Resumen Obras Sociales 2014 - Colegio de Farmaceuticos de

Transcripción

Resumen Obras Sociales 2014 - Colegio de Farmaceuticos de
RESUMEN
DE
OBRAS
S O C I A L ES
AÑ0 2014
INDICE
1)
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36)
37)
38)
39)
40)
SWISS MEDICAL ART.
AGUA Y ENERGIA
CONSEJO PROFESIONAL C.ECONOMICAS
SADAIC
UNSA
OSPRERA
JERSALUD
LA CAJA ART
ASOCIACION ECLESIASTICA SAN PEDRO
OSPAT
POLICIA FEDERAL
UNION PERSONAL
U.P.C.N.
OSAM
RECETARIO SOLIDARIO
OSFATLYF
ART. CONSOLIDAR
AMSTERDAM
ART.QBE
ART.LA HOLANDO
BOREAL
MEDICUS
OSPERYHRA
FATFA
BRAMED
OSPATCA
SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
OSDOP
OSMATA
PODER JUDICIAL
NORDICA SALUD
OSPE
ART.PROVINCIA
SALTMED
ACA SALUD
OSPLAD - FARMANEXUS
MEDIFE
SWISS MEDICAL
SANCOR SALUD
OMINT
41)
42)
43)
44)
45)
TV SALUD
OSPECON
SALUD JUJUY
OSFE
OSPEDYC
1
Fecha de vigencia: 01/07/13
SMG ART
1. DESCUENTOS
A cargo SMG ART
100%
2. DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL BENEFICIARIO
Documento de identidad 
Receta 

3. REQUISITOS DE LA RECETA
Tipo de Recetario
Convencional (no es obligatorio que tenga membrete personal o
institucional)
Datos escritos por el médico: Denominación de la ART (si no se expresa debe ser completado por
el farmacéutico).
Fecha de emisión
Nombre y apellido del beneficiario
Número de DNI o CUIL
Nombre de la empresa donde trabaja el beneficiario (si no se
expresa debe ser completado por farmacéutico)
Firma y sello del profesional en el que conste claramente su nombre,
apellido y número de matrícula.
Detalle de los medicamentos
Cantidades de los medicamentos en números y letras en el caso de
que se trate de más de una unidad.
Validez de la receta:
Para la venta: 30 (treinta) días corridos a partir de la fecha de
prescripción e incluyendo la misma.
Para la presentación: 60 (sesenta) días corridos a partir de la fecha
de venta e incluyendo la misma.
Para la refacturación: 30 (treinta) días corridos a partir de haber
recibido la liquidación.
RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES,
SALVO ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA.
Cantidad de medicamentos
distintos por receta:
Cantidad de envases por
medicamento:
Sin límite
Lo indicado por el profesional con un máximo de 2 (dos) por
producto, sin necesidad de aclarar que se trata de un Tratamiento
Prolongado.
Contenido máximo de cada
producto:
Tamaño especificado: lo requerido en la receta
Tamaño no especificado: vender la menor presentación.
Especifica “grande”: vender la presentación siguiente a la de menor
tamaño.
No se aceptarán los envases denominados “Hospitalarios” o con
troquel invalidado.
Antibióticos inyectables
Monodosis: hasta 6 (seis) ampollas por receta del mismo antibiótico.
(con copia de denuncia del
Multidosis: 1 (una) caja de 5 (cinco) ampollas por receta ò 2 (dos)
accidente):
cajas de 3 (tres).
Psicofármacos:
Lista II (receta archivada)
- Receta de Salud Pública
- Receta adjunta de la Institución.
Lista III y IV (receta
Receta oficial por duplicado, con firma
archivada)
y sello del médico, aún estando
impreso.
4. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO
Deberá cumplimentarse lo
Pegar o abrochar el troquel o la solapa identificatoria de cada uno de
siguiente:
los productos vendidos.
Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T.
Importes unitarios y totales (tomar como valor el sugerido por
el Manual Farmacéutico).
Fecha de expendio
Firma del beneficiario, aclaración y Nº de documento
En caso de no concurrir el afiliado, firma del tercero comprador con
aclaración, tipo y Nº de documento, que debe ser exhibido al momento
de realizar la compra. En el supuesto que se verifique que los datos de
identificación del comparador no se ajusten a la realidad, SMG ART se
reserva el derecho de debitar las prestaciones objetadas aún cuando
hayan sido previamente abonadas.
Las recetas deberán de estar acompañadas por la copia del Ticket
de venta emitido por el controlador fiscal que expende la farmacia.
No se aceptarán otros documentos sin valor fiscal como
presupuestos, tickets emitidos por el sistema de validación on-line
o por los sistemas de administración de farmacias. (no excluyente
para el Interior del país).
Sello de la farmacia y firma del farmacéutico Director Técnico.
5. GENERICOS
Recetas Prescriptas por la
Frente a las prescripciones genéricas, Swiss Medical Medicina
Denominación Genérica de la Privada reconocerá el medicamento entregado en la farmacia, cuyo
Droga:
troquel se encuentre adherido a la receta. El asociado deberá firmar
en la receta su conformidad de que ha optado libremente por el
medicamento que finalmente adquiere.
6. ENMIENDAS
Recordar:
Las correcciones y enmiendas a la receta deberán estar salvadas
por el profesional Médico con su sello y firma.
El farmacéutico podrá salvar los datos del beneficiario en las recetas
con su sello y firma, y con conformidad del beneficiario o tercero.
7. AUTORIZACIONES
On Line
Las recetas no se validan por ningún sistema on line.
Solo se deben verificar los requisitos enumerados en la presente
norma para el expendio.
Importante:
* Antes de rechazar cualquier receta, llamar al Centro de Atención
24 hs. de SMMP al teléfono: 0810-333-7737
8. INCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENITDAD
Consultar listado detallado de productos cubiertos del plan que se actualizará mensualmente y
se publicará en el sitio web de Farmalink (www.farmalink.com.ar).
9. EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD
Salvo autorización escrita en la receta por Auditoría Médica de Farmacia INDICANDO LO
CONTRARIO, están excluidos de la norma operativa las siguientes familias de productos:
• Medicamentos y/o Productos de Venta Libre.
• Pastas, Polvos o Líquidos Dentífricos.
• Fórmulas Especiales o artículos para limpiar o fijar dentaduras.
• Jabones (aún los que contengan fórmulas medicamentosas), excepto los indicados para dermatitis de
contacto.
• Callicidas
• Cepillos de todo tipo.
• Productos de perfumería, tocador y belleza.
• Productos para la estética corporal.
• Accesorios médicos tales como instrumental de cirugía, jeringas, productos para diagnóstico,
termómetros, atomizadores, inhaladores, nebulizadores.
• Mamaderas, pañales, etc.
• Champúes, lociones y/o productos que no tengan fórmula medicamentosa y/o la leyenda “Venta bajo receta”,
aún recetados por dermatólogos. Pantallas solares (FPS menor a 20), cremas antiestrías, cremas reductoras.
• Herboristería, Recetas Magistrales y productos Homeopáticos.
• Productos para contraste radiológico y de diagnóstico.
• Productos o sustancias alimenticias y dietéticas en general.
• Leches comunes o maternizadas
• Material radiactivo.
• Gammaglobulinas inespecíficas o polivalentes.
• Medicamentos importados no autorizados por Salud pública.
• Anorexígenos.
• Productos que contengan ORLISTAT.
• Medicamentos antiesterilidad.
• Productos para la disfunción sexual masculina.
• Anestésicos.
• Parches de nicotina.
• Solventes indoloros (se aceptará su prescripción, sólo acompañado del correspondiente antibiótico)
• Productos alimenticios.
• Anticonceptivos.
• Hemoderivados y sustitutos de la sangre.
• Productos para provocar y/o inhibir la fertilidad.
• Productos de presentación y/o uso hospitalario.
2
AGUA Y ENERGIA
PLAN: ambulatorios, internados, jubilados y pensionados, materno infantil, reciprocidad,
medicamentos y/o drogas antineoplasicas
RECETARIO: oficial o médico autorizada
% CARGO O.SOCIAL:
30 % AMBULATORIOS
100 % PLAN MATERNO INFANTIL-RECIPROCIDAD
50 % MEDICAMENTOS Y/O DROGAS ANTINEOPLASICAS
VALIDEZ RECETA: 30 días
Nº PRESCRIPCION: 3 (tres) medicamentos por receta, se autorizarán 1 (un) sólo medicamento
tamaño grande. En caso de 2 (dos) unidades de un mismo medicamento y 2 (dos) medicamentos
distintos se autorizarán 1 (una)sola unidad del mismo medicamento.
ANTIBIOTICOS INYECTABLES: hasta 6 (seis) unidades
MATERIAL DESCARTABLE: con receta autorizada
TROQUELADO: si
SUEROS: si, únicamente INTERNADOS
LECHES: si
PROD.DERMATOLOGICOS: si, recetados por dermatólogo
RADIOPACOS: si, de venta bajo receta
OBSERVACIONES:
- Internados: se autorizará la cantidad de medicamentos que indique la receta, debiendo llevar la
misma el sello ¨ INTERNADO ¨
- Causas de débito: falta de troqueles ( salvo medicamentos homeopáticos), falta de datos del afiliado,
falta firma de conformidad del beneficiario, precio de medicamentos no de acuerdo al manual
farmacéutico.
- VADEMECUM: NO TIENE
3
CONSEJO PROFESIONAL C.ECONOMICAS
PLAN: ambulatorios, internados
RECETARIO: médico
% CARGO O.SOCIAL:
PLAN A – AMBULATORIOS 40 % , INTERNADOS 80 % - CARNET AZUL INTEGRAL
PLAN B – AMBULATORIOS 24 % , INTERNADOS 55 % - CARNET ROJO PLAN BASICO
PLAN JOVEN – AMBULATOR.20 % , INTERNADOS 40 %- CARNET VERDE
VALIDEZ DE LA RECETA: 30 dias
NºPRESCRIPCION: sin límite
CANTIDAD PRESCRIPCION: sin límite, tamaño cualquier recetado, sino se prescribe tamaño
considerar el de menor contenido
ANTIBIOTICOS: multidosis 2(dos) envases por receta, inyectables unitarios hasta 8(ocho) por
receta
PRODUCTOS DERMATOLOGICOS: si
LECHES Y ALIMENTOS: si, por reintegro
PRODUCTOS RADIOLOGICOS: si
PRODUCTOS DERMATOLOGICOS: si
SUEROS: hasta 4 (cuatro) de cada tipo por receta
MATERIAL DESCARTABLE: si
TROQUELADO: si
INSULINAS: 100 % Sin Cargo
VADEMECUM: NO TIENE
OBSERVACIONES: PLAN JOVEN, vigencia a partir del 19/08/97, color del carnet celeste y verde
con el logo y nombre del Departamento de Seguridad Social del Consejo de Ciencias Económicas.
4
S.A.D.A.I.C.
RECETARIO: oficial
% CARGO O.SOCIAL:
PLANES
A/CARGO
SOCIAL
OBRA COBERTURA SOBRE
AMBULATORIOS
COADYUVANTES
ONCOLOGICOS
LECHES – AUTORIZADAS
60 %
60%
100%
ACTA 63/75 –TITULARES
AUTORIZACIONES ESPECIALES
100%
100%
VADEMECUM
MANUAL
FARMACEUTICO
MANUAL
FARMACEUTICO
VADEMECUM
VADEMECUM
VALIDEZ RECETA: 30 días a partir de su prescripción
Nº PRESCRIPCION: 3 (tres)productos por receta
CANTIDAD PRESCRIPCION: 1 (un) envase por medicamento
TAMAÑOS: el tamaño se deberá indicar en números ej: 50 comprimidos
Si indica : lo requerido
Si no.indica: el menor
Si erra el contenido: el menor
ALIMENTOS EN ENVASES DE 237 ml ( ENSURE PLUS, NERO, etc.) hasta 5 (cinco) envases
por receta
TRATAMIENTO PROLONGADO: cuando el medico prescriba mas de una unidad deberá constar
de puño y letra la leyenda tratamiento prolongado
MEDICAMENTOS INYECTABLES: monodosis hasta 5 (cinco) unidades por receta
LECHES: recetadas por médicos PEDIATRAS de su cartilla. Autorizadas por SADAIC mediante un
vale por 2 Kilos de leche con la leyenda 100 % a cargo de SADAIC
ESPECIALIDADES EXCLUIDAS: para aquellos casos en que el principio activo no se halle
incluído en el vademécum:
-ARTICULOS DE TOCADOR O BELLEZA (JABON, LOCIONES, CHAMPUES, EMULSIONES
ETC)
-ANOVULATORIOS ( solo se podrán expender con autorización previa, por parte del Dpto. de
Acción Mutual de SADAIC
-ARTICULOS DE CAUCHO, PLASTICO (BOLSAS, CANULAS, TUBOS, SONDAS DE TIPO,
JERINGAS DE GOMA ETC.)
-CEPILLOS DE TODO TIPO
-CITOSTATICOS, ONCOLOGICOS Y MEDIOS DE CONTRASTE ESPECIFICOS PARA
TRATAMIENTO ONCOLOGICO
-CREMAS MEDICAMETOSAS QUE SEAN DE VENTA LIBRE
-FORMULAS MAGISTRALES, HOMEOPATICAS Y ALOPATICAS
-HERBORISTERIA
-INTERFERON
-ENVASES USO HOSPITALARIO
-PASTAS, POLVOS, LIQUIDOS DENTRIFICOS
-PRODUCTOS DE VENTA LIBRE
-PRODUCTOS DIETETICOS
-LIMPIA Y FIJA DENTADURAS
-PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA DISFUNCION SEXUAL MASCULINA (ej:
SILDEFIL, VIMAX, LUMIX, VIAGRA O SIMILARES)
-PRODUCTOS PARA EL TRATMIENTO DE LA OBESIDAD
-PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DEL SIDA
- TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN LA DROGA Y/O PRINCIPIO ACTIVO:
A) ETANERCEPT (EJ; ENBREL)
B) LINEZOLID (ZYVOX ORAL)
ACTA 63/75: SADAIC tiene a su cargo el 100% de los medicamentos a los afiliados del rubro
titulares, excluyendo a los afiliados participantes de su grupo familiar. La farmacia deberá solicitar la
credencial del afiliado que debe contar con la leyenda ACTA 63/75 y el documento de identidad del
mismo verificando la coincidencia entre ambos, este plan tiene que estar autorizado por SADAIC, en
caso de no contar con dicha autorización tendrá a su cargo el 60%
TROQUELADO: si, código de barras
PRODUCTOS QUE SE DETALLAN A CONTINUACION, SE ENCUENTRAN CUBIERTOS
AUN CUANDO NO FIGUREN EN EL VADEMECUM:
- NUTRICION ENTERAL: ( EJ: JEVITY , OSMOLITE)
- SUPLEMENTOS NUTRICIONALES QUE NO SEAN DE VENTA LIBRE: ej: SECABLUM,
POLIMEROSA, NUTROSA, etc.
- TIRAS REACTIVAS DE GLUCOSA
OBSERVACIONES:
- La receta debe estar firmada la conformidad, aclaración, número de documento y teléfono del
afiliado o tercero interviniente
- La fcia.completará la receta con: fecha de expendio en números, colocados conforme resolución
INOS 146/86, cantidad entregada, precio unitario de cada medicamento a la fecha de expendio, total
del renglón, total de la receta, porcentaje a cargo del afiliado y a cargo de SADAIC, adhesión de los
troqueles en el espacio asignado colocados en el mismo orden prescripto, firma y sello del
farmaceútico,
MUY IMPORTANTE:
1) Solo se reconocerán con descuento las recetas que estén prescriptas de la siguiente forma:
Consignando NOMBRE GENERICO del medicamento (principio activo) indicando forma
farmacéutica, concentración y cantidad de unidades por envase
ACLARACION:
a) si el profesional agregase nombre comercial sugerido, solo se reconocerán las marcas
incluídas en vademécum, ya sea por coincidencia con la prescripción o por sustituciones de
las marca sugerida. En el caso de la sustitución, el farmacéutico deberá consignar la
leyenda SUSTITUCION DE MEDICAMENTO, firmando él y el afiliado dando
conformidad.
b) Consignando nombre genérico de vademécum seguido de la marca comercial justificada, y
a continuación, de puño y letra del médico, la justificación fundada que avale tal decisión,
bajo el título JUSTIFICACION DE LA PRESCRIPCION POR MARCA, dejando
nuevamente asentada su firma y sello, Cumpliendo con esto, se deberá entregar lo
prescripto, siempre que no forme parte de las ESPECIALIDADES EXCLUIDAS,
descriptas en la presente norma. En estos casos no será necesario que la receta se halle
previamente autorizada por SADAIC
2) Cuando se prescriban asociaciones y/o combinaciones de monodrogas, no será necesario que
se indique la dosis, pero si la potencia y cantidad de unidades por envase. Ej.de prescripción
válida: AMOXICILINA + CLAVULANIO, AC. 500 mg x 20
3) Cuando se prescriba un principio activo cuya presentación se halle en vademécum: el afiliado
podrá elegir la marca comercial de las incluídas en vademécum, cuando la prescripción
disponga en este de varias opciones, El farmacéutico sólo podrá reemplazar por marcas
incluías en el vademécum.
4) Cuando se prescriba un principio activo, forma farmacéutica y/o presentación que no se halle
en vademécum: el farmacéutico expenderá el producto de menor valor existente en su
farmacia, respetando el principio activo, la concentración y dosis, y siempre que no forme
parte de las ESPECIALIDADES EXCLUIDAS descriptas en la presente norma.
RECETAS CON EL 100% DE DESCUENTO, TIENEN QUE TENER AUTORIZACION
PREVIA DE SADAIC CON SELLO Y FIRMA, AL CARECER DE LA MISMA EFECTUAR
EL 60%
FACTURACION: Presentar las recetas los días 12
5
U.N.S.A.
PLAN: ambulatorios, internados, materno infantil
RECETARIO: oficial
% CARGO OBRA SOCIAL:
AMBULATORIOS CON VADEMECUM
AMBULATORIOS AUTORIZADOS
INTERNADOS AUTORIZADOS
MATERNO INFANTIL
(Form.rosa,madre-Form.amarillo,hijo)
50 %
100%
100 %
100 %
VALIDEZ RECETA: 30 días
NºPRESCRIPCIONES: 2 (DOS)PRODUCTOS POR RECETA
CANTIDAD PRESCRIPCIONES: 1 (un) solo tamaño mayor, 1 (uno) chico
ANTIBIOTICOS: 5 (cinco) ampollas o frasco ampollas en presentaciones unitarias y hasta 3 (tres)
multidosis
MEDICAMENTOS AUTORIZADOS: medicamentos citostáticos, antihemofilicos, plasma y
albumina humana, fibrinogeno, especialidades para dialisis, deben ser autorizados por medico auditor
de la O.Social
TRATAMIENTO PROLONGADO: recetas que requieran mayor cantidad de envases deben ser
autorizadas por la O.Social con leyenda tratamiento prolongado
MATERIAL DESCARTABLE : autorizados
NO SE PODRA PRESCRIBIR: venta libre, preparaciones biologicas, preparaciones magistrales,
alopaticas u homeopaticas, solventes indoloros
TROQUELADO: si
SUEROS: si
CITOSTATICOS: si, autorizado
PRODUCTOS DERMATOLOGICOS: si, venta bajo receta
RADIOLOGICOS: si
PLAN MATERNO INFANTIL:
100% SIN CARGO:(Formulario rosa) para la madre embarazada cuyas prescripciones deberan
ajustarse al vademecum obstetrico.
Los medicamentos indicados en internaciones inherentes al embarazo, puerperio y/o nacimientos
deberan estar prescriptos en formularios blancos autorizados
100% SIN CARGO: (Formulario amarillo) para el niño hasta el año de edad, cuyas prescripciones
deberán ajustarse a control pediatrico.
En internaciones clínicas y/o quirurgicas las prescripciones se harán en recetario blanco autorizado
PROVISION DE LECHE
SIN CARGO, leches maternizadas, enteras o comunes 3 (tres) unidades de 800 grs. por mes, para los
niños hasta el 4ºmes de edad, leches especiales o medicamentosas la cantidad y por el tiempo que
autorice auditoria médica.
LISTADO DE MONODROGAS
Listado de monodrogas para utilizar en tratamientos ambulatorios de la embarazada (P.M.I.):
1) VITAMINA E
2) POLIVITAMINICOS
3) CALCIO
14) ISOXUPRIMA
15) HIDROXIDO DE ALUMINIO
HIDROXIDO DE MAGNESIO
SIMETICONA
4) VITAMINA C
16) ANALGESICOS
5) HIERRO
17) HIDROXIETILO RUTOSIDOS
6) METOCLOPRAMIDA
18) ESCINA
7) AMPICILINA
19) FIBRAS
8) ERITROMICINA
20) PROGESTERONA
9) CEFALEXINA
21) GESTROGENO
10) CEFALOSPORINAS
22) GESTRONON
11) GENTAMICINA
23) CLONIDINA
12) A C T H
24) METILDOPA
13) BUTIL BROMURO DE HIOSCINA 25) VACUNA ANTITETANICA
26) VACUNA ANTI RH
MEDICAMENTOS SIN CARGO: En todos los casos los medicamentos SIN CARGO, tienen
que estar autorizados por la O.SOCIAL
VADEMECUM: si
GENERICOS: informamos a las farmacias adheridas que a partir del 09/09/02, se acepta la
prescripción de medicamentos por nombre genérico
ULTIMA NOVEDAD:
A PARTIR DEL 01/12/00 SE MODIFICA CANTIDAD DE
MEDICAMENTOS POR RECETA, 2(DOS) PRODUCTOS , 1 (uno) grande y 1 (uno) chico
ULTIMA NOVEDAD:A PARTIR DEL 01/02/2001, SE MODIFICA PORCENTAJE DE
DESCUENTO EN AMBULATORIOS 50 %, TODOS LOS MEDICAMENTOS SIN CARGO
TIENEN QUE ESTAR AUTORIZADOS POR LA O.SOCIAL
ULTIMA NOVEDAD: A PARTIR DEL 09/09/02 SE ACEPTA GENERICOS
VADEMECUM DE MONODROGAS OBRA SOCIAL U.N.S.A.
Informamos a las farmacias adheridas la vigencia a partir del 01/01/04 del VADEMECUM DE
MONODROGAS, la cobertura para los medicamentos será la siguiente:
MEDICAMENTOS DEL VADEMECUM U.N.S.A.
PLANES SINCARGO - AUTORIZADAS – P.M.I.
INTERNADOS – CRONICOS -
- 50 % C/O.SOCIAL
- 100% C/O.SOCIAL
VADEMECUM
NUEVO VADEMECUM MONODROGAS U.N.S.A. 01/01/04
A
ERGONOVINA
AAS
ERITROMICINA
ACENOCUMAROL
ESPIRONOLACTONA
ACETAZOLAMIDA
ESTRADIOL
ACETILCISTEINA
ESTRIOL
ACICLOVIR
F
ACIDO AMINOCAPROICO
FENILEFRINA
ACIDO FOLICO
FENOBARBOTAL
ACIDO VALPROICO
FENOFIBRATE
ACITRETINA
FENOTEROL
ALBENDAZOL
FENOXIMETILPENICILIN
A
ALEDRONATO
FENTANIL
ALPRASOLAN
FENTOINA
ALLOPURINOL
FINASTERIDE
AMBROXOL
FLU CONAZOL
AMIKACINA
FORANE
AMINOFILINA
FOSFOMICIDA
AMIODARONA
FUROCEMIDA
AMLODIPINA
G
AMOXICILINA
GENTAMICINA
AMOXICILINA +
H
AC.CLAVULANICO
AMOXICILINA +
HALOPERIDOL
SULBACTAM
AMPICILINA
HEPARINA
AMPICILINA +SULBACTAN
HIDROCLOROTIAZIDA
HIDROCORTISONA
ASTORVASTATIN
HIDROXIDO DE
ALUMINIO Y MAGN.
ATENOLOL
HIERRO (TODOS)
ATROPRINA
I
AZITROMICINA
B
BETAMETASONA
BECLOMESTASONA
BROMAZEPAN
BROMHEXINA
BUDESONIDE
BUTILBROMURO DE
HIOSCINA
C
CALCIO ( TODOS)
CALCITONINA
CARBAMAZEPINA
CLARITROMICINA
CEFALEXINA
CEFATOLINA
CEFOTAXIMA
CETRIAXONA
CIPROFLOXACINA
CISAPRIDE
CISATRACRIUM
CLINDAMICINA
CLOBUTINOLS
CLONAZEPAN
CLONIXINATO DE LISINA
CLORFENIRAMINA
CLOTRIMAZOL
COLCHICINA
COMPLEJO B
D
DEXAMETASONA
DEXTROMETORFANO
DIAZEPAM
DICLOFENAC
DIFENHIDRAMINA
DIGOXINA
DIHIDROERGOTOXINA
DILTIAZEM
DIPIRIDAMOL
DIPIRONA
DOMPERIDONA
DOXICICLINA
E
ENALAPRIL
P
PANCURONIO
PANTOPRAZOL
PARACETAMOL
IBUPROFENO
IDUXIRIDINA
IMIPENEM
INDOMETACINA
INNOVAN
ISOPROTERENOL
ISOTRETINOINA
ISOXUPRINA
K
KETAMINA
KETOCONAZOL
KETOROLAC
L
LANZOPRASOL
LEVOTIROXINA
LINDANO
LIOTIRONINA
LOPERAMIDA
LORATADINA
LORAZEPAN
LOSARTAN
M
MAGNESIO (TODOS)
MEBENDAZOL
METACLOPRAMIDA
METILERGONOVINA
METRILPREDNISONA
METRONIDAZOL
MICONAZOL
MIDAZOLAN
MORFINA
N
NAFAZOLINA
NALBUFINA
NEOSTIGMINA
NIFEDIPINA
NIMESULIDA
NIMODIPINA
NOMESTASONA
NORFLOXEINA
O
OCITOCINA
OMEPRAZOL
OXATOMIDA
OXCARBAZEPINA
OXIBUTININA
PENICILINA G
BENZATINICA
PIRETRINAS
PIROXICAN
POLOFILINA
POTASIO
PROGESTERONA
PROPANOL
PROPINOX
PYGIUM AFRICANO
R
RAMIPRIL
RANITIDINA
ROCURONIO
ROFECOXIB
S
SALBUTAMOL
SERENOA REPENS
SEVORANE
SIMETICONA
SINVASTATIN
SUCCNILCOLINA
SULFAMETOXAZOL +
TRIMETOPRIMA
T
TAMSULOSINA
TEOFILINA
TERASOZYNA
TIOPENTHAL SODICO
TIROXINA SODICA
TRACRIUM
TRAMADOL
TRIAMICINOLONA
V
VECURONIO
VITAMINA A
VITAMINA C
VITAMINA E
VITAMINA K
ALTAS, BAJAS y CORRECCIONES AL VADEMECUM 01/01/04
Informamos altas, bajas y correcciones al Vademecum entregado el 01/01/04, de acuerdo al siguiente
detalle:
VADEMECUM U.N.S.A.
ALTAS DE MONODROGAS AL LISTADO 01/01/04
A
Anestesicos generales endovenosos
Anestesicos inhalatorios
L
Lidocaina
M
Astemizol
E
Enflurano
G
Glibenclamida
Glimepiride
H
Halotano
Hioscina Butibromuro
Hioscina Butibromuro,dipirona
Hioscina Butibromuro, paracetamol
I
Ibuprofeno + ergotamina
Isoflurano
Itraconazol
Metformina
Metilprednisolona
Metoclopramida
Metroclopramida
N
Naproxeno
Nitrofurantoina
Norfloxacina
O
Oxibutina
P
Polivitanicos
Procaina
S
Sevoflurano
T
Tinidazol
V
Vancomicina
Vitamina D
ALTAS MONODROGAS ( 20/08/04)
Amoxicilina
Amoxicilina + Sulbactam
Butilbromuro de Hiosina
BAJAS MONODROGAS AL VADEMECUM 01/01/04
Claritromicina
Metaclopramida
Piretrinas
Norfloxeina
CORRECCIONES AL VADEMECUM 01/01/04 En el listado del 01/01/04 por error de la
O.Social los siguientes productos estaban mal escritos, lo correcto es:
Atorvastatin
Clobutimol
Succinilcolina
Beclometasona
Africanum Tanfulocina
Cefalotina
Fenobarbital
Ceftriaxona
Fenitoina
Cisatracurium
Furosemida
Metilprednisona
Nometasona
Idoxuridina
Espirinolactona
Difenilhidramina
Oxicarbazepina
Podofilina
Propofol
Lanzoprasol
Ramipiril
Rocurunio
Simvastatin
Pygeum
Terazosina
Triancinolona
U.N.S.A. – AMPLIACION DE NORMAS OPERATIVAS
UNSA - AUMENTO DE COBERTURA
Comunicamos a las Farmacias que por resolución Nº OS-037/2.10 la Obra Social a
incrementado la cobertura para los medicamentos recetados a sus afiliados se
encuentren o no en vademécum de O.S.UNSa.
50 % a cargo O. Social y 50 % a cargo Afiliado.
INFORMAMOS A LAS FARMACIAS ADHERIDAS AMPLIACION A LAS NORMAS
OPERATIVAS INFORMADAS OPORTUNAMENTE:
1) CANTIDAD MEDICAMENTOS: medicamentos y/productos por receta, en recetario
particular, 3 (tres) por receta, medicamentos con nombre de la monodroga.
TAMAÑO: los 3 (tres) medicamentos recetados pueden expedirse en envases de mayor
tamaño, siempre que se trate de medicamentos y/o productos diferentes
2) ANTIBIOTICOS INYECTABLES máximo 5 (cinco) ampollas o frasco ampolla en
presentaciones unitarias y hasta 3 (tres) frasco ampollas de antibióticos multidosis
3) LECHES DEL P.M.I. O CUALQUIER OTRA LECHE EXCLUSIVAMENTE POR
FARMACIA U.N.S.A.
4) MEDICAMENTOS CON MONODROGA ORLISTAT EXCLUSIVAMENTE POR
FARMACIA U.N.S.A.
5) MEDICAMENTOS CON MONODROGA SINDENAFIL NO SE RECONOCE
6) MEDICAMENTOS PATOLOGIA CRONICA O LARGO TRATAMIENTO SON
PROVISTOS EXCLUSIVAMENTE POR FARMACIA U.N.S.A.
POR UN PERIODO DE SEIS MESES A PARTIR DE NOVIEMBRE/10, EL VADEMECUM
U.N.S.A., NO SERA APLICADO.
6
O.S.P.R.E.R.A.
RECETARIO: Oficial de O.S.P.R.E.R.A.color verde. RECETARIO DEL MEDICO SI,
autorizada por boca de expendio.
Todos los espacios sombreados del recetario deberán ser llenados por la boca de expendio frente
y contrafrente del recetario
PLANES DE COBERTURA: RURAL, MONOTRIBUTO, P.M.I.
PROCREACION
ANTICONCEPTIVOS, TODOS LOS PLANES SON CON MONTOS FIJOS, LOS MISMOS
ESTAN ESTABLECIDOS EN EL VADEMECUM.
CREDENCIAL: Oficial de la O.S.P.R.E.R.A., o último bono de sueldo, con su Nº de CUIL y
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
VALIDEZ DE LA RECETA: 15 días de prescripta por el médico, y 30 días desde la emisión de la
boca de expendio a la prescripción médica
CANTIDAD PRESCRIPCION: 2 (dos) R/p por receta. Uno grande y uno chico o dos chicos
CANTIDAD UNIDADES: 1 (una) unidad por medicamento
TAMAÑOS: si no indica tamaño, se dispensará el más chico, si indica grande, se dispensará el envase
que le sigue, si indica tamaño grande, deberá consignar además TRATAMIENTO PROLONGADO,
para que le sea dispensado el tercer tamaño
ANTIBIOTICOS MONODOSIS hasta 5 (cinco) unidades, MULTIDOSIS, 1 (una) unidad
PLAN MATERNO INFANTIL: EMBARAZADAS; desde el diagnóstico positivo de embarazo y
hasta 30 días posteriores al parto, medicamentos que figuren en vademécum.
NIÑO: desde el nacimiento hasta el 1º año de vida, en medicamentos que figuren en
vademécum
LECHES MATERNIZADAS O MEDICAMENTOSAS, QUEDAN EXCLUIDAS EN P.M.I.
EXCLUSIONES DE COBERTURA: MEDICAMENTOS PARA LAS INTERNACIONES,
MEDIOS DE CONTRASTE, ONCOLOGICOS, PREPARACIONES MAGISTRALES,
PRODUCTOS DE VENTA LIBRE, TODA MONODROGA QUE NO FIGURE EN VADEMECUM
RECOMENDACIONES DE AUDITORIA:
- Datos de la persona que retira los medicamentos completos
- Firma y aclaración
- Nº de documento
- Domicilio completo, en zona rural se deberá colocar la localidad, y la leyenda zona rural, para
reforzar dicho dato se podrá completar con el nombre de la estancia o finca en donde trabaja
- Enmiendas salvadas por el médico prescriptor con firma y sello
- En caso de no ser legible el nombre y matrícula del médico en el sello, deberá estar aclarado de puño
y letra
-
Enmiendas en la valorización, siempre salvadas al dorso de la receta con la firma y sello del
farmacéutico, conformada con la firma y aclaración del afiliado o tercero interviniente.
Deberán ser rechazadas todas aquellas recetas que sean prescriptos por Médicos Auditores,
medicamentos fuera de vademécum salvo expresa autorización de REVISAR S.A.
Médicos odontólogos no podrán prescribir psicofármacos, estupefacientes, anabólicos
Fecha prescripción deberá ser conformada en Nº arábigos, y no se aceptarán en Nº romanos
Nombre del titular, Nº de CUIL , Nº de CUIT del empleador
Edad y Sexo, es imprescindible colocar estos datos, en razón que se ha observado que la
prescripción no está acorde con la edad o sexo del beneficiario
Recetario, en el caso de que se trate de un segundo, tercero , o cuarto recetario se debe marcar en el
margen superior derecho en el casillero que corresponde
- RECETAS FUERA DE TERMINO: Las recetas omitidas en la facturación de la quincena
correspondiente, podrán ser presentadas hasta una quincena posterior a la correspondiente de la fecha
de dispensa, pasado ese tiempo serán debitadas.
FACTURACION: presentar los dias 12 y 27 de cada mes
AUTORIZACIONES AL DORSO DEL RECETARIO: el sello de la boca de expendio al dorso del
recetario, significa una constatación de afiliación. NO ES AUTORIZACION PARA EL EXPENDIO
FORMULARIO TERAPEUTICO: DECRETO 326/2002
El nuevo vademécum se ha diseñado de acuerdo al decreto 326/02, el cual prevee la prescripción por
monodroga o denominación genérica.En el formulario terapéutico se describen las monodrogas y/o
asociaciones con su concentración forma farmacéutica y unidad las que tendrán cobertura por parte de
la obra social con los descuentos que se detallan en los siguientes puntos:
Al expender una receta deberá tener en cuenta:
- Si el médico prescribre por denominación genérica monodroga y/o asociación, se deberá verificar
en el formulario terapéutico si ésta se encuentras reconocida por la obra social y ofrecer al
beneficiario todas las alternativas posible para que el mismo decida cual adquirir. Una vez
acordado el o los medicamentos se le realizará al beneficiario el 50%,40% o 100% a cargo de la
obra social según corresponda
- Si el médico prescribe por nombre comercial, a solicitud del beneficiario, se podrá reemplazar el
medicamento por igual monodroga, concentración, forma y unidades que el prescripto,
reconociendo descuento por parte de la obra social si éste se encuentra expresamente definido en
el formulario terapéutico y en el porcentaje de reconocimiento antes descripto y que se especifica
para cada plan
- Si el médico prescribiere por nombre comercial aclarando con la leyenda no sustituible, con firma
y sello y justificando su decisión, el medicamento no podrá ser reemplazado, En este caso también
se deberá verificar si la monodroga,concentración, forma farmacéutica y unidades se encuentra
comprendida dentro del formulario terapéutico con descuento.
- Para todos los casos de sustitución, se deberá colocar el troquel del medicamento expendido
debiendo el beneficiario avalar con su firma la aceptación del reemplazo y que ha comprendido
todas las explicaciones e informarción en relación a la dispensa efectuada
El reconocimiento por parte de la obra social será para todas las marcas comerciales cuya monodroga,
concentración,forma farmacéutica y unidades estén expresamente definidas en el formulario
terapéutico.
A modo de ejemplo en el formulario terapéutico se cubre la AMOXICILINA 500 mg. en comprimidos
por 16 y la AMOXICILINA 500 mg en cápsulas x 16. Esto significa que si el médico prescribe
AMOXICILINA 500 mg comprimidos x 16 permite que el farmacéutico dispense cualquiera de las
marcas comerciales del mercado que correspondan a esta descripción tales como TRIFAMOX 500 mg
comprimidos x 16, NOBACTAN 500 mg comprimidos x 16, AMOXICLER 500 mg comprimidos x
16, GRINSIL 500 mg comprimidos X 16 etc.
En el ejemplo citado no quedaría contemplado el reemplazo por las AMOXICILINAS en cápsulas
como es el caso del AMOXIDAL 500 mg o la FULLCILINA 500, pero si estarían comprendidos estos
sí el médico prescribe AMOXICILINA 500 mg cápsulas x 16 quedando fuera los medicamentos antes
citados.
ACLARACION MEDICAMENTOS CON COBERTURA
Medicamentos de venta libre: se reconocerán con descuento a cargo de la O.Social todos los
medicamentos que por su monodroga, concentración, forma farmacéutica y presentación se
encuentren contemplados en el formulario terapéutico vigente. Para estos casos cuando se trate de un
medicamento que no posee troquel, se colocará en su lugar S/T
Como ejemplo de lo expuesto se puede mencionar a la Bromhexina Jarabe x 120 ml, en donde la
mayoría de las marcas comerciales son de venta libre, sin embargo el Bisolvon jarabe x 120 ml tiene
cobertura
ENVASES HOSPITALARIOS: no se reconocerá con descuento a cargo de la Obra Social
medicamentos que se comercialicen bajo esta modalidad
7
ASOCIACION MUTUAL PERSONAL
JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES
(JERARQUICOS SALUD)
PORCENTAJES RECONOCIDOS POR PLANES
PLANES
PLAN C
PLAN P.M.I.
PLAN P.M.I 2886
PLAN P.M.I 2000
PLAN P.M.I 2886/2000
PLAN PMI 3000
% C/O.SOCIAL
40%
40%
40%
60%
60%
60%
VADEMECUM
SI
NO
NO
NO
NO
NO
PLANES ESPECIALES AUTORIZADOS VIA FAX:
En los planes PMI, PMI 2000, PMI 2886, PMI 2886/2000, existen programas especiales como PLAN
MATERNO INFANTIL, DIABEITCOS, INTERNACION Y PROGRAMAS ESPECIALES, los
cuales tienen cobertura especial del 100% o 70% . Para facturar estos programas se deberá exigir al
afiliado la AUTORIZACION FAXEADA POR JERSALUD.
:CANTIDADES RECONOCIDAS POR PLANES
PLAN C : 2 ( DOS ) PRODUCTOS DISTINTOS POR RECETA
2 ( DOS) ENVASES CHICOS O 1 (UNO) GRANDE EN UN SOLO
RENGLON
5 (CINCO) ANTIBIOTICOS INYEC. MONODOSIS
1 (UNO) ANTIBIOTICO INYEC.MULTIDOSIS
PLAN PMI – PMI 2886 –PMI 2000 – PMI 2886/2000
3 ( TRES) PRODUCTOS DISTINTOS POR RECETA
2 (DOS) ENVASES CHICOS Y/O 1 (UNO) GRANDE
5 (CINCO) ANTIBIOTICOS INYEC.MONODOSIS
1 (UNO) ANTIBIOTICO INYEC.MULTIDOSIS
RECETARIO: es el oficial de Jerárquicos Salud con la nueva disposición de genéricos, no obstante
a esto se reconoce cualquier orden dispensada por el médico que cumpla con todos los datos
requeridos, siempre acompañado del cupón de prestaciones (similar a las tarjetas de crédito). Además
debe figurar el diagnóstico
CREDENCIALES: color verde oscuro, con identificación del plan PMI , PMI-2000
TROQUELADO: si
EXCLUSIONES: venta libre, medicamentos sin troquel, medicamentos que no figuren en el
MANUAL FARMACEUTICO, material descartable, instrumental médico para cirugía, agujas para
suturas, inyecciones, jeringas de todo tipo, termómetros, atomizadores, inhaladores, vaporizadores,
antisépticos de uso externo( alcohol,agua oxigenada), material para curaciones, herboristería,
pantallas solares, películas radiográficas, homeopáticos, dietéticos, prod.de celuloterapia, extractos de
órganos y tejidos, pastas dentales, shampoos, jabones, cereales y alimentos, fórmulas magistrales,
leches maternizadas o descremadas (venta libre), anticonceptivos, medicamentos para el tratamiento
de la obesidad. Anhidroticos, Derivados nicotinicos, Cereales y alimentos, fòrmulas magistrales,
Fertilizacion inducida, Medicamentos excluidos por monodroga,: NORELGESTROMIN +
ETINILESTRADIOL
DROSPIRERONA + ETINILESTRADIOL
VACUNAS:
CERVARIX
EXCLUIDAS DE COBERTURA EN TODOS LOS PLANES
GARDASIL -
PRODUCTOS CONDICIONADOS A AUDITORIA Y AUTORIZACION PREVIA :
ONCOLOGIA, , TODO MEDICAMENTO USADO DURANTE LA INTERNACION, TOTO
MEDICAMENTO CON COBERTURAS ESPECIALES ( 70% o 100% ) POR LOS PROGRAMAS
MATERNO INFANTIL, DIABETICOS Y PROGRAMAS ESPECIALES
GENERICOS: se implementa el sistema de prescripción por genéricos
MEDICAMENTOS CONDICIONADOS A AUDITORIA Y AUTORIZACION PREVIA:
EMBREL – Pres. 25 mg. F.a. x 4
HUMIRA – Pres. jga. Prell. X 2 x 0.8 ml
REMICADE – Pres. 100 mg. IV liof.f.a. x 1
REVELLEX – Pres.100 mg IV liof.f.a. x 1
CUPRIMINE – pres. caps. X 100
CUPRIPEN – Pres. 250 mg caps x 30
CUPRIPEN – Pres. Caps. X 24
CUPRIPEN – Pres. caps. X 30
VALIDEZ DE LA RECETA: 15 días a partir de la prescripción
FACTURACION: PRESENTAR LOS DIAS 12 Y 27 DE CADA MES
JERARQUICOS SALUD-LECHES MEDICAMENTOSAS Y
MATERNIZADAS SIN COBERTURA AMBULATORIA :
Informamos a las farmacias adheridas que a partir del día 01/06/08, las LECHES MATERNIZADAS Y MEDICAMENTOSAS dejarán
de tener cobertura ambulatoria de todos los planes de Jerárquicos Salud, salvo los casos en que el socio se presente con receta y
autorización emitida por nuestra auditoría ( Plan Materno Infantil-Niño). Cabe aclarar que estas exclusiones se agregan a las que
figuraban anteriormente en el convenio vigente y que los productos mencionados solo podrán ser cubiertos si son autorizados por
JERSALUD en los porcentajes y cantidades detalladas en la autorización correspondiente
JERSALUD – MEDICAMENTOS EXCLUIDOS:
Informamos a las farmacias adheridas que a partir de la fecha se excluyen las siguientes drogas
y acciones terapéuticas de los planes de JERSALUD, cabe aclarar que estas exclusiones se
agregan a las que figuraban anteriormente en el convenio vigente y que los productos solo
podrán ser cubiertos si por alguna razón son autorizados.
ACCION TERAPEUTICA:
- EMOLIENTE
- OREXIGENO
- DERMATOCOSMETICOS
-
NUTRIENTE DERMICO
RECONSTITUYENTE DERMICO
ENERGIZANTE PSICOFISICO
POLIVITAMINICO POLIMINERAL
BIOENERGIZANTE
POLIVITAMINICO
DROGAS:
- SILDENAFIL
JERSALUD
–
ANULACION
CUPON
MEDICAMENTOS A PARTIR DEL 01/06/10
DE
INFORMAMOS A LAS FARMACIAS ADHERIDAS QUE A PARTIR DEL 01/06/10 SE ANULA EL CUPON DE
MEDICAMENTOS, O SEA QUEDA SIN EFECTO LA OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENTACION DEL
CUPON PARA LA VENTA EN FARMACIAS.
SE DEJA ACLARADO QUE TODA PRESENTACION DE RECETA DEBERÁ SER ENVIADA CON TICKET O
FACTURA DE LA VENTA REALIZADA, Y AL DORSO DE LA RECETA DEBERA CONSTAR COMO
CONFORMIDAD DEL SOCIO: FIRMA, ACLARACION Y Nº DE DOCUMENTO DEL MISMO.
PORCENTAJES RECONOCIDOS POR PLANES
PLANES
% C/O.SOCIAL
C
40%
P.M.I.
40%
P.M.I 2886
40%
P.M.I.2886 SOLTERO
40 %
P.M.I. MONOTRIBUTO
40 %
P.M.I. MONOT.SOLTERO
40 %
P.M.I. SOLTERO
40 %
P.M.I. CONTINUIDAD
40 %
P.M.I. JUBILADOS
40%
P.M.I 2000
60%
P.M.I 2886/2000
60%
P.M.I. 2000 MONOTRIBUT
60 %
P.M.I. JUBILADOS 2000
60 %
PLAN PMI 3000
60%
P.M.O(sujeto a resol.310-04)
40 %
VADEMECUM
SI
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
AGREGAR A LAS EXCLUSIONES VIGENTES: HPV VAC. PAPILOMA HUMANO , VARDEFANIL
DIAGNOSTICO: EN LA RECETA DEBE FIGURAR EL DIAGNOSTICO
LAS DEMAS NORMAS OPERATIVAS SON LAS MISMAS INFORMADAS OPORTUNAMENTE, PARA
CUALQUIER CONSULTA DE NORMAS DE ATENCION , PUEDE CONSULTAR A LA PAGINA
www.cofa.org.ar , en OBR AS SOCIALES
8
COFA – LA CAJA A.R.T.
DESCUENTOS A CARGO DE LA CAJA ART:
AMBULATORIO.:
100% (Cien por ciento)
DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO
 DOCUMENTO DE IDENTIDAD y RECETA
RECETARIO
 CONVENCIONAL
 DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y
CON LA MISMA TINTA:
 NOMBRE DE LA ART (“LA CAJA ART”)
 Nombre y Apellido del paciente.
 Número de DOCUMENTO ó CUIL
 Número de Siniestro (La ausencia de este dato es motivo de débito)
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se
expresa cantidad se expenderá solamente uno).
 Firma y sello con número de matrícula del profesional y especialidad.
 Fecha de prescripción.
 Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma.
VALIDEZ DE LA RECETA
10 (DIEZ) Días desde de la fecha de prescripción.
LÍMITES DE CANTIDADES





