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MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES DIRECCIÓN GENERAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 1 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN INDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. MARCO NORMATIVO 2.1. CONSTITUCIÓN 2.2. LEYES 2.3. CÓDIGOS 2.4. REGLAMENTOS 2.5. OTROS 3. PROCEDIMIENTOS 3.1. ATENCION A JUICIOS Y AMPAROS LABORALES 3.1.1. OBJETIVO 3.1.2. ALCANCE 3.1.3. POLITICAS 3.1.4. NORMAS 3.1.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.1.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ATENCION A JUICIOS Y AMPAROS LABORALES 3.1.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.1.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.2. ASESORÍA A LAS ÁREAS JURÍDICO FORÁNEAS 3.2.1. OBJETIVO 3.2.2. ALCANCE 3.2.3. POLITICAS 3.2.4. NORMAS 3.2.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.2.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ASESORÍA A LAS ÁREAS JURÍDICO FORÁNEAS 3.2.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.2.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.3. EMISIÓN DE DICTÁMENES 3.3.1. OBJETIVO 3.3.2. ALCANCE 3.3.3. POLITICAS 3.3.4. NORMAS 3.3.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.3.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: EMISIÓN DE DICTÁMENES 3.3.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.3.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.4. ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS COMPLEMENTARIOS Y SUPLEMENTARIOS AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 3.4.1. OBJETIVO 3.4.2. ALCANCE 3.4.3. POLITICAS 3.4.4. NORMAS 3.4.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.4.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS COMPLEMENTARIOS Y SUPLEMENTARIOS AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 3.4.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.4.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.5. ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA 3.5.1. OBJETIVO 3.5.2. ALCANCE Página 4 5 5 5 5 6 6 8 8 8 8 8 8 12 13 15 16 17 17 17 17 17 18 19 22 23 24 24 24 24 24 27 28 31 32 33 33 33 33 33 35 37 42 43 44 44 44 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 2 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.5.3. POLITICAS 3.5.4. NORMAS 3.5.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.5.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA 3.5.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.5.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.6. PERMUTAS 3.6.1. OBJETIVO 3.6.2. ALCANCE 3.6.3. POLITICAS 3.6.4. NORMAS 3.6.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.6.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: PERMUTAS 3.6.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.6.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.7. EXAMEN MEDICO 3.7.1. OBJETIVO 3.7.2. ALCANCE 3.7.3. POLITICAS 3.7.4. NORMAS 3.7.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.7.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: EXAMEN MEDICO 3.7.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.7.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.8. SUPERVISIÓN A LAS ÁREAS OPERATIVAS (APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD E HIGIENE) 3.8.1. OBJETIVO 3.8.2. ALCANCE 3.8.3. POLITICAS 3.8.4. NORMAS 3.8.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.8.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: SUPERVISIÓN A LAS ÁREAS OPERATIVAS (APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD E HIGIENE) 3.8.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.8.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.9. ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 3.9.1. OBJETIVO 3.9.2. ALCANCE 3.9.3. POLITICAS 3.9.4. NORMAS 3.9.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.9.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 3.9.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.9.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.10. PERITAJE TÉCNICO LABORAL 3.10.1. OBJETIVO 3.10.2. ALCANCE 3.10.3. POLITICAS 3.10.4. NORMAS 3.10.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.10.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: PERITAJE TÉCNICO LABORAL 3.10.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.10.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.11. ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE INFORMACIÒN DE ACCIDENTES 44 44 45 47 57 58 59 59 59 59 59 61 62 66 68 69 69 69 69 69 70 71 74 75 76 76 76 76 76 77 81 84 99 100 100 100 100 100 101 103 106 110 111 111 111 111 111 112 113 115 117 118 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 3 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.11.1. OBJETIVO 3.11.2. ALCANCE 3.11.3. POLITICAS 3.11.4. NORMAS 3.11.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.11.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE INFORMACIÒN DE ACCIDENTES 3.11.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.11.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.12. INVESTIGACION Y DIFUSION DE ACCIDENTES 3.12.1. OBJETIVO 3.12.2. ALCANCE 3.12.3. POLITICAS 3.12.4. NORMAS 3.12.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.12.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: INVESTIGACION Y DIFUSION DE ACCIDENTES 3.12.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.12.8. CONTROL DE CAMBIOS 3.13. ELABORACIÓN DE TRÍPTICOS FOLLETOS CARTELES Y PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POR DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 3.13.1. OBJETIVO 3.13.2. ALCANCE 3.13.3. POLITICAS 3.13.4. NORMAS 3.13.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO 3.13.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN DE TRÍPTICOS FOLLETOS CARTELES Y PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POR DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 3.13.7. MECANISMOS DE CONTROL 3.13.8. CONTROL DE CAMBIOS 4. GLOSARIO 5. ANEXOS 5.1. Acuerdo 102-2005 Junta de Gobierno 5.2. Acuerdo 145-2000 Junta de Gobierno 5.3. Anticipo de Prima Legal de Antigüedad 5.4. Diferencia de Salarios. 5.5. Ipp Accidente de trabajo global 5.6. Ipp Accidente de trabajo por pensión 5.7. IPP enfermedad profesional pensión 5.8. IPP enfermedad trabajo global 5.9. ITP Accidente de Trabajo 5.10. Jubilación Años de Servicio 5.11. Jubilacion Años de Servicio y Edad 5.12. Jubilación por Inválidez 5.13. Jubilación IPP 5.14. Jubilación ITP 5.15. Carátula de Expediente de Juicio Laboral 5.16. Circular DG-C/001/2009 Lineamientos para la operación de las áreas jurídicas regionales. 118 118 118 118 119 120 121 123 124 124 124 124 124 125 126 128 131 132 132 132 132 132 133 134 136 139 140 142 143 144 148 151 153 156 159 162 165 168 171 174 177 180 183 184 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 4 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 1. INTRODUCCIÓN Las relaciones laborales, entendidas estas bajo la óptica del instrumento mediante el cual se establece la comunicación entre el sindicato y la empresa, entre los trabajadores y el sindicato, y los trabajadores y la administración, en forma especifica y normativa recae bajo la responsabilidad de la Dirección de Administración implementa los mecanismos necesarios para el cumplimiento de su objetivo. Es así que la Gerencia de Relaciones Laborales coadyuva con la Dirección de Administración en la optimización de las relaciones laborales conciliando los intereses y aspiraciones legitimas de los trabajadores con las necesidades y objetivos institucionales, mediante una adecuada administración del contrato colectivo de trabajo que, al mismo tiempo que permite preservar un ambiente laboral sano, establece las condiciones de trabajo propicias para elevar la productividad. Desde su origen por las exigencias de crecimiento de la institución la entonces sección de trabajo (1949) quien se encargaba del manejo de las relaciones laborales ha ido evolucionando hasta llegar a la actual Gerencia de Relaciones Laborales siendo desde siempre el órgano encargado de diseñar e instrumentar los sistemas y procedimientos para la mejor administración del contrato colectivo de trabajo único y ser hasta la fecha en materia laboral entidad central de normatividad institucional y de consulta de todas las áreas de CFE incluyendo foráneas y desconcentradas, quienes tienen la responsabilidad del manejo de relaciones laborales interactuando con estas para alcanzar el objetivo propuesto. El presente manual de procedimientos se integra con todas aquellas políticas y normas aplicables a las funciones de la responsabilidad de la actual Gerencia de Relaciones Laborales las que en lo particular sirven de guía a cada uno de los procedimientos a seguir dentro de secuencias lógicas, y analíticas que conlleven al usuario a la obtención efectiva del fin esperado eliminando la improvisación mediante el conocimiento de los procesos. Tiene como propósito principal homologar los procesos operativos y las políticas inherentes a las relaciones laborales en el ámbito nacional de CFE, sustentados en la normatividad vigente y apoyar en la realización de funciones en el área, su secuencia ordenada y metódica; además de fomentar tanto la simplificación de las actividades y operaciones, como la facilitación de su revisión y actualización de manera sistemática. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 5 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 2. MARCO NORMATIVO 2.1. CONSTITUCIÓN Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos DOF 5-II-1917, última reforma DOF 24-VIII-2009 2.2. LEYES Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica DOF 22-XII-1975, última reforma DOF 22-XII-1993 Ley Federal de Procedimiento Administrativo DOF 04-VIII-1994; última reforma DOF 30-05-2000 Ley Federal del Trabajo DOF 1-IV-1970, última reforma DOF 17-I-2006 Ley General de Protección Civil DOF 12-V-2000, Última Reforma DOF 24-IV-2006 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental DOF 11-VI-2002, última reforma DOF 06-VI-2006 Ley Federal de Entidades Paraestatales DOF 14-V-1986, última reforma DOF 28-II-2008 Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria DOF 30-III-2006, última reforma DOF 31-XII-2008 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos DOF 13-III-2002, última reforma DOF 28-V-2009 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal DOF 29-XII-1976, última reforma DOF 17-VI-2009 Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 Y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos DOF 10-I-1936, última reforma DOF 17-VI-2009 Ley del Seguro Social DOF 21-XII-1995, última reforma DOF 09-VII-2009 Ley General de Salud DOF 17-IV-2009, última reforma DOF 20-VIII-2009 2.3. CÓDIGOS Código Civil Federal DOF 26-III-1928, última reforma DOF 13-IV-2007 Código Federal de Procedimientos Civiles DOF 24-II-1943, ultima reforma DOF 30-XII-2008 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 6 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 2.4. REGLAMENTOS Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales DOF 26-I-1990, última reforma DOF 7-IV-1995 Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. DOF 21-I-1997 Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal 20-X-1997 Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental DOF 11-VI-2003 Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria DOF 28-VI-2006, Última Reforma DOF 04-IX-2009 2.5. OTROS Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad DOF 10-III-2004, Última Reforma DOF 30-XII-2008 Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM vigente Modelo de Contrato Colectivo de Trabajo para Obra Determinada vigente Convenio General de Incorporación al Instituto Mexicano del Seguro Social CFE - SUTERM IMSS 28-II-1979 Convenio de Reembolso de Subsidios CFE - SUTERM - IMSS 28-II-1979 Convenio de Seguro Facultativo CFE - SUTERM - IMSS 28-II-1979 Circular N° DG-C/21-2002 AUTORIZACIÓN PARA LA EMISIÓN DE DICTAMENES EN AREAS FORANEAS 6-V-2002 Circular N° 81-1-29/92 CONVENIO COMPLEMENTARIO AL DE PRODUCTIVIDAD 28-IX-1992 Circular N° 015-C-01/96 CONDICIONES PARA EL RECONOCIMIENTO DE ANTIGUEDAD DE TRABAJADORES TEMPORALES 23-I-1996 Circular N° 056-C-7/95 RIESGOS NO PROFESIONALES 11-V-1995 Circular N°070-C-41/95 COMITES MIXTOS DE PRODUCTIVIDAD 7-IX-1995 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 7 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Circular N°0856 CEDULA P/DICTAMENES DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD 12-VIII-1997 Circular N°0963 DISPOSICIONES PARA LA AGILIZACIÓN Y EMISIÓN DE CONVENIOS COMPLEMENTARIOS AL CCT 31-VII-2000 Circular N°0964 PLAZO P/AGILIZAR LA FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS DE MINUTAS LOCALES Y NACIONALES 06-VI-2002 Circular N°103-2-41/92 DELEGACIÓN DE FACULTADES A AREAS FORANEAS DE EMITIR ACTAS ADMINISTRATIVAS 21-XI-1992 Circular N°27-2-13/92 DESCONCENTRACIÓN DE DICTAMENES DE JUBILACIÓN 5-I-1992 Circular N°52-1-17/92 ALCANCE DEL CONVENIO DE PRODUCTIVIDAD 18-V-1992 Circular N°72-4-40/91 ACTAS ADMINISTRATIVAS POR FALTAS E IRREGULARIDADES COMETIDAS POR LOS TRABAJADORES 01-VIII-1991 Circular N°DG-C/06-2000 DESCONCENTRACIÓN DE DICTÁMENES DE JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD 2-II-2000 Circular N°73 SISTEMA DE PROMOCIONES Y ESCALAFON 25-III-1994 CRITERIO UNICO 001/2002 RESPONSABILIDAD DE LOS TRABAJADORES EN ACCIDENTES DE TRABAJO 09-VII-2002 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 8 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3. PROCEDIMIENTOS 3.1. ATENCION A JUICIOS Y AMPAROS LABORALES 3.1.1. OBJETIVO Establecer la metodología para llevar a cabo la defensa de los asuntos jurídico laborales en la Comisión Federal de Electricidad y de proceder su correspondiente Amparo. 3.1.2. ALCANCE Todas las demandas laborales instauradas en contra de Comisión Federal de Electricidad y la presentación correspondiente de Amparos Laborales. 3.1.3. POLITICAS La atención y defensa de los juicios laborales instaurados en contra de CFE, se apega a los criterios eticos y juridícos que rigen los principios en materia laboral, buscando siempre obtener el mayor beneficio para la Institución ya sea en la conciliación de las partes o hasta el final del proceso ante las Autoridades del Trabajo. 3.1.4. NORMAS El Director General de Comisión Federal de Electricidad otorga al Director de Administración la representación legal de la misma, en base al artículo 22 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, 14 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y 8º del Estatuto Orgánico de la Junta de Gobierno de Comisión Federal de Electricidad en concordancia con el artículo 11 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 2º de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica para que este pueda otorgar a su vez, sustituir y revocar sus facultades a favor de otras personas que le pueden auxiliar en el despacho de sus asuntos, en este caso para que los apoderados lo ejerzan ante las Autoridades en materia laboral en todo lo concerniente a cuestiones derivadas de las relaciones obrero-patronales, colectivas e individuales entre la Comisión Federal de Electricidad y sus trabajadores, en términos de lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 2554 del Código Civil Federal vigente, así como sus correlativos en el D.F y la República Mexicana, artículos 11, 692 fracción II, 786, 876,878,880 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. Para determinar la conveniencia de dar por terminado de manera anticipada una controversia o juicio laboral, mediante convenio que se celebre entre las partes, deberán observarse los siguientes lineamientos y criterios generales: Acuerdo 102-2005 Junta de Gobierno Acuerdo 145-2000 Junta de Gobierno No se podrán convenir; 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 9 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Las controversias o juicios en los cuales el pronóstico de su resultado se estime favorable a los intereses de CFE. Los asuntos en los cuales existan elementos que planteen dudas razonables sobre los resultados, siempre y cuando no exista el riesgo de que se incremente su cuantía con el transcurso del tiempo. Podrán ser convenidos; Las controversias o juicios laborales con un pronóstico de resultado desfavorable a la CFE, siempre y cuando su acuerdo represente una ventajapara el organismo. Aquellos asuntos que por sus caracteristícas revistan especial interés institucional, apreciándose la posibilidad de que su resolución pudiera ser desfavorable o establecer precedentes que afecten negativamente a la CFE o a otras entidades, tales como los relativos al establecimiento de obligaciones legales o contractuales permanentes en casos análogos, independientemente de su cuantía. Los asuntos en los cuales existan elementos que planteen dudas razonables sobre sus posibles resultados, siempre y cuando exista el riesgo de por el transcurso del tiempo, su costo se vea incrementado de manera sustancial. LAS AREAS FORANEAS, con el fin de dar transparencia a la toma de decisiones, la determinación de convenir un juicio laboral se tomará en forma colegiada, con la participación conjunta invariablemente del Titular del área respectiva así como de los responsables del área administrativa, el área juridíca y el área de relaciones laborales, haciéndose constar detalladamente por medio de un ACTA las razones suficientes y fundadas que justifiquen el CONVENIO, así como el beneficio para el Organismo, conforme a los criterios establecidos en los Acuerdos 145 y 102 emitidos por la Junta de Gobierno de CFE y que se encuentran publicados en la sección de Anexos de este Manual. En caso de ser procedente la conciliación del juicio laboral y la celebración de un convenio ante la Autoridad Laboral, deberá elaborarse un DICTAMEN, en el cual quedará claramente señalado: Antecedentes del juicio. Punto de litis. Causas y elementos por las cuales se propone la celebración del Convenio. Pronóstico con resultado del juicio adverso a los intereses de C.F.E. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 10 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Beneficio económico para C.F.E. Beneficio en reducción de tiempo en los juicios de reconocimiento de antiguedad. Cuando sea el caso, las características que revistan de especial interés institucional donde se aprecie la probabilidad de que su resolución pudiera ser desfavorable o establecer precedentes que afecten negativamente a CFE o a otras Entidades tales como los relativos al establecimiento de obligaciones legales o contractuales permanentes en casos análogos, indepenndientemente de su cuantía. En su caso, los elementos que planteen dudas razonables sobre sus posibles resultados, siempre y cuando exista el riesgo de que por el transcurso del tiempo su costo se vea incrementado de manera sustancial. *El DICTAMEN deberá estar firmada por el abogado encargado y responsable del juicio laboral, así como por el órgano colegiado que autorice el Convenio. Para el caso de Oficinas Nacionales deberá ser firmado por el abogado responsable del juicio laboral, el Jefe del Departamento de Procesos Laborales, el Subgerente de Procesos Laborales y el Gerente de Relaciones Laborales. Para dar puntual cumplimiento a la obligación de mantener actualizado el SISTEMA JURISMATICA el abogado encargado del juicio será responsable de darlo de alta en el Sistema y de registrar todas las actuaciones del juicio con el fin de conocer el estado procesal que guarda; asimismo el Jefe del Departamento del área jurídica será responsable de supervisar que todos los juicios laborales a cargo de su área se encuentren registrados y actualizados en dicho sistema incluyendo los juicios a cargo de los asesores externos, debiendo considerar que el SISTEMA JURISMATICA es la herramienta oficial para el registro de juicios laborales, que permite obtener información y reportes de los juicios y procedimientos legales a nivel nacional. INTEGRACION DE EXPEDIENTES LABORALES. Las áreas juridico laborales deberán integrar cada expediente de juicio laboral foliando todas sus fojas, conforme la siguiente INDICE: Notificación de la demanda Auto de radicación Escrito inicial de la demanda Oficio de solicitud de información y documentos al área de adscripción del actor. Oficio de recepción de información y documentos del área de adscripción del trabajador. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 11 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Escrito de contestación de la demanda Escrito de ofrecimiento de pruebas. Todas las actuaciones procesales (actas, acuerdos, vistas, notificaciones, cotejos, inspecciones diligencias, exhortos, incidentes, interlocutorias, desahogo de pruebas). Laudos Amparos (directos e indirectos) según sea el caso. Convenio, ratificación y cumplimiento ante la Autoridad Laboral y acuerdo de archivo como asunto total y definitivamente concluído. Acta justificativa del Convenio cuando así sea el caso. Anexos * La guía no es limitativa, de modo que podrán integrarse los demás documentos que se generen con motivo de la defensa del juicio en el apartado de anexos. Como apoyo a lo anterior se anexa a este Manual el formato de Carátula de Expediente de Juicio Laboral, siendo obligatorio tanto el uso de la misma como la del Indice. Asimismo, se anexa copia de la Circular DG-C/001/2009 Lineamientos para la operación de las áreas jurídicas regionales.de septiembre de 2009, expedida por el Director General en CFE, relativa a los lineamientos que deberán observar las áreas jurídicas regionales en la atención de juicios. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 12 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.1.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 Gerente/Jefe de Área 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 DESCRIPCION Recibe notificación de demanda laboral y/o solicitud de atención de demanda laboral y registra. Responsable del Área Jurídica Asigna al abogado que se encargará de la atención del juicio hasta su conclusión. Abogado encargado Recibe demanda, analiza y solicita mediante oficio al centro de trabajo del actor la información y documentación necesaria para integrar el expediente correspondiente. Recibe documentación e información y prepara estrategia de defensa. Comparece ante la Autoridad Laboral para la atención del juicio. De considerarlo procedente, el abogado propondrá la celebración de un convenio que de por terminado el juicio laboral, conforme a las normas establecidas en este manual, el cual una vez aprobado por la Autoridad Laboral competente deberá cumplimentarse en sus términos y quedar archivado el expediente como asunto concluído. Se celebra Convenio de Conciliación y se da por terminado Juicio. Registra los acuerdos y resoluciones emitidos por la Autoridad Laboral. Externa opinión sobre el fundamento y motivación del laudo, y determina la procedencia o improcedencia del amparo. Responsable del Área Jurídica Analizan los comentarios del abogado y resuelven sobre la interposición o no del amparo. Abogado encargado Interpone amparo ante los Tribunales Federales. Gerente/Jefe de Área Recibe notficacion de ejecutoria y se procede a su cumplimiento. Abogado encargado Informa resultado al centro de trabajo correspondiente. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 13 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.1.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ATENCION A JUICIOS Y AMPAROS LABORALES 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 14 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 15 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.1.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 1 Recibe notificación de INSTRUMENTO DE CONTROL RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Jurismatica Gerente/Jefe de Área Expediente Laboral Abogado encargado Acta Justificativa de Convenio Abogado encargado demanda laboral y/o solicitud de atención de demanda laboral y registra. 