protección internacional de los derechos humanos y diversidad

Transcripción

protección internacional de los derechos humanos y diversidad
PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS
HUMANOS Y DIVERSIDAD AFECTIVO-SEXUAL
Prof. Dr.Víctor Luis Gutiérrez Castillo
Universidad de Jaén
[email protected]
ORIENTACIÓN SEXUAL
SEXO BIOLÓGICO
IDENTIDAD DE GÉNERO
PAPEL DE GÉNERO
DERECHOS DE LGTB
Cuando hablamos de Derechos
LGTB nos referimos a la necesidad
de encontrar un reconocimiento
legal y social a la dignidad
individual y colectiva, a la
imprescindible eliminación de
legislaciones restrictivas de
derechos.
Esto incluye un catálogo de
reivindicaciones (legislativas,
implementación de políticas
sociales…) que en algunos países
es más largo que en otros y en unos
casos con mayor urgencia que en
otros”
ARTÍCULO 2 de la
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE
LOS DERECHOS HUMANOS:
“Toda persona tiene los derechos
y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción
alguna de raza, color, sexo,
idioma, religión, opinión política
o de cualquier otra índole, origen
nacional o social, posición
económica, nacimiento o
cualquier otra condición”
Homofobia de Estado: estado de la cuestión
PENA DE MUERTE
CADENA PERPETUA
PENAS DE PRISIÓN
IGUALDAD PLENA
HOMOFOBIA DE ESTADO
Albania, Burkina Faso, Chad, Comores, Costa de Marfil, Egipto*,
Gabón, Malí, Azerbaiyán, Irak, Jordania, Kazajstán, Kirguiztan.
PENA
DE
MUERTE
CADENA
PERPETUA
PENAS
PRIVATIVAS
LIBERTAD
DESTIERRO
Irán, Arabia Saudita
Emiratos Árabes Unidos, Yemen
Mauritania, Sudán, Nigeria.
Sierra Leona, Sudán,
Uganda, Bangladesh,
Guayana
Argelia, Benin, Camerún, Yibuti, Gambia, Guinea, Libia,
Marruecos, Senegal, Somalia, Togo, Túnez, Malasia,
Omán, Pakistán, Qatar, Siria, Turkmenistán, Uzbekistán,
Bahrein, Brunei, Indonesia, Kuwait, Líbano.
Mozambique, Maldivas, Guinea-Bissau,
HOMOFOBIA DE ESTADO: ORIENTE MEDIO Y ASIA
ESTADO
SANCIÓN
HOMOSE
LESBIAN
AFGANISTÁN
PENA DE MUERTE
Ilegal
Ilegal
Legal
Legal
AZERBAYAN
En Indonesia
solo es aplicable
en las regiones
que han establecido
a la Sharia y
a la población
musulmana
BAHREIN
HASTA 10 AÑOS
Ilegal
Legal
BANGLADESH
CADENA PERPETUA
Ilegal
Legal
BRUNEI
HASTA 10 AÑOS
Ilegal
Legal
INDONESIA
PRISIÓN /MULTAS*
Legal*
Legal*
IRÁN
PENA DE MUERTE
Ilegal
Ilegal
IRAK
Legal
Legal
JORDANIA
Legal
Legal
KAZAJISTÁN
Legal
Legal
KIRGUISTÁN
Legal
Legal
KUWAIT
HASTA 10 AÑOS
Ilegal
Legal
LIBANO
1 AÑO/ 1 MILLÓN DE
LIBRAS
Ilegal
Ilegal
HOMOFOBIA DE ESTADO: AFRICA
ESTADO
SANCIÓN
HOMOSE
LESBIAN.
