parqueadero
propio y vigilancia permanente, en dicha entrada podemos apreciar el
nombre del edificio donde nos encontramos, junto con el logo de la
Universidad industrial de Santander (Véase el Anexo A).
Una vez se ingresa a la sede UIS Bucarica, el usuario se encuentra con
elementos propios de la Universidad, como su logo y la placa de creación del
edificio (Véase el Anexo A).
Ya en el edificio el usuario encontrará en el costado derecho del mismo, la
puerta de acceso al CONSULTORIO JURÍDICO Y AL CENTRO DE
CONCILIACIÓN, debidamente identificadas (Véase el Anexo A).
Nuestro Centro de Conciliación se encuentra totalmente equipado con los
elementos
y
herramientas
necesarias
para
garantizar
su
correcto
funcionamiento y el cumplimiento de los objetivos trazados. Para lo cual
contamos con:
Cuatro (4) salas, completamente adecuadas para llevar a cabo
Audiencias de Conciliación; dos (2) de ellas ubicadas en el primer piso del
edificio Sede UIS Bucarica, y las otras dos (2) en el segundo piso del
mismo, cada una de estas salas se encuentra equipada con: una mesa
redonda, cinco (5) sillas, una mesa para computador (con silla)
y su
respectivo equipo.
Al ingresar al Centro de
Conciliación, a
cinco metros (5mts)
aproximadamente de la puerta de acceso encontramos la entrada a dos (2)
de las salas de Conciliación y a la izquierda de las mismas se aprecia la
Dirección del Centro (Véase el Anexo A).
133
De igual forma en las fotografías anexas podemos apreciar el interior de las
salas de
Conciliación, constatando que cada una de ellas se encuentra
debidamente equipada (Véase el Anexo A).
Secretaria Administrativa: En el costado Derecho del Centro de Conciliación
y junto a la entrada del mismo, encontramos la Secretaria Administrativa, la
cual se encuentra dotada de
un computador, línea telefónica, acceso a
Internet, fax e impresora en línea con las salas (Véase el Anexo A).
Archivador: Con el fin de tener un espacio seguro y organizado, en el cual se
puedan archivar las Actas, Constancias, libros y demás documentación
inherente al funcionamiento del Centro, se ha adecuado un archivador
completamente cerrado y acceso restringido (Véase el Anexo A).
Biblioteca: Contamos con una Biblioteca, la cual en la actualidad se
encuentra en proceso de recopilación de textos alusivos a los
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, los cuales están a
dsipocision de los Estudiantes Conciliadores para su consulta.
Sala de espera: Contamos con un espacio adecuado para que los
usuarios esperen cómodamente ser atendido por parte de los Estudiantes
Conciliadores y el personal administrativo del Centro (Véase el Anexo A).
Cartelera: Se ha destinado una cartelera en la cual se publicara
permanentemente, el reglamento del Centro de Conciliación, la Lista de
Conciliadores, sus turnos y el cronograma de Audiencias de Conciliación
semanal, así como los demás documentos que sean de interés general
referentes al Centro(Véase el Anexo A).
134
Dirección: Para la Dirección del Centro, se ha adecuado una oficina
ubicado dentro del Centro de Conciliación y debidamente equipada
(Véase el Anexo A).
Por todo lo anterior consideremos que contamos con las instalaciones y el
equipo necesario para garantizar el eficaz funcionamiento y prestación de los
servicios que prevé ofrecer el Centro de Conciliación.
8.2 RECURSOS FINACIEROS
El Centro de Conciliación es una unidad adscrita al Consultorio Jurídico de la
Escuela de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Industrial de
Santander, obedeciendo a la misión y al proyecto educativo de la Universidad
como institución de educación publica definida en su estatuto general, y en
particular por la orientación en la formación del Abogado de la UIS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución
Nacional55, la Ley 23 de 1.991,56 la Ley 446 de 1.99857, el Decreto 1818 de
1.998, la Ley 640 de 2.001,58 y demás normas que la modifiquen o sustituyan
el Centro de Conciliación se orienta a la proyección social, mediante su
actividad como ente promotor de la autocomposición fundamento de la
gestión de justicia, contribuyendo con la convivencia pacifica y la
descongestión de la jurisdicción.
Por la vocación social del Centro de Conciliación y del Consultorio Jurídico
los trámites de la Conciliación, la asesoría jurídica, la expedición de copias
de Actas y Constancias y en general todas las actividades de cualquier
índole que se lleven a cabo ante el Centro, serán gratuitas y, según lo
55
COLOMBIA. Constitución Política de Colombia. Bogota Leyer, 2002. articulo 116 inciso
final
56
Ley 23 de 1991: Ley de Descongestión Judicial.
57
Ley 446 de 1998
58
Ley 640 de 2001: Por la cual se modifica la ley 446 de 1998.
135
preceptuado dirigiéndose su actividad esencialmente a personas de escasos
recursos y población vulnerable en general.
La Universidad Industrial de Santander costea totalmente el mantenimiento y
abastecimiento de las dependencias de la Escuela de Derecho, como lo es el
Consultorio Juridico y lo será el Centro de Conciliación adscrito al mismo, por
lo anterior la Universidad sufragara todos los gastos de operación y
funcionamiento de nuestro Centro de Conciliación, los cuales serán
suministrados de manera permanente por la misma
8.3 LISTA DE CONCILIADORES
La Escuela de Derecho y Ciencia Política, con el fin de lograr la capacitación
de los primeros Conciliadores de nuestro futuro Centro de Conciliación ha
suscrito Convenio Interinstitucional con la Universidad Autónoma de
Bucaramanga, entidad de educación superior
encargada de brindar la
capacitación en Conciliación a los estudiantes de nuestra Universidad.
Para tal labor fueron
convocados los estudiantes de Octavo y Noveno
Semestre de la Escuela de Derecho y Ciencia Política de la UIS, obteniendo
un
total
de
16
estudiantes
que
(Véase el Anexo C).
Lista de Estudiantes Conciliadores:
1. VLADIMIR MARTINEZ BELLO
C.C. 91.516.910 de Bucaramanga.
C.U. 2005318
136
aprobaron
la
capacitación
2. CRISTIAN DAVID AFANADOR VILLAMIZAR
C.C. 88.248.998 de Cúcuta.
C.U. 2005793
3. CLAUDIA BIBIANA TORRES MOGOLLON
C.C. 40.031.402 de Tunja
C.U. 2005593
4. MARIA JOSE DAVID AARON
C.C. 63.530.282 de Bucaramanga
C.U. 2005952
5. MAURICIO MOLANO NIÑO
C.C. 91.517.033 de Bucaramanga
CU. 205955
6. ADRIANA CRISTINA LARA GUERRERO
C.C. 63.528.162
C.U. 2005279
7. ERIJAZMINA ORTIZ MAJARRES
C.C. 63.5525.586 de Bucaramanga.
C.U. 2005436
8. CHANEL ROCIO LOPEZ ALDANA
C.C. 63.536.998 de Bucaramanga.
C.U. 2006313
9. HUMBERTO SALAZAR GARCIA
C.C. 13.724.380 de Bucaramanga.
C.C. 1994636
137
10. JESSE MOISES GUTIERREZ HERRERA
C.C. 8.850.702 de Cartagena
C.U. 2000210
11. ANGELA MARTINEZ ROJAS
C.C. 63.549.624 de Bucaramanga
C.U. 2007349
12. JOSE ALEXANDER PORTILLA
C.C. 13.871.043 de Bucaramanga
C.U. 1994631
13 YOLIMA RODRIGUEZ LOPEZ
C.C. 63.552.836 de Bucaramanga.
C.U. 2005794
14 NANCY ROCIO GOMEZ MARIN
C.C. 37.707.547 de Bucaramanga.
C.U. 2005223
15. MAURO ROLANDO PEÑA PARDO
C.C. 74.245.000 de Bogota.
C.U. 2005955
16. ISIDORA SANTOS DIAZ
C.C. 28.131.749 de Bucaramanga.
C.U. 2005792
138
9. REGLAMENTO INTERNO CENTRO DE CONCILIACIÓN
REGLAMENTO DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN ADSCRITO AL
CONSULTORIO JURÍDICO DE LA ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIA
POLÍTICA DE LA UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER – UIS-
CAPÍTULO I
DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN
ARTÍCULO 1. Definición: El Centro de Conciliación es una unidad adscrita al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho y Ciencia Política de la
Universidad Industrial de Santander, obedeciendo a la misión y al proyecto
educativo de la Universidad como institución de educación publica definida
en su estatuto general, y en particular por la orientación en la formación del
Abogado de la UIS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución
Nacional, la Ley 23 de 1.991, la Ley 446 de 1.998, el Decreto 1818 de 1.998
y la Ley 640 de 2.001 y demás normas que la modifiquen o sustituyan el
Centro de Conciliación se orienta a la proyección social, mediante su
actividad como ente promotor de la auto composición fundamento de la
gestión de justicia, contribuyendo con la convivencia pacifica y la
descongestión de la jurisdicción.
