80911 Leticia (Amazonas) - Contraloría General de la República

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80911 Leticia (Amazonas) - Contraloría General de la República
OS
Contraloria General de la Republica SOD 06-09-201414:58
Al Contestar Cite Este No.: 2014EE0145692 Fo1:13 Anex:0 FA:0
ORIGEN 80911-DESPACHO DEL GERENTE DEPARTAMENTAL AMAZONAS / LUCIO FERNANDO
RUEDA PRADA
DESTINO VIRGILIO KUETGAJE BARAKONO
ASUNTO PETICIÓN CIUDADANA 2013-54281-82111-D
RESPUESTA DE FONDO PETICIÓN CIUDADANA 2013-54281-82111-D
OBS
80911
201 4EE01 45692
1111111111111111 II I E 11111E111111111111111 III
Leticia (Amazonas),
Señor
VIRGILIO KUETGAJE BORAKONO
Representante Padres de Familia
Asociación Indígena AZICATCH
Corregimiento de la Chorrera
Amazonas
Asunto: Respuesta de Fondo Petición Ciudadana 2013-54281-82111-D
Respetuoso saludo Sr. Kuetgaje,
En cumplimiento de los procedimientos establecidos por la Contraloría General de
la República, en ejercicio de sus competencias, dadas en el artículo 267 de la
Constitución Política y lo señalado en la Resolución Orgánica 6689 de 2012 de la
Contraloría General de la República, atentamente nos permitimos dar respuesta
de fondo a la petición ciudadana citada en el asunto, que trata sobre presuntas
irregularidades ocurridas en el Colegio la Casa del Conocimiento ubicado en el
Corregimiento La Chorrera del Departamento del Amazonas con relación al
manejo dado al presupuesto asignado, administración del Colegio, entre otras
anomalías.
Una vez analizada, esta Gerencia Departamental Colegiada concluyó que la
denuncia se ajustó a lo señalado en el procedimiento de atención de peticiones
ciudadanas versión 4.0, por lo cual fue registrada el 15 de abril de 2013 bajo el
código 2013-54281-82111-D, se ordenó su trámite como atención de denuncia.
Así mismo, se estableció que los recursos comprometidos son del orden nacional
razón por la cual la Gerencia Departamental Colegiada Amazonas de la
Contraloría General de la República es competente para dar trámite a los
siguientes hechos denunciados:
HECHOS DENUNCIADOS
El 11 de abril de 2011, el denunciante, Señor Virgilio Kuetgaje Borakono, presenta
denuncia mediante escrito en el que manifiesta diferentes presuntas
irregularidades en el manejo de recursos públicos en la Institución Educativa Casa
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del Conocimiento. En este documento el denunciante manifiesta haber dirigido la
petición a la Contraloría General de la República, Ministerio de Educación
Nacional (MEN), Procuraduría General de la Nación y Fiscalía General de la
Nación
En el contenido de la denuncia se hace referencia a los siguientes hechos que se
transcriben literalmente de acuerdo al escrito del denunciante para una mejor
disertación en el apartado de "Análisis Fiscal" de esta respuesta.
1. "(...) Por el alto grado de corrupción reinante en la administración educativa del
colegio, cada día crece la inconformidad en la población educativa y a pesar
delos esfuerzos realizados de manera directa ,con el director, no se ve ningún
avance de buena fe del implicado y todo este resultado anfractuoso, nos
permitió ir a la segunda instancia como es de enviar oficios de quejas a la
gobernación como ente responsable del Departamento del Amazonas y el
intento de hallar la solución fue un fracaso total, el Señor gobernador en su año
de administración siempre utilizó palabras evasivas ajeno a los problemas del
colegio y la corrupción sigue galopando como si nada hubiera pasado .
Por eso, nosotros los responsables de esta denuncia, cansado de atropellos
educativos de nuestros hijos, nos propusimos enfrentar esta realidad sin sonrojo
algunos hasta la últimas consecuencias, porque creemos que el señor RAUL
TETEYE UGECHE Como director, su ciclo a terminado y no hay razones para
estar aferrándose en las fuerzas políticas de la región."
2. "(...) MANEJO IRREGULAR DE LA ADMINISTRACION DEL COLEGIO.