ARGELIA
3 AÑOS PRISIÓN
Ilegal
Ilegal
BENIN
3 AÑOS PRISIÓN
Ilegal
Ilegal
Legal
Legal
Ilegal
Ilegal
CHAD
Legal
Legal
COMORES
Legal
Legal
COSTA DE MARFIL
Legal
Legal
EGIPTO*
Legal*
Legal*
GABÓN
Legal
Legal
BURKINA FASO
CAMERÚN
5 AÑOS PRISIÓN
GAMBIA
14 AÑOS PRISIÓN
Ilegal
Ilegal
GUINEA
10 AÑOS PRISIÓN
Ilegal
Ilegal
GUINEA-BISSAU
CAMPOS DE TRAB.
Ilegal
Ilegal
YIBUTI
¿? PRISIÓN
Ilegal
Ilegal
En algunos países
Se supone que la
sexualidad femenina no
precisa regulación.
La sexualidad de la
mujer se encuentra en
estos casos controlada y
circunscrita a la
“esfera privada”:
el hogar y la familia
ESTADOS AMERICANOS
ESTADO
SANCIÓN
HOMOSE
LESBIANIS
GUAYANA
CADENA
PERPEPETUA
ILEGAL
ILEGAL
SEXISMO Y
HETEROSEXISMO
FORMAS DE PODER
Homofobia es “la
consecuencia psicológica
de una representación
social que, otorgando a la
heterosexualidad el
monopolio de la
normalidad, fomenta el
desprecio hacia aquellos y
aquellas que se apartan de
ese modelo”
(Daniel Borrillo, Homofobia, 2000)
CAUSAS DE LA HOMOFOBIA INSTITUCIONAL Y SOCIAL
Esquema sociofamiliar limitado de las relaciones afectivo-sexuales
Influencia de la cultura y religión
Características del
sistema político y
jurídico
CAUSAS HOMOFOBIA:
ESQUEMA SOCIAL LIMITIMADO RELACIONES AFECTIVAS-SEXUALES
Tradicionalmente en todas las
culturas se ha establecido un
esquema limitado de las
relaciones afectivo-sexuales
caracterizado por:
1.- Relaciones sexuales
reproductivas
2.- Reproducción en relaciones
afectivas
3.- Afecto y amor como marco de
la relación vitalicia
CAUSAS HOMOFOBIA:
ESQUEMA SOCIAL LIMITIMADO RELACIONES AFECTIVAS-SEXUALES
Esquema sostenido por una
estructura patriarcal y potenciado
durante la revolución industrial
CAUSAS HOMOFOBIA:
INCIDENCIA DE LAS RELIGIONES, CULTURAS Y COSTUMBRES
Todas las religiones han impulsado el anterior esquema,
incentivando la concepción reproductiva de la sexualidad:
sexualidad conyugal con miras a la procreación dentro de la pareja
CAUSAS HOMOFOBIA:
INCIDENCIA DE LAS RELIGIONES, CULTURAS Y COSTUMBRES
Catecismo. 2357
Los actos
homosexuales son
contrarios a la ley
natural.
Cierran el acto sexual
al don de la vida.
No proceden de una
verdadera
complementariedad
afectiva y sexual. No
pueden recibir
aprobación en ningún
caso.
Canon 2335 “(…) La unión del hombre y de la mujer en el matrimonio es una
manera de imitar en la carne la generosidad y la fecundidad del Creador:…”
CAUSAS HOMOFOBIA:
INCIDENCIA DE LAS RELIGIONES, CULTURAS Y COSTUMBRES
“La visión islámica de la pareja fundada sobre la armonía
preestablecida de los sexos supone una complementariedad
esencial entre lo masculino y lo femenino. Esta
complementariedad armónica es creativa y procreativa”
(Abdelwalahb Bouhdiba en La sexualité en Islam)
La prohibición de la
homosexualidad en el Islam se
basa en las “transgresiones de
la gente de Lut”, tal y como se
nos muestra en el Qur’án:
gentes que practicaban toda
clase de perversiones sexuales
ESTADOS ISLÁMICOS
TORÁ.
Dos versículos del levítico condenan
la homosexualidad.
El primero es Levítico 18: 22 en el
cual, según la versión se dice que:
“No te echarás con varón como con
mujer: es abominación”.