139
CAPÍTULO II
DE LA MISIÓN Y LA VISIÓN
ARTÍCULO 2. Misión: Es misión del Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho y Ciencia política de la UIS:
1) Mediar en la solución de los conflictos jurídicos que admitan
transacción, desistimiento, conciliación y que expresamente autorice la
ley, que se presenten entre particulares que soliciten y acepten esta
intermediación.
2) Con el apoyo institucional de la UIS, contribuir con la formación de los
estudiantes de la Escuela de Derecho y Ciencia Política en el
conocimiento y práctica de la conciliación como mecanismo alternativo
y desjudicializado para la solución de conflictos.
3) Promover ante la comunidad educativa y la comunidad civil que
utilizan los servicios del Consultorio Jurídico de la UIS, la Conciliación
como Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos y como
mecanismo previo a la judicialización de los asuntos que sean de la
competencia de Consultorio Jurídico de acuerdo con la Ley.
4) Formar conciliadores, para que presten sus servicios al Centro de
Conciliación y actúen como tales en los asuntos sometidos a su
consideración.
5) Permitir el espacio para los estudiantes de la Escuela de Derecho y
Ciencia Política de la UIS que habiendo terminado materias opten por
continuar prestando sus servicios al Centro de Conciliación con el
propósito de realizar su judicatura.
6) Generar conocimientos mediante la investigación de desarrollo y
apropiación de metodologías de muy alta calidad, aplicables en la
solución de conflictos.
140
7) Dirigir estudios y realizar programas tendientes a la solución
extrajudicial de conflictos.
8) Coordinar programas con entidades que desarrollen actividades
afines.
9) Educar a las comunidades en el uso de los Centros de Conciliación;
ARTÍCULO 3. Visión: Es visión del Centro de Conciliación ser una institución
líder en la prestación del servicio de Conciliación y en la promoción de los
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, teniendo como base el
dialogo y la comunicación.
1) Organizar y promover programas, procedimientos que medien la
normatividad y la proyección del Centro de Conciliación
2) Controlar y evaluar el cumplimiento de los objetivos, planes y
programas de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos;
3) Difundir el conocimiento, experiencias relevantes, información y
recursos que sirvan de apoyo para el mejoramiento de la solución de
conflictos;
ARTÍCULO 4. Funciones: El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico
de la UIS, cumplirá las siguientes funciones, conforme a la misión y visión de
la Universidad.
1) Actuar como conciliador para promover arreglos extrajudiciales en las
controversias que, de acuerdo con la Ley, puedan ser resueltos
mediante este mecanismo ante el Consultorio Jurídico.
2) Propender por la generalización, agilización, mejora y divulgación de
la Conciliación, como alternativa extrajudicial para la solución de los
conflictos,
3) Desarrollar programas de capacitación continuada en Mecanismos
Alternativos de Solución de Conflictos, y acreditación de conciliadores
141
prestando además en este campo la colaboración que sea necesaria a
otros Centros de Conciliación.
4) Colaborar con las autoridades municipales, administrativas y de
Policía para la prestación en las dependencias de éstas, del servicio
de Conciliación por estudiantes delegados destacados especialmente
para tal efecto.
5) Servir como evaluadores neutrales de casos, calificando jurídicamente
el asunto, para recomendar la mejor alternativa para la solución de
conflictos.
ARTÍCULO 5. Gratuidad: Por la vocación social del Centro de Conciliación y
del Consultorio Jurídico los trámites de la Conciliación, la asesoría jurídica, la
expedición de copias de Actas y Constancias y en general todas las
actividades de cualquier índole que se lleven a cabo ante el Centro, serán
gratuitas y, según lo preceptuado dirigiéndose su actividad esencialmente a
personas de escasos recursos y población vulnerable en general.
ARTÍCULO 6. Atención al Público: El Centro de Conciliación prestara sus
servicios a la comunidad continuamente en el periodo académico de los
estudiantes de Consultorio Jurídico que será señalado en cada semestre y
publicado en lugar visible de la Secretaria.
El horario de atención al público será de 8:00 de la mañana a 4:00 de la
tarde, en jornada continua.
CAPÍTULO III
DE LOS INDICADORES
ARTÍCULO 7. Indicadores: Se entiende por indicadores del Centro de
Conciliación del Consultorio Jurídico aquellos que definirán el cumplimiento
142
de las metas y objetivos del mismo. Se trabajará con indicadores de gestión,
de proceso, de resultados y gráficos secuénciales.
CAPÍTULO IV
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
ARTÍCULO 8. Estructura: El Centro de Conciliación es una dependencia de
la Escuela de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Industrial de
Santander adscrito al Consultorio jurídico, que contará con el siguiente
personal administrativo y académico
1) El Comité Asesor
2) Un Director, que será el mismo Director del Consultorio Jurídico.
3) Un Asesor en Conciliación
4) Un Secretario
5) Monitores
CAPÍTULO V
DEL COMITÉ ASESOR
ARTÍCULO 9. Definición: Es un órgano adscrito del Centro de Conciliación
del Consultorio Jurídico, a fin de asesorarlo en el desarrollo de políticas y la
toma de decisiones el cual estará integrado de la siguiente manera:
1) El Director del Centro de Conciliación, quien lo preside
2) El Director de Escuela o su delegado
3) Los profesores Asesores del Consultorio jurídico
4) El asesor del Área de Conciliación
5) Los Monitores
143
6) Hará las veces de Secretario del Comité Asesor el Secretario
Administrativo del Centro de Conciliación.
Los integrantes deberán asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias
convocadas por el Director del Centro de Conciliación o el Director de
Escuela y las decisiones se adoptarán por mayoría
de votos de los
asistentes.
ARTÍCULO 10. Funciones: Son funciones del Comité Asesor:
1) Asesorar al Director en el diseño de pautas y programas académicos
que se desarrollan en el período lectivo;
2) Atender los problemas y situaciones académicas planteados por el
Director, provenientes de los profesores, monitores, estudiantes y
usuarios del centro de Conciliación del Consultorio Jurídico;
3) Elegir a los monitores del Centro Conciliación, previa convocatoria a
los estudiantes que terminen materias efectuada por el Director del
Centro de Conciliación.
4) Cumplir y hacer cumplir este Reglamento y su Código de Ética y
aplicar las correspondientes sanciones.
5) Las demás que le asigne el presente Reglamento, el Director del
Centro de Conciliación y el Director de Escuela.
CAPÍTULO VI
DE LA DIRECCIÓN
ARTÍCULO 11. Dirección del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico:
Al frente se encuentra el Director del Consultorio Jurídico.
ARTÍCULO 12. Funciones del Director: Al Director del Centro de Conciliación
del Consultorio Jurídico le corresponden las siguientes funciones:
144
1) Elaborar los planes de trabajo para el funcionamiento del Centro de
Conciliación, y someterlos, a la correspondiente aprobación por parte
del Director de Escuela.
2) Las propias de la Dirección administrativa y académica del Centro de
Conciliación, de acuerdo a lo que establezca la ley, los estatutos de la
Universidad y el presente reglamento interno.
3) Definir las políticas y trazar pautas para el cumplimiento de la gestión
encomendada por la Ley y por la Universidad, para cumplir los
objetivos propuestos en el proyecto institucional y el proyecto del
Centro de Conciliación, los cuales se definirán para cada anualidad,
en conjunto con el estamento Directivo que determine el Reglamento
de la Universidad.
4) Suscribir todas las constancias y certificados que dispone la Ley sobre
las actuaciones adelantadas en el Centro de Conciliación.
5) Representar a la Universidad por delegación de las autoridades
académicas de la misma en reuniones nacionales e internacionales
relacionadas con los asuntos de su competencia como Director del
Centro de Conciliación del Consultorio jurídico;
6) Adoptar sistemas o canales de información interinstitucional para la
ejecución y el seguimiento de los programas y proyectos del Centro de
Conciliación del Consultorio Jurídico;
7) Presentar los informes de labores al Director de la Escuela de
Derecho y al Ministerio del Interior y de Justicia y demás autoridades
administrativas y judiciales que lo soliciten de acuerdo a lo previsto por
la Ley.;
8) Convocar y presidir el Comité Asesor del Centro de Conciliación del
Consultorio Jurídico a reuniones ordinarias y extraordinarias;
9) Ejercer estricta vigilancia en el cumplimiento de las funciones y
deberes de los docentes, profesores catedráticos y personal del
Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico, para efectos de
145
ejecutar y supervisar lo concerniente a los horarios de trabajo,
autorizaciones de ausencias y régimen disciplinario.
10) Vigilar que los servicios que presta el Centro de Conciliación del
Consultorio Jurídico se realicen en forma eficaz y conforme a la
normatividad.
11) Abrir la convocatoria para la elección de los monitores del Centro de
Conciliación, que serán elegidos por el Comité Asesor del Centro de
Conciliación.