CANTIDAD DE RENGLONES:3 (tres).
POR RECETA: Hasta 3 (tres) envases.
POR RENGLÓN: Hasta 1 (un) envase.
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: Hasta 2 (dos) envases
LÍMITES DE TAMAÑOS
 HASTA 1 (UNO) DEL MAYOR TAMAÑO POR RENGLÓN
OTRAS ESPECIFICACIONES
CUANDO EL MÉDICO
No indica tamaño
Sólo indica GRANDE
Equivoca cantidad
DEBE ENTREGARSE
El de menor contenido
La tamaño SIGUIENTE AL
MENOR
El tamaño inmediato inferior
DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA
 Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de prescripción.
 Incluyendo el código de barras.
 Adheridos con cinta adhesiva.
 Número de orden de la receta.
 Fecha de Venta.
 Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda
Farmacéutica Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario)
 Sello y firma de la farmacia.
 Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio,
teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá
aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente.
 Adjuntar copia del ticket de venta. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones. Dicha
información quedará archivada en el legajo de la farmacia.
MEDICAMENTOS FALTANTES:
Si por cualquier motivo en la farmacia falta el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a
obtenerlos dentro de las 24 Hs. de haber sido requeridos por el beneficiario, quien
debe conocer tal condición para adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo.
EXCLUSIONES:
Los descuentos indicados en este instructivo se aplican sobre las especialidades medicinales de venta
bajo receta comprendidas en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos.
Quedan excluidos los productos que figuran en el listado de GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN COBERTURA,
MUY IMPORTANTE
Antes de rechazar una receta por no cumplir con los requisitos de esta
norma operativa, incluyendo los productos prescriptos, solicitar
autorización al 0800-888-0201 (fax), las 24 hs. los 365 días del año),
indicando que el beneficiario se encuentra en la farmacia esperando dicha
autorización.
GRUPOS TERAPÉUTICOS EXCLUIDOS DE LA COBERTURA
• ALIMENTICIOS Y DIETÉTICOS
• ANESTÉSICOS
• ANOREXÍGENOS Y ANABÓLICOS
• ANTICONCEPTIVOS Y ANOVULATORIOS FÍSICOS O QUÍMICOS
ARTICULOS DE ORTOPEDIA
• COSMETICA
• CHAMPUES DE TODO TIPO
• ESTÉTICOS (Anticelulíticos, Antiarrugas, Fotoenvejecimiento, etc.)
• ESTIMULANTES DE LA DISFUNCIÓN SEXUAL.
• EXTRACTOS DE ORGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS DE CULTIVO ANIMALES Y/O VEGETALES.
• FLORES DE BACH
• GINSENG
• HORMONAS DE CRECIMIENTO
• LECHES EN POLVO SIMPLES O COMPUESTAS
•MATERIAL DESCARTABLE
ODONTOLÓGICOS (Pastas, polvos, dentífricos, artículos de limpieza, etc.)
• PARCHES DE NICOTINA
• PRODUCTOS PARA INTERNACIÓN
• PRODUCTOS SIN TROQUEL.
• REACTIVOS PARA EL DIAGNÓSTICO
• RECETAS MAGISTRALES HOMEOPÁTICAS Y ALOPÁTICAS
• SUSTITUTOS DE LA SAL
• VENTA LIBRE
9
ASOC.ECLESIASTICA DE SAN PEDRO
PLAN: ambulatorios
RECETARIO: oficial, del médico
% CARGO O.SOCIAL: 40 % ambulatorios INTERNADOS 100%
INSULINAS: 50 %
VALIDEZ RECETA: 30 días de emisión
CANTIDAD PRESCRIPCION: 3 (tres) medicamentos por receta y hasta un m ximo de 2 (dos)
unidades grandes de cada especialidad.
Si el profesional no especifica el tamaño del medicamento se entregar el de menor contenido
ANTIBIOTICOS: inyectables en envases unitarios hasta 5 (cinco) unidades
LEYENDA TRATAMIENTO PROLONGADO: cuando se solicite más de una unidad de una
especialidad
CREDENCIAL DE SAN PEDRO: con su cupón de pago al dia o con el mes inmediato anterior
como máximo, coin respecto a la fecha de venta..
PRODUCTOS ESPECIALES RECONOCIDOS::
JABONES MEDICINALES (*). LOCIONES CAPILARES (*), LOCIONES DERMICAS(*),
PASTAS DENTALES MEDICINALES(*), SOLUCIONES PARENTERALES, VITAMINAS.
( * ) Estas especialidades sólo podrán ser despachadas , cuando la receta médica provenga de un
especialista dermatólogo y odontólogo en el caso de las pastas dentales.
COMPLEMENTO DIETARIO: Unicamente se reconocerá LK o similar 1 (una) por mes, luego
de intervención quirúrgica.
PRODUCTOS NO RECONOCIDOS:
ANOVULATORIOS, ANOREXIGENOS, CITOSTATICOS, EDULCORANTES, FORMULAS
MAGISTRALES,
HOMEOPATIA,
LECHES
MODIFICADAS,
PERFUMERIA,
COMPLEMENTOS DIETARIOS, VENTA LIBRE, MEDICAMENTOS PARA DISFUNCIÓN
SEXUAL.
TROQUELADO: si
MEDICAMENTOS ONCOLOGICOS E INMUNOLOGICOS (HIV).: En el caso de estos
medicamentos, el socio deberá enviar la receta por fax con indicación de domicilio adonde
entregarlas. .No se abonan en el momento de su recepción sino que la mutual facturara´el 50% a
posteriori directamente. Esta modalidad es para medicamentos que excedan los $ 500 por caja. En el
caso de ser oncológicos pero de costa menor, la farmacia tendrá que pedir autorización a San Pedro
antes de su entrega al socio.
FACTURACION: las farmacias deber n presentar las facturaciones los d¡as 12 y 27
de cada mes
Informamos
actualización
de
ASOC.ECLESIASTICA SAN PEDRO: 24/03/09
normas
de
PRODUCTOS ESPECIALES RECONOCIDOS::
JABONES MEDICINALES (*). LOCIONES CAPILARES (*), LOCIONES DERMICAS(*),
PASTAS DENTALES MEDICINALES(*), SOLUCIONES PARENTERALES, VITAMINAS.
( * ) Estas especialidades sólo podrán ser despachadas , cuando la receta médica provenga de un
especialista dermatólogo y odontólogo en el caso de las pastas dentales.
PRODUCTOS NO RECONOCIDOS:
ANOVULATORIOS, ANOREXIGENOS, CITOSTATICOS, EDULCORANTES, FORMULAS
MAGISTRALES,
HOMEOPATIA,
LECHES
MODIFICADAS,
PERFUMERIA,
COMPLE,MENTOS DIETARIOS, VENTA LIBRE, MEDICAMENTOS PARA DISFUNCIÓN
SEXUAL.
MEDICAMENTOS ONCOLOGICOS E INMUNOLOGICOS (HIV).: En el caso de estos
medicamentos, el socio deberá enviar la receta por fax con indicación de domicilio adonde
entregarlas. .No se abonan en el momento de su recepción sino que la mutual facturara´el 50% a
posteriori directamente. Esta modalidad es para medicamentos que excedan los $ 500 por caja. En el
caso de ser oncológicos pero de costa menor, la farmacia tendrá que pedir autorización a San Pedro
antes de su entrega al socio.
10
O.S.P.A.T.
O.SOCIAL PERSONAL DEL TURF
VIGENCIA CONVENIO : a partir del 20/09/02
PLANES: AMBULATORIOS, PLAN MATERNO INFANTIL, INTERNADOS
PORCENTAJES DE COBERTURA:
PLANES
AMBULATORIOS
PLAN MATERNO
INFANTIL
INSULINAS
INTERNADOS (Autorizados)
% C/OBRA SOCIAL
40 %
100 %
100 %
100%
RECETARIO: oficial OSPAT. Recetario del médico únicamente podrán extenderse, cuando los
mismos sean prescriptos los días sábados, domingos, feriados y que constituyan medicamentos de
urgencia.
VALIDEZ RECETA: 15 días
PRESCRIPCIONES POR RECETA: hasta 2 (dos) especialidades distintas, pudiendo ser una de ellas
de TAMAÑO GRANDE
TAMAÑOS : en el caso de presentaciones con tres o más tamaños de un mismo medicamento, la
expresión GRANDE, deberá interpretarse como la inmediata superior a la menor
ANTIBIOTICOS INYECTABLES: hasta 4 (cuatro) unidades por receta
LECHES: sin cobertura
PRESCRIPCIONES POR GENERICOS: O.S.P.A.T. aceptará la prescripción por parte del
profesional interviniente de medicamentos genéricos es decir que el mismo indicará en la receta el
nombre de la monodroga requerida, sin aclarar ninguna marca comercial.
VADEMECUM P.M.O: se reconocerán todos los productos incluídos en el P.M.O.
FACTURACION: presentar al COLEGIO los días Viernes
O.S.P.A.T. - AUTORIZACION DE RECETAS Informamos a las farmacias adheridas que para la
dispensa de recetas deben solicitar a los afiliados de O.S.P.A.T., recetario oficial, DNI y recibo de
sueldo.
Para el descuento del 40% NO NECESITAN AUTORIZACION PREVIA DEL MEDICO
AUDITOR, mientras el producto de encuentre dentro del vademécum, UNICAMENTE SERAN
AUTORIZADAS las recetas que llevan el descuento del 70% y el 100%
11
POLICIA FEDERAL
VIGENCIA CONTRATO: 01/07/03
PLANES: ambulatorios, internados, materno infantil
RECETARIO: oficial
CARGO O.SOCIAL:
AMBULATORIOS 50 %
INTERNADOS
100 % ( SELLO INTERNADOS EN RECETA, Y EL DE LA
CLINICA O SANATORIO Y/O HOSPITAL
MAT.INFANTIL 100 %
VALIDEZ RECETA: 10 días
Nº PRESCRIPCION: 2 (dos) productos por receta, de diferente presentación y acción terapéutica
pero de distintas formas farmacéuticas
CANTIDAD PRESCRIPCION: 2 (dos) unidades de cada uno ( no podrá exceder de 4 unidades por
receta
TAMAÑOS DEL MEDICAMENTO: será indicado por el profesional, en productos que posean dos
o más presentaciones distintas para la misma forma farmacéutica se entregará por envase grande la
presentación que siga a la menor. La entrega de tamaños mayores deberá ser indicado expresamente,
acompañada con al leyenda TRATAMIENTOS PROLONGADO
Si el profesional no aclara tamaño y dosis del medicamento deberá entregarse la unidad o dosis menor
existente
ANTIBIOTICOS: hasta 8 (ocho) ampollas o frasco ampollas sin fraccionar
MEDICAMENTOS RECONOCIDOS: especialidades de venta bajo receta aprobadas por el
Ministerio de Salud y Acción Social.
- Sustancias de contraste utilizables en radiología que sean venta bajo receta.
- Preparaciones magistrales alopáticas
- Medicamentos anticonceptivos cuando sean recetados por ginecólogo u obstretas
- Bolsas de colostomía recetadas por protólgos o cirujanos. Serán entregadas sin cargo hasta un
máximo de 2 por día o 60 por mes.
- Los medicamentos incluídos en lista 1 y 2 se prescribirán en los recetarios provistos por la
autoridad local correspondiente. El profesional confeccionará además una receta oficial de la Obra
Social.
- Los medicamentos bajo control de lista número 3 y 4 y otras especialidades de venta bajo receta
archivada, se prescribirán en recetario de la Obra Social por duplicado con firma originalen ambas
recetas.
- Los medicamentos de las listas 1,2,3 y 4 no podrán ser reemplazados sus tamaños en caso de falta
momentánea de los mismos.
NO SE RECONOCERAN LOS SIGUIENTES PRODUCTOS: venta libre, productos para la
higiene, pastas dentales, polvos o líquidos odontológicos, artículos de belleza, de tocador, y/o
productos para la estética y antisépticos de uso externo, accesorios para la terapéutica ( agua
oxigenada, algodón, gasas, apósitos, jeringas, agujas descartables etc. Accesorios para diagnósticos (
frascos, termométros, reactivos y placas radiológicas, elementos de contraste o radiopacos etc.),
edulcorantes
BENEFICIO MADRE – HIJO la mujer embarazada, personal policial o conyuge, dispondrá de los
medicamentos sin cargo, desde el momento de la comprobación del embarazo y hasta 45 días del
alumbramiento, los hijos gozarán de dicho beneficio hasta el primer año de vida.
LECHES MODIFICADAS: se entregarán sin cargo hasta el sexto mes de vida y a partir de ese
momento abonará el 50 % hasta el año de vida. Estas será entregadas en un máximo de un 1 kilo por
semana o cuatro(4) por mes.
Las recetas deberán ser certificadas por médico de la Delegación
DATOS EN RECETAS: apellido y nombre del afiliado, número de carnet, prescripción, jerarquía o
grado de parentesco, situación de revista, fecha, firma del facultativo, aclaración firma, matrícula
profesional
FACTURACION: Presentar al COLEGIO los días 7, 17 y 27 de cada mes
12
NORMAOPERATIVAS PARA LA ATENCIÓN DE NUESTROS AFILIADOS EN
FARMACIAS
CLASSIC
FAMILIAR
UP 10
PMO
MONOTRIBUTO
Cobertura de Unión Personal
50%
50%
40 %
40%
40%
Afiliado Paga
50%
50 %
60 %
60%
60%
sí
sí
20%
20%
no
no
Vademécum
Descuento adicional U PCN (1)
sí
sí
PMI
100%
-
sí
sí
-
-
-
-
no
no
no
no
Listado de médicos y/o
instituciones prescriptoras
Credencial
Doc. de Identidad
Oficial
sí, exclusivamente (validación de acuerdo a instructivos anexos)
Provisoria
no, carece de validez
Beneficiario
sí, consignar Tipo y Nº
Adquirente
sí, (en caso de no ser beneficiario), consignar Tipo y Nº de ambos
Tipo de recetario
membretado del médico tratante o institución habilitada (no se aceptan recetarios con
propaganda médica)
Validez de la receta
Psicofármacos
Aclaración de firma
médico y Nº matrícula
30 días a partir de la fecha de prescripción
Duplicado
sí, exclusivamente
Fotocopia
no se acepta
Con sello
sí, exclusivamente
Manuscrita
no se acepta
Aclaración cant. unidades
sí, en letras y números
Limitación cantidad y tamaño
hasta dos (2) especialidades de distinto principio activo por receta y hasta una (1) unidad por
especialidad. Hasta una (1) unidad “Grande” por receta. Ver listado de excepciones.
Medicamentos excluidos de cobertura
sí, se aplica para todos los planes. Ver vademécum y excepciones.
P MI
se valida la condición del afiliado por conexia.
Cobertura PMI
Leches medicamentosas
Prescripción medicamentos
Madres
en medicamentos hasta 30 días después del parto
Niños
en medicamentos hasta cumplir un (1) año de edad
con autorización de auditoria médica exclusivamente
el profesional deberá consignar apellido, nombre y número de beneficiario, Obra Social, fecha
de prescripción (de puño y letra) y el detalle de los medicamentos por su denominación
genérica (conforme Ley 25649)
Recibo de sueldo para
descuento adicional U PCN
no es obligatoria la presentación del último recibo de sueldo donde conste el concepto:
“descuento UPCN”
Enmiendas salvadas
por médico: sí (errores de prescripción)
por farmacéutico: sí (número de afiliado, contra presentación de credencial)
(1) Otras OBRAS SOCIALES a las que se les podrá efectuar el Descuento Adicional:







D.A.S. DIRECCION DE AYUDA SOCIAL
P.A.M.I. (PROGRAMA DE ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL)
MEDICUS
VIALIDAD (O. SOCIAL DE DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD)
DIBPFA
DIBA
IOSE
U.P.C.N. descuento directo: Obra Social cubre 20 % y Afiliado paga 80 %.
El descuento se realizará sobre el 100% del valor del medicamento y será adicional al otorgado por Unión Personal.

EXCEPCIONES
anovulatorios (Excepto los prescriptos por ginecólogos y/u obstetras)
Vacunas de todo tipo, excepto: Vacuna antipiógena y orales para uso neumonológico o inmunológico;
Antitoxina Tetánica y Antitoxina Tetánica – Inmuno Globulina.- Se deja expresamente aclarado que la
exclusión sólo corresponde para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires.
 Anorexígenos (Excepto los prescriptos por endocrinólogos, diabetólogos y nutricionista).
 Anticonceptivos Buenos Aires, debiendo en el resto del país ser cubierta por la Farmacia. Deben estar
prescriptos por médicos Ginecólogos u Obstetras.
 Los Profesionales Odontólogos podrán prescribir exclusivamente medicamentos acordes a su especialidad.
EXCEPCIONES A L AS LIMITACIONES DE CANTIDAD Y TAMAÑO
a.1 Antibióticos y solventes inyectables en envases monodosis: hasta ocho (8) unidades
a.2 Antibióticos y solventes inyectables en envases multidosis: hasta dos (2) unidades
b.
Cuando el profesional consigne de puño y letra “tratamiento prolongado”, podrán dispensarse los productos prescriptos
por el profesional, respetando forma y tamaño:
Máximo: - Dos (2) productos por receta de distinto principio activo.
- Se acepta igual principio activo y distinta forma farmacéutica.
- Por producto se puede expender como máximo un (1) envase (excepto puntos a.1 y a.2)
c. Si indica la palabra “GRANDE”: el inmediato siguiente al menor
d. Si erra tamaño: el inmediato inferior al indicado.
e. Si especifica dosis y/o potencia: lo requerido
f.
Si erra: el inmediato inferior al indicado
NORMAS OPERATIVAS PARA LA ATENCIÓN DE NUESTROS
AFILIADOS EN FARMACIAS
310
210
110
AC 211 C 101
AC 102
PMI
Cobertura de Accord Salud
50%
50%
40%
50%
40%
40%
100%
Afiliado Paga
50%
50%
60%
50%
60%
60%
-
Vademécum
no
no
Manual Farmacéutico
(con exclusiones
sí
sí
Descuento adicional U PCN
20%
20%
no
no
sí
sí
según plan
sí
sí
no
no
según plan
20%
20%
-
-
-
Listado de médicos y/o
instituciones prescriptoras
Credencial
Doc. de Identidad
no
no
no
no
no
no
Oficial
sí, exclusivamente
Provisoria
no, carece de validez
Beneficiario
sí, consignar Tipo y Nº
Adquirente
sí, (en caso de no ser beneficiario), consignar Tipo y Nº de ambos
Tipo de recetario
según plan
membretado del médico tratante o institución habilitada (no se aceptan recetarios con
propaganda médica)
Validez de la receta
Psicofármacos
Aclaración de firma
médico y Nº matrícula
30 días a partir de la fecha de prescripción
Duplicado
sí, exclusivamente
Fotocopia
no se acepta
Con sello
Manuscrita
no se acepta
sí, exclusivamente
Aclaración cant. unidades
sí, en letras y números
Limitación cantidad
y tamaño
hasta dos (2) especialidades de distinto principio activo por receta y hasta una (1) unidad por
especialidad. Hasta una (1) unidad grande por receta. Ver listado de excepciones.
Medicamentos excluidos de cobertura
sí, se aplica para todos los planes. Ver listado de exclusiones o vademécum de acuerdo al
plan
P MI
Cobertura PMI
Leches medicamentosas
Prescripción medicamentos
se valida la condición del afiliado por conexia.
Madres
en medicamentos hasta 30 días después del parto
Niños
en medicamentos hasta cumplir un (1) año de edad
con autorización de auditoria médica exclusivamente.
el profesional deberá consignar apellido, nombre y número de beneficiario, Obra Social, fecha
de prescripción (de puño y letra) y el detalle de los medicamentos por su denominación
genérica (conforme Ley 25649)
Recibo de sueldo para
descuento adicional U PCN
no es obligatoria la presentación del último recibo de sueldo donde conste el concepto:
“descuento UPCN”
Enmiendas salvadas
por médico: sí (errores de prescripción)
por farmacéutico: sí (número de afiliado, contra presentación de credencial)
LISTADO DE MEDICAMENTOS EXC LUIDOS DE COBERTURA EN TODOS LOS PLANES DE ACCORD SALUD
ALBUMINA, PLASMA Y EXPANSORES PLASMATICOS
ALIMENTACION ENTERAL
ANFOTERICINA
ANOREXIGENOS - TRATAMIENTOS PARALAOBESIDAD ANTICELULITICOS
ANTIASTENICOS - ENERGIZANTES
ANTICONCEPTIVOS - ANOVULATORIOS, EXCEPTO LOS
PRESCRIPTOS POR GINECOLOGOS U OBSTETRAS DE UP
ANTIETILICOS
ANTIESTROGENICOS
ANTIHEMOFILICOS
ANTILEUCEMICOS
ANTINEOPLASICOS
ANTIOXIDANTES
ANTITABAQUICOS
ANTIANDROGENICOS
AGONISTAS LHRH
ALIMENTOS EN GENERAL (EXCEPTO LAS LECHES
MEDICAMENTOSAS DEL PMI AUTORIZADAS
PREVIAMENTE)
ANTISCEPTICOS DE SUPERFICIE, EXCEPTO LOS DE VENTA
BAJO RECETA Y QUE LLEVEN TROQUEL
COADYUVANTES ANTINEOPLASICOS
CELULOTERAPIA- LISADO DE CELULAS - EXTRACTO DE
ORGANOS Y TEJIDOS
CINTAS Y REACTIVOS DE DIAGNOSTICO
DENTIFRICO Y PASTAS GINGIVALES
DERMATOLOGICOS DE USO COSMETOLOGICO
DISFUNCION SEXUAL MASCULINA
DNASAHUMANARECOMBINANTE
DIETETICOS
EDULCORANTES
ENOXAPARINA
ERITROPOYETINA
ESTREPTOQUINASA
ETANERCEP
FENTANILO PARCHES
FORMULAS MAGISTRALES, Excepto: los preparados para la
dermatitis del pañal (Pasta Lazar, Pasta al Agua, Linimento Oleo
Calcáreo, etc.) siempre y cuando sean prescriptos en recetas
contempladas dentro del PMI
HORMONAS PARA EL CRECIMIENTO HEMODERIVADOS Y
SUSTITUTOS DE LA SANGRE INMUNOSUPRESORES E
INMUNOMODULADORES HORMONOSUPRESORES
INTERFERONES
JABONES MEDICINALES, Excepto los de venta bajo receta y que
lleven troquel
JERINGAS
LECHES DE TODO TIPO, Excepto las autorizadas por la
Gerencia Médica)
LINEZOLID, PALIBIZUMAB, RILUZOL, TEICOPLAMINA
LIMPIADORES DE LA PIEL ACNEICO
LOS PROFESIONALES ODONTÓLOGOS podrán prescribir
exclusivamente medicamentos acordes a su especialidad.
LLOPROST, OPRELVEKIN, ABCIXIMAB, LEVOSIMENDAN,
DACLIZUMAB
LOCIONES CAPILARES Y LOCIONES DERMICAS, Excepto los de
venta bajo receta y que lleven troquel
MEDICAMENTOS QUE NO CONTENGAN TROQUELNI CODIGOS
DE BARRAS
MEDICAMENTOS QUE NO FIGURAN EN EL MANUAL
FARMACEUTICO
MEDICAMENTOS DE USO EN INTERNACION
MEDICAMENTOS DE ALTO COSTO Y BAJA INCIDENCIA
(Interferones, Inmunoestimuladores, Lacetil, Carnitina, Mestinon,
Dnasa, Interferón alfa 2B + Ribavirina - Hepatitis C Crónica y Tobi)
MEDICAMENTOS ESPECIFICOS PARAELTRATAMIENTO
ONCOLOGICO (Ej: Gliadel)
MEDIOS DE CONTRASTE RADIOTOMOGRAFICOS, Excepto los
autorizados
MYCBACTERIUM BOVIS
ONCOLOGICOS Y COADYUVANTES AL TRATAMIENTO
PROHIBICIONES GENERALES
Productos
ENSURE PLUS
MIRENA
PASIS
DE PRESENTACION Y/O USO HOSPITALARIO
HOMEOPATICOS
PARAEL TRATAMIENTO DE LA DISFUNCION SEXUAL
MASCULINA (Ej: Sildefil, Lumix, Viagra o similares)
PARAEL TRATAMIENTO DEL HIV
INDUCTORES PARA LA FERTILIZACION ASISTIDA
RADIOPACOS
TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN LAS DROGAS Y/O
PRINCIPIOS ORLISTAT (Ej: Xenical)
TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN LAS DROGAS O
PRINCIPIOS ACTIVOS ETANERCEPT (Ej: Embrel)
TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN LAS DROGAS O
PRINCIPIOS ACTIVOS PALIZUMAB (Ej: Synagis)
QUERATOLITICOS
SOLVENTES INDOLOROS, Excepto las ampollas por 1,5 ml
SOMOTOSTATINA, SOMATOTROPINAHUMANA
SURFACTANTES PULMONARES
TOBI - TOBRAMICINAGEN MED - ZYVOX - SEPTOPAL
TRATAMIENTO CONTRA ELSIDA
TRATAMIENTO DE LA ESTERILIDAD
TRATAMIENTO CONTRA EL ALCOHOLIMO
ULTRASE - ULTRASEMT
VACUNAS, EXCEPTO: VACUNA ANTIPIOGENA Y ORALES PARA
USO NEUMONOLOGICO O INMUNOLÓGICO; ANTITOXINA
TETANICA Y ANTITOXINA TETANICA – INMUNO GLOBULINA.(La exclusión sólo corresponde para la Ciudad de Buenos Aires y
Gran Buenos Aires, debiendo en el resto del país ser cubiertas por la
farmacia)
INSULINAS DE TODO TIPO
HIPOGLUCEMIANTES ORALES
EXCEPCIONES A L AS LIMITACIONES DE CANTIDAD Y TAMAÑO
a.1 Antibióticos y solventes inyectables en envases monodosis: hasta ocho (8) unidades
a.2 Antibióticos y solventes inyectables en envases multidosis: hasta dos (2) unidades
b. Cuando el profesional consigne de puño y letra “tratamiento prolongado”, podrán dispensarse los productos
prescriptos por el profesional, respetando forma y tamaño:
Máximo: Dos (2) productos de distinto principio activo por receta
Se acepta igual principio activo y distinta forma farmacéutica.
Por producto se puede expender como máximo un (1) envase (excepto puntos a.1 y a.2)
c. Si indica l a p al abr a “GRANDE”: el inmediato siguiente al menor
d. Si erra tamaño: el inmediato inferior al indicado.
e. Si especifica dosis y/o potencia: lo requerido f.
Si erra: el inmediato inferior al indicado
DESCUENTO ADICIONAL UPCN
El descuento se realizará sobre el 100% del valor del medicamento y será adicional al otorgado por Accord Salud.
NORMAS OPERATIVAS PARA LA ATENCIÓN DE NUESTROS
AFILIADOS EN FARMACIAS
PLATINO
DORADO VERDE AZUL OSLERA OSLERA DORADO OSLERA PLATINO PMI
Cobertura de Accord Salud
50%
50%
50%
40%
50%
50%
50%
100%
Afiliado Paga
50%
50%
50%
60%
50%
50%
50 %
-
Vademécum
no
no
Manual Farmacéutico
(con exclusiones)
sí
sí
Descuento adicional U PCN
20%
20%
sí
sí
sí
no
no
según
plan
no
no
no
si
sí
según
plan
20%
-
-
-
-
Listado de médicos y/o
instituciones prescriptoras
Credencial
Doc. de Identidad
s/ plan
no
no
no
no
no
no
Oficial
sí, exclusivamente
Provisoria
no, carece de validez
Beneficiario
sí, consignar Tipo y Nº
Adquirente
sí, (en caso de no ser beneficiario), consignar Tipo y Nº de ambos
Tipo de recetario
no
membretado del médico tratante o institución habilitada (no se aceptan recetarios con
propaganda médica)
Validez de la receta
Psicofármacos
Aclaración de firma
médico y Nº matrícula
30 días a partir de la fecha de prescripción
Duplicado
sí, exclusivamente
Fotocopia
no se acepta
Con sello
Manuscrita
sí, exclusivamente
no se acepta
Aclaración cant. unidades
sí, en letras y números
Limitación cantidad
y tamaño
hasta dos (2) especialidades de distinto principio activo por receta y hasta una (1) unidad por
especialidad. Hasta una (1) unidad grande por receta. Ver listado de excepciones.
Medicamentos excluidos de cobertura
sí, se aplica para todos los planes. Ver listado de exclusiones o vademécum de acuerdo al
plan
P MI
Cobertura PMI
Leches medicamentosas
Prescripción medicamentos
se valida la condición del afiliado por conexia.
Madres
en medicamentos hasta 30 días después del parto
Niños
en medicamentos hasta cumplir un (1) año de edad
con autorización de auditoria médica exclusivamente.
el profesional deberá consignar apellido, nombre y número de beneficiario, Obra Social, fecha
de prescripción (de puño y letra) y el detalle de los medicamentos por su denominación
genérica (conforme Ley 25649)
Recibo de sueldo para
descuento adicional U PCN
no es obligatoria la presentación del último recibo de sueldo donde conste el concepto:
“descuento UPCN”
Enmiendas salvadas
por médico: sí (errores de prescripción)
por farmacéutico: sí (número de afiliado, contra presentación de credencial)
14
O.S.A.M.
VIGENCIA CONTRATO: 8/09/03
PORCENTAJES DE COBERTURA
PLANES
AMBULATORIOS
PLAN
MAT.INFANTIL
PLAN
MAT.INFANTIL
%CARGO
O.SOCIAL
40% ( * )
100%
% CARGO
AFILIADO
60%
-.-
40%
60%
VADEMECUM
SI
SI-Señalizados sigla
PMI
SI
( * ) ACLARACION % DESCUENTO: EN MEDICAMENTOS NO ETICOS, EL AFILIADO
ABONA EL 60% DEL VALOR KAIROS, MIENTRAS EL 40% ES ABSORBIDO POR LA
FARMACIA SIN FACTURARLO A OSAM.
EN MEDICAMENTOS ETICOS , que no puedan sustituirse y previa AUTORIZACION de
INTEGRAL, el 60% abonará el afiliado y el 40% se facturará a INTEGRAL
RECETARIO: oficial, validez 20 días de emitido
VALIDEZ RECETA : 15 días de prescripta, fecha en números arábigos y no se aceptará en números
romanos
CANTIDAD PRESCRIPCION:
chicos
2 (dos) medicamentos por receta, uno grande y uno chico o dos
TAMAÑOS: si no se indica tamaño se dispensará el más chico, si se indica grande se acompañará de
la leyenda tratamiento prolongado y la patología crónica
ANTIBIOTICOS: inyectables monodosis hasta 5 (cinco) unidades, multidosis 1 (una) unidad
EXCLUSIONES DE COBERTURA: quedan excluidos de las prestaciones los medicamentos para
INTERNACIONES,
MEDIOS DE CONTRASTE, ONCOLOGICOS, PREPARACIONES
MAGISTRALES, PROD.VENTA LIBRE (no contemplados en vademécum),
Y TODA
MONODROGA QUE NO SE ENCUENTRE EXPRESADA EN EL FORMULARIO
TERAPEUTICO.
PLAN MATERNO INFANTIL ( AUTORIZADAS): tendrá un descuento del 100 % para aquellos
medicamentos contemplados en el formulario terapéutico con la sigla PMI, el resto de los
medicamentos que no se señalan con la sigla antes mencionada y que se encuentran en el formulario
terapéutico tendrán un descuento del 40 %
EMBARAZADAS, desde el diágnostico positivo de embarazo y hasta 30 días posteriores al parto
RECIEN NACIDOS: la cobertura para los niños es desde el nacimiento hasta el primer año de edad
en medicamentos que figuren en vadémecum
OBSERVACIONES:
DE LA PERSONA QUE RETIRA LA MEDICACION: deberá colocar sin excepción: tipo y nº de
documento, firma y aclaración de la misma con nombres y apellidos completos y domicilio completo
ACREDITACIONES: el afiliado deberá exhibir credencial oficial, último recibo de sueldo,
documentos de identidad
GENERICOS: Prescripción de medicamentos a través de su nombre genérico y eventualmente la
facultad de sustitución del farmacèutico si la prescripción es por nombres comerciales
TROQUELADO: La no exigencia de adjuntar troqueles, excepto en medicamentos éticos autorizados
por INTEGRAL.
VADEMECUM: SI
FACTURACION: presentar al COLEGIO los días 12 y 27 de cada mes
15
RECETARIO SOLIDARIO
DESCUENTOS A CARGO DEL RECETARIO SOLIDARIO:
AMBULATORIO: 20% (Veinticinco por ciento)
La prescripción debe hacerse por D.C.I acompañada por la marca comercial.
RECETARIO:
 OFICIAL (No se aceptan fotocopias)
PARA QUE EL RECETARIO SEA VALIDO DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE
PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL:
 Nombre y Apellido del paciente.
 Tipo y N° de Documento.
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se expresa
cantidad se expenderá solamente uno).
 Forma farmacéutica y potencia de cada producto prescripto.
 Marca comercial sugerida
 Firma y sello con número de matrícula del profesional legible.
 Fecha de prescripción.
 Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma.
 La tinta de la prescripción deberá coincidir con la de la firma del médico.
 Todos los ítems de la receta deben estar completos.
VALIDEZ DE LA RECETA:
30 (TREINTA) días contando la fecha de prescripción.
LÍMITES DE CANTIDADES:
 CANTIDAD DE RENGLONES: Tres (3).
 POR RECETA: Hasta cuatro (4) envases.
 POR RENGLÓN: Hasta un (1) envase excepto para Tamaño Menor: dos (2) envases solamente
para una especialidad.
 ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta cinco (5) envases para una sola
especialidad por receta.
 ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: Hasta un (1) envase por receta.
LÍMITES DE TAMAÑOS:
 Hasta 1(uno) del de Mayor Tamaño por renglón.
 Hasta 2(dos) del de Menor Tamaño para una única especialidad por receta.
En caso de discontinuidad o baja en la comercialización de alguna de las presentaciones indicadas en
el vademécum, se podrá dispensar el tamaño inmediato inferior o el existente en ese momento, previa
aclaración al dorso de la receta convalidada por la firma del farmacéutico. El beneficiario deberá
firmar en conformidad.
OTRAS ESPECIFICACIONES
Las prescripciones deberán realizarse respetando las disposiciones vigentes.
CUANDO EL MÉDICO
LA FARMACIA DEBE ENTREGAR
No indica tamaño
El de menor contenido
Sólo indica GRANDE
El tamaño SIGUIENTE AL MENOR
DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA:
 Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de prescripción.
 Incluyendo el código de barras.
 pegar con cinta adhesiva
 Para acceder al descuento comercial los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente:
 Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones, evidencia o marca de
sustancias adhesivas).
 Sin signos de desgaste del material (en todo o parte del troquel) o del color de la impresión.
 Sin impresiones gomígrafas mediante sellos de cualquier tipo o leyendas legibles o no.
 Sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel, para un mismo producto, presentación y
lote.
 No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso del troquel.
 Número de orden de la receta.
 Fecha de Venta.
 Precios unitarios y totales, total facturado, importe a cargo del beneficiario y a cargo del Recetario
Solidario (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica
Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario)
Sello y firma de la farmacia.
 Firma del paciente o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono
y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito).
 La farmacia deberá adjuntar a la receta el triplicado del ticket fiscal de venta.
En caso que no cuenten con esta posibilidad deberán presentar por escrito una justificación de
motivos antes del 30/1/2004 y manifestar de que manera ofrecen suplir el mismo, para seguir
obteniendo el descuento. El caso será resuelto por la auditoria del sistema.
 Transitoriamente, para los casos que no cuenten con duplicado del ticket fiscal, deberán
adjuntar un comprobante de venta que acredite que la dispensa fue realizada con el pertinente
descuento.
Asimismo, la farmacia deberá identificar de manera inequívoca en el recetario el número de
registración fiscal de la operación. El libro IVA y la copia de la factura o ticket deberá ser exhibido
a la auditoría cada vez que sea requerido.
PSICOFÁRMACOS:
 De acuerdo a las leyes vigentes.
MUY IMPORTANTE
PARA ACCEDER AL DESCUENTO DEL LABORATORIO LA DISPENSACION
DEBERA REALIZARSE CUMPLIENDO TODOS LOS PUNTOS DETALLADOS EN
ESTA NORMA. LA OMISIÓN DE CUALQUIER REQUISITO SERÁ CAUSAL DE
DÉBITO.
FACTURACION. Presentar la facturación de acuerdo al cronograma de fechas establecido.
ULTIMA NOVEDAD: A partir del 01/12/04 entran en vigencia estas modificaciones.
A partir del 01/06/07 rige nuevo descuento 20%
16
OSFATLYF
NORMA OPERATIVA - Vigencia 1º de Junio de 2013
1. DESCUENTOS A CARGO DE OSFATLyF
VÁLIDOS SÓLO PARA PACIENTES AMBULATORIOS
COBERTURA
PLAN
PLAN PMO (Ex BÁSICO)
40%, 70% ó 100% Para los productos incluidos en el Vademécum PMO según
validación on line
PLAN PMO Especial
50%, 70% ó 100% Para los productos incluidos en el Vademécum PMOEspecial según
validación on line
PLAN ADHERENTES
50%, 70% ó 100% Para los productos incluidos en el Vademécum PMOEspecial según
validación on line
PLAN MATERNO INFANTIL
VER ESPECIFICACIONES
El descuento por prestaciones farmacéuticas, se realiza a los afiliados vigentes en la Obra Social según
validación on line
2. DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO
Credencial según modelo adjunto, Documento de Identidad y Receta
3. PLAN MATERNO INFANTIL
Mujeres Embarazadas:
Hasta un mes despues
del parto:
☼ 100% Para todos los productos incluidos en el vademécum PMI según
validación on line
☼ Fuera del Vademécum PMI rigen los descuentos habituales 40, 50 , 70 %
☼ Descuento del 100% para todos los productos incluidos en el vademécum
Niños Hasta el 1º Año de
ambulatorio de PMO y/o PMO Especial según corresponda y con validación on
vida:
line
Leches:
☼ Exclusivamente con voucher autorizante de la Obra Social según modelo
adjunto. Este segmento no requiere validación on line
4. RECETARIO
TIPO:
VALIDEZ:
Oficial, particular o de instituciones. (No propaganda
médica)
30 (treinta) días contados a partir de la fecha de
prescripción.
Deben figurar los siguientes datos de puño y letra del profesional y con la misma
tinta:
☼ Apellido y Nombre del
Beneficiario
☼ Denominación de la Obra
Social
☼ Número de Beneficiario (Cuando en una receta el Nº de beneficiario sea poco
legible o se encuentre incompleto, la farmacia debe aclararlo al dorso en forma
correcta, indicando junto al Nº consignado por el médico la frase "VER AL DORSO".
El beneficiario debe firmar nuevamente como muestra de conformidad).
☼ Medicamentos recetados por principio activo (ley 25649), detallando tamaño y
cantidad de cada uno con eventual sugerencia de marca comercial
☼ Firma y sello con número de matrícula del profesional.
☼ Fecha de Prescripción
☼ Toda correción o enmienda deberá estar salvada por el médico con sello y firma.
☼ Diagnostico (no excluyente)
5. LÍMITES DE CANTIDADES
CANTIDAD DE RENGLONES:
ENVASES POR RENGLON:
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS:
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS:
ANICONCEPTIVOS:
2 (dos). De diferentes principios activos
1 (uno) envase independientemente del tamaño
Hasta 5 (cinco) por receta
Hasta 1 (uno) por receta
Hasta 1 (uno) envase por receta
6. OTRAS ESPECIFICACIONES
Cuando el Médico:
Deberá Entregarse:
No especifica cantidades
Sólo indica la palabra grande
Equivoca la cantidad y/o contenido
El envase de menor contenido
La presentación siguiente a la menor
El tamaño inmediato inferior al
indicado
PSICOFARMACOS
El profesional debe confecionar además un segundo recetario de acuerdo a las normas legales en vigencia, el
cual queda como duplicado en poder de la farmacia.
MEDICAMENTOS FALTANTES
Si por cualquier motivo en la farmacia falta el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a
obtenerlos dentro de las 24 Hs. de haber sido requeridos por el beneficiario, quien debe conocer tal condición
para adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta.
7. VALIDACION ON LINE
La validación on line es obligatoria y se realizará para todos los planes excepto Leches a través de
www.misvalidaciones.com.ar
8. DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA
☼ Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
De acuerdo al orden de prescripción.
Incluyendo el código de barras.
Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido que
dificultan la lectura del código de barras).
☼ Número de orden de la receta.
☼ Fecha de Venta.
☼ Precios unitarios y totales (tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda
Farmacéutica Kairos), las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario.
☼ Sello y firma de la farmacia.
☼ Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio y documento. (La
ausencia de estos datos es motivo de débito).
☼ Consignar los importes: Unitarios y Totales, TOTAL GENERAL, A CARGO de OSFATLyF, A CARGO
Afiliado.
☼ Adjuntar copia del ticket de venta a la receta. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones.
Dicha información quedará en el legajo de la farmacia.
9. PRESENTACION
Plazo de presentación: 60 días corridos a partir de la fecha de dispensa.
Validez para refacturación: 60 días corridos a partir de haber recibido la liquidación
Todas las recetas de OSFATLYF deben presentarse con carátula de presentación según modelo adjunto de
acuerdo a ese detalle. Asimismo deberán ralizar el cierre de lote en www.misvalidaciones.com.ar
El porcentaje de descuento aplicado en cada caso debe figurar en el ticket de venta o bien agregado junto a la
prescripcion en forma manuscrita.
IMPORTANTE:
Toda farmacia tiene la obligación de ajustarse en todo ala Resolución 435/11 del Ministerio de salud de la
Nación y las demás normas complementarias como las disposiciones 3683/11 y 1831/12 del ANMAT y
Resolucion 362/12 de la Superintendencia de Servicios de Salud por las cuales se compreten mediante el
hardware y el softwareadecuado a satisfacer las normativas y artículos que ellas establecen en función de la
trazabilidad de los medicamentos.
10. CREDENCIALES VIGENTES
11. VOUCHER PARA LECHES
17
ART.CONSOLIDAR
PLAN
AMBULATORIOS
COBERTURA
100%
DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO
 DOCUMENTO DE IDENTIDAD: SI
TIPO DE RECETARIO
 PARTICULAR.
 DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y
CON LA MISMA TINTA:
 NOMBRE DE LA ART (“CONSOLIDAR ART”)
 Nombre y Apellido del paciente.
 Número de DOCUMENTO ó CUIL
 Número de SINIESTRO
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se
expresa cantidad se expenderá solamente uno).
 Firma y sello con número de matrícula del profesional y especialidad.
 Fecha de prescripción.
 Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma.
VALIDEZ DE LA RECETA
10 (DIEZ) Días desde de la fecha de prescripción.
LÍMITES DE CANTIDADES
 CANTIDAD DE RENGLONES:3 (tres).
 POR RECETA: Hasta 6 (seis) envases.
 POR RENGLÓN: Hasta 2 (dos) envases.
 ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases
 ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: Hasta 2 (dos) envases
LÍMITES DE TAMAÑOS:
HASTA 2 (DOS) DEL MAYOR TAMAÑO POR RENGLÓN
OTRAS ESPECIFICACIONES
CUANDO EL MÉDICO
No indica tamaño
Sólo indica GRANDE
Equivoca cantidad
DEBE ENTREGARSE
El de menor contenido
El tamaño SIGUIENTE AL
MENOR
El tamaño inmediato inferior
DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA
 Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de prescripción.
 Incluyendo el código de barras.
 Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la
lectura del código de barras).
 Número de orden de la receta.
 Fecha de Venta.
 Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda
Farmacéutica Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario)
 Sello y firma de la farmacia.
 Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio,
teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá
aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente.
 Adjuntar copia del ticket de venta. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las razones.
Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia.
EXCLUSIONES: Los descuentos indicados en este instructivo se aplican solamente sobre las
especialidades medicinales de venta bajo receta comprendidas en el VADEMÉCUM de
CONSOLIDAR ART, el cual es emitido por la Entidad.
Quedan también excluidos los productos que figuran en el listado de GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN
COBERTURA, aunque figuren en el Vademécum, el cual también es emitido por CONSOLIDAR
ART.
GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN COBERTURA
ALIMENTOS
ANTIANDROGÉNICOS
ANTICONCEPTIVOS
ANTIESTROGÉNICOS
ANTINEOPÁSICOS
COSMÉTICOS
DIETÉTICOS
DROGAS INMUNOMODULADORAS
DROGAS INMUNOSUPRESORAS
FÓRMULAS MAGISTRALES
HERBORISTERÍA
HOMEOPÁTICOS
LECHES
MEDIOS DE CONTRASTE RADIOLÓGICO
ONCOLÓGICOS Y CITOSTÁTICOS
PRODUCTOS DE PRESENTACIÓN Y/O USO HOSPITALARIO
PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA DISFUNCIÓN SEXUAL MASCULINA (Ej.:
Vimax, Sidefil, Lumix, etc.).
PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD (Ej.: Xenical).
SOLUCIONES PARENTERALES
SONDAS / GUIAS PARA SUERO
PRODUCTOS DE VENTA LIBRE
MUY IMPORTANTE
 Antes de rechazar una receta por no cumplir con los requisitos de esta norma operativa,
incluyendo los productos prescriptos, solicitar autorización al 0800-333-1400 (las 24 hs. los
365 días del año) o al 011-4348-1231.
 En los casos que se detecte que los productos recetados no se corresponden con la patología
del paciente o que ostensiblemente no correspondan a la especialidad del médico prescriptor,
informar a la Auditoría Médica de CONSOLIDAR ART, a los teléfonos indicados en el
párrafo anterior.
FACTURACION: presentar los días 27 de cada mes
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AMSTERDAM SALUD S.A.
Vigencia del contrato: Abril/05
PLANES: 40%, 50%, 70% y 100 %, de acuerdo a lo autorizado al reverso de la receta
VADEMECUM PLAN PMO , UNO y PMI , 10-7-14
RECETARO OFICIAL: si
PLAN PMO 40% RECETARIO COLOR AMARILLO (1/12/06)
VALIDEZ RECETA: en el recetario figura fecha de vencimiento del mismo, controlar bien este
dato caso contrario serán debitadas
CANTIDAD PRESCRIPCIONES. 2 ( dos ) productos por receta, 1 (uno) por especialidad
PRESCRIPCION POR NOMBRE GENERICO O PRINCIPIO ACTIVO Y NOMBRE ETICO:
toda receta debe llevar cada medicamento prescrito por sus dos nombres es decir genérico o principio
activo y nombre ético.
Se reconocerá medicamento ético en caso que el profesional considere necesario por la patología y
deberá justificar prescripción por marca, firmando el justificativo en la receta al dorso.
El beneficiario podrá optar por la compra de la medicación ética, pero la farmacia realizará el
descuento correspondiente sobre el valor del genérico, salvo en los casos en que el medicamento
tenga justificativo debidamente firmado por el profesional, entonces el descuento será sobre el valor
del producto ético
PLAN MATERNO INFANTIL: 100% c/oO.Social,
LECHES: Unicamente medicamentosas acompañadas de historia clínica hasta 4 (cuatro) kilos por
mes y hasta el tercer mes de vida.
DIAGNOSTICO: en el recetario el casillero del diagnóstico debe estar llenado por el Médico, de
manera que la medicación a proveer esté en concordancia a la patología
NO SE RECONOCE: PREPARADOS MAGISTRALES, HOMEOPATICOS, PRODUCTOS DE
USO ESTÉTICO Y MEDICAMENTOS DE VENTA LIBRE,
CREMAS DERMATOLOGICAS: Se reconocerán solo aquellas que sean prescriptas por el
profesional Dermatólogo
FACTURACION: Presentar al COLEGIO los días 27 de cada mes
VACUNAS: No se reconocerán vacunas sin la firma y sello del médico auditor autorizándolas, aun
teniendo el descuento y sello de la Obra social,
AMSTERDAN SALUD – ACTUALIZACION NORMASPROD.QUE SUPERAN $ 250,00 10-7-14
INFORMAMOS A LAS FARMACIAS ADHERIDAS QUE A PARTIR DE LA FECHA, 10/7/14 EL
MEDICAMENTO QUE SUPERA EL IMPORTE DE $ 250,00, DEBERA CONTAR CON LA AUTORIZACION
DEL MEDICO AUDITOR (NO DEBE DISPENSARSE MEDICAMENTO SIN PREVIA AUTORIZACION).
ASIMISMO RECORDAMOS QUE EL PLAN MATERNO INFANTIL, EMBARAZADAS CUENTA CON UNA
COBERTURA DEL 100 % EN MEDICAMENTOS REFERENTE UNICAMENTE AL EMBARAZO.
POR SU PARTE EL PLAN MATERNO INFANTIL, HASTA 1 AÑO CUENTA CON LA COBERTURA DEL
100% EN MEDICAMENTOS REFERENTE A LA EDAD.
NO SE RECONOCE LECHES MATERNIZADAS.
LA LECHE MEDICAMENTOSA, GOZA DE COBERTURA LOS TRES PRIMEROS MESES DE VIDA, CON
LA AUTORIZACION DEL MEDICO AUDITOR.
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ART. QBE
PLAN DE COBERTURA
PLAN
AMBULATORIOS