En sus diez (10) años de administración no hubo voluntad de gestión y, los
bienes y enseres existentes, fueron desapareciéndose sin ninguna justificación,
3. (...) inepto para el manejo comportamental de sus docente creando impunidad
en los hechos, intencionalmente los abandonos de puestos de sus docentes
'por un tiempo fuera de los consignado en el código de trabajo — Donde los
docentes realizan viajes para gestionar problemas personales en la ciudad de
Leticia y Bogotá D.C. En un periodo de veinte (20) días en adelante hasta el
descaro de noventa (90) a ciento cincuenta (150) días, Decreto 2277 y 2480 de
1986
• Su trato con los alumnos no es adecuado de un docente administrativo — No
aplica las reglas de las relaciones humanas.
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•. %Al
• Cierre en su núcleo familiar y considera a los demás personas un residuo más
de la sociedad.
4. (...) Se adueña de los elementos del Colegio como su propio pecunio.
• Carece de gestión y si lo hace, se adueña de los resultados.
• No aplica en ningún momento lo estipulado en la ley 715 — Decreto 4791 del
MEN.
• Viola o, no tiene en cuenta las funciones del concejo directivo Art. 5° ley 715
Decreto 4791 del 2008."
5."(...) ABUSO DE AUTORIDAD
El señor Raúl Teteye Ugeche en calidad de Director Utiliza fuerzas físicas en
contra de algunos estudiantes y verbalmente maneja palabras hiriente contra
los estudiantes y padres de familia sin importar su investidura."
6."(...) TRAFICO DE INFLUENCIA.
Como rector del colegio a reunido su núcleo familiar alrededor del colegio
haciendo nombrar de maestros a: su hijo, la señora, hermano, Sobrino, como
una empresa particular"
7. "(...) FALSEDAD DE DOCUMENTO Y LA DESTRUCCION DE LA MISMA
Adultera los precios reales de las facturas y relaciones de materiales que llegan
al colegio con fines personales."
8."(...) APROPIACIONES DE BIENES DEL COLEGIO
De acuerdo a los testigos oculares más cercanos a la institución sostienen que
el señor RAUL TETEYE UGECHE se abastece de los productos alimentarios
de los estudiantes para sostener su propio negocio, además, provee de la
mismos alimentos a algunos de los profesores, bien para el negocio o para
consumo personal y, si por algunas razones el colegio dona producto
perecederos es porque el alimento está en una descomposición imposible para
el consumo humano."
9."(...) DESVIACION DE FONDOS EDUCATIVOS DEL COLEGIO.
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• Después de una investigación rigurosamente programada, podemos constatar
que existe partidas para buen sostenimiento del internado del colegio, sin
embargo, los informes que da cada fin de año no concuerda con la realidad del
caso, son fuera de contexto reales, desviados a sus fines personales."
•
10.
"(...) ENRIQUECIMIENTO ILICITOS.
• Para nadie es ajeno el sueldo que devenga un docente en la última categoría
(14) o un docente administrativo con sus porcentajes puntuales y, que estos
permita conseguir bienes cuantiosos, como sucede con el señor RAUL
TETEYE UGECHE que tiene bienes fuera del Departamento y dentro del
Departamento:
a) BOGOTA. D.C.: Apartamento.
b) MEDELLIN: Apartamento.
c) LETICIA: Casa y Finca.
Ahora sabemos que dichos apartamentos, casa y finca puede estar en nombre
de sus hijos (testaferros) a sabiendo que sus hijos no poseen una solvencias
económicas que permita adquirir enseres cuantiosas."
•
11.
"(...) POLITIQUERIA EN LA VIDA INSTITUCIONAL DEL COLEGIO.
• La presencia del a impunidad y la corrupción, son resultado de la intromisión
de la politiquería de la región, es una vieja data de los gobernadores que
antecedieron al nuevo gobernador del Amazonas señor CARLOS ARTURO
RODRIGUEZ CELIS, que encontraron en el señor RAUL TETEYE UGECHE un
elemento para su interés corrupta y, que hoy en día hizo del acusado una
persona nociva y no grata para la sociedad."
12. "(...) AUSENCIA DE INFORMES ADMINISTRATIVAS.