12) Proponer el desarrollo de programas de capacitación, difusión e
investigación legal y reglamentaria, dirigida tanto a Conciliadores
como a particulares sobre Mecanismos Alternativos de Solución de
Conflictos.
13) Definir sobre impedimentos y recusaciones de los Conciliadores.
14) Las demás que señalen los estatutos y reglamentos.
CAPÍTULO VII
DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
ARTÍCULO 13. Denominación del Cargo: Secretaría Administrativa del
Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico.
ARTÍCULO 14. Funciones del Secretario Administrativo: Son funciones del
secretario administrativo del Centro de Conciliación, las siguientes:
1) Recibir y radicar las solicitudes de Conciliación.
2) Entregar las constancias expedidas por los Conciliadores a los
usuarios que las soliciten.
3) Radicar las Actas de Conciliación y las Constancias, llevando con
diligencia y cuidado los libros que ordene la Ley.
4) Recibir, controlar y orientar a las personas que ingresen al Centro de
Conciliación de acuerdo con la naturaleza y materia de la consulta.
146
5) Llevar bajo su entera responsabilidad el Archivo general del Centro de
Conciliación.
6) Llevar todos los libros reglamentarios del Centro de Conciliación.
7) Hacer las veces de Secretario del Comité Asesor.
8) Controlar la asistencia de los Conciliadores a las audiencias, vigilar el
proceso de citación de los usuarios a las audiencias, velar por los
turnos de los conciliadores y elaborar el calendario de audiencias de
acuerdo a la disponibilidad de salas.
9) Colaborar en la elaboración de cartas, oficios y demás documentos
que
requiera
el
Centro
de
Conciliación
para
su
eficiente
funcionamiento.
10) Administrar la distribución de la papelería, velar por el mantenimiento
de todos los útiles y equipos e implementos de trabajo al servicio del
Centro de Conciliación.
11) Colaborar con la realización de los cursos de Conciliación dictados a
los Conciliadores universitarios y demás que se programen.
12) Elaborar las estadísticas semestrales de las audiencias y diligencias
celebradas en el Centro de Conciliación.
13) Las demás funciones que resulten de la naturaleza misma del cargo.
CAPÍTULO VIII
DEL ASESOR EN CONCILIACIÓN
ARTÍCULO 15. Asesor en Conciliación: Debe ser un Abogado titulado, con
experiencia en Conciliación, designado por el Director de la Escuela de
Derecho y Ciencia Política, encargado de orientar la asesoría en el Centro de
Conciliación del Consultorio Jurídico.
147
ARTÍCULO 16. Funciones del asesor en Conciliación: Son funciones del
asesor en Conciliación del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico,
además de las señaladas en el Reglamento Docente, las siguientes:
1) Designar el Conciliador para cada solicitud.
2) Asesorar al estudiante en todo lo referente a la perfecta realización y
culminación de la audiencia de Conciliación.
3) Firmar las Actas y las Constancias junto con el Conciliador y los
usuarios de acuerdo a lo ordenado por la Ley.
4) Revisar y autorizar los asuntos de acuerdo con los informes de los
estudiantes y con la competencia del Centro de Conciliación del
Consultorio Jurídico,
5) Participar en los talleres de inducción que señale la Dirección del
Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico con ocasión del
ingreso de los nuevos alumnos;
6) Dictar y coordinar conferencias, programar reuniones y mesas
redondas con los estudiantes.
7) Diseñar y ejecutar en consenso con el Director del Centro de
Conciliación, las pautas y políticas que deberán seguirse en su área
en busca de una mayor eficacia en el servicio y la capacitación de los
estudiantes.
8) Revisar y verificar el cumplimiento de los requisitos de forma de las
Actas de Conciliación para formalizar su registro ante el Director del
Centro de Conciliación y posterior radicación.
9) Controlar la existencia, manejo, disposición de los libros radicadores
que se lleven en el Centro de Conciliación.
10) Atender a los usuarios del Centro de Conciliación que requieran una
asesoría profesional, que presenten quejas o inconformidad con el
servicio.
148
11) Vigilar y controlar personalmente el normal transcurso de las gestiones
conciliatorias estando atento a la emisión de medidas sancionatorias
cuando la situación lo amerite.
12) Integrar las listas de Conciliadores cada semestre.
13) Organizar los turnos de atención a los usuarios por parte de los
Conciliadores.
14) Velar por la correcta y racional utilización de las salas para garantizar
un servicio ágil
y eficiente controlando el término de duración del
trámite de una Conciliación.
15) Evaluar el desempeño de los Conciliadores y Monitores.
16) Firmar la correspondencia relacionada con el seguimiento del
cumplimiento de los Acuerdos.
17) Las demás que sean compatibles con la naturaleza del cargo.
CAPÍTULO IX
DE LOS MONITORES
ARTÍCULO 17. Definición: Son monitores del Centro de Conciliación del
Consultorio Jurídico los estudiantes y los egresados de la Escuela de
Derecho y Ciencia Política, que cumplan con los requisitos establecidos en el
artículo siguiente, encargados de acompañar y complementar la actividad del
estudiante conciliador en practica.
ARTÍCULO 18. Requisitos: Para ser monitor del Centro de Conciliación del
Consultorio Jurídico se requiere:
1) Ser egresado con Licencia Temporal para el ejercicio profesional de
Abogado o estudiante de décimo nivel de la carrera de Derecho de la
Universidad Industrial de Santander;
2) Acreditar la calidad de Conciliador;
149
3) Haber realizado practica de Consultorio Jurídico como Conciliador con
excelente rendimiento.
4) Haber obtenido un promedio ponderado igual o superior a tres punto
ocho (3.8).
5) Los estudiantes de la Escuela de Derecho de la Universidad que
realicen su trabajo de grado bajo las modalidades estipuladas en el
Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado.
ARTÍCULO 19. Funciones: Son funciones de los Monitores las siguientes:
1) Elaborar las Actas de Conciliación cuando actúe como Conciliador.
2) Asesorar permanentemente a los estudiantes en la recepción de
consultas,
y
elaboración
de
Actas
de
Conciliación,
acompañándolos en las audiencias, cuando lo requieran.
3) Actuar como Conciliadores cuando por razones de fuerza mayor, o
impedimento o recusación deba reemplazar al Conciliador inicial,
según lo disponga el Asesor en Conciliación.
4) Llevar el control de las Audiencias suspendidas para su
reanudación dentro del término de duración del trámite;
5) Controlar las citaciones a las Audiencias de Conciliación,
colaborando con la verificación de la asistencia a la aAdiencia.
6) Cumplir con el horario asignado para el desempeño de sus
funciones.
7) Colaborar con el Asesor en la organización interna del Centro de
Conciliación y la vigilancia de todos los materiales y elementos del
mismo.
8) Acatar y hacer cumplir las disposiciones emanadas de la
Universidad, la dirección del Centro de Conciliación del Consultorio
Jurídico y los abogados Asesores.
9) Colaborar con la Secretaria del Centro con el levantamiento de las
estadísticas de todas las actuaciones.
150
10) Asistir a los seminarios de actualización, programados por el
Centro de Conciliación y,
11) Hacer el seguimiento a los Acuerdos para verificar el cumplimiento
y asesorar al usuario frente a las dificultades que generen un
incumplimiento.
CAPÍTULO X
DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 20. Definición: Son estudiantes adscritos al Centro de
Conciliación del Consultorio Jurídico, los estudiantes que se encuentren
realizando la práctica del Consultorio y cumplan con los requisitos exigidos
en el presente reglamento.
ARTÍCULO 21. Requisitos para ser Conciliador: Además de cumplir con las
obligaciones como miembros del Consultorio Jurídico durante el periodo
lectivo, los estudiantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
1) A efectos de realizar su practica en el Consultorio Jurídico los
estudiante de Derecho deberán cumplir con una carga académica
mínima en Mecanismos Alternativos de Solución de conflictos y haber
cursado y aprobado la capacitación como Conciliadores Universitarios
en Derecho programada por la Escuela de Derecho de la Universidad
Industrial de Santander
2) Ser estudiante activo del Consultorio Jurídico
3) Tener el certificado de Conciliador
ARTÍCULO 22. De las obligaciones del estudiante Conciliador: Los
estudiantes conciliadores del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico,
tienen las siguientes obligaciones:
151
1) Actuar como conciliadores en los asuntos que por cuantía y naturaleza
sean competencia de los Consultorios Jurídicos.
2) Elaborar por entrevista con el usuario la solicitud de Conciliación.
3) Estudiar y presentar informe sobre la solicitud de conciliación al
Asesor en Conciliación, pidiendo la autorización para citar a la
audiencia cuando sea del caso hacerlo.
4) Citar a las partes y a todos los que considere que debe participar en la
audiencia de conformidad con lo dispuesto en la ley,
previa
autorización del Asesor en Conciliación.
5) Desarrollar todas las diligencias necesarias para hacer concurrir a
quienes, en su criterio, deban asistir a la audiencia.