COBERTURA
100%
Vademécum Premium
DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO
 DOCUMENTO DE IDENTIDAD: SI
TIPO DE RECETARIO
 De Hospital, Clinica, Sanatorio, Médico (con membrete)
 DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y
CON LA MISMA TINTA:
 NOMBRE DE LA ART (“QBE. ART”)
 Nombre y Apellido del paciente.
 Número de DOCUMENTO ó CUIL
 Nombre de la Empresa
 Medicamentos recetados (PRESCRIPCION MEDICA CON D.C.I + MARCA
SUGERIDA) y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se
expresa cantidad se expenderá solamente uno).
 Firma y sello con número de matrícula del profesional y especialidad.
 Fecha de prescripción (ante algún error no puede ser salvada)
VALIDEZ DE LA RECETA
10 (DIEZ) Días desde de la fecha de prescripción.
LÍMITES DE CANTIDADES





CANTIDAD DE RENGLONES: ( 3 ).
POR RECETA: Hasta ( 2 ) envases.
POR RENGLÓN: Hasta ( 2 ) envases.
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: Hasta 2 (dos) envases
LÍMITES DE TAMAÑOS:
HASTA ( 2 ) DEL MAYOR TAMAÑO POR RENGLÓN
OTRAS ESPECIFICACIONES
CUANDO EL MÉDICO
No indica tamaño
Sólo indica GRANDE
Equivoca cantidad
DEBE ENTREGARSE
El de menor contenido
El tamaño SIGUIENTE AL
MENOR
El tamaño inmediato inferior
DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA
 Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de prescripción.
 Incluyendo el código de barras.
 Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora
ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la lectura del
código de barras).
 Número de orden de la receta.
 Fecha de Venta.
 Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda
Farmacéutica Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario)
 Sello y firma de la farmacia.
 Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio,
teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá
aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente.
 Adjuntar copia del ticket fiscal de venta. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las
razones. Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia.
PROVISION DE INSUMOS NO ESPECIFICADOS EN MANUAL FARMACEUTICO/KAIROS






GASAS ESTERILES, TODAS LAS MEDIDAS (USUALES)
VENDAS TIPO CAMBRIC
VENDAS ELASTICAS – TOBILLERAS –
CABESTRILLOS
JERINGAS Y AGUJAS DESCARTABLES
GUANTES DESCARTABLES
MUY IMPORTANTE

Antes de rechazar una receta por no cumplir con los requisitos de
esta norma operativa, incluyendo los productos prescriptos, solicitar
autorización al 0800-4444490 (las 24 hs. los 365 días del año) o al
(011) 5281-5960.

En los casos que se detecte que los productos recetados no se
corresponden con la patología del paciente o que ostensiblemente
no correspondan a la especialidad del médico prescriptor, informar a
la Auditoría Médica de Q.B.E. ART, a los teléfonos indicados en el
párrafo anterior.
EXCLUSIONES:
GRUPOS TERAPÉUTICOS SIN COBERTURA
ANTIANDROGÉNICOS
ANTICONCEPTIVOS
ANTIESTROGÉNICOS
ANTINEOPÁSICOS
COSMÉTICOS
DIETÉTICOS
DROGAS INMUNOMODULADORAS
FÓRMULAS MAGISTRALES
HERBORISTERÍA
HOMEOPÁTICOS
LECHES
MEDIOS DE CONTRASTE RADIOLÓGICO
ONCOLÓGICOS Y CITOSTÁTICOS
PRODUCTOS DE PRESENTACIÓN Y/O USO HOSPITALARIO
PRODUCTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA OBESIDAD (Ej.: Xenical).
SOLUCIONES PARENTERALES
SONDAS / GUIAS PARA SUERO
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ART. LA HOLANDO
COBERTURA
Afiliados a La Holando ART
100% de descuento sobre precio al público en todos los medicamentos
1. ACREDITACIONES.
Los beneficiarios de LA HOLANDO ART podrán acceder a la cobertura en medicamentos exhibiendo:
 Denuncia de accidente.
 Documento de identidad.
 Receta debidamente conformada, conteniendo datos del Nombre y Apellido del Beneficiario, Nº de
DNI, CUIL, que tenga la leyenda ¨LA HOLANDO A.R.T¨ y si es posible el nombre de la Empresa,
fecha de emisión, con sello y firma del médico.
2. DEL RECETARIO.
Validez del Recetario: Tres días a partir de la fecha de prescripción.
3. PRESCRIPCIÓN
La prescripción deberá estar hecha de puño y letra del médico tratante, en recetario de la entidad prestadora y
con firma y sello.
DEBERA AJUSTARSE A LAS NORMAS LEGALES VIGENTES (Prescripción por DCI y marca comercial
sugerida)
4. LIMITACIONES
Se aceptarán por receta:
Cantidades:
Unidades:
Tamaños:
Dos (02) R/P por receta.
01 unidad por R/P
Antibióticos monodosis hasta 05 unidades.
Antibióticos multidosis hasta 01 unidad.
Si no indica tamaño, se dispensará el más chico.
Si indica tamaño grande, se dispensará el envase que le sigue.
5. EXCLUSIONES DE COBERTURA (SOLO CON AUTORIZACION DE LA ART)
Quedan excluidos de las prestaciones, los medicamentos para las internaciones, medios de contraste,
oncológicos, las preparaciones magistrales, los productos de venta libre, tiras reactivas y toda medicación que
no figure en Vademécum.
6. ENMIENDAS
Toda enmienda hecha en la prescripción, deberá ser salvada por el médico tratante bajo la leyenda de digo ....(lo
enmendado), firmando y sellando nuevamente lo salvado.
7. DE LA PERSONA QUE RETIRA LA MEDICACION
Toda persona que retira la medicación deberá colocar sin excepción: Tipo y N° de documento, firma y
aclaración de firma con nombre y apellido y domicilio completo.
9. DE LA PRESENTACION DE LA FACTURACION: Con resumen de recetas, desglosado por paciente, el que
contendrá:
1) Recetas numeradas;
2) CUIL del beneficiario;
3) Precio total facturado con ticket legal y Fiscal.
4) El troquel deberá estar en perfectas condiciones para no dificultar su lectura.
ANTE CUALQUIER DUDA: TELEFONO PARA AUTORIZACIONES:
0800-9999 719
FACTURACION; PRESENTAR LOS DIAS 25 DE CADA MES
21
NORMATIVAS PARA DISPENSACION PARA FARMACIAS
Planes BOREAL:
SERENO
PMI
A2
A3
A1
EXT.DE COBER.
SUB DE DESEMP.
BASICO-CLASICO
VIP
CLÁSICO
M1
OSPAT CLASICO
OSPAT VIP
M2
PMO
PMO-OSSIMRA
PMOE
GENUINOS
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
Recetario oficial de BOREAL
DTO. 40%
DTO. 100%
DTO. 50%
DTO. 50%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 50%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 40%
DTO. 40%
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 3 medicamentos
Hasta 3 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Validez del recetario: hasta el día impreso en el recetario, valida hasta el:
Validez de la prescripción: Hasta 10 días corridos
Facturación: Mensual (del 1 al 31 de cada mes)
Presentación: del 1 al 10 de cada mes
Refacturación : Serán refacturables las recetas hasta 30 días posteriores de la fecha de devolución tomando como
referencia la indicada en el sello de Boreal facturación.Cantidad de medicamentos: 1 por prescripción, mayor cantidad autorizado por BOREAL
Antibióticos iny: Monodosis hasta 3 unidades
Antibióticos iny: Multidosis hasta 1 unidad por receta
Vacunas: solo con autorización de BOREAL (excepto vacuna antitetanica que no requiere autorizacion)
Dermatológicos: únicamente prescriptos por dermatólogos .Salvo Champúes, jabones medicinales y lacas que están
todos excluidos.
Oftalmológicos: si por oftalmólogos
Troquel con código de barras: SI (únicamente)
NO SE RECONOCE: Radiópacos y/o medios de diagnósticos. Soluciones parenterales. Citostáticos. Anorexígenos.
Lipolíticos. Leches, alimentos y/o suplementos nutricionales. Albúmina humana. Aminoácidos. Productos cosmetológicos.
Anestésicos en general. Medicamentos de uso en internación. Hormonas y/o drogas estimulantes de las gónadas femeninas
y masculinas. Inmunomoduladores (estimulantes y supresores). Calcitonina. Anabólicos. Sidenafil. Orlistat. Sibutramina.
Medicamentos con Ginseng y/o Vitamina E. Synvisc. Antipsicóticos (Olanzapinas). Prevenar, Rotarix, Neisvac-c. Drogas
Anti HIV. Venta Libre. Material descartable. Anticonceptivos. Etanercept. Verteporfin. Glucosamina. Cartílago de
Tiburón. Insaponificables de palta-soja. Esclerosantes venosos en general. NUTRIENTES DÉRMICOS (Dermaglos,
Euroderm A, Hipoglós y similares). Carnitina sola y/o asociada. Bupropión. Gamaglobulina Humana+Histamina.
Gammaglobulina polivalente. Laxantes en general. Apomorfina. Medicamentos con aminoácidos. Coadyuvantes en
oncología. Eritropoyetina. Fórmulas Magistrales. Hormonas de crecimiento. Jabones y shampúes medicinales. Lacas para
uñas. Pediculicidad. Medicamentos para el Alzehimer (Donopecilo, Rivastigmina). Mebeverina. Antimigrañosos
(derivados de la ergotamina).

SE RECONOCEN CON AUTORIZACIÓN PREVIA DE BOREAL: Medicamentos con: Isotretinoína.
Vasodilatadores Periféricos: Pentoxifilina. Blufomedil. Cilostazol. Antihipertensivos: Losartán, Irbesartán.
Candesartan, Telmisartán, Olmesartán, Valsartán. Magnesio. Heparinas de bajo peso molecular.Gamma glubulina
Anti D. Leflunomida.
A partir de Diciembre de 2002:
1.
Si el médico prescribe un medicamento por su nombre genérico, Ud. podrá ofrecer a nuestros socios productos de
diferentes costos pero con igual droga o principio activo, concentración, forma farmacéutica y tamaño (igual o menor)
y por lo tanto la misma acción farmacéutica.
2.
Si el médico prescribe un medicamento por su nombre de fantasía, Ud. podrá ofrecer a nuestros socios productos más
económicos que el prescripto, pero con igual droga o principio activo, concentración, forma farmacéutica y tamaño
(igual o menor) y por lo tanto la misma acción Farmacéutica.
3.
Se reconocen productos genéricos con estuche y TROQUEL, siempre que figuren en Manual Farmacéutico con
precio público sugerido.
4.
No se reconocen medicamentos con TROQUELES ANULADOS.
MODIFICACION EN NORMAS OPERATIVAS:
Informamos a las farmacias adheridas que a partir de la fecha 07/05/09 se modifican las normas
operativas, de acuerdo al siguiente detalle:
1) SE ANULAN LOS PLANES OSPAT CLASICO Y OSPAT VIP
2) NO REQUIEREN AUTORIZACION PREVIA A PARTIR DE LA FECHA LOS
SIGUIENTES MEDICAMENTOS:
- Isotretinoina
- Vasodilatadores Periféricos: Pentoxifilina, Blufomedil, Cilostazol
-
Antihipertensivos: Losartan, Irbesartan, Candesartan, Telmisartan, Olmesartan,
Valsartan
Tibolona
Plantago Psyllium ( Metamucil, Konsyl, Motional, Salutaris )
Plantago Ovata Forsk ( Agiofibras, Plantaben )
Plantago Ovara Forsk + Cassia Angustifolia vahl ( Agiolax, Gelax, Kronolax,
Rapilax Fibras)
Multivitaminicos que en su formula no contengan vitamina E ni Ginseng.
3) SE RECONOCEN CON AUTORIZACION PREVIA DE BOREAL: Medicamentos
con:
Heparinas de bajo peso molecular . Gamma globulina Anti D. Leflunomida.
Dabigartrán etexilato.
BOREAL – ACTUALIZACION NORMAS
INFORMAMOS A LAS FARMACIAS ADHERIDAS QUE A PARTIR DEL 25/07/11, SE
ACTUALIZAN NORMAS DE BOREAL.
PLANES BOREAL
PMI
A2
A3
EXT.DE COBERT
SUB DE DESEMP
BASICO-CLASICO
VIP
CLASICO
M1
MAGNUM
M2
PMO
PMO-OSSIMRA
PMOE
GENUINOS
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
Recetario oficial de Boreal
DTO. 100 %
DTO. 50 %
DTO. 50 %
DTO. 40 %
DTO. 40 %
DTO. 40 %
DTO. 40 %
DTO. 40 %
DTO. 40 %
DTO. 50 %
DTO. 50 %
DTO. 40 %
DTO. 40 %
DTO. 40 %
DTO. 40 %
Hasta 2 medicamentos
Hasta 3 medicamentos
Hasta 3 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 3 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Hasta 2 medicamentos
Validez del recetario: 60 días de la fecha de emisión, impreso en el recetario
Validez de la prescripción: Hasta 10 días corridos
Refacturación: Serán refacturables las recetas hasta 30 días posteriores de la fecha de
devolución tomando como referencia la indicada en el sello de boreal facturación
MEDICAMENTO CON VALOR MAYOR
A $ 340.00 DEBE LLEVAR AUTORIZACION DE
AUDITORIA MEDICA Y/O FARMACEUTICA DE BOREAL A PARTIR DEL 01/4/14
RECETARIO MEDICO PLANES VIP / A3 /MAGNUM: A PARTIR DEL 05/11/12, LOS
AFILIADOS DE LOS PLANES VIP / A3/MAGNUM
PUEDEN ADQUIRIR MEDICAMENTOS EXTENDIDOS EN RECETARIO DEL MEDICIO
22
MEDICUS
Fecha de Vigencia: 01/10/2014
MEDICUS
1. AMBITO DE APLICACIÓN:

Todo el país
2. DESCUENTOS
Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor
vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos.
Plan:
A cargo del afiliado:
A cargo de la entidad:
60%
40%
Ambulatorio
PMI
0%
100%
Ver detalle de anexos: 1 mod credencial
2 mod recetario
3 planes y descuentos
4 vacunación Antineumococcica
5 vacunatorios (solamente centros destinados para tal función)
6 modelos de autorización (descargar en www.farmmas.com.ar)
3. REQUISITOS DE LA RECETA: SON VALIDOS PARA TODOS LOS PLANES
Recetario Convencional:
Convencional con membrete impreso o sello identificatorio en caso de
Centros de Atención, Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales
No se aceptarán recetarios con publicidades salvo que provengan de
Hospitales Públicos.
Se aceptarán recetarios preimpresos por computadora siempre y cuando el
sello y firma del profesional prescriptor sea en original.
No se aceptan fotocopias de recetas.
Datos contenidos en la
Denominación de la entidad
receta:
Nombre del profesional o institución
(Los datos manuscritos
Nombre, Apellido del afiliado y Número de afiliación
por el
Fecha de emisión de la receta.
profesional deberán
Firma y sello aclaratorio del profesional. (El sello es obligatorio aún
presentar la misma tinta
figurando las recetas impresas con los datos del profesional).
tanto en la prescripción
Detalle de los medicamentos
como en la firma)
Cantidades de los medicamentos en números y letras
Leyenda Tratamiento Prolongado, si corresponde (excepto planes Azules).
Validez
30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma.
a) para la venta:
b) para la presentación:
60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la
misma.
c) Para la refacturación:
30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación.
Antibióticos inyectables:
RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES, SALVO
ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA.
Tratamiento Normal: Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y
hasta 1 (uno) envase por renglón (plan Azul exento a esta disposición).
Tratamiento Prolongado: Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta
y hasta 2 (dos) envases por renglón. (plan Azul exento a esta disposición)
Tamaño especificado: Lo requerido en la receta.
Tamaño no especificado: Vender la menor presentación.
Especifica ¨grande¨: Vender la presentación siguiente a la de menor
tamaño.
Monodosis: hasta 6 (seis) ampollas individuales por receta.
Psicofármacos:
Lista II (receta oficial):
Cantidad máxima de
Medicamentos y de
envases por receta:
Contenidos máximos de
cada medicamento según
su tamaño:
Receta de Salud Pública
Receta adjunta de la institución.
No se aceptan fotocopias de Lista III y IV ( receta
recetas.
archivada):
Receta oficial por duplicado, con sello y
firma del médico, aún estando el sello
impreso.
4. REQUISITOS DEL AFILIADO:
Deberá presentar:
Credencial de afiliación en vigencia (Ver Anexo 1: Credenciales)
Receta correspondiente.
Deberá verificarse:
Existencia del afiliado en el padrón
5. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO:
La farmacia deberá
Pegar con adhesivo o con cinta adhesiva transparente (no abrochar!!) el
cumplimentar lo sgte.:
troquel con su código de barras o la solapa identificatoria de cada uno de
los productos vendidos, en el mismo orden en que fueron prescriptos.
Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T.
Adjuntar a la receta Copia del Ticket Fiscal o Factura conteniendo:
 Fecha de dispensación
 Detalle de los medicamentos entregados
 Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto.
 Importes unitarios, totales y porcentaje a cargo de la entidad
 Firma, aclaración de firma y número de documento de identidad (el
cual deberá ser exhibido) de la persona que retira la receta.
 De no contener la copia del Ticket Fiscal o Factura todos los datos
precedentes, se deberá adjuntar un Presupuesto con el detalle de
los mismos, además de la copia del Ticket Fiscal o Factura.
 De no poder discriminar en ninguno de los tickets todos estos
datos solicitados, será necesario el llenado manual del sello con la
transcripción de importes al dorso de la receta, adjuntando también
la copia del Ticket Fiscal o Factura.
 Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico al
dorso de la receta.
6. ENMIENDAS:
Recordar:
Las correcciones y enmiendas en la prescripción de la receta deberán
estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma.
Las correcciones y enmiendas en la dispensa de la receta deberán estar
salvadas por el profesional farmacéutico con su sello y firma, al igual que
los errores en nombre del afiliado y nº del mismo.
7. VALIDACION ON LINE:
 Todas las recetas de la Entidad deben validarse on line a excepción de aquellas que tengan una
autorización de la Entidad, las cuales se dispensaran en forma manual.
 Recuerde que al validar la receta debe cargar en el sistema de validación los mismos datos que
se encuentran en la receta (afiliado, productos, cantidades, matrícula del profesional prescriptor,
fechas, etc.) a fin de evitar inconvenientes posteriores debido a la no coincidencia de la
validación on line con la receta física.
 Recuerde que toda transacción on line aprobada, donde no se hizo efectiva la dispensa de un
medicamento, deberá ser cancelada por la farmacia para evitarle inconvenientes al afiliado en su
próxima compra.
 Ante cualquier inconveniente con la validación puede llamar a la Mesa de Ayuda de Imed al 0114346-5909 (Capital) ó al 0800-2224633 (Interior)
8. AUTORIZACIONES:
Importante:
Antes de rechazar cualquier receta, llamar a (Farmalink al teléfono ( 011)
4814 - 7900, de lunes a viernes de 09 a 18 hs. o enviar su fax al número
(011) 814 - 7994.
(completar con número de teléfono de la entidad)
9. INCLUSIONES Y EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD:
INCLUSIONES :
EXCLUSIONES GENERALES:
 Consultar listado de
 Todo medicamento que se encuentre excluido de la cobertura
productos cubiertos
podrá ser dispensado únicamente con una autorización de la
que se actualizará
Entidad. La receta al momento de la presentación deberá traer
mensualmente y se
adjunta dicha autorización.
publicará en la página
web de Farmalink
(www.farmalink.com.ar)
Se aclara, que en todos los planes Azules, se permite la dispensa
prescripta por el profesional, sin topes ni restricciones en cuanto a
cantidad de productos y unidades diferentes por receta. NO ES
NECESARIA, para este plan, la leyenda “TRATAMIENTO PROLONGADO”.
ANEXOS
Anexo 1 - Modelos de Credenciales Vigentes:
AZUL
CORPORATE
MIROT
AZUL PEUGEOT
FAMILY CARE
OSADRA ARBITRAR
PROVISORIA
CORPORATE CL5
AZUL FORD
BLANCA
MC
CENTROS MEDICUS
AZUL SIEMENS
CELESTE
GALICIA AZUL
GALICIA CELESTE
MET
Anexo 2: Modelo de Recetario: (no existen recetarios oficiales)
RECETARIOS:


Convencional con membrete impreso o sello identificatorio en caso de Centros de Atención,
Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales
No se aceptarán recetarios con publicidades salvo que provengan de Hospitales Públicos.


Se aceptarán recetarios preimpresos por computadora siempre y cuando el sello y firma del
profesional prescriptor sea en original.
No se aceptan fotocopias de recetas.
Anexo 3: Detalle de Planes y Descuentos.
PLAN
DESCUENTO
AZUL
40%
CODIFICACIÓN
AZ4
AZUL 50%
50%
AZ5
AZUL 60% CERAS JOHNSON
60%
ACJ
AZUL PEUGEOT
60%
AP6
AZUL 70% MODULO VACUNAS
70%
AZ7
BLANCO CELESTE CON VACUNAS
70%
BV7
CELESTE
40%
BC4
CELESTE 50%
50%
BC5
AZUL SIEMENS
50%
AS5
BLANCO CELESTE 60% CERAS JOHNSON
60%
BCJ
BLANCO PEUGEOT 60% CELESTE – INC. MOD. VACUNAS
60%
BP6
AZUL FORD
70%
AF5
AZUL FORD FO
70%
AF5
BLANCO – CELESTE
40%
BC4
BLANCO – CELESTE 50%
50%
BC5
BLANCO - CELESTE SIEMENS
50%
BS5
CORPORATE – FAMILY CARE – MC
50%
CP5
MIROT
40%
MI4
MET ROSARIO
40%
MR5
MET ROSARIO
40%
MR4
MET CERRADO CAP –solo farmacias habilitadasOSADRA ARBITRAR –solo farmacias habilitadas
interiorBLANCO - CELESTE MODULO VACUNAS
CORPORATE – FAMILY CARE - MC / MODULO
VACUNAS
40%
ME4
40%
OA4
40%
BV4
40%
CV4
BLANCO CELESTE 50% - MODULO VACUNAS
50%
BV5
MIROT MODULO VACUNAS
40%
MV4
MET ROSARIO MODULO VACUNAS
40%
RV5
MET ROSARIO MODULO VACUNAS
40%
RV4
MET CERRADO CAPITAL MODULO VACUNAS
40%
MEV
CORPORATE MODULO VACUNAS
50%
CL5
CENTROS MEDICUS
40%
CM4
GALICIA AZUL – INCLUYE MODULO VACUNAS
40%
GA
GALICIA CELESTE – INCLUYE MODULO VACUNAS
40%
GC
GALICIA AZUL - INCLUYE MODULO VACUNAS
50%
GA5
GALICIA CELESTE – INCLUYE MODULO VACUNAS
50%
GC5
GALCIA SEGUROS AZUL
50%
AZ5
GALICIA SEGUROS CELESTE
50%
GC5
AZUL PLUSPETROL
50%
APE
AZUL PLUSPETROL AP8
80%
AP8
AZUL PEUGEOT
40%
AP4
AZUL PEUGEOT – INC. MOD. VACUNAS
60%
AP6
BLANCO PEUGEOT
60%
BP6
CORPORATE PEUGEOT – INC. MOD. VACUNAS
60%
CP6
ASOCIACION ESCUELAS LINCOLN PLAN AZUL
50%
AEL
SUPLE SERVICIOS EMPRESARIOS
40%
MC – MODULO CON VACUNAS
50%
MTB
CV5
ASOCIACION ESCUELAS LINCOLN PLAN CELESTE
50%
BEL
ANEXO 4 – VACUNACION ANTINEUMOCOCCICA
Esta cobertura solo tendrá validez en el Interior del Pais y Gran Buenos Aires
La misma contempla una cobertura del 50%, que afectará solo a los planes del 40% (en el caso que el
plan posea mayor descuento no se aplicará el beneficio).
CONDICIONES
Afiliado de 65 años o más: Cobertura automática por sistema IMED - No requiere autorización.
Afiliados menores a 65 años: Deberán poseer alguna de las siguientes patologías y deberán poseer
Autorización Medica de la Institución (MEDICUS):
Residentes de geriátricos - Enfermedad pulmonar crónica incluida el asma - Hepatopatia crónica –
Alcoholismo – Diabetes - Insuficiencia renal crónica - Síndrome nefrótico - Fistula de liquido cefalorraquideo Implantes cocleares - Asplenia funcional o anatômica - Anemia drepanocítica - Infección por HIV (Se
resguardara el secreto medico) - Neoplasias hematológicas - Transplante de medula ósea – Quimioterapias Tratamiento prolongado con corticoides - Tabaquismo.
ANEXO 5 : VACUNATORIOS (solo centros habilitados)
LISTADO DE COBERTURA
Cubre a
Producto
HIJO
ACTACEL
HIJO
AG-B 10 UNIJECT
HIJO
AG-B 20 UNIJECT
HIJO
B.C.G.
HIJO
BIOVAC HB
HIJO
BIOVAC HB
HIJO
ENGERIX-B
HIJO
ENGERIX-B PEDIATRICO
HIJO
HB VAX II
HIJO
HB VAX II PEDIATRICA
HIJO
HB VAX PRO
HIJO
HB VAX PRO
HIJO
HB VAX PRO
HIJO
HEPATIVAX
HIJO
HEPATIVAX JUNIOR
HIJO
IMOVAX POLIO
HIJO
INFANRIX HEXA
HIJO
MMR II
HIJO
PENTAXIM
HIJO
POLIACEL
HIJO
TETABULIN T
HIJO
TRITANRIX-HB HIB
HIJO
VACUNA ANTIHEPATITIS B AGB
HIJO
VACUNA ANTIHEPATITIS B AGB
HIJO
VACUNA ORAL SABIN
MADRE
BAYRHO-D
MADRE
GAMMA ANTI-RHO UNC
Presentación
vial x 1 dosis x 0.5 ml
10mcg jga.prell.x1x0.5ml
20mcg jga.prell.x1 x 1ml
f.a.x 10 dosis+solv.
10 mcg f.a.x 0.5 ml
20 mcg f.a.x 1 ml
jga.prell.x 1 ml
jga.prell.x 0.5 ml
10 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml
5 mcg IM f.a.x 1 x 0.5ml
10 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml
40 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml
5 mcg IM f.a.x 1 x 0.5ml
f.a.x 1 x 1 ml
f.a.x 1 x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
pvo.liof.+susp.iny.
iny.liof.f.a.x 1+jga.
fco.+jga.prell.x 0.5 ml
f.a.x 1+a.x 1 x 0.5 ml
250 UI f.a.
pvo.liof.+f.a.x 1
10 mcg Pediát.f.a.x 1 ml
20 mcg Adulto f.a.x 1 ml
fco.x 10 dosis c/gotero
300 mcg jga.prell.x 1
250 mcg f.a.x 1
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
MADRE
GAMMA ANTI-RHO UNC
GAMMA ANTITETANICA UNC
GAMMA ANTITETANICA UNC
GAMMA ANTITETANICA UNC PLUS
GAMMA ANTITETANICA UNC PLUS
GAMMAGLOBULINA HUMANA ANTITETA
GAMMAGLOBULINA HUMANA ANTITETA
GAMMATET T
GAMMATET T
HEMOGAMA T
HEMOGAMA T
IGANTID
IMMUNORHO
IT
IT
KAMRHO D
KAMRHO D
PARTOBEN
PARTOBEN
PARTOBEN
PARTOGAMMA SDF
PARTOGAMMA SDF
PARTOGAMMA T
PARTOGAMMA T
TETABULIN T
TETABULIN T
TETANOL
TETAVAX
TETAVENIN
TOXOTET
VACUNA ANTITETANICA BIOL
VACUNA ANTITETANICA IMMUNO
VACUNA ANTITETANICA PURISSIMUS
VACUNA DOBLE ADULTOS BIOL
VIROHEP-A
300 mcg f.a.x 1
250 UI f.a.x 1
500 UI f.a.x 1
250 UI f.a.x 1
500 UI f.a.x 1
250UI liof.f.a.+dis.x2ml
500UI liof.f.a.+dis.x2ml
250 UI iny.f.a.x 1+jga.
500 UI iny.f.a.x 1+jga.
320 mg env.x 2 ml
800 mg env.x 5 ml
300 mcg jga.prell.x 2 ml
300mcg IM iny.x 1+a.x2ml
SD-T 250 UI iny.a.x 1
SD-T 500 UI iny.a.x 1
250 mcg IM f.a.x 1x1.7ml
300 mcg IM f.a.x 1 x 2ml
250 mcg f.a.+jga.
300 mcg f.a.+jga.
330 mcg f.a.+jga.
250 mcg jga.prell.x 1
330 mcg jga.prell.x 1
250 mcg jga.prell.x 1
330 mcg jga.prell.x 1
250 UI f.a.
500 UI f.a.
a.x 0.5 ml+jga.desc.
jga.prell.x 0.5 ml
5000 UI liof.f.a.+solv.
a.x 1
a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag.
a.x 0.5 ml
iny.a.x 1 x 0.5 ml
a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag.
jga.prell.x 0.5 ml
VACUNAS EN PLANES AZUL
Tendrán cobertura con el descuento que se asigna las vacunas que se rigen por el listado
“Vacunas Plan Azul”
AZUL – 40% DE DESCUENTO DEL PRECIO PÚBLICO
AZUL PEUGEOT – 40% DE DESCUENTO DEL PRECIO PÚBLICO
AZUL FORD – 60% DE DESCUENTO DEL PRECIO PÚBLICO
AZUL SIEMENS - 50% DE DESCUENTO DEL PRECIO PÚBLICO
TAMBIEN SE INCLUIRÁN DIFERENTES PLANES QUE INCLUYEN VACUNAS DENTRO
DEL VADEMECUM, QUE NO FIGURAN EN EL LISTADO PLASMADO. LA FORMA DE
IDENTIFICARLOS ES CHEQUEAR QUE EN LA CREDENCIAL FIGURE LA LEYENDA
“MODULO VACUNAS”. LAS VACUNAS INCLUIDAS DENTRO DE ESTOS PLANES, DEBEN
CHEQUEARSE EN EL VADEMECUM CUYO NOMBRE ES: “RESTO DE PLANES MAS
VACUNAS”, AL CUAL TENDRÁN ACCESO POR MEDIO DE LA PÁGINA DE FARM+ S.A
(www.farmmas.com.ar).
“Vacunas Plan Azul”
Producto
ACT HIB
ACTACEL
AG-B 10 UNIJECT
AG-B 20 UNIJECT
AVAXIM
AVAXIM 80 U PEDIATRICO
B.C.G.
BERIGRIPINA
BIOVAC HB
BIOVAC HB
BUSTRIX
DT VAX
ENGERIX-B
ENGERIX-B PEDIATRICO
EVAGRIP
FLUAD
FLUARIX
GADOGRIP
GAMMA ANTITETANICA UNC
GAMMA ANTITETANICA UNC
GAMMA ANTITETANICA UNC PLUS
GAMMA ANTITETANICA UNC PLUS
GAMMAGLOBULINA HUMANA ANTITETA
GAMMAGLOBULINA HUMANA ANTITETA
GAMMATET T
GAMMATET T
HAVRIX 1440 EL.U. ADULTOS
HAVRIX 720 EL.U. MONO DOSIS
HB VAX II
HB VAX II PEDIATRICA
HB VAX PRO
HB VAX PRO
HB VAX PRO
HEPATIVAX
HEPATIVAX JUNIOR
Presentación
jga.prell.x 1
vial x 1 dosis x 0.5 ml
10mcg jga.prell.x1x0.5ml
20mcg jga.prell.x1 x 1ml
jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
f.a.x 10 dosis+solv.
jga.prell.x 0.5 ml
10 mcg f.a.x 0.5 ml
20 mcg f.a.x 1 ml
jeringa prellenada
jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 1 ml
jga.prell.x 0.5 ml
iny.a.x 1
iny.jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
Cepa2006 jga.prell.x1ds.
250 UI f.a.x 1
500 UI f.a.x 1
250 UI f.a.x 1
500 UI f.a.x 1
250UI liof.f.a.+dis.x2ml
500UI liof.f.a.+dis.x2ml
250 UI iny.f.a.x 1+jga.
500 UI iny.f.a.x 1+jga.
jga.prell.x 1
jga.prell.x 1
10 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml
5 mcg IM f.a.x 1 x 0.5ml
10 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml
40 mcg IM f.a.x 1 x 1 ml
5 mcg IM f.a.x 1 x 0.5ml
f.a.x 1 x 1 ml
f.a.x 1 x 0.5 ml
HEXAVAC
IMOVAX DT ADULTOS
IMOVAX GRIPE
IMOVAX POLIO
INFANRIX HEXA
INFLEXAL V
INFLUVAC
ISIFLU ZONALE S.U.
ISTIVAC
ISTIVAC JUNIOR
IT
IT
LIRUGEN
MENJUGATE
MMR II
NEISVAC-C
NILGRIP
PENTAXIM
PNEUMO 23 VACUNA ANTINEUMOCOCC
PNEUMOVAX 23
POLIACEL
PREVENAR
PROTE NEU
RIBOVAC
RIBOVAC
RUDIVAX
STAVACIN
TETABULIN S/D
TETABULIN S/D
TETABULIN T
TETABULIN T
TETANOL
TETAVAX
TETAVENIN
TOXOTET
TRIACEL
TRIMOVAX
TRIMOVAX
TRITANRIX-HB HIB
TWINRIX
TWINRIX
TYPHIM VI
VACUNA ANTIGRIPAL CONNAUGHT
VACUNA ANTIHEPATITIS B AGB
VACUNA ANTIHEPATITIS B AGB
VACUNA ANTIMENINGOCOCCICA A+C
VACUNA ANTIPIOGENA POLIVALENTE
VACUNA ANTIPIOGENA POLIVALENTE
VACUNA ANTIRRABICA HUMANA
VACUNA ANTITETANICA BIOL
VACUNA ANTITETANICA IMMUNO
VACUNA ANTITETANICA PURISSIMUS
VACUNA DOBLE ADULTOS BIOL
VACUNA DOBLE NIÑOS BIOL
VACUNA LIOFILIZADA CASASCO
VACUNA LIOFILIZADA CASASCO
VACUNA LIOFILIZADA CASASCO
jga.prell.x0.5ml c/aguja
jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
pvo.liof.+susp.iny.
jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 1
jga.prell.x 1 x 0.5 ml
Ped.jga.prell.x 0.25 ml
SD-T 250 UI iny.a.x 1
SD-T 500 UI iny.a.x 1
liof.f.a.+jga.pre.x0.5ml
liof.f.a.x 1+solv.x0.5ml
iny.liof.f.a.x 1+jga.
jga.x 1 x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
fco.+jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
vial monodosis x 0.5 ml
f.a.x 1+a.x 1 x 0.5 ml
f.a.x 0.5 ml
liof.f.a.x 1+a.solv.x 1
iny.a.x 1
iny.a.x 3
liof.f.+jga.prell.x0.5ml
iny.a.x 10 x 1 ml
250 UI jga.prell.x 1
500 UI jga.prell.x 1
250 UI f.a.
500 UI f.a.
a.x 0.5 ml+jga.desc.
jga.prell.x 0.5 ml
5000 UI liof.f.a.+solv.
a.x 1
f.a.x 1 x 0.5 ml
f.a.monodosis x 10
jga.prell.x 1
pvo.liof.+f.a.x 1
Ad.jga.prell.x 1
Ped.jga.prell.x 1
jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
10 mcg Pediát.f.a.x 1 ml
20 mcg Adulto f.a.x 1 ml
liof.f.a.+jga.solv.
iny.a.x 10 x 1 ml
iny.a.x 2 x 1 ml
liof.f.a.+jga.solv.
a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag.
a.x 0.5 ml
iny.a.x 1 x 0.5 ml
a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag.
a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag.
Broncopulm.a.ser.x 5
Broncopulm.f.a.x 10 ml
Piodermitis f.a.x 10 ml
VACUNA TRIPLE BIOL
VACUNA TRIPLE PURISSIMUS
VA-MENGOC-BC
VAQTA 25
VAQTA 50
VARICELA BIKEN
VARILRIX
VAXIGRIP
VIROHEP-A
a.x 1 x 0.5ml c/jga.+ag.
iny.a.x 1 x 0.5 ml
iny.a.x 0.5 ml
iny.f.a.x 1 x 0.5 ml
iny.f.a.x 1 x 1 ml
f.a.x 1 x 0.5 ml
f.a.+jga.prell.
jga.prell.x 0.5 ml
jga.prell.x 0.5 ml
EXCEPCIONES
Autorizaciones Médicas
Las otorga la Auditoria Médica de Medicus
Otorga la cobertura para recetas de la/las vacunas específicamente con el descuento que el
auditor medico especifique y únicamente para la receta en cuestión. (se trata de una
excepción)
Deberán contener el sello y firma de cualquier Medico Auditor de Medicus (lo indica el sello)
(La autorización puede presentarla el asociado en original o en un fax pero deberá
adjuntarse siempre la “receta” original.)
Con respecto a las vacunas Antimeningococcica, Medicus reconocerá al 100 % la vacuna
Synflorix M.R. de 10 valencias.
Cabe aclarar que dicha cobertura es sólo para los primeros 2 años de vida, según
Calendario Oficial
VACUNACION HPV
La cobertura de la vacuna del HPV sera del 100 % sólo para las niñas de 11 años, la 1º dosis al
cumplir esa edad, la 2º 1 mes después y la 3º 6 meses después de la 1º dosis.
Antes de esa edad NO se debe aplicar y para las que tienen más de 11 años, en todos los
casos se cubren al 40 %.
Estas vacunas estarán incluidas en la cobertura, previa autorización de Auditoria
Medica.
Vacunas cubiertas por PMO
Se establece el 100 % de cobertura, según parámetros de edad de Calendario Oficial de
Vacunas (Ver adjunto)
Excepciones:
 Cobertura al 100% en embarazadas: 1 dosis de Antitetánica y 1 dosis de Doble adultos,
en el 5º y 7º mes respectivamente. Cobertura Antineumocóccica: se cubre al 100% únicamente SYNFLORIX.- Prevenar 13,
tiene un descuento especial (70% S/Valor manual farmacéutico) la diferencia es
abonada por el asociado.
 Cobertura HPV: se cubre al 100% según parámetros de calendario a los 11 años. En aquellos casos que el asociado se encuentre fuera del parámetro de edad, deberá
abonar la vacuna con el 40% de descuento.Vacunas NO cubiertas por PMO
Se establece un 40% de cobertura, según el esquema que su Pediatria le indique y el asociado
abona la diferencia.
Cobertura especial Empresas:
 Corporate 250 (Empleados de Medicus), cobertura del 50% S/Valor Manual
Farmacéutico en vacunas no cubiertas. Ostel, cobertura del 50% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.-





