implantación de modelo de libro de órdenes y asistencias, para la

Transcripción

implantación de modelo de libro de órdenes y asistencias, para la
IMPLANTACIÓN DE MODELO DE LIBRO DE
ÓRDENES Y ASISTENCIAS, PARA LA
DIRECCIÓN FACULTATIVA DE OBRAS
REVISIÓN núm. 1 – NOV-2012
ÍNDICE
IMPLANTACIÓN DE LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS, PARA LA DIRECCIÓN
FACULTATIVA DE OBRAS.1.- OBJETO.2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.3.- REFERENCIAS / NORMATIVA RELACIONADA.4.- JUSTIFICACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN DEL LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS.5.- LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS.5.1.- Dirección Facultativa de las Obras.5.2.- Procedimiento de expedición del Libro de Órdenes y Asistencias.5.3.- Instrucciones de uso del Libro de Órdenes y Asistencias.6.- DOCUMENTO MODELO DE LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS.7.- HABILITACIÓN EXPRESA A FAVOR DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA.ANEXO 1.- MODELO DE LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS.-
3
Implantación de Libro de Órdenes y Asistencias, para la Dirección
Facultativa de Obras
IMPLANTACIÓN DE LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS, PARA LA DIRECCIÓN
FACULTATIVA DE OBRAS.1.- OBJETO:
Con la finalidad de que los responsables de la Dirección Facultativa de Obras dispongan de un
instrumento actualizado para reflejar las órdenes, incidencias, indicaciones y modificaciones que se producen a
lo largo de la ejecución de una obra, es objeto del presente documento la implantación de un modelo de Libro
de Órdenes y Asistencias.
.
2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN:
El ámbito de aplicación del Libro de Órdenes y Asistencias serán las obras licitadas y ejecutadas por
parte del CONSORCIO, así como la Agencia de Régimen Especial “Ciclo Integral Aguas del Retortillo” (ARE
CIAR), ente instrumental dependiente del CONSORCIO, que lleva a cabo la gestión de los servicios de
abastecimiento, alcantarillado y depuración, de los municipios del CONSORCIO, donde las concesiones
administrativas de prestación de dichos servicios a empresas privadas (AQUALIA, URBASER, ACCIONA,
AGUAS DE HERRERA, AQUACAMPIÑA, y AQUAGEST SUR) hayan finalizados, o como los casos de gestión
directamente municipal, se hayan conveniado la cesión de los servicios por parte de los Ayuntamientos de
dichos municipios.
3.- REFERENCIAS / NORMATIVA RELACIONADA:
-
Implantación de Libro de Órdenes y Asistencias, para la Dirección Facultativa de Obras (REV. 1).
-
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante TRLCSP.
-
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la
Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante RGLCAP.
4.- JUSTIFICACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN DEL LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS:
Dada la tipología de obras que se ejecutan en las instalaciones que conforman el ciclo integral del agua,
la mayoría de ellas no son de edificación, por lo cual no le son de aplicación ni la Ley 38/1999, de 5 de
noviembre, de Ordenación de la Edificación, ni el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se
aprueba el Código Técnico de la Edificación, y por tanto no se tiene la exigencia del libro de órdenes como se
especifica en la Orden, de 9 de junio de 1971 por la que se dictan normas sobre el Libro de Órdenes y
Asistencias en las Obras de Edificación, y en el Decreto 462/1971, 11 de marzo, por el que se dictan Normas
sobre la redacción de Proyectos y la Dirección de obras de Edificación.
REVISIÓN núm. 1 – NOV-2012
Así, de acuerdo al Art. 230 “Ejecución de las obras y responsabilidad del contratista”, del TRLCSP, las
obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el pliego de cláusulas
administrativas particulares y al proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en
interpretación técnica de éste dieren al contratista el Director facultativo de las obras, y en su caso, el
responsable del contrato, en los ámbitos de su respectiva competencia.
Además se indica que cuando las instrucciones fueren de carácter verbal, deberán ser ratificadas por
escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes para las partes.
Por otro lado, de acuerdo al Art. 166 “Medición general y certificación final de las obras”, del RGLCAP,
para realizar la medición general se utilizarán como datos complementarios la comprobación del replanteo, los
replanteos parciales y las mediciones efectuadas desde el inicio de la ejecución de la obra, el libro de
incidencias, si lo hubiera, el de órdenes y cuantos otros estimen necesarios el director de la obra y el
contratista.
Con todo lo anterior, se justifica la implantación del Libro de Órdenes y Asistencias, para reflejar las
órdenes, incidencias, indicaciones y modificaciones que se producen a lo largo de la ejecución de una obra.