3 Recibe demanda, analiza y solicita mediante oficio al centro de trabajo del actor la información y documentación necesaria para integrar el expediente correspondiente. 7 Se celebra Convenio de Conciliación y se da por terminado Juicio. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 16 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.1.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: ATENCION A JUICIOS Y AMPAROS LABORALES CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 15/12/2009 Pag. 13 Motivo o Causa: Actualización de la normatividad aplicable en el proceso.Se agrega el formato de carátula que debe integrarse a cada expediente de juicio laboral. Se agrega copia de la Circular DG-C/001/2009, que describe los lineamientos para la operación de las áreas juridícas regionales. ELABORÓ AUTORIZÓ Lic. Laura María Pérez López Lic. Rubelio Esqueda Llanes Responsable del manual Subgerente de Procesos Laborales 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 17 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.2. ASESORÍA A LAS ÁREAS JURÍDICO FORÁNEAS 3.2.1. OBJETIVO Definir el sistema de atención a las consultas y asesorías solicitadas por las áreas jurídicas foráneas dentro de CFE, basados en los criterios generales que legalmente deban adoptarse en materia laboral. 3.2.2. ALCANCE Toda solicitud de asesoría y/o apoyo en materia laboral que presenten las áreas foráneas que conforman Comisión Federal de Electricidad. 3.2.3. POLITICAS Servir como ente normativo en materia de litigios y demandas laborales, fijando los criterios a seguir en busca del mayor beneficio de la Institución. 3.2.4. NORMAS Para determinar la conveniencia de dar por terminado de manera anticipada una controversia o juicio laboral, mediante convenio que se celebre entre las partes, deberán observarse los siguientes lineamientos y criterios generales: No se podrán convenir; Las controversias o juicios en los cuales el pronóstico de su resultado se estime favorable a los intereses de CFE. Los asuntos en los cuales existan elementos que planteen dudas razonables sobre los resultados, siempre y cuando no exista el riesgo de que se incremente su cuantía con el transcurso del tiempo. Podrán ser convenidos; Las controversias o juicios laborales con un pronóstico de resultado desfavorable a la CFE, siempre y cuando su acuerdo represente una ventajapara el organismo. Aquellos asuntos que por sus caracteristícas revistan especial interés institucional, apreciándose la posibilidad de que su resolución pudiera ser desfavorable o establecer precedentes que afecten negativamente a la CFE o a otras entidades, tales como los relativos al establecimiento de obligaciones legales o contractuales permanentes en casos análogos, independientemente de su cuantía. Los asuntos en los cuales existan elementos que planteen dudas razonables sobre sus posibles resultados, siempre y cuando exista el riesgo de por el transcurso del tiempo, su costo se vea incrementado de manera sustancial. Se anexa copia de la Circular DG-C/001/2009 Lineamientos para la operación de las áreas jurídicas regionales., emitida por el C. Director General de CFE, para su estricta observancia. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 18 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.2.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 Titulares de las Áreas Jurídico Laborales Foráneas 2 Gerente de Relaciones Laborales 3 Subgerente de Procesos Laborales 4 Jefe de Depto. de Procesos Laborales en OF 5 Profesionista DESCRIPCION Envían solicitud de asesoría para la solución de conflictos laborales en sus áreas de trabajo. Recibe solicitud de asesoría de las áreas jurídico laborales foráneas. Registra solicitud y la turna al Departamento. Revisa las consultas de las áreas jurídico laborales foráneas, turna a profesionista. Analiza consulta, ¿Se requiere información? Si, requiere al área mayores elementos para emitir propuesta de solución al caso correspondiente. No, emite respuesta respecto de la consulta y rubrica para su presentación al Jefe del Departamento. 6 Titulares de las Áreas Jurídico Se solicitan mayores elementos a las Áreas Foráneas. Laborales Foráneas 7 Profesionista Emite respuesta respecto de la consulta y rubrica para su presentación al Jefe del Departamento. 8 Jefe de Depto. de Procesos Rubrica de Visto Bueno y presenta al Subgerente. Laborales en OF 9 Subgerente de Procesos Rubrica y presenta para firma del gerente una vez acordada la Laborales propuesta de solución conforme a su función normativa. 10 Gerente de Relaciones Firma Oficio con propuesta de solución y remite a la Subgerencia. Laborales 11 Subgerente de Procesos Instruye al Departamento, su remisión al área solicitante. Laborales 12 Jefe de Depto. de Procesos Remite respuesta al área y archiva copia. Laborales en OF DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 19 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.2.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ASESORÍA A LAS ÁREAS JURÍDICO FORÁNEAS 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 20 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 21 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 22 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.2.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 1 Envían solicitud de asesoría INSTRUMENTO DE CONTROL RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Oficio de solicitud Titulares de las Áreas Jurídico Laborales Foráneas Bitacora de oficios Gerente de Relaciones Laborales para la solución de conflictos laborales en sus áreas de trabajo. 2 Recibe solicitud de asesoría de las áreas jurídico laborales foráneas. 3 Registra solicitud y la turna al Minutario de control Departamento. 4 Revisa las consultas de las áreas jurídico laborales Subgerente de Procesos Laborales Minutario y relación electrónica Jefe de Depto. de Procesos Laborales en OF Oficio de solicitud Profesionista Oficio con propuesta Gerente de Relaciones Laborales foráneas, turna a profesionista. 5 Analiza consulta, ¿Se requiere información? Si, requiere al área mayores elementos para emitir propuesta de solución al caso correspondiente. No, emite respuesta respecto de la consulta y rubrica para su presentación al Jefe del Departamento. 10 Firma Oficio con propuesta de solución y remite a la Subgerencia. 12 Remite respuesta al área y archiva copia. Archivo y Minutario anual por Jefe de Depto. de Procesos Área Laborales en OF 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 23 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.2.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: ASESORÍA A LAS ÁREAS JURÍDICO FORÁNEAS CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 19 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD Y ASESORAR A LAS AREAS JURIDICAS AL INTERIOR DE CFE EN LA DEFENSA DE JUICIOS LABORALES ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 24 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.3. EMISIÓN DE DICTÁMENES 3.3.1. OBJETIVO Determinar el proceso operativo en la emisión de los diferentes Dictámenes que determinan la situación Juridico Laboral de los trabajadores de Comisión Federal de Electricidad,para satisfacer en tiempo y forma los derechos y obligaciones que les corresponda. 3.3.2. ALCANCE Todos los Dictámenes que determinan la situación Juridica Laboral de los trabajadores de Comisión Federal de Electricidad, sujetos al Contrato Colectivo de Trabajo Unico: Jubilación por años de servicio, por invalidéz y por riesgo de trabajo; separación voluntaria y por reajuste; prima legal de antigüedad, liquidación por invalidéz permanente, muerte, riesgos de trabajo, calificación de actas administrativas y reconocimientos de antigüedad. 3.3.3. POLITICAS Observar la normatividad en la emisión de Dictámenes con el objeto de que los trabajadores y ex trabajadores de CFE, o bien sus beneficiarios queden satisfechos en la obtención de los derechos que conforme a la Ley y al Contrato Colectivo les pertenecen. 3.3.4. NORMAS Los dictámenes que se emitan deberán incluir en el rubro, o recuadro su consecutivo la clave del área, tipo de dictamen así como, la fecha de elaboración. Los dictámenes deberán tener el recuadro del encabezado de página, tal y como esta en la compilación autorizada. Todos los dictámenes que se emitan deberán estar firmados por dos personas facultadas para validarlos. Una vez recibida la solicitud, y haya revisión contractual o salarial, se procederá a su atención cuando se den a conocer oficialmente los cambios. Cualquier Modificación o controversia, deberá solicitarse por escrito a la Gerencia de Relaciones Laborales, quien determinará lo procedente. La documentación que envían las áreas para revisión, deberá incluir en la misma, copia del dictamen y la ratificación hecha ante la autoridad competente. La fecha de ingreso del trabajador no se podrá modificar por ninguna causa, salvo por resolución judicial o administrativa, pero, de tener días no computables en su antigüedad, deberá especificarse. Los rangos de tolerancia en el dictamen son: en la energía eléctrica un mes de desfasamiento, contra la publicada por la Gerencia de Relaciones Laborales, un día en el computo de la antigüedad y hasta cuatro centavos en la integración salarial, por redondeo. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 25 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Cuando la C. F. E. suministre la Energía Eléctrica en especie a los jubilados, tal concepto, no se incluirá en efectivo en sus pensiones jubilatorias. En aquellos lugares en donde no existan redes de distribución, la prestación de energía eléctrica se integrará, en la pensión con la cantidad que vengan recibiendo los trabajadores, de conformidad con la cláusula 67 del Contrato Colectivo de Trabajo. Tratándose de trabajadores de turnos continuos, mantenimiento, guardias y servicios especiales, se integrará al salario tabulado el importe de tiempo extra constante o jornada nocturna que corresponda, formándose lo que llamamos el salario completo. Siempre deberán desglosarse los conceptos que conforman el salario completo y el salario integrado. Cuando existan prestaciones adicionales que se integren al salario diario deberánespecificarse. No se debe elaborar un dictamen, cuando exista un juicio laboral pendiente, que afecte fundamentalmente el contenido del mismo. Cuando exista un laudo que ordene a C. F. E. jubilar a un trabajador, no se emite un dictamen, sino únicamente se deben cuantificar los conceptos a que éste condena, para dar cumplimiento a dicha resolución. En la integración salarial, en los casos de trabajadores de confianza que reciben incentivo de actuación, éste se incluirá como una prestación más. El incentivo por desempeño, debe ser considerado como salario, de conformidad con lo determinado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante la Contradicción de Tesis de Jurisprudencia 53/95 y 54/95. El cálculo para la cuantificación diaria del incentivo por desempeño, será de acuerdo con las siguientes reglas: Se deberá otorgar con el promedio de los días pagados mensualmente, por dicho concepto, en el último año de servicio. La cantidad mínima que debe ser considerada como parte integrante del salario, será la resultante de diez días del salario tabulado entre treinta. Se deberá pagar parte proporcional del incentivo por desempeño, hasta el último día laborado. El dictamen de jubilación firmado de conformidad por el interesado, surte sus efectos a partir de la fecha de su inicio. El pago de la Energía Eléctrica en los lugares donde existan redes de distribución deberá ser en especie y exclusivamente en el hogar del trabajador, tal y como lo establece regla general de la cláusula 67 del Contrato Colectivo de Trabajo, no estando sujeta a la voluntad o necesidades personales del trabajador recibirla en efectivo o especie, por tal motivo en el supuesto de que dos o más trabajadores vivan el la misma casa se otorgará esta prestación únicamente en el citado domicilio. Si un trabajador fallece el pago TOTAL de las prestaciones por muerte natural o en accidente de trabajo podrá efectuarse a las personas señaladas expresamente en la carta de designación de 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 26 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN beneficiarios tal y como disponen las Cláusulas 61 fracción I inciso a) y 62 fracción II inciso a) y solamente en defecto de éstas el pago se hará a las personas que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje designe como dependientes económicos del fallecido. Los dictámenes que emite CFE, por ser documentos de elaboración unilateral, no deben ratificarse ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con excepción de los de jubilación, que solo se ratifican, para tranquilidad de los jubilados, ante las autoridades de trabajo, pero únicamente para los efectos legales a que haya lugar, por tratarse la jubilación de un derecho extra legal. El pago del finiquito de las prestaciones devengadas, cuando se trate de jubilación, deberá efectuarse en las oficinas correspondientes de la Comisión Federal de Electricidad, por tal motivo, solo se debe pagar ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje la Prima Legal Contractual de Antigüedad. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 27 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.3.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 Gerente/Jefe de Área 2 Subgerente/Jefe del Area del Proceso. 3 Titular del Departamento 4 Titular de la Oficina 5 Profesionista 6 7 Titular de la Oficina 8 Titular del Departamento 9 Subgerente/Jefe del Area del Proceso. 10 Gerente/Jefe de Área 11 Titular del Departamento 12 Subgerente/Jefe del Area del Proceso. DESCRIPCION Recibe solicitud de elaboración de un determinado dictamen. Recibe, revisa y turna la solicitud al Jefe de Departamento. Recibe, revisa y turna al Jefe de Oficina la solicitud del servicio. Recibe, revisa y turna al profesionista la solicitud del servicio Recibe y analiza la solicitud, y en su caso, requiere a las Áreas involucradas la documentación complementaria para elaborar el proyecto de dictamen. Elabora el proyecto del dictamen e integra expediente del trabajador. Revisa y verifica que el proyecto de dictamen, que esté conforme al normatividad aplicable, y rubrica el proyecto de dictamen. Verifica y rubrica el proyecto de dictamen y presenta el proyecto de dictamen al Subgerente del área Revisa, rubrica y presenta o instruye se remita a la Gerencia para su validación o autorización o en su caso indica lo conducente en relación con el dictamen. Autoriza el dictamen para su aplicación. Verifica la ejecución del dictamen, es decir que surta sus efectos con las consecuencias legales que determinen la situación laboral del trabajador. Recibe el dictamen debidamente requisitado y registra su salida. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 3.3.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: EMISIÓN DE DICTÁMENES HOJA CLAVE 28 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 29 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 30 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 31 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.3.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 1 Recibe solicitud INSTRUMENTO DE CONTROL RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Solicitud de Dictamen Gerente/Jefe de Área Proyecto de Dictamen Profesionista Bitacora de control y Dictamen. Subgerente/Jefe del Area del Proceso. de elaboración de un determinado dictamen. 6 Elabora el proyecto del dictamen e integra expediente del trabajador. 12 Recibe el dictamen debidamente requisitado y registra su salida. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 32 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.3.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: EMISIÓN DE DICTÁMENES CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 25 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD PARA LA EMISIÓN DE DICTAMENES EN TODAS LAS AREAS DE CFE ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 33 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.4. ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS COMPLEMENTARIOS Y SUPLEMENTARIOS AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 3.4.1. OBJETIVO Hacer del conocimiento de los interesados el procedimiento realizado a las minutas de trabajo formuladas en términos de la cláusula 24.- Comités Mixtos de Productividad, para llevar a cabo el proceso de formalización para la elaboración de los Convenios complementarios y suplementarios al Contrato Colectivo de Trabajo Único, a efecto de revisar las funciones sustantivas de las mismas y adoptar medidas tendientes a optimizar los mecanismos y condiciones de orden estructural y ocupacional, para lograr la consecución de los acuerdos formulados entre los trabajadores y la Empresa, con objeto de satisfacer los requerimientos de la Institución. 3.4.2. ALCANCE Todos los Acuerdos celebrados en términos de la cláusula 24.- Comités Mixtos de Productividad y análisis de las minutas de los comités mixtos de productividad, para la elaboración de los proyectos de convenio en la Gerencia de Relaciones Laborales hasta su registro ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. 3.4.3. POLITICAS En la elaboración de los convenios complementarios y suplementarios del Contrato Colectivo de Trabajo único, es política institucional conciliar los intereses y aspiraciones de los trabajadores con las necesidades y objetivos sociales del organismo procurando la correcta interpretación, aplicación y cumplimiento de las normas legales y contractuales en materia laboral, en la elaboración y formalización de Convenios Complementarios al Contrato Colectivo de Trabajo, con la finalidad de elevar la productividad y la mejor utilización de los recursos de que se disponen. 3.4.4. NORMAS CFE y el Sindicato, podrán fijar de común acuerdo, mediante convenios complementarios o suplementarios, otras condiciones de trabajo, las que en ningún caso implicarán disminución de prestaciones o desconocimiento de derechos. Estos convenios formarán parte del Contrato Colectivo de Trabajo, siempre y cuando no se opongan a lo establecido en el mismo. Los convenios serán el producto de la ratificación de acuerdos que los Comités Mixtos de Productividad consignen en sus Minutas, mismas que deberán observar todos y cada uno de los lineamientos que para su elaboración y formalización se establecen en las Circulares 0963 del 31 de julio del 2000, Circular 070-C-41/95 del 7 de septiembre de 1995 relativa a la suficiencia presupuestal y la Circular 052-B-16/95 del 3 de julio de 1995 respecto de la delegación de facultades en materia de Convenios. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 34 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN En cuanto a los Proyectos de Convenios derivados de las Minutas de los Comités Mixtos de productividad Locales y Regionales de la Dirección de Operación, deberán elaborarse, sin excepción, para firma del Director de Operación. Con objeto de agilizar la formalización de convenios, en caso de que hubiere necesidad de requerir a las áreas de origen alguna aclaración y ésta no sea resuelta en un plazo máximo de 30 días hábiles, deberá ser regresado a dicha área de origen el expediente completo, indicando la información faltante y marcando copia a la Dirección o Subdirección correspondiente, a fin de que una vez que completen la información requerida se reingrese nuevamente a la Gerencia de Relaciones Laborales. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 35 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.4.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 Miembros del Comité Mixto de Productividad. 2 Comité Mixto de Productividad Regional 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 DESCRIPCION Elabora Minuta de Acuerdos conforme a los lineamientos, y envía al Comité Mixto de Productividad Regional Recibe y elabora Minutas conforme a los lineamientos ya sea ratificando o modificando las Minutas Locales y envía al titular del área de trabajo que se trate. Titular del Área de Trabajo de Envía solicitud de elaboración de proyecto de Convenio con las CFE Minutas locales y regionales de los Comités Mixtos de Productividad. Gerente de Relaciones Recibe solicitud de servicio y minuta de trabajo para la elaboración de Laborales proyecto de convenio CFE-SUTERM. Subgerente de Relaciones Recibe y registra en Bitácora, y turna la solicitud de servicio al Laborales Departamento Técnico. Jefe de Depto. Técnico Recibe, revisa y turna a la Oficina de Convenios y Contratos para Obra Determinada. Jefe Of. Convenios y Recibe y turna al Profesionista (Abogado) para análisis. Contratos para Obra D. Profesionista Recibe y analiza la solicitud y en su caso, requiere a las áreas involucradas documentación complementaria para la elaboración del Proyecto de Convenio CFE-SUTERM. Elabora Proyecto de Convenio con la documentación requerida y de no recibir la información solicitada se regresa al área correspondiente. Jefe Of. Convenios y Revisa y verifica que el Proyecto de Convenio esté conforme a la Contratos para Obra D. normatividad aplicable, rubricando el oficio de Remisión del Proyecto de Convenio CFE-SUTERM y envía al Jefe de Departamento. Jefe de Depto. Técnico Verifica el Proyecto de Convenio, rubrica el Oficio y lo presenta al Subgerente de Relaciones Laborales. Subgerente de Relaciones Remite el Oficio con el Proyecto de Convenio al área que de acuerdo Laborales a su competencia corresponda, como integrante del Grupo de Trabajo. Una vez autorizado y enviado por el Grupo de Trabajo, revisa, rubrica y presenta a la Gerencia para su autorización, de ser modificado por el Grupo de Trabajo, indica lo conducente para su reformulación. Gerente de Relaciones Valida el Proyecto de Convenio CFE- SUTERM y envía a la Laborales Subdirección y / o Dirección que solicitó el Convenio para su firma, la que una vez otorgada la envía a la Subgerencia. Subgerente de Relaciones Recibe y envía al Departamento Técnico. Laborales Jefe de Depto. Técnico Recibe y turna al Jefe de oficina Jefe Of. Convenios y Recibe y verifica firmas, turna al Profesionista. Contratos para Obra D. Profesionista Recibe y formula Oficio para firma del SUTERM. Jefe Of. Convenios y Recibe, verifica rubrica el oficio de Remisión al SUTERM Contratos para Obra D. Jefe de Depto. Técnico Rubrica el Oficio de Remisión al SUTERM y envía a la Subgerencia. Subgerente de Relaciones Revisa, rubrica y presenta al Gerente para su firma. Laborales Gerente de Relaciones Firma Oficio de remisión y ordena su envío al SUTERM para firma del Laborales Sindicato. Presenta a firma de la Dirección de Administración e instruye su depósito en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con su número correspondiente. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 23 Subgerente de Relaciones Laborales 24 Jefe de Depto. Técnico HOJA CLAVE 36 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 Instruye al Departamento para que se remitan copias del Convenio a las partes interesadas, incluyendo al Grupo de Trabajo. Envía copias y se queda con un ejemplar del Convenio para su guardia y custodia. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 37 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.4.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS COMPLEMENTARIOS Y SUPLEMENTARIOS AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 38 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 39 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 40 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 41 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 42 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.4.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 5 INSTRUMENTO DE CONTROL Recibe y registra en Bitácora, Bitácora y turna la solicitud de servicio RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Subgerente de Relaciones Laborales al Departamento Técnico. 