• El señor RAUL TETEYE UGECHE en su diez (10) años de administración del
COLEGIO INDIGENA CASA DEL CONOCIMIENTO no ha rendido ningún
informe serio y responsable ante la Asociación Zonal Indígena de Cabildos y
Autoridades indígenas de la Chorrera AZICATCH, ni mucho menos en la
tesorería Departamental o de la contraloría."
13.
"(...) Señores de la contraloría, sintetizado los causales denunciadas, el
señor RAUL TETEYE UGECHE como director del colegio Indígena Casa del
Conocimiento de la Chorrera Amazonas en las faltas graves, un delito
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contemplado en el código penal de Colombia, por eso, lo estipulado de la
siguiente manera.
a) Peculado: art 397 Código Penal.
b) Enriquecimiento ilícito: art 412 Código Penal.
c) Abuso de autoridad: art. 416, Código Penal
d) Falsedad de Documento art 287 Código Penal.
e) Tráfico de influencia política art 411 Código Penal.
"(...) ya que hemos agotado las instancias pertinentes, donde solicitamos
14.
una comisión de investigación, la gobernación envía una abogada inscrita a la
contralorías de nombre ALEXANDRA ARCHILA CASTILLO, su investigación
solamente sirvió para su archivo personal o de la misma contraloría
Departamental."
"(...) Basado en la presente denuncia, solicitamos de manera inmediata la
15.
presencia de la contraloría aquí en la Chorrera para que dé conforme a las
leyes ordinarias Colombianas, sea investigado, el señor RAUL TETEYE
UGECHE y, sancionado si las faltas lo ameritan y de lógica en el mismo sentido
de responsabilidad con los que los denunciamos - También el común sentir de
la gente buena y honesta DE LA Chorrera Amazonas, postula su candidato en
remplazo del señor RAUL TETEYE UGECHE al licenciado CUSTODIO
JOINAMA KUYECUDO para que retome el destino del colegio Indígena Casa
del Conocimiento .
En síntesis solicitamos en una brevedad posible la presencia de los delegados
de la contraloría aquí en la chorrera, para que de forma directa discutamos los
hechos y hagamos el careo con el señor implicado. Sin restricción alguna para
que las acusaciones sean trasparente como prescribe la jurisprudencia. (...)"
ACTUACIONES ADELANTADAS
Con el fin de desarrollar los procedimientos de auditoría, para el conocimiento y
evaluación de los hechos relacionados en la presente denuncia ciudadana, se
adelantaron las siguientes actuaciones:
1. Mediante oficio 80911-0585 del 24 de Abril de 2013 la Gerencia Departamental
Colegiada Amazonas informó al denunciante, Señor Virgilio Kuetgaje Borakono,
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el código bajo el cual fue registrada su solicitud, el equipo auditor asignado para
el trámite y los medios a través de los cuales podría hacer seguimiento al
mismo.
2. Mediante oficio 80911-0834 del 30 de Mayo de 2013 se solicitó a la Contraloría
Departamental de Amazonas información sobre las actuaciones que hubiesen
adelantado en relación con hechos denunciados en el marco de las vigencias
del 2008 al 2013.
Mediante oficio CDA-100-245-13 registrado en esta Gerencia bajo el
radicado 1090 del 6 de junio de 2013 la Contraloría Departamental
proporcionó respuesta a la solicitud realizada.
3. Mediante oficio 80911-0833 del 30 de Mayo de 2013 se solicitó información a la
Gobernación del Departamento del Amazonas sobre:
• Manuales de procesos y procedimientos adoptados para el manejo y control
administrativo de inventario de bienes y enseres.
• Relación de los recursos del orden nacional asignados para el
funcionamiento del Colegio la Casa del Conocimiento de las vigencias del
2008 al 2013.
• Actividades desarrolladas para el control, seguimiento, asesoría y apoyo para
la administración y ejecución de los recursos de Fondos de Servicios
Educativos girados en las vigencias del 2008 al 2013.
• Informes rendidos por el representante legal del Colegio Indígena la Casa del
Conocimiento en las vigencias del 2008 al 2013.
• Relacionar los contratos suscritos para la compra de bienes, enseres y
víveres de las vigencias del 2008 al 2013.