Peugeot (Empresa 30183, Plan MZ_10120), cobertura del 60% S/Valor Manual
Farmacéutico en vacunas no cubiertas.Shell (Plan A6 2898 – T45130), cobertura del 85% S/Valor Manual Farmacéutico en
vacunas no cubiertas.Telefónica, cobertura del 70% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.Telered, cobertura del 80% S/Valor Manual Farmacéutico en vacunas no cubiertas.Toyota (Empresa 690/3 y 124/0), cobertura del 50% S/Valor Manual Farmacéutico en
vacunas no cubiertas.-
ANEXO 6: MODELOS DE AUTORIZACION
Se deben descargar de la página de Farm+ S.A: www.farmmas.com.ar
23
OBRA SOCIAL OSPERYHRA ( PERSONAL DE
EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL )
Informamos a las farmacias adheridas que a partir del día 27/11/08, está vigente el convenio
con esta O.Social, que se regirá con las siguientes normas de atención:
PLANES DE COBERTURA:
PLANES
%
AUTORIZADOS VADEMECUM
DESCUENTO
AMBULATORIOS
40 %
-.SI
CRONICOS
70 %
SI
SI
PLAN
100 %
SI
SI
M,INFANTIL
DOCUMENTACION DEL BENEFICIARIO: Credencial verificar vencimiento o cupón de
pago al día, documento de identidad
RECETARIO: Oficial
VALIDEZ DE LA RECETA: 15 días a partir de la fecha de prescripción. Deben figurar los
siguientes datos de puño y letra del profesional con la misma tinta:
 Apellido y nombre
 Número de beneficiario
 Edad, sexo y peso
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letras ( si no se
expresa cantidad se expenderá solamente uno)
 Firma y sello con número de matrícula del profesional
 Fecha de prescripción
 Toda corrección o enmienda deberá estar salvada por el médico con sello y
firma
LIMITES DE CANTIDADES
envases.
Cantidad de medicamentos 2 (dos) por receta, hasta 2 (dos)
ANTIBIOTICOS INYECTABLES MONODOSIS Hasta 5 (cinco) por receta
ANTIBIOTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS Hasta 1 (uno) por receta
LIMITES TAMAÑOS:
Hasta 1 (uno) del primer tamaño por renglón
Hasta 1 (uno) del segundo o tercer tamaño por receta
En caso de existir una única presentación se considerará como tamaño mayor
Cuando el Médico no indica contenido, deberá entregarse el de menor contenido. Equivoca
cantidad o contenido, el tamaño inmediato inferior. Sólo indica grande, la presentación siguiente
al menor.
PSICOFARMACOS: El profesional debe confeccionar, además un segundo recetario de
acuerdo a las normas legales en vigencia, el cual queda como duplicado en poder de la farmacia.
PLAN MATERNO INFANTIL: Autorización previa de OSPERYHRA 100% descuento para los
medicamentos incluídos en el vademécum, para la madre desde el diagnóstico positivo de
embarazo y hasta 30 días posteriores al parto y para el recién nacido hasta el año de vida
LECHES: 100 % de descuento, receta autorizada previamente por OSPERYHRA, y hasta el
tercer mes de vida.
TROQUELADO: Adjuntar de acuerdo al orden de prescripción, incluyendo el código de
barras. Adheridos con goma de pegar ( no utilizar abrochadora, ni cinta adhesiva, debido que
dificultan la lectura del código de barras.
DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA EN RECETARIO: Número de orden de la
receta, fecha de venta, precio unitario, sello y firma de la farmacia, firma del afiliado o tercero,
aclarando la persona que retira, nombre completo, domicilio, teléfono y documento de
identidad.
Cuando en la receta el Nº DE AFILIADO SE ENCUENTRE INCOMPLETO O SEA POCO
LEGIBLE, LA FARMACIA PUEDE CORREGIRLO, FIRMANDO Y SELLANDO JUNTO A
LA CORRECCION REALIZADA.
Adjuntar copia del ticket de venta, En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las
razones.
PRESENTACION DE RECETAS: Toda receta no presentada en el mes correspondiente, podrá
ser presentada hasta el mes siguiente, pasado dicho plazo serán rechazadas.
AUTORIZACIONES ESPECIALES: Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con los
requisitos indicados en esta norma de atención , cuando se hallen autorizadas por
OSPERYHRA
GRUPOS TERAPEUTICOS EXCLUIDOS DE LA COBERTURA:
















ANOREXIGENOS. ADELGAZANTES
DERMATOLOGICOS CON ACIDOS RETINOIDES
DIETETICOS ALIMENTICIOS
DROGA ORLISTAT
DROGAS ONCOHEMATOLOGICAS
ENERGIZANTES
ESTIMULANTES DE LAS DISFUNCION SEXUAL
FLORES DE BACH
GINSENG
FORMULAS MAGISTRALES
HERBORISTERIA
HOSPITALARIOS
INTERNACION
LECHES ( EXCEPTO EN PMI)
PARCHES Y CHICLES PARA DEJAR DE FUMAR
PERFUMERIA, COSMETICA, DERMATOCOSMETICA



PRODUCTOS PARA TRATAR LA ESTERILIDAD
QUIMIOTERAPIA ANTINEOPLASICA (ONCOLOGICOS)
TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN ALGUNAS DE LAS
SIGUIENTES DROGAS:
ACETATO DE LEUPROLIDE – ETANERCEPT – LINEZOLID PALVIZUMAB – SIBUTRAMINA
FACTURACION: Presentar al Colegio los días 27 de cada mes
24
O.S.P.FARMACIA
01/08/13
DESCUENTOS A CARGO DE O.S.P.F.
AMBULATORIO 40%:
AMBULATORIO 70%:
PMI:
ANTICONCEPTIVOS OSPF Y C.C.
► Se reconocerá como descuento del 40% del precio de venta al
publico, todas las especialidades medicinales que figura en el
vademecum según corresponda.
► Se reconocerá como descuento del 70% del precio de venta al
publico, todas especialidades medicinales que figura en el vademecum
según corresponda.
► Se reconocerá como descuento el 100% (cien por ciento) del
precio de venta la público, con sello de PMI- Plan Mterno Infantil, todos
las especialidades medicinales incluidas en el vademecum.
► Se recomocerá como descuento el 100% (cien por ciento) del
precio de venta al público según lo establecido por la Ley Nº 25673,
Salud Sexual y Reprod, todas las especialidades medicinales
incluidas en vademecum según corresponda.
DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO
Credencial, Documento de Identidad y recetario OFICIAL O.S.P.F.
RECETARIO
TIPO:
OFICIAL , CON SELLO INSTITUCIONAL.
(Recetarios Ambulatorio color blancos, recetario Convenio Colectivo blanco con leyenda
convenio
colectivo en gris)
7 (siete) días corridos a partir de la fecha de prescripción médica
VALIDEZ:
inclusive.
Se reconocerán como validos los datos del afiliacion que figuran pre-impreso
 Apellido y Nombre del
Beneficiario
 Número de Beneficiario 
Deben figurar los siguientes datos de puño y letra del profesional y con la misma
tinta:
 Categoria.
 Sexo.
 Edad.
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se expresa
cantidad
se expenderá solamente uno).
► Diagnóstico ( En cualquier forma, su ausencia es motivo de
débito).
 Firma y sello con número de matrícula del profesional.
 Fecha de Prescripción
 Toda corrección o enmienda deberá estar salvada por el médico con sello y firma.
 Prescripción por nombre genérico o Denominacion Comun Internacional -DCI-Ley 25649-
LA FALTA DE CUALQUIERA DE ESTOS DATOS SERA MOTIVO DE DEBITO

LÍMITES DE CANTIDADES
CANTIDAD DE RENGLONES:
POR RECETA:
POR RENGLÓN:
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS:
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS:
2 (dos)
Hasta 2 (dos) envases
Hasta 1 (un) envase
Hasta 5 (cinco) por receta
Hasta 1 (uno) por receta
LÍMITES DE TAMAÑOS
HASTA 1 (UNO) DEL PRIMER TAMAÑO POR RENGLÓN
HASTA 1 (UNO) DE TAMAÑO SIGUIENTE AL MENOR POR RECETA
HASTA 1 (UNO) DE TAMAÑO GRANDE POR RECETA
OTRAS ESPECIFICACIONES
Cuando el Médico:
No indica Contenido
Equivoca Cantidad o Contenido
Deberá Entregarse:
El de Menor Contenido
El tamaño inmediato inferior
PSICOFARMACOS/PSICOTROPICOS
El profesional debe confecionar además un segundo recetario de acuerdo a las normas legales en vigencia, el
cual
queda como duplicado en poder de la farmacia.
PLAN MATERNO INFANTIL
100% de descuento para la madre desde el diagnóstico positivo de embarazo y hasta 30 días posteriores al
parto y para
el recién nacido hasta el año de vida.
100% de descuento en Leches Medicamentosas en recetas autorizadas previamente por la O.S.P.F.: se
cubrirá hasta
los 3 (tres) meses de edad.Excepcionalmente, en caso de extenderse el tratamiento, se debera contar con la
autorizacion de los
profesionales de la O.S.P.F. CENTRAL.
MEDICAMENTOS FALTANTES
Si por cualquier motivo en la farmacia falta el o los productos recetados, la farmacia debe anular el renglon de
el producto no entregado,
DATOS A COMPLETAR POR LA
FARMACIA
 Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
De acuerdo al orden de prescripción.
Incluyendo el código de barras.
Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido que
dificultan
la lectura del código de barras).
 Número de orden de la receta.
 Fecha de Venta.
 Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda
Farmacéutica
Kairos), las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario.
 Sello y firma de la farmacia.
 Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio, teléfono y
documento
(La ausencia de estos datos es motivo de
débito).
► Consignar los importes: Total, A CARGO de O.S.P.F., A CARGO Afiliado.
 Adjuntar copia del ticket oficial o factura , legible cumpliendo con las Normas Legales vigentes.
EXCLUSIONES
PROHIBICIONES:
ACCESORIOS
ALIMENTOS EN POLVO Y CEREALES
VENTA LIBRE
ARTICULOS DE PERFUMERIA
AZUCARES SIMPLES Y COMPUESTAS
EDULCORANTES
ELEMENTOS DESCARTABLES
ELEMENTOS PARA CURACIONES
LECHES SIMPLES O
COMPUESTAS
LECHES MATERNIZADAS
LOCIONES CAPILARES, JABONES Y CHAMPUES
PLACAS RADIOGRAFICAS
PRODUCTOS Y SUPLEMENTOS DIETETICOS
REACTIVOS
ANOREXIGENOS
FORMULAS MAGISTRALES
MEDICAMENTOS DE ALTA COMPLEJIDAD A CARGO DEL SISTEMA DE COBERTURA DE OSPF:
ONCOLOGICOS
INMUNOSUPRESORES, ERITROPOYETINAS, DAPSONA e INTERFERON
INMUNOESTIMULADORES (Tipo Neupogen)
CALCITRIOL, L-ACETIL, CARNITINA y D NASA
FACTOR VIII y ANTIHEMOFILICOS
SOMATOTROPINA
CEREDACE (TRAT. ENFERMEDAD DE
GAUCHER)
MEDICACION HIV - SIDA
AUTORIZACIONES ESPECIALES
Sólo podrán expenderse productos que no se encuentren en los vademécum, cuando se hallen autorizadas
por los profesionales de la O.S.P.F. CENTRAL, CON SELLO donde conste los siguientes datos:
AUTORIZADO, FECHA, DATOS DEL PROFESIONAL.Son validaz las autorizaciones via FAX, siempre que se
adjunten a la receta original y sean emitidas por O.S.P.F CENTRAL. El sello de las delegaciones no valida el
expendio de medicamentos.
Los descuentos indicados en este instructivo se aplican sobre las especialidades medicinales
incluidas en el Formulario Terapeutico P.M.O. de la Superintendencia de Servicios de Salud - Res.
310/04 MS y sus modificatorias
25
BRAMED
OBRA SOCIAL DE PATRONES DE CABOTAJE DE RIOS Y PUERTOS BRAMED S.R.L. Medicina Privada
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS RECETAS PARA LA DISPENSACION DE MEDICAMENTOS AMULATORIOS, A
LOS AFILIADOS DE LA OBRA SOCIAL PATRONES DE CABOTAJE DE RIOS Y PUERTOS - BRAMED S.R.L. Medicina
Privada, PARA LOS QUE RIGE EL MISMO VADEMECUM, APLICANDO EL DESCUENTO SEGÚN EL PLAN DE
COBERTURA. (VER PUNTOS 2; 3 y 4)
1. VALIDEZ DE LA RECETA: Para el beneficiario 5 (cinco) días contando desde la fecha de prescripción. Vencido ese plazo,
no corresponde el descuento a favor del afiliado.-
2. PARA LAS FARMACIAS: Caducará a los 30 (treinta) días corridos desde el expendio de los medicamentos. Sin excepción.
Transcurrido ese plazo, no genera derecho de reclamo de pago de la prestación.
3. BRAMED S.R.L. - OSPACARP (Obra Social Patrones de Cabotaje de Ríos y Puertos)
Plan INTEGRAL – 40%
Plan SUPERIOR – 50%
Plan GOLDEN
– 50%
Plan OMEGA
– 40%
Plan GENESIS – 50%
4. PLAN MATERNO INFANTIL: 100 % CON EL SELLO QUE AVALE LA COBERTURA, Y EN TANTO LAS
PRESCRIPCIONES Y FORMALIDADES SE ENCUENTREN DENTRO DEL VADEMECUM DE MONODROGAS
RESPECTIVO Y DE LA OPERATORIA ACORDADA.-
5. DATOS A VERIFICAR:

NOMBRE Y APELLIDO DEL AFILIADO.

EDAD

NUMERO DE AFILIADO COMPLETO Y PLAN DE COBERTURA

FECHA DE PRESCRIPCION.-

ESPECIFICACION DE LOS MEDICAMENTOS PRESCRIPTOS POR EL MÉDICO, CON NOMBRE GENÉRICO
(MONODROGA) Y NOMBRE COMERCIAL, FORMA DE PRESENTACION Y CANTIDAD DESCRIPTA – HASTA DOS
(2) DISTINTOS POR RECETA Y DEBERÁ TENER LA TOTALIDAD DE LOS RUBROS ESPECIFICADOS Y
REQUERIDOS POR EL MÉDICO QUE PRESCRIBE CON SU MATRÍCULA, FIRMA Y ESPECIALIDAD, INDICANDO
PRESENTACION FARMACÉUTICA Y CANTIDAD EN NÚMEROS Y LETRAS.
6. EN CASO DE PRESCRIBIRSE MÁS DE UN (1) ENVASE DEL MEDICAMENTO, EN LA RECETA DEBERÁ CONSTAR LA
LEYENDA “TRATAMIENTO
PROLONGADO”
7. DIAGNÓSTICO
8. FIRMA Y SELLO DEL FACULTATIVO.-
9. EN EL MOMENTO DEL EXPENDIO DEL / LOS MEDICAMENTOS, EL AFILIADO DEBERÁ COMPLETAR FIRMA DE
CONFORMIDAD, ACLARACION, Nº DE DOCUMENTO Y DOMICILIO.-
EL NO CUMPLIMIENTO DE ALGUNO DE ÉSTOS REQUISITOS, ES CAUSAL DE DÉBITOS POR PARTE DE LA OBRA
SOCIAL
USO NORMALIZADO
(*) PRESCRIPCION UNICAMENTE POR ESPECIALISTAS.(**) PRESCRIPCION CON RESUMEN DE HISTORIA CLINICA, DIAGNOSTICO PRESUNTIVO, DOSIS DIARIA Y
TIEMPO ESTIMADO DE TRATAMIENTO, GENERALMENTE USADAS CON
EXCLUSIVIDAD EN INTERNACION, EVENTUALMENTE PARA USO EN PACIENTES AMBULATORIOS Y EN
INTERNACIONES DOMICILIARIAS PERO UNICAMENTE CON VISACION DE LA AUDITORIA MÉDICA DE
BRAMED S.R.L.
26
OSPATCA
DESCUENTO :
O.S.
AFILIADO
PRODUCTOS POR RECETA: 2 (dos) de distinto
Común : SI
40%
60%
principio activo.
Patologias crónicas
70%
30%
Antidiabéticos orales:
70%
30%
Insulinas
100%
0
UNIDADES POR RENGLÓN : 1 (uno)
PMI
100%
0
Antibioticos iny: monodosis 5 multidosis 1
DISCAPACIDAD
100%
0
RECONOCIMIENTOS DE TAMAÑOS : 1 (uno)
TIPO DE RECETARIO :
grande o mediano por receta si se encuentra
Oficial : SI
prescripto como tal.
VALIDEZ DE LA RECETA : 15 días
RECONOCIMIENTO DE MEDICAMENTOS :
Se reconocerán para el plan común los medicamentos
TROQUELADO: SI (con código de barra)
(prescriptos por nombre génerico) que figuren en el
FORMULARIO TERAPEUTICO con una cobertura del
FECHA DE EXPENDIO : SI
40% de descuento. La Obra Social, mediante receta
autorizada podrá reconocer mayores porcentajes.
Asimismo reconoce:
ACLARACION FIRMA MEDICO Y Nº DE MAT:
Antidiabeticos orales y patologías crónicas : 70% Dto
con Autorización previa de la Obra Social.
Sello : SI Manuscrito : NO (Solo si es
Insulinas: 100% Dto con autorización.
ilegible el sello).
Todo medicamento excluido de dicho Formulario
ACLARACION CANTIDAD DE UNIDADES:
Terapeutico según R : 310/04 MS, se podrá
Letras : SI Números: SI
dispensar solamente con previa autorización del
Médico Auditor donde figurará el porcentaje autorizado
son válidas las autorizaciones vía FAX)
ENMIENDAS SALVADAS:
DISCAPACIDAD : se reconocera 100% con previa
autorización de la Obra Social.
Por el Médico : SI (no sobre liquido corrector)
En todas las AUTORIZACIONES constará la firma y
Por el afiliado (enmiendas del farmaceutico): SI
sello del Médico Auditor. (no sobre liquido corrector)
El afiliado o tercero al retirar la medicación
FACTURACION:
deberá colocar en la receta: firma, aclaración,
domicilio y DNI.
Presentación : Mensual LOS DIAS 27 DE CADA MES
No se aceptan enmiendas sobre corrector
liquido.
Odontólogos sólo podrán prescribir medicamentos
relacionados con su especialidad.
Debe figurar en la receta la edad del afiliado.
OBSERVACIONES:
CON EL PROPOSITO DE FACILITAR LA COMPRA DE MEDICAMENTOS RECETADOS EN FORMA GENERICA, LA
OBRA SOCIAL HA DECIDIDO FLEXIBILIZAR LA NORMA Y REEMPLAZARA EL USO DEL FORMULARIO
TERAPEUTICO POR EL MANUAL FARMACEUTICO PARA AQUELLOS MEDICAMENTOS QUE LES CORRESPONDA
EL 40 %.
POR LO EXPUESTO NO ES NECESARIA LA AUTORIZACION PREVIA PARA AQUELLOS QUE NO ESTEN EN EL
FORMULARIO TERAPEUTICO Y SI FIGUREN EN EL KAIROS
27
SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
Informamos a las farmacias adheridas la vigencia a partir del 12/05/10 del convenio
con esta Obra Social, de acuerdo a las siguientes normas de atención:
A PARTIR DEL 16/9/14 NUEVO ACTUALIZACION NORMAS
PLANES
A/CARGO OBRA SOCIAL
AMBULATORIOS
40%
INTERNADOS (AUTORIZADOS)
AUTORIZADOS
PLAN MATERNO INFANTIL
100%
(AUTORIZADOS)
DIABETES - DISCAPACIDAD
AUTORIZADOS
CRONICOS AUTORIZADOS
70%
COBERTURA SOBRE
VADEMECUM
VADEMECUM
VADEMECUM
VADEMECUM
VADEMECUM
RECETARIO: Oficial o del médico autorizado, debe constar edad, sexo, diagnóstico,
N° de afiliado y barras respectivas si es familiar, nombre y apellido, medicamentos o
nombre genérico.
CANTIDAD: 3 (TRES) por receta
TAMAÑOS: Será indicado por el profesional, si aclara el tamaño y la dosis, se expenderá lo requerido, si no aclara tamaño se expenderá el menor tamaño, si no aclara dosis
debe expenderse la menor la menor dosis.
Si el médico se equivoca el tamaño, se entrega el de menor tamaño y si se confunde en
la dosis se entrega la menor dosis.
Si el médico prescribe grande, se entrega el tamaño inmediato superior al pequeño que
este en vademécum.
REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO al dorso de la receta
colocar sello farmacia , nombre del afiliado o de tercero interviniente, dirección,
teléfono, DNI, aclaración y firma.
VALIDEZ DE LA RECETA: 30 (TREINTA ) días de su emisión
AFILIADOS DEL INTERIOR DE LA PROVINCIA: Los afiliados que se encuentren
fuera del radio capital podrán adquirir los medicamentos indicados en recetarios del
médico.
TROQUEL: si
DIAGNOSTICO EN LA RECETA: SI
CREDENCIALES: el afiliado deberá presentar el carnet actualizado o constancia en
trámite
PLAN MATERNO INFANTIL: autorizado
100% SIN CARGO, COBERTURA PARA LA MADRE, los medicamentos
exclusivamente relacionados e inherentes al embarazo y el parto, se extiende hasta 30
días posteriores al parto.
COBERTURA PARA EL HIJO, 100% de la medicación, hasta el primer año de vida
VACUNAS, el PMI , incluye la cobertura al 100% de las vacunas del calendario oficial
LECHES, tendrán una cobertura de hasta 4 (cuatro) kg. por mes dentro de los 3 (tres)
primeros meses
PRODUCTOS EXCLUIDOS DE COBERTURA: venta libre, productos para la
higiene, pastas dentales, polvos o liquidos odontológicos, artículos de belleza, de
tocador y/o productos para la estética, antisépticos de uso externo, accesorios para la
terapéutica ( agua oxigenada, algodón, gasas, apósitos, jeringas, agujas, descartables,
etc.), accesorios para diagnósticos (frascos, termómetros, reactivos y placas
radiológicas, elementos de contraste o radiopacos etc.,) edulcorantes, colutorios
bucales, herboristería, recetas magistrales, prod.homeopáticos, prod. o sustancias
alimenticias y dietéticas en general, pantallas solares, cremas anti estrías, cremas
reductoras, material radiactivo, anorexígenos, anestésicos, parches de nicotina ,
solventes indoloros, complejos vitamínicos, minerales, energizantes etc., jabones de
todo tipo (aun los que contengan fórmulas medicamentosas), leches comunes o
maternizadas,
INYECTABLES: monodosis pueden prescribirse hasta 4 (cuatro) unidades, multidosis
pueden prescribirse hasta 1 (una) unidad por renglón
VACUNAS: según plan nacional de vacunación (100%)
MEDICACION DE ALTO COSTO: se tramitará a través de la división asistencia
sanitaria de esta Dirección de Obra Social
Nº AFILIADO INCORRECTO: si el número de afiliado es incorrecto la farmacia
puede arreglarlo con firma y sello del farmacéutico.
PRESCRIPCION MEDICA POR NOMBRE GENERICO, la prescripción de
medicamentos debe hacerse por su nombre genérico, en el caso de sugerir alguna marca
comercial, se lo haga tomando como referencia las consignadas en el vademécum.
FACTURACION; Presentar los días 30 de cada mes
28
O.S.D.O.P
NORMAS OPERATIVAS
PLANES Y DESCUENTOS
Ambulatorio
Plan Materno
Infantil (1)
a/c
Obra Social
Co OS (3)
a/c
Beneficiario
D (3)
Con Form.
Ter. (2)
SI
Con Manual
Fco.
NO
100% PVP
0%
SI
NO
(1) Cubre embarazo, parto, 30 días post parto y hasta el año de vida del bebé.
(2) Formulario terapéutico OSDoP.
(3) Co OS (cobertura de la Obra Social) 40%, 50%, 70% ó 100% según corresponda del PVP.
PVP = Precio Venta al Público.
D (Diferencia) = PVP – Co OS.
RECETARIO – PRESCRIPCIÓN - TROQUEL
PRESCRIPCI DIAGNOS
ÓN Por
TICO
nombre
GENERICO
(A)
SI
RECETA
OFICIAL
VALIDEZ DE
LAS RECETAS
15 días desde la
fecha de
prescripción.
TROQ
UEL
SI
FIRMA Y
ACLARAC. DEL
MEDICO
Sello: SI
Manuscrito: SI
(A) Ver Ley de Genéricos.
MEDICAMENTOS POR RECETAS
2 (a)
MEDICAMENTOS POR RECETA (Rp x Rec.)
a) NO se cuentan repetidos.
UNIDADES POR MEDICAMENTO Y TAMAÑO
TAMAÑO (a-c-d-)
CHICO o UNICO
SUBSIGUIENTE AL CHICO (b)
GRANDE (3º TAMAÑO o más) (b)
ANTIBIOTICOS INY. MONODOSIS
ANTIBIOTICOS INY. MULTIDOSIS
CANTIDAD
1
1
1
5
1
a) En una misma receta NO pueden coexistir dos o mas medicamentos distintos de tamaño
grande o medicamentos distintos de tamaño grande y subsiguiente al chico.
b) Con dosificación y tiempo de tratamiento.
c) Se debe especificar la concentración, unidades y tamaño de cada medicamento. Cuando
el profesional no especifique claramente concentración y/o unidad y/o tamaño, se
entregará el de menor concentración y/o unidad y/o tamaño, según corresponda.
d) Cuando el profesional prescriba grande sin otra especificación, se dispensará el tamaño
subsiguiente al chico.
PRODUCTOS NO RECONOCIDOS
a) Medicamentos NO incluidos en el formulario terapéutico de OSDoP
b) Leches.
PRODUCTOS RECONOCIDOS
a)
Medicamentos incluidos en el formulario terapéutico OSDoP.
ENMIENDAS
a) Todas las enmiendas que se hagan en el sector de la receta destinado a la farmacia,
deberán ser salvadas y el afiliado deberá firmar y aclarar su firma, avalando dicha salvedad.
b) Toda enmienda hecha en la prescripción deberá ser salvada por el médico tratante bajo
leyenda: “Digo .......(lo enmendado)” firmando y sellando el médico nuevamente lo salvado.
Por ninguna razón se aceptará, con cargo a LA OBRA SOCIAL, recetas con enmiendas,
raspaduras o agregados con distinta lapicera, sino están salvados expresamente por el
profesional prescribiente. Excepto en los ítems: “Nombre y apellido del beneficiario”,
“Número de afiliado” y “Fecha de prescripción”, que puede estar escrito por la secretaria
del profesional).
AFILIACION
Se acredita con CARNET Y DOCUMENTO DE IDENTIDAD.
NOMBRE, APELLIDO Y Nº DE AFILIACION
Si fueran ilegibles o poco claros o incompletos o faltasen, el farmacéutico colocará en la receta los
datos correctos que obren en el carné o credencial del afiliado.
LEY DE GENERICOS
a) Si se prescribe por nombre genérico (monodroga) se podrá dispensar cualquier nombre
comercial correspondiente a la monodroga prescripta, que figure en el formulario terapéutico
OSDoP y tenga igual concentración, forma farmacéutica y cantidad indicada.
El farmacéutico deberá informar al público todas las especialidades medicinales que contengan
el mismo principio activo o combinación de ellos, y los distintos precios de esos productos que
deben estar disponibles en lugar visible de la oficina de farmacia.
Para formalizar el acto de dispensar otro medicamento (nombre comercial que no esté en el
Formulario Terapéutico OSDoP) que con el mismo principio activo que el prescripto con la
misma cantidad de unidades por envase, forma farmacéutica, concentración y menor costo, al
cual está facultado el farmacéutico, dicho profesional deberá consignar en la receta el
consentimiento del destinatario del servicio y/o adquirente, con relación a la información recibida
y el medicamento expendido individualizado por su nombre genérico y marca comercial, según
el caso, seguido de la fecha, firma y sello donde conste su nombre y apellido y número de
matrícula profesional (Firman por segunda vez paciente y farmacéutico).
b) Si se prescribe por nombre genérico seguido de nombre comercial (prescripción por marca), se
permite el reemplazo por otros nombres comerciales que figuren en el formulario terapéutico
OSDoP., siempre que tengan igual: Monodroga, concentración, forma farmacéutica y cantidad y
cuyos precios sean iguales o menores al medicamento cuyo nombre comercial se prescribió.
Para tal actividad, que no constituye sustitución de medicamentos, el profesional farmacéutico
deberá informar al público todas las especialidades medicinales que contengan el mismo
principio activo o combinación de ellos, y los distintos precios de esos productos y deberá
consignar en la receta el consentimiento del destinatario del servicio y/o adquirente, con relación
a la información recibida y el medicamento expendido, seguido de su firma y sello, que debe
cumplir con los requisitos referidos en el artículo 3° de la presente (.....según el caso, seguido de
la fecha, firma –por segunda vez- y sello donde conste su nombre y apellido y número de
matrícula profesional).
c) Si el médico prescribe por nombre comercial precedido del nombre genérico (prescripción por
marca) y estima que no cabe reemplazar el medicamento denominado por marca debe agregar a
continuación de la firma correspondiente a la prescripción y de su puño y letra la justificación
fundada que avale tal decisión, bajo el título: “Justificación de la prescripción por marca”, dejando
nuevamente asentada su firma y sello (segunda firma). En este caso el medicamento no podrá
ser reemplazado.
O.S.D.O.P. – COBERTURA ANTICONCEPTIVOS
Informamos a las farmacias adheridas que la O.SOCIAL OSDOP, ha decidido
modificar la cobertura vigente para los anticonceptivos orales, adecuándose a la
RES.310/04
Los productos no incluídos en la misma pasarán a una cobertura del 40%.
Sin perjuicio de ello, los tratamientos en curso con dichos productos tendrán una
cobertura del 70%, previa autorización de OSDOP mediante confección del
formulario F5
Se adjuntan listado de productos que reducen su cobertura y listado de productos
que CONTINUAN con la cobertura del 100% , con la siguiente modificación:
AVANCEL y CUIDAFEM están en los dos listados ( los que se cubren al 100% y
los que pasan al 40-70%) y corresponden que se cubran al 100% porque tienen
una asociación incluida en la RESOLUCION 310.
Como resultado del análisis efectuado por la Gerencia de Prestaciones de Salud a
las recetas de anticonceptivos indicados a las beneficiarias de la OSDOP durante
el período abril 2010 / abril 2011, surge que la Obra Social ha reconocido una
cobertura del 100% en anticonceptivos que, por Res. 310/04 y modificatorias no
tienen cobertura, como por ejemplo
ANGELIQ - Comp. Rec. x 28
AVANCEL - Comp. Rec. x 21
CAMELIA - 75mcg Comp. Rec. x 28
CARMIN - Comp. Rec. x 28
CERAZETTE - comp.rec.x 28
CICLOCUR blister x 21 grag.
CUIDAFEM - Comp. Rec. x 21
DAMSEL - Comp. Rec. x 28
DAMSELLA - Env. Comp. Rec. x 24 + 4 de Placebo
DIVA - Comp. Rec. x 28
DIVA TOTAL - Comp. Rec. x 24 + 4 de Placebo
DIVINA - Comp. Rec. x 28
EQUIFEM - Comp. Rec. x 28
ISIS - Blst. x 1 Comp. x 28
ISIS - Blst. x 2 Comp. x 28
ISIS MINI - Comp. Rec. x 28
ISIS MINI - Comp. Rec. x 56
ISIS MINI 24 - Comp. Rec. x 28 (24 Act+4 Inact
KALA - Comp. Rec. x 28
KALA MD - Comp. Rec. x 28
KALA MD 24 - Comp. Rec. x 28
KIRUM - Comp. Rec. x 28
LUMILAC - Comp. x 28
MAXIMA - Comp. Rec. x 28
MAXIMA MD - Comp. Rec. x 28
MAXIMA MD 24 - Comp. Rec. x 24 + 4 de Placebo
YASMIN - Comp. Rec. x 28
YASMINELLE - Comp. Rec. x 21
YAZ - Comp. Rec. x 28
A partir del 15 de Octubre de 2011, se adecue la cobertura de los
anticonceptivos orales no incluidos en la Res 310/04 de la manera que se detalla:
 Para quienes inicien tratamiento, se otorgará una cobertura del 40%
 Para quienes estaban recibiendo estos fármacos, se podrán autorizar los
mismos, con una cobertura del 70% mediante la confección de un
formulario F5, de no cumplirse este requisito el porcentaje a cubrir será del
40%.
Como dato de mercado es importante recordar que las Obras Sociales de
Dirección, en sus planes más altos, brindan una cobertura del 40% en este tópico.
Se adjunta:
 Archivo “por marcas comerciales y laboratorio” que contiene el listado de
anticonceptivos orales con cobertura del 100% incluidos en el Formulario
Terapéutico de la OSDOP.
 Archivo “cobertura de anticonceptivos orales” que contiene la transcripción
de lo normado en la Res. 310/2004 relativo a la cobertura en métodos
anticonceptivos orales.
ANTICONCEPTIVOS ORALES CON COBERTURA DEL 100% INCLUIDOS EN EL FORM. TERAPÉUTICO
Etinilestradiol
En asociación con Ciproterona
AVANCEL
BAGO
En asociación con Ciproterona
DIANE-35
BAYER (BSP)
En asociación con Ciproterona
MILEVA 35
ELEA
En asociación con Ciproterona
TESS 35 comp.rec.
BIOTENK
En asociación con Desogestrel
MARVELON
ORGANON
En asociación con Desogestrel
MERCILON
ORGANON
En asociación con Gestodeno
ALELI
LABORATORIOS BERNABO
En asociación con Gestodeno
BIOFEM comp.rec.
BIOTENK
En asociación con Gestodeno
CUIDAFEM
LABORATORIOS BERNABO
En asociación con Gestodeno
FEMIANE Grageas
BAYER (BSP)
En asociación con Gestodeno
GINELEA
ELEA
En asociación con Gestodeno
GINELEA MD
ELEA
En asociación con Gestodeno
GINELEA MD 28
ELEA
En asociación con Gestodeno
GINELEA T
ELEA
En asociación con Gestodeno
GYNOVIN Grageas
BAYER (BSP)
En asociación con Gestodeno
HARMONET® Grageas
WYETH
En asociación con Gestodeno
LIVIANNE
BAGO
En asociación con Gestodeno
MINESSE® comp.rec.
WYETH
En asociación con Gestodeno
MINULET® Grageas
WYETH
En asociación con Gestodeno
MIRELLE
BAYER (BSP)
En asociación con Gestodeno
SECRET 28
ELEA
En asociación con Gestodeno
VENISSE
BAGO
AFRODITA comp.rec.
DUNCAN
En asociación con Levonorgestrel
En asociación con Levonorgestrel
ANUBIS Comprimidos
INVESTI
En asociación con Levonorgestrel
APRIL®
GADOR
En asociación con Levonorgestrel
APRIL® 28
GADOR
En asociación con Levonorgestrel
DOSDIAS N Comprimidos
ELEA
En asociación con Levonorgestrel
EVELEA MD
ELEA
En asociación con Levonorgestrel
FEMEXIN
ELEA
En asociación con Levonorgestrel
LOETTE® comp.rec.
WYETH
En asociación con Levonorgestrel
MICROGYNON
BAYER (BSP)
En asociación con Levonorgestrel
MICROVLAR
BAYER (BSP)
En asociación con Levonorgestrel
MIRANOVA
BAYER (BSP)
En asociación con Levonorgestrel
NEOGYNON
BAYER (BSP)
En asociación con Levonorgestrel
NORDETTE® Grageas
WYETH
En asociación con Levonorgestrel
NORFEN Comprimidos
BAGO
En asociación con Levonorgestrel
NORGESTREL MINOR comp.rec. BIOTENK
En asociación con Levonorgestrel
NORGESTREL PLUS comp.rec.
BIOTENK
En asociación con Levonorgestrel
TRIDESTAN N®
GADOR
En asociación con Levonorgestrel
TRINORDIOL® Grageas
WYETH
En asociación con Levonorgestrel
TRIQUILAR
BAYER (BSP)
En asociación con Norgestimato
CILEST®
JANSSEN-CILAG
En asociación con Norgestimato
TRIDETTE®
GADOR
FACTURACION: LOS DIAS 27 DE CADA MES
29
OSMATA
2013
PLANES
COBERTURA
VEDEMECUM
Observaciones
PMO
40 % s/ PVP
SI
Plan Médico
50 % s/PVP
SI
CRONICOS:
Res. 310
Hipoglucemiantes
Orales
70 – 100 %
S/ PVP
SI
(*)
70 s/ PVP
SI
(*)
Plan
Materno
Infantil
100 % s/PVP
SI
(*)
Anticonceptivos
100 % s/ PVP
SI
(*) Observaciones
• CRONICOS – Res 310: abarca todas las patologías crónicas prevalentes descriptas en Res. 310/04 del Ministerio
Salud Nación.
A) Enfermedades Cardiovasculares y Tratamientos de Prevención primaria o secundaria (Hipertensión Arterial
Esencial, Hipertensión Arterial Secundaria, Insuficiencia Cardiaca, Arritmias, Terapéutica Antiagregante,
Prevención Primaria, Cardiopatía Isquémica).
B) Enfermedades Respiratorias (Asma Bronquial, Fibrosis Pulmonar).
C) Enfermedades Neurológicas (Enfermedad de Parkinson, Epilepsia).
D) Enfermedades Psiquiátricas (Trastorno Bipolar, Psicosis orgánicas).
E) Enfermedades Inflamatorias Crónicas y Enfermedades Reumáticas (Gota Crónica).
F) Enfermedades Oftalmológicas (Glaucoma)
G) Enfermedades Endocrinas (Hipertiroidismo, Hipotiroidismo, Dislipemias)
• PLAN MATERNO INFANTIL: Ver ítem 5
AUTORIZACIONES
• Se aceptarán como válidas todas las autorizaciones emitidas por la Obra Social, donde conste sello de la Obra Social
y firma y sello del médico auditor habilitado: Ver listados adjuntos (1) Médicos habilitados.
VALIDACION ON LINE
• La validación on line, se realizará en todas las recetas para todos los planes, con la obligatoriedad de la misma
utilizando el sistema de MIS VALIDACIONES.
2- CREDENCIAL
Para obtener el descuento establecido, el afiliado deberá acreditar su identidad con el documento respectivo y la
credencial.
3- RECETARIO
Oficial, Particular o de Instituciones.
Validez para la dispensa: 30 días corridos desde la fecha de emisión.
Validez para la presentación: 60 días corridos a partir de la fecha de dispensa.
Validez para la Re facturación: 60 días corridos a partir de haber recibido la liquidación.
El médico u odontólogo deberá prescribir los medicamentos por su nombre genérico o denominación común
internacional y el farmacéutico aplicará los principios y mecanismos establecidos en la Ley 25.649 y su decreto
reglamentario, en la que deberán constar de su puño y letra los siguientes datos:
1- Denominación de la Obra Social.
2- Apellido y Nombre del afiliado.
3- DNI del afiliado: Ver credencial adjunta.
4- Detalle de los medicamentos.
5- Cantidad de medicamentos en números y/o letras. Si el médico omitiese este dato se entregará la
cantidad o sea 1 (uno).
6- Fecha prescripción.
7- Firma y sello profesional.
menor
4- DE LA CANTIDAD Y TAMAÑO
• Hasta dos especialidades medicinales y hasta 3 unidades totales por receta.
• Hasta 2 envases del menor tamaño o único renglón por receta.
• Antibióticos inyectables monodosis: hasta 5 (cinco) por receta.
• Antibióticos inyectables multidosis: hasta 1 (uno) por receta.
• Tratamiento Prolongado: solo en recetas con medicamentos para pacientes crónicos con cobertura del 70 % 100 %,
se dispensará lo indicado por el profesional.
• Anticonceptivos: hasta un envase por receta y por mes.
5- PLAN MATERNO INFANTIL
Madre
Cobertura 100 % según vademécum, durante el embarazo y hasta un mes posterior al parto.
Niño
Medicamentos: cobertura 100 % según vademécum, hasta el año de vida del niño.
Leches Medicamentosas: hasta el tercer mes de vida del niño y hasta 4 kgrs. por mes.
6- REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO
La farmacia deberá cumplimentar lo siguiente:
• Colocar en la receta el número de orden correspondiente
• Adjuntar los troqueles del siguiente modo: De acuerdo al orden de la prescripción/ Incluyendo el código de barras,
si lo hubiera / Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la
lectura del código de barras)
• Los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente: Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo
(perforaciones, evidencias o marcas de sustancias adhesivas) / Sin signos de desgaste del material en todo o parte del
troquel / Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no. / No deberán presentar cualquier
otro signo que otorgue carácter dudoso al troquel.
• Fecha de dispensación.
• Importes unitarios y totales y A/C de la entidad por medicamentos. Importe Total, a c/Ob.Soc. y a c/Afiliado por
receta.
• Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto.
• Firma del asociado y aclaración.
• Firma del tercero, aclaración de firma y número de documento de identidad, el cual deberá ser exhibido.
• Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico.
• La farmacia deberá adherir la copia del ticket fiscal de la venta a cada receta.
Ticket fiscal propiamente dicho.
Documento no fiscal HOMOLOGADO.
Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda de fondo “NO FISCAL”
Facturas A, B, C.
• Si en el ticket que se adjunta a la receta constan todos los datos requeridos en este ítem, la Farmacia podrá omitir
completar la receta, no obstante será obligatorio la firma, aclaración y nº de documento del beneficiario o tercero y el
sello y firma del farmacéutico tanto en la receta como en el ticket.
7- ENMIENDAS
Las correcciones y enmiendas a la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma en lo
que atañe a la prescripción y por el profesional farmacéutico y el afiliado o tercero interviniente en lo que atañe a la
dispensa.
8- PRESENTACION
La presentación de las recetas se realizará del 1 al 10 de cada mes en Avda. Belgrano 665 9º piso, cada plan de
descuento por separado, con carátula según modelo adjunto. Las entidades Farmacéuticas deberán confeccionar una
carátula y el soporte magnético respectivo (este deberá ser remitido mensualmente por
e-mail a
[email protected], con los siguientes datos: CUIT Farmacia / Localidad / Provincia / Importe Total
Facturado que resulta de sumar todos los planes presentados por la Farmacia / Importe a cargo Entidad / Total Recetas.
En el caso de recetas mixtas estas deberán presentarse en el ítem de mayor porcentaje. Ej. Si en una receta se dispensó
un producto al 40 % y el otro al 70 % la receta deberá sumarse de manera completa junto al lote de las recetas puras
del 70 %.
LISTADO MEDICOS AUDITORES HABILITADOS:
Dr. César Pérez – MN 66246
Dr. Juan Carlos Mazzú – MN 72106
Dr. Ricardo Rodríguez – MN 70092
Dr. Edgardo Rivas – MN 75831
Dr. Ariel Sarlo – MN 73781
Dra. Inmaculada Larrea Leon – MN 61875
Dra. Paula Cristina Castellano – MN 107038
Dr. Carlos A. Aguirre Lucy – MN 103408
Dr. Jorge Weingast – MN 35113
Dr. Leonardo Daniel Brosqui – MN 54163
OSMATA
SELLOS HABILITADOS PARA AUTORIZACION DE RECETAS:
LIC. MIRTA FERNANDEZ
JEFA ADMINISTRATIVA
SANATORIO SAN CAYETANO
OSMATA
SUSANA MOSQUERA
COORDINACION
SANATORIO SAN CAYETANO
OSMATA
DIEGO MANFREDI
ELIDA LEONE
JEFA DE ADMISION EGRESOS Y ARCHIVOS
SANATORIO SAN CAYETANO
OSMATA
ANTONELA TARSITANO
COORDINACION
SANATORIO SAN CAYETANO
OSMATA
DAVID RODRIGO
COORDINACION
SANATORIO SAN CAYETANO
OSMATA
JULIO CESAR GOMEZ
30
OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL
Informamos a las farmacias adheridas, la vigencia a partir del
08/08/2011 del convenio con la OBRA SOCIAL DEL PODER
JUDICIAL DE LA NACION, de acuerdo a las siguientes normas de
dispensación:
PLANES:
PLANES
AMBULATORIOS
PRODUCTOS DIETARIOS (*)
INTERNADOS (AUTORIZADOS)
INSULINAS (AUTORIZADOS)
ANTIDIABETICOS ORALES
(AUTORIZADOS )
TIRAS REACTIVAS
(AUTORIZADOS)
ONCOLOGICOS Y TRASNPLANTES
(AUUTORIZADOS)
PLAN MATERNO INFANTIL
(AUTORIZADOS)
% CARGO OBRA SOCIAL
% CARGO AFILIADO
70 %
40%
100%
100%
80%
30%
60%
-.-.20%
70%
30%
100%
-.-
100%
-.-
(*) PRODUCTOS DIETARIOS , Aprobados por autoridad estatal competente.
RECETARIO: OFICIAL DE O.S.P.J.N.
VACUNAS Y MEDICAMENTOS PARA CIERTAS PATOLOGIAS: cobertura conforme surja de la previa
autorización
AUTORIZACIONES DE RECETAS: La autorización de la Obra Social será efectuada por la
Representación local ó la Auditoría Médica mediante firma y sello aclaratorio, perfectamente
legibles. En el caso del Médico Auditor, deberá constar también su número de matrícula.
Requisitos para la compra: El afiliado deberá presentar en el momento de la compra, el carnet de afiliación con el
correspondiente talón vigencia actualizado y el recetario oficial de la Obra Social. En todos los casos deberá constar
nombre completo y número de afiliación, escritos de puño y letra por el profesional tratante. El afiliado o tercero que retira
la medicación deberá firmar al dorso de la receta aclarando nombre y apellido, número de documento, dirección y telefóno.
En el caso de no cumplirse con los requisitos mencionados se debitará la receta en su totalidad. El débito por esta causa
NO ES RE FACTURABLE .
Fecha de Prescripción: De puño y letra del profesional que prescribe.
Fecha de Venta: Sí.
Validez de la receta: 30 (treinta) días desde su fecha de prescripción.
Aclaración firma del médico y Nº de matrícula: Con sello.
Enmiendas salvadas por el médico: No se dispensarán recetas con tachaduras o enmiendas no
salvadas de cualquier tipo y/o en cualquier ítem (datos de afiliación, fecha de prescripción, prescripción
propiamente dicha: nombre de la especialidad, forma farmacéutica, dosis, cantidad de unidades por envase o
tamaño del envase, cantidad de envases, etc. y datos del médico).
DE LA PRESCRIPCION
 Cantidad máxima de medicamentos distintos por receta: 3 (tres).
 Unidad por tamaño: hasta 2 (dos) unidades de cualquier tamaño de uno sólo de los 3 (tres) productos. Deberá
consignarse “Tratamiento prolongado”.
 Aclaración cantidad de unidades en letras y números.
 Tamaño del envase: el más pequeño cuando no se especifique tamaño: Las palabras “Envase Grande” indican el 2º
tamaño. Se podrá expender el tamaño de envase que el médico puntualmente prescriba.
Reconocimiento de Medicamentos
Productos No reconocidos
 Fórmulas Magistrales
 Productos Homeopáticos
 Productos Medicinales de Venta Libre
 Material Descartable (salvo tiras reactivas con expresa autorización de la Obra Social)
 Suplementos Dietarios y Alimentos Nutricionales de Venta Libre
PRODUCTOS RECONOCIDOS BAJO NORMAS ESPECIALES