7 Bitácora Jefe Of. Convenios y Contratos para Obra D. Tarjeta Jefe Of. Convenios y Contratos para Obra D. Minutario de Oficios y/o proyecto Gerente de Relaciones Laborales Tarjeta con relación de Dirección de Administración e Convenios para Firma Gerente de Relaciones Laborales Recibe y turna al Profesionista (Abogado) para análisis. 10 Revisa y verifica que el Proyecto de Convenio esté conforme a la normatividad aplicable, rubricando el oficio de Remisión del Proyecto de Convenio CFE-SUTERM y envía al Jefe de Departamento. 13 Valida el Proyecto de Convenio CFE- SUTERM y envía a la Subdirección y / o Dirección que solicitó el Convenio para su firma, la que una vez otorgada la envía a la Subgerencia. 22 Presenta a firma de la instruye su depósito en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con su número correspondiente. 24 Envía copias y se queda con Convenio un ejemplar del Convenio para su guardia y custodia. Jefe de Depto. Técnico 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 43 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.4.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS COMPLEMENTARIOS Y SUPLEMENTARIOS AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 33 Motivo o Causa: INSTITUCONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LAS NORMAS Y LINEAMIENTOS PARA LA ELABORCION DE MINUTAS DE LOS COMITES MIXTOS DE PRODUCTIVIDAD Y ASI POSTERIORMENTE ELABORAR LOS CONVENIOS ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 44 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.5. ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA 3.5.1. OBJETIVO Establecer un proceso general para la elaboración y formalización de Contratos para Obra Determinada, de manera que las Areas involucradas conozcan el mecanismo desde el inicio de la obra hasta su formalización ante las Autoridades Laborales. 3.5.2. ALCANCE Toda Obra de Construción que lleve a cabo Comisión Federal de Electricidad que tenga necesidad de contar con un documento que determine obligaciones y derechos de los contratantes, además de determinar el Inicio de Obra, clave presupuestal, ubicación, características técnicas, fecha de inicio y fecha probable de terminación; concluyendo el procedimiento cuando se formaliza el Contrato y Tabulador ante la Autoridad Laboral 3.5.3. POLITICAS Atender la formulación de contratos colectivos de trabajo para obra determinada, cuidando que los tabuladores anexos se ajusten a los parámetros autorizados para obras similares dentro del ámbito de las áreas de construcción. 3.5.4. NORMAS Atender la formulación de contratos colectivos de trabajo para obra determinada, cuidando que los tabuladores anexos se ajusten a los parámetros autorizados para obras similares dentro del ámbito de las áreas de construcción. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 45 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.5.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 Titular del Área Solicitante 2 3 4 5 6 Gerente de Relaciones Laborales Subgerente de Relaciones Laborales Jefe de Depto. Técnico Jefe de Oficina de Convenios y Contratos de Obra Profesionista 7 8 Gerente de Relaciones Laborales 9 Subgerente de Relaciones Laborales 10 Jefe de Depto. Técnico 11 Jefe de Oficina de Convenios y Contratos de Obra 12 Profesionista 13 Titular del Área Solicitante 14 Gerente de Relaciones Laborales 15 Subgerente de Relaciones Laborales 16 Jefe de Depto. Técnico 17 Jefe de Oficina de Convenios y Contratos de Obra 18 Profesionista 19 20 Titular del Área Solicitante 21 Profesionista 22 Jefe de Oficina de Convenios y Contratos de Obra 23 Jefe de Depto. Técnico DESCRIPCION Solicita mediante oficio la elaboración del Contrato para Obra Determinada de cualquier Residencia de Construcción o Proyecto de Central. Recibe Oficio de solicitud con la documentación relativa al inicio de obra y turna. Recibe, registra y turna. Instruye iniciar procedimiento. Registra y analiza en coordinación con su equipo de trabajo. Verifica información; nombre de la obra, número de clave, características técnicas, fecha probable de inicio y terminación, y ubicación geográfica. Integra expediente y, en su caso, solicita información complementaria al Área responsable. Elabora oficio para solicitar al SUTERM la designación de Delegado Sindical para la Obra. Recibe nombramiento y turna. Recibe, registra y turna. Recibe, turna e instruye se solicite tabulador local. Recibe e instruye al profesionista para que elabore oficio notificando al Área responsable y solicite el tabulador pactado a nivel local, con delegado acreditado y así lo registre. Registra nombramiento y elabora oficio notificando al Área responsable y solicita a su vez el tabulador pactado a nivel local con el Delegado acreditado. Recibe oficio con nombramiento y orden de compensación al Delegado y acuerda con éste proyecto de tabulador aplicable a la obra. Recibe tabulador local y turna. Recibe y turna para estudio y valoración. Analiza y turna para estudio y valoración. Turna al profesionista Recibe y analiza tabulador, cuidando se ajuste a lineamientos y parámetros establecidos, solicita en su caso, información relativa a salarios y categorías al área interesada. ¿Se cumple con los requisitos? Se regresa al área solicitante para su complementación. Procede con la elaboración del Contrato Colectivo de Trabajo para Obra Determinada y Tabulador anexo con la vigencia y condiciones acordadas previamente y se remite con síntesis informativa de alcances económicos o jurídicos detectados en el contrato y tabulador en el supuesto de que se requiera. Recibe, y si esta de acuerdo rubrica. Recibe, analiza, rubrica y remite contrato y tabulador. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 24 Subgerente de Relaciones Laborales 25 Gerente de Relaciones Laborales 26 Titular del Área Solicitante 27 Gerente de Relaciones Laborales 28 Subgerente de Relaciones Laborales 29 Jefe de Depto. Técnico 30 Jefe de Oficina de Convenios y Contratos de Obra 31 Profesionista 32 Jefe de Oficina de Convenios y Contratos de Obra 33 Jefe de Depto. Técnico 34 Subgerente de Relaciones Laborales 35 Gerente de Relaciones Laborales 36 37 Director de Administración. 38 Gerente de Relaciones Laborales 39 Subgerente de Relaciones Laborales 40 Jefe de Depto. Técnico 41 Jefe de Oficina de Convenios y Contratos de Obra 42 Profesionista 43 Jefe de Oficina de Convenios y Contratos de Obra 44 Jefe de Depto. Técnico 45 Subgerente de Relaciones Laborales 46 Gerente de Relaciones Laborales 47 Jefe de Oficina de Convenios y Contratos de Obra HOJA CLAVE 46 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 Recibe, rubrica y remite contrato colectivo para obra y tabulador Recibe y firma el oficio remitiendo el Contrato Colectivo de Trabajo para Obra Determinada y tabulador al área interesada Recibe oficio, Contrato y Tabulador para revisión y obtención de firmas y remite para continuar trámite de formalización. Recibe tabulador y contrato con la conformidad del area interesada. Recibe e instruye se elabore oficio de remisión del Contrato al SUTERM. Recibe y turna para elaboración de oficio de remisión. Solicita elaboración de oficio de remisión al SUTERM. Elabora oficio de remisión a SUTERM solicitando firmas de contrato y tabulador. Revisa, rubrica oficio de remisión. Recibe y rubrica oficio de remisión. Recibe y rubrica oficio con anexos y presenta a la Gerencia para su validación Firma oficio de remisión al SUTERM con contrato y tabulador anexos. Recibe de SUTERM Contrato y tabulador anexos y remite para firma de la Dirección de Administración. Recibe y firma tabulador y contrato para obra determinada e instruye su remisión a la Autoridad del Trabajo. Recibe e instruye registro ante la Autoridad del Trabajo. Recibe e instruye al Departamento Técnico el registro correspondiente Recibe y turna e instruye se elabore oficio de presentación a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y al área responsable. Registra y turna para elaboración de oficios. Elabora oficios con número de copias necesarias de remisión tanto para Autoridad del Trabajo, como para las áreas interesadas y el SUTERM. Recibe, revisa y rubrica oficios. Recibe, revisa, rubrica y turna oficios Recibe, rubrica y remite para su firma oficios. Firma oficios para remisión de documentos ante la Autoridad del Trabajo. Deposita el tabulador y contrato ante la autoridad del trabajo, de quien recibe copias certificadas que registra y archiva para control, marcando copia del tabulador y contrato debidamente ratificados para su aplicación al área interesada. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 47 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.5.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 48 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 49 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 50 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 51 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 52 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 53 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 54 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 55 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 56 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 57 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.5.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: INSTRUMENTO DE CONTROL ACTIVIDAD DE CONTROL 3 Recibe, registra y turna. Bitácora 7 Elabora oficio para solicitar al Oficio de solicitud de SUTERM la designación de designación de delegado RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Subgerente de Relaciones Laborales Profesionista Delegado Sindical para la Obra. 19 ¿Se cumple con los N/A Profesionista Proyecto de contrato Profesionista Contrato para obra con tabulador Gerente de Relaciones Laborales Oficios de remisión Profesionista requisitos? 21 Procede con la elaboración del Contrato Colectivo de Trabajo para Obra Determinada y Tabulador anexo con la vigencia y condiciones acordadas previamente y se remite con síntesis informativa de alcances económicos o jurídicos detectados en el contrato y tabulador en el supuesto de que se requiera. 27 Recibe tabulador y contrato con la conformidad del area interesada. 42 Elabora oficios con número de copias necesarias de remisión tanto para Autoridad del Trabajo, como para las áreas interesadas y el SUTERM. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 58 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.5.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 43 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD EN LA FORMALIZACION DE CONTRATOS DE OBRA DETERMINADA ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 59 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.6. PERMUTAS 3.6.1. OBJETIVO Cumplir con el derecho que tienen los trabajadores de CFE, establecido en la Cláusula 45 del Contrato Colectivo de Trabajo, de permutar sus puestos y lugar de adscripción, con base en las condiciones establecidas en la misma. 3.6.2. ALCANCE El procedimiento aplica cada vez que hay un acuerdo entre dos trabajadores para intercambiar plazas y será aplicable a los trabajadores de CFE que reunan los requisitos que se establecen en el Contrato Colectivo de Trabajo, siempre y cuando no se afecte derechos de terceros. 3.6.3. POLITICAS Validar que toda solicitud de permuta cumpla con los requisitos establecidos, sin perjuicio de terceros. Formalizar la permuta en un convenio celebrado con los representantes de las partes involucradas estableciendo expresamente la conformidad de los trabajadores y que obedece a motivos personales, quedando claro que por ello no existe responsabilidad económica o de cualquier otra índole para CFE y el SUTERM. Las permutas se deberán realizar preferentemente entre puestos de la misma denominación y grupo orgánico. En caso contrario se estará a lo que se convenga en los Comités Mixtos de Productividad. Los trabajadores serán ubicados en el Grupo Orgánico que corresponda al puesto que pasan a ocupar con motivo de la permuta, quedando sujetos a un período no mayor a 30 dias para demostrar la habilidad requerida; si alguno de los trabajadores involucrados, es rechazado durante dicho período, la permuta no surtirá efectos y ambos regresarán a sus respectivos puestos de origen. Por lo que las permutas. 3.6.4. NORMAS Para permutar, será estrictamente necesario que a nivel local, el área de adscripción de los trabajadores, se celebre convenio firmado por todas las partes, con la anuencia respectiva, en el que establezca expresamente que la permuta obedece a motivos personales, quedando claro que por ello no existe responsabilidad económica o de cualquier otra índole para esta CFE. Dada su naturaleza bilateral, los trabajadores involucrados quedarán sujetos al periodo de prueba establecido en el propio convenio, si alguno de los trabajadores es rechazado durante su periodo de prueba, la permuta no surtirá efectos y ambos regresarán a sus respectivos puestos de origen. El convenio respectivo deberá ser firmado antes de que los interesasos se trasladen al área de 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES trabajo solicitada. HOJA CLAVE 60 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 61 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.6.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 Titular del Área Solicitante 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 DESCRIPCION Recibe solicitud de la Representación Sindical y/o de los trabajadores para realizar permuta, turnando al Área de Relaciones Laborales del Área de Proceso Area de Relaciones Laborales Analiza procedencia. ¿Es procedente? del Proceso Rechaza solicitud indicando los motivos. Elabora proyecto de acuerdo de permuta y lo somete a consideracion del Comite Mixto de Productividad correspondiente para su conformidad, adjuntando el Vo. Bo. del jefe de las Áreas Involucradas. ¿Existe conformidad? Se devuelve solicitud indicando los motivos. Se formaliza y se instruye para su aplicación En caso de que los trabajadores involucrados en la permuta se encuentren adscritos en áreas de diferente proceso (Distribución,Transmisión, Producción, etc.), se turnará la solicitud para su autorización a la Gerencia de Relaciones Laborales Se aplica la Permuta por tratarse de trabajadores adscritos en área del mismo proceso. Titular del Área Solicitante Se turna la solicitud para su autorizacion a la Gerencia de Relaciones Laborales Gerente de Relaciones Recibe y turna la solicitud al Subgerente de Relaciones Laborales Laborales Subgerente de Relaciones Recibe y turna la solicitud al Jefe de Departamento Técnico. Laborales Jefe de Depto. Técnico Recibe y analiza el Oficio de solicitud y turna al Jefe de Oficina de Consultas. Jefe de Oficina de Consultas y Recibe solicitud verificando que se sustente por interés personal de Estudios Especiales los trabajadores y que esté respaldada por los representantes sindicales y de CFE de las Áreas de origen y destino objeto de la permuta y turna al Profesionista Profesionista Analiza petición, en caso de faltar algún respaldo prepara oficio solicitando información y/o conformidad, o prepara oficio para autorización de permuta con observación de no afectar la estructura autorizada ni derechos adquiridos por trabajadores de cada centro de trabajo de destino. Jefe de Oficina de Consultas y Recibe proyecto de oficio para su firma y Vo.Bo. turnando al Jefe del Estudios Especiales Departamento Técnico. Jefe de Depto. Técnico Recibe el proyecto de Oficio Si es procedente: continua con su tramite ante el Subgerente de Relaciones Laborales Si no es procedente: Regresa a la actividad 16. Subgerente de Relaciones Analiza y acuerda con el Gerente de Relaciones Laborales Laborales Gerente de Relaciones Recibe oficio para firma y ordena tramite de despacho. Laborales Jefe de Oficina de Consultas y Recibe y tramita el oficio de remisión para que las areas involucradas Estudios Especiales apliquen la permuta. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 3.6.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: PERMUTAS HOJA CLAVE 62 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 63 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 64 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 65 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 66 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.6.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: INSTRUMENTO DE CONTROL ACTIVIDAD DE CONTROL 2 Analiza procedencia. ¿Es N/A procedente? 4 Elabora proyecto de acuerdo Proyecto de permuta de permuta y lo somete a RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Area de Relaciones Laborales del Proceso Area de Relaciones Laborales del Proceso consideracion del Comite Mixto de Productividad correspondiente para su conformidad, adjuntando el Vo. Bo. del jefe de las Áreas Involucradas. 5 ¿Existe conformidad? N/A Area de Relaciones Laborales del Proceso 8 En caso de que los N/A Area de Relaciones Laborales del Proceso Proyecto de Oficio. Profesionista trabajadores involucrados en la permuta se encuentren adscritos en áreas de diferente proceso (Distribución,Transmisión, Producción, etc.), se turnará la solicitud para su autorización a la Gerencia de Relaciones Laborales 15 Analiza petición, en caso de faltar algún respaldo prepara oficio solicitando información y/o conformidad, o prepara oficio para autorización de permuta con observación de no afectar la estructura autorizada ni derechos adquiridos por trabajadores de cada centro de trabajo de destino. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 17 Recibe el proyecto de Oficio HOJA CLAVE 67 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN N/A Jefe de Depto. Técnico Archivo de permutas Jefe de Oficina de Consultas y Estudios Especiales N/A Jefe de Oficina de Consultas y Estudios Especiales Si es procedente: continua con su tramite ante el Subgerente de Relaciones Laborales Si no es procedente: Regresa a la actividad 16. 20 Recibe y tramita el oficio de remisión para que las areas involucradas apliquen la permuta. 21 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 68 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.6.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: PERMUTAS CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 57 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO Y LA NORMATIVIDAD PARA LLEVAR A CABO PERMUTAS ENTRE EL PERSONAL OPERATIVO EN CFE. ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 69 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.7. EXAMEN MEDICO 3.7.1. OBJETIVO Contar con el procedimiento de los Exámenes Médicos de Admisión, Promocional, Periódicos, Evaluaciones Médicas y por Demanda Laboral, a fin de conocer la condición física y mental del candidato o trabajador de Comisión Federal de Electricidad (CFE), con el objeto de determinar su aptitud para desempeñar las actividades laborales del puesto, con eficacia, eficiencia y seguridad, sin deterioro de su estado de salud, y al mismo tiempo prevenir riesgos de trabajo y demandas laborales por cuestiones médicas. 3.7.2. ALCANCE Se aplica a los candidatos y trabajadores de las áreas operativas y administrativas de CFE, en los que se requiere conocer con precisión su estado de salud y capacidad laboral. 3.7.3. POLITICAS Efectuar los exámenes médicos establecidos en forma obligatoria de acuerdo a la Ley y al Contrato Colectivo de Trabajo CFE y el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (SUTERM), a fin de precisar el estado de salud y capacidad laboral de los candidatos o trabajadores de CFE. 3.7.4. NORMAS Para la aplicación del exámen médico a los candidatos o trabajadores de CFE, se requiere la solicitud por escrito de las áreas operativas y administrativas de Comisión y SUTERM. Cumplir con lo que establece el documento denominado "Normatividad del Examen Médico de Admisión o Promocional" , el dictamen deberá estar apegado a lo que establece dicha normatividad (cumple o no cumple con los requisitos de salud fisica y psicológica y capacidad laboral para desempeñar un puesto). El expediente médico debe ser conservado conforme lo determina la Ley. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 70 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.7.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 Areas Operativas y Administrativas de CFE y SUTERM 2 Subgerente/Jefe del Area del Proceso. 3 Personal Administrativo Encargado 4 Médico 5 6 7 8 9 Técnico/Médico Médico Psicólogo. 10 Personal Administrativo Encargado 11 Médico 12 13 Subgerente/Jefe del Area del Proceso. 14 Personal Administrativo Encargado 15 Médico 16 17 Subgerente/Jefe del Area del Proceso. 18 19 20 DESCRIPCION Envía solicitud de examen médico y remite documentación relativa al tipo de examen requerido. Recibe y turna la solicitud y documentación complementaria para la práctica del examen médico. Revisa la solicitud y la registra en la bitácora. Procede a efectuar el examen médico en los casos de admisión o promocional. En los demás exámenes, se efectúa mediante cita programada. Registra en la bitácora médica. Realiza estudios auxiliares de diagnóstico (audiometría, espirometría, agudeza visual y electrocardiograma). Envía al interesado a exámenes de laboratorio y gabinete. ¿Requiere Examen Psicométrico? Efectúa examen psicométrico conforme al puesto propuesto por el área solicitante. Integra al expediente clínico con resultados de los exámenes auxiliares de diagnóstico, laboratorio, gabinete y psicométrico. Evalúa resultados obtenidos y describe el estado de salud del examinado. En caso de requerirlo, solicita exámenes complementarios y/o valoración por un médico especialista externo para determinar las patologías existentes y la capacidad laboral. Solicita exámenes complementarios. Autoriza en los casos que proceda, la valoración por médicos especialistas y exámenes complementarios de diagnóstico. Integra al expediente clínico resultados de los exámenes complementarios de diagnóstico, laboratorio, gabinete y el informe médico del especialista externo. Elabora resumen médico-laboral en los casos de exámenes de admisión, promocionales, periódicos y evaluaciones. Excepto para los casos de demanda laboral, en los que el médico debe rendir el peritaje correspondiente en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. Elabora documento para dar respuesta al área solicitante del resultado del examen practicado. Acuerda con el Gerente la solución de los casos especiales. Aplica la resolución de casos especiales. Emite documento para dar respuesta al área solicitante. Instruye al personal admistrativo encargado archivar el expediente medico por el termino que indique la Ley. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 71 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.7.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: EXAMEN MEDICO 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 72 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 73 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 74 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.7.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: INSTRUMENTO DE CONTROL ACTIVIDAD DE CONTROL 1 RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Solicitud por escrito u oficio Areas Operativas y de demanda laboral y escrito Administrativas de CFE y médico y remite SUTERM documentación relativa al tipo de pruebas Envía solicitud de examen de examen requerido. 3 4 registra en la bitácora. Control de exámenes medicos Personal Administrativo Encargado Procede a efectuar el Bitácora Médica. Médico Revisa la solicitud y la examen médico en los casos de admisión o promocional. En los demás exámenes, se efectúa mediante cita programada. 6 Realiza estudios auxiliares de Expediente Clínico. Técnico/Médico diagnóstico (audiometría, espirometría, agudeza visual y electrocardiograma). 8 ¿Requiere Examen N/A Médico Psicométrico? 9 Efectúa examen psicométrico Reporte de Examen conforme al puesto propuesto Psicométrico Psicólogo. por el área solicitante. 12 Solicita exámenes N/A Médico Oficio o Peritaje Médico Subgerente/Jefe del Area del Proceso. complementarios. 