5.- LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS:
5.1.- Dirección Facultativa de las Obras:
La Dirección Facultativa de las Obras es el agente que dirige el desarrollo de la obra en los aspectos
técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, así como el
Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, demás
autorizaciones preceptivas y las condiciones de cada licitación, con el objeto de asegurar su adecuación al fin
propuesto.
Los responsables de la Dirección Facultativa de Obra dispondrán, para cada una de las obras, de un
Libro de Órdenes y Asistencias, como un instrumento actualizado para reflejar las órdenes, incidencias,
indicaciones y modificaciones que se producen a lo largo de la ejecución de una obra, con las anotaciones y
asistencias que se estimen oportunas.
5.2.- Procedimiento de expedición del Libro de Órdenes y Asistencias:
El Libro de Órdenes y Asistencias será proporcionado a la Dirección Facultativa de las Obras, previo al
inicio de las obras.
Será diligenciado por la Oficina de Supervisión de Proyectos del CONSORCIO, o la ARE CIAR, en su
caso, siendo registrado con su fecha y número correspondiente.
5
Implantación de Libro de Órdenes y Asistencias, para la Dirección
Facultativa de Obras
5.3.- Instrucciones de uso del Libro de Órdenes y Asistencias:
El Libro de Órdenes y Asistencias se utilizará de acuerdo a las siguientes instrucciones de uso, que
también se reproducen en el propio documento:
1.- El libro habrá de conservarse en todo momento en la obra a disposición de la Dirección
Facultativa. En el caso de obras totalmente a la intemperie, como es el caso de redes de
abastecimiento y/o saneamiento, se podrá optar que la Dirección Facultativa sea quien conserve
el libro.
2.- En el Libro de Órdenes y Asistencias la Dirección Facultativa consignará las instrucciones
propias de sus respectivas funciones y obligaciones. Cada orden o autorización deberá ser
extendida con la fecha que se dicte y firmada por el Ingeniero Técnico director, consignándose a
continuación el “enterado” con la firma del Contratista, o persona que lo represente en ese
momento en la obra.
3.- Una vez transcrita la orden, la hoja correspondiente (amarilla y cuadriculada) quedará formando
parte del libro. La copia (en color blanco liso) se entregará al Contratista, o persona que lo
represente en ese momento.
4.- Una vez finalizadas las obras, el libro, debidamente cumplimentado, deberá adjuntarse al
expediente de licitación de las obras, en el CONSORCIO, o la ARE CIAR, en su caso.
5.- Las órdenes consignadas en el Libro de Órdenes y Asistencias por la Dirección Facultativa
prevalecerán sobre los documentos del Proyecto siempre que se adapten a la legislación
vigente.
6.- Las obras de construcción se llevarán a cabo con sujeción al Proyecto y sus modificaciones
autorizadas por el Director de Obra, previa aprobación de la modificación de proyecto, a la
legislación aplicable, a las normas de la buena práctica constructiva y a las instrucciones de la
Dirección Facultativa.
6.- DOCUMENTO MODELO DE LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS:
En el ANEXO 1, del presente documento, se adjunta el Modelo de Libro de Órdenes y Asistencias, para
su edición en papel, con los logotipos de las entidades públicas del CONSORCIO y la ARE CIAR
REVISIÓN núm. 1 – NOV-2012
7.- HABILITACIÓN EXPRESA A FAVOR DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA:
Mediante la presente delegación expresa, de faculta al Presidente de la Comisión Técnica del
CONSORCIO y la ARE CIAR, para la aprobación de la presente implantación del Libro de Órdenes y
Asistencias, dando cuenta a los órganos del CONSORCIO y la ARE CIAR en la primera sesión que se celebre
posterior a la modificación, con obligación expresa formal de publicación en la Web corporativa del
CONSORCIO (www.consoraguasecija.es), así como en la de ARE CIAR (www.areciar.com).
El CONSORCIO
NOVIEMBRE 2.012
7
Implantación de Libro de Órdenes y Asistencias, para la Dirección
Facultativa de Obras
ANEXO 1.MODELO DE LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIAS
REVISIÓN núm. 1 – NOV-2012
LIBRO DE ÓRDENES Y ASISTENCIA NÚM.
