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manual institucional de procedimientos de relaciones - Inicio
MANUAL INSTITUCIONAL DE
PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES
LABORALES
DIRECCIÓN GENERAL
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
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MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
INDICE
1. INTRODUCCIÓN
2. MARCO NORMATIVO
2.1. CONSTITUCIÓN
2.2. LEYES
2.3. CÓDIGOS
2.4. REGLAMENTOS
2.5. OTROS
3. PROCEDIMIENTOS
3.1. ATENCION A JUICIOS Y AMPAROS LABORALES
3.1.1. OBJETIVO
3.1.2. ALCANCE
3.1.3. POLITICAS
3.1.4. NORMAS
3.1.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.1.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ATENCION A JUICIOS Y AMPAROS
LABORALES
3.1.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.1.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.2. ASESORÍA A LAS ÁREAS JURÍDICO FORÁNEAS
3.2.1. OBJETIVO
3.2.2. ALCANCE
3.2.3. POLITICAS
3.2.4. NORMAS
3.2.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.2.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ASESORÍA A LAS ÁREAS JURÍDICO
FORÁNEAS
3.2.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.2.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.3. EMISIÓN DE DICTÁMENES
3.3.1. OBJETIVO
3.3.2. ALCANCE
3.3.3. POLITICAS
3.3.4. NORMAS
3.3.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.3.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: EMISIÓN DE DICTÁMENES
3.3.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.3.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.4. ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS COMPLEMENTARIOS Y SUPLEMENTARIOS
AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
3.4.1. OBJETIVO
3.4.2. ALCANCE
3.4.3. POLITICAS
3.4.4. NORMAS
3.4.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.4.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE
CONVENIOS COMPLEMENTARIOS Y SUPLEMENTARIOS AL CONTRATO COLECTIVO DE
TRABAJO
3.4.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.4.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.5. ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PARA OBRA
DETERMINADA
3.5.1. OBJETIVO
3.5.2. ALCANCE
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GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
2 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.5.3. POLITICAS
3.5.4. NORMAS
3.5.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.5.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE
CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA
3.5.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.5.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.6. PERMUTAS
3.6.1. OBJETIVO
3.6.2. ALCANCE
3.6.3. POLITICAS
3.6.4. NORMAS
3.6.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.6.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: PERMUTAS
3.6.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.6.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.7. EXAMEN MEDICO
3.7.1. OBJETIVO
3.7.2. ALCANCE
3.7.3. POLITICAS
3.7.4. NORMAS
3.7.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.7.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: EXAMEN MEDICO
3.7.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.7.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.8. SUPERVISIÓN A LAS ÁREAS OPERATIVAS (APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE
SEGURIDAD E HIGIENE)
3.8.1. OBJETIVO
3.8.2. ALCANCE
3.8.3. POLITICAS
3.8.4. NORMAS
3.8.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.8.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: SUPERVISIÓN A LAS ÁREAS OPERATIVAS
(APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD E HIGIENE)
3.8.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.8.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.9. ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
3.9.1. OBJETIVO
3.9.2. ALCANCE
3.9.3. POLITICAS
3.9.4. NORMAS
3.9.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.9.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD
INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
3.9.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.9.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.10. PERITAJE TÉCNICO LABORAL
3.10.1. OBJETIVO
3.10.2. ALCANCE
3.10.3. POLITICAS
3.10.4. NORMAS
3.10.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.10.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: PERITAJE TÉCNICO LABORAL
3.10.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.10.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.11. ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE INFORMACIÒN DE ACCIDENTES
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CLAVE
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MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.11.1. OBJETIVO
3.11.2. ALCANCE
3.11.3. POLITICAS
3.11.4. NORMAS
3.11.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.11.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE
INFORMACIÒN DE ACCIDENTES
3.11.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.11.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.12. INVESTIGACION Y DIFUSION DE ACCIDENTES
3.12.1. OBJETIVO
3.12.2. ALCANCE
3.12.3. POLITICAS
3.12.4. NORMAS
3.12.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.12.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: INVESTIGACION Y DIFUSION DE
ACCIDENTES
3.12.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.12.8. CONTROL DE CAMBIOS
3.13. ELABORACIÓN DE TRÍPTICOS FOLLETOS CARTELES Y PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO POR DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
3.13.1. OBJETIVO
3.13.2. ALCANCE
3.13.3. POLITICAS
3.13.4. NORMAS
3.13.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.13.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN DE TRÍPTICOS FOLLETOS
CARTELES Y PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POR DIVERSOS
MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
3.13.7. MECANISMOS DE CONTROL
3.13.8. CONTROL DE CAMBIOS
4. GLOSARIO
5. ANEXOS
5.1. Acuerdo 102-2005 Junta de Gobierno
5.2. Acuerdo 145-2000 Junta de Gobierno
5.3. Anticipo de Prima Legal de Antigüedad
5.4. Diferencia de Salarios.
5.5. Ipp Accidente de trabajo global
5.6. Ipp Accidente de trabajo por pensión
5.7. IPP enfermedad profesional pensión
5.8. IPP enfermedad trabajo global
5.9. ITP Accidente de Trabajo
5.10. Jubilación Años de Servicio
5.11. Jubilacion Años de Servicio y Edad
5.12. Jubilación por Inválidez
5.13. Jubilación IPP
5.14. Jubilación ITP
5.15. Carátula de Expediente de Juicio Laboral
5.16. Circular DG-C/001/2009 Lineamientos para la operación de las áreas jurídicas regionales.
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REVISIÓN
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FECHA
ELABORACIÓN
1. INTRODUCCIÓN
Las relaciones laborales, entendidas estas bajo la óptica del instrumento mediante el cual se
establece la comunicación entre el sindicato y la empresa, entre los trabajadores y el sindicato, y
los trabajadores y la administración, en forma especifica y normativa recae bajo la
responsabilidad de la Dirección de Administración implementa los mecanismos necesarios para
el cumplimiento de su objetivo.
Es así que la Gerencia de Relaciones Laborales coadyuva con la Dirección de Administración en
la optimización de las relaciones laborales conciliando los intereses y aspiraciones legitimas de
los trabajadores con las necesidades y objetivos institucionales, mediante una adecuada
administración del contrato colectivo de trabajo que, al mismo tiempo que permite preservar un
ambiente laboral sano, establece las condiciones de trabajo propicias para elevar la
productividad.
Desde su origen por las exigencias de crecimiento de la institución la entonces sección de
trabajo (1949) quien se encargaba del manejo de las relaciones laborales ha ido evolucionando
hasta llegar a la actual Gerencia de Relaciones Laborales siendo desde siempre el órgano
encargado de diseñar e instrumentar los sistemas y procedimientos para la mejor administración
del contrato colectivo de trabajo único y ser hasta la fecha en materia laboral entidad central de
normatividad institucional y de consulta de todas las áreas de CFE incluyendo foráneas y
desconcentradas, quienes tienen la responsabilidad del manejo de relaciones laborales
interactuando con estas para alcanzar el objetivo propuesto.
El presente manual de procedimientos se integra con todas aquellas políticas y normas
aplicables a las funciones de la responsabilidad de la actual Gerencia de Relaciones Laborales
las que en lo particular sirven de guía a cada uno de los procedimientos a seguir dentro de
secuencias lógicas, y analíticas que conlleven al usuario a la obtención efectiva del fin esperado
eliminando la improvisación mediante el conocimiento de los procesos. Tiene como propósito
principal homologar los procesos operativos y las políticas inherentes a las relaciones laborales
en el ámbito nacional de CFE, sustentados en la normatividad vigente y apoyar en la realización
de funciones en el área, su secuencia ordenada y metódica; además de fomentar tanto la
simplificación de las actividades y operaciones, como la facilitación de su revisión y actualización
de manera sistemática.
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ELABORACIÓN
2. MARCO NORMATIVO
2.1. CONSTITUCIÓN
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
DOF 5-II-1917, última reforma DOF 24-VIII-2009
2.2. LEYES
Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica
DOF 22-XII-1975, última reforma DOF 22-XII-1993
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
DOF 04-VIII-1994; última reforma DOF 30-05-2000
Ley Federal del Trabajo
DOF 1-IV-1970, última reforma DOF 17-I-2006
Ley General de Protección Civil
DOF 12-V-2000, Última Reforma DOF 24-IV-2006
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
DOF 11-VI-2002, última reforma DOF 06-VI-2006
Ley Federal de Entidades Paraestatales
DOF 14-V-1986, última reforma DOF 28-II-2008
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
DOF 30-III-2006, última reforma DOF 31-XII-2008
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
DOF 13-III-2002, última reforma DOF 28-V-2009
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
DOF 29-XII-1976, última reforma DOF 17-VI-2009
Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 Y 107 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
DOF 10-I-1936, última reforma DOF 17-VI-2009
Ley del Seguro Social
DOF 21-XII-1995, última reforma DOF 09-VII-2009
Ley General de Salud
DOF 17-IV-2009, última reforma DOF 20-VIII-2009
2.3. CÓDIGOS
Código Civil Federal
DOF 26-III-1928, última reforma DOF 13-IV-2007
Código Federal de Procedimientos Civiles
DOF 24-II-1943, ultima reforma DOF 30-XII-2008
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ELABORACIÓN
2.4. REGLAMENTOS
Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
DOF 26-I-1990, última reforma DOF 7-IV-1995
Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
DOF 21-I-1997
Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal
20-X-1997
Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental
DOF 11-VI-2003
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
DOF 28-VI-2006, Última Reforma DOF 04-IX-2009
2.5. OTROS
Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad
DOF 10-III-2004, Última Reforma DOF 30-XII-2008
Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM vigente
Modelo de Contrato Colectivo de Trabajo para Obra Determinada vigente
Convenio General de Incorporación al Instituto Mexicano del Seguro Social CFE - SUTERM IMSS
28-II-1979
Convenio de Reembolso de Subsidios CFE - SUTERM - IMSS
28-II-1979
Convenio de Seguro Facultativo CFE - SUTERM - IMSS
28-II-1979
Circular N° DG-C/21-2002 AUTORIZACIÓN PARA LA EMISIÓN DE DICTAMENES EN AREAS
FORANEAS
6-V-2002
Circular N° 81-1-29/92 CONVENIO COMPLEMENTARIO AL DE PRODUCTIVIDAD
28-IX-1992
Circular N° 015-C-01/96 CONDICIONES PARA EL RECONOCIMIENTO DE ANTIGUEDAD DE
TRABAJADORES TEMPORALES
23-I-1996
Circular N° 056-C-7/95 RIESGOS NO PROFESIONALES
11-V-1995
Circular N°070-C-41/95 COMITES MIXTOS DE PRODUCTIVIDAD
7-IX-1995
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ELABORACIÓN
Circular N°0856 CEDULA P/DICTAMENES DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD
12-VIII-1997
Circular N°0963 DISPOSICIONES PARA LA AGILIZACIÓN Y EMISIÓN DE CONVENIOS
COMPLEMENTARIOS AL CCT
31-VII-2000
Circular N°0964 PLAZO P/AGILIZAR LA FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS DE MINUTAS
LOCALES Y NACIONALES
06-VI-2002
Circular N°103-2-41/92 DELEGACIÓN DE FACULTADES A AREAS FORANEAS DE EMITIR
ACTAS ADMINISTRATIVAS
21-XI-1992
Circular N°27-2-13/92 DESCONCENTRACIÓN DE DICTAMENES DE JUBILACIÓN
5-I-1992
Circular N°52-1-17/92 ALCANCE DEL CONVENIO DE PRODUCTIVIDAD
18-V-1992
Circular N°72-4-40/91 ACTAS ADMINISTRATIVAS POR FALTAS E IRREGULARIDADES
COMETIDAS POR LOS TRABAJADORES
01-VIII-1991
Circular N°DG-C/06-2000 DESCONCENTRACIÓN DE DICTÁMENES DE JUBILACIÓN POR
INCAPACIDAD
2-II-2000
Circular N°73 SISTEMA DE PROMOCIONES Y ESCALAFON
25-III-1994
CRITERIO UNICO 001/2002 RESPONSABILIDAD DE LOS TRABAJADORES EN ACCIDENTES
DE TRABAJO
09-VII-2002
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ELABORACIÓN
3. PROCEDIMIENTOS
3.1. ATENCION A JUICIOS Y AMPAROS LABORALES
3.1.1. OBJETIVO
Establecer la metodología para llevar a cabo la defensa de los asuntos jurídico laborales en la
Comisión Federal de Electricidad y de proceder su correspondiente Amparo.
3.1.2. ALCANCE
Todas las demandas laborales instauradas en contra de Comisión Federal de Electricidad y la
presentación correspondiente de Amparos Laborales.
3.1.3. POLITICAS
La atención y defensa de los juicios laborales instaurados en contra de CFE, se apega a los
criterios eticos y juridícos que rigen los principios en materia laboral, buscando siempre obtener
el mayor beneficio para la Institución ya sea en la conciliación de las partes o hasta el final del
proceso ante las Autoridades del Trabajo.
3.1.4. NORMAS
El Director General de Comisión Federal de Electricidad otorga al Director de Administración la
representación legal de la misma, en base al artículo 22 de la Ley Federal de Entidades
Paraestatales, 14 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y 8º del Estatuto Orgánico
de la Junta de Gobierno de Comisión Federal de Electricidad en concordancia con el artículo 11
de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 2º de la Ley de Servicio Público de Energía
Eléctrica para que este pueda otorgar a su vez, sustituir y revocar sus facultades a favor de otras
personas que le pueden auxiliar en el despacho de sus asuntos, en este caso para que los
apoderados lo ejerzan ante las Autoridades en materia laboral en todo lo concerniente a
cuestiones derivadas de las relaciones obrero-patronales, colectivas e individuales entre la
Comisión Federal de Electricidad y sus trabajadores, en términos de lo dispuesto por el párrafo
primero del artículo 2554 del Código Civil Federal vigente, así como sus correlativos en el D.F y
la República Mexicana, artículos 11, 692 fracción II, 786, 876,878,880 y demás relativos y
aplicables de la Ley Federal del Trabajo.
Para determinar la conveniencia de dar por terminado de manera anticipada una controversia o
juicio laboral, mediante convenio que se celebre entre las partes, deberán observarse los
siguientes lineamientos y criterios generales:
Acuerdo 102-2005 Junta de Gobierno
Acuerdo 145-2000 Junta de Gobierno
No se podrán convenir;
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ELABORACIÓN
Las controversias o juicios en los cuales el pronóstico de su resultado se estime favorable a los
intereses de CFE.
Los asuntos en los cuales existan elementos que planteen dudas razonables sobre los
resultados, siempre y cuando no exista el riesgo de que se incremente su cuantía con el
transcurso del tiempo.
Podrán ser convenidos;
Las controversias o juicios laborales con un pronóstico de resultado desfavorable a la CFE,
siempre y cuando su acuerdo represente una ventajapara el organismo.
Aquellos asuntos que por sus caracteristícas revistan especial interés institucional, apreciándose
la posibilidad de que su resolución pudiera ser desfavorable o establecer precedentes que
afecten negativamente a la CFE o a otras entidades, tales como los relativos al establecimiento
de obligaciones legales o contractuales permanentes en casos análogos, independientemente de
su cuantía.
Los asuntos en los cuales existan elementos que planteen dudas razonables sobre sus posibles
resultados, siempre y cuando exista el riesgo de por el transcurso del tiempo, su costo se vea
incrementado de manera sustancial.
LAS AREAS FORANEAS, con el fin de dar transparencia a la toma de decisiones, la
determinación de convenir un juicio laboral se tomará en forma colegiada, con la participación
conjunta invariablemente del Titular del área respectiva así como de los responsables del área
administrativa, el área juridíca y el área de relaciones laborales, haciéndose constar
detalladamente por medio de un ACTA las razones suficientes y fundadas que justifiquen el
CONVENIO, así como el beneficio para el Organismo, conforme a los criterios establecidos en
los Acuerdos 145 y 102 emitidos por la Junta de Gobierno de CFE y que se encuentran
publicados en la sección de Anexos de este Manual.
En caso de ser procedente la conciliación del juicio laboral y la celebración de un convenio ante
la Autoridad Laboral, deberá elaborarse un DICTAMEN, en el cual quedará claramente señalado:
Antecedentes del juicio.
Punto de litis.
Causas y elementos por las cuales se propone la celebración del Convenio.
Pronóstico con resultado del juicio adverso a los intereses de C.F.E.
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Beneficio económico para C.F.E.
Beneficio en reducción de tiempo en los juicios de reconocimiento de antiguedad.
Cuando sea el caso, las características que revistan de especial interés institucional donde se
aprecie la probabilidad de que su resolución pudiera ser desfavorable o establecer precedentes
que afecten negativamente a CFE o a otras Entidades tales como los relativos al establecimiento
de obligaciones legales o contractuales permanentes en casos análogos, indepenndientemente
de su cuantía.
En su caso, los elementos que planteen dudas razonables sobre sus posibles resultados,
siempre y cuando exista el riesgo de que por el transcurso del tiempo su costo se vea
incrementado de manera sustancial.
*El DICTAMEN deberá estar firmada por el abogado encargado y responsable del juicio laboral,
así como por el órgano colegiado que autorice el Convenio.
Para el caso de Oficinas Nacionales deberá ser firmado por el abogado responsable del juicio
laboral, el Jefe del Departamento de Procesos Laborales, el Subgerente de Procesos Laborales
y el Gerente de Relaciones Laborales.
Para dar puntual cumplimiento a la obligación de mantener actualizado el SISTEMA
JURISMATICA el abogado encargado del juicio será responsable de darlo de alta en el Sistema
y de registrar todas las actuaciones del juicio con el fin de conocer el estado procesal que
guarda; asimismo el Jefe del Departamento del área jurídica será responsable de supervisar que
todos los juicios laborales a cargo de su área se encuentren registrados y actualizados en dicho
sistema incluyendo los juicios a cargo de los asesores externos, debiendo considerar que el
SISTEMA JURISMATICA es la herramienta oficial para el registro de juicios laborales, que
permite obtener información y reportes de los juicios y procedimientos legales a nivel nacional.
INTEGRACION DE EXPEDIENTES LABORALES. Las áreas juridico laborales deberán integrar
cada expediente de juicio laboral foliando todas sus fojas, conforme la siguiente INDICE:
Notificación de la demanda Auto de radicación
Escrito inicial de la demanda
Oficio de solicitud de información y documentos al área de adscripción del actor.
Oficio de recepción de información y documentos del área de adscripción del trabajador.
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ELABORACIÓN
Escrito de contestación de la demanda
Escrito de ofrecimiento de pruebas.
Todas las actuaciones procesales (actas, acuerdos, vistas, notificaciones, cotejos, inspecciones
diligencias, exhortos, incidentes, interlocutorias, desahogo de pruebas).
Laudos Amparos (directos e indirectos) según sea el caso. Convenio, ratificación y cumplimiento
ante la Autoridad Laboral y acuerdo de archivo como asunto total y definitivamente concluído.
Acta justificativa del Convenio cuando así sea el caso. Anexos
* La guía no es limitativa, de modo que podrán integrarse los demás documentos que se generen
con motivo de la defensa del juicio en el apartado de anexos. Como apoyo a lo anterior se anexa
a este Manual el formato de Carátula de Expediente de Juicio Laboral, siendo obligatorio tanto el
uso de la misma como la del Indice.
Asimismo, se anexa copia de la Circular DG-C/001/2009 Lineamientos para la operación de las
áreas jurídicas regionales.de septiembre de 2009, expedida por el Director General en CFE,
relativa a los lineamientos que deberán observar las áreas jurídicas regionales en la atención de
juicios.
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HOJA
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MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
3.1.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 Gerente/Jefe de Área
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
DESCRIPCION
Recibe notificación de demanda laboral y/o solicitud de atención de
demanda laboral y registra.
Responsable del Área Jurídica Asigna al abogado que se encargará de la atención del juicio hasta su
conclusión.
Abogado encargado
Recibe demanda, analiza y solicita mediante oficio al centro de trabajo
del actor la información y documentación necesaria para integrar el
expediente correspondiente.
Recibe documentación e información y prepara estrategia de defensa.
Comparece ante la Autoridad Laboral para la atención del juicio.
De considerarlo procedente, el abogado propondrá la celebración de
un convenio que de por terminado el juicio laboral, conforme a las
normas establecidas en este manual, el cual una vez aprobado por la
Autoridad Laboral competente deberá cumplimentarse en sus
términos y quedar archivado el expediente como asunto concluído.
Se celebra Convenio de Conciliación y se da por terminado Juicio.
Registra los acuerdos y resoluciones emitidos por la Autoridad
Laboral.
Externa opinión sobre el fundamento y motivación del laudo, y
determina la procedencia o improcedencia del amparo.
Responsable del Área Jurídica Analizan los comentarios del abogado y resuelven sobre la
interposición o no del amparo.
Abogado encargado
Interpone amparo ante los Tribunales Federales.
Gerente/Jefe de Área
Recibe notficacion de ejecutoria y se procede a su cumplimiento.
Abogado encargado
Informa resultado al centro de trabajo correspondiente.
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.1.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ATENCION A JUICIOS
Y AMPAROS LABORALES
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FECHA
ELABORACIÓN
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FECHA
ELABORACIÓN
3.1.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
Recibe notificación de
INSTRUMENTO DE
CONTROL
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Jurismatica
Gerente/Jefe de Área
Expediente Laboral
Abogado encargado
Acta Justificativa de
Convenio
Abogado encargado
demanda laboral y/o solicitud
de atención de demanda
laboral y registra.
3
Recibe demanda, analiza y
solicita mediante oficio al
centro de trabajo del actor la
información y documentación
necesaria para integrar el
expediente correspondiente.
7
Se celebra Convenio de
Conciliación y se da por
terminado Juicio.
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.1.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
ATENCION A JUICIOS Y AMPAROS LABORALES
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
15/12/2009 Pag. 13
Motivo o Causa:
Actualización de la normatividad aplicable en el proceso.Se agrega el formato de carátula que debe integrarse a
cada expediente de juicio laboral.
Se agrega copia de la Circular DG-C/001/2009, que
describe los lineamientos para la operación de las áreas
juridícas regionales.
ELABORÓ
AUTORIZÓ
Lic. Laura María Pérez López
Lic. Rubelio Esqueda Llanes
Responsable del manual
Subgerente de Procesos Laborales
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.2. ASESORÍA A LAS ÁREAS JURÍDICO FORÁNEAS
3.2.1. OBJETIVO
Definir el sistema de atención a las consultas y asesorías solicitadas por las áreas jurídicas
foráneas dentro de CFE, basados en los criterios generales que legalmente deban adoptarse en
materia laboral.