6) Ilustrar a los comparecientes sobre el objeto, alcance y límites de la
Conciliación.
7) Motivar a las partes para que presenten fórmulas de arreglo con base
en los hechos tratados en la Audiencia.
8) Formular propuestas de arreglo.
9) Levantar el Acta de la Audiencia de Conciliación
10) Registrar el Acta de la Audiencia de Conciliación de conformidad con
lo previsto por la ley.
11) Velar porque no se menoscaben los derechos ciertos e indiscutibles,
así como los derechos mínimos e intransigibles.
12) Permanecer en la sede del Centro de Conciliación durante los turnos
establecidos.
13) Asistir a todo el programa de educación continuada que se desarrolle
en capacitación y actualización del Centro de Conciliación.
14) Realizar el seguimiento correspondiente a los acuerdos para verificar
su cumplimiento.
15) Promover la Conciliación como alternativa optima para la solución de
conflictos, que garantiza el acceso a la justicia.
152
ARTÍCULO 23. De la integración de la lista de Conciliadores: Las listas de
los Conciliadores se integrarán con los nombres de los estudiantes miembros
del Consultorio Jurídico, que cumplan con todos los requisitos exigidos por el
presente Reglamento, la cual será enviada al Ministerio de Interior y de
Justicia por parte del Consultorio cada vez que se renueve, por lo general en
forma semestral.
ARTÍCULO 24. De la designación: La designación del Conciliador se hará
por el sistema de reparto previsto en el Consultorio Jurídico, sin que un
estudiante pueda atender una nueva audiencia hasta tanto la totalidad de los
miembros de la lista no haya sido agotada, y así sucesivamente de acuerdo a
las necesidades del Centro.
ARTÍCULO 25. Programa de Educación Continuada: Consiste en la
capacitación de carácter interno que permitirá la actualización constante en
todos los temas relacionados con los Mecanismos Alternativos de Solución
de Conflictos.
CAPÍTULO XI
DEL PROCEDIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN:
ARTÍCULO 26: Atención Inicial al Usuario:
1. El Monitor de reparto del Consultorio Jurídico escuchará atentamente
al usuario otorgándole la mejor orientación sobre el área del derecho
dentro de la que se debe manejar el conflicto que plantea.
2. El Monitor de reparto remitirá al usuario con un estudiante de
Consultorio Jurídico que este de turno en el área del derecho en
donde le ubico el conflicto.
153
3. El estudiante asignado diligencia la solicitud de asesoría jurídica
durante la entrevista con el usuario, evaluando el caso para efectos de
ubicarlo frente a la alternativa de solución más conveniente.
4. Si se recomendó la Conciliación, se asignará cita para entrevista con
estudiante Conciliador. El Director o el Asesor de Conciliación, de
acuerdo al control de reparto y asignación de casos a los estudiantes
conciliadores, designará el estudiante que debe atender la consulta.
5. Cuando el usuario solicite directamente la conciliación, se remitirá
inmediatamente
al
Centro
de
Conciliación,
para
el
trámite
correspondiente al diligenciamiento de la solicitud.
ARTÍCULO 27: Consulta. El Estudiante Conciliador deberá:
1. Verificar que la persona que acude a la cita traiga consigo la fotocopia
de los documentos que desea anexar a la solicitud de Audiencia de
Conciliación y los datos completos de las personas posibles a citar
(nombre completo, dirección y teléfono). Si el solicitante no aporta los
documentos que se requieran, si a ello hubiere lugar, no se radicara
la solicitud, deberá solicitar nueva cita.
2. Realizar una entrevista completa a la persona, en donde indagará
mínimo por los datos planteados en el formato “Solicitud de Audiencia
de Conciliación”:
a. Datos completos de las partes:
Parte Solicitante: Nombre completo, número de cédula, domicilio,
dirección de residencia, barrio, teléfono, estrato social, estado
civil, número de personas a cargo, ocupación u oficio.
Conocimientos sobre el contenido y alcance de la Conciliación.
Parte a Citar: Nombre completo, domicilio, dirección de residencia,
barrio y teléfono.
154
Debe tenerse en cuenta que es obligación indagar por todas las
personas que puedan estar involucradas en el conflicto.
b. Relación sucinta pero completa de los hechos que fundamentan la
solicitud de Audiencia de Conciliación.
c. Pretensiones frente al conflicto.
d. Relación de documentos que se adjuntan.
e. La solicitud debe ser fechada y firmada por el usuario y por el
estudiante (Conciliador).
Si la solicitud no está completa, y sobre todo sino se tienen los datos
de todas las personas involucradas en el conflicto para efectos de la
citación, no se radicará en el Centro de Conciliación advirtiendo de
esta circunstancia al usuario.
Debe recordarse al usuario que si definitivamente desconoce el
paradero de las personas a citar, puede acudir directamente a la
justicia ordinaria a través del proceso correspondiente como otra
alternativa para solucionar su problema.
3. Verificar en la entrevista, si la persona que consulta pertenece a los
estratos 1, 2 o por circunstancias especiales debe ser atendida como
usuario de Consultorio Jurídico. En este momento es posible solicitar
la colaboración al practicante de Trabajo social.
4. Advertir a la persona que consulta, que el solo hecho de la recepción
de la solicitud, no lo hace “Usuario” del Centro de Conciliación. Es
necesario verificar si el asunto es conciliable y si la persona cumple
con los requisitos reglamentarios y de ley para ser tenido como tal.
155
ARTÍCULO 28: Entrega de la solicitud al Director o Asesor de Conciliación
del Centro de Conciliación:
1. El Secretario del Centro de Conciliación debe verificar el correcto
diligenciamiento de la solicitud, procediendo a radicarla con número y fecha.
Radicada la solicitud pasa al Director o al Asesor de Conciliación para que
proceda a verificar si el asunto es susceptible de conciliación y si la persona
que solicita el servicio cumple con los requisitos de ley para ser catalogado
como “Usuario”.
2. El Director o al Asesor en Conciliación, confirma o designa al Conciliador,
señalándole las instrucciones a seguir para efectos de la elaboración del
informe que debe presentar.
ARTÍCULO 29: Reparto:
De acuerdo con los horarios, turnos y carga de atención establecidos en el
Centro de Conciliación, (según lo dispuesto en el artículo 6 del presente
Reglamento) el
Director o el Asesor en Conciliación, de la lista de
Conciliadores inscritos en el Centro asignará el caso.
Puede verificar el número de asuntos en manos de cada estudiante, para
efectos de distribuir la carga de atención y los tiempos del trámite.
PARÁGRAFO: Los estudiantes una vez tengan el visto bueno del Director o
del Asesor para citar a la Audiencia de Conciliación, deben presentarse ante
la Secretaría del Centro de Conciliación, para efectos de solicitar sala, fecha
y hora. Audiencia que
deberá fijarse
siguientes calendario.
156
dentro de los veinte (20) días
ARTÍCULO 30: Formalización del reparto:
1. El reparto debe asentarse en el libro radicador de Conciliaciones, el cual
contiene los siguientes datos:
a) Número de radicado
b) Nombres de las partes (solicitante y citada),
c) Conciliador designado,
d) Área del Derecho a que corresponde la conciliación.
e) La fecha de la solicitud de la Audiencia y fecha y hora de realización de la
Audiencia.
2. El Conciliador, al recibir la carpeta que contiene la solicitud de la Audiencia
y las pruebas anexas, con las indicaciones del Director o del Asesor en
Conciliación debe firmar el libro radicador.
El Conciliador en todo caso debe velar por tramitar la Conciliación dentro del
término señalado por la Ley, buscando siempre ofrecer un servicio oportuno,
ágil y efectivo.
ARTÍCULO 31: Citación a la Audiencia
Citación: La citación a la Audiencia de Conciliación extrajudicial en derecho
deberá intentarse en el menor tiempo posible y comunicarse a las partes por
el medio que el conciliador considere más expedito y eficaz, indicando
sucintamente el objeto de la Conciliación y mencionando las consecuencias
jurídicas de la inasistencia.
La citación fechada debe incluir destinatario, remitente, fecha, hora y lugar de
la audiencia, debidamente firmada por el Conciliador encargado del caso,
teniendo en cuenta los siguientes aspectos especiales:
157
1. El Conciliador podrá citar hasta dos veces a las partes para que acudan a
la Audiencia, presentando informe justificado al Director o al Asesor en
Conciliación sobre la conveniencia de una segunda citación. Así mismo,
podrá proceder a expedir la correspondiente constancia de inasistencia,
cuando definitivamente sea imposible localizar a las partes o a una de ellas.
2. La notificación de la citación debe hacerse mediante cualquier medio
expedito y eficaz y de ser posible confirmará telefónicamente la fecha y hora
de la Audiencia a ambas partes.
3. De las citaciones, quedará constancia en la carpeta de cada solicitud.
4. En caso de no
hacerse efectiva la citación, el Conciliador deberá
entrevistarse con el solicitante y verificar los datos o conocer las nuevas
circunstancias que están afectando la citación.