OBRA
DIRECTOR DE OBRAS
CONTRATISTA
PROMOTOR
OFICINA DE SUPERVISIÓN DE PROYECTOS
LIBRO DE ÓRDENES y ASISTENCIAS
ÓRDENES GENERALES AL CONTRATISTA
1.- Con independencia de las visitas periódicas a la obra que la DIRECCIÓN FACULTATIVA establezca,
deberán ser avisada ésta por el CONTRATISTA, con la suficiente antelación en los momentos que se
indican a continuación:
a) Iniciación y terminación de apertura de zanjas y pozos, y de las catas del terreno que se
hayan ordenado.
b) Puesta a punto de elementos auxiliares y de todo tipo de apeos o de apuntalamientos o
entibaciones.
c) Preparación de las piezas estructurales resistentes, en especial antes del hormigonado de
soportes, vigas y forjados.
d) Comprobación y control de materiales y elementos a instalar en las obras.
e) Colocación de toda clase de elementos de instalaciones.
f) Ensayos y pruebas de control de calidad de las obras.
Asimismo, cuando la marcha de las obras se realice con mayor lentitud de la que corresponde al
plazo fijado, deberá avisar la ejecución de aquellas partes que se señalaren.
2.- El CONTRATISTA deberá tener dispuestos en obra los elementos necesarios para realizar las pruebas
pertinentes en relación con el terreno, los materiales y los elementos constructivos, en especial un juego
de probetas para recoger muestras de hormigón, comunicado con al menos un día de antelación.
3.- No se realizará, bajo ningún pretexto, ninguna obra o parte de la misma que requiera el empleo de
materiales, elementos o dispositivos para los que se hayan ordenado pruebas previas en el PLIEGO DE
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES o en este LIBRO DE ÓRDENES y ASISTENCIAS hasta
tanto no hayan sido determinados conforme.
4.- Deberán existir en obra permanentemente los siguientes documentos:
a) Copia del PROYECTO completo y planos complementarios suministrados por el Técnico
Redactor, PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES y cuanta
documentación haya sido facilitada previamente o en el transcurso de la obra.
b) Copia de la APROBACIÓN DE LAS OBRAS por parte del Ayuntamiento correspondiente.
c) Copia de todos los CERTIFICADOS que se hayan extendido sobre elementos o medios de
trabajo, en relación con la obra.
d) Este LIBRO DE ÓRDENES y ASISTENCIAS.
e) Documentación relativa al cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad y
Salud, y Residuos de Construcción y Demolición.
5.- EL CONTRATISTA deberá mantener continuamente en la obra:
a) Un REPRESENTANTE, en calidad de ___________________________________________,
y que firmará el ENTERADO en este Libro de Órdenes y Asistencias. En todo caso firmará la
persona más cualificada de la Empresa, presente en la obra.
b) De acuerdo con el articulo tercero del REGLAMENTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO un
VIGILANTE, que podrá ser el representante citado. Y en las obras de más de cincuenta
trabajadores, el COMITÉ a que hace referencia dicho articulo.
_____________________, a ____ de _______________ de 201 .
FIRMAS
Enterado.
EL CONTRATISTA
(o su representante)
DIRECCIÓN FACULTATIVA
___________________________________
CONSORCIO DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO DE AGUAS “PLAN ÉCIJA”
AGENCIA DE RÉGIMEN ESPECIAL “CICLO INTEGRAL AGUAS DEL RETORTILLO”
LIBRO DE ÓRDENES Y VISITAS NÚM.
Obra: ..............................................................................................................................................................
........................................................................................................................................................................
........................................................................................................................................................................
Situación: .....................................................................................................................................................
Localidad: .....................................................................................................................................................
Promotor: .....................................................................................................................................................
Contratista: ...................................................................................................................................................
Representante del Contratista: ...................................................................................................................
Redactor del Proyecto (Nombre y Titulación): ..........................................................................................
Dirección Facultativa (Nombre y Titulación): ............................................................................................
Coordinación de S.S. (Nombre y Titulación): ............................................................................................
Presupuesto de adjudicación: ....................................................................................................................
Diligencia:
Comprobada la exactitud de los datos anteriores, con esta fecha se
registra el presente libro, que consta de 50 hojas numeradas por
duplicado.
___________________, a __ de _____________ de 201 .
El CONTRATISTA manifiesta estar enterado de lo que dispone el R.D. 1627/1997, de 24 de
Octubre, por lo que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de
construcción, así como el Título II de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo,
aprobada por Orden de 9 de Marzo de 1971.
El CONTRATISTA, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de
Ordenación de la Edificación nombra a _________________________________________________,
como JEFE DE OBRA, quien asume la representación técnica del mismo de la obra.
___________________, a __ de _____________ de 201 .
EL CONTRATISTA
FECHAS: Comienzo: .................................................. Terminación: ........................................................... .
LA DIRECCIÓN FACULTATIVA,
EL CONTRATISTA,

Documentos relacionados