Mediante oficio TFSE. 076 del 11 de Junio de 2013, registrado en esta
Gerencia bajo radicado 1114, la Gobernación del Departamento de
Amazonas allega respuesta parcial.
4. Mediante oficio 2013EE0097937 del 4 de Septiembre de 2013 esta Gerencia
reiteró a la Gobernación del Amazonas la información solicitada mediante oficio
80911-0833 así como documentación precontractual, contractual y contractual
relacionada con la ejecución de los recursos de la IE Colegio Casa del
Conocimiento de las vigencias 2008 al 2013.
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Mediante oficio 20123ER0101759 del 12 de Septiembre de 2013 la
Secretaria de Educación Departamental solicita prórroga para la respuesta
a lo requerido.
Mediante oficio 2013ER0104285 del 18 de Septiembre de 2013 el
Departamento Administrativo de Educación, Cultura y Deporte, Tesorería
FSE, realiza solicitud de prórroga.
Mediante oficio 2013EE0107939 del 19 de Septiembre de 2013 se concede la
prorroga requerida.
Mediante oficio 2013ER0106531 del 20 de Septiembre de 2013 el
Departamento Administrativo de Educación, Cultura y Deporte, Tesorería
FSE proporciona respuesta sobre la información requerida.
5. Mediante oficio 2014EE0076804 del 30 de Abril de 2014 se solicitó a la
Gobernación del Amazonas información sobre soportes de la contratación
realizada por la IE Colegio Casa del Conocimiento de
Mediante oficio 2014ER0068428 del 15 de Mayo de 2014 la Gobernación
del de Amazonas, allega respuesta a lo solicitado.
6. Mediante oficio 2014EE0076806 del 30 de Abril de 2014 se solicitó a la
Gobernación del Amazonas información sobre el manual de procesos y
procedimientos adoptados para el manejo y control administrativo de inventario
de bienes y enseres.
Mediante oficio 2014ER0070695 del 20 de Mayo de 2014 la Gobernación
del de Amazonas, a través del Departamento Financiero y Crédito Público,
Almacén Departamental allega respuesta a lo solicitado.
7. Mediante oficio 2014EE0104959 del 16 de Junio de 2014 se informa al
Tesorero del Fondo de Servicios Educativos, la realización de una visita
administrativa por parte de la Gerencia Amazonas a la oficina de Fondos de
Servicios Educativos (FSE).
Mediante Acta No. 01 del 16 de Junío del 2014 se registra el desarrollo de
la visita administrativa en la oficina del FSE.
8. Mediante oficio 2014EE0107454 del 19 de junio de 2014 se solicitó información
a la oficina de FSE.
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Mediante oficio 2014ER0090356 del 56 de junio de 2014 la oficina de FSE
proporciona respuesta a lo requerido.
Mediante oficio 2014ER0094962 del 9 de julio de 2014 la oficina de FSE
allega información adicional.
ANÁLISIS FISCAL
El análisis fiscal para el trámite de la petición ciudadana consistió en la revisión
documental de la información allegada por la Gobernación del Amazonas, el
Departamento Administrativo de Educación, Cultura y Deporte, y la oficina de
Fondos de Servicios Educativos (FSE) y la obtenida en el desarrollo de visita
administrativa en esta última dependencia. El análisis tuvo como marco normativo
regulatorio el Decreto 4791 de 2008 sobre la administración de los recursos de
Fondos de Servicios Educativos.
El proceso de análisis, debido a la diversidad y complejidad de hechos
denunciados, inició con la clasificación de las presuntas irregularidades señaladas
en el texto de la denuncia en dos etapas, en la primera, se identificaron los hechos
que por su connotación no correspondían a la competencia de este Ente de
Control, y en segundo lugar, se abordaron de manera detallada los hechos de
competencia de la Contraloría General de la República, como se relaciona a
continuación:
1. Asuntos tratados en la denuncia de competencia de otras instancias y
organismo de control
En el apartado "Hechos denunciados" de este documento, se enumeraron cada
uno de los diferentes hechos expuestos en el texto de la denuncia con el objetivo
de hacer un mejor análisis de los mismos, evidenciando que los aspectos
registrados en los numerales uno (1), tres (3), cinco (5), seis (6), diez (10), once
(11), trece (13) y catorce (14), son presuntas irregularidades con incidencia
disciplinaria por la transgresión al régimen de inhabilidades e incompatibilidades,
así como de la Ley Penal por lo tanto son de competencia de la Procuraduría
General de la Nación y de la Fiscalía General de la Nación, operadores a los
cuales el Señor Virgilio Kuetgaje Borakono remitió copia de la denuncia.