3.2.2. ALCANCE
Toda solicitud de asesoría y/o apoyo en materia laboral que presenten las áreas foráneas que
conforman Comisión Federal de Electricidad.
3.2.3. POLITICAS
Servir como ente normativo en materia de litigios y demandas laborales, fijando los criterios a
seguir en busca del mayor beneficio de la Institución.
3.2.4. NORMAS
Para determinar la conveniencia de dar por terminado de manera anticipada una controversia o
juicio laboral, mediante convenio que se celebre entre las partes, deberán observarse los
siguientes lineamientos y criterios generales: No se podrán convenir; Las controversias o juicios
en los cuales el pronóstico de su resultado se estime favorable a los intereses de CFE.
Los asuntos en los cuales existan elementos que planteen dudas razonables sobre los
resultados, siempre y cuando no exista el riesgo de que se incremente su cuantía con el
transcurso del tiempo.
Podrán ser convenidos;
Las controversias o juicios laborales con un pronóstico de resultado desfavorable a la CFE,
siempre y cuando su acuerdo represente una ventajapara el organismo.
Aquellos asuntos que por sus caracteristícas revistan especial interés institucional, apreciándose
la posibilidad de que su resolución pudiera ser desfavorable o establecer precedentes que
afecten negativamente a la CFE o a otras entidades, tales como los relativos al establecimiento
de obligaciones legales o contractuales permanentes en casos análogos, independientemente de
su cuantía.
Los asuntos en los cuales existan elementos que planteen dudas razonables sobre sus posibles
resultados, siempre y cuando exista el riesgo de por el transcurso del tiempo, su costo se vea
incrementado de manera sustancial.
Se anexa copia de la Circular DG-C/001/2009 Lineamientos para la operación de las áreas
jurídicas regionales., emitida por el C. Director General de CFE, para su estricta observancia.
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3.2.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 Titulares de las Áreas Jurídico
Laborales Foráneas
2 Gerente de Relaciones
Laborales
3 Subgerente de Procesos
Laborales
4 Jefe de Depto. de Procesos
Laborales en OF
5 Profesionista
DESCRIPCION
Envían solicitud de asesoría para la solución de conflictos laborales en
sus áreas de trabajo.
Recibe solicitud de asesoría de las áreas jurídico laborales foráneas.
Registra solicitud y la turna al Departamento.
Revisa las consultas de las áreas jurídico laborales foráneas, turna a
profesionista.
Analiza consulta, ¿Se requiere información? Si, requiere al área
mayores elementos para emitir propuesta de solución al caso
correspondiente. No, emite respuesta respecto de la consulta y rubrica
para su presentación al Jefe del Departamento.
6 Titulares de las Áreas Jurídico Se solicitan mayores elementos a las Áreas Foráneas.
Laborales Foráneas
7 Profesionista
Emite respuesta respecto de la consulta y rubrica para su
presentación al Jefe del Departamento.
8 Jefe de Depto. de Procesos
Rubrica de Visto Bueno y presenta al Subgerente.
Laborales en OF
9 Subgerente de Procesos
Rubrica y presenta para firma del gerente una vez acordada la
Laborales
propuesta de solución conforme a su función normativa.
10 Gerente de Relaciones
Firma Oficio con propuesta de solución y remite a la Subgerencia.
Laborales
11 Subgerente de Procesos
Instruye al Departamento, su remisión al área solicitante.
Laborales
12 Jefe de Depto. de Procesos
Remite respuesta al área y archiva copia.
Laborales en OF
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3.2.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ASESORÍA A LAS
ÁREAS JURÍDICO FORÁNEAS
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3.2.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
Envían solicitud de asesoría
INSTRUMENTO DE
CONTROL
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Oficio de solicitud
Titulares de las Áreas
Jurídico Laborales Foráneas
Bitacora de oficios
Gerente de Relaciones
Laborales
para la solución de conflictos
laborales en sus áreas de
trabajo.
2
Recibe solicitud de asesoría
de las áreas jurídico laborales
foráneas.
3
Registra solicitud y la turna al Minutario de control
Departamento.
4
Revisa las consultas de las
áreas jurídico laborales
Subgerente de Procesos
Laborales
Minutario y relación
electrónica
Jefe de Depto. de Procesos
Laborales en OF
Oficio de solicitud
Profesionista
Oficio con propuesta
Gerente de Relaciones
Laborales
foráneas, turna a
profesionista.
5
Analiza consulta, ¿Se
requiere información? Si,
requiere al área mayores
elementos para emitir
propuesta de solución al caso
correspondiente. No, emite
respuesta respecto de la
consulta y rubrica para su
presentación al Jefe del
Departamento.
10 Firma Oficio con propuesta
de solución y remite a la
Subgerencia.
12 Remite respuesta al área y
archiva copia.
Archivo y Minutario anual por Jefe de Depto. de Procesos
Área
Laborales en OF
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FECHA
ELABORACIÓN
3.2.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
ASESORÍA A LAS ÁREAS JURÍDICO FORÁNEAS
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 19
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD Y ASESORAR A LAS
AREAS JURIDICAS AL INTERIOR DE CFE EN LA
DEFENSA DE JUICIOS LABORALES
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
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FECHA
ELABORACIÓN
3.3. EMISIÓN DE DICTÁMENES
3.3.1. OBJETIVO
Determinar el proceso operativo en la emisión de los diferentes Dictámenes que determinan la
situación Juridico Laboral de los trabajadores de Comisión Federal de Electricidad,para
satisfacer en tiempo y forma los derechos y obligaciones que les corresponda.
3.3.2. ALCANCE
Todos los Dictámenes que determinan la situación Juridica Laboral de los trabajadores de
Comisión Federal de Electricidad, sujetos al Contrato Colectivo de Trabajo Unico: Jubilación por
años de servicio, por invalidéz y por riesgo de trabajo; separación voluntaria y por reajuste; prima
legal de antigüedad, liquidación por invalidéz permanente, muerte, riesgos de trabajo, calificación
de actas administrativas y reconocimientos de antigüedad.
3.3.3. POLITICAS
Observar la normatividad en la emisión de Dictámenes con el objeto de que los trabajadores y ex
trabajadores de CFE, o bien sus beneficiarios queden satisfechos en la obtención de los
derechos que conforme a la Ley y al Contrato Colectivo les pertenecen.
3.3.4. NORMAS
Los dictámenes que se emitan deberán incluir en el rubro, o recuadro su consecutivo la clave del
área, tipo de dictamen así como, la fecha de elaboración.
Los dictámenes deberán tener el recuadro del encabezado de página, tal y como esta en la
compilación autorizada.
Todos los dictámenes que se emitan deberán estar firmados por dos personas facultadas para
validarlos. Una vez recibida la solicitud, y haya revisión contractual o salarial, se procederá a su
atención cuando se den a conocer oficialmente los cambios.
Cualquier Modificación o controversia, deberá solicitarse por escrito a la Gerencia de Relaciones
Laborales, quien determinará lo procedente.
La documentación que envían las áreas para revisión, deberá incluir en la misma, copia del
dictamen y la ratificación hecha ante la autoridad competente.
La fecha de ingreso del trabajador no se podrá modificar por ninguna causa, salvo por resolución
judicial o administrativa, pero, de tener días no computables en su antigüedad, deberá
especificarse.
Los rangos de tolerancia en el dictamen son: en la energía eléctrica un mes de desfasamiento,
contra la publicada por la Gerencia de Relaciones Laborales, un día en el computo de la
antigüedad y hasta cuatro centavos en la integración salarial, por redondeo.
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FECHA
ELABORACIÓN
Cuando la C. F. E. suministre la Energía Eléctrica en especie a los jubilados, tal concepto, no se
incluirá en efectivo en sus pensiones jubilatorias. En aquellos lugares en donde no existan redes
de distribución, la prestación de energía eléctrica se integrará, en la pensión con la cantidad que
vengan recibiendo los trabajadores, de conformidad con la cláusula 67 del Contrato Colectivo de
Trabajo.
Tratándose de trabajadores de turnos continuos, mantenimiento, guardias y servicios especiales,
se integrará al salario tabulado el importe de tiempo extra constante o jornada nocturna que
corresponda, formándose lo que llamamos el salario completo.
Siempre deberán desglosarse los conceptos que conforman el salario completo y el salario
integrado. Cuando existan prestaciones adicionales que se integren al salario diario
deberánespecificarse. No se debe elaborar un dictamen, cuando exista un juicio laboral
pendiente, que afecte fundamentalmente el contenido del mismo.
Cuando exista un laudo que ordene a C. F. E. jubilar a un trabajador, no se emite un dictamen,
sino únicamente se deben cuantificar los conceptos a que éste condena, para dar cumplimiento
a dicha resolución.
En la integración salarial, en los casos de trabajadores de confianza que reciben incentivo de
actuación, éste se incluirá como una prestación más. El incentivo por desempeño, debe ser
considerado como salario, de conformidad con lo determinado por la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, mediante la Contradicción de Tesis de Jurisprudencia 53/95 y 54/95.
El cálculo para la cuantificación diaria del incentivo por desempeño, será de acuerdo con las
siguientes reglas:
Se deberá otorgar con el promedio de los días pagados mensualmente, por dicho concepto, en
el último año de servicio. La cantidad mínima que debe ser considerada como parte integrante
del salario, será la resultante de diez días del salario tabulado entre treinta. Se deberá pagar
parte proporcional del incentivo por desempeño, hasta el último día laborado. El dictamen de
jubilación firmado de conformidad por el interesado, surte sus efectos a partir de la fecha de su
inicio.
El pago de la Energía Eléctrica en los lugares donde existan redes de distribución deberá ser en
especie y exclusivamente en el hogar del trabajador, tal y como lo establece regla general de la
cláusula 67 del Contrato Colectivo de Trabajo, no estando sujeta a la voluntad o necesidades
personales del trabajador recibirla en efectivo o especie, por tal motivo en el supuesto de que
dos o más trabajadores vivan el la misma casa se otorgará esta prestación únicamente en el
citado domicilio.
Si un trabajador fallece el pago TOTAL de las prestaciones por muerte natural o en accidente de
trabajo podrá efectuarse a las personas señaladas expresamente en la carta de designación de
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1
FECHA
ELABORACIÓN
beneficiarios tal y como disponen las Cláusulas 61 fracción I inciso a) y 62 fracción II inciso a) y
solamente en defecto de éstas el pago se hará a las personas que la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje designe como dependientes económicos del fallecido.
Los dictámenes que emite CFE, por ser documentos de elaboración unilateral, no deben
ratificarse ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con excepción de los de jubilación,
que solo se ratifican, para tranquilidad de los jubilados, ante las autoridades de trabajo, pero
únicamente para los efectos legales a que haya lugar, por tratarse la jubilación de un derecho
extra legal.
El pago del finiquito de las prestaciones devengadas, cuando se trate de jubilación, deberá
efectuarse en las oficinas correspondientes de la Comisión Federal de Electricidad, por tal
motivo, solo se debe pagar ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje la Prima Legal
Contractual de Antigüedad.
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3.3.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 Gerente/Jefe de Área
2 Subgerente/Jefe del Area del
Proceso.
3 Titular del Departamento
4 Titular de la Oficina
5 Profesionista
6
7
Titular de la Oficina
8
Titular del Departamento
9
Subgerente/Jefe del Area del
Proceso.
10 Gerente/Jefe de Área
11 Titular del Departamento
12 Subgerente/Jefe del Area del
Proceso.
DESCRIPCION
Recibe solicitud de elaboración de un determinado dictamen.
Recibe, revisa y turna la solicitud al Jefe de Departamento.
Recibe, revisa y turna al Jefe de Oficina la solicitud del servicio.
Recibe, revisa y turna al profesionista la solicitud del servicio
Recibe y analiza la solicitud, y en su caso, requiere a las Áreas
involucradas la documentación complementaria para elaborar el
proyecto de dictamen.
Elabora el proyecto del dictamen e integra expediente del trabajador.
Revisa y verifica que el proyecto de dictamen, que esté conforme al
normatividad aplicable, y rubrica el proyecto de dictamen.
Verifica y rubrica el proyecto de dictamen y presenta el proyecto de
dictamen al Subgerente del área
Revisa, rubrica y presenta o instruye se remita a la Gerencia para su
validación o autorización o en su caso indica lo conducente en
relación con el dictamen.
Autoriza el dictamen para su aplicación.
Verifica la ejecución del dictamen, es decir que surta sus efectos con
las consecuencias legales que determinen la situación laboral del
trabajador.
Recibe el dictamen debidamente requisitado y registra su salida.
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3.3.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: EMISIÓN DE
DICTÁMENES
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FECHA
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FECHA
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FECHA
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FECHA
ELABORACIÓN
3.3.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
Recibe solicitud
INSTRUMENTO DE
CONTROL
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Solicitud de Dictamen
Gerente/Jefe de Área
Proyecto de Dictamen
Profesionista
Bitacora de control y
Dictamen.
Subgerente/Jefe del Area del
Proceso.
de elaboración de un
determinado dictamen.
6
Elabora el proyecto del
dictamen e integra
expediente del trabajador.
12 Recibe el dictamen
debidamente requisitado y
registra su salida.
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.3.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
EMISIÓN DE DICTÁMENES
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 25
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD PARA LA EMISIÓN
DE DICTAMENES EN TODAS LAS AREAS DE CFE
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.4. ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS
COMPLEMENTARIOS Y SUPLEMENTARIOS AL CONTRATO
COLECTIVO DE TRABAJO
3.4.1. OBJETIVO
Hacer del conocimiento de los interesados el procedimiento realizado a las minutas de trabajo
formuladas en términos de la cláusula 24.- Comités Mixtos de Productividad, para llevar a cabo
el proceso de formalización para la elaboración de los Convenios complementarios y
suplementarios al Contrato Colectivo de Trabajo Único, a efecto de revisar las funciones
sustantivas de las mismas y adoptar medidas tendientes a optimizar los mecanismos y
condiciones de orden estructural y ocupacional, para lograr la consecución de los acuerdos
formulados entre los trabajadores y la Empresa, con objeto de satisfacer los requerimientos de la
Institución.
3.4.2. ALCANCE
Todos los Acuerdos celebrados en términos de la cláusula 24.- Comités Mixtos de Productividad
y análisis de las minutas de los comités mixtos de productividad, para la elaboración de los
proyectos de convenio en la Gerencia de Relaciones Laborales hasta su registro ante la Junta
Federal de Conciliación y Arbitraje.
3.4.3. POLITICAS
En la elaboración de los convenios complementarios y suplementarios del Contrato Colectivo de
Trabajo único, es política institucional conciliar los intereses y aspiraciones de los trabajadores
con las necesidades y objetivos sociales del organismo procurando la correcta interpretación,
aplicación y cumplimiento de las normas legales y contractuales en materia laboral, en la
elaboración y formalización de Convenios Complementarios al Contrato Colectivo
de Trabajo, con la finalidad de elevar la productividad y la mejor utilización de los recursos de
que se disponen.
3.4.4. NORMAS
CFE y el Sindicato, podrán fijar de común acuerdo, mediante convenios complementarios o
suplementarios, otras condiciones de trabajo, las que en ningún caso implicarán disminución de
prestaciones o desconocimiento de derechos.
Estos convenios formarán parte del Contrato Colectivo de Trabajo, siempre y cuando no se
opongan a lo establecido en el mismo.
Los convenios serán el producto de la ratificación de acuerdos que los Comités Mixtos de
Productividad consignen en sus Minutas, mismas que deberán observar todos y cada uno de los
lineamientos que para su elaboración y formalización se establecen en las Circulares 0963 del
31 de julio del 2000, Circular 070-C-41/95 del 7 de septiembre de 1995 relativa a la suficiencia
presupuestal y la Circular 052-B-16/95 del 3 de julio de 1995 respecto de la delegación de
facultades en materia de Convenios.
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1
FECHA
ELABORACIÓN
En cuanto a los Proyectos de Convenios derivados de las Minutas de los Comités Mixtos de
productividad Locales y Regionales de la Dirección de Operación, deberán elaborarse, sin
excepción, para firma del Director de Operación.
Con objeto de agilizar la formalización de convenios, en caso de que hubiere necesidad de
requerir a las áreas de origen alguna aclaración y ésta no sea resuelta en un plazo máximo de
30 días hábiles, deberá ser regresado a dicha área de origen el expediente completo, indicando
la información faltante y marcando copia a la Dirección o Subdirección correspondiente, a fin de
que una vez que completen la información requerida se reingrese nuevamente a la Gerencia de
Relaciones Laborales.
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ELABORACIÓN
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3.4.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 Miembros del Comité Mixto de
Productividad.
2 Comité Mixto de Productividad
Regional
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
DESCRIPCION
Elabora Minuta de Acuerdos conforme a los lineamientos, y envía al
Comité Mixto de Productividad Regional
Recibe y elabora Minutas conforme a los lineamientos ya sea
ratificando o modificando las Minutas Locales y envía al titular del área
de trabajo que se trate.
Titular del Área de Trabajo de Envía solicitud de elaboración de proyecto de Convenio con las
CFE
Minutas locales y regionales de los Comités Mixtos de Productividad.
Gerente de Relaciones
Recibe solicitud de servicio y minuta de trabajo para la elaboración de
Laborales
proyecto de convenio CFE-SUTERM.
Subgerente de Relaciones
Recibe y registra en Bitácora, y turna la solicitud de servicio al
Laborales
Departamento Técnico.
Jefe de Depto. Técnico
Recibe, revisa y turna a la Oficina de Convenios y Contratos para
Obra Determinada.
Jefe Of. Convenios y
Recibe y turna al Profesionista (Abogado) para análisis.
Contratos para Obra D.
Profesionista
Recibe y analiza la solicitud y en su caso, requiere a las áreas
involucradas documentación complementaria para la elaboración del
Proyecto de Convenio CFE-SUTERM.
Elabora Proyecto de Convenio con la documentación requerida y de
no recibir la información solicitada se regresa al área correspondiente.
Jefe Of. Convenios y
Revisa y verifica que el Proyecto de Convenio esté conforme a la
Contratos para Obra D.
normatividad aplicable, rubricando el oficio de Remisión del Proyecto
de Convenio CFE-SUTERM y envía al Jefe de Departamento.
Jefe de Depto. Técnico
Verifica el Proyecto de Convenio, rubrica el Oficio y lo presenta al
Subgerente de Relaciones Laborales.
Subgerente de Relaciones
Remite el Oficio con el Proyecto de Convenio al área que de acuerdo
Laborales
a su competencia corresponda, como integrante del Grupo de
Trabajo. Una vez autorizado y enviado por el Grupo de Trabajo,
revisa, rubrica y presenta a la Gerencia para su autorización, de ser
modificado por el Grupo de Trabajo, indica lo conducente para su
reformulación.
Gerente de Relaciones
Valida el Proyecto de Convenio CFE- SUTERM y envía a la
Laborales
Subdirección y / o Dirección que solicitó el Convenio para su firma, la
que una vez otorgada la envía a la Subgerencia.
Subgerente de Relaciones
Recibe y envía al Departamento Técnico.
Laborales
Jefe de Depto. Técnico
Recibe y turna al Jefe de oficina
Jefe Of. Convenios y
Recibe y verifica firmas, turna al Profesionista.
Contratos para Obra D.
Profesionista
Recibe y formula Oficio para firma del SUTERM.
Jefe Of. Convenios y
Recibe, verifica rubrica el oficio de Remisión al SUTERM
Contratos para Obra D.
Jefe de Depto. Técnico
Rubrica el Oficio de Remisión al SUTERM y envía a la Subgerencia.
Subgerente de Relaciones
Revisa, rubrica y presenta al Gerente para su firma.
Laborales
Gerente de Relaciones
Firma Oficio de remisión y ordena su envío al SUTERM para firma del
Laborales
Sindicato.
Presenta a firma de la Dirección de Administración e instruye su
depósito en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con su
número correspondiente.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
23 Subgerente de Relaciones
Laborales
24 Jefe de Depto. Técnico
HOJA
CLAVE
36 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
Instruye al Departamento para que se remitan copias del Convenio a
las partes interesadas, incluyendo al Grupo de Trabajo.
Envía copias y se queda con un ejemplar del Convenio para su
guardia y custodia.
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
37 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.4.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y
FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS COMPLEMENTARIOS Y
SUPLEMENTARIOS AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
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1
FECHA
ELABORACIÓN
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
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1
FECHA
ELABORACIÓN
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HOJA
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FECHA
ELABORACIÓN
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HOJA
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FECHA
ELABORACIÓN
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.4.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
5
INSTRUMENTO DE
CONTROL
Recibe y registra en Bitácora, Bitácora
y turna la solicitud de servicio
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Subgerente de Relaciones
Laborales
al Departamento Técnico.
7
Bitácora
Jefe Of. Convenios y
Contratos para Obra D.
Tarjeta
Jefe Of. Convenios y
Contratos para Obra D.
Minutario de Oficios y/o
proyecto
Gerente de Relaciones
Laborales
Tarjeta con relación de
Dirección de Administración e Convenios para Firma
Gerente de Relaciones
Laborales
Recibe y turna al
Profesionista (Abogado) para
análisis.
10 Revisa y verifica que el
Proyecto de Convenio esté
conforme a la normatividad
aplicable, rubricando el oficio
de Remisión del Proyecto de
Convenio CFE-SUTERM y
envía al Jefe de
Departamento.
13 Valida el Proyecto de
Convenio CFE- SUTERM y
envía a la Subdirección y / o
Dirección que solicitó el
Convenio para su firma, la
que una vez otorgada la
envía a la Subgerencia.
22 Presenta a firma de la
instruye su depósito en la
Junta Federal de Conciliación
y Arbitraje, con su número
correspondiente.
24 Envía copias y se queda con Convenio
un ejemplar del Convenio
para su guardia y custodia.
Jefe de Depto. Técnico
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
43 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.4.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS COMPLEMENTARIOS Y
SUPLEMENTARIOS AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 33
Motivo o Causa:
INSTITUCONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LAS NORMAS Y LINEAMIENTOS PARA
LA ELABORCION DE MINUTAS DE LOS COMITES
MIXTOS DE PRODUCTIVIDAD Y ASI
POSTERIORMENTE ELABORAR LOS CONVENIOS
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
44 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.5. ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS
COLECTIVOS DE TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA
3.5.1. OBJETIVO
Establecer un proceso general para la elaboración y formalización de Contratos para Obra
Determinada, de manera que las Areas involucradas conozcan el mecanismo desde el inicio de
la obra hasta su formalización ante las Autoridades Laborales.