19 Emite documento para dar respuesta al área solicitante. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 75 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.7.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: EXAMEN MEDICO CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 66 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD A OBSERVAR EN LOS EXAMENES MEDICOS ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 76 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.8. SUPERVISIÓN A LAS ÁREAS OPERATIVAS (APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD E HIGIENE) 3.8.1. OBJETIVO Evaluar el nivel de cumplimiento de la Normatividad y los procedimientos necesarios para detectar, controlar y prevenir los riesgos de trabajo, con la finalidad de preservar la vida y salud de los trabajadores. 3.8.2. ALCANCE En los centros de trabajo de CFE para conocer la implementación de la normativa en Prevención de Riesgos de Trabajo, mediante la administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo. 3.8.3. POLITICAS Supervisar permanentemente la operación y el funcionamiento de los Programas de Seguridad e Higiene elaborados por las Áreas Operativas que integran a la Comisión Federal de Electricidad, aplicando los criterios establecidos en la normatividad y disposiciones legales vigentes, la reglamentación interna y los convenios contractuales, así como las dictadas por la propia Subgerencia de Seguridad e Higiene. 3.8.4. NORMAS Será responsabilidad del Departamento de Supervisión y Estadística, a través de la Oficina de Supervisión, evaluar a las Áreas Operativas que integran a la C.F.E. para corroborar que los programas estén elaborados con estricto apego a la normatividad interna vigente, a fin de verificar su cumplimiento en cuanto a su estructuración y/o aplicación. La programación de las evaluaciones será de una visita ordinaria anual por Área. Dependiendo del comportamiento de los indicadores de seguridad e higiene se programarán visitas extraordinarias, y en ambos casos se dictarán recomendaciones de las desviaciones encontradas. Para la realización de las supervisiones, se aplicarán los índices de gestión derivados de las Técnicas de Planeación Estratégica y de Calidad Total, dentro de los cuales estos índices son parte medular de la evaluación. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 77 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.8.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 JEFE DE SUPERVISIÓN 2 JEFE DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN Y ESTADÍSTICA 3 Subgerente de Seguridad e Higiene 4 TITULAR DEL ÁREA SUPERVISADA 5 JEFE DE SUPERVISIÓN 6 7 DESCRIPCION Elabora Programa de Visitas de Supervisión Revisa y analiza el Programa de Visitas de Supervisión y lo presenta a la Subgerencia de Seguridad e Higiene para su aprobación Envía oficio a las autoridades del área programada a supervisar, la fecha y personal que la efectuará. Recibe oficio con la fecha de la visita de supervisión y gira instrucciones para su realización. Lleva a cabo reunión preliminar de trabajo con las autoridades del área y el responsable de la Seguridad e Higiene y da a conocer el Programa de Trabajo de Supervisión. Supervisa el grupo l “Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas” 1. Procedimientos e Instructivos de Trabajo. Determina el porcentaje de cumplimiento del programa de edición de Procedimientos, Instructivos de Trabajo. Utiliza el formato PRN-1 para el registro de datos. 2. Trabajadores que recibieron Difusión de Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas. Determina el porcentaje de trabajadores a los que se les difundieron Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas en un plazo determinado. Utiliza el formato PRN-2 para el registro de datos. 3. Cumplimiento de Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas. Determina el porcentaje de cumplimiento de Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas en campo. Utiliza el formato PRN-3 para el registro de datos. Supervisa el Grupo II “Liderazgo” 1. Participación en Pláticas de Seguridad Determina el porcentaje de participación de los jefes en pláticas de seguridad. Utiliza el formato L1 para el registro de datos. 2. Participación en Investigación de Accidentes Graves. Determina el porcentaje de participación de los jefes en la investigación de accidentes graves. Utiliza el formato L-2 para el registro de datos. 3. Verificación de la Planeación del Trabajo. Determina el porcentaje de verificación de trabajo por parte de los jefes, en la investigación de accidentes graves. Utiliza el formato L-3 para el registro de datos. 4. Participación en Eventos de Protección Civil. Determina el porcentaje de participación de los jefes en eventos de Protección Civil. Utiliza el formato L-4 para el registro de datos. 5. Reunión mensual del Superintendente de Zona, con el Representante Sindical y la Comisión de Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de reuniones mensuales con los Jefes de Departamento, Representante Sindical y Comisión de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato L-5 para el registro de datos. 6. Supervisión de Trabajo de Campo. Determina el porcentaje de supervisiones de campo por parte de los jefes. Utiliza el formato L-6 para el registro de datos. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 8 9 10 HOJA CLAVE 78 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 Supervisa el Grupo lll “Investigación / Información de Incidentes y Accidentes”. 1. Tiempo de Recepción de Informáticas. Determina el tiempo promedio transcurrido entre las fechas de los accidentes y las de recepción de las informáticas de accidentes por el Departamento de Seguridad e Higiene del área supervisada. Utiliza el formato lA-1 para el registro de datos. a) Informáticas Correctas y Completas. Determina el porcentaje de informáticas sin errores u omisiones en su elaboración. Utiliza el formato lA-2 para el registro de datos. b) Calidad de las Medidas Preventivo-Correctivas (MPC). Determina el porcentaje de medidas preventivo-correctivas correctas dictadas. Utiliza el formato lA.-3 para el registro de datos. 2. Cumplimiento de las Medidas Preventivo-Correctivas Derivadas de Accidentes. Determina el porcentaje de medidas preventivocorrectivas que se ejecutaron dentro de las fechas límite establecidas. Utiliza el formato IA-4 para el registro de datos. 3. Difusión de Incidentes / Accidentes. Determina el porcentaje de accidentes con asignación de grado de riesgo (AGR) mayor de 10 a los que se les dio difusión. Utiliza el formato lA-5 para el registro de datos. 4. Tiempo de Elaboración de las Boletas de Control Mensual. Determina el tiempo promedio de elaboración y recepción de las boletas de control mensual. Utiliza el formato lA-6 para el registro de datos. 5. Boletas de Control Mensual correctas y completas Determinar el porcentaje de Boletas sin errores u omisiones en su elaboración. Utiliza el formato IA-7 para el registro de datos. 6. Cumplimiento del Indice de Frecuencia. Determina el cumplimiento del Indice de Frecuencia. Utiliza el formato lA-8 para el registro de datos. 7. Cumplimiento del Indice de Gravedad Determina el cumplimiento del Indice de Gravedad. Utiliza el formato lA-9 para el registro de datos. Supervisa el Grupo IV “Equipos de Protección” 1. Dotación de Equipos de Protección Personal Determinar el porcentaje promedio de dotación de equipos de protección. Utiliza el formato EP-1 para el registro de datos. 2. Buen estado de los Equipos de Protección. Determina el porcentaje promedio de equipos de protección en buen estado. Utiliza el formato EP-2 para el registro de datos. 3. Cumplimiento del Programa de Pruebas Periódicas a Equipos de Protección Personal y de Grupo. Determina el porcentaje de cumplimiento del programa de pruebas a equipos de protección personal y de grupo. Utiliza el formato EP-3 para el registro de datos. 4. Inspección Antes de Uso, Almacenamiento y Limpieza de Equipos de Protección Personal y de Grupo. Determina el porcentaje de equipos de protección personal y de grupo que fueron revisados antes de uso, que se almacenaron adecuadamente y que se mantienen en buen estado de limpieza. Utiliza el formato EP-4 para el registro de datos. 5. Utilización de Equipo de Protección Personal y de Grupo. Determina el porcentaje de utilización de equipos de protección y de grupo. Utiliza formato EP-5 para el registro de datos. Supervisa el Grupo V “Inspecciones”. 1. Cumplimiento del Programa de Inspecciones. Determina el porcentaje del cumplimiento del programa de inspecciones. Utiliza el formato lN-1 para el registro de datos. 2. Cumplimiento de las Medidas Preventivo-Correctivas (MPC), derivadas de inspecciones con asignación de grado de riesgo mayor de 10 (AGR10). Utiliza el formato IN-2 para el registro de datos. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 11 12 13 HOJA CLAVE 79 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 Supervisa el Grupo VI “Promoción de la Seguridad e Higiene”. 1. Existencia y Actualización del Tablero de Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de existencia y actualización de tableros de seguridad. Utiliza el formato PS-1 para el registro de datos. 2. Avisos de Seguridad suficientes y adecuados. Determina el porcentaje de avisos que fueron colocados de acuerdo a las indicaciones de los supervisores de seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-2 para el registro de datos. 3. Capacitación en Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de cursos que incluyeron contenidos de seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-3 para el registro de datos. 4. Participación en Capacitación sobre Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de participantes a cursos que incluyeron contenidos de seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-4 para el registro de datos. 5. Eventos Promocionales de la Seguridad e Higiene. Determina el promedio mensual de eventos que se realizan para promover la seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-5 para el registro de datos. Supervisa Grupo VII “Protección Civil”. 1. Constitución de Unidades de Protección Civil e Integración de Brigadas. Determina el porcentaje de la constitución de las unidades de Protección Civil e integración de brigadas. Utiliza el formato PC-1 para registro de datos. 2. Programas de Trabajo Determina el porcentaje de programas de trabajo. Utiliza el formato PC-2 para el registro de datos. 3. Análisis de Riesgos y Planes de Emergencia. Determina el porcentaje de centros de Trabajo con Análisis de Riesgos y Planes de Emergencia. Utiliza el formato PC-3 para el registro de datos. 4. Directorios e Inventarios. Determina el porcentaje de directorios e inventarios de Protección Civil. Utiliza el formato PC-4 para el registro de datos. 5. Señalización y Equipos de Protección . Determina el porcentaje de centros de trabajo con señalización y equipos de protección. Utiliza el formato PC-5 para el registro de datos. 6. Mantenimiento a Equipos e Instalaciones. Se determina el porcentaje de centros de trabajo con Mantenimiento a equipos e instalaciones. Utiliza el formato PC-6 para el registro de datos. 7. Medidas de Seguridad. Determina el porcentaje de centros de trabajo con medidas de seguridad. Utiliza el formato PC-7 para el registro de datos. 8. Ejercicios y Simulacros. Determina el porcentaje de centros de trabajo con ejercicios y simulacros realizados. Utiliza el formato PC-8 para el registro de datos. 9. Preparación para Emergencias. Determina el porcentaje de personal capacitado en prevención y combate de incendios, primeros auxilios y rescate en alturas. Utiliza los formatos PC-9, PC-10 y PC-11 para el registro de datos. Supervisa el Grupo VIII “Comisiones de Seguridad e Higiene”. 1. Cumplimiento de la Sesión Mensual Ordinaria de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de cumplimiento de las Sesiones Mensuales Ordinarias de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato CS-1 para el registro de datos. 2. Participación de los Integrantes de la Comisión de Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de la participación de los integrantes de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato CS-2 para el registro de datos. 3. Calidad de las Actas de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Determina el llenado correcto de las actas mensuales de las actas de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato CS-3 para el registro de datos. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 14 15 16 17 JEFE DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN Y ESTADÍSTICA 18 Subgerente de Seguridad e Higiene 19 TITULAR DEL ÁREA SUPERVISADA HOJA CLAVE 80 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 Realiza reunión de trabajo con las autoridades y el responsable de la Seguridad e Higiene, para dar a conocer un informe preliminar del grado de aplicación del Manual de Procedimientos Administrativos, Capítulo 11. Realiza evaluación y califica el grado de aplicación del Manual de Procedimientos Administrativos, Capítulo 11. Suma los resultados de 40 Indices de gestión y se promedian para obtener la calificación. 1. Del grupo l Reglas y Normas; los índices 1,2,3. 2. Del grupo II Liderazgo; los índices 1,2,3,4,5 y 6. 3. Del Grupo III Investigación e Información del Accidente; los índices 1,2,3,4,5,6,7 y 8 4. Del Grupo IV Equipos de Protección; los índices 1,2,3,4 y 5. 5. Del Grupo V Inspecciones; los índices 1 y 2. 6. Del Grupo VI Promoción de la Seguridad; los índices 1,2,3 y 4. 7. Del Grupo VII Protección Civil; los índices 1,2,3,4,5,6,7,8 y 9. 8. Del Grupo VIIl Comisiones de Seguridad e Higiene; los índices 1,2,3. Elabora informe de la Visita de Supervisión, documento que contiene: Las generalidades y particularidades del estado de la seguridad e higiene en el área. Resultados. Alternativas de solución específicas para la reorientación de programas. Comentarios, Conclusiones y Reconocimientos. Revisa informe y envía a la Subgerencia de Seguridad e Higiene para su aprobación. Revisa informe de supervisión, lo aprueba y lo envía a la Jefatura del área supervisada. Recibe informe con la evalución y da seguimiento a las observaciones indicadas. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 81 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.8.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: SUPERVISIÓN A LAS ÁREAS OPERATIVAS (APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD E HIGIENE) 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 82 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 83 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 84 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.8.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 1 INSTRUMENTO DE CONTROL Elabora Programa de Visitas Programa de Supervisión RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD JEFE DE SUPERVISIÓN de Supervisión 2 Revisa y analiza el Programa Programa de Supervisión de Visitas de Supervisión y lo presenta a la Subgerencia de JEFE DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN Y ESTADÍSTICA Seguridad e Higiene para su aprobación 3 Envía oficio a las autoridades Oficio del área programada a supervisar, la fecha y personal que la efectuará. Subgerente de Seguridad e Higiene 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 6 Supervisa el grupo l “Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas” 1. Procedimientos e Instructivos de Trabajo. Determina el porcentaje de cumplimiento del programa de edición de Procedimientos, Instructivos de Trabajo. Utiliza el formato PRN-1 para el registro de datos. 2. Trabajadores que recibieron Difusión de Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas. Determina el porcentaje de trabajadores a los que se les difundieron Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas en un plazo determinado. Utiliza el formato PRN-2 para el registro de datos. 3. Cumplimiento de Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas. Determina el porcentaje de cumplimiento de Procedimientos, Instructivos, Reglas y Normas en campo. Utiliza el formato PRN-3 para el registro de datos. Formatos de captura HOJA CLAVE 85 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN JEFE DE SUPERVISIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 7 Supervisa el Grupo II “Liderazgo” 1. Participación en Pláticas de Seguridad Determina el porcentaje de participación de los jefes en pláticas de seguridad. Utiliza el formato L-1 para el registro de datos. 2. Participación en Investigación de Accidentes Graves. Determina el porcentaje de participación de los jefes en la investigación de accidentes graves. Utiliza el formato L-2 para el registro de datos. 3. Verificación de la Planeación del Trabajo. Determina el porcentaje de verificación de trabajo por parte de los jefes, en la investigación de accidentes graves. Utiliza el formato L-3 para el registro de datos. 4. Participación en Eventos de Protección Civil. Determina el porcentaje de participación de los jefes en eventos de Protección Civil. Utiliza el formato L-4 para el registro de datos. 5. Reunión mensual del Superintendente de Zona, con el Representante Sindical y la Comisión de Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de reuniones mensuales con los Jefes de Departamento, Representante Sindical y Formatos de captura HOJA CLAVE 86 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN JEFE DE SUPERVISIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES Comisión de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato L-5 para el registro de datos. 6. Supervisión de Trabajo de Campo. Determina el porcentaje de supervisiones de campo por parte de los jefes. Utiliza el formato L-6 para el registro de datos. HOJA CLAVE 87 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 8 Supervisa el Grupo lll “Investigación / Información de Incidentes y Accidentes”. 1. Tiempo de Recepción de Informáticas. Determina el tiempo promedio transcurrido entre las fechas de los accidentes y las de recepción de las informáticas de accidentes por el Departamento de Seguridad e Higiene del área supervisada. Utiliza el formato lA-1 para el registro de datos. a) Informáticas Correctas y Completas. Determina el porcentaje de informáticas sin errores u omisiones en su elaboración. Utiliza el formato lA-2 para el registro de datos. b) Calidad de las Medidas Preventivo-Correctivas (MPC). Determina el porcentaje de medidas preventivocorrectivas correctas dictadas. Utiliza el formato lA.-3 para el registro de datos. 2. Cumplimiento de las Medidas PreventivoCorrectivas Derivadas de Accidentes. Determina el porcentaje de medidas preventivo-correctivas que se ejecutaron dentro de las fechas límite establecidas. Utiliza el formato IA-4 para el registro de datos. Formatos de captura HOJA CLAVE 88 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN JEFE DE SUPERVISIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 3. Difusión de Incidentes / Accidentes. Determina el porcentaje de accidentes con asignación de grado de riesgo (AGR) mayor de 10 a los que se les dio difusión. Utiliza el formato lA-5 para el registro de datos. 4. Tiempo de Elaboración de las Boletas de Control Mensual. Determina el tiempo promedio de elaboración y recepción de las boletas de control mensual. Utiliza el formato lA-6 para el registro de datos. 5. Boletas de Control Mensual correctas y completas Determinar el porcentaje de Boletas sin errores u omisiones en su elaboración. Utiliza el formato IA-7 para el registro de datos. 6. Cumplimiento del Indice de Frecuencia. Determina el cumplimiento del Indice de Frecuencia. Utiliza el formato lA-8 para el registro de datos. 7. Cumplimiento del Indice de Gravedad Determina el cumplimiento del Indice de Gravedad. Utiliza el formato lA-9 para el registro de datos. HOJA CLAVE 89 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 9 Supervisa el Grupo IV “Equipos de Protección” 1. Dotación de Equipos de Protección Personal Determinar el porcentaje promedio de dotación de equipos de protección. Utiliza el formato EP-1 para el registro de datos. 2. Buen estado de los Equipos de Protección. Determina el porcentaje promedio de equipos de protección en buen estado. Utiliza el formato EP-2 para el registro de datos. 3. Cumplimiento del Programa de Pruebas Periódicas a Equipos de Protección Personal y de Grupo. Determina el porcentaje de cumplimiento del programa de pruebas a equipos de protección personal y de grupo. Utiliza el formato EP-3 para el registro de datos. 4. Inspección Antes de Uso, Almacenamiento y Limpieza de Equipos de Protección Personal y de Grupo. Determina el porcentaje de equipos de protección personal y de grupo que fueron revisados antes de uso, que se almacenaron adecuadamente y que se mantienen en buen estado de limpieza. Utiliza el formato EP-4 para el registro de Formatos de captura HOJA CLAVE 90 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN JEFE DE SUPERVISIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 91 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN datos. 5. Utilización de Equipo de Protección Personal y de Grupo. Determina el porcentaje de utilización de equipos de protección y de grupo. Utiliza formato EP-5 para el registro de datos. 10 Supervisa el Grupo V “Inspecciones”. 1. Cumplimiento del Programa de Inspecciones. Determina el porcentaje del cumplimiento del programa de inspecciones. Utiliza el formato lN-1 para el registro de datos. 2. Cumplimiento de las Medidas PreventivoCorrectivas (MPC), derivadas de inspecciones con asignación de grado de riesgo mayor de 10 (AGR10). Utiliza el formato IN-2 para el registro de datos. Formatos de captura JEFE DE SUPERVISIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 11 Supervisa el Grupo VI “Promoción de la Seguridad e Higiene”. 1. Existencia y Actualización del Tablero de Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de existencia y actualización de tableros de seguridad. Utiliza el formato PS-1 para el registro de datos. 2. Avisos de Seguridad suficientes y adecuados. Determina el porcentaje de avisos que fueron colocados de acuerdo a las indicaciones de los supervisores de seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-2 para el registro de datos. 3. Capacitación en Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de cursos que incluyeron contenidos de seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-3 para el registro de datos. 4. Participación en Capacitación sobre Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de participantes a cursos que incluyeron contenidos de seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-4 para el registro de datos. 5. Eventos Promocionales de la Seguridad e Higiene. Determina el promedio mensual de eventos que se Formatos de captura HOJA CLAVE 92 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN JEFE DE SUPERVISIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES realizan para promover la seguridad e higiene. Utiliza el formato PS-5 para el registro de datos. HOJA CLAVE 93 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 12 Supervisa Grupo VII “Protección Civil”. 1. Constitución de Unidades de Protección Civil e Integración de Brigadas. Determina el porcentaje de la constitución de las unidades de Protección Civil e integración de brigadas. Utiliza el formato PC-1 para registro de datos. 2. Programas de Trabajo Determina el porcentaje de programas de trabajo. Utiliza el formato PC-2 para el registro de datos. 3. Análisis de Riesgos y Planes de Emergencia. Determina el porcentaje de centros de Trabajo con Análisis de Riesgos y Planes de Emergencia. Utiliza el formato PC-3 para el registro de datos. 4. Directorios e Inventarios. Determina el porcentaje de directorios e inventarios de Protección Civil. Utiliza el formato PC-4 para el registro de datos. 5. Señalización y Equipos de Protección . Determina el porcentaje de centros de trabajo con señalización y equipos de protección. Utiliza el formato PC-5 para el registro de datos. 