2. Análisis de los hechos de competencia de la Contraloría General de la
República
Los procedimientos de auditoria para el trámite de los hechos de competencia de
la Contraloría General de la República se concentraron en abordar y analizar las
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presuntas irregularidades señaladas en la administración de los recursos del orden
nacional asignados al Fondo de Servicios Educativos de la Institución Educativa
Casa del Conocimiento. Relacionado estos con los hechos señalados en los
numerales dos (2), cuatro (4), siete (7), ocho (8), nueve (9), doce (12) y quince
(15) del apartado "Hechos denunciados" de este documento. El periodo evaluado
correspondió a la vigencias del 2008 al 2013, por comprender este el espacio
temporal sobre el cual la Contraloría General tiene competencia.
Para lograr este propósito se inició con la determinación de los recursos que por
acto administrativo fueron transferidos a la Institución Educativa Colegio Casa del
Conocimiento durante la vigencia 2008 al 2013 al Fondo de Servicio Educativo.
Evidenciándose la asignación en este periodo de $1.270.880.625, recursos de los
cuales fueron girados en un 91% por la Gobernación y el 9% por el Ministerio de
Educación.
La ejecución de los recursos en la IE Colegio Casa del Conocimiento inició a partir
del año 2011 y hasta la vigencia 2013 se han ejecutado $1.115.481.902,
equivalentes al 88% de los recursos asignados. La contratación ha estado
comprendida por cuarenta y seis (46) contratos, diez (10) de la vigencia 2011 por
valor $72.090.225, veintiséis (26) de la vigencia 2012 por valor de $600.580.510 y
diez (10) de la vigencia 2013 por valor de $442.811.167.
Con el propósito de evaluar la ejecución de estos recursos se realizó la selección
de la muestra de la contratación realizada en el periodo 2011-2013 lo cual se logró
a través de la fórmula de "Muestreo Aleatorio Simple". Una vez realizado el cálculo
se seleccionó como muestra óptima la evaluación de treinta (30) contratos,
correspondiendo seis (6) a la vigencia 2011 por valor $59.115.625, diecinueve (19)
de la vigencia 2012 por valor de $569.097.660 y cinco (5) de la vigencia 2013 por
valor de $92.095.000.
El monto ejecutado en los contratos seleccionados en la muestra representa un
valor total de $720.308.285, equivalente al 65% del total de la ejecución realizada
por la IE Colegio Casa del Conocimiento durante el periodo 2011 a 2013. Doce
(12) de estos contratos tuvieron como objeto la adquisición de bienes de consumo
por valor de $120.627.415, equivalente al 17% de valor de la contratación, y
dieciocho (18) contratos a la compra de bienes devolutivos por valor de
$599.680.870, equivalente al 83%.
En el análisis de los soportes precontractuales, contractuales y pos contractuales,
de los treinta (30) contratos seleccionados se encontró que en términos generales
se desarrollaron los proceso de contratación a través de actos, actividades y
secuencias comprendidos por los soportes documentales aportados por la oficina
de FSE; como son los Certificados de Disponibilidad Presupuestal, Registro
Presupuestal, Estudios Previos, Aviso de la convocatoria, Minuta contractual
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firmada por las partes, Comprobantes de Egreso, Facturas legales de venta y
Ordenes de Alta. Por lo tanto, no se evidenciaron presuntos hechos irregulares en
el proceso de contratación.