3.5.2. ALCANCE
Toda Obra de Construción que lleve a cabo Comisión Federal de Electricidad que tenga
necesidad de contar con un documento que determine obligaciones y derechos de los
contratantes, además de determinar el Inicio de Obra, clave presupuestal, ubicación,
características técnicas, fecha de inicio y fecha probable de terminación; concluyendo el
procedimiento cuando se formaliza el Contrato y Tabulador ante la Autoridad Laboral
3.5.3. POLITICAS
Atender la formulación de contratos colectivos de trabajo para obra determinada, cuidando que
los tabuladores anexos se ajusten a los parámetros autorizados para obras similares dentro del
ámbito de las áreas de construcción.
3.5.4. NORMAS
Atender la formulación de contratos colectivos de trabajo para obra determinada, cuidando que
los tabuladores anexos se ajusten a los parámetros autorizados para obras similares dentro del
ámbito de las áreas de construcción.
15/12/2009
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
45 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
3.5.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 Titular del Área Solicitante
2
3
4
5
6
Gerente de Relaciones
Laborales
Subgerente de Relaciones
Laborales
Jefe de Depto. Técnico
Jefe de Oficina de Convenios
y Contratos de Obra
Profesionista
7
8
Gerente de Relaciones
Laborales
9 Subgerente de Relaciones
Laborales
10 Jefe de Depto. Técnico
11 Jefe de Oficina de Convenios
y Contratos de Obra
12 Profesionista
13 Titular del Área Solicitante
14 Gerente de Relaciones
Laborales
15 Subgerente de Relaciones
Laborales
16 Jefe de Depto. Técnico
17 Jefe de Oficina de Convenios
y Contratos de Obra
18 Profesionista
19
20 Titular del Área Solicitante
21 Profesionista
22 Jefe de Oficina de Convenios
y Contratos de Obra
23 Jefe de Depto. Técnico
DESCRIPCION
Solicita mediante oficio la elaboración del Contrato para Obra
Determinada de cualquier Residencia de Construcción o Proyecto de
Central.
Recibe Oficio de solicitud con la documentación relativa al inicio de
obra y turna.
Recibe, registra y turna.
Instruye iniciar procedimiento.
Registra y analiza en coordinación con su equipo de trabajo.
Verifica información; nombre de la obra, número de clave,
características técnicas, fecha probable de inicio y terminación, y
ubicación geográfica. Integra expediente y, en su caso, solicita
información complementaria al Área responsable.
Elabora oficio para solicitar al SUTERM la designación de Delegado
Sindical para la Obra.
Recibe nombramiento y turna.
Recibe, registra y turna.
Recibe, turna e instruye se solicite tabulador local.
Recibe e instruye al profesionista para que elabore oficio notificando al
Área responsable y solicite el tabulador pactado a nivel local, con
delegado acreditado y así lo registre.
Registra nombramiento y elabora oficio notificando al Área
responsable y solicita a su vez el tabulador pactado a nivel local con el
Delegado acreditado.
Recibe oficio con nombramiento y orden de compensación al
Delegado y acuerda con éste proyecto de tabulador aplicable a la
obra.
Recibe tabulador local y turna.
Recibe y turna para estudio y valoración.
Analiza y turna para estudio y valoración.
Turna al profesionista
Recibe y analiza tabulador, cuidando se ajuste a lineamientos y
parámetros establecidos, solicita en su caso, información relativa a
salarios y categorías al área interesada.
¿Se cumple con los requisitos?
Se regresa al área solicitante para su complementación.
Procede con la elaboración del Contrato Colectivo de Trabajo para
Obra Determinada y Tabulador anexo con la vigencia y condiciones
acordadas previamente y se remite con síntesis informativa de
alcances económicos o jurídicos detectados en el contrato y tabulador
en el supuesto de que se requiera.
Recibe, y si esta de acuerdo rubrica.
Recibe, analiza, rubrica y remite contrato y tabulador.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
24 Subgerente de Relaciones
Laborales
25 Gerente de Relaciones
Laborales
26 Titular del Área Solicitante
27 Gerente de Relaciones
Laborales
28 Subgerente de Relaciones
Laborales
29 Jefe de Depto. Técnico
30 Jefe de Oficina de Convenios
y Contratos de Obra
31 Profesionista
32 Jefe de Oficina de Convenios
y Contratos de Obra
33 Jefe de Depto. Técnico
34 Subgerente de Relaciones
Laborales
35 Gerente de Relaciones
Laborales
36
37 Director de Administración.
38 Gerente de Relaciones
Laborales
39 Subgerente de Relaciones
Laborales
40 Jefe de Depto. Técnico
41 Jefe de Oficina de Convenios
y Contratos de Obra
42 Profesionista
43 Jefe de Oficina de Convenios
y Contratos de Obra
44 Jefe de Depto. Técnico
45 Subgerente de Relaciones
Laborales
46 Gerente de Relaciones
Laborales
47 Jefe de Oficina de Convenios
y Contratos de Obra
HOJA
CLAVE
46 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
Recibe, rubrica y remite contrato colectivo para obra y tabulador
Recibe y firma el oficio remitiendo el Contrato Colectivo de Trabajo
para Obra Determinada y tabulador al área interesada
Recibe oficio, Contrato y Tabulador para revisión y obtención de
firmas y remite para continuar trámite de formalización.
Recibe tabulador y contrato con la conformidad del area interesada.
Recibe e instruye se elabore oficio de remisión del Contrato al
SUTERM.
Recibe y turna para elaboración de oficio de remisión.
Solicita elaboración de oficio de remisión al SUTERM.
Elabora oficio de remisión a SUTERM solicitando firmas de contrato y
tabulador.
Revisa, rubrica oficio de remisión.
Recibe y rubrica oficio de remisión.
Recibe y rubrica oficio con anexos y presenta a la Gerencia para su
validación
Firma oficio de remisión al SUTERM con contrato y tabulador anexos.
Recibe de SUTERM Contrato y tabulador anexos y remite para firma
de la Dirección de Administración.
Recibe y firma tabulador y contrato para obra determinada e instruye
su remisión a la Autoridad del Trabajo.
Recibe e instruye registro ante la Autoridad del Trabajo.
Recibe e instruye al Departamento Técnico el registro correspondiente
Recibe y turna e instruye se elabore oficio de presentación a la Junta
Federal de Conciliación y Arbitraje y al área responsable.
Registra y turna para elaboración de oficios.
Elabora oficios con número de copias necesarias de remisión tanto
para Autoridad del Trabajo, como para las áreas interesadas y el
SUTERM.
Recibe, revisa y rubrica oficios.
Recibe, revisa, rubrica y turna oficios
Recibe, rubrica y remite para su firma oficios.
Firma oficios para remisión de documentos ante la Autoridad del
Trabajo.
Deposita el tabulador y contrato ante la autoridad del trabajo, de quien
recibe copias certificadas que registra y archiva para control,
marcando copia del tabulador y contrato debidamente ratificados para
su aplicación al área interesada.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
47 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.5.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y
FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PARA OBRA
DETERMINADA
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
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1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
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ELABORACIÓN
15/12/2009
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ELABORACIÓN
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ELABORACIÓN
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ELABORACIÓN
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ELABORACIÓN
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CLAVE
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ELABORACIÓN
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CLAVE
57 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.5.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
INSTRUMENTO DE
CONTROL
ACTIVIDAD DE CONTROL
3
Recibe, registra y turna.
Bitácora
7
Elabora oficio para solicitar al Oficio de solicitud de
SUTERM la designación de designación de delegado
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Subgerente de Relaciones
Laborales
Profesionista
Delegado Sindical para la
Obra.
19 ¿Se cumple con los
N/A
Profesionista
Proyecto de contrato
Profesionista
Contrato para obra con
tabulador
Gerente de Relaciones
Laborales
Oficios de remisión
Profesionista
requisitos?
21 Procede con la elaboración
del Contrato Colectivo de
Trabajo para Obra
Determinada y Tabulador
anexo con la vigencia y
condiciones acordadas
previamente y se remite con
síntesis informativa de
alcances económicos o
jurídicos detectados en el
contrato y tabulador en el
supuesto de que se requiera.
27 Recibe tabulador y contrato
con la conformidad del area
interesada.
42 Elabora oficios con número
de copias necesarias de
remisión tanto para Autoridad
del Trabajo, como para las
áreas interesadas y el
SUTERM.
15/12/2009
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
58 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.5.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PARA
OBRA DETERMINADA
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 43
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD EN LA
FORMALIZACION DE CONTRATOS DE OBRA
DETERMINADA
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
15/12/2009
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
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MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.6. PERMUTAS
3.6.1. OBJETIVO
Cumplir con el derecho que tienen los trabajadores de CFE, establecido en la Cláusula 45 del
Contrato Colectivo de Trabajo, de permutar sus puestos y lugar de adscripción, con base en las
condiciones establecidas en la misma.
3.6.2. ALCANCE
El procedimiento aplica cada vez que hay un acuerdo entre dos trabajadores para intercambiar
plazas y será aplicable a los trabajadores de CFE que reunan los requisitos que se establecen
en el Contrato Colectivo de Trabajo, siempre y cuando no se afecte derechos de terceros.
3.6.3. POLITICAS
Validar que toda solicitud de permuta cumpla con los requisitos establecidos, sin perjuicio de
terceros.
Formalizar la permuta en un convenio celebrado con los representantes de las partes
involucradas estableciendo expresamente la conformidad de los trabajadores y que obedece a
motivos personales, quedando claro que por ello no existe responsabilidad económica o de
cualquier otra índole para CFE y el SUTERM.
Las permutas se deberán realizar preferentemente entre puestos de la misma denominación y
grupo orgánico. En caso contrario se estará a lo que se convenga en los Comités Mixtos de
Productividad.
Los trabajadores serán ubicados en el Grupo Orgánico que corresponda al puesto que pasan a
ocupar con motivo de la permuta, quedando sujetos a un período no mayor a 30 dias para
demostrar la habilidad requerida; si alguno de los trabajadores involucrados, es rechazado
durante dicho período, la permuta no surtirá efectos y ambos regresarán a sus respectivos
puestos de origen. Por lo que las permutas.
3.6.4. NORMAS
Para permutar, será estrictamente necesario que a nivel local, el área de adscripción de los
trabajadores, se celebre convenio firmado por todas las partes, con la anuencia respectiva, en el
que establezca expresamente que la permuta obedece a motivos personales, quedando claro
que por ello no existe responsabilidad económica o de cualquier otra índole para esta CFE.
Dada su naturaleza bilateral, los trabajadores involucrados quedarán sujetos al periodo de
prueba establecido en el propio convenio, si alguno de los trabajadores es rechazado durante su
periodo de prueba, la permuta no surtirá efectos y ambos regresarán a sus respectivos puestos
de origen.
El convenio respectivo deberá ser firmado antes de que los interesasos se trasladen al área de
15/12/2009
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RELACIONES LABORALES
trabajo solicitada.
HOJA
CLAVE
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1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
3.6.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 Titular del Área Solicitante
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
DESCRIPCION
Recibe solicitud de la Representación Sindical y/o de los trabajadores
para realizar permuta, turnando al Área de Relaciones Laborales del
Área de Proceso
Area de Relaciones Laborales Analiza procedencia. ¿Es procedente?
del Proceso
Rechaza solicitud indicando los motivos.
Elabora proyecto de acuerdo de permuta y lo somete a consideracion
del Comite Mixto de Productividad correspondiente para su
conformidad, adjuntando el Vo. Bo. del jefe de las Áreas Involucradas.
¿Existe conformidad?
Se devuelve solicitud indicando los motivos.
Se formaliza y se instruye para su aplicación
En caso de que los trabajadores involucrados en la permuta se
encuentren adscritos en áreas de diferente proceso
(Distribución,Transmisión, Producción, etc.), se turnará la solicitud
para su autorización a la Gerencia de Relaciones Laborales
Se aplica la Permuta por tratarse de trabajadores adscritos en área
del mismo proceso.
Titular del Área Solicitante
Se turna la solicitud para su autorizacion a la Gerencia de Relaciones
Laborales
Gerente de Relaciones
Recibe y turna la solicitud al Subgerente de Relaciones Laborales
Laborales
Subgerente de Relaciones
Recibe y turna la solicitud al Jefe de Departamento Técnico.
Laborales
Jefe de Depto. Técnico
Recibe y analiza el Oficio de solicitud y turna al Jefe de Oficina de
Consultas.
Jefe de Oficina de Consultas y Recibe solicitud verificando que se sustente por interés personal de
Estudios Especiales
los trabajadores y que esté respaldada por los representantes
sindicales y de CFE de las Áreas de origen y destino objeto de la
permuta y turna al Profesionista
Profesionista
Analiza petición, en caso de faltar algún respaldo prepara oficio
solicitando información y/o conformidad, o prepara oficio para
autorización de permuta con observación de no afectar la estructura
autorizada ni derechos adquiridos por trabajadores de cada centro de
trabajo de destino.
Jefe de Oficina de Consultas y Recibe proyecto de oficio para su firma y Vo.Bo. turnando al Jefe del
Estudios Especiales
Departamento Técnico.
Jefe de Depto. Técnico
Recibe el proyecto de Oficio Si es procedente: continua con su tramite
ante el Subgerente de Relaciones Laborales Si no es procedente:
Regresa a la actividad 16.
Subgerente de Relaciones
Analiza y acuerda con el Gerente de Relaciones Laborales
Laborales
Gerente de Relaciones
Recibe oficio para firma y ordena tramite de despacho.
Laborales
Jefe de Oficina de Consultas y Recibe y tramita el oficio de remisión para que las areas involucradas
Estudios Especiales
apliquen la permuta.
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RELACIONES LABORALES
3.6.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: PERMUTAS
HOJA
CLAVE
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1
FECHA
ELABORACIÓN
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1
FECHA
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.6.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
INSTRUMENTO DE
CONTROL
ACTIVIDAD DE CONTROL
2
Analiza procedencia. ¿Es
N/A
procedente?
4
Elabora proyecto de acuerdo Proyecto de permuta
de permuta y lo somete a
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Area de Relaciones
Laborales del Proceso
Area de Relaciones
Laborales del Proceso
consideracion del Comite
Mixto de Productividad
correspondiente para su
conformidad, adjuntando el
Vo. Bo. del jefe de las Áreas
Involucradas.
5
¿Existe conformidad?
N/A
Area de Relaciones
Laborales del Proceso
8
En caso de que los
N/A
Area de Relaciones
Laborales del Proceso
Proyecto de Oficio.
Profesionista
trabajadores involucrados en
la permuta se encuentren
adscritos en áreas de
diferente proceso
(Distribución,Transmisión,
Producción, etc.), se turnará
la solicitud para su
autorización a la Gerencia de
Relaciones Laborales
15 Analiza petición, en caso de
faltar algún respaldo prepara
oficio solicitando información
y/o conformidad, o prepara
oficio para autorización de
permuta con observación de
no afectar la estructura
autorizada ni derechos
adquiridos por trabajadores
de cada centro de trabajo de
destino.
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RELACIONES LABORALES
17 Recibe el proyecto de Oficio
HOJA
CLAVE
67 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
N/A
Jefe de Depto. Técnico
Archivo de permutas
Jefe de Oficina de Consultas
y Estudios Especiales
N/A
Jefe de Oficina de Consultas
y Estudios Especiales
Si es procedente: continua
con su tramite ante el
Subgerente de Relaciones
Laborales Si no es
procedente: Regresa a la
actividad 16.
20 Recibe y tramita el oficio de
remisión para que las areas
involucradas apliquen la
permuta.
21
15/12/2009
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HOJA
CLAVE
68 DE 187
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.6.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
PERMUTAS
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 57
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO Y LA
NORMATIVIDAD PARA LLEVAR A CABO PERMUTAS
ENTRE EL PERSONAL OPERATIVO EN CFE.
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
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HOJA
CLAVE
69 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.7. EXAMEN MEDICO
3.7.1. OBJETIVO
Contar con el procedimiento de los Exámenes Médicos de Admisión, Promocional, Periódicos,
Evaluaciones Médicas y por Demanda Laboral, a fin de conocer la condición física y mental del
candidato o trabajador de Comisión Federal de Electricidad (CFE), con el objeto de determinar
su aptitud para desempeñar las actividades laborales del puesto, con eficacia, eficiencia y
seguridad, sin deterioro de su estado de salud, y al mismo tiempo prevenir riesgos de trabajo y
demandas laborales por cuestiones médicas.
3.7.2. ALCANCE
Se aplica a los candidatos y trabajadores de las áreas operativas y administrativas de CFE, en
los que se requiere conocer con precisión su estado de salud y capacidad laboral.
3.7.3. POLITICAS
Efectuar los exámenes médicos establecidos en forma obligatoria de acuerdo a la Ley y al
Contrato Colectivo de Trabajo CFE y el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la
República Mexicana (SUTERM), a fin de precisar el estado de salud y capacidad laboral de los
candidatos o trabajadores de CFE.
3.7.4. NORMAS
Para la aplicación del exámen médico a los candidatos o trabajadores de CFE, se requiere la
solicitud por escrito de las áreas operativas y administrativas de Comisión y SUTERM.
Cumplir con lo que establece el documento denominado "Normatividad del Examen Médico de
Admisión o Promocional" , el dictamen deberá estar apegado a lo que establece dicha
normatividad (cumple o no cumple con los requisitos de salud fisica y psicológica y capacidad
laboral para desempeñar un puesto).
El
expediente médico debe ser conservado conforme lo determina la Ley.
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HOJA
CLAVE
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1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
3.7.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 Areas Operativas y
Administrativas de CFE y
SUTERM
2 Subgerente/Jefe del Area del
Proceso.
3 Personal Administrativo
Encargado
4 Médico
5
6
7
8
9
Técnico/Médico
Médico
Psicólogo.
10 Personal Administrativo
Encargado
11 Médico
12
13 Subgerente/Jefe del Area del
Proceso.
14 Personal Administrativo
Encargado
15 Médico
16
17 Subgerente/Jefe del Area del
Proceso.
18
19
20
DESCRIPCION
Envía solicitud de examen médico y remite documentación relativa al
tipo de examen requerido.
Recibe y turna la solicitud y documentación complementaria para la
práctica del examen médico.
Revisa la solicitud y la registra en la bitácora.
Procede a efectuar el examen médico en los casos de admisión o
promocional. En los demás exámenes, se efectúa mediante cita
programada.
Registra en la bitácora médica.
Realiza estudios auxiliares de diagnóstico (audiometría, espirometría,
agudeza visual y electrocardiograma).
Envía al interesado a exámenes de laboratorio y gabinete.
¿Requiere Examen Psicométrico?
Efectúa examen psicométrico conforme al puesto propuesto por el
área solicitante.
Integra al expediente clínico con resultados de los exámenes
auxiliares de diagnóstico, laboratorio, gabinete y psicométrico.
Evalúa resultados obtenidos y describe el estado de salud del
examinado. En caso de requerirlo, solicita exámenes complementarios
y/o valoración por un médico especialista externo para determinar las
patologías existentes y la capacidad laboral.
Solicita exámenes complementarios.
Autoriza en los casos que proceda, la valoración por médicos
especialistas y exámenes complementarios de diagnóstico.
Integra al expediente clínico resultados de los exámenes
complementarios de diagnóstico, laboratorio, gabinete y el informe
médico del especialista externo.
Elabora resumen médico-laboral en los casos de exámenes de
admisión, promocionales, periódicos y evaluaciones. Excepto para los
casos de demanda laboral, en los que el médico debe rendir el
peritaje correspondiente en la Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje o en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
Elabora documento para dar respuesta al área solicitante del
resultado del examen practicado.
Acuerda con el Gerente la solución de los casos especiales.
Aplica la resolución de casos especiales.
Emite documento para dar respuesta al área solicitante.
Instruye al personal admistrativo encargado archivar el expediente
medico por el termino que indique la Ley.
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HOJA
CLAVE
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FECHA
ELABORACIÓN
3.7.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: EXAMEN MEDICO
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ELABORACIÓN
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.7.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
INSTRUMENTO DE
CONTROL
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Solicitud por escrito u oficio
Areas Operativas y
de demanda laboral y escrito Administrativas de CFE y
médico y remite
SUTERM
documentación relativa al tipo de pruebas
Envía solicitud de examen
de examen requerido.
3
4
registra en la bitácora.
Control de exámenes
medicos
Personal Administrativo
Encargado
Procede a efectuar el
Bitácora Médica.
Médico
Revisa la solicitud y la
examen médico en los casos
de admisión o promocional.
En los demás exámenes, se
efectúa mediante cita
programada.
6
Realiza estudios auxiliares de Expediente Clínico.
Técnico/Médico
diagnóstico (audiometría,
espirometría, agudeza visual
y electrocardiograma).
8
¿Requiere Examen
N/A
Médico
Psicométrico?
9
Efectúa examen psicométrico Reporte de Examen
conforme al puesto propuesto Psicométrico
Psicólogo.
por el área solicitante.
12 Solicita exámenes
N/A
Médico
Oficio o Peritaje Médico
Subgerente/Jefe del Area del
Proceso.
complementarios.
19 Emite documento para dar
respuesta al área solicitante.
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HOJA
CLAVE
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MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.7.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
EXAMEN MEDICO
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 66
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD A OBSERVAR EN
LOS EXAMENES MEDICOS
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
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HOJA
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MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.8. SUPERVISIÓN A LAS ÁREAS OPERATIVAS (APLICACIÓN
DE PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD E HIGIENE)
3.8.1. OBJETIVO
Evaluar el nivel de cumplimiento de la Normatividad y los procedimientos necesarios para
detectar, controlar y prevenir los riesgos de trabajo, con la finalidad de preservar la vida y salud
de los trabajadores.
3.8.2. ALCANCE
En los centros de trabajo de CFE para conocer la implementación de la normativa en Prevención
de Riesgos de Trabajo, mediante la administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
3.8.3. POLITICAS
Supervisar permanentemente la operación y el funcionamiento de los Programas de Seguridad
e Higiene elaborados por las Áreas Operativas que integran a la Comisión Federal de
Electricidad, aplicando los criterios establecidos en la normatividad y disposiciones legales
vigentes, la reglamentación interna y los convenios contractuales, así como las dictadas por la
propia Subgerencia de Seguridad e Higiene.