Leches para lactantes (Plan Materno Infantil, previa autorización de la O.S.)
Antibióticos Inyectables: Hasta 6 (seis) envases unitarios, ya sea 6 (seis) ampollas en envase individual, 1 (un) envase
de 6 (seis) ampollas, etc., siempre sin excederse de 6 (seis) por receta. Los productos que se presenten en multidosis
de más de 3 (tres) ampollas por caja, se expenderá hasta 1 (una) caja por receta. En todos los casos deberá constar la
leyenda “Tratamiento prolongado”.
ENBREL, droga Etanercept, 25 mg. f.a. x 4, de Lab. John Wyeth, será provisto únicamente por la Farmacia de la Obra
Social, salvo expresa autorización de la Dirección General.
Se adjunta detalle de “Exclusiones por Droga” que se dispensan desde la Farmacias Social del OSPJN
Facturación:
- Presentación mensual LOS DIAS 27 DE CADA MES
Troqueles – salvo que los mismos sean fabricados sin troquel-, en cuyo caso se colocará la leyenda S/T.
Si uno o más medicamentos no se proveyeran, deberán testarse en la receta.
Re Facturación:
Las mismas deberán presentarse en forma separada del resto de la las liquidaciones y deberá estar acompañada de la
siguiente documentación:
1.- Receta Original
2.- Fotocopia del detalle de liquidación de Auditoria Médica, donde figura el motivo del débito y el importe
debitado.
3.- Fundamento del rechazo del débito
EXCLUSIONES por DROGA
SE DISPENSAN DESDE FARMACIA SOCIAL OSPJN
Drogas:
1.
Abacavir
2.
abacavir+lamivudina
3.
abacavir+lamivudina+zido
vudina
4.
abatacept
5.
activador tisular
plasminógeno
6.
adalimumab
7.
adefovir
8.
adefovir dipivoxil
9.
adrenalina
10.
albúmina humana
11.
alefacept
12.
alfa-1-antitripsina
13.
alitretino¡na
14.
amprenavir
15.
anagrelide
16.
anastrozol
17.
anfotericina b
18.
anfotericina B complejo
lipídico
19.
anfotericina B liposomal
20.
anti-inhibidor factor VIII
21.
antitrombina III
22.
aprotinina
23.
asparaginasa
24.
atazanavir
25.
atracurio,besilato
26.
azatioprina
27.
aztreonam
28.
basiliximab
29.
bemiparina
30.
bicalutamida
31.
bivalirudina
32.
bleomicina
33.
bupivaca¡na
34.
bupivaca¡na+dextrosa
35.
bupivaca¡na+epinefrina
36.
busereline
37.
busulfano
38.
capecitabina
39.
carboplatino
40.
carmustina
41.
cefepime
42.
cetrorelix
43.
cetuximab
44.
ciclofosfamida
45.
ciclosporina No Se
Excluye Ciclosporina De Uso
Oftalmico
46.
ciclosporina
p/microemulsión
47.
ciproterona
48.
cisplatino
49.
citarabina
50.
cladribine
51.
clorambucilo
52.
copolímero-1
53.
dacarbazina
54.
daclizumab
55.
dactinomicina
56.
daptomicina
57.
daunomicina
58.
daunorubicina
59.
dermis porcina
60.
desflurano
61.
dexrazoxane,clorh.
62.
Didanosina
63.
Dietilestilbestrol
64.
dnasa humana
recombinante
65.
dobutamina
66.
docetaxel
67.
dopamina
68.
doripenem
69.
doxorrubicina liposomal
70.
doxorubicina
71.
drotrecogin alfa activado
72.
efalizumab
73.
efavirenz
74.
emtricitabina
75.
emtricitabina+tenofovirdis
oprox
76.
enflurano
77.
enoxaparina
78.
enoxaparina sódica
79.
entecavir
80.
epirubicina
81.
eritropoyectina
recomb.humana
82.
ertapenem
83.
esmolol
84.
estramustina
85.
estreptoquinasa
86.
etanercept
87.
etopósido
88.
everolimus
89.
exemestano
90.
exenatida
91.
factor IX
92.
factor VIII
93.
factor VIII+fact.von
Willebrand
94.
factores de coagulación
95.
fentanilo
96.
fentanilo+droperidol
97.
fibrinógeno humano
98.
filgrastim
99.
fludarabina
100. flumazenil
101. fluorouracilo No se
excluye fluouracilo Crema /
Ungüento
102. flutamida
103. fondaparinux
104. fosamprenavir
105. foscarnet
106. fsh
107. fsh+lh
108. fulvestrant
109. gammaglobulina
110. gammaglobulina
polivalente
111. ganirelix
112. gelatina modificada
113. gemcitabina
114. gemtuzumab-ozogamicin
115. gonadotrofina coriónica
116. goserelin,acetato
117. halotano
118. heparina (frasco ampolla)
No se excluye heparina
gel/pomada
119. hidroxietil almid¢n
120. hidroxiurea
121. histrelina, acetato
122. idarrubicina
123. ifosfamida
124. imatinib
125. imipenem+cilastat¡n
126. indinavir
127. infliximab
128. inmunoglobulina
anticitomegalov
129. inmunoglobulina humana
130. insulina aspartato
131. insulina bovina
132. insulina detemir
133. insulina glargina
134. insulina glulisina
135. insulina humana
136. insulina humana
modificada
137. insulina porcina
138. interferón a2b+ribavirina
139. interfer¢n alfa 2 A
140. interfer¢n alfa 2 B
141. interfer¢n alfa 2 B
pegilado
142. interferon beta
143. interferon gamma
144. interleukina-2 humana
recomb.
145. interleukina-2 humana
recomb.
146. Irinotecan
147. Isoflurano
148. Isoproterenol
149. Ketamina
150. Lamivudina
151. lamivudina+zidovudina
152. lamivudina+zidovudina+n
evirapina
153. lenograstin
154. letrozol
155. leucovorina
156. leuprolide, acetato
157. lidocaina+ adrenalina
158. linezolid
159. lomustina
160. megestrol
161. melfalano
162. meperidina
163. mepivacaina
164. mercaptopurina
165. mercaptopurina
166. meropenem
167. mesna
168. metaraminol
169. metil 5-aminolevulinato
170. metotrexato frasco/amp
No se excluye metotrexato
comprimido
171. metoxipolietilenglicolepoetina
172. micofenolato mofetil
173. micofenolato sódico
174. mitomicina
175. mitoxantrona
176. mivacurium,clorh.
177. Molgramostim
178. morfina,sulfato
179. mycobacterium bovis
180. nadroparina c lcica
181. nafarelina
182. naloxona
183. nelfinavir
184. neostigmina
185. nevirapina
186. noradrenalina
187. octreotida
188. omalizumab
189. ornidazol
190. oxaliplatino
191. paclitaxel
192. palivizumab
193. pancuronio,bromuro
194. papaverina
195. paricalcitol
196. parsol MCX+asoc
197. pegvisomant
198. piperacilina
199. piperacilina+tazobactam
200. piridostigmina
201. pralidoxima
202. precursores fibrina
humana
203. procaina
204. propanidida
205. propofol
206. protamina
207. raltitrexida
208. ranibizumab
209. ribavirina
210. riluzol
211. ritonavir
212. ritonavir+lopinavir
213. saquinavir
214. sevoflurano
215. sirolimus
216. somatostatina
217. stavudina
218. succinilcolina
219. surfactante pulmonar
220. tacrolimus no se excluye
tacrolimus ungüento
221. tamoxifeno
222. tegafur+uracilo
223. teicoplanina
224. telbivudine
225. temozolomida
226. tenip¢sido
227. tenofovir disoproxil
228. teriparatida
229. terlipresina
230. tigeciclina
231. tioguanina
232. tiopenthal sódico
233. tobramicina (amp/inhal)
no se excluye tobramicina de
uso oftálmico
234. topotecan
235. toxina botul¡nica tipo a
236. transretinoico, c.
237. triptorelina
238. valganciclovir
239. vancomicina
240. vecuronio,brom.
241. Verteporfin
242. Vinblastina
243. Vincristina
244. Vinorelbine
245. Zalcitabina
246. Zidovudina
247. zoledrónico, c.
Formas Farmacéuticas:
1 No se excluye ciclosporina de uso oftalmico
2 NO SE EXCLUYE FLUOURACILO CREMA / UNGÜENTO
3 NO SE EXCLUYE HEPARINA GEL / POMADA
4 NO SE excluye METOTREXATO COMPRIMIDO
5 No SE excluye TACROLIMUS UNGÜENTO
6 No se excluye Tobramicin
OBRA SOCIAL PODER JUDICIAL DE LA NACION VACUNAS ANTIGRIPALES 100% - AUTORIZADAS
Informamos a las farmacias adheridas que la O.Social brindará cobertura con el 100% a su cargo en
VACUNAS ANTIGRIPALES comprendiendo el período 01/04 al 31/08/14.
Las prescripciones deberán estar hechas en los recetarios oficiales, no pudiendo hacerlo conjuntamente con otros
medicamentos, es decir la prescripción deberá ser exclusiva de la vacuna. La receta deberá estar autorizada por
el Representante y/o auditor Médico.
Se reconocerá únicamente una dosis por afiliado y por receta, en el caso de los menores de 36 meses la
prescripción de las dos dosis deberá ser realizadas en recetas separadas
La O.Social no reconocerá las prescripciones que no cumplan con los requisitos detallados precedentemente.
La cobertura del 100% a cargo de la O.Social alcanza solamente a las marcas que se detallan a continuación:
1. LABORATORIO NOVARTIS ARGENTINA
a. AGRIPAL S1 ADULTOS
b. AGRIPAL S1 JR. PEDIATRICA
2. LABORATORIO GLAXOMITHLINE
a. FLUARIX
3. LABORATORIO SANOFI PASTEUR S.A.
a. VAXIGRIP
b. VAXIGRIP JR.
c. ISTIVAC
d. ISTIVAC JR.
4. LABORATORIO ABBOTT S.A.
a. INFLUVAC
5. LABORATORIO SINERGIUM BIOTERCH S.A.
a. VIRAFLU PEDIATRICA
6. INSTITUTO BIOLOGICO ARGENTINO S.A.
a. NILGRIP
b. NILGRIP JR.
NOTA: De optar el afiliado por otra marca comercial, la diferencia de valor con las cubiertas por la O. Social
resultan a cargo del mismo.
DPTO.OBRAS SOCIALES
31
NORDICA SALUD
INFORMAMOS A LAS FARMACIAS ADHERIDAS, LA VIGENCIA DEL NUEVO CONVENIO CON
NORDICA SALUD A PARTIR DEL 14/02/11,
PLANES
AMBULATORIOS
AMBULATORIOS
PLANMATERNOINFANT.
INTERNADOS AUTORIZADOS AL 100%
AUTORIZADOS AL 70 %
%
C/DE
ENTIDAD
40%
50 %
100 %
100 %
100 %
70 %
LA
% C/AFILIADO
60 %
50 %
0%
0%
0%
30 %
PLAN MATERNO, INTERNADOS, AUTORIZADOS AL 100% -70%, LLEVARAN AUTORIZACION
PREVIA DE NORDICA CON FIRMA Y SELLO
RECETARIO: OFICIAL
VALIDEZ RECETA: 30 DIAS
MONTO TOTAL DE LA RECETA $ 150.,00 LOS RECETARIOS QUE EL MONTO TOTAL SUPERE LOS $
150,00, SERAN AUTORIZADOS POR NORDICA SALUD, MONTO MENOR SIN AUTORIZACION
CANTIDAD PRESCRIPCION: HASTA 2 (DOS) MEDICAMENTOS DISTINTOS POR RECETA, MAS DE 1
(UN) ENVASE DEL MEDICAMENTO , DEBERA CONSTAR LA LEYENDA TRATAMIENTO
PROLONGADO.
REQUISITO DE LA RECETA: DIAGNOSTICO, EDAD, PRESCRIPCION CON NOMBRE GENERICO Y
SUGERENCIA
COMERCIAL. FIRMA DEL AFILIADO EN EL RECETARIO, DNI, DOMICILIO,
TELEFONO
TAMAÑOS: CUANDO LA RECETA NO ESPECIFIQUE CANTIDAD , TAMAÑO Y DOSIS, DEL
MEDICAMENTOS PRESCRIPTO, LA FARMACIA ENTREGARA LA PRESENTACION MENOR.
EXCLUSIONES: PRODUCTOS, DROGAS O FORMULAS MAGISTRALES HOMEOPATICAS –
FORMULAS MAGISTRALES ALOPATICAS – INSTRUMENTAL DE CIRUGIA, AGUJAS PARA
INYECCIONESC O JERINGAS DE TODO TIPO – TERMOMETROS, ATOMIZADORES E INHALADORES
– VAPORIZADORES, NEBULIZADORES O ALMOHADILLAS ANATOMICAS – CALIENTA PIES ,
TERMOS , PASTAS O LIQUIDOS DENTRIFICOS – FORMULAS O ESPECIALIDADES PARA LIMPIAR O
FIJAR DENTADURAS – JABONES, CHAMPUES DE TODO TIPO, CEPILLOS DE TODO TIPO –
CALLICIDAS, MAMADERAS Y EXTRACTORES DE LECHE, AGUAS MINERALES – ARTICULOS DE
TOCADOR Y/P BELLEZA, PRODUCTOS PARA LA ESTETICA – FRASCOS , RECEPTACULOS, VASIJAS
DE TODO TIPO, BOLSAS DE GOMA O PLASTICO – HERBORISTERIA, ALCOHOL, AGUA OXIGENADA,
GASA DE TODO TIPO, TELA ADHESIVA, ALGODÓN – PRODUCTOS DIETETICOS, LECHES EN POLVO
– SOLVENTES, SONDAS DE TODO TIPO, GUIA PARA SUEROS, APIROTRANSFUSORES, SUEROS –
ELEMENTOS DE CONTRASTE, ANESTESICOS, VENTA LIBRE EN GENERAL, ELEMENTOS DE
CURACION – MEDICAMENTOS, DROGAS Y MATERIALES EN INTERNACION – MEDICAMENTOS Y
MATERIALES PARA EL TRATAMIENTOS DE PATOLOGIAS O LESIONES NO CUBIERTAS POR LA
MANDANTE – PRODUCTOS DE 3313VENTA LIBRE.
32
OSPE
NORMAS PARA LAS FARMACIAS:
EXPENDIO : Completar la receta con los datos correspondientes a la farmacia:
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
Código de farmacia: nº asignado por OSPE a la farmacia.
Orden: N° correlativo que identifica a la receta dentro del lote. Es decir que si se presentan 30
recetas las mismas deberán numerarse del 1 al 30 (margen superior derecho ).
Fecha venta: día, mes y año de venta, en ese orden (llenar c/cero a la izq. para el 1 al 9).
Precio unitario: precio de cada envase, regido por Manual Farmacéutico vigente al momento del
expendio.
Cantidad Entregada: cantidad de envases entregados en números.
Importe $: precio unitario x Cantidad Entregada
Total receta: suma de la columna importe.
A cargo beneficiario: importe total a pagar por el beneficiario.
A cargo obra social: importe que reconoce OSPE.
Sello y firma farmacéutico: sello y firma.
Troqueles: adherir los troqueles de los envases de los medicamentos entregados, en la orden que
figuran en los renglones RP. En virtud que los troqueles adheridos a las recetas representan la
fiscalización del expendio de los medicamentos, los mismos no podrán tener signos de utilización
previa, es decir no podrán tener perforaciones múltiples, ni estar preengomados y/o precintados y
vueltos a pegar. A tal efecto la Obra Social considerará causal de débito el incumplimiento de lo
precedentemente expuesto. Cabe aclarar que si la Farmacia opera con sistema de vale para entrega
diferida, reintegro, cuenta corriente, devolución o cambio de productos, tendrá que implementar los
procedimientos que correspondan para facturar las recetas con los troqueles totalmente inalterados.
o
o
Verificar que el comprador (benef. o tercero interviniente) complete todos los datos y firme.
Adjuntar ticket fiscal a la receta y/o en su defecto el nº del mismo.
o
El ticket de venta que acompañe a la receta deberá ser exclusivamente el emitido por el
Controlador Fiscal, es decir:
Si Usted tiene una Impresora Fiscal homologada por la AFIP deberá adjuntar a la receta el
voucher que emite el controlador fiscal con carácter de no fiscal.
Si Usted tiene una Caja Registradora Electrónica Fiscal homologada por la AFIP deberá adjuntar
a la receta el ticket emitido por el sistema interno de la farmacia, consignando en el mismo el nª de
ticket de la registradora fiscal .
Se deberá emitir un ticket por receta, o caso contrario (por diferencia de cobertura), dos ticket con
igual fecha de venta por receta.
o
o
o
LIQUIDACION: Enviar por triplicado la carátula (Anexo I) y el resumen ( Anexo II) de recetas impreso
que deberá contener como mínimo los siguientes datos:
* Carátula:












Nombre de la farmacia
C.U.I.T.
Nombre del farmacéutico
Código de farmacia
Provincia
Localidad
C.P.
Período
Ambulatorio
Importe bruto total
Importe a cargo de la obra social
Importe a cargo obra social bonificado

Cantidad total de recetas
Los importes totales y a cargo de la Obra Social que se detallan en resumen, deben ser sumados y ese
importe debe ser colocado (según corresponda) en la carátula que acompaña al lote
RESUMEN:














Razón social o Nombre fantasía
Código de farmacia
Nª de Preliquidación
Período Presentación de recetas: correspondientes al mes de cierre
Vencimiento de presentación de recetas: se reconocerán las prescripciones médicas que
sean de hasta 60 días anteriores
Tipo de descuento: 1 lote general para todos los planes (las recetas no validadas
denunciadas - ver Instructivo general de farmacias- deberán presentarse en lote aparte)
C.U.I.T.
Nª de orden (Numerar cada una de las recetas de cada plan, de acuerdo a la fecha de
expendio)
Fecha de venta
Id. De validación
Nª de receta
Número de beneficiario / paciente
Importe bruto
Importe a cargo de la Obra social.
Nota:
Las refacturaciones deben ser enviadas separadas conformando otro lote aparte. Se
reconocerán prescripciones médicas con un plazo para refacturar de hasta 90 días
posteriores a su presentación.
PRESENTACION: La fecha de presentación será del 1 al 10 de cada mes
-
Enviar en forma conjunta los distintos lotes confeccionados a:
Rivadavia 611 1° piso. Capital Federal -C1002AAE- CABA.
-
La fecha límite a presentar será el último día hábil de cada mes, es decir, que la facturación será a
mes completo.
La carátula y el resumen de recetas deberá estar firmado y sellado por el responsable de la farmacia
El incumplimiento de las normas de presentación de la facturación será causal de devolución de la
misma.
GENERALIDADES:






El cumplimiento del
presente instructivo es imprescindible para el procesamiento de la
documentación ingresada en tiempo y forma y su acatamiento será beneficioso para todas las partes
intervinientes.
Ante cualquier duda se podrá comunicar al 0800-222-0533 donde se canalizarán todas las
inquietudes que surjan sobre este convenio.
Ante cualquier duda se podrá comunicar al 0800-222-0533 donde se canalizarán todas las
inquietudes que surjan sobre este convenio.
Cambio de domicilio de la farmacia (u otros datos): Comunicar a OSPE treinta (30)
días
antes como mínimo (nuevo domicilio y teléfono).
No se reconocerán medicamentos que no tengan relación con la edad y/o sexo del paciente
Los odontólogos sólo podrán prescribir medicamentos relacionados a su especialidad
VALIDACIÓN WEB:
Requerimientos: para utilizar el sistema solo se requiere el Internet Explorer 5 o superiores y cualquier tipo
de conexión a Internet.
Especificaciones técnicas mínimas
El sistema es de uso sencillo e intuitivo y no requiere de conocimientos específicos,
Solo deben acceder a la pagina de GMS “ https://[email protected] ” y colocar su código y
contraseña de farmacia, la cual se le otorgara llamando al numero de informes: Tel.: 0800-222-0533 (Lu a
Vi
de 8:00
a
20:00
y
Sa.8:30a13:30)
MODELO DE CREDENCIALES DE LA OSPE
TIPO DE PLAN
DISEÑO ANTERIOR (VIGENTE)
PMO
Afiliado Inactivo en
cobertura
obligatoria
(Credencial Única
de Personal dado
de Baja)
PMO-PMO MT-PMO
SD-Monotributo-
A 300-A 301-A 302A 303-A 305-A 307A 321- A 323-A 325A 350-D 371
MuPe-A 303 HEA 304 HE-A 400A 401-A 402-A 403A 404-A 405-A 406A 408-A 421-A 423A 425-A 500O/AFIP-C 400D 400-D 402-D 450D 452-D 454-D 471D 473-D 500O/EMPLA-O/MO/M E-O/NASAO/NASA AT-PLUS-
NUEVO DISEÑO
A 404HE-A 600A 602-A 604-A 606A 608-A 610-A 700A 702-A 704-D 650D 750D 752-
O/YPF-A
O/YPF-B
O/YPF-BC
O/YPF-U
MODELO DE RECETAS PARA CRONICOS- NO OBLIGATORIO ( formulario histórico en uso )
RECHAZOS
* Los siguientes motivos de débitos son rechazos no refacturables:
-
-
FALTA FECHA DE EMISION
FARMACIA NO POSEE CONTRATO ACTIVO
FALTA TROQUEL
AFILIADO NO EXISTE EN EL PADRON
RECETA INVALIDA
TROQUELES NO VALIDOS
AFILIADO DADO DE BAJA
RECETARIO FUERA DE VIGENCIA
VENCIDO EL PLAZO PARA REFACTURAR
MEDICAMENTO FUERA DE VADEMÉCUM
EL TROQUEL NO ES PMI
TROQUELES NO CORRESPONDEN
DEBITO NO REFACTURABLE
RECETA DUPLICADA
NO COINCIDE VALIDACION CON DATOS DE LA RECETA
RECETA NO VALIDADA
PLAN NO COINCIDE CON LO VALIDADO
NÚMERO DE RECETA NO COINCIDE CON LO VALIDADO
TROQUEL DETERIORADO
TROQUEL RECHAZADO EN VALIDACIÓN
CODIGO DE FARMACIA EN VALIDACION NO CORRESPONDE
FECHA DE VENTA DIFIERE EN VALIDACIÓN
NÚMERO DE AF. PACIENTE DIFIERE EN VALIDACIÓN
RECETA CANCELADA EN VALIDACION POR FARMACIA
MEDICAMENTO NO VALIDADO
TROQUEL NO COINCIDE CON LO VALIDADO
MEDICAMENTO DE VENTA LIBRE
Marzo 2009
Obra Social Petroleros
"O.S.Pe. 40% con Cobertura Medicamentos OSPe”
Afiliados: “PLAN OSPe-A406, OSPe-A408, OSPe-A423 – OSPeA602, OSPe-704 E, Ospe-D452, Ospe –D456- OSPe-D650”
Leandro N. Alem 692 - C. Federal
CUIT: 30-66187671-5
VALIDACIÓN:
La validación tiene carácter de obligatoriedad, para todas recetas de afiliados OSPe, la falta de validación
es causal de débito. Salvo aquellas que se reconocen por autorizaciones Especiales.
Tel.: 0800-222-0533 (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30).
COBERTURA DEL SERVICIO: Para toda la Pcia de Buenos Cobertura Medicamentos OSPe:
Aires.

La validación actúa con la cobertura OSPe y con el
descuento que corresponda en cada caso.
Tope con Validación Obligatoria: El medicamento individual no

Los medicamentos no reconocidos para venta en
debe superar la suma de $600.- según Precio Venta Público.
farmacias
ambulatorias,
integran
las
bandas
terapéuticas que se listan en (3).
DESCUENTO según Plan Validado: O.Social:
Afiliado:
Según PLan:
40%
60%
Cobertura Medicamentos OSPe, se actualiza mensualmente a
PMI: SI (1)
100%
--través del validador. Ante cualquier duda Ud. cuenta con una
Resolución 310/04 (2)
Monto Fijo
resto
Autorizaciones Espeiales:
Según Autorización
resto
Mesa de Ayuda OSPe 0800-222-0533 - (Lu a Vi de 8:00
ACO: reconocerá el 100% según validación del Sistema.
a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30).
Vacunas: Se reconocerán al 100% las establecidas en el
Calendario Oficial de vacunación para el Plan Materno Infantil SUSTITUCIONES:
(Mujeres embarazadas y niños hasta el año edad). El resto de El farmacéutico, con la conformidad del beneficiario podrá
sustituir el medicamento con genérico y marca prescripto por el
las vacunas serán cubiertas de acuerdo al descuento del plan
TIPO DE RECETARIO:
Particular del profesional prescribiente y/o institucional: SI
Recetarios Oficiales OSPe tienen validez hasta el 31/dic/2009.
DE LA PRESCRIPCIÓN:
Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION: 30 días.
RENGLONES POR RECETA: 2 (dos)
UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2 (dos)
TAMAÑOS POR RECETA: hasta 2 (dos) grandes, no es
necesario aclarar tratamiento prolongado.
Antibióticos iny.: Multidosis: 1 Monodosis: 5
ACLARACIÓN FIRMA MÉDICO Y Nº DE MATRÍCULA:
Con sello: SI
Manuscrito: SI (Si es ilegible el sello)
ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES:
Letras: SI
Números: SI
ENMIENDAS SALVADAS:
Por el Médico: SI
Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI
médico, por otra marca comercial, según la siguiente norma:


La sustitución podrá efectuarse con medicamentos que
estén incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe sin
tener en cuenta el importe del mismo.
El producto sustituto debe siempre respetar el nombre
genérico, concentración, forma farmacéutica y similar
cantidad de unidades de la prescripción del profesional
médico u odontólogo. Se entiende como similar cantidad
de unidades a la presentación que tenga una variación del
+/- 25% en el número de unidades (redondeado).
OBSERVACIONES:
(1) P.M.I.: Se reconocerán los productos incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe al 100%, aclarando que la columna qu e se titula PMI,
indica a qué afiliados se le puede efectuar la dispensa de ese producto. (I: infantil, M: maternidad y A: ambos).
(2) Resolución 310/04: obtendrán el beneficio los afiliados que se encuentren comprendidos en un Plan Médico denominado
“Resolución 310” con una vigencia de 12 meses, sin necesidad de presentar autorizaciones en las recetas, de acuerdo a lo indicado
en el sistema de validación de la Obra Social.
Si bien la validación de esta situación se realiza contra cobertura de medicamentos OSPe, destinados a patologías crónicas
prevalentes aprobado por la Res. SSS Nº 310/04, el expendio de los mismos por parte de la farmacia queda alcanzado por las
mismas exclusiones de carácter general válidas para todas las operaciones de provisión de medicamentos en forma ambulatoria
cuyo listado se enumeran en las exclusiones de bandas terapéuticas de la presente norma.
(3). A continuación se exponen algunos grupos de bandas terapéuticas:

Adelgazantes/ Anoréxigenos

Alimentos

Antialopécicos

Antisépticos de Superficie

Antiretrovirales

Antivirales Sistémicos

Citostáticos/ Oncológicos

Cosméticos

Edulcorantes

Estimulantes de Eritropoyesis : únicamente con autorización previa

Fórmulas Magistrales

Gammaglobulinas Específicas

Gangliósidos y/o Derivados

Herboristería y Homeopáticos

Hormonas de Crecimiento

Ind. de Ovulación / Espermatogénesis

Interferones inyectables

Jabones Medicinales: únicamente de vta bajo receta y troquelados

Lociones Capilares

Lociones Dérmicas

Medicamentos de Internación

Medicamentos sin clasificar altas

Pantallas y Filtros Solares

Pastas Dentales

Producto para disfunción sexual

Productos sin troquel

Radiopacos: únicamente con autorización previa

Shampúes Medicinales : únicamente de vta bajo receta y troquelados

Solventes Indoloros.

Toxina Botulínica

Vaselina Líquida

Venta Libre

Leches Medicamentosas: únicamente con autorización previa , exclusivamente en el PMI y hasta los tres meses.

Leches Enteras
Leches Maternizadas
Marzo 2009
Obra Social Petroleros
"O.S.Pe. 40% con Cobertura OSPe Planes PMO”
Afiliados: “PLAN -OSPe-A 301, OSPe-A 303, OSPe-A 305, OSPe-D 371,
P.M.O, P.M.O. MT, P.M.O. SD, MONOTRIBUTO”
Leandro N. Alem 692 - C. Federal
CUIT: 30-66187671-5
VALIDACIÓN:
La validación tiene carácter de obligatoriedad, para todas recetas de afiliados OSPe, la falta de validación
es causal de débito. Salvo aquellas que se reconocen por autorizaciones Especiales.
Tel.: 0800-222-0533 (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30).
COBERTURA DEL SERVICIO: Para toda la Pcia de Buenos Cobertura Medicamentos OSPe:
Aires.

La validación actúa con el Vademécum IOMA y con el
descuento que corresponda en cada caso.
Tope con Validación Obligatoria: El medicamento individual no

Los medicamentos no reconocidos para venta en
debe superar la suma de $600.- según Precio Venta Público.
farmacias
ambulatorias,
integran
las
bandas
terapéuticas que se listan en (3).
DESCUENTO según Plan Validado: O.Social:
Afiliado:
Según PLan:
40%
60%
PMI: SI (1)
100%
--Mesa de Ayuda OSPe 0800-222-0533 - (Lu a Vi de 8:00
Resolución 310/04 (2)
Monto Fijo
resto
a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30).
Autorizaciones Espeiales:
Según Autorización
resto
ACO: reconocerá el 100% según validación del Sistema.
SUSTITUCIONES:
Vacunas: Se reconocerán al 100% las establecidas en el El farmacéutico, con la conformidad del beneficiario podrá
Calendario Oficial de vacunación para el Plan Materno Infantil sustituir el medicamento con genérico y marca prescripto por el
(Mujeres embarazadas y niños hasta el año edad). El resto de médico, por otra marca comercial, según la siguiente norma:
las vacunas serán cubiertas de acuerdo al descuento del plan

La sustitución podrá efectuarse con medicamentos que
TIPO DE RECETARIO:
estén incluidos en el Vademécum IOMA sin tener en
Particular del profesional prescribiente y/o institucional: SI
cuenta el importe del mismo.
Recetarios Oficiales OSPe tienen validez hasta el 31/dic/2009.

El producto sustituto debe siempre respetar el nombre
genérico, concentración, forma farmacéutica y similar
DE LA PRESCRIPCIÓN:
cantidad de unidades de la prescripción del profesional
Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02.
médico u odontólogo. Se entiende como similar cantidad
de unidades a la presentación que tenga una variación del
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION: 30 días.
+/- 25% en el número de unidades (redondeado).
RENGLONES POR RECETA: 2 (dos)
UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2 (dos)
TAMAÑOS POR RECETA: hasta 2 (dos) grandes, no es
necesario aclarar tratamiento prolongado.
Antibióticos iny.: Multidosis: 1 Monodosis: 5
ACLARACIÓN FIRMA MÉDICO Y Nº DE MATRÍCULA:
Con sello: SI
Manuscrito: SI (Si es ilegible el sello)
ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES:
Letras: SI
Números: SI
ENMIENDAS SALVADAS:
Por el Médico: SI
Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI
OBSERVACIONES:
(2) P.M.I.: Se reconocerán los productos incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe al 100%, aclarando que la columna que se titula PMI,
indica a qué afiliados se le puede efectuar la dispensa de ese producto. (I: infantil, M: maternidad y A: ambos).
(2) Resolución 310/04: obtendrán el beneficio los afiliados que se encuentren comprendidos en un Plan Médico denominado
“Resolución 310” con una vigencia de 12 meses, sin necesidad de presentar autorizaciones en las recetas, de acuerdo a lo indicado
en el sistema de validación de la Obra Social.
Si bien la validación de esta situación se realiza contra cobertura de medicamentos OSPe, destinados a patologías crónicas
prevalentes aprobado por la Res. SSS Nº 310/04, el expendio de los mismos por parte de la farmacia queda alcanzado por las
mismas exclusiones de carácter general válidas para todas las operaciones de provisión de medicamentos en forma ambulatoria
cuyo listado se enumeran en las exclusiones de bandas terapéuticas de la presente norma.
(3). A continuación se exponen algunos grupos de bandas terapéuticas:

Adelgazantes/ Anoréxigenos

Alimentos

Antialopécicos

Antisépticos de Superficie

Antiretrovirales

Antivirales Sistémicos

Citostáticos/ Oncológicos

Cosméticos

Edulcorantes

Estimulantes de Eritropoyesis : únicamente con autorización previa

Fórmulas Magistrales

Gammaglobulinas Específicas

Gangliósidos y/o Derivados

Herboristería y Homeopáticos

Hormonas de Crecimiento

Ind. de Ovulación / Espermatogénesis

Interferones inyectables

Jabones Medicinales: únicamente de vta bajo receta y troquelados

Lociones Capilares

Lociones Dérmicas

Medicamentos de Internación

Medicamentos sin clasificar altas

Pantallas y Filtros Solares

Pastas Dentales

Producto para disfunción sexual

Productos sin troquel

Radiopacos: únicamente con autorización previa

Shampúes Medicinales : únicamente de vta bajo receta y troquelados

Solventes Indoloros.

Toxina Botulínica

Vaselina Líquida

Venta Libre

Leches Medicamentosas: únicamente con autorización previa , exclusivamente en el PMI y hasta los tres meses.

Leches Enteras
Leches Maternizadas
Marzo 2009
Obra Social Petroleros
"O.S.Pe. 50% con Cobertura Medicamentos OSPe”
Afiliados: “PLAN OSPe-A404,OSPe-A 500, OSPe-A 600, OSPe-A 700,
PLUS”
OSPe-D 450,OSPe-MuPe, OSPe-
Leandro N. Alem 692 - C. Federal
CUIT: 30-66187671-5
VALIDACIÓN:
La validación tiene carácter de obligatoriedad, para todas recetas de afiliados OSPe, la falta de validación
es causal de débito. Salvo aquellas que se reconocen por autorizaciones Especiales.
Tel.: 0800-222-0533 (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30).
COBERTURA DEL SERVICIO: Para toda la Pcia de Salta
Cobertura Medicamentos OSPe:

La validación actúa con la cobertura OSPe y con el
Tope con Validación Obligatoria: El medicamento individual no
descuento que corresponda en cada caso.
debe superar la suma de $600.- según Precio Venta Público.

Los medicamentos no reconocidos para venta en
farmacias
ambulatorias,
integran
las
bandas
DESCUENTO según Plan Validado: O.Social:
Afiliado:
terapéuticas que se listan en (3).
Según PLan:
50%
50%
PMI: SI (1)
100%
--Cobertura Medicamentos OSPe, se actualiza mensualmente a
Resolución 310/04 (2)
Monto Fijo
resto
través del validador. Ante cualquier duda Ud. cuenta con una
Autorizaciones Espeiales:
Según Autorización
resto
ACO: reconocerá el 100% según validación del Sistema.
Mesa de Ayuda OSPe 0800-222-0533 - (Lu a Vi de 8:00
Vacunas: Se reconocerán al 100% las establecidas en el a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30).
Calendario Oficial de vacunación para el Plan Materno Infantil
(Mujeres embarazadas y niños hasta el año edad). El resto de SUSTITUCIONES:
El farmacéutico, con la conformidad del beneficiario podrá
las vacunas serán cubiertas de acuerdo al descuento del plan
TIPO DE RECETARIO:
Particular del profesional prescribiente y/o institucional: SI
Recetarios Oficiales OSPe tienen validez hasta el 31/dic/2009.
sustituir el medicamento con genérico y marca prescripto por el
médico, por otra marca comercial, según la siguiente norma:

DE LA PRESCRIPCIÓN:
Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION: 30 días.
RENGLONES POR RECETA: 2 (dos)
UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2 (dos)
TAMAÑOS POR RECETA: hasta 2 (dos) grandes, no es
necesario aclarar tratamiento prolongado.
Antibióticos iny.: Multidosis: 1 Monodosis: 5
ACLARACIÓN FIRMA MÉDICO Y Nº DE MATRÍCULA:
Con sello: SI
Manuscrito: SI (Si es ilegible el sello)
ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES:
Letras: SI
Números: SI
ENMIENDAS SALVADAS:
Por el Médico: SI
Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI

La sustitución podrá efectuarse con medicamentos que
estén incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe sin
tener en cuenta el importe del mismo.
El producto sustituto debe siempre respetar el nombre
genérico, concentración, forma farmacéutica y similar
cantidad de unidades de la prescripción del profesional
médico u odontólogo. Se entiende como similar cantidad
de unidades a la presentación que tenga una variación del
+/- 25% en el número de unidades (redondeado).
OBSERVACIONES:
(3) P.M.I.: Se reconocerán los productos incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe al 100%, aclarando que la columna que se titula PMI,
indica a qué afiliados se le puede efectuar la dispensa de ese producto. (I: infantil, M: maternidad y A: ambos).
(2) Resolución 310/04: obtendrán el beneficio los afiliados que se encuentren comprendidos en un Plan Médico denominado
“Resolución 310” con una vigencia de 12 meses, sin necesidad de presentar autorizaciones en las recetas, de acuerdo a lo indicado
en el sistema de validación de la Obra Social.
Si bien la validación de esta situación se realiza contra cobertura de medicamentos OSPe, destinados a patologías crónicas
prevalentes aprobado por la Res. SSS Nº 310/04, el expendio de los mismos por parte de la farmacia queda alcanzado por las
mismas exclusiones de carácter general válidas para todas las operaciones de provisión de medicamentos en forma ambulatoria
cuyo listado se enumeran en las exclusiones de bandas terapéuticas de la presente norma.
(3). A continuación se exponen algunos grupos de bandas terapéuticas:

Adelgazantes/ Anoréxigenos

Alimentos

Antialopécicos

Antisépticos de Superficie

Antiretrovirales

Antivirales Sistémicos

Citostáticos/ Oncológicos

Cosméticos

Edulcorantes

Estimulantes de Eritropoyesis : únicamente con autorización previa

Fórmulas Magistrales

Gammaglobulinas Específicas

Gangliósidos y/o Derivados

Herboristería y Homeopáticos

Hormonas de Crecimiento

Ind. de Ovulación / Espermatogénesis

Interferones inyectables

Jabones Medicinales: únicamente de vta bajo receta y troquelados

Lociones Capilares

Lociones Dérmicas

Medicamentos de Internación

Medicamentos sin clasificar altas

Pantallas y Filtros Solares

Pastas Dentales

Producto para disfunción sexual

Productos sin troquel

Radiopacos: únicamente con autorización previa

Shampúes Medicinales : únicamente de vta bajo receta y troquelados

Solventes Indoloros.

Toxina Botulínica

Vaselina Líquida

Venta Libre

Leches Medicamentosas: únicamente con autorización previa , exclusivamente en el PMI y hasta los tres meses.

Leches Enteras
Leches Maternizadas
Marzo 2009
Obra Social Petroleros
"O.S.Pe. 70% con Cobertura Medicamentos OSPe”
Afiliados: “PLAN –OSPe YPF-A, OSPe YPF-B”
Leandro N. Alem 692 - C. Federal
CUIT: 30-66187671-5
VALIDACIÓN:
La validación tiene carácter de obligatoriedad, para todas recetas de afiliados OSPe, la falta de validación
es causal de débito. Salvo aquellas que se reconocen por autorizaciones Especiales.
Tel.: 0800-222-0533 (Lu a Vi de 8:00 a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30).
COBERTURA DEL SERVICIO: Para toda la Pcia de Buenos Cobertura Medicamentos OSPe:
Aires.