6. Mantenimiento a Equipos e Instalaciones. Se determina el porcentaje de centros de Formatos de captura HOJA CLAVE 94 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN JEFE DE SUPERVISIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES trabajo con Mantenimiento a equipos e instalaciones. Utiliza el formato PC-6 para el registro de datos. 7. Medidas de Seguridad. Determina el porcentaje de centros de trabajo con medidas de seguridad. Utiliza el formato PC-7 para el registro de datos. 8. Ejercicios y Simulacros. Determina el porcentaje de centros de trabajo con ejercicios y simulacros realizados. Utiliza el formato PC-8 para el registro de datos. 9. Preparación para Emergencias. Determina el porcentaje de personal capacitado en prevención y combate de incendios, primeros auxilios y rescate en alturas. Utiliza los formatos PC-9, PC-10 y PC11 para el registro de datos. HOJA CLAVE 95 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 13 Supervisa el Grupo VIII HOJA CLAVE 96 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Formatos de captura JEFE DE SUPERVISIÓN Formatos de captura JEFE DE SUPERVISIÓN “Comisiones de Seguridad e Higiene”. 1. Cumplimiento de la Sesión Mensual Ordinaria de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de cumplimiento de las Sesiones Mensuales Ordinarias de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato CS-1 para el registro de datos. 2. Participación de los Integrantes de la Comisión de Seguridad e Higiene. Determina el porcentaje de la participación de los integrantes de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato CS-2 para el registro de datos. 3. Calidad de las Actas de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Determina el llenado correcto de las actas mensuales de las actas de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Utiliza el formato CS-3 para el registro de datos. 14 Realiza reunión de trabajo con las autoridades y el responsable de la Seguridad e Higiene, para dar a conocer un informe preliminar del grado de aplicación del Manual de Procedimientos Administrativos, Capítulo 11. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 15 Realiza evaluación y califica el grado de aplicación del Manual de Procedimientos Administrativos, Capítulo 11. Suma los resultados de 40 Indices de gestión y se promedian para obtener la calificación. 1. Del grupo l Reglas y Normas; los índices 1,2,3. 2. Del grupo II Liderazgo; los índices 1,2,3,4,5 y 6. 3. Del Grupo III Investigación e Información del Accidente; los índices 1,2,3,4,5,6,7 y 8 4. Del Grupo IV Equipos de Protección; los índices 1,2,3,4 y 5. 5. Del Grupo V Inspecciones; los índices 1 y 2. 6. Del Grupo VI Promoción de la Seguridad; los índices 1,2,3 y 4. 7. Del Grupo VII Protección Civil; los índices 1,2,3,4,5,6,7,8 y 9. 8. Del Grupo VIIl Comisiones de Seguridad e Higiene; los índices 1,2,3. Formatos de captura HOJA CLAVE 97 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN JEFE DE SUPERVISIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 16 Elabora informe de la Visita de Supervisión, documento que contiene: Las generalidades y particularidades del estado de la seguridad e higiene en el área. Resultados. Alternativas de solución específicas para la reorientación de programas. Comentarios, Conclusiones y Reconocimientos. Oficio HOJA CLAVE 98 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN JEFE DE SUPERVISIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 99 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.8.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: SUPERVISIÓN A LAS ÁREAS OPERATIVAS (APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD E HIGIENE) CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 72 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER LA NORMATIVIDAD EN EL PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN DE LAS AREAS OPERATIVAS ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 100 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.9. ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 3.9.1. OBJETIVO Revisar y actualizar la Normatividad Oficial Interna de CFE en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, para homologar la aplicación y cumplimiento de los procesos específicos que coadyuven a la reducción de riesgos laborales. 3.9.2. ALCANCE Establecer la Normatividad Interna en Seguridad y Salud en el Trabajo de CFE en los procesos de generación, transmisión, distribución. 3.9.3. POLITICAS Proteger al máximo el capital humano, instalaciones, equipo y medio ambiente laboral de C.F.E. Promover y vigilar la aplicación de la Normatividad en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en sus diferentes procesos. 3.9.4. NORMAS Actualizar la Normatividad Interna en Seguridad y Salud en el Trabajo, en base a los lineamientos oficiales de CFE, para su aplicación y cumplimieto por las áreas operativas y administrativas. Las áreas operativas deberan enviar las observaciones o midificaciones de la normatividad mediante ofico o vía electronica en los tiempos requeridos. La revisión de la Normatividad Interna en Seguridad y Salud en el Trabajo, se programará por un período de 5 años o a petición de las áreas operativas y administrativas de los procesos específicos, cuando existan cambios sustantivos en la normatividad. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 101 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.9.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 SUBGERENTE DE SEGURIDAD E HIGIENE 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 DESCRIPCION Solicita a los jefes de departamento el programa de revisión y actualización de la normatividad interna en seguridad y salud en el trabajo cuando existan cambios sustantivos en la normatividad o antes si existen peticiones de las áreas operativas y administrativas. JEFE DE OFICINA DE Elabora programa de calendarización para la revisión de la SEGURIDAD E HIGIENE normatividad interna en seguridad y salud en el trabajo.: Normatividad de Examen Médico de Admisión y Promocional. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 100 Distribución. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 200 Generación Vapor. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 300 Generación Ciclo Combinado. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 400 Generación Turbina de Gas. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 500 Generación Carboeléctrica. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 600 Generación Geotérmica. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 700 Generación Hidráulica. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 800 Transmisión. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 900 Laboratorio. Reglamento de Seguridad e Higiene para Actividades de Buceo JEFE DEL DEPARTAMENTO Revisan el programa y lo envía al Subgerente de Seguridad e Higiene. DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Envía oficios para solicitar a las áreas operativas y administrativas, propuestas de modificaciones o adiciones para la revisión de la normatividad. TITULAR DE ÁREA Envían propuestas de modificaciones o adiciones. OPERATIVA JEFE DEL DEPTO. DE SEG. Recibe las modificaciones o adiciones para la revisión y actualización IND. Y RESP. DE MEDICINA y lo turna al área responsable del proceso. <p> </p>Revisan las modificaciones o adiciones y en caso necesario consultan con especialistas de los procesos, para la elaboración del anteproyecto de actualización. Elaboran anteproyecto de actualización en base a las modificaciones o adiciones propuestas por las áreas operativas. Revisan el anteproyecto y lo presentan al Subgerente de Seguridad e Higiene, para su visto bueno. SUBGERENTE DE Revisa y en su caso da visto bueno al anteproyecto de actualización y SEGURIDAD E HIGIENE propone primera reunión de trabajo con los especialistas de los procesos, para la revisión del anteproyecto. JEFE DEL DEPTO. DE SEG. Acuden a la reunión de trabajo para la revisión y actualización de la E HIG. DE ÁREAS normatividad interna. OPERATIVAS JEFE DEL DEPTO. DE SEG. Revisan e integran las propuestas de la primera reunión de trabajo y IND. Y RESP. DE MEDICINA elabora el avance del documento, o en su caso el documento definitivo. SUBGERENTE DE Propone segunda reunión de trabajo, para la revisión final del SEGURIDAD E HIGIENE documento. JEFE DEL DEPTO. DE SEG. Elaboran el documento definitivo con las propuestas y lo presentan al IND. Y RESP. DE MEDICINA Subgerente de Seguridad e Higiene. SUBGERENTE DE Revisa documento y solicita autorización de los directivos de CFE y SEGURIDAD E HIGIENE SUTERM para oficializar el documento definitivo DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 16 JEFE DE LA OFICINA DE PROMOCION 17 TITULAR DE ÁREA OPERATIVA HOJA CLAVE 102 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 Realiza los trámites para la impresión y distribución del documento a nivel nacional. Reciben los documentos con la normativadad actualizada para su distribución. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 103 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.9.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 104 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 105 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 106 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.9.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 1 Solicita a los jefes de departamento el programa de revisión y actualización de la normatividad interna en seguridad y salud en el trabajo cuando existan cambios sustantivos en la normatividad o antes si existen peticiones de las áreas operativas y administrativas. INSTRUMENTO DE CONTROL Oficio RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD SUBGERENTE DE SEGURIDAD E HIGIENE 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 2 Elabora programa de HOJA CLAVE 107 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Programa JEFE DE OFICINA DE SEGURIDAD E HIGIENE Programa JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL calendarización para la revisión de la normatividad interna en seguridad y salud en el trabajo.: Normatividad de Examen Médico de Admisión y Promocional. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 100 Distribución. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 200 Generación Vapor. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 300 Generación Ciclo Combinado. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 400 Generación Turbina de Gas. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 500 Generación Carboeléctrica. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 600 Generación Geotérmica. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 700 Generación Hidráulica. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 800 Transmisión. Reglamento de Seguridad e Higiene Capítulo 900 Laboratorio. Reglamento de Seguridad e Higiene para Actividades de Buceo 3 Revisan el programa y lo envía al Subgerente de Seguridad e Higiene. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 4 HOJA CLAVE 108 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Oficio JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Oficio o correo electrónico con propuestas TITULAR DE ÁREA OPERATIVA Oficio o correo electrónico con las modificaciones. JEFE DEL DEPTO. DE SEG. IND. Y RESP. DE MEDICINA Oficio o correo electrónico modificaciones o adiciones y con propuesta de en caso necesario consultan modificaciones JEFE DEL DEPTO. DE SEG. IND. Y RESP. DE MEDICINA Envía oficios para solicitar a las áreas operativas y administrativas, propuestas de modificaciones o adiciones para la revisión de la normatividad. 5 Envían propuestas de modificaciones o adiciones. 6 Recibe las modificaciones o adiciones para la revisión y actualización y lo turna al área responsable del proceso. 7 <p> </p>Revisan las con especialistas de los procesos, para la elaboración del anteproyecto de actualización. 8 Elaboran anteproyecto de actualización en base a las Anteproyecto del documento JEFE DEL DEPTO. DE SEG. IND. Y RESP. DE MEDICINA modificaciones o adiciones propuestas por las áreas operativas. 9 Revisan el anteproyecto y lo presentan al Subgerente de Anteproyecto del documento JEFE DEL DEPTO. DE SEG. IND. Y RESP. DE MEDICINA Seguridad e Higiene, para su visto bueno. 11 Acuden a la reunión de trabajo para la revisión y actualización de la normatividad interna. Minuta JEFE DEL DEPTO. DE SEG. E HIG. DE ÁREAS OPERATIVAS 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 12 Revisan e integran las HOJA CLAVE 109 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Minuta JEFE DEL DEPTO. DE SEG. IND. Y RESP. DE MEDICINA Documento Normalizado JEFE DEL DEPTO. DE SEG. IND. Y RESP. DE MEDICINA Oficio de Autorización SUBGERENTE DE SEGURIDAD E HIGIENE Solicitud de impresión y oficios de distribución del documento JEFE DE LA OFICINA DE PROMOCION propuestas de la primera reunión de trabajo y elabora el avance del documento, o en su caso el documento definitivo. 14 Elaboran el documento definitivo con las propuestas y lo presentan al Subgerente de Seguridad e Higiene. 15 Revisa documento y solicita autorización de los directivos de CFE y SUTERM para oficializar el documento definitivo 16 Realiza los trámites para la impresión y distribución del documento a nivel nacional. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 110 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.9.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: ACTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 96 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE NORMATIVIDAD INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 111 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.10. PERITAJE TÉCNICO LABORAL 3.10.1. OBJETIVO Dar apoyo permanente a las Areas Jurídico Laborales en CFE en la emisión de Dictamenes Periciales tecnicos y medicos en casos de Juicios por Demanda Laboral ante la Junta Federal y/o Local de Conciliación y Arbitraje. 3.10.2. ALCANCE De aplicación en las Áreas Jurídico Laborales de la C.F.E., cuando se presenten juicios por Demanda Laboral, ante reclamos de pagos por indemnización de una probable incapacidad permanente, parcial o total, como producto de un riesgo de trabajo. 3.10.3. POLITICAS Apoyar técnicamente a las Áreas Jurídico Laborales de CFE, en la elaboración de Peritajes Técnicos en Acústica, Química Industrial y Medio Ambiente Laboral, en caso de demanda laboral ante la Junta Federal y/o Locales de Conciliación y Arbitraje. 3.10.4. NORMAS Deben realizarse los estudios periciales técnicos para determinar si el medio ambiente laboral y/o con motivo del trabajo, puede ser causal de una enfermedad profesional, dejar secuela incapacitante, que continue ocasionando daño anátomo-funcional o bien se le establezca una incapacidad permanente. Se deben efectuar las mediciones de los agentes físicos, químicos o biológicos, de acuerdo a los criterios técnicos o científicos que se establecen en la Ley Federal del Trabajo y la Normatividad Oficial de Seguridad y Salud en el Trabajo vigentes. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 112 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.10.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE DESCRIPCION 1 Subgerente o responsable del Se recibe solicitud para realizar peritaje tecnico en acustica, quimica área industrial, medio ambiente laboral, etc. 2 Perito designado Acepta y protesta el cargo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (J.F.C.A.) o Junta Local de Conciliación y Arbitraje como perito en ese caso específico. 3 Estudia el interrogatorio del peritaje técnico o médico en su caso. 4 Perito técnico especializado. Se constituye en el centro de trabajo donde presta o prestaba sus servicios el demandante (s). 5 Reune al jefe del centro de trabajo y al jefe inmediato del demandante (s), para conocer la trayectoria laboral en la Institución del demandante (s), el perfil y el análisis del puesto del demandante(s). 6 Efectua reconocimiento sensorial del área de trabajo del demandante y análisis de riesgos del proceso de trabajo del demandante. 7 Selecciona la normatividad aplicable a instalaciones y procesos de trabajo. 8 Selecciona el equipo y métodos de medición. 9 Realiza evaluaciones, muestreos, inspecciones y análisis de los procesos de trabajo. 10 Perito Médico Realiza evaluación médica de acuerdo al procedimiento para examen médico 11 Perito designado Elabora dictamen e integra a un expediente del caso específico para contestar el interrogatorio del peritaje. 12 Entrega Dictamen en la Audiencia ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o Junta Local de Conciliación y Arbitraje para el desahogo de pruebas y contesta las preguntas que se le soliciten en el juicio 13 Archiva Expediente. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 113 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.10.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: PERITAJE TÉCNICO LABORAL 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 114 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 115 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.10.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 1 Se recibe solicitud para realizar peritaje tecnico en INSTRUMENTO DE CONTROL RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Oficio de notificación de demanda. Subgerente o responsable del área Acta de Audiencia. Perito designado Expediente Perito designado Minuta Perito técnico especializado. Expediente Perito técnico especializado. Expediente Perito técnico especializado. Expediente Perito técnico especializado. acustica, quimica industrial, medio ambiente laboral, etc. 2 Acepta y protesta el cargo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (J.F.C.A.) o Junta Local de Conciliación y Arbitraje como perito en ese caso específico. 3 Estudia el interrogatorio del peritaje técnico o médico en su caso. 5 Reune al jefe del centro de trabajo y al jefe inmediato del demandante (s), para conocer la trayectoria laboral en la Institución del demandante (s), el perfil y el análisis del puesto del demandante(s). 6 Efectua reconocimiento sensorial del área de trabajo del demandante y análisis de riesgos del proceso de trabajo del demandante. 7 Selecciona la normatividad aplicable a instalaciones y procesos de trabajo. 8 Selecciona el equipo y métodos de medición. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 9 Realiza evaluaciones, Expediente análisis de los procesos de trabajo. Perito Médico acuerdo al procedimiento para examen médico 12 Entrega Dictamen en la Audiencia ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o Junta Local de Conciliación y Arbitraje para el desahogo de pruebas y contesta las preguntas que se le soliciten en el juicio Dictamen del Peritaje y conclusiones CLAVE 116 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Perito técnico especializado. muestreos, inspecciones y 10 Realiza evaluación médica de Dictamen Técnico. HOJA Perito designado 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 117 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.10.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: PERITAJE TÉCNICO LABORAL CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 105 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO Y NORMATIVIDAD A OBSERVAR EN LOS PERITAJES LABORALES ANTE LA AUTORIDAD DEL TRABAJO ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 118 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.11. ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE INFORMACIÒN DE ACCIDENTES 3.11.1. OBJETIVO Analizar y difundir la información estadística de accidentes de trabajo registrados en el sistema de información de accidentes (WEBsia), de la Comisión Federal de Electricidad. 3.11.2. ALCANCE Registro oportuno de todas las Gerencias de Producción, Transmisión y Distribución, Oficinas Nacionales y Lapem de la Comisión Federal de Electricidad. 3.11.3. POLITICAS Manteniendo en operación constante el sistema de información de accidentes (WEBsia), vigilar el registro oportuno y confiable de los accidentes ocurridos en las áreas operativas (Gerencias), de la Dirección de Operación. 3.11.4. NORMAS Las áreas operativas deberán ingresar mensualmente la información de la accidentalidad conforme al Manual del usuario del Sistema de Información de Accidentes. Evaluar e informar mensualmente a los responsables de seguridad de las Gerencias operativas sobre de la oportunidad con que se realizó la captura de la información de la accidentalidad . Integrar la información mensual de la accidentalidad para cargar la información básica al sistema SIADIR. Realizar trimestralmente análisis básicos de estadística descriptiva de los resultados de la accidentalidad de la Comisión Federal de Electricidad y enviar a la Dirección de Operación. Página: 126/ 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 119 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.11.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 Responsable de Seguridad e Higiene de áreas operativas 2 Jefe de la Oficina de Estadística de la Subgerencia de Seguiridad e Higiene 3 DESCRIPCION Capturan la información de la acidentalidad en el Sistema de Información de Accidentes conforme al Manual del usuario. Revisa y evalúa la captura de la información de accidentes por medio del sistema computarizado WEB/sia a través de: - Monitoreo en máquina. - Comunicación directa con usuarios. Obtiene la información trimestral capturada y registra a nivel Gerencia, los índices e indicadores de seguridad: 5 - Índice de frecuencia. - Índice de gravedad. - Accidentes por 100 trabajadores por año. - Accidentes mortales. - Incapacidad permanente (parcial o total). - Pérdida económica por accidentes. - Pérdida económica por trabajador. - Promedio de trabajadores. - Accidentes totales. - Accidentes en trayecto. - Accidentes de procesos. Procesa los datos obtenidos del sistema y elabora gráficas y reportes de los índices e indicadores de seguridad. Analiza trimestralmente los accidentes por: 6 7 Rama de actividad. - Sitio del accidente. - Tipo de accidente. - Parte del cuerpo afectada. - Tipo de lesión. - Condición insegura. - Acto inseguro. - Factores del medio social y/o de trabajo. - Factores personales. Elabora estudios especiales a petición de usuarios y autoridades. Autoriza envío del informe solicitado. 4 8 9 Subgerente de Seguridad e Higiene Jefe de la Oficina de Elabora reportes trimestrales de estadísticas de accidentalidad. Estadística de la Subgerencia de Seguiridad e Higiene Subgerente de Seguridad e Autoriza difusión. Higiene DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 120 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.11.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE INFORMACIÒN DE ACCIDENTES 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 121 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.11.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 1 INSTRUMENTO DE CONTROL Capturan la información de la Registro en el Sistema acidentalidad en el Sistema RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Responsable de Seguridad e Higiene de áreas operativas de Información de Accidentes conforme al Manual del usuario. 2 Revisa y evalúa la captura de Registros en el Sistema la información de accidentes por medio del sistema Jefe de la Oficina de Estadística de la Subgerencia de Seguiridad e Higiene computarizado WEB/sia a través de: - Monitoreo en máquina. - Comunicación directa con usuarios. 3 Obtiene la información trimestral capturada y registra a nivel Gerencia, los índices e indicadores de seguridad: - Índice de frecuencia. - Índice de gravedad. - Accidentes por 100 trabajadores por año. - Accidentes mortales. - Incapacidad permanente (parcial o total). - Pérdida económica por accidentes. - Pérdida económica por trabajador. - Promedio de trabajadores. - Accidentes totales. - Accidentes en trayecto. - Accidentes de procesos. Resumen estadístico Jefe de la Oficina de Estadística de la Subgerencia de Seguiridad e Higiene 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 4 Procesa los datos obtenidos HOJA CLAVE 122 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Reportes estadísticos Jefe de la Oficina de Estadística de la Subgerencia de Seguiridad e Higiene Reporte estadístico Jefe de la Oficina de Estadística de la Subgerencia de Seguiridad e Higiene del sistema y elabora gráficas y reportes de los índices e indicadores de seguridad. 