3.8.4. NORMAS
Será responsabilidad del Departamento de Supervisión y Estadística, a través de la Oficina de
Supervisión, evaluar a las Áreas Operativas que integran a la C.F.E. para corroborar que los
programas estén elaborados con estricto apego a la normatividad interna vigente, a fin de
verificar su cumplimiento en cuanto a su estructuración y/o aplicación. La programación de las
evaluaciones será de una visita ordinaria anual por Área. Dependiendo del comportamiento de
los indicadores de seguridad e higiene se programarán visitas extraordinarias, y en ambos casos
se dictarán recomendaciones de las desviaciones encontradas.
Para la realización de las supervisiones, se aplicarán los índices de gestión derivados de las
Técnicas de Planeación Estratégica y de Calidad Total, dentro de los cuales estos índices son
parte medular de la evaluación.
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
3.8.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 JEFE DE SUPERVISIÓN
2 JEFE DEPARTAMENTO DE
SUPERVISIÓN Y
ESTADÍSTICA
3 Subgerente de Seguridad e
Higiene
4 TITULAR DEL ÁREA
SUPERVISADA
5 JEFE DE SUPERVISIÓN
6
7
DESCRIPCION
Elabora Programa de Visitas de Supervisión
Revisa y analiza el Programa de Visitas de Supervisión y lo presenta a
la Subgerencia de Seguridad e Higiene para su aprobación
Envía oficio a las autoridades del área programada a supervisar, la
fecha y personal que la efectuará.
Recibe oficio con la fecha de la visita de supervisión y gira
instrucciones para su realización.
Lleva a cabo reunión preliminar de trabajo con las autoridades del
área y el responsable de la Seguridad e Higiene y da a conocer el
Programa de Trabajo de Supervisión.
Supervisa el grupo l “Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas”
1. Procedimientos e Instructivos de Trabajo. Determina el porcentaje
de cumplimiento del programa de edición de Procedimientos,
Instructivos de Trabajo. Utiliza el formato PRN-1 para el registro de
datos.
2. Trabajadores que recibieron Difusión de Procedimientos,
Instructivos, Reglas y Normas. Determina el porcentaje de
trabajadores a los que se les difundieron Procedimientos, Instructivos,
Reglas y Normas en un plazo determinado. Utiliza el formato PRN-2
para el registro de datos.
3. Cumplimiento de Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas.
Determina el porcentaje de cumplimiento de Procedimientos,
Instructivos, Reglas y Normas en campo. Utiliza el formato PRN-3
para el registro de datos.
Supervisa el Grupo II “Liderazgo”
1. Participación en Pláticas de Seguridad Determina el porcentaje de
participación de los jefes en pláticas de seguridad. Utiliza el formato L1 para el registro de datos.
2. Participación en Investigación de Accidentes Graves. Determina el
porcentaje de participación de los jefes en la investigación de
accidentes graves. Utiliza el formato L-2 para el registro de datos. 3.
Verificación de la Planeación del Trabajo. Determina el porcentaje de
verificación de trabajo por parte de los jefes, en la investigación de
accidentes graves. Utiliza el formato L-3 para el registro de datos.
4. Participación en Eventos de Protección Civil. Determina el
porcentaje de participación de los jefes en eventos de Protección Civil.
Utiliza el formato L-4 para el registro de datos.
5. Reunión mensual del Superintendente de Zona, con el
Representante Sindical y la Comisión de Seguridad e Higiene.
Determina el porcentaje de reuniones mensuales con los Jefes de
Departamento, Representante Sindical y Comisión de Seguridad e
Higiene. Utiliza el formato L-5 para el registro de datos.
6. Supervisión de Trabajo de Campo. Determina el porcentaje de
supervisiones de campo por parte de los jefes. Utiliza el formato L-6
para el registro de datos.
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8
9
10
HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
Supervisa el Grupo lll “Investigación / Información de Incidentes y
Accidentes”.
1. Tiempo de Recepción de Informáticas. Determina el tiempo
promedio transcurrido entre las fechas de los accidentes y las de
recepción de las informáticas de accidentes por el Departamento de
Seguridad e Higiene del área supervisada. Utiliza el formato lA-1 para
el registro de datos.
a) Informáticas Correctas y Completas. Determina el porcentaje de
informáticas sin errores u omisiones en su elaboración. Utiliza el
formato lA-2 para el registro de datos.
b) Calidad de las Medidas Preventivo-Correctivas (MPC).
Determina el porcentaje de medidas preventivo-correctivas correctas
dictadas. Utiliza el formato lA.-3 para el registro de datos.
2. Cumplimiento de las Medidas Preventivo-Correctivas Derivadas de
Accidentes. Determina el porcentaje de medidas preventivocorrectivas que se ejecutaron dentro de las fechas límite
establecidas. Utiliza el formato IA-4 para el registro de datos.
3. Difusión de Incidentes / Accidentes. Determina el porcentaje de
accidentes con asignación de grado de riesgo (AGR) mayor de 10 a
los que se les dio difusión. Utiliza el formato lA-5 para el registro de
datos.
4. Tiempo de Elaboración de las Boletas de Control Mensual.
Determina el tiempo promedio de elaboración y recepción de las
boletas de control mensual. Utiliza el formato lA-6 para el registro de
datos.
5. Boletas de Control Mensual correctas y completas Determinar el
porcentaje de Boletas sin errores u omisiones en su elaboración.
Utiliza el formato IA-7 para el registro de datos.
6. Cumplimiento del Indice de Frecuencia. Determina el cumplimiento
del Indice de Frecuencia. Utiliza el formato lA-8 para el registro de
datos.
7. Cumplimiento del Indice de Gravedad Determina el cumplimiento
del Indice de Gravedad. Utiliza el formato lA-9 para el registro de
datos.
Supervisa el Grupo IV “Equipos de Protección”
1. Dotación de Equipos de Protección Personal Determinar el
porcentaje promedio de dotación de equipos de protección. Utiliza el
formato EP-1 para el registro de datos.
2. Buen estado de los Equipos de Protección. Determina el porcentaje
promedio de equipos de protección en buen estado. Utiliza el formato
EP-2 para el registro de datos.
3. Cumplimiento del Programa de Pruebas Periódicas a Equipos de
Protección Personal y de Grupo. Determina el porcentaje de
cumplimiento del programa de pruebas a equipos de protección
personal y de grupo. Utiliza el formato EP-3 para el registro de datos.
4. Inspección Antes de Uso, Almacenamiento y Limpieza de Equipos
de Protección Personal y de Grupo. Determina el porcentaje de
equipos de protección personal y de grupo que fueron revisados antes
de uso, que se almacenaron adecuadamente y que se mantienen en
buen estado de limpieza. Utiliza el formato EP-4 para el registro de
datos.
5. Utilización de Equipo de Protección Personal y de Grupo.
Determina el porcentaje de utilización de equipos de protección y de
grupo. Utiliza formato EP-5 para el registro de datos.
Supervisa el Grupo V “Inspecciones”.
1. Cumplimiento del Programa de Inspecciones.
Determina el porcentaje del cumplimiento del programa de
inspecciones. Utiliza el formato lN-1 para el registro de datos.
2. Cumplimiento de las Medidas Preventivo-Correctivas (MPC),
derivadas de inspecciones con asignación de grado de riesgo mayor
de 10 (AGR10). Utiliza el formato IN-2 para el registro de datos.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
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RELACIONES LABORALES
11
12
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HOJA
CLAVE
79 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
Supervisa el Grupo VI “Promoción de la Seguridad e Higiene”.
1. Existencia y Actualización del Tablero de Seguridad e Higiene.
Determina el porcentaje de existencia y actualización de tableros de
seguridad. Utiliza el formato PS-1 para el registro de datos.
2. Avisos de Seguridad suficientes y adecuados. Determina el
porcentaje de avisos que fueron colocados de acuerdo a las
indicaciones de los supervisores de seguridad e higiene. Utiliza el
formato PS-2 para el registro de datos.
3. Capacitación en Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de
cursos que incluyeron contenidos de seguridad e higiene. Utiliza el
formato PS-3 para el registro de datos.
4. Participación en Capacitación sobre Seguridad e Higiene.
Determina el porcentaje de participantes a cursos que incluyeron
contenidos de seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-4 para el
registro de datos.
5. Eventos Promocionales de la Seguridad e Higiene.
Determina el promedio mensual de eventos que se realizan para
promover la seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-5 para el
registro de datos.
Supervisa Grupo VII “Protección Civil”.
1. Constitución de Unidades de Protección Civil e Integración de
Brigadas. Determina el porcentaje de la constitución de las unidades
de Protección Civil e integración de brigadas. Utiliza el formato PC-1
para registro de datos.
2. Programas de Trabajo Determina el porcentaje de programas de
trabajo. Utiliza el formato PC-2 para el registro de datos.
3. Análisis de Riesgos y Planes de Emergencia. Determina el
porcentaje de centros de Trabajo con Análisis de Riesgos y Planes de
Emergencia. Utiliza el formato PC-3 para el registro de datos.
4. Directorios e Inventarios.
Determina el porcentaje de directorios e inventarios de Protección
Civil. Utiliza el formato PC-4 para el registro de datos.
5. Señalización y Equipos de Protección . Determina el porcentaje de
centros de trabajo con señalización y equipos de protección. Utiliza el
formato PC-5 para el registro de datos.
6. Mantenimiento a Equipos e Instalaciones. Se determina el
porcentaje de centros de trabajo con Mantenimiento a equipos e
instalaciones. Utiliza el formato PC-6 para el registro de datos.
7. Medidas de Seguridad. Determina el porcentaje de centros de
trabajo con medidas de seguridad. Utiliza el formato PC-7 para el
registro de datos.
8. Ejercicios y Simulacros. Determina el porcentaje de centros de
trabajo con ejercicios y simulacros realizados. Utiliza el formato PC-8
para el registro de datos.
9. Preparación para Emergencias.
Determina el porcentaje de personal capacitado en prevención y
combate de incendios, primeros auxilios y rescate en alturas. Utiliza
los formatos PC-9, PC-10 y PC-11 para el registro de datos.
Supervisa el Grupo VIII “Comisiones de Seguridad e Higiene”.
1. Cumplimiento de la Sesión Mensual Ordinaria de las Comisiones de
Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de cumplimiento de las
Sesiones Mensuales Ordinarias de las Comisiones de Seguridad e
Higiene. Utiliza el formato CS-1 para el registro de datos.
2. Participación de los Integrantes de la Comisión de Seguridad e
Higiene. Determina el porcentaje de la participación de los integrantes
de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato CS-2
para el registro de datos.
3. Calidad de las Actas de las Comisiones de Seguridad e Higiene.
Determina el llenado correcto de las actas mensuales de las actas de
las Comisiones de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato CS-3 para
el registro de datos.
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RELACIONES LABORALES
14
15
16
17 JEFE DEPARTAMENTO DE
SUPERVISIÓN Y
ESTADÍSTICA
18 Subgerente de Seguridad e
Higiene
19 TITULAR DEL ÁREA
SUPERVISADA
HOJA
CLAVE
80 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
Realiza reunión de trabajo con las autoridades y el responsable de la
Seguridad e Higiene, para dar a conocer un informe preliminar del
grado de aplicación del Manual de Procedimientos Administrativos,
Capítulo 11.
Realiza evaluación y califica el grado de aplicación del Manual de
Procedimientos Administrativos, Capítulo 11.
Suma los resultados de 40 Indices de gestión y se promedian para
obtener la calificación.
1. Del grupo l Reglas y Normas; los índices 1,2,3.
2. Del grupo II Liderazgo; los índices 1,2,3,4,5 y 6.
3. Del Grupo III Investigación e Información del Accidente; los índices
1,2,3,4,5,6,7 y 8
4. Del Grupo IV Equipos de Protección; los índices 1,2,3,4 y 5.
5. Del Grupo V Inspecciones; los índices 1 y 2.
6. Del Grupo VI Promoción de la Seguridad; los índices 1,2,3 y 4.
7. Del Grupo VII Protección Civil; los índices 1,2,3,4,5,6,7,8 y 9.
8. Del Grupo VIIl Comisiones de Seguridad e Higiene; los índices
1,2,3.
Elabora informe de la Visita de Supervisión, documento que contiene:
Las generalidades y particularidades del estado de la seguridad e
higiene en el área.
Resultados. Alternativas de solución específicas para la reorientación
de programas.
Comentarios, Conclusiones y Reconocimientos.
Revisa informe y envía a la Subgerencia de Seguridad e Higiene para
su aprobación.
Revisa informe de supervisión, lo aprueba y lo envía a la Jefatura del
área supervisada.
Recibe informe con la evalución y da seguimiento a las observaciones
indicadas.
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
81 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.8.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: SUPERVISIÓN A LAS
ÁREAS OPERATIVAS (APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD
E HIGIENE)
15/12/2009
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CLAVE
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1
FECHA
ELABORACIÓN
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CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
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HOJA
CLAVE
84 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.8.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
INSTRUMENTO DE
CONTROL
Elabora Programa de Visitas Programa de Supervisión
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
JEFE DE SUPERVISIÓN
de Supervisión
2
Revisa y analiza el Programa Programa de Supervisión
de Visitas de Supervisión y lo
presenta a la Subgerencia de
JEFE DEPARTAMENTO DE
SUPERVISIÓN Y
ESTADÍSTICA
Seguridad e Higiene para su
aprobación
3
Envía oficio a las autoridades Oficio
del área programada a
supervisar, la fecha y
personal que la efectuará.
Subgerente de Seguridad e
Higiene
15/12/2009
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RELACIONES LABORALES
6
Supervisa el grupo l
“Procedimientos, Instructivos,
Reglas y Normas” 1.
Procedimientos e Instructivos
de Trabajo. Determina el
porcentaje de cumplimiento
del programa de edición de
Procedimientos, Instructivos
de Trabajo. Utiliza el formato
PRN-1 para el registro de
datos.
2. Trabajadores que
recibieron Difusión de
Procedimientos, Instructivos,
Reglas y Normas. Determina
el porcentaje de trabajadores
a los que se les difundieron
Procedimientos, Instructivos,
Reglas y Normas en un plazo
determinado. Utiliza el
formato PRN-2 para el
registro de datos.
3. Cumplimiento de
Procedimientos, Instructivos,
Reglas y Normas. Determina
el porcentaje de cumplimiento
de Procedimientos,
Instructivos, Reglas y Normas
en campo. Utiliza el formato
PRN-3 para el registro de
datos.
Formatos de captura
HOJA
CLAVE
85 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
JEFE DE SUPERVISIÓN
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RELACIONES LABORALES
7
Supervisa el Grupo II
“Liderazgo”
1. Participación en Pláticas
de Seguridad Determina el
porcentaje de participación
de los jefes en pláticas de
seguridad. Utiliza el formato
L-1 para el registro de datos.
2. Participación en
Investigación de Accidentes
Graves. Determina el
porcentaje de participación
de los jefes en la
investigación de accidentes
graves. Utiliza el formato L-2
para el registro de datos. 3.
Verificación de la Planeación
del Trabajo. Determina el
porcentaje de verificación de
trabajo por parte de los jefes,
en la investigación de
accidentes graves. Utiliza el
formato L-3 para el registro
de datos.
4. Participación en Eventos
de Protección Civil.
Determina el porcentaje de
participación de los jefes en
eventos de Protección Civil.
Utiliza el formato L-4 para el
registro de datos.
5. Reunión mensual del
Superintendente de Zona,
con el Representante Sindical
y la Comisión de Seguridad e
Higiene. Determina el
porcentaje de reuniones
mensuales con los Jefes de
Departamento,
Representante Sindical y
Formatos de captura
HOJA
CLAVE
86 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
JEFE DE SUPERVISIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
Comisión de Seguridad e
Higiene. Utiliza el formato L-5
para el registro de datos.
6. Supervisión de Trabajo de
Campo. Determina el
porcentaje de supervisiones
de campo por parte de los
jefes. Utiliza el formato L-6
para el registro de datos.
HOJA
CLAVE
87 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
8
Supervisa el Grupo lll
“Investigación / Información
de Incidentes y Accidentes”.
1. Tiempo de Recepción de
Informáticas. Determina el
tiempo promedio transcurrido
entre las fechas de los
accidentes y las de recepción
de las informáticas de
accidentes por el
Departamento de Seguridad
e Higiene del área
supervisada. Utiliza el
formato lA-1 para el registro
de datos.
a) Informáticas Correctas y
Completas. Determina el
porcentaje de informáticas sin
errores u omisiones en su
elaboración. Utiliza el formato
lA-2 para el registro de datos.
b) Calidad de las Medidas
Preventivo-Correctivas
(MPC).
Determina el porcentaje de
medidas preventivocorrectivas correctas
dictadas. Utiliza el formato
lA.-3 para el registro de
datos.
2. Cumplimiento de las
Medidas PreventivoCorrectivas Derivadas de
Accidentes. Determina el
porcentaje de medidas
preventivo-correctivas que se
ejecutaron dentro de las
fechas límite establecidas.
Utiliza el formato IA-4 para el
registro de datos.
Formatos de captura
HOJA
CLAVE
88 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
JEFE DE SUPERVISIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
3. Difusión de Incidentes /
Accidentes. Determina el
porcentaje de accidentes con
asignación de grado de
riesgo (AGR) mayor de 10 a
los que se les dio difusión.
Utiliza el formato lA-5 para el
registro de datos.
4. Tiempo de Elaboración de
las Boletas de Control
Mensual. Determina el tiempo
promedio de elaboración y
recepción de las boletas de
control mensual. Utiliza el
formato lA-6 para el registro
de datos.
5. Boletas de Control
Mensual correctas y
completas Determinar el
porcentaje de Boletas sin
errores u omisiones en su
elaboración. Utiliza el formato
IA-7 para el registro de datos.
6. Cumplimiento del Indice de
Frecuencia. Determina el
cumplimiento del Indice de
Frecuencia. Utiliza el formato
lA-8 para el registro de datos.
7. Cumplimiento del Indice de
Gravedad Determina el
cumplimiento del Indice de
Gravedad. Utiliza el formato
lA-9 para el registro de datos.
HOJA
CLAVE
89 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
9
Supervisa el Grupo IV
“Equipos de Protección”
1. Dotación de Equipos de
Protección Personal
Determinar el porcentaje
promedio de dotación de
equipos de protección. Utiliza
el formato EP-1 para el
registro de datos.
2. Buen estado de los
Equipos de Protección.
Determina el porcentaje
promedio de equipos de
protección en buen estado.
Utiliza el formato EP-2 para el
registro de datos.
3. Cumplimiento del
Programa de Pruebas
Periódicas a Equipos de
Protección Personal y de
Grupo. Determina el
porcentaje de cumplimiento
del programa de pruebas a
equipos de protección
personal y de grupo. Utiliza el
formato EP-3 para el registro
de datos.
4. Inspección Antes de Uso,
Almacenamiento y Limpieza
de Equipos de Protección
Personal y de Grupo.
Determina el porcentaje de
equipos de protección
personal y de grupo que
fueron revisados antes de
uso, que se almacenaron
adecuadamente y que se
mantienen en buen estado de
limpieza. Utiliza el formato
EP-4 para el registro de
Formatos de captura
HOJA
CLAVE
90 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
JEFE DE SUPERVISIÓN
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
91 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
datos.
5. Utilización de Equipo de
Protección Personal y de
Grupo.
Determina el porcentaje de
utilización de equipos de
protección y de grupo. Utiliza
formato EP-5 para el registro
de datos.
10 Supervisa el Grupo V
“Inspecciones”.
1. Cumplimiento del
Programa de Inspecciones.
Determina el porcentaje del
cumplimiento del programa
de inspecciones. Utiliza el
formato lN-1 para el registro
de datos.
2. Cumplimiento de las
Medidas PreventivoCorrectivas (MPC), derivadas
de inspecciones con
asignación de grado de
riesgo mayor de 10 (AGR10).
Utiliza el formato IN-2 para el
registro de datos.
Formatos de captura
JEFE DE SUPERVISIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
11 Supervisa el Grupo VI
“Promoción de la Seguridad e
Higiene”.
1. Existencia y Actualización
del Tablero de Seguridad e
Higiene. Determina el
porcentaje de existencia y
actualización de tableros de
seguridad. Utiliza el formato
PS-1 para el registro de
datos.
2. Avisos de Seguridad
suficientes y adecuados.
Determina el porcentaje de
avisos que fueron colocados
de acuerdo a las indicaciones
de los supervisores de
seguridad e higiene. Utiliza el
formato PS-2 para el registro
de datos.
3. Capacitación en Seguridad
e Higiene. Determina el
porcentaje de cursos que
incluyeron contenidos de
seguridad e higiene. Utiliza el
formato PS-3 para el registro
de datos.
4. Participación en
Capacitación sobre
Seguridad e Higiene.
Determina el porcentaje de
participantes a cursos que
incluyeron contenidos de
seguridad e higiene. Utiliza el
formato PS-4 para el registro
de datos.
5. Eventos Promocionales de
la Seguridad e Higiene.
Determina el promedio
mensual de eventos que se
Formatos de captura
HOJA
CLAVE
92 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
JEFE DE SUPERVISIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
realizan para promover la
seguridad e higiene. Utiliza el
formato PS-5 para el registro
de datos.
HOJA
CLAVE
93 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
12 Supervisa Grupo VII
“Protección Civil”.
1. Constitución de Unidades
de Protección Civil e
Integración de Brigadas.
Determina el porcentaje de la
constitución de las unidades
de Protección Civil e
integración de brigadas.
Utiliza el formato PC-1 para
registro de datos.
2. Programas de Trabajo
Determina el porcentaje de
programas de trabajo. Utiliza
el formato PC-2 para el
registro de datos.
3. Análisis de Riesgos y
Planes de Emergencia.
Determina el porcentaje de
centros de Trabajo con
Análisis de Riesgos y Planes
de Emergencia. Utiliza el
formato PC-3 para el registro
de datos.
4. Directorios e Inventarios.
Determina el porcentaje de
directorios e inventarios de
Protección Civil. Utiliza el
formato PC-4 para el registro
de datos.
5. Señalización y Equipos de
Protección . Determina el
porcentaje de centros de
trabajo con señalización y
equipos de protección. Utiliza
el formato PC-5 para el
registro de datos.