La validación actúa con la cobertura OSPe y con el
descuento que corresponda en cada caso.
Tope con Validación Obligatoria: El medicamento individual no

Los medicamentos no reconocidos para venta en
debe superar la suma de $600.- según Precio Venta Público.
farmacias
ambulatorias,
integran
las
bandas
terapéuticas que se listan en (3).
DESCUENTO según Plan Validado: O.Social:
Afiliado:
Según PLan:
70%
30%
Cobertura Medicamentos OSPe, se actualiza mensualmente a
PMI: SI (1)
100%
--través del validador. Ante cualquier duda Ud. cuenta con una
Resolución 310/04 (2)
Monto Fijo
resto
Autorizaciones Espeiales:
Según Autorización
resto
Mesa de Ayuda OSPe 0800-222-0533 - (Lu a Vi de 8:00
ACO: reconocerá el 100% según validación del Sistema.
a 20:00 y Sab 8:30 a 13:30).
Vacunas: Se reconocerán al 100% las establecidas en el
Calendario Oficial de vacunación para el Plan Materno Infantil SUSTITUCIONES:
(Mujeres embarazadas y niños hasta el año edad). El resto de El farmacéutico, con la conformidad del beneficiario podrá
sustituir el medicamento con genérico y marca prescripto por el
las vacunas serán cubiertas de acuerdo al descuento del plan
TIPO DE RECETARIO:
Particular del profesional prescribiente y/o institucional: SI
Recetarios Oficiales OSPe tienen validez hasta el 31/dic/2009.
DE LA PRESCRIPCIÓN:
Prescripción por genérico según la ley Nro. 25.649/02.
VALIDEZ DE LA PRESCRIPCION: 30 días.
RENGLONES POR RECETA: 2 (dos)
UNIDADES POR RENGLÓN: hasta 2 (dos)
TAMAÑOS POR RECETA: hasta 2 (dos) grandes, no es
necesario aclarar tratamiento prolongado.
Antibióticos iny.: Multidosis: 1 Monodosis: 5
ACLARACIÓN FIRMA MÉDICO Y Nº DE MATRÍCULA:
Con sello: SI
Manuscrito: SI (Si es ilegible el sello)
ACLARACIÓN CANTIDAD DE UNIDADES:
Letras: SI
Números: SI
ENMIENDAS SALVADAS:
Por el Médico: SI
Por el Afiliado (enmiendas del Farmacéutico): SI
médico, por otra marca comercial, según la siguiente norma:


La sustitución podrá efectuarse con medicamentos que
estén incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe sin
tener en cuenta el importe del mismo.
El producto sustituto debe siempre respetar el nombre
genérico, concentración, forma farmacéutica y similar
cantidad de unidades de la prescripción del profesional
médico u odontólogo. Se entiende como similar cantidad
de unidades a la presentación que tenga una variación del
+/- 25% en el número de unidades (redondeado).
OBSERVACIONES:
(4) P.M.I.: Se reconocerán los productos incluidos en Cobertura Medicamentos OSPe al 100%, aclarando que la columna que se titula PMI,
indica a qué afiliados se le puede efectuar la dispensa de ese producto. (I: infantil, M: maternidad y A: ambos).
(2) Resolución 310/04: obtendrán el beneficio los afiliados que se encuentren comprendidos en un Plan Médico denominado
“Resolución 310” con una vigencia de 12 meses, sin necesidad de presentar autorizaciones en las recetas, de acuerdo a lo indicado
en el sistema de validación de la Obra Social.
Si bien la validación de esta situación se realiza contra cobertura de medicamentos OSPe, destinados a patologías crónicas
prevalentes aprobado por la Res. SSS Nº 310/04, el expendio de los mismos por parte de la farmacia queda alcanzado por las
mismas exclusiones de carácter general válidas para todas las operaciones de provisión de medicamentos en forma ambulatoria
cuyo listado se enumeran en las exclusiones de bandas terapéuticas de la presente norma.
(3). A continuación se exponen algunos grupos de bandas terapéuticas:



































Adelgazantes/ Anoréxigenos
Alimentos
Antialopécicos
Antisépticos de Superficie
Antiretrovirales
Antivirales Sistémicos
Citostáticos/ Oncológicos
Cosméticos
Edulcorantes
Estimulantes de Eritropoyesis : únicamente con autorización previa
Fórmulas Magistrales
Gammaglobulinas Específicas
Gangliósidos y/o Derivados
Herboristería y Homeopáticos
Hormonas de Crecimiento
Ind. de Ovulación / Espermatogénesis
Interferones inyectables
Jabones Medicinales: únicamente de vta bajo receta y troquelados
Lociones Capilares
Lociones Dérmicas
Medicamentos de Internación
Medicamentos sin clasificar altas
Pantallas y Filtros Solares
Pastas Dentales
Producto para disfunción sexual
Productos sin troquel
Radiopacos: únicamente con autorización previa
Shampúes Medicinales : únicamente de vta bajo receta y troquelados
Solventes Indoloros.
Toxina Botulínica
Vaselina Líquida
Venta Libre
Leches Medicamentosas: únicamente con autorización previa , exclusivamente en el PMI y hasta año de vida.
Leches Enteras
Leches Maternizadas: únicamente con autorización previa , exclusivamente en el PMI y hasta los cuatro meses
33
PROVINCIA ART
DESCUENTOS A CARGO DE PROVINCIA ART:
AMBULATORIO.:
100% (Cien por ciento)
DOCUMENTACIÓN DEL BENEFICIARIO
 DOCUMENTO DE IDENTIDAD (DNI, CI o Pasaporte), RECETA y FOTOCOPIA DEL FORMULARIO DE
DENUNCIA DEL SINIESTRO (Perfectamente legible y con todos los datos identificatorios completos).
 En aquellos casos en que la denuncia de siniestro tenga una antigüedad mayor a 30 días la farmacia
deberá comunicarse la 0800-333-1333 para solicitar autorización.
RECETARIO
 CONVENCIONAL
 DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y
CON LA MISMA TINTA:
 NOMBRE DE LA ART (“PROVINCIA ART”)
 Nombre y Apellido del paciente.
 Número de DOCUMENTO ó CUIL
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letra. (Si no se
expresa cantidad se expenderá solamente uno).
 Firma, aclaración y sello con número de matrícula del profesional y especialidad.
 Fecha de prescripción.
 Toda corrección, agregado, raspadura o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y
firma.
VALIDEZ DE LA RECETA
5 (CINCO) Días hábiles de expedida la receta.
LÍMITES DE CANTIDADES




CANTIDAD DE RENGLONES: Hasta 3 (tres) productos de distinta especialidad.
POR RENGLÓN: Lo prescripto por el médico
Antibióticos inyectables MONODOSIS: Lo prescripto por el médico
Antibióticos inyectables MULTIDOSIS: Lo prescripto por el médico
LÍMITES DE TAMAÑOS
 Lo prescripto por el médico
OTRAS ESPECIFICACIONES
CUANDO EL MÉDICO
No indica tamaño
Sólo indica GRANDE
Equivoca cantidad
DEBE ENTREGARSE
El de menor contenido
La de tamaño SIGUIENTE AL
MENOR
El tamaño inmediato inferior
PSICOTROPICOS
El profesional debe confeccionar además un segundo recetario de acuerdo a las normas legales en vigencia,
el cual queda como duplicado en poder de la farmacia.
Si el “BENEFICIARIO” concurriese sólo con el original, la farmacia podrá sacar una copia fiel legible
autenticada con la firma del farmacéutico responsable de “LA FARMACIA”
DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA
 Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de prescripción.
 Incluyendo el código de barras, perfectamente legible, sin enmiendas, tachaduras ni cubierto con
cinta de remarque.
 Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a que dificultan la
lectura del código de barras).
 Para el caso de medicamentos sin Troquel colocar al lado del medicamento la sigla S/T.
 Número de orden de la receta.
 Fecha de Venta.
 Precios unitarios y totales (Tomando como valor el sugerido en el Manual Farmacéutico o Agenda
Farmacéutica Kairos, las correcciones de precios deben estar salvadas por el beneficiario)
 Sello y firma de la farmacia.
 Firma del afiliado o tercero, aclarando la persona que retira nombre completo, domicilio,
teléfono y documento. (La ausencia de estos datos es motivo de débito). El farmacéutico podrá
aclarar el Nº de documento o CUIL del paciente.
 Adjuntar copia del ticket de venta o Presupuesto. En caso de no poder hacerlo notifique por escrito las
razones. Dicha información quedará archivada en el legajo de la farmacia.
MEDICAMENTOS FALTANTES
Si por cualquier motivo en la farmacia faltare el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a
obtenerlos dentro de las 24 Hs. de haber sido requeridos por el beneficiario, quien debe conocer tal
condición para adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo.
En los casos que el faltante sea debido a circunstancias del mercado, la farmacia deberá contactar al
profesional médico para notificar esta situación.
EXCLUSIONES
Los descuentos indicados en este instructivo se aplican sobre las especialidades medicinales de venta
bajo receta comprendidas en el Manual Farmacéutico o Agenda Farmacéutica Kairos.
Quedan excluidos los siguientes GRUPOS TERAPÉUTICOS oncológicos, productos para SIDA,
alimenticios y dietéticos, productos para cosmetología.
Respecto de los productos de venta libre, los mismos podrán ser expendidos siempre y cuando se
cuente con autorización expresa emitida por escrito por Provincia ART S.A.
MUY IMPORTANTE



Cuando el valor de la mercadería a entregar supere los $ 350, la
farmacia deberá solicitar autorización a Provincia ART.
En aquellos casos en que la solicitud de Asistencia Médica ó
Denuncia tenga una antigüedad superior a 30 días la farmacia deberá
comunicarse con Provincia ART para solicitar autorización.
TELEFONOS DE PROVINCIA ART:
De lunes a viernes de 9:45 a 17:45 hs: Tel: 0800-333-1278
Fuera de dicho horario, los 365 días del año: Tel: 0800-333-1333
34
SALTMED
Informamos a las farmacias adheridas la vigencia del convenio con SALTMED, a continuación detallamos las normas
de atención, LAS MISMAS SE INFORMARON A LOS SISTEMAS COFARAL, ALFA BETA y DOKA COLEGIO
PLANES
A/CARGO
SOCIAL
PLAN CLASICO
PLAN PREMIUM
PLAN MATERNO INFANTIL
OBRA COBERTURA SOBRE
40%
50%
100%
VADEMECUM
VADEMECUM
VADEMECUM
RECETARIO: Oficial , debe constar edad, sexo, diagnóstico (codificado o en letras)
PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS: por nombre genérico seguido por nombre comercial
CANTIDAD MEDICAMENTOS: 2 (dos) por receta, 1 (uno) de cada uno
ANTIBIOTICOS INYECTABLES MONODOSIS. Hasta 5 (cinco) por receta
ANTIBIOTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS Hasta 1 (uno) por receta
TAMAÑOS: Será indicado por el profesional, cuando no indica tamaño, entregar el de menor contenido,
indica grande, entregar el tamaño siguiente al menor, equivoca cantidad o contenido, entregar el tamaño
inmediato inferior.
VALIDEZ DE LA RECETA: 05 (cinco) días corridos de su emisión
TROQUEL: si, de acuerdo al orden de prescripción, incluyendo el código de barras, adheridos con goma de
pegar, si el producto no tuviese troquel, colocar la sigla S/T
DIAGNOSTICO EN LA RECETA: SI
CREDENCIALES: el afiliado deberá presentar el carnet o credencial de SALTMED, D.N.I,
CREDENCIAL FIGURA EL PLAN QUE PERTENECE EL AFILIADO.
EN LA
CONFORMIDAD DEL AFILIADO Y/O TERCERA PERSONA QUE RETIRA LOS MEDICAMENTOS
Deberá aclarar su nombe y apellido, número de documento de identidad. Domicilio, teléfono, firmando de
conformidad.
Nº DE AFILIADO
Cuando el número de afiliado se encuentre incompleto o sea poco legible, la farmacia puede corregirlo
firmando y sellando junto a la corrección realizada
PLAN MATERNO INFANTIL ( sello interno al 100% o PMI) :
100% SIN CARGO, medicamentos y leches dentro del vademécum,
PRODUCTOS EXCLUIDOS DE COBERTURA:
ANOREXIGENOS, ADELGAZANTES, DERMATOLOGICOS ACIDOS RETINOIDES, DIETETICOS,
ALIMENTICIOS, DROGA ORLISTAT, DROGAS ONCOHEMATOLOGICAS, ENERGIZANTES,
ESTIMULANTES DE LA DISFUNCION SEXUAL, ELEMENTOS DE CONTRASTE, ANESTESICOS,
FLORES DE BACH, GINSENG, FORMULAS MAGISTRALES, HERBORISTERIA, HOSPITALARIOS,
INTERNACION, PARCHES Y CHICLES PARA DEJAR DE FUMAR, PERFUMERIA, COSMETICA,
DERMATOCOSMETICA, PRODUCTOS PARA TRATAR LA ESTERILIDAD, QUIMIOTERAPIA
ANTINEOPLASICA ( ONCOLOGICOS).
VENTA LIBRE, DESCARTABLES EN GRAL.
TODOS LOS PRODUCTOS QUE CONTENGAN ALGUNA DE LAS SIGUIENTES DROGAS:
ACETATO DE LEUPROLIDE – ETANERCEPT – LINEZOLID – PALVIZUMAB – SIBUTRAMINA
FACTURACION; Presentar los días 12 Y 27 de cada mes
35
ACA SALUD
Vigente a partir del 1º de Febrero de 2014.
Las marcas “@” identifican los puntos disponibles para procesar en el momento de la venta a través del sistema de validación ingresando
en www.validacionescsf.com.ar o bien mediante los sistemas de facturación integrados.
En todas las recetas procesadas electrónicamente, la Liquidación de Recetas y CIERRE DE LOTES debe efectuarse
obligatoriamente utilizando la herramienta que brinda dicho sistema para tal fin.
Exclusivamente Pcias. Entre Ríos y Santa Fe: Reiteramos la obligatoriedad del procesamiento electrónico de todas las
recetas (Excepto Patologías Crónicas y Autorizaciones Especiales – Puntos 7 y 9)
Aclaración:
El CIERRE DE LOTES electrónico SIEMPRE debe figurar en el RESUMEN DE FACTURACIÓN general (planilla provista por
COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia (ver punto 14).
Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE:
- presentación ELECTRÓNICA de ACA SALUD (“Plan MIXTO VALIDACIÓN”)
- presentación MANUAL de ACA SALUD (“Plan MIXTO MANUAL”)
1.
Cobertura General:
Credencial
Descuento
Plan
(Su presentación es obligatoria al momento
de la venta)
(Según se indica en el ángulo inferior derecho de la credencial
o según validación on line)
Universal:
Plan 7
40% ó 50%
@
Plan 21
Plan 23
40%, 50% ó 75%
@
Plan
%Dto.
Universal + :
Integral:
Plan 1
Plan 4
Plan 11
Plan 14
Plan 18
40% ó 50%
@
%Dto.
Clásica:
Plan 9
40%
@
Plan 50
40%
@
%Dto.
Cerca:
%Dto.
PMO:
40% ó 50%
Requiere previa autorización de
ACA SALUD para su expendio.
(Estas recetas NO deben procesarse
electrónicamente)
%Dto.
2.
Habilitación del beneficiario:
Credencial (según muestras).
Cabe destacar que la presentación de la credencial es OBLIGATORIA al momento de la venta.
Habilitación del Beneficiario según validación
on-line
 Ingresar el número de beneficiario tal como figura en la credencial. Por ejemplo:
03856003.
@
No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que
presente la documentación indicada.
Atención – Provincia de Formosa. Los siguientes beneficiarios no cuentan con cobertura farmacéutica:
 59181 - Spampinatto, Roberto y grupo familiar.
 74032 - Torres Barberis María y grupo familiar.
 84615 - Pacheco, Alina Gabriela.
Recetario:
@
Tipo de recetario:
 De todo tipo (Particular o de Instituciones). Cobertura acorde a lo informado
vía Centro Autorizador.
Ingresar en el Sistema el número de matrícula del profesional (ver punto 3.3).
ATENCIÓN: son válidos los recetarios preimpresos, siempre y cuando cuenten
con fecha, firma (de puño y letra) y sello original del médico prescriptor, y
cumplan con el resto de las normas vigentes (por ejemplo: topes, productos
cubiertos, etc.).
Datos que deben figurar de puño y letra del
profesional, y con la misma tinta:
@





Denominación de la entidad (*);
Nombre y apellido del paciente (*);
Número de afiliado (*) (**);
Diagnóstico (dato opcional) (*);
Medicamentos recetados por principio activo, indicando una marca sugerida,
incluida en el Vademécum (*);
 Cantidad de cada medicamento (*);
 Firma y sello con número de matrícula y aclaración;
 Fecha de prescripción;
(*) Datos que pueden figurar preimpresos.
(**) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se
encuentre incompleto, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta,
indicando junto al número consignado por el médico la frase “ver al dorso”. El
beneficiario debe firmar nuevamente como prueba de conformidad.
Prestadores INHABILITADOS:
Las recetas prescriptas por los siguientes profesionales NO GOZAN DE COBERTURA
a través de ACA SALUD:
Profesional
BARRIENTOS, DANIEL E.
BERARDO, RUBEN (*)
BESOZZI, CLAUDIO MARCELO
BIAGGI, EDUARDO
BORTOLOZZI, MARIA BETINA
BUGNON, ALEJANDRO
DE LOS RIOS VALDEZ, WALTER
FARJAT, ALFREDO
GARMA, MANUEL
GSCHWIND, ROXANA
HACHEN, ENRIQUE A.
HERRERO, MIGUEL ANGEL
IAFRATE, AMALIA
LAMBRI, JORGE ANIBAL
MAGNINO, LUCIANO ANTONIO
MIDAUAR, JUAN CARLOS
PETRUCCI, AUGUSTO
SANTA COLO, RODOLFO
SOLDEVILLA, JOSE
VALENZUELA QUAGLIA, MARIA DE LOS A.
VARVELLO, CARLOS ALBERTO
ZAMAGNI, MARCELO
Matrícula
M.P. SANTA FE 13183
M.P. CORDOBA 22093
M.P. CORDOBA 25981 – M.P. SANTA FE 12473
M.P. CORDOBA12737
M.P. SANTA FE 12987
M.P. SANTA FE 10855
M.P. CORDOBA 14053
M.P. SALTA 3366
M.P. SANTA FE 16050
M.P. SANTA FE 11013
M.P. SANTA FE 8933
M.P. CORDOBA 16183
M.P. SANTA FE 10945
M.P. SANTA FE 14122
M.P. LA PAMPA 107671
M.P. SANTA FE8960
M.P. SANTA FE 9179
M.P. SANTA FE 3531
M.P. SANTA FE 6931
M.P. SANTA FE 4216
M.P. SANTA FE 6685
M.P. SANTA FE 13773
@
(*) Exclusivamente Localidad de Laborde, Pcia. de Córdoba.
Cabe destacar que el Sistema de Validación On Line efectúa
dicho control.
Validez de la receta:
@
El día de la prescripción y los 30 días siguientes.
Topes de cobertura:
Límites de cantidades:
Sin Tratamiento Prolongado
Con Tratamiento Prolongado (5.2)
Renglones por receta:
Envases por renglón:
Tratamiento Prolongado:
Sueros y Antibióticos Inyectables:
Hasta 3 (tres) de distinta droga o potencia
Hasta 3 (tres) de distinta droga o potencia
Hasta 1 (uno) de cualquier tamaño
Hasta 2 (dos) de cualquier tamaño
Cuando el médico coloca de su puño y letra la frase “Tratamiento prolongado”, su
equivalente o abreviaturas, pueden expenderse las cantidades que se indican en la
columna “con T.P.”. Debe indicarse además el tamaño y/o contenido de cada uno,
por lo que, de omitirse este requisito sólo se entregará un envase del menor
tamaño y/o contenido existente.
En estos casos debe indicarse en el sistema de Validación On Line que la receta corresponde
a Tratamiento Prolongado.
Presentación
Entregar
Envase de 1 (una) ampolla o frasco
Hasta 4 (cuatro)
ampolla.
Psicofármacos:
 El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que
correspondan según normas legales en vigencia.
Otras especificaciones:
Cuando el médico:
 No especifica cantidades
@
@
@
Debe entregarse:
 El envase de menor contenido.
 Sólo indica la palabra “grande”
 La presentación siguiente a la menor.
 Equivoca la cantidad y/o contenido
 El tamaño inmediato inferior al indicado.
Plan Materno Infantil:
Descuento:
 100% según validación on line.
@
 De todo tipo (particular o de instituciones). No requiere autorización de la
Entidad.
@
Recetario:
 Recetario Oficial Plan Materno Infantil (según muestra). No debe procesarse
electrónicamente. No requiere autorización de la Entidad.
Productos Cubiertos:
 Medicamentos cubiertos por el plan general.
@
Límites de cantidades y renglones por receta:
 Similar al resto de los planes.
@
Pacientes con Patologías Crónicas:
Estas recetas no se procesan electrónicamente .
Recetario Especial de Medicamentos:
 NO requiere autorización adicional.
Debe contar indistintamente con la firma del profesional
prescribiente o de la Auditoría Médica de ACA Salud
(casillero “Profesional Interviniente”).
 Validez de la receta: Similar a la cobertura general.
 Productos cubiertos y límites de cantidades: Los indicados en el
recetario.
 Renglones por receta: Lo que se encuentre autorizado.
 Descuento: El que figure preimpreso. Cuando indica “Res.
310” debe aplicarse el Monto Fijo o descuento que se indique
en el Vademécum para Patologías Crónicas.
Otros recetarios autorizados por los Auditores Médicos (ver punto 9):
 Productos cubiertos: Los que se encuentren autorizados.
 Renglones por receta y límites de cantidades: Lo que se encuentre autorizado.
 Descuento: El que autorice la Entidad.
En caso de que la receta no figure autorizada corresponde efectuar el descuento general del asociado (ej.: 40%) aplicado sobre los
productos cubiertos habitualmente por ACA SALUD.
Productos cubiertos:
Los descuentos mencionados en el punto 1 se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales APROBADAS POR EL SISTEMA DE
VALIDACIÓN ON LINE.
Autorizaciones Especiales:
@
Estas recetas no se procesan electrónicamente.
La siguiente Orden de Autorización Previa (según muestra) es válida para efectuar autorizaciones por productos que así lo requieran y
cualquier otra excepción a la norma. Debe estar acompañada SIN EXCEPCIÓN por la orden médica original correspondiente para su
expendio.
Atención: Dicha orden deberá
presentarse en COMPAÑÍA
acompañada
OBLIGATORIAMENTE por la
receta original correspondiente.
Caso contrario, será motivo de
débito.
Porcentaje de cobertura a
aplicar (40%, 100% o el que se
indique).
 Productos cubiertos y límites de cantidades: los indicados en dicha orden.
 Plazo de validez: 15 días a partir de la fecha de la autorización.
Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos (productos fuera de cobertura, recetarios, descuentos, etc.),
cuando se hallen autorizadas mediante firma y sello de los siguientes Médicos Auditores de ACA SALUD:










Dra. Claudia Paviotti
Dra. Dolores Gómez Glorioso
Dra. María Laura Delzoppo
Dra. Mariana Guereño
Dra. Mónica Frati
Dr. Ariel Giovanetti
Dr. Enrique Oscar Fernández
Dr. José L. Genta
Dr. Néstor Banfi
Dr. Oscar Malerbi
No es necesario que la autorización exprese aclaraciones adicionales (por ejemplo: vale producto no cubierto).
Medicamentos Faltantes:
Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro
de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya
transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta.
Datos a completar por la farmacia:
NÚMERO DE TRANSACCIÓN ON LINE. Debe indicarse en el encabezado de la receta “TR: XXXX”, o bien puede imprimirse el
comprobante que emite el sistema.
Fecha de venta;
Si la presentación no contiene numero de troquel, adjuntar código de barras del mismo.
Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales)
La farmacia deberá adjuntar cualquiera de los  Ticket fiscal propiamente dicho.
comprobantes de venta detallados:
 Documento no fiscal HOMOLOGADO
 Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda
de fondo “NO FISCAL”).
 Facturas A, B o C.
Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico;
Firma y aclaración de quien retira los medicamentos;
Recomendaciones Especiales:
@
Colocar en la receta el número de orden correspondiente;
Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de la prescripción.
 Incluyendo el código de barras, si lo hubiera.
 Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido
a que dificultan la lectura del código de barras).
Los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente:
 Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones,
evidencias o marcas de sustancias adhesivas).
 Sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel.
 Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no.
 Sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel para un mismo producto,
presentación y lote.
 No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al
troquel.
Las recetas deben presentarse numeradas en forma correlativa.
Cierre electrónico de lotes:
MUY IMPORTANTE: Todas las RECETAS PROCESADAS ELECTRÓNICAMENTE deben liquidarse
OBLIGATORIAMENTE mediante la herramienta CIERRE DE LOTES que provee para ello el sistema de validación.
Caso contrario, es motivo de rechazo de las mismas. Utilice dicha herramienta teniendo en cuenta las
indicaciones del Instructivo General del sistema.
Asimismo es imprescindible IMPRIMIR el Cierre de Lotes a fin de identificar correctamente la liquidación electrónica en el
Resumen de Facturación general (ver punto 16). No deben efectuarse modificaciones manuales (tachaduras ni enmiendas) sobre
el Cierre de Lotes que emite el sistema.
Aclaración: la IMPRESIÓN PREVIA del Cierre de Lote NO es válida para la presentación de recetas:
Atención: Las recetas no procesadas electrónicamente (por ejemplo, Autorizaciones Especiales) deben
liquidarse a través de la modalidad tradicional de planillas de Compañía (ver punto 14).
Presentación de Recetas no procesadas electrónicamente:
Todas las recetas de ACA SALUD no procesadas electrónicamente deben presentarse bajo un único plan “MIXTO”. Es decir que estas
liquidaciones MANUALES no deben separarse por porcentaje de descuento.
El porcentaje de descuento aplicado a cada medicamento debe figurar en el ticket de venta o bien
agregado junto a la prescripción en forma manuscrita.
Estos importes deben figurar en la Planilla de Liquidación, así como en el RESUMEN DE
FACTURACIÓN, identificando el lote como “PLAN MIXTO”.
Asimismo el Cierre electrónico de Lotes SIEMPRE debe indicarse en el Resumen de Facturación general (planilla provista por
COMPAÑÍA) que presenta su Farmacia, de igual modo que figuran las recetas sin validación on line.
Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE:
- presentación ELECTRÓNICA de ACA SALUD (“Plan MIXTO VALIDACIÓN”)
- presentación MANUAL de ACA SALUD (“Plan MIXTO MANUAL”)
Atención Colegios, Cámaras y/o agrupaciones farmacéuticas:
En el Resumen de Presentaciones por Farmacia deberá indicarse por separado las recetas
procesadas ON LINE y las que no lo están.
Atención de Consultas:
@
Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de
COMPAÑÍA al (011) 4136-9090 – Fax: (011)-4136-9001. E-mail: [email protected], de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas.
Ante dificultades o consultas exclusivamente técnicas fuera de nuestro horario de atención, les solicitamos que envíe un correo
electrónico a [email protected] indicando en el titulo la palabra “Problema“ más el código de su Farmacia.
Muestra de recetario Plan Materno Infantil:
Cabe aclarar que también son válidos los recetarios en tinta color verde.
Transacciones On Line Rechazadas:
Si la transacción resulta RECHAZADA ver en el comprobante el/los motivos del rechazo. Ejemplos:
"Requiere intervención médica de Aca Salud": Debe intervenir Aca Salud previamente, evite el expendio.
MUY IMPORTANTE: Entregue el comprobante donde consta el motivo del rechazo y número de transacción al asociado para que
complete el trámite en Aca Salud.
“Prestación anulada”: Si uno de los medicamentos ingresados en una receta no está cubierto o requiere intervención de Aca Salud para su
expendio, la autorización se rechaza en su totalidad. Por lo tanto, al resto de medicamentos que comparten dicha transacción le anula la
autorización.
“Afiliado no habilitado (B)”: Asociado No habilitado al consumo.
“La prescripción está vencida”: Viola norma de validez de la receta (ver punto 4).
@
36
OSPLAD –FARMANEXUS
Descuentos:
AMBULATORIO
PLAN MATERNO INFANTIL
40%
100%
1.3. CRONICOS
70%
1.4. ANTICONCENCEPTIVOS
100%
Los descuentos mencionados se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el VADEMÉCUM que se
adjunta.
Cuando se prescribe una marca no incluida en el vademécum la farmacia debe sustituirla por otra que figure en el mismo (que
contenga el mismo principio activo, concentración y forma farmacéutica).
Cuando se prescribe por principio activo la farmacia debe expender la marca que figura en el vademécum (que contenga el principio
activo, concentración y forma farmacéutica indicados).
Si hubiere una marca sugerida por el profesional, la farmacia debe expender la misma, en caso de no haber sugerencia
alguna ofrecerá al beneficiario todas las alternativas disponibles para ese principio activo y presentación.
Habilitación del beneficiario:
Credencial (según muestra)
Documento de Identidad (DNI, LC, LE)
Recetario:
Tipo de recetario:
 Oficial de la Obra Social o con el Membrete del Hospital Publico.
Datos que deben figurar de puño y letra del
profesional, y con la misma tinta:
 Nombre y apellido del Beneficiario
 Número de Beneficiario (Cuando en una receta el Nº de beneficiario sea
poco legible o se encuentre incompleto, la farmacia debe aclararlo al dorso
en forma correcta, indicando junto al Nº consignado por el medico la frase
“VER AL DORSO”.El beneficiario debe firmar nuevamente como muestra
de conformidad).
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno (en caso de ausencia de
la cantidad se expenderá solamente uno).La prescripción debe contener el
nombre del principio activo o DCI con dosis y forma farmacéutica pudiendo
consignarse seguidamente el nombre comercial sugerido. LA RECETA NO
PODRA CONTENER SOLAMENTE EL NOMBRE COMERCIAL DEL
PRODUCTO.
 Firma y sello con número de matrícula del profesional.
 Fecha de prescripción
 Toda corrección o enmienda deberá estar salvada por el medico con sello
y firma.
Recetas con autorización previa firmadas por DR Norberto Isjaqui; comunicarse para validarlas al call center de Farmanexus para CABA y
BUENOS AIRES 0115031-3700 para el interior del país al 0810-345-3276.
PMI 100% de descuento para la madre desde el momento de la detección del embarazo y hasta 30 días posteriores al parto y para el recién
nacido hasta el año de vida sobre los productos incluidos en el vademécum , deberán presentar la siguiente documentación:
Las mujeres embarazadas deberán concurrir a la farmacia con la receta, el carnet y copia del certificado de embarazo (tienen que
dejar una copia del mismo).
Los menores de 1 año, el responsable debe ir con la receta, el carnet y el certificado de nacimiento (tienen que dejar una copia
del mismo), para poder recibir el descuento del 100% en la medicación.
Validez de la receta:


Para la Venta: El día de la prescripción y los 15 días siguientes.
Para la Presentación: 60 días a partir de la fecha de venta.
Topes de cobertura:
Límites de cantidades:
Cantidad de renglones:
Por receta
Limites de tamaño
Antibióticos Inyectables:
Psicofármacos:
Otras especificaciones:
2(dos)
Hasta 2 (dos) envases
HASTA 2(DOS) DEL TAMAÑO QUE FIGURE EN VADEMECUM POR RENGLON.
Téngase en cuenta que solamente se puede expender dos productos por receta.
Presentación
MONODOSIS
Entregar
Hasta 5 (cinco) por receta.
MULTIDOSIS
Hasta 1 (uno) por receta.
 El profesional debe confeccionar además un segundo recetario de acuerdo a
las normas legales en vigencia, el cual queda como duplicado en poder de la
farmacia.



Cuando el médico:
No especifica cantidades
Sólo indica la palabra “grande”
Equivoca la cantidad y/o contenido



Debe entregarse:
El envase de menor contenido.
La presentación siguiente a la menor.
El tamaño inmediato inferior al indicado.
Medicamentos Faltantes:
Si por cualquier motivo en la farmacia faltan el o los productos recetados, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro de las 48 Hs. De
haber sido requeridos por el beneficiario, quien debe conocer tal condición para adquirirlos una vez haya transcurrido dicho plaza. En ese caso
la farmacia no debe retener la receta.
Datos a completar por la farmacia:
Código de farmacia
Fecha de venta;
Sigla “S/T”, si correspondiera.
Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales)
Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico;
Firma y aclaración de quien retira los medicamentos;
Ticket de venta, copia o factura manual
Las correcciones y enmiendas sobre datos de filiación del paciente deberán ser salvadas por el farmacéutico con su sello y firma.
De existir alguna enmienda hecha por la farmacia en los importes de la receta, ésta deberá estar salvada con la firma del afiliado y consignar la
aclaración del error cometido, al dorso de la receta.
Los cambios evidentes en la tinta o letra que detalla los importes a cargo de Obra Social y/o del afiliado, así como la fecha de venta y las
enmiendas en el número de orden, deberán estar salvados convenientemente por el farmacéutico.
Recomendaciones Especiales:
Colocar en la receta el número de orden correspondiente;
Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de la prescripción.
 Incluyendo el código de barras,
 Adheridos con cinta adhesiva ó goma de pegar (no utilizar abrochadora,
debido a que dificultan la lectura del código de barras).
Forma de Validación
Con la receta a validar en mano, ingresar los datos solicitados.
Ingresar a la página Web de Farmanexus. (www.lammovil.com/farmanexus/gvr/), donde al ingresar su usuario y contraseña
encontrara la opción de menú: Validación Recetas Ambulatorias
.Anotar en la receta el código de validación emitido por el sistema.
De no contar con conexión Internet llamar al 0810-345-3276 (FARMA), o 5031-3700 (CABA y Gran Buenos Aires) con la receta en la
mano e informar a la operadora los datos de la misma.
Anotar en la receta el código de validación informado por la operadora de nuestro de Centro de Atención al Usuario.
Forma de Reintegro
Pago con un deposito bancario a los 45 días de realizada la presentación.
Remisión de Recetas - Causas de Debito:
Las recetas deberán ser remitidas del 1 al 07 de cada mes a nuestras oficinas sito en Teniente Juan Domingo Perón 1479 3º 7º
CABA.(CP. 1037).
Las mismas deberán venir separadas según banda de cobertura 40% - PMI (100%) por cada plan deberán colocar la carátula de
presentación.
La falta de remisión de las recetas completas según las indicaciones descriptas precedentemente en estas normas, serán causa
suficiente para que Farmanexus produzca el ajuste correspondiente.
37
Fecha de Vigencia: 01/07/2012 Fecha última modificación: 03/07/2013
MEDIFE ASOCIACION CIVIL
1. AMBITO DE APLICACIÓN:
• Todo el país
2. DESCUENTOS
Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor
vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos.
Plan:
A cargo del afiliado:
A cargo de la entidad:
Ambulatorio
25%, 30%, 50%, 60%
40%, 50%, 70%, 75%
PMI
0%
100%
Crónicos
30%
70%
Ver Detalle de Planes en Anexo 2
3. REQUISITOS DE LA RECETA: SON VALIDOS PARA TODOS LOS PLANES
Recetario Convencional:
Convencional con membrete impreso o sello identificatorio en caso de
Centros de Atención, Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales
El Plan MF101 utiliza recetarios propios. En el caso de uso de recetario
particular debe ser autorizado por Auditoría Médica de Medife.
No se aceptarán recetarios con publicidades salvo que provengan de
Hospitales Públicos.
Se aceptarán recetarios preimpresos por computadora siempre y cuando el
sello y firma del profesional prescriptor sea en original.
No se aceptan fotocopias de recetas.
Datos contenidos en la
Denominación de la entidad
receta:
Nombre del profesional o institución
(Los datos manuscritos
Nombre, Apellido del afiliado y Número de afiliación
por el
Fecha de emisión de la receta.
profesional deberán
Firma y sello aclaratorio del profesional. (El sello es obligatorio aún
presentar la misma tinta
figurando las recetas impresas con los datos del profesional).
tanto en la prescripción
Detalle de los medicamentos
como en la firma)
Cantidades de los medicamentos en números y letras
Validez
a) para la venta:
b) para la presentación:
c) Para la refacturación:
Cantidad máxima de
Medicamentos y de
envases por receta:
Contenidos máximos de
cada medicamento según
su tamaño:
Antibióticos inyectables:
Leyenda Tratamiento Prolongado, si corresponde.
30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma.
60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la
misma.
30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación.
RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES, SALVO
ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA.
Tratamiento Normal: Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y
hasta 1 (uno) envase por renglón.
Tratamiento Prolongado: Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y
hasta 2 (dos) envases por renglón.
Tamaño especificado: Lo requerido en la receta.
Tamaño no especificado: Vender la menor presentación.
Especifica ¨grande¨: Vender la presentación siguiente a la de menor
tamaño.
Monodosis: hasta 6 (seis) ampollas individuales por receta.
Psicofármacos:
Lista II (receta oficial):
No se aceptan fotocopias de
recetas.
Lista III y IV ( receta
archivada):
Receta de Salud Pública
Receta adjunta de la institución.
Receta oficial por duplicado, con sello y firma
del médico, aún estando el sello impreso.
4. EQUISITOS DEL AFILIADO:
Deberá presentar: Credencial de afiliación en vigencia (Ver Anexo 1: Credenciales) Receta
correspondiente.
Deberá verificarse:
Existencia del afiliado en el padrón
5. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO:
La farmacia deberá
Pegar con adhesivo o con cinta adhesiva transparente (no abrochar!!) el
cumplimentar lo sgte.:
troquel con su código de barras o la solapa identificatoria de cada uno de
los productos vendidos, en el mismo orden en que fueron prescriptos.
Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T.
Adjuntar a la receta Copia del Ticket Fiscal o Factura conteniendo:
• Fecha de dispensación
• Detalle de los medicamentos entregados
• Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto.
• Importes unitarios, totales y porcentaje a cargo de la entidad
• Firma, aclaración de firma y número de documento de identidad (el
cual deberá ser exhibido) de la persona que retira la receta.
• De no contener la copia del Ticket Fiscal o Factura todos los datos
precedentes, se deberá adjuntar un Presupuesto con el detalle de
los mismos, además de la copia del Ticket Fiscal o Factura.
• De no poder discriminar en ninguno de los tickets todos estos datos
solicitados, será necesario el llenado manual del sello con la
transcripción de importes al dorso de la receta, adjuntando también
la copia del Ticket Fiscal o Factura.
• Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico al
dorso de la receta.
6. ENMIENDAS:
Recordar:
Las correcciones y enmiendas en la prescripción de la receta deberán estar
salvadas por el profesional médico con su sello y firma.
Las correcciones y enmiendas en la dispensa de la receta deberán estar
salvadas por el profesional farmacéutico con su sello y firma.
7. VALIDACION ON LINE:
• Todas las recetas de la Entidad deben validarse on line a excepción de aquellas que tengan
una autorización de la Entidad, las cuales se dispensaran en forma manual.
• Recuerde que al validar la receta debe cargar en el sistema de validación los mismos datos que
se encuentran en la receta (afiliado, productos, cantidades, matrícula del profesional prescriptor,
fechas, etc.) a fin de evitar inconvenientes posteriores debido a la no coincidencia de la validación
on line con la receta física.
• Recuerde que toda transacción on line aprobada, donde no se hizo efectiva la dispensa de un
medicamento, deberá ser cancelada por la farmacia para evitarle inconvenientes al afiliado en
su próxima compra.
• Ante cualquier inconveniente con la validación puede llamar a la Mesa de Ayuda de Imed al
011-4346-5909 (Capital) ó al 0800-2224633 (Interior)
8. AUTORIZACIONES:
Importante:
Antes de rechazar cualquier receta, llamar a (Farmalink al teléfono ( 011)
4814 - 7900, de lunes a viernes de 09 a 18 hs. o enviar su fax al número
(011) 814 - 7994.
Centro de Servicios al cliente de Medife: 0800 333 2700. Atención las 24
horas, todos los días.
Consultar listado de auditores habilitados para autorizar medicamentos en
Anexo 3.
9. INCLUSIONES Y EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD:
INCLUSIONES :
EXCLUSIONES GENERALES:
• Consultar listado de
• Todo medicamento que se encuentre excluido de la cobertura podrá
productos cubiertos
ser dispensado únicamente con una autorización de la Entidad. La
que se actualizará
receta al momento de la presentación deberá traer adjunta dicha
mensualmente y se
autorización.
publicará en la página
web de Farmalink
(www.farmalink.com.ar)
2
ANEXOS
Anexo 1 - Modelos de Credenciales Vigentes:
Nueva credencial (vigente a partir del 01/10/12)
Reemplazará progresivamente a las credenciales anteriores de los planes “Bronce” , “Plata” y “Oro”
3
Anexo 2: Detalle de Planes y Descuentos.
Plan
AZUL
VERDE
BLANCO
M40
M40 APS
30 – MF101 – 21GR1
31 – 35 – 910
31 I – 31 C
31 IC – 35 GR
MEDIFE FIAT
MEDIFE AC CONCER
ORO
PLATA
BRONCE
TITANIO
COBRE
NIQUEL
PLATINUM
PLATINUM (Convenio
Especial)
Cobertura
40%
40%
40%
40%
40%
40%
40%
40%
40%
(En farmacias contratadas) 75%
50%
40%
40%
40%
40%
40%
40%
40%
70%
Otras coberturas:
PLAN MATERNO INFANTIL (PMI)
100% de cobertura con credencial PMI vigente, con o sin recetarios propios.
38
Fecha de Vigencia: 01/07/2012
SWISS MEDICAL MEDICINA PRIVADA - QUALITAS- MEDICIENNUBIAL- APSOT- FSST- DOCTHOS – SMG LIFE
1.
AMBITO DE APLICACIÓN:
Todo el país
2. DESCUENTOS
Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor
vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos.
Plan:
A cargo del afiliado:
A cargo de la entidad:
Ambulatorio
60%
40%
Planes Docthos
Descuento según credencial
Apsot y FSST
50%
50%
PMI
0%
100%
PMO
30%
70%
Ver Detalle de Planes en Anexo 3
•
REQUISITOS DE LA RECETA: SON VALIDOS PARA TODOS LOS PLANES
Recetario Convencional:
Convencional con membrete impreso o sello identificatorio en caso de
Centros de Atención, Instituciones, Emergencias, Sanatorios u Hospitales
No se aceptarán recetarios con publicidades salvo que provengan de
Hospitales Públicos.
Se aceptarán recetarios preimpresos por computadora siempre y cuando el
sello y firma del profesional prescriptor sea en original.
No se aceptan fotocopias de recetas.
Datos contenidos en la
Denominación de la entidad
receta:
Nombre del profesional o institución
(Los datos manuscritos
Nombre, Apellido del afiliado y Número de afiliación (número de afiliado
por el
completo de 19 dígitos. Planes Apsot y Fsst: 11 dígitos).
profesional deberán
Fecha de emisión de la receta.
presentar la misma tinta
Firma y sello aclaratorio del profesional. (El sello es obligatorio aún
tanto en la prescripción
figurando las recetas impresas con los datos del profesional).
como en la firma)
Detalle de los medicamentos
Cantidades de los medicamentos en números y letras
Validez
30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma.
a) para la venta:
b) para la presentación:
60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la
misma.
c) Para la refacturación:
30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación.
RECORDAR QUE LOS DEBITOS SON NO REFACTURABLES, SALVO
ERRORES INHERENTES A LA AUDITORIA.
Cantidad máxima de
Hasta 3 (tres) medicamentos distintos por receta y hasta 2 (dos) envases
Medicamentos y de
por renglón.
envases por receta:
Contenidos máximos de
Tamaño especificado: Lo requerido en la receta.
cada medicamento según Tamaño no especificado: Vender la menor presentación.
su tamaño:
Especifica ¨grande¨: Vender la presentación siguiente a la de menor
tamaño.
Antibióticos inyectables:
Monodosis: hasta 6 (seis) ampollas individuales por receta.
Psicofármacos:
Lista II (receta oficial):
Receta de Salud Pública
No se aceptan fotocopias de
Receta adjunta de la institución.
1
recetas.
Lista III y IV ( receta
Receta oficial por duplicado, con sello y firma
archivada):
del médico, aún estando el sello impreso.
4. REQUISITOS DEL AFILIADO:
Deberá presentar: Credencial de afiliación en vigencia (Ver Anexo 1: Credenciales) Receta
correspondiente.
Deberá verificarse:
Existencia del afiliado en el padrón
5. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO:
La farmacia deberá
Pegar con adhesivo o con cinta adhesiva transparente (no abrochar!!) el
cumplimentar lo sgte.:
troquel con su código de barras o la solapa identificatoria de cada uno de
los productos vendidos, en el mismo orden en que fueron prescriptos.
Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T.
Adjuntar a la receta Copia del Ticket Fiscal o Factura conteniendo:
• Fecha de dispensación
• Detalle de los medicamentos entregados
• Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto.
• Importes unitarios, totales y porcentaje a cargo de la entidad
• Firma, aclaración de firma y número de documento de identidad (el
cual deberá ser exhibido) de la persona que retira la receta. En el
supuesto que se verifique que los datos de identificación del
comprador no se ajusten a la realidad, SMMP se reserva el derecho
a debitar las prestaciones objetadas aún cuando éstas hayan sido
previamente abonadas.
• De no contener la copia del Ticket Fiscal o Factura todos los datos
precedentes, se deberá adjuntar un Presupuesto con el detalle de
los mismos, además de la copia del Ticket Fiscal o Factura.
• De no poder discriminar en ninguno de los tickets todos estos datos
solicitados, será necesario el llenado manual del sello con la
transcripción de importes al dorso de la receta, adjuntando también
la copia del Ticket Fiscal o Factura.
• Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico al
dorso de la receta.
6. ENMIENDAS:
Recordar:
Las correcciones y enmiendas en la prescripción de la receta deberán estar
salvadas por el profesional médico con su sello y firma. No se aceptarán
recetas cuya caligrafía y/o tinta de la prescripción se perciban adulteradas y
no se encuentren salvadas por el médico.
Las correcciones y enmiendas en la dispensa de la receta deberán estar
salvadas por el profesional farmacéutico con su sello y firma.
Si el número de credencial del afiliado indicado en la receta constara
ilegible, incompleto, errado o enmendado, la farmacia podrá salvarlo
capturando los datos de la credencial y firmando y sellando al dorso. El
afiliado deberá firmar la conformidad.
7. VALIDACION ON LINE:
• Todas las recetas de la Entidad deben validarse on line a excepción de aquellas que tengan
una autorización de la Entidad, las cuales se dispensaran en forma manual.
• Recuerde que al validar la receta debe cargar en el sistema de validación los mismos datos que
se encuentran en la receta (afiliado, productos, cantidades, matrícula del profesional prescriptor,
fechas, etc.) a fin de evitar inconvenientes posteriores debido a la no coincidencia de la validación
on line con la receta física.
• Recuerde que toda transacción on line aprobada, donde no se hizo efectiva la dispensa de un
medicamento, deberá ser cancelada por la farmacia para evitarle inconvenientes al afiliado en
su próxima compra.
• Ante cualquier inconveniente con la validación puede llamar a la Mesa de Ayuda de Imed al
011-4346-5909 (Capital) ó al 0800-2224633 (Interior)
8. AUTORIZACIONES:
2
• Antes de rechazar cualquier receta, llamar a (Farmalink al teléfono (011)
4814 - 7900, de lunes a viernes de 09 a 18 hs. o enviar su fax al número
(011) 4814 - 7994.
• Centro de Atención a Prestadores de SMMP: 0810-333-7737
• En los casos en que el número de afiliado de APSOT, APSOT Básico y/o
FSST no se encuentre incluido en el padrón vigente al momento de la
venta, se deberá comunicar con APSOT al 0800-122-8778 de Lunes a
Viernes de 8 a 20 hs.
9. INCLUSIONES Y EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD:
INCLUSIONES: EXCLUSIONES GENERALES:
• Consultar listado de
• Todo medicamento que se encuentre excluido de la cobertura podrá
productos cubiertos
ser dispensado únicamente con una autorización de la Entidad. La
que se actualizará
receta al momento de la presentación deberá traer adjunta dicha
mensualmente y se
autorización.
publicará en la página
web de Farmalink
(www.farmalink.com.ar)
Importante:
3
ANEXOS
Anexo 1 - Modelos de Credenciales Vigentes
Cred. Swiss Plata
Cred. SMG Oro
Cred. Nubial Quality
Cred, Docthos Básico
Cred. Docthos Grupo Salud
Cred. Plata SMG Santander
Cred. Qualitas Gris
Cred. PMI
Cred. Docthos Family
Cred. Docthos Plus
Cred. Qualitas Premium
Cred. Nubial Clásica
Cred. SMG Life
Cred. Docthos Global
Cred. Docthos Premium
4
Modelos de Credenciales FSST y APSOT:
Anexo 2: Modelo de Recetario APSOT
5
Anexo 3: Detalle de Planes y descuentos.
6
Otras coberturas:
PLAN MEDICO OBLIGATORIO (PMO)
CITOSTÁTICOS
MEDICACIÓN
ANTIRETRO-VIRAL
PLAN DIABÉTICOS
DISCAPACIDAD
Cobertura 100% con autorización desde Auditoría Médica de Farmacia.
Cobertura 100% con autorización desde Auditoría Médica de Farmacia.
Insulinas y jeringas: cobertura 100% con autorización de SMMP.
Hipoglucemiantes orales, tiras reactivas y lancetas: 70% con autorización de
SMMP.
Las autorizaciones llevarán los siguientes datos:
-Número de autorización
-Fecha de autorización
-Detalle de la medicación prescripta por el médico en la receta. En caso de
existir diferencias, SIEMPRE tomar como válido el medicamento de la
receta.
-Firma y aclaración del autorizante
Cobertura 100% con autorización de SMMP.
PLAN MATERNO INFANTIL (PMI)
PLAN MATERNAL
100% con autorización desde Auditoría Médica de Farmacia solo para las
recetas que no puedan validarse on line.
PLAN INFANTIL
100% con autorización desde Auditoría Médica de Farmacia solo para las
recetas que no puedan validarse on line.
P.M.I.
100% sólo con bono de PMI (ver Recetario Apsot en Anexo 2)
APSOT y FSST
39
SANCOR SALUD-COMPAÑIA
Vigente a partir del 05 de Mayo de 2014.
ATENCIÓN:
Las marcas “@” identifican los puntos disponibles para procesar en el momento de la venta a través del sistema de validación
ingresando en www.validacionescsf.com.ar o bien mediante los sistemas de facturación integrados.
En todas las recetas procesadas electrónicamente, la Liquidación de Recetas y CIERRE DE LOTES debe efectuarse
obligatoriamente utilizando la herramienta que brinda dicho sistema para tal fin.
Aclaración:
El CIERRE DE LOTES electrónico es OBLIGATORIO. SIEMPRE debe figurar en el RESUMEN DE FACTURACIÓN general
(planilla provista por COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia (ver punto 15).
Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE:
- presentación ELECTRÓNICA de SANCOR SALUD (“Plan MIXTO VALIDACIÓN”)
- presentación MANUAL de SANCOR SALUD (“Plan MIXTO MANUAL”)
Descuentos Cobertura Principal:
Coberturas
Planes
Convenios
Recetario
General
PMI
(Punto 9)
40%
100%
Crónicos
(Punto 10)
De todo tipo (Particular o
de Instituciones) (*)
SANCOR 500 (***)
@
Según Listado de Exclusiones
(Anexo IA)
Todo el país (excepto
CABA, Gran Buenos
Aires y Pcia. de Buenos
Aires)
SANCOR SALUD
SANCOR 1000
SANCOR 2000
SANCOR 3000
SANCOR 4000
SANCOR 4065
40%
De todo tipo (Particular o
de Instituciones) (*)
Monto Fijo
Según Vademécum
Crónicos
(Anexo IC)
100%
Exclusivamente CABA,
Gran Buenos Aires y
Pcia. de Buenos Aires
50%
Según Listado de Exclusiones
(Anexo IA)
@
SANCOR 1000
SANCOR 2000
SANCOR 3000
SANCOR 3000 E
SANCOR 4000
40% 50% ó 60%
CORPORATIVOS
100%
De todo tipo (Particular o
de Instituciones) (*)
@
Según Listado de Exclusiones
(Anexo IA)
40%
OSPERSAAMS
OSSACRA
C (***)
Según Vademécum
exclusivo Plan C
Oficial de la Entidad
(según muestras) (**)
40%
OSPERSAAMS
OSSACRA
OSPAT
OSPSMBA
OS (***)
Según
Vademécum General
(Anexo IB)
100%
Según
Vademécum
PMI
(Anexo ID)
60%
@
100%
@
SANCOR LYF 85-A
LUZ Y FUERZA
De todo tipo (Particular o
de Instituciones) (*)
Según Listado de Exclusiones
(Anexo IA)
60%
SANCOR LYF 85-J
Según Vademécum
exclusivo Plan C
100%
Según
Vademécum
PMI
(Anexo ID)
@
(*) La farmacia debe indicar además el Número de Validación que le brinda el sistema ya sea en la receta, en el ticket o bien preimpreso en el
ticket. Asimismo el beneficiario o quien retira los medicamentos debe indicar su conformidad colocando su firma, aclaración y número de
documento de identidad.
@
(**) Indicar en el Sistema si se presenta recetario oficial.
(***) Planes SIN cobertura en la localidad de San Francisco (Pcia. de Córdoba) debido a que SanCor Salud canaliza estos asociados a través
de un circuito especial.
Estas recetas NO SE VALIDAN electrónicamente:
A4000
A3000
A2000
SANCOR 4000
SANCOR 3000
SANCOR 2000
40%
Oficial de la Entidad
(según muestra)
100%
Según Listado de Exclusiones
(Anexo IA)
AMPS
A500
A1000
AMCC
AMADH
AMJUB
SANCOR 500
SANCOR 1000
SANCOR C
ADHERENTE
JUBILADOS
35%
Oficial de la Entidad
(según muestra)
100%
Monto Fijo
Según Vademécum
Crónicos
(Anexo IC)
Según Listado de Exclusiones
(Anexo IA)
Descuento Cobertura por Coseguro:
Estas recetas NO SE VALIDAN electrónicamente:
 AMPS como Cobertura Complementaria
Cuando el afiliado figura en el padrón con cobertura de AMPS y de SanCor Salud se suman los
descuentos de ambas coberturas. En estos casos deben aplicarse las reglas del plan principal.
Descuentos Cobertura en Internación:
Estas recetas NO SE VALIDAN electrónicamente:
Planes
INTERNACIÓN
Convenios
TODOS
LOS CONVENIOS
Recetario
De todo tipo (Particular o de
Instituciones) con leyenda
“Paciente Internado”
General
Coberturas
PMI
(Punto 9)
Crónicos
(Punto 10)
100%
(según Listado de Exclusiones – Anexo IA)
Habilitación del beneficiario:
Credencial (según muestra).
Según Validación On Line:
 Debe ingresarse de corrido el número de grupo familiar y los dos dígitos del
integrante, sin barras ni espacios en blanco. No se deben cargar los “0” a la
izquierda ya que al hacerlo, el sistema lo rechaza.
Según Archivo de Beneficiarios:
 Para las recetas que no se procesan on line (AMPS, autorizaciones especiales,
leches e Internación), se debe controlar que el beneficiario figure en el listado de
habilitados que se emite cada mes.
@
ATENCIÓN: Si el afiliado plantea inconvenientes por figurar inhabilitado o fuera de padrón, la Farmacia podrá realizar la dispensa si
el afiliado presenta un Formulario de Autorización F4 (Formulario Único).
Documento de Identidad (DNI, LC, LE).
No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que
presente la documentación indicada.
Recetario:
Datos que deben figurar de puño y letra del
profesional, y con la misma tinta:
Atención: Dichos datos son válidos
también si figuran en forma preimpresa
en la receta, excepto la firma del
profesional que en todos los casos debe
ser original de puño y letra:




Nombre y apellido del paciente;
Número de afiliado (*)
DIAGNÓSTICO (**)
Medicamentos recetados por principio activo, indicando una marca sugerida
incluida en el Vademécum;
 Cantidad de cada medicamento;
 Firma y sello con número de matrícula y aclaración;
 Fecha de prescripción;
(*) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se encuentre
incompleto, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta, indicando
junto al número consignado por el médico la frase “ver al dorso”. El beneficiario debe
firmar nuevamente como prueba de conformidad.
(**) El requisito de Diagnóstico NO es obligatorio para aquellas farmacias ubicadas
en Cdad. de Buenos Aires y Gran Buenos Aires. Por lo tanto, en dichas zonas, su
ausencia no es motivo de débito.
Validez de la receta:
@
GENERAL: El día de la prescripción y los 15 días siguientes.
AMPS: El día de la prescripción y los 15 días siguientes.
INTERNACIÓN: El día de la prescripción y los 5 días siguientes.
Topes de cobertura:
Límites de cantidades:
Sin Tratamiento Prolongado
Renglones por receta:
Hasta 2 (dos) de distinto principio activo
o de igual principio activo pero distinta forma farmacéutica.
Envases por renglón:
Hasta 1 (uno) grande o 2 (dos) chicos en un solo y único renglón por receta y hasta 1 (uno)
chico en el renglón restante
Presentación
Entregar
Antibióticos Inyectables:
@
Envase de 1 (una) ampolla o frasco
ampolla.
Envases de más de 1 (una) ampolla o
frasco ampolla.
AMPS:
Hasta 5 (cinco)
El menor número posible de envases hasta
completar 5 (cinco) ampollas. Por ejemplo:
si el producto se presenta en envases de 2
ampollas, pueden expenderse 3 (tres)
envases = 6 (seis) ampollas.
@
Similar al resto de lo planes (puntos 7.1 y 7.2)
INTERNACIÓN:
SIN LÍMITES
 El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que
correspondan según normas legales en vigencia.
Psicofármacos:
Otras especificaciones:
Cuando el médico:
 No especifica cantidades
 Sólo indica la palabra “grande”
Debe entregarse:
 El envase de menor contenido.
 La presentación siguiente a la menor.
 Equivoca la cantidad y/o contenido
 El tamaño inmediato inferior al indicado.
Productos Cubiertos:
Los descuentos mencionados en los puntos 1, 2 y 3 se aplicarán sobre las especialidades medicinales comprendidas en el Manual Farmacéutico o
similares, teniendo en cuenta lo siguiente:

Planes SanCor Salud (planes SanCor
500,1000,2000,3000, 4000, 4065 y
Corporativos):
- Exclusiones (Anexo IA).
Atención: Ver las 2 solapas del archivo Excel remitido. Los productos que requieren
autorización (2º solapa) no se procesan electrónicamente.
@

Plan C:
- Vademécum General exclusivo Plan C
- Vademécum PMI (Anexo ID)
@

Resto de los Planes (planes OS):
- Vademécum General (Anexo IB)
- Vademécum PMI (Anexo ID)
@

Procesamiento – Aclaración:
Al ingresar el identificador del producto (troquel o código de barras) en el sistema, no se
deben cargar los “0” a la izquierda, ya que al hacerlo el sistema lo rechaza.
@
Estas recetas NO SE VALIDAN electrónicamente

AMPS e INTERNACIÓN:
- Exclusiones (Anexo IA)
IMPORTANTE:
Aquellos productos identificados como AP, tanto en el Listado de Exclusiones como en el Vademécum,
deben contar con Autorización Previa de SanCor y no deben validarse.
Plan Materno Infantil:
Habilitación del Beneficiario:
 Credencial Plan Materno Infantil (según muestras).
 Según validación On Line.
@
 Según validación On Line, de acuerdo a cada plan (Exclusiones, Anexo IA –
Vademécum PMI, Anexo ID).
@
Productos Cubiertos:
 Leches y vacunas: Únicamente con Autorización Previa de Sancor mediante el
Formulario de Autorización Nro. 4 (No se Validan electrónicamente)
 Medicamentos: Similar al resto de los planes.
Límites de cantidades:
 Leches: la cantidad que autorice la entidad en el Formulario de Autorización. (No
se Validan electrónicamente)
Pacientes con Patologías Crónicas:
@
Habilitación del Beneficiario:
 Credencial de paciente crónico según muestra, en la que figuran los productos
autorizados. Se controla a través de la validación On Line.
@
Productos Cubiertos:
 Únicamente los productos indicados en la credencial e incluidos en el Vademécum
Crónicos (Anexo IC), que se validan electrónicamente.
@
 Monto Fijo indicado en el Vademécum de Crónicos (Anexo IC) e informado
por el Sistema de Validación On-Line. NO corresponde realizar el 70% del
Precio de Venta al Público (PVP).
@
Descuento:
 Sólo es válido realizar el 70% del PVP cuando así lo indique expresamente SanCor
en el Formulario de Autorización.
 Similar al resto de los planes
Límites de cantidades:
@
Autorizaciones Especiales:
Estas recetas NO SE VALIDAN electrónicamente
Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos (por ejemplo, productos no cubiertos, límites de cantidades,
afiliados inhabilitados, etc.), cuando se encuentren autorizadas por SanCor mediante el Formulario de Autorización Nro. 4 (según
muestra punto 19). En dicho formulario figura la fecha de vencimiento del mismo.
Por lo tanto, carece de validez cualquier otro comprobante, documentación o modalidad de autorización diferente a la mencionada.
Atención: dichos formularios son válidos para autorizar productos diabéticos en recetarios de todo tipo, aún en aquellos planes que requieren
recetario oficial (planes C, OS, etc.)
Medicamentos Faltantes:
Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro
de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya
transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta.
Datos a completar por la farmacia:
NÚMERO DE TRANSACCIÓN ON LINE. Debe indicarse en el encabezado de la receta “TR: XXXX”, o bien puede imprimirse el
comprobante que emite el sistema.
Fecha de venta;
Si la presentación no contiene numero de troquel, adjuntar código de barras del mismo;
Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales)
La farmacia deberá adjuntar cualquiera de
 Ticket fiscal propiamente dicho.
los comprobantes de venta detallados:
 Documento no fiscal HOMOLOGADO
 Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda de
fondo “NO FISCAL”).
 Facturas A, B o C.
Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico;
Firma y aclaración y número de documento de identidad de quien retira los medicamentos;
Cierre Electrónico de Lotes:
@
MUY IMPORTANTE: Todas las RECETAS PROCESADAS ELECTRÓNICAMENTE deben liquidarse OBLIGATORIAMENTE
mediante la herramienta CIERRE DE LOTES que provee para ello el sistema de validación. Caso contrario, es motivo de
rechazo de las mismas. Utilice dicha herramienta teniendo en cuenta las indicaciones del Instructivo General del sistema.
Asimismo es imprescindible IMPRIMIR el Cierre de Lotes a fin de identificar correctamente la liquidación electrónica en el
Resumen de Facturación general (ver punto 15). No deben efectuarse modificaciones manuales (tachaduras ni enmiendas) sobre
el Cierre de Lotes que emite el sistema.
Aclaración: la IMPRESIÓN PREVIA del Cierre de Lote NO es válida para la presentación de recetas:
@
Atención: Las recetas no procesadas electrónicamente (por ejemplo, Autorizaciones Especiales) deben liquidarse a través de la
modalidad tradicional de planillas de Compañía (ver punto 15).
Presentación de Recetas no procesadas electrónicamente:
ATENCIÓN: Las recetas no procesadas electrónicamente (AMPS, autorizaciones especiales, leches e Internación) deben liquidarse a
través de la modalidad tradicional de planillas de Compañía y teniendo en cuenta el Instructivo de Presentación adjunto.
El porcentaje de descuento aplicado a cada medicamento debe figurar en el ticket de venta o bien
agregado junto a la prescripción en forma manuscrita.
En los resúmenes de liquidación y facturaciones se deben volcar los importes correspondientes identificando el plan como “MIXTO MANUAL”
o “COSEGURO”.
@
El Cierre electrónico de Lotes SIEMPRE debe indicarse en el Resumen de Facturación general (planilla provista por COMPAÑÍA), que
presenta su Farmacia, diferenciado del resto de las recetas sin validación on line.
Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE:
- presentación ELECTRÓNICA de SANCOR SALUD (“Plan MIXTO VALIDACIÓN”)
- presentación MANUAL de SANCOR SALUD (“Plan MIXTO MANUAL”)
Recomendaciones Especiales:
Colocar en la receta el número de orden correspondiente;
Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de la prescripción.
 Incluyendo el código de barras, si lo hubiera.
 Adheridos con goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva, debido a
que dificultan la lectura del código de barras).
Los troqueles deberán ajustarse a lo  Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones,
siguiente:
evidencias o marcas de sustancias adhesivas).
 Sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel.
 Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no.
 Sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel para un mismo producto,
presentación y lote.
 No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al troquel.
Las recetas deben presentarse numeradas en forma correlativa.
Atención de Consultas:
Ante dificultades o consultas exclusivamente técnicas fuera de nuestro horario de atención, les solicitamos que envíe un correo
electrónico a [email protected] indicando en el titulo la palabra “Problema“ más el código de su Farmacia.
Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de
COMPAÑÍA al (011) 4136-9090 – Fax: (011) 4136-9001. E-mail: [email protected], de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas, o
bien a nuestra Receptoría de Córdoba al 460-6539 – E-mail: [email protected], de Lunes a Viernes de 9 a 18 hs..
Muestra de Recetarios Oficiales:
@
Frente
Dorso
Muestra de Credenciales y Formularios Especiales:
Número de tarjeta
(NO de afiliado)
Número de asociado y Plan
Número de tarjeta
(NO de afiliado)
Descuento a aplicar
Número de asociado y Plan
Credenciales PMI
Identificación Pacientes Crónicos
Corresponde el
Monto Fijo
indicado en el
Vademécum de
Crónicos (Anexo
IC) e informado
por el Sistema de
Validación OnLine. NO
corresponde
realizar el 70% del
Precio de Venta al
Público (PVP).
Formulario Nº 4 – Prestaciones que requieren autorización previa.
Resolución según
cada especialidad.
Motivo de
resolución
especialidad no
autorizada.
Controlar la fecha
de vencimiento.
NO requiere firma y sello del auditor
SANCOR SALUD - VACUNAS ANTIGRIPALES
Vacunas antigripales tienen cobertura, presentando FORMULARIO ESPECIAL DE CAMAPAÑA
DE VACUNACION ANTIGRIPAL, el porcentaje de cobertura 40% o 100% será indicado en el
formulario, asimismo tiene fecha de validez el formulario.
Prestar especial atención a las siguientes particularidades de dicho formulario:
NO REQUIERE AUTORIZACION PREVIA POR PARTE DE SANCOR
NO ES NECESARIO QUE ESTE ACOMPAÑADO POR LA PRESCRIPCION ORIGINAL
CORRESPONDIENTE.
POR LO TANTO EL TROQUEL CORRESPONDIENTE DEBE ADJUNTARSE EN EL
FORMULARIO EN CUESTION.
EL AFILIADO DEBE ELEGIR LA MARCA COMERCIAL Y FIRMAR LA DISPENSA EN
CONFORMIDAD.
NO DEBEN VALIDARSE ELECTRONICAMENTE. DE TODOS MODOS SU FARMACIA
DEBE CHEQUEAR LA HABILITACION DEL BENEFICIARIO EN EL ARCHIVO DE
HABILITADOS
SANCOR SALUD - LISTADO DE PRODUCTOS
ANTIARTROSICOS: CON COBERTURA A PARTIR DEL
26-5-14.
PLANES SANCOR 4000, 4065, 3000,3000 E, 2000, 1000,
NO REQUIERE AUTORIZACION PREVIA. VALIDACION ON LINE EFECTUA DICHOC
CONTROL.
40
NORMA OPERATIVA
Fecha de Vigencia: 16/06/2003
OMINT
1. AMBITO DE APLICACIÓN:
 Capital Federal
 Gran Buenos Aires
 Interior
3. DESCUENTOS
Los descuentos se efectúan sobre el precio de venta al público sugerido por el laboratorio productor
vigente al día del expendio, que figuran en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos.
Plan:
A cargo del afiliado:
A cargo de la entidad:
Cerrados
60%
40%
(consultar padrones de
prestadores habilitados
para la prescripción)
Abiertos
60%
40%
Plan Materno Infantil
0%
100%
3. REQUISITOS DE LA RECETA: SON VALIDOS PARA TODOS LOS PLANES
Tipo de Recetario:
Convencional
Datos contenidos en la
Denominación de la entidad
Nombre y apellido del socio - Número de socio.
receta:
Las recetas deberán ser
Fecha de emisión de la receta.
realizadas por el
Firma y sello aclaratorio del profesional. Las recetas con membrete del
profesional de su puño y
profesional donde conste el tipo y número de matrícula podrán no llevar
letra.
sello médico.
Detalle de los medicamentos
Cantidades de los medicamentos en números y letras
Los datos escritos por el profesional deberán presentar la misma tinta tanto
en la prescripción como en la firma.
Leyenda Tratamiento Prolongado (en caso de indicar más de un envase de
una especialidad medicinal).
Validez
30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión e incluyendo la misma.
a) para la venta:
b) para la presentación:
60 (sesenta) días corridos, a partir de la fecha de venta e incluyendo la
misma.
Cantidad máxima de
Para los socios de la línea O no regirán limitaciones sobre el número de
Medicamentos y de
especialidades medicinales por receta y número de envases de cada
envases por receta:
especialidad.
Para los socios del resto de las líneas se aceptarán hasta 3 (tres)
especialidades medicinales por receta.
Tratamiento Normal: se aceptará un envase por cada especialidad
Tratamiento Prolongado: se aceptarán hasta 2 (dos) envases por cada
especialidad. Será necesaria la inclusión de la leyenda “Tratamiento
Prolongado” (o formas abreviadas de la misma) cada vez que se prescriba
más de un envase de una especialidad medicinal.
Contenidos máximos de
Tamaño especificado: Lo requerido en la receta.
cada medicamento según Tamaño no especificado: Vender la menor presentación.
su tamaño:
Especifica ¨grande¨: corresponderá entregar el envase de mayor contenido
cuando existan dos tamaños y el intermedio cuando existan más de dos.
Antibióticos inyectables:
Monodosis: hasta 5 (cinco) ampollas individuales por receta.
Multidosis: hasta un envase por receta.
Psicofármacos:
Se deberá proceder de acuerdo a la ley vigente.
No se aceptan fotocopias de recetas.
Recetas con medicamen- En este caso la receta original acompañará la liquidación de los planes
con tos con dos niveles de 100% de cobertura, utilizando fotocopia (con firma original del socio,
cobertura en PMI:
troqueles, etc.) para la presentación de la liquidación del 40%.
5. REQUISITOS DEL AFILIADO:
Deberá presentar:
Credencial en vigencia (Ver Anexos: Credenciales)
Receta correspondiente.
Documento de identidad.
Deberá verificarse:
Existencia del afiliado en el padrón:
6.
Todo socio estará habilitado para adquirir medicamentos siempre
que se encuentre incluido en el padrón que la entidad ponga a disposición de
las farmacias a través de la página web de Farmalink: www.farmalink.com.ar
7.
Si el socio no se encontrara habilitado dentro del padrón, pero contara
con un certificado de habilitación emitido por OMINT, el mismo podrá adquirir
medicamentos. En estos casos se deberá adjuntar copia del certificado a
la receta.
- Si el socio no se encontrara habilitado pero su número de credencial
fuese mayor que el último declarado en el padrón de OMINT, el mismo
podrá adquirir medicamentos.
9. PLAN MATERNO INFANTIL
- En el padrón general de afiliados figurarán los socios habilitados para obtener cobertura del 100% en
medicamentos. Aquellos que no se encuentren en el padrón sólo podrán adquirir medicamentos
con esa cobertura contra presentación de una carta de habilitación emitida por OMINT.
- Se pondrá a disposición de las farmacias un listado mensual de productos con 100% de cobertura
en PMI. Todo producto fuera de ese listado requerirá expresa autorización de OMINT para ese nivel
de cobertura. (Consultar página web de Farmalink: www.farmalink.com.ar).
- Cada vez que se dispense un medicamento con 100% de cobertura se exigirá la presentación de receta
debidamente cumplimentada, carnet que acredite la relación del beneficiario con la entidad y DNI que
acredite su identidad. Se corroborará además que el socio se encuentre habilitado en el padrón
correspondiente o en su defecto se exigirá la presentación de la carta de habilitación emitida por OMINT.
Una copia de la carta deberá presentarse junto con la receta.
- Para la madre sólo tendrán 100% de cobertura los medicamentos destinados a tratar patologías
relacionadas con el embarazo de acuerdo a lo indicado en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
Los productos que cumplan con estas condiciones figurarán en el listado antes mencionado. El resto
de los medicamentos tendrá la cobertura correspondiente al plan, salvo que OMINT indique
algo diferente.
- Para el recién nacido y niños hasta el año de vida no tendrán cobertura los medicamentos de forma
farmacéutica sólida de administración oral, salvo excepciones previamente establecidas por OMINT. El
resto de las formas farmacéuticas tendrán cobertura cuando el preparado se destine a la administración
a niños menores de 1 año. Los productos que cumplan con estas condiciones también figurarán en el
listado antes mencionado. Todo medicamento no contemplado en la descripción de la cobertura deberá
ser previamente autorizado por OMINT. Las leches maternizadas no tendrán cobertura alguna, en tanto
las medicamentosas tendrán cobertura establecida en el PMO.
6. REQUISITOS DE CONFORMIDAD PARA EL EXPENDIO:
La farmacia deberá
Pegar o abrochar el troquel con su código de barras o la solapa
cumplimentar lo sgte.:
identificatoria de cada uno de los productos vendidos, en el mismo orden en
que fueron prescriptos.
Si el producto no tuviera troquel, colocar la sigla S/T.
Fecha de dispensación
Importes unitarios y totales y porcentaje a cargo de la entidad
Cantidades entregadas de cada medicamento prescripto.
Firma del asociado y/o de quien retira en su nombre con aclaración
Datos a completar por el afiliado o de quien retira en su nombre: número de
documento de identidad y dirección
Adjuntar a la receta el triplicado del ticket fiscal o la factura de venta
Sello de la farmacia y firma del farmacéutico director técnico.
2
7. ENMIENDAS:
Recordar:
Las correcciones, cambios de tinta y enmiendas a la prescripción deberán
estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma.
El farmacéutico podrá salvar los últimos tres dígitos del número de afiliado
si éste estuviese equivocado.
8. AUTORIZACIONES:
Importante:
Antes de rechazar una receta o por problemas de interpretación de la
presente Norma Operativa comunicarse con Farmalink al teléfono (011)
4814-7900, de lunes a viernes de 9 a 18 hs o vía fax al (011) 4814-7994.
9. INCLUSIONES Y EXCLUSIONES A LA COBERTURA BRINDADA POR LA ENTIDAD:

INCLUSIONES:

EXCLUSIONES:
consultar Listado

Venta libre
detallado de cobertura
 Fórmulas magistrales y homeopáticas.
de productos que se

Envases hospitalarios.

Accesorios
actualizará y publicará
mensualmente en la
página web de
Farmalink
(www.farmalink.com.ar).
En el mismo se indica
cobertura general y
cobertura para PMI
(embarazada, niño
menor de 3 meses y
niño mayor de 3 meses
hasta el año)
 Consultar Listado detallado de cobertura de productos que se
actualizará y publicará mensualmente en la página web de Farmalink.
NOTA: hasta no contar con la actualización correspondiente, utilizar el
último listado recibido.
41
ANEXO I – CIRCULAR 446/13 C
CÓDIGO DE ENTIDAD: 226
Vigente a partir del 1º de Junio de 2013.
1.Cobertura:
ZONAS
RECETARIO
PLANES
1.1. CDAD. DE BS. AS.
GRAN BUENOS AIRES
ESCOBAR
De TODO TIPO (particular o de instituciones).
GRAL. RODRÍGUEZ
NO se aceptan recetarios sin
membrete (por ej.:
recetarios en blanco o de publicidad de medicamentos).
LA PLATA
LUJÁN
MARCOS PAZ
PCIA. DE CORRIENTES
Mutual 12 de Agosto (según muestra válido sólo Pcia. de Mendoza)
ROSA
SAT (Sindicato
Argentino de
Televisión)
DESCUENTO (*) (**)
Según Padrón de
Beneficiarios
vigente
Según Padrón de
Beneficiarios
vigente
50%
AMPLIO
Mutualizados (AMET)
No Mutualizados
OSPTV
1.2. RESTO DEL PAÍS
VADEMÉCUM
PMO
VERDE
100 (Adherentes)
40%
200 (Adherentes)
300 (Adherentes)
CELESTE
AMPLIO
400 (Adherentes)
1.3. TODO EL PAÍS
Autorizado por
la Entidad
Plan Materno Infantil
(Todos los planes - Ver punto 7)
100%
Según plan del
Afiliado
(*) Descuentos válidos únicamente para pacientes ambulatorios.
(**) ATENCIÓN – Resto del país: En caso de registrarse diferencias entre las coberturas indicadas en la receta y
el padrón, su Farmacia siempre debe regirse por la información detallada en este último.
EXCLUSIVAMENTE PROVINCIA DE MENDOZA:
Debe aplicarse el porcentaje de descuento indicado en el recetario aún cuando difiera del expresado en el Padrón de
Habilitados.
De todos modos el afiliado debe figurar en el padrón vigente para su atención, aunque difiera el porcentaje de cobertura
indicado.
2.Habilitación del beneficiario:
2.1. Credencial (según muestra)
2.2. Archivo de Beneficiarios:
 El beneficiario debe figurar en el listado de habilitados vigente (ver punto 15).
2.3. Documento de Identidad (DNI, LC, LE)
2.4. No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona
que presente la documentación indicada.
ANEXO I – CIRCULAR 446/13 C
CÓDIGO DE ENTIDAD: 226
3.Datos del Recetario:
3.1. Datos que deben figurar de puño y letra
del profesional, y con la misma tinta:
 Nombre y apellido del paciente;
 Número de afiliado (*)
 Medicamentos recetados por principio activo indicando una marca sugerida,
incluida en el Vademécum
 Cantidad de cada medicamento
 Firma y sello con número de matrícula y aclaración;
 Fecha de prescripción;
(*) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se encuentre
incompleto, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta, indicando
junto al número consignado por el médico la frase “ver al dorso”. El beneficiario
debe firmar nuevamente como prueba de conformidad.
4.Validez de la receta:
El día de la prescripción y los 15 días siguientes.
5.Topes de cobertura:
Sin Tratamiento Prolongado
Especialidades por receta:
Hasta 2 (dos) de distinto principio activo.
Envases por especialidad:
Hasta 1 (uno) grande por receta.
5.1. Antibióticos Inyectables:
Presentación
Envase de 1 (una) ampolla o frasco
ampolla.
Envases de más de 1 (una) ampolla o
frasco ampolla.
Entregar
Hasta 5 (cinco)
El menor número posible de envases
hasta completar 5 (cinco) ampollas. Por
ejemplo: si el producto se presenta en
envases de 2 ampollas, pueden
expenderse 3 (tres) envases = 6 (seis)
ampollas.
 El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que
correspondan según normas legales en vigencia.
5.2. Psicofármacos:
5.3. Otras especificaciones:
Cuando el médico:
 No especifica cantidades
 Sólo indica la palabra “grande”
 Equivoca la cantidad y/o contenido
Debe entregarse:
 El envase de menor contenido.
 La presentación siguiente a la menor.
 El tamaño inmediato inferior al indicado.
6.Autorizaciones Especiales:
6.1. Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos, cuando se hallen autorizadas por alguna de las
siguientes personas:
Todo el País
- BERTELLO, MÓNICA.
- FIORA, ESTEBAN
- KLAJMAN, MAURICIO
- LÓPEZ GONZÁLEZ, SERGIO
- VEGH, MARTÍN
Provincia de Corrientes
- ACOSTA, REINALDO FRANCISCO
- RAMÍREZ, JOSÉ ROLANDO
- RUIZ, JULIO CÉSAR
-
Trenque Lauquen
GILARDI, JOSÉ MARÍA
GILARDI, MARÍA RENATA
MARI, CLAUDIA MARTA
PEREYRA, MARÍA LUCRECIA
Provincia de Mendoza
ÁLVAREZ, JOSÉ ANTONIO
ÁLVAREZ, ROXANA
APARICIO, MARCELO
ARROJO, CLAUDIA
BERGAMIN, LAURA
HANNA, MATILDE
MARI, EDUARDO
PÉREZ, JAVIER
- TESTINO, EDUARDO
-
Provincia de Salta
- GUTIÉRREZ, SEBASTIÁN
- MONTERO, PEDRO
- SAN JUAN, MARCELA
6.2. Las autorizaciones pueden ser solicitadas tanto por el socio como por la farmacia, por teléfono o vía fax al siguiente
número:
4982-5590 / 4981-1669
ANEXO I – CIRCULAR 446/13 C
CÓDIGO DE ENTIDAD: 226
7.Plan Materno Infantil:
 El beneficiario debe figurar en el listado de habilitados vigente.
7.1. Archivo de Beneficiarios:
ATENCIÓN:
Aquellos beneficiarios que no figuren en dicho archivo deben presentar el recetario
previamente autorizado por alguno de los Autorizantes Especiales, indicados con
(*) en el Punto 7.2.
7.2. Recetario:
 Recetario válido de acuerdo a la zona: Debe contar con previa Autorización
de alguna de las siguientes personas, mediante firma y sello:
-
BARDIN, LILIANA ELIZABETH
BERTELLO, MÓNICA (*)
CAPPELLO, CLAUDIA
CARDOZO, EZEQUIEL FACUNDO
DIFINO, JUDITH
FIORA, ESTEBAN (*)
GALLEGO, ANALÍA
GÓMEZ, CLAUDIA
-
HAAG, SUSANA
KLAJMAN, MAURICIO (*)
LÓPEZ GONZÁLEZ, SERGIO (*)
OTT TRULLENQUE, XIMENA
PÉREZ, MARÍA CRISTINA
QUARANTA, CYNTHIA
VEGH, MARTÍN (*)
EXCLUSIVAMENTE PROVINCIA DE BUENOS AIRES
- FORTUNATO, DARDO (LA PLATA)
- GUTIÉRREZ, JULIA (LA PLATA)
- GILARDI, JOSÉ MARÍA (*)
-
GILARDI, MARÍA RENATA (*)
MARI, CLAUDIA MARTA (*)
PEREYRA, MARÍA LUCRECIA (*)
EXCLUSIVAMENTE PROVINCIA DE CORRIENTES
- ACOSTA, REINALDO FRANCISCO (*)
- RAMÍREZ, JOSÉ ROLANDO (*)
- RUIZ, JULIO CÉSAR (*)
-
-
EXCLUSIVAMENTE PROVINCIA DE MENDOZA
ÁLVAREZ, JOSÉ ANTONIO (*)
- HANNA, MATILDE (*)
ÁLVAREZ, ROXANA (*)
- MARI, EDUARDO (*)
APARICIO, MARCELO (*)
- PÉREZ, JAVIER (*)
ARROJO, CLAUDIA (*)
- TESTINO, EDUARDO (*)
BERGAMIN, LAURA (*)
EXCLUSIVAMENTE PROVINCIA DE SALTA
-
GUTIÉRREZ, SEBASTIÁN (*)
MONTERO, PEDRO (*)
SAN JUAN, MARCELA (*)
(*) AUTORIZANTES ESPECIALES: pueden autorizar excepciones (afiliados fuera
de padrón u otras excepciones).
 Medicamentos y leches: Incluidos en el Vademécum Amplio o PMO, según
corresponda al beneficiario (ver punto 1)
ATENCIÓN:
Leches Maternizadas:

7.3. Productos Cubiertos:

Poseen cobertura únicamente al Descuento General del beneficiario (40% o
50%) siempre y cuando figuren en vademécum correspondiente y se
encuentren autorizadas por las personas indicadas en el Punto 7.2.
Para tener cobertura al 100% la autorización debe ser efectuada por los
Autorizantes señalados con (*), aclarando expresamente el porcentaje de
descuento.
Cabe mencionar que aquellas recetas pertenecientes al Plan Materno Infantil
cuyos productos posean una cobertura del 40% o 50% de descuento según el
plan del beneficiario, deben ser presentadas con dichos porcentajes en lugar
del 100%.
7.4. Límites de cantidades:
 Medicamentos y leches: Lo que se encuentre autorizado por la Entidad.
ANEXO I – CIRCULAR 446/13 C
CÓDIGO DE ENTIDAD: 226
8.Productos Cubiertos:
Los descuentos mencionados en el punto 1 se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el
VADEMÉCUM de la Entidad (ver punto 1).
9.Medicamentos Faltantes:
Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a
obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir
a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta.
10.Datos a completar por la farmacia:
10.1.Fecha de venta;
10.2.Si la presentación no contiene numero de troquel, adjuntar código de barras del mismo;
10.3.Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales)
10.4.La farmacia deberá adjuntar cualquiera  Ticket fiscal propiamente dicho.
 Documento no fiscal HOMOLOGADO
de los comprobantes de venta
 Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda de
detallados:
fondo “NO FISCAL”).
 Facturas A, B o C.
10.5.Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico
10.6.Firma y aclaración de quien retira los medicamentos;
10.7.Atención: Cualquier corrección a estos datos debe ser salvada por la Farmacia. En ese caso el beneficiario debe firmar
nuevamente como prueba de conformidad.
11.Recomendaciones Especiales:
11.1.Colocar en la receta el número de orden correspondiente;
11.2. Adjuntar los troqueles del siguiente
 De acuerdo al orden de la prescripción.
 Incluyendo el código de barras, si lo hubiera.
modo:
 Se sugiere adherirlos con goma de pegar (sin utilizar abrochadora o cinta
adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras).
 Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones,
evidencias o marcas de sustancias adhesivas).
 Sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel.
 Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no.
 Sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel para un mismo producto,
presentación y lote.
 No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al
troquel.
11.4.Las recetas deben presentarse numeradas en forma correlativa.
11.3. Los troqueles deberán ajustarse a lo
siguiente:
12.Atención de Consultas:
Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con su Departamento de Atención al Cliente de
COMPAÑÍA al (011) 4136-9090 – Fax: (011)-4136-9001. E-mail: [email protected], de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas.
13.Muestra de Credenciales:
Color Amarillo
Color Naranja
Color Verde
ANEXO I – CIRCULAR 446/13 C
CÓDIGO DE ENTIDAD: 226
Color Celeste
14.Muestra de recetario:
Recetario Rosa
Recetario Rosa Mutual 12 de Agosto (válido para la Provincia de Mendoza)
ATENCIÓN: logo de la
Mutual 12 de Agosto.
ANEXO I – CIRCULAR 446/13 C
CÓDIGO DE ENTIDAD: 226
Recetario Verde
Recetario Celeste
NOVEDADES 01-11-13
RECETARIO DEL MEDICO
TV SALUD - RECETARIO DEL MEDICO
Informamos que se modifican los recetarios habilitados de TV SALUD en la Provincia de Salta
(punto 1 de las normas):

A partir del 01/11/13 son VÁLIDOS los recetarios de TODO TIPO (particular o de
instituciones). NO se aceptan recetarios sin membrete (por ej.: recetarios en blanco o
de publicidad de medicamentos).
Por lo tanto, deja de ser obligatoria la prescripción en los recetarios oficiales de TV
SALUD (color rosa, verde y celeste). HASTA QUE SALGAN DE CIRCULACION LOS
RECETARIOS OFICIALES, LOS DOS ESTARAN VIGENTES.
Cabe mencionar que su farmacia deberá aplicar el descuento y vademécum de acuerdo a lo
que indica el Padrón de Beneficiarios Habilitados vigente.
Por último aclaramos que el Plan Materno Infantil continúa requiriendo previa autorización de
la Entidad (punto 7 de las normas).
El resto de las normas de atención permanecen sin modificaciones.
42
OSPECON
Afiliados
Obligatorios
Plan de Salud de
Trabajadores
Independientes
(PSTI o ADH)
Afiliados Monotributistas
Titular Monotributista:
Constancia de Pago de Monotributo del mes en curso
Ultimo recibo de
Haberes percibido
Grupo familiar del monotributista:
Además debe presentar el ticket de pago por grupo
familiar.
Empleado de Monotributista o Empleada doméstica:
Constancia de pago del empleador correspondiente al
mes anterior.
Identificación
del afiliado
Documento de
Identidad (DNI, LC,
LE)
Recibo o
comprobante de pago
con membrete de
CONSTRUIR
SALUD del mes en
curso
Documento de Identidad (DNI, LC, LE)
No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier
otra persona que presente la documentación indicada.
Descuento:
(válidos únicamente
para pacientes
ambulatorios)
General:
Oficial de
Construir
Salud, color
Blanco
Recetarios
Válidos
40% 70%- PMI y PMO 100%
Oficial de Construir Salud, color Blanco con la sigla MON o ADH
No Oficial: De Prestadores externos de Construir
Salud (Según Anexo I adjunto a Normativas)
y de Prestadores Públicos
(Localidades Sin
Cemap´s)
No
Oficial:
De
Servicios
de
Atención
Domiciliaria (ver punto 7)

Datos que deben figurar
de puño y letra del
profesional, y con la
misma tinta







DNI del paciente, Nombre y Apellido completos (si no figuran o hubiera errores, la
farmacia no está autorizada a rectificar estos datos), LE o cualquier otro
dato
identificatorio
CUIL o CUIT del titular del grupo familiar
Sexo y edad del beneficiario (no excluyente)
Medicamentos recetados y cantidad de cada uno, en números y letras
Firma y sello con el número de matrícula del profesional
Fecha de prescripción
Recetarios prescriptos por Monodroga (Excluyente)
Figurar los Nombres “O.S.P.E.C.O.N” y/o “CONSTRUIR SALUD”

Afiliado menor
de un año
Validez de la
receta
Prescripción
Médica
Límites de
cantidades
Psicofármaco
s
Código de
medicación (no
excluyente)
Número de Bono de consulta (no excluyente)

N

No requiere diagnóstico
o requiere
diagnóstico
Las recetas de asociados menores de un año que aún no poseen DNI, deben aceptarse
cuando estén confeccionadas del siguiente modo:
 El espacio designado como Documento del Beneficiario debe estar en blanco.
 En el reverso, la receta debe estar salvada y sellada por el profesional con la leyenda
“Recién nacido sin documento”.
Para la farmacia: 30 días corridos desde “su” fecha de emisión.
Para la presentación a la Mandataria: 60 días corridos a partir de la fecha de venta.
Prescripción de acuerdo a Ley 25.649 de Promoción de la utilización de medicamentos por su
nombre genérico
*Especialidades por receta: 2 (Dos)
*Envases por Especialidad:
-
Envases Chicos 2 (Dos)
Envases medianos - 1 (Uno)
Envases grandes - 1 (Uno)
El profesional debe confeccionar además los duplicados o los recetarios que correspondan según normas
legales en vigencia.
Cuando el médico:
Otras
especificacion
es
P.M.I
 No especifica
cantidades
 Sólo indica “grande”
 Equivoca la cantidad
y/o contenido
Debe entregarse:
 El envase de menor contenido.
 La presentación siguiente a la
menor.
 El tamaño inmediato inferior al
indicado.
Por cambios de presentación (cantidad de comprimidos o ml) o
de dosis se reconocerá siempre la menor.
Antibióticos Inyectables: Monodosis: hasta 5 ampollas individuales (*)
Psicotrópicos: Lista II (debe constar la receta oficial de Salud Pública según jurisdicción, Lista III y IV
(recetario oficial por duplicado)
(*) sujeto a auditoría médica previa según patología.
Plan Materno Infantil
Recetario:
 De la entidad (según muestra y de color rosa) o recetario del prestador de Construir
Salud . Debe figurar la fecha probable de parto o la fecha de nacimiento. NO es
válido ningún otro dato sustituto como por ej.: “20 semanas de gestación” (la
farmacia no se encuentra autorizada a completar este dato).
Tiempo de
cobertura
 Madre: Durante el embarazo y hasta los 30 días posteriores a la fecha de parto.
 Niño: Hasta el primer año de vida.
Atención
Domiciliari
a
Tipo de
recetario
 De alguno de los siguientes prestadores (Antes de rechazar recetas de atención
domiciliaria porque un prestador no figure en el presente listado, consultar al
Departamento de Atención al Cliente de SM LAFKEN)
24 HORAS
911
ADMEDICA
ALERTA
AMAR
AMCE
AMI
AMU
APE
APOYO MÉDICO
AYUDA MEDICA
ASISTIR
ATENMED
C.M. SUR
CAS
CEM
CEMI
CIEM
CLINICAR
S.A.
CMIC
COFACO
CORPUS
CRUZ VERDE
ECAS
EMECA
EMERGENCIA
S 24 HORAS
EMERGENCIA
S AMAS
EMERGENCIA
S MÉDICA
ESCOBAR
“EME”
MEDISUR
PARAMEDI
C
EMERGENCIA
PRONTO
S NORTE
SOCORRO
EMERGENCIA
SAE
S S. JOSE
SALUD
EMESEC
PROTEGID
ENCOFIR
A
FEMECHACO
SANATORI
GALEN
O MÓVIL
GAYCEC
SEA
HOSPITAL
SEM
FRANCÉS
SEMI
MANO
TANDIL
MEDI ESTE
SERV. Dr.
MEDINOR
GUIÑAZÚ
MEDISEM
SERVICIOS
MÉDICOS
SET
SETRA
SIEMPRE
SIPEM
SIPREM
STARMED
TIEM
TIME
UCREM
UMI
UNISEM
URGENCIAS
INFANTILES
VIDA
Productos
cubiertos
Recetas no
válidas
Recetas mixtas
 Todos los medicamentos incluidos en el VADEMECUM CONSTRUIR SALUD
VIGENCIA JULIO 2007
OSPECON no reconocerá como válidas aquellas recetas donde dichos datos no sean claramente legibles en
su totalidad. Los datos antedichos deberán ser
completados en todos los casos,
de puño y letra por el profesional prescriptor, sin enmiendas ni tachaduras, salvo que las mismas hayan
sido convalidadas al reverso del recetario (con firma y sello correspondientes). Todos los casilleros deben
estar completos.
No deben aplicarse descuentos diferentes en una misma receta. Las prescripciones de
productos con porcentajes diferentes de descuento deben aplicarse en recetas separadas.
Fecha de venta
Datos a
completar
por la
farmacia
Listado de
drogas
excluidas
12. Presentación
y forma de
liquidación
a presentar
por
farmacia
13. Gestiones
Farmacia
Precios unitarios y totales
Sello de la farmacia y firma del farmacéutico/a
Firma y aclaración de quien retira los medicamentos
Número de código de la farmacia (solicitarlo a la Mandataria)
Enmiendas: toda enmienda, raspadura o tachadura será salvado por el profesional actuante que
corresponda con sello y firma
Autorizaciones: Todos aquellos medicamentos que no figuran en el Vademécum Construir Salud
Vigencia Julio 2007 si están detallados en el Anexo III del PMOE. Antes de rechazar la dispensa
de un medicamento, ante la duda consultar con la Auditoría de la Mandataria

Eritropoyetina

Drogas inherentes a la hemodiálisis: vitaminas, antihipertensivos,etc.