5. El Conciliador debe recordar que las autoridades de policía le pueden
colaborar para hacer efectiva la citación.
El Conciliador con el visto bueno o por indicación del Director o del Asesor
de Conciliación podrá organizar entrevistas individuales con cada una de las
personas involucradas en el conflicto antes de la audiencia de conciliación.
ARTÍCULO 32: La Conciliación: El Conciliador no instalará ni iniciará la
Audiencia de Conciliación hasta tanto no haya verificado que la citación se
haya efectuado en debida forma y que se encuentran presentes las partes,
para lo cual deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:
158
1. Presentación del Conciliador: El Conciliador designado se presentará ante
los comparecientes, indicando su nombre, su condición de Conciliador
designado para el caso, inscrito en la lista de Conciliadores vigente e
inmediatamente procederá a verificar la identificación y presencia de los
citados y del solicitante. En caso de no comparecencia de una o ambas
partes el Conciliador esperara un tiempo prudencial para la iniciación de la
audiencia.
2. En caso de recibir excusa antes de iniciar la Audiencia, se comunicará a
los demás comparecientes para efectos de fijar nueva fecha y hora y realizar
otra citación a la persona ausente.
4. Instalación de la Audiencia: Una vez presentes las personas que deben
intervenir, el Conciliador las invitará a sesionar con objeto de adelantar la
Audiencia.
5.Comparecencia de personas sin interés: Si alguna de las partes se
presenta con otras personas que no tienen interés alguno en la Audiencia,
el Conciliador así se los hará saber indicando que ésta Audiencia conforme al
principio de confidencialidad del proceso de Conciliación no es pública, y
quien no sea parte debe retirarse de la sala de audiencias para efectos de
salvaguardar la confianza depositada en el Conciliador y en el proceso y para
evitar que el tercero que no tiene interés entorpezca el desarrollo de la
Audiencia y el posible acuerdo.
6.Comparecencia de personas con posible interés jurídico: Si alguna de las
partes se presenta con otras personas que, a su entender tienen interés
jurídico en la Conciliación (por ejemplo, comuneros, coacreedores,
codeudores, alimentarios), el Conciliador enterará de la situación a quienes
inicialmente fueron citados y, de la información que obtenga, valorará la
159
posibilidad de intervención de quienes se hicieron presentes sin ser citados,
recomendando su participación con objeto de posibilitar acuerdos que
integren y compongan el conflicto para todas ellas. Si las partes consienten
en la participación de los demás presentes con interés, el Conciliador las
invitará a ingresar a la sala. De esta situación se dejará constancia en el
Acta. Si las partes citadas no están de acuerdo con la intervención de las
demás personas, el Conciliador no instalará la Audiencia y se procederá a
realizar las citaciones respectivas y reprogramar fecha y hora y revisando
nuevamente el caso.
7. Representación de las partes: Si la parte citada ha otorgado poder para
que se le represente en la celebración de la Audiencia, el Conciliador deberá,
en primer lugar, verificar la posibilidad legal de realizar la Conciliación a
través de apoderado. Siendo ello legalmente viable, exigirá al apoderado,
que para efectos de Consultorio Jurídico puede ser un estudiante en práctica
de Consultorio Jurídico o un Abogado en ejercicio, la entrega del poder
especial con la facultad expresa para conciliar y con la debida y previa
diligencia de presentación personal por parte del poderdante. En caso de que
no proceda la representación para conciliar o que el apoderado no ostente la
calidad de tal, se fijara nueva hora y fecha para la celebración de la
Audiencia, solicitando que se subsanen todas las falencias presentadas.
8. Si alguna de las partes es persona jurídica, el Conciliador deberá exigir al
compareciente el documento que lo acredite como representante legal o
como apoderado designado por aquel y que contenga la facultad legal o
estatutaria para Conciliar. El Conciliador deberá prestar especial atención a
las facultades otorgadas al representante legal o al apoderado y los límites
que se le imponen legal o estatutariamente respecto del asunto en el cual
pretende conciliar en representación de la persona jurídica.
160
En caso de
verificación positiva de las situaciones anteriores en la constancia o acta se
hará una relación detallada de los documentos aportados.
9. En caso de que el compareciente no sea el representante legal de la
persona jurídica, no tenga facultad legal ni estatutaria para conciliar, que tal
facultad esté limitada para el asunto que se pretende conciliar o haya
designado apoderado sin el cumplimiento de las formas legales, la audiencia
no se instalará, y se procederá fijando nueva fecha y hora para audiencia,
indicando que se deben subsanar todas las falencias.
ARTÍCULO 33: Desarrollo de la Audiencia: Una vez definida la calidad de
parte de los comparecientes y estando presentes todas ellas en la sala de
Audiencia, contando con la identificación completa de todos los asistentes, el
Conciliador iniciará la Audiencia presentando el mecanismo, motivando a las
partes para llegar a un acuerdo amistoso, equitativo, de beneficio mutuo y
legitimo, bajo unas reglas de juego que se acordaran por todos los asistentes
en las que se garantice la expresión libre, sincera, respetuosa y clara, que
permitan reestructurar plenamente el conflicto, para el buen entendimiento de
la situación a negociar.
Instalada la Audiencia, el Conciliador estará atento en todo momento a su
desarrollo y privilegiará el mantenimiento de la relación y la comunicación
entre las partes, aun en el caso en que intuya que no habrá acuerdo entre los
interesados.
El Conciliador mantendrá la atención para efectos de presentar formulas de
arreglo en caso de requerirse por ausencia de opciones entre las partes.
La Audiencia podrá durar el tiempo requerido por las partes y deberá
continuarse el menor tiempo posible, previo informe. Siempre y cuando la
161
evaluación de lo sucedido muestre que se esta conduciendo el dialogo hacia
un acuerdo.
ARTÍCULO 34: Acta: El Conciliador levantará el Acta de Conciliación si se
logran acuerdos de manera total o parcial, rigiéndose por las prescripciones
legales que fundamentan el mérito ejecutivo y la cosa juzgada.
El conciliador tendrá en cuenta los requisitos legales de contenido del Acta,
sus obligaciones y el modelo propuesto por el Centro.
El Acta debe ser firmada por las personas presentes en la Audiencia y por el
Conciliador para pasar a la revisión y firma del
Director o el Asesor en
Conciliación, con fines de registro.
En caso de que alguna de las partes no sepa firmar, deberá optarse por la
figura de la firma a ruego, caso en el cual habrá de hacerse constar, de
manera completa, tal circunstancia.
ARTÍCULO 35: Entrega de Copias: El Conciliador deberá entregar a cada
una de las partes una copia íntegra del Acta de Conciliación con la
constancia de registro, a más tardar al tercer día de celebrada la Audiencia.
Entregará copia autentica con constancia de ser la primera que presta mérito
ejecutivo debidamente registrada a favor de quienes se hayan pactado
obligaciones.
A las partes se les advierte que el original del Acta permanece en el archivo
del Centro de Conciliación.
162
ARTÍCULO
36:
Suspensión
de
la
Audiencia:
La
Audiencia
podrá
suspenderse temporalmente por acuerdo y aprobación de las partes, caso
en el cual deberá indicarse claramente la fecha, hora y lugar de reanudación.
De dicha situación se levantará informe, estableciendo claramente las etapas
desarrolladas y si se ha llegado a algún acuerdo.
ARTÍCULO 37: Retiro de Solicitud: El solicitante mediante escrito motivado
podrá retirar la solicitud de Conciliación en cualquier momento antes de
iniciarse la Audiencia de Conciliación.
ARTÍCULO 38: Constancias: La Conciliación podrá terminar con Constancia
de Imposibilidad de Acuerdo o con Constancia de Inasistencia según lo
previsto por la ley y el modelo del Centro de Conciliación
La Constancia de Imposibilidad de Acuerdo y la Constancia por Inasistencia
serán firmadas por los comparecientes a la Audiencia de Conciliación, por el
conciliador y por el Director o el Asesor en conciliación.
Las constancias serán radicadas en la secretaría del Centro de Conciliación y
se dejará copia en el archivo entregando el original al solicitante y copia a las
demás personas que participaron y que la requieran.
ARTÍCULO 39: Registro del Acta de Conciliación: La Conciliación termina
con el Registro del Acta a cargo del Director o el Asesor en conciliación que
son responsables del control de legalidad. La constancia auténtica debe ser
firmada por el Director del Centro de Conciliación. Todas las Actas deben
llevar número consecutivo de radicación en el libro correspondiente y su texto
se levantará en papelería del Centro de Conciliación.
163
Al entregar las copias a las partes se les hará firmar la constancia de
recibido.
ARTÍCULO 40: Informe de Práctica de los Conciliadores: Los Estudiantes
Conciliadores adscritos al Centro de Conciliación deben elaborar los Informes
de Práctica para el Asesor en Conciliación del Centro, en las fechas que la
dirección del Consultorio Jurídico fija para la entrega de los mismos.