5 Analiza trimestralmente los accidentes por: Rama de actividad. - Sitio del accidente. - Tipo de accidente. - Parte del cuerpo afectada. - Tipo de lesión. - Condición insegura. - Acto inseguro. - Factores del medio social y/o de trabajo. - Factores personales. 6 Elabora estudios especiales a Reportes especiales petición de usuarios y autoridades. 7 Autoriza envío del informe Oficio solicitado. 8 Elabora reportes trimestrales Reportes estadísticos de estadísticas de accidentalidad. 9 Autoriza difusión. Oficio Jefe de la Oficina de Estadística de la Subgerencia de Seguiridad e Higiene Subgerente de Seguridad e Higiene Jefe de la Oficina de Estadística de la Subgerencia de Seguiridad e Higiene Subgerente de Seguridad e Higiene 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 123 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.11.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÒN DEL SISTEMA DE INFORMACIÒN DE ACCIDENTES CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 111 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE ACCIDENTES EN EL SISTEMA WEB/SIA ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 124 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.12. INVESTIGACION Y DIFUSION DE ACCIDENTES 3.12.1. OBJETIVO Contar con información suficiente de las causas de los accidentes y difundirlas para evitar su repetición. 3.12.2. ALCANCE Los centros de trabajo de Comisión Federal de Electricidad de los procesos de Producción, Transmisión y Distribución, donde ocurran accidentes mortales. Página 3.12.3. POLITICAS Se investigarán documentalmente los accidentes mortales ocurridos en las áreas operativas de CFE. Participará en la investigación del accidente el personal designado por la Subgerencia de Seguridad e Higiene, el Jefe del Centro de Trabajo, el Jefe del o los accidentados, testigos y cualquier persona con responsabilidad en el accidente. 3.12.4. NORMAS El Jefe del Departamento de Seguridad e Higiene de la Gerencia Operativa donde se presente un accidente mortal notificará por medio de Oficio a la Subgerencia de Seguridad e Higiene la ocurrencia del mismo. El personal designado conjuntamente con el personal del Centro de Trabajo con responsabilidad en el accidente, analizará las causas para determinar las medidas preventivocorrectivas para corregirlas, los responsables de su ejecución y tiempo máximo para cumplirlas. El personal designado presentará un informe de la investigación al Subgerente de Seguridad e Higiene y dará seguimiento al cumplimiento de las medidas preventivo-correctivas. La difusión de los accidentes se realizará a todos los departamentos de Seguridad e Higiene de las áreas operativas de C.F.E. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 125 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.12.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 JEFE DEL DEPTO. DE SEGURIDAD E HIGIENE O AUTORIDAD COMPETENTE EN LAS ÁREAS OPERATIVAS 2 SUBGERENTE DE SEGURIDAD E HIGIENE 3 PERSONAL DESIGNADO 4 5 6 7 8 9 JEFE DE LA OFICINA DE ESTADÍSTICA DE LA SUBGERENCIA DE SEGURIDAD E HIGIENE 10 JEFE DE LA OFICINA DE PROMOCIÓN DE LA SUBGERENCIA DE SEGURIDAD E HIGIENE 11 JEFE DEL DEPTO. DE SEGURIDAD E HIGIENE O AUTORIDAD COMPETENTE EN LAS ÁREAS OPERATIVAS DESCRIPCION Avisará por oficio de la Subgerencia respectiva a la Subgerencia de Seguridad e Higiene de la ocurrencia del accidente. Designa al personal que realizará la investigación del accidente. Participa en la investigación del accidente con las autoridades trasladándose al Centro de Trabajo con el Jefe inmediato del accidentado, el Jefe de Seguridad e Higiene del Centro de Trabajo y la Comisión de Seguridad e Higiene, así como con testigos presenciales del accidente. Revisa los siguientes documentos generados con motivo del accidente: Informática de accidente, forma ST-1 del IMSS, acta administrativa y en su caso formato de accidente mortal, acta y certificado de defunción, certificado de autopsia, actuación del Ministerio Público y el expediente del trabajador en la Institución. Se genera expediente para la investigación del accidente. Investiga: - Las condiciones climáticas cuando ocurrió el accidente. - El estado del equipo y herramienta que utilizaba el accidentado. - La dotación del equipo de protección personal y de grupo que se había proporcionado al accidentado. - La utilización correcta del equipo de protección personal y de grupo con que contaba el accidentado. - Si el proceso de trabajo desarrollado por el accidentado se había planeado y que grado. - Si el accidentado tenía problemas laborales. Analiza los actos y condiciones inseguras ocurridas, evalúa el medio ambiente laboral; elabora croquis y reconstruye los hechos. Evalúa los resultados de la investigación con el personal del Centro de Trabajo, para participar en la elaboración del dictamen y las medidas preventivo correctivas a fin de que el accidente no vuelva a ocurrir. Elaboración de informe y remisión de documentos de las acciones relacionadas con el accidente para la Subgerencia de Seguridad e Higiene, para la Oficina de Estadística y para la Oficina de Promoción. Verifica la captura del accidente y datos relacionados en el Sistema de Información de Accidentes del WEB Sia. Elabora un reporte grafico que contiene los aspectos relevantes del accidente para que sean tomados en cuenta por las áreas operativas. Difunde el reporte a través de diversos medios de comunicación a los Departamentos de Seguridad e Higiene de las áreas operativas de C.F.E. Reciben reporte gráfico de los aspectos del accidente. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 126 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.12.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: INVESTIGACION Y DIFUSION DE ACCIDENTES 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 127 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 128 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.12.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 1 Avisará por oficio de la Subgerencia respectiva a la Subgerencia de Seguridad e Higiene de la ocurrencia del accidente. 2 Designa al personal que realizará la investigación del INSTRUMENTO DE CONTROL RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Oficio de aviso del accidente JEFE DEL DEPTO. DE SEGURIDAD E HIGIENE O AUTORIDAD COMPETENTE EN LAS ÁREAS OPERATIVAS Oficio de aviso del accidente SUBGERENTE DE SEGURIDAD E HIGIENE accidente. 3 Participa en la investigación del accidente con las autoridades trasladándose al Centro de Trabajo con el Jefe inmediato del accidentado, el Jefe de Seguridad e Higiene del Centro de Trabajo y la Comisión de Seguridad e Higiene, así como con testigos presenciales del accidente. Minuta e investigación PERSONAL DESIGNADO 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 4 Revisa los siguientes documentos generados con motivo del accidente: HOJA CLAVE 129 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Informática de accidente, forma ST-1 del IMSS, acta administrativa, etc. PERSONAL DESIGNADO Investigación PERSONAL DESIGNADO Informática de accidente, forma ST-1 del IMSS, acta administrativa y en su caso formato de accidente mortal, acta y certificado de defunción, certificado de autopsia, actuación del Ministerio Público y el expediente del trabajador en la Institución. Se genera expediente para la investigación del accidente. 5 Investiga: - Las condiciones climáticas cuando ocurrió el accidente. - El estado del equipo y herramienta que utilizaba el accidentado. - La dotación del equipo de protección personal y de grupo que se había proporcionado al accidentado. - La utilización correcta del equipo de protección personal y de grupo con que contaba el accidentado. - Si el proceso de trabajo desarrollado por el accidentado se había planeado y que grado. - Si el accidentado tenía problemas laborales. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 6 Analiza los actos y Análisis de causas HOJA CLAVE 130 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN PERSONAL DESIGNADO condiciones inseguras ocurridas, evalúa el medio ambiente laboral; elabora croquis y reconstruye los hechos. 7 Medidas Preventivoinvestigación con el personal Correctivas (MPC) y del Centro de Trabajo, para Dictamen. Evalúa los resultados de la PERSONAL DESIGNADO participar en la elaboración del dictamen y las medidas preventivo correctivas a fin de que el accidente no vuelva a ocurrir. 8 Elaboración de informe y Informe PERSONAL DESIGNADO Reporte JEFE DE LA OFICINA DE PROMOCIÓN DE LA SUBGERENCIA DE SEGURIDAD E HIGIENE Reporte de accidente JEFE DEL DEPTO. DE SEGURIDAD E HIGIENE O AUTORIDAD COMPETENTE EN LAS ÁREAS OPERATIVAS remisión de documentos de las acciones relacionadas con el accidente para la Subgerencia de Seguridad e Higiene, para la Oficina de Estadística y para la Oficina de Promoción. 10 Elabora un reporte grafico que contiene los aspectos relevantes del accidente para que sean tomados en cuenta por las áreas operativas. Difunde el reporte a través de diversos medios de comunicación a los Departamentos de Seguridad e Higiene de las áreas operativas de C.F.E. 11 Reciben reporte gráfico de los aspectos del accidente. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 131 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.12.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: INVESTIGACION Y DIFUSION DE ACCIDENTES CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 116 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLCER LA NORMATIVIDAD A OBSERVAR EN LA INVESTIGACIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS ACCIDENTES OCURRIDOS EN CFE ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 132 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.13. ELABORACIÓN DE TRÍPTICOS FOLLETOS CARTELES Y PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POR DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 3.13.1. OBJETIVO Coadyuvar a la prevención de accidentes y protección de los recursos humanos de la Comisión Federal de Electricidad mediante la promoción y difusión de medidas de seguridad y salud en el trabajo. Difundir con oportunidad el material de seguridad y salud en el trabajo elaborado por C.F.E. y otras dependencias del Gobierno Federal. 3.13.2. ALCANCE La difusión a través de material promocional en Seguridad e Higiene y Protección Civil en las Areas Operativas y Oficinas Nacionales de CFE. Página 3.13.3. POLITICAS Las áreas operativas de CFE deben cuentar con material informativo de seguridad y salud en el trabajo para coadyuvar a la creación de una cultura de prevención 3.13.4. NORMAS Se debe mantener información constante mediante material promocional, de acuerdo a las necesidades de las Areas Operativas y Oficinas Nacionales referente a Seguridad e Higiene y Protección Civil. Las áreas operativas deberán encargarse de la difusión y distribución del material promocional de campañas de seguridad y salud en el trabajo. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 133 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 3.13.5. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO CLAVE: No RESPONSABLE 1 Jefe de la Oficina de Promoción 2 3 4 Jefe del Departamento de Seguridad Industriañ 5 Subgerente de Seguridad e Higiene Jefe de la Oficina de Promoción 6 7 Subgerente de Seguridad e Higiene 8 Jefe de la Oficina de Promoción 9 Taller de Imprenta 10 Jefe de la Oficina de Promoción 11 12 Titular del Área Operativa DESCRIPCION Acopio de reportes estadísticos de accidentalidad de la Comisión Federal de Electricidad así como de otras empresas con la misma actividad y otras fuentes. Analiza las circunstancias y tendencias de la accidentalidad y la prevención de los mismos de acuerdo a la frecuencia y gravedad. Propone al Jefe del Departamento de Seguridad Industrial, mediante el programa anual de actividades, los carteles y folletos que se requieren, asimismo se analiza la conveniencia de emitir información relativa a aspectos de salud en el trabajo en concordancia con campañas vigentes en este tema, mediante diversos medios. Recibe, revisa y si está de acuerdo turna el programa anual de actividades de la oficina de promoción a la Subgerencia de Seguridad e Higiene. Revisa y en su caso autoriza el programa anual de actividades. Elabora los proyectos y los presenta para su aprobación al Jefe del Departamento de Seguridad Industrial y al Subgerente de Seguridad e Higiene. Recibe los proyectos y los evalúa. En caso de no aceptarlos se regresan a la oficina de promoción, para reiniciar el procedimiento. Si los diseños se aceptan se devuelven a la oficina de promoción para su elaboración. Elabora originales de material promocional: folletos, trípticos, carteles y paginas electrónicas en colaboración con el área de diseño y se envían junto con la orden de impresión a la imprenta. Recibe e imprime originales y avisa de su terminación a la Oficina de Promoción. Recibe folletos, trípticos, carteles impresos para su distribución a las áreas operativas. Envía el material a distribuir a la oficina de Archivo y Correspondencia para que sea enviado a las áreas y conserva una Relación de las guías de Envió para cualquier aclaración. Reciben material para difundir y promoer la seguridad y salud en el Trabajo. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 134 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.13.6. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN DE TRÍPTICOS FOLLETOS CARTELES Y PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POR DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 135 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 136 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.13.7. MECANISMOS DE CONTROL CLAVE: ACTIVIDAD DE CONTROL 1 Acopio de reportes INSTRUMENTO DE CONTROL RESPONSABLE DE LA ACTIVIDAD Reportes Estadísticos Jefe de la Oficina de Promoción Reporte estadístico Jefe de la Oficina de Promoción Programa de actividades Jefe de la Oficina de Promoción Programa de actividades Jefe del Departamento de Seguridad Industriañ estadísticos de accidentalidad de la Comisión Federal de Electricidad así como de otras empresas con la misma actividad y otras fuentes. 2 Analiza las circunstancias y tendencias de la accidentalidad y la prevención de los mismos de acuerdo a la frecuencia y gravedad. 3 Propone al Jefe del Departamento de Seguridad Industrial, mediante el programa anual de actividades, los carteles y folletos que se requieren, asimismo se analiza la conveniencia de emitir información relativa a aspectos de salud en el trabajo en concordancia con campañas vigentes en este tema, mediante diversos medios. 4 Recibe, revisa y si está de acuerdo turna el programa anual de actividades de la oficina de promoción a la Subgerencia de Seguridad e Higiene. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 5 Revisa y en su caso autoriza Programa de actividades el programa anual de HOJA CLAVE 137 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Subgerente de Seguridad e Higiene actividades. 6 Proyectos de material presenta para su aprobación promocional Elabora los proyectos y los Jefe de la Oficina de Promoción al Jefe del Departamento de Seguridad Industrial y al Subgerente de Seguridad e Higiene. 7 Recibe los proyectos y los evalúa. En caso de no Proyectos de material promocional Subgerente de Seguridad e Higiene aceptarlos se regresan a la oficina de promoción, para reiniciar el procedimiento. Si los diseños se aceptan se devuelven a la oficina de promoción para su elaboración. 8 Elabora originales de material Originales de material promocional promocional: folletos, Jefe de la Oficina de Promoción trípticos, carteles y paginas electrónicas en colaboración con el área de diseño y se envían junto con la orden de impresión a la imprenta. 9 Recibe e imprime originales y Órden de trabajo y avisa de su terminación a la documento promocional terminado Oficina de Promoción. 10 Recibe folletos, trípticos, carteles impresos para su distribución a las áreas operativas. Documento de entrega de la imprenta. Taller de Imprenta Jefe de la Oficina de Promoción 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 138 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 11 Envía el material a distribuir a Oficio de envío a las áreas Jefe de la Oficina de operativas así como las guías Promoción la oficina de Archivo y de embarque. Correspondencia para que sea enviado a las áreas y conserva una Relación de las guías de Envió para cualquier aclaración. 12 Reciben material para difundir y promoer la seguridad y salud en el Trabajo. Documentos promocionales y Titular del Área Operativa oficio de envío 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 139 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 3.13.8. CONTROL DE CAMBIOS PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN DE TRÍPTICOS FOLLETOS CARTELES Y PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POR DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. CLAVE: Revisión No. 1 Fecha Hoja No. 31/10/2006 123 Motivo o Causa: INSTITUCIONALIZAR EL PROCEDIMIENTO.ESTABLECER EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE PROMOCIONALES EN MATERIA DE SALUD Y SEGURIDAD E HIGIENE ELABORÓ AUTORIZÓ No se ha definido el Usuario No se ha definido el Usuario No se ha definido el Cargo No se ha definido el Cargo 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 140 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 4. GLOSARIO Circular Documento de carácter interno y general, dirigido de superior a subordinados, para dar a conocer, instrucciones, recomendaciones o transmitir información con el objeto de que los funcionarios y empleados a quienes corresponda, conozcan y acaten dichas disposiciones. Contrato Colectivo Instrumento normativo y como tal, debe precisar en todo momento las diversas condiciones que las partes contratantes se imponen como obligaciones y derechos; éstos son asentados en cláusulas cuyo conjunto norma la actuación de las partes contratantes durante la vigencia del mismo. Convenio Complementarios y suplementarios al CCT, instrumentos normativos por el cual las partes con representación legal acuerdan condiciones de trabajo adicionales a las establecidas en el pacto colectivo, perfeccionado juridicamente ante la autoridad laboral y que forma parte del propio contrato. Dictámen Es la opinión que formula un perito en la materia, verbal o por escrito, sobre la valoración o justiprecio. Medicina Laboral Conjunto de medidas preventivas destinadas a establecer un diagnóstico precoz de las enfermedades que afectan a los trabajadores y a evitar los accidentes resultantes de la actividad laboral. Normatividad Conjunto de normas lineamientos, metodologías, procedimientos y sistemas emitidos por una unidad administrativa competente, con la finalidad de dirigir hacia los objetivos deseados la formulación, ejercicio, control y evaluación administrativa, estableciendo el marco al que deben ajustarse las demás áreas y unidades administrativas. Obra Pública Todo trabajo que tenga por objeto crear, construir, conservar o modificar bienes muebles, que son propiedad o queda a cargo del Estado, la construcción o conservación de los mismos. Permuta Acuerdo de voluntades entre dos trabajadores, para intercambiar sus puestos y lugares de adscripción por motivos personales, previo acuerdo entre representantes de la CFE y del SUTERM en las áreas involucradas, estableciendo para tal efecto, las condiciones relativas del cambio, cuidando que no se afecten los derechos de terceros, ni que implique impacto económico para la Entidad. Política Guía básica de carácter general que orienta las actividades y funciones que habrán de realizar en sus áreas de trabajo los funcionarios y empleados de una institución. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 141 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN Prestaciones Beneficios de la seguridad y servicios sociales para los trabajadores, comprendidas en las leyes y reglamentos laborales, que son cubiertos con aportaciones obligatorias de patrones, trabajadores y gobierno, o en su caso, con las que fijen las bases jurídicas en vigor. Revisión Salarial De conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo,artículo 399 Bis, los contratos colectivos serán revisados cada año en lo que se refiere a los salarios en efectivo por cuota diaria. Sistema Institucional de Seguridad e Higiene Conjunto de normas reglamentarias y disposiciones legales que mediante procesos administrativos coadyuva a la detección, evaluación y control sistemático de los riesgos de trabajo, para preservar la vida y salud de los trabajadores, así como la integridad de las instalaciones, medios, equipo e instrumentos de trabajo. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 5. ANEXOS HOJA CLAVE 142 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 5.1. Acuerdo 102-2005 Junta de Gobierno HOJA CLAVE 143 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 5.2. Acuerdo 145-2000 Junta de Gobierno HOJA CLAVE 144 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 145 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 146 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 147 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 148 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.3. Anticipo de Prima Legal de Antigüedad COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA DE RELACIONES LABORALES DEPARTAMENTO DE DICTAMENES Dictamen No. 00000/2006 Trabajador: R.P.E. N.S.S ANTICIPO P.L.A. JUB. R.F.C. C.U.R.P. México, D.F., a de de 2006. DICTAMEN DE ANTICIPO DE PRIMA LEGAL DE ANTIGÜEDAD QUE EMITE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. A N T E C E D E N T E S 1°.- El (la) señor (a) tiene celebrado contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado como trabajador (a) de Sindicalizado con puesto de Oficinista II, adscrito (a) 2°.- La relación laboral se rige por el Contrato Colectivo de Trabajo vigente CFE-SUTERM. 3°.- El (la) trabajador (a): a).- Se le reconoce como fecha de ingreso el fecha de corte para el cálculo de Anticipo del se le consideran años días de servicios. , por lo tanto al día de su Prima Legal de Antigüedad, b).- Tiene una edad de años, que acredita con Acta de Nacimiento certificada expedida por el Jefe de la Oficina Central del Registro Civil en el Distrito Federal. c).- Tiene derecho al pago de un Anticipo de su Prima Legal de Antigüedad conforme a lo establecido en la Cláusula 69, del Contrato Colectivo de Trabajo vigente, por lo que cumplidos los requisitos procede el otorgamiento del mismo. d).- Solicitó el Anticipo el CEN del SUTERM, mediante oficio s/n de fecha recibido en la el día e).- Percibe un Salario Diario Integrado a la fecha de la solicitud de $ ( ) compuesto de los factores siguientes: , 2006. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 149 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA DE RELACIONES LABORALES DEPARTAMENTO DE DICTAMENES Dictamen No. 00000/2006 Trabajador: R.P.E. N.S.S Salario Tabulado Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa Energía Eléctrica SUMA ANTICIPO P.L.A. JUB. R.F.C. C.U.R.P. $ $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: C O N C L U S I O N E S PRIMERA.- Con fundamento en la Fracción VI, segundo párrafo de la Cláusula 69 del Contrato Colectivo de Trabajo y la Circular Nº DA-202/06 de fecha 4 de mayo de 2006, se autoriza un Anticipo de la Prima Legal de Antigüedad, por haber satisfecho los requisitos de jubilación. SEGUNDA.- La Prima Legal de Antigüedad hasta el día de de 2006, comprende días de su salario diario integrado, a razón 25 días de salario por cada año servicios reconocidos, más la parte proporcional de los días excedentes, misma que asciende $ a la cantidad de………………………………… TERCERA.