6. Mantenimiento a Equipos e
Instalaciones. Se determina
el porcentaje de centros de
Formatos de captura
HOJA
CLAVE
94 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
JEFE DE SUPERVISIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
trabajo con Mantenimiento a
equipos e instalaciones.
Utiliza el formato PC-6 para
el registro de datos.
7. Medidas de Seguridad.
Determina el porcentaje de
centros de trabajo con
medidas de seguridad. Utiliza
el formato PC-7 para el
registro de datos.
8. Ejercicios y Simulacros.
Determina el porcentaje de
centros de trabajo con
ejercicios y simulacros
realizados. Utiliza el formato
PC-8 para el registro de
datos.
9. Preparación para
Emergencias.
Determina el porcentaje de
personal capacitado en
prevención y combate de
incendios, primeros auxilios y
rescate en alturas. Utiliza los
formatos PC-9, PC-10 y PC11 para el registro de datos.
HOJA
CLAVE
95 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
13 Supervisa el Grupo VIII
HOJA
CLAVE
96 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
Formatos de captura
JEFE DE SUPERVISIÓN
Formatos de captura
JEFE DE SUPERVISIÓN
“Comisiones de Seguridad e
Higiene”.
1. Cumplimiento de la Sesión
Mensual Ordinaria de las
Comisiones de Seguridad e
Higiene. Determina el
porcentaje de cumplimiento
de las Sesiones Mensuales
Ordinarias de las Comisiones
de Seguridad e Higiene.
Utiliza el formato CS-1 para
el registro de datos.
2. Participación de los
Integrantes de la Comisión de
Seguridad e Higiene.
Determina el porcentaje de la
participación de los
integrantes de las
Comisiones de Seguridad e
Higiene. Utiliza el formato
CS-2 para el registro de
datos.
3. Calidad de las Actas de las
Comisiones de Seguridad e
Higiene. Determina el llenado
correcto de las actas
mensuales de las actas de
las Comisiones de Seguridad
e Higiene. Utiliza el formato
CS-3 para el registro de
datos.
14 Realiza reunión de trabajo
con las autoridades y el
responsable de la Seguridad
e Higiene, para dar a conocer
un informe preliminar del
grado de aplicación del
Manual de Procedimientos
Administrativos, Capítulo 11.
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
15 Realiza evaluación y califica
el grado de aplicación del
Manual de Procedimientos
Administrativos, Capítulo 11.
Suma los resultados de 40
Indices de gestión y se
promedian para obtener la
calificación.
1. Del grupo l Reglas y
Normas; los índices 1,2,3.
2. Del grupo II Liderazgo; los
índices 1,2,3,4,5 y 6.
3. Del Grupo III Investigación
e Información del Accidente;
los índices 1,2,3,4,5,6,7 y 8
4. Del Grupo IV Equipos de
Protección; los índices
1,2,3,4 y 5.
5. Del Grupo V Inspecciones;
los índices 1 y 2.
6. Del Grupo VI Promoción
de la Seguridad; los índices
1,2,3 y 4.
7. Del Grupo VII Protección
Civil; los índices
1,2,3,4,5,6,7,8 y 9.
8. Del Grupo VIIl Comisiones
de Seguridad e Higiene; los
índices 1,2,3.
Formatos de captura
HOJA
CLAVE
97 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
JEFE DE SUPERVISIÓN
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
16 Elabora informe de la Visita
de Supervisión, documento
que contiene:
Las generalidades y
particularidades del estado
de la seguridad e higiene en
el área.
Resultados. Alternativas de
solución específicas para la
reorientación de programas.
Comentarios, Conclusiones y
Reconocimientos.
Oficio
HOJA
CLAVE
98 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
JEFE DE SUPERVISIÓN
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
99 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.8.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
SUPERVISIÓN A LAS ÁREAS OPERATIVAS (APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE
SEGURIDAD E HIGIENE)
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 72
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD EN EL
PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN DE LAS AREAS
OPERATIVAS
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
15/12/2009
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
100 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.9. ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD INTERNA DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
3.9.1. OBJETIVO
Revisar y actualizar la Normatividad Oficial Interna de CFE en materia de Seguridad y Salud en
el Trabajo, para homologar la aplicación y cumplimiento de los procesos específicos que
coadyuven a la reducción de riesgos laborales.
3.9.2. ALCANCE
Establecer la Normatividad Interna en Seguridad y Salud en el Trabajo de CFE en los procesos
de generación, transmisión, distribución.
3.9.3. POLITICAS
Proteger al máximo el capital humano, instalaciones, equipo y medio ambiente laboral de C.F.E.
Promover y vigilar la aplicación de la Normatividad en materia de Seguridad y Salud en el
Trabajo en sus diferentes procesos.
3.9.4. NORMAS
Actualizar la Normatividad Interna en Seguridad y Salud en el Trabajo, en base a los
lineamientos oficiales de CFE, para su aplicación y cumplimieto por las áreas operativas y
administrativas.
Las áreas operativas deberan enviar las observaciones o midificaciones de la normatividad
mediante ofico o vía electronica en los tiempos requeridos.
La revisión de la Normatividad Interna en Seguridad y Salud en el Trabajo, se programará por un
período de 5 años o a petición de las áreas operativas y administrativas de los procesos
específicos, cuando existan cambios sustantivos en la normatividad.
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
101 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
3.9.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 SUBGERENTE DE
SEGURIDAD E HIGIENE
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
DESCRIPCION
Solicita a los jefes de departamento el programa de revisión y
actualización de la normatividad interna en seguridad y salud en el
trabajo cuando existan cambios sustantivos en la normatividad o antes
si existen peticiones de las áreas operativas y administrativas.
JEFE DE OFICINA DE
Elabora programa de calendarización para la revisión de la
SEGURIDAD E HIGIENE
normatividad interna en seguridad y salud en el trabajo.:
Normatividad de Examen Médico de Admisión y Promocional.
Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 100 Distribución.
Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 200 Generación Vapor.
Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 300 Generación Ciclo
Combinado.
Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 400 Generación Turbina
de Gas.
Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 500 Generación
Carboeléctrica. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 600
Generación Geotérmica.
Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 700 Generación
Hidráulica. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 800
Transmisión. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 900
Laboratorio.
Reglamento de Seguridad e Higiene para Actividades de Buceo
JEFE DEL DEPARTAMENTO Revisan el programa y lo envía al Subgerente de Seguridad e Higiene.
DE SEGURIDAD
INDUSTRIAL
Envía oficios para solicitar a las áreas operativas y administrativas,
propuestas de modificaciones o adiciones para la revisión de la
normatividad.
TITULAR DE ÁREA
Envían propuestas de modificaciones o adiciones.
OPERATIVA
JEFE DEL DEPTO. DE SEG. Recibe las modificaciones o adiciones para la revisión y actualización
IND. Y RESP. DE MEDICINA y lo turna al área responsable del proceso.
<p> </p>Revisan las modificaciones o adiciones y en caso necesario
consultan con especialistas de los procesos, para la elaboración del
anteproyecto de actualización.
Elaboran anteproyecto de actualización en base a las modificaciones
o adiciones propuestas por las áreas operativas.
Revisan el anteproyecto y lo presentan al Subgerente de Seguridad e
Higiene, para su visto bueno.
SUBGERENTE DE
Revisa y en su caso da visto bueno al anteproyecto de actualización y
SEGURIDAD E HIGIENE
propone primera reunión de trabajo con los especialistas de los
procesos, para la revisión del anteproyecto.
JEFE DEL DEPTO. DE SEG. Acuden a la reunión de trabajo para la revisión y actualización de la
E HIG. DE ÁREAS
normatividad interna.
OPERATIVAS
JEFE DEL DEPTO. DE SEG. Revisan e integran las propuestas de la primera reunión de trabajo y
IND. Y RESP. DE MEDICINA elabora el avance del documento, o en su caso el documento
definitivo.
SUBGERENTE DE
Propone segunda reunión de trabajo, para la revisión final del
SEGURIDAD E HIGIENE
documento.
JEFE DEL DEPTO. DE SEG. Elaboran el documento definitivo con las propuestas y lo presentan al
IND. Y RESP. DE MEDICINA Subgerente de Seguridad e Higiene.
SUBGERENTE DE
Revisa documento y solicita autorización de los directivos de CFE y
SEGURIDAD E HIGIENE
SUTERM para oficializar el documento definitivo
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
16 JEFE DE LA OFICINA DE
PROMOCION
17 TITULAR DE ÁREA
OPERATIVA
HOJA
CLAVE
102 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
Realiza los trámites para la impresión y distribución del documento a
nivel nacional.
Reciben los documentos con la normativadad actualizada para su
distribución.
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
103 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.9.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ACTUALIZACIÓN DE
LA NORMATIVIDAD INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
104 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
105 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
106 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.9.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
Solicita a los jefes de
departamento el programa de
revisión y actualización de la
normatividad interna en
seguridad y salud en el
trabajo cuando existan
cambios sustantivos en la
normatividad o antes si
existen peticiones de las
áreas operativas y
administrativas.
INSTRUMENTO DE
CONTROL
Oficio
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
SUBGERENTE DE
SEGURIDAD E HIGIENE
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
2
Elabora programa de
HOJA
CLAVE
107 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
Programa
JEFE DE OFICINA DE
SEGURIDAD E HIGIENE
Programa
JEFE DEL DEPARTAMENTO
DE SEGURIDAD
INDUSTRIAL
calendarización para la
revisión de la normatividad
interna en seguridad y salud
en el trabajo.:
Normatividad de Examen
Médico de Admisión y
Promocional. Reglamento de
Seguridad e Higiene Capítulo
100 Distribución.
Reglamento de Seguridad e
Higiene Capítulo 200
Generación Vapor.
Reglamento de Seguridad e
Higiene Capítulo 300
Generación Ciclo
Combinado.
Reglamento de Seguridad e
Higiene Capítulo 400
Generación Turbina de Gas.
Reglamento de Seguridad e
Higiene Capítulo 500
Generación Carboeléctrica.
Reglamento de Seguridad e
Higiene Capítulo 600
Generación Geotérmica.
Reglamento de Seguridad e
Higiene Capítulo 700
Generación Hidráulica.
Reglamento de Seguridad e
Higiene Capítulo 800
Transmisión. Reglamento de
Seguridad e Higiene Capítulo
900 Laboratorio.
Reglamento de Seguridad e
Higiene para Actividades de
Buceo
3
Revisan el programa y lo
envía al Subgerente de
Seguridad e Higiene.
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
4
HOJA
CLAVE
108 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
Oficio
JEFE DEL DEPARTAMENTO
DE SEGURIDAD
INDUSTRIAL
Oficio o correo electrónico
con propuestas
TITULAR DE ÁREA
OPERATIVA
Oficio o correo electrónico
con las modificaciones.
JEFE DEL DEPTO. DE SEG.
IND. Y RESP. DE MEDICINA
Oficio o correo electrónico
modificaciones o adiciones y con propuesta de
en caso necesario consultan modificaciones
JEFE DEL DEPTO. DE SEG.
IND. Y RESP. DE MEDICINA
Envía oficios para solicitar a
las áreas operativas y
administrativas, propuestas
de modificaciones o
adiciones para la revisión de
la normatividad.
5
Envían propuestas de
modificaciones o adiciones.
6
Recibe las modificaciones o
adiciones para la revisión y
actualización y lo turna al
área responsable del
proceso.
7
<p> </p>Revisan las
con especialistas de los
procesos, para la elaboración
del anteproyecto de
actualización.
8
Elaboran anteproyecto de
actualización en base a las
Anteproyecto del documento JEFE DEL DEPTO. DE SEG.
IND. Y RESP. DE MEDICINA
modificaciones o adiciones
propuestas por las áreas
operativas.
9
Revisan el anteproyecto y lo
presentan al Subgerente de
Anteproyecto del documento JEFE DEL DEPTO. DE SEG.
IND. Y RESP. DE MEDICINA
Seguridad e Higiene, para su
visto bueno.
11 Acuden a la reunión de
trabajo para la revisión y
actualización de la
normatividad interna.
Minuta
JEFE DEL DEPTO. DE SEG.
E HIG. DE ÁREAS
OPERATIVAS
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RELACIONES LABORALES
12 Revisan e integran las
HOJA
CLAVE
109 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
Minuta
JEFE DEL DEPTO. DE SEG.
IND. Y RESP. DE MEDICINA
Documento Normalizado
JEFE DEL DEPTO. DE SEG.
IND. Y RESP. DE MEDICINA
Oficio de Autorización
SUBGERENTE DE
SEGURIDAD E HIGIENE
Solicitud de impresión y
oficios de distribución del
documento
JEFE DE LA OFICINA DE
PROMOCION
propuestas de la primera
reunión de trabajo y elabora
el avance del documento, o
en su caso el documento
definitivo.
14 Elaboran el documento
definitivo con las propuestas
y lo presentan al Subgerente
de Seguridad e Higiene.
15 Revisa documento y solicita
autorización de los directivos
de CFE y SUTERM para
oficializar el documento
definitivo
16 Realiza los trámites para la
impresión y distribución del
documento a nivel nacional.
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
110 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.9.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 96
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA LA
ACTUALIZACIÓN DE NORMATIVIDAD INTERNA DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
15/12/2009
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
111 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.10. PERITAJE TÉCNICO LABORAL
3.10.1. OBJETIVO
Dar apoyo permanente a las Areas Jurídico Laborales en CFE en la emisión de Dictamenes
Periciales tecnicos y medicos en casos de Juicios por Demanda Laboral ante la Junta Federal
y/o Local de Conciliación y Arbitraje.
3.10.2. ALCANCE
De aplicación en las Áreas Jurídico Laborales de la C.F.E., cuando se presenten juicios por
Demanda Laboral, ante reclamos de pagos por indemnización de una probable incapacidad
permanente, parcial o total, como producto de un riesgo de trabajo.
3.10.3. POLITICAS
Apoyar técnicamente a las Áreas Jurídico Laborales de CFE, en la elaboración de Peritajes
Técnicos en Acústica, Química Industrial y Medio Ambiente Laboral, en caso de demanda laboral
ante la Junta Federal y/o Locales de Conciliación y Arbitraje.
3.10.4. NORMAS
Deben realizarse los estudios periciales técnicos para determinar si el medio ambiente laboral
y/o con motivo del trabajo, puede ser causal de una enfermedad profesional, dejar secuela
incapacitante, que continue ocasionando daño anátomo-funcional o bien se le establezca una
incapacidad permanente.
Se deben efectuar las mediciones de los agentes físicos, químicos o biológicos, de acuerdo a los
criterios técnicos o científicos que se establecen en la Ley Federal del Trabajo y la Normatividad
Oficial de Seguridad y Salud en el Trabajo vigentes.
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
3.10.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
DESCRIPCION
1 Subgerente o responsable del Se recibe solicitud para realizar peritaje tecnico en acustica, quimica
área
industrial, medio ambiente laboral, etc.
2 Perito designado
Acepta y protesta el cargo ante la Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje (J.F.C.A.) o Junta Local de Conciliación y Arbitraje como
perito en ese caso específico.
3
Estudia el interrogatorio del peritaje técnico o médico en su caso.
4 Perito técnico especializado. Se constituye en el centro de trabajo donde presta o prestaba sus
servicios el demandante (s).
5
Reune al jefe del centro de trabajo y al jefe inmediato del demandante
(s), para conocer la trayectoria laboral en la Institución del
demandante (s), el perfil y el análisis del puesto del demandante(s).
6
Efectua reconocimiento sensorial del área de trabajo del demandante
y análisis de riesgos del proceso de trabajo del demandante.
7
Selecciona la normatividad aplicable a instalaciones y procesos de
trabajo.
8
Selecciona el equipo y métodos de medición.
9
Realiza evaluaciones, muestreos, inspecciones y análisis de los
procesos de trabajo.
10 Perito Médico
Realiza evaluación médica de acuerdo al procedimiento para examen
médico
11 Perito designado
Elabora dictamen e integra a un expediente del caso específico para
contestar el interrogatorio del peritaje.
12
Entrega Dictamen en la Audiencia ante la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje o Junta Local de Conciliación y Arbitraje para
el desahogo de pruebas y contesta las preguntas que se le soliciten
en el juicio
13
Archiva Expediente.
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HOJA
CLAVE
113 DE 187
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.10.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: PERITAJE TÉCNICO
LABORAL
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1
FECHA
ELABORACIÓN
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.10.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
Se recibe solicitud para
realizar peritaje tecnico en
INSTRUMENTO DE
CONTROL
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Oficio de notificación de
demanda.
Subgerente o responsable
del área
Acta de Audiencia.
Perito designado
Expediente
Perito designado
Minuta
Perito técnico especializado.
Expediente
Perito técnico especializado.
Expediente
Perito técnico especializado.
Expediente
Perito técnico especializado.
acustica, quimica industrial,
medio ambiente laboral, etc.
2
Acepta y protesta el cargo
ante la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje
(J.F.C.A.) o Junta Local de
Conciliación y Arbitraje como
perito en ese caso específico.
3
Estudia el interrogatorio del
peritaje técnico o médico en
su caso.
5
Reune al jefe del centro de
trabajo y al jefe inmediato del
demandante (s), para
conocer la trayectoria laboral
en la Institución del
demandante (s), el perfil y el
análisis del puesto del
demandante(s).
6
Efectua reconocimiento
sensorial del área de trabajo
del demandante y análisis de
riesgos del proceso de
trabajo del demandante.
7
Selecciona la normatividad
aplicable a instalaciones y
procesos de trabajo.
8
Selecciona el equipo y
métodos de medición.
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RELACIONES LABORALES
9
Realiza evaluaciones,
Expediente
análisis de los procesos de
trabajo.
Perito Médico
acuerdo al procedimiento
para examen médico
12 Entrega Dictamen en la
Audiencia ante la Junta
Federal de Conciliación y
Arbitraje o Junta Local de
Conciliación y Arbitraje para
el desahogo de pruebas y
contesta las preguntas que
se le soliciten en el juicio
Dictamen del Peritaje y
conclusiones
CLAVE
116 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
Perito técnico especializado.
muestreos, inspecciones y
10 Realiza evaluación médica de Dictamen Técnico.
HOJA
Perito designado
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.10.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
PERITAJE TÉCNICO LABORAL
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 105
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO Y NORMATIVIDAD
A OBSERVAR EN LOS PERITAJES LABORALES ANTE
LA AUTORIDAD DEL TRABAJO
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
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1
FECHA
ELABORACIÓN
3.11. ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE INFORMACIÒN DE
ACCIDENTES
3.11.1. OBJETIVO
Analizar y difundir la información estadística de accidentes de trabajo registrados en el sistema
de información de accidentes (WEBsia), de la Comisión Federal de Electricidad.
3.11.2. ALCANCE
Registro oportuno de todas las Gerencias de Producción, Transmisión y Distribución, Oficinas
Nacionales y Lapem de la Comisión Federal de Electricidad.
3.11.3. POLITICAS
Manteniendo en operación constante el sistema de información de accidentes (WEBsia), vigilar
el registro oportuno y confiable de los accidentes ocurridos en las áreas operativas (Gerencias),
de la Dirección de Operación.
3.11.4. NORMAS
Las áreas operativas deberán ingresar mensualmente la información de la accidentalidad
conforme al Manual del usuario del Sistema de Información de Accidentes.
Evaluar e informar mensualmente a los responsables de seguridad de las Gerencias operativas
sobre de la oportunidad con que se realizó la captura de la información de la accidentalidad .
Integrar la información mensual de la accidentalidad para cargar la información básica al
sistema SIADIR.
Realizar trimestralmente análisis básicos de estadística descriptiva de los resultados de la
accidentalidad de la Comisión Federal de Electricidad y enviar a la Dirección de Operación.
Página: 126/
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HOJA
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1
FECHA
ELABORACIÓN
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3.11.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 Responsable de Seguridad e
Higiene de áreas operativas
2 Jefe de la Oficina de
Estadística de la Subgerencia
de Seguiridad e Higiene
3
DESCRIPCION
Capturan la información de la acidentalidad en el Sistema de
Información de Accidentes conforme al Manual del usuario.
Revisa y evalúa la captura de la información de accidentes por medio
del sistema computarizado WEB/sia a través de:
- Monitoreo en máquina.
- Comunicación directa con usuarios.
Obtiene la información trimestral capturada y registra a nivel Gerencia,
los índices e indicadores de seguridad:
5
- Índice de frecuencia.
- Índice de gravedad.
- Accidentes por 100 trabajadores por año.
- Accidentes mortales.
- Incapacidad permanente (parcial o total).
- Pérdida económica por accidentes.
- Pérdida económica por trabajador.
- Promedio de trabajadores.
- Accidentes totales.
- Accidentes en trayecto.
- Accidentes de procesos.
Procesa los datos obtenidos del sistema y elabora gráficas y reportes
de los índices e indicadores de seguridad.
Analiza trimestralmente los accidentes por:
6
7
Rama de actividad.
- Sitio del accidente.
- Tipo de accidente.
- Parte del cuerpo afectada.
- Tipo de lesión.
- Condición insegura.
- Acto inseguro.
- Factores del medio social y/o de trabajo.
- Factores personales.
Elabora estudios especiales a petición de usuarios y autoridades.
Autoriza envío del informe solicitado.
4
8
9
Subgerente de Seguridad e
Higiene
Jefe de la Oficina de
Elabora reportes trimestrales de estadísticas de accidentalidad.
Estadística de la Subgerencia
de Seguiridad e Higiene
Subgerente de Seguridad e
Autoriza difusión.
Higiene
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HOJA
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.11.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÒN
DEL SISTEMA DE INFORMACIÒN DE ACCIDENTES
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.11.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
INSTRUMENTO DE
CONTROL
Capturan la información de la Registro en el Sistema
acidentalidad en el Sistema
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Responsable de Seguridad e
Higiene de áreas operativas
de Información de Accidentes
conforme al Manual del
usuario.
2
Revisa y evalúa la captura de Registros en el Sistema
la información de accidentes
por medio del sistema
Jefe de la Oficina de
Estadística de la Subgerencia
de Seguiridad e Higiene
computarizado WEB/sia a
través de:
- Monitoreo en máquina.
- Comunicación directa con
usuarios.
3
Obtiene la información
trimestral capturada y registra
a nivel Gerencia, los índices
e indicadores de seguridad:
- Índice de frecuencia.
- Índice de gravedad.
- Accidentes por 100
trabajadores por año.
- Accidentes mortales.
- Incapacidad permanente
(parcial o total).
- Pérdida económica por
accidentes.
- Pérdida económica por
trabajador.