Por otra parte, se evidenció que los treinta (30) contratos analizados cuentan con
Orden de Alta firmada por el Almacenista de la Oficina de Fondos de Servicios
Educativos; no obstante, en cuanto a las Ordenes de Baja, se logró determinar
que diecinueve (19) de las cuarenta y seis (46) relacionadas con estos contratos
no cuenta con firma de recibido. En contraste con lo anterior todos los contratos
seleccionados en la muestra tienen Certificado de Cumplimiento a satisfacción
firmado por parte del supervisor designado. Motivo por el cual en el desarrollo de
la visita administrativa a la oficina de Fondos de Servicios Educativos se indagó
sobre la condición de estas órdenes de baja a lo que el Tesorero de esta
dependencia manifiesta que es debido a los problemas geográficos de la región
que requieren un amplio tiempo para el envío y devolución de las mismas por
parte del Rector.
Procedimiento interno de contratación y manual de tesorería
•
Mediante información proporcionada por el Departamento Administrativo de
Educación, Cultura y Deporte - Tesorería FSE se evidencia que de acuerdo a lo
determinado en el Decreto 4791 de 2008 Artículo 5 Numeral 7 la IE Colegio Casa
del Conocimiento en el Acuerdo No. 004 del 20 de Mayo de 2011, el Acuerdo No.
002 del 8 de Marzo de 2012 y el Acuerdo No. 001 de Febrero de 2013 manifiesta,
que mediante la aprobación realizada por el Consejo Directivo de la IE (de lo cual
reposan firmas de representantes de la comunidad educativa), se adopta y
reglamenta el procedimiento interno para el proceso de contratación inferior a los
20 SMLVM.
Asimismo, se evidenció la existencia de la Resolución No. 002 del 9 de marzo de
2012 mediante la cual se adopta el manual interno de Tesorería de la IE Colegio
Casa del Conocimiento, dando así cumplimiento a lo establecido en el Decreto
4791 de 2008 Artículo 15 y la Resolución No. 001 de 2012 del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público.
Elaboración y aprobación del Presupuesto anual de ingresos y gastos
Con base en la información aportada por la Gobernación del Departamento de
Amazonas y la oficina de Fondos de Servicios Educativos se evidencia que el
Rector de la IE Colegio Casa del Conocimiento presentó los Proyectos de Acuerdo
de Presupuesto No. 03 de 2011, No. 01 de 2012 y No. 04 de 2013 y que el
Consejo Directivo efectuó aprobación de los mismos mediante Actas firmadas. Por
otra parte, se evidenciaron las Resoluciones No. 001 de 2011, No. 001 de 2012 y
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....rechos
.1no,
No. 015 de 2012 por medio de las cuales se liquida el presupuesto general de
ingresos, gastos y apropiaciones de la IE correspondiente a las vigencias 2011,
2012 y 2013 respectivamente. En este documento se detallan las apropiaciones,
se clasifican y definen los gastos de funcionamiento e inversión de la IE a atender
por cada Sede Educativa de la misma.
Concluyéndose por tanto que la IE Colegio Casa del Conocimiento efectuó
cumplimiento a lo establecido en el Decreto 4791 de 2008 en su Art. 5 Numeral 1,
Art. 6 Numeral 1 y Art. 7 en cuanto elaboración del presupuesto anual de ingresos
y gastos, así como su aprobación por el Consejo Directivo.
Informes de gestión y resultados
Con base en la información recabada en el desarrollo de la visita administrativa
realizada el 16 de Junio de 2014 se concluye que la IE Casa del Conocimiento no
ha presentado los informes de gestión y rendición de cuentas conforme a lo
establecido en el Decreto 4791 de 2008 Artículo 6 Numeral 8 y Artículo 19. Lo cual
tiene como causa la falta de control y apoyo administrativo por parte de la
Gobernación del Departamento del Amazonas para el cumplimiento de estos
compromisos, inobservando lo determinado en el Artículo 18 del precitado
Decreto. Lo señalado advierte sobre falencias administrativas que son del
conocimiento del operador disciplinario.
Planes de Inversión y compras
En el análisis de la información y documentación aportada en el desarrollo de la
visita administrativa realizada el 16 de Junio de 2014 no se aportaron soportes
que permitan evidenciar la elaboración de los planes de inversión y de compras
por cada una de las sedes de la IE Colegio Casa del Conocimiento de
conformidad a lo establecido en el Parágrafo 1 del Art. 11 del Decreto 4791 de
2008, para las vigencias del 2011 al 2013. Lo señalado advierte sobre falencias
administrativas que son del conocimiento del operador disciplinario.