- Del importe anterior, Comisión cubre al (la) trabajador (a) por concepto de An ticipo de Prima Legal de Antigüedad el solicitado, que asciende a la cantidad de $ ……………………………………………… (CANTIDAD CON LETRA -------------------------------------------------------------------00/100 M.N.) De la suma indicada se deberá descontar el importe de los impuestos que se causen. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 150 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA DE RELACIONES LABORALES DEPARTAMENTO DE DICTAMENES Dictamen No. 00000/2006 Trabajador: R.P.E. N.S.S ANTICIPO P.L.A. JUB. R.F.C. C.U.R.P. CUARTA.- La Comisión y el (la) trabajador(a) continuarán con la relación laboral que los une y convienen en que al causar baja por la terminación de la relación de trabajo por cualquier motivo, se procederá a efectuar el ajuste correspondiente del pago total definitivo de la Prima Legal de Antigüedad generada, con la diferencia que resulte de ésta y de la suma de los impuestos correspondientes, así como, los adeudos que tenga pendientes de pago a C.F.E. y el Anticipo pagado. ( RESPONSABLE DEL AREA ) DE CONFORMIDAD ( NOMBRE DEL TRABAJADOR ) ( RESPONSABLE DEL AREA ) 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 151 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.4. Diferencia de Salarios. COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxx Dictamen No. TMP34992123 I.P.P. Trabajador: xxxxxx R.P.E. xxxxx R.F.C. xxxxxx N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx Lugar, ., a día de mes de año FORMATO DE DIFERENCIA DE SALARIOS Cumplidos los requisitos establecidos en las fracciones IV y V de la Cláusula 46 del Contrato Colectivo de Trabajo vigente y considerando que por necesidades del servicio se cambió la categoría del trabajador cuyos datos se anotan a continuación, procede emitir el dictamen de reajuste por Diferencia de Salarios en los siguientes términos: NOMBRE: XXXXXXXXX RPE: X TIPO DE CONTRATO: X CATEGORIA ANTERIOR: X CATEGORIA ACTUAL: catact ADSCRIPCIÓN ANTERIOR: X . ADSCRIPCIÓN ACTUAL: adsact FECHA DE INGRESO: X FECHA DE CAMBIO: X ANTIGÜEDAD: X AÑOS X DÍAS Salario Tabulado Salario Completo Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa SUMA $ $ ANTERIOR X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX $ $ ACTUAL X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX X.XX 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 152 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxx Dictamen No. TMP34992123 I.P.P. Trabajador: xxxxxx R.P.E. xxxxx R.F.C. xxxxxx N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx FORMATO DE DIFERENCIA DE SALARIOS DIFERENCIA A INDEMNIZAR: $ 0.00 I.- COMPENSACIÓN 120 Días de Salario Diario Integrado 0.00 ......... $ X.XX días de Salario Diario Integrado a razón de X días por cada año de servicios prestados, más parte proporcional de los días excedentes ......... $ 0.00 II.- PRIMA LEGAL DE ANTIGÜEDAD X.XX días de Salario Diario Integrado a razón de X días por cada año de servicios, más la parte proporcional de los días excedentes ......... $ 0.00 TOTAL -------- $ 0.00 (PESOS 00/100 M.N.) Del monto de la liquidación, sírvase descontar el importe de los impuestos y adeudos que cause el presente dictamen, así como los adeudos que tuviera el citado trabajador con este Organismo entregándole el saldo que resulte a su favor ante la Autoridad del Trabajo competente, enviándonos copias de las actuaciones que para tal efecto se levanten. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 153 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.5. Ipp Accidente de trabajo global COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxx Dictamen No. TMP34992123 I.P.P. Trabajador: xxxxxx R.P.E. xxxxx R.F.C. xxxxxx N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx IPP acc de trabajo global Lugar., a dia de mes de año DICTAMEN DE INDEMNIZACION GLOBAL QUE FORMULA LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE PARCIAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO. ANTECEDENTES 1.- El trabajador XXXXXXX sufrió un riesgo de trabajo cuando tenía celebrado contrato individual de trabajo para desempeñar el puesto de XXXXXXXXX sindicalizado adscrito a XXXXXX , por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 2.- Con oficio No. del , XXXXX , se recibió la documentación probatoria del riesgo de trabajo que sufrió el Sr. XXXXXXXX el día XXXXXXX. 3.- El trabajador, XXXXXXXXXXXX está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social. 4.- De las constancias enviadas se desprende que se accidentó " motivo ". (Copiar textualmente lo que dice la ST -1 ó ST-3) 5.- La Delegación delega del IMSS, con su dictámen (ST-3) de fecha FECHA DE EMISION, le determinó la incapacidad permanente parcial en los siguientes términos: " secuelas ", (Copiar textualmente lo que dice la ST-3) valuada con un X% (X POR CIENTO), de acuerdo con la(s) fracción(es) fraccioN del artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo, resolución acordada por el Comité Tripartita IMSS-CFE-SUTERM según Minuta de fecha fe_tripa. 6.- Cuando el trabajador XXXXXXXX sufrió el accidente realizaba las labores de puesto ant y no se encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas alcohólicas. 7.- Al puesto en que se accidentó el trabajador, le corresponde a la fecha de formulación del presente dictamen un Salario Diario Integrado de $XXX.XX, compuesto por los siguientes factores: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 154 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxx Dictamen No. TMP34992123 I.P.P. Trabajador: xxxxxx R.P.E. xxxxx R.F.C. xxxxxx N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx IPP acc de trabajo global Salario Tabulado $ Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa SUMA $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: CONCLUSIONES PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de un accidente de trabajo, por lo tanto la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos 472, 473, 474, 479 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal del Trabajo, en relación con la cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo vigente. SEGUNDA.- Opera la sustitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por así establecerlo el artículo 53 en relación con el 24 de su propia Ley y la cláusula 60 del Contrato Colectivo de Trabajo vigente. TERCERA.- En los términos antes señalados, le corresponde a la Comisión cubrir la diferencia entre la indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo vigente y la que establece la Ley del Seguro Social, según se determina a continuación: a).- 0 % de 1,640 días de salario integrado que prevé el inciso c), apartado I, de la cláusula 61 del Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 0.00 b).- Menos la indemnización pagada, prevista en el Artículo 58, fracción III, de la Ley del Seguro Social. 0.00 T O T A L: 0.00 (PESOS 00/100 M.N.) ..... $ ..... $ ..... $ 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 155 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxx Dictamen No. TMP34992123 I.P.P. Trabajador: xxxxxx R.P.E. xxxxx R.F.C. xxxxxx N.S.S. xxxxxxx C.U.R.P. xxxxxx IPP acc de trabajo global CUARTA.- La diferencia de los conceptos determinados en la conclusión tercera constituye la totalidad de la indemnización a cargo de la Comisión por la incapacidad que presenta el trabajador. QUINTA.- Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente. DE CONFORMIDAD SR. XXXXX 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 156 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.6. Ipp Accidente de trabajo por pensión COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxx DEPARTAMENTO XXXXXXX Dictamen No. TMP42250934 I.P.P. Trabajador: XXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXXX N.S.S. XXXXXXX C.U.R.P. XXXXXX IPP acc trabajo por pension Lugar, a día de mes de año DICTAMEN DE INDEMNIZACION QUE FORMULA LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE PARCIAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO. ANTECEDENTES 1.- El trabajador XXXXXXXXX sufrió un riesgo de trabajo cuando tenía celebrado contrato individual de trabajo para desempeñar el puesto de XXXXXXX, sindicalizado adscrito a XXXXXXX, por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 2.- Con oficio No. de fecha , origen se recibió la documentación probatoria del riesgo de trabajo que sufrió el trabajador el día fecha accidente. 3.- El trabajador está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social. 4.- De las constancias enviadas se desprende que se accidentó " motivo ". (Copiar textualmente lo que dice la ST -1 ó ST-3) 5.- La Delegación delega del IMSS, con su dictamen (ST-3) de fecha fecha emisión, le determinó la incapacidad permanente parcial en los siguientes términos: " secuelas ", (Copiar textualmente lo que dice la ST-3) valuada con un 0 % ( POR CIENTO), de acuerdo con la(s) fracción(es) fraccio del artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo, resolución acordada por el Comité Tripartita IMSS-CFE-SUTERM según Minuta de fecha fe_tripa. 6.- Cuando el trabajador sufrió el accidente realizaba las labores del puesto de puestant y no se encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas alcohólicas. 7.- Al puesto en que se accidentó el trabajador le corresponde a la fecha de formulación del presente dictamen un Salario Diario Integrado de $xxx.xx, compuesto de los siguientes factores: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 157 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxx DEPARTAMENTO XXXXXXX Dictamen No. TMP42250934 I.P.P. Trabajador: XXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXXX N.S.S. XXXXXXX C.U.R.P. XXXXXX IPP acc trabajo por pension Salario Tabulado $ Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa SUMA $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: CONCLUSIONES PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de un accidente de trabajo, por lo tanto la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos 472, 473, 474, 479 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal de Trabajo, en relación con la cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo vigente. SEGUNDA.- Opera la sustitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por así establecerlo el artículo 53 en relación con el 24 de su propia Ley y la cláusula 60 del Contrato Colectivo de Trabajo vigente. TERCERA.- En los términos del punto 3 de la cláusula 60 antes citada, siendo equiparables las pensiones que otorga el IMSS con las indemnizaciones que para estos mismos casos prevé la Ley Federal del Trabajo, le corresponde a la Comisión cubrir la diferencia entre la indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo y la que establece el artículo 492 de la propia Ley, según se determina a continuación: 0% de 545 días de salario integrado que resultan de la diferencia entre los 1,640 días que prevé el inciso c), apartado I, de la cláusula 61 y los 1,095 días que fija la Ley Federal del Trabajo por concepto de indemnización. ..... $ 0.00 CUARTA.- Como complemento de la pensión que otorga el IMSS directamente al trabajador equivalente a la indemnización legal de 1,095 días, la Comisión cubrirá adicionalmente la siguiente compensación por diferencias: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 158 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxx DEPARTAMENTO XXXXXXX Dictamen No. TMP42250934 I.P.P. Trabajador: XXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXXX N.S.S. XXXXXXX C.U.R.P. XXXXXX IPP acc trabajo por pension 0% de 1,095 días, a razón de $ 0.00, por diferencia entre el 70% del salario base de cotización que era de $0.00 con el cual se cuantifico la pensión y el salario diario integrado que a esa fecha percibía el trabajador mismo que ascendía a ..... $ 0.00 QUINTA.- La suma de los conceptos determinados en las conclusiones tercera y cuarta que ascienden a la cantidad de $0.00 (PESOS 00/100 M.N.) Constituye la totalidad de la indemnización a cargo de la Comisión por la incapacidad que presenta el trabajador. SEXTA.- Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente. DE CONFORMIDAD SR. xxxxxxxx 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 159 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.7. IPP enfermedad profesional pensión COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXXX Dictamen No. TMP57162285 I.P.P. Trabajador: XXXXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXX N.S.S. XXXXX C.U.R.P. XXXXXX IPP enf profesional pension Lugar., a día de mes de año DICTAMEN DE INDEMNIZACION QUE FORMULA LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE PARCIAL DERIVADA DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL. ANTECEDENTES 1.- El trabajador XXXXXXXXX sufrió un riesgo de trabajo cuando tenía celebrado contrato individual de trabajo para desempeñar el puesto de XXXXXXXX, adscrito a XXXXXXXXXX, por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 2.- Con oficio No. de fecha , se recibió la documentación probatoria del riesgo de trabajo que el Sr. XXXXXXX el día fe_acci. 3.- El trabajador está afiliado, al Instituto Mexicano del Seguro Social. 4.- La Delegación delega del IMSS, en dictamen emitido, el diagnosticó al trabajador una enfermedad profesional consistente en: " descrenf ", que le produce una incapacidad permanente parcial valuada con un 0% ( POR CIENTO), de acuerdo con la(s) fracción(es) fraccio de los artículos 513 y 514 de la Ley Federal del Trabajo vigente, resolución acordada por la Comisión Tripartita IMSS-CFE-SUTERM según Minuta de fecha fe_tripa. 5.- Cuando el trabajador sufrió el riesgo realizaba las labores del puesto de puestant y no se encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas alcohólicas. 6.- Al trabajador le corresponde a la fecha de formulación del presente dictamen un Salario Diario Integrado de $XXX.XX, compuesto por los siguientes factores: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 160 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXXX Dictamen No. TMP57162285 I.P.P. Trabajador: XXXXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXX N.S.S. XXXXX C.U.R.P. XXXXXX IPP enf profesional pension Salario Tabulado $ Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa SUMA $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: CONCLUSIONES PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de una enfermedad de trabajo, por lo tanto la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos 472, 473, 474, 513 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal de Trabajo, en relación con la cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo. SEGUNDA.- Opera la substitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por así establecerlo el artículo 53 en relación con el 24 de su propia Ley y la cláusula 60 del Contrato Colectivo de Trabajo. TERCERA.- En los términos del punto 3 de la cláusula 60 antes citada, siendo equiparables las pensiones que otorga el IMSS con las indemnizaciones que para estos mismos casos prevé la Ley Federal del Trabajo, le corresponde a la Comisión cubrir la diferencia entre la indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo y la que establece el artículo 492 de la propia Ley, según se determina a continuación. 0% de 545 días de salario integrado que resultan de la diferencia entre los 1,640 días que prevé el inciso c), apartado I, de la cláusula 61 y los 1,095 días que fija la Ley Federal del Trabajo por concepto de indemnización. ..... $ 0.00 CUARTA.- Como complemento de la pensión que otorga el IMSS directamente al trabajador, equivalente a la indemnización legal de 1,095 días, la Comisión cubrirá adicionalmente la siguiente compensación por diferencias: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 161 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXXX Dictamen No. TMP57162285 I.P.P. Trabajador: XXXXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXX N.S.S. XXXXX C.U.R.P. XXXXXX IPP enf profesional pension 0 % de 1,095 días, a razón de $0.00, por diferencia entre el 70% del salario base de cotización que era de $0.00 con el cual se cuantifico la pensión y el salario diario integrado que a esa fecha percibía el trabajador, mismo que ascendía a ..... $ 0.00 QUINTA.- La suma de los conceptos determinados en las conclusiones tercera y cuarta que asciende a la cantidad de $0.00 (PESOS 00/100 M.N.) constituye la totalidad de las prestaciones a cargo de la Comisión por la incapacidad que presenta el trabajador. SEXTA.-Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 162 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.8. IPP enfermedad trabajo global COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXX Dictamen No. TMP42250934 I.P.P. Trabajador: XXXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXXXX N.S.S. XXXXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXXXX IPP enf trabajo global Lugar., a día de mes de año DICTAMEN DE INDEMNIZACION QUE FORMULA LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE PARCIAL DERIVADA DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL. ANTECEDENTES 1.- El trabajador XXXXXXXXXXX sufrió un riesgo de trabajo cuando tenía celebrado contrato individual de trabajo para desempeñar el puesto de XXXXXXXXXXXX, adscrito a XXXXXXXXXX, por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 2.- Con oficio No. del , se recibió la documentación probatoria del riesgo que sufrió el trabajador XXXXXXXXX el día fe_acci. 3.- El trabajador, está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social. 4.- La Delegación delega del IMSS, con su dictamen (ST-3) de fecha fe_emis, diagnosticó al trabajador una enfermedad de trabajo consistente en: " descrenf ", (Copiar textualmente lo que dice ST-3) que le produce una incapacidad permanente parcial valuada con un 0% ( POR CIENTO), de acuerdo con la(s) fracción(es) fraccio del artículo 513 y 514 de la Ley Federal del Trabajo, resolución acordada por la Comisión Tripartita IMSS-CFESUTERM según Minuta de fecha fe_tripa. 5.- Cuando el trabajador sufrió el riesgo realizaba las labores de puestant y no se encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas alcohólicas. 6.- Al trabajador le corresponde a la fecha de formulación del presente dictamen un Salario Diario Integrado de $XXX.XX, compuesto de los siguientes factores: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 163 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXX Dictamen No. TMP42250934 I.P.P. Trabajador: XXXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXXXX N.S.S. XXXXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXXXX IPP enf trabajo global Salario Tabulado $ Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa SUMA $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: CONCLUSIONES PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de una enfermedad de trabajo, por lo tanto la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos 472, 473, 475, 479, 513 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal del Trabajo, en relación con la cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo vigente. SEGUNDA.- Opera la sustitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por así establecerlo el artículo 53 en relación en el 24 de la propia Ley y la cláusula 60 del Contrato Colectivo de Trabajo vigente. TERCERA.- En los términos antes señalados, le corresponde a la Comisión cubrir la diferencia entre la indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo vigente y la que establece la Ley del Seguro Social, según se determina a continuación: a).- 0% de 1,640 días de salario integrado que prevé el inciso c), apartado I, de la cláusula 61 del Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 0.00 b).- Menos la indemnización pagada, prevista en el artículo 58, fracción III, de la Ley del Seguro Social. 0.00 T O T A L: 0.00 (PESOS 00/100 M.N.) ..... $ ..... $ ..... $ 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 164 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXX Dictamen No. TMP42250934 I.P.P. Trabajador: XXXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXXXX N.S.S. XXXXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXXXX IPP enf trabajo global CUARTA.- La diferencia de los conceptos determinados en la conclusión tercera, constituye la totalidad de la indemnización a cargo de la Comisión por la incapacidad que presenta el trabajador. QUINTA.- Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente. DE CONFORMIDAD SR. XXXXXXXX 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 165 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.9. ITP Accidente de Trabajo COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxxxx Dictamen No. TMP97431645 I.T.P. Trabajador: xxxxxxxxx R.P.E. xxxxx R.F.C. xxxxxxxxxxxxxxxx N.S.S. xxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxx Lugar., a día de mes de año ITP acc trabajo DICTAMEN DE INDEMNIZACIÓN QUE FORMULA LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, POR LA INCAPACIDAD ORGANO-FUNCIONAL PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO. ANTECEDENTES 1.- El Sr. xxxxxxxxx, tiene celebrado contrato individual de trabajo con la Comisión Federal de Electricidad para desempeñar las labores de XXXXXXXXX, adscrito a XXXXXXXXXX, por lo que le resulta aplicable el Contrato Colectivo de Trabajo Unico en vigor, celebrado entre la Comisión Federal de Electricidad y el Sindicato Unico de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana. 2.- Con oficio No. de fecha , origen remitió a esta Gerencia la documentación probatoria del accidente de trabajo que sufrió el trabajador el día fe_acci. 3.- El trabajador, está afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social con el No. XXXXXXXXXX, con un salario base de cotización de $0.00. 4.- De las constancias enviadas se desprende que sufrió un Accidente de Trabajo " motivo ". 5.- La Delegación delega del I.M.S.S., con su dictamen (ST-3) de fecha XXXXX le determinó incapacidad permanente total en los siguientes términos: " secuelas ", de acuerdo con la(s) fracción(es) fraccio del artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo, resolución acordada por la Comisión Tripartita de acuerdo a su Minuta de fecha fe_tripa. 6.- Cuando el trabajador sufrió el accidente realizaba las labores de puestant y no se encontraba bajo los efectos de narcóticos, drogas enervantes o bebidas alcohólicas. 7.- El trabajador ingresó a prestar servicios el día XXXXXXXX y se determinó su incapacidad el XXXXXXXX, reconociéndosele una antigüedad de X años, X días. 8.- A la categoría en que se accidentó el trabajador, le corresponde un Salario Diario Integrado actual de $XXX.XX, compuesto de los siguientes factores: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 166 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxxxx Dictamen No. TMP97431645 I.T.P. Trabajador: xxxxxxxxx R.P.E. xxxxx R.F.C. xxxxxxxxxxxxxxxx N.S.S. xxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxx ITP acc trabajo Salario Tabulado $ Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa SUMA $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: CONCLUSIONES PRIMERA.- Las secuelas que presenta el trabajador son consecuencia de un accidente de trabajo, por lo tanto, la Comisión Federal de Electricidad debe cumplir con los artículos 472, 473, 474, 477, 479, 480, 494, 495 y 514 fracción(es) fraccio de la Ley Federal del Trabajo, en relación con la cláusula 61, fracción I, inciso c) del Contrato Colectivo de Trabajo. SEGUNDA.- Opera la substitución de obligaciones respecto de la Ley del Seguro Social, por así establecerlo el artículo 53 en relación con el 24 de su propia Ley y la cláusula 60 del Contrato Colectivo de Trabajo. TERCERA.