- Promedio de trabajadores.
- Accidentes totales.
- Accidentes en trayecto.
- Accidentes de procesos.
Resumen estadístico
Jefe de la Oficina de
Estadística de la Subgerencia
de Seguiridad e Higiene
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4
Procesa los datos obtenidos
HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
Reportes estadísticos
Jefe de la Oficina de
Estadística de la Subgerencia
de Seguiridad e Higiene
Reporte estadístico
Jefe de la Oficina de
Estadística de la Subgerencia
de Seguiridad e Higiene
del sistema y elabora gráficas
y reportes de los índices e
indicadores de seguridad.
5
Analiza trimestralmente los
accidentes por:
Rama de actividad.
- Sitio del accidente.
- Tipo de accidente.
- Parte del cuerpo afectada.
- Tipo de lesión.
- Condición insegura.
- Acto inseguro.
- Factores del medio social
y/o de trabajo.
- Factores personales.
6
Elabora estudios especiales a Reportes especiales
petición de usuarios y
autoridades.
7
Autoriza envío del informe
Oficio
solicitado.
8
Elabora reportes trimestrales Reportes estadísticos
de estadísticas de
accidentalidad.
9
Autoriza difusión.
Oficio
Jefe de la Oficina de
Estadística de la Subgerencia
de Seguiridad e Higiene
Subgerente de Seguridad e
Higiene
Jefe de la Oficina de
Estadística de la Subgerencia
de Seguiridad e Higiene
Subgerente de Seguridad e
Higiene
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.11.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE INFORMACIÒN DE ACCIDENTES
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 111
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE
ACCIDENTES EN EL SISTEMA WEB/SIA
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.12. INVESTIGACION Y DIFUSION DE ACCIDENTES
3.12.1. OBJETIVO
Contar con información suficiente de las causas de los accidentes y difundirlas para evitar su
repetición.
3.12.2. ALCANCE
Los centros de trabajo de Comisión Federal de Electricidad de los procesos de Producción,
Transmisión y Distribución, donde ocurran accidentes mortales. Página
3.12.3. POLITICAS
Se investigarán documentalmente los accidentes mortales ocurridos en las áreas operativas de
CFE.
Participará en la investigación del accidente el personal designado por la Subgerencia de
Seguridad e Higiene, el Jefe del Centro de Trabajo, el Jefe del o los accidentados, testigos y
cualquier persona con responsabilidad en el accidente.
3.12.4. NORMAS
El Jefe del Departamento de Seguridad e Higiene de la Gerencia Operativa donde se presente
un accidente mortal notificará por medio de Oficio a la Subgerencia de Seguridad e Higiene la
ocurrencia del mismo.
El personal designado conjuntamente con el personal del Centro de Trabajo con
responsabilidad en el accidente, analizará las causas para determinar las medidas preventivocorrectivas para corregirlas, los responsables de su ejecución y tiempo máximo para cumplirlas.
El personal designado presentará un informe de la investigación al Subgerente de Seguridad e
Higiene y dará seguimiento al cumplimiento de las medidas preventivo-correctivas.
La difusión de los accidentes se realizará a todos los departamentos de Seguridad e Higiene de
las áreas operativas de C.F.E.
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
3.12.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 JEFE DEL DEPTO. DE
SEGURIDAD E HIGIENE O
AUTORIDAD COMPETENTE
EN LAS ÁREAS
OPERATIVAS
2 SUBGERENTE DE
SEGURIDAD E HIGIENE
3 PERSONAL DESIGNADO
4
5
6
7
8
9
JEFE DE LA OFICINA DE
ESTADÍSTICA DE LA
SUBGERENCIA DE
SEGURIDAD E HIGIENE
10 JEFE DE LA OFICINA DE
PROMOCIÓN DE LA
SUBGERENCIA DE
SEGURIDAD E HIGIENE
11 JEFE DEL DEPTO. DE
SEGURIDAD E HIGIENE O
AUTORIDAD COMPETENTE
EN LAS ÁREAS
OPERATIVAS
DESCRIPCION
Avisará por oficio de la Subgerencia respectiva a la Subgerencia de
Seguridad e Higiene de la ocurrencia del accidente.
Designa al personal que realizará la investigación del accidente.
Participa en la investigación del accidente con las autoridades
trasladándose al Centro de Trabajo con el Jefe inmediato del
accidentado, el Jefe de Seguridad e Higiene del Centro de Trabajo y
la Comisión de Seguridad e Higiene, así como con testigos
presenciales del accidente.
Revisa los siguientes documentos generados con motivo del
accidente: Informática de accidente, forma ST-1 del IMSS, acta
administrativa y en su caso formato de accidente mortal, acta y
certificado de defunción, certificado de autopsia, actuación del
Ministerio Público y el expediente del trabajador en la Institución. Se
genera expediente para la investigación del accidente.
Investiga:
- Las condiciones climáticas cuando ocurrió el accidente.
- El estado del equipo y herramienta que utilizaba el accidentado.
- La dotación del equipo de protección personal y de grupo que se
había proporcionado al accidentado.
- La utilización correcta del equipo de protección personal y de grupo
con que contaba el accidentado.
- Si el proceso de trabajo desarrollado por el accidentado se había
planeado y que grado.
- Si el accidentado tenía problemas laborales.
Analiza los actos y condiciones inseguras ocurridas, evalúa el medio
ambiente laboral; elabora croquis y reconstruye los hechos.
Evalúa los resultados de la investigación con el personal del Centro de
Trabajo, para participar en la elaboración del dictamen y las medidas
preventivo correctivas a fin de que el accidente no vuelva a ocurrir.
Elaboración de informe y remisión de documentos de las acciones
relacionadas con el accidente para la Subgerencia de Seguridad e
Higiene, para la Oficina de Estadística y para la Oficina de Promoción.
Verifica la captura del accidente y datos relacionados en el Sistema de
Información de Accidentes del WEB Sia.
Elabora un reporte grafico que contiene los aspectos relevantes del
accidente para que sean tomados en cuenta por las áreas operativas.
Difunde el reporte a través de diversos medios de comunicación a los
Departamentos de Seguridad e Higiene de las áreas operativas de
C.F.E.
Reciben reporte gráfico de los aspectos del accidente.
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HOJA
CLAVE
126 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.12.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: INVESTIGACION Y
DIFUSION DE ACCIDENTES
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HOJA
CLAVE
127 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
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HOJA
CLAVE
128 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.12.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
Avisará por oficio de la
Subgerencia respectiva a la
Subgerencia de Seguridad e
Higiene de la ocurrencia del
accidente.
2
Designa al personal que
realizará la investigación del
INSTRUMENTO DE
CONTROL
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Oficio de aviso del accidente JEFE DEL DEPTO. DE
SEGURIDAD E HIGIENE O
AUTORIDAD COMPETENTE
EN LAS ÁREAS
OPERATIVAS
Oficio de aviso del accidente SUBGERENTE DE
SEGURIDAD E HIGIENE
accidente.
3
Participa en la investigación
del accidente con las
autoridades trasladándose al
Centro de Trabajo con el Jefe
inmediato del accidentado, el
Jefe de Seguridad e Higiene
del Centro de Trabajo y la
Comisión de Seguridad e
Higiene, así como con
testigos presenciales del
accidente.
Minuta e investigación
PERSONAL DESIGNADO
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4
Revisa los siguientes
documentos generados con
motivo del accidente:
HOJA
CLAVE
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MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
Informática de accidente,
forma ST-1 del IMSS, acta
administrativa, etc.
PERSONAL DESIGNADO
Investigación
PERSONAL DESIGNADO
Informática de accidente,
forma ST-1 del IMSS, acta
administrativa y en su caso
formato de accidente mortal,
acta y certificado de
defunción, certificado de
autopsia, actuación del
Ministerio Público y el
expediente del trabajador en
la Institución. Se genera
expediente para la
investigación del accidente.
5
Investiga:
- Las condiciones climáticas
cuando ocurrió el accidente.
- El estado del equipo y
herramienta que utilizaba el
accidentado.
- La dotación del equipo de
protección personal y de
grupo que se había
proporcionado al
accidentado.
- La utilización correcta del
equipo de protección
personal y de grupo con que
contaba el accidentado.
- Si el proceso de trabajo
desarrollado por el
accidentado se había
planeado y que grado.
- Si el accidentado tenía
problemas laborales.
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6
Analiza los actos y
Análisis de causas
HOJA
CLAVE
130 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
PERSONAL DESIGNADO
condiciones inseguras
ocurridas, evalúa el medio
ambiente laboral; elabora
croquis y reconstruye los
hechos.
7
Medidas Preventivoinvestigación con el personal Correctivas (MPC) y
del Centro de Trabajo, para Dictamen.
Evalúa los resultados de la
PERSONAL DESIGNADO
participar en la elaboración
del dictamen y las medidas
preventivo correctivas a fin de
que el accidente no vuelva a
ocurrir.
8
Elaboración de informe y
Informe
PERSONAL DESIGNADO
Reporte
JEFE DE LA OFICINA DE
PROMOCIÓN DE LA
SUBGERENCIA DE
SEGURIDAD E HIGIENE
Reporte de accidente
JEFE DEL DEPTO. DE
SEGURIDAD E HIGIENE O
AUTORIDAD COMPETENTE
EN LAS ÁREAS
OPERATIVAS
remisión de documentos de
las acciones relacionadas
con el accidente para la
Subgerencia de Seguridad e
Higiene, para la Oficina de
Estadística y para la Oficina
de Promoción.
10 Elabora un reporte grafico
que contiene los aspectos
relevantes del accidente para
que sean tomados en cuenta
por las áreas operativas.
Difunde el reporte a través de
diversos medios de
comunicación a los
Departamentos de Seguridad
e Higiene de las áreas
operativas de C.F.E.
11 Reciben reporte gráfico de
los aspectos del accidente.
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HOJA
CLAVE
131 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.12.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
INVESTIGACION Y DIFUSION DE ACCIDENTES
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 116
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLCER LA NORMATIVIDAD A OBSERVAR EN LA
INVESTIGACIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS ACCIDENTES
OCURRIDOS EN CFE
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.13. ELABORACIÓN DE TRÍPTICOS FOLLETOS CARTELES Y
PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
POR DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
3.13.1. OBJETIVO
Coadyuvar a la prevención de accidentes y protección de los recursos humanos de la Comisión
Federal de Electricidad mediante la promoción y difusión de medidas de seguridad y salud en el
trabajo.
Difundir con oportunidad el material de seguridad y salud en el trabajo elaborado por C.F.E. y
otras dependencias del Gobierno Federal.
3.13.2. ALCANCE
La difusión a través de material promocional en Seguridad e Higiene y Protección Civil en las
Areas Operativas y Oficinas Nacionales de CFE. Página
3.13.3. POLITICAS
Las áreas operativas de CFE deben cuentar con material informativo de seguridad y salud en el
trabajo para coadyuvar a la creación de una cultura de prevención
3.13.4. NORMAS
Se debe mantener información constante mediante material promocional, de acuerdo a las
necesidades de las Areas Operativas y Oficinas Nacionales referente a Seguridad e Higiene y
Protección Civil.
Las áreas operativas deberán encargarse de la difusión y distribución del material promocional
de campañas de seguridad y salud en el trabajo.
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
3.13.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
CLAVE:
No
RESPONSABLE
1 Jefe de la Oficina de
Promoción
2
3
4
Jefe del Departamento de
Seguridad Industriañ
5
Subgerente de Seguridad e
Higiene
Jefe de la Oficina de
Promoción
6
7
Subgerente de Seguridad e
Higiene
8
Jefe de la Oficina de
Promoción
9
Taller de Imprenta
10 Jefe de la Oficina de
Promoción
11
12 Titular del Área Operativa
DESCRIPCION
Acopio de reportes estadísticos de accidentalidad de la Comisión
Federal de Electricidad así como de otras empresas con la misma
actividad y otras fuentes.
Analiza las circunstancias y tendencias de la accidentalidad y la
prevención de los mismos de acuerdo a la frecuencia y gravedad.
Propone al Jefe del Departamento de Seguridad Industrial, mediante
el programa anual de actividades, los carteles y folletos que se
requieren, asimismo se analiza la conveniencia de emitir información
relativa a aspectos de salud en el trabajo en concordancia con
campañas vigentes en este tema, mediante diversos medios.
Recibe, revisa y si está de acuerdo turna el programa anual de
actividades de la oficina de promoción a la Subgerencia de Seguridad
e Higiene.
Revisa y en su caso autoriza el programa anual de actividades.
Elabora los proyectos y los presenta para su aprobación al Jefe del
Departamento de Seguridad Industrial y al Subgerente de Seguridad e
Higiene.
Recibe los proyectos y los evalúa. En caso de no aceptarlos se
regresan a la oficina de promoción, para reiniciar el procedimiento. Si
los diseños se aceptan se devuelven a la oficina de promoción para su
elaboración.
Elabora originales de material promocional: folletos, trípticos, carteles
y paginas electrónicas en colaboración con el área de diseño y se
envían junto con la orden de impresión a la imprenta.
Recibe e imprime originales y avisa de su terminación a la Oficina de
Promoción.
Recibe folletos, trípticos, carteles impresos para su distribución a las
áreas operativas.
Envía el material a distribuir a la oficina de Archivo y Correspondencia
para que sea enviado a las áreas y conserva una Relación de las
guías de Envió para cualquier aclaración.
Reciben material para difundir y promoer la seguridad y salud en el
Trabajo.
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.13.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN DE
TRÍPTICOS FOLLETOS CARTELES Y PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO POR DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
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HOJA
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1
FECHA
ELABORACIÓN
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.13.7. MECANISMOS DE CONTROL
CLAVE:
ACTIVIDAD DE CONTROL
1
Acopio de reportes
INSTRUMENTO DE
CONTROL
RESPONSABLE DE LA
ACTIVIDAD
Reportes Estadísticos
Jefe de la Oficina de
Promoción
Reporte estadístico
Jefe de la Oficina de
Promoción
Programa de actividades
Jefe de la Oficina de
Promoción
Programa de actividades
Jefe del Departamento de
Seguridad Industriañ
estadísticos de
accidentalidad de la Comisión
Federal de Electricidad así
como de otras empresas con
la misma actividad y otras
fuentes.
2
Analiza las circunstancias y
tendencias de la
accidentalidad y la
prevención de los mismos de
acuerdo a la frecuencia y
gravedad.
3
Propone al Jefe del
Departamento de Seguridad
Industrial, mediante el
programa anual de
actividades, los carteles y
folletos que se requieren,
asimismo se analiza la
conveniencia de emitir
información relativa a
aspectos de salud en el
trabajo en concordancia con
campañas vigentes en este
tema, mediante diversos
medios.
4
Recibe, revisa y si está de
acuerdo turna el programa
anual de actividades de la
oficina de promoción a la
Subgerencia de Seguridad e
Higiene.
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5
Revisa y en su caso autoriza Programa de actividades
el programa anual de
HOJA
CLAVE
137 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
Subgerente de Seguridad e
Higiene
actividades.
6
Proyectos de material
presenta para su aprobación promocional
Elabora los proyectos y los
Jefe de la Oficina de
Promoción
al Jefe del Departamento de
Seguridad Industrial y al
Subgerente de Seguridad e
Higiene.
7
Recibe los proyectos y los
evalúa. En caso de no
Proyectos de material
promocional
Subgerente de Seguridad e
Higiene
aceptarlos se regresan a la
oficina de promoción, para
reiniciar el procedimiento. Si
los diseños se aceptan se
devuelven a la oficina de
promoción para su
elaboración.
8
Elabora originales de material Originales de material
promocional
promocional: folletos,
Jefe de la Oficina de
Promoción
trípticos, carteles y paginas
electrónicas en colaboración
con el área de diseño y se
envían junto con la orden de
impresión a la imprenta.
9
Recibe e imprime originales y Órden de trabajo y
avisa de su terminación a la documento promocional
terminado
Oficina de Promoción.
10 Recibe folletos, trípticos,
carteles impresos para su
distribución a las áreas
operativas.
Documento de entrega de la
imprenta.
Taller de Imprenta
Jefe de la Oficina de
Promoción
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
11 Envía el material a distribuir a Oficio de envío a las áreas
Jefe de la Oficina de
operativas así como las guías Promoción
la oficina de Archivo y
de embarque.
Correspondencia para que
sea enviado a las áreas y
conserva una Relación de las
guías de Envió para cualquier
aclaración.
12 Reciben material para
difundir y promoer la
seguridad y salud en el
Trabajo.
Documentos promocionales y Titular del Área Operativa
oficio de envío
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HOJA
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
3.13.8. CONTROL DE CAMBIOS
PROCEDIMIENTO:
ELABORACIÓN DE TRÍPTICOS FOLLETOS CARTELES Y PROMOCIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POR DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
CLAVE:
Revisión
No.
1
Fecha
Hoja No.
31/10/2006 123
Motivo o Causa:
INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA LA
ELABORACIÓN DE PROMOCIONALES EN MATERIA
DE SALUD Y SEGURIDAD E HIGIENE
ELABORÓ
AUTORIZÓ
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Usuario
No se ha definido el Cargo
No se ha definido el Cargo
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HOJA
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
4. GLOSARIO
Circular
Documento de carácter interno y general, dirigido de superior a
subordinados, para dar a conocer, instrucciones, recomendaciones o transmitir
información con el objeto de que los funcionarios y empleados a quienes corresponda,
conozcan y acaten dichas disposiciones.
Contrato Colectivo
Instrumento normativo y como tal, debe precisar en todo momento las diversas condiciones que
las partes contratantes se imponen como obligaciones y derechos; éstos son asentados en
cláusulas cuyo conjunto norma la actuación de las partes contratantes durante la vigencia del
mismo.
Convenio
Complementarios y suplementarios al CCT, instrumentos normativos por el cual las partes con
representación legal acuerdan condiciones de trabajo adicionales a las establecidas en el pacto
colectivo, perfeccionado juridicamente ante la autoridad laboral y que forma parte del propio
contrato.
Dictámen
Es la opinión que formula un perito en la materia, verbal o por escrito, sobre la valoración o
justiprecio.
Medicina Laboral
Conjunto de medidas preventivas destinadas a establecer un
diagnóstico precoz de las enfermedades que afectan a los trabajadores y a evitar los
accidentes resultantes de la actividad laboral.
Normatividad
Conjunto de normas lineamientos, metodologías, procedimientos y sistemas emitidos por una
unidad administrativa competente, con la finalidad de dirigir hacia los objetivos deseados la
formulación, ejercicio, control y evaluación administrativa, estableciendo el marco al que deben
ajustarse las demás áreas y unidades administrativas.
Obra Pública
Todo trabajo que tenga por objeto crear, construir, conservar o modificar bienes muebles, que
son propiedad o queda a cargo del Estado, la construcción o conservación de los mismos.
Permuta
Acuerdo de voluntades entre dos trabajadores, para intercambiar sus puestos y lugares de
adscripción por motivos personales, previo acuerdo entre representantes de la CFE y del
SUTERM en las áreas involucradas, estableciendo para tal efecto, las condiciones relativas del
cambio, cuidando que no se afecten los derechos de terceros, ni que implique impacto
económico para la Entidad.
Política
Guía básica de carácter general que orienta las actividades y funciones que habrán de realizar
en sus áreas de trabajo los funcionarios y empleados de una institución.
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HOJA
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FECHA
ELABORACIÓN
Prestaciones
Beneficios de la seguridad y servicios sociales para los trabajadores, comprendidas en las leyes
y reglamentos laborales, que son cubiertos con aportaciones obligatorias de patrones,
trabajadores y gobierno, o en su caso, con las que fijen las bases jurídicas en vigor.
Revisión Salarial
De conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo,artículo 399 Bis, los contratos
colectivos serán revisados cada año en lo que se refiere a los salarios en efectivo por cuota
diaria.
Sistema Institucional de Seguridad e Higiene
Conjunto de normas reglamentarias y disposiciones legales que mediante procesos
administrativos coadyuva a la detección, evaluación y control sistemático de los riesgos de
trabajo, para preservar la vida y salud de los trabajadores, así como la integridad de las
instalaciones, medios, equipo e instrumentos de trabajo.
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5. ANEXOS
HOJA
CLAVE
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FECHA
ELABORACIÓN
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5.1. Acuerdo 102-2005 Junta de Gobierno
HOJA
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FECHA
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5.2. Acuerdo 145-2000 Junta de Gobierno
HOJA
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1
FECHA
ELABORACIÓN
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FECHA
ELABORACIÓN
5.3. Anticipo de Prima Legal de Antigüedad
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
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DEPARTAMENTO DE DICTAMENES
Dictamen No. 00000/2006
Trabajador:
R.P.E.
N.S.S
ANTICIPO P.L.A. JUB.
R.F.C.
C.U.R.P.
México, D.F., a
de
de 2006.
DICTAMEN DE ANTICIPO DE PRIMA LEGAL DE ANTIGÜEDAD QUE EMITE LA
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD.
A N T E C E D E N T E S
1°.- El (la) señor (a)
tiene celebrado contrato individual de trabajo por
tiempo indeterminado como trabajador (a) de Sindicalizado con puesto de Oficinista
II, adscrito (a)
2°.- La relación laboral se rige por el Contrato Colectivo de Trabajo vigente CFE-SUTERM.
3°.- El (la) trabajador (a):
a).- Se le reconoce como fecha de ingreso el
fecha de corte para el cálculo de Anticipo del
se le consideran
años días de servicios.
, por lo tanto al día
de su Prima Legal de Antigüedad,
b).- Tiene una edad de
años, que acredita con Acta de Nacimiento certificada
expedida por el Jefe de la Oficina Central del Registro Civil en el Distrito Federal.
c).- Tiene derecho al pago de un Anticipo de su Prima Legal de Antigüedad conforme a
lo establecido en la Cláusula 69, del Contrato Colectivo de Trabajo vigente, por lo
que cumplidos los requisitos procede el otorgamiento del mismo.
d).- Solicitó el Anticipo el CEN del SUTERM, mediante oficio s/n de fecha
recibido en la
el día
e).- Percibe un Salario Diario Integrado a la fecha de la solicitud de $
(
) compuesto de los factores siguientes:
,
2006.
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FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
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DEPARTAMENTO DE DICTAMENES
Dictamen No. 00000/2006
Trabajador:
R.P.E.
N.S.S
Salario Tabulado
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
Energía Eléctrica
SUMA
ANTICIPO P.L.A. JUB.
R.F.C.
C.U.R.P.