ARTÍCULO 41: Seguimiento de Acuerdos:
El Centro de Conciliación llevará un libro especial denominado “Control de
Acuerdos y Seguimiento”, en el cual se relacionarán los acuerdos con los
datos de la parte obligada y de la parte beneficiaria para
realizar
comunicación vía telefónica antes y después de la fecha pactada, con el
objeto de seguir el cumplimiento de los acuerdos.
En caso de incumplimiento informado personal o telefónicamente por el
afectado, se enviará carta a la persona obligada para efectos de brindarle la
asesoría correspondiente y de conocer las circunstancias particulares que lo
llevaron al incumplimiento.
PARÁGRAFO: En el libro “Control de Acuerdos y Seguimiento” se
relacionará el resultado de la gestión de seguimiento con las palabras
cumplimiento o incumplimiento.
ARTÍCULO 42: Reincidencia en el Conflicto: En caso de reincidencia en un
conflicto Los estudiantes del Consultorio Jurídico recomendaran una nueva
alternativa para la solución definitiva del problema, que puede ser
prioritariamente el acudir a las autoridades judiciales y administrativas.
164
CAPÍTULO XII
DEL CÓDIGO DE ETICA
ARTÍCULO 43. Confidencialidad: La información recibida por el Conciliador
en la Audiencia de Conciliación es confidencial y no debe ser revelada a
ninguna otra persona ni a las partes fuera del contexto de la Audiencia.
ARTÍCULO 44. Neutralidad: El Conciliador debe expresar y revelar al Centro
y a las partes, tan pronto sea designado o tome conocimiento de algún caso,
todas las afiliaciones económicas, sicológicas, emocionales o profesionales
que tuviera con alguna de las partes, que pudieran causar un conflicto de
interés o que sean susceptibles de afectar la neutralidad, real o percibida en
el ejercicio de su función.
El Conciliador no puede establecer una relación profesional con ninguna de
las partes, en algún asunto relacionado con la controversia o sobre cualquier
asunto no relacionado con ella si es que pudiera afectar la integridad del
proceso de conciliación.
El Conciliador no debe usar su posición para obtener alguna ventaja o
ganancia, o tomar parte en labores, actividades o proyectos que
contravengan o se opongan a su desempeño como conciliador.
ARTÍCULO 45. Imparcialidad: El Conciliador está obligado durante el
desarrollo de sus servicios a mantener una postura imparcial con todas las
partes. La imparcialidad implica un compromiso para ayudar a todas las
partes por igual en el logro a una solución mutuamente satisfactoria. Así
mismo, que el Conciliador no desempeñará un papel adversario en el
proceso.
165
El Conciliador deberá dirigir con honestidad e imparcialidad el proceso de
Conciliación, actuando como un tercero neutral y pondrá a disposición de las
partes todas las habilidades inherentes a su profesión y todos los esfuerzos
tendientes a conducir la Conciliación con el más alto grado de excelencia.
CAPÍTULO XllI
DE LAS FALTAS Y SANCIONES
ARTÍCULO 46. De las Faltas y Sanciones: Las faltas cometidas por los
estudiantes en la práctica del Centro de Conciliación, serán sancionadas de
conformidad a los procedimientos y sanciones previstas en el Reglamento
Académico Estudiantil de Pregrado de la Universidad Industrial de
Santander.
ARTÍCULO 47: Causales de exclusión: los conciliadores serán excluidos de
la lista oficial cuando se configure una de las siguientes causales:
1) El incumplimiento de las normas legales o del código de ética,
previstas para los Conciliadores.
2) Abstenerse o rehusarse injustificadamente a atender los casos
asignados o no concurrir a la audiencia, salvo excusa comprobada.
3) Haber sido sancionado penal o disciplinariamente.
4) Cobrar o recibir tarifas, honorarios o dádivas en el desarrollo de sus
funciones.
ARTÍCULO 48. Procedimiento: el procedimiento de exclusión de la lista de
conciliadores por parte de la dirección del Centro de Conciliación se aplicara
a quien incurra en alguna de las causales anteriores. En todos los casos el
director elevara consulta del caso al comité asesor. Este órgano consultivo
escuchará los descargos del inculpado, y remitirá su concepto al director,
quien finalmente tomará la decisión más conveniente.
166
Copia de esta
decisión se compulsara al Consejo de Escuela de Derecho y Ciencia Política
de la Universidad Industrial de Santander.
De la decisión de exclusión se cursara traslado al Ministerio de Interior y de
Justicia
ARTÍCULO 49: Inspección y Vigilancia: La Inspección y vigilancia interna del
cuerpo que integra el Centro de Conciliación, será desarrollada por el Comité
Asesor del Centro de Conciliación, el control externo corresponde legalmente
al Ministerio del Interior y de Justicia y al Consejo Seccional de la Judicatura.
ARTÍCULO 50: Aplicación: Este reglamento será aplicable a los adscritos al
Centro de Conciliación, Director, Secretario, Asesor, Conciliadores y
Monitores.
Se expide hoy 21 de Febrero de 2005, previa revisión y aprobación del
Consejo de Escuela de la UIS, del Director y Asesor del Centro de
Conciliación, remitiendo copia de igual tenor al Ministerio del Interior y de
Justicia.
Publíquese permanentemente en lugar visible del Centro de Conciliación.
NICOLAS RODRIGUEZ OTERO
Director de Escuela de Derecho y Ciencia Política
ROCIO SERRANO GOMEZ
Directora Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación
167
CONSTANCIA
El suscrito Director de la Escuela de Derecho y Ciencia Política, CERTIFICA
que el anterior Reglamento del Centro de Conciliación del Consultorio
Jurídico de la Escuela de Derecho y Ciencia Política, el cual consta de XIII
capítulos y 50 artículos, obrantes en 31 folios, fue estudiado y aprobado por
el Consejo de Escuela, en sesión realizada el Veintiuno (21) de febrero de
2005.
NICOLAS RODRIGUEZ OTERO
Director de Escuela de Derecho y Ciencia Política
168
CONCLUSIONES
De la realización del presente trabajo de grado y de las experiencias
obtenidas del mismo, se destacan las siguientes conclusiones:
1. La Conciliación como Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos,
representa una verdadera opción jurídica para poner fin a las controversias
entre particulares, al ser las partes las que solucionan el conflicto, de otra
forma, tendrían que acudir a la intervención de organismos estatales,
situación que se consolida con la tradicional posición de los abogados de no
optar por estas nuevas vías que el Derecho ofrece para la solución legitima
de las controversias.
2. La descongestión judicial
fue uno de los principales objetivos que se
propuso lograr el legislador, tanto así que la primera ley expedida sobre la
materia se denomino “Ley de Descongestión Judicial” (ley 23 de 1991); a
pesar de ello, los resultados obtenidos durante la investigación realizada
para el presente trabajo de grado, demuestran lo contrario situación que
obedece a varios criterios, entre los que encontramos: el desconocimiento
sobre la Conciliación como Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos,
el difícil acceso a la misma (en la ciudad solo existen 3 Centro de
Conciliación que prestan el servicio de forma gratuita), la ausencia de cultura
al respecto por parte de los Abogados litigantes que recurren a la
Conciliación únicamente cuando esta se prevé como
procedibilidad
requisito de
sin animo conciliatorio real, buscando simplemente el
agotamiento del requisito para acceder a la jurisdicción ordinaria.
3. Estadísticamente se comprobó que el
63% de los habitantes de
Bucaramanga, pertenecen a los estrato 1 , 2 y 3,lo que indica que la mayoría
169
de la población Bumanguesa, por su condición social y económica pueden
llegar a ser atendidos
en los Centros de Conciliación y Consultorios
Jurídicos de la ciudad, haciéndose evidente la necesidad de la Creación y
puesta en Marcha del Centro de Conciliación, como dependencia adscrita al
Consultorio Juridico y dirigida bajo los misma manta y parámetros altruistas,
ofreciendo de esta manera la comunidad vulnerable y de estratos bajos en
general un servicio que llene sus expectativas y cubra sus necesidades.
4. La demanda del servicio de Conciliación en Bucaramanga, por parte de
personas de escasos recursos económicos es muy elevada, y los costos del
mismo, impiden en un gran numero de ocasiones que estas se puedan llevar
a cabo, por tal motivo el promedio de solicitudes presentadas a los Centros
de Conciliación que prestan sus servicios de forma gratuita es cada vez
mayor. Es por esta razón, que la creación de espacios que promuevan los
Mecanismos de Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) se constituye
en un interés de primer orden, por tal motivo se hace urgente la creación de
mas Centros de Conciliación gratuitos y a disposición de este sector de la
población, como el propuesto por la Universidad industrial de Santander, el
cual esta diseñado para colaborar con la justicia y suplir esta necesidad
social.