El otro versículo es Levítico
20:13:
“Y cualquiera que tuviere
ayuntamiento con varón como con
mujer, abominación hicieron:
entrambos han de ser muertos; sobre
ellos será su sangre.
Características del sistema político y jurídico
En todas las sociedades, las leyes penales regulan cuál es la
conducta sexual permisible, imponiendo a la expresión y
realización sexual individual los límites necesarios para
salvaguardar los derechos de los demás
LOS LÍMITES VARÍAN EN FUNCIÓN DE ...
Fuentes
de derecho
Influencia
Histórica
Instrumento
del poder
En 2009, 85 Estados miembros de Naciones Unidas
siguen criminalizando los actos sexuales entre personas
adultas del mismo sexo con mutuo consentimiento
LOS ESTADOS MUSULMANES E ISLÁMICOS TIENEN COMO
FUENTE DE DERECHO LA SHARIA
Países cuya población musulmana supera el 10% del total
(Fuente – CIA World Factbook, 2004)
LA HERENCIA HISTÓRICA
LA LEY PENAL QUE IMPLANTÓ GRAN
BRETAÑA EN LA INDIA EN 1861,
EL CÓDICO PENAL NAPOLEÓNICO
APLICADO, FUNDAMENTALMENTE EN
TAMBIÉN SE APLICÓ EN OTRAS
ZONAS DEL MAGREB Y NORTE DE
PARTES DEL IMPERIO, EN ZONAS
ÁFRICA, NO SE CASTIGABA LA
CORRESPONDIENTES AL ACTUAL
HOMOSEXUALIDAD
YEMEN MERIDIONAL, BAHREIN,
KUWAIT, OMÁN, QATAR, SUDAN Y
EMIRATOS ÁRABES UNIDOS
EN ESE MOMENTO CASTIBABA LA
SODOMÍA CON 22 AÑOS DE
DEPORTACIÓN, 10 AÑOS DE CÁRCEL O
UNA MULTA.
ANTES DE 1861 LA SODOMÍA ESTABA
PENALIZADA FORMALMENTE CON
PENA DE MUERTE
RAZONES POLÍTICAS DE ESTA SITUACIÓN
El sentimiento antihomosexual se ha utilizado de forma calculada y consciente
para atacar a oponentes, obtener apoyo o desviar la atención de deficiencias de
gobierno. De esta forma en ocasiones se presenta la homosexualidad como
origen de males sociales o de la crisis de moralidad y orden público
ARABIA
SAUDITA
Se aplica la pena de muerte a la sodomía,
brujería, apostasía, a la “corrupción en la tierra”
MALASIA
1998. Fue destituido el Viceprimer Ministro
Andar Ibrahim (precursor de la reforma política)
acusándolo de conducta sexual impropia.
IRÁN
En Irán se utilizó el delito de “sodomia”, “apostasía”
“brujería” y el de “corrupción en la tierra” como instrumento
político contra los opositores
PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS
HUMANOS DE LAS MINORIAS SEXUALES
El pleno reconocimiento del derecho a la
autodeterminación sexual de las personas y al
libre desarrollo de la sexualidad como un
derecho humano fundamental constituye la
garantía institucional de las minorías sexuales
a no ser discriminadas.
Sin embargo los textos internacionales
clásicos de DD.HH. siguen sin reconocer “de
forma expresa” la prohibición de
discriminación por razón de “orientación
sexual”
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS MINORÍAS SEXUALES
EN EL CONTEXTO INTERNACIONAL
Los textos tradicionales de Derechos
Humanos no amparan de forma directa y
literal la protección de las minorías
sexuales.
Sin embargo se han ido produciendo
cambios importantes:
1.- Incorporación ILGA Europa, federaciones alemana y danesa
al ECOSOC de NNUU en el 2006
2.- Interpretaciones de comités al amparo de Convenios
Internacionales de Derechos Humanos protegiendo la
orientación sexual.