$
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
C O N C L U S I O N E S
PRIMERA.- Con fundamento en la Fracción VI, segundo párrafo de la Cláusula 69 del
Contrato Colectivo de Trabajo y la Circular Nº DA-202/06 de fecha 4 de mayo de 2006, se
autoriza un Anticipo de la Prima Legal de Antigüedad, por haber satisfecho los requisitos de
jubilación.
SEGUNDA.- La Prima Legal de Antigüedad hasta el día de de
2006, comprende
días de su salario diario integrado, a
razón 25 días de salario por cada año servicios reconocidos, más
la parte proporcional de los días excedentes, misma que asciende
$
a la cantidad de…………………………………
TERCERA.- Del importe anterior, Comisión cubre al (la) trabajador
(a)
por concepto de An ticipo de Prima Legal de Antigüedad el
solicitado,
que
asciende
a
la
cantidad
de
$
………………………………………………
(CANTIDAD CON LETRA -------------------------------------------------------------------00/100 M.N.)
De la suma indicada se deberá descontar el importe de los impuestos que se causen.
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FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
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DEPARTAMENTO DE DICTAMENES
Dictamen No. 00000/2006
Trabajador:
R.P.E.
N.S.S
ANTICIPO P.L.A. JUB.
R.F.C.
C.U.R.P.
CUARTA.- La Comisión y el (la) trabajador(a) continuarán con la relación laboral que los une
y convienen en que al causar baja por la terminación de la relación de trabajo por cualquier
motivo, se procederá a efectuar el ajuste correspondiente del pago total definitivo de la Prima
Legal de Antigüedad generada, con la diferencia que resulte de ésta y de la suma de los
impuestos correspondientes, así como, los adeudos que tenga pendientes de pago a C.F.E.
y el Anticipo pagado.
( RESPONSABLE DEL AREA )
DE CONFORMIDAD
( NOMBRE DEL TRABAJADOR )
( RESPONSABLE DEL AREA )
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FECHA
ELABORACIÓN
5.4. Diferencia de Salarios.
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxx
Dictamen No. TMP34992123
I.P.P.
Trabajador: xxxxxx
R.P.E. xxxxx
R.F.C. xxxxxx
N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx
Lugar, ., a día de mes de año
FORMATO DE DIFERENCIA DE SALARIOS
Cumplidos los requisitos establecidos en las fracciones IV y V de la Cláusula 46 del
Contrato Colectivo de Trabajo vigente y considerando que por necesidades del servicio se
cambió la categoría del trabajador cuyos datos se anotan a continuación, procede emitir el
dictamen de reajuste por Diferencia de Salarios en los siguientes términos:
NOMBRE: XXXXXXXXX
RPE: X
TIPO DE CONTRATO: X
CATEGORIA ANTERIOR: X
CATEGORIA ACTUAL: catact
ADSCRIPCIÓN ANTERIOR: X .
ADSCRIPCIÓN ACTUAL: adsact
FECHA DE INGRESO: X
FECHA DE CAMBIO: X
ANTIGÜEDAD: X AÑOS X DÍAS
Salario Tabulado
Salario Completo
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
SUMA
$
$
ANTERIOR
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
$
$
ACTUAL
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
X.XX
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxx
Dictamen No. TMP34992123
I.P.P.
Trabajador: xxxxxx
R.P.E. xxxxx
R.F.C. xxxxxx
N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx
FORMATO DE DIFERENCIA DE SALARIOS
DIFERENCIA A INDEMNIZAR: $ 0.00
I.-
COMPENSACIÓN
120 Días de Salario Diario Integrado
0.00
......... $
X.XX días de Salario Diario Integrado a razón de X días por cada año de servicios
prestados, más parte proporcional de los días excedentes
......... $
0.00
II.- PRIMA LEGAL DE ANTIGÜEDAD
X.XX días de Salario Diario Integrado a razón de X días por cada año de servicios,
más la parte proporcional de los días excedentes
......... $
0.00
TOTAL
-------- $
0.00
(PESOS 00/100 M.N.)
Del monto de la liquidación, sírvase descontar el importe de los impuestos y adeudos que
cause el presente dictamen, así como los adeudos que tuviera el citado trabajador con
este Organismo entregándole el saldo que resulte a su favor ante la Autoridad del Trabajo
competente, enviándonos copias de las actuaciones que para tal efecto se levanten.
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.5. Ipp Accidente de trabajo global
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxx
Dictamen No. TMP34992123
I.P.P.
Trabajador: xxxxxx
R.P.E. xxxxx
R.F.C. xxxxxx
N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx
IPP acc de trabajo global
Lugar., a dia de mes de año
DICTAMEN DE INDEMNIZACION GLOBAL QUE FORMULA LA COMISION FEDERAL DE
ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE
PARCIAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO.
ANTECEDENTES
1.-
El trabajador XXXXXXX sufrió un riesgo de trabajo cuando tenía celebrado contrato
individual de trabajo para desempeñar el puesto de XXXXXXXXX sindicalizado adscrito
a XXXXXX , por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
2.-
Con oficio No. del , XXXXX , se recibió la documentación probatoria del riesgo de
trabajo que sufrió el Sr. XXXXXXXX el día XXXXXXX.
3.-
El trabajador, XXXXXXXXXXXX está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social.
4.-
De las constancias enviadas se desprende que se accidentó " motivo ".
(Copiar textualmente lo que dice la ST -1 ó ST-3)
5.-
La Delegación delega del IMSS, con su dictámen (ST-3) de fecha FECHA DE
EMISION, le determinó la incapacidad permanente parcial en los siguientes términos: "
secuelas ",
(Copiar textualmente lo que dice la ST-3)
valuada con un X% (X POR CIENTO), de acuerdo con la(s) fracción(es) fraccioN del
artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo, resolución acordada por el Comité Tripartita
IMSS-CFE-SUTERM según Minuta de fecha fe_tripa.
6.-
Cuando el trabajador XXXXXXXX sufrió el accidente realizaba las labores de puesto
ant y no se encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas
alcohólicas.
7.-
Al puesto en que se accidentó el trabajador, le corresponde a la fecha de formulación
del presente dictamen un Salario Diario Integrado de $XXX.XX, compuesto por los
siguientes factores:
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxx
Dictamen No. TMP34992123
I.P.P.
Trabajador: xxxxxx
R.P.E. xxxxx
R.F.C. xxxxxx
N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx
IPP acc de trabajo global
Salario Tabulado
$
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
SUMA
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
CONCLUSIONES
PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de un accidente de
trabajo, por lo tanto la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos 472,
473, 474, 479 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal del Trabajo, en relación con la
cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
SEGUNDA.- Opera la sustitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por
así establecerlo el artículo 53 en relación con el 24 de su propia Ley y la cláusula 60 del
Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
TERCERA.- En los términos antes señalados, le corresponde a la Comisión cubrir la
diferencia entre la indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo vigente y la
que establece la Ley del Seguro Social, según se determina a continuación:
a).- 0 % de 1,640 días de salario integrado que prevé el
inciso c), apartado I, de la cláusula 61 del Contrato Colectivo
de Trabajo vigente.
0.00
b).- Menos la indemnización pagada, prevista en el
Artículo 58, fracción III, de la Ley del Seguro Social.
0.00
T O T A L:
0.00
(PESOS 00/100 M.N.)
.....
$
.....
$
.....
$
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FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxx
Dictamen No. TMP34992123
I.P.P.
Trabajador: xxxxxx
R.P.E. xxxxx
R.F.C. xxxxxx
N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx
IPP acc de trabajo global
CUARTA.- La diferencia de los conceptos determinados en la conclusión tercera constituye
la totalidad de la indemnización a cargo de la Comisión por la incapacidad que presenta el
trabajador.
QUINTA.- Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación
Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales
correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente.
DE CONFORMIDAD
SR. XXXXX
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CLAVE
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1
FECHA
ELABORACIÓN
5.6. Ipp Accidente de trabajo por pensión
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxx
DEPARTAMENTO XXXXXXX
Dictamen No. TMP42250934
I.P.P.
Trabajador: XXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXXX
N.S.S. XXXXXXX C.U.R.P. XXXXXX
IPP acc trabajo por pension
Lugar, a día de mes de año
DICTAMEN DE INDEMNIZACION QUE FORMULA LA COMISION FEDERAL DE
ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE
PARCIAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO.
ANTECEDENTES
1.-
El trabajador XXXXXXXXX sufrió un riesgo de trabajo cuando tenía celebrado contrato
individual de trabajo para desempeñar el puesto de XXXXXXX, sindicalizado adscrito a
XXXXXXX, por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
2.-
Con oficio No. de fecha , origen se recibió la documentación probatoria del riesgo de
trabajo que sufrió el trabajador el día fecha accidente.
3.-
El trabajador está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social.
4.-
De las constancias enviadas se desprende que se accidentó " motivo ".
(Copiar textualmente lo que dice la ST -1 ó ST-3)
5.-
La Delegación delega del IMSS, con su dictamen (ST-3) de fecha fecha emisión, le
determinó la incapacidad permanente parcial en los siguientes términos: " secuelas ",
(Copiar textualmente lo que dice la ST-3)
valuada con un 0 % ( POR CIENTO), de acuerdo con la(s) fracción(es) fraccio del
artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo, resolución acordada por el Comité Tripartita
IMSS-CFE-SUTERM según Minuta de fecha fe_tripa.
6.-
Cuando el trabajador sufrió el accidente realizaba las labores del puesto de puestant y
no se encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas
alcohólicas.
7.-
Al puesto en que se accidentó el trabajador le corresponde a la fecha de formulación
del presente dictamen un Salario Diario Integrado de $xxx.xx, compuesto de los
siguientes factores:
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GERENCIA DE RELACIONES LABORALES
MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
157 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxx
DEPARTAMENTO XXXXXXX
Dictamen No. TMP42250934
I.P.P.
Trabajador: XXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXXX
N.S.S. XXXXXXX C.U.R.P. XXXXXX
IPP acc trabajo por pension
Salario Tabulado
$
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
SUMA
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
CONCLUSIONES
PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de un accidente de
trabajo, por lo tanto la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos 472,
473, 474, 479 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal de Trabajo, en relación con la
cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
SEGUNDA.- Opera la sustitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por
así establecerlo el artículo 53 en relación con el 24 de su propia Ley y la cláusula 60 del
Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
TERCERA.- En los términos del punto 3 de la cláusula 60 antes citada, siendo equiparables
las pensiones que otorga el IMSS con las indemnizaciones que para estos mismos casos
prevé la Ley Federal del Trabajo, le corresponde a la Comisión cubrir la diferencia entre la
indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo y la que establece el artículo 492
de la propia Ley, según se determina a continuación:
0% de 545 días de salario integrado que resultan de la diferencia entre los 1,640 días
que prevé el inciso c), apartado I, de la cláusula 61 y los 1,095 días que fija la Ley
Federal del Trabajo por concepto de indemnización.
.....
$ 0.00
CUARTA.- Como complemento de la pensión que otorga el IMSS directamente al trabajador
equivalente a la indemnización legal de 1,095 días, la Comisión cubrirá adicionalmente la
siguiente compensación por diferencias:
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HOJA
CLAVE
158 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxx
DEPARTAMENTO XXXXXXX
Dictamen No. TMP42250934
I.P.P.
Trabajador: XXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXXX
N.S.S. XXXXXXX C.U.R.P. XXXXXX
IPP acc trabajo por pension
0% de 1,095 días, a razón de $ 0.00, por diferencia entre el 70% del salario base de
cotización que era de $0.00 con el cual se cuantifico la pensión y el salario diario
integrado que a esa fecha percibía el trabajador mismo que ascendía a .....
$ 0.00
QUINTA.- La suma de los conceptos determinados en las conclusiones tercera y cuarta que
ascienden a la cantidad de $0.00 (PESOS 00/100 M.N.) Constituye la totalidad de la
indemnización a cargo de la Comisión por la incapacidad que presenta el trabajador.
SEXTA.- Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación
Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales
correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente.
DE CONFORMIDAD
SR. xxxxxxxx
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
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MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.7. IPP enfermedad profesional pensión
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXXX
Dictamen No. TMP57162285
I.P.P.
Trabajador: XXXXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXX
N.S.S. XXXXX C.U.R.P. XXXXXX
IPP enf profesional pension
Lugar., a día de mes de año
DICTAMEN DE INDEMNIZACION QUE FORMULA LA COMISION FEDERAL DE
ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE
PARCIAL DERIVADA DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL.
ANTECEDENTES
1.-
El trabajador XXXXXXXXX sufrió un riesgo de trabajo cuando tenía celebrado contrato
individual de trabajo para desempeñar el puesto de XXXXXXXX, adscrito a
XXXXXXXXXX, por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
2.-
Con oficio No. de fecha , se recibió la documentación probatoria del riesgo de trabajo
que el Sr. XXXXXXX el día fe_acci.
3.-
El trabajador está afiliado, al Instituto Mexicano del Seguro Social.
4.-
La Delegación delega del IMSS, en dictamen emitido, el diagnosticó al trabajador una
enfermedad profesional consistente en: " descrenf ", que le produce una incapacidad
permanente parcial valuada con un 0% ( POR CIENTO), de acuerdo con la(s)
fracción(es) fraccio de los artículos 513 y 514 de la Ley Federal del Trabajo vigente,
resolución acordada por la Comisión Tripartita IMSS-CFE-SUTERM según Minuta de
fecha fe_tripa.
5.-
Cuando el trabajador sufrió el riesgo realizaba las labores del puesto de puestant y no
se encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas alcohólicas.
6.-
Al trabajador le corresponde a la fecha de formulación del presente dictamen un
Salario Diario Integrado de $XXX.XX, compuesto por los siguientes factores:
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
160 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXXX
Dictamen No. TMP57162285
I.P.P.
Trabajador: XXXXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXX
N.S.S. XXXXX C.U.R.P. XXXXXX
IPP enf profesional pension
Salario Tabulado
$
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
SUMA
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
CONCLUSIONES
PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de una enfermedad
de trabajo, por lo tanto la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos
472, 473, 474, 513 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal de Trabajo, en relación con
la cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo.
SEGUNDA.- Opera la substitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por
así establecerlo el artículo 53 en relación con el 24 de su propia Ley y la cláusula 60 del
Contrato Colectivo de Trabajo.
TERCERA.- En los términos del punto 3 de la cláusula 60 antes citada, siendo equiparables
las pensiones que otorga el IMSS con las indemnizaciones que para estos mismos casos
prevé la Ley Federal del Trabajo, le corresponde a la Comisión cubrir la diferencia entre la
indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo y la que establece el artículo 492
de la propia Ley, según se determina a continuación.
0% de 545 días de salario integrado que resultan de la diferencia entre los 1,640 días
que prevé el inciso c), apartado I, de la cláusula 61 y los 1,095 días que fija la Ley
Federal del Trabajo por concepto de indemnización.
.....
$ 0.00
CUARTA.- Como complemento de la pensión que otorga el IMSS directamente al trabajador,
equivalente a la indemnización legal de 1,095 días, la Comisión cubrirá adicionalmente la
siguiente compensación por diferencias:
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
161 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXXX
Dictamen No. TMP57162285
I.P.P.
Trabajador: XXXXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXX
N.S.S. XXXXX C.U.R.P. XXXXXX
IPP enf profesional pension
0 % de 1,095 días, a razón de $0.00, por diferencia entre el 70% del salario base de
cotización que era de $0.00 con el cual se cuantifico la pensión y el salario diario
integrado que a esa fecha percibía el trabajador, mismo que ascendía a
.....
$ 0.00
QUINTA.- La suma de los conceptos determinados en las conclusiones tercera y cuarta que
asciende a la cantidad de $0.00 (PESOS 00/100 M.N.) constituye la totalidad de las
prestaciones a cargo de la Comisión por la incapacidad que presenta el trabajador.
SEXTA.-Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación
Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales
correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente.
15/12/2009
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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE
RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
162 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.8. IPP enfermedad trabajo global
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXX
Dictamen No. TMP42250934
I.P.P.
Trabajador: XXXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXXXX
N.S.S. XXXXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXXXX
IPP enf trabajo global
Lugar., a día de mes de año
DICTAMEN DE INDEMNIZACION QUE FORMULA LA COMISION FEDERAL DE
ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE
PARCIAL DERIVADA DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL.
ANTECEDENTES
1.-
El trabajador XXXXXXXXXXX sufrió un riesgo de trabajo cuando tenía celebrado
contrato individual de trabajo para desempeñar el puesto de XXXXXXXXXXXX,
adscrito a XXXXXXXXXX, por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de
Trabajo vigente.
2.-
Con oficio No. del , se recibió la documentación probatoria del riesgo que sufrió el
trabajador XXXXXXXXX el día fe_acci.
3.-
El trabajador, está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social.
4.-
La Delegación delega del IMSS, con su dictamen (ST-3) de fecha fe_emis,
diagnosticó al trabajador una enfermedad de trabajo consistente en: " descrenf ",
(Copiar textualmente lo que dice ST-3)
que le produce una incapacidad permanente parcial valuada con un 0% ( POR
CIENTO), de acuerdo con la(s) fracción(es) fraccio del artículo 513 y 514 de la Ley
Federal del Trabajo, resolución acordada por la Comisión Tripartita IMSS-CFESUTERM según Minuta de fecha fe_tripa.
5.-
Cuando el trabajador sufrió el riesgo realizaba las labores de puestant y no se
encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas alcohólicas.
6.-
Al trabajador le corresponde a la fecha de formulación del presente dictamen un
Salario Diario Integrado de $XXX.XX, compuesto de los siguientes factores:
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
163 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXX
Dictamen No. TMP42250934
I.P.P.
Trabajador: XXXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXXXX
N.S.S. XXXXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXXXX
IPP enf trabajo global
Salario Tabulado
$
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
SUMA
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
CONCLUSIONES
PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de una enfermedad
de trabajo, por lo tanto la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos
472, 473, 475, 479, 513 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal del Trabajo, en relación
con la cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
SEGUNDA.- Opera la sustitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por
así establecerlo el artículo 53 en relación en el 24 de la propia Ley y la cláusula 60 del
Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
TERCERA.- En los términos antes señalados, le corresponde a la Comisión cubrir la
diferencia entre la indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo vigente y la
que establece la Ley del Seguro Social, según se determina a continuación:
a).- 0% de 1,640 días de salario integrado que prevé
el inciso c), apartado I, de la cláusula 61 del Contrato
Colectivo de Trabajo vigente.
0.00
b).- Menos la indemnización pagada, prevista en el artículo 58,
fracción III, de la Ley del Seguro Social.
0.00
T O T A L:
0.00
(PESOS 00/100 M.N.)
.....
$
.....
$
.....
$
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HOJA
CLAVE
164 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXX
Dictamen No. TMP42250934
I.P.P.
Trabajador: XXXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXXXX
N.S.S. XXXXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXXXX
IPP enf trabajo global
CUARTA.- La diferencia de los conceptos determinados en la conclusión tercera, constituye
la totalidad de la indemnización a cargo de la Comisión por la incapacidad que presenta el
trabajador.
QUINTA.- Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación
Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales
correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente.
DE CONFORMIDAD
SR. XXXXXXXX
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HOJA
CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.9. ITP Accidente de Trabajo
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxxxx
Dictamen No. TMP97431645
I.T.P.
Trabajador: xxxxxxxxx
R.P.E. xxxxx
R.F.C. xxxxxxxxxxxxxxxx
N.S.S. xxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxx
Lugar., a día de mes de año
ITP acc trabajo
DICTAMEN DE INDEMNIZACIÓN QUE FORMULA LA COMISIÓN FEDERAL DE
ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE TOTAL
DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO.
ANTECEDENTES
1.-
El Sr. xxxxxxxxx, tiene celebrado contrato individual de trabajo con la Comisión
Federal de Electricidad para desempeñar las labores de XXXXXXXXX, adscrito a
XXXXXXXXXX, por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de Trabajo Unico
en vigor, celebrado entre la Comisión Federal de Electricidad y el Sindicato Unico de
Trabajadores Electricistas de la República Mexicana.
2.-
Con oficio No. de fecha , origen remitió a esta Gerencia la documentación probatoria
del accidente de trabajo que sufrió el trabajador el día fe_acci.
3.-
El trabajador, está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social con el No.
XXXXXXXXXX, con un salario base de cotización de $0.00.
4.-
De las constancias enviadas se desprende que sufrió un Accidente de Trabajo "
motivo ".
5.-
La Delegación delega del I.M.S.S., con su dictamen (ST-3) de fecha XXXXX le
determinó incapacidad permanente total en los siguientes términos: " secuelas ", de
acuerdo con la(s) fracción(es) fraccio del artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo,
resolución acordada por la Comisión Tripartita de acuerdo a su Minuta de fecha
fe_tripa.
6.-
Cuando el trabajador sufrió el accidente realizaba las labores de puestant y no se
encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas alcohólicas.
7.-
El trabajador ingresó a prestar servicios el día XXXXXXXX y se determinó su
incapacidad el XXXXXXXX, reconociéndosele una antigüedad de X años, X días.
8.-
A la categoría en que se accidentó el trabajador, le corresponde un Salario Diario
Integrado actual de $XXX.XX, compuesto de los siguientes factores:
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CLAVE
166 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxxxx
Dictamen No. TMP97431645
I.T.P.
Trabajador: xxxxxxxxx
R.P.E. xxxxx
R.F.C. xxxxxxxxxxxxxxxx
N.S.S. xxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxx
ITP acc trabajo
Salario Tabulado
$
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
SUMA
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
CONCLUSIONES
PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de un accidente de
trabajo, por lo tanto, la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos 472,
473, 474, 477, 479, 480, 494, 495 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal del Trabajo,
en relación con la cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo.
SEGUNDA.- Opera la substitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por
así establecerlo el artículo 53 en relación con el 24 de su propia Ley y la cláusula 60 del
Contrato Colectivo de Trabajo.
TERCERA.- En los términos del punto 3 de la cláusula 60 antes citada, siendo equiparables
las pensiones que otorga el IMSS con las indemnizaciones que para estos mismo casos
prevé la Ley Federal del Trabajo, le corresponde a la Comisión cubrir la diferencia entre la
indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo y la que establece el artículo 492
de la propia Ley, según se determina en los incisos siguientes:
a) 100% de 545 días de salario diario integrado
.....
$XXX,XXX.XX
b) 100% de 1095 días a razón de $0.00 por diferencia entre el salario diario integrado y
el 70% del salario base de cotización al IMSS
.....