Estudios previos
En el análisis de la documentación recabada en el desarrollo de la visita
administrativa realizada el 16 de Junio de 2014 no se aportaron soportes que
permitan evidenciar la elaboración de los estudios previos de los contratos No.
009, No. 010 y No. 011 del 2011, no obstante en la ejecución de los recursos se
evidenciaron las respectivas facturas, ordenes de alta, certificados de
cumplimiento por parte del supervisor y ordenes de baja que dan constancia del
recibido. Lo señalado advierte sobre falencias administrativas que son del
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conocimiento del operador disciplinario por la inobservancia del Decreto 2474 de
2008 Art. 3.
Con base en lo anteriormente expuesto, si bien es cierto que se vislumbraron
falencias administrativas, parcialmente explicadas y que podrían alcanzar una
presunta incidencia disciplinaria, y por tanto de competencia y conocimiento de la
Procuraduría General de la Nación, debe advertirse que el Señor Virgilio Kuetgaje
• Borakono también presentó su petición a este operador, por lo que en
complemento habrá de enviar copia de esta respuesta a dicho órgano para que
estime lo que considere pertinente.
Centrándonos en los temas fiscales, se debe traer a examen lo pedido por el
denunciante, relacionado en el numeral 15 del apartado "Hechos denunciados" de
este documento, cuando manifiesta que "(...) solicitamos de manera inmediata la
presencia de la contraloría aquí en la Chorrera (...) para que de forma directa
discutamos los hechos y hagamos el careo con el señor implicado (...)" —subrayas
fuera de texto-, actuación que tendría por fin evaluar el uso y manejo de los bienes
adquiridos en la Institución Educativa Colegio Casp del Conocimiento, temas que
pueden considerarse en asocio de asuntos tratados en otras peticiones
ciudadanas, relacionados con los recursos girados a los Fondos de Servicios
Educativos como insumo básico de la auditoria a desarrollar por esta Gerencia, en
el segundo semestre de la actual vigencia a la Gobernación del Departamento de
Amazonas, garantizando una mayor cobertura a la actuación.
RESULTADOS
De acuerdo al análisis fiscal y los procedimientos de auditoría aplicados esta
Gerencia Departamental Colegiada manifiesta que la complejidad material, la
recurrencia de los mismos hechos en otras peticiones ciudadanas y la unidad de
materia fiscal relacionada con el manejo de los recursos del orden nacional
girados a los Fondos de Servicios Educativos en diferentes Instituciones
Educativas del Departamento se considera necesario tratar lo actuado como
insumo para la Auditoria que se realizará en el segundo semestre de la presente
vigencia a la Gobernación del Departamento de Amazonas.
En consonancia con las falencias administrativas evidenciadas cuyo examen
corresponde al operador disciplinario, al cual el peticionario remitió copia de la
denuncia el 5 de Abril del 2013 como lo señala en el texto de la misma, esta
Gerencia enviará copia de la presente respuesta de fondo al Señor Procurador
Regional del Amazonas para el ejercicio de sus competencias.
La Gerencia Departamental Colegiada de Amazonas le agradece su participación
activa e interés por la defensa de lo público y el resarcimiento de los daños
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causados al patrimonio del Estado, e igualmente lo invitamos a continuar con su
invaluable valor civil y responsabilidad ciudadana para el ejercicio del Control
Social, con la seguridad de que este órgano de control siempre tendrá un espacio
para dar respuesta oportuna a sus inquietudes.
La presente Respuesta de Fondo fue aprobada por la Gerencia Departamental
Colegiada de Amazonas en la Sesión 70 ordinaria, el 4 de septiembre de 2014.
Cordialmente,
LU
Contralor Pro ncial
MANUEL AGUSTIN VENGOECHEA M.
-partamental
BORIS E R UE EREZ PEREIRA
ontralor Provincial
Copias:
Expediente
Elaboraron:
Shirley Karina Navarro Chaparro,
Profesional Universitario G.01
Revisó:
Adalberto Duque Ríos,
Coordinador de Gestión ru o de Vigilancia Fiscal
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