3.- Declaración sobre orientación sexual e identidad de género
de 18 de diciembre de 2008.
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS MINORÍAS SEXUALES
EN EL CONTEXTO INTERNACIONAL
Propuesta de Resolución “Sobre los derechos humanos y la
inclinación sexual” a la Comisión de DD. HH en el 2003
1.- Declaración de Montreal 2006
2.- Principios de Yogyakarta
IGUALDAD DE DERECHOS MINORIAS SEXUALES EN EUROPA
Matrimonio personas
del mismo sexo
Uniones civiles.
No plena igualdad
CONSEJO DE EUROPA
Origen
Creado el 5 de mayo de 1949
Objetivos
Defender los derechos
humanos, la democracia
pluralista y la
preeminencia del derecho.
Favorecer la toma de
conciencia y el desarrollo
de la identidad cultural de
Europa así como de su
diversidad.
47 países miembros
1 país candidato: Bielorrusia
CONSEJO DE EUROPA
La Asamblea de Parlamentarios del Consejo de Europa aprobó el 1 de
octubre de 1981 una Resolución exhortando a los Estados miembros
acabar con la penalización de las relaciones homosexuales y a respetar
la autodeterminación sexual entre hombres y mujeres
Asunto Dudgeon
22 de octubre 1981
Asunto Norris
26 octubre de 1988
Asunto Modino
22 de abril 1993
El derecho a la vida privada reconocido en el artículo 8 de
la Convención incluye el respeto a la vida sexual de las
personas. Estas sentencias se refieren a la
incompatibilidad de medidas limitadoras de las relaciones
homosexuales en cuanto supongan una penalización total
CONSEJO EUROPA
TRIBUNAL EUROPEO DE LOS DERECHOS HUMANOS
De todos los aspectos relativos el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos ha tenido ocasión de referirse a tres
1.- IGUALDAD
a) Sentencia Dudgeon v.
UK (22/10/1981)
b) Sentencia L. y V. v
Austria. (9/1/2003)
c) Sentencia ADT v Reino
Unido. (31/7/2000)
d) Sentencia Laskey,
Jaggard and Brown v.
U.K. (19/02/1997 )
e) Sentencia K.A. y A.D.
v Bélgica (17/2/2005)
f) Smith y Grady v UK
(21/9/1999)
2.- DERECHOS
POLITICOS
Backowski y otros
v Polonia
(3/5/2007)
3.- DERECHO A LA
VIDA FAMILIAR
a ) Salgueiro da Silva
Mouta v. Portugal
(21/3/1999)
b) Mata Estévez v
España
(10/5/2001)
b) Kerner v. Austria
(24/07/2003)
c) Fretté v. Francia
(26/02/2002)
UNIÓN EUROPA -COMISIÓN EUROPEA-
La Comisión se ha caracterizado por un apoyo político y financiero
a iniciativas tendentes a la eliminación de todas las formas
contra la discriminación por razón de orientación sexual sobre
todo a partir de 1989
FINANCIERAS
POLÍTICAS
- Financiando estudio sobre
visibilidad de las lesbianas en
el mercado de trabajo
Unión Danesa de Gais y
Lesbianas (LBL)
Homosexuality: An European
Community Issue
- Recomendación sobre la
protección de la dignidad de
hombres y mujeres en el
trabajo, 27/11/1991
- Financiación programas
del grupo irlandés Lesbian
Organising Together (LOT)
- Propuesta para una
Directiva sobre el permiso
por maternidad que recogía
una cláusula
antidiscriminatoria por
orientación sexual 1996
UNIÓN EUROPA -TRIBUNAL DE JUSTICIA-
Sentencia de 30 de abril de 1996
(caso P contra S y Cornwall County Council)
Sentencia de 17 de febrero 1998
(caso Lisa Jacqueline Grant contra South-West Trains Ltd.)
GRACIAS POR SU
ATENCIÓN
[email protected]

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