$
0.00
c) 100% de XXX.XXX días de salario diario integrado correspondiente a X días por año,
más días excedentes por concepto de COMPENSACIÓN:
.....
$XXX,XXX.XX
LIQUID ACION: PRIMA LEGAL DE ANTIGÜEDAD
100% de XXX.XXX días de salario diario integrado correspondiente a X días por año,
más días excedentes:
.....
$XXX,XXX.XX
TOTAL
..... $
XXX,XXX.XX
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RELACIONES LABORALES
HOJA
CLAVE
167 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxxxx
Dictamen No. TMP97431645
I.T.P.
Trabajador: xxxxxxxxx
R.P.E. xxxxx
R.F.C. xxxxxxxxxxxxxxxx
N.S.S. xxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxx
ITP acc trabajo
CUARTA.- La suma de los conceptos determinados en la conclusión tercera, que asciende a
la cantidad de $XXX,XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) constituye la totalidad de la
indemnización a que tiene derecho el trabajador.
QUINTA.- En virtud de la incapacidad total permanente que se le determinó al trabajador
XXXXXXXX, que lo imposibilita para laborar, las partes dan por terminada la relación de
trabajo que los ligaba, de conformidad con la fracción IV del artículo 53 de la Ley Federal del
Trabajo.
SEXTA.- Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación
Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales
correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente, agradeciéndole nos envíe copia
de las actuaciones que para el efecto se levanten.
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HOJA
CLAVE
168 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.10. Jubilación Años de Servicio
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA XXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXX
Dictamen No. J_AS0000106
Trabajador:
R.P.E.
R.F.C.
N.S.S.
C.U.R.P.
JUB
Lugar, a día de mes de año
Jub años de servicio
DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO QUE EMITE LA COMISIÓN
FEDERAL DE ELECTRICIDAD.
A N T E C E D E N T E S
1°.- La Comisión y la señora tiene celebrado contrato individual de trabajo por tiempo
indeterminado para desempeñar el puesto de , adscrita a AREA
2°.- Es una trabajadora Sindicalizada, y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo
de Trabajo vigente.
3°.- La trabajadora:
a).- Ingresó a laborar el día FECHA y tiene una antigüedad de X años, X día, al día
FECHA.
b).- Tiene una edad de X años que acredita con
expediente Personal.
documentos que obran en su
c).- Solicitó la jubilación, mediante la intervención
, en oficio
número
XXX de fecha XXXXXXXX recibido en la XXXXXXX el día FECHA.
d).- Percibe un Salario Diario Integrado de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA)
compuesto de los factores siguientes:
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HOJA
CLAVE
169 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA XXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXX
Dictamen No. J_AS0000106
Trabajador:
R.P.E.
R.F.C.
N.S.S.
C.U.R.P.
JUB
Jub años de servicio
Salario Tabulado
$
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
Energía Eléctrica
SUMA
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
C O N C L U S I O N E S
PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 69 del Contrato Colectivo de Trabajo Único
vigente, cumpliéndose los supuestos de la misma, la Comisión:
a).- Concede a su jubilación, con una pensión vitalicia de $XXX.XX (CANTIDAD CON
LETRA) importe del X % de su Salario Diario Integrado, a partir del FECHA.
b).- Cubrirá a la jubilada la cantidad de $XXX,XXX.XX (CANTIDAD EN LETRA) a título
de prima legal de antigüedad que comprende X días de salario diario integrado por
cada año de servicio reconocido, más la parte proporcional, de los días excedentes
dando un total de XXX.XX días de salario a razón de $XXX.XX, incluido el concepto
de energía eléctrica.
c).- En su oportunidad, cumplirá con las obligaciones consignadas en las fracciones III,
IV, V, VII y VIII de la citada Cláusula 69.
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HOJA
CLAVE
170 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA XXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXX
Dictamen No. J_AS0000106
Trabajador:
R.P.E.
R.F.C.
N.S.S.
C.U.R.P.
JUB
Jub años de servicio
SEGUNDA.- De conformidad con las Cláusulas 7a. y 8a. del Convenio General de
Incorporación al Instituto Mexicano del Seguro Social, la jubilada y sus familiares derechohabientes serán inscritos en el Contrato de Seguro Facultativo en los términos de la Cláusula
3a. del mismo, quedando a cargo de la Comisión la cuota anual que resulte. En
consecuencia, el servicio de atención médica y medicinas para los casos de enfermedades y
maternidad se proporcionarán por conducto del I.M.S.S.
TERCERA.- La Comisión y la trabajadora dan por terminada, por mutuo consentimiento, con
fundamento en la Fracción I del Artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, la relación laboral
y ésta persona no podrá prestar a la Comisión ningún servicio retribuido, bajo ninguna
circunstancia.
DE CONFORMIDAD
SR(A).
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HOJA
CLAVE
171 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.11. Jubilacion Años de Servicio y Edad
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA XXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXX
Dictamen No. J_AE0000106
Trabajador:
R.P.E.
R.F.C.
N.S.S.
C.U.R.P.
JUB
Jub Años de servicio y edad
Lugar, a día de mes de año
DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO Y EDAD QUE EMITE LA
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD.
A N T E C E D E N T E S
1°.- La Comisión y el trabajador tienen celebrado contrato individual de trabajo por tiempo
indeterminado, para desempeñar el puesto de adscrito a AREA.
2°.- Es un trabajador Sindicalizado,
de Trabajo vigente.
y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo
3°.- El trabajador:
a).- Ingresó a laborar el día FECHA, y tiene una antigüedad de X años, X días al día
FECHA.
b).- Tiene una edad de X años, que acredita con copia Certificada del Acta de
Nacimiento expedida por XXXXXXXX en LUGAR el FECHA.
c).- Solicitó la jubilación mediante la intervención
fecha FECHA recibido en la XXXXXX el día FECHA.
en oficio número
de
d).- Percibe un Salario Diario Integrado de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA)
compuesto de los factores siguientes:
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HOJA
CLAVE
172 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA XXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXX
Dictamen No. J_AE0000106
Trabajador:
R.P.E.
R.F.C.
N.S.S.
C.U.R.P.
Jub Años de servicio y edad
Salario Tabulado
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
Energía Eléctrica
Fidelidad
SUMA
JUB
$
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
C O N C L U S I O N E S
PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 69 del Contrato Colectivo de Trabajo Único
vigente, cumpliéndose los supuestos de la misma, la Comisión:
a).- Concede a su jubilación, con una pensión vitalicia de $XXX.XX (CANTIDAD CON
LETRA) importe del X % de su Salario Diario Integrado, a partir del FECHA.
b).- Cubrirá al jubilado la cantidad de $XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) a título de
prima legal de antigüedad que comprende X días de salario integrado por cada año
de servicio reconocido, más la parte proporcional, de los días excedentes dando un
total de X días de salario a razón de $ XXX.XX incluido el concepto de energía
eléctrica.
c).- En su oportunidad, cumplirá con las obligaciones consignadas en las fracciones III,
IV, V, VII y VIII de la citada Cláusula 69.
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HOJA
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173 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
GERENCIA XXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXX
Dictamen No. J_AE0000106
Trabajador:
R.P.E.
R.F.C.
N.S.S.
C.U.R.P.
JUB
Jub Años de servicio y edad
SEGUNDA.- De conformidad con las Cláusulas 7a. y 8a. del Convenio General de
Incorporación al Instituto Mexicano del Seguro Social, el jubilado y sus familiares derechohabientes serán inscritos en el Contrato de Seguro Facultativo en los términos de la Cláusula
3a. del mismo, quedando a cargo de la Comisión la cuota anual que resulte. En
consecuencia, el servicio de atención médica y medicinas para los casos de enfermedades y
maternidad se proporcionarán por conducto del I.M.S.S.
TERCERA.- La Comisión y el trabajador dan por terminada, por mutuo consentimiento, con
fundamento en la Fracción I del Artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, la relación laboral
y ésta persona no podrá prestar a la Comisión ningún servicio retribuido, bajo ninguna
circunstancia.
DE CONFORMIDAD
SR(A).
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HOJA
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174 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.12. Jubilación por Inválidez
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXXXXX
Dictamen No. TMP73990143
JUB
Trabajador: XXXXXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXXXXXXX
N.S.S. XXXXXXXXXXXC.U.R.P. XXXXXXXXXXX
Jub Invalidez
Lugar., a día de mes de año
DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR INVALIDEZ QUE EMITE LA COMISIÓN FEDERAL DE
ELECTRICIDAD.
A N T E C E D E N T E S
1°.- La Comisión y el trabajador XXXXXXXXXXX tienen celebrado contrato individual de
trabajo por tiempo indeterminado, para desempeñar el puesto de XXXXXXXXXXX,
adscrito a XXXXXXXXXXX.
2°.- Es un trabajador sindicalizado, y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo de
Trabajo vigente.
3°.- El trabajador:
a).- Ingresó a laborar el día XXXXXXXXXXX y tiene una antigüedad de X años X al día
XXXXXXXXXXX.
b).- Con 47 años de edad fue invalidado definitivamente para trabajar, a partir del
XXXXXXXXXXXsegún dictamen ST-4 de fecha fe_st4 emitido por la Delegación
delega del IMSS, cuya copia se acompaña al presente documento formando parte
del mismo y donde se DIAGNOSTICO: diagnos.
PRONOSTICO: Malo para la Función y el Trabajo, resolución confirmada por el
Asesor Médico (DIVISIONAL, REGIONAL ó ÁREA) en su opinión de fecha
XXXXXXXXXXX y acordada por el Comité Tripartita IMSS-CFE-SUTERM, según
Minuta de Trabajo de fecha fe_tripa
c).- Como consecuencia el IMSS le asignó una pensión mensual de $ 0.00 que se
acredita con la resolución que emitió el efecto.
d).- Solicitó la jubilación, mediante la intervención en oficio número de fecha , recibido
en la Gerencia el .
4°.- Percibe un salario diario integrado actualizado a la fecha del presente de conformidad
con la Cláusula 69 Fracción I del Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente de $ XXX.XX
(CANTIDAD CON LETRA) compuesto de los siguientes factores:
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1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXXXXX
Dictamen No. TMP73990143
JUB
Trabajador: XXXXXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXXXXXXX
N.S.S. XXXXXXXXXXXC.U.R.P. XXXXXXXXXXX
Jub Invalidez
Salario Tabulado
$
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
Fidelidad
SUMA
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
C O N C L U S I O N E S
PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 69 Fracción I del Contrato Colectivo de Trabajo
Único vigente, la Comisión concede a XXXXXXXXXXX, su jubilación en los términos que
señala.
SEGUNDA.- De conformidad con lo previsto en el punto 3 de la Cláusula 60.- DEL SEGURO
SOCIAL del propio Contrato, en relación con el Artículo 24 de la Ley del Seguro Social,
opera la sustitución de obligaciones derivada de la incorporación de los trabajadores al
Régimen del Seguro Social, con sujeción a lo siguiente:
a).- La pensión de invalidez otorgada por el IMSS con un monto de $ 0.00 sustituye en
la proporción respectiva a la pensión jubilatoria que se le asigna con un importe de $
XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) equivalente al X % de su salario diario integrado
correlativo a su antigüedad, según tabla contenida en la Cláusula 69 del Contrato
Colectivo de Trabajo Único vigente.
b).- El jubilado recibirá directamente del IMSS el importe de la pensión de invalidez que
le asignó.
TERCERA.- Al operar la sustitución de obligaciones en los términos antes señalados, la
Comisión cubrirá al jubilado la cantidad de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) que resulta
de la pensión jubilatoria menos de la pensión de invalidez otorgada por el I.M.S.S. Esta
diferencia queda sujeta a los ajustes derivados de los incrementos que se otorguen a
cualquiera de ambas pensiones, conforme al Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente y
la Ley del Seguro Social.
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1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXXXXX
Dictamen No. TMP73990143
JUB
Trabajador: XXXXXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXXXXXXX
N.S.S. XXXXXXXXXXXC.U.R.P. XXXXXXXXXXX
Jub Invalidez
CUARTA.- La Comisión cubrirá al jubilado XXXXXXXXXXX la cantidad de $ XXX,XXX.XX
(CANTIDAD CON LETRA) a título de prima de antigüedad que comprende 25 días de
salario diario integrado por cada año de servicios reconocidos, más la parte proporcional de
los días excedentes dando un total de XXX.XX días de salario a razón de $ XXX.XX una vez
incluido el concepto de energía eléctrica.
QUINTA.- La Comisión otorgará la prestación de servicio médico y medicinas, en los
términos que señala la Fracción III de la Cláusula 69 a través del IMSS, así como el servicio
de energía eléctrica en los términos de la propia Fracción III; y además las prestaciones
consignadas en las Fracciones IV, V, VII y VIII de la citada Cláusula 69.
SEXTA.- Con fundamento en el Artículo 53 Fracción IV de la Ley Federal del trabajo la
relación de trabajo del SR. se da por terminada, por estar incapacitado físicamente para el
trabajo y éste no podrá prestar a la Comisión ningún servicio, bajo ninguna circunstancia.
DE CONFORMIDAD
SR. XXXXXXXXXXX
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.13. Jubilación IPP
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxxxxxx
Dictamen No. TMP73990143
JUB
Trabajador: xxxxxxx
R.P.E. xxxx
R.F.C. xxxxxxxxxx
N.S.S. xxxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxxx
Lugar, a día de mes de año
Jub IPP
DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE QUE EMITE
LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, EN BENEFICIO DE:
ANTECEDENTES
1°.- La Comisión y el trabajador XXXXXXXXXXX tienen celebrado contrato individual de
trabajo por tiempo indeterminado, para desempeñar el puesto de XXXXXXXXXXX
adscrito a XXXXXXXXXXX .
2°.- Es un trabajador sindicalizado, y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo de
Trabajo vigente.
3°.- El trabajador:
a).- Ingresó a laborar el día XXXXXXXXXXX, y tiene una antigüedad de X años, X días,
al XXXXXXXXXXX.
b).- Con X años de edad fue incapacitado parcialmente para trabajar por el IMSS , a
partir del XXXXXXXXXXX a causa de la ENFERMEDAD PROFESIONAL secuelas
valoradas por el IMSS con el 0 % de I.P.P. según Dictamen ST-3 de fecha
XXXXXXXXXXX emitido por su delegación XXXXXX, cuya copia se acompaña al
presente documento formando parte del mismo, resolución confirmada por el
Asesor Médico (DIVISIONAL o REGIONAL) en su opinión de fecha fe_asesor y
acordada por el Comité Tripartita IMSS-CFE-SUTERM según minuta de trabajo del
fe_tripa
c).- Solicitó la jubilación, mediante la intervención en oficio número del recibido en la el
.
d).- Percibe un Salario Diario Integrado de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA)
compuesto de los siguientes factores:
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxxxxxx
Dictamen No. TMP73990143
JUB
Trabajador: xxxxxxx
R.P.E. xxxx
R.F.C. xxxxxxxxxx
N.S.S. xxxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxxx
Jub IPP
Salario Tabulado
$
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
Fidelidad
SUMA
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
CONCLUSIONES
PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 69 del Contrato Colectivo de Trabajo Único
vigente, cumpliéndose los supuestos de la misma, la Comisión:
a).- Concede a XXXXXXXXXXX su jubilación con una pensión vitalicia de $ XXX.XX
(CANTIDAD CON LETRA) importe del X % de su salario diario integrado, a partir
del XXXXXXXXXXX, fecha en que surte efectos el presente dictamen.
b).- Cubrirá al jubilado, la cantidad de $ XXX,XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) a título
de prima legal de antigüedad que comprende X días de salario integrado por cada
año de servicio reconocido, más la parte proporcional, de los días excedentes dando
un total de XXX.XX días de salario a razón de $ XXX.XX, incluido el concepto de
energía eléctrica.
c).- En su oportunidad cumplirá con las obligaciones consignadas en las Fracciones III,
IV, VI, VII y VIII de la citada Cláusula 69.
SEGUNDA.- De conformidad con la disposición establecida en el Artículo 84 de la Ley del
Seguro Social, relacionada con el Convenio de incorporación de los trabajadores de la
Comisión al IMSS, y particularmente con la CLAUSULA TERCERA de este documento, el
jubilado y sus derecho-habientes recibirán el servicio de atención médica y de medicinas,
directamente de aquel Instituto.
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION xxxxxxx
DEPARTAMENTO xxxxxxxxxxx
Dictamen No. TMP73990143
JUB
Trabajador: xxxxxxx
R.P.E. xxxx
R.F.C. xxxxxxxxxx
N.S.S. xxxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxxx
Jub IPP
TERCERA.- Con fundamento en el Artículo 53 Fracción IV de la Ley Federal del Trabajo la
relación de trabajo del SR. XXXXXXXXXXX se da por terminada, por estar incapacitado
físicamente para el trabajo y éste no podrá prestar a la Comisión ningún servicio, bajo
ninguna circunstancia.
DE CONFORMIDAD
SR. XXXXXXXXXXX
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CLAVE
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.14. Jubilación ITP
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXX
Dictamen No. TMP28744155
JUB
Trabajador: XXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXX
N.S.S. XXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXX
Lugar, a día de mes de año
Jub ITP
DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE QUE EMITE LA
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD.
ANTECEDENTES
1°.- La Comisión y el trabajador XXXXXXXX tienen celebrado contrato individual de trabajo
por tiempo indeterminado, para desempeñar el puesto de XXXXXXXX adscrito a
XXXXXXX.
2°.- Es un trabajador sindicalizado, y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo de
Trabajo vigente.
3°.- El trabajador:
a).- Ingresó a laborar el día XXXXXXXXX, y tiene una antigüedad de X años, X días, al
XXXXXXXXXX.
b).- Con años de edad fue incapacitado totalmente para laborar , a partir del
XXXXXXXX a causa de la ENFERMEDAD PROFESIONAL secuelas valoradas por
el IMSS con el 100 % del I.T.P según Dictamen ST-3 de fecha XXXXXXXX emitido
por su delegación XXXXXX, cuya copia se acompaña al presente documento
formando parte del mismo,
resolución confirmada por el Asesor Médico
(DIVISIONAL o REGIONAL) en su opinión de fecha fe_asesor y acordada por el
Comité Tripartita IMSS-CFE-SUTERM según minuta de trabajo del fe_tripa
c).- Como consecuencia el IMSS le asignó una pensión mensual de $ 0.00 que se
acredita con la resolución que emitió al efecto.
d).- Solicitó la jubilación, mediante la intervención en oficio número del recibido en la el
.
4°.- Percibe un Salario Diario Integrado de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA ) compuesto
de los siguientes factores:
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RELACIONES LABORALES
HOJA
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181 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXX
Dictamen No. TMP28744155
JUB
Trabajador: XXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXX
N.S.S. XXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXX
Jub ITP
Salario Tabulado
$
Renta de Casa
Fondo de Ahorro
P. P. Prima Vacacional
P. P. Aguinaldo
Fondo de Previsión
Transporte
Despensa
Fidelidad
SUMA
$
De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes:
CONCLUSIONES
PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 61 Fracción 1 del Contrato Colectivo de Trabajo
Único vigente, la comisión concede a XXXXXXXX, su jubilación a partir del XXXXXXXX
fecha de inicio de su pensión por incapacidad.
SEGUNDA.- De conformidad con lo previsto en el punto 3 de la Cláusula 60.- DEL SEGURO
SOCIAL del propio Contrato, en relación con el Artículo 24 de la Ley del Seguro Social,
opera la sustitución de obligaciones derivada de la incorporación de los trabajadores al
Régimen del Seguro Social, con sujeción a lo siguiente:
a).- La pensión de incapacidad del IMSS con un monto diario de $ 0.00 a la fecha de
incapacidad, sustituye en la proporción respectiva a la pensión jubilatoria que le
asigna con un importe de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) equivalente al 100%
de su salario diario integrado de conformidad a lo dispuesto en la Cláusula 61 inciso
b) del Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
b).- El jubilado recibirá directamente del IMSS el importe de la pensión por incapacidad
total permanente a cargo del mismo.
TERCERA.- Al operar la sustitución de obligaciones en los términos antes señalados, la
Comisión cubrirá al jubilado la cantidad de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) que resulta
como diferencia entre el monto de la pensión jubilatoria. Esta diferencia quedará sujeta a los
ajustes derivados de los incrementos que se otorguen a cualesquiera de ambas pensiones
conforme al Contrato Colectivo de Trabajo vigente y la Ley del Seguro Social.
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CLAVE
182 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
DIVISION XXXXXXXXX
DEPARTAMENTO XXXXXXXX
Dictamen No. TMP28744155
JUB
Trabajador: XXXXXXXX
R.P.E. XXXXX
R.F.C. XXXXXX
N.S.S. XXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXX
Jub ITP
CUARTA.- Cubrirá al jubilado la cantidad de $ XXX,XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) a
título de prima legal de antigüedad que comprende X días de salario integrado por cada año
de servicios, más la parte proporcional de los días excedentes dando un total de XXX.XX
días a razón de $ XXX.XX una vez incluido el concepto de energía eléctrica.
QUINTA.- En su oportunidad, cumplirá con las obligaciones consignadas en las Fracciones
III, IV, VI, VII y VIII de la citada Cláusula 69.
SEXTA.- De conformidad con la disposición establecida en el artículo 84 de la Ley del
Seguro Social, relacionada con el Convenio de incorporación de los trabajadores de la
Comisión al IMSS y particularmente con la CLAUSULA TERCERA de éste documento, el
jubilado y sus derecho-habientes recibirán el servicio de atención médica y de medicinas,
directamente de aquel Instituto.
SEPTIMA.- Con fundamento en el Artículo 53 Fracción IV de la Ley Federal del Trabajo, la
relación del trabajador se da por terminada, por estar incapacitado físicamente para el
trabajo y éste no podrá prestar a la Comisión ningún servicio, bajo ninguna circunstancia.
DE CONFORMIDAD
SR. XXXXXXXXXXX
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5.15. Carátula de Expediente de Juicio Laboral
HOJA
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183 DE 187
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1
FECHA
ELABORACIÓN
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HOJA
CLAVE
184 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
5.16. Circular DG-C/001/2009 Lineamientos para la operación de las áreas jurídicas regionales.
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HOJA
CLAVE
185 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
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HOJA
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186 DE 187
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REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
15/12/2009
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HOJA
CLAVE
187 DE 187
MI-CD000-1
REVISIÓN
1
FECHA
ELABORACIÓN
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