- En los términos del punto 3 de la cláusula 60 antes citada, siendo equiparables las pensiones que otorga el IMSS con las indemnizaciones que para estos mismo casos prevé la Ley Federal del Trabajo, le corresponde a la Comisión cubrir la diferencia entre la indemnización pactada en el Contrato Colectivo de Trabajo y la que establece el artículo 492 de la propia Ley, según se determina en los incisos siguientes: a) 100% de 545 días de salario diario integrado ..... $XXX,XXX.XX b) 100% de 1095 días a razón de $0.00 por diferencia entre el salario diario integrado y el 70% del salario base de cotización al IMSS ..... $ 0.00 c) 100% de XXX.XXX días de salario diario integrado correspondiente a X días por año, más días excedentes por concepto de COMPENSACIÓN: ..... $XXX,XXX.XX LIQUID ACION: PRIMA LEGAL DE ANTIGÜEDAD 100% de XXX.XXX días de salario diario integrado correspondiente a X días por año, más días excedentes: ..... $XXX,XXX.XX TOTAL ..... $ XXX,XXX.XX 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 167 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxxxx Dictamen No. TMP97431645 I.T.P. Trabajador: xxxxxxxxx R.P.E. xxxxx R.F.C. xxxxxxxxxxxxxxxx N.S.S. xxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxx ITP acc trabajo CUARTA.- La suma de los conceptos determinados en la conclusión tercera, que asciende a la cantidad de $XXX,XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) constituye la totalidad de la indemnización a que tiene derecho el trabajador. QUINTA.- En virtud de la incapacidad total permanente que se le determinó al trabajador XXXXXXXX, que lo imposibilita para laborar, las partes dan por terminada la relación de trabajo que los ligaba, de conformidad con la fracción IV del artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo. SEXTA.- Hágase este dictamen del conocimiento del interesado, de la Representación Sindical y procédase a su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones laborales correspondientes, ante la autoridad del trabajo competente, agradeciéndole nos envíe copia de las actuaciones que para el efecto se levanten. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 168 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.10. Jubilación Años de Servicio COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA XXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXX Dictamen No. J_AS0000106 Trabajador: R.P.E. R.F.C. N.S.S. C.U.R.P. JUB Lugar, a día de mes de año Jub años de servicio DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO QUE EMITE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. A N T E C E D E N T E S 1°.- La Comisión y la señora tiene celebrado contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado para desempeñar el puesto de , adscrita a AREA 2°.- Es una trabajadora Sindicalizada, y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 3°.- La trabajadora: a).- Ingresó a laborar el día FECHA y tiene una antigüedad de X años, X día, al día FECHA. b).- Tiene una edad de X años que acredita con expediente Personal. documentos que obran en su c).- Solicitó la jubilación, mediante la intervención , en oficio número XXX de fecha XXXXXXXX recibido en la XXXXXXX el día FECHA. d).- Percibe un Salario Diario Integrado de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) compuesto de los factores siguientes: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 169 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA XXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXX Dictamen No. J_AS0000106 Trabajador: R.P.E. R.F.C. N.S.S. C.U.R.P. JUB Jub años de servicio Salario Tabulado $ Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa Energía Eléctrica SUMA $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: C O N C L U S I O N E S PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 69 del Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente, cumpliéndose los supuestos de la misma, la Comisión: a).- Concede a su jubilación, con una pensión vitalicia de $XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) importe del X % de su Salario Diario Integrado, a partir del FECHA. b).- Cubrirá a la jubilada la cantidad de $XXX,XXX.XX (CANTIDAD EN LETRA) a título de prima legal de antigüedad que comprende X días de salario diario integrado por cada año de servicio reconocido, más la parte proporcional, de los días excedentes dando un total de XXX.XX días de salario a razón de $XXX.XX, incluido el concepto de energía eléctrica. c).- En su oportunidad, cumplirá con las obligaciones consignadas en las fracciones III, IV, V, VII y VIII de la citada Cláusula 69. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 170 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA XXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXX Dictamen No. J_AS0000106 Trabajador: R.P.E. R.F.C. N.S.S. C.U.R.P. JUB Jub años de servicio SEGUNDA.- De conformidad con las Cláusulas 7a. y 8a. del Convenio General de Incorporación al Instituto Mexicano del Seguro Social, la jubilada y sus familiares derechohabientes serán inscritos en el Contrato de Seguro Facultativo en los términos de la Cláusula 3a. del mismo, quedando a cargo de la Comisión la cuota anual que resulte. En consecuencia, el servicio de atención médica y medicinas para los casos de enfermedades y maternidad se proporcionarán por conducto del I.M.S.S. TERCERA.- La Comisión y la trabajadora dan por terminada, por mutuo consentimiento, con fundamento en la Fracción I del Artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, la relación laboral y ésta persona no podrá prestar a la Comisión ningún servicio retribuido, bajo ninguna circunstancia. DE CONFORMIDAD SR(A). 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 171 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.11. Jubilacion Años de Servicio y Edad COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA XXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXX Dictamen No. J_AE0000106 Trabajador: R.P.E. R.F.C. N.S.S. C.U.R.P. JUB Jub Años de servicio y edad Lugar, a día de mes de año DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO Y EDAD QUE EMITE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. A N T E C E D E N T E S 1°.- La Comisión y el trabajador tienen celebrado contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado, para desempeñar el puesto de adscrito a AREA. 2°.- Es un trabajador Sindicalizado, de Trabajo vigente. y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo 3°.- El trabajador: a).- Ingresó a laborar el día FECHA, y tiene una antigüedad de X años, X días al día FECHA. b).- Tiene una edad de X años, que acredita con copia Certificada del Acta de Nacimiento expedida por XXXXXXXX en LUGAR el FECHA. c).- Solicitó la jubilación mediante la intervención fecha FECHA recibido en la XXXXXX el día FECHA. en oficio número de d).- Percibe un Salario Diario Integrado de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) compuesto de los factores siguientes: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 172 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA XXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXX Dictamen No. J_AE0000106 Trabajador: R.P.E. R.F.C. N.S.S. C.U.R.P. Jub Años de servicio y edad Salario Tabulado Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa Energía Eléctrica Fidelidad SUMA JUB $ $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: C O N C L U S I O N E S PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 69 del Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente, cumpliéndose los supuestos de la misma, la Comisión: a).- Concede a su jubilación, con una pensión vitalicia de $XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) importe del X % de su Salario Diario Integrado, a partir del FECHA. b).- Cubrirá al jubilado la cantidad de $XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) a título de prima legal de antigüedad que comprende X días de salario integrado por cada año de servicio reconocido, más la parte proporcional, de los días excedentes dando un total de X días de salario a razón de $ XXX.XX incluido el concepto de energía eléctrica. c).- En su oportunidad, cumplirá con las obligaciones consignadas en las fracciones III, IV, V, VII y VIII de la citada Cláusula 69. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 173 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENCIA XXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXX Dictamen No. J_AE0000106 Trabajador: R.P.E. R.F.C. N.S.S. C.U.R.P. JUB Jub Años de servicio y edad SEGUNDA.- De conformidad con las Cláusulas 7a. y 8a. del Convenio General de Incorporación al Instituto Mexicano del Seguro Social, el jubilado y sus familiares derechohabientes serán inscritos en el Contrato de Seguro Facultativo en los términos de la Cláusula 3a. del mismo, quedando a cargo de la Comisión la cuota anual que resulte. En consecuencia, el servicio de atención médica y medicinas para los casos de enfermedades y maternidad se proporcionarán por conducto del I.M.S.S. TERCERA.- La Comisión y el trabajador dan por terminada, por mutuo consentimiento, con fundamento en la Fracción I del Artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, la relación laboral y ésta persona no podrá prestar a la Comisión ningún servicio retribuido, bajo ninguna circunstancia. DE CONFORMIDAD SR(A). 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 174 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.12. Jubilación por Inválidez COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXXXXX Dictamen No. TMP73990143 JUB Trabajador: XXXXXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXXXXXXX N.S.S. XXXXXXXXXXXC.U.R.P. XXXXXXXXXXX Jub Invalidez Lugar., a día de mes de año DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR INVALIDEZ QUE EMITE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. A N T E C E D E N T E S 1°.- La Comisión y el trabajador XXXXXXXXXXX tienen celebrado contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado, para desempeñar el puesto de XXXXXXXXXXX, adscrito a XXXXXXXXXXX. 2°.- Es un trabajador sindicalizado, y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 3°.- El trabajador: a).- Ingresó a laborar el día XXXXXXXXXXX y tiene una antigüedad de X años X al día XXXXXXXXXXX. b).- Con 47 años de edad fue invalidado definitivamente para trabajar, a partir del XXXXXXXXXXXsegún dictamen ST-4 de fecha fe_st4 emitido por la Delegación delega del IMSS, cuya copia se acompaña al presente documento formando parte del mismo y donde se DIAGNOSTICO: diagnos. PRONOSTICO: Malo para la Función y el Trabajo, resolución confirmada por el Asesor Médico (DIVISIONAL, REGIONAL ó ÁREA) en su opinión de fecha XXXXXXXXXXX y acordada por el Comité Tripartita IMSS-CFE-SUTERM, según Minuta de Trabajo de fecha fe_tripa c).- Como consecuencia el IMSS le asignó una pensión mensual de $ 0.00 que se acredita con la resolución que emitió el efecto. d).- Solicitó la jubilación, mediante la intervención en oficio número de fecha , recibido en la Gerencia el . 4°.- Percibe un salario diario integrado actualizado a la fecha del presente de conformidad con la Cláusula 69 Fracción I del Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) compuesto de los siguientes factores: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 175 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXXXXX Dictamen No. TMP73990143 JUB Trabajador: XXXXXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXXXXXXX N.S.S. XXXXXXXXXXXC.U.R.P. XXXXXXXXXXX Jub Invalidez Salario Tabulado $ Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa Fidelidad SUMA $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: C O N C L U S I O N E S PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 69 Fracción I del Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente, la Comisión concede a XXXXXXXXXXX, su jubilación en los términos que señala. SEGUNDA.- De conformidad con lo previsto en el punto 3 de la Cláusula 60.- DEL SEGURO SOCIAL del propio Contrato, en relación con el Artículo 24 de la Ley del Seguro Social, opera la sustitución de obligaciones derivada de la incorporación de los trabajadores al Régimen del Seguro Social, con sujeción a lo siguiente: a).- La pensión de invalidez otorgada por el IMSS con un monto de $ 0.00 sustituye en la proporción respectiva a la pensión jubilatoria que se le asigna con un importe de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) equivalente al X % de su salario diario integrado correlativo a su antigüedad, según tabla contenida en la Cláusula 69 del Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente. b).- El jubilado recibirá directamente del IMSS el importe de la pensión de invalidez que le asignó. TERCERA.- Al operar la sustitución de obligaciones en los términos antes señalados, la Comisión cubrirá al jubilado la cantidad de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) que resulta de la pensión jubilatoria menos de la pensión de invalidez otorgada por el I.M.S.S. Esta diferencia queda sujeta a los ajustes derivados de los incrementos que se otorguen a cualquiera de ambas pensiones, conforme al Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente y la Ley del Seguro Social. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 176 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXXXXX Dictamen No. TMP73990143 JUB Trabajador: XXXXXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXXXXXXX N.S.S. XXXXXXXXXXXC.U.R.P. XXXXXXXXXXX Jub Invalidez CUARTA.- La Comisión cubrirá al jubilado XXXXXXXXXXX la cantidad de $ XXX,XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) a título de prima de antigüedad que comprende 25 días de salario diario integrado por cada año de servicios reconocidos, más la parte proporcional de los días excedentes dando un total de XXX.XX días de salario a razón de $ XXX.XX una vez incluido el concepto de energía eléctrica. QUINTA.- La Comisión otorgará la prestación de servicio médico y medicinas, en los términos que señala la Fracción III de la Cláusula 69 a través del IMSS, así como el servicio de energía eléctrica en los términos de la propia Fracción III; y además las prestaciones consignadas en las Fracciones IV, V, VII y VIII de la citada Cláusula 69. SEXTA.- Con fundamento en el Artículo 53 Fracción IV de la Ley Federal del trabajo la relación de trabajo del SR. se da por terminada, por estar incapacitado físicamente para el trabajo y éste no podrá prestar a la Comisión ningún servicio, bajo ninguna circunstancia. DE CONFORMIDAD SR. XXXXXXXXXXX 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 177 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.13. Jubilación IPP COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxxxxxx Dictamen No. TMP73990143 JUB Trabajador: xxxxxxx R.P.E. xxxx R.F.C. xxxxxxxxxx N.S.S. xxxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxxx Lugar, a día de mes de año Jub IPP DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE QUE EMITE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, EN BENEFICIO DE: ANTECEDENTES 1°.- La Comisión y el trabajador XXXXXXXXXXX tienen celebrado contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado, para desempeñar el puesto de XXXXXXXXXXX adscrito a XXXXXXXXXXX . 2°.- Es un trabajador sindicalizado, y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 3°.- El trabajador: a).- Ingresó a laborar el día XXXXXXXXXXX, y tiene una antigüedad de X años, X días, al XXXXXXXXXXX. b).- Con X años de edad fue incapacitado parcialmente para trabajar por el IMSS , a partir del XXXXXXXXXXX a causa de la ENFERMEDAD PROFESIONAL secuelas valoradas por el IMSS con el 0 % de I.P.P. según Dictamen ST-3 de fecha XXXXXXXXXXX emitido por su delegación XXXXXX, cuya copia se acompaña al presente documento formando parte del mismo, resolución confirmada por el Asesor Médico (DIVISIONAL o REGIONAL) en su opinión de fecha fe_asesor y acordada por el Comité Tripartita IMSS-CFE-SUTERM según minuta de trabajo del fe_tripa c).- Solicitó la jubilación, mediante la intervención en oficio número del recibido en la el . d).- Percibe un Salario Diario Integrado de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) compuesto de los siguientes factores: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 178 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxxxxxx Dictamen No. TMP73990143 JUB Trabajador: xxxxxxx R.P.E. xxxx R.F.C. xxxxxxxxxx N.S.S. xxxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxxx Jub IPP Salario Tabulado $ Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa Fidelidad SUMA $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: CONCLUSIONES PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 69 del Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente, cumpliéndose los supuestos de la misma, la Comisión: a).- Concede a XXXXXXXXXXX su jubilación con una pensión vitalicia de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) importe del X % de su salario diario integrado, a partir del XXXXXXXXXXX, fecha en que surte efectos el presente dictamen. b).- Cubrirá al jubilado, la cantidad de $ XXX,XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) a título de prima legal de antigüedad que comprende X días de salario integrado por cada año de servicio reconocido, más la parte proporcional, de los días excedentes dando un total de XXX.XX días de salario a razón de $ XXX.XX, incluido el concepto de energía eléctrica. c).- En su oportunidad cumplirá con las obligaciones consignadas en las Fracciones III, IV, VI, VII y VIII de la citada Cláusula 69. SEGUNDA.- De conformidad con la disposición establecida en el Artículo 84 de la Ley del Seguro Social, relacionada con el Convenio de incorporación de los trabajadores de la Comisión al IMSS, y particularmente con la CLAUSULA TERCERA de este documento, el jubilado y sus derecho-habientes recibirán el servicio de atención médica y de medicinas, directamente de aquel Instituto. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 179 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION xxxxxxx DEPARTAMENTO xxxxxxxxxxx Dictamen No. TMP73990143 JUB Trabajador: xxxxxxx R.P.E. xxxx R.F.C. xxxxxxxxxx N.S.S. xxxxxxxxxx C.U.R.P. xxxxxxxxxxxxxx Jub IPP TERCERA.- Con fundamento en el Artículo 53 Fracción IV de la Ley Federal del Trabajo la relación de trabajo del SR. XXXXXXXXXXX se da por terminada, por estar incapacitado físicamente para el trabajo y éste no podrá prestar a la Comisión ningún servicio, bajo ninguna circunstancia. DE CONFORMIDAD SR. XXXXXXXXXXX 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 180 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.14. Jubilación ITP COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXX Dictamen No. TMP28744155 JUB Trabajador: XXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXX N.S.S. XXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXX Lugar, a día de mes de año Jub ITP DICTAMEN DE JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE QUE EMITE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. ANTECEDENTES 1°.- La Comisión y el trabajador XXXXXXXX tienen celebrado contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado, para desempeñar el puesto de XXXXXXXX adscrito a XXXXXXX. 2°.- Es un trabajador sindicalizado, y la relación laboral se rige por el Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 3°.- El trabajador: a).- Ingresó a laborar el día XXXXXXXXX, y tiene una antigüedad de X años, X días, al XXXXXXXXXX. b).- Con años de edad fue incapacitado totalmente para laborar , a partir del XXXXXXXX a causa de la ENFERMEDAD PROFESIONAL secuelas valoradas por el IMSS con el 100 % del I.T.P según Dictamen ST-3 de fecha XXXXXXXX emitido por su delegación XXXXXX, cuya copia se acompaña al presente documento formando parte del mismo, resolución confirmada por el Asesor Médico (DIVISIONAL o REGIONAL) en su opinión de fecha fe_asesor y acordada por el Comité Tripartita IMSS-CFE-SUTERM según minuta de trabajo del fe_tripa c).- Como consecuencia el IMSS le asignó una pensión mensual de $ 0.00 que se acredita con la resolución que emitió al efecto. d).- Solicitó la jubilación, mediante la intervención en oficio número del recibido en la el . 4°.- Percibe un Salario Diario Integrado de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA ) compuesto de los siguientes factores: 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 181 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXX Dictamen No. TMP28744155 JUB Trabajador: XXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXX N.S.S. XXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXX Jub ITP Salario Tabulado $ Renta de Casa Fondo de Ahorro P. P. Prima Vacacional P. P. Aguinaldo Fondo de Previsión Transporte Despensa Fidelidad SUMA $ De los antecedentes anotados se desprenden las siguientes: CONCLUSIONES PRIMERA.- Con fundamento en la Cláusula 61 Fracción 1 del Contrato Colectivo de Trabajo Único vigente, la comisión concede a XXXXXXXX, su jubilación a partir del XXXXXXXX fecha de inicio de su pensión por incapacidad. SEGUNDA.- De conformidad con lo previsto en el punto 3 de la Cláusula 60.- DEL SEGURO SOCIAL del propio Contrato, en relación con el Artículo 24 de la Ley del Seguro Social, opera la sustitución de obligaciones derivada de la incorporación de los trabajadores al Régimen del Seguro Social, con sujeción a lo siguiente: a).- La pensión de incapacidad del IMSS con un monto diario de $ 0.00 a la fecha de incapacidad, sustituye en la proporción respectiva a la pensión jubilatoria que le asigna con un importe de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) equivalente al 100% de su salario diario integrado de conformidad a lo dispuesto en la Cláusula 61 inciso b) del Contrato Colectivo de Trabajo vigente. b).- El jubilado recibirá directamente del IMSS el importe de la pensión por incapacidad total permanente a cargo del mismo. TERCERA.- Al operar la sustitución de obligaciones en los términos antes señalados, la Comisión cubrirá al jubilado la cantidad de $ XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) que resulta como diferencia entre el monto de la pensión jubilatoria. Esta diferencia quedará sujeta a los ajustes derivados de los incrementos que se otorguen a cualesquiera de ambas pensiones conforme al Contrato Colectivo de Trabajo vigente y la Ley del Seguro Social. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 182 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISION XXXXXXXXX DEPARTAMENTO XXXXXXXX Dictamen No. TMP28744155 JUB Trabajador: XXXXXXXX R.P.E. XXXXX R.F.C. XXXXXX N.S.S. XXXXXXXXXX C.U.R.P. XXXXXXXXXX Jub ITP CUARTA.- Cubrirá al jubilado la cantidad de $ XXX,XXX.XX (CANTIDAD CON LETRA) a título de prima legal de antigüedad que comprende X días de salario integrado por cada año de servicios, más la parte proporcional de los días excedentes dando un total de XXX.XX días a razón de $ XXX.XX una vez incluido el concepto de energía eléctrica. QUINTA.- En su oportunidad, cumplirá con las obligaciones consignadas en las Fracciones III, IV, VI, VII y VIII de la citada Cláusula 69. SEXTA.- De conformidad con la disposición establecida en el artículo 84 de la Ley del Seguro Social, relacionada con el Convenio de incorporación de los trabajadores de la Comisión al IMSS y particularmente con la CLAUSULA TERCERA de éste documento, el jubilado y sus derecho-habientes recibirán el servicio de atención médica y de medicinas, directamente de aquel Instituto. SEPTIMA.- Con fundamento en el Artículo 53 Fracción IV de la Ley Federal del Trabajo, la relación del trabajador se da por terminada, por estar incapacitado físicamente para el trabajo y éste no podrá prestar a la Comisión ningún servicio, bajo ninguna circunstancia. DE CONFORMIDAD SR. XXXXXXXXXXX 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES 5.15. Carátula de Expediente de Juicio Laboral HOJA CLAVE 183 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 184 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 5.16. Circular DG-C/001/2009 Lineamientos para la operación de las áreas jurídicas regionales. 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 185 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 186 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE RELACIONES LABORALES MANUAL INSTITUCIONAL DE PROCEDIMIENTOS DE RELACIONES LABORALES HOJA CLAVE 187 DE 187 MI-CD000-1 REVISIÓN 1 FECHA ELABORACIÓN 15/12/2009