Drogas oncológicas y no oncológicas de uso en protocolos oncologicos-Ondacentron en vómitos agudos
inducidos por quimioterapia

Interferon-Copolimero

Interferon

Gestrinona, Danazol, Anovulatorios orales, y/o gestagenos

Teicoplanina

Factores estimulantes de colonias granulociticas.

Dnasa

Riluzole

Factor VIII y Antihemofilicos

Somatotrofina

Octreotide

Cerezyme

Medicación antiHIV,antiSIDA y para infecciones intercurrentes

Mestinon (piridostigmina)

Tobramicina aerosolizada

Medicación inherente a la discapacidad con cobertura 100% según PMO

Medicación inherente al transplantado con cobertura 100% según PMO

Medicación inherente para pacientes con cuidados paliativos con cobertura 100% según PMO

Inmunosupresores

Drogas para pacientes internados

Drogas catástrofe

Productos sin troquel Productos de venta libre

Productos de perfumería, cosmética y dermatocosmetica

Productos de uso exclusivo en internación

Accesorios (material descartable de curaciones, tiras reactivas, etc.)

Tratamientos para la disfunción sexual masculina con sindenafil, alprostadil, fentolamina

Productos dietéticos alimenticios

Productos que regulan el peso corporal (anorexigenos, adelgazantes, anabólicos)

Productos con ginseng o ginko biloba.

Reconstituyentes y nutrientes.

Leches maternizadas
La farmacia deberá confeccionar mensualmente una liquidación a presentar en SM LAFKEN SA, sito en la
calle Lima Nro. 355 Piso 7mo, Dpto. “H” CP 1073 de Ciudad de Buenos Aires. Podrán ser enviadas
personalmente a dicho domicilio o enviadas por correo, únicamente del 1º al 5 de cada mes.
Dicha liquidación deberá contener:
a- Cantidad de recetas según cobertura
b- Nombre y apellido de los afiliados atendidos
c- Número de credencial y DNI
d- Tickets correspondientes a cada compra y receta con respectivos troqueles o factura por el total a
cargo de la O.S. de acuerdo a cada plan.
Cualquier tipo de gestión, relacionada a la ejecución del presente contrato, se deberá gestionar en forma
directa con SM LAFKEN SA, habilitando a este fin las siguientes líneas telefónicas: (011) 51999546/49 (Int.25 y 26)
43
SALUD JUJUY
PLANES – COBERTURAS
1. SALUD JUJUY 50%: cubre el 50% del pvp de los productos incluidos en vademécum
PLATA
2. SALUD JUJUY 40%: cubre el 40% del pvp de los productos incluidos en vademécum
PLATA
3. SALUD JUJUY 60%: cubre el 60% del pvp de los productos incluidos en vademécum
PLATA y el 40% del pvp fuera del vademécum excepto exclusiones
4. SALUD JUJUY PMI: cubre el 100% del pvp de los productos incluidos en vademécum
PMI.
NORMAS DE ATENCION
Tipo de recetario: Oficial de Salud Jujuy
Firma y aclaración del profesional prescribiente: Si con sello y numero de matricula. Debe
figurar en el padrón de prestadores habilitado.
Validez de la receta: 10 (diez) días corridos de prescripción. La receta debe ser prescripta
dentro de los 30 días corridos desde la fecha de emisión.
Troquelado: si con código de barras en perfecto estado de conservación.
Prescripción: por nombre genérico según ley 25.649 pudiendo el médico sugerir o no, la
marca comercial.
Cantidad de unidades: si en números y en letras
Enmiendas salvadas: si, con firma y sello
 por el profesional prescribiente (errores en la prescripción)
 por el farmacéutico y el afiliado (errores en la dispensa)
Productos por receta: 2 (dos)
Unidades por tamaño: dos chicos o uno chico y uno grande o mediano.
Si el profesional indica: "grande": el siguiente al menor
Fecha de prescripción, nombre, apellido y n° de afiliado si de puño y letra del profesional
prescribiente.
Ver padrón de afiliados único para todos los planes.
Diagnostico: si
obligatorio Cie 10
Datos a completar por la farmacia:
 fecha de venta
 importes unitarios
 importe total
 % a cargo del af.



% a cargo de la obra social
sello de la farmacia y firma del farmacéutico responsable
firma, aclaración, domicilio y documento del afiliado o 3° interviniente obligatorio
Reconocimiento de medicamentos
Vendas de yeso
Placas radiográficas
Descartables (perfus y similares)
Soluciones parenterales
Venta libre
no
no
no
no
no
Antibióticos inyectables
 monodosis: hasta 5 (cinco) ampollas
 multidosis: hasta 1 (uno)
Adjuntar ticket o copia de comprobante de venta.
Se acepta la prescripción por nombre genérico con nombre comercial sugerido o con el
nombre genérico solamente respetando siempre las marcas comerciales del vademécum
vigente. La farmacia puede sustituir y dispensar una marca comercial de menor valor
siempre y cuando la marca de la monodroga prescripta a sustituir figure en el vademécum.
Facturación: quincenal
Con vademecum
Con padrón de prestadores habilitados
Con padrón de afiliados habilitados unificado
Con padrón de médicos prescriptores habilitados
Presentación y forma de liquidación a presentar por farmacia
La farmacia deberá confeccionar quincenalmente una liquidación a presentar en Salud Jujuy
a través del Colegio Farmacéutico, o podrán ser enviadas personalmente a dicho domicilio o
enviadas por correo, 72 hs posteriores al cierre de la quincena correspondiente para
aquellas farmacias que no pertenecen a la red del colegio.
Dicha liquidación deberá contener carátula por plan con los siguientes datos:
acantidad de recetas según cobertura
btotal facturado según cobertura
cimporte a cobrar según cobertura
dcomprobante fiscal correspondientes de cada operación en cada receta y con los
respectivos troqueles en perfecto estado de conservación
enombre y código de la farmacia (se recomienda código pami o código interno en
caso de no poseer el 1° mencionado)
Nota no se aceptan recetas cuya presentación supere 2 ( dos ) periodos inmediatamente
posteriores al correspondiente.
44
OSFE
Red de farmacias: Nacional, según distribución geográfica de los afiliados.
Descuentos: (Válidos sólo para pacientes ambulatorios)
40%
Ambulatorio
Plan Materno Infantil
100%
Los descuentos mencionados se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el VADEMÉCUM que se
adjunta.
Cuando se prescribe una marca no incluida en el vademécum la farmacia debe sustituirla por otra que figure en el mismo (que contenga
el mismo principio activo, concentración y forma farmacéutica).
Cuando se prescrib
e por principio activo la farmacia debe expender la marca que figura en el vademécum (que contenga el principio activo, concentración y
forma farmacéutica indicados).
Si hubiere una marca sugerida por el profesional, la farmacia debe expender la misma, en caso de no haber sugerencia
alguna ofrecerá al beneficiario todas las alternativas disponibles para ese principio activo y presentación.
Habilitación del beneficiario:
Credencial (según muestra)
Documento de Identidad (DNI, LC, LE)
Recetario:
Tipo de recetario:
 De todo tipo (Particular o de Instituciones);
 Nombre y apellido del paciente;
 Número de afiliado tal como figura en la credencial
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letras; se
debe recetar por monodroga.
 Firma y sello con número de matrícula y aclaración;
 Fecha de prescripción
Las correcciones y enmiendas a la receta deberán estar salvadas por el profesional médico con su sello y firma.
Datos que deben figurar de puño y letra del
profesional, y con la misma tinta:
Validez de la receta:
 Para la Venta: El día de la prescripción y los 15 días siguientes.
 Para la Presentación: 60 días a partir de la fecha de venta.
Topes de cobertura:
Límites de cantidades:
Renglones por receta:
Hasta 2 (dos) Los 2 productos deben ser diferentes
Envases por renglón:
Hasta 1 (uno)
Envase por tamaño:
Hasta 1 grande por receta
Antibióticos Inyectables:
Psicofármacos:
Otras especificaciones:
Presentación
Envase de 1 (una) ampolla o frasco
ampolla.
Entregar
Hasta 5 (cinco) por receta. Se considera
tamaño grande a los efectos del límite de
envases por receta
Envases de más de 1 (una) ampolla Hasta 2 (dos) por receta. Se considera
o frasco ampolla.
tamaño chico a los efectos del límite de
envases por receta
 El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que
correspondan según normas legales en vigencia.



Cuando el médico:
No especifica cantidades
Sólo indica la palabra “grande”
Equivoca la cantidad y/o contenido



Debe entregarse:
El envase de menor contenido.
La presentación siguiente a la menor.
El tamaño inmediato inferior al indicado.
Medicamentos Faltantes:
Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos
dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez
que haya transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta.
Datos a completar por la farmacia:
Código de farmacia
Fecha de venta;
Sigla “S/T”, si correspondiera.
Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales)
Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico;
Firma y aclaración de quien retira los medicamentos;
Ticket de venta, copia o factura manual;
Las correcciones y enmiendas sobre datos de filiación del paciente deberán ser salvadas por el farmacéutico con su sello y firma.
De existir alguna enmienda hecha por la farmacia en los importes de la receta, ésta deberá estar salvada con la firma del afiliado y consignar la
aclaración del error cometido, al dorso de la receta.
Los cambios evidentes en la tinta o letra que detalla los importes a cargo de Obra Social y/o del afiliado, así como la fecha de venta y las
enmiendas en el número de orden, deberán estar salvados convenientemente por el farmacéutico.
Recomendaciones Especiales:
Colocar en la receta el número de orden correspondiente;
Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de la prescripción.
 Incluyendo el código de barras, si lo hubiera.
 Adheridos con cinta adhesiva ó goma de pegar (no utilizar abrochadora,
debido a que dificultan la lectura del código de barras).
Forma de Validación
LA VALIDACION NO ES OBLIGATORIA, PERO ES RECOMENDABLE. SI NO DISPONE DE USUARIO Y CONTRASEÑA
SOLICITARLO.
Con la receta a validad en mano, ingresar los datos solicitados.
Ingresar a la página Web de Farmanexus. (www.farmanexus.com.ar/gvr), donde al ingresar su usuario y contraseña encontrara la
opción de menú: Validación Recetas Ambulatorias
.Anotar en la receta el código de validación emitido por el sistema.
De no contar con conexión Internet llamar al 0810-345-3276 (FARMA),o 5031-3700 (Cap Fed y Gran Buenos Aires) con la receta en la
mano e informar a la operadora los datos de la misma.
Anotar en la receta el código de validación informado por la operadora de nuestro de Centro de Atención al Usuario.
Forma de Reintegro
SEGÚN INFORME EL COLEGIO
Remisión de Recetas - Causas de Debito:
Las recetas deberán ser remitidas AL COLEGIO DE FARMACEUTICOS SEGÚN FECHAS ESTABLECIDAS POR EL COLEGIO. LAS
RECETAS SERAN PRESENTADAS A FARMANEXUS DEL 1 AL 7 DE CADA MES.
Las mismas deberán venir separadas según banda de cobertura 40% - PMI (100%) por cada plan deberán colocar la carátula de
presentación (ver modelo adjunta).
La falta de remisión de las recetas completas según las indicaciones descriptas precedentemente en estas normas, serán causa
suficiente para que Farmanexus produzca el ajuste correspondiente.
IMPORTANTE:

VACUNAS: SOLO LAS INCLUIDAS EN VADEMECUM. NO HABRA EXCEPCIONES PARA LAS MISMAS.

LECHES: PLAN MATERNO INFANTIL
MATERNIZADA: 2KGS por mes del 4º al 6º mes
MEDICAMENTOSA: 2KGS por mes con autorización de auditoria medica de FARMANEXUS.
45
OSPEDYC
Vigente a partir del 1º de Diciembre de 2013.
Las marcas “@” identifican los puntos disponibles para procesar en el momento de la venta a través del sistema de validación
ingresando en www.validacionescsf.com.ar o bien mediante los sistemas de facturación integrados.
En todas las recetas procesadas electrónicamente, la Liquidación de Recetas y CIERRE DE LOTES debe efectuarse
obligatoriamente utilizando la herramienta que brinda dicho sistema para tal fin.
Aclaración:
El CIERRE DE LOTES electrónico SIEMPRE debe figurar en el RESUMEN DE FACTURACIÓN general (planilla provista por
COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia (ver punto 16).
Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE:
- presentación ELECTRÓNICA de OSPEDYC (“Plan MIXTO VALIDACIÓN”)
- presentación MANUAL de OSPEDYC (“Plan MIXTO MANUAL”)
Descuentos: (Válidos sólo para pacientes ambulatorios)
40% ó 50% (*)
General:
@
100%
Plan Materno Infantil:
(*) En caso de registrarse diferencias entre las coberturas indicadas en el recetario y el padrón, su Farmacia
siempre debe regirse por la información detallada en este último.
Habilitación del beneficiario:
Credencial (según muestra).
Archivo de Beneficiarios:
 Habilitación del Beneficiario según validación ON LINE (ver punto 18).
Los beneficiarios no habilitados según validación on-line pero que presenten la Constancia de Afiliación (según muestra punto 17)
deberán ser atendidos normalmente, verificando la fecha de vencimiento al momento del expendio (validez 30 días). Se debe
adjuntar copia de la misma a la receta para su presentación en COMPAÑÍA.
Cabe aclarar que dicha constancia es válida tanto para el titular como para los integrantes del grupo familiar allí detallados.
Documento de Identidad (DNI, LC, LE)
No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que presente
la documentación indicada.
Recetario:
 Oficial de OSPEDYC o UTEDYC.
Tipo de recetario:
Atención: Sólo son válidos los modelos de recetarios incluidos en el punto
16. No se aceptarán prescripciones efectuadas en otros modelos de recetario
aún cuando estén autorizados por la Delegación Regional de OSPEDYC.
@
Datos que deben figurar de puño y letra del
profesional, y con la misma tinta:
 Nombre y apellido del paciente;
 Número de afiliado (*);
 Diagnóstico (codificado o en letras) en recetarios que cuenten con el
casillero para tal fin. NO es obligatorio en modelos que no cuenten con dicho
casillero);
 Medicamentos recetados y cantidad de cada uno en números y letras;
 Firma y sello con número de matrícula y aclaración;
 Fecha de prescripción
(*) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se encuentre
incompleto, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta, indicando
junto al número consignado por el médico la frase “ver al dorso”. El beneficiario
debe firmar nuevamente como prueba de conformidad.
Validez de la receta:
@
El día de la prescripción y los 30 días siguientes.
Topes de cobertura:
Límites de cantidades:
Renglones por receta:
Hasta 2 (dos). Los 2 productos deben ser diferentes
(NO PODRÁN entregarse 2 (dos) productos de igual nombre comercial,
forma, dosis y contenido).
Envases por renglón:
Hasta 1 (uno)
Envase por tamaño:
Hasta 1 grande por receta*
*salvo que cuente con autorización previa de OSPEDYC (Ver punto 8)
@
@
No rigen límites de cantidades diferentes a los mencionados aún cuando la receta indique la
leyenda “Tratamiento Prolongado”.
Tratamiento Prolongado:
Antibióticos Inyectables:
Presentación
Envase de 1 (una) ampolla o frasco
ampolla.
Entregar
Hasta 5 (cinco) por receta. Se considera
tamaño grande a los efectos del límite de
envases por receta
Envases de más de 1 (una) ampolla o
frasco ampolla.
Hasta 2 (dos) por receta. Se considera
tamaño chico a los efectos del límite de
envases por receta
 El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que
correspondan según normas legales en vigencia.
Psicofármacos:
Otras especificaciones:
Cuando el médico:
 No especifica cantidades
Debe entregarse:
 El envase de menor contenido.
 Sólo indica la palabra “grande”
 La presentación siguiente a la menor.
 Equivoca la cantidad y/o contenido
 El tamaño inmediato inferior al indicado.
Plan Materno Infantil:
Estas recetas NO SE PROCESAN electrónicamente
 Oficial de la entidad con la leyenda “Plan Materno Infantil” o “PMI” indicada
mediante puño y letra del profesional prescriptor.
Recetario:
Productos Cubiertos:
 Medicamentos: Los incluidos en el Vademécum,
pertenecientes al PMI. NO requiere Autorización Previa.
identificados
 Leches: Según vademécum, únicamente con Autorización Previa.
Límites de cantidades:
 Similar al resto de los planes
ATENCIÓN:
La cobertura del Plan Materno Infantil NO REQUIERE AUTORIZACIÓN PREVIA DE OSPEDYC
CON EXCEPCIÓN DE LAS LECHES.
Productos Cubiertos:
como
@
Los descuentos mencionados en el punto 1 se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el VADEMÉCUM
vigente que se valida electrónicamente.
Dicho vademécum identifica en la columna “Observaciones” las siguientes Coberturas:
 Cobertura General: 40% de descuento.
 Cobertura según Resolución M.S.310/04: 40% de descuento en su farmacia. En caso de que el afiliado requiera la cobertura
establecida en la resolución mencionada, debe derivarse a la Obra Social para su empadronamiento.
@
 Cobertura Plan Materno Infantil: 100% de descuento con autorización o sin autorización según corresponda.
Autorizaciones Especiales:
Estas recetas NO SE PROCESAN electrónicamente
Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos, pertenecientes al Plan Materno Infantil (ver punto 6) o por
límites de cantidades, cuando se hallen autorizadas mediante firma y sello por cualquiera de las siguientes personas:











DR. DANIEL MEZZANOTTE (EXCLUSIVAMENTE CIUDAD DE MAR DEL PLATA)
DR. RAFAEL PEREDA (EXCLUSIVAMENTE LA PLATA Y GRAN LA PLATA)
DR. SILVIO COISSON (EXCLUSIVAMENTE PROVINCIA DE CÓRDOBA)
DRA. LILIANA BUSTOS (EXCLUSIVAMENTE PROVINCIA DE ENTRE RIOS)
DR. VÍCTOR GARCÍA PÉREZ
DRA. ADRIANA RUSSO
DRA. LILIANA MORANDO
DRA. MARIELA TORRES
DRA. PATRICIA G IMÉNEZ
DRA. SILVIA LAURIA
DRA. SOLANGE BAYNAUD
Por lo tanto NO son válidas las autorizaciones especiales efectuadas por personas diferentes a las indicadas.
Medicamentos Faltantes:
Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro
de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya
transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta.
Datos a completar por la farmacia:
NÚMERO DE TRANSACCIÓN ON LINE. Debe indicarse en el encabezado de la receta “TR: XXXX”, o bien puede imprimirse el
comprobante que emite el sistema.
Código de farmacia
Fecha de venta;
Si la presentación no contiene numero de troquel, adjuntar código de barras del mismo;
Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales)
Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico;
Firma y aclaración de quien retira los medicamentos;
Ticket de venta, copia o factura manual;
Recomendaciones Especiales:
Colocar en la receta el número de orden correspondiente;
Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de la prescripción.
 Incluyendo el código de barras, si lo hubiera.
 Se sugiere adherirlos con goma de pegar (sin utilizar abrochadora o cinta
adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras).
Cierre Electrónico de Lotes:
@
MUY IMPORTANTE: Todas las RECETAS PROCESADAS ELECTRÓNICAMENTE deben liquidarse OBLIGATORIAMENTE
mediante la herramienta CIERRE DE LOTES que provee para ello el sistema de validación. Caso contrario, es motivo de
rechazo de las mismas. Utilice dicha herramienta teniendo en cuenta las indicaciones del Instructivo General del sistema.
Asimismo es imprescindible IMPRIMIR el Cierre de Lotes a fin de identificar correctamente la liquidación electrónica en el
Resumen de Facturación general (ver punto 13). No deben efectuarse modificaciones manuales (tachaduras ni enmiendas) sobre
el Cierre de Lotes que emite el sistema.
Aclaración: la IMPRESIÓN PREVIA del Cierre de Lote NO es válida para la presentación de recetas:
@
Atención: Las recetas no procesadas electrónicamente (por ejemplo, Autorizaciones Especiales) deben liquidarse a
través de la modalidad tradicional de planillas de Compañía (ver punto 13).
Presentación de Recetas no procesadas electrónicamente:
Todas las recetas de OSPEDYC no procesadas electrónicamente deben presentarse bajo un único plan “MIXTO”. Es decir sin
separarlas por porcentaje de descuento.
El porcentaje de descuento aplicado a cada medicamento debe figurar en el ticket de venta o bien agregado junto a la
prescripción en forma manuscrita.
En los resúmenes de liquidación y facturaciones se deben volcar los importes correspondientes identificando el plan como
“MIXTO”.
El Cierre electrónico de Lotes SIEMPRE debe indicarse en el Resumen de Facturación general (planilla provista por COMPAÑÍA), que
presenta su Farmacia, diferenciado del resto de las recetas sin validación on line.
Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE:
- presentación ELECTRÓNICA de OSPEDYC (“Plan MIXTO VALIDACIÓN”)
- presentación MANUAL de OSPEDYC (“Plan MIXTO MANUAL”)
Atención de Consultas:
Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de
COMPAÑÍA al (011) 4136-9090 – Fax: (011) 4136-9001- E-mail: [email protected], de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas.
Ante dificultades o consultas exclusivamente técnicas fuera de nuestro horario de atención, les solicitamos que envíe un correo
electrónico a [email protected] indicando en el titulo la palabra “Problema“ más el código de su Farmacia.
Muestra de Credencial:
Frente
Muestras de recetarios:
Dorso
@
Muestra de Constancia de Afiliación:
Cabe aclarar que dicha constancia es válida tanto para el titular como para los integrantes del grupo familiar allí
detallados.
Manual de Uso – Archivo de Beneficiarios:
Detallamos a continuación la información contenida en el Archivo de Beneficiarios Habilitados que se valida electrónicamente:
Columna
NÚMERO DE BENEFICIARIO
PORCENTAJE
Cantidad de caracteres
10 de 10
2 de 2
Los datos antes mencionados se presentan separados por espacios en blanco, como en el siguiente ejemplo:
0095975100 40
0097849600 40
0023882200 50
0039025900 50
0040297900 50
46
O.SOCIAL DEL PAPEL
PLAN
General
Plan Materno Infantil
Res. 310 y Coberturas
Especiales
COBERTURA
VADEMECUM
50%
SI
100%
SI
Indicado en la Autorización de A.P.P.I.
HABILITACIÓN DEL BENEFICIARIO






DOCUMENTO DE IDENTIDAD: SI
Credencial Definitiva o Provisoria.
Recibo de sueldo del mes en curso o de alguno de los dos últimos meses.
Constancia de afiliación (para el caso de nuevos beneficiarios).
No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su
nombre cualquier otra persona que presente la documentación indicada.
TIPO DE RECETARIO
 Para Plan General: Receta Oficial (Según Modelo), Particular o de Institución.
 Para Plan Materno Infantil: Oficial (Según Modelo), Particular o de Institución.
 DEBEN FIGURAR LOS SIGUIENTES DATOS DE PUÑO Y LETRA DEL PROFESIONAL Y
CON LA MISMA TINTA:
 Denominación de la Obra Social, completa o sigla OSPPC y Q (en caso que el
recetario no sea el oficial)
 Nombre y Apellido del paciente.
 Número de Afiliado.
 Medicamento/s prescripto/s y cantidad de cada uno.
 Firma y sello con número de matrícula del profesional y especialidad.
 Fecha de prescripción.
 Diagnostico.
LA AUSENCIA DE CUALQUIERA DE LOS DATOS INDICADOS ANTERIORMENTE
ES MOTIVO DE DÉBITO.
 Toda corrección o enmienda deberá ser salvada por el médico con sello y firma.
VALIDEZ DE LA RECETA 30 DIAS CORRIDOS
LÍMITES DE CANTIDADES





POR RECETA: Hasta 2 (dos) envases.
POR RENGLÓN (Sin Tratamiento Prolongado): Hasta 1 (un) envase.
POR RENGLON (Con Tratamiento Prolongado): Hasta 2 (dos) envases.
ANTIBIÓTICOS INYECTABLES MONODOSIS: Hasta 5 (cinco) envases.
ANTIBIOTICOS INYECTABLES MULTIDOSIS: El menor número hasta completar cinco
ampollas. Por ejemplo si el producto se presenta en envases de dos ampollas, pueden
dispensarse 3 envases = 6 ampollas.
OTRAS ESPECIFICACIONES
CUANDO EL MEDICO
 No especifica cantidades
 Solo indica la palabra “grande”
 Equivoca la cantidad y/o contenido
PSICOFÁRMACOS
DEBE ENTREGARSE
* El envase de menor contenido
* La presentación siguiente a la menor
* El tamaño inmediato inferior al indicado
 El profesional debe confeccionar además un segundo recetario según normas legales en
vigencia, el cual queda como duplicado en poder de la farmacia.
PLAN MATERNO INFANTIL: Recetario Oficial, particular o de Institución, el Plan da
cobertura a la Madre, desde el diagnostico hasta un año posterior al parto. Al niño/a hasta los tres años de
edad.
LECHES: Solo Medicamentosas y hasta el año de vida del lactante. (Las maternizadas sólo con Autorización
de A.P.P.I.)
AUTORIZACIONES ESPECIALES
IMPORTANTE
Las Autorizaciones correspondientes al Plan Materno Infantil, topes de cobertura, establecidos en la Res.
310/04 y demás excepciones a las normas, son válidas únicamente cuando las realice alguna de las siguientes
personas, mediante firma y sello en la receta, o bien via fax.
CLAUDIA TOMBAZZI
DANIEL RAFFIA
LUIS RIVERA
JORGE ROMERO
MARCELO VALLES
ROLANDO CONCAS
FABIO LOMBARDO
LUZ SUAREZ
MEDICAMENTOS FALTANTES:
Si por cualquier circunstancia en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el medico, la farmacia
debe obligarse a obtenerlos dentro de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer
tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya transcurrido dicho plazo.
DATOS A COMPLETAR POR LA FARMACIA:
 Troqueles, o Sigla S/T si correspondiera.
 Las recetas se presentaran sin valorizar, acompañadas por copia del ticket fiscal o comprobante del sistema
de facturación firmado por el afiliado.
 Sello de la farmacia y firma del farmacéutico.
 Firma y aclaración de quien retira los medicamentos.
RECOMENDACIONES ESPECIALES PARA LA FACTURACION:
 Las recetas deberán presentarse numeradas en forma correlativa.
 Adjuntar los troqueles de acuerdo al orden de prescripción, incluyendo el código de barras, adheridos con
goma de pegar (no utilizar abrochadora ni cinta adhesiva), los troqueles deberán encontrarse en perfecto
estado y sin signos de uso previo, desgaste del material o cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso
al troquel.
47
PREVENCION SALUD
Vigente a partir del 1º de Marzo de 2014.
Las marcas “@” identifican los puntos que deben procesarse OBLIGATORIAMENTE en el momento de la venta a través del sistema
de validación ingresando en www.validacionescsf.com.ar o bien mediante los sistemas de facturación integrados.
En todas las recetas procesadas electrónicamente, la Liquidación de Recetas y CIERRE DE LOTES debe efectuarse
OBLIGATORIAMENTE utilizando la herramienta que brinda dicho sistema para tal fin.
Aclaración:
El CIERRE DE LOTES electrónico es OBLIGATORIO. SIEMPRE debe figurar en el RESUMEN DE FACTURACIÓN general
(planilla provista por COMPAÑÍA), que presenta su Farmacia (ver punto 16).
Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE:
- presentación ELECTRÓNICA de PREVENCION SALUD (“Plan MIXTO VALIDACIÓN”)
- presentación MANUAL de PREVENCION SALUD (“Plan MIXTO MANUAL”)
Descuentos: (Válidos sólo para pacientes ambulatorios)
Planes:









BÁSICO
A Con Copago (ACC)
A1
A2
A3
A4
A5
A6
JOVEN
Personal Grupo SanCor Seguros:
Plan Materno Infantil:
Patologías Crónicas:
Anticonceptivos:
Autorizaciones Especiales:
40%, 50% ó 60%
Según Padrón de Beneficiarios
que se valida electrónicamente.
70%
(TODOS LOS PLANES - Ver punto 2.2)
100%
(ver punto 6)
70% ó 100%
(ver punto 7)
100%
(ver punto 8)
Descuento que indique la autorización
(ver punto 10)
Habilitación del beneficiario:
Credencial definitiva o provisoria (según muestras).
Aclaración: En la credencial del Plan Joven se indica el plan de origen del beneficiario (A1, A2, A3, etc.).
@
@
@
@
@
Habilitación del Beneficiario según validación ON LINE.
 Aclaración – Personal del Grupo SanCor Seguros: No poseen credencial especial. Presentarán la credencial habitual del
plan de origen (A2, A3, A4, JOVEN, etc), pero en el sistema de validación ON LINE figurarán habilitados con una
cobertura general de 70%.
@
Si tuviera Plan Materno Infantil o alguna Patología Crónica con cobertura superior al 70 %, prevalece la de mayor cobertura.

En caso de que el beneficiario no figure habilitado según validación on line pero presente la credencial provisoria (similar a
las definitivas pero en papel – ver muestra) deberá ser atendido normalmente, adjuntando una copia a la receta para la
presentación en COMPAÑÍA. Verificar fecha de vencimiento al momento del expendio.
Documento de Identidad (DNI, LC, LE)
No es preciso que concurra el beneficiario personalmente a la farmacia. Puede hacerlo en su nombre cualquier otra persona que
presente la documentación indicada.
Recetario:
 De todo tipo (Particular o de Instituciones);
Tipo de recetario:
NO se aceptan recetarios sin membrete (por ejemplo: recetarios en blanco,
de publicidad de medicamentos, etc.).
-
Datos que deben figurar de puño y letra del
profesional, y con la misma tinta:
Exclusivamente Bahía Blanca:
Son válidos los recetarios sin membrete.
 Denominación de la entidad (en caso de que el recetario no sea el oficial de la
entidad) (*);
 Nombre y apellido del paciente;
 Número de afiliado (*)
 Medicamentos recetados por principio activo, indicando una marca
sugerida incluida en el Vademécum. Se rechazarán recetas que no
presenten Principio Activo. (**)
 Cantidad de cada medicamento;
 Firma y sello con número de matrícula y aclaración;
 Fecha de prescripción;
(*) Cuando en una receta el número de beneficiario sea poco legible o se
encuentre incompleto y/o la denominación de la entidad haya sido omitida por el
profesional, la farmacia debe repetirlo al dorso, en forma clara y correcta,
indicando junto al número consignado por el médico la frase “ver al dorso”. El
beneficiario debe firmar nuevamente como prueba de conformidad.
Las correcciones y/o enmiendas relativas a la prescripción médica deberán estar
salvadas por profesional con firma y sello.
(**) Cabe recordar que si el profesional indica una marca sugerida excluida del
Vademécum, la farmacia debe efectuar el reemplazo correspondiente,
respetando principio activo, concentración y forma farmacéutica.
Validez de la receta:
@
El día de la prescripción y los 30 días siguientes.
Topes de cobertura:
Sin Tratamiento Prolongado
Con Tratamiento Prolongado (5.2.)
Renglones por receta:
Hasta 3 (tres) de distinto nombre comercial
y genérico
Hasta 3 (tres) de distinto nombre comercial
y genérico
Envases por renglón:
Hasta 1 (uno)
Hasta 2 (dos)
Límites de cantidades:
Envase por tamaño:
En todos los casos se aceptan hasta 2 (dos) envases grandes POR RECETA. Los
restantes envases deben ser chicos o tamaño siguiente al menor.
Los envases de tamaño único son considerados chicos.
@
@
Tratamiento Prolongado:
Antibióticos Inyectables:
Psicofármacos:
Otras especificaciones:
Cuando el médico coloca de su puño y letra la frase “Tratamiento Prolongado”, su
equivalente o abreviaturas, pueden expenderse las cantidades indicadas en la columna
“Con Tratamiento Prolongado”. Debe indicarse además el tamaño y/o contenido de cada
uno por lo que, de omitirse este requisito, sólo se entregará un envase del menor tamaño
y/o contenido existente.
En estos casos debe indicarse en el sistema de Validación On Line que la receta
corresponde a Tratamiento Prolongado.
Presentación
Entregar
Envase de 1 (una) ampolla o frasco Hasta 5 (cinco)
ampolla.
Envases de más de 1 (una) ampolla o El menor número posible de envases
frasco ampolla.
hasta completar 5 (cinco) ampollas. Por
ejemplo: si el producto se presenta en
envases de 2 ampollas, pueden
expenderse 3 (tres) envases = 6 (seis)
ampollas.
@
@
 El profesional debe confeccionar además los duplicados, o los recetarios que
correspondan según normas legales en vigencia.
Cuando el médico:
 No especifica cantidades
 Sólo indica la palabra “grande”
 Equivoca la cantidad y/o contenido
Debe entregarse:
 El envase de menor contenido.
 La presentación siguiente a la menor.
 El tamaño inmediato inferior al indicado.
Plan Materno Infantil:
Habilitación del Beneficiario con cobertura PMI según validación on line.
Recetario:
Productos Cubiertos:
Límites de cantidades:
@
 Igual al resto de los planes. No requiere previa autorización.
 Medicamentos:
- Según validación on line.
Cabe destacar que la cobertura PMI distingue productos para MADRE o NIÑO.
 Leches:
- Medicamentosas: Requiere previa autorización (ver punto 10).
- Maternizadas: Sin cobertura.
 Medicamentos: Igual al resto de los planes.
 Leches: Hasta 4 kg. por receta por mes.
@
@
Patologías Crónicas:
Habilitación del Beneficiario con cobertura Crónicos según validación on line.
Recetario:
@
 Igual al resto de los planes. No requiere previa autorización.
 70% ó 100% según lo que indique el sistema de validación on line.
ATENCIÓN:
- La cobertura de 70% ó 100% (según Vademécum) se aplica únicamente
para los principios activos habilitados para cada asociado en el
sistema de validación on line.
Productos Cubiertos y descuento a aplicar:
-
Los productos para Patologías Crónicas incluidos en el Vademécum
pueden ser expendidos al descuento general del beneficiario cuando
no figure habilitado para dicho asociado en el sistema de validación on
line.
-
Límites de cantidades:
En el caso de pacientes que cuentan con 70% para la cobertura general
(Personal Grupo SanCor Seguros), no es necesaria la habilitación para
Patologías Crónicas en el sistema de validación on line para acceder a
dicho descuento.
 Igual al resto de los planes.
@
@
Anticonceptivos:
Habilitación del Beneficiario con cobertura Anticonceptivos según validación on line.
Recetario:
 Igual al resto de los planes. No requiere previa autorización.
@
 100% según lo que indique el sistema de validación on line.
ATENCIÓN:
- Los anticonceptivos incluidos en el Vademécum pueden ser
expendidos al descuento general del beneficiario cuando éste no se
encuentre habilitado para dicha cobertura en el sistema de validación on
line.
Productos Cubiertos:
@
 Igual al resto de los planes.
@
Los descuentos mencionados en el punto 1 se aplicarán únicamente sobre las especialidades medicinales comprendidas en el
VADEMÉCUM vigente, cuyos productos deben validarse electrónicamente.
@
Límites de cantidades:
Productos Cubiertos:
Autorizaciones Especiales:
Estas recetas NO SE PROCESAN electrónicamente.
Sólo podrán expenderse recetas que NO cumplan con todos los requisitos y/o Vacunas fuera del Calendario Oficial cuando se hallen
autorizadas por la Entidad mediante Formulario de Autorización en ORIGINAL (según muestra):
Cabe destacar que dicho formulario debe contar OBLIGATORIAMENTE con firma y sello en ORIGINAL de alguna de las siguientes personas:



DR. MATÍAS BUFFA
DRA. JULIETA SOLEDAD CARDELLINO
DRA. EVANGELINA INÉS PATOCO
ATENCIÓN:
 Son válidos UNICAMENTE formularios originales. NO SON VALIDAS las fotocopias, ni faxes ni ningún tipo de
reproducción de este formulario.
 No es necesario que la autorización exprese aclaraciones adicionales (por ejemplo: "vale producto no cubierto", o "vale
enmienda").
 El Formulario de Autorización siempre debe estar acompañada por la prescripción original correspondiente.
Medicamentos Faltantes:
Si por cualquier circunstancia, en la farmacia falta el o los medicamentos indicados por el médico, la farmacia debe obligarse a obtenerlos dentro
de las 24 horas de haber sido requeridos por el afiliado, quien debe conocer tal obligación a efectos de concurrir a adquirirlos una vez que haya
transcurrido dicho plazo. En ese caso la farmacia no debe retener la receta.
Datos a completar por la farmacia:
NÚMERO DE TRANSACCIÓN ON LINE. Debe indicarse en el encabezado de la receta “TR: XXXX”, o bien puede imprimirse el
comprobante que emite el sistema.
@
Fecha de venta;
Si la presentación no contiene numero de troquel, adjuntar código de barras del mismo.
Importes (unitarios, a cargo del beneficiario, a cargo de la entidad, totales)
La farmacia deberá adjuntar cualquiera de los comprobantes de venta detallados:
 Ticket fiscal propiamente dicho.
 Documento no fiscal HOMOLOGADO
 Duplicado o triplicado del ticket fiscal (idéntico al original pero con una leyenda de fondo “NO FISCAL”).
 Facturas A, B o C.
Sello de la Farmacia y firma del Farmacéutico;
Firma y aclaración de quien retira los medicamentos;
Recomendaciones Especiales:
Colocar en la receta el número de orden correspondiente;
Adjuntar los troqueles del siguiente modo:
 De acuerdo al orden de la prescripción.
 Incluyendo el código de barras, si lo hubiera.
 Se sugiere adherirlos con goma de pegar (sin utilizar abrochadora o cinta
adhesiva, debido a que dificultan la lectura del código de barras).
Los troqueles deberán ajustarse a lo siguiente:
 Encontrarse en perfecto estado y sin signos de uso previo (perforaciones,
evidencias o marcas de sustancias adhesivas).
 Sin signos de desgaste del material en todo o parte del troquel.
 Sin impresiones mediante sellos de cualquier tipo de leyendas legibles o no.
 Sin diferencias en tamaño, grosor y/o color del troquel para un mismo
producto, presentación y lote.
 No deberán presentar cualquier otro signo que otorgue carácter dudoso al
troquel.
Las recetas deben presentarse numeradas en forma correlativa.
Atención de Consultas:
Sobre otros aspectos referidos a las normas de atención, comuníquese con el Departamento de Atención al Cliente de
COMPAÑÍA al (011) 4136-9090 – Fax: (011) 4136-9001. E-mail: [email protected], de Lunes a Viernes, de 8:30 a 18:30 horas.
Ante dificultades o consultas exclusivamente técnicas fuera de nuestro horario de atención, les solicitamos que envíe un correo
electrónico a [email protected] indicando en el titulo la palabra “Problema” más el código de su Farmacia.
@
Cierre electrónico de lotes:
MUY IMPORTANTE: Todas las RECETAS PROCESADAS ELECTRÓNICAMENTE deben liquidarse
OBLIGATORIAMENTE mediante la herramienta CIERRE DE LOTES que provee para ello el sistema de
validación. Caso contrario, es motivo de rechazo de las mismas. Utilice dicha herramienta teniendo en cuenta las
indicaciones del Instructivo General del sistema.
Asimismo es imprescindible IMPRIMIR el Cierre de Lotes a fin de identificar correctamente la liquidación
electrónica en el Resumen de Facturación general (ver punto 16). No deben efectuarse modificaciones manuales
(tachaduras ni enmiendas) sobre el Cierre de Lotes que emite el sistema.
Aclaración: la IMPRESIÓN PREVIA del Cierre de Lote NO es válida para la presentación de recetas:
@
Las recetas no procesadas electrónicamente (por ejemplo, Autorizaciones Especiales) deben liquidarse a través de la
modalidad tradicional de planillas de Compañía (ver punto 16).
Presentación de Recetas no procesadas electrónicamente:
Todas las recetas de PREVENCIÓN SALUD no procesadas electrónicamente deben presentarse bajo un único plan “MIXTO”. Es
decir sin separarlas por porcentaje de descuento.
El porcentaje de descuento aplicado a cada medicamento debe figurar en el ticket de venta o bien
agregado junto a la prescripción en forma manuscrita.
En los resúmenes de liquidación y facturaciones se deben volcar los importes correspondientes
identificando el plan como “MIXTO”.
El Cierre electrónico de Lotes SIEMPRE debe indicarse en el Resumen de Facturación general (planilla provista por COMPAÑÍA), que
presenta su Farmacia, diferenciado del resto de las recetas sin validación on line.
Por lo tanto, en un mismo Resumen de Facturación debe figurar INDISPENSABLEMENTE:
- presentación ELECTRÓNICA de PREVENCIÓN SALUD (“Plan MIXTO VALIDACIÓN”)
- presentación MANUAL de PREVENCIÓN SALUD (“Plan MIXTO MANUAL”)
Atención Colegios, Cámaras y/o agrupaciones farmacéuticas:
En el Resumen de Presentaciones por Farmacia debe indicarse por separado las recetas procesadas ON LINE y las que no
lo están.
Muestra de Credenciales:
Planes A Con Copago, A1, A2, A3 y A4
Nombre del plan
correspondiente
Planes A5, A6 y Plan Joven
Nombre del plan
correspondiente
Credencial Provisoria
Nombre del plan
correspondiente
Plan Materno Infantil

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