5. Mediante las encuestas
realizadas a
los diferentes escenarios
y
personajes capacitados para prestar el servicio de Conciliación, pudimos
extraer que la Universidad Industrial de Santander, como ente pionero del
Desarrollo Santandereano, presta una excelente labor dentro de su
consultorio y tiene gran aceptación y acogida dentro de los organismos de
administración justicia y la población en general, siendo tan alto el grado de
satisfacción del mismo que no dudarían en recomendar nuestro Centro de
Conciliación por el respaldo institucional, excelente planta de profesores y
calidad académica que ofrece la UIS.
170
6. El estudio de Factibilidad de nuestro Centro de Conciliación, permite
asegurar que la ubicación
de nuestro Centro, los recursos financieros,
logísticos y humanos del mismo, garantizarán un excelente funcionamiento
del mismo, lo cual permitirá, seguir proyectando la labor social y altruista que
ofrece el Consultorio Juridico y la creación de un espacio de practica a los
estudiantes de últimos niveles de la carrera de Derecho.
7. En el desarrollo del presente estudio pudimos comprobar que la
Conciliación, como Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos debe
constituir un interés de primer orden para las políticas gubernamentales, para
las organizaciones de carácter privado, que en virtud de la Ley se invisten
transitoriamente como operadores de justicia, y para toda la ciudadanía en
general. Por lo tanto, se hace necesario la construcción de espacios que
promuevan los la resolución de conflictos mediante la Conciliación, razón por
la cual es de vital importancia la creación y puesta en marcha del Centro de
Conciliación Adscrito al Consultorio Jurídico de la Universidad Industrial de
Santander, meta trazada y alcanzada por el presente trabajo de grado; al
desarrollar todos los requisitos exigidos por el Ministerio de Interior y de
Justicia para la creación y funcionamiento de los Centros de Conciliación
Universitarios.
171
BIBLIOGRAFIA
ALCALDÍA DE BUCARAMANGA. Archivo Oficina de Planeación Territorial.
CONSULTORIO JURIDICO UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER.
Archivo de Estadísticas.
GIRALDO ANGEL, Jaime. Metodología y técnica de la investigación sociojurídica. Bogotá: Editorial Librería El Profesional.
INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TÉCNICAS. Normas colombianas
para la presentación de trabajos de investigación. Quinta actualización.
Bogotá: ICONTEC, 2003.
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS. Bogotá:
Editorial Leyer 2002
MINISTERIO DE INTERIOR Y DE JUSTICIA, Resolución 1342 de 2004.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO. La conciliación Mecanismos
alternativos de Solución de Conflictos. Colección de Códigos Básicos.
Bogotá: Legis 2001.
PÁGINA WEB DE LA CÁMARA DE COMERCIO BUCARAMANGA,
http:/www.camaradirecta.com
PÁGINA WEB DEL DANE, http: /www.dane.com
RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL, Archivo, Bogotá, Colombia.
RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL, Sistema Único de Registro, Bucaramanga,
Santander.
VALDIVIESO, Susana. Bucaramanga, Historias de 75 años. Cámara de
Comercio de Bucaramanga. 1998
172
Anexo A. Fotografías sede UIS Bucarica y centro de conciliación
173
174
175
176
177
178
179
180
181
Anexo B. Formatos Encuestas Realizadas
182
ENCUESTA DIRIGIDA A ESTUDIANTES UIS.
El Consultorio Jurídico adscrito a la Escuela de Derecho de la Universidad
Industrial de Santander, tiene como objetivo para el año 2005, crear y poner
en funcionamiento su Centro de Conciliación, por tal motivo estudiante UIS
le solicitamos responder la siguiente encuesta:
DATOS GENERALES DEL ENCUESTADO:
NOMBRES ___________________________ APELLIDOS ______________
EDAD ___________ SEXO __________________ TELÉFONO __________
DIRECCION_________________________BARRIO___________________
CARRERA_________________________ SEMESTRE_________________
1. ¿Usted ó su familia se ha visto enfrentado a un problema cuya solución
halla requerido asesoría de tipo jurídico?
SI ____
NO ____
2. En caso positivo responda:
• ¿A quien ha acudido para obtener la
problema?
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
asesoría y solución de dicho
Un abogado
____
Consultorio Jurídico
____
Defensoría del Pueblo
____
Comisoria de Familia
____
Bienestar Familiar
____
Oficina del Trabajo
____
Centro de Conciliación
____
Fiscalía
____
Otros.
¿Cuál?_____________________________________________________
3. En caso negativo responda:
• ¿En caso de presentársele un problema cuya solución dependa de
asesoría de tipo jurídico a quien acudiría para obtenerla?
a. Un abogado
b. Consultorio Jurídico
c. Defensoría del pueblo
____
____
____
183
d.
e.
f.
g.
h.
i.
Comisoria de Familia
____
Bienestar Familiar
____
Oficina del Trabajo
____
Centro de Conciliación
____
Fiscalía
____
Otros.
¿Cuál?_____________________________________________________
4. ¿Tiene usted conocimiento de la existencia del Consultorio Jurídico de la
Escuela de Derecho de la UIS?
SI ____
NO ____
5. ¿Tiene usted conocimiento de la existencia de la CONCILIACIÓN como
Mecanismo Alternativo para la Solución de Conflictos de tipo jurídico de
forma rápida, eficaz, gratuita y extrajudicial?
SI ____
NO ____
6. ¿Estaría usted dispuesto a acudir a un Centro de Conciliación, para
buscar solución a un problema de tipo jurídico?
SI ____
NO ____
7. En caso positivo, acudiría usted a un Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho Universidad Industrial de
Santander, donde lo atenderían en forma gratuita los estudiantes,
especialmente capacitados como CONCILIADORES?
SI ____
NO ____
8. ¿Recomendaría usted el Centro de Conciliación que la Universidad
Industrial de Santander va a poner en funcionamiento en el Consultorio
Jurídico a otras personas?
SI ____
NO ____
184
ENCUESTA DIRIGIDA A USUARIOS DEL CONSULTORIO JURÍDICO DE
LA ESCUELA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE
SANTANDER.
El Consultorio Jurídico adscrito a la Escuela de Derecho de la Universidad
Industrial de Santander, tiene como objetivo para el año 2005, crear y poner
en funcionamiento su Centro de Conciliación, por tal motivo le solicitamos
señor Usuario responder la siguiente encuesta:
DATOS GENERALES DEL ENCUESTADO:
NOMBRES______________________ APELLIDOS ___________________
EDAD__________SEXO_____PROFESION U OCUPACION ____________
DIRECCIÓN__________________________TELÉFONO________________
1. ¿Por que medio tuvo usted conocimiento de la existencia del Consultorio
Jurídico de la Universidad Industrial de Santander?
a.
b.
c.
d.
Por un amigo
____
Por un familiar
____
Por un usuario del consultorio____
otros
____
2. ¿Como calificaría usted la atención recibida por parte de los estudiantes
pertenecientes al Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho de la
Universidad Industrial de Santander?
a.
b.
c.
d.
Excelente
____
Buena
____
Mala
____
Le gustaría que ______________________________________________
3. ¿Con que frecuencia acude usted a los servicios que presta el Consultorio
Jurídico de la escuela de Derecho de la Universidad industrial de
Santander?
a. Siempre
b. Ocasionalmente
c. Primera vez
____
____
____
4. Que tipo de asesoría requiere por parte del Consultorio Jurídico de la
Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de Santander
185
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
Laboral
Contratos de arrendamiento
Riñas
Problemas por deudas
Problemas por obligación alimentaria
Violencia intrafamiliar
Incumplimiento de Contratos
Infracciones de tránsito
Otros
____
____
____
____
____
____
____
____
____
5. Tiene usted conocimiento de la existencia de la CONCILIACIÓN como
Mecanismo Alternativo para la Solución de Conflictos de tipo jurídico de
forma rápida, eficaz, gratuita y extrajudicial?
SI ____
NO ____
6. ¿Estaría usted dispuesto a acudir a un Centro de Conciliación, para
buscar solución a un problema de tipo jurídico?
SI ____
NO ____
7. En caso positivo, acudiría usted a un Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho Universidad Industrial de
Santander, donde lo atenderán de forma gratuita los estudiantes
especialmente capacitados como CONCILIADORES?
SI ____
NO ____
8. ¿Recomendaría usted el Centro de Conciliación que la Universidad
Industrial de Santander va a poner en funcionamiento en el Consultorio
Jurídico a otras personas?
SI ____
NO ____
186
ENCUESTA A POBLACION EN GENERAL
El Consultorio Jurídico adscrito a la Escuela de Derecho de la Universidad
Industrial de Santander, tiene como objetivo para el año 2005, crear y poner
en funcionamiento su Centro de Conciliación, por tal motivo le solicitamos a
usted responder la siguiente encuesta:
DATOS GENERALES DEL ENCUESTADO:
NOMBRES ________________________ APELLIDOS _________________
EDAD________SEXO_________PROFESION U OCUPACION __________
DIRECCION __________________________ TELÉFONO ______________
1. ¿Usted ó su familia se ha visto enfrentado a un problema cuya solución
halla requerido asesoría de tipo jurídico?
SI ____
NO ____
2. En caso afirmativo, que tipo de problema:
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
Laboral
Contratos de arrendamiento
Riñas
Problemas por deudas
Problemas por obligación alimentaria
Violencia intrafamiliar
Incumplimiento de Contratos
Infracciones de tránsito
Otros
____
____
____
____
____
____
____
____
____
3. ¿A quien acude o acudiría usted para obtener la asesoría y solución de
dicho problema?
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
Un abogado
Consultorio Jurídico
Defensoría del pueblo
Comisoria de Familia
Bienestar Familiar
Oficina del Trabajo
Centro de Conciliación
Fiscalía
____
____
____
____
____
____
____
____
187
i.
Otros.
¿Cuál?_____________________________________________________
4. ¿Tiene usted conocimiento de la existencia del Consultorio Jurídico de la
Escuela de Derecho de la UIS?
SI ____
NO ____
5. ¿Tiene usted conocimiento de la existencia de la CONCILIACIÓN como
Mecanismo Alternativo para la Solución de Conflictos de tipo jurídico de
forma rápida, eficaz gratuita, y extrajudicial?
SI ____
NO ____
6. ¿Estaría usted dispuesto a acudir a un Centro de Conciliación, para
buscar solución a un problema de tipo jurídico?
SI ____
NO ____
7. ¿En caso positivo, acudiría usted a un Centro de Conciliación adscrito al
Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho Universidad Industrial de
Santander, atendido por estudiantes especialmente capacitados como
CONCILIADORES?
SI ____
NO ____
8. ¿Recomendaría usted el Centro de Conciliación que la Universidad
Industrial de Santander va a poner en funcionamiento en el Consultorio
Jurídico a otras personas?
SI ____
NO ____
188
ENCUESTA DIRIGIDA A NOTARIOS
El Consultorio Jurídico adscrito a la Escuela de Derecho de la Universidad
Industrial de Santander, tiene como objetivo para el año 2005, crear y poner
en funcionamiento su Centro de Conciliación, por tal motivo le solicitamos a
usted como conciliador en derecho responder la siguiente encuesta:
DATOS GENERALES DEL ENCUESTADO:
NOMBRES _________________________ APELLIDOS________________
EDAD_________SEXO___________PROFESION_____________________
NOTARIA_______________________ TELÉFONO____________________
DIRECCION ____________________________ BARRIO _______________
1. ¿Está usted de acuerdo con el servicio de Conciliación dentro de la
NOTARÍA?
SI ____ NO ____
¿Por qué? _____________________________________________________
_____________________________________________________________
2. ¿Cree usted que los NOTARIOS deben seguir ejerciendo el rol de
CONCILIADORES?
SI ____ NO ____
¿Por qué? _____________________________________________________
_____________________________________________________________
3. ¿Cree usted que la CONCILIACIÓN es una buena alternativa para que
todas las personas tengan acceso a la justicia y para descongestionar los
despachos judiciales?
SI ____ NO ____
¿Por qué? ____________________________________________________
_____________________________________________________________
189
4. Con que frecuencia la capacidad económica del solicitante ha sido un
impedimento para tratar un problema puesto a su consideración (en cuanto al
costo que acarrea la conciliación por medio de notarios):
a.
b.
c.
d.
Siempre
En la mayoría de los casos
En algunas oportunidades
Nunca
____
____
____
____
5. Ante dicha situación, ¿a que entidades remite usted estos casos?
Centro de Conciliación adscrito a un Consultorio Jurídico ____
¿Cuál?_____________________________________________________
Otros
____
¿Cuál?_____________________________________________________
6. En caso de existir el Centro de Conciliación adscrito al Consultorio
Jurídico de la Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de
Santander, remitiría usted los casos que por razones de tipo económico
del solicitante no le es posible atender?
SI ____ NO ____
¿Por qué? _____________________________________________________
_____________________________________________________________
190
ENCUESTA DIRIGIDA A CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA
El Consultorio Jurídico adscrito a la Escuela de Derecho de la Universidad
Industrial de Santander, tiene como objetivo para el año 2005, crear y poner
en funcionamiento su Centro de Conciliación, por tal motivo le solicitamos
como ente que ofrece los servicios de conciliador en derecho responder la
siguiente encuesta:
DATOS GENERALES DEL ENCUESTADO:
NOMBRES_______________________ APELLIDOS __________________
EDAD___________SEXO____________PROFESION _________________
DIRECCION______________________________BARRIO______________
1. Con que frecuencia la capacidad económica del solicitante ha sido un
impedimento para tratar un problema puesto a su consideración (en cuanto al
costo que acarrea la conciliación ante la Cámara de Comercio):
e.
f.
g.
h.
Siempre
En la mayoría de los casos
En algunas oportunidades
Nunca
____
____
____
____
2. Ante dicha situación, ¿a que entidades remite usted estos casos?
Centro de Conciliación adscrito a un Consultorio Jurídico ____
¿Cuál?_____________________________________________________
Otros
____
¿Cuál? ____________________________________________________
3. En caso de existir el Centro de Conciliación adscrito al Consultorio Jurídico
de la Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de Santander, lo
recomendaría usted para los casos en que por razones de tipo económico
del solicitante no le es posible atender?
SI ____ NO ____
¿Porque?______________________________________________________
_____________________________________________________________
191
ENCUESTA DIRIGIDA A FUNCIONARIOS PÚBLICOS
El Consultorio Jurídico adscrito a la Escuela de Derecho de la Universidad
Industrial de Santander, tiene como objetivo para el año 2005, crear y poner
en funcionamiento su Centro de Conciliación, por tal motivo le solicitamos
como servidor público que ofrece los servicios de conciliador en derecho
responder la siguiente encuesta:
DATOS GENERALES DEL ENCUESTADO:
NOMBRES _________________________ APELLIDOS ________________
EDAD___________SEXO____________PROFESION _________________
FUNCIÓN PÚBLICA DESEMPEÑADA ______________________________
DIRECCION___________________________TELÉFONO ______________
1. ¿Teniendo en cuenta su competencia por la naturaleza del problema qué
tipo de controversias son puestas a su consideración con mayor
frecuencia, para ser tratados por medio de la conciliación?
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
Alimentos
Violencia intrafamiliar
Contratos de arrendamiento
Incumplimiento de contratos
Riñas
Deudas
Otros
____
____
____
____
____
____
____
2. ¿Cuales considera son los principales asuntos que son presentados ante
usted, para ser tratados por medio de la conciliación, en los cuales se ve
impedido en razón de su competencia?
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
_____________________________________________________________
3. A donde remite usted las solicitudes que en razón a su competencia no
puede atender?
a. Un abogado
b. Consultorio Jurídico
____
____
192
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
Defensoría del pueblo
____
Comisoria de Familia
____
Bienestar Familiar
____
Ofician del Trabajo
____
Centro de Conciliación
____
Fiscalía
____
Otros. ¿Cuál? _______________________________________________
4. En caso de existir un Centro de Conciliación adscrito al Consultorio
Jurídico de la Escuela de Derecho de la Universidad Industrial de Santander,
lo recomendaría usted en los casos en que por razón de su competencia no
le sea posible atender?
SI ____ NO ____
¿Por qué? _____________________________________________________
_____________________________________________________________
193
ENCUESTA DIRIGIDA A COLEGIO DE ABOGADOS Y DIRECTORES DE
CONSULTORIOS JURDICOS DE LA CIUDAD.
El Consultorio Jurídico adscrito a la Escuela de Derecho de la Universidad
Industrial de Santander, tiene como objetivo para el año 2005, crear y poner
en funcionamiento su Centro de Conciliación, por tal motivo le solicitamos
como servidor público que ofrece los servicios de conciliador en derecho
responder la siguiente encuesta:
DATOS GENERALES DEL ENCUESTADO:
NOMBRES _________________________ APELLIDOS ________________
EDAD___________SEXO____________PROFESION _________________
DIRECCION___________________________TELÉFONO ______________
1. Cree usted que los centros de conciliación y los conciliadores deberían
atender asuntos o conflictos por áreas jurídicas especializadas?
SI ____ NO ____
¿Porque?______________________________________________________
_____________________________________________________________
2. Con que frecuencia la congestión o falta de competencia del Centro de
conciliación que usted dirige ha sido un impedimento para tratar un problema
puesto a su consideración?
a.
b.
c.
d.
Siempre
En la mayoría de los casos
En algunas oportunidades
Nunca
_____
_____
_____
_____
3. En caso de que el solicitante no pueda acceder al servicio ¿a que
entidades lo remite usted?
a. Un Centro de Conciliación adscrito a un Consultorio Jurídico
Otros
194
4. Teniendo en cuenta que la Universidad Industrial de Santander es la única
universidad publica que funciona en la región, usted recomendaría este
Centró de Conciliación para que atendiera los asuntos en los cuales existe
dificultad económica o su competencia no le permite para ser atendido en su
centro?
SI ____ NO ____
¿Porque?______________________________________________________
_